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    Pgina 1 Por Rubn Xarre P.L. de Llangreo (Asturias) www.coet.es

    Realizacin de pruebas para la deteccin de estupefacientes,psicotrpicos, estimulantes u otras sustancias anlogas.

    (Toma muestras de saliva)

    - I n t r o d u c ci n .

    - I n s t r u c c in 0 7 / S- 9 4 DGT .A s u n t o : Realizacin de pruebas para la deteccin desustancias estupefacientes psicotrpicos, estimulantes u otras sustancias anloga.

    - I n s t r u c c in 0 8 / S - 1 0 2 . D e t e cc in d e D r o g a s .

    - La realizacin de las pruebas / Signos generales / Signos especficos

    - A c t a .

    - M a n u a l

    - D i l i g e n c i a s .

    - C e r t i f i c a d o d e Re v i s i n .

    - Ce r t i f i c a d o d e Ve r i f i c a c i n .

    IntroduccinLa conduccin bajo la influencia de drogas, alcohol y medicamentos, pone en peligro a todos

    los usuarios de la va y la disminucin de la aptitud de los conductores en la conduccin siguesiendo una de las principales causas de los accidentes de carretera.

    Dentro de las funciones que tienen las Policas Locales, se hace necesario conocer ydisponer de los procedimientos adecuados de trabajo, para poder dar una respuesta a estaproblemtica que se nos presenta diariamente, y tratar de hacer las pruebas preceptivas a aquellosconductores que se presume por sus sntomas, una conduccin bajo los efectos de drogas, alcoholy medicamentos.

    Se vienen haciendo varios estudios y desarrollado distintos proyectos al respecto, ProyectoRosita, Proyecto Druit, con el fin de obtener los datos que permitan conocer cual es laincidencia de la conduccin bajo estas sustancias, as como establecer mecanismos adecuados parapoder medir la concentracin de las mismas en el organismo, con estos datos se puede proceder aestablecer unos criterios consensuados entre los distintos organismos implicados en la SeguridadVial, para estudiar y detectar los sntomas asociados al consumo especfico de drogas ymedicamentos, que puedan influir en el conductor al ponerse al volante, asociado en muchos casosa la conduccin bajo la influencia de bebidas alcohlicas. Las mediciones de alcohol ysintomatologa son ms conocidas por el trabajo cotidiano que vienen haciendo las Policas Localesa lo largo de estos ltimos aos.

    Se pretende exponer en este documento de trabajo, los procedimientos que se estnsiguiendo para realizar las tomas de muestras de saliva y de aire expirado, junto con la deteccin y

    observacin de los signos que nos permitan conocer el estado del conductor y si es necesarioproceder a realizar las diligencias y actas necesarias para imputar un delito Contra la SeguridadVial. Nos centraremos en la toma de muestra de saliva por ser ms novedosa, incluyendo lasdiligencias especficas para este caso de forma genrica.

    Ser necesario hacer referencia de una forma objetiva a los signos observados enaquellos conductores que se presumen, circulan bajo la influencia de drogas y medicamentos. Larealizacin de este informe de signos es bsico para adjuntar como prueba en las diligencias quese van a instruir por delito contra la Seguridad Vial.

    Tambin existen nuevos y modernos aparatos de medida, a disposicin de las PolicasLocales homologados y especficos para detectar estas sustancias (se analizan 24 sustancias),

    utilizando para ello la recogida de una muestra biolgica de saliva, de forma que esta pruebaofrece un resultado en analtica equiparable al que nos puede ofrecer una analtica de sangre.Para ello se hace una primera toma de muestra de saliva del conductor, la muestra recogida

    ser introducida en el Drger -Drug Test 5000, arrojando un resultado que nos dice si es negativo

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    o positivo este muestreo y las sustancias consumidas. Dentro del Proyecto DUIT, se recoger unasegunda muestra que ser enviada a un laboratorio para su posterior anlisis. Hay que tener encuenta el procedimiento de recogida de la muestra de saliva, precintado, envasado y transporte de

    la misma. Todo este proceso ha de realizarse, bajo una cadena de custodia que garantice lapreservacin y conservacin en las condiciones adecuadas de la muestra, sin que sta pueda sermanipulada o violentado su precinto, en cuyo caso quedara invalidada para el anlisis posterior.

    La casustica puede ser variada, en funcin de cada hecho en concreto, intentando dar unaspautas generales y poder adaptar el trabajo a la situacin que se nos pueda presentar en cadaintervencin.

    - I n s t r u c c in 0 7 / S- 9 4 DGT .A s u n t o : Realizacin de pruebas para ladeteccin de sustancias estupefacientes psicotrpicos, estimulantes u otrassustancias anlogas.

    I.- Introduccin

    El presente documento tiene por objeto describir el procedimiento de actuacin de losagentes de la Agrupacin de Trfico de la Guardia Civil y del personal facultativo, en la realizacinde pruebas para la deteccin de determinadas sustancias estupefacientes, psicotrpicas,estimulantes o anlogas (drogas txicas en adelante), previstas en el artculo 12 del TextoArticulado de la Ley sobre Trfico, Circulacin de Vehculos a Motor y Seguridad Vial, aprobado porReal Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y desarrollado en el Captulo V, Ttulo Primero,del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General deCirculacin.

    II.- Procedimiento para la realizacin de las pruebasDe acuerdo con lo dispuesto en el artculo 28.1.b), deber someterse a las pruebas de

    deteccin toda persona que se encuentre en una situacin anloga a cualquiera de lasenumeradas en el artculo 21, respecto de la investigacin de la alcoholemia. En los supuestos decontroles preventivos, la autoridad competente determinar los programas a llevar a efecto en losmismos trminos que los establecidos para la realizacin de controles de alcoholemia, aunque conindependencia de stos.

    III.- Descripcin del procedimiento de actuacinEl procedimiento se inicia con la detencin de un vehculo a motor, ciclomotor o bicicleta. A

    continuacin, se informar a su conductor de la obligacin de someterse a las pruebas para ladeteccin de sustancias estupefacientes, segn los artculos 27 y siguientes del Reglamento

    General de Circulacin.

    Las pruebas se desarrollarn en tres fases:

    1. Prueba indiciaria.Esta prueba consistir en someter al conductor a la realizacin de un test a partir de una

    muestra de saliva. La actuacin a seguir ser diferente en funcin de la reaccin del

    conductor:

    1.1. El conductor se niega a realizar las pruebas.Si el conductor requerido a realizar las pruebas de deteccin de drogas txicas se niega a

    someterse a las mismas, los agentes formularn boletn de denuncia por infraccin administrativaconsistente en incumplir la obligacin de todos los conductores de vehculos de someterse a las

    pruebas que se establezcan para deteccin de estupefacientes, psicotrpicos, estimulantes ycualquier otra sustancia de efectos anlogos. (Artculo 65.5.b) de la Ley sobre Trfico,Circulacin de Vehculos a Motor y Seguridad Vial) El agente consignar en el boletn de denuncia:

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    - sancin de 600 euros- dos meses de suspensin de la autorizacin administrativa para conducir.- detraccin de 6 puntos.

    Si procede, vistos los sntomas externos del sujeto apreciados por el mdico, se inmovilizar elvehculo, segn el procedimiento establecido en el artculo 70 de la LSV.

    1.2. El conductor accede a realizar la prueba, pero es incapaz de llevarla a cabo.En el supuesto de que el conductor acceda a someterse a las pruebas, pero sea incapaz de

    realizar la misma con xito, se proceder de la misma manera que si el conductor diese positivo enla prueba de test salival.

    1.3. El conductor accede a realizar las pruebas.Si el conductor requerido a realizar las pruebas de deteccin de drogas muestra su conformidad alas mismas, se proceder a la realizacin de la prueba indiciaria del test salival.a) si el resultado de la prueba es negativo, finalizar el procedimiento. No obstante, en lossupuestos en que a juicio de los agentes, el conductor presente sntomas externos de haberingerido bebidas alcohlicas se proceder a realizar las pruebas de deteccin del alcohol en aireespirado, segn los procedimientos ordinarios establecidos.b) si el resultado de la prueba indiciaria es positivo, continuar el procedimiento segn quedadescrito en el punto 2.

    2. - Reconocimiento mdicoSi la muestra recogida en el test de saliva arroja resultado positivo por consumo de

    sustancias estupefacientes, psicotrpicas, estimulantes o anlogas, el facultativo proceder arealizar un reconocimiento mdico, cuyos datos recoger en el documento acta de sintomatologa,teniendo esta prueba la consideracin de primera prueba a los efectos previstos en el artculo28.1.a) del Reglamento General de Circulacin.

    a) Si del resultado del reconocimiento mdico no se apreciaran sntomas que permitieranconsiderar que el conductor pudiera haber consumido o incorporado a su organismo algunasustancia estupefaciente, finalizar el procedimiento.

    b) Si del reconocimiento mdico el facultativo apreciara la existencia de signos clnicos compatiblescon que el conductor hubiera podido ingerir o incorporar a su organismo drogas txicas, continuarel procedimiento segn se describe en el punto 3.

    Negativa sobrevenida a realizacin de pruebas tras el test salivar positivo: Si el conductor queha accedido inicialmente a someterse a las pruebas y que ha dado positivo en el test de saliva seniega a ser sometido a reconocimiento mdico, los agentes procedern a informarle de que lanegativa puede suponer que se encuentre incurso en posible delito de desobediencia, tipificado en

    el artculo 380 del Cdigo Penal, y de conduccin bajo la influencia de drogas txicas, contempladoen el artculo 379 del citado Texto legal, y cumplimentarn atestado por estos dos posibles delitos.Adems, procedern a la inmovilizacin del vehculo, conforme a lo previsto en el artculo 70 de laLey de Seguridad Vial.

    3.- Extraccin sanguneaSi el reconocimiento mdico arroja como resultado la conclusin de que el conductor, a la

    vista de los sntomas constatados por el personal facultativo, ha podido ingerir o incorporar a suorganismo drogas txicas, los agentes:

    1. Procedern a la cumplimentacin de atestado por posible delito de conduccin bajo lainfluencia de drogas txicas, estupefacientes, o sustancias psicotrpicas, tipificado en el artculo

    379 del Cdigo Penal, con lectura de derechos al imputado.2. Procedern a la inmovilizacin del vehculo, en los trminos del artculo 70 de la Ley de

    Seguridad Vial.

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    3. Advertirn al conductor que va a ser sometido a una prueba de extraccin sangunea insitu. Advertido el conductor de que va a ser sometido a prueba de extraccin sangunea, seproceder segn el comportamiento del conductor del siguiente modo:

    a) Si el conductor se niega a someterse a la realizacin de extraccin sangunea, los agentesdirigirn a la Autoridad judicial solicitud motivada para proceder a la extraccin, acompaandodocumento con la motivacin de la solicitud. La actuacin ser diferente en funcin de la respuestajudicial:

    a.1) La Autoridad judicial dicta auto accediendo a la solicitud de realizacin de extraccinsangunea:a.1.1) si el conductor accede a la extraccin sangunea, continuar el procedimiento en lostrminos que se exponen en los apartados siguientes.

    a.1.2) si el conductor se niega a ser sometido a la extraccin, a pesar de la resolucin

    judicial favorable, los agentes formularn atestado por posible delito de conduccin bajo

    la influencia de drogas txicas, estupefacientes, o sustancias psicotrpicas, tipificado en

    el artculo 379 del Cdigo Penal, y de desobediencia, recogido en el artculo 380.

    a.2) La Autoridad judicial no accede a la solicitud de extraccin sangunea: en este caso, losagentes cumplimentarn atestado por posible delito de conduccin bajo la influencia de drogastxicas, estupefacientes, o sustancias psicotrpicas, tipificado en el artculo 379 del Cdigo Penal.En este supuesto, se inmovilizar el vehculo, segn el procedimiento establecido en el artculo 70de la LSV.b) Si el conductor accede a la extraccin sangunea, el personal facultativo proceder a la mismasegn la praxis habitual para estos procedimientos, describiendo de forma detallada todos losaspectos destacados de la extraccin, y cumplimentando en el documento correspondiente losdatos relativos a la cadena de custodia de la prueba. La muestra se remitir por parte del personalfacultativo al Instituto Nacional de Toxicologa (INT) segn el protocolo mdico especfico, y el INT,

    una vez conocidos los resultados, los remitir al Juzgado.

    IV. Prueba de contrasteAntes de realizar la prueba de extraccin sangunea, los agentes advertirn al conductor

    que, de conformidad con el artculo 28.1.a) del Reglamento General de Circulacin, tiene derecho acontrastar la mencionada prueba.

    Si el conductor manifestase su deseo de realizar prueba de contraste, el personal facultativoobtendr una segunda muestra en el momento de la extraccin, que tendr las mismas garantasde custodia y conservacin que el primer anlisis, y que ser remitido al laboratorio que haya sidodesignado a tal efecto.

    Si el resultado de la primera extraccin fuera positivo, el conductor podr solicitar a laAutoridad judicial conocer el resultado de la prueba de contraste.

    En los casos de atestado por posible comisin de delito, el procedimiento finaliza con laremisin de todas las diligencias a la Autoridad judicial.

    V. Supuestos en los que el conductor se encuentra con facultades anuladas que leimpidan tener capacidad para decidir si se somete a las pruebas

    Si en cualquier momento del procedimiento de las pruebas, el personal facultativo o, en sudefecto, los agentes de la Autoridad, constata que el conductor se encuentra en situacin tal quetiene las facultades anuladas de forma que le impidan tener capacidad de decidir por mediospropios si accede o no a someterse a las pruebas de deteccin de drogas txicas, se proceder asolicitar a la Autoridad judicial pronunciamiento sobre la procedencia o no de la realizacin de laspruebas.

    La actuacin a seguir por los Agentes ser conforme a lo descrito en los apartados 3,a.1) y3,a.2). En todo caso, los agentes cumplimentarn atestado por posible delito de conduccin bajo lainfluencia de drogas txicas, previsto en el artculo 379 del Cdigo Penal.

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    Madrid, 23 de Octubre de 2007EL DIRECTOR GENERAL DE TRFICO

    Pere Navarro Olivella

    - Instruccin de la fiscala 08/S-102. Deteccin de Drogas. -

    Asunto: Realizacin de pruebas para la deteccin de estupefacientes, psicotrpicos, estimulantes uotras sustancias anlogas, en el marco del Proyecto DRUID

    Instruccin 08/S-102

    I. IntroduccinMediante Instruccin 07/S-94se regul el procedimiento general para la realizacin de deteccin

    de estupefacientes, psicotrpicos, estimulantes y otras sustancias anlogas a conductores de vehculos a

    motor, ciclomotores y bicicletas. Esa Instruccin, vlida para los controles preventivos que lleven a cabo

    los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia y control del trfico, no es aplicable para loscontroles de deteccin de drogas entre los conductores de vehculos que se lleven a cabo en el marco del

    Proyecto DRUID, y por ello es necesario dictar una nueva Instruccin especfica para los controles de

    este proyecto.

    II. Reglas generalesLos controles de drogas que se realicen en el marco del Proyecto DRUID tienen la

    consideracin de obligatorios para todos los conductores requeridos para ello por los agentesde la autoridad. De acuerdo con lo dispuesto en el artculo 28.1.b) del Reglamento General deCirculacin, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, deber someterse a laspruebas de deteccin toda persona que se encuentre en una situacin anloga a cualquiera delas enumeradas en el artculo 21 del citado texto, respecto de la investigacin de laalcoholemia.

    Por otra parte, la negativa a someterse a las pruebas puede ser constitutivo de delito, conforme a

    lo prevenido en el artculo 383 del Cdigo Penal.

    III. Descripcin de procedimiento de actuacin

    1.Informacin previa y observacin de signos generalesEl procedimiento se inicia con la detencin de un conductor de vehculo a motor, ciclomotor o

    bicicleta. A continuacin, los agentes informan al conductor de la obligacin de someterse a las pruebas

    para la deteccin de alcohol y otras drogas, de conformidad con el artculo 12 de la Ley de SeguridadVial y los artculos 27 y siguientes del Reglamento General de Circulacin, as como que la negativa a

    someterse a las mismas puede suponer un delito previsto en el artculo 383 del Cdigo Penal.

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    En este momento inicial de detencin, toma de documentacin del conductor e informacin del

    control, los agentes comenzarn a describir los signos externos generales que muestre o presente el

    conductor, que se detallan en el acta de signos generales contenido en el Anexo I.

    2. Desarrollo de las pruebas

    2.1 Elconductor se niega a realizar las pruebas

    Si el conductor requerido para la realizacin de las pruebas, una vez informado e lo indicado en el punto

    1, se niega a ser sometido a las mismas, los agentes:

    a) si el conductor no muestra signos externos de ingesta o incorporacin al organismo de drogas

    o de alcohol cumplimentarn atestado por posible delito de negativa previsto en el artculo 383 del

    Cdigo Penal,

    b) si el conductor presenta signos generales y especficos descritos en el acta del Anexo I

    cumplimentarn, adems, atestado por posible delito de conduccin bajo la influencia de bebidasalcohlicas o drogas txicas, estupefacientes o sustancias psicotrpicas previsto en el artculo 379.2 delCdigo Penal.

    En todo caso, los agentes cumplimentarn el acta de signos referido (Anexo I).Igualmente, proceder la inmovilizacin del vehculo, en los trminos y segn el procedimientoestablecido en el artculo 70 de la Ley sobre Trfico, Circulacin de Vehculos a Motor ySeguridad Vial.

    2.2. El conductoraccede a realizar las pruebas

    El conductor ser informado de que las pruebas previstas se componen de tres partes:

    1. Pruebas de deteccin de drogas2. Prueba de deteccin de alcohol en aire espirado

    3. Observacin y descripcin de signos

    1.- La prueba de deteccin de drogas consiste en someter al conductor a un test salivar consistente en la

    toma de dos muestras de saliva:

    a) La primera muestra obtenida tiene consideracin de prueba indiciaria de consumo o incorporacin al

    organismo de drogas, y dar el resultado in situ.

    b) La segunda muestra se tomar inmediatamente despus y sin necesidad de esperar el

    resultado de la primera. Esta segunda muestra tiene consideracin de prueba de deteccin oincorporacin de drogas, a los efectos previstos en el artculo 28 del Reglamento General deCirculacin. La muestra se custodiar conforme a los protocolos mdico-legales de cadena decustodia, y debe ser remitida al centro toxicolgico que realice los anlisis de las sustanciasdetectadas.

    2.- Despus de someter al conductor a las pruebas de deteccin de drogas, y sin necesidad deesperar los resultados de las mismas, los agentes sometern al conductor a las pruebas dedeteccin de alcohol, siguiendo el procedimiento habitual previsto en los artculos 22 ysiguientes del Reglamento General de Circulacin.

    3.- Con carcter general, los agentes, segn vayan realizando las pruebas, continuarn con la

    cumpl imentacin de los signos generales que muestre o presente el conductor , que se detallanen el acta de signos del Anexo I.

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    En el supuesto de que el test ind iciario de saliva arroje un resultado posit ivo, los agentesle informarn de que la segunda muestra tomada ser enviada para su anlisis al laboratorio yde que, de acuerdo con lo prevenido en el artculo 28.1.a) del Reglamento General de

    Circulacin, tiene derecho a contrastar la prueba salivar mediante extraccin sangunea en unCentro Mdico. El procedimiento a seguir, si el conductor solicita esta prueba de contraste,ser similar al existente para las pruebas de contraste de alcoholemia. En todo caso la segundamuestra de saliva ser enviada para su anlisis al centro tox icolg ico correspondiente.

    2.3.Imposibilidad de salivarEn los casos en los que el conductor muestre una imposibilidad de salivar que impida la

    realizacin de la prueba de drogas, y una vez documentado este extremo, los agentes pasarn arealizar la prueba de deteccin de alcohol en aire espirado. Adems, cumplimentarn el acta designos descrito en elAnexo I.

    2.4.Negativa someterse a las pruebasLa negativa sobrevenida a realizar las pruebas conllevar la lectura de los derechos

    legales al conductor y la elaboracin de atestado por posible delito tipificado en el artculo 383del Cdigo Penal.

    4. Actuacin segn resultados de las pruebasCon objeto de dar cumplimiento a los objetivos y fines del Proyecto DRUID dentro del marconormativo actual, las alternativas de actuacin policial segn los resultados de las pruebas dedrogas y de alcohol son las sigu ientes:

    a) Test drogas positivo y tasa alcohol > 0,60.Si el test indiciario de saliva arroja resultado positivo por

    ingesta o incorporacin de drogas y la tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0,60 miligramos porlitro o en sangre superior a 1,2 gramos por litro, se instruir atestado por posible delito del artculo 379.2

    del Cdigo Penal.

    Respecto de las tasas de alcohol, se tendrn en cuenta las instrucciones de la Fiscala respecto de los

    mrgenes de error de la medicin efectuada por los etilmetros.

    b) Test drogas positivo y tasa alcohol superior a art. 20 RGC pero < 0,60, con signos de consumode drogas. Si el test de saliva arroja resultado positivo por ingesta o incorporacin de drogas y la tasa dealcohol en aire espirado es inferior a 1,2 gramos por litro de sangre pero superior a las previstas en el

    artculo 20 del Reglamento General de Circulacin, y constan signos especficos de consumo o

    incorporacin de drogas al organismo, los agentes instruirn atestado por posible delito del artculo

    379.2 del Cdigo Penal.

    c) Test drogas positivo y tasa alcohol superior a art. 20 RGC pero < 0,60, sin signos de consumo dedrogas. Si el test de saliva arroja resultado positivo por ingesta o incorporacin de drogas, tasa dealcohol en aire espirado inferior a 1,2 gramos por litro de sangre pero superior a las previstas en el

    artculo 20 del Reglamento General de Circulacin, y no constan signos especficos de consumo o

    incorporacin de drogas al organismo, se formularn dos boletines de denuncia, uno por infraccin al

    artculo 20 del Reglamento General de Circulacin, y otro por infraccin al artculo 27 del mismo texto

    normativo (en este caso, con la sancin y detraccin de puntos previstos en la Instruccin 07/S-94).

    d) Test drogas positivo, prueba alcoholemia negativa y con signos de consumo de drogas . Si el testde saliva arroja resultado positivo por ingesta o incorporacin de drogas, resultado negativo en tasa dealcohol en aire espirado, y constan signos especficos de consumo o incorporacin de drogas al

    organismo, los agentes instruirn atestado por posible delito del artculo 379.2 del Cdigo Penal.

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    e) Test drogas positivo, prueba alcoholemia negativa y sin signos de consumo de drogas . Si el testde saliva arroja resultado positivo por ingesta o incorporacin de drogas, resultado negativo en tasa de

    alcohol en aire espirado, y no constan signos especficos de consumo o incorporacin de drogas al

    organismo, los agentes formularn boletn de denuncia por infraccin al artculo 27 del ReglamentoGeneral de Circulacin (con la sancin y detraccin de puntos previstos en la Instruccin 07/S-94).

    f) Test drogas negativo y tasa alcohol superior a art. 20 RGC pero 0,60. Si el test de saliva arroja resultado negativo por ingestao incorporacin de drogas, y la tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0,60 miligramos por litro o

    en sangre superior a 1,2 gramos por litro, se instruir atestado por posible delito del artculo 379.2 del

    Cdigo Penal.Respecto de las tasas de alcohol, se tendrn en cuenta las instrucciones de la Fiscala respecto de

    los mrgenes de error de la medicin efectuada por los etilmetros.

    h) Incapacidad de salivar y tasa alcohol superior a art. 20 RGC pero < 0,60. Si el conductor muestrauna imposibilidad de salivar que impide la realizacin de la prueba de drogas, y la tasa de alcohol es

    superior a la establecida en el artculo 20 del Reglamento General de Circulacin, los agentes actuarn

    cumplimentarn boletn de denuncia.

    i) Incapacidad de salivar y tasa alcohol > 0,60. Si el conductor muestra una imposibilidad de salivarque impide la realizacin de la prueba de drogas, y la tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0,60

    miligramos por litro o en sangre superior a 1,2 gramos por litro, se instruir atestado por posible delito

    del artculo 379.2 del Cdigo Penal.

    Respecto de las tasas de alcohol, se tendrn en cuenta las instrucciones de la Fiscala respecto de los

    mrgenes de error de la medicin efectuada por los etilmetros.

    j) Test drogas negativo, prueba alcoholemia negativa pero con signos de consumo de drogas . Si eltest de saliva arroja resultado negativo por ingesta o incorporacin de drogas, la tasa de alcohol es

    negativa, y constan signos especficos de consumo o incorporacin de drogas al organismo, los agentes

    instruirn diligencias por posible delito al 379 del Cdigo Penal.

    5. Normativa subsidiaria de aplicacinLa Instruccin 07/S-94, de este Centro Directivo, ser de aplicacin subsidiaria en todos aquellosaspectos no regulados en esta instruccin que no le sean incompatibles.

    Madrid, 29 de septiembre de 2008.

    EL DIRECTOR GENERALPere Navarro Olivella.

    A TODAS LAS UNIDADES DEL ORGANISMO.

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    La realizacin de las pruebas / Signos generales / Signos especficos

    Secuencia de la T a b l a Po l i c i a l , Signos generales, signos especficos al realizar las pruebas

    dentro delProyecto DRUID.

    -Se le indica al conductor que detenga el motor del vehculo y saque las llaves de contacto.

    - Se informa que va ser sometido a un control de drogas y alcohol, as como de la obligacin que

    tiene de hacerlo. Si se negara estara hacindolo al conjunto del control Art.383 C.P.

    - El Agente comienzan a observar los signos generales del conductor desde el inicio.

    * S i gn os d e ca r c t e r e sp ecf i co s(bajo la influencia de sustancias). Nos limitamos a

    constatar una serie de signos objetivos, en virtud de los criterios fijados por la Fiscala.- Aspecto de la conjuntiva- Movimientos oculares de seguimiento- Valoracin del Nistagmo horizontal

    Ace ta NO Aceptaprueba.

    Agente: Control de alcohol SI

    SI Signos Generales + prueba positiva a Drogas y / o Alcohol.

    Agente: Control Drogas Saliva, se toma la prueba dellector + toma de muestreo para prueba evidencial

    (contraste anlisis).

    Muestra suficiente.

    Resultado

    Drogas.

    * ImposibilidadSalivar.

    Agente: Observacin

    de Signos Generales.

    Resultado signos generales.Resultado

    Alcohol.

    *Agente: Observacinde Signos Especficos.

    Agente: Observacin

    de Signos Generales.

    NO

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    Eln i s t a g m o e s u n m o v i m i e n t o e n s a cu d i d a d e l o s o j o s.(Ver Acta de Signos pgina 15).

    * I m p o s i b i l id a d S al iv a r . La no salivacin puede venir motivada a tres razones:

    1-

    Se ejecuta mal la prueba.2- Poca salivacin fisiolgica. Es raro pero se puede dar en personas muy mayores.3- No saliva como consecuencia del consumo de sustancias. Si no hay salivacin como un

    signo del consumo, hay signos externos.

    parte negra central de los ojos) y comprobaremos si son o no del mismo tamao y sireaccionan a la luz, para lo que utilizaremos una linterna. Normalmente, con la luz las pupilasse contraen.

    Pupilas normales Pupilas normales contradas por la luz

    PUPILAS DILATADAS.

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    - Es fundamental saber, cmo valorar los signos externos, y reflejarlos en elacta preparada al efecto.

    - Los Policas han de estar formados y ser expertos reconocedores, se han devalorar los signos externos, asociados a un posible consumo de drogas. Para ello ellaboratorio da un resultado, el informe toxicolgico, y se vincula el acta de signosexternos con el anlisis /informe que emite posteriormente el toxiclogo.

    - Con este procedimiento se busca una solidez en la prueba, que se aporta a las

    Diligencias que se efectan.

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    PUP I LAS NORM ALES .Observaremos las pupilas (la

    Los Signos Especficos: No todos son iguales de importantes, hay que teneren cuenta algunos aspectos al efectuar la observacin de los mismos.

    Signos especficos:6. Aspecto de la conjuntiva:. Conjuntiva enrojecida o con edema

    - Ojos enrojecidos, como con agua, vidriosos,....- En la conjuntiva (la parte blanca del ojo), los vasos sanguneos se ven

    perfectamente, son unos vasos sanguneos como en red, como formando una malla,enrojecida.

    - Se puede presentar la conjuntiva, con un aspecto como si estuvieraedematizada,esto significa que tendramos una conjuntiva engrosada con lquido.- Aparece la conjuntiva enrojecida en toda su parte, cerca del iris y en el borde.

    ** Cerca del iris (puede ser signo de consumo desustancias).

    ** Cerca del borde (personas que estn frente al ordenador).

    9. Dimetro pupilar:

    Contraccin en ambos ojos (_ 2 mm)Dilatacin en ambos ojos (_ 6 mm)

    - Pupila (hay que ver el tamao de la pupila y como reacciona la pupila con la luz).- La pupila se tiene que mover de tamao, se tiene que obtener una respuesta de lapupila.- Ejemplo: se observan en el sujeto, unas pupilas puntiforme (de noche), consignos generales y ha dado positivo en el test de saliva, est claro. Lo normal esque una pupila est entre 2mm y 6 mm.- Se debe de tener en cuenta donde se hace la valoracin de los signos quepodemos observar en las pupilas, en funcin de la luminosidad del ambiente;

    pupilas normales no se hace nada.

    pupilas dilatadas Se le acerca la linterna al sujeto, de fuera a. dentro. Si n o s e m u e v e y n o c am b i a d e . t a m ao l a p u p i l a , este es un signo que est. relacionado con el consumo de sustancias.

    Una forma de observar este signo, es acercando una linterna desde afuera,hacia dentro al lado del ojo (sin enfocar directamente al mismo). Si no se mueve el

    ojo, no reacciona y la pupila no cambia de tamao, es un signo que estrelacionado con el consumo de sustancias.

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    9. Movimientos Oculares.

    Este es uno de los signos con ms peso y que ms valor tiene, encuanto a los relacionados con la Seguridad Vial, al hacer una observacin y dejar

    constancia en el acta que vamos a realizar.Los ojos se mueven para ver el entorno, se mueven para fijar las imgenes,hacen bsqueda, enfocan y se paran. Todos estos movimientos son musculares.Los ojos tienen ocho msculos, que son controlados por el sistema nervioso central,pueden leer, seguir un objeto en movimiento.

    Cuando un conductor est bajo la influencia de sustancias estupefacientespsicotrpicos, estimulantes u otras sustancias anlogas, va a perder percepcin yestos sntomas se pueden observar por el Agente de polica que interviene.

    -Le vamos a hacer unos estmulos, para observar el movimiento de los ojos.

    Movimientos de seguimiento: Se coloca el bolgrafo a unos 30 cm de sus ojosa la misma altura, , le decimos al conductor que mire el bolgrafo y que siga elmovimiento que le vamos a hacer al bolgrafo hacia la izquierda y hacia la derecha,con sus ojos, sin mover la cabeza. Si ha consumido se movern los ojos a saltos,siendo muy evidente y visible estos saltos en la observacin.

    Se puede acercar y alejar el bolgrafo, de esta forma podemos observar laconvergencia de los ojos.

    Seran unos movimientos ha hacer en forma de cruz. Desde el centro hacia laizquierda a derecha, y despus hacia arriba y hacia abajo.

    Una tercera exploracin sencilla, cuando hay un deterioro importante seproduce cuando los msculos no pueden dejar al ojo quieto, esos ocho msculosfallan, y el ojo comienza a temblar, no puede fijar la imagen. Le enseamos elobjeto, y que mire. Entonces si no puede, tiene un temblor caracterstico, tiene unmovimiento rpido y otro lento (Nistagmo = temblor). Es un movimiento detemblor, cuando quiere fijar una imagen.

    Hay un nistagmo normal cuando se lleva el ojo a un sitio forzado. Elconductor bajo influencia de sustancias, se ve el nistagmo de frente o a 45. Semueve el bolgrafo como un aspa.

    Reflejo Pupilar: Al acercar una luz (usar una linterna), por un lado se contraen laspupilas cuando estn normales. En el caso de consumo de cannabis, puedeproducir como un signo la incapacidad de mantener el tamao pupilar.

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    Acta signos .

    .Acta de signos cl nicos observados en: D / D:

    con DNI nmero :

    A. Observaciones generales a realizarmientras se solicita documentacin,se inspecciona el vehculo, etctera:

    1. Actitud y comportamiento:

    NerviosoInadecuadamente contento, eufrico

    Provocativo, agresivoLloroso

    Adormilado

    Se rasca la cara continuamenteNo comprende instrucciones

    Otras alteraciones, sealar:

    2. Aspecto corporal general:Temblor

    Sudoracin inapropiada (por ejemplosudor con tiritona o en ambiente fro)

    Inquietud

    Respiracin superficialOtras alteraciones, sealar:

    3. Aspecto de la cara:Parpadeo constanteNariz roja

    Esnifa constantemente

    Traga salivaOlor a porro, a marihuana

    Otras alteraciones, sealar:

    4. Habla / lenguaje:Locuacidad, hilaridad, no para de hablar

    Habla dificultosa, lenta, mal articulada(arrastra las palabras)

    Voz de tono bajo y rasposoOtras alteraciones, sealar:

    5. Coordinacin:Tambaleante, sin equilibrio

    Movimientos descoordinadosTemblor generalizado

    Temblores de piernasOtras alteraciones, sealar:

    B. Signos especficos:6. Aspecto de la conjuntiva:

    Conjuntiva enrojecida o con edema

    7. Movimientos oculares de seguimiento:Existe brusquedad y/o espasmo en elmovimiento?:

    S, en uno o ambos ojos

    8. Valoracin del Nistagmo horizontal:

    8.1. Aparicin de nistagmo amplio,evidente y continuo?

    S, en uno o ambos ojos

    8.2. Aparicin de nistagmo a 45 grados?S, en uno o ambos ojos

    8.3. Aparicin de nistagmo a de 30grados?

    S, en uno o ambos ojos

    9. Dimetro pupilar:Contraccin en ambos ojos (_ 2 mm)

    Dilatacin en ambos ojos (_ 6,5 mm)

    10. Reaccin pupilar a la luz:Enlentecida o apenas perceptible

    Lugar y fecha:

    Firmado:

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    Criterios va penal consensuados con Fiscala:Cuando se den alguna de las siguientes circunstancias:

    Signos generales + Signo especfico 7

    Signos generales + Signo especfico 8 (al menos uno de ellos)Signos generales + Signo especfico 10Signos generales + Signo especfico 6 + 9Signos generales + Signo especfico 6 + alguno de los siguientes: 7, 8, 10Signos generales + Signo especfico 9 + alguno de los siguientes: 7, 8, 10

    ...///...

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    EQUIPO A UTILIZAR / FUNCIONAMIENTO.

    1-DRAGER-DRUG TEST 5000

    Lugar donde se introduce en

    vertical, la boquilla con la

    muestra de saliva recogida,

    para que sea analizada por elDRAGER-DRUG TEST5000.

    Impresora porttil, para imprimir y recoger

    los resultados del anlisis del DRAGER-DRUG TEST 5000, el cual mediante elsistema bluetooth, enva los datos a la

    impresora, procediendo a sacar el tiket en

    forma de tira en papel, con las seis

    sustancias analizadas, dando POSITIVO,o NEGATIVO.

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    MTODO UTILIZADO PARA EL PROYECTO DRUID: Como parte del diagnstico einvestigaciones forenses, Drger Drugt Test permite la deteccin cualitativa y simultnea de hasta seistipos de sustancias ilegales en una muestra de fluido oral. Este test rpido y directo est diseado para

    ser utilizado por cualquier persona, en cualquier momento y lugar.Sencillo en su manejo y fiable en el resultado: con 3 pasos sencillos, recogida de muestra, test y

    almacenamiento.

    El Kit de muestreo viene hermticamente cerrado y sellado para evitar cualquier contaminacin.

    Contiene un dispositivo con una boquilla que viene protegida. Se retira la proteccin y se coloca la zona

    de la esponjilla en la boca debajo de la lengua, con el objeto de recoger una muestra de saliva.

    Dispositivo listo para comenzar la toma de muestra saliva. Se introduce en la bocacolocando la zona blanca de la esponjilla, bajo la lengua, y se espera unos minutos a que tome la

    muestra.

    Envase protector de la Boquillacon la proteccin colocada.

    Boquilla lista para usar.

    1 Prueba recogida muestra saliva.

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    Despus de unos minutos va cambiando el color del dispositivo, hacia un tono azul, lo queindica que ya est lista la muestra, para poder introducir la misma en el DRAGER-DRUG TEST yrealizar la medicin.

    Una vez recogida la muestra se introduce la boquilla en vertical en el lector. Realiza lamedida, y a travs de la impresora porttil, imprime el comprobante con el ticket, y el anlisis, conlas cinco sustancias analizadas insitu, y si son POSITIVO o NEGATIVO cada una de ellas.

    Antes de iniciar la lectura la mquina hace una comprobacin durante unos 30 segundos,antes de comenzar el anlisis del positivo o negativo de las sustancias buscadas. Tarda un total de10 minutos 30 segundos en analizar todas las sustancias. A los cinco minutos de iniciado elanlisis, da cinco resultados, todos menos el cannabis (THC), que es el que ms tarda. En todomomento va marcando el resultado de las sustancias analizadas, as como el tiempo que falta para

    completar el anlisis y emitir el resultado.

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    La mquina analiza inicialmente seis sustancias;- COC (Cocana)- OPI (Opiceos)

    - BENZO (Benzodiacepinas)- THC (TETRAHIDROCANNABINOL- Cannabis)- AMP (Anfetamina.)- MAMP (Metanfetamina)

    El resultado que se nos muestra ser, POSITIVO o NEGATIVO. Este resultado sirve paraapoyar el acta de signos observados especficos.

    Dentro del Proyecto Druit, se realiza, una segunda prueba recogiendo una muestra que ser

    enviada al laboratorio, para su anlisis posterior.

    Para ello se utilizan unos envases especiales, unas neveras pequeas, las cuales contienen un gel

    que recubre el depsito donde van las muestras recogidas. Estos envases previamente han de

    introducirse en un congelador para que el gel se enfre y se solidifique. De esta forma se va a tener la

    temperatura adecuada para conservar, la muestra recogida, mientras es enviada al laboratorio.

    Boquilla para la 2 muestra y tubo de recogida. Prueba: el algodoncillo se introduce bajo la lengua.

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    Recogida, lacrado, envase y envo de la muestra a laboratorio (Cadena de Custodia).

    1-Sin tocar la zona hmeda, se lleva hasta el tubo, donde se introduce (2) la esponjilla, y se gira hasta que

    se suelte y se (3)introduzca completamente en el interior, mezclndose con una sustancia que la empapar y

    conservar. Esta sustancia ya viene en el tubo previamente. Siempre en posicin vertical sin inclinar, ni tocar, ni

    derramar la sustancia o la muestra.

    1- 2- 3-

    LACRADO (4-5-6): Una vez introducida la 2 muestra y cerrado en tubo de ensayo, se lacra el mismocolocando dos precintos a lo largo del tapn del tubo, de forma vertical, abarcando de lado a lado el tapn, y

    posteriormente de forma horizontal, en al unin del borde del tapn con el tubo, de forma que quede

    completamente cerrado el empalme entre tubo y tapn. Los precintos son unas pegatinas alargadas, que

    previamente se han confeccionado identificando el organismo al que pertenecen los Agentes de la Autoridad que

    intervienen, y que tienen que llevar impreso el nombre de la autoridad u organismo que enva las muestras, Ej:

    Polica Local de ..., Unidad Trfico PL de ....., etc.

    4- 5- 6-

    Envasado y envo de la muestra (7 - 8); Se usa para ello, unas cajas especiales, las cuales contienen unosporta- tubos, previamente se introducen en el congelador los porta tubos, para que el gel se congele y as mantenerposteriormente en el momento de las pruebas, las muestras recogidas con las mximas garantas de conservacin

    en el traslado al laboratorio.

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    7- 8-

    9- CADENA DE CUSTODIA. A la vez que se realiza el lacrado y envasado, se procede a rellenar unformulario que dejar constancia de la identificacin de la muestra, el nmero del Atestado, la Unidad y agentesque efectan la misma, el Agente que recoge la muestra, la envasa, precinta e identifica, haciendo constar N

    identificacin, fecha, hora, Precinto intacto SI/NO, y firma. Se reservar un espacio a rellenar por el transportista,

    con sus datos de filiacin, fecha, hora recepcin de la muestra n*******, as como el sello de la empresa que

    recoge la muestra para el transporte. Una vez que llega al laboratorio, le ser entregada la muestra as como la

    hoja de custodia donde reflejar sus datos personales, fecha, hora, Precinto intacto SI/NO, y firma, completando

    de este modo todo el proceso. Remitiendo posteriormente a la Unidad Policial, remitente, la hoja final de la

    Cadena de custodia, junto con el resultado del anlisis/informe de la muestra enviada. De cada ejemplar rellenado

    en la cadena, se quedar una copia, cada uno de los intervinientes, garantizando de este modo todo el proceso.

    .////.

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    MANUALDrger DrgTest 5000 Analyzer

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    D i l i g e n c i a s

    http://www.coet.es/Coet_atestados_Alcoholemia.htm

    Ce r t i f i c a d o d e Re v i s i n

  • 7/24/2019 Pruebas Drogas

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    ((TToommaammuueessttrraassddee ssaalliivvaa))

    coet.es2009

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