Prueba Confesional

18
PRUEBA CONFESIONAL

description

apuntes udla derecho procesal

Transcript of Prueba Confesional

PowerPoint Presentation

PRUEBA CONFESIONAL

ConceptoEs el reconocimiento que una de las partes del juicio hace de la verdad de un hecho que puede producir en su contra consecuencias jurdicas.Fuera de esta confesin, medio de prueba, tambin existe y se reglamenta por el legislador la confesin como medio preparatorio de la va ejecutiva para aquellas situaciones en que el acreedor carece de ttulo ejecutivo.Formas de obtener una confesin: Regla general, en el curso del juicio, pero puede ser antes: as sucede cuando ella se solicita en el carcter de una medida prejudicial art. 273 n 1. Tambin puede investir la forma de una medida para mejor resolver, donde la confesin es provocada por el tribunal y no por la parte art. 159 n 2.RequisitosDebe existir capacidad en el confesante.

Debe recaer sobre hechos del juicio.

Debe ser voluntaria.ClasificacionesConsiderando ante quien se presta:Espontnea

JudicialExpresaProvocada AbsolucinPosiciones Tcita

ExtrajudicialVerbal

EscritaClasificacinAtendiendo a su naturaleza:Pura y SimpleCalificadaCompleja

Segn los efectos que produce:Confesin divisibleConfesin indivisibleConfesin JudicialPara que estemos en presencia de ella es menester que se preste ante el tribunal que actualmente conoce de la causa o bien ante un tribunal exhortado.

Qu ocurre si no presta en un tribunal o ante un tribunal incompetente?

Confesin JudicialAbsolucin de posiciones:Procedimiento:1 Qu son las posiciones?2 Requisitos de las preguntas del pliegue de posiciones. Preguntas asertivas e interrogativas. Leer art. 386 CPC.3 Oportunidad. Leer art. 385 CPC.4 Ante que tribunal se efecta.5 Cmo se pide la confesin?Confesin JudicialAbsolucin de posiciones:Procedimiento:5 Pliego de posiciones: resolucin y notificacin6 cuntas veces puede pedirse? Art. 385 inc. 2 CPC.7 una vez que absolvente es notificado qu ocurre si comparece al tribunal? Importancia del juramento.8 Qu tipo de hechos responde?Confesin JudicialAbsolucin de posiciones:Procedimiento:9 cul es el rol del contendor en la audiencia de absolucin de posiciones?10 cmo se consignan las declaraciones del absolvente?11 qu ocurre si no comparece el absolvente? puede ser citado de nuevo?12 qu ocurre si no va en un segundo llamado?Confesin JudicialAbsolucin de posiciones:Procedimiento:13 Confesin tcita cundo y porqu motivos opera?

Valor ProbatorioConfesin Extrajudicial: Base de una presuncin judicial (no se considera si es verbal).Confesin Judicial: Si se refiere a hechos propios y personales, puede constituir plena prueba. Es irrevocable art. 1713 CC relacin arts. 399 y 400 CPC.Si se refiere a hechos no personales, tambin produce plena prueba, pero s admitira otra prueba en contrario. Art 402 inc. Final CPC.Irrevocabilidad de la confesin art. 402 CPCEs aquella situacin que se presenta al confesante que bajo juramento y en la forma especial que la ley procesal prescribe, ha aceptado la existencia del hecho que lo perjudica, no pudiendo volver sobre sus declaraciones para dejarla sin efecto o modificarla.EXCEPCIONES: ART. 402 i-2 e i-3 CPC

Consiste en que la confesin debe aceptarse ntegramente y tal como lo hace el confesante, sin que sea posible admitir una parte de ella y rechazar en su perjuicio otra parte, salvo las excepciones que autoriza la ley.Es un principio NO ABSOLUTO.Rige este ppio en todo tipo de confesin, pero tiene ms uso en la que distingue entre pura y simple, calificada y compleja.Indivisibilidad de la confesin art. 401 CPCConfesin Pura y Simple: Es aquella en que el confesante afirma o niega categricamente el hecho controvertido sin agregaciones o modificaciones de ninguna especie. Ejemplo declarar que es efectivo que adeuda una determinada suma de dinero recibida a ttulo de mutuo. Esta confesin siempre es indivisible. Indivisibilidad de la confesin art. 401 CPCConfesin Calificada: El confesante reconoce categricamente el hecho controvertido, pero le agrega algn hecho o circunstancia que viene a alterar su naturaleza jurdica. Ejemplo declara que es efectivo que recibi una determinada suma de dinero, pero agrega haberlo recibido a ttulo de donacin y no de mutuo. Esta confesin siempre es indivisible. Indivisibilidad de la confesin art. 401 CPCConfesin Compleja: El confesante reconoce el hecho material acerca del cual se le interroga, pero le agrega otros hechos enteramente desligados del primero ( compleja de primer grado) o bien ligados o modificatorios del mismo ( compleja de segundo grado). Indivisibilidad de la confesin art. 401 CPCEjemplo de compleja de primer grado, sera aquel en que el confesante declara haber recibido una suma de dinero a ttulo de mutuo, pero agrega haberse compensado esa deuda con otra suma de dinero adeudada por la contraria.En este caso nos encontramos con que el reconocimiento del confesante de 2 hechos en su declaracin, pero que estn desligados entre s. Art. 401 inc.2 N 1 CPC es DIVISIBLE. Indivisibilidad de la confesin art. 401 CPCEjemplo de compleja de segundo grado, sera la confesin de un ejecutante que reconoce haber recibido dinero del ejecutado, pero agregando que lo recibi en pago de otra obligacin que nada tiene que ver con la que cobra actualmente, en cuyo caso puede dividirse acreditndose la falsedad del hecho que trata del pago de la otra obligacinart. 401, inc. 2, N 2 CPC, sera DIVISIBLE, cumpliendo los requisitos legales.

Indivisibilidad de la confesin art. 401 CPC18