Publicidad de Productos Farmacéuticos

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Publicidad de Productos Farmacéuticos Avisos que deberán de considerar revisión del departamento legal: Productos Farmacéuticos de venta con o sin receta medica Productos Naturales de venta con o sin receta medica. Productos Cosméticos de venta con o sin receta medica. Publirreportajes donde se mencionen productos mencionados anteriormente. Avisos donde se coloquen logotipos o nombres de productos mencionados anteriormente.

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Publicidad de Productos Farmacéuticos

Avisos que deberán de considerar revisión del departamento legal:

• Productos Farmacéuticos de venta con o sin receta medica • Productos Naturales de venta con o sin receta medica. • Productos Cosméticos de venta con o sin receta medica. • Publirreportajes donde se mencionen productos mencionados anteriormente. • Avisos donde se coloquen logotipos o nombres de productos mencionados anteriormente.

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PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS

La promoción y publicidad de los productos farmacéuticos para venta con o sin receta médica, de acuerdo a las normas legales vigentes*, se debe realizar de la siguiente forma:

* LEY GENERAL DE SALUD y REGLAMENTO PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y AFINES

.PRODUCTOS FARMACÉUTICOS CON RECETA MÉDICA

La promoción y publicidad gráfica de los productos farmacéuticos con receta médica se encuentra restringida y puede realizarse únicamente a través de revistas especializadas, folletos, prospectos o cualquier forma impresa que contenga información técnica y científica.

Excepcionalmente, está permitida, a través de medios al alcance del público en general, la difusión de anuncios de introducción y recordatorios de productos farmacéuticos con receta médica dirigidos a los profesionales de los Cuerpos Médico y Farmacéutico.

El texto de estos anuncios de introducción y recordatorios deberá contener la siguiente información: Nombre del producto, • Denominación Común Internacional del principio activo, si se trata de un medicamento monofármaco o asociación a dosis definida. Esta deberá colocarse debajo del nombre marca de manera clara y legible, Cuando se trate de un producto medicinal homeopático, se deberá consignar la frase "producto medicinal homeopático", seguida del nombre científico del recurso natural usado en su fórmula, • Forma farmacéutica, • Concentración del principio activo, si es un medicamento monofármaco o asociación a dosis definida. En caso que se trate de un producto medicinal homeopático se deberá consignar el grado de dilución, • Forma de presentación, • Número del Registro Sanitario, y • Nombre, dirección y teléfono del fabricante o distribuidor, indicando claramente que existe más información disponible sobre el producto. Si el producto es importado, llevará además el nombre, dirección y teléfono del importador.

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PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS

La promoción y publicidad de los productos farmacéuticos para venta con o sin receta médica, de acuerdo a las normas legales vigentes*, se debe realizar de la siguiente forma:

* LEY GENERAL DE SALUD y REGLAMENTO PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y AFINES

.PRODUCTOS FARMACÉUTICOS SIN RECETA MÉDICA

La promoción y publicidad gráfica de los productos farmacéuticos sin receta médica no se encuentra restringida y puede difundirse anuncios publicitarios a través de medios al alcance del público en general.

Si esta publicidad alude a las indicaciones terapéuticas o acción farmacológica del producto deberá necesariamente consignar las principales advertencias o precauciones que se deben observar para su uso.

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REQUISITOS PARA LA PUBLICACIÓN DE ESTOS PRODUCTOS EN CUALQUIER MEDIO DE LA CORPORACIÓN

Cumplir con los siguientes requisitos:

Presentación de copia legible de la Resolución Directoral (RD) donde conste la autorización del producto farmacéutico (medicamentos de marca, medicamentos genéricos, productos medicinales, homeopáticos, agentes de diagnóstico, productos de origen biológico y radiofármacos), recurso terapéutico natural (recursos, productos), cosmético (tintes, perfumes, etc.) para su comercialización con o sin receta médica, según sea el caso, y el número de registro sanitario. Presentación del material publicitario.

Ambos documentos deberan ser enviados vía mail a los ejecutivos y/o sus contactos en El Comercio según los productos donde publicaran los avisos. Cierres para enviar documentación y material: El Comercio, Trome, Peru 21 y Somos: 48 horas antes del cierre de publicacion.

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Denominación Común

Internacional del principio activo,

debajo del nombre de manera clara y

legible.Forma

farmacéutica y forma

de presentacio

n

Concentración del principio

activo.Número del Registro Sanitario

Nombre, dirección y teléfono del fabricante o distribuidor, indicando claramente que existe más información disponible sobre el producto.

Dirigido al Cuerpo Medico

Lanzamiento de Producto

Nombre del Producto.

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Advertencias y Precauciones Registro

Sanitario