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Proyecto Técnico de Adecuación de Nave Industrial para “Trabajos de Calderería Pesada, Prefabricación de conductos y Montaje Industrial”
Cliente: PREMONSER, S.L.
Calle Ínsula, 14 en Polígono Industrial “La Isla” de Dos Hermanas (Sevilla) Código: 2019.08.07
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INDICE. 1 MEMORIA DESCRIPTIVA .................................................................................................................... 3
1.1 MEMORIA EXPOSITIVA .............................................................................................................. 3 1.1.1 AUTOR DEL ENCARGO ......................................................................................................... 3 1.1.2 DEFINICIÓN Y FINALIDAD DEL TRABAJO ........................................................................... 3 1.1.3 AGENTES ................................................................................................................................ 3
1.2 SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO .............................................................................................. 4 1.3 PROCESO PRODUCTIVO O DE USO ....................................................................................... 5 1.4 NORMATIVA URBANÍSTICA APLICABLE .................................................................................. 5 1.5 CLASIFICACION DE LA ACTIVIDAD .......................................................................................... 8 1.6 CUADRO DE SUPERFICIES ....................................................................................................... 8 1.7 ACCESIBILIDAD Y ELIMINACION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS ............................... 8 1.8 JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS HIGIÉNICO-SANITARIAS Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. ........................................................................................... 9
1.8.1 R.D. QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO (Real Decreto 486/1997, de 14 de Abril). .......................................... 9 1.8.2 REGLAMENTACIÓN POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN SANITARIAS (Real Decreto 8/1995, de 24 de Enero). ... 30
1.9 CONDICIONES DE SEGURIDAD Y PREVENCION DE INCENDIOS ...................................... 30 1.9.1 OBJETO Y APLICACIÓN. ..................................................................................................... 30 1.9.2 CONSIDERACIONES GENERALES ..................................................................................... 31 1.9.3 COMPARTIMENTACIÓN ...................................................................................................... 31 1.9.4 CARACTERIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS INDUSTRIALES EN RELACIÓN CON LA SEGURIDAD CONTRAINCENDIOS .................................................................................................. 31 1.9.5 REQUISITOS CONSTRUCTIVOS DEL EDIFICIO INDUSTRIAL ......................................... 33 1.9.6 ANEJO C: Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado. ............................ 35 1.9.7 ANEJO F: Resistencia al fuego de los elementos de fábrica ................................................ 37 1.9.8 RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA METÁLICA ........................................... 38 1.9.9 EVACUACIÓN DE HUMOS ................................................................................................... 38 1.9.10 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS ......................................... 38 1.9.11 RECORRIDO DE EVACUACIÓN ...................................................................................... 39 1.9.12 DIMENSIONAMIENTO DE LA SALIDA ............................................................................ 40 1.9.13 ACCESIBILIDAD POR FACHADA .................................................................................... 40
1.10 ESTUDIO DE CONDICIONES ACÚSTICAS ............................................................................. 40 1.10.1 DEFINICION DEL TIPO DE ACTIVIDAD Y HORARIO PREVISTO ................................. 41 1.10.2 ZONA DE UBICACIÓN, VALORES LÍMITES DE EMISIÓN E INMISIÓN Y RECEPTORES AFECTADOS. ........................................................................................................... 41 1.10.3 CARACTERÍSTICAS ACÚSTICAS DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS. ............ 42 1.10.4 FUENTES DE RUIDO (NIVELES SPL DE EMISIÓN A 1,5 METROS). ........................... 44 1.10.5 NIVELES ESTADÍSTICOS DE PRESIÓN SONORA PRODUCIDOS POR LA ACTIVIDAD ........................................................................................................................................... 44 1.10.6 AISLAMIENTO EXIGIBLE A LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS. ............................ 44 1.10.7 JUSTIFICACIÓN DE LOS LÍMITES MÁXIMOS DE TIEMPO DE REVERBERACIÓN .... 47 1.10.8 MEDIDAS ACÚSTICAS ‘IN SITU’ ..................................................................................... 47
1.11 OTROS ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES, ESTUDIOS DE IMPACTOS Y MEDIDAS CORRECTORAS. ................................................................................................................................... 47
1.11.1 VENTILACIÓN-RENOVACION AMBIENTAL Y EMISIONES DE HUMOS, VAPORES, GASES Y OLORES A LA ATMÓSFERA. ........................................................................................... 47 1.11.2 CONTAMINACIÓN LUMÍNICA .......................................................................................... 47 1.11.3 CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA ................................................................................. 47 1.11.4 VERTIDOS A LA RED PÚBLICA DE SANEAMIENTO ..................................................... 48 1.11.5 RESIDUOS GENERADOS, ALMACENADOS O GESTIONADOS .................................. 48 1.11.6 ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS ........................................................................... 50 1.11.7 CONSUMO RACIONAL DEL AGUA Y LA ENERGÍA ....................................................... 50 1.11.8 CONTAMINACIÓN DEL SUELO ....................................................................................... 51
2 MEMORIA CONSTRUCTIVA ............................................................................................................. 52 2.1 ALBAÑILERÍA, CERRAMIENTOS Y PARTICIONES. ............................................................... 52 2.2 CARPINTERÍA. .......................................................................................................................... 52 2.3 CERRAJERÍA............................................................................................................................. 52
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2.4 REVESTIMIENTOS. .................................................................................................................. 52 2.5 VIDRIOS. .................................................................................................................................... 53 2.6 ESTRUCTURA. .......................................................................................................................... 53 2.7 INSTALACIONES. ..................................................................................................................... 53
2.7.1 SANEAMIENTO. .................................................................................................................... 53 2.7.2 INSTALACIÓN DE FONTANERÍA. ........................................................................................ 56 2.7.3 INSTALACION DE ELECTRICIDAD. .................................................................................... 57 2.7.4 CLIMATIZACIÓN ................................................................................................................... 64 2.7.5 CUMPLIMIENTO DEL RITE .................................................................................................. 72
RITE 07 ........................................................................................................................................................ 73 3 ORDEN DE PRELACIÓN ENTRE DOCUMENTOS DEL PROYECTO. ............................................ 79 4 EQUIPO TÉCNICO REDACTOR. PROPIEDAD INTELECTUAL....................................................... 79
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1 MEMORIA DESCRIPTIVA 1.1 MEMORIA EXPOSITIVA 1.1.1 AUTOR DEL ENCARGO Se elabora el presente documento por encargo de PREMONSER, S.L., con CIF: B-90355900, representada por D. Álvaro Doblas Charneco, con DNI:53271006Q, y dirección en C/ Ínsula, 14, P.I: La Isla en Dos Hermanas, en Sevilla CP: 41703. 1.1.2 DEFINICIÓN Y FINALIDAD DEL TRABAJO La presente memoria incluye la documentación de Proyecto Técnico de Adecuación de Nave Industrial para “Trabajos de Calderería Pesada, Prefabricación de Conductos y Montaje Industrial”, ubicado en la C/ Ínsula, 14, P.I: La Isla en Dos Hermanas, en Sevilla CP: 41703. Se presentan así los documentos necesarios para definir y señalar las instalaciones, medidas correctoras, medidas higiénicas y de seguridad necesarias para el correcto funcionamiento de la actividad. Solo se incorporan extintores como parte de la instalación contra incendios. La actividad declarada se realiza en espacios bien diferenciados y existentes. 1.1.3 AGENTES TÉCNICO PROYECTISTA Y REDACTOR: El proyectista y el técnico redactor es D. Manuel de Diego Caro, arquitecto, colegiado con el núm. 4182, en el Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla. DIRECTOR DE OBRA: En el momento del encargo, la realiza el equipo técnico compuesto por D. Manuel de Diego Caro, arquitecto, colegiado con el núm. 4182, en el Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla. CONSTRUCTOR: En el momento de la elaboración de este documento no se tiene conocimiento de quien va a ser la empresa encargada de ejecutar las obras. OTROS TÉCNICOS INTERVINIENTES: En el momento de la elaboración de este documento no existe la intervención de otros técnicos. ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD: El proyectista y técnico redactor es D. Manuel de Diego Caro, arquitecto, colegiado con el núm. 4182, en el Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla. COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO: La coordinación durante la redacción del proyecto lo realiza el equipo técnico compuesto por D. Manuel de Diego Caro, arquitecto, colegiado con el núm. 4182, en el Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla. COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE OBRA: La coordinación durante la redacción del proyecto lo realiza el equipo técnico compuesto por D. Manuel de Diego Caro, arquitecto, colegiado con el núm. 4182, en el Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla.
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1.2 SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO La situación del local es la C/ Ínsula, 14, P.I: La Isla en Dos Hermanas, en Sevilla CP: 41703, y está dentro del ámbito del Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas. La referencia catastral de la parcela: 4286308TG3248N0001JD El edificio es una nave industrial y linda:
Al Norte: con el número 12 de su misma calle Al Sur: con el número 16 de su misma calle Al Este: con la Calle Ínsula Al Oeste: con el número 11 de la calle Mosaico.
La topografía es plana y el entorno es urbano e industrial, siendo su uso principal el industrial. El condicionante principal es su forma rectangular, las alturas, la existencia de medianera y de la distribución de la estructura. Posee una oficina de dos plantas y zona de servicios de una planta independientes. La edificación pertenece a una serie de naves adosadas que colmata toda la manzana. Dicha nave se conforma casi al final de las naves de su calle. Cuenta con un espacio libre privado de acceso a la nave. Tiene una superficie construida de 569,24 m2 y 534,06 m2 útiles. Posee una estructura metálica de pilares, cerchas y correas que conforman una cubierta ligera de chapa. Esta estructura es modular, compuesta por un módulo que se repite 8 veces. Así mismo cuenta con un puente grúa con subestructura de soporte metálico para el transporte de mercancías en el interior de la nave. Tanto el forjado de la zona de servicios como el de planta baja es un forjado unidireccional de hormigón con bovedillas cerámicas. Los cerramientos de fachada y medianera se conforman con paneles prefabricados de hormigón armado. Los cerramientos de la oficina y servicios son de dos tipos: ½ pie de ladrillo perforado enfoscado por exterior y alicatado interiormente en servicios, y tabicón de ladrillo hueco doble con los mismos acabados. En el interior están acabados con enlucido de yeso y pintado, así como trasdosados en algunos casos por perfilería metálica, aislante de lana de roca y placas de yeso laminado. El suelo es de hormigón pulido acabado con pintura de resina epoxi en zona de trabajo. En oficinas es de terrazo y mármol en escaleras, y de gres porcelánico antideslizante en zona de servicios. Existen en las calles todas las instalaciones de infraestructura urbanas:
-Saneamiento de aguas residuales. -Abastecimiento de agua. -Suministro de energía eléctrica. -Acometida Telefónica. -Alumbrado Público. -Acceso rodado. -Red de Hidrantes y BIEs.
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1.3 PROCESO PRODUCTIVO O DE USO El proyecto refleja el estado de esta nave para la instalación de una actividad para trabajos de calderería pesada, prefabricación de conductos y montaje industrial. Dispone de una zona diáfana para la realización de los trabajos, y el resto, destinado a una oficina de dos plantas y zona de servicios de personal (aseos y zona de descanso)
Los equipos y maquinarias instalados son:
Puente grúa monoviga de 5T ESTINDEL Compresor de aire de correa PISTON B 2800B/3T/200 TECH NUAIR Extractores de ventilación ECCOHIBRIDOS Soldadores Maquinas de climatización
1.4 NORMATIVA URBANÍSTICA APLICABLE Las determinaciones más relevantes sobre normativa urbanística aplicable es el Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas. Como no se realiza obra, no se cambian los parámetros de edificabilidad, vuelos, número de alturas, etc. Se adjunta la ficha justificativa de circunstancias urbanísticas.
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1.5 CLASIFICACION DE LA ACTIVIDAD Según el anexo I de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental en Andalucía la actividad está sometida al trámite de Calificación Ambiental según epígrafe 13.20. La actividad a desarrollar se englobaría dentro de INSTALACIONES PARA EL TRABAJO DE METALES: EMBUTIDOS Y CORTE, CALDERERÍA EN GENERAL Y CONSTRUCCION DE ESTRUCTURAS METALICAS (13.20). 1.6 CUADRO DE SUPERFICIES
SUPERFICIE ÚTILPLANTA BAJA
ESPACIO PRINCIPAL01 Zona de Trabajo 393,25 m202 Zona de Entrada y Recepción 26,68 m2
MÓDULO OFICINA03 Vestíbulo 10,73 m204 Escalera 2,75 m205 Distribuidor 5,00 m206 Despacho 1 12,16 m207 Despacho 2 9,73 m208 Almacén 1 5,21 m209 Almacén 2 3,25 m2
MÓDULO SERVICIOS10 Local de Descanso 9,16 m211 Baño 3,32 m212 Aseo 3,42 m2
PLANTA ALTAMÓDULO OFICINA
13 Escalera 2,53 m214 Distribuidor 8,03 m215 Despacho 3 8,57 m216 Despacho 4 9,36 m217 Despacho 5 9,36 m218 Despacho 6 11,55 m2
TOTAL ÚTILES 534,06 m2
SUPERFICIES ESTADO ACTUAL
ÚTIL CONSTRUIDA m2PLANTA BAJA 484,66 510,75 m2PLANTA ALTA 49,40 58,49 m2TOTALES 534,06 569,24 m2
RESUMEN DE SUPERFICIES
El aseo está adaptado a personas con movilidad reducida. La altura libre de la nave es de 8,30 en el centro y 7,00 m en medianeras. La de la oficina tiene una altura libre de 2,75 m en cada planta y la zona de servicios de 2.50 m. 1.7 ACCESIBILIDAD Y ELIMINACION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS Se aporta en los anexos el cumplimiento del Reglamento que regula las normas para la Accesibilidad en las Infraestructuras, el Urbanismo, la Edificación y el Transporte en Andalucía (Decreto 293/2009), junto con el cumplimiento del DB-SUA del Código Técnico de la Edificación, mediante las fichas publicadas en el BOJA nº12 de 19 de enero de 2012 y editadas por la Consejería de Igualdad y Bienestar Social.
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1.8 JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS HIGIÉNICO-
SANITARIAS Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Se cumple la legislación vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo: - Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. - Real Decreto 486/1997, de 14 de abril por el que establece las disposiciones mínimas
de seguridad y salud en los lugares de trabajo. - Real Decreto 8/1995, de 24 de enero. Reglamentación por el que se establecen las
normas de desinfección, desinsectación y desratización sanitarias. Se le ha notificado al promotor la necesidad de colocar el cartel que advierte de la prohibición de fumar según R.D. 1293/99 y Orden de 6/8/88 y ley 28/2005 1.8.1 R.D. QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y
SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO (Real Decreto 486/1997, de 14 de Abril).
1.8.1.1 CONDICIONES GENERALES DEL CENTRO DE TRABAJO. El Art. 2 del Anexo I del Real Decreto 486/97, de 14 de Abril por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, en adelante SySLT, establece las siguientes disposiciones que se corresponden con las existentes en el edificio:
ALTURA LIBRE SUPERFICIE / TRABAJADOR Taller 7,00-8,30 > 3,00 m 139,98m2/trabajador > 2m2/trabZona de Servicios 2,50 > 2,50 m Oficina 2,75 > 2,50 m 14,03 m2/trabajador > 2 m2/trabCRITERIO CUMPLE CUMPLE
En cuanto a los metros cúbicos no ocupados por trabajador se cumple sobradamente el mínimo de 10 m3 no ocupados por el trabajador marcados por el SySLT. El Art. 3 del Anexo referido establece que el pavimento de las zonas de trabajo será fijo, estable, no resbaladizo y sin irregularidades ni fuertes pendientes. El hormigón pulido, terraz, mármol y el gres porcelánico que se encuentran en la nave reúnen estas condiciones. 1.8.1.2 VIAS DE CIRCULACIÓN Y PUERTAS. (Art. 5 y 6 del anexo I). Las vías de circulación interior (no existen exteriores) así como los elementos de paso pueden utilizarse de forma fácil y con seguridad para el personal empleado. No existen pasillos que puedan impedir la evacuación. Las puertas de salida reúnen las condiciones que se relacionan y que cumplen lo señalado en el presente artículo: A. Su anchura y número es suficiente para el número de trabajadores. B. No poseen obstáculos que impidan la salida. C. Su ancho es superior al mínimo de 0.80 m. Las vías de salida de evacuación desembocan directamente al exterior.
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1.8.1.3 ORDEN, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO (Anexo II). Todas las zonas y vías de circulación y en especial las de evacuación, estarán limpias de obstáculos. Los locales de trabajo y de servicio se limpiarán periódicamente. Se eliminarán con rapidez los desperdicios y residuos. Los lugares de trabajo y sus instalaciones son objeto de un mantenimiento periódico subsanándose las deficiencias que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. En las instalaciones de protección, el mantenimiento incluirá el control de su funcionamiento. 1.8.1.4 CONDICIONES DE ILUMINACIÓN, VENTILACIÓN, Y TEMPERATURA. VENTILACIÓN (Anexo III) y R.I.T.E.
Además de que la ventilación del local se realiza de forma natural por las puertas de salida y ventanas, con carácter general se establece:
1.- Las condiciones del local y la actividad no suponen riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores. 2.- Las condiciones del local y la actividad no presuponen temperaturas y humedades extremas, cambios bruscos de temperatura, corriente de aire molestas, malos olores e irradiaciones excesivas ni radicación solar por ventanas o huecos. 3.- La temperatura del local queda comprendida entre los 14 y 25 ºC para trabajos ligeros, y de 17 y 27 ºC para trabajos sedentarios. 4.- La humedad relativa del local queda comprendida entre el 30 y 70 % conforme a lo establecido. 5.- La circulación de aire en el local se acondiciona de modo que las corrientes no exceden de 0,75 m/s por minuto en ambiente caluroso ni 0,25 m/s en ambientes no calurosos.
Debido a que la actividad se debe ejercer manteniendo las puertas cerradas, se van a disponer de mecanismo de cierre automático a dichas puertas mediante muelle-retenedor de tipo aéreo con mecanismo piñón-cremallera con minoración de velocidad para evitar fuertes portazos y atrapamientos accidentales. Tenemos varias zonas diferenciadas en cuanto a su uso (zona de venta, oficina, aseos y almacén), por lo que tendremos que ver las necesidades de cada una de ellas según la calidad de aire requerida. Para la zona de trabajo, teniendo en cuenta que la categoría de calidad del aire en función del uso es IDA 4 (aire de calidad baja), nos viene marcada por la tabla 1.4.2.1. del RITE. en la IT 1.1.4.2., la cual indica un caudal de 0,28 dm3/seg.(1 m3/hora) y por m2 de superficie. Para la zona de oficina tendríamos una categoría IDA 2 (aire de buena calidad) y un caudal de 12,50 dm3/seg. (45 m3/hora) y por persona.
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Para la zona de servicios, según tendríamos una categoría IDA 2 de 0,83 dm3/sg (2,99 m3/hora) y por m2 de superficie. Por lo tanto los caudales a tener en cuenta son: - En zona de servicios:
Q= 2,99 m3/hora x 3,42 m2 = 10,23 m3/h.
Por lo que necesitaremos un extractor, de más de 10,23 m3/h que se alojará en el interior del falso techo y expulsará el aire hacia el exterior a través de una rejilla en fachada.
Este caudal se consigue colocando un extractor modelo EDM-80N de S&P para extracción.
La puerta del aseo, dispone en su base de una rejilla de 300x150 mm para la necesaria aportación de aire.
- En zona de Oficina:
Q= 45 m3/hora x 7 = 315 m3/h.
Esta ventilación se consigue a través de:
5 Ventanas de 1,10 m² cada una y 1 Puerta de 1,69 m2 La velocidad de paso del aire a través de dichos hueco será de:
V= Q/S= 315/5,70x3600= 0,012 m/s. Estas velocidades de paso de aire se consiguen por simple diferencia de presión entre el ambiente exterior y el interior. Son menores que el máximo permitido de 0.25 m/s en el caso de trabajos sedentarios y 0,35 m/s en los demás casos. Se consideran además las cargas de ventilación en el cálculo de las máquinas de climatización.
- En zona de trabajo:
Q= 1,01 x 419,93 = 424,13 m3/h (0,12 m3/seg) en total
Esta ventilación se consigue a través de:
2 Hueco de ventilación en cubierta de 1,00 m² cada uno y 1 Puerta de 1,68 m2 La velocidad de paso del aire a través de la puerta será de:
V= Q/S= 424,13/1,68x3600= 0,07 m/s. La velocidad de paso del aire a través de los huecos de cubierta será de:
V= Q/S= 212,07/1,00x3600= 0,058 m/s.
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Estas velocidades de paso de aire se consiguen por simple diferencia de presión entre el ambiente exterior y el interior. Son menores que el máximo permitido de 0.25 m/s en el caso de trabajos sedentarios y 0,35 m/s en los demás casos. 1.8.1.5 ILUMINACIÓN (Anexo IV) y DB-HE3. No es posible el uso de iluminación natural para todo el horario de trabajo. Por lo que se fija una iluminación de acuerdo con dicho anexo. Para la zona de trabajo, el punto 3 determina un nivel mínimo de iluminación de 500 lux, para una exigencia visual alta, a una altura de plano de trabajo de 85 cms del suelo. Para la zona de oficina, el punto 3 determina un nivel mínimo de iluminación de 100 lux, para una distinción baja, a una altura de plano de trabajo de 85 cms del suelo. Para la zona de servicios, el punto 3 determina un nivel mínimo de iluminación de 50 lux, para un local de uso ocasional. Se disponen luminarias distribuidas homogéneamente según el plano de instalaciones de alumbrado. Se aporta el estudio lumínico de las mismas, como cumplimiento del CTE DB-HE-3, teniendo todas las estancias una iluminancia media superior a las exigidas. Para la zona de taller no es necesario al estar excluido el uso industrial del ámbito de aplicación. Para la oficina se opta por luminarias tipo ERCO 47761000 Quintessence Downlight 1xLED 40W neutral White (1.000) o equivalente. Para la zona de servicio se opta por luminarias tipo ERCO 37731000 Quintessence Downlight 1xLED 20W neutral White (1.000) o equivalente. En aplicación del CTE DB-HE-3, el límite del valor de eficacia energética de la instalación tendrá que ser VEEI ≤ 3,00, para administrativo en general y ≤ 6,00 para las zonas comunes. Así mismo la potencia de lámparas no será mayor de 12 w/m2 en la oficina, ni mayor de 10 w/m2 en zonas comunes.
VALOR DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN HE‐3
P x 100
VEEI= ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐
S x Em
P la potencia de la lámpara más el equipo auxiliar en W
S la superficie iluminada en m2
Em la iluminancia media horizontal mantenida en lux
ESTANCIA P S Em VEEI
Despacho 1 42 12,16 170 2,03
Despacho 2 42 9,73 170 2,54
Despacho 3 42 8,57 170 2,88
Despacho 4 42 9,36 170 2,64
Despacho 5 42 9,36 170 2,64
Despacho 6 84 11,55 254 2,86
Local de Descanso 42 9,16 218 2,10
Aseo 20 3,42 153 3,82
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Se mantiene unos niveles y, contrastes de luminancia adecuados a las exigencias visuales de la tarea, evitando variaciones bruscas de luminancia dentro de la zona de operación entre ésta y, sus alrededores. Se evitan los deslumbramientos directos producidos por la luz solar o por fuentes de luz artificial de alta luminancia. En ningún caso éstas están colocadas sin protección en el campo visual del trabajador. Se evita asimismo, los deslumbramientos indirectos producidos por superficies reflectantes situadas en la zona de manipulación o sus proximidades. Se evita fuentes de luz que puedan dar lugar a efectos estroboscopicos. Se dispone de alumbrado de emergencia en aquellos lugares, que produciéndose un fallo en el alumbrado normal suponga un riesgo para la seguridad de los trabajadores. Los sistemas de iluminación utilizados no originan riesgos eléctricos, de incendio o de explosión, cumpliendo a tal efecto, lo dispuesto en la normativa específica vigente.
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1.8.1.6 SERVICIOS HIGIÉNICOS (Anexo V). Se dispone de aseos con agua potable en cantidad suficiente y fácilmente accesible, espejos, lavabos con agua corriente, agua caliente, jabón y toallas individuales u otro sistema de secado con garantías higiénicas. 1.8.1.7 INSTALACIONES SANITARIAS (Anexo VI). Se ha dispuesto la existencia de un botiquín fijo o portátil, bien señalizado, situado en el aseo de planta baja, dotado de desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. Se revisará periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado. 1.8.1.8 CONTAMINACIÓN TELÚRICA. Para evitar la contaminación telúrica se opta por la colocación en las puertas de acceso de un mecanismo de cierre automático a dichas puertas mediante muelle-retenedor de tipo aéreo con mecanismo piñón-cremallera con minoración de velocidad para evitar fuertes portazos y atrapamientos accidentales, de forma que permanezcan abiertas tan solo el tiempo necesario para el acceso de personas y mercancías. 1.8.1.9 OTRAS INSTALACIONES. Se dispone de calentador eléctrico de 50l para el agua caliente sanitaria de los aseos, y maquinaria necesaria para el desarrollo de la actividad. 1.8.2 REGLAMENTACIÓN POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE
DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN SANITARIAS (Real Decreto 8/1995, de 24 de Enero).
El uso del local que nos ocupa no viene recogido en el ámbito de aplicación Art. 3.1 de la Reglamentación, por lo que no es necesario su cumplimiento. 1.9 CONDICIONES DE SEGURIDAD Y PREVENCION DE INCENDIOS No se aplica el DB-SI, es de aplicación el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales correspondiente al Real Decreto 2267-2004. 1.9.1 OBJETO Y APLICACIÓN. 1.9.1.1 DESCRIPCION DEL OBJETO DE LA NORMATIVA. El objeto de esta normativa es establecer y definir los requisitos que deben satisfacer y las condiciones que deben cumplir los establecimientos e instalaciones de uso industrial para su seguridad en caso de incendio, para prevenir su aparición y para dar la respuesta adecuada, en caso de producirse, limitar su propagación y posibilitar su extinción, con el fin de anular o reducir los daños o pérdidas que el incendio pueda producir a personas o bienes. 1.9.1.2 DETERMINACION DEL AMBITO DE APLICACIÓN. La aplicación del Reglamento se justifica en atención al artículo 2, puntos 1a y 1d., al tratarse de un edificio industrial para taller de calderería y dependencias complementarias (oficinas y servicios).
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1.9.1.3 OBJETO
El objeto de este estudio es definir las condiciones mínimas que deben cumplir los elementos constructivos y delimitadores necesarios para una construcción de Edificación Industrial cuya actividad será de taller de calderería, y justificar el cumplimiento en el edificio industrial del Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales correspondiente al Real Decreto 2267-2004. 1.9.2 CONSIDERACIONES GENERALES
Dentro de la nave industrial, al tener las oficinas menos de 250 m2, se tendrá una única zona: Zona destinada a taller, oficinas y servicios.
1.9.3 COMPARTIMENTACIÓN Se considera un sector de incendio.
1.9.4 CARACTERIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS INDUSTRIALES EN RELACIÓN
CON LA SEGURIDAD CONTRAINCENDIOS 1.9.4.1 Configuración y ubicación con relación a su entorno TIPO B: el establecimiento industrial ocupa parcialmente un edificio que está adosado a otro edificio con estructura independiente.
1.9.4.2 Caracterización de los E.I. por su nivel de riesgo intrínseco Los establecimientos industriales se caracterizarán por:
Su configuración y ubicación con relación a su entorno.
Su nivel de riesgo intrínseco.
En cuanto al nivel de riesgo intrínseco, nos ayudamos de la Tabla 1.2 “Valores de densidad de carga de fuego media de diversos procesos industriales, de almacenamiento de productos y riesgo de activación asociado, Ra”, del anexo I del RD 2267/2004 del que podemos obtener los siguientes valores.
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Para la actividad de producción, se aplican estos datos a la fórmula evaluando la carga al fuego teniendo en cuenta la superficie de almacenamiento:
dónde
Qs = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del sector o área de incendio, en MJ/m2 o Mcal/ m2.
qsi = densidad de carga de fuego de cada zona con proceso diferente según los distintos procesos que se realizan en el sector de incendios, en MJ/m2 o Mcal/ m2.
si = superficie de cada zona con proceso diferente y densidad de carga de fuego, qsi, diferente, en m2.
Ci = coeficiente adimensional que pondera el grado de peligrosidad (por la combustibilidad) de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio.
Ra = coeficiente adimensional que corrige el grado de peligrosidad (por la activación) inherente a la actividad industrial que se desarrolla en el sector de incendio, producción, montaje, transformación, reparación, almacenamiento, etc.
A = superficie construida del sector de incendio o superficie ocupada del área de incendio, en m2.
Según la tabla de cálculos siguiente, se tiene como densidad de carga de fuego, ponderada y corregida del edificio Qs = 287,70 MJ/ m2.
DATOS SECTOR 1
Superficie Nave (m2 constr.) 569,24
Fabricacion
Superficie Fabricacion (m2) 419,93
Tipo fabricacion Soldadura ligera
CÁLCULO CARGA AL FUEGO FABRICACION‐MANIPULACION
qsi (MJ/m3) 300,00
si (m) 419,93
Ci 1,00
Ra 1,30
A(m2) 569,24
qsi*Ci*h*si*Ra 163.772,70
Qs (MJ/m2) 287,70
De esta forma, según la tabla 1.3 del RD 2267/2004, le corresponde el siguiente nivel de riesgo intrínseco: BAJO (1).
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1.9.5 REQUISITOS CONSTRUCTIVOS DEL EDIFICIO INDUSTRIAL 1.9.5.1 Sectorización
La máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio, en función del riesgo intrínseco, viene recogido en la tabla 2.1. del RD.
Al tener riesgo BAJO (1) y un superficie total inferior a 6000 m2, se considera un solo sector de incendio.
1.9.5.2 Comportamiento ante el fuego de los elementos constructivos y materiales Estabilidad ante el fuego exigible a la estructura
Al tratarse de riesgo bajo y ser estructura TIPO B, la resistencia al fuego de la estructura portante debe de ser, según la tabla 2.2., de RF-60, por lo que habría que ignifugar mediante pintura ignífuga los elementos principales portantes (pórticos en el caso de la nave y pilares en el caso de la zona de oficinas y servicios).
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El espesor de protección dependerá del factor de forma, del coeficiente de conductividad térmica del revestimiento y de la disposición de los perfiles hasta alcanzar EF-60.
Para ello se le aplicarán las condiciones del punto c.2.4 del Anejo C del CTE DB-SI. Para la estructura de la cubierta ligera y sus soportes, tanto en la zona de taller como en la planta alta de las oficinas, al no ser previstas para utilizarse en evacuación de ocupantes y ser riesgo bajo en Tipo B, solo tiene que tener un RF15 (EF-15), tal y como se indica en la Tabla 2.3. Igualmente, y siguiendo la misma tabla, se cumplirá RF15 para la estructura que soporta el puente grúa. Resistencia al fuego exigible a los elementos constructivos La resistencia al fuego de toda medianería o muro colindante con otro establecimiento será, como mínimo EI-120 por ser riesgo bajo (separación con laterales). Cuando una medianería, un forjado o una pared que compartimente sectores de incendio acometa a una fachada, la resistencia al fuego de esta será, al menos, igual a la mitad de la exigida a aquel elemento constructivo, en una franja cuya anchura será, como mínimo, de 1 m. En el caso de nuestra fachada al ser un cerramiento prefabricado de hormigón armado ya cumple la condición de RF-60 exigible a fachada Cuando una medianería o un elemento constructivo de compartimentación en sectores de incendio acometa a la cubierta, la resistencia al fuego de esta será, al menos, igual a la mitad de la exigida a aquel elemento constructivo, en una franja cuya anchura sea igual a 1 m. Por tanto, tanto en cubierta como en los laterales de conexión con las naves colindantes, se tiene que realizar una franja de 1 m con una resistencia al fuego de RF-60 (naves colindantes). Excepto con la nave trasera al tener ésta el cerramiento prolongado por encima del encuentro.
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La distancia mínima, medida en proyección horizontal, entre una ventana y un hueco o lucernario de una cubierta, será mayor de 2,50 m cuando dichos huecos y ventanas pertenezcan a sectores de incendio distintos y la distancia vertical entre ellos sea menor de 5m. Los productos utilizados como revestimiento o acabado superficial serán:
En suelos: CFL-s1 (M2) o más favorable En paredes y techos: C-s3d0 (M2) o más favorable Los lucernarios que no sean continuos serán al menos de clase D-s2d0 (M3) o más favorable. 1.9.6 ANEJO C: Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado. Se justifica en este apartado la resistencia al fuego del forjado que sustenta la planta alta de oficinas y el forjado de la zona de servicios.
1.9.6.1 Forjado unidireccional Para la determinación de la capacidad como elemento de compartimentación EI, se justifica mediante la tabla C.4 la resistencia al fuego de las secciones de las losas macizas, debiendo cumplir con el espesor hmin establecido en la tabla. A estos efectos, se ha considerado como espesor el del forjado más el del solado o cualquier otro elemento que mantenga su función aislante durante todo el periodo de resistencia al fuego.
(1) Los recubrimientos por exigencias de durabilidad pueden requerir valores superiores. (2) Ix y Iy son las luces de la losa, siendo Iy > Ix.
Sumatorio de capas aislantes:
Solado cerámico: 10 mm Mortero de agarre: 20 mm Capa de compresión: 50 mm Espesor de bovedilla: 2 x 10 mm Total: 130 mm
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FLEXIÓN EN UNA DIRECCIÓN, FORJADO DE TECHO:
Espesor hmin = 80 mm > hmin 100 mm
Según Tabla C.4., tendremos una EI 90
Distancia equi. al eje am = 30 mm > Distancia mínima equi. al eje am 20 mm.
Según Tabla C.4., tendremos una REI 90 Para el caso de los paneles de hormigón armado de medianeras y fachadas tomamos los datos de la Tabla C.2:
Al ser un muro medianero no compartido por la otra nave, consideramos que está expuesto solo por una cara, por lo que el espesor de 16 cm del panel prefabricado cumple para un RF-120.
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1.9.7 ANEJO F: Resistencia al fuego de los elementos de fábrica
Se justifica mediante la tabla F.1., la resistencia al fuego que aportan los elementos de fábrica de ladrillo cerámico o sílico-calcáreo, ante la exposición térmica según la curva normalizada tiempo-temperatura.
Dichas tablas son aplicables a muros y tabiques de una hoja, sin revestir y enfoscados con mortero de cemento o guarnecidos con yeso, con espesores de 1,5 cm como mínimo La clasificación que figura en la tabla para cada elemento no es la única que le caracteriza, sino únicamente la que está disponible. En el presente proyecto se han planteado también soluciones constructivas formadas por dos o más hojas por lo que se adopta como valor de resistencia al fuego del conjunto la suma de los valores correspondientes a cada hoja, como por ejemplo la fachada. - Cerramiento Oficina:
Composición: 1/2 pie de ladrillo enfoscado y pintado por ambos lados.
*1/2 pie de ladrillo perforado Tipo de Revestimiento: Enfoscado y pintado. Según Exposición: Al menos por la cara expuesta y enlucido por la otra. Espesor de de la fábrica: 115 mm. Resistencia al fuego, según Tabla F. 1.: REI 180 minutos. - Cerramiento Servicios:
Composición: Tabicón de ladrillo enfoscado por ambos lados.
*Tabicón de ladrillo perforado Tipo de Revestimiento: Enfoscado. Según Exposición: Por las dos caras. Espesor de de la fábrica: 100 mm. Resistencia al fuego, según Tabla F. 1.: EI 120 minutos.
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1.9.8 RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA METÁLICA La estructura de la nave es una estructura metálica que tiene que tener un RF-60. Por ello se protegerá mediante pintura ignífuga, pórticos en el caso de la nave y pilares en el caso de la zona de oficinas y servicios. 1.9.9 EVACUACIÓN DE HUMOS
La eliminación de los humos y gases de la combustión, y, con ellos, del calor generado, de los espacios ocupados por sectores de incendio de establecimientos industriales debe realizarse de acuerdo con la tipología del edificio en relación con las características que determinan el movimiento del humo. En el caso presente, por ser riesgo bajo, no es necesario. 1.9.10 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Para el estudio de la instalación de protección contra incendios del presente edificio industrial consideraremos una única área de incendio. Sistema automático de detección NO es necesario, por tratarse de edificio de tipo B y tener riesgo intrínseco Bajo y superficie inferior a 1000 m2. Sistema manual de alarma de incendios SI es necesario al no tener sistema automático de detección de incendios. Se situará al menos uno junto a cada salida de evacuación y cada 25 metros de recorrido desde cualquier punto. Sistema de comunicación de alarma No es necesario al no tener una superficie construida superior a 10.000 m2 construidos. Sistema de hidrantes exteriores No es necesario al tener los sectores de incendio menos de 3500 m2 construidos. Sistemas de extintores de incendios portátiles Son necesarios en todos los sectores de incendio de establecimientos industriales. Se considera el elemento básico para un primer ataque a los conatos de incendio que puedan producirse en el edificio. Por esto se distribuyen extintores manuales portátiles de forma que estén a menos de 15 m de recorrido, desde todo origen de evacuación. Para riesgo Bajo la eficacia mínima será 21A y existirá al menos un extintor por cada 600 m2 y uno más por cada 200 m2 o fracción en exceso. El emplazamiento de los extintores permite que sean fácilmente visibles y accesibles, están situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, próximos a las salidas de evacuación y, preferentemente, sobre soportes fijados a paramentos verticales, quedando la parte superior del extintor entre 80 y 120 cm del suelo. El tipo de agente extintor escogido es fundamentalmente el polvo seco polivalente, a emplear para fuegos clase A, B y C, con eficacia 21A-113B. Para fuegos de origen eléctrico se emplearan extintores de CO2 con eficacia 55B. Los extintores son del tipo homologado por el Reglamento de aparatos a presión (MIE-AP5) y UNE 23.110, con su eficacia grabada en el exterior y equipados con manguera, boquilla
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direccional y dispositivo de interrupción de salida del agente extintor a voluntad del operador. La capacidad de los empleados es de 6 Kg para el polvo polivalente y de 3,5 Kg para el de CO2.
Las operaciones a realizar por el servicio de mantenimiento del propietario de la instalación, serán cada 3 meses:
- Comprobación de la accesibilidad, buen estado aparente de conservación, seguros, precintos, inscripciones, mangueras, etc.
- Comprobación del estado de carga (peso y presión) del extintor, estado de las partes mecánicas, boquilla, válvulas, mangueras, etc.
Las operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante, serán cada año:
- Verificación del estado de carga (peso y presión). - Comprobación del estado del agente extintor y del aspecto exterior del botellín. - Estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas.
Y cada 5 años: A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por 3 veces) se volverá a timbrar el aparato de acuerdo con la MIE-ITC AP5. Sistema de bocas de incendio equipadas (BIES) NO es necesario, por tratarse de edificio de tipo B y ser de riesgo BAJO. Sistema de columna seca No es necesario al ser riesgo Bajo. Sistemas de rociadores automáticos de agua No es necesario al ser riesgo Bajo. Sistemas de agua pulverizada No es necesario por no ser una actividad que haga necesario refrigerar la estructura. Sistemas de espuma física No es necesario al no manipularse líquidos inflamables. Sistemas de extinción por polvo No es necesario. Sistemas de extinción por agentes extintores gaseosos No es necesario. Sistemas de Alumbrado de emergencia No es necesario al ser riesgo Bajo y tener ocupación menos a 25 personas. Sin embargo se colocarán junto a los cuadros de control de tomas eléctricas y en recorridos de evacuación. 1.9.11 RECORRIDO DE EVACUACIÓN Para la aplicación de las exigencias relativas a la evacuación de los establecimientos industriales, se determinará su ocupación, P, que en nuestro caso es P=1,10p, siendo p el número de personas que ocupa el sector de incendio, de acuerdo con la documentación laboral que legalice el funcionamiento de la actividad. Suponiendo 10 personas, P tiene un valor de 11. Las distancias máximas de los recorridos de evacuación de los sectores de incendio de los establecimientos industriales no superarán los valores indicados en el siguiente cuadro y
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prevalecerán sobre las establecidas en el DB-SI.
(*) Para actividades de producción o almacenamiento clasificadas como riesgo bajo nivel 1, en las que se justifique que los materiales implicados sean exclusivamente de clase A y los productos de construcción, incluidos los revestimientos, sean igualmente de clase A, podrá aumentarse la distancia máxima de recorridos de evacuación hasta 100 m. (**) La distancia se podrá aumentar a 50 m si la ocupación es inferior a 25 personas. (***) La distancia se podrá aumentar a 35 m si la ocupación es inferior a 25 personas.
En nuestro caso no se supera esta distancia desde cualquier punto ocupable de la nave. 1.9.12 DIMENSIONAMIENTO DE LA SALIDA El Reglamento nos remite al DB-SI, el cual nos indica que la salida se dimensionará mediante la fórmula de A≥P/200≥0.80 m, que en nuestro caso, con la ocupación de 11 personas, se aplica el ancho mínimo de 0.80 m. 1.9.13 ACCESIBILIDAD POR FACHADA Los huecos de las fachadas accesibles deberán cumplir las condiciones siguientes:
a) Facilitar el acceso a cada una de las plantas del edificio, de forma que la altura del alféizar respecto del nivel de la planta a la que accede no sea mayor que 1,20 m.
b) Sus dimensiones horizontal y vertical deben ser al menos 0,80 m y 1,20 m, respectivamente. La distancia máxima entre los ejes verticales de dos huecos consecutivos no debe exceder de 25 m, medida sobre la fachada.
c) No se deben instalar en fachada elementos que impidan o dificulten la accesibilidad al interior del edificio a través de dichos huecos, a excepción de los elementos de seguridad situados en los huecos de las plantas cuya altura de evacuación no exceda de nueve m.
No se actúa en el entorno, así que las condiciones de aproximación del entorno del edificio son las existentes. 1.10 ESTUDIO DE CONDICIONES ACÚSTICAS Con el fin de analizar las condiciones de la nave y la actividad, así como el cumplimiento de la mencionada normativa a este respecto, pasamos a continuación a estudiar los siguientes parámetros.
CÁLCULO DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS CONTRA RUIDOS. ESTUDIO DE RUIDOS. Justificaremos el estudio de aislamiento a ruidos del local, teniendo en cuenta la Norma DB-HR, así como el Decreto 6/2012 de 17 de Enero sobre Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica de Andalucía. Se tiene en cuenta la ley 37/2003 de 17 de Noviembre, del Ruido.
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El estudio acústico se realizará según el contenido mínimo y exigencias Título IV, Capítulo II, art.42 del Decreto 6/2012, que en su punto 1 indica la necesidad de redacción en los proyectos de actividades e instalaciones productoras de ruidos y vibraciones que generen niveles de presión sonora iguales o superiores a 70 dBA. El contenido mínimo de los estudios acústicos para las actividades o proyectos será el establecido en la Instrucción Técnica 3. 1.10.1 DEFINICION DEL TIPO DE ACTIVIDAD Y HORARIO PREVISTO La actividad a desarrollar es la propia de TALLER DE CALDERERÍA EN GENERAL. La actividad se ubica en C/ Ínsula, 14, P.I. La Isla en Dos Hermanas (Sevilla) CP: 41703. Su horario previsto de funcionamiento será de 7:00 a 23:00 horas, de lunes a sábado. Al no tener Ordenanza para la Prevención y Control de ruidos y vibraciones el Ayuntamiento de Dos Hermanas los niveles de ruido estimados por cada actividad, se consideran los valores marcados en la Ordenanza equivalente del Ayuntamiento de Sevilla, donde se indica que dicha actividad y sus instalaciones generan niveles de ruido, valorados por su nivel de presión sonora, iguales o inferiores a 90 dBA (según el Anexo VII de la modificación del 20 de diciembre de 2014 de la O.M.P.M.A.M.R.V., Taller de Calderería) 1.10.2 ZONA DE UBICACIÓN, VALORES LÍMITES DE EMISIÓN E INMISIÓN Y
RECEPTORES AFECTADOS. Según el Título II de la Ordenanza Municipal, capítulo I “Zonificación Acústica”, en su artículo 4 en el que se regula los límites de niveles sonoros aplicables en la zonificación acústica, nos remite a la sección II del capítulo III del RD 1367/2007, por lo que los límites establecidos vendrán marcados según Decreto 6/2012. Según el D. 6/2012, se debe comprobar el cumplimiento de los límites admisibles de ruidos y vibraciones en el interior de los recintos, con respecto de los emisores ubicados en el exterior y de los emisores ubicados en el interior según la tabla VI del artículo 29, la cual propone como límit. Al ser un suelo industrial, no se limitan los valores limites. Se debe comprobar el cumplimiento de los límites admisibles de ruidos y vibraciones en el área acústica homogénea, con respecto de los emisores ubicados en el exterior y de los emisores ubicados en el interior según la tabla VII del artículo 29, la cual propone como límite: Tipo de área acústica: Predominio de suelo de uso industrial
Ld= 65 dBA Le= 65 dBA
Siendo en todos los casos Ld=: Índice de ruido diurno (7-19h) Le=: Índice de ruido vespertino (19-23h) También se presenta el Título II, Capítulo I, artículo 9.1, según tabla I del D. 6/2012, se marcan los objetivos de calidad acústica para ruidos aplicables a áreas urbanizadas existentes (O.C.E.).
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Tipo de área acústica: Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial
Ld= 75 dBA Le= 75 dBA
En el Título III, Capítulo III, en su artículo 33.2, del D. 6/2012, establece los aislamientos mínimos exigibles a los cerramientos que limitan las actividades o instalaciones ruidosas, entendiendo por tales aquellos en los que en su interior se generan niveles de presión sonora superiores a 80 dBA, ubicados en edificios que incluyen recintos habitables. Para ello, aunque nuestra actividad es del Tipo 2, por ser un recinto que alberga equipos o maquinaria ruidosa que genera niveles de emisión superior a 85 dBA, no necesita cumplir ninguna condición con respecto a piezas habitables colindantes al ser un grupo de naves industriales. Las medidas correctoras adoptadas contra ruidos es la propia construcción (fachada, medianera y forjado) que conforma el local, hasta hacer que la emisión producida en el exterior y en los espacios colindantes esté dentro del límite admitido por la normativa vigente.
1.10.3 CARACTERÍSTICAS ACÚSTICAS DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS. El aislamiento de los elementos constructivos se calcula: a) Elementos SIMPLES, conforme a los valores de aislamiento que se detallan en el Catálogo de Elementos Constructivos del CTE, redactado por el Instituto Eduardo Torroja de ciencias de la construcción con la colaboración de CEPCO y AICIA y publicado por el Ministerio de la Vivienda (ver 6.3 de marzo 2010). O bien, la recogida en el DB-HR: ’Índice global de reducción acústica, ponderado A, de un elemento constructivo’ en función del peso (ley de masas), conforme a la expresión [2] siguiente: Para m≤ 150 kg/m2 RA = 16,6 x log m + 5 Para m≥ 150 kg/m2 RA = 36,5 x log m – 38,5 Donde m = masa del elemento en Kg/m2. b) Elementos MIXTOS, conforme a la siguiente expresión [1], recogida en el DB-HR: ’Anejo G: Cálculo del aislamiento acústico de elementos constructivos mixtos’: El índice global de reducción acústica de elementos constructivos mixtos se calcula mediante
Rm,A= – 10 log[Σ(Si/S)10-(Ri,A
/10)] Rm,A = Aislamiento específico del elemento mixto. Ri,A = Aislamiento específico del elemento. S = Superficie total del elemento constructivo m². Si = Superficie del elemento en m².
La situación más corriente combina dos elementos de aislamiento acústico diferentes, mediante la expresión:
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Rm,A= R2,A – 10 log[(1-(S2/S))10-(R
1,A-R
2,A)/10 +(S2/S)]
Donde Rm,A = Aislamiento específico del elemento mixto. R1,A = Aislamiento específico del elemento de mayor aislamiento. R2,A = Aislamiento específico del elemento de menor aislamiento. S2 = Superficie del elemento de menor aislamiento en m². S = Superficie total del elemento mixto en m².
- Aislamiento de los elementos verticales.
El aislamiento se ha calculado conforme a la expresión [1], con los siguientes valores básicos: FACHADAS: Obteniendo el valor de aislamiento acústico del catálogo de soluciones constructivas del CTE de marzo de 2010: *Fachada Ciega
- El cerramiento se compone de panel prefabricado de hormigón armado convencional de espesor 16 cm. Aislamiento normalizado del cerramiento RAr= 57 dBA, M = 400 Kg/m2
*Fachada Principal
- El cerramiento se compone de panel prefabricado de hormigón armado convencional de espesor 16 cm. Aislamiento normalizado del cerramiento RAr= 57 dBA, M = 400 Kg/m2
- Hueco Ventana. Carpintería de aluminio corredera con vidrio tipo 4-6-4 mm. Aislamiento normalizado del cerramiento vítreo Rw= 27 dB, RA,tr= 25 dBA.
- Hueco Puerta. Carpintería de doble chapa de acero de 1,2 mm de espesor. Obteniendo el valor de aislamiento acústico mediante la fórmula
Para m≤ 150 kg/m2 RA = 16,6 x log m + 5
Se obtiene un aislamiento normalizado del hueco de RA,tr= 21 dBA, M=9,50 Kg/m2 Superficie total de la Fachada: 112,46 m2 Superficie de Hueco Ventana: 3,86 m2 Superficie de Hueco Puerta: 19,96 m2 Superficie de la parte ciega: 88,64 m2 Por lo tanto el Índice Global de reducción acústica ponderado global de fachada es de 28,18 dBA
*Medianera:
- El cerramiento se compone de panel prefabricado de hormigón armado convencional de espesor 16 cm. Aislamiento normalizado del cerramiento RAr= 57 dBA, M = 400 Kg/m2
*Cubierta
- Hueco 1. Carpintería de aluminio fija con vidrio tipo 6+6 mm. Obteniendo el valor de aislamiento acústico del catálogo de soluciones constructivas del CTE. Hay que aplicarle un factor de reducción de -1 dB al tener un área superior a 2,7 m2. Aislamiento normalizado del cerramiento vítreo Rw= 31 dB, RA,tr= 28 dBA.
- Parte ciega. El cerramiento se compone de panel sándwich compuesto por dos chapas metálicas grecadas y un alma de lana mineral de 80 mm de espesor. Aislamiento normalizado del cerramiento RA,tr= 33 dBA, M=21 Kg/m2
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Superficie total de la Cubierta: 508,50 m2 Superficie del Hueco 1: 19,20 m2 Superficie de la parte ciega: 489,30 m2 Por lo tanto el Índice Global de reducción acústica ponderado global de la cubierta es de 32,66 dBA 1.10.4 FUENTES DE RUIDO (NIVELES SPL DE EMISIÓN A 1,5 METROS).
Los niveles de presión sonora a 1,5 metros de las fuentes de emisión de ruidos a considerar en el exterior del local, o que provoquen niveles de ruido al exterior, es el funcionamiento de la propia actividad de taller y las máquinas compresoras de climatización situadas en cubierta.
6 Unidades Compresoras del A/A MITSUBISHI ELECTRIC MSZ-GE25VA. La maquinaria correspondiente a la unidad externa de los aires acondicionados, se encuentran en la cubierta. Están situadas en la vertical de las unidades interiores quedando oculta tras el peto de la fachada y apoyados sobre una bancada con amortiguadores silentblocks tipo taco antivibratorio dos veces el peso de la unidad. Tienen una presión sonora a 1m de 48 dBA cada una de ellas. Si las consideramos como una única fuente sonora mientras se trabaja en la oficina, la presión sonora será de 55,78 dBA.
1.10.5 NIVELES ESTADÍSTICOS DE PRESIÓN SONORA PRODUCIDOS POR LA
ACTIVIDAD
Al no tener marcado el Ayuntamiento de Dos Hermanas los niveles de ruido estimados por cada actividad, se consideran los valores marcados en la Ordenanza de Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento de Sevilla, donde se indica que dicha actividad y sus instalaciones generan niveles de ruido, valorados por su nivel de presión sonora, iguales o inferiores a 90 dBA (según el Anexo VII de la modificación del 20 de diciembre de 2014 de la O.M.P.M.A.M.R.V., Taller de calderería) A continuación pasamos a detallar los focos puntuales según los niveles de potencia o presión sonora dados por los fabricantes, a fin de obtener el nivel de presión sonora equivalente.
Personas hablando 70,00 dBA
Puente Grua 89,00 dBA Ventilador S&P EMD‐80N (2 unidades) 33,00 dBA Compresor 69,00 dBA Unidades interiores de climatización MSZ‐GE25VA (6 unidades) 42,00 dBA
Rt= 10 log (Σ10Ri/10)= 89,10 dBA
La suma de todos los focos puntuales ha resultado INFERIOR a 90 dBA (según el Cuadro del Anexo VII de la modificación del 20 de diciembre de 2014 de la O.M.P.M.A.M.R.V.), con lo que nos quedamos con el valor de la normativa. 1.10.6 AISLAMIENTO EXIGIBLE A LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS. CALCULO DEL NIVEL DE PRESIÓN SONORA SPL2, EMITIDO AL EXTERIOR
Puesto que debo poseer unos valores límites de emisión e inmisión limitados, pasamos a comprobar que el nivel sonoro que se produce en el exterior para el cálculo (más desfavorable al ruido) no sobrepasará en ningún momento, ni en las citadas horas, los máximos permitidos, indicados anteriormente.
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Conociendo el nivel de presión sonora de la instalación (90 dBA) y el nivel máximo de presión sonora que se puede emitir (NEE o OCE), podemos determinar el aislamiento que debe garantizar los cerramientos y el techo que están en contacto con el exterior, para así determinar las necesidades de aislamiento acústico a ruido aéreo hacia el exterior. Para la comprobación a 1,50 m de la fachada y a 1,50 del suelo, que es el caso que nos ocupa, la expresión sería:
donde: LpR : Nivel de presión sonora en el exterior (dBA) LpE : Nivel de presión sonora originado en el recinto emisor (dBA) RA : Aislamiento global de cubierta o fachada (dBA). Se le resta 5-7 (dBA) por pérdida por flancos z: Distancia al plano emisor (Ss) donde se ubica el punto de comprobación (m) Ss: Superficie transmisora (m2) Q: Factor de directividad, según condiciones de ubicación de la fuente. Se tomará Q=2 para emisiones a través de fachada o cubiertas. Hacia la zona exterior (zona de uso industrial) el valor límite exigido (N.E.E. o O.C.E.) más restrictivo es de 65 dBA (en horario de dia, 7-23 h) Aislamiento Acústico a Ruido Aéreo de las Fachadas. - Fachada Principal (C/ Insula) LpE = 90 RA = 28,18 Ss = 112,46m2 z= 1,5 m LpR = 90 – (28,18 –6) + 10 (-1,468) = 53,14 dBA < 65 dBA Cumple - Fachada Lateral LpE = 90 RA = 57 Ss = 82,95 m2 z= 1,5 m LpR = 84 – (33 –6) + 10 (-1,504) = 23,96 dBA < 65 dBA Cumple Aislamiento Acústico a Ruido Aéreo de la Cubierta. LpE = 90 RA = 32,66 Ss = 510,75 m2 z= 1,5 m LpR = 90 – (32,66 –6) + 10 (-1,337) = 49,96 dBA < 65 dBA Cumple Por otro lado, debemos comprobar las inmisiones en el ambiente exterior por fuentes ubicadas en el exterior (compresores de aire acondicionado en cubierta). La formulación a utilizar sería:
SPL= SWL + 10 log Q 4r2
donde
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SWL= potencia acústica de la máquina Q= coeficiente de directividad (=1 cuando es una radiación esférica, o sea aislada; =2 cuando es un 1/2 de radiación esférica; =4 cuando es un 1/4 de radiación esférica; =8 cuando es un 1/8 de radiación esférica)
r= distancia a la ventana o al punto a estudiar El nivel de presión sonora de la maquina será SPL= SWL-20log r-11 radiación esférica S=4r2 SPL= SWL-20log r-8 radiación semiesférica S=2r2 SPL= SWL-20log r-4 radiación cuarto de esfera S=r2 SPL= SWL-20log r-2 radiación octavo de esfera S=r2/2 De donde se deduce, que en una emisión sonora en campo libre con radiación esférica, cada vez que se duplica la distancia decrece el nivel en: 20 log 2 = 6 dB La distancia “r” se situará en términos del D 6/2012 RPCA, se produciría a 1,5 m de la linde de la propiedad y a 1,5 m de la acera. Si SPL= 55,78 dBA SPL= 55,78 + 10 log [2/4(1,5+6,35)2] = 29,90 dBA < 65 dBA Cumple CALCULO DEL NIVEL DE PRESIÒN SONORA SPL2 EMITIDO A LOS LOCALES COLINDANTES. Las necesidades de aislamiento acústico a ruido aéreo entre la actividad y los colindantes, la establecemos de acuerdo con las siguientes expresiones:
SPL2 =SPL1 – TL – 10 log 0.32 (V / S) + a donde: TL : Aislamiento Acústico a Ruido Aéreo de los cerramientos. (dBA) SPL1 : Es el Nivel de presión sonora en el local emisor. (dBA) SPL2 : Es el Nivel de presión sonora en el local receptor. (dBA) S : Superficie de separación entre el local emisor y el local receptor. (m²) V : Volumen del local receptor. (m³) a : Pérdidas de aislamiento por transmisiones laterales. Tomamos el valor de 7, como valor probable, debido a que los elementos adyacentes no son flotantes. Hacia los espacios colindantes el valor límite exigido (N.A.E. o O.C.I.) más restrictivo es de 90 dBA para industrial. No es necesario cumplir el artículo 33.2, del D. 6/2012 sobre la diferencia de niveles estandarizada, entre recintos protegidos colindantes interiores, al ser considerado estos recintos como no protegidos según el DB-HR. Aislamiento Acústico a Ruido Aéreo de la Medianera con las naves laterales SPL1 = 90 TL = 57 S = 279,65 V = 4492,77 SPL2 = 90 – 57– 10 log 0.32 (4492,77 / 279,65) + 7 = 32,89 dBA < 65 dBA Cumple
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Aislamiento Acústico a Ruido Aéreo de la Medianera con la nave trasera SPL1 = 90 TL = 57 S = 112,46 V = 7101,98 SPL2 = 90 – 57– 10 log 0.32 (7101,98 / 112,46) + 7 = 26,94 dBA < 65 dBA Cumple
1.10.7 JUSTIFICACIÓN DE LOS LÍMITES MÁXIMOS DE TIEMPO DE REVERBERACIÓN
No es de aplicación.
1.10.8 MEDIDAS ACÚSTICAS ‘IN SITU’ Con la actividad en funcionamiento, se realizarán las comprobaciones ‘in situ’ de los valores aquí obtenidos, con el fin de verificar que los elementos permiten cumplir los límites exigidos en los reglamentos correspondientes. 1.11 OTROS ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES, ESTUDIOS DE IMPACTOS Y
MEDIDAS CORRECTORAS. Según el anexo I de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental en Andalucía la actividad está sometida al trámite de Calificación Ambiental según epígrafe 13.20. La actividad a desarrollar se englobaría dentro de INSTALACIONES PARA EL TRABAJO DE METALES: EMBUTIDOS Y CORTE, CALDERERÍA EN GENERAL Y CONSTRUCCION DE ESTRUCTURAS METALICAS (13.48). 1.11.1 VENTILACIÓN-RENOVACION AMBIENTAL Y EMISIONES DE HUMOS,
VAPORES, GASES Y OLORES A LA ATMÓSFERA. Las condiciones de ventilación-renovación ambiental se ha especificado en el apartado ‘Condiciones de iluminación, ventilación, y temperatura’ dentro del ‘Cumplimiento de las normas higiénico-sanitarias y de prevención de riesgos laborales’ de la presente memoria, analizando la ventilación según Anexo III del R. D. 486/1997, DB-HS3 y RITE. 1.11.2 CONTAMINACIÓN LUMÍNICA La actividad posee alumbrado exterior con una potencia instalada total menor de 1 KW (0,84 KW), por lo que no debe estar sujeta al Reglamento de Eficiencia Energética R.D. 1890/2008. 1.11.3 CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA Nuestra actividad está sujeta a las prescripciones administrativas de la Ley 34/2007, según Anexo III, de calidad del aire y protección de la atmósfera, al trabajar con metales y sus compuestos. Por ello la actividad será objeto de inscripción en el registro previsto en el artículo 18 de la Ley, es decir, en el registro de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental adscrito a la Consejería competente en materia de medio ambiente. El titular de la actividad está obligado a:
a) Declarar las emisiones a la atmosfera de su actividad con la periodicidad y en la forma que reglamentariamente se determine.
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b) Llevar un registro de sus emisiones e incidencias y trasladarlas al órgano competente.
c) Adoptar las medidas adecuadas para evitar emisiones accidentales que perjudiquen a personas o medio ambiente.
1.11.4 VERTIDOS A LA RED PÚBLICA DE SANEAMIENTO En cuanto a la utilización de aguas, vertidos líquidos y eliminación de residuos, se presentan los planos y memorias de instalaciones de abastecimiento y saneamiento. La actividad no genera almacenamiento de productos contaminantes y se limita al especificado en la presente memoria. Existe arqueta separadora de grasas para los residuos de la actividad.
1.11.5 RESIDUOS GENERADOS, ALMACENADOS O GESTIONADOS La actividad implantada utiliza determinadas materias primas que llevan a unos determinados residuos dependiendo de las tareas que se lleven a cabo.
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Según el Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su art 3. Apartado 1.1., los residuos producidos por nuestra actividad se incluyen dentro de los residuos sólidos urbanos, y el apartado ‘e’ los clasifica como residuos industriales. El art. 4 nos indica que las personas y entidades productoras o poseedoras de desechos y residuos vendrán obligadas a ponerlos a disposición de los Ayuntamientos, en las condiciones exigidas en las Ordenanzas Municipales o en el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos. Según la ley 10/1998 de 21 de abril sobre Residuos, en su art. 3. En la definición de residuos encontramos, en el anexo, todo lo que podemos relacionar con residuos de procesos industriales.
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El art. 11.1 y 11.2 establece que los poseedores de residuos estarán obligados, siempre que no procedan a gestionarlos por sí mismos, a entregarlos a un gestor de residuos, para su valorización o eliminación, o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración que comprenda estas operaciones. Todo residuo potencialmente reciclable o valorizable deberá ser destinado a estos fines, evitando su eliminación en todos los casos posibles. En esta línea, el art. 21.1, marca las pautas para gestionar estos residuos, mediante los servicios prestados por las Entidades locales, de manera que los poseedores de residuos están obligados a entregarlos a las entidades locales, para su reciclado, valorización o eliminación.
Para ello son obligaciones de los productores de residuos peligrosos (filtros y baterías, aceites usados, taladrinas, envases vacios de sustancias peligrosas…):
Separar adecuadamente y no mezclar los residuos peligrosos, evitando particularmente aquellas mezclas que supongan un aumento de su peligrosidad o dificulten su gestión.
Envasar y etiquetar los recipientes que contengan residuos peligrosos en la forma que reglamentariamente se determine.
Llevar un registro de los residuos peligrosos producidos o importados y destino de los mismos.
Suministrar a las empresas autorizadas para llevar a cabo la gestión de residuos la información necesaria para su adecuado tratamiento y eliminación.
Informar inmediatamente a la Administración pública competente en caso de desaparición, perdida o escape de residuos peligrosos.
El almacenamiento de los residuos peligrosos se regirá por el Real Decreto 833/1998, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 20/1986, Básica de residuos tóxicos y peligrosos y sus modificaciones, no sobrepasando nunca el tiempo máximo de 6 meses de almacenamiento. Se generan aceite usados, por lo que es necesario regirse por el R.D. 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. 1.11.6 ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS Los elementos almacenados son los necesarios para llevar a cabo la reparación de vehículos diariamente. 1.11.7 CONSUMO RACIONAL DEL AGUA Y LA ENERGÍA En el cumplimiento de los documentos básicos del Código Técnico, y en referencia al valor energético y el ahorro, entendemos que no es necesario la justificación de los documentos HE (Ahorro de Energía), HS (Salubridad) por ser incompatible con el objeto de la adecuación.
Se adjunta el cumplimiento de ambos documentos en los anexos del documento.
En cuanto al Certificado de Eficiencia Energética del local en cuestión, se adjunta en los anexos del documento en aplicación del R.D. 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética de los Edificios, así como el Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables de Andalucía.
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1.11.8 CONTAMINACIÓN DEL SUELO Aplicando el Real Decreto 9/2005 sobre Relación de Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo y Criterios para la Declaración de Suelos Contaminados, y del Capítulo IV de la Ley Autonómica 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se incluye seguidamente información sobre los usos preexistentes del suelo donde se pretende implantar la actividad. La actividad implantada está incluida en el listado de actividades potencialmente contaminantes del suelo recogida en el Anexo I del RD 9/2005, sin embargo, el alcance de la actividad no incluye depósitos enterrados de sustancias peligrosas, ni se consumen pinturas o barnices de base no acuosa en cantidades superiores a 1ton/año ni los focos potencialmente contaminantes del suelo se encuentran a la intemperie o sobre suelo no pavimentado. Por lo tanto, no es necesario realizar Informe de situación de los suelos.
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2 MEMORIA CONSTRUCTIVA A continuación se hará referencia a los elementos existentes, describiendo instalaciones, particiones y acabados. 2.1 ALBAÑILERÍA, CERRAMIENTOS Y PARTICIONES. La fachada y medianera está compuesta por un panel prefabricado de hormigón armado de espesor 16 cm. El cerramiento de las oficinas está formado por ½ pie de ladrillo perforado, enfoscado y pintado hacia la nave, y trasdosado por el interior de perfilería de acero galvanizado, apoyado en el suelo de 46 mm (se coloca aislante acústico de lana de roca de 40 mm) y triple placa de yeso laminado pintado de 15 mm en la cara interior. El cerramiento de la zona de servicios está formado por tabicón de ladrillo hueco doble, enfoscado y pintado hacia la nave, y enlucido y pintado hacia el interior en zona de descanso y alicatado en baño. Las particiones interiores de vestuarios y oficina se componen de tabicón de ladrillo hueco doble, enlucido y pintado, alicatado o trasdosado según zonas marcadas en plano. En el exterior se cierra la parcela mediante muro de fábrica de bloque de hormigón aligerado enfoscado y pintado de espesor total 23 cm.
NO se modifica ningún cerramiento. 2.2 CARPINTERÍA. La puerta de acceso a la nave es de chapa metálica grecada con puerta peatonal integrada. La de acceso al espacio privado previo es corredera metálica de pletinas y barrotes. Los huecos de acceso a zona de servicio y oficina son abatibles de madera para lacar, excepto la puerta de acceso al despacho 2 que es de aluminio lacada en blanca y vidrio stadip silence 66.2. Las ventanas de oficina y zona de servicios son correderas de aluminio lacado en blanco con vidrios 4-6-8. En el caso de los despachos, se conforman mediante dobles ventanas para el control acústico de los mismos. Las ventanas de fachada son correderas de aluminio lacado en blanco con vidrios 4-6-4. 2.3 CERRAJERÍA. Barandilla metálica de pasamanos de pletina metálica y barrotes verticales. 2.4 REVESTIMIENTOS.
La fachada y medianera está compuesta por un panel prefabricado de hormigón armado de espesor 16 cm que no necesita revestimiento. El cerramiento de las oficinas está enfoscado y pintado hacia la nave, y trasdosado por el interior de perfilería de acero galvanizado, apoyado en el suelo de 46 mm (se coloca aislante
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acústico de lana de roca de 40 mm) y triple placa de yeso laminado pintado de 15 mm en la cara interior. El cerramiento de la zona de servicios está enfoscado y pintado hacia la nave, y enlucido y pintado hacia el interior en zona de descanso y alicatado en baño. Las particiones interiores de vestuarios y oficina están, enlucidas y pintadas, alicatadas o trasdosadas según zonas marcadas en plano. Este trasdosado es de perfilería de acero galvanizado, apoyado en el suelo de 70 mm (se coloca aislante acústico de lana de roca de 70 mm) y triple placa de yeso laminado pintado de 15 mm en la cara interior. En el exterior el muro está enfoscado y pintado. El suelo es de hormigón pulido acabado con pintura de resina epoxi en zona de trabajo. En oficinas es de terrazo y mármol en escaleras, y de gres porcelánico antideslizante en zona de servicios. El techo de la nave es de panel sándwich. En el caso de la oficina y zona de servicios está terminado con falso techo continuo descolgado de placa de yeso laminado. En la planta alta de oficina, tenemos una cubierta ligera de panel sándwich con alma de lana mineral de 8 cm y falso techo continuo descolgado con aislamiento y doble placa de 13 mm. 2.5 VIDRIOS. Existen vidrios de grosores de acuerdo con las superficies acristaladas, siendo resistentes a la acción eólica, colocándose en la carpintería con holguras que permitan la absorción de las dilataciones y la no transmisión de vibraciones, siendo estos del tipo vidrio tipo 4-6-8 en oficina y zona de vestuarios, y 6-6 en lucernarios de cubierta. Para el control acústico de las oficinas, se colocan dobles ventanas separadas 10 cm entre ellas con vidrios de 4-6-8. Para la puerta de comunicación entre el despacho 2 y la zona de trabajo de la nave, se utiliza vidrio de control acústico stadip silence 66.2. 2.6 ESTRUCTURA. Es existente. Al tener una nave ya construida, y dado que el objetivo del presente proyecto es la descripción de dicha nave para su posterior apertura, pasa por describir sus elementos. Posee una estructura metálica de pilares (IPN 260), y cerchas formadas por vigas y correas que conforman una cubierta ligera de chapa. Esta estructura es modular y se puede decir que se compone de un módulo que se repite 8 veces. El forjado de la oficina y zona de servicios es un forjado unidireccional de hormigón y bovedillas cerámicas de canto 30 cm. la cubierta de la planta alta de las oficinas se soluciona con un panel sándwich con alma de lana de roca de espesor 80 mm con correas para su soporte. 2.7 INSTALACIONES. 2.7.1 SANEAMIENTO. 2.7.1.1 CRITERIOS DE DISEÑO
Los criterios adoptados son: La red de saneamiento es existente. La totalidad de estos se recoge en los planos
correspondientes.
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Que la evacuación de las aguas usadas sea rápida, sin estancamientos, en el tiempo más corto posible, compatible con la velocidad máxima aceptable y capaz de impedir, con un cierto grado de seguridad, la inundación de la red y el consiguiente retroceso.
Garantizar una evacuación adecuada para las condiciones previstas, así como la impermeabilidad de los distintos componentes de la red, evitándose la posibilidad de fugas, especialmente por las juntas y uniones.
Facilitar la accesibilidad a las distintas partes de la red, permitiendo una adecuada limpieza de todos sus elementos.
2.7.1.2 SISTEMAS DE EVACUACIÓN.
Las aguas que vierten en la red de evacuación se agrupan en 3 clases: Aguas residuales, son las que proceden del conjunto de aparatos sanitarios existentes
(fregaderos, lavabos, duchas, etc), excepto inodoros. Son aguas con relativa suciedad que arrastran muchos elementos en disolución (grasas, jabones detergentes, etc).
Aguas fecales, son aquellas que arrastran materias fecales procedentes de inodoros. Son aguas con alto contenido en bacterias y un elevado contenido en materias sólidas y elementos orgánicos.
Aguas pluviales, son las procedentes de la lluvia o de la nieve, de escorrentías o de drenajes. Son aguas generalmente limpias. La red es existente y no se modifica en ningún caso.
2.7.1.3 DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA INSTALACIÓN.
El sistema de saneamiento es existente, no se modifica y se cataloga como sistema separativo, consistente en la recogida de las aguas fecales y las pluviales de forma separadas, que descargan a una red interior de colectores, bajantes y arquetas (no registrables, registrables y separadora de grasas), uniéndose justo antes de la conexión con la red pública en la correspondiente arqueta sifónica. La conexión de la red de saneamiento del edificio con la red municipal, como se ha anunciado antes, es existente y no se modifica. Cabe destacar que la red no se considera una red de fecales pura, ya que se agregan las aguas pluviales, por lo que el cálculo de verificación de las mismas se ha tenido en cuenta las consideraciones que sobre redes mixtas se hacen en el apartado 4.3 (Dimensiones de los colectores de tipo mixto) del DB-HST del CTE. Las características, tipos y diámetros de las derivaciones, colectores, bajantes, etc. se encuentran reflejadas en los correspondientes planos, así como justificadas en la memoria de cálculo correspondiente. 2.7.1.4 PRUEBAS REGLAMENTARIAS
En el cálculo se considerarán unos límites máximos y mínimos de las velocidades del fluido a lo largo de la red, que no se deberán de sobrepasar para que exista una buena conservación de los materiales. La velocidad mínima para las aguas residuales, que garantiza la auto limpieza de la red, conviene que no baje de 0,60 m/s con la sección llena, y de 0,30 con un caudal medio y un calado de 1/5 del diámetro. En el caso de aguas pluviales, la velocidad mínima conviene que sea de 1 m/s con la sección llena, y de 0,50 con un caudal medio. El límite de velocidad máxima, que evita la erosión del conducto, dependerá del material que se vaya a emplear, pero se utilizará como regla general para todos los conductos la de 3 m/s.
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Se ha calculado la red bajo las siguientes condicionantes y datos de partida, definidos en el documento básico HS5 del Código técnico de la edificación:
Se tendrá en cuenta la rugosidad superficial del tubo con la que se va a encontrar el agua. A menor rugosidad del material mayor velocidad en el tramo.
También se ha tenido en cuenta la sección del tubo, que en nuestro caso será circular. Los diámetros obtenidos en cálculo nos marcarán el tubo que se tomará en función de las
secciones predefinidas que estén normalizadas en el mercado para este tipo de material. La pendiente mínima de los ramales enterrados será del dos por ciento (2%). La pendiente mínima de los colectores colgados será del uno por ciento (1%).
Una vez tenido en cuenta todos estos datos de partida, y diseñado el trazado de la red, se realiza el cálculo de la sección de los conductos. 2.7.1.5 MATERIALES EMPLEADOS COLECTORES
Los bajantes son existentes de PVC y no se modifican. Están colocados junto a los pilares, y conectados a colectores y a arquetas a pie de bajante. Las redes subterráneas de saneamiento igualmente son de PVC, colocadas sobre zanjas y lecho de arena, con pendientes adecuadas y conectadas a arquetas. ARQUETAS
Las arquetas instaladas son hechas in situ de obra, con dimensiones según el diámetro de las tuberías y los caudales de agua que confluyen en ella, y con una altura de acuerdo con las pendientes de tubería adoptadas para la evacuación por gravedad de las aguas transportadas. Existen:
Arquetas de paso subterráneas. Arquetas de paso registrables Arqueta separadora de grasas Arqueta sifónica.
2.7.1.6 CUMPLIMIENTO DEL DOCUMENTO BÁSICO HR
Las conducciones colectivas del edificio están tratadas con el fin de no provocar molestias en los recintos habitables o protegidos adyacentes. En el paso de las tuberías a través de los elementos constructivos se utilizan sistemas antivibratorios tales como manguitos elásticos estancos, coquillas, pasamuros estancos y abrazaderas desolidarizadoras. 2.7.1.7 CÁLCULO HIDRÁULICO DE TUBERÍAS DE SANEAMIENTO
Para el cálculo en el interior de la edificación se tiene en cuenta lo dispuesto en el documento básico HS5 del Código técnico de la edificación.
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Determinación de diámetros.
APARATO UNID. DE DESC DIAMETRO DE
DERIV. (mm) PENDIENTE (%)
Inodoro 2 x 5 100 1,5
Lavabo 2 x 2 40 1,5
Ducha 1 x 6 40 1,5
2.7.2 INSTALACIÓN DE FONTANERÍA. En aplicación del CTE DB-HS 4, punto 2.1.1., se utilizan conducciones de agua de cobre ubicadas en el techo y en el interior de la tabiquería siempre por encima de los aparatos a los que sirven. Se colocan llaves de corte de la instalación a la entrada de los locales húmedos. El agua caliente sanitaria se genera por calentador eléctrico de 50 l. ubicado sobre el forjado de la zona de servicios, independizado con llaves de corte. Como medida de seguridad y aislamiento del resto de la instalación en caso de posible fallo, cada punto de agua lleva una llave de corte tipo escuadra. La temperatura del agua caliente sanitaria en los puntos de consumo estará comprendida entre 50ºC y 60ºC. En cumplimiento del punto 2.3.3., los grifos de los lavabos y cisternas estarán dotados de dispositivos de ahorro de agua. Los desagües de aparatos se realizan con tubería de PVC. La instalación se ha calculado de forma que la velocidad de servicio sea menor de 1.5 m/sg para evitar ruidos, y se garantice la continuidad y la presión.
La red quedará comprobada a la estanqueidad a una presión doble a la de consumo y se garantizará su no explosión a las heladas. La separación de protección entre las canalizaciones paralelas de fontanería y cualquier conducción o cuadro eléctrico serán al menos 30 cm. La tubería de agua caliente sanitaria discurrirá por encima y al menos separada 4 cm de la tubería de agua fría sanitaria. Para la determinación del diámetro se han considerado las siguientes necesidades:
APARATO Nº UNIDADES CAUDAL UNIT.
L/sg CAUDAL INST.
L/sg
Inodoro 2 0,10 0,20
Lavabo 2 0,10 0,20
Ducha 1 0,20 0,20
TOTAL 5 - 0,60
Por lo que se atiende a la necesidad de gasto se colocará un diámetro de entrada de 22 mm. Para continuar con 18 mm. y seguir con este diámetro hasta los aparatos, que se podrán reducir hasta 15 mm.
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2.7.3 INSTALACION DE ELECTRICIDAD. 2.7.3.1 DESCRIPCIÓN DE LA INSTALACIÓN. La instalación se clasifica como de pública concurrencia según la ITC-BT-28, ya que en su punto 1º indica que se aplicará a locales de pública concurrencia como: Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios, cualquiera que sea su ocupación, como por ejemplo, templos, museos, salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes o similares... El local se enmarca en el del grupo ‘i’ según la ITC-BT-04 epígrafe 3.1. Tiene instalada una tensión de 415V en trifásico hasta el cuadro de distribución. En cumplimiento de la ITC-BT 28, los conductores serán no propagadores de incendio y con emisión de humos y opacidad reducida. La instalación nace de la Caja General de Protección, situada en la fachada de la nave. Según la ITC-BT-12, para un único usuario, coincide en el mismo lugar la Caja General de Protección y la situación del equipo de medida, no existiendo la Línea general de alimentación. En consecuencia, el fusible de seguridad coincide con el fusible de la CGP. Dicha instalación de realiza de acuerdo con las normas de la Compañía suministradora.
Los circuitos y sus secciones del C.G.M.P. Tipo 1 son:
- Circuito 1. Puente Grúa 4 x 6 mm2 con tubo Ø30. - Circuito 2. Alumbrado Exterior 2 x 1,5 mm2 con tubo Ø16. - Circuito 3. Alumbrado 2 x 1,5 mm2 con tubo Ø16. - Circuito 4. Tomas de corriente Servicios 2 x 2,5 mm2 con tubo Ø20. - Circuito 5. Emergencia. 2 x 1,5 mm2 con tubo Ø16. - Circuito 6. Climatización 2 x 6 mm2 con tubo Ø25. - Circuito 7. Tomas corriente 1 (P. Baja Oficina) 2 x 2,5 mm2 con tubo Ø20. - Circuito 8. Tomas corriente 2 (P. Alta Oficina) 2 x 2,5 mm2 con tubo Ø20.
La instalación consta de los siguientes elementos:
- Acometida General (ITC-BT 06). Conductores aislados de tensión asignada no inferior a 0,6/1kV. Sección mínima: 10 mm2(Cu) y/o 16 mm2(Al). Enlaza la instalación pública con la CGP.
- Caja General de Protección (ITC-BT 13). La intensidad de los fusibles de la CGP deben ser menores que la intensidad máxima admisible de la LGA y mayor a la intensidad máxima del edificio. - Contador (ITC-BT 16). Su colocación es en la fachada al ser un solo usuario. Se prepara nicho en la misma. En este nicho se ubican también los fusibles de seguridad. - Derivación individual (ITC-BT 15). Enlaza el contador con el cuadro de dispositivos generales de mando y protección. Dicha línea está compuesta por circuito trifásico, de sección que se indica en el esquema unifilar de la planimetría, y se hace a través de canalización bajo tubo empotrado de policloruro de vinilo (PVC). Aislamiento: Unipolares 450/750 V entubado; Multipolares 0,6/1 kV; Tramos enterrados 0,6/1 kV entubado. Sección mínima: 3F, N y T 6 mm2 (Cu). Hilo de mando 1,5 mm2. Deben ser no propagadores del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida.
- Cuadro de mando y protección (ITC-BT 17). Alojado en el interior del módulo, dispone de:
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· Interruptor general automático de corte omnipolar de 40 A. Provisto de dispositivo de protección contra sobrecargas y cortocircuitos, y de accionamiento manual.
· Interruptores diferenciales generales, de 32 A para protección contra contactos indirectos. Poseerá un mínimo de uno por cada cinco circuitos.
· Dispositivo de protección contra sobretensiones. · Interruptor de control de potencia limitado a la potencia, 18,723 kW, siendo de 30 A. · Pequeños interruptores automáticos (PIA) o dispositivo de corte omnipolar, que
protege contra sobrecargas y cortocircuitos, de los que partirán los diferentes circuitos de los módulos:
* PIA de 32 A, de control del circuito de Puente Grúa. * PIA de 10 A, de control del circuito de alumbrado exterior. * PIA de 10 A, de control del circuito de alumbrado. * PIA de 16 A, de control del circuito de tomas de corriente servicios * PIA de 10 A, de control del circuito de alumbrado emergencia. * PIA de 20 A, de control del circuito de climatización. * PIA de 16 A, de control del circuito de tomas de corriente 1. * PIA de 16 A, de control del circuito de tomas de corriente 2.
- Circuito interior (ITC-BT-19 a 28). Por lo general, salvo especificaciones que se recogen en los planos, el trazado de los circuitos discurre por tubo flexible de PVC. Cuando los circuitos discurren en horizontal cercanos al techo, la distancia mínima al mismo es de 50 cm. Cuando discurren paralelos al suelo, se separan del mismo por lo menos 20 cm. Los recorridos verticales se realizan a una distancia, en lo posible, no mayor de 20 cm de esquinas o huecos. Se utilizan cables aislados unipolares con conductores de cobre y tensión asignada no inferior a 450/750 V. Todos los empalmes y conexiones se realizan mediante cajas adecuadas a tal fin, provistas de tapas desmontables, que permiten la verificación de las conexiones y las reparaciones necesarias. Toda esta instalación interior respeta las Instrucciones Complementarias ITC-BT 19 a 28 en general, por lo tanto todos los cables son H07Z1-K(AS) libres de halógenos.
Los circuitos y sus secciones del C.G.M.P. Tipo 2 son:
- Circuito 1. Toma 1. Compresor 4 x 6 mm2 con tubo Ø40. - Circuito 2. Toma 2 3 x 6 mm2 con tubo Ø30. - Circuito 3. Toma 3 3 x 6 mm2 con tubo Ø30. - Circuito 4. Toma 4 2 x 2,5 mm2 con tubo Ø16. - Circuito 5. Toma 5 2 x 2,5 mm2 con tubo Ø16. - Circuito 6. Toma 6 2 x 2,5 mm2 con tubo Ø16.
La instalación consta de los siguientes elementos:
- Acometida General (ITC-BT 06). Conductores aislados de tensión asignada no inferior a 0,6/1kV. Sección mínima: 10 mm2(Cu) y/o 16 mm2(Al). Enlaza la instalación pública con la CGP.
- Caja General de Protección (ITC-BT 13). La intensidad de los fusibles de la CGP deben ser menores que la intensidad máxima admisible de la LGA y mayor a la intensidad máxima del edificio. - Contador (ITC-BT 16). Su colocación es en la fachada al ser un solo usuario. Se prepara nicho en la misma. En este nicho se ubican también los fusibles de seguridad.
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- Derivación individual (ITC-BT 15). Enlaza el contador con el cuadro de dispositivos generales de mando y protección. Dicha línea está compuesta por circuito trifásico, de sección que se indica en el esquema unifilar de la planimetría, y se hace a través de canalización bajo tubo empotrado de policloruro de vinilo (PVC). Aislamiento: Unipolares 450/750 V entubado; Multipolares 0,6/1 kV; Tramos enterrados 0,6/1 kV entubado. Sección mínima: 3F, N y T 6 mm2 (Cu). Hilo de mando 1,5 mm2. Deben ser no propagadores del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida.
- Cuadro de mando y protección (ITC-BT 17). Alojado en el interior del módulo, dispone de:
· Interruptor general automático de corte omnipolar de 40 A. Provisto de dispositivo de protección contra sobrecargas y cortocircuitos, y de accionamiento manual.
· Interruptores diferenciales generales, de 32 A para protección contra contactos indirectos. Poseerá un mínimo de uno por cada cinco circuitos.
· Dispositivo de protección contra sobretensiones. · Interruptor de control de potencia limitado a la potencia, 18,723 kW, siendo de 30 A. · Pequeños interruptores automáticos (PIA) o dispositivo de corte omnipolar, que
protege contra sobrecargas y cortocircuitos, de los que partirán los diferentes circuitos de los módulos:
* PIA de 32 A, de control del circuito de Toma 1. * PIA de 32 A, de control del circuito de Toma 2. * PIA de 32 A, de control del circuito de Toma 3. * PIA de 16 A, de control del circuito de Toma 4 * PIA de 16 A, de control del circuito de Toma 5. * PIA de 16 A, de control del circuito de Toma 6.
- Circuito interior (ITC-BT-19 a 28). Por lo general, salvo especificaciones que se recogen en los planos, el trazado de los circuitos discurre por tubo flexible de PVC. Cuando los circuitos discurren en horizontal cercanos al techo, la distancia mínima al mismo es de 50 cm. Cuando discurren paralelos al suelo, se separan del mismo por lo menos 20 cm. Los recorridos verticales se realizan a una distancia, en lo posible, no mayor de 20 cm de esquinas o huecos. Se utilizan cables aislados unipolares con conductores de cobre y tensión asignada no inferior a 450/750 V. Todos los empalmes y conexiones se realizan mediante cajas adecuadas a tal fin, provistas de tapas desmontables, que permiten la verificación de las conexiones y las reparaciones necesarias. Toda esta instalación interior respeta las Instrucciones Complementarias ITC-BT 19 a 28 en general, por lo tanto todos los cables son H07Z1-K(AS) libres de halógenos.
TIPO DE ENERGÍA
La instalación cuenta con una corriente alterna trifásica a una frecuencia de 50 Hz y tensión de 415V. El factor de potencia es de 1.
PUESTA A TIERRA (ITC-BT 18)
La línea de puesta a tierra tiene uso exclusivo y una tensión de contacto mínima de 24 V. en cualquier masa del edificio y una resistencia no superior a 20 Ohmios desde el punto más alejado de la instalación. La instalación de puesta a tierra de la obra se efectúa de acuerdo con la reglamentación vigente, concretamente lo especificado en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión en
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su Instrucción 018, quedando sujetas a las mismas las tomas de tierra, las líneas principales de tierra, sus derivaciones y los conductores de protección. PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS
Protección contra contactos en las instalaciones y equipos eléctricos. La protección contra contactos directos e indirectos está asegurada mediante el aislamiento eléctrico de las partes sometidas a tensión, puesta a tierra de las masas y aparatos de corte automático sensibles a las corrientes de fuga o defecto.
Conductores. Los conductores interiores empleados en la instalación eléctrica del local son de cable rígido de cobre con doble aislamiento, introducidos en tubos aislantes, quedando debidamente aislados respecto a tierra.
Interruptores, cortacircuitos y bases de enchufe. Los cortacircuitos están en compartimentos estancos, evitando así la proyección del material fundido. Los interruptores y bases de enchufe son del tipo cerrado, imposibilitando el contacto fortuito de personas.
CONDICIONES DE LOS MATERIALES
Cable: Son de cobre tipo recocido, presentando una resistividad de 0.01724 Ohomiosxmm2/m. y una densidad de 8,89 gr/cm3. Son libres de halógenos
Aislamiento: Son de goma, presentando una rigidez dieléctrica apropiada, admiten temperaturas de trabajo suficientemente altas y tienen elasticidad, flexibilidad y resistencia mecánica adecuadas a las condiciones de la instalación. El aislamiento de cada conductor está constituido por un tubo de goma vulcanizado, de espesor uniforme y perfectamente centrado con el conductor.
Tubos: Presentan una resistencia suficiente a la oxidación y la corrosión en contacto con los materiales normales en las construcción (yeso, cal, cemento, etc). Están exentos de aristas cortantes, asperezas notables en el interior o en los extremos, reducciones inadmisibles en su interior.
Presentan una resistencia suficiente a las acciones mecánicas y están protegidos contra la corrosión, tanto interior como exteriormente.
Estos son unidos entre sí, ya sea por medio de accesorios, o directamente, sin disminución práctica de sus propiedades, ni reducción inadmisible de sus posibilidades de paso de los cables.
Tanto los tubos aislantes, como los aislamientos interiores de los tubos metálicos, son capaces de soportar las temperaturas que puedan producirse en servicio normal.
Luminarias: Cumplen las exigencias del REBT sus instrucciones complementarias (ITC-BT) y demás normativas y reglamentaciones concordantes en la materia.
Reactancias: Cumplen las exigencias del REBT sus instrucciones complementarias (ITC-BT) y demás normativas y reglamentaciones concordantes en la materia.
El núcleo de la reactancia es de chapa de acero al silicio, chapa magnética de calidad mínima MM-2,6 o MA-1,7, según norma DIN 46.400 de 0,5 mm.
Los devanados internos se realizan con hilo de cobre de sección adecuada y tienen como mínimo la clasificación <<H>> grado 2 según VDE-0550, pudiendo soportar temperaturas de trabajo de hasta 180ºC en los devanados, según CEI nº262.
Condensadores: Cumplen las exigencias del REBT sus instrucciones complementarias (ITC-BT) y demás normativas y reglamentaciones concordantes en la materia.
Las piezas en tensión de los condensadores no son accesibles a un contacto fortuito durante su utilización normal, no atendiéndose el barnizado, el esmaltado u oxidación de las partes metálicas como protección contra dichos contactos, estando los terminales aislados.
Los condensadores tienen para su sujeción y a efectos de facilidad de montaje, un espárrago en el extremo opuesto al de situación de bornes M8.
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Tienen que funcionar en cualquier situación y son de tipo seco o autoregenerados con dieléctrico de film de polipropileno con tensiones de 400 V y para mayor tensión son de papel impregnado. Soportan como mínimo una temperatura comprendida entre –20ºC y +85ºC.
Interruptores automáticos: Resisten indefinidamente una intensidad de corriente igual a 1,1 veces la intensidad de regulación. Deben funcionar en menos de 0,5 seg. con una intensidad igual a 10 veces la intensidad de regulación.
Funcionan cuando la temperatura del ambiente esté comprendida entre 10ºC y 40ºC, tanto si el interruptor se encuentra en el momento de ser sometido a sobre intensidad a la temperatura ambiente, como si está en régimen correspondiente al paso continuo de su intensidad de regulación.
2.7.3.2 PREVISIÓN DE POTENCIA
La potencia total instalada es la resultante de sumar los servicios de fuerza, alumbrado y tomas de corriente, así como de los restantes circuitos con los que cuenta la instalación. Puente Grúa: 1 Puente Grúa con 3 motores 6.500 W POTENCIA TOTAL 6.500 W Alumbrado de emergencia: 19 aparatos de alumbrado de emergencia 190 W POTENCIA TOTAL 190 W Alumbrado: 22 x 42w 924 W 6 x 20 w 120 W POTENCIA TOTAL 1044 W Climatización / Ventilación: A/A 6 x 700 w 4.200 W Extractores aseos 2 18 W POTENCIA TOTAL 4.218 W Tomas de corriente: 6 x 3 tomas x 100 w 1.800 W 6 x 2 tomas x 250 w 3.000 W 6 x 1 tomas x 2200 w 13.200 W 28 tomas x 100 w 2.800 W Calentador eléctrico 50 l. 250 W POTENCIA TOTAL 21.050W El total de previsión para el local es de 32.812 w.
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2.7.3.3 CÁLCULOS ELÉCTRICOS Realizaremos el cálculo de secciones de conductores e intensidades de corriente en las diferentes partes de la instalación a fin de determinar dimensiones y calibres de los elementos que la componen. C.G.M.P. Tipo 1: - PUENTE GRÚA La calculamos para la potencia indicada en línea trifásica discurriendo por interior de los paramentos verticales e irá bajo tubo de PVC rígido con conductor de 750 V de aislamiento en cobre.
Potencia P (w)
F Tensión U (v)
Factor de potencia Cos
Intensidad I (A) = P /√3 U
Longitud L (m)
Sección S (mm2)
Conduc -tividad c
R = L/S
Caída de Tensión E(%)= (√3*I*Rcos*100)/U
6.500 1 400 1 9,38 40 6 56 0,24 0,97
La sección se calculará mediante dos aspectos: por densidad de corriente y por caída de tensión: Por densidad utilizaremos la tabla 1 de la ITC-BT 019. Para 9,38 A necesitamos una sección de 6 mm2 que admite 27 A, y al ser entubada, en realidad su valor queda 27 x 0,9 = 24,30 A. Por caída de tensión se determina en la tabla anterior, resultando < 5 % - LÍNEA DE ALUMBRADO EXTERIOR La calculamos para la potencia indicada en línea monofásica discurriendo por interior de los paramentos verticales e irá bajo tubo de PVC rígido con conductor de 750 V de aislamiento. La línea de alumbrado más desfavorable es la del C1 que supone 660 w.
Potencia P (w)
F Tensión U (v)
Factor de potencia Cos
Intensidad I (A) = P / U
Longitud L (m)
Sección S (mm2)
Conduc -tividad c
R = 2L/S
Caída de Tensión E(%)= (I*Rcos*100)/U
80 1 230 1 0,35 10 1,5 56 0,24 0,036
La sección se calculará mediante dos aspectos: por densidad de corriente y por caída de tensión: Por densidad utilizaremos la tabla 1 de la ITC-BT 019. Para 2,87 A necesitamos una sección de 1.5 mm2 que admite 13 A, y al ser entubada, en realidad su valor queda 13 x 0,9 = 11,7A. Por caída de tensión se determina en la tabla anterior, resultando < 3 % - LÍNEA DE ALUMBRADO La calculamos para la potencia indicada en línea monofásica discurriendo por interior de los paramentos verticales e irá bajo tubo de PVC rígido con conductor de 750 V de aislamiento. La línea de alumbrado más desfavorable es la del C1 que supone 660 w.
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Potencia P (w)
F Tensión U (v)
Factor de potencia Cos
Intensidad I (A) = P / U
Longitud L (m)
Sección S (mm2)
Conduc -tividad c
R = 2L/S
Caída de Tensión E(%)= (I*Rcos*100)/U
964 1 230 1 4,19 45 1,5 56 1,07 1,94
La sección se calculará mediante dos aspectos: por densidad de corriente y por caída de tensión: Por densidad utilizaremos la tabla 1 de la ITC-BT 019. Para 2,87 A necesitamos una sección de 1.5 mm2 que admite 13 A, y al ser entubada, en realidad su valor queda 13 x 0,9 = 11,7A. Por caída de tensión se determina en la tabla anterior, resultando < 3 % - LÍNEA DE TOMAS DE CORRIENTE 2 La calculamos para la potencia indicada en línea monofásica discurriendo por interior de los paramentos verticales e irá bajo tubo de PVC rígido con conductor de 750 V de aislamiento.
Potencia P (w)
F Tensión U (v)
Factor de potencia Cos
Intensidad I (A) = P / U
Longitud L (m)
Sección S (mm2)
Conduc -tividad c
R = 2L/S
Caída de Tensión E(%)= (I*Rcos*100)/U
1400 1 230 1 6,09 35 2,5 56 0,25 0,66
La sección se calculará mediante dos aspectos: por densidad de corriente y por caída de tensión: Por densidad utilizaremos la tabla 1 de la ITC-BT 019. Para 6,09 A necesitamos una sección de 2.5 mm2 que admite 17,5 A, y al ser entubada, en realidad su valor queda 17,5 x 0,9 = 15,75 A. Por caída de tensión se determina en la tabla anterior, resultando < 5 % - LÍNEA DE CLIMATIZACION La calculamos para la potencia indicada en línea monofásica para el A/A, discurriendo por interior de los paramentos verticales e irá bajo tubo de PVC rígido con conductor de 750 V de aislamiento.
Potencia P (w)
F Tensión U (v)
Factor de potencia Cos
Intensidad I (A) = P / U
Longitud L (m)
Sección S (mm2)
Conduc -tividad c
R = 2L/S
Caída de Tensión E(%)= (I*Rcos*100)/U
4200 1 230 1 18,26 35 6 56 0,21 1,66
La sección se calculará mediante dos aspectos: por densidad de corriente y por caída de tensión: Por densidad utilizaremos la tabla 1 de la ITC-BT 019. Para 18,26 A necesitamos una sección de 6 mm2 que admite 30 A, y al ser entubada, en realidad su valor queda 30 x 0,9 = 27 A. Por caída de tensión se determina en la tabla anterior, resultando < 5 % - DERIVACIÓN INDIVIDUAL La calculamos para la potencia indicada en línea trifásica discurriendo por interior de los paramentos verticales e irá bajo tubo de PVC rígido con conductor de 750 V de aislamiento en cobre. La potencia anteriormente calculada se eleva a 18.723 w, sumando todos los circuitos.
Potencia P (w)
F Tensión U (v)
Factor de potencia Cos
Intensidad I (A) = P /√3 U
Longitud L (m)
Sección S (mm2)
Conduc -tividad c
R = L/S
Caída de Tensión E(%)= (√3*I*Rcos*100)/U
32.812 1 415 1 45,65 6 16 56 0,013 0,25
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64
La sección se calculará mediante dos aspectos: por densidad de corriente y por caída de tensión: Por densidad utilizaremos la tabla 1 de la ITC-BT 019. Para 45,65 A necesitamos una sección de 16 mm2 que admite 59 A, y al ser entubada, en realidad su valor queda 59 x 0,9 = 53,10 A. Por caída de tensión se determina en la tabla anterior, resultando < 1,5 % C.G.M.P. Tipo 1: - TOMA 1. Compresor La calculamos para la potencia indicada en línea trifásica discurriendo por interior de los paramentos verticales e irá bajo tubo de PVC rígido con conductor de 750 V de aislamiento en cobre.
Potencia P (w)
F Tensión U (v)
Factor de potencia Cos
Intensidad I (A) = P /√3 U
Longitud L (m)
Sección S (mm2)
Conduc -tividad c
R = L/S
Caída de Tensión E(%)= (√3*I*Rcos*100)/U
2200 1 400 1 3,18 45 6 56 0,27 0,37
La sección se calculará mediante dos aspectos: por densidad de corriente y por caída de tensión: Por densidad utilizaremos la tabla 1 de la ITC-BT 019. Para 3,18 A necesitamos una sección de 6 mm2 que admite 27 A, y al ser entubada, en realidad su valor queda 27 x 0,9 = 24,30 A. Por caída de tensión se determina en la tabla anterior, resultando < 5 % - TOMA 6 La calculamos para la potencia indicada en línea monofásica discurriendo por interior de los paramentos verticales e irá bajo tubo de PVC rígido con conductor de 750 V de aislamiento.
Potencia P (w)
F Tensión U (v)
Factor de potencia Cos
Intensidad I (A) = P / U
Longitud L (m)
Sección S (mm2)
Conduc -tividad c
R = 2L/S
Caída de Tensión E(%)= (I*Rcos*100)/U
300 1 230 1 1,30 45 2,5 56 0,64 0,36
La sección se calculará mediante dos aspectos: por densidad de corriente y por caída de tensión: Por densidad utilizaremos la tabla 1 de la ITC-BT 019. Para 2,87 A necesitamos una sección de 2,5 mm2 que admite 17,5 A, y al ser entubada, en realidad su valor queda 17,5 x 0,9 = 15,75A. Por caída de tensión se determina en la tabla anterior, resultando < 5 % 2.7.4 CLIMATIZACIÓN
La instalación de climatización responde al acondicionamiento del módulo de oficinas. Para ello, se instala un sistema aire-aire de aparatos Split-pared Inverter, frío-calor mediante maquinaria de expansión directa de aire acondicionado y bomba de calor. Su finalidad es la producción de condiciones óptimas de confort y el bienestar de sus ocupantes tanto en invierno como en verano. Su ubicación es en cubierta, como se indica en los planos de climatización. El control y regulación de la instalación se hará, en los recintos tratados, mediante mando a distancia.
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65
En el cálculo y dimensionamiento del sistema de climatización se ha teniendo en cuenta el DB-HE1, DB-HE2, DB-HS3 y el RITE, tanto para el cálculo de cargas, demanda energética, caudales de ventilación y demás parámetros que sean precisos para definir completamente la instalación. El equipo elegido para cada una de los despachos está compuesto por una unidad exterior y una unidad interior, marca Mitsubishi Electric serie MSZ modelo MSZ-GE25VA, de 2.150 kcal/h capacidad máxima en condiciones normales de funcionamiento en frío y 2.752 Kcal/h en calor, y un consumo máximo de 0,545Kw en frio y 0,700Kw en calor. Este equipo consta de un circuito cargado con gas R410A, un ventilador centrífugo para evaporadora, caudal 11,3 m3/min máx, nivel de presión sonora 42 dB, accesorios de control remoto y bomba de drenaje. Los datos de cargas de las estancias acondicionadas son los siguientes:
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66
Ref. Obra: INSULA,14
Nº Oferta:
Local: Despacho 1
CONDICIONES DE CÁLCULO
Localidad:
Condiciones exteriores T (ºC) H.R. (%) Condiciones confort T (ºC) H.R. (%)Verano 40 43 Verano 25Invierno 1 55 Invierno 21
DATOS DEL LOCAL
Superficie [m2] 12 Altura [m] 2,60
Pared ext. S* [m2] k Vidrio S [m2] k fs fps Pared int. S [m2] kNorte 0,0 0,7 Norte 0,0 2,2 73% 100% 27,3 1,2
Sur 9,1 0,7 Sur 2,7 2,2 73% 100%
Este 0,0 0,7 Este 0,0 2,2 73% 100% k = [kcal/h·m2·ºC]
Oeste 0,0 0,7 Oeste 0,0 2,2 73% 100%
Techo 12,3 1,0 Horizontal 0,0 (S*) incluyendo ventanas
Nº Personas 1 Iluminación OtrosActividad Sentado, en reposo 115 W, 66% FCS Fluorescente Latente
Caudal ventilación [m3/h] (*) 37 Incandescente Sensible
(*) La entrada de aire exterior al local no está tratada
RESULTADOS
Cálculo para mes de Junio a mes de Diciembre, de hora(solar) 6 a 24 a las 13 h(solar), mes de Diciembre
Cargas Latente Sensible Total FCS
térmicas [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]Frío 401,6 1.818,7 2.220,3 82%
Calor - 1.162,9 1.162,9
Distribución Personas Otros Iluminación Pers. 0
Frío [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Otros 0Latente 35,3 0,0 0,0 Ilumin 0Sensible 68,5 0,0 138,3 Vent. 0
Ventilación Radiación Transmisión Rad. 0
[kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Trans. 0Latente 366,30 0,00 0,00Sensible 135,40 978,46 498,04
Distribución Ventilación Transm. Otros
Calor [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]
Sensible 239,6 923,2 0,0
0
[W] [W]
00
Hora/Mes
Sevilla
5040
123
Pers.
OtrosIlumin
Vent.
Rad.
Trans.
Distribución Frío
Dpto. Consultoría ambiental
67
Ref. Obra: INSULA,14
Nº Oferta:
Local: Despacho 2
CONDICIONES DE CÁLCULO
Localidad:
Condiciones exteriores T (ºC) H.R. (%) Condiciones confort T (ºC) H.R. (%)Verano 40 43 Verano 25Invierno 1 55 Invierno 21
DATOS DEL LOCAL
Superficie [m2] 10 Altura [m] 2,60
Pared ext. S* [m2] k Vidrio S [m2] k fs fps Pared int. S [m2] kNorte 0,0 0,7 Norte 0,0 2,2 73% 100% 25,5 1,2
Sur 7,3 0,7 Sur 2,2 2,2 73% 100%
Este 0,0 0,7 Este 0,0 2,2 73% 100% k = [kcal/h·m2·ºC]
Oeste 0,0 0,7 Oeste 0,0 2,2 73% 100%
Techo 9,8 1,0 Horizontal 0,0 (S*) incluyendo ventanas
Nº Personas 1 Iluminación OtrosActividad Sentado, en reposo 115 W, 66% FCS Fluorescente Latente
Caudal ventilación [m3/h] (*) 29 Incandescente Sensible
(*) La entrada de aire exterior al local no está tratada
RESULTADOS
Cálculo para mes de Junio a mes de Diciembre, de hora(solar) 6 a 24 a las 13 h(solar), mes de Diciembre
Cargas Latente Sensible Total FCS
térmicas [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]Frío 327,0 1.511,8 1.838,7 82%
Calor - 981,5 981,5
Distribución Personas Otros Iluminación Pers. 0
Frío [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Otros 0Latente 35,3 0,0 0,0 Ilumin 0Sensible 68,5 0,0 110,6 Vent. 0
Ventilación Radiación Transmisión Rad. 0
[kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Trans. 0Latente 291,65 0,00 0,00Sensible 107,81 797,26 427,54
Distribución Ventilación Transm. Otros
Calor [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]
Sensible 190,8 790,7 0,0
Sevilla
5040
[W] [W]98 0
0 0
Hora/Mes
Pers.
OtrosIlumin
Vent.
Rad.
Trans.
Distribución Frío
Dpto. Consultoría ambiental
68
Ref. Obra: INSULA,14
Nº Oferta:
Local: Despacho 3
CONDICIONES DE CÁLCULO
Localidad:
Condiciones exteriores T (ºC) H.R. (%) Condiciones confort T (ºC) H.R. (%)Verano 40 43 Verano 25Invierno 1 55 Invierno 21
DATOS DEL LOCAL
Superficie [m2] 9 Altura [m] 2,60
Pared ext. S* [m2] k Vidrio S [m2] k fs fps Pared int. S [m2] kNorte 0,0 0,7 Norte 0,0 2,2 73% 100% 25,0 1,2
Sur 6,2 0,7 Sur 1,9 2,2 73% 100%
Este 0,0 0,7 Este 0,0 2,2 73% 100% k = [kcal/h·m2·ºC]
Oeste 0,0 0,7 Oeste 0,0 2,2 73% 100%
Techo 8,6 1,0 Horizontal 0,0 (S*) incluyendo ventanas
Nº Personas 1 Iluminación OtrosActividad Sentado, en reposo 115 W, 66% FCS Fluorescente Latente
Caudal ventilación [m3/h] (*) 26 Incandescente Sensible
(*) La entrada de aire exterior al local no está tratada
RESULTADOS
Cálculo para mes de Junio a mes de Diciembre, de hora(solar) 6 a 24 a las 13 h(solar), mes de Diciembre
Cargas Latente Sensible Total FCS
térmicas [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]Frío 291,1 1.343,1 1.634,2 82%
Calor - 894,1 894,1
Distribución Personas Otros Iluminación Pers. 0
Frío [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Otros 0Latente 35,3 0,0 0,0 Ilumin 0Sensible 68,5 0,0 97,5 Vent. 0
Ventilación Radiación Transmisión Rad. 0
[kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Trans. 0Latente 255,81 0,00 0,00Sensible 94,56 688,55 393,93
Distribución Ventilación Transm. Otros
Calor [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]
Sensible 167,4 726,8 0,0
Sevilla
5040
[W] [W]86 0
0 0
Hora/Mes
Pers.
OtrosIlumin
Vent.
Rad.
Trans.
Distribución Frío
Dpto. Consultoría ambiental
69
Ref. Obra: INSULA,14
Nº Oferta:
Local: Despacho 4
CONDICIONES DE CÁLCULO
Localidad:
Condiciones exteriores T (ºC) H.R. (%) Condiciones confort T (ºC) H.R. (%)Verano 40 43 Verano 25Invierno 1 55 Invierno 21
DATOS DEL LOCAL
Superficie [m2] 9 Altura [m] 2,60
Pared ext. S* [m2] k Vidrio S [m2] k fs fps Pared int. S [m2] kNorte 0,0 0,7 Norte 0,0 2,2 73% 100% 25,5 1,2
Sur 6,8 0,7 Sur 2,0 2,2 73% 100%
Este 0,0 0,7 Este 0,0 2,2 73% 100% k = [kcal/h·m2·ºC]
Oeste 0,0 0,7 Oeste 0,0 2,2 73% 100%
Techo 9,4 1,0 Horizontal 0,0 (S*) incluyendo ventanas
Nº Personas 1 Iluminación OtrosActividad Sentado, en reposo 115 W, 66% FCS Fluorescente Latente
Caudal ventilación [m3/h] (*) 28 Incandescente Sensible
(*) La entrada de aire exterior al local no está tratada
RESULTADOS
Cálculo para mes de Junio a mes de Diciembre, de hora(solar) 6 a 24 a las 13 h(solar), mes de Diciembre
Cargas Latente Sensible Total FCS
térmicas [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]Frío 315,0 1.416,3 1.731,3 82%
Calor - 947,9 947,9
Distribución Personas Otros Iluminación Pers. 0
Frío [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Otros 0Latente 35,3 0,0 0,0 Ilumin 0Sensible 68,5 0,0 105,7 Vent. 0
Ventilación Radiación Transmisión Rad. 0
[kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Trans. 0Latente 279,70 0,00 0,00Sensible 103,39 724,78 413,89
Distribución Ventilación Transm. Otros
Calor [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]
Sensible 183,0 764,9 0,0
Sevilla
5040
[W] [W]94 0
0 0
Hora/Mes
Pers.
OtrosIlumin
Vent.
Rad.
Trans.
Distribución Frío
Dpto. Consultoría ambiental
70
Ref. Obra: INSULA,14
Nº Oferta:
Local: Despacho 5
CONDICIONES DE CÁLCULO
Localidad:
Condiciones exteriores T (ºC) H.R. (%) Condiciones confort T (ºC) H.R. (%)Verano 40 43 Verano 25Invierno 1 55 Invierno 21
DATOS DEL LOCAL
Superficie [m2] 9 Altura [m] 2,60
Pared ext. S* [m2] k Vidrio S [m2] k fs fps Pared int. S [m2] kNorte 0,0 0,7 Norte 0,0 2,2 73% 100% 32,2 1,2
Sur 0,0 0,7 Sur 0,0 2,2 73% 100%
Este 0,0 0,7 Este 0,0 2,2 73% 100% k = [kcal/h·m2·ºC]
Oeste 0,0 0,7 Oeste 0,0 2,2 73% 100%
Techo 9,4 1,0 Horizontal 0,0 (S*) incluyendo ventanas
Nº Personas 1 Iluminación OtrosActividad Sentado, en reposo 115 W, 66% FCS Fluorescente Latente
Caudal ventilación [m3/h] (*) 28 Incandescente Sensible
(*) La entrada de aire exterior al local no está tratada
RESULTADOS
Cálculo para mes de Junio a mes de Diciembre, de hora(solar) 6 a 24 a las 15 h(solar), mes de Julio
Cargas Latente Sensible Total FCS
térmicas [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]Frío 312,7 767,8 1.080,4 71%
Calor - 864,2 864,2
Distribución Personas Otros Iluminación Pers. 0
Frío [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Otros 0Latente 35,3 0,0 0,0 Ilumin 0Sensible 68,5 0,0 105,7 Vent. 0
Ventilación Radiación Transmisión Rad. 0
[kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Trans. 0Latente 277,37 0,00 0,00Sensible 127,12 0,00 466,45
Distribución Ventilación Transm. Otros
Calor [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]
Sensible 183,0 681,2 0,0
Sevilla
5040
[W] [W]94 0
0 0
Hora/Mes
Pers.
OtrosIlumin
Vent.Rad.
Trans.
Distribución Frío
Dpto. Consultoría ambiental
71
Ref. Obra: INSULA,14
Nº Oferta:
Local: Despacho 6
CONDICIONES DE CÁLCULO
Localidad:
Condiciones exteriores T (ºC) H.R. (%) Condiciones confort T (ºC) H.R. (%)Verano 40 43 Verano 25Invierno 1 55 Invierno 21
DATOS DEL LOCAL
Superficie [m2] 12 Altura [m] 2,60
Pared ext. S* [m2] k Vidrio S [m2] k fs fps Pared int. S [m2] kNorte 0,0 0,7 Norte 0,0 2,2 73% 100% 18,7 1,2
Sur 6,5 0,7 Sur 2,0 2,2 73% 100%
Este 0,0 0,7 Este 0,0 2,2 73% 100% k = [kcal/h·m2·ºC]
Oeste 12,2 0,7 Oeste 0,0 2,2 73% 100%
Techo 11,8 1,0 Horizontal 0,0 (S*) incluyendo ventanas
Nº Personas 2 Iluminación OtrosActividad Sentado, en reposo 115 W, 66% FCS Fluorescente Latente
Caudal ventilación [m3/h] (*) 35 Incandescente Sensible
(*) La entrada de aire exterior al local no está tratada
RESULTADOS
Cálculo para mes de Junio a mes de Diciembre, de hora(solar) 6 a 24 a las 13 h(solar), mes de Diciembre
Cargas Latente Sensible Total FCS
térmicas [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]Frío 422,0 1.578,6 2.000,6 79%
Calor - 1.153,0 1.153,0
Distribución Personas Otros Iluminación Pers. 0
Frío [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Otros 0Latente 70,6 0,0 0,0 Ilumin 0Sensible 137,1 0,0 132,6 Vent. 0
Ventilación Radiación Transmisión Rad. 0
[kCal/h] [kCal/h] [kCal/h] Trans. 0Latente 351,37 0,00 0,00Sensible 129,88 724,78 454,26
Distribución Ventilación Transm. Otros
Calor [kCal/h] [kCal/h] [kCal/h]
Sensible 229,9 923,1 0,0
Sevilla
5040
[W] [W]118 0
0 0
Hora/Mes
Pers.
OtrosIlumin
Vent.Rad.
Trans.
Distribución Frío
Dpto. Consultoría ambiental
72
2.7.5 CUMPLIMIENTO DEL RITE
El edificio dispone de una instalación térmica apropiada, destinada a proporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de la misma y de su equipo. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE. Los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE. Normativa a cumplir: Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, sus Instrucciones Técnicas Complementarias y sus normas UNE. R.D. 1027/07 y el R.D. 1826/2009 que modifica el R.D. 1027/07 Se adjunta ficha justificativa de dicha normativa.
Dpto. Consultoría ambiental
73
FICHA DEL REGLAMENTO DE INSTALACIONES TERMICAS EN LOS EDIFICIOS. R.D. 1027/2007, de 20 de julio.
RITE 07 ÁMBITO DE APLICACIÓN: Instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.
DATOS DE PROYECTO: OBRA: PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACION DE NAVE INDUSTRIAL EMPLAZAMIENTO: C/ INSULA, 14, P.I. LA ISLA, DOS HERMANAS (SEVILLA)
PROMOTOR: PREMONSER, S.L.
ARQUITECTO: MANUEL DE DIEGO CARO
ESPECIFICACIONES DEL PROYECTO:
Edificio de nueva planta.
Reforma por incorporación de nuevos sistemas de climatización o de producción de agua caliente sanitaria.
Reforma por modificación de los sistemas de climatización o de producción de agua caliente sanitaria existentes.
Reforma por sustitución de los sistemas generadores de frío o de calor por otros de diferentes características.
Reforma por sustitución de los sistemas generadores de frío o de calor por otros de diferentes características.
Reforma por el cambio en el tipo de energía utilizada o por la incorporación de energías renovables.
Reforma por el cambio de uso del edificio. ESPECIFICACIONES DE LA INSTALACIÓN:
A.C.S. CLIMATIZACIÓN. CALEFACCIÓN. VENTILACIÓN.
INDIVIDUAL CENTRALIZADA MIXTA
OTROS:
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA EXIGIDA:
Instalaciones de generación de frío o calor (P, potencia térmica nominal a instalar):
P>70 kW PROYECTO redactado y firmado por técnico competente (según art. 16).
70 kW>=P>=5 kW MEMORIA TÉCNICA elaborada por instalador autorizado o por técnico competente
Instalaciones de producción de agua caliente sanitaria por medio de calentadores instantáneos, acumuladores o termos eléctricos.
P*<70 kW No es preceptiva la presentación de documentación ante la Comunidad Autónoma.
*De cada uno de los aparatos por separado o la suma.
Sistemas solares consistentes en un único elemento prefabricado.
No es preceptiva la presentación de documentación ante la Comunidad Autónoma.
Dpto. Consultoría ambiental
74
EXIGENCIA DE BIENESTAR E HIGIENE (I.T. 1.1)
CONDICIONES INTERIORES
TEMP. ºC HUMEDAD RELATIVA % I.T. 1.1.4.1 PROYECTO I.T. 1.1.4.1 PROYECTO
VERANO 23 a 25 25 45 a 60 50 INVIERNO 21 a 23 21 40 a 50 40
VELOCIDAD MEDIA DEL AIRE
a) V=t/100-0.07 0,17 b) V=t/100-0.10 0,15
CALIDAD DE AIRE INTERIOR (I.T. 1.1.4.2)
Locales de edificios de viviendas, almacenes de residuos, trasteros, aparcamientos y garajes, según CTE-DB-HS3. Resto de edificios según RITE.
CAUDAL MÍNIMO DE AIRE EXTERIOR TOTAL EN EL EDIFICIO Categoría de aire int.
dm3/s,pers PROY. Decipols
PROY. Con.CO2 PROY. Unidad superf.
PROY. Dilucion PROY.
IDA 1 20 0.8 350 No aplic.
Según EN
13779
IDA 2 12.5 1.2 500 0.83
IDA 3 8 2.0 800 0.55
IDA 4 5 3.0 1200 0.28
FILTRACIÓN DE AIRE EXTE. MÍNIMO DE VENTILACIÓN
CALIDAD DE AIRE EXTERIOR
CLASE DE FILTRACIÓN
ODA 1 F6 F7 F8 F9
ODA 2 G4
ODA 3 GF
ODA 4 OTROS:
ODA 5
CATEGORÍA DE AIRE DE EXTRACCIÓN: AE1 AE2 AE3 AE4
CAUDAL DE AIRE DE EXTRACCIÓN DE LOS LOCALES DE SERVICIO: 2,99 dm3/s >2 dm3/ (s·m2)
Dpto. Consultoría ambiental
75
EXIGENCIA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA (I.T. 1.2) I.T. 1.2.4.1.2 GENERACIÓN DE CALOR Prestación
Energética Rendimientos
APARATO Marca Modelo Potencia (kW térmicos)
Características Carga al 100%
Carga al 30%
Tª agua caldera
Convencional: MITSUBISHI ELECTRIC
MSZ-GE25VA 0,70
Convencional:
Renovable:
I.T. 1.2.4.1.3 GENERACIÓN DE FRÍO Prestación Energética
Rendimientos: EER-COP
APARATO Marca Modelo Potencia (kW térmicos)
Clase: A,B,C,D,E,F,G
Carga al 100% Carga Parcial -%
Tª
Convencional: MITSUBISHI ELECTRIC
MSZ-GE25VA 0,545
Convencional:
REDES DE CONDUCTOS
USO MAT. CONDUCTO Tª IDA/RETORNO AISLAMIENTO PROTECCIÓN INTEMPERIE
MATERIAL MATERIAL
CALOR SI NO SI NO
FRIO SI NO SI NO
AISLAMIENTO EN REDES DE TUBERÍAS (I.T. 1.2.4.2.1) DIAMETRO DE CONDUCTOS ESPESOR DE
AISLAMIENTO (e) tablas 1.2.4.2.1 a 1.2.4.2.4
USO CONTÍNUO (A.C.S.) e1=e+5mm
SI NO FRIO CALOR e1=
SI NO FRIO CALOR e1=
SI NO FRIO CALOR e1=
RECUPERACIÓN DE CALOR Caudal de aire expulsado (c): m3/s
Necesita recuperación (c m3/s: NO): SI / NO X Eficiencia de la recuperación ( > tabla 2.1.5.1): % ENERGÍAS RENOVABLES Justificado según ficha CTE DB-HE4
Dpto. Consultoría ambiental
76
EXIGENCIA DE SEGURIDAD (I.T. 1.3) GENERADORES DE CALOR GENERALES
Dispone de interruptor de flujo GENERADORES CON COMBUSTIBLES NO GASEOSOS Dispone de interruptor de funcionamiento del quemador GENERADORES CON BIOCOMBUSTIBLES Dispone de interruptor de funcionamiento del sistema de combustión Dispone de un sistema de eliminación del calor residual VASO DE EXPANSIÓN INTERCAMBIADOR DE CALOR DE SEGURIDAD Dispone de válvula de seguridad conducida a sumidero. PRESIÓN DE TARADO: (1 Bar por encima de la presión de trabajo del generador) GENERADORES DE AGUA REFRIGERADA Nº DE EVAPORADORES: 6 Presostato diferencial a la salida de cada evaporador Interruptor de flujo SALAS DE MÁQUINAS No se consideran salas de máquinas los locales en los que se sitúen generadores de calor con potencia térmica nominal menor o igual a 70kW o los equipos autónomos de climatización de cualquier potencia, tanto en generación de calor como de frío, para tratamiento de aire o agua, preparados en fábrica para instalar en exteriores. CONDICIONES GENERALES
Cumplen la reglamentación establecida en el DB-SI No se accede a través de una abertura en suelo o techo. Las puertas no tienen una permeabilidad mayor de 1l/s·m2 O están en contacto con el exterior. Las dimensiones de la puerta de acceso: cm. son suficientes para permitir el movimiento y la reparación Las puertas son de fácil apertura desde el interior incluso cerradas con llave. Existe un cartel con la inscripción “SALA DE MAQUINAS” en la puerta de acceso. No existen ventilaciones a locales cerrados. Los cerramientos no permiten filtraciones de humedad Existe sistema de desagüe: por gravedad o por bombeo. El cuadro eléctrico de protección y mando está en las proximidades del acceso a la sala. Distancia a lal puerta: metros. Existe sistema de ventilación forzada
En caso afirmativo, existe interruptor del sistema en las proximidades del acceso a la sala. Distancia a la puerta: metros.
El nivel de iluminación medio de la sala es de 200 Lux con una uniformidad de 0.5 Los motores están suficientemente protegidos contra los accidentes fortuitos. La conexión entre generadores de calor y chimeneas es accesible. En el interior de la sala existen:
- Indicaciones para efectuar la parada de la instalación - El nombre, dirección y núm. de teléfono de la entidad encargada del mantenimiento - Dirección y núm. de teléfono del servicio de bomberos. - Indicación de los puestos de extinción y extintores cercanos. - Plano con esquema de principio de la instalación.
Dpto. Consultoría ambiental
77
GENERADORES DE CALOR GAS
Situación de la sala en un nivel igual o superior al 1er sótano (gases más pesados que el aire) PROYECTO:
Situación de la sala en cubierta (gases más ligeros que el aire) PROYECTO:
Comunica con el exterior. Cerramiento ext. De baja resistencia mecánica DIM. PROY.: Sup=Vlocal/100 o 1m2
No comunica con el exterior. Conducto sección equivalente a Vlocal/100 o 1m2 con relación DIM. PROY.: Ø30 entre lados L/l<3 Discurre en sentido ascendente. Desembocadura libre de obstáculos.
Existe sistema de detección de fugas. Nº de detectores(1 cada 25m2, mínimo 2): Altura de colocación (<0.2m del suelo en gases pesados. >0.5m del techo en gases más ligeros que el aire):
Existe válvula de corte.
SALAS DE MÁQUINAS DE RIESGO ALTO
Existe interruptores general y de sistema de ventilación fuera de la sala y próximo al acceso.
VENTILACIÓN SALAS DE MÁQUINAS
Sistema de ventilación (directa/forzada): . Distancia de orificio de ventilacaión a hueco practicable más próximo (>50cm): cm. Directa por orificios
Distancia de rejilla de admisión de aire al suelo (<50 cm): cm. Distancia de rejilla de expulsión de aire al techo (>30 cm): cm. Superficie de rejilla de admisión (> 5cm2 por kW de Pot. Térmica): cm2. Superficie de rejilla de expulsión (> 10*A cm2, A= area del recinto en m2): cm2.
Directa por conductos
Recorrido de conductos (<10m): m. Sección total de conductos verticales (7.5 cm2/kW): cm2. Sección total de conductos horizontales (10 cm2(kW): cm2. Altura de desembocadura de conductos de ventilación inferior (<50cm): cm.
Gases más pesados que el aire, conducto ascendente. Ventilación forzada
Caudal de ventilación de impulsión (>1.8*Pot.Nominal (kW)+10*Area (m2)) m3/h Distancia de conducto de extracc. a techo, lado opuesto impulsión (<30cm): cm. Dimensión de conducto de extracción (>10*A(m2), min. 250 cm2): cm2.
Dispone de sistema de extracción activado al sistema de detección de fugas CHIMENEAS
Dispone de preinstalación para evacuación individualizada. Evacuación por cubierta.
Potencia máxima que evacua los conductos (<400kW por conducto): 2 kW Evacuación por fachada o patio de ventilación. (Caldera estanca con potencia inferior a 70kW o producción de A.C.S. con
potencias inferior a 24.4 kW) Ventilación por patio
Sup. de patio de ventilación (>0.5*N.T. (Número total de locales). Mín. 4m2): m2.
Dpto. Consultoría ambiental
78
REDES DE TUBERÍAS
Válvula de alivio Presión de tarado (máx. presión de servicio + 0.3 Bares, siempre <presión de prueba): m2.
Dispone de válvula de seguridad El circuito dispone de dispositivo de expansión. El vaciado del circuito se realiza conducido a depósito de recogida (en el caso de aditivos peligrosos en el agua)
SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
Accesibilidad de equipos A pie. Acceso fijo. Escalera portátil. Otros:
Integración de equipos y tuberías Unidades exteriores ocultas. Patinillos.
Temperatura de unidades terminales Inferiores a 80º C. Superiores a 80 º C con protección: PRESCRIPCIONES
٠ Los equipos y materiales que se incorporen con carácter permanente al edificio llevarán el marcado CE siempre que se haya establecido su entrada en vigor, y la certificación de conformidad de los equipos y materiales se realizará mediante los procedimientos establecidos en la normativa correspondiente y según las prescripciones del artículo 18. ٠ La ejecución de las instalaciones se realizará por empresas instaladoras autorizadas, y bajo la dirección de un técnico titulado competente si la instalación ha requerido la realización de un proyecto.
٠ El instalador autorizado o el director de la instalación, en su caso, realizará los controles relativos a:
- Control de recepción en obra de los equipos y materiales.
- Control de ejecución de la instalación.
- Control de la instalación terminada. FECHA OCTUBRE DE 2019
EL ARQUITECTO Manuel de Diego Caro
Dpto. Consultoría ambiental
79
3 ORDEN DE PRELACIÓN ENTRE DOCUMENTOS DEL PROYECTO. En casos de dudas, omisiones e indefiniciones en las descripciones y ante posibles contradicciones entre los documentos o partes del proyecto, el orden de prelación a seguir será el siguiente: 1º.- Documentación gráfica. 2º.- Memoria 3º.- Presupuesto 4º.- Pliego de condiciones
4 EQUIPO TÉCNICO REDACTOR. PROPIEDAD INTELECTUAL. El presente documento es copia de su original del que es autor el arquitecto, Manuel de Diego Caro, su utilización total o parcial, así como cualquier reproducción o cesión a terceros, requerirá la previa autorización expresa de su autor, quedando en todo caso prohibida cualquier modificación unilateral del mismo. Sevilla Octubre de 2019.
El promotor Fdo: Manuel de Diego Caro
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA,
PREFABRICACION DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL
1. Cumplimiento del CTE
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla)
3. Cumplimiento del CTE
Justificación de las prestaciones del edificio por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. La justificación se realizará para las soluciones adoptadas conforme a lo indicado en el CTE. También se justificarán las prestaciones del edificio que mejoren los niveles exigidos en el CTE.
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA,
PREFABRICACION DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL
1. Cumplimiento del CTE
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla) 3. Cumplimiento del CTE DB-SE Exigencias básicas de seguridad estructural DB-SI Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior SI 2 Propagación exterior SI 3 Evacuación SI 4 Instalaciones de protección contra incendios SI 5 Intervención de bomberos SI 6 Resistencia al fuego de la estructura RSIEI Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales x DB-SUA Exigencias básicas de seguridad de utilización SU1 Seguridad frente al riesgo de caídas xSU2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento xSU3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento xSU4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada xSU5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación SU6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento SU7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento SU8 Seguridad frente al riesgo relacionado con la acción del rayo SU9 Accesibilidad x DB-HS Exigencias básicas de salubridad HS1 Protección frente a la humedad HS2 Eliminación de residuos HS3 Calidad del aire interior HS4 Suministro de agua xHS5 Evacuación de aguas residuales x DB-HR Exigencias básicas de protección frente el ruido DB-HE Exigencias básicas de ahorro de energía HE1 Limitación de demanda energética XHE2 Rendimiento de las instalaciones térmicas xHE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación xHE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria HE5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA “TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA, PREFABRICACION
DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL”
3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla)
SUA Seguridad de utilización y accesibilidad
SUA
1.1
. R
esba
ladi
cida
d de
los
suel
os
Zonas de uso Residencial Público, Sanitario, Docente, Comercial, Administrativo y Pública Concurrencia (excepto zonas ocupación nula).
(Clasificación del suelo en función de su grado de deslizamiento UNE ENV 12633:2003) DB SUA PROY
Zonas interiores secas con pendiente < 6% 1 1
Zonas interiores secas con pendiente ≥ 6% y escaleras 2 2
Zonas interiores húmedas (entrada al edificio*, terrazas cubiertas, baños, cocinas…) con pendiente < 6% 2 2
Zonas interiores húmedas (entrada al edificio*, terrazas cubiertas, baños, cocinas…) con pendiente ≥ 6% y escaleras 3
Zonas exteriores. Piscinas**. Duchas 3
* Excepto accesos directos a zonas de uso restringido ** En zonas para usuarios descalzos y fondo de vasos con profundidad ≤ 1.5 m
SUA
1.2
. Dis
cont
inui
dade
s
en e
l pav
imen
to
DB SUA PROY
Condiciones del suelo (excepto zonas de uso restringido o exteriores): - El suelo no presenta imperfecciones o irregularidades que supongan riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos.
Resaltos ≤ 4 mm 0
- Elementos salientes puntuales y de pequeña dimensión (cerraderos de puertas) - Salientes de ≥ 6 mm en sus caras enfrententadas en ángulo con el pavimento
≤ 12 mm ≤ 45º
< 12 mm < 45º
- Pendiente máxima para desniveles ≤ 50 mm ≤ 25 % - Perforaciones o huecos en suelos de zonas de circulación Ø ≤ 15 mm Altura de barreras para la delimitación de zonas de circulación ≥ 800 mm
Nº de escalones mínimo en zonas de circulación Excepto en los casos siguientes: - En zonas de uso restringido - En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda - En los accesos y en las salidas de los edificios - En el acceso a un estrado o escenario
3
Zonas de circulación de un itinerario accesible: No podrán disponerse ningún escalón
SUA
1.3
. Des
nive
les
Protección de los desniveles, huecos y aberturas
h ≥ 0,55 m Barreras de protección h ≤ 0,55 m Zonas de uso público: Señalización visual y táctil situada a ≥ 0,25 m del borde
Características de las barreras de protección
Altura de la barrera de protección: DB SUA PROYECTO
diferencias de cotas ≤ 6 m ≥ 0,90 m 0,90 m
resto de los casos ≥ 1,10 m
huecos de escaleras de anchura menor que 0,40 m ≥ 0,90 m
Medición de la altura de la barrera de protección (ver gráfico)
Resistencia y rigidez frente a fuerza horizontal de las barreras de protección (Ver apdo. 3.2.1.del Documento Básico SE-AE Acciones en la edificación)
DB SUA PROYECTO
Características constructivas de las barreras de protección (no serán fácilmente escalables por niños): - Zonas de uso Residencial Vivienda, escuelas infantiles. - Zonas de uso público en uso Comercial o Pública Concurrencia.
No existirán puntos de apoyo a una altura H (incluidos salientes sensiblemente horizontales con salientes > 5 cm). 0,30 ≥ H ≥ 0,50
No existirán salientes de superficie sensiblemente horizontal con fondo > 15 cm en altura comprendida entre 0,50 ≥ H ≥ 0,80 Limitación de las aberturas que permitan el paso de una esfera Ø ≤ 0,10 m
- Zonas de uso público en edificios de otros usos: Limitación de las aberturas que permitan el paso de una esfera Ø ≤ 0,15 m
Barreras situadas delante de una fila de asientos fijos. DB SUA 1 Apdo. 3.2.4.
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA “TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA, PREFABRICACION
DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL”
3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla)
SUA
1.4
. Esc
aler
as y
ram
pas
Escaleras de uso restringido
Escalera de trazado lineal
DB SUA PROYECTO
Ancho del tramo ≥ 0,80 m 1,00 m Altura de la contrahuella ≤ 0,20 m 0,20 m Ancho de la huella ≥ 0,22 m 0,25 m Escalera de trazado curvo
.
Mesetas partidas con peldaños a 45º
Escalones sin tabica: dimensiones según figura 4.1.
Dispondrán de barandillas en sus lados abiertos
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA “TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA, PREFABRICACION
DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL”
3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla)
SUA
1.4
. Esc
aler
as y
ram
pas
Escaleras de uso general: peldaños Tramos rectos de escalera
DB SUA PROYECTO
Huella (sin incluir proyección vertical del peldaño superior) ≥ 0,28 m Contrahuella:
- Zonas de uso público y cuando no se disponga ascensor como alternativa a la escalera 0,13 ≤ H ≤ 0,175 m - Resto de zonas 0,13 ≤ H ≤ 0,185 m Se garantizará 540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm
(H = huella, C= contrahuella) la relación se cumplirá a lo
largo de una misma escalera
Escalera con trazado curvo
DB SUA PROYECTO
Huella (sin incluir proyección vertical del peldaño superior)
H ≥ 0,28 m a 0,50 m del borde interior
H ≤ 0,44 m en el borde exterior
Contrahuella
- Zonas de uso público - y cuando no se disponga ascensor como alternativa a la escalera 0,13 ≤ H ≤ 0,175 m
- Resto de usos 0,13 ≤ H ≤ 0,185 m
Se garantizará 540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm a 500 mm de ambos extremos (H = huella, C= contrahuella)
la relación se cumplirá a lo largo de una misma escalera
Escalones sin bocel
- Escaleras previstas para evacuación ascendente y cuando no exista un itinerario accesible alternativo: Escalones con tabica vertical o formando ángulo ≤ 15º con la vertical
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA “TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA, PREFABRICACION
DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL”
3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla)
SUA
1.4
. Esc
aler
as y
ram
pas
Escaleras de uso general: tramos
DB SUA PROY
Número mínimo de peldaños por tramo (salvo excepciones apdo. 2.3) 3
Altura máxima a salvar por cada tramo
Zonas de uso público ≤ 2,25 m
Siempre que no se disponga ascensor como alternativa a la escalera
Demás casos ≤ 3,20 m
Entre dos plantas consecutivas de una escalera todos los peldaños tendrán la misma contrahuella (Entre tramos consecutivos de de plantas diferentes , no variará más de ±10 mm).
En tramos rectos todos los peldaños tendrán la misma huella
En tramos curvos (todos los peldaños tendrán la misma huella medida a lo largo de toda línea equidistante de uno de los lados de la escalera),
El radio será constante
En tramos mixtos
la huella medida en el tramo curvo ≥
huella en las partes rectas
No se permiten tramos curvos ni mixtos en: - Zonas de hospitalización y tratamientos intensivos - Escuelas infantiles y en centros de enseñanza primera o secundaria.
Anchura útil del tramo (libre de obstáculos)
Uso
Anchura útil mínima (m) en escaleras prevista para nº de personas:
≤ 25 ≤ 50 ≤ 100 > 100
Residencial vivienda, incluso escalera de comunicación con aparcamiento 1,00*
Docente con escolarización infantil o de enseñanza primaria Pública concurrencia y Comercial 0,80** 0,90** 1,00 1,10
Sanitario
Zonas pacientes internos o externos con recorridos con giros ≥ 90º 1,40
Otras zonas 1,20
Casos restantes 0,80** 0,90** 1,00 1,00
* En edificios existentes se admite reducción justificada del ancho para la instalación de ascensor. ** 1,00 m, cuando la escalera comunique con una zona accesible.
DB SUA 1 Tabla 4.1
Escaleras de uso general: mesetas Entre tramos de una escalera con la misma dirección:
- Anchura de las mesetas dispuestas ≥ anchura escalera
- Longitud de las mesetas (medida en su eje). ≥ 1,00 m
Entre tramos de una escalera con cambios de dirección: (figura 4.4)
- Anchura de las mesetas ≥ ancho escalera
- Longitud de las mesetas (medida en su eje). ≥ 1,00 m
En zonas de hospitalización o de tratamientos intensivos, la profundidad de las mesetas con giros de 180º ≥ 1,60 m
En mesetas de planta de escaleras de zonas de uso público: - Banda señalizadora visual y táctil en el arranque de los tramos, con las siguientes características: - Misma anchura que el tramo - Profundidad ≥ 0,80 m en el sentido de la marcha. - Color contrastado con el pavimento. - Relieve de acanaladura de altura 3±1 en interiores o 5±1 en exteriores - El primer peldaño se separá > 0,40 m de pasillos < 1,20 m de anchura y de puertas:
Zonas de uso público
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA “TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA, PREFABRICACION
DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL”
3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla)
SUA
1.4
. Esc
aler
as y
ram
pas
Escaleras de uso general: Pasamanos
Disposición de pasamanos continuo:
en un lado de la escalera Cuando salven altura > 0,55 m
en ambos lados de la escalera Cuando ancho > 1,20 m o no disponga de ascensor como alternativa a la escalera
Pasamanos intermedios:
Se dispondrán para ancho del tramo ≥ 4,00 m Separación de pasamanos intermedios (excepto escalinatas monumentales, que sólo precisan 1
intermedio) ≤ 4,00 m
Prolongación de pasamanos: Zonas de uso público que no dispongan de ascensor como alternativa a la escalera ≥ 0,30 m
en un lado mínimo
Uso sanitario: Pasamanos continuo incluso en mesetas. ≥ 0,30 mm en un ambos lados
Altura del pasamanos:
Altura del pasamanos 0,90 ≤ H ≤ 1,10 m
Escuelas infantiles y centros de enseñanza: altura pasamanos adicional 0,65 ≤ H ≤ 0,75 m
Configuración del pasamanos:
Será firme y fácil de asir
Separación del paramento vertical ≥ 40 mm
El sistema de sujeción no interferirá el paso continuo de la mano
SUA
1.4
. Esc
aler
as y
ram
pas
Rampas (excepto rampas en uso restringido): Pendiente: CTE PROY Rampa estándar (uso general) 4% < p ≤ 12%
Itinerario accesible
Pendiente longitudinal l < 3 m p ≤ 10% l < 6 m p ≤ 8%
resto p ≤ 6%
Pendiente transversal p ≤ 2%
Circulación de vehículos en aparcamientos también previstas para la circulación de personas y no pertenezcan a un itinerario accesible p ≤ 16%
En rampas curvas, la pendiente máxima se medirá en el lado más desfavorable.
Tramos:
Rampa estándar l ≤ 15,00 m Itinerario accesible l ≤ 9,00 m Circulación de vehículos y personas en aparcamientos No se limita
Ancho del tramo:
Ancho libre de obstáculos Ancho útil se mide entre paredes o barreras de protección
Ancho en función de DB SI y DB SUA1
tabla 4.1
Itinerario accesible Ancho mínimo a ≥ 1,2 m Tramos rectos o radio curvatura de al menos 30 m Superficie horizontal al principio y al final del tramo de longitud en la dirección de la rampa l ≥ 1,20 m
Mesetas: - Entre tramos de una misma dirección:
Ancho meseta a ≥ ancho rampa
Longitud meseta l ≥ 1,50 m - Entre tramos con cambio de dirección:
Ancho meseta (libre de obstáculos excepto apertura de zonas de ocupación nula) a ≥ ancho rampa
Separación del arranque de un tramo
a pasillos de < 1200 mm y puertas General d ≥ 0,40 m
Itinerario accesible d ≥ 1,50 m Pasamanos:
Pasamanos continuo en un lado, cuando Cuando desnivel > 0,55 m y pdte. ≥ 6%
Itinerario accesible
Pasamanos continuo en ambos lados, incluido mesetas Cuando desnivel > 0,185 m y pdte. ≥ 6%
Prolongación pasamanos en tramos de longitud > 3 m ≥ 0,30 m en un ambos lados
Bordes libres con zócalo o elemento de protección lateral de 100 mm de altura mínimo.
Altura pasamanos 0,90 m ≤h ≤1,10 m
- Itinerarios accesibles - Escuelas infantiles y centros de enseñanza primaria 0,65m ≤h ≤0,75 m
Características del pasamanos:
Firme, fácil de asir Sist. de sujeción no interfiere en el paso continuo de la mano Separación del paramento ≥ 40 mm
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Pasi
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as Pasillos escalonados de acceso a localidades en zonas de espectadores (patios de butacas, anfiteatros, graderíos, etc.)
Escalones
Contrahuellas constante
Huellas con dos dimensiones que se repitan en peldaños alternativos, para permitir el acceso a las filas de espectadores
Pasillos escalonados
Anchura de pasillos escalonados Según CTE D BSI 3 apdo. 4
SUA
1.5
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Limpieza de los acristalamientos exteriores - Edificios de uso Residencial Vivienda: Los acristalamientos a una altura > 6 m sobre la rasante exterior cumplirán: Excepto cuando sean practicables o fácilmente desmontables
Toda la superficie exterior del acristalamiento se encontrará comprendida en un radio r ≤ 0,85 m desde algún punto del borde de la zona practicable h max ≤ 1,30 m
En los acristalamientos reversibles, dispositivo de bloqueo en posición invertida
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SUA
2.1
. Im
pact
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1.1.Con elementos fijos DB SUA PROYECTO DB SUA PROYECTO
Altura libre de paso en zonas de circulación uso restringido ≥ 2,10 m 2,10 m resto de zonas ≥ 2,20 m
Altura libre en umbrales de puertas ≥ 2,00 m 2,05 m Altura de los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de circulación ≥ 2, 20 m Vuelo de los elementos que no arranquen del suelo en las zonas de circulación con respecto a las paredes en la zona
comprendida entre 0,15 y 2,20 m medidos a partir del suelo ≤ 0,15 m
Restricción de impacto de elementos volados cuya altura sea menor que 2,00 m disponiendo de elementos fijos que restrinjan el acceso hasta ellos y permitan su detección por los bastones de personas con discapacidad visual
1.2. Con elementos practicables
El barrido de la hoja de puertas laterales a vías de circulación en pasillo a < 2,50 m no lo invadirá (excepto uso restringido)
El barrido de las hojas de las puertas en pasillos a > 2,50 m no invadirá la anchura determinada
En puertas de vaivén se dispondrá de uno o varios paneles que permitan percibir la aproximación de las personas entre 0,70 m y 1,50 m mínimo
Las puertas, portones y barreras situados en zonas accesibles a las personas y utilizadas para el paso de mercancías y vehículos tendrán marcado CE Norma UNE-EN 13241- 1:2004. Su instalación, uso y mantenimiento cumplirán la UNE-EN12635:2002+A1:2009. Excepto puertas peatonales manuales de maniobra horizontal con superficie de hoja ≤ 6,25 m2 y puertas motorizadas que además tengan una anchura ≤ 2,50 m.
Las puertas peatonales automáticas tendrán marcado CE de conformidad con la Directiva 98/37/CE sobre máquinas. 1.3 Con elementos frágiles
Superficies acristaladas situadas en áreas con riesgo de impacto con barrera de protección Según SUA1, apartado 3.2
Superficies acristaladas situadas en áreas con riesgo de impacto sin barrera de protección con diferencia de cota a ambos lados de la superficie acristalada:
Valores X(Y)Z ó α(β)Φ según UNE EN 2600:2003 X Y Z Mayor que 12 m cualquiera B o C 1 Comprendida entre 0,55 m y 12 m Cualquiera B o C 1 ó 2 Menor que 0,55 m 1, 2 ó 3 B o C cualquiera
Duchas y bañeras:
Partes vidriadas de puertas y cerramientos serán de vidrio templado o laminado que resistan sin rotura con una clase de nivel de impacto 3 (valor X ó α).
Áreas con riesgo de impacto:
1.4. Impacto con elementos insuficientemente perceptibles Grandes superficies acristaladas y puertas de vidrio que no dispongan de elementos que permitan identificarlas DB SUA PROYECTO
a) Señalización visualmente contrastada: Altura inferior: 0,85 m < h < 1,10 m Altura superior: 1,50 m < h < 1,70 m
b) Travesaño situado a altura 0,85 m < h < 1,10 m c) Montantes separados a ≤ 0,60 m
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SUA
2.2
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DB SUA PROYECTO
Puerta corredera de accionamiento manual ( a= distancia hasta objeto fijo más próx) a ≥ 0,20 m
Elementos de apertura y cierre automáticos: los dispositivos de protección serás adecuados al tipo de accionamiento
SUA
3.
Apr
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o
En general:
Recintos con puertas con sistemas de bloqueo interior deben disponer de desbloqueo desde el exterior. CUMPLE
En baños y aseos, iluminación controlada desde el interior, excepto baños o aseos de viviendas. CUMPLE
DB SUA PROY
Fuerza de apertura de las puertas de salida General ≤ 140 N 140 N
Itinerarios accesibles En general ≤ 25 N 25 N Puertas resistentes al fuego ≤ 65 N
Para puertas de maniobra manual batientes/pivotantes y deslizantes con pestillos de media vuelta para peatones, se seguirá la UNE-EN 12046-2:2000
Zonas de uso público: Aseos accesibles y cabinas de vestuario accesibles Dispositivo de llamada para asistencia fácilmente accesible
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n Nivel de iluminación mínimo de la instalación de alumbrado en zonas de circulación (medido a nivel del suelo)
Iluminancia media mínima Em [lux] DB SUA PROYECTO Zona exterior 20 >20
Zona interior En general 100 >100
Aparcamientos interiores 50 Factor de uniformidad media fu ≥ 40% >40%
Zonas uso Pública Concurrencia con bajo nivel de iluminación (cines, teatros, auditorios, discotecas, etc.) Iluminación de balizamiento en rampas y cada peldaño de escaleras.
SUA
4.2
. Alu
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Dotación
Contarán con alumbrado de emergencia: recorridos de evacuación recinto con ocupación > 100 personas Aparcamientos cerrados o cubiertos con superficie construida > 100 m2 locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección locales de riesgo especial aseos generales de planta en edificios de Uso Público. lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de instalación de alumbrado las señales de seguridad Los itinerarios accesibles
Condiciones de las luminarias DB SUA PROYECTO
Altura de colocación h ≥ 2 m > 2,10 m Se dispondrá una luminaria en: cada puerta de salida señalando peligro potencial señalando emplazamiento de equipo de seguridad puertas existentes en los recorridos de evacuación escaleras, cada tramo de escaleras recibe iluminación directa en cualquier cambio de nivel en los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos Características de la instalación Será fija Dispondrá de fuente propia de energía Entrará en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación en las zonas de alumbrado DB SUA
El alumbrado de emergencia de las vías de evacuación debe alcanzar como mínimo, al cabo de 5s, el 50% del nivel de iluminación requerido y el 100% a los 60s.
Condiciones de servicio que se deben garantizar: (durante una hora desde el fallo) DB SUA PROY
Vías de evacuación de anchura ≤ 2m Iluminancia eje central ≥ 1 lux 1 lux
Iluminancia de la banda central ≥0,5 lux 0,5 lux
Vías de evacuación de anchura > 2m Pueden ser tratadas como varias bandas de anchura ≤ 2m CUMPLE
a lo largo de la línea central relación entre iluminancia máx. y mín ≤ 40:1 40:1
puntos donde estén ubicados - equipos de seguridad - instalaciones de protección contra incendios - cuadros de distribución del alumbrado
Iluminancia ≥ 5 luxes >5 luxes
Señales: valor mínimo del Índice del Rendimiento Cromático (Ra) Ra ≥ 40 >40 Iluminación de las señales de seguridad DB SUA PROY luminancia de cualquier área de color de seguridad ≥ 2 cd/m2 2 cd/m2 relación de la luminancia máxima a la mínima dentro del color blanco de seguridad ≤ 10:1 <10:1
relación entre la luminancia Lblanca y la luminancia Lcolor >10 ≥ 5:1 y ≤ 15:1 10:1
Tiempo en el que deben alcanzar el porcentaje de iluminación
≥ 50% al cabo de 5 s 5 s 100% al cabo de 60 s 60 s
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Ámbito de aplicación
Las condiciones establecidas en esta Sección son de aplicación a los graderíos de estadios, pabellones polideportivos, centros de reunión, otros edificios de uso cultural, etc. previstos para más de 3000 espectadores de pie. En todo lo relativo a las condiciones de evacuación les es también de aplicación la Sección SI 3 del Documento Básico DB-SI
SUA
6.1
. Pis
cina
s
Barreras de protección DB SUA PROY
Si no se prevé sistemas de control de acceso de niños a piscina, deberá disponer de barreras de protección. Resistencia de fuerza horizontal aplicada en borde superior 0,5 KN/m. Características constructivas de las barreras de protección
- Altura - Fuerza horizontal aplicada en el borde superior
≥ 1,20 m ≥ 0,5 kN/m
Características constructivas de las barreras de protección (no serán fácilmente escalables por niños): - Zonas de uso Residencial Vivienda, escuelas infantiles. - Zonas de uso público en uso Comercial o Pública Concurrencia.
No existirán puntos de apoyo a una altura H (incluidos salientes sensiblemente horizontales con salientes > 5 cm). 0,30≥H≥0,50
No existirán salientes de superficie sensiblemente horizontal con fondo > 15 cm en altura comprendida entre 0,50≥H≥0,80 Limitación de las aberturas que permitan el paso de una esfera Ø ≤ 0,10 m
- Zonas de uso público en edificios de otros usos: Limitación de las aberturas que permitan el paso de una esfera Ø ≤ 0,15 m
Características del vaso de la piscina:
Profundidad: DB SUA PROY
Piscina infantil p ≤ 0,50 m
Resto piscinas (incluyen zonas de profundidad < 1.400 mm). p ≤ 3,00 m Señalización en:
Puntos de profundidad > 1400 mm
Señalización de valor máximo
Señalización de valor mínimo
Ubicación de la señalización en paredes del vaso y andén Pendiente: DB SUA PROY
Piscinas infantiles pend ≤ 6%
Piscinas de recreo o polivalentes
Hasta una profundidad de 1400 mm pend ≤ 10%
Resto de zonas pend ≤ 35% Huecos:
Deberán estar protegidos mediante rejas u otro dispositivo que impida el atrapamiento.
Características del material: CTE PROY
Resbaladicidad material del fondo para zonas de profundidad ≤ 1,50 m. clase 3 Revestimiento interior del vaso color claro
Andenes:
Resbaladicidad clase 3 Anchura a ≥ 1,20 m
Construcción evitará el encharcamiento
Escaleras: (excepto piscinas infantiles)
Profundidad bajo el agua ≥ 1,00 m, o bien hasta 0,30 m por encima del suelo del vaso
Colocación
No sobresaldrán del plano de la pared del vaso.
peldaños antideslizantes carecerán de aristas vivas
se colocarán en la proximidad de los ángulos del vaso y en los
cambios de pendiente Distancia entre escaleras D < 15 m
SUA
6.2
.
Pozo
s y
depó
sito
s
Pozos y depósitos
Los pozos, depósitos, o conducciones abiertas que sean accesibles a personas y presenten riesgo de ahogamiento estarán equipados con sistemas de protección, tales como tapas o rejillas, con la suficiente rigidez y resistencia, así como con cierres que impidan su apertura por personal no autorizado.
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SUA
7. S
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mov
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Zonas de uso Aparcamiento (lo que excluye garajes de viviendas unifamiliares) y vías de circulación de vehículos en los edificios
Características constructivas
Espacio de acceso y espera: Localización en su incorporación al exterior
DB SUA PROY
Profundidad (adecuada a la longitud del tipo de vehículo) p ≥ 4,50 m
Pendiente pend ≤ 5% Recorrido de peatones previsto por la rampa de vehículos (excepto cuando esté previsto únicamente para casos de emergencia) Ancho A ≥ 0,80 m
a) Separación mediante barrera de protección con altura h ≥ 0,80 m
b) Pavimento a distinto nivel
desnivel ≤ 0,55 m Señalización visual y táctil comenzando a 0,25 m del borde como mínimo. (justificar en planos del aparcamiento y detalles).
desnivel > 0,55 m Barrera de protección h=0,90 m, según CTE DB SUA 1 apdo. 3.2. Protección de recorridos peatonales (sólo en plantas de aparcamiento > 200 vehículos o S > 5.000 m2)
Zonas con ancho diferenciado de los viales de vehículos a ≥ 0,80 m
a) Pavimento diferenciado con pinturas o relieve
b) Nivel elevado
desnivel ≤0,55 m Señalización visual y táctil comenzando a 0,25 m del borde como mínimo. (justificar en planos del aparcamiento y detalles).
desnivel > 0,55 m Barrera de protección h=0,90 m, según CTE DB SUA 1 apdo. 3.2. Señalización:
Según código de circulación
Sentido de circulación y salidas. Velocidad máxima de circulación 20 km/h. Zonas de tránsito y paso de peatones en las vías o rampas de circulación y acceso. Para transporte pesado señalización de gálibo y alturas limitadas Zonas de almacenamiento o carga y descarga señalización mediante marcas viales o pintura en pavimento
Acceso de vehículos a viales exteriores desde establecimientos de uso aparcamiento Dispositivo de alerta al conductor de
la presencia de peatones en las proximidades de dichos accesos
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SUA8 Seguridad frente al riesgo relacionado con la acción del rayo LA ADECUACIÓN AFECTA A UNA NAVE INDUSTRIAL EXISTENTE POR LO TANTO NO ES DE APLICACIÓN ESTE DOCUMENTO BÁSICO.
SUA9 Accesibilidad
SUA
9. A
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CRITERIOS DE APLICACIÓN Edificios nueva construcción Aplicar todo el DB SUA. Edificios existentes (ampliación, modificación, reforma o rehabilitación)
- Sin cambio de uso: Aplicar el DB SUA a los elementos del edificio modificados por la reforma, si supone una mejora de las condiciones de seguridad de utilización y accesibilidad. - Con cambio de uso: Aplicar todo el DB SUA. - Cambio de uso en una parte del edificio: Aplicar todo el DB SUA a dicha parte y disponer cuando sea exigible según el SUA 9, al menos un itinerario accesible que la comunique con la vía pública.
Cuando la aplicación de las condiciones del DB SUA no sea técnica o económicamente viable o, en su caso, sea incompatible con su grado de protección, se podrán aplicar aquellas soluciones alternativas (basadas en la utilización de elementos y dispositivos mecánicos capaces de cumplir la misma función) que permitan la mayor adecuación posible a dichas condiciones.
En todo caso, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones de seguridad de utilización y accesibilidad preexistentes.
En la documentación final de la obra deberá quedar constancia de aquellas limitaciones al uso del edificio que puedan ser necesarias como consecuencia del grado final de adecuación alcanzado y que deban ser tenidas en cuenta por los titulares de las actividades.
Uso Residencial Vivienda
Las condiciones de accesibilidad no son exigibles dentro de los límites de las viviendas, incluidas las unifamiliares y sus zonas interiores privativas, excepto en aquellas que deban ser accesibles.
1. CONDICIONES FUNCIONALES
1.1. Accesibilidad en el exterior del edificio
Uso Residencial Vivienda
La parcela dispondrá al menos de un itinerario accesible que comunique una entrada principal al edificio ( o bien en conjuntos de viviendas unifamiliares, una entrada a la zona privativa de cada vivienda) con: - la vía pública - las zonas comunes exteriores (aparcamientos exteriores propios del edificio, jardines, piscinas, zonas deportivas, etc.)
Otros usos La parcela dispondrá al menos de un itinerario accesible que comunique una entrada principal al edificio con: - la vía pública - las zonas comunes exteriores (aparcamientos exteriores propios del edificio, jardines, piscinas, zonas deportivas, etc.)
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1.2. Accesibilidad entre plantas del edificio
Uso Residencial Vivienda
Ascensor accesible o rampa accesible (comunicación entrada accesible con plantas*)
> 2 plantas desde entrada accesible hasta alguna vivienda o zona comunitaria
> 12 viviendas en plantas sin entrada principal accesible
En el resto de casos de viviendas en plantas no accesibles, previsión dimensional y estructural para la futura instalación de un ascensor accesible.
Las plantas con viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas dispondrán de Ascensor accesible o de rampa accesible que las comunique con las platas: - con entrada accesible al edificio - que tengan elementos asociados a dichas viviendas o zonas comunitarias (trastero o plaza de aparcamiento de la vivienda accesible, sala de comunidad, tendedero, etc.)
Otros usos Ascensor accesible o rampa accesible (comunicación entrada accesible con plantas*)
> 2 plantas* desde entrada accesible
> 200 m2 de de superficie útil **(según Anejo SI A) en plantas sin entrada accesible al edificio
Plantas con - zonas de uso público de > 100 m2 - elementos accesibles***
* Excepto plantas. ocupación nula ** Excluida la superficie de zonas de ocupación nula *** Plazas reservadas, alojamientos accesibles, etc.
Condiciones ascensor accesible
UNE EN 81-70:2004 relativa a la “Accesibilidad a los ascensores de personas, incluyendo personas con discapacidad”
Dimensiones - Con una puerta o con dos puertas enfrentadas - Con dos puertas en ángulo
superficie útil en plantas distintas a las de acceso PROY
≤ 1.000 m2 > 1.000 m2
1,00 x 1,25 m 1,10 x 1,40 m 1,40 x 1,40 m 1,40 x 1,40 m
Si es preciso ascensor de emergencia conforme a DB SI 4-1 tabla 1.1 cumplirá las características establecidas para estos en el Anejo SI A del DB SI.
Condiciones rampa accesible (obligatorias con pendiente > 4%) Pendiente: SUA PROY
Pendiente longitudinal l < 3 m p ≤ 10% l < 6 m p ≤ 8%
resto p ≤ 6% l<3 m p=10%
Pendiente transversal p ≤ 2% 0% En rampas curvas, la pendiente máxima se medirá en el lado más desfavorable Tramos: Longitud máxima de tramos l ≤ 9,00 m l=1,41 m Ancho mínimo (verificar también DB SI) a ≥ 1,20 m a=1,32 m Tramos rectos o radio curvatura de al menos 30 m Superficie horizontal al principio y al final del tramo de longitud en la dirección de la rampa l ≥ 1,20 m l=1,20 m
Mesetas:
Entre tramos de una misma dirección Ancho meseta a ≥ ancho rampa
Longitud meseta l ≥ 1,50 m
Entre tramos con cambio de dirección Ancho meseta (libre de obstáculos excepto apertura de zonas de ocupación nula)
a ≥ ancho rampa
Separación del arranque de un tramo a pasillos de < 1,20 m y puertas d ≥ 1,50 m Pasamanos:
Pasamanos continuo en ambos lados, incluido mesetas Cuando desnivel > 0,185 m y pdte.
≥ 6%
Doble pasamanos con alturas 0,90 ≤ h ≤ 1,10 m 0,65 ≤ h ≤ 0,75 m
Prolongación pasamanos en tramos de longitud > 3 m ≥ 0,30 m en ambos lados
Características del pasamanos: Firme, fácil de asir Sist. de sujeción no interfiere en el paso continuo de la mano Separación del paramento ≥ 40 mm
Borde lateral: Bordes libres con zócalo o elemento de protección lateral de 0,10 m de altura mínimo.
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1.3. Accesibilidad en las plantas del edificio
Uso Residencial Vivienda
Itinerario accesible que comunique el acceso accesible a toda planta (entrada principal accesible al edificio, ascensor accesible o previsión del mismo, rampa accesible) con: - las viviendas - zonas de uso comunitario - elementos asociados a viviendas accesibles para usuarios en sillas de ruedas situados en la misma planta (trasteros, plazas de aparcamientos accesibles, etc.)
Otros usos
Itinerario accesible que comunique en cada planta el acceso accesible a ella (entrada principal accesible al edificio, ascensor accesible, rampa accesible) con: - zonas de uso público - todo origen de evacuación de las zonas de uso privado exceptuando las zonas de ocupación nula - elementos accesibles (plazas de aparcamiento, servicios higiénicos, plazas reservadas en salones de actos, ptos. de atención accesibles, etc.)
Condiciones itinerario accesible DB SUA PROY
Desniveles - Los desniveles se salvan mediante rampa accesible (SUA 1.4) o Ascensor accesible. - No se admiten escalones.
Espacio
para giro
- En el vestíbulo de entrada o portal - Al fondo de pasillos de más de 10 m - Frente a ascensores accesibles o al espacio dejado en previsión para ellos
Ø 1,50 m libre de obstáculos
Anchura pasillos y pasos
- Anchura libre de paso - Estrechamientos puntuales de anchura ≥ 1,00 m, de longitud ≤ 0,50 m Y con separación ≥ 0,65 m a huecos de paso o a cambios de dirección
≥ 1,20 m.
≥ 1,00 m
Puertas
Anchura - Anchura libre de paso medida en el marco y aportada por no más de una hoja - Anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja de la puerta en el ángulo de máxima apertura de la puerta Espacio horizontal libre del barrido de las hojas en ambas caras de las puertas Mecanismo de apertura - Altura de mecanismos de apertura y cierre - Sistema de apertura a presión o palanca; maniobrables con una mano, o automáticos - Fuerza de apertura de las puertas de salida: En general Resistentes al fuego - Distancia desde el mecanismo de apertura hasta el encuentro en rincón
≥ 0,80 m
≥ 0,78 m Ø 1,20 m
0,80 - 1,20 m
SI ≤ 25 N ≤ 65 N ≥ 0,30 m
≥ 0,80 m
≥ 0,78 m Ø 1,20 m
0,80 - 1,20 m
SI ≤ 25 N ≤ 65 N ≥ 0,30 m
Pavimento
- No contiene piezas ni elementos sueltos, tales como gravas o arenas. - Los felpudos y moquetas están encastrados o fijados al suelo - Los suelos son resistentes a la deformación (para permitir circular elementos pesados, sillas de ruedas, etc.)
CUMPLE
Pendientes
- Pendiente longitudinal - Pendiente trasversal
≤ 4% o rampa accesible
≤ 2%
No se considera parte de un itinerario accesible a las escaleras, rampas y pasillos mecánicos, a las puertas giratorias, a las barreras tipo torno y a aquellos elementos que no sean adecuados para personas con marcapasos u otros dispositivos médicos.
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3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
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2. DOTACIÓN DE ELEMENTOS ACCESIBLES 2.1. Viviendas accesibles PROY
Edificios de Uso Residencial Vivienda
Nº de viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas y para personas con discapacidad auditiva según la reglamentación aplicable.
Condiciones vivienda accesible para usuarios en silla de ruedas DB SUA PROY
Vestíbulo Espacio para giro libre de obstáculos. Se puede invadir con el barrido de puertas, pero cumpliendo las condiciones aplicables a éstas ≥ Ø 1,50
Pasillos y pasos Anchura libre de paso Estrechamientos puntuales de anchura ≥ 1,00 m, de longitud ≤ 0,50 m y con separación ≥ 0,65 m a huecos de paso o a cambios de dirección
≥ 1,10
Estancia principal Espacio para giro libre de obstáculos considerando el amueblamiento de la estancia ≥ Ø 1,50
Dormitorios (todos los de la vivienda)
Espacio para giro libre de obstáculos considerando el amueblamiento Espacio de aproximación y transferencia en un lado de la cama Espacio de paso a los pies de la cama
≥ Ø 1,50 anchura ≥ 0,90 anchura ≥ 0,90
Cocina Espacio para giro libre de obstáculos considerando el amueblamiento
Altura de la encimera Espacio libre bajo el fregadero y la cocina, mínimo (alto x ancho x prof.)
≥ Ø 1,50 ≤ 0,85
0,70 x 0,80 x 0,60
Baño (al menos uno)
Espacio para giro libre de obstáculos ≥ Ø 1,50
Puertas cumplen las condiciones del itinerario accesible. Son abatibles hacia el exterior o correderas
Lavabo Espacio libre inferior, mínimo (altura x prof.) Altura de la cara superior
0,70 x 0,50 ≤ 0,85
Inodoro Espacio de transferencia latera a un lado Altura del asiento
Ancho ≥ 0,80 0,45 – 0,50
Ducha Espacio de transferencia lateral un lado Suelo enrasado con pendiente de evacuación ≤ 2%
Ancho ≥ 0,80
Grifería a) Automática dotada de un sistema de detección de presencia b) Manual de tipo monomando con palanca alargada tipo gerontol. Alcance horizontal desde asiento
≤ 0,60
Terraza Espacio para giro libre de obstáculos Carpintería enrasada con pavimento o con resalto cercos ≤ 5 cm
≥ Ø 1,20
Espacio exterior, jardín Dispondrá de itinerarios accesibles que permitan su uso y disfrute por usuarios de silla de ruedas
En toda la vivienda
Desniveles No se admiten escalones
Puertas
Anchura - Anchura libre de paso medida en el marco y aportada por no más de una hoja - Anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja en el ángulo de máxima apertura de la puerta
≥ 0,80
≥ 0,78
Espacio horizontal libre del barrido de las hojas en ambas caras Ø 1,20 Mecanismo de apertura - Altura de mecanismos de apertura y cierre - Funcionamiento a presión o palanca; maniobrables con una mano, o automáticos - Distancia del el mecanismo de apertura hasta rincón
0,80 - 1,20
SI
≥ 0,30
Mecanismos
Los interruptores, enchufes, válvulas y llaves de corte, cuadros eléctricos, intercomunicadores, carpintería exterior, etc. cumplirán:
Altura Elementos de mando y control Tomas de corriente o de señal
0,80 ≥ a ≥ 1,20 0,40 ≥ a ≥ 1,20
Distancia a encuentros en rincón ≥ 0,35
Accionamiento
No se admiten interruptores de giro y palanca Interruptores y los pulsadores de alarma: a) fácil accionamiento mediante puño cerrado, codo y con una mano b) de tipo automático
Contraste cromático respecto del entorno
Condiciones vivienda accesible para personas con discapacidad auditiva PROY
Dispone de avisador luminoso y sonoro de timbre para apertura de la puerta del edificio y de la vivienda visible desde todos los recintos de la vivienda, de sistema de bucle magnético y vídeo-comunicador bidireccional para apertura de la puerta del edificio
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DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL”
3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla)
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2.2. Alojamientos accesibles en uso Residencial Público (habitación de hotel, albergue, residencia de estudiantes, apartamento turístico o similar)
Nº mínimo de alojamientos accesibles
Nº total de uds. alojamiento DB SUA PROY 5 a 50 51 a 100 101 a 150 151 a 200 200 a 250 > 250
1 2 4 6 8
8 +1/50 uds o fracción
DB SUA 9 tabla 1.1
Condiciones alojamiento accesible DB SUA PROY
Todas las características de las exigibles a las viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas y personas con discapacidad auditiva, que le sean aplicables.
Sistema de alarma que transmita señales visuales visibles desde todo punto interior, incluido el aseo. 2.3. Plazas de aparcamiento accesibles Uso DB SUA PROY
Residencial Vivienda Residencial Vivienda con aparcamiento propio 1 / vivienda accesible
Otros usos (para aparcamientos de sup. Construida > 100 m2)
Residencial Público 1 / alojamiento accesible
Comercial Pública Concurrencia Aparcamientos de uso público
1 / 33 plazas aparcamiento o fracc.
Otros usos
≤ 200 plazas aparcamiento
1 / 50 plazas aparcamiento o fracc.
> 200 plazas aparcamiento
4 + 1 cada 100 plazas adicionales
En todo caso al menos 1 / plaza reservada usuarios silla ruedas
Condiciones aparcamiento accesible DB SUA PROY
Situada próxima al acceso peatonal al aparcamiento y comunicada con él mediante un itinerario accesible.
Espacio anejo de aproximación y transferencia
En batería: Espacio lateral de anchura (puede ser común a 2 plazas contiguas)
≥ 1,20 m
En línea: Espacio trasero de longitud ≥ 3,00 m 2.4. Plazas reservadas en espacios con asientos fijos DB SUA PROY
Para el público (auditorios, cines, salones de actos, espectáculos, etc.)
Nº mínimo de plazas reservadas para usuarios en silla de ruedas 1 / 100 plazas o fracción
Nº mínimo de plazas reservadas para personas con discapacidad auditiva
Espacios ≥ 50 asientos fijos (actividad con componente auditiva)
1 / 50 plazas o fracción
Zonas de espera con asientos fijos Nº mínimo de plazas reservadas para usuarios en silla de ruedas 1 / 100 asientos o
fracc.
Condiciones plazas reservadas DB SUA PROY
Plaza reservada para usuarios en silla de ruedas
Próxima al acceso y salida del recinto y comunicado con ambos mediante un itinerario accesible.
Dimensiones mínimas Aproximación frontal 0,80 x 1,20 m
Aproximación lateral 0,80 x1,50 m
Dispone de un asiento anejo para el acompañante.
Plaza reservada para personas con discapacidad auditiva Dispone de bucle de inducción o cualquier otro dispositivo de mejora acústica.
2.5. Piscinas PROY
- abiertas al público - de establecimientos de uso Residencial Público con alojamientos accesibles. - de edificios con viviendas accesibles
≥ 1 entrada al vaso mediante grúa para piscina u otro elemento adaptado*. *Se exceptúan las piscinas infantiles.
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3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
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2.6. Servicios higiénicos accesibles (cuando sean exigibles por alguna disposición legal). DB SUA PROY
Nº mínimos de aseos accesibles (pueden ser de uso compartido por ambos sexos) 1 / 10 uds. o fracción de inodoros
1
En cada vestuario 1 cabina de vestuario accesible /10 cabinas* o fracción1 aseo accesible /10 aseos o fracción 1 ducha accesible / 10 duchas o fracción
* Si el vestuario no esta distribuido en cabinas individuales, se dispondrá al menos una cabina accesible. Condiciones aseo accesible DB SUA PROY
Comunicado con un itinerario accesible si
Espacio para giro libre de obstáculos ≥ Ø 1,50 m Ø1,50m
Puertas abatibles hacia el exterior o correderas Cumplen condiciones de itinerario accesible CUMPLE
Dispone de barras de apoyo, mecanismos y accesorios diferenciados cromáticamente del entorno CUMPLE Condiciones vestuario con elementos accesible DB SUA PROY Comunicado con un itinerario accesible
Espacio de circulación
Anchura libre de paso en baterías de lavabos, duchas, vestuarios, espacios de taquillas, etc. ≥ 1,20 m
Espacio para giro libre de obstáculos ≥ Ø 1,50 m
Puertas abatibles hacia el exterior o correderas (cabinas de vestuario, aseos y duchas accesibles) Cumplen condiciones de itinerario accesible
Aseos accesibles Cumplen condiciones de los aseo accesible
Duchas accesibles
Dimensiones de la plaza de usuarios de silla de ruedas ≥ 0,80 x 1,20 m En recintos cerrados, espacio para giro libre de obstáculos ≥ Ø 1,50 m
Dispone de barras de apoyo, mecanismos, accesorios y asientos de apoyo diferenciados cromáticamente del entorno
Condiciones del equipamiento de los servicios higiénicos DB SUA PROY
Aparatos sanitarios accesibles
Lavabo
Espacio libre inferior ≥0,70 (altura) x 0,50 (profund.) CUMPLE
Sin pedestal CUMPLE Altura de la cara superior ≤ 0,85 CUMPLE
Inodoro Espacio de transferencia lateral Ancho ≥ 0,80
Fondo ≥ 0,75 CUMPLE
En uso público, espacio de transferencia a ambos lados CUMPLE
Ducha Espacio de transferencia lateral junto al asiento Ancho ≥ 0,80
Suelo enrasado con pendiente de evacuación ≤ 2%
Urinario Cuando haya más de 5 unidades, al menos uno cumplirá altura del borde
0,30 ≤ altura ≤ 0,40
Barras de apoyo
Fáciles de asir Sección circular Separación del paramento
30 ≥ Ø ≥ 40 mm 45 ≥ s ≥ 55 mm
CUMPLE
Resistencia de fijación y soporte ≥ 1 kN
en cualquier dirección
CUMPLE
Barras horizontales
Altura 0,70 ≥ a ≥ 0,75 0,70
Longitud ≥ 0,70 0,70 Abatibles las del lado de la transferencia CUMPLE
En inodoros
Una barra horizontal a cada lado. Separación entre sí
0,65 ≥ s ≥ 0,70
CUMPLE
En duchas
- En el lado del asiento, barras de apoyo horizontal de forma perimetral en al menos dos paredes que formen esquina - Una barra vertical en la pared a 60 cm de la esquina o del respaldo del asiento
Mecanismos y accesorios
Altura de uso 0,70 ≤ altura ≤ 1,20 1,00 Mecanismos de descarga a presión o palanca, con pulsadores de gran superficie CUMPLE - Grifería automática dotada de un sistema a) detección de presencia b) manual de tipo monomando con palanca alargada de tipo gerontológico. - Alcance horizontal desde asiento ≤0, 60
manual tipo monomando
0,60 Espejo a) altura del borde inferior del espejo ≤ 0,90 m b) orientable ≥ 10º sobre la vertical
CUMPLE
No se admite iluminación con temporización en cabinas de aseos y vestuarios accesibles
Asientos de apoyo en duchas y vestuarios
Asiento con respaldo abatible y con respaldo Profundidad Anchura Altura
0,40 0,40
0,45-0,50
Espacio de transferencia lateral a un lado ≥ 0,80
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3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla, Dos Hermanas (Sevilla)
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2.7. Mobiliario fijo de zonas de atención al público (ventanillas, taquillas de venta al público, mostradores de información, etc.) DB SUA PROY
a) Incluirá al menos un punto de atención accesible
b) Disposición de un punto de llamada accesible para recibir asistencia Condiciones punto de atención accesible DB SUA PROY Comunicado mediante un itinerario accesible con una entrada ppal. accesible al edificio
Plano de trabajo
Anchura Altura Espacio libre inferior mínimo
≥ 0,80 ≤ 0,85
70 x 80 x 50 cm (alto x ancho x prof.)
Si dispone de dispositivo de intercomunicación, éste está dotado con bucle de inducción u otro sistema adaptado a tal efecto
Banda señalizadora visual y táctil que señalice el itinerario accesible desde la vía pública hasta los puntos de atención accesible. - Relieve de acanaladura (paralela a la dirección de la marcha) de altura 3±1 en interiores o 5±1 en exteriores - Anchura 0,40. - Color contrastado con el pavimento.
Condiciones punto de llamada accesible PROY Comunicado mediante un itinerario accesible con una entrada ppal. accesible al edificio
Sistema intercomunicador mediante mecanismo accesible - permite la comunicación bidireccional con personas con discapacidad auditiva - con rótulo indicativo de su función
Banda señalizadora visual y táctil que señalice el itinerario accesible desde la vía pública hasta los puntos de llamada accesible. - Relieve de acanaladura (paralela a la dirección de la marcha) de altura 3±1 en interiores o 5±1 en exteriores - Anchura 0,40. - Color contrastado con el pavimento.
2.8. Mecanismos DB SUA PROY
Los interruptores, los dispositivos de intercomunicación y los pulsadores de alarma serán mecanismos accesibles *
* excepto en el interior de las viviendas y en las zonas de ocupación nula
Condiciones mecanismos accesibles DB SUA PROY
Altura Elementos de mando y control Tomas de corriente o de señal
0,80 ≥ a ≥ 1,20 0,40 ≥ a ≥ 1,20
Distancia a encuentros en rincón ≥ 0,35
Accionamiento
No se admiten interruptores de giro y palanca
Interruptores y los pulsadores de alarma: a) fácil accionamiento mediante puño cerrado, codo y con una mano b) de tipo automático
No se admite iluminación con temporización en cabinas de aseos accesibles y vestuarios accesibles Contraste cromático respecto del entorno 3. DOTACIÓN DE SEÑALIZACIÓN PARA LA ACCESIBILIDAD Elementos accesibles En zonas de uso privado En zonas de uso público PROY
Entradas al edificio accesibles Cuando existan varias entradas al edificio En todo caso Itinerarios accesibles Cuando existan varios recorridos alternativos En todo caso
Ascensores accesibles Plazas reservadas Zonas dotadas con bucle magnético u otros sistemas para personas con discap. auditiva
En todo caso En todo caso En todo caso
Plazas de aparcamiento accesibles En todo caso, excepto en uso Residencial Vivienda las vinculadas a un residente En todo caso
Servicios higiénicos accesibles (aseo accesible, ducha accesible, cabina de vestuario accesible) --- En todo caso
Servicios higiénicos de uso general --- En todo caso
Itinerario accesible que comunique la vía pública con los puntos de llamada accesibles o, en su ausencia, con los puntos de atención accesibles
--- En todo caso
Tabla 2.1 DB SUA 9. Las condiciones de señalización de los medios de evacuación se hará de acuerdo con el DB SI 3-7
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3.3. Seguridad de utilización y accesibilidad
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Características señalización DB SUA PROY
Entradas al edificio accesibles Itinerarios accesibles Plazas de aparcamiento accesibles Servicios higiénicos accesibles
Señal SIA o, en su caso, flecha direccional
Ascensores accesibles
Señal SIA
Número de planta
- En Braille y arábigo altorrelieve - En jamba derecha al salir de la cabina - Altura 0,80 – 1,20
Servicios higiénicos de uso general Pictogramas de sexo
- Normalizados - En alto relieve y contraste cromático - junto al marco, a la derecha de la puerta al entrar - Altura 0,80 - 1,20
Características y dimensiones del Símbolo Internacional de Accesibilidad para la movilidad (SIA) según UNE 41501:2002.
Recomendaciones señalización según UNE 1700002:2009 Requisitos de accesibilidad para la rotulación y UNE 1142:1990 IN Elaboración y principios para la aplicación de los pictogramas destinados a la información del público.
Sevilla a Octubre de 2019
Fdo: Manuel de Diego Caro
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3.4. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CTE DB-HS. SALUBRIDAD
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Salubridad DB-HS1 Protección frente a la humedad LA ADECUACIÓN ES INCOMPATIBLE CON ESTE APARTADO DE MUROS
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Presencia de agua baja media alta Coeficiente de permeabilidad del terreno Grado de impermeabilidad
tipo de muro de gravedad
(03) flexorresistente
(04) pantalla (05)
situación de la impermeabilización
interior exterior parcialmente
estanco (06) Condiciones de las soluciones constructivas (01) este dato se obtiene del informe geotécnico
(02) este dato se obtiene de la tabla 2.1, apartado 2.1, exigencia básica HS1, CTE
(03) Muro no armado que resiste esfuerzos principalmente de compresión. Este tipo de muro se construye después de realizado el vaciado del terreno del sótano.
(04) Muro armado que resiste esfuerzos de compresión y de flexión. Este tipo de muro se construye después de realizado el vaciado del terreno del sótano.
(05) Muro armado que resiste esfuerzos de compresión y de flexión. Este tipo de muro se construye en el terreno mediante el vaciado del terreno exclusivo del muro y el consiguiente hormigonado in situ o mediante el hincado en el terreno de piezas prefabricadas. El vaciado del terreno del sótano se realiza una vez construido el muro.
(06) muro compuesto por una hoja exterior resistente, una cámara de aire y una hoja interior. El muro no
se impermeabiliza sino que se permite el paso del agua del terreno hasta la cámara donde se recoge y se evacua.
(07) este dato se obtiene de la tabla 2.2, apartado 2.1, exigencia básica HS1, CTE LA ADECUACIÓN ES INCOMPATIBLE CON ESTE APARTADO DE SUELOS
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Presencia de agua baja media alta Coeficiente de permeabilidad del terreno - Grado de impermeabilidad - Tipo de muro de gravedad flexorresistente pantalla
Tipo de suelo suelo elevado (03) solera placa
Tipo de intervención en el terreno
sub-base inyecciones sin intervención
Condiciones de las soluciones constructivas (01) este dato se obtiene del informe geotécnico (02) este dato se obtiene de la tabla 2.3, apartado 2.2, exigencia básica HS1, CTE
(03) Suelo situado en la base del edificio en el que la relación entre la suma de la superficie de
contacto con el terreno y la de apoyo,y la superficie del suelo es inferior a 1/7.
(04) Capa gruesa de hormigón apoyada sobre el terreno, que se dispone como pavimento o
como base para un solado.
(05) solera armada para resistir mayores esfuerzos de flexión como consecuencia, entre otros,
del empuje vertical del agua freática. (06) capa de bentonita de sodio sobre hormigón de limpieza dispuesta debajo del suelo.
(07) técnica de recalce consistente en el refuerzo o consolidación de un terreno de cimentación
mediante la introducción en él a presión de un mortero de cemento fluido con el fin de que rellene loshuecos existentes.
(08) este dato se obtiene de la tabla 2.4, exigencia básica HS1, CTE
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3.4. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CTE DB-HS. SALUBRIDAD
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LA ADECUACIÓN ES INCOMPATIBLE CON ESTE APARTADO DE SUELOS
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Zona pluviométrica de promedios Altura de coronación del edificio sobre el terreno ≤ 15 m 16 – 40 m 41 – 100 m > 100 m Zona eólica A B C Clase del entorno en el que está situado el edificio E0 E1 Grado de exposición al viento V1 V2 V3 Grado de impermeabilidad 1 2 3 4 5 Revestimiento exterior si no Condiciones de las soluciones constructivas
(01) Este dato se obtiene de la figura 2.4, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE
(02) Para edificios de más de 100 m de altura y para aquellos que están próximos a un desnivel muy pronunciado, el grado de exposición al viento debe ser estudiada según lo dispuesto en el DB-SE-AE.
(03) Este dato se obtiene de la figura 2.5, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE
(04) E0 para terreno tipo I, II, III E1 para los demás casos, según la clasificación establecida en el DB-SE
- Terreno tipo I: Borde del mar o de un lago con una zona despejada de agua (en la dirección del viento)de una extensión mínima de 5 km.
- Terreno tipo II: Terreno llano sin obstáculos de envergadura. - Terreno tipo III: Zona rural con algunos obstáculos aislados tales como árboles o construcciones
de pequeñas dimensiones. - Terreno tipo IV: Zona urbana,industrial o forestal. - Terreno tipo V: Centros de grandes ciudades,con profusión de edificios en altura.
(05) Este dato se obtiene de la tabla 2.6, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE
(06) Este dato se obtiene de la tabla 2.5, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE
(07) Este dato se obtiene de la tabla 2.7, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE una vez obtenido el grado de impermeabilidad
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3.4. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CTE DB-HS. SALUBRIDAD
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla en Dos Hermanas (Sevilla)
LA ADECUACION ES INCOMPATIBLE CON EL CUMPLIMIENTO DEL APARTADO PRESENTE
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Grado de impermeabilidad Tipo de cubierta plana inclinada convencional invertida Uso
Transitable uso privado uso público deportiva vehículos
No transitable Ajardinada Condición higrotérmica Ventilada Sin ventilar Barrera contra el paso del vapor de agua barrera contra el vapor por debajo del aislante térmico ( 01) Sistema de formación de pendiente hormigón en masa mortero de arena y cemento hormigón ligero celular hormigón ligero de perlita (árido volcánico) hormigón ligero de arcilla expandida hormigón ligero de perlita expandida (EPS) hormigón ligero de picón arcilla expandida en seco placas aislantes elementos prefabricados (cerámicos, hormigón, fibrocemento) sobre
tabiquillos
chapa grecada elemento estructural (forjado, losa de hormigón)
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3.4. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CTE DB-HS. SALUBRIDAD
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla en Dos Hermanas (Sevilla)
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Pendiente (02) Aislante térmico (03) Material Capa de impermeabilización (04) Impermeabilización con materiales bituminosos y bituminosos modificados Lámina de oxiasfalto Lámina de betún modificado Impermeabilización con poli (cloruro de vinilo) plastificado (PVC) Impermeabilización con etileno propileno dieno monómero (EPDM) Impermeabilización con poliolefinas Impermeabilización con un sistema de placas Sistema de impermeabilización adherido semiadherido no adherido fijación
mecánica Cámara de aire ventilada Área efectiva total de aberturas de ventilación: Ss= Ss
= 3 > 3 Superficie total de la cubierta: Ac= Ac Capa separadora Para evitar el contacto entre materiales químicamente incompatibles Bajo el aislante térmico Bajo la capa de impermeabilización
Para evitar la adherencia entre: La impermeabilización y el elemento que sirve de soporte en sistemas no adheridos La capa de protección y la capa de impermeabilización La capa de impermeabilización y la capa de mortero, en cubiertas planas transitables con capa
de rodadura de aglomerado asfáltico vertido sobre una capa de mortero dispuesta sobre la impermeabilización
Capa separadora antipunzonante bajo la capa de protección.
Capa de protección Impermeabilización con lámina autoprotegida Capa de grava suelta (05), (06), (07) Capa de grava aglomerada con mortero (06), (07) Solado fijo (07) Baldosas recibidas con
mortero Capa de mortero Piedra natural recibida con
mortero Adoquín sobre lecho de arena Hormigón Aglomerado asfáltico Mortero filtrante Otro: Solado flotante (07) Piezas apoyadas sobre soportes (06) Baldosas sueltas con aislante térmico
incorporado Otro: Capa de rodadura (07) Aglomerado asfáltico vertido en caliente directamente sobre la impermeabilización Aglomerado asfáltico vertido sobre una capa de mortero dispuesta sobre la
impermeabilización (06) Capa de hormigón (06) Adoquinado Otro: Tierra Vegetal (06), (07), (08) Tejado Teja Pizarra Zinc Cobre Placa de
fibrocemento Perfiles
sintéticos
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3.4. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CTE DB-HS. SALUBRIDAD
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla en Dos Hermanas (Sevilla)
Aleaciones ligeras Otro: (01) Cuando se prevea que vayan a producirse condensaciones en el aislante térmico, según el cálculo
descrito en la sección HE1 del DB “Ahorro de energía”. (02) Este dato se obtiene de la tabla 2.9 y 2.10, exigencia básica HS1, CTE
(03) Según se determine en la sección HE1 del DB “Ahorro de energía
(04) Si la impermeabilización tiene una resistencia pequeña al punzonamiento estático se debe colocar una capa separadora antipunzonante entre esta y la capa de protección. Marcar en el apartado de Capas Separadoras.
(05) Solo puede emplearse en cubiertas con pendiente < 5%
(06) Es obligatorio colocar una capa separadora antipunzonante entre la capa de protección y la capa de impermeabilización. En el caso en que la capa de protección sea grava, la capa separadora será, además, filtrante para impedir el paso de áridos finos.
(07) Es obligatorio colocar una capa separadora antipunzonante entre la capa de protección y el aislante térmico. En el caso en que la capa de protección sea grava, la capa separadora será, además, filtrante para impedir el paso de áridos finos.
(08) Inmediatamente por encima de la capa separadora se dispondrá una capa drenante y sobre esta una capa filtrante.
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA “TRABAJOS DE CALDERERIA PESADA,
PREFABRICACION DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL”
3.4. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CTE DB-HS. SALUBRIDAD
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla en Dos Hermanas (Sevilla)
HS2 Recogida y evacuación de residuos NO ES DE APLICACIÓN A ADECUACION DE NAVES INDUSTRIALES YA EXISTENTES Ámbito de aplicación Edificios de viviendas de nueva construcción
Edificios y locales de nueva construcción con otros usos donde se prevea la generación de residuos
HS3 Calidad del aire interior NO ES DE APLICACIÓN A ADECUACION DE NAVES INDUSTRIALES YA EXISTENTES. LAS CONDICIONES DE VENTILACION SE RIGEN POR LAS CONDICIONES DEL RITE 2013 HS4 Suministro de agua En el apartado 2.7.2. de la memoria, se establece la instalación de fontanería prevista en la adecuación, con establecimiento de materiales, diámetros y caudales. HS5 Evacuación de aguas residuales En el apartado 2.7.1. de la memoria, se establece la instalación de saneamiento prevista en la adecuación, con establecimiento de materiales, diámetros y caudales.
Sevilla a Octubre de 2019
Fdo: Manuel de Diego Caro
Arquitecto Promotor:
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA,
PREFABRICACION DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL
3. Cumplimiento del CTE 3.5. Exigencias básicas de protección frente al ruido
Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla en Dos Hermanas. Sevilla
3.5. Exigencias básicas de protección contra el ruido. PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO DB-HR. Se desarrolla las exigencias básicas y sus soluciones en el apartado 1.9. ‘Estudio de Condiciones Acústicas’ de la Memoria principal. ÁMBITO DE APLICACIÓN. La no aplicación del DB-HR se justifica en función del punto “d” del apartado II “Ámbito de aplicación” de la introducción del documento de la normativa en cuestión, al tratarse de una adecuación en edificio existente. No obstante usamos conceptos, definiciones y fórmulas de esta norma. APLICACIÓN DE LA NBE-CA-88 Tampoco se puede aplicar la antigua NBE-CA-88, por haber sido derogada a la entrada en vigor del DB-HR
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MONTAJE INDUSTRIAL
3. Cumplimiento del CTE 3.6 Ahorro de energía
HE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla en Dos Hermanas (Sevilla) Hoja núm. 1
Ahorro de energía HE0 Limitación del consumo energético NO SE PRODUCE AMPLIACIÓN DEL EDIFICIO EXISTENTE NI ESTARÁ ABIERTA DE FORMA PERMANENTE, POR LO TANTO NO ES DE APLICACIÓN ESTE DOCUMENTO BÁSICO. HE1 Limitación de demanda energética SE APORTAN LOS RESULTADOS DEL PROGRAMA UNIFICADO LIDER-CALENER. HE2 Rendimiento de las instalaciones térmicas Los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico de susocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta exigencia se desarrolla actualmente en elvigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE. Normativa a cumplir: Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, sus Instrucciones Técnicas Complementarias y sus normas UNE. R.D. 1027/07 y el R.D. 1826/2009 que modifica el R.D. 1027/07 Se adjunta ficha justificativa de dicha normativa en el correspondiente apartado de la Memoria (Punto 2.7.5)
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA, PREFABRICACIÓN DE CONDUCTOS Y
MONTAJE INDUSTRIAL
3. Cumplimiento del CTE 3.6 Ahorro de energía
HE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación Calle Ínsula, 14, P.I. La Isla en Dos Hermanas (Sevilla) Hoja núm. 2
HE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación SE ADJUNTA CALCULO DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN DE LAS ESTANCIAS DE USO ADMINISTRATIVO Y COMUNES, NO SIENDO NECESARIA LA DE LA ZONA DE TRABAJO INDUSTRIAL.
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E3
)
Sistemas de control y regulación Sistema de encendido y apagado manual
Toda zona dispondrá, al menos, de un sistema de encendido y apagado manual, cuando no disponga de otro sistema de control, no aceptándose los sistemas de encendido y apagado en cuadros eléctricos como único sistema de control.
Sistema de encendido: detección de presencia o temporización
Las zonas de uso esporádico dispondrán de un control de encendido y apagado por sistema de detección de presencia o sistema de temporización.
Sistema de aprovechamiento de luz natural
a) Se instalarán sistemas de aprovechamiento de la luz natural, que regulen el nivel de iluminación en función del aporte de luz natural, en la primera línea paralela de luminarias situadas a una distancia inferior a 3 metros de la ventana, y en todas las situadas bajo un lucernario. Quedan excluidas de cumplir esta exigencia las zonas comunes en edificios residenciales.
zonas con cerramientos acristalados al exterior, cuando se cumplan simultáneamente lo siguiente:
θ•>65º θ ángulo desde el punto medio del acristalamiento hasta la cota máxima del edificio obstáculo, medido en grados sexagesimales. (ver figura 2.1)
T● Aw > 0,07
A
T coeficiente de transmisión luminosa del vidrio de la ventana del local, expresado en tanto por uno.
Aw área de acristalamiento de la ventana de la zona [m2].
A área total de las superficies interiores del local (suelo + techo + paredes + ventanas)[m2].
zonas con cerramientos acristalados a patios o atrios, cuando se cumplan simultáneamente lo siguiente:
Patios no cubiertos:
ai > 2 x hi ai anchura
hi distancia entre el suelo de la planta donde se encuentre la zona en estudio y la cubierta del edificio (ver figura 2.2)
Patios cubiertos por acristalamientos:
ai > (2 / Tc) x hi hi distancia entre la planta donde se encuentre el local en estudio y la cubierta del edificio (ver figura
2.3) Tc coeficiente de transmisión luminosa del vidrio de cerramiento del patio, expresado en tanto por uno.
Que se cumpla la expresión siguiente:
T● Aw > 0,07 A
T coeficiente de transmisión luminosa del vidrio de la ventana del local, expresado en tanto por uno.
Aw área de acristalamiento de la ventana de la zona [m2].
A área total de las superficies interiores del local (suelo + techo + paredes + ventanas)[m2].
PROYECTO TÉCNICO DE APERTURA DE LOCAL PARA BAR CON COCINA
3. Cumplimiento del CTE3.6 Ahorro de energía
HE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación Grupo Alcosa Comercial, 1-Local 26-28. Sevilla Hoja núm. 3
HE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria AL NO CAMBIARSE LA INSTALACIÓN GENERADORA DE AGUA CALIENTE SANITARIA, NO ES NECESARIO EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE APARTADO.
HE5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica
HE
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Ámbito de aplicación 1. Los edificios de los usos, indicados a los efectos de esta sección, en la tabla 1.1 incorporarán sistemas de
captación y transformación de energía solar por procedimientos fotovoltaicos cuando superen los límites de aplicación establecidos en dicha tabla.
Tabla 1.1 Ámbito de aplicación
Tipo de uso Límite de aplicación
Hipermercado 5.000 m2 construidos Multitienda y centros de ocio 3.000 m2 construidos Nave de almacenamiento 10.000 m2 construidos Administrativos 4.000 m2 construidos Hoteles y hostales 100 plazas Hospitales y clínicas 100 camas Pabellones de recintos feriales 10.000 m2 construidos Aplicación de la norma HE5
uso del edificio: Industrial Conforme al apartado ámbito de aplicación de la norma
HE5, si es de aplicación
HE5, no es de aplicación
Sevilla a 24 de Octubre de 2019
Fdo: Manuel de Diego Caro
Arquitecto Promotor:
Intervenciones en edificios existentes con renovación de más del 25% envolvente(independientemente de su uso), o con cambio de uso característico
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE CTE-HE0 Y HE1
IDENTIFICACIÓN DEL EDIFICIO O DE LA PARTE QUE SE VERIFICA:
OFICINA EN INSULA, 14
Dirección C/INSULA 14 - - - - -
Municipio Dos Hermanas Código Postal 41703
SevillaProvincia Comunidad Autónoma Andalucía
B4Zona climática Año construcción 1979 - 2006
Nombre del edificio
Normativa vigente (construcción / rehabilitación) CTE HE 2013
Referencia/s catastral/es 4286308TG3248N0001JD
Tipo de edificio o parte del edificio que se certifica:
Vivienda
Unifamiliar
Bloque
Bloque completo
Vivienda individual
Terciario
Edificio completo
Local
Edificio de nueva construcción Edificio Existente
DATOS DEL TÉCNICO CERTIFICADOR:
Nombre y Apellidos 27312029NNIF/NIEManuel De Diego Caro
Razón social J91336644NIFARQUIBOX SC
Domicilio Antonio Machín 52 - - - - -
Municipio Código Postal 41009Sevilla
Provincia Sevilla Comunidad Autónoma Andalucía
e-mail: [email protected] Teléfono 954358495
Titulación habilitante según normativa vigente Arquitecto
Procedimiento reconocido de calificación energética utilizado yversión:
HU CTE-HE y CEE Versión 1.0.1539.1124, de fecha9-nov-2016
Demanda energética conjunta* de calefacción y de refrigeración**
Demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración del edificio objeto
Demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración del edificio de referencia
Demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración del edificio de referencia
Demanda energética de refrigeración del edificio objeto
Demanda energética de calefacción del edificio de referencia
Demanda energética de refrigeración del edificio de referencia
24,87
10,77
32,55
14,01
**Esta aplicación únicamente permite, para el caso expuesto, la comprobación de la exigencia del punto 2 del apartado 2.2.2.1 de lasección DB-HE1.Se recuerda que otras exigencias de la sección DB-HE1 que resulten de aplicación deben asimismo verificarse, asícomo el resto de las secciones del DB-HE
20,15 26,48
Sí cumple
El técnico verificador abajo firmante certifica que ha realizado la verificación del edificio o de la parte que se verifica de
*La demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración se obtiene como suma ponderada de la demanda energética decalefacción (Dcal) y la demanda energética de refrigeración (Dref). La expresión que permite obtener la demanda energética conjuntapara edificios situados en territorio peninsular es DG = Dcal + 0,70∙Dref mientras que en territorio extrapeninsular es DG = Dcal +0,85∙Dref.
Fecha
Ref. Catastral 4286308TG3248N0001JD Página 1 de 4
24/10/2019
Firma del técnico verificador:
Anexo I. Descripción de las características energéticas del edificio.
acuerdo con el procedimiento establecido por la normativa vigente y que son ciertos los datos que figuran en el presentedocumento, y sus anexos:
Registro del Organo Territorial Competente:
Fecha 24/10/2019
Fecha
Ref. Catastral 4286308TG3248N0001JD Página 2 de 4
24/10/2019
En este apartado se describen las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones,condiciones de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación energética del edificio.
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS ENERGÉTICAS DEL EDIFICIO
1. SUPERFICIE, IMAGEN Y SITUACIÓN
120,00
Imagen del edificio Plano de situación
2. ENVOLVENTE TÉRMICA
Cerramientos opacos
Nombre Tipo Modo de obtención
Superficie habitable (m²)
Superficie(m²)
Transmitancia(W/m²K)
GRC Fachada 25,66 0,97 Usuario
GRC Fachada 55,70 0,97 Usuario
SUELO Suelo 60,00 1,48 Usuario
Nombre Tipo Modo deobtención
transmitancia
FactorSolar
Modo de obtenciónfactor solar
Huecos y lucernarios
Superficie(m²)
Transmitancia (W/m²K)
V1 Hueco 1,84 2,24 0,58 Usuario Usuario
V1 Hueco 6,61 2,24 0,58 Usuario Usuario
P1 Hueco 1,84 2,20 0,06 Usuario Usuario
P2 Hueco 1,85 2,72 0,58 Usuario Usuario
3. INSTALACIONES TÉRMICAS
4. INSTALACIÓN DE ILUMINACION
Nombre del espacio Iluminancia media (lux)Potencia instalada (W/m²) VEEI (W/m²100lux)
P01_E01 4,40 7,00 21,43
P02_E01 4,40 7,00 21,43
Fecha
Ref. Catastral 4286308TG3248N0001JD Página 3 de 4
24/10/2019
5. CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN
Espacio Perfil de usoSuperficie (m²)
P01_E01 60,00 noresidencial-12h-baja
P02_E01 60,00 noresidencial-12h-baja
Fecha
Ref. Catastral 4286308TG3248N0001JD Página 4 de 4
24/10/2019
Dpto. Consultoría ambiental
1
Accesibilidad en edificios
Ley 1/1999, de 31 de marzo, de atención a las personas con discapacidad. Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. BOJA nº 140, de 21 de julio de 2009. Corrección errores BOJA 219, de 10 noviembre de 2009.
ANEXO I
CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL Dirección General de Personas con Discapacidad
Apartados:(Página 1 de 42)
Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
BOJA nº 140, de 21 de julio de 2009 Corrección de errores. BOJA nº 219, de 10 de noviembre de 2009
DATOS GENERALES
FICHAS Y TABLAS JUSTIFICATIVAS*
* Orden de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y las instrucciones para su cumplimentación. (BOJA núm. 12, de 19 de enero).
(Página 2 de 42) ANEXO IApartados:
DATOS GENERALESDOCUMENTACIÓN
PROYECTO TÉCNICO DE ADECUACIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA TRABAJOS DE CALDERERÍA PESADA, PREFABRICACIÓN DE CONDUCTOS Y MONTAJE INDUSTRIAL
ACTUACIÓN
ADECUACIÓN DE EDIFICO EXISTENTE
ACTIVIDADES O USOS CONCURRENTES
INDUSTRIAL-FABRICACIÓN
DOTACIONES NÚMEROAforo (número de personas) 10
Número de asientosSuperficie 569,24
Accesos 1
AscensoresRampasAlojamientosNúcleos de aseosAseos aislados 2
Núcleos de duchasDuchas aisladasNúcleos de vestuariosVestuarios aisladosProbadoresPlazas de aparcamientosPlantas 2
Puestos de personas con discapacidad (sólo en el supuesto de centros de enseñanza reglada de educación especial)
LOCALIZACIÓN
C/ INSULA, 14. POLIGONO INDUSTRIAL "LA ISLA". SEVILLA
TITULARIDAD
PRIVADA
PERSONA/S PROMOTORA/S
PREMONSER S.L., con CIF: B-90.355.900
PROYECTISTA/S
ARQUIBOX ARQUITECTOS SCP. TÉCNICO REDACTOR: MANUEL DE DIEGO CARO.
(Página 3 de 42) ANEXO IApartados:
FICHAS Y TABLAS JUSTIFICATIVAS QUE SE ACOMPAÑAN
FICHA I. INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES
FICHA III. EDIFICACIONES DE VIVIENDAS
FICHA IV. VIVIENDAS RESERVADAS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
TABLA 1. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ALOJAMIENTO
TABLA 2. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO COMERCIAL
TABLA 3. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO SANITARIO
TABLA 4. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE SERVICIOS SOCIALES
TABLA 5. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES Y SOCIALES
TABLA 6. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE RESTAURACIÓN
TABLA 7. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO ADMINISTRATIVO
TABLA 8. CENTROS DE ENSEÑANZA
TABLA 9. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE TRANSPORTES
TABLA 10. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ESPECTÁCULOS
TABLA 11. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO RELIGIOSO
TABLA 12. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ACTIVIDADES RECREATIVAS
TABLA 13. GARAJES Y APARCAMIENTOS
OBSERVACIONES
En SEVILLA a 24 de OCTUBRE de 2019
Fdo.:MANUEL DE DIEGO
(Página 12 de 42) ANEXO IApartados:
CONDICIONES CONSTRUCTIVAS DE LOS MATERIALES Y DEL EQUIPAMIENTO
Descripción de los materiales utilizados
Pavimentos de itinerarios accesiblesMaterial: hormigón /GRES/TERRAZOColor: GRIS/MARRON/GEIGResbaladicidad: no procede
Pavimentos de rampasMaterial: Color: Resbaladicidad:
Pavimentos de escalerasMaterial: MARMOLColor: BEIGResbaladicidad: NO PROCEDE
Se cumplen todas las condiciones de la normativa aplicable relativas a las características de los materiales empleados y la construcción de los itinerarios accesibles en el edificio. Todos aquellos elementos de equipamiento e instalaciones del edificio (teléfonos, ascensores, escaleras mecánicas...) cuya fabricación no depende de las personas proyectistas, deberán cumplir las condiciones de diseño que serán comprobadas por la dirección facultativa de las obras, en su caso, y acreditadas por la empresa fabricante.
No se cumple alguna de las condiciones constructivas, de los materiales o del equipamiento, lo que se justifica en las observaciones de la presente Ficha justificativa integrada en el proyecto o documentación técnica.
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES*
* Orden de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y las instrucciones para su cumplimentación. (BOJA núm. 12, de 19 de enero).
Ficha II -1-
(Página 13 de 42) ANEXO IApartados:
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES ESPACIOS INTERIORES AL MISMO NIVELESPACIOS EXTERIORES. Se deberá cumplimentar en su caso, la Ficha justificativa I. Infraestructuras y urbanismo.NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICAACCESO DESDE EL EXTERIOR (Rgto. Art. 64, DB-SUA Anejo A)Un acceso principal desde el exterior cumple alguna de las siguientes condiciones (marcar la que proceda):
No hay desnivel
Desnivel Salvado con una rampa (Ver apartado “Rampas”)
Salvado por un ascensor (Ver apartado “Ascensores”)
Pasos controlados
El edificio cuenta con torniquetes, barreras o elementos de control, por lo que al menos un paso cuenta con las siguientes características:
Anchura de paso sistema tipo cuchilla, guillotina o batiente automático
-- ≥ 0,90 m
Anchura de portilla alternativa para apertura por el personal de control del edificio
-- ≥ 0,90 m
ESPACIOS PARA EL GIRO, VESTÍBULOS Y PASILLOS (Rgto. Art. 66, DB-SUA Anejo A)
VestíbulosCircunferencia libre no barrida por las puertas Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 mCircunferencia libre no barrida por las puertas frente a ascensor accesible
Ø ≥ 1,50 m --
Pasillos
Anchura libre ≥ 1,20 m ≥ 1,20 m
Estrechamientos puntuales
Longitud del estrechamiento ≤ 0,50 m ≤ 0,50 m
Ancho libre resultante ≥ 1,00 m ≥ 0,90 mSeparación a puertas o cambios de dirección ≥ 0,65 m --
Espacio de giro libre al fondo de pasillos longitud > 10 m
Ø ≥ 1,50 m --
HUECOS DE PASO (Rgto. Art. 67, DB-SUA Anejo A)
Anchura libre de paso de las puertas de entrada y huecos ≥ 0,80 m ≥ 0,80 m >=0,80 m En el ángulo de máxima apertura de la puerta, la anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja de la puerta es ≥ 0,78 m
Ángulo de apertura de las puertas -- ≥ 90º >=90ºEspacio libre horizontal a ambas caras de las puertas Ø ≥ 1,20 m Ø ≥ 1,20 m Ø>=1,20
Sistema de apertura o cierre
Altura de la manivela De 0,80 m a 1,20 m De 0,80 m a 1,00 m 1,00 mSeparación del picaporte al plano de la puerta -- 0,04 m 0,04mDistancia desde el mecanismo hasta el encuentro en rincón
≥ 0,30 m -- >=0,30 m
Puertas transparentes o acristaladas
Son de policarbonatos o metacrilatos, luna pulida templada de espesor mínimo 6 milímetros o acristalamientos laminares de seguridad.
Señalización horizontal en toda su longitud De 0,85 m a 1,10 mDe 1,50 m a 1,70 m
De 0,85 m a 1,10 mDe 1,50 m a 1,70 m CUMPLE
Ancho franja señalizadora perimetral (1) -- 0,05 m
(1)Puertas totalmente transparentes con apertura automática o que no disponen de mecanismo de accionamiento.
Puertas de dos hojas
Sin mecanismo de automatismo y coordinación, anchura de paso mínimo en una de ellas.
≥ 0,80 m ≥ 0,80 m
Puertas automáticas
Anchura libre de paso ≥ 0,80 m ≥ 0,80 m
Mecanismo de minoración de velocidad -- ≤ 0,5 m/s
VENTANAS No invaden el pasillo a una altura inferior a 2,20 m
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES ESPACIOS INTERIORES ENTRE DISTINTOS NIVELESACCESOS A LAS DISTINTAS PLANTAS O DESNIVELES (Rgto. Art.69 y 2,1d), DB-SUA 9)
El edificio, establecimiento o instalación, de titularidad de las Administraciones Públicas o sus entes instrumentales dispone, al menos, de un ascensor accesible que comunica todas las plantas de uso público o privado
El edificio, establecimiento o instalación de concurrencia pública y más de una planta dispone de un ascensor accesible que comunica las zonas de uso público.
El edificio, establecimiento o instalación, sea o no de concurrencia pública, necesita salvar más de dos plantas desde alguna entrada principal accesible al edificio hasta alguna planta que no sea de ocupación nula, y para ello dispone de ascensor accesible o rampa accesible que comunica las plantas que no sean de ocupación nula con las de entrada accesible al edificio.
Acceso a las distintas plantas
El edificio, establecimiento o instalación, sea o no de concurrencia pública, tiene más de 200 m2 de superficie útil en plantas sin entrada accesible al edificio, excluida la superficie de zonas de ocupación nula, y para ello dispone de ascensor accesible o rampa accesible que comunica las plantas que no sean de ocupación nula con las de entrada accesible al edificio
Ficha II -2-
(Página 14 de 42) ANEXO IApartados:
NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA
ESCALERAS (Rgto. art.70, DB-SUA1)
Directriz Recta(2) Curva o mixta(3)
Recta(2) Curva o mixta(3)
Altura salvada por el tramo
Uso general ≤ 3,20 m --
Uso público (1) o sin alternativa de ascensor ≤ 2,25 m --
Número mínimo de peldaños por tramo ≥ 3 Según DB-SUA
Huella ≥ 0,28 m Según DB-SUA
Contrahuella (con tabica y sin bocel)
Uso general De 0,13 m a 0,185 m Según DB-SUA
Uso público (1) o sin alternativa de ascensor De 0,13 m a 0,175 m Según DB-SUA
Relación huella / contrahuella 0,54 ≤ 2C+H≤0,70 m Según DB-SUA
En las escaleras situadas en zonas de uso público se dispondrá en el borde de las huellas un material o tira antideslizante de color contrastado, enrasada en el ángulo del peldaño y firmemente unida a éste
Ancho libre
Docente con escolarización infantil o enseñanza primaria, pública concurrencia y comercial.
Ocupación ≤ 100 ≥ 1,00 m
≥ 1,20 m ≥ 1,20 m
≤ 15º
Ocupación > 100 ≥ 1,10 m
Sanitario
Con pacientes internos o externos con recorridos que obligan a giros de 90º o mayores
≥ 1,40 m
Otras zonas ≥ 1,20 m
Resto de casos ≥ 1,00 m
Ángulo máximo de la tabica con el plano vertical ≤ 15º
Mesetas
Ancho ≥ Ancho de escalera ≥ Ancho de escalera
Fondo
Mesetas de embarque y desembarque ≥ 1,00 m ≥ 1,20 m
Mesetas intermedias (no invadidas por puertas o ventanas)
≥ 1,00 m Ø ≥ 1,20 m
Mesetas en áreas de hospitalización o de tratamientos intensivos, en las que el recorrido obligue a giros de 180º
≥ 1,60 m --
Franja señalizadora pavimento táctil direccional
Anchura = Anchura escalera = Anchura escalera
Longitud = 0,80 m ≥ 0,20 m
Distancia de la arista de peldaños a puertas o a pasillos de anchura inferior a 1,20 m ≥ 0,40 m ≥ 0,40 m
Iluminación a nivel del suelo -- ≥ 150 luxes
Pasamanos
Diámetro -- --
Altura De 0,90 m a 1,10 mDe 0,65 m a 0,75 m --
Separación entre pasamanos y paramentos ≥ 0,04 m ≥ 0,04 m
Prolongación de pasamanos en extremos (4) ≥ 0,30 m --En escaleras de ancho ≥ 4,00 m se disponen barandillas centrales con pasamanos. La separación entre pasamanos intermedios es de 4,00 m como máximo, en escaleras sometidas a flujos intensos de paso de ocupantes, como es el caso de accesos a auditorios, infraestructuras de transporte, recintos deportivos y otras instalaciones de gran ocupación. En los restantes casos, al menos uno.Las escaleras que salven una altura ≥ 0,55 m, disponen de barandillas o antepechos coronados por pasamanos.
El pasamanos es firme y fácil de asir, separado del paramento al menos 0,04 m y su sistema de sujeción no interfiere el paso continuo de la mano. Se disponen de pasamanos continuos a ambos lados y diferenciados cromáticamente de las superficies del entorno.
Entre dos plantas consecutivas de una misma escalera, todos los peldaños tienen la misma contrahuella y todos los peldaños de los tramos rectos tienen la misma huella. Entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes, la contrahuella no varía más de ±1 cm.
(1) Ver definición DB-SUA “Seguridad de utilización y accesibilidad”(2) Obligatorio en áreas de hospitalización y tratamientos intensivos, en escuelas infantiles y en centros de enseñanza primaria o secundaria.(3) En tramos curvos, la huella medirá 28 cm, como mínimo, a una distancia de 50 cm del borde interior y 44 cm, como máximo, en el borde exterior. Además, se cumplirá la relación 0,54 ≤ 2C+H≤0,70 m a 50 cm de ambos extremos. La dimensión de toda huella se medirá, en cada peldaño, según la dirección de la marcha.(4) En zonas de uso público, o que no dispongan de ascensor como alternativa, se prolondará al menos en un lado. En uso sanitario en ambos lados
RAMPAS DE ITINERARIOS ACCESIBLES (Rgto. Art. 72, DB-SUA1)
Directriz Recta o curvatura de R ≥ 30,00 m
Recta o curvatura de R ≥ 30,00 m RECTA
Anchura ≥ 1,20 m ≥ 1,20 m
Los cambios de nivel a zonas de uso y concurrencia pública o a elementos accesibles tales como plazas de aparcamientos accesibles, alojamientos accesibles, plazas reservadas, etc, cuentan con un medio accesible, rampa o ascensor, alternativo a las escaleras.
Ficha II -3-
(Página 15 de 42) ANEXO IApartados:
Tramos de longitud ≥ 3,00 m y < 6,00 m 8,00 % 8,00 %
Tramos de longitud ≥ 6,00 m 6,00 % 6,00 %
Pendiente transversal ≤ 2 % ≤ 2 %
Longitud máxima de tramo (proyección horizontal) ≤ 9,00 m ≤ 9,00 m
Mesetas
Ancho ≥ Ancho de rampa ≥ Ancho de rampa
Fondo ≥ 1,50 m ≥ 1,50 m
Espacio libre de obstáculos -- Ø ≥ 1,20 m
Fondo rampa acceso edificio -- ≥ 1,20 m
Franja señalizadora pavimento táctil direccionalAnchura = Anchura rampa = Anchura meseta
Longitud -- = 0,60 m
Distancia desde la arista de la rampa a una puerta o a pasillos de anchura inferior a 1,20 m
≥ 1,50 m --
Pasamanos
Dimensión sólido capaz -- De 0,045 m a 0,05 m
Altura De 0,90 m a 1,10 mDe 0,65 m a 0,75 m De 0,90 m a 1,10 m
Prolongación en los extremos a ambos lados (tramos ≥ 3 m) ≥ 0,30 m ≥ 0,30 m
Altura de zócalo o elemento protector lateral en bordes libres (*) ≥ 0,10 m ≥ 0,10 mEn rampas de ancho ≥ 4,00 m se disponen barandillas centrales con doble pasamanos. ( *) En desniveles ≥ 0,185 m con pendiente ≥ 6%, pasamanos a ambos lados y continuo incluyendo mesetas y un zócalo o elemento de protección lateralEl pasamanos es firme y fácil de asir, está separado del paramento al menos 0,04 m y su sistema de sujeción no interfiere el paso continuo de la mano. Se disponen de pasamanos continuos a ambos lados y diferenciados cromáticamente de las superficies del entorno.Las rampas que salvan una altura ≥ 0,55 m. disponen de barandillas o antepechos coronados por pasamanos
TAPICES RODANTES Y ESCALERAS MECÁNICAS (Rgto. Art. 71, Art.73)
Tapiz rodante
Luz libre -- ≥ 1,00 m
Pendiente -- ≤ 12 %
Prolongación de pasamanos en desembarques -- 0,45 m
Altura de los pasamanos. -- ≤ 0,90 m
Escaleras mecánicas
Luz libre -- ≥ 1,00 m
Anchura en el embarque y en el desembarque -- ≥ 1,20 m
Número de peldaños enrasados (entrada y salida)
-- ≥ 2,50
Velocidad -- ≤ 0,50 m/s
Prolongación de pasamanos en desembarques
-- ≥ 0,45 m
ASCENSORES ACCESIBLES (art 74 y DB-SUA Anejo A)
Espacio libre previo al ascensor Ø ≥ 1,50 m --
Anchura de paso puertas UNE EN 8170:2004 ≥ 0,80 m
Medidas interiores(Dimensiones mínimas)
Superficie útil en plantas distintas a las de acceso ≤ 1.000 m2
Una o dos puertas enfrentadas
1,00 X 1,25 m
1,00 X 1,25 m Dos puertas en ángulo 1,40 X 1,40 m
Superficie útil en plantas distintas a las de acceso> 1.000 m2
Una o dos puertas enfrentadas
1,00 X 1,40 m
Dos puertas en ángulo 1,40 X 1,40 m
El modelo de ascensor accesible elegido y su instalación por el instalador autorizado cumplirán las condiciones de diseño establecidas en el Reglamento, entre las que destacan:
Rellano y suelo de la cabina enrasados.
Puertas de apertura telescópica.
Situación botoneras H interior ≤ 1,20 m. H exterior ≤ 1,10 m.
Números en altorrelieve y sistema Braille. Precisión de nivelación ≤ 0,02 m. Pasamanos a una altura entre 0,80-0,90 m.En cada acceso se colocarán: indicadores luminosos y acústicos de la llegada, indicadores luminosos que señalen el sentido de desplazamiento, en las jambas el número de la planta en braille y arábigo en relieve a una altura ≤ 1,20 m. Esto último se podrá sustituir por un sintetizador de voz.
Tramos de longitud < 3,00 m 10,00 % 10,00 %
Pendiente longitudinal (proyección horizontal)
Ficha II -4-
(Página 16 de 42) ANEXO IApartados:
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES PLAZAS Y ESPACIOS RESERVADOS EN SALAS, RECINTOS Y ESPACIOS EXTERIORES O INTERIORES NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA
ESPACIOS RESERVADOS (Rgto. Art. 76, DB-SUA 9 y Anejo A)
Dotaciones. En función del uso, actividad y aforo de la edificación deberá cumplimentarse la Tabla justificativa correspondiente, con un mínimo del 1% o de 2 espacios reservados
Espacio entre filas de butacas -- ≥ 0,50 m
Espacio para personas usuarias de silla de ruedas
Aproximación frontal ≥ (0,80 x 1,20) m ≥ (0,90 x 1,20) m
Aproximación lateral ≥ (0,80 x 1,50) m ≥ (0,90 x 1,50) m
Plaza para personas con discapacidad auditiva (más de 50 asientos y actividad con componente auditivo). 1 cada 50 plazas o fracción. Disponen de sistema de mejora acústica mediante bucle de inducción magnética u otro dispositivo similar.En escenarios, estrados, etc., la diferencia de cotas entre la sala y la tarima (en su caso) se resuelve con escalera y rampa o ayuda técnica.
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DEPENDENCIAS QUE REQUIERAN CONDICIONES DE INTIMIDAD NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA
ASEO DE LOS OBLIGADOS POR NORMATIVA ESPECÍFICA (Rgto. Art. 77, DB-SUA9 y Anejo A)
Dotación mínima
Aseos aislados
1 aseo accesible por cada 10 inodoros o
fracción
1 aseo accesible ( inodoro y lavabo) 1
Núcleos de aseos
1 aseo accesible por cada 10 inodoros o
fracción
1 aseo accesible ( inodoro y lavabo)
Núcleos de aseos independientes por cada sexo --1 inodoro y 1 lavabo por
cada núcleo o 1 aseo aislado compartido
Aseos aislados y núcleos de aseos --1 inodoro y 1 lavabo por
cada núcleo o 1 aseo aislado compartido
En función del uso, actividad y aforo de la edificación, deberá cumplimentarse la Tabla justificativa correspondiente.
Puertas (1) Correderas
Abatibles hacia el exterior
(1) Cuenta con sistema que permite desbloquear cerraduras desde el exterior para casos de emergencia
Espacio libre no barrido por las puertas Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 m =1,50 m
Lavabo(sin pedestal)
Altura cara superior ≤ 0,85 m De 0,70 m a 0,80 m CUMPLE
Espacio libre inferior Altura ≥ 0,70 m De 0,70 m a 0,80 m CUMPLE
Profundidad ≥ 0,50 m -- CUMPLE
Inodoro
Espacio de trasferencia lateral (2) ≥ 0,80 m -- =0,80m
Fondo desde el paramento hasta el borde frontal ≥ 0,75 m ≥ 0,70 m = 0,75m
Altura del asiento del aparato De 0,45 m a 0,50 m De 0,45 m a 0,50 m 0,45m
Altura del pulsador (gran superficie o palanca) De 0,70 m a 1,20 m De 0,70 m a 1,20 m 0,70m
(2) En aseos de uso público, espacio de transferencia lateral a ambos lados.
Barras
Separación entre barras inodoro De 0,65 m a 0,70 m -- CUMPLE
Diámetro sección circular De 0,03 m a 0,04 m De 0,03 m a 0,04 m 0,04m
Separación al paramento u otros elementos De 0,045 m a 0,055 m ≥ 0,045 m 0,045 m
Altura de las barras De 0,70 m a 0,75 m De 0,70 m a 0,75 m 0,70 m
Longitud de las barras ≥ 0,70 m -- 0,70 m
Verticales para apoyo. Distancia medida desde el borde del inodoro hacia delante.
– = 0,30 m
Dispone de dos barras laterales junto al inodoro, siendo abatible la que posibilita la transferencia lateral. En aseos de uso público las dos.
Si existen más de cinco urinarios se dispone uno cuya altura del borde inferior está situada entre 0,30 y 0,40 m.
Grifería (3) Alcance horizontal desde el asiento -- ≤ 60 cm CUMPLE
(3) Automática o monomando con palanca alargada tipo gerontológico
Accesorios Altura de accesorios y mecanismos -- De 0,70 m a 1,20 m CUMPLE
Espejo Altura borde inferior
Orientable ≥ 10º sobre la vertical-- ≤ 0,90 m CUMPLE
Nivel de iluminación. No se admite iluminación con temporización
Ficha II -5-
(Página 17 de 42) ANEXO IApartados:
En el interior debe disponer de avisador luminoso y acústico para casos de emergencia cuando sea obligatoria la instalación de sistema de alarma. El avisador estará conectado con sistema de alarma.En zonas de uso público, debe contar con un dispositivo en el interior fácilmente accesible, mediante el cual se pueda transmitir una llamada de asistencia perceptible desde un punto de control que permita a la persona usuaria verificar que su llamada ha sido recibida, o perceptible desde un paso frecuente de personas.
VESTUARIOS, DUCHAS Y PROBADORES (Rgto. Art. 78, DB-SUA 9 y Anejo A)
Dotación mínima
Vestuarios 1 de cada 10 o fracción Al menos uno
Duchas (uso público) 1 de cada 10 o fracción Al menos uno
Probadores (uso público) 1 de cada 10 o fracción Al menos uno
En función del uso, actividad y aforo de la edificación deberá cumplimentarse la Tabla justificativa correspondiente
Vestuario y probador
Espacio libre de obstáculos Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 m
Altura de repisas y perchas -- De 0,40 m a 1,20 m
Bancos abatibles y con respaldo o adosados a pared
Anchura = 0,40 m ≥ 0,50 m
Altura De 0,45 m a 0,50 m ≤ 0,45 m
Fondo = 0,40 m ≥ 0,40 m
Acceso lateral ≥ 0,80 m ≥ 0,70 m
Duchas
Espacio libre de obstáculos Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 m
Altura de repisas y perchas -- De 0,40 m a 1,20 m
Largo ≥ 1,20 m ≥ 1,80 m
Ancho ≥ 0,80 m ≥ 1,20 m
Pendiente de evacuación de aguas -- ≤ 2%
Espacio de transferencia lateral al asiento ≥ 0,80 m De 0,80 m a 1,20 m
Altura del maneral del rociador si es manipulable -- De 0,80 m a 1,20 m
Altura de barras metálicas horizontales -- 0,75 m
Banco abatible
Anchura -- ≥ 0,50 m
Altura -- ≤ 0,45 m
Fondo -- ≥ 0,40 m
Acceso lateral ≥ 0,80 m ≥ 0,70 m
En el lado del asiento existirán barras de apoyo horizontales de forma perimetral en, al menos, dos paredes que forman esquina y una barra vertical en la pared a 0,60 metros de la esquina o del respaldo del asiento
Barras
Diámetro de la sección circular De 0,03 m a 0,04 m De 0,03 m a 0,04 m
Separación al paramento De 0,045 m a 0,055 m ≥ 0,045 m
Fuerza soportable 1,00 kN --
Altura de las barras horizontales De 0,70 m a 0,75 m De 0,70 m a 0,75 m
Longitud de las barras horizontales ≥ 0,70 m --
En el interior debe disponer de avisador luminoso y acústico para casos de emergencia cuando sea obligatoria la instalación de sistema de alarma. El avisador estará conectado con sistema de alarma.En zonas de uso público debe contar con un dispositivo en el interior fácilmente accesible, mediante el cual se pueda transmitir una llamada de asistencia perceptible desde un punto de control que permita a la persona usuaria verificar que su llamada ha sido recibida, o perceptible desde un paso frecuente de personas
DORMITORIOS Y ALOJAMIENTOS ACCESIBLES (Rgto. Art. 79, DB-SUA Anejo A)
Dotación Se deberá cumplimentar la Tabla justificativa 1. Edificios, establecimientos o instalaciones de alojamiento.
Anchura del hueco de paso en puertas(En ángulo máxima apertura reducida por grosor hoja ≥ 0,78 m) -- ≥ 0,80 m
Espacios de aproximación y circulación
Espacio aproximación y transferencia a un lado de la cama -- ≥ 0,90 m
Espacio de paso a los pies de la cama -- ≥ 0,90 m
Frontal a armarios y mobiliario -- ≥ 0,70 m
Distancia entre dos obstáculos entre los que se deba circular (elementos constructivos o mobiliario)
-- ≥ 0,80 m
Armarios empotrados
Altura de las baldas, cajones y percheros -- De 0,40 a 1,20 m
Carecen de rodapié en el umbral y su pavimento está al mismo nivel que el de la habitación
Carpintería y protecciones exteriores
Sistemas de apertura
Altura -- ≤ 1,20 m
Separación con el plano de la puerta -- ≥ 0,04 m
Distancia desde el mecanismo de apertura hasta el encuentro en rincón
-- ≥ 0,30 m
Ventanas Altura de los antepechos -- ≤ 0,60 m
Mecanismos Altura Interruptores -- De 0,80 a 1,20 m
Altura tomas de corriente o señal -- De 0,40 a 1,20 m
Ficha II -6-
(Página 18 de 42) ANEXO IApartados:
Si los alojamientos disponen de aseo, será accesible. Si no disponen de él, existirá un itinerario accesible hasta el aseo accesible exterior al alojamiento.Instalaciones complementarias:
Sistema de alarma que transmite señales visuales visibles desde todo punto interior, incluido el aseoAvisador luminoso de llamada complementario al timbreDispositivo luminoso y acústico para casos de emergencia (desde fuera)Bucle de inducción magnética
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONESEQUIPAMIENTOS Y MOBILIARIO NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA
MOBILIARIO, COMPLEMENTOS Y ELEMENTOS EN VOLADIZO (Rgto. Art. 80, DB-SUA 9 y Anejo A)
El mobiliario deberá respetar una distancia mínima entre dos obstáculos entre los que se deba circular de 0,80 mLa altura de los elementos en voladizo será ≥ 2,20 m
PUNTOS DE ATENCIÓN ACCESIBLES Y PUNTOS DE LLAMADA ACCESIBLES (Rgto. Art. 81, DB-SUA Anejo A)
Puntos de atención accesible
Mostradores de atención al público
Ancho ≥ 0,80 m ≥ 0,80 m
Altura ≤ 0,85 m De 0,70 m a 0,80 m
Hueco bajo el mostrador
Alto ≥ 0,70 m ≥ 0,70 m
Ancho ≥ 0,80 m --
Fondo ≥ 0,50 m ≥ 0,50 m
Ventanillas de atención al público
Altura de la ventanilla -- ≤ 1,10 m
Altura plano de trabajo ≤ 0,85 m --
Posee un dispositivo de intercomunicación dotado de bucle de inducción u otro sistema adaptado a tal efecto
Puntos de llamada accesible
Dispone de un sistema de intercomunicación mediante mecanismo accesible, con rótulo indicativo de su función y permite la comunicación bidireccional con personas con discapacidad auditiva
Banda señalizadora visual y táctil de color contrastado con el pavimento y anchura de 0,40 m, que señalice el itinerario accesible desde la vía pública hasta los puntos de atención y de llamada accesible
EQUIPAMIENTO COMPLEMENTARIO (Rgto. art. 82)
Se deberá cumplimentar la Ficha justificativa I. Infraestructuras y urbanismo.
MECANISMOS DE ACCIONAMIENTO Y CONTROL (Rgto. art. 83, DB-SUA Anejo A)
Altura de mecanismos de mando y control De 0,80 m a 1,20 m De 0,90 m a 1,20 m
Altura de mecanismos de corriente y señal De 0,40 m a 1,20 m --
Distancia a encuentros en rincón ≥ 0,35 m --
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES APARCAMIENTOS DE UTILIZACIÓN COLECTIVA EN ESPACIOS EXTERIORES O INTERIORES ADSCRITOS A LOS EDIFICIOSNORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA
APARCAMIENTOS (Rgto. art. 90, DB-SUA 9, Anejo A)
Dotación mínima En función del uso, actividad y aforo de la edificación se deberá cumplimentar la Tabla justificativa correspondiente
Zona de transferenciaBatería
Independiente Esp. libre lateral ≥ 1,20 m --
Compartida -- Esp. libre lateral ≥ 1,40 m
Línea Esp. libre trasero ≥ 3,00 m --
Ficha II -7-
(Página 19 de 42) ANEXO IApartados:
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES PISCINAS COLECTIVASNORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA
CONDICIONES GENERALESLa piscina debe disponer de los siguientes elementos para facilitar el acceso a los vasos a las personas con movilidad reducida:
- Grúa homologada o elevador hidráulico homologado - Escalera accesible
Escaleras accesibles en piscinas
Huella (antideslizante) -- ≥ 0,30 m
Tabica -- ≤ 0,16 m
Ancho -- ≥ 1,20 m
Pasamanos (a ambos lados)
Altura -- De 0,95 m a 1,05 m
Dimensión mayor sólido capaz -- De 0,045 m a 0,05 m
Separación hasta paramento -- ≥ 0,04 m
Separación entre pasamanos intermedios
-- ≤ 4,00 m
Rampas accesibles en piscinas de titularidad pública destinadas exclusivamente a uso recreativo.
Rampas accesibles en piscinas
Pendiente (antideslizante) -- ≤ 8 %
Anchura -- ≥ 0,90 m
Pasamanos ( a ambos lados)
Altura (doble altura) -- De 0,65 m a 0,75 mDe 0,95 m a 1,05 m
Dimensión mayor sólido capaz -- De 0,045 m a 0,05 m
Separación hasta paramento -- ≥ 0,04 m
Separación entre pasamanos intermedios -- ≤ 4,00 m
Ancho de borde perimetral de la piscina con cantos redondeados ≥ 1,20 m --
CARACTERÍSTICAS SINGULARES CONSTRUCTIVAS Y DE DISEÑO
Se disponen zonas de descanso para distancias en el mismo nivel ≥ 50,00 m, o cuando pueda darse una situación de espera.
Existen puertas de apertura automática con dispositivos sensibles de barrido vertical, provistas de un mecanismo de minoración de velocidad que no supere 0,50 m/s, dispositivos sensibles que abran en caso de atrapamiento y mecanismo manual de parada del sistema de apertura y cierre. Dispone de mecanismo manual de parada de sistema de apertura.
El espacio reservado para personas usuarias de silla de ruedas es horizontal y a nivel con los asientos, está integrado con el resto de asientos y señalizado.
Las condiciones de los espacios reservados:
Con asientos en graderío:- Se situarán próximas a los accesos plazas para personas usuarias de silla de ruedas- Estarán próximas a una comunicación de ancho ≥ 1,20 m.- Las gradas se señalizarán mediante diferenciación cromática y de textura en los bordes- Las butacas dispondrán de señalización numerológica en altorrelieve.
En cines, los espacios reservados se sitúan o en la parte central o en la superior.
Ficha II -8-
(Página 20 de 42) ANEXO IApartados:
DECLARACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA
Se cumplen todas las prescripciones de la normativa aplicable.
Se trata de una actuación a realizar en un edificio, establecimiento o instalación existente y no se puede cumplir alguna prescripción específica de lanormativa aplicable debido a las condiciones físicas del terreno o de la propia construcción o cualquier otro condicionante de tipo histórico, artístico, medioambiental o normativo, que imposibilitan el total cumplimiento las disposiciones.
En el apartado “Observaciones” de la presente Ficha justificativa se indican, concretamente y de manera motivada, los artículos o apartados de cada normativa que resultan de imposible cumplimiento y, en su caso, las soluciones que se propone adoptar. Todo ello se fundamenta en la documentación gráfica pertinente que acompaña a la memoria. En dicha documentación gráfica se localizan e identifican los parámetros o prescripciones que no se pueden cumplir, mediante las especificaciones oportunas, así como las soluciones propuestas.
En cualquier caso, aún cuando resulta inviable el cumplimiento estricto de determinados preceptos, se mejoran las condiciones de accesibilidad preexistentes, para lo cual se disponen, siempre que ha resultado posible, ayudas técnicas. Al efecto, se incluye en la memoria del proyecto, la descripción detallada de las características de las ayudas técnicas adoptadas, junto con sus detalles gráficos y las certificaciones de conformidad u homologaciones necesarias que garanticen sus condiciones de seguridad. No obstante, la imposibilidad del cumplimiento de determinadas exigencias no exime del cumplimiento del resto, de cuya consideración la presente Ficha justificativa es documento acreditativo.
OBSERVACIONES
Ficha II -9-
Proyecto Técnico de Adecuación de Nave Industrial para Trabajos de Calderería Pesada, Prefabricación de Conductos y Montaje Industrial en Dos Hermanas
(Sevilla)
Cliente: PREMONSER, S.L. B-90355900
Normativa de Obligado Cumplimiento
Dpto. Consultoría ambiental
1
INDICE
1. GENERALES
2. CODIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
2.1.- SE SEGURIDAD ESTRUCTURAL - ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN - ESTRUCTURAS ACERO - ESTRUCTURAS HORMIGÓN. - ESTRUCTURAS DE FÁBRICA - ESTRUCTURAS DE MADERA
2.2.- SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO 2.3.- SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN 2.4.- HS SALUBRIDAD 2.5.- HR PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO 2.6.- HE AHORRO DE ENERGÍA
3. INSTALACIONES
3.1.-ABASTECIMIENTO DE AGUA 3.2.-APARATOS ELEVADORES 3.3.-INSTALACIONES AUDIOVISUALES. 3.4.-CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE.
LEGIONELOSIS 3.5.- ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN 3.6.-SANEAMIENTO Y VERTIDO 3.7.-APARATOS A PRESIÓN 3.8.-COMBUSTIBLES 3.9.- ENERGÍAS RENOVABLES 3.10.- PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 3.11.- INSTALACIONES ESPECIALES.
4. PRODUCTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS
4.1 MARCADO “CE” 4.2.-CEMENTOS Y CALES 4.3.-ACEROS 4.4.-CERÁMICA
5. OBRAS
5.1.-CONTROL DE CALIDAD
5.2.-HOMOLOGACIÓN, NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN 5.3.-PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRAS 5.4.-CONTRATACIÓN
6. PROTECCIÓN
6.1.-ACCESIBILIDAD. 6.2.-MEDIO AMBIENTE
NORMATIVA AMBIENTAL NACIONAL NORMATIVA AMBIENTAL ANDALUZA AGUAS LITORALES RESIDUOS EMISIONES RADIOELÉCTRICAS CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA
6.3.-PATRIMONIO HISTÓRICO 6.4.-SEGURIDAD Y SALUD
7. OTROS
7.1.- CASILLEROS POSTALES Nomenclatura: Normativa Estatal ..................................... normal Normativa de Andalucía ....................... en cursiva Corrección de errores ................ ....... un asterisco. Modificaciones, desarrollos o disposiciones
complementarias.................... dos asteriscos.
Dpto. Consultoría ambiental
2
1. GENERALES Ley de Ordenación de la Edificación Ley 38/1999 de 5.11.99, de la Jefatura de Estado. BOE 6.11.99. Instrucción 11 de Septiembre 2000, BOE 21.09.00** Ley 24/2001, de 27.12.01, BOE 31.12.01** Ley 53/2002, de 30.12.02, BOE 31.12.02** R.D. 314/2006, de 17.03.06, BOE 28.03.06** Ley 25/2009, de 22.12.09, BOE 23.12.09** R.D. 410/2010, de 31.03.10, BOE 22.04.10** Ley 8/2013, de 26.06.13, BOE 27.06.13** Ley 9/2014, de 9.05.14, BOE 10.05.14** Ley 20/2015, de 14.07.15, BOE 15.07.15** Código Técnico de la Edificación. R.D. 314/2006, de 17.03.06, BOE 28.03.06, BOE 25.01.08* R.D. 315/2006, de 17.03.06, BOE 28.03.06** R.D. 1371/2007, de 19.10.2007, BOE 23.10.07, BOE 20.12.07 *, BOE 18.10.08 ** Orden VIV/1744/2008, de 19.06.08, BOE 19.06.08** Orden VIV/984/2009 Mº Vivienda. BOE 23.04.09, BOE 23.09.09 * R.D. 173/2010, de 19.02.2010, del Mº de Vivienda. BOE 11.03.10 ** R.D. 410/2010, de 31.03.2010, del Mº de Vivienda. BOE 22.04.10 ** Sentencia 4.05.10. BOE 30.07.2010 ** Ley 8/2013, de 26.06.13, BOE 27.06.13** Orden FOM 1635/2013, de 10.09.13, BOE 12.09.13** Orden FOM 588/2017, de 15.06.17, BOE 23.06.17** 2. CODIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN Código Técnico de la Edificación. (segun disposiciones normativas anteriores) Contenido: Parte I Parte II. Documentos Básicos. DB Registro General del Código Técnico de la Edificación. Orden VIV/1744/2008, de 9.06.08, BOE 19.06.08 2.1.- SE Seguridad Estructural CTE DB SE Seguridad Estructural. - ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN CTE DB SE-AE Acciones en la Edificación. Norma de Construcción Sismorresistente: Parte General y Edificación (NCSR-02). R.D. 997/2002, de 27.09.02, del Ministerio de Fomento. BOE 11.10.02 R.D. 637/2007, de 18.05.07, BOE 02.06.07** - ESTRUCTURAS ACERO CTE DB SE-A Acero aplicado conjuntamente con los “DB SE Seguridad Estructural” y “DB SE-AE Acciones en la Edificación”; Instrucción de Acero Estructural (EAE-2011) Real Decreto 751/2011, de 27.05.11, del Ministerio de la Presidencia. BOE 23.06.2011, BOE 23.06.12** - ESTRUCTURAS HORMIGÓN. Fabricación y empleo de elementos resistentes para pisos y cubiertas R.D. 1339/2011, de 3.10.11, BOE 14.10.11 Instrucción de hormigón estructural (EHE-08) Real Decreto 1247/2008, de 18.06.08, del Ministerio de la Presidencia. BOE 22.8.08. BOE 24.12.08* Sentencia TS 27.09.12, BOE 1.11.12** - ESTRUCTURAS DE FÁBRICA
CTE DB SE-F Fábrica, aplicado conjuntamente con los DB SE Seguridad Estructural y DB SE-AE Acciones en la Edificación - ESTRUCTURAS DE MADERA CTE DB-SE-M Estructuras de Madera, aplicado conjuntamente con los DB SE Seguridad Estructural y DB SE-AE Acciones en la Edificación 2.2.- SI Seguridad en caso de Incendio CTE DB SI Seguridad en caso de Incendio - SI 1 Propagación interior - SI 2 Propagación exterior - SI 3 Evacuación de ocupantes - SI 4 Instalaciones de protección contra incendios - SI 5 Intervención de los bomberos - SI 6 Resistencia al fuego de la estructura Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. RD 513/2017, de 22.05.17, del Mº de Economía, Industria y Competitividad. BOE 12.06.17 Reglamiento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales. R.D. 2267/2004, de 03.12.04 Mº de Industria, Turismo y Comercio. BOE 17.12.2004. BOE 05.03.05* R.D. 560/2010, de 7.05.10, BOE 22.05.10** Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y resistencia frente al fuego. (“Euroclases” de reacción y resistencia al fuego) R.D. 842/2013, de 31.10.13, del Mº de Presidencia. BOE 23.11.2013 2.3.- SU Seguridad de Utilización CTE DB SUA Seguridad de Utilización y Accesibilidad - SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas - SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de
atrapamiento - SUA 3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento - SUA 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación
inadecuada - SUA 5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con
alta ocupación - SUA 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento - SUA 7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en
movimiento - SUA 8 Seguridad frente al riesgo causado por la acción del
rayo - SUA 9 Accesibilidad 2.4.- HS Salubridad CTE DB HS Salubridad - HS 1 Protección frente a la humedad - HS 2 Recogida y evacuación de residuos - HS 3 Calidad del aire interior - HS 4 Suministro de agua - HS 5 Evacuación de aguas 2.5.- HR Protección frente al Ruido Ley del Ruido. Ley 37/2003, de 17.11.03. Jefatura del Estado. BOE 276 18/11/2003. R.D. 1513/2005, de 16.12.05 BOE 17.12.05** R.D. 1367/2007, de 19.10.07. BOE 23.10.07**. R.D.L. 8/2011, de 1.07.11, BOE 7.07.11** Sentencia 161/2014, de 7.10.14, BOE 29.10.14**
Dpto. Consultoría ambiental
3
DB-HR Protección frente al ruido Real Decreto 1371/2007, de 19.10.2007, del Mº de Vivienda. BOE 23.10.07, BOE 20.12.07*. BOE 25.01.08*. Real Decreto 1675/2008, de 17.10.08, BOE 18.10.08** Orden VIV/984/2009, de 15.04.09, BOE 23.04.09** 2.6.- HE Ahorro de Energía CTE DB HE Ahorro de energía. - HE-0 Limitación del consumo energético - HE-1 Limitación de la demanda de energía. - HE-2 Rendimiento de las instalaciones térmicas (RITE) - HE-3 Eficiencia energética de las instalaciones de ilumi-
nación. - HE-4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria. - HE-5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica. 3. INSTALACIONES ___ Procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos. Decreto 59/2005. de 01.03.07 de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. BOJA 20.06.2005. Orden 5.10.07, BOJA 23.10.07**. Decreto 9/2011, de 18.01.11, BOJA 02.02.11** Orden 5.03.2013, BOJA 11.03.2013** Resolución 9.05.2013, BOJA 5.04.2013** Resolución 16.06.2015, BOJA 24.06.2015** 3.1.-ABASTECIMIENTO DE AGUA Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimiento de agua. Orden de 28.07.74, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. BOE 02.10.74, BOE 30.10.74* Orden 20.06.75, BOE 30.06.1975** Orden 23.12.75, BOE 03.01.76** Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior Diámetro y espesor mínimo de los tubos de cobre para instalaciones interiores de suministro de agua. Resolución de 14.02.80, de la Dir. Gral. de Energía. BOE 07.03.80 Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua. D. 120/1991, de 11.06.91, de la Cª de la Presidencia. BOJA 10.09.91, D.135/1993, de 7.09.93, BOJA 21.10.1993** D. 9/2011, de 18.01.2011, BOJA 2.02.2011** D. 327/2012, de 10.07.2012, BOJA 13.07.2012** Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, Mº de la Presidencia. BOE 21.02.2003. BOE 4.03.03*. Orden SCO/1591/2005, de 30.05, BOE 2.06.05** Orden SCO/778/2009, de 17.03.09, BOE 31.03.09** R.D. 1120/2012, de 20.07.12, BOE 29.08.12** Orden SSI/304/2013, de 19.02.13, BOE 27.02.13** R.D. 742/2013, de 27.09.13, BOE 11.10.13** Orden DEF/2150/2013, de 11.11.13, BOE 19.11.13** Real Decreto 314/2016, de 29.07.16, BOE 30.07.16** 3.2.-APARATOS ELEVADORES Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos R.D. 2291/1985, de 08.11.85, BOE 11.12.85 R.D. 1314/1997, de 1.08.97, BOE 30.09.97** R.D.560/2010, de 07.05.10, BOE 22.05.10** R.D.88/2013, de 8.02.13, BOE 22.02.13
Prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente R.D. 57/2005, de 21.01.05, BOE 4.02.05 R.D. 88/2013, de 08.02.13, BOE 22.02.13 Requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores. Real Decreto 203/2016, de 20.02.2016, Mº de Industria, Energía y Turismo. BOE 25.05.2016 Regulación de la aplicación del reglamento de aparatos de elevación y su manutención en la comunidad autónoma andaluza. Orden de 14.11.86 de la Cª de Fomento y Turismo. BOJA 25.11.86 Aplicación de la Directiva del Consejo de las C.E. 84/528/CEE, sobre aparatos elevadores y de manejo mecánico. (Directiva 84/528/CE derogada por Directiva 95/16, de 29 de Junio) R.D 474/1988, de 30.03.88, del Mº de Industria y Energía. BOE 20.05.88 Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior Instalación de ascensores sin cuarto de máquinas. Res. de 3.04.97 de la Dir. Gral. de Tecnología y Seguridad Industrial BOE 23.04.97. BOE 23.05.97* Regulación de la obligatoriedad de instalación de puertas de cabina, así como de otros dispositivos complementarios de seguridad en los ascensores existentes D.178/1998 de 16.09.98, BOJA 24.10.98 D. 274/1998, de 15.12.98, BOJA 20.05.00** D. 180/2001, de 24.07.01, BOJA 18.09.01** Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-MIE-AEM1 Ascensores Orden 23.09.1987 del Mº de Industria y Energía BOE 6.10.1987 BOE 12.05.88* Orden 11.10.88, BOE 21.10.88** Orden 25.07.91, BOE 11.09.91** R.D. 88/2013, de 08.02.13, BOE 22.02.13 Prescripciones técnicas no previstas en MIE AEM I del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención Resolución de 27.04.92 BOE 15.05.92 ITC-MIE-AEM-2, del Reglamento de Aparatos de elevación y manutención referente a grúas torre desmontables para obra u otras aplicaciones. R.D. 836/2003 de 27.06.03, del Mº de Ciencia y Tecnología. BOE 17.07.03. BOE 23.01.04* R.D. 560/2010, de 7.05.10, BOE 22.05.10 ITC-MIE-AEM-3, referente a carretillas automotoras de manutención. Orden de 26.05.89, del Mº de Industria y Energía. BOE 09.06.89 ITC-MIE-AEM-4 del Reglamento de Aparatos de elevación y manutención referente a grúas móviles autopropulsadas. R.D. 837/2003 de 27.06.03, del Mº de Ciencia y Tecnología. BOE 17.07.03. R.D. 560/2010, de 7.05.10, BOE 22.05.10 3.3.-INSTALACIONES AUDIOVISUALES. Instalación de antenas receptoras en el exterior de inmuebles. Decreto de 18.10.57, de la Presidencia del Gobierno. BOE 18.11.57 Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Instalación en inmuebles de sistemas de distribución de la señal de televisión por cable Decreto 1306/1974 de 2.05.1974 de la Presidencia del Gobierno BOE15.05.74 Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior.
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Especificaciones técnicas del punto de terminación de la red telefónica conmutada (RTC) y requisitos mínimos de conexión de las instalaciones privadas de abonado. Real Decreto 2304/1994, de 02.12.94, BOE 22.12.94 Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación. R.D. Ley 1/1998 de 27.02.98 de la Jefatura de Estado BOE 28.02.98. Resolución 26.03.98, BOE 3.04.98 ** Ley 38/1999, de 05.11.99, BOE 6.11.99** Resolución 1.11.01, BOE 24.11.01** Ley 10/2005, de 14.06.05, BOE 15.06.05** Ley 9/2014, de 09.05.14. BOE 10.05.14, BOE 17.05.14* Reglamento por el que se establecen los requisitos para la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos, y se regula el procedimiento para la evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el régimen sancionador de los equipos de telecomunicación R.D. 188/2016, de 6.05.16, BOE 10.5.16 Ley General de Telecomunicaciones Ley 9/2014, de 09.05.14. BOE 10.05.14, BOE 17.05.14* R.D. 805/2014, de 19.09.14, BOE 24.09.14** R.D. 381/2015, de 14.05.15, BOE 28.05.15** Orden PRE/2516/2015, de 26.11.15, BOE 28.11.15** Sentencia 20/2016, de 4.02.16, BOE 7.03.16** R.D. 330/2016, de 9.09.16, BOE 15.09.16** Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones R.D. 346/2011, de 11 de marzo, Mº de Industria, Turismo y Comercio. BOE 01.04.11, BOE, 18.10.11* Orden ITC/1644/2011, de 10.06.11, BOE 16.06.2011** Sentencia 9.10.12, BOE 1.11.12** Sentencia 17.10.12, BOE 7.11.12** R.D. 805/2014, de 19.09.14, BOE 24.09.14** 3.4.-CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE. Reglamento de seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas y sus Instrucciones complementarias R.D. 138/2011, de 4.02.11, BOE 8.03.11, BOE 28.07.11* Resolución 1.03.12, BOE 20.03.12** Resolución 16.04.12, BOE 2.05.12** Resolución 30.09.13, BOE 14.10.13** Resolución 11.03.14, BOE 2.04.14** Resolución 18.09.14, BOE 3.10.14** Resolución 2.09.16, BOE 14.09.16** R.D. 115/2017, de 17.02.17, BOE 18.02.17** Disposiciones de aplicación en la Directiva del Consejo de las CE 90/396/CEE sobre aparatos de gas. R.D.1428/1992, de 27.11.92, del Mº de Industria, Comercio y Turismo. BOE 05.12.92, BOE 23.01.93*, BOE 27.01.93* R.D. 276/1995, de 24.02.95, BOE 27.03.95** Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Requisitos de rendimiento para las calderas nuevas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos. R.D. 275/1995, de 24.02.95, del Mº de Industria y Energía. BOE 27.03.95, BOE 26.05.95* Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE) R.D. 1027/2007, de 20.07.07, del Ministerio de la Presidencia. BOE 29.08.07, BOE 28.02.08* R.D. 1826/2009, de 27.11.09, BOE 11.12.09** R.D. 249/2010, de 5.03.10, BOE 18.03.10** R.D. 238/2013, de 5.04.13, BOE 13.04.13** BOE 05.09.2013* R.D. 56/2016, de 12.02.16, BOE 13.02.16**
LEGIONELOSIS Medidas para el control y la vigilancia higiénico-sanitarias de instalaciones de riesgo en la transmisión de la legionelosis D. 287/2002, de 26.11.02, de la Consejería de Salud. BOJA nº 144, de 07.02.02. D.298/2007, de 18.12.07, BOJA 8.01.08** Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis R.D. 865/2003, de 04.07.03, BOE 18.07.2003. R.D. 830/2010, de 25.06.10, BOE 14.07.2010** 3.5.- ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias R.D. 337/2014, de 09.05.2014, BOE 09.06.2014. Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantía de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. Orden de 6.07.84 del Ministerio de Industria y Energía. BOE 1.08.84 Orden 18.10.84, BOE 25.10.84** Orden 27.11.87, BOE 5.12.87** Orden 23.06.88, BOE 05.07.88* Orden 16.04.91, BOE 24.04.91** Orden 10.03.00, BOE 24.03.00** Normas de ventilación y acceso a ciertos centros de transformación. Resolución de la Dirección General de Energía de 19.06.84 del Mº de Industria y Energía. BOE 26.06.84. Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Autorización para el empleo de sistemas de instalaciones con conductores aislados bajo canales protectores de material plástico Resolución de 18.01.88, B.O.E. 19.02.88., BOE 29.04.88* Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. R.D. 1955/2000, de 1.12.00 BOE 27.12.00. BOE 13.03.01*. Orden 30.05.01, BOE 19.06.01** Resolución 20.12.01, BOE 28.12.01** ORDEN ECO/797/2002, de 22.03.02, BOE 13.04.02** Sentencia 16.10.03, BOE 8.12.03** R.D. 2351/2004, BOE 24.12.04, de 23.12.04** Circular 1/2005, de 30.06.05, BOE 17.08.05** Circular 2/2005, de 30.06.05, BOE 17.08.05** R.D. 1545/2005, de 2.12.05, BOE 23.12.05** R.D.1634/2006, de 29.12.06, BOE 30.12.06** R.D. 616/2007, de 11.05.07, BOE 12.05.07** R.D. 661/2007, de 25.05.07, BOE 26.05.07** Circular 1/2008, de 7.02.08, BOE 21.02.08** R.D. 325/2008, de 29.02.08, BOE 4.03.08** R.D. 1578/2008, de 26.09.08, BOE 27.09.08** R.D.485/2009, de 03.04.09, BOE 4.04.2009** R.D. 1011/2009, de 19.06.09, BOE 20.06.09** R.D. 198/2010, de 26.02.10, BOE 13.03.10** R.D. 1699/2011, de 18.11.11, BOE 8.12.11** R.D. 1718/2012, de 28.12.12, BOE 14.01.13** R.D. 1048/2013, de 27.12.13, BOE 30.12.13** Resolución 10.06.15, BOE 29.06.15** R.D.900/2015 de 9.10.15, BOE 10.10.15** R.D. 1073/2015, de 27.11.15, BOE 28.11.15** R.D. 1074/2015, de 27.11.15, BOE 4.12.15**
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R.D. 56/2016, de 12.02.16, BOE 13.02.16** Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones técnicas complementarias ITC BT. R.D. 842/2002, de 02.08.02, del Ministerio de Ciencia y Tecnología. BOE18.09.02. Sentencia T.S. 17.02.04, BOE 05.04.04** R.D. 560/2010, de 7.05.10, BOE 22.05.10** R.D. 1053/2014, de 12.12.14, BOE 31.12.14** Modelo de memoria técnica de diseño de instalaciones eléctricas de baja tensión Resolución de 1 de diciembre de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. BOJA 14.01.2004. Orden 26.03.07, BOJA 24.04.07** Modelo de certificado de instalaciones eléctricas de baja tensión. Resolución de 11 de noviembre de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. BOJA 02.12.2003 Orden 24.10.05, BOJA 7.11.05** Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. R.D. 1890/2008, de 14.11.08, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. BOE19.11.08 Normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de ENDESA Distribución. Resolución 05.05.2005, de la Dir. Gral. de Industria, Energía y Minas. BOJA 7-6-2005, BOJA 18.04.06 3.6.-SANEAMIENTO Y VERTIDO Pliego de Prescripciones técnicas generales para tuberías de saneamiento de poblaciones. Orden de 15.09.86, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. BOE 24.09.86. BOE 28.02.87* Criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental. R.D. 817/2015, de 11.09.15, BOE 12.09.15 BOE 28.11.15* R.D. 638/2016, de 9.12.16, BOE 29.12.16** Reglamento de vertidos al Dominio Público Hidráulico y al Dominio Público-Terrestre Decreto 109/2015, de 17.03.15, BOJA 12.05.15 Resolución 6.05.16, BOJA 25.05.16 3.7.-APARATOS A PRESIÓN Reglamento de Aparatos a Presión e Instrucciones Técnicas Complementarias. ITC EP 1 (Calderas), ITC EP 2 (Centrales Generadoras de Energía Eléctrica) ITC EP 3 Refinerías de petróleos y plantas petroquímicas ITC EP 4 Depósitos criogénicos ITC EP 5 Botellas de equipos respiratorios autónomos R.D. 2060/2008, de 12.12.08, BOE 28.10.09* R.D. 560/2010, de 7.05.10, BOE 22.5.10** R.D. 1388/2011, de 14.10.11, BOE 15.10.11 Requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los recipientes a presión simples R.D. 108/2016, de 18.03.16, BOE 22.03.16 Requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión R.D. 207/2015, de 24.07.15, BOE 2.09.15 3.8.-COMBUSTIBLES
Reglamento de instalaciones petrolíferas. Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre BOE 27.01.95. BOE 20.04.95* R.D. 2201/1995, de 28.12.95, BOE 16.02.96** R.D. 1427/1997, de 15.09.97, BOE 23.10.97** R.D. 1562/1998, de 17.07.98, BOE 08.08.98** R.D. 1523/1999, de 1.10.99, BOE 22.10.99** R.D. 365/2005, de 8.04.05, BOE 27.04.05** R.D. 1416/2006, de 1.12.06, BOE 25.12.06** R.D. 560/2010, de 7.05.10, BOE 22.05.10** Instrucción técnica complementaria MI-IP3 “Instalaciones petrolíferas para uso propio” R.D 1427/1997 de 15.09.97 del Mº de Industria y Energía BOE 23.10.97 BOE 24.01.98* R.D. 1523/1999, de 1.10.99, BOE 22.10.99** R.D. 560/2010, de 7.05.10, BOE 22.05.10** Normas aclaratorias para las tramitaciones a realizar de acuerdo con el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos (aprobado mediante R.D. 919/2006). Instrucción de 22.02.07, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. BOJA nº 57, de 21.03.07 Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. R.D. 919/2006, de 28.07.06 BOE 04.09.06. Resolución 2.07.15 BOE 16.07.15** Resolución 29.04.11, BOE 12.05.11** R.D. 560/2010, de 7.05.10, BOE 22.05.10** R.D. 984/2015, de 30.10.15** BOJA 21.03.07**. 3.9.- ENERGÍAS RENOVABLES CTE DB HE-4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria. CTE DB HE-5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica. Fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía Ley 2/2007, de 27.03.07. BOJA 10.04.07 Decreto-Ley 3/2009, de 22.12.09, BOJA 24.12.09** D. 169/2011, de 31.05.11, BOJA 9.06.11** Decreto-Ley 2/2013, de 15.01.13, BOJA 17.01.2013** Decreto-Ley 5/2014, de 22.04.14, BOJA 30.04.14** Ley 3/2014, de 1.10.14, BOJA 9.10.14** Decreto-Ley 2/2018, de 26.06.18, BOJA 3.07.2018** Normas e instrucciones complementarias para la homologación de paneles solares. Orden de 28 de julio de 1980, del Mº de Industria y Energía. BOE nº 198, de 18.08.80, Orden ITC/71/2007, de 22.01.07, BOE 26.01.07** Orden IET/401/2012, de 28.02.12, BOE 2.03.12** Orden IET/2366/2014, de 11.12.2014, BOE 18.12.14** Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Especificaciones de las exigencias técnicas que deben cumplir los sistemas solares para agua caliente y climatización. Orden de 9 de abril de 1981, del Mº de Industria y Energía. BOE. 25.04.81 Orden 2 de Marzo de 1982, BOE 05.03.82** Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Especificaciones técnicas de diseño y montaje de instalaciones solares térmicas para producción de agua caliente Orden de 30.03.91. BOJA 23.04.91. BOJA 17.05.91* Conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión.
Dpto. Consultoría ambiental
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R.D. 1699/2011, de 18.11.11. BOE 8/12/2011 BOE 11.02.12* R.D. 413/2014, de 6.06.14 BOE 10.06.14** R.D. 900/2015 de 9.10.15. BOE 10.10.2015** Procedimiento de puesta en servicio de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a la red. Instrucción 21.01.04, BOJA 9.02.04 Instrucción de 12.05.06. BOJA 19.06.06** Normas complementarias conexión instalaciones generadoras de energía eléctrica. Resolución de 23.02.2005, BOJA 22.03.2005 Procedimientos administrativos referidos a las instalaciones de energía solar fotovoltaica andaluzas D .50/2008, de 19.02.08. BOJA 4.03.08 D. 9/2011, de 18.01.11 BOJA 02.02.11** D.83/2016, de 19.04.16, BOJA 02.06.16** Caducidad de de los puntos de conexión otorgados por las compañías distribuidoras a las instalaciones generadoras fotovoltaicas conectadas a la red de baja tensión Resolución de 14.11.2007, de la Dir. Gral de Industria, Energía y Minas. BOJA 4.12.07 Especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas Orden de 26.03.07. BOJA 24.04.07. BOJA 18.05.07* Regulación de la actividad de producción de energía eléctrica en regimen especial Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo. BOE 26.05.07, BOE 25.07.07*, BOE 26.07.07* R.D. 1028/2007, de 20.07.07, BOE 1.08.07** Orden ITC/2749/2007, de 27.09.07, BOE 29.09.07** Resolución 27 de septiembre 2007, BOE 29.09.07** R.D. 222/2008, de 15.02.08, BOE 18.03.08** Resolución 14 de Mayo 2008, BOE 24.06.08** Resolución 14 de Julio 2008, BOE 22.07.08** R.D. 1578/2008, de 26.09.08, BOE 27.09.08** R.D. 1011/2009, de 19.06.09, BOE 20.06.09** Circular 9 de Julio de 2009, BOE 31.07.09** Orden ITC/3519/2009, de 28.12.09, BOE 31.12.09** R.D. 198/2010, de 26.02.10, BOE 13.03.10** R.D. 1003/2010, de 05.08.10, BOE 06.08.10** R.D.1565/2010, de 19.11.10, BOE 23.11.10** R.D. 1614/2010, de 7.12.10, BOE 8.12.10 ** R.D.L. 14/2010, de 23.12.10, BOE 24.12.10** Orden ITC/688/2011, de 30.03.11, BOE 31.03.11** R.D. 1544/2011, de 31.10.11, BOE 16.11.11** R.D. 1699/2011, de 18.11.11, BOE 8.12.11** Regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo R.D. 900/2015, de 9.10.15. BOE 10.10.2015 Resolución 23.12.15, BOE 30.12.15 Aplicación del Real Decreto 661/2007 Instrucción de 20.06.07. BOJA 17.07.07. 3.10.- PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. RD 513/2017, de 22.05.17, del Mº de Economía, Industria y Competitividad. BOE 12.06.17 3.11.- INSTALACIONES ESPECIALES.
Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus ITC MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7. RD 379/2001, de 6.4.01 Mº Ciencia y Tecnología BOE 10.5.01. BOE 19.10.01*
RD 2016/2004, de 11.10.04, BOE 23.10.04** R.D. 105/2010, de 5.02.10, BOE 18.3.10** Derogado a partir de 25.10.17 RD 656/2017, de 23.06.17 Mº de Economía, Industria y Competitividad, BOE 25.07.17 En vigor a partir de 25.10.17 4. PRODUCTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS _______________ 4.1 MARCADO “CE”
Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo. Disposiciones del Ministerio competente sobre entrada en vigor del marcado ce para determinados materiales de la construcción.
BOE 11.04.01 Orden de 3 de abril de 2001 (Cementos)
BOE 7.12.01 Orden de 29 de Noviembre de 2001 (Plantas elevadoras de aguas, geotextiles, instalaciones, sistemas fijos de extinción de incendios, etc)
BOE 30.05.02 Resolución 6 de Mayo de 2002 (Sistemas fijos de lucha contraincendios, paneles de yeso, aislamientos, cales, aditivos para hormigón, etc)
BOE 17.09.02 Orden CTE/2276/2002 (Anclajes metálicos, sistemas de acristalamiento, kits de tabiquería interior, sistemas de impermeabilización de cubiertas, etc)
BOE 31.10.02 Resolución 3 de Octubre de 2002 (Baldosas, adoquines y bordillos de piedra natural, sistemas fijos de protección contra incendios, cales, etc)
BOE 19.12.02 Resolución 26 de Noviembre de 2002 (Ampliación y modificación de Orden CTE/2267/2002)
BOE 06.02.03 Resolución 16 de Enero de 2003 (Adhesivos para baldosas, áridos ligeros, columnas y báculos alumbrado, juntas elastoméricas, etc)
BOE 28.04.03 Resolución 14 de Abril de 2003 (Áridos, chimeneas, pozos de registro, sistemas de detección, tableros derivados de la madera, etc )
BOE 11.07.03 Resolución 12 de Junio de 2003 (Otras ampliaciones de la Orden 29 de Noviembre de 2001 )
BOE 31.10.03 Resolución 10 de Octubre de 2003 (Herrajes, pates para pozos, columnas y báculos alumbrado, sistemas de detección, otras ampliaciones Orden 29.11.01)
BOE 11.02.04 Resolución 14 de Enero de 2004 (Elementos auxiliares fábricas de albañilería, adoquines de hormigón, áridos, otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 6.04.04 Resolución 16 de Marzo de 2004 (Anclajes metálicos hormigón, sistemas de cubierta traslúcida, conectores y placas dentadas, etc)
BOE 16.07.04 Resolución 28 de Junio de 2004 (Sistemas fijos de lucha contra incendios, puertas industriales, piezas para fábrica de albañilería, etc)
BOE 29.11.04 Resolución 25 de Octubre de 2004 (Paneles compuestos autoportantes, componentes específicos de cubiertas, etc)
BOE 19.02.05 Resolución 1 de Febrero de 2005 (Sistemas fijos de luchas contra incendios, aislamientos, cales, otras ampliaciones Orden 29.11.01 , etc)
BOE 28.06.05 Resolución 6 de Junio de 2005 (Piezas de fábrica de albañilería, etc)
BOE 21.10.05 Resolución 30 de Septiembre de 2005 (Paneles compuestos ligeros autoportantes, productos de protección contra el fuego, etc)
BOE 1.12.05 Resolución 9 de Noviembre de 2005 (Sistemas detección, vidrios, sistemas de control de
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humo , otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc) BOE 10.06.06 Resolución 10 de Mayo de 2006
(Columnas alumbrado, sistemas de detección, laminados decorativos, otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 20.12.06 Resolución 13 de Noviembre de 2006 (Columnas alumbrado, sistemas de detección, herrajes, otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 05.05.07 Resolución 17 de Abril de 2007 (Columnas alumbrado, sistemas de detección, cementos, otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 02.06.08 Resolución 13 de Mayo de 2008 (Columnas alumbrado, sistemas de detección, cementos, otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 02.10.08 Resolución 15 de Septiembre de 2008 (Kits aislamiento exterior, paneles madera prefabricados, otras ampliaciones Orden CTE/2267/2002, etc)
BOE 20.05.09 Resolución 5 de Mayo de 2009 (Sistemas detección, herrajes, tuberías de gres, otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 12.01.10 Resolución 21 de Diciembre de 2009 (Sistemas detección, cementos, otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 03.06.10 Resolución 17 de Mayo de 2010 (otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 28.09.10 Resolución 31 de Agosto de 2010 (otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 29.03.11 Resolución 4 de Marzo de 2011 (otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 19.10.11 Resolución 3 de Octubre de 2011 (otras ampliaciones Orden 29.11.01, etc)
BOE 27.12.11 Resolución 15 de Diciembre de 2011 BOE 21.07.12 Resolución 6 de Julio de 2012 BOE 27.04.13 Resolución 18 de Abril de 2013 BOE 30.08.13 Resolución 19 de Agosto de 2013 BOE 24.10.14 Resolución 17 de Octubre de 2014 BOE 17.03.15 Resolución 2 de Marzo de 2015 BOE 10.09.15 Resolución 1 de Septiembre de 2015 BOE 7.12.15 Resolución 23 de Noviembre de 2015 BOE 28.04.16 Resolución 19 de Abril de 2016 BOE 29.06.16 Resolución 21 de Junio de 2016 BOE 23.11.16 Resolución 3 de Noviembre de 2016 BOE 28.04.17 Resolución 6 de Abril de 2017
Actualización de disposiciones estatales: http://www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/Si_Ambito.aspx?id_am=1000#RPC_marcadoCE Actualización listados disponible en: http://www.ffii.es/puntoinfomcyt/directivas.asp?directiva=89/106/cee#trasposicion Las resoluciones contienen listados actualizados y refundidos de las órdenes anteriores a las que amplian y/o modifican. 4.2.-CEMENTOS Y CALES Normalización de conglomerantes hidráulicos. Orden de 24.06.64, del Mº de Industria y Energía. BOE 08.07.64 BOE 14.01.66** Instrucciones para la aplicación de la Orden 24.06.64 Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Obligatoriedad de la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados. Real Decreto 1313/1988, de 28.10.88, Mº Industria y Energía. BOE 04.11.88 Orden PRE/3796/2006, de 11.12.03, BOE 14.12.06** Instrucción para la recepción de cementos RC-16. R.D. 256/2016, de 10.06.2016, por el que se aprueba la Instrucción para la recepción de cementos (RC-16). Ministerio de la Presidencia BOE 27.10.17*
4.3.-ACEROS Especificaciones técnicas de los tubos de acero inoxidable soldados longitudinalmente. Real Decreto 2605/1985, de 20 de noviembre, del Mº de Industria y Energía. BOE. 14.01.86, B.O.E. 13.02.86* Recubrimientos galvanizados en caliente sobre productos, piezas y artículos diversos construidos o fabricados con acero u otros materiales férreos. Real Decreto 2531/1985, de 18 de diciembre, del Mº de Industria y Energía. BOE 03.01.86. Orden 13.01.99, BOE 28.01.99** Disposiciones aplicables en todo lo que no se oponga a regulación posterior. 4.4.-CERÁMICA Disposiciones específicas para ladrillos de arcilla cara vista y tejas cerámicas. Res.15.06.88, de la Dir. Gral. de Arquitectura y Vivienda. BOE 30.06.88 Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. 5. OBRAS 5.1.-CONTROL DE CALIDAD Disposiciones reguladoras generales de la acreditación de las Entidades de Control de Calidad de la Edificación y a los Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Edificación. R.D. 410/2010, de 31.03.10, Mº de la Vivienda, BOE 22.04.10 Regulación del control de calidad de la construcción y obra pública. D.67/2011, de 05.04.11, BOJA 19.04.11 5.2.-HOMOLOGACIÓN, NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN Documento de Idoneidad Técnica de materiales no tradicionales. D. 3652/1963, de 26.12.63, de la Presidencia del Gobierno. BOE 11.01.64 Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial. R.D. 2200/1995, de 28.12.95, del Mº de Industria y Energía. BOE 06.02.96, BOE 6.03.96* R.D. 85/1996, de 26.01.96, BOE 21.02.96** R.D. 411/1997, de 21.03.97, BOE 26.04.97** Sentencia 33/2005, de 17.02.05, BOE 22.03.05** R.D.338/2010, de 19.03.10, BOE 7.04.10** R.D. 1715/2010, de 17.12.10, BOE 8.01.11** Sentencia TS 29.06.11, BOE 16.08.11 Sentencia TS 27.02.12, BOE 23.03.12 R.D. 239/2013, de 5.04.13, BOE 13.04.13** R.D. 1072/2015, de 27.11.15, BOE 14.12.15** 5.3.-PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRAS Condiciones higiénicas mínimas que han de reunir las viviendas. Orden de 29.02.1944 del Mº de la Gobernación. BOE 01.03.44, BOE 03.03.44* Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Normas sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación. D. 462/ 1971, de 11.03.1971, del Mº de la Vivienda. BOE 24.03.71 R.D: 129/1985, de 23.01.85, BOE 07.02.85** Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior.
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Normas sobre el Libro de Órdenes y Asistencia en las obras de edificación. Orden de 09.06.1971, del Mº de la Vivienda. BOE 17.06.71. Orden 17.07.71, BOE 24.07.71 ** Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Certificado Final de la Dirección de Obras de edificación. Orden de 28.01.1972, del Mº de la Vivienda. BOE 10.02.72. BOE 25.02.72* Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Cédula habitabilidad edificios nueva planta. D. 469/1972 de 24.2.72 del Mº de la Vivienda BOE 06.03.72. R.D. 1320/1979, de 10.05.79, BOE 07.06.79** R.D. 129/1985, de 23.01.85, BOE 07.02.85** Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Modelo de libro incidencias correspondientes a obras en las que sea obligatorio un Estudio de seguridad e higiene en el trabajo. Orden de 20.09.86, del Mº de Trabajo y Seguridad Social. BOE 13.10.86 BOE 31.10.86* Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. Estadísticas de Edificación y Vivienda. Orden de 29.05.89, del Mº de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno. BOE 31.05.89 Disposición aplicable en todo lo que no se oponga a regulación posterior. 5.4.-CONTRATACIÓN Contratos del Sector Público. Transposición Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Ley 9/2017, de 8.11.2017, BOE 9.11.2017 Orden HFP/1298/2017, de 26.01.17, BOE 29.12.17** RD 94/2018, de 2.03.18, BOE 6.03.2018** Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Real Decreto 1098/2001, de 12.10.01, del Mº de Hacienda. BOE, 26.10.01. BOE.13.12.01*, BOE 08.02.02* Orden HAC/0914/2003, de 9.04.03, BOE 16.04.03** Orden ECO/0204/2004, de 23.01.04, BOE 07.02.04** Orden EHA/1077/2005, de 31.03.05, BOE 26.04.05** Orden EHA/1307/2005, de 29.04.05, BOE 13.05.05** RD 817/2009, de 8.05.09, BOE 15.05.09** Orden HAP/1046/2012, de 15.06.2012, BOE 29.06.2012** RD 773/2015, de 28.08.2015, de 05.09.2015** Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción Ley 32/2006, de 18.10.06, de Jefatura del Estado. BOE 19.10.06. R.D. 1109/2007, de 24.08.07 BOE 25.08.07**. Ley 25/2009, de 22.12.09, BOE 23.12.09** Procedimiento de habilitación del Libro de Subcontratación, regulado en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción. Orden 22.11.07 Cª Empleo. BOJA 20.12.07. 6. PROTECCIÓN
6.1.-ACCESIBILIDAD. Texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. R.D. Legislativo 1/2013, de 29.11.13, BOE 03.12.2013 R.D. 1056/2014, de 12.12.14, BOE 23.12.14** Ley 12/2015, de 24.06.15, BOE 25.06.15** Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. D. 293/2009, de 07.07.09, de la Consejería de la Presidencia. BOJA 21.07.09 Orden 9.01.12, BOJA 19.01.12** Derechos y atención a las personas con discapacidad en Andalucía Ley 4/2017, de 25.09.17, BOJA 4.10.17 Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados Orden VIV/561/2010, Mº de Vivienda, BOE 11.03.10. 6.2.-MEDIO AMBIENTE Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera. Ley 34/2007, de 15.11.07. BOE 16.11.07, BOE 04.07.14** Ley 51/2007, de 26.12.07, BOE 27.12.07** R.D. Legislativo 1/2008, de 11.01.08, BOE 26.01.08** R.D. 100/2011, de 28.01.11, BOE 29.01.11** R.D. 102/2011, de 28.01.11, BOE 29.01.11** R.D. Legislativo 1/2011, de 1.07.11, BOE 2.07.11** R.Decreto-Ley 8/2011, de 1.07.11, BOE 7.07.11** R.D. 455/2012, de 5.03.12, BOE 6.03.12 Ley 11/2014, de 3.07.14, BOE 4.07.14 Ley 33/2015, de 21.09.15 BOE 22.09.15** R.D. 115/2017, de 17.02.17, BOE 18.02.17** Ley de Evaluación de Impacto Ambiental Ley 21/2013, de 9.12.13, BOE 11.12.13 Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. LEY 7/2007, de 9 de julio, de la Consejería de Presidencia. BOJA 20.07.07. Ley 1/2008, de 27.11.08, BOJA 11.12.08** Ley 9/2010, de 30.07.10, BOJA 22.09.10** Decreto 356/2010, de 3.08.10, BOJA 11.08.10** Decreto-Ley 5/2014, de 22.04.2014, BOJA 30.04.2014** Decreto-Ley 3/2015, de 03.03.2015, BOJA 11.03.2015**, BOJA 20.03.15* Ley 3/2015, de 29.12.2015, BOJA 12.01.2016** Reglamento de Calificación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. D. 297/1995, de 19.12.95, de la Cª de la Presidencia. BOJA 11.01.96 Reglamento de la Calidad del Aire. D.239/2011, de 12.07.11, BOJA 4.08.11 Regulación Autorizaciones Ambientales Unificadas y modificación de Ley GICA D. 356/2010, de 3 de agosto, de la Cª de M. Ambiente. BOJA 11.08.10 D. 5/2012, de 17.01.12, BOJA 27.01.12** Regulación de la autorización ambiental integrada y se modifica el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada. Decreto 5/2012, de 17.01.12, BOJA 27.01.12 Reglamento de Protección Contra la Contaminación Acústica de Andalucía Decreto 6/2012, de 17.01.12, BOJA de 06.02.2012 BOJA, 3.04.2013*
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Aguas residuales urbanas R.D.- 305Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas Resolución 30.01.96, BOE 3.02.96 R.D. 509/96, de 15.03.96 BOE 29.03.96** AGUAS LITORALES Reglamento de Vertidos al Dominio Público Hidráulico y al Dominio Público Marítimo-Terrestre de Andalucía Decreto 109/2015, de 17.03.15, BOJA 12.05.15 Resolución 6.05.16, BOJA 25.05.16 RESIDUOS
De residuos y suelos contaminados Ley 22/2011, de 28.07.11, BOE 29.07.11 R.Decreto-Ley 17/2012, de 4.05.12, BOE 5.05.12** Ley 11/2012, de 19.12.12, BOE 20.12.12** Ley 5/2013, de 11.06.13, BOE 12.06.13** R.D. 110/2015, de 20.02.15, BOE 21.02.2015** R.D. 180/2015, de 13.03.15, BOE 07.04.15** Resolución 16.11.2015, BOE 12.12.15** Orden AAA/699/2016, de 9.05.16**, BOE 12.05.16** Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. D.73/2012, de 22.03.2012, BOJA 26.04.12 Producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, del Mº de Presidencia. BOE 13.02.08. EMISIONES RADIOELÉCTRICAS
Condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas. RD 1066/2001, de 28.09.01, del Mº de Presidencia. BOE 234 29.9.01. BOE 26.10.01*, BOE 16.04.02*, BOE 18.04.02* Orden 11.01.02, BOE 12.01.02** R.D. 424/2005, de 15.04.05, BOE 29.04.05** R.D. 123/2017, de 24.02.17, BOE 08.03.17** CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA
Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios. RD 235/2013, de 5.04.13, del Mº de la Presidencia. BOE 13.04.13 BOE 25.05.13*, RD 564/2017, de 2.06.17, BOE 6.06.17** Fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética Ley 2/2007, de 27 de marzo, de la Cª de Presidencia. BOJA 10.04.07 Decreto-Ley 3/2009, de 22.12.09, BOJA 24.12.09** D. 169/2011, de 31.05.11, BOJA 9.06.11** Decreto-Ley 2/2013, de 15.01.13, BOJA 17.01.2013** Decreto-Ley 5/2014, de 22.04.14, BOJA 30.04.14** Ley 3/2014, de 1.10.14, BOJA 9.10.14** Decreto-Ley 2/2018, de 26.06.18, BOJA 3.07.2018** Registro Electrónico de Certificados Energéticos Andaluces Orden de 9.12.2014. BOJA 16.12.2014 Resolución 12/2015, de 12.06.15, BOJA 18.06.2015** Resolución de 5.02.16, BOJA 17.02.2016** Orden 17.07.16, BOJA 26.07.2017** Resolucion 29.06.18, BOJA 4.07.18** 6.3.-PATRIMONIO HISTÓRICO
Patrimonio Histórico Español. Ley 16/1985, de 25.06.85, de Jefatura del Estado. BOE 29.05.85, BOE 11.12.1985* R.D. 111/1986, de 10.01.86, BOE 28.01.96** R.D. 620/1987, de 10.04.87, BOE 13.05.87** Ley 33/1987, de 23.12.87, BOE 24.12.87** Ley 37/1998, de 28.12.98, BOE 29.12.98** R.D. 582/1998, de 19.05.98, BOE 31.05.98** Sentencia 17/1991, de 31.01.91, BOE 25/02/91** Orden 2 de Abril de 1991, BOE 11.04.91** R.D. 1680/1991, BOE 28.11.91** Ley 21/1993, de 29.12.93, BOE 30.12.93** Ley 30/1994, de 24.11.94, BOE 25.11.94** Ley 42/1994, de 30.12.94, BOE 31.12.94** R.D. 1247/1995, de 14.07.95, BOE 9.08.95** Ley 43/1995, de 27.12.95, BOE 28.12.95** R.D. 2598/1998, de 4.12.98, BOE 19.12.98** Ley 50/1998, de 30.12.98, BOE 31.12.98** Resolución de 20 de Noviembre de 2001, BOE 30.11.01** Ley 24/2001, de 27.12.01, BOE 31.12.01** R.D. 1164/2002, de 08.11.02, BOE 15.11.02** Ley 46/2003, de 25.11.03, BOE 26.11.03** Ley 62/2003, de 30.12.03, BOE 31.12.03** R.D. 760/2005, de 24.06.05, BOE 25.06.05** R.D. 1401/2007, de 29.10.07, BOE 7.11.07** R.D. 1708/2011, de 18.11.11, BOE 25.11.11** R.D. Ley 20/2011, de 30.12.11, BOE 31.12.11** Ley 17/2012, de 27.12.12, BOE 28.12.12** Ley 22/2013, de 23.12.13, BOE 26.12.13** Ley 36/2014, de 26.12.14, BOE 30.12.14** Ley 10/2015, de 26.05.15, BOE 27.05.15** Ley 48/2015, de 29.10.15, BOE 30.10.15** Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía. D. 19/1995, de 07.02.95, de la Cª de Cultura. BOJA 17.03.95 D. 168/2003 de 07.02.1995, de la Cª de Cultura. BOJA 15.07.2003** Reglamento de Actividades Arqueológicas. D. 168/2003 de 07.02.1995, de la Cª de Cultura. BOJA 15.07.2003 D. 379/2009, de 1.12.09, BOJA 16.12.09** D. 379/2011, de 30.12.11., BOJA 30.01.12** Patrimonio Histórico de Andalucía. Ley 14/2007, de 26.11.07, de Presidencia. BOJA 19.12.07 Decreto-ley 1/2009, de 24.02.09, BOJA 27.02.09** Decreto-ley 3/2009, de 22.12.09, BOJA 24.12.09** 6.4.-SEGURIDAD Y SALUD Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Derogados Títulos I y III Orden de 09.03.71, del Mº de Trabajo. BOE 16.03.71 BOE 17.03.71 BOE 06.04.71* Resolución de 20.03.78, BOE 21.04.78** Resolución 12.05.78, BOE 21.06.78** Resolución 28.06.78, BOE 09.09.78** Resolución 31.01.80, BOE 12.02.80** Resolución 23.02.81, BOE 17.03.81** Resolución 31.10.86, BOE 13.12.86** R.D. 1316/1989, de 27.10.89, BOE 2.11.89** Ley 31/1995, de 8.11.95, BOE 10.11.85** R.D. 486/1997, de 14.04.97, BOE 23.04.97** R.D. 664/1997, de 12.05.97, BOE 24.05.97** R.D. 665/1997, de 12.05.97, BOE 24.05.97** R.D. 773/1997, de 30.05.97, BOE 12.06.97** R.D. 1215/1997, de 18.07.97, BOE 7.08.97** R.D. 614/2001, de 8.06.01, BOE 21.06.01** R.D. 349/2003, de 21.03.03, BOE 5.04.03** Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31/1995 de 08.11.95 de la Jefatura del Estado. BOE 10.11.95
Dpto. Consultoría ambiental
10
Ley 50/1998, de 30.12.98, BOE 31.12.98** Ley 13/1999, de 05.11.99, BOE 06.11.99** R.D.L. 5/2000, de 04.08.00, BOE 08.08.00** Ley 54/2003, de 12.12.03, BOE 13.12.03** Ley 30/2005, de 29.12.05, BOE 30.12.05** Ley 31/2006, de 18.10.06, BOE 19.10.06** Ley Orgánica 3/2007, de 22.03.07, BOE 23.03.07** Ley 25/2009, de 22.12.09, BOE 23.12.09** Ley 32/2010, de 05.08.10, BOE 6.08.10** Ley 14/2013, de 27.09.13, BOE 28.09.13 ** Ley 35/2014, de 26.12.14, BOE 29.12.14** Recurso 7473/2013 y Sentencia 198/2015, de 24.09.15** Reglamento de los servicios de prevención R.D. 39/1997 de 17.01.97 BOE 31.01.97 R.D. 780/1998, de 30.04.98, BOE 1.05.98** R.D. 688/2005, de 10.06.05, BOE 11.06.05** R.D. 604/2006, de 19.05.06, BOE 29.05.06** R.D. 298/2009, de 6.03.09, BOE 7.03.09** R.D. 337/2010, de 19.03.10, BOE 23.03.10** Orden TIN/2504/2010, de 20.09.10, BOE 28.09.10** R.D.598/2015, de 03.07.15, BOE 04.07.15** R.D. 899/2015, de 9.10.2015, BOE 10.10.15** Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. R.D. 485/97 de 14.04.97 de M. de Trabajo y Asuntos Sociales. BOE 23.4.97 RD 598/2015, de 3.07.15, BOE 04.07.2015** Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo R.D. 486/97, de 14.04.97 del M. de Trabajo y Asuntos Sociales BOE 23.04.97. R.D. 2177/2004, de 12.11.04, BOE 13.11.04** Orden TAS/2947/2007, de 8.10.97, BOE 11.10.97** Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de carga que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. R.D. 487/1997 DE 14.04.97 BOE 23.04.97 Disposiciones mínimas de seg. y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual R.D. 773/1997 de 30.05.97, BOE 12.06.97, BOE 18.07.97* Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo R.D. 1215/1997 de 18.07.97 del Mº de la Presidencia BOE 7.08.97. R.D. 2177/2004, de 12.11.04, BOE 13.11.04** Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción R.D. 1627/97 24.10.97 del M. De la Presidencia BOE 26.10.97. R.D. 2177/2004, de 12.11.04, BOE 13.11.04** R.D. 604/2006, de 19.05.06, BOE 29.05.06** R.D. 1109/2007, de 24.08.07, BOE 25.08.07** R.D. 337/2010, de 19.03.10, BOE 23.03.10** Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. R.D. 374/2001. De 6 de abril. Mº de la Presidencia. BOE 104 de 1.5.01. BOE 30.5.01*, BOE 22.6.01* R.D. 598/2015 de 03.07.15, BOE 4.07.15** Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. R.D. 1311/2005, de 04.01.2005, Mº de Trabajo y AA.SS. BOE 05.11.2005 R.D. 330/2009, de 13.03.09, BOE 26.03.09 Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. R.D. 286/2006, de 10.03.2006, Mº de la Presidencia. BOE 60 de 11.03.2006.
BOE 62 de 14.03.2006*. BOE 71 de 24.03.2006*. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. R.D. 396/2006, de 31.03.2006, BOE 60 de 11.04.2006. Orden 12.11.07 BOJA 28.11.07** Orden 14.09.11, BOJA 10.10.11** Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos. R.D. 299/2016, de 22.07.2016, Mº de la Presidencia. BOE 182 de 29.07.2016. 7. OTROS ___ 7.1.- CASILLEROS POSTALES Instalación de casilleros domiciliarios. Resolución de 7.12.71. BOE 17.12.71. BOE 27.12.71*. Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales R.D.1829/1999, de 31.12.1999, BOE 11.02.00*. Resolución 12 de Junio de 2001, BOE 06.07.01** Sentencia TS 8/06/04, BOE 09.08.04** R.D. 1298/2006, de 10.11.06, BOE 23.11.06** R.D. 503/2007, de 20.04.07, BOE 9.05.07**
Sevilla a Octubre de 2019.
El promotor Fdo: Manuel de Diego Caro