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  • 2 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Ttulo Original:

    Informe de Resultados del 2do. Censo Nacional Penitenciario

    Empresa Consultora:

    Newlink Research Group

    Redaccin:

    Oficina Nacional de Defensa Pblica

    Cuidado de Edicin a cargo de:

    Carlos Villaverde

    Mara Dolores Daz

    Derechos Reservados

    Fundacin Institucionalidad y Justicia Inc. (FINJUS)

    Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernizacin de la Justicia (CARMJ)

    Oficina Nacional de Defensa Pblica

    Julio 2012

    Diseo de portada, diagramacin y arte final:

    Claudia Chez Communication Consulting (4cc)

    Impresin:

    Publicacin editada con los auspicios de:

    Santo Domingo, DN

    Repblica Dominicana

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 3

    INDICEPresentacin 5

    Introduccin 7

    Metodologa 6

    Contexto del Sistema Penitenciario 10

    Resultados

    Datos Generales de los Centros 16

    Datos Socio-demogrficos 19

    Datos Procesales 28

    Datos sobre Tipos Penales 39

    Datos sobre Condenas y Ejecucin de la Pena 45

    Datos sobre las Condiciones Sociales, Educativa y Sanitarias 54

    Situacin de los Derechos Humanos en el Sistema Penitenciario 73

  • 4 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 5

    Presentacin Al interior del sistema de justicia dominicano se expresan, como en la realidad global del

    pas, un conjunto de cambios e innovaciones que apuntan a la modernizacin y solucin de

    ancestrales carencias, al tiempo que persisten algunos problemas que desafan la calidad de la

    democracia y la efectividad de sus organizaciones.

    Dentro de estos ltimos, uno de los ms agudos lo constituye la situacin del sistema

    penitenciario, rea en donde a la par de los cambios que ha significado el Nuevo Modelo

    Penitenciario puesto en marcha en algunos recintos a nivel nacional, en la mayora de los

    centros se continua reportando la situacin de hacinamiento y violacin de derechos humanos

    que ha sido objeto de reiteradas crticas, tanto a nivel nacional como internacional.

    La situacin de las personas internas en el sistema penitenciario, tanto los condenados como

    los de status preventivo, entra en contradiccin con el nuevo marco constitucional adoptado

    en enero del 2010, que proclama la vigencia del Estado Social y Democrtico de derecho, la

    revalorizacin de los derechos fundamentales y la priorizacin de las medidas que conlleven a

    fortalecer la dignidad, la integridad y el desarrollo de los habitantes de la Repblica.

    Por ello, como un instrumento para incidir en la definicin de polticas pblicas que humanicen

    y hagan ms eficiente el sistema penitenciario, la Oficina Nacional de Defensa Pblica, la

    Fundacin Institucionalidad y Justicia (FINJUS) y el Comisionado de Apoyo a la Reforma y

    Modernizacin de la Justicia, en el marco de los planes de trabajo de la Comisin Nacional

    de Ejecucin Procesal Penal (CONAEJ) y del Programa Accin Ciudadana por la Justicia y la

    Trasparencia, decidimos auspiciar la realizacin del Segundo Censo Nacional Penitenciario,

    cuyas conclusiones ponemos a la disposicin de la sociedad dominicana en esta publicacin.

    Disponemos ahora de las informaciones que permitirn a las autoridades del sistema de

    justicia y del subsistema penitenciario, a los investigadores y acadmicos, a las organizaciones

    sociales comprometidas con el mejoramiento de la situacin penitenciaria en el pas, evaluar

    la evolucin de los problemas que fueron detectados en 2006 y analizar la efectividad de las

    medidas de poltica criminal que se adoptaron en este lapso.

    Las instituciones responsables del Censo agradecen a las autoridades de la Procuradura

    General de la Repblica por las facilidades otorgadas para su realizacin, y de manera especial

    a New Link Research, entidad que tuvo a su cargo los procesos tcnicos de esta experiencia,

    por su empeo y dedicacin.

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  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 7

    Introduccin En el ao 2006 se llev a cabo el primer Censo Penitenciario de la Repblica Dominicana

    auspiciado por La Oficina Nacional de Defensa Pblica, la Fundacin Institucionalidad y

    Justicia (FINJUS), el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernizacin de la Justicia y la

    Procuradura General de la Repblica, en el marco del plan de trabajo de la Comisin Nacional

    de Ejecucin Procesal Penal (CONAEJ). El objetivo de ese Censo fue el de extraer resultados

    que permitieran detectar las caractersticas de los centros penitenciarios para la elaboracin

    de una poltica criminal que integre la rehabilitacin y la reinsercin social de las personas

    privadas de libertad.

    El censo determin el nivel de hacinamiento que existe en las crceles dominicanas, las

    condiciones en las que se encuentran los reclusos y las caractersticas de los mismos. Los

    datos tambin mostraron la situacin jurdica de los detenidos y, por lo tanto, se lograron

    extraer elementos para determinar la situacin del proceso judicial en el pas con relacin a

    dicha poblacin.

    Estos resultados evidenciaron la necesidad de fortalecer el sistema judicial de la Repblica

    Dominicana, y por igual, la importancia de continuar con el proceso de reforma del sistema

    penitenciario. Estas observaciones y otras recomendaciones, que surgieron a partir del primer

    censo, son parte de las polticas que se han venido proyectando, muchas de las cuales, se

    encuentran sistematizadas en Los Lineamientos de la Poltica Criminal Dominicana, proyectados

    por la Procuradura General de la Repblica.

    A cuatros aos del Primer Censo Nacional Penitenciario y como parte de las recomendaciones

    finales del informe de resultados, las instituciones participantes han visto conveniente realizar

    un segundo censo este ao. En esta oportunidad, adems de obtener la informacin relevante

    sobre los 33 centros penitenciarios, se realizar una comparacin de estos resultados con

    los resultados anteriores. Esta comparacin permitir medir los logros y avances que se han

    alcanzado con las polticas estatales en materia de reforma del sistema penitencial y con los.

    Objetivo GeneralRealizar un Segundo Censo en todos los recintos penitenciarios de la Repblica Dominicana, que

    exponga las caractersticas de la poblacin privada de libertad y permita medir el impacto de

    la reforma penitenciaria. La actualizacin de los datos permiti realizar un anlisis comparativo

    entre estos resultados y los del censo anterior. Las preguntas centrales del estudio son:

    Cuntas personas privadas de libertad hay en los recintos penitenciarios dominicanos?

    Quines son? Cul es el perfil o los rasgos socio demogrficos de las personas privadas

    de libertad?

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    Cul es el estatus de los internos?

    Cules son los delitos ms frecuentes por los cuales han sido procesados o condenados

    dichos reclusos?

    Cules son las condiciones en las que viven los reclusos dentro de los centros?

    Cul ha sido el impacto de la reforma penitenciaria en los centros de reclusin?

    Objetivos Especficos Determinar el nmero de NNA en los centros penitenciarios de la Repblica Dominicana.

    Determinar las caractersticas demogrficas de la poblacin (sexo, edad, estado civil, nivel

    de educacin, nacionalidad, empleo antes de ingresar a la prisin y en lo posible nivel de

    ingreso).

    Identificar el estatus procesal de los NNA que permita determinar la necesidad de oferta

    del servicio de defensa pblica gratuita.

    Disponer de informacin sobre las condiciones generales de los recintos penitenciarios y

    los distintos servicios que disponen los internos.

    Profundizar en los resultados sobre la situacin de las nias y las adolescentes dentro de los

    recintos penitenciarios, explorar las condiciones en que viven y las necesidades particulares

    de su condicin

    MetodologaFaseI. PreparatoriaIntegracin de Equipo Interinstitucional

    Esta primera fase comprendi la integracin del equipo de Newlink Research con los

    responsables del 2do. Censo Nacional Penitenciario: Oficina Nacional de Defensa Pblica, la

    Fundacin Institucionalidad y Justicia (FINJUS), el Comisionado de Apoyo a la Reforma y

    Modernizacin de la Justicia y la Procuradura General de la Repblica.

    Para coordinar esta parte se present un esquema de trabajo. Una vez aprobado el esquema

    de trabajo, Newlink Research realiz una sesin de trabajo con las instituciones participantes

    con el objetivo de analizar el formulario propuesto y verificar o ajustar las preguntas, en base

    a las nuevas necesidades y/o requerimientos de evaluacin de programas existentes en los

    centros penitenciarios.

    En esta fase Newlink Research recopil todas las observaciones para incorporarlas en el

    formulario. Este documento se socializ ampliamente entre las instituciones participantes para

    su validacin y aprobacin final.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 9

    Diseo del Estudio

    En esta fase, el equipo de Newlink Research elabor la metodologa de recoleccin de datos

    en los centros de reclusin de acuerdo a la experiencia pasada y a las recomendaciones de las

    instituciones participantes. Asimismo, se present un cronograma de trabajo de campo para

    los 33 centros a nivel nacional.

    Recorrido por los centros del modelo penitenciario tradicional

    Como parte de las actividades preparatoria, el supervisor general del trabajo de campo de

    Newlink Research, hizo un recorrido por los centros penitenciarios del modelo tradicional, con

    el objeto de identificar los espacios ms adecuados, as como familiarizarse con las condiciones

    especficas de cada centro, que permitiese definir la estrategia ms adecuada y efectiva a

    seguir en cada centro.

    Otro de los objetivos de las visitas previas fue realizar un primer contacto con las autoridades

    penitenciarias, en particular conocer a los Alcaides y a los encargados de seguridad de

    cada centro.

    Reclutamiento de los entrevistadores

    El proceso de reclutamiento del personal para trabajar en el 2do. Censo Penitenciario estuvo

    a cargo de Newlink Research. Para estos fines se identificaron personas que trabajaron en

    el pasado Censo de Poblacin y Vivienda (CPV), cercana a las zonas aledaas a los centros

    penitenciarios. Se priorizaron a jvenes entre 23 y 30 aos, que tuvieran estudios universitarios.

    Asimismo, se gestion el reclutamiento a travs de profesores universitarios. Se trat de

    seleccionar ms hombres que mujeres, sin embargo esto no fue posible, ya que quienes tenan

    ms experiencia y eran estudiantes universitarias eran mujeres, por lo que al final la mayora de

    los encuestadores resultaron ser mujeres.

    Sensibilizacin y promocin

    Concomitantemente con las actividades propias del estudio, se inici un proceso de

    sensibilizacin en los centros penitenciarios con el objeto de dar a conocer la importancia de

    la realizacin de un censo penitenciario que permitiese actualizar el estatus procesal de los

    internos y las condiciones generales de los recintos penitenciarios. Asimismo, como forma de

    sensibilizar se dieron a conocer los principales beneficios obtenidos en su momento como

    resultado del primer censo penitenciario.

    El proceso de sensibilizacin incluy visitas y charlas acompaadas de material promocional

    en todos los centros. Asimismo, se distribuy un afiche con el calendario, con las fechas

  • 10 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    programadas para la realizacin del Censo en cada centro penitenciario. Otro aspecto importante

    del proceso de sensibilizacin fue la realizacin de una rueda de prensa con las instituciones

    coordinadoras del Censo con el objeto de dar a conocer a la ciudadana dominicana sobre la

    fecha de inicio y objetivos de esta iniciativa.

    Capacitacin de supervisores y entrevistadores

    La capacitacin del equipo de investigacin, integrado por supervisores y entrevistadores,

    estuvo dividida en dos sesiones:

    1. Capacitacin con relacin al trato y contacto con las personas privadas de libertad. En este

    punto se instruy sobre los protocolos de seguridad y confidencialidad de la informacin

    que se deban de seguir, as como las polticas y protocolos de tratamiento de las personas

    privadas de libertad.

    2. Capacitacin de los supervisores y de los entrevistadores, para que los equipos se

    familiarizaran con el instrumento de encuesta y el sistema de administracin de entrevistas

    con el dispositivo IPOD. Asimismo, se estuvieron explicando los trminos legales y/o

    tcnicos utilizados en el cuestionario, para una efectiva aplicacin.

    Fase II. Levantamiento de InformacinPrueba Piloto

    Se realiz una prueba piloto por un da, con el propsito de validar el formulario, el sistema

    interactivo de captura de datos y hacer los ajustes necesarios al formulario de encuesta. Una

    vez verificada la prueba piloto, se pas a la implementacin y recoleccin de datos en toda la

    poblacin privada de libertad en los centros penitenciarios de la Repblica Dominicana.

    Recoleccin de Datos

    Se aplic el formulario en los centros, mediante entrevistas directas a cada uno de los internos.

    Las entrevistas directas requirieron el permiso y preaviso de llegada a cada centro. Los

    formularios fueron completados directamente en el sistema Newlink Survey va IPOD.

    Al final de cada jornada de trabajo, el supervisor enviaba las entrevistas al sistema general y al

    coordinador del estudio para el control de recepcin y calidad de los datos.

    Los datos no requirieron transcripcin, con excepcin de aquellos centros con menos de 200

    internos, donde se aplicaron encuestas fsicas. Se realiz la consistencia de la muestra, para

    luego pasar al anlisis de los datos.

    Los datos se procesaron con el programa SPSS 18.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 11

    El trabajo de campo se realiz del 5 al 20 de mayo del 2011.

    Asimismo, como parte de la logstica interna para la realizacin del trabajo de campo en los

    centros penitenciarios se coordin:

    Los permisos y accesos correspondientes a los centros de reclusin.

    Coordinacin interna en los centros para facilitar la aplicacin del formulario.

    Disposicin de un espacio para la aplicacin de los formularios donde los entrevistadores

    y supervisores puedan ejecutar el censo, para que los entrevistados no sientan ningn tipo

    de presin.

    La seguridad de los entrevistadores y supervisores.

    Recursos con que contaron los entrevistadores y supervisores:

    IPODs con el formulario en el sistema.

    Un cuestionario versin en papel.

    Credenciales de la empresa consultora.

    Fichas de control.

    Dos lpices, dos borradores.

    Fase III. Sistematizacin, anlisis y presentacin de la informacinUna vez concluida la Fase II, se pas a la sistematizacin de los resultados, la tabulacin de

    datos, el anlisis por variables, y a la elaboracin del informe con los resultados finales.

    Este trabajo incluy un anlisis comparativo de los resultados, con el primer censo, que permiti

    extraer resultados sobre el impacto de las polticas y programas implementados durante los

    cuatro aos que separan a los dos censos.

  • 12 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    2DO. CENSO NACIONAL PENITENCIARIOContextoSistema Penitenciario Dominicano

    En el sistema penitenciario dominicano convergen dos modelos de gestin penitenciaria, uno

    denominado tradicional, cuyos recintos son conocidos como crceles y penitenciarias, conforme

    lo establecido en el artculo 1 de la Ley 224 del 1984. As como un nuevo modelo, en donde se

    trata de dignificar el tratamiento dispensado a las personas privadas de libertad, al cambiar no

    solo la denominacin de su estructura por la de Centros de Correccin y Rehabilitacin (CCR),

    sino al pasar de ser llamados los ingresados en dicho sistema de presos o condenados

    -con la estigma social grave que conllevaba en el estado emocional de los mismos-, a ser

    nombrados como internos, todo ello, con la finalidad de transparentar la funcin de la pena

    constitucionalmente reconocida en el artculo 40.16 de nuestra Constitucin, que no es otra

    que, la de lograr la reeducacin y reinsercin social de la persona privada de libertad, a travs

    de la implementacin del sistema progresivo.

    Cabe resaltar que en la actualidad, en vista de la sobrepoblacin existente en los recintos

    penitenciarios del modelo tradicional, que incrementa regularmente su capacidad mxima

    de ingreso de un 200 a un 300%, adems de la falta de preparacin especializada de sus

    agentes de seguridad (policas y guardias), la no segregacin por estatus jurdico, edad y

    tipo penal, as como los niveles de violencia existentes, a consecuencia de las condiciones

    inhumanas en las que conviven. Sin desmeritar el hecho de que no se ha podido implementar

    el sistema progresivo dispuesto en el artculo 13 de la Ley 224, lo que ha determinado en el

    pas, el desarrollo sostenido de los centros pertenecientes al nuevo modelo, el cual se inici

    a partir del ao 2004, con la inauguracin del ubicado en Puerto Plata. Y para el ao 2011 se

    encontraban funcionando la cantidad de trece (13), encontrndose en proyecto a corto plazo

    para ser habilitado en el 2012 el CCR de La Romana. Lo cual podra decirse que ha constituido

    un remedio, pero no la cura para la enfermedad anteriormente descrita, puesto que solo abarca

    menos del 20% de la poblacin privada de libertad.

    Las condiciones en las cuales los privados de libertad se encuentran, constituye una obligacin

    ineludible del Estado Dominicano, a travs de las instituciones creadas por el legislador para

    asumir dicha funcin, como es la Direccin General de Prisiones, conforme a lo dispuesto en el

    artculo 6 de la Ley referida, en tal virtud, el Estado se encuentra en una posicin especial de

    garante frente a las personas privadas de libertad, toda vez que las autoridades penitenciarias

    ejercen un fuerte control o dominio sobre las personas que se encuentran sujetas a su custodia.

    De este modo, se produce una relacin e interaccin especial de sujecin entre la persona

    privada de libertad y el Estado, caracterizada por la particular intensidad con que el Estado

    puede regular sus derechos y obligaciones y por las circunstancias propias del encierro, en

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 13

    donde al recluso se le impide satisfacer por cuenta propia una serie de necesidades bsicas

    que son esenciales para el desarrollo de una vida digna 1.

    La privacin de libertad trae a menudo, como consecuencia ineludible, la afectacin del goce

    de otros derechos humanos adems del derecho a la libertad personal. Esta restriccin de

    derechos, consecuencia de la privacin de libertad o efecto colateral de la misma, sin embargo,

    debe limitarse de manera rigurosa 2. Asimismo, el Estado debe asegurar que la manera y

    el mtodo de ejecucin de la medida no someta al detenido a angustias o dificultades que

    excedan el nivel inevitable de sufrimiento intrnseco a la detencin, y que, dadas las exigencias

    prcticas del encarcelamiento, su salud y bienestar estn adecuadamente asegurados 3, lo

    cual no est siendo cumplido parcialmente por el Estado Dominicano, mientras mantenga ms

    de un 85% de la poblacin carcelaria ingresada en recintos penitenciarios que no cumplen ni

    siquiera son los estndares mnimos nacionales e internacionales.

    No podemos obviar indicar que aun cuando reconocemos la necesidad de que el Estado

    Dominicano iniciar un proceso de reforma penitenciaria, vemos que en la misma se comenz

    de manera errada, es decir, en vez de iniciar con la poblacin ms vulnerable, que es la de los

    adolescentes, que constituyen un porciento mnimo en relacin a los adultos y mujeres, se

    lleva a cabo con estos ltimos. Lo que ha implicado la imposibilidad material de erradicacin

    de los males carcelarios en un 100% de los privados de libertad adultos, y la continuacin de

    vulnerabilidad de los adolescentes, por las condiciones en las que regularmente subsisten en

    los distritos judiciales en donde no hay implementados Centros de Atencin Integral, teniendo

    que ser ingresados a las reas preventivas (destacamentos). Siendo tratados en su mayora

    por un personal no especializado, tanto de seguimiento durante su encierro, como en el

    mantenimiento de su seguridad.

    1 Caso Montero Aranguren y otros (Reten de Catia) vs. Venezuela, prrafo 87; Caso Garca Asto y Ramrez

    Rojas, Sentencia de 25 de noviembre de 2005. Serie C No. 137, prr. 221; Caso Raxcac Reyes. Sentencia de 15

    de septiembre de 2005. Serie C No. 133, prr. 95, y Caso Fermn Ramrez, Sentencia de 20 de junio de 2005.

    Serie C No. 126, prr. 118.

    2 Cfr. Caso Lpez lvarez. Sentencia de 1 de febrero de 2006. Serie C No. 141, prr. 105; Caso Instituto de

    Reeducacin del Menor, supra nota 127, prr. 154, y Caso Cinco Pensionistas. Sentencia de 28 de febrero de

    2003. Serie C No. 98, prr. 116

    3 Caso Montero Aranguren y otros (Reten de Catia) vs. Venezuela, prrafo 86.

  • 14 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    No obstante lo anteriormente expresado, como muestra de la preocupacin del Estado

    Dominicano de efectivizar la proteccin de los derechos y garantas de los privados de

    libertad, es instaurado con la entrada en vigencia del Cdigo Procesal Penal, el proceso de

    judicializacin de la etapa de ejecucin de la pena, lo que ha determinado que todas las

    decisiones de esta etapa procesal, que impliquen una modificacin de la determinacin de la

    pena (cambios en la duracin temporal del encierro o cambios sustanciales en las condiciones

    de cumplimiento) sean tomadas por un juez, como rgano judicial independiente de la

    administracin penitenciaria, que aplique para la toma de decisin un proceso respetuoso de

    los principios del derecho procesal penal. Mxime el consagrado en el artculo 28 al referir que:

    la ejecucin de la pena se realiza bajo el control judicial, con lo cual no solo se le atribuye

    a los jueces hacer ejecutar lo juzgado. Sino tambin la de velar que la pena se ajuste a sus

    fines constitucionales4, as como para que el cumplimiento de las penas privativas de libertad

    se lleven a cabo con sujecin al rgimen jurdico legalmente establecido, con lo cual se ha

    logrado en cierta medida adecentar las actuaciones dentro del sistema penitenciario nacional,

    no solo de los condenados definitivos, sino tambin de aquellos preventivos, que aleguen

    alguna vulneracin a sus derechos fundamentales.

    Las penas privativas de libertad, as como cualquier medida de seguridad, impuesta por autoridad

    judicial competente debern estar orientadas hacia la reeducacin y reinsercin social de la

    persona condenada, sin que puedan consistir en trabajos forzados, conforme lo previsto en el

    numeral 16 del artculo 40 de la Constitucin Dominicana y la parte infine de la Regla 58 de las

    Reglas Mnimas para el Tratamiento de los Reclusos de la ONU. Lo cual deber ser observado

    por el juez de ejecucin de la pena al momento de ejercer el control del cumplimiento de las

    mismas. As como cualquiera de las cuestiones que se susciten durante la ejecucin, exigiendo

    en dicha supervisin el cumplimiento de los estndares referidos a cada uno de los operadores

    del sistema penitenciario, independientemente de pertenecer al modelo tradicional o al nuevo.

    Durante la fase de ejecucin de la pena es absolutamente indiscutible que se ejerce poder

    punitivo estatal. Es ms, es en ese momento justamente cuando ste se ejercita con mayor

    vigor y desenfado, cuando mayor descarga de violencia imprime5. Por lo tanto, ms que

    4 Artculo 40.16 de la Constitucin Dominicana.

    5 Desde ptica debe tenerse presente la caracterizacin ya clsica de Roxin (1997) en cuanto entiende la

    dinmica de la pena estatal desarrollada en tres momentos diversos de actuacin: el de conminacin legal, el

    de determinacin judicial, y el de ejecucin penal; consignado en el Ensayo La judicializacin de la ejecucin

    de la pena en la provincia de Buenos Aires: Notas sobre un proceso inconcluso, realizado por Gabriel Bombini,

    Docente Universidad Nacional del Mar del Plata.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 15

    nunca los conceptos jurdicos que se desarrollan (en la etapa de ejecucin de la pena) deben

    construirse sistemticamente en funcin de los principios de respeto y dignidad de la persona,

    antes mencionados y conforme el esquema de principios fundamentales de ellos derivados

    que forman el marco normativo constitucional para la aplicacin de las penas con el objeto de

    minimizacin de la violencia estatal.

    Otro aspecto que ha permitido cierto nivel de adecentamiento del sistema penitenciario

    dominicano es la figura del defensor pblico, como baluarte de aquellos que se encuentran

    en estado de indefensin frente a todo el aparato del Estado, con todas sus connotaciones,

    reconocido el servicio nacional de defensa pblica legalmente con la Ley 277-2004, y

    constitucionalmente en el artculo 176 de la Constitucin Dominicana vigente. Por ello, el Dr.

    Roberto Santana al deponer en el Tercer Congreso Nacional de Defensa Pblica6 refiri que

    como el privado de libertad es una especie de ente, a merced de la omnipotencia del Estado

    con todos esos medios la creacin de la Defensa Pblica se define como un acto de justicia..,

    mxime si este funcionario pblico tiene como funcin obligatoria la de concurrir regularmente

    a los lugares de detencin y asistir a las visitas carcelarias, conforme lo prescribe el artculo

    29.4 de la Ley referida.

    Sin embargo, independientemente de los avances que ha tenido el sistema penitenciario

    nacional, falta mucho por hacer, debido a que como seala la Corte Interamericana de

    Derechos Humanos, al interpretar el artculo 5.2 de la Convencin que: las personas privadas

    de la libertad el propio artculo 5.2 de la Convencin establece que sern tratadas con el

    respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. En tal sentido, los Estados no pueden

    alegar dificultades econmicas para justificar condiciones de detencin que sean tan pobres

    que no respeten la dignidad inherente del ser humano 7, lo que implica que aun cuando sea

    necesario que el Estado Dominicano para lograr eliminar el modelo tradicional tenga que

    erogar grandes fondos econmicos, est en la obligacin internacional de hacerlo, pudiendo

    incurrir en responsabilidad por su incumplimiento, conforme lo previsto en los artculos 1.1 y 1.2

    de la Convencin, as como el artculo 74.4 de la Constitucin Dominicana.

    6 Conaej, Comisionado de Apoyo a la Justicia, Septiembre 2010 Tutela judicial, derechos humanos y privacin

    de libertad, pgina 58.

    7 Caso Montero Aranguren y otros (Retn de Catia) Vs. Venezuela, prrafo 85. Case of I.I v Bulgaria. Judgment

    of 9 June 2005. Application No. 44082/98, para. 77; ECHR, Case of Poltoratskiy v. Ukraine. Judgment of 29

    April 2003. Application No. 38812/97, para. 148.

  • 16 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    RESULTADOSLugar del levantamiento del 2do. Censo Penitenciario El levantamiento de informacin de este 2do. Censo Penitenciario abarc los recintos

    penitenciarios pertenecientes tanto al modelo tradicional, denominados crceles, fortalezas

    o penitenciarias, as como a los del nuevo modelo de gestin penitenciaria, mejor conocidos

    como centros de correccin y rehabilitacin (CCR). Tambin abarc algunas reas de detencin

    preventiva ubicadas dentro de de los Palacios de Justicia del pas.

    Al momento de la realizacin de este levantamiento existan en el pas veintids (22) recintos

    penitenciarios del modelo tradicional y trece (13) del nuevo modelo, lo que determina

    la existencia de treinta y cinco (35) recintos penitenciarios que albergan la poblacin

    penitenciaria adulta. Por igual, se hizo el levantamiento en siete (07) reas de detencin

    preventiva, las cuales sumadas a los recintos referidos arrojan un total de cuarenta y dos (42)

    recintos sometidos a anlisis.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 17

    Distribucin por tipo de centro De un total general de 20,007 internos privados de libertad, vemos que los pertenecientes

    al modelo tradicional comprenden la cantidad de 16,298, lo que representa un 81.5% de la

    poblacin total, en comparacin con los 3,452 recluidos en los del nuevo modelo que alcanzan

    un 17.2%. Aunque tienen como aspecto coincidente el estar guardando prisin por orden

    motivada y escrita de autoridad judicial competente, contrario a los 257 ingresados en las

    reas de detencin preventiva, que abarcan un 1.3%, quienes estn en espera de conocrseles

    las vistas de medida de coercin, a fin de legalizar su estado de prisin u ordenar su libertad,

    o en el peor de los casos, habindoseles conocido la medida, an el juez de la instruccin de

    jurisdiccin permanente no les ha notificado la decisin.

  • 18 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Partiendo del informe suministrado por la Direccin General de Prisiones denominado Relacin

    de internos en instituciones penitenciarias, la capacidad mxima del sistema penitenciario es

    de 11,505, por lo que su nivel de sobrepoblacin es de un 73.9%, ya que hay 8,502 internos por

    encima de dicha capacidad. Lo que se traduce en la imposibilidad material de llevar a cabo

    la implementacin del sistema progresivo dispuesto en el artculo 13 de la Ley 224-84, sobre

    Rgimen Penitenciario, reflejada esta realidad en las condiciones deplorables en las que los

    privados de libertad logran subsistir dentro de este modelo penitenciario.

    La sobrepoblacin en estos recintos penitenciarios genera los grandes males que afectan al

    sistema carcelario tradicional del pas, cuya vctima directa son los privados de libertad ingresados

    en este rgimen, los cuales sufren diariamente con: la falta de higiene, aprovisionamiento

    insuficiente de alimentos, enfermedades de la piel y respiratorias, sistema elctrico inadecuado,

    ventilacin insuficiente, entre otras. Por igual, genera la vulneracin del derecho a la igualdad

    material, en base a que incentiva altos niveles de discriminacin entre la poblacin que alberga,

    ya que aquellos que tienen recursos econmicos son los que pueden ser beneficiados con

    condiciones de habitabilidad adecuadas, lo que se traduce como corrupcin, ya sea de las

    autoridades penitenciarias civiles como castrenses.

    La problemtica descrita en las crceles, no ocurre en los centros del nuevo modelo de gestin

    penitenciaria (CCRs), puesto que, teniendo una capacidad mxima de 4,942, al momento de

    la realizacin de este censo, solamente haba 3,452. Es decir, tena disponibilidad para 1,490

    internos ms, por ello su nivel de ocupacin estaba en un 69.9%. Habiendo sido aumentada

    dicha capacidad con la inauguracin del CCR-Anamuya, ubicado en la Provincia de Higey para

    albergar la cantidad de 1,050, lo que determina la posibilidad de ingresar la cantidad de 5,992.

    Esta situacin obedece a la poltica instaurada por la Oficina Coordinadora del Modelo de

    Gestin Penitenciaria, dirigida por el Dr. Roberto Santana, quienes establecieron la prohibicin

    de ingreso por encima de la capacidad mxima de cada centro, as como de los imputados

    con medida de coercin distinta a la prisin preventiva, como por ejemplo los de garanta

    econmica impuesta.Palacios de Justicia - 1.3

    Modelo PenitenciarioTradicional - 81.5

    Nuevo Modelo Penitenciario - 17.3

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 19

    DATOS SOCIO DEMOGRFICOSDistribucin de internos por provincias

    Sexo En el sistema penitenciario nacional existen recintos del modelo tradicional en los cuales se

    encuentran guardando prisin hombres y mujeres indistintamente. Ejemplo de ello son las

    crceles de Montecristi y de La Romana. Otros son exclusivamente de hombres (la Victoria,

    Najayo, Vega, Seibo, Moca, 15 de Azua, 19 de Marzo, San Juan, entre otros), contrario a los

    del nuevo modelo, en los cuales la poblacin est debidamente segregada por sexo, es decir,

    existen CCRs exclusivamente para ingresar mujeres (Najayo, Ban y Rafey) y otros para

    hombres (Rafey, La Isleta, San Pedro de Macors, Puerto Plata, Vista al Valle, Monte Plata,

    Mao Valverde, Elas Pia, Dajabn y Haras Nacionales). Sin embargo, consideramos necesario

    que se realice una segregacin por sexo real y efectiva en los recintos del modelo tradicional,

    lo cual solamente se logra erradicando la convivencia de mujeres y hombres en las mismas

    instalaciones penitenciarias, debido al riesgo previsible que dicha falta de separacin puede

    generar, como son: abuso por parte de las autoridades penitenciarias, tanto verbal como

    fsico, y hasta sexual.

    PROVINCIA %

    Santo Domingo 25.3

    San Cristbal 14.8

    Espaillat (Moca) 6.3

    La Vega 5.3

    El Seibo 5.0

    Peravia (Bani) 4.4

    Duarte (San Francisco de Macors) 3.9

    Santiago 3.7

    Azua 3.4

    La Romana 3.4

    Barahona 3.1

    Puerto Plata 2.6

    San Pedro de Macors 2.6

    Snchez Ramrez (Cotu) 2.3

    La Altagracia (Higuey) 2.1

    San Juan de la Maguana 2.1

    Monte Cristi 1.7

    Bahoruco (Neyba) 1.6

    Saman 1.0

    Monte Plata 1.0

    Valverde (Mao) 1.0

    Santiago Rodrguez 0.7

    Elas Pia 0.5

    Mara Trinidad Snchez (Nagua) 0.5

    Hermana Mirabal (Salcedo) 0.5

    Distrito Nacional 0.5

    Dajabn 0.4

    Pedernales 0.4

    TOTAL 100%

  • 20 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Del total general de 20,007 privados de libertad entrevistados, solamente 671 son mujeres,

    lo que representa un 3.4%, en contraposicin con los 19,336 que son hombres. Con lo cual

    determina que el 96.6% de la poblacin carcelaria pertenecen al sexo masculino, y que el

    porcentaje de mujeres privadas de libertad es un porcentaje mnimo, lo que podra traer como

    conclusin que la mujer dominicana en pocas ocasiones se involucra en hechos delictivos.

    Cabe resaltar que en comparacin con el Ier Censo Penitenciario realizado en el ao 2006,

    disminuy la cantidad de mujeres privadas de libertad en un 0.1%, ya que haba un 3.5%,

    aumentando respecto a los hombres en el mismo porcentaje, al existir un 96.5%. Sin embargo,

    dichos porcientos fueron sobre la base de una poblacin carcelaria total de 12,708, respecto

    a los 20,007 actuales. Por ello, este dato no es representativo, puesto que en el indicado ao

    2006 haba 449 mujeres, y en el 2011 aument a 671, y respecto a los hombres de 12,259 en

    el 2006, aumentando a 19,336.

    Edad La distribucin etaria de la poblacin que se encuentra privada de libertad en los recintos

    penitenciarios y centros censados, reflejan que un 77.5% es predominantemente joven, debido

    a que 15,909 tienen edades comprendidas entre igual o mayor de 18 aos y menor de 40, de

    los 20,007 existentes. Lo que refleja un aumento de un 0.8% respecto al censo realizado en el

    ao 2006, en el que haba un 76.7%, con la cantidad de 9,739 internos en dichos parmetros

    de edades.

    2011

    FRECUENCIA PORCENTAJE

    Hombre 19,336 96.6

    Mujer 671 3.4

    Total 20,007 100.0

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 21

    Sin embargo, lo relevante de este anlisis, lo determina la poblacin con edades de ms de

    60 aos, quienes an cuando conservan la misma cantidad porcentual de 1.5% en los dos

    censos realizados, vemos que de 194 en el ao 2006, aument a 308 en el 2011. Lo que debe

    llamar a preocupacin a las autoridades que tienen la obligacin de dictar la poltica criminal

    del Estado, a fin de verificar cuales son las causales que han originado este incremento en la

    poblacin envejeciente, con la consecuente aplicacin de polticas precautorias.

    Estado Civil Segn los resultados de los internos/as censados el 51.6 % son solteros, el 33.7% son casados

    y el 7% han formado su familia en unin libre, lo que determina respecto al ao 2006 una

    disminucin en un 14.6% respecto a los primeros, ya que se reportaron 8,411, que reflejaba un

    66.2%. As como de un incremento de un 24.4% en cuanto a los segundos, al haber 1,179, con

    un 9.3%, y una disminucin de un 16.6% referente a los unidos libremente, quienes tenan un

    23.6%, con 2,996.

    2011

    FRECUENCIA PORCENTAJE

  • 22 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Con lo anterior se refleja que los privados de libertad la mayora son solteros. No obstante,

    ha aumentado los que han formado su familia legalmente o por el matrimonio cannico-,

    disminuyendo aquellos con familias no formales, en tal virtud, podra establecerse que

    la sociedad dominicana ha avanzado ms en torno a la necesidad de formar una familia

    estable, an dentro del marco de la situacin irregular en la cual conviven los internos con

    sus respectivas parejas e hijos.

    Lo anteriormente referido, puede tener tambin otro tipo de lectura o interpretacin, en

    cuanto a que el aumento que ha habido no es respecto al inters del privado de libertad de

    formalizar su relacin de pareja. Sino ms bien, que se ha producido un incremento de los

    hombres y mujeres que delinquen estando casados, lo cual resultara bastante preocupante,

    por el hecho, de que estaramos visualizando la destruccin del entorno familiar de 6,750

    familias estables, por el ingreso en prisin de la madre o del padre.

    Tienes hijos? De la poblacin penitenciaria censada un 72.5% tiene hijos, en contraposicin con un 27.3%

    que dijo no tenerlos. Lo que resulta contradictorio con las cifras descritas previamente en

    torno al porcentaje de solteros, ya que de ese 51.6% la gran mayora tiene hijos, lo que se

    traduce en relaciones de parejas inestables o culminadas.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 23

    En comparacin con el ao 2006, vemos que en este aspecto, no se produjo un cambio

    sustancial, puesto que, en el referido ao hubo un 70.7% que dijo tener hijos, y un 27.8% que

    indic no tenerlos. Siendo coincidente la situacin descrita en torno a que la gran mayora

    de solteros tiene hijos, ya que la poblacin penitenciaria ubicada en dicho estado civil era de

    un 66.2%.

    Cuantos hijos tienes? La mayora de los internos tiene de uno a dos hijos, con un porcentaje de un 57%, siendo la

    menor proporcin aquellos que tienen ms de ocho hijos, con un 2.2%, disminuyendo en un

    1% la cantidad porcentual referida en el ao 2006 respecto a los internos con 1 o 2 hijos, que

    abarcaban la cantidad de 5,207 internos, el cual se podra consignar su no representatividad.

    Puesto que en la actualidad hay 8,271 internos dentro del rango referido, en contraposicin

    con el aumento que hubo en torno a aquellos internos con ms de 8 hijos, de un 1.3%, sobre

    la base de 315 internos, ya que en el 2006 solo haba un 0.7% al haber 59.

    Cabe resaltar que el 83.7% de los internos censados en el ao 2011 tienen de 1 a 4 hijos,

    es decir, 12,135 internos de 20,007. Lo que determina la necesidad de que las instalaciones

    penitenciarias donde se encuentran recluidos, les permitan realizar actividades productivas,

    con las cuales puedan devengar beneficios econmicos destinados, no slo para su consumo

    personal a lo interno del recinto, sino tambin para poder colaborar con la manutencin

    de sus hijos. De all que en aquellos recintos penitenciarios donde no existen las mismas

    -que regularmente son las crceles del modelo tradicional- los internos se dedican a realizar

    trabajos informales lcitos (venta de comidas, pelculas, ropas, calzados, entre otros) e ilcitos

    (venta de minutos para celulares, drogas, licores, juegos de azar, pasillos, camas, goletas,

  • 24 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    entre otros), con la finalidad de proveerse de los recursos econmicos necesarios para poder

    subsistir. Lo cual tiene su causa en que lo promovido en estas crceles no es otra cosa que

    un ocio permanente.

    Cul es su nacionalidad? Cul otra? La poblacin carcelaria en los recintos penitenciarios de nuestro pas es mayormente

    dominicana, con un porcentaje mnimo de un 6.1% de nacionales extranjeros, con slo 1,230

    internos, de un total de 20,007 privados de libertad, habiendo 18,777 dominicanos, los cuales

    representan un 93.9%. Sin embargo, aun cuando se pueda visualizar como mnimo en relacin

    a la totalidad de internos recluidos, vemos que en comparacin con el ao 2006 dicha cifra

    se ha duplicado, debido a que de 525 nacionales extranjeros existentes para un 5.9%, en el

    2011 existen los 1,230 internos referidos, lo cual podra deberse a la crisis econmica mundial

    existente, as como a las medidas utilizadas para contrarrestar la misma, que no es otra que

    involucrarse en el trfico internacional de sustancias controladas, lo cual podremos visualizar

    ms adelante.

    Cabe resaltar que del 6.1% de nacionales extranjeros privados de libertad, la nacionalidad que

    ms abunda es la de los nacionales haitianos, quienes representan un 4.2%, al haber 843. Lo

    que refleja un aumento porcentual de un 1%, respecto al porcentaje consignado en el censo

    del ao 2006, en cuanto a los nacionales haitianos, ya que haba un 3.2%, de un total de 5.9%.

    Sin embargo, lo ms preocupante de este aspecto analizado, no es el aumento del 1%, sino

    ms bien, lo que esto significa en trmino de cantidad de internos haitianos ingresados al

    sistema penitenciario nuestro, ya que de 285 ingresados en el 2006, en el 2011 dicha cifra casi

    se triplico a 843, lo que debe sensibilizar a las autoridades penitenciarias, y a los encargados

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 25

    de aplicar la poltica criminal del Estado Dominicano, debido a que esta problemtica refleja

    la carencia de oportunidades de empleo formales e informales para stos poder mantenerse,

    as como el xodo masivo de los mismos al territorio nacional.

    Nacionalidad de los internos extranjeros por zonas geogrficas Los internos censados extranjeros pertenecen un 73.7% a la regin de Centroamrica y el

    Caribe, principalmente de Hait con un 68.9%, y de Europa un 13.4% (Espaoles, Holandeses,

    Franceses e Italianos). Existiendo un porcentaje mnimo de internos de frica con un 0.4%.

    Nivel acadmico alcanzado La poblacin penitenciaria en su mayora son analfabetos funcionales debido a que slo un

    7.5% reporta haber culminado su bachillerato. Ms an un 75.9%, es decir, 15,194 internos de

    20,007, refieren haber estudiado de primero de primaria a no haber culminado el bachillerato.

    Sin obviar el hecho de que existe un 10.5% que no ha realizado ningn curso acadmico, es

    decir, que es iletrado. Sin embargo, dichas cifras han reflejado un ligero aumento positivo en

    torno a los resultados obtenidos del censo del ao 2006, en donde los internos graduados

    del bachillerato eran apenas un 6.2% con 793 internos, los que haban estudiado de primero

    de primaria a la no culminacin del bachillerato fueron de 75.4% con 9,591 internos, y los

  • 26 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    analfabetos se redujeron en un 1.9%, al haber un 12.4%. Aun cuando dicho datos es significativo

    a nivel porcentual, pero respecto a cifras no, ya que en el 2006 haban 1,581 internos iletrados,

    y en el 2011 una cantidad mayor de 2,091.

    Los datos referidos previamente, tanto del ao 2006, como del 2011, reflejan una realidad

    alarmante respecto al bajo ndice de escolaridad de la poblacin carcelaria general. Lo que

    determina las pocas probabilidades de integracin efectiva y oportuna de stos en un entorno

    laboral manejado por la demostracin de competencias, as como las perspectivas reales de

    stos involucrarse en actividades ilcitas, en busca del sustento personal y de sus familiares.

    No obstante, lo relevante despus de manejar las cifras referidas, es que las autoridades

    penitenciarias logren captar a todo ese pblico ansioso por adquirir los conocimientos

    acadmicos y tcnicos necesarios para ser entes productivos a favor del desarrollo de la

    nacin dominicana.

    Cabe resaltar que an cuando las informaciones referidas en torno al bajo ndice de escolaridad

    de los privados de libertad, no escapa a los internos ingresados en los CCRs, esta situacin

    se ha logrado mitigar, ya que en los mismos se aplica la etapa de tratamiento del sistema

    progresivo. Es decir, se imparten cursos de alfabetizacin, y en algunos hasta el bachillerato,

    como por ejemplo en Haras Nacionales y Monte Plata. Aunque existen otros que slo se

    imparte hasta el octavo, como ejemplo el de San Pedro de Macors. Lo que implica que los

    internos que estn a un nivel superior, se ven en la imposibilidad real de avanzar en sus estudios

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 27

    acadmicos, todo lo cual debe ser tomado en cuenta por las autoridades penitenciarias,

    con la finalidad de que las mismas lleguen a un acuerdo posiblemente con el Ministerio

    de Educacin, para impartir los mismos en estos centros con el aval correspondiente. As

    como tambin en las crceles del modelo tradicional, de las cuales solamente la Penitenciaria

    Nacional de La Victoria cuenta con un Liceo en donde se imparte hasta Educacin Secundaria.

    Cul fue su ltimo oficio u ocupacin? La ocupacin previa al ingreso en prisin ms frecuente de los internos censados era la de

    ser empleado privado con un 25.1% en el 2011, respecto a un 28% en el 2006, seguida por

    la de dedicarse a un trabajo informal, reflejada con un 22.4% en el 2011 en comparacin con

    un 18.6% del 2006. Siendo el dato ms alarmante el incremento porcentual y numrico de

    los internos que se encontraban desempleados al momento de ser sometidos a la accin

    de la justicia, como son 389 internos para un 3.1% en el 2006, en contraposicin con los 883

    internos para un 4.4%, al haberse casi duplicado.

  • 28 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    An cuando existe un porcentaje mayoritario de internos que previamente ocupaban

    funciones en empresas privadas, es necesario resaltar que es un dato representativo que

    el 35.9% en el 2011 y el 42% en el 2006, se dedicaba a actividades productivas informales

    independientes, tanto tcnicas y no profesionales, as como profesionales, debido al ndice

    de desempleo que afecta a la poblacin dominicana en sentido general.

    Tipo de defensa Conforme a los resultados del presente censo, la Oficina Nacional de la Defensa Pblica (ONDP)

    cubre el 47.4% del universo de casos que ingresan al sistema penitenciario nacional, con la

    cantidad de 9,483 internos, de los 20,007 censados, lo que refleja un incremento de un 10.2% de

    los privados de libertad a los cuales asista en el ao 2006, que eran 4,733. No obstante, dicho

    porcentaje podra ser aumentado por la cantidad representativa de internos que refirieron no

    tener ningn tipo de defensa, que es de 14.8%, es decir, 2,910. Los cuales regularmente se

    encuentran en esta situacin irregular, por haber sido abandonados por los defensores privados

    que los asistan en sus procesos ordinarios, regularmente por stos no haberles podido pagar

    las sumas acordadas por concepto de gastos y honorarios, o an cuando les fue pagado, ya

    haban concluido la asistencia para la cual fueron contratados, lo cual representa un 3.9% menor

    de la cantidad de internos carentes de asistencia legal del ao 2006.

    De los internos censados existe un 37.6% que son asistidos por defensores privados, lo que

    refleja una disminucin de un 5.4%, respecto a la cifra de internos que representaban en el

    ao 2006, que era un 43.0%. Sin embargo, vemos que en trminos numricos incrementaron

    la prestacin de su servicio de 5,468 en el 2006 a 7,524 en el 2011.

    Cabe resaltar que la cantidad de internos representados por defensores pblicos aument en

    comparacin con los asistidos por defensores privados en el presente censo, debido a que en

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 29

    los resultados del censo del 2006, estos ltimos tenan una mayor cantidad de casos. Por ello,

    ocupaban el primer lugar en el rengln analizado, con un 43.0%, versus el 37.2% representados

    por la Defensa Pblica, y en el del ao 2011 se establece una situacin contraria. Sin embargo,

    con lo anteriormente plasmado se constata la inexistencia de una competencia desleal por

    parte de la ONDP respecto al ejercicio privado de la profesin de derecho.

    Cruce tipo de defensa por sexo De los 9,483 casos de privados de libertad manejados por la Defensa Pblica, el 97.2% son

    hombres, y el 2.8% mujeres, con ello, se confirma la proporcin mnima de fminas que

    delinquen. Lo cual tambin se refleja en las asistidas por defensores privados, que es de un

    3.5%, en contraposicin con el 96.5% de asistencia a hombres.

    Cabe resaltar que respecto a este rengln no hubo ninguna variacin respecto al censo

    realizado en el ao 2006, en donde el 3.1% de mujeres y el 96.9% de hombres estaban siendo

    asistidos por la Defensa Pblica. As como el 3.9% de mujeres y el 96.1% de hombres se

    encontraban siendo representados por defensa privada.

    Cruce tipo de defensa por edad Las edades de las personas privadas de libertad censadas que mayor porcentaje tiene,

    independientemente de ser asistidas por la defensa pblica o por abogado privado, es la de

    19 a 29 aos con un 46.7%, seguida de los que tienen de 30 a 39 aos con un 30.8%. Lo que

    indica que la poblacin carcelaria es bastante joven.

    La Defensa Pblica abarca el 81% de internos con edades comprendidas entre los 18 y 39

    aos, lo que implica que la asistencia est siendo prestada en su mayora a personas jvenes,

    principalmente a los privados de libertad de 19 a 29 aos, quienes representan el 48.9%,

    traducido en cifras a 4,640 internos. Por igual, representa a un porcentaje minoritario de

    los internos de ms de 60 aos de edad, que es un 1.3% de un total de 4.9%, teniendo los

    defensores privados un 1.6%.

  • 30 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Las cifras referidas no representan un cambio significativo a nivel porcentual de las recabadas

    en el censo del ao 2006, en donde los privados de libertad de edades comprendidas entre

    los 18 y 39 aos eran asistidos en un 79.6% por la Defensa Pblica, destacando tambin que

    el porciento mayoritario perteneca al rengln de internos con edades de 19 a 29 aos con

    un 50.5%. Sin embargo, en trminos numricos si es un dato relevante, puesto que de 2,392

    internos asistidos en el 2006 del parmetro atareo referido, se ha casi duplicado en el ao

    2011 con 4,640. Por igual, respecto a los internos asistidos con ms de 60 aos, quienes en el

    2006 solamente haban 75, y en el censo actual existen 128, sin desmeritar el hecho de que

    el ltimo sector etario referido de 194 internos en general que guardaban prisin en el 2006,

    pasaron a 308.

    Cruce tipo de defensa por nivel acadmico alcanzado El nivel acadmico alcanzado por los internos censados, que se destaca con un mayor

    porcentaje en este censo, son aquellos que llegaron a un nivel de escolaridad de quinto a

    octavo curso de primaria con un 34.6%, seguido por un 24.8% de aquellos que no concluyeron

    el bachillerato, al igual que los que solamente alcanzaron un cuarto curso de primaria con un

    16.5%. Sin embargo, el dato ms relevante es que de los 20,007 internos censados el 10.5%

    no ha obtenido ningn nivel de escolaridad, es decir, es analfabeto.

    El 78.3% de los internos censados que pertenecen a la Defensa Pblica son analfabetos

    funcionales, por tener un nivel bajo de escolaridad, puesto que, no han concluido el bachillerato

    completo, teniendo una mayor proporcin de internos que han aprobado el quinto curso,

    pero no han concluido el octavo, reflejado en un 36.6% representado por 3,471 internos, as

    como de los privados de libertad que no han realizado ningn estudio acadmico (no saben

    leer, ni escribir), con un 12.5%. Por igual, este tipo de defensa maneja slo un 5.4% de usuarios

    que han culminado el bachillerato, y un 1.1% con estudios universitarios completos, lo que

    determina que el defensor pblico deba manejar los procesos con mayor cuidado respecto

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 31

    a la forma de comunicarse con stos, con la finalidad de lograr transmitir los conocimientos

    tcnicos de los procesos a sus usuarios directos, de forma tal que haya una comunicacin

    asertiva y efectiva, a consecuencia de las limitaciones que genera la baja escolaridad.

    Contrario a lo referido respecto al nivel acadmico alcanzado por los usuarios de la Defensa

    Pblica, vemos que el porcentaje de usuarios manejados por el defensor privado, tienen

    un menor ndice con baja escolaridad, ya que slo alcanzan a un 74.2% los que no han

    concluido su bachillerato completo, as como los que no tienen ningn nivel acadmico

    alcanzado que es de un 5.8%. Sin embargo, es mayor el porcentaje de casos que representan

    en comparacin con los de la Defensa Pblica respecto a aquellos que han culminado sus

    estudios secundarios, con un 10.7%, as como con carreras completas, que es un 3.5%.

    Lo anteriormente referido, en torno a que los usuarios de la Defensa Pblica regularmente son

    de baja escolaridad, y los de la defensa privada tienen un nivel de escolaridad ms elevado,

    se ha mantenido constante en la poblacin penitenciaria, conforme a los datos porcentuales

    que arroj el censo anterior, del ao 2006. En donde la Defensa Pblica manej un 77.3% con

    una escolaridad de primero de primaria a un bachillerato incompleto, un 14.4% de usuarios sin

    ningn grado acadmico, y un porcentaje mnimo con bachillerato completo (4.4%) y estudios

    universitarios completo (1.1%). Contrario a los de la defensa privada que manejaron un 74.8%

    con una escolaridad de primero de primaria a un bachillerato incompleto, un 8.1% de usuarios

    sin ningn grado acadmico, y un porcentaje mnimo pero ms alto que los de la Defensa

    Pblica- con bachillerato completo (8.6%) y estudios universitarios completo (2.9%).

  • 32 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Cruce tipo de defensa por ltimo oficio u ocupacin El oficio u ocupacin que en mayor proporcin tenan los privados de libertad censados, antes

    de ser sometidos a la accin de la justicia, indistintamente de ser asistidos por la defensa

    pblica o por abogados privados, es haber sido empleados en una empresa privada, con un

    25.1%, seguido del trabajo informal con un 22.4%, as como empleado pblico con un 13.3%.

    La ocupacin u oficio de los privados de libertad que tienen los servicios de la Defensa

    Pblica regularmente son aquellos con trabajos informales, reflejados en un 25.6%, seguido

    por empleos en empresa privada con un 22.7%. Pero el dato ms preocupante es el bajo nivel

    ocupacional de estudios de los usuarios del servicio con un 1.2, as como de aquellos que no

    tenan empleo al momento del sometimiento judicial con un 4.4%. Con lo que se evidencia la

    imposibilidad material de stos proveerse de una defensa privada, por la poca probabilidad

    de obtener los recursos econmicos necesarios para sufragar dichos servicios.

    Panormica diferente se visualiza con los privados de libertad que dijeron tener los servicios de

    defensores privados, puesto que, tienen una proporcin ms elevada de aquellos que tenan un

    empleo privado previo al sometimiento judicial en un 29.4%, as como que se dedicaban a los

    estudios con un 1.9%. En consecuencia, lgicamente tienen un menor porcentaje de internos que

    se dedicaban a trabajos informales con un 18.9%, o de los que no tenan empleo con un 3.9%.

    La tendencia referida se ha mantenido en los aos transcurridos, despus de haberse

    producido en I Censo Penitenciario en el ao 2006, puesto que, en el aquel momento la

    Defensa Pblica manejaba en mayor proporcin los casos de los privados de libertad que

    tenan antes del sometimiento judicial trabajos informales 20.8% que los que tenan defensa

    privada con un 15.7%. As como en menor medida aquellos con empleos privados con un

    26.7% versus el 30.5% manejado por los abogados privados, al igual que eran estudiantes

    con un 0.8% respecto al 1.5% de los privados.

    Sin embargo, lo que ha evidenciado una modificacin en el aspecto analizado es respecto a

    la cantidad de usuarios manejados por la Defensa Pblica que no tenan empleo en el 2006,

    con los del 2011, en comparacin con los que tenan representacin privada, ya que en el

    ao 2006 asuman un 2.8%. Sin embargo, los privados tenan un 2.9%, y en el 2011 ocurre lo

    contrario, en virtud de que la Defensa Pblica maneja el 4.4% y el 3.9% lo representa la defensa

    privada. Es decir, que anteriormente los abogados privados tenan un mayor porcentaje de

    privados de libertad que al momento del sometimiento judicial no tenan empleo que los

    representados por la Defensa Pblica, contrario a lo que reporta el censo realizado en el

    2011. Lo que significa que el servicio nacional de la defensa pblica est siendo prestado a la

    poblacin de escasos recursos de la sociedad dominicana mayormente.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 33

    Frecuencia de contacto con abogado Este censo refleja que la frecuencia de contacto de los privados de libertad con su abogado es

    slo en el tribunal con un 29.4%, seguido por una vez a la semana, reflejado con un 14.8%. Sin

    embargo, el dato ms relevante, por evidenciar altos niveles de indefensin por parte de los

    internos, son aquellos que nunca han tenido contacto con su abogado, que tienen un 22.9%.

    La Defensa Pblica segn este censo, tiene contacto frecuentemente con sus usuarios directos

    en varias ocasiones durante cada mes en un 29.2% (2,766 internos), al ser visitados los privados

    de libertad en los diferentes recintos penitenciarios por los defensores pblicos. Teniendo los

    mismos un contacto ms frecuente con estos una vez a la semana, con un 11.5%, segn lo

    informado por 1,089 internos. Sin embargo, el mayor ndice lo representa el 30.6% con 2,900

    usuarios que dicen ver a sus defensores en el Tribunal, as como un 26.1% que declararon nunca

    haber visto a sus defensores pblicos asignados, lo cual an cuando es un dato preocupante,

    determina la necesidad de establecer cules son las causales que originan esta irregularidad

    en el servicio ofrecido por la ONDP. Ya que para prestar el mismo de manera eficiente deben

    converger diferentes aspectos, que no se han podido cubrir por falta de presupuesto suficiente,

    como son: el nombramiento previo concurso de oposicin y meritos, y superacin del curso

    de formacin de la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ), de una cantidad suficiente

    de defensores pblicos, los cuales puedan realizar visitas regularmente en los recintos

    penitenciarios, sin tener la necesidad de descuidar el conocimiento de sus audiencias, que es

    lo que ha ocurrido en el 2011. Por igual, la creacin de Oficinas de Defensa Pblica en los trece

    (13) distritos judiciales en donde an no se han podido instaurar por falta de presupuesto.

    La situacin descrita se presenta tambin con los privados de libertad asistidos por

    defensa privada, pero con un porcentaje menor, posiblemente debido a que no manejan la

    cantidad de casos representados por cada defensor pblico (9,483). De all que tengan ms

    oportunidades para visitar en los recintos penitenciarios a sus usuarios, en consecuencia,

    estos frecuentemente durante el mes visitan a sus privados de libertad en un 40.3%, teniendo

    una proporcin mayor de aquellos visitados una vez por semana con un 19%, as como

    un 19.2% de usuarios que dijeron nunca haber sido visitados por el abogado privado, en

    contraposicin con un 28% que seala que tiene contacto con ellos solo en el tribunal.

    Respecto a los resultados del Censo del ao 2006 en comparacin con este, vemos que ha

    habido un agravamiento de la irregularidad referida previamente, en cuanto a la proporcin

    de internos que refieren nunca ver a su abogado, independientemente de ser pblico o

    privado, puesto que en el 2006 haba un 13.1% de internos que sealaron esta situacin, y en

    el 2011 hay un 45.3%. Es decir, hubo un incremento de un 32.2%, es decir, de 1,352 internos se

    ha pasado a 3,919 que se quejan de no haber sido visitados por sus representantes legales.

  • 34 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Tipo de contacto ms frecuente con el abogado El tipo de contacto ms frecuente con el abogado, indistintamente sea defensor pblico o

    privado, es el fsico, cara a cara, con un 52.3%, seguido por el contacto por telfono con un

    23.0%, y a travs de otra persona con un 13.2%. Sin embargo, resulta preocupante de que de

    internos censados un 22.7% refiri no haber tenido nunca contacto con su abogado.

    El ms frecuente que sealaron los privados de libertad tener con su defensor pblico es el

    fsico o cara a cara, con un 54.0%, lo cual coincide con los datos dados por los usuarios de la

    defensa privada con un 50.2%, seguido por la va telefnica, con un 17.2% los de la Defensa

    Pblica y un 30.3% de los abogados privados. Con lo que se evidencia que los abogados

    privados se comunican ms con sus usuarios por telfono, que los defensores pblicos. Lo

    mismo ocurre con el contacto a travs de otra persona, debido a que un 15.1% de los privados

    de libertad asistidos por defensores privados son contactados por va de otra persona, en

    contraposicin con un 11.7% de los usuarios de la Defensa Pblica, lo que determina que los

    defensores pblicos le dan mayor prioridad al contacto directo con el privado de libertad,

    que hacerlo a travs de otra persona, contrario a los usuarios de abogado privado.

    Cabe resaltar que la jerarquizacin de los datos referidos se han mantenido, debido a que

    en el ao 2006, el tipo de contacto ms frecuente fue el fsico o cara a cara con un 63.0%,

    seguido por el va telefnica con un 27.7%, y como ltimo, el contacto a travs de otra persona

    con un 16.3%.

    Etapa en la que se encuentra su caso De los 20,007 internos censados, el 47% es condenado definitivo (9,271), el 43% es preventivo.

    Esto al estar su proceso en el juzgado de la instruccin (3,862 que representa un 20%) o en el

    juzgado de primera instancia (4,487 que refleja un 23%), y un 10% de los privados de libertad

    estn esperando la decisin de los recursos de apelacin (1,271) y casacin (882) interpuestos,

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 35

    por lo que son condenados no definitivos. Lo que en comparacin con los resultados obtenidos

    en el Censo del ao 2006 refleja un aumento porcentual de los casos de internos con condena

    definitiva (de un 31% a un 47%), respecto a los preventivos. Sin embargo, no se refleja en las

    cifras numricas, debido a que en el 2006 haba 3,987 y en el 2011 la cantidad de 9,271 que

    eran condenados definitivos, en contraposicin con la cantidad de 4,881 en el 2006 y en el

    2011 la cantidad de 10,502. Es decir, se mantiene constante la alta tasa de preventivos versus

    condenados, ya que si se observa la cantidad de preventivos entre el 2006 y el 2011 se ha casi

    triplicado, lo que requiere una mayor atencin por parte de los operadores del sistema de

    justicia, a fin de lograr que los procesos sean conocidos con mayor celeridad.

    Cabe resaltar que de los 9,377 usuarios censados que pertenecen a la Defensa Pblica, el

    52% de los internos son preventivos y/o condenados no definitivos y el 48% es condenado

    definitivo. En contraposicin al 61% de usuarios representados por abogados privados que

    son preventivos y/o condenados no definitivos, as como el 38% que es condenado definitivo.

  • 36 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    No obstante, los datos porcentuales referidos, es bueno destacar, que de la cantidad de

    2,870 internos censados que dijeron no tener asistencia letrada pblica, ni privada-, el 67%

    dice ser condenado definitivo, y el 46% es preventivo y/o condenado no definitivo. Con lo

    que se visualiza la necesidad de que se implemente una mayor atencin a los internos cuyo

    proceso ha concluido, para que se le de seguimiento ante el juez de ejecucin de la pena, por

    estar estos en la fase de ejecucin. As como a los que an no ha sido decidido de manera

    definitiva su caso, ya que esta falta de asistencia legal podra llegar a involucrar la vulneracin

    del plazo razonable, la presuncin de inocencia, el debido proceso, entre otras, como garanta

    de la tutela judicial efectiva, dispuesta en el artculo 69 de la Constitucin Dominicana.

    Le fijaron un monto de fianza? El 85% de los privados de libertad no les fue fijada garanta econmica, en cambio, al 14.9% si

    les fue impuesta dicha medida de coercin.

    De los 1,653 usuarios que dicen pertenecer a la Defensa Pblica, solamente un 15.2% refiere que

    le fue impuesta la medida alternativa de coercin de garanta econmica (fianza). Es decir, 251

    privados de libertad, en contraposicin con aquellos a los cuales se les dict prisin preventiva,

    que es un 84.8%. Lo cual ocurre de manera similar con los usuarios atendidos por abogados

    privados (14.3% con garanta econmica impuesta versus un 85.7% con prisin preventiva).

    Con lo anterior, se visualiza de manera positiva el hecho de que los juzgadores no muestran

    ningn tipo de preferencia al momento de imponer medidas alternativas distintas a la

    prisin, segn sea el imputado asistido por la Defensa Pblica o por abogado privado. Sin

    embargo, demuestra una tendencia mayor de los rganos del sistema de justicia penal a dictar

    prisin preventiva, lo cual contradice el espritu de lo dispuesto en el artculo 234 del Cdigo

    Procesal Penal, en torno a que la libertad es la regla, y la prisin la excepcin. Mxime si por

    la prolongacin de esta ltima, puede llegar a constituirse en una pena anticipada, que en

    muchos casos sobrepasa su tiempo lmite de doce meses, consignado en el artculo 241.3 de la

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 37

    norma referida, lo que trae como consecuencia negativa inmediata la sobrepoblacin existente

    en los recintos penitenciarios tradicionales de todo el pas.

    Ha tenido revisin de la medida de coercin? En este censo se refleja que el 76.5% de los internos censados sealan que no han tenido

    revisin de medida de coercin, an cuando el Cdigo Procesal Penal refiere en su artculo

    239 la revisin obligatoria de la prisin preventiva por parte del rgano jurisdiccional, y solo el

    23.5% si la ha tenido.

    El 80.2% de los usuarios de la Defensa Pblica refieren no haber tenido revisin de la medida

    de coercin de prisin preventiva que padecen. Y el 19.8 refieren que si, en contraposicin a

    los 30.3% de los privados de libertad asistidos por defensa privada que indican que si se les ha

    interpuesto dicha va de impugnacin, aunque el 69.7% indica que no les ha sido depositado.

    La tendencia referida se ha mantenido, segn los datos consignados previamente, confrontados

    con los resultados del censo del 2006, donde la cantidad de internos con depsitos de

    revisiones de medidas de coercin representaba un 20.57%(566), en contraposicin con el

    79.42%(2185), quienes refirieron que no les haba sido depositada. Por igual, en cuanto a la

    proporcin de revisiones depositadas a favor de los usuarios de la Defensa Pblica (39.22%),

    las cuales eran menores que las depositadas por los defensores privados (60.78%).

    Con los datos anteriores, respecto a que la defensa privada deposita ms recursos de

    revisin de medida de coercin que los defensores pblico, no debe entenderse como que el

    defensor pblico no los deposita porque as lo desea, en virtud de que an cuando lo desee

    interponer con mayor frecuencia, se encuentra atado a la presentacin de presupuestos que

    determinen la variacin de las condiciones en las cuales se pronunci la medida de coercin

    de prisin preventiva. Por ello, los imputados y familiares de la Defensa Pblica al tener baja

    escolaridad, as como realizar en mayor proporcin trabajos informales, y hasta ni siquiera

    poseer acta de nacimiento y cdula, regularmente no disponen de presupuestos suficientes

    para poder ser ofertados al juzgador a fin de determinar la no existencia de peligro de fuga,

    y en consecuencia, lograr que le sea variada la medida a su representado. Contrario a lo que

  • 38 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    ocurre con los usuarios de abogados privados, quienes tienen mayores posibilidades de ofrecer

    presupuestos ms slidos para obtener la modificacin de la medida de coercin, debido a los

    recursos econmicos que manejan sus privados de libertad o sus familiares, como seran la

    presentacin como garanta de presentacin del interno de un inmueble o un vehculo, o de

    un garante personal, ya sea propietario de un negocio, debidamente registrado, con registro

    nacional de contribuyente y nmero de comprobante fiscal, o administrador de un negocio

    reconocido, adems de asistir a Clubes, Iglesias o Juntas de Vecinos con mayor credibilidad,

    al reunirse en ellas la poblacin de clase media alta o alta. Con esto no queremos significar que

    los presupuestos que son entregados al defensor pblico por el imputado o sus familiares, no

    tengan algn tipo de vlidez, sino que no resultan regularmente suficientes.

    Desde cuando est recluido? Los internos censados que tienen ms tiempo recluido son aquellos que tienen de uno a cinco

    aos con un 35.1%, seguidos por los que tienen menos de uno con un 32.3%, y en un tercer lugar

    los que tienen de cinco a diez aos con un 10.2%. Aun cuando indicaron no tener respuesta

    respecto a esta interrogante un 19.1% de los privados de libertad consultados.

    Dentro de los internos que estn guardando prisin con sentencia definitiva, que tienen un

    mayor porcentaje son los que tienen de uno a cinco aos, con un 48.1%, y los que no tienen

    sentencia definitiva son los que tienen menos de un ao con un 44.3%, lo cual coincide con

    aquellos que son preventivos con un 65.7% con prisin de menos de un ao. De all que se

    destaca en este censo, que la poblacin privada de libertad en el pas es mayormente aquella

    que no se le ha sido conocido an su proceso de manera definitiva.

    Cabe resaltar que de la poblacin preventiva existe un 0.8% (32 internos) que tiene ms de 10

    aos sin haber sido resuelta su situacin procesal de manera definitiva, y un 1.3% (52 internos)

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 39

    que tiene de cinco a diez aos. Lo cual denota una crisis gravsima en el sistema de justicia penal,

    en cuanto a la poca celeridad con la cual se estn conociendo los procesos de 84 internos.

    Sin embargo, un dato relevante es que el 77.6% de los internos censados, es decir, 15,524,

    no sobrepasa los diez aos. Lo que denota que la poblacin carcelaria es mayormente la

    ingresada despus de haber sido puesto en vigencia el Cdigo Procesal Penal, el cual consigno

    la excepcionalidad en la aplicacin de la medida de coercin de prisin preventiva, de all que

    debe cuestionarse el sistema judicial la aplicabilidad efectiva de la norma procesal referida.

    Confrontados los resultados referidos con el Censo producido en el 2006, veremos que ha

    habido una variacin negativa en torno al tiempo de duracin, debido a que en el 2006, el

    tiempo que mayor porcentaje obtuvo fue el de los internos que tenan hasta un ao guardando

    prisin con un 48%. Sin embargo, en el 2011 son aquellos que tienen ms de un ao hasta cinco

    con un 35.1%, lo que implica que existen ms internos guardando prisin con ms tiempo de

    duracin, independientemente de ser preventivos o no.

    Acto infraccional (Delito del que se le acusa o acus) Los delitos ms frecuentes por los cuales fueron acusados los internos censados son homicidio

    con un 32.1%, droga con un 30% y robo con un 20.9%. Lo cual confrontado con los datos del

    censo del 2006 reflejan que ha habido una disminucin respecto al tipo penal de homicidio en

    un 3.2%, ya que en aquel momento era de un 35.3%. Sin embargo, se constata un incremento

    en los casos de drogas de un 12%, ya que en el 2006 se report un 18%, y en la actualidad es

    un 30%. As como un aumento del tipo penal de robo con un 5%, al haberse reportado un

    20.9% en el 2006, y en este ltimo censo un 25.9%, lo cual an cuando debe ser observado

    por las autoridades que manejan la poltica criminal del Estado, no se compara con el aumento

  • 40 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    referido de la presunta vulneracin de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas,

    tipo penal que estaba en un tercer nivel de frecuencia, y ahora esta hasta por encima del de

    robo simple o agravado.

    Acto infraccional (Delito del que se le acusa o acus) Tipo de Defensa La Defensa Pblica, segn las informaciones recabadas en este Censo, maneja un 30.6% de

    los privados de libertad sometidos o condenados por violacin al artculo 295 del Cdigo

    Penal. Es decir, por homicidio, seguido muy de cerca con un 29.2% del tipo penal de drogas,

    y en tercer lugar, por robo con un 23.6%. Tendencia que vara con los casos manejados por

    los abogados privados, quienes tienen en primer lugar el tipo penal de droga con un 32.9%,

    seguido de homicidio con un 32.5% y robo con un 17.8%. Diferencia que podra ser determinada

    por los recursos econmicos que se presume deben manejar los usuarios que eligen este

    tipo de defensa, adems de que el consumo, distribucin y trfico de sustancias controladas

    regularmente maneja mucho dinero siempre y cuando no sea el micro trfico-.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 41

    Dentro de los internos censados que refirieron no tener ningn tipo de defensa, vemos que la

    tendencia consignada con los usuarios representados por la Defensa Pblica se mantiene, es

    decir, en mayor proporcin el homicidio con un 36.0%, droga con un 25.3% y robo con un 20.2%.

    Comparado lo anterior con los datos recabados en el censo del 2006, vemos que los tipos

    penales manejados por la Defensa Pblica se han modificado, puesto que se han incrementado

    los casos por el tipo penal de droga. En virtud de que, en el 2006 manejo el 15.9%, y en el 2011

    un 29.2%, pasando a un nivel superior que el tipo penal de robo, debido a que en el 2006

    se report un 30.1% del mismo, y ahora un 23.6%, y respecto al tipo penal de homicidio; aun

    cuando contina con el mayor nivel de frecuencia con un 30.6% en el 2011, tuvo una ligera

    disminucin respecto al 2006, que hubo un 33.8%. Con lo anterior, se aprecia que en el 2006

    los tipos penales ms frecuentes eran homicidio, robo y droga, en ese mismo orden. Y en

    el 2011 son homicidio, droga y robo; lo cual ocurri por igual con los casos por tipo penal

    manejados por la defensa privada (homicidio un 38.3%, robo un 21.3% y droga un 21.0% en el

    2006). Sin embargo, vari respecto al tipo penal con mayor incidencia de homicidio (32.5%) a

    droga (32.9%).

  • 42 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Acto infraccional (Delito del que se le acusa o acus): Ha sido condenado De los 11,239 internos que refirieron haber sido condenados en este censo obviando los 8,684

    que no han recibido condena-, un 39.2% fue por homicidio, 29% por drogas y un 17.3% por

    robo. Seguido este ltimo en un 9.1% por violacin o agresin sexual y un 2.6 por posesin

    ilegal de armas, as como un 1.7% por violencia intrafamiliar.

    En este censo se aprecia que en base a los tipos penales ms frecuentes, el tipo penal por

    el cual han sido condenados con mayor frecuencia los privados de libertad censados es el

    de homicidio con un 68.8%, seguido por el de droga con un 54.5% y finalizando con el robo

    con un 46.5%. Existiendo una proporcin mnima de condena del tipo penal de violencia

    intrafamiliar, respecto a los tres tipos penales referidos anteriormente, con un 38.6%. Lo cual se

    encuentra justificado por haber solamente 497 privados de libertad por dicho tipo penal, en

    contraposicin con los 6420 de homicidio, 5,995 de droga y 4,189 de robo.

    Un dato preocupante respecto a las cifras referidas es que el tipo penal de robo ostenta un

    53.3% de no condenas, as como un 61.2% de violencia intrafamiliar, en comparacin con el

    30.9% de homicidio y el 45.2% de droga.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 43

    Sin embargo, resulta contradictorio los datos obtenidos respecto a que tenga mayor frecuencia

    de condena el homicidio, que los casos de drogas, debido a que regularmente los elementos

    de prueba que han de aportarse a los tribunales del orden judicial respecto al tipo penal de

    homicidio son regularmente ms complejos que los de droga. A no ser que respecto a este

    ltimo se est manejando la violacin del mismo dentro de una criminalidad organizada, en

    donde s se verifica niveles de dificultad en la obtencin de las pruebas, lo que se traduce en

    mayor inversin de tiempo por parte del rgano investigador.

    Contrastando los resultados referidos con el censo del 2006, se puede apreciar que se

    ha mantenido la tendencia del tipo penal con mayor frecuencia de condena, que es el de

    homicidio con un 44.1%. Contrario al robo que paso de estar en un segundo lugar con 20.1% al

    tercero, suplantado por el de droga que de un 15.9% paso a un 54.5% en el 2011. Cabe resaltar

    que la condena de los privados de libertad en torno al tipo penal de violencia intrafamiliar ha

    aumentado con relacin al 2006, al pasar de un 1.7% a un 38.6%. Sin embargo, respecto al

    tipo penal de violacin o agresin sexual disminuy de un 12.4% de internos condenados en el

    2006 a un 9.1% en el 2011.

    Acto infraccional (Delito del que se le acusa o acus): Tipo de preso De los internos censados preventivos el tipo penal ms frecuente es el de drogas con un 30.6%,

    seguido por el de robo con un 25.9% y homicidio con un 21.1%. Respecto a los condenados con

    sentencia no definitiva el porcentaje ms alto lo tiene el tipo penal de drogas con un 29.3%,

    seguido por el de homicidio con un 29.0% y el robo con un 23.5%. En relacin con los internos

    con sentencia definitiva el tipo penal con mayor frecuencia es el homicidio con un 39%, seguido

    por el de droga con un 30.1% y el de robo con un 17%.

  • 44 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Contrastado con los datos consignados en el censo del 2006 vemos que existen grandes

    diferencias, puesto que la frecuencia del tipo penal de los preventivos mayor fue el de robo

    con un 35%, seguido por el de homicidio con un 21.9% y el de droga con un 21.4%, contrario al

    2011 que fue droga (30.6%), robo (25.9%) y homicidio (21.1%). Con lo que ninguno de los tipos

    referidos mantuvo la tendencia iniciada en el 2006. Respecto a los condenados sin sentencia

    definitiva vemos que el porcentaje ms alto lo tuvo el tipo penal de homicidio con un 47.8%,

    seguido por el de robo con un 20.3% y el droga con un 13.1%, contrario al del 2011 que fue droga

    (29.3%), homicidio (29.0%) y robo (23.5%). Y en relacin con los condenados definitivos ocurri

    lo referido en los tipos de presos consignados previamente, ya que en el 2006 el porcentaje

    ms alto lo tuvo el tipo penal de homicidio con un 41.4%, seguido por el de robo con un 19.5%

    y el droga con un 18.3%, en cambio en el 2011 variaron con homicidio (39%), seguido de droga

    (30.1%) y robo (17%).

    Otros delitos cometidos De los tipos penales distintos a los que han tenido mayor frecuencia, referidos previamente,

    vemos que el de secuestro tuvo mayor frecuencia con 10, seguido de incendio con 7, y estafa.

    As como violacin a mayor con 5, resultando contraria la tendencia del tipo penal de trfico

    de personas con solo 3.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 45

    Ha sido condenado? Ha disminuido la cantidad de internos condenados respecto a los que no lo han sido en este

    censo, en comparacin al del 2006. Toda vez que en el del 2011 hay un 56.2% de condenados,

    habiendo disminuido en un 4.4%, ya que en el 2006 se report un 60.6%. Por ello, aumento la

    tendencia en el 2011 de no condenados a 43.4% versus el 39.1% del 2006.

  • 46 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    A cuntos aos lo condenaron? Las condenas de ms de cinco aos son la que tienen mayor frecuencia en los internos censados

    con un 64.2%, seguida por la de ms de dos y menos de cinco con un 27.7% y por ltimo, con

    menor frecuencia las de menos de dos aos con un 6.6%.

    La Defensa Pblica tiene un porcentaje mayor de internos condenados con penas mayores de

    cinco aos con un 60.1%, seguida de las de menos de cinco y ms de dos con un 31.0%, teniendo

    un porciento minoritario de condenados con menos de dos aos con un 7.3%. Tendencia que se

    mantiene con los usuarios asistidos por abogados privados con un 64.5% con penas mayores

    de cinco aos, un 27.4% con condenas de ms de dos aos y menos de cinco y un 6.5% con

    menos de dos aos.

    Cabe resaltar que las condenas de aquellos que refieren no tener abogado, aumentan los que

    tienen sanciones mayores a cinco aos con un 74.5%, en comparacin con el 60.1% de los de la

    Defensa Pblica y el 64.5% de los abogados privados.

    Cumpli su condena actual? Porqu razn se encuentra privado de libertad? El 97% de los internos censados refirieron no haber cumplido su condena actual, habiendo

    aumentado este aspecto en relacin con el 2006 en un 7.1%, ya que se report que un 89.9%

    no haba cumplido su condena. Lo que determin una disminucin porcentual de un 2.3%

    respecto de los que s han cumplido su pena privativa de libertad, al haber consignado en el

    2006 un 5.0%, y en el 2011 un 2.7%.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 47

    Del porcentaje que estableci haber cumplido su condena actual, se aprecia que los mismos

    no han obtenido su libertad en razn de que no le llegado su libertad en un 40.6%, un 23.4%

    no ha podido pagar la multa y un 7.8% tiene otro caso pendiente. Lo cual junto con el 3.6%

    que no ha sido libertado por no haber podido pagar el monto de la garanta econmica

    impuesta, determinan posiblemente no slo un congestionamiento del sistema penitenciario

    con personas que debieron haber sido liberadas, sino tambin:

    1. La falta de seguimiento por parte del juez de ejecucin de la pena, en torno a los internos

    que no han podido pagar la multa, posiblemente por el incumplimiento de lo dispuesto

    en el artculo 438 del Cdigo Procesal Penal, respecto al apoderamiento de oficio, el cual

    ordena a la secretara del tribunal ltimo que conoci el proceso que adquiri la autoridad

    de la cosa irrevocablemente juzgada, la notificacin a dicho rgano del Poder Judicial,

    para la ejecucin del cmputo definitivo. Permitiendo con esta inaccin que los internos

    permanezcan presos ms all del tiempo que establezca la sentencia como pena privativa

    de libertad, sin que el juez de ejecucin los convoque para preguntarles la forma en cmo

    han de pagar la misma, en virtud de lo contemplado en el artculo 446 del CPP, y el Captulo

    X, numerales 4, 5 y 7 de la Resolucin No.296-2005 de la Suprema Corte de Justicia, que

    crea el Reglamento del Juez de Ejecucin de la Pena; y

    2. Un procedimiento retardatario en la depuracin de las libertades, tanto por parte de los

    jurdicos de los diferentes recintos penitenciarios, as como por parte de la Direccin General

    de Prisiones, a quienes se les enva las mismas, para que realicen una nueva depuracin.

  • 48 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO

    Comparando lo anterior con los resultados del censo del 2006 se verifica que la tendencia

    porcentual respecto a las razones por las cuales no han obtenido su libertad se mantiene con

    ciertas diferencias, ya que respecto a la razn de por no haberle llegado la libertad tuvo una

    disminucin de 58.1% en el 2006 a 40.6% en el 2011. Lo que es un dato relevante positivo,

    aunque esto pierde efectividad respecto al inters de paliar la sobrepoblacin existente en los

    recintos penitenciarios cuando vemos que aument el porcentaje de internos que habiendo

    cumplido su condena siguen presos por no haber podido pagar la multa, es decir, de un 15.6%

    aument a un 23.4%. Y por dems, resulta un dato negativo el hecho de haberse incrementado

    el porcentaje de interno que aun cuando han cumplido su condena actual no han podido ser

    liberados por tener un caso pendiente, dicho aumento fue de un 0.5, ya que de 7.3 en el 2006

    paso a 7.8% en el 2011.

    Ha cumplido condena anteriormente? Un 83.8% del total de internos censados refirieron no haber cumplido condena anteriormente

    (16,765), lo cual determina un aumento de un 4.3% respecto a los que indicaron lo mismo en

    el ao 2006 (79.5%) con 10,101 internos de un total de 12,708. Presentndose una disminucin

    porcentual positiva de aquellos internos que si han sido anteriormente condenados de un 0.2%,

    ya que en el 2006 haban 16.0% y en el 2011 un 15.8%.

  • 2DO.CENSONACIONALPENITENCIARIO 49

    Con lo anterior, se observa la no existencia de un alto ndice de privados de libertad reincidentes

    generales o especficos, en base a las pocas oportunidades de regeneracin que el sistema

    penitenciario tradicional les ofrece.

    Ha sido deportado? En este censo hubo un aumento en relacin con el realizado en el 2006, respecto a los internos

    que respondieron haber sido deportados, ya que en el 2006 solo alcanz un 4% con 513

    internos, de los cuales 186 pertenecan a la Defensa Pblica (3.9%) y 221 a abogados pri