PROYECTO SUBESTACION VILLA AURELIA - 66-23 kV EN …

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD PROYECTO SUBESTACION VILLA AURELIA - 66-23 kV EN OPERACIÓN Y CONSTRUCCION SE 220 kV MARZO 2016

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD

PROYECTO

SUBESTACION VILLA AURELIA -

66-23 kV EN OPERACIÓN Y

CONSTRUCCION SE 220 kV

MARZO 2016

RIMA Marzo 2016 PROYECTO SUBESTACION VILLA AURELIA – 66 -23 kV EN OPERACIÓN Y CONSTRUCCION SE 220 kV

Recurrente: ANDE

Ing. Agr. Cecilia Kennedy Ing. Agr. Katia Arenas Reg. SEAM I -578 Reg. SEAM I-654

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CONTENIDO

A. ANTECEDENTES _____________________________________________________ 3

B. OBJETIVOS DEL RIMA ________________________________________________ 4

C. DATOS DEL PROPONENTE Y DEL INMUEBLE __________________________ 4

1. Proponente _____________________________________________________ 4

D. UBICACIÓN, DISPOSICION Y ACCESO __________________________________ 4

E. AREA DE ESTUDIO ___________________________________________________ 5

1. Área de Influencia Directa (AID) ___________________________________ 5

2. Área de Influencia Indirecta (AII) ___________________________________ 6

F. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ________________________________________ 7

1. Objetivos del proyecto _____________________________________________ 7

2. Etapas del proyecto _______________________________________________ 7

G. DESCRIPCION DEL MEDIO AMBIENTE ________________________________ 9

1. Medio físico ____________________________________________________ 10 a. GEOLOGIA, GEOMORFOLOGIA Y SUELOS _______________________________________ 10

b. CLIMA E HIDROGRAFIA _______________________________________________________ 10

c. BOSQUES _____________________________________________________________________ 11

d. AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS Y BIODIVERSIDAD ____________________________ 11

2. Medio biológico _________________________________________________ 12 a. FLORA _______________________________________________________________________ 12

b. FAUNA _______________________________________________________________________ 12

3. Medio Socioeconómico ___________________________________________ 12

H. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL APLICABLE AL PROYECTO __________ 14

1. Normas Nacionales ______________________________________________ 14

2. Normas de Límites Máximos Permisibles para las RNI _________________ 17

I. ASPECTO INSTITUCIONAL ___________________________________________ 17

J. DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES _____________________ 19

A. PLAN DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS NEGATIVOS ________________ 21

B. CRONOGRAMA DE EJECUCION DE LA OBRA __________________________ 23

C. CONCLUSIÓN _______________________________________________________ 23

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RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL

(RIMA)

A. ANTECEDENTES

La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) es una empresa pública que tiene por

objeto satisfacer las necesidades de energía eléctrica del país, con el fin de promover su

desarrollo económico y fomentar el bienestar de la población; para ello, la ley le concede “el

aprovechamiento preferente de los recursos naturales de la Nación”1. Jurídicamente, el

origen de la ANDE se remonta al año 1949, en el que fue creada por Decreto del Poder

Ejecutivo No 3.161. La actual Carta Orgánica corresponde a la Ley No 966/1964 “Que crea

la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) como ente autárquico y establece su

Carta Orgánica”, ampliada posteriormente por la Ley No 976 del año 1982.

Según disposición expresa de la referida Ley No 966/1964, corresponde a la ANDE, entre

otras atribuciones y funciones, “proyectar, construir y adquirir obras de generación,

transmisión y distribución eléctrica, y otras instalaciones y bienes necesarios para el

normal funcionamiento de los servicios eléctricos”2.

La presentación del EIAp del PROYECTO SUBESTACION VILLA AURELIA, y el

correspondiente Relatorio de Impacto ambiental (RIMA), es a los fines de su evaluación

respondiendo a las facultades otorgadas por Ley a las autoridades de la Institución, en el

entendimiento de que la generación de impactos positivos y negativos en el entorno

Socioambiental como consecuencia de la operación de Subestaciones de las características

de la ubicada en Villa Aurelia, asegurarán a futuro la provisión a los usuarios del servicio de

energía eléctrica en cantidad y calidad suficiente.

A través de sus organismos responsables, la Institución adoptará las medidas de prevención,

mitigación y compensación para los eventuales impactos y riesgos emergentes durante la

etapa de construcción y operación a fin de asegurar condiciones de armonía con el entorno.

La ANDE ha realizado el llamado Licitación Pública Nacional ANDE Nº 1089/2014 -

Proyecto de Refuerzo de Subestaciones del Sistema Interconectado Nacional

Fortalecimiento del Sistema Eléctrico Nacional con Financiamiento de los Bonos Soberanos

entre las cuales se encuentra la "CONSTRUCCIÓN E INTERCONEXIÓN DE LA

SUBESTACIÓN VILLA AURELIA EN 220 KV", habiendo sido adjudicada la obra en su

totalidad a RIEDER & CIA S.A.C.I.

La disposición del presente documento en versión digital a través de la Secretaria del

Ambiente es a los fines de que eventuales afectados con el emprendimiento tomen

conocimiento de las condiciones operativas de la misma y en el plazo de diez días hábiles a

1Art. 5º de la Ley No 966/1964, in fine. 2Art. 5º, inciso b)

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partir de la publicación en medios masivos de comunicación, presenten las objeciones que

consideren convenientes a la SEAM; si las acciones del Proyecto afectaren el entorno físico,

la salud o las actividades en el entorno social, en consecuencia, el proponente adoptará las

medidas de protección socioambiental adicionales que correspondan.

B. OBJETIVOS DEL RIMA

Proveer a los actores claves del área de influencia del Proyecto de datos relacionados

al desarrollo de la construcción y operación del mismo a los fines de considerar el

grado de afectación de los eventuales interesados.

Poner a conocimiento de los interesados en la operativa del Proyecto de los

potenciales impactos generados por la Subestación.

Poner a conocimiento de los interesados de las medidas de prevención y mitigación

de impactos ambientales que serán implementadas.

Operar conforme a las normativas legales vigentes del país y de la región en materia

ambiental.

C. DATOS DEL PROPONENTE Y DEL INMUEBLE

1. PROPONENTE

Administración Nacional de Electricidad. ANDE

Proyecto: SUBESTACION VILLA AURELIA 66-23 kV EN OPERACIÓN Y

CONSTRUCCION SE 220 kV

2. DATOS DEL INMUEBLE

Propietario: Administración Nacional de Electricidad

Lugar: Barrio Villa Aurelia

Dirección: Avenida Facundo Machain y Av. RI 18 Pitiantuta.

Distrito: ASUNCION

Departamento: CENTRAL.

Con superficie total de 70.746 m2, individualizado con Finca N° 2072; siendo la

porción que corresponde a las operaciones de la subestación Villa Aurelia un espacio

de 600 m2.

D. UBICACIÓN, DISPOSICION Y ACCESO

El inmueble referido previamente se encuentra localizada en el área urbana del distrito de

Asunción correspondiendo la ubicación de las instalaciones de la Subestación a la avenida

RI 18 Pitiantuta y Av. Facundo Machain.

La coordenada UTM de ubicación de la entrada a la Subestación corresponden a X: 442.725;

Y: 7.200.543. (Ver imagen)

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La actual Subestación Villa Aurelia en operación, es de tipo abrigada y cuenta con sala de

66 kV y de 23 kV, cuatro transformadores de potencia de 30 MVa; dos bancos de

capacitores de 12 MVa cada uno. Cuenta con tres líneas de llegada procedentes de Tres

Bocas, San Lorenzo y Barrio Parque.

La casa de Control o sala de mandos, cuenta con paneles de control y comandos para 66 y

23 KV, además de equipos varios para el monitoreo del Sistema por zonas de influencia,

esta área cuenta con muros perimetrales hacia la vía pública.

Los caminos internos se encuentran con pavimento pétreo, el portón de acceso cuenta con la

debida identificación de la Subestación y la señalización correspondiente de acceso

restringido.

E. AREA DE ESTUDIO

1. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA (AID)

Foto de ubicación del Proyecto y su Área de Influencia Directa

El inmueble base del Proyecto cuenta con una superficie total de 70.746 m2,

correspondiendo a la Subestación Villa Aurelia 66 – 23 kV propiamente dicha unos 2200

m2, y áreas adicionales a ser afectadas en cantidad similar para la SE 220 kV. Localizado

en el área altamente urbanizada de la Municipalidad de Asunción, considerándose el mismo

Area de Influencia Directa

del Proyecto. (AID)

Ref.: Subestación en operación,

área de ampliación.

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como el área de influencia directa de las acciones y operativas del Proyecto o Subestación en

operación y a construir.

2. ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA (AII)

Foto de ubicación del Proyecto y su Área de Influencia Indirecta

Se estima un área de 300 metros alrededor del inmueble base de Subestación Villa Aurelia

será objeto de las influencias indirectas de la operativa de la misma, constituida

principalmente por el entorno social y las vías de circulación y de acceso.

Las zonas de influencia del servicio de la Subestación Villa Aurelia abarcan el mismo predio

base de operaciones de ANDE Boggiani, además de: a) Varios centros comerciales:

Shopping Mariscal López, Shopping Villa Morra, Shopping Multiplaza, Hiperseis Boggiani

y San Martin, Supermercado Gran Vía, Supermercado Guaraní, Supermercado Stock,

Alberdín Médicos del Chaco; DIESA, Av. Eusebio Ayala desde RI6 Boquerón hasta Av.

San Martin, Hotel Colonial, etc.. b) Centros recreativos y de atención medica: Club Sport

Colombia, Sanatorio San Francisco, Centro de Salud No. 5. c) Instituciones públicas:

Justicia Electoral, Departamento de Identificaciones, Corte Suprema de Justicia, estaciones

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de bombeo ESSAP Los Laureles, Servicio de reclutamiento. d) Centros de enseñanza e

instituciones religiosas: Colegio Apostólico San José, Iglesia Medalla Milagrosa. El servicio

abarca barrios de Asunción y del Municipio aledaño de Fernando de la Mora.

F. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El Proyecto corresponde a una Subestación eléctrica del 66 y 23 kV en operación y a la

Construcción de una Subestación abrigada de 220 kV con tecnología de transformadores

tipo GIS SF6 y con previsiones de sustitución de equipamientos e infraestructura acordes a

la creciente demanda de energía eléctrica en cantidad y calidad para el área de influencia

actual y ampliadas con la nueva subestación.

1. OBJETIVOS DEL PROYECTO

Incrementar los servicios de provisión de energía eléctrica en términos de

calidad y cantidad para el área de influencia beneficiada.

Adecuar la actividad al marco de la Ley 294/93 y a su decreto reglamentario

453/13.

Asegurar que en el desarrollo de las actividades se apliquen criterios de

buenas prácticas ambientales tendientes a la sostenibilidad.

2. ETAPAS DEL PROYECTO

El proyecto Subestación Villa Aurelia se encuentra en etapa de operación para patio de 66 y

23 kV y con previsiones de inicio de construcción para estación abrigada y patio de 220 kV.

La adecuación de la infraestructura consta de tres etapas:

A. ETAPA DE DISEÑO DE EQUIPAMIENTOS E INFRAESTRUCTURAS: Incluye

procesos como:

Diseño del Proyecto (Procesos concluidos)

Elaboración de planos de la Subestación (Procesos concluidos)

Llamado a Licitación para la construcción (Procesos concluidos)

Adjudicación y contratación de la obra (Procesos concluidos)

Diseño final y replanteos (Procesos sujetos a modificación a criterio de especialistas

en toda la etapa constructiva)

B. ETAPA DE ADECUACIÓN, RENOVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y DE

EQUIPAMIENTOS

En el emplazamiento de la subestación Villa Aurelia se realizará la adecuación ambiental de

la Subestación en operación de 66 – 23 kV y la construcción de la SE en 220 kV.

Las obras civiles previstas en la Subestación Villa Aurelia consisten básicamente en:

Vallado perimetral inicial: Consistente el proteger todo el perímetro del área de construcciones y ampliaciones a fin de resguardar la seguridad del personal

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encargado de las construcciones y de transeúntes que circulan en áreas próximas a la construcción.

Instalación de obradores: Previo al inicio de la obra y en los sitios autorizados por la Fiscalización, la Contratista procederá a emplazar las estructuras necesarias para el inicio de las construcciones consistentes en oficinas de la Contratista, oficinas de la Fiscalización, depósito de materiales y equipos, servicios sanitarios para el personal, áreas de descanso y comedores entre otros.

Despeje de la cobertura vegetal: Un espacio de la Subestación dentro de los límites señalados en los planos será despejada de cobertura herbácea a fin de proceder con la siguiente actividad.

Movimiento de Suelo: Se contemplan desmontes y nivelación del terreno en base a las indicaciones topográficas del plano que aplica. Las capas orgánicas del suelo serán acopiadas en sitios indicados por la Fiscalización de obras.

Excavaciones varias: Para fundaciones de pilares de la casa de control, estructuras para colocación de transformadores entre otros.

Fundaciones: Las fundaciones serán emplazadas en el patio y constarán de zapatas de dimensiones acordes a las características de estructuras y equipos a las que servirán de soporte.

Construcciones en altura: La Estación Abrigada en 220 kV prevista, será erigida en alturas que requieren encofrados y hormigonados según indicaciones del plano.

Canaletas, cámaras y batería de ductos para cables: Se contempla el suministro y construcción de las canaletas, batería de ductos y cámaras para cables. Además de la colocación de perchas en las canaletas, en los casos necesarios.

Construcción de torres, postes y vigas: Se contempla el suministro y/o montaje de las torres, postes y vigas, ya sean metálicas o de hormigón armado prefabricado, de los pórticos de la Estación empotrados en fundaciones aisladas de H°A°.

Montajes de estructuras de acero para equipos de 220 Kv, pórticos, torres y

vigas con sus respectivas fundaciones en el Patio de 220 kV: Se contempla, en

este punto, el suministro y/o montaje de estructuras soporte de equipos, tales como

interruptores, seccionadores, TP's, TC's, descargadores de sobretensión, etc. Los

soportes serán metálicos de las características indicadas en los planos y

especificaciones técnicas respectivas.

Adecuación de desagües sanitarios y pluviales en el patio.

Demolición de estructuras en desuso: Toda la Subestación estará protegida con

muro perimetral que requiere la remoción de vallados actuales y postes de

hormigón que sostienen las estructuras.

Trabajos de acabado, limpieza final y paisajismo. Como terminación de los

patios, se contempla la provisión y colocación de piedra triturada tipo basáltico de

20 a 40 mm de tamaño máximo, en la superficie de los lugares indicados en los

planos. La misma será ser esparcida sobre el suelo terminado de modo a obtener

una superficie nivelada, esta capa de triturada no deberá ser inferior a 10 cm.

Además se prevé la provisión y colocación de césped en las áreas propensas a

erosión, y plantación de especies de arbustos y árboles ornamentales.

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G. DESCRIPCION DEL MEDIO AMBIENTE

Mapa de ubicación del Municipio de Asunción en el Departamento Central

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1. MEDIO FÍSICO

a. GEOLOGIA, GEOMORFOLOGIA Y SUELOS

Las formaciones más antiguas corresponden al Silúrico (Paleozoico), constituidas por un

conglomerado basal (Formación Paraguarí), areniscas estratificadas (Formación Cerro jhú),

areniscas friables (Formación Tobatí), areniscas micáceas (Formación Eusebio Ayala) y

lutitas blancas (Formación Vargas Peña), que fueron depositadas por eventos transgresivo -

regresivos del mar y que afloran en el sur del Departamento y en la línea divisoria oeste de

la cuenca del lago Ypacaraí.

En toda la parte norte y hasta la cuenca del Caañabé, fue depositada una arenisca de

granulometría variable en un medio fluvial (Formación Patiño) durante el Cretáceo

(Mesozoico) y toda la parte sur aledaña al lago Ypoá, está ocupada por sedimentos no

consolidados del Cuaternario (Cenozoico).

Las mayores elevaciones ocurren en los cerros del Pirayú en el límite oeste de la cuenca del

lago Ypacaraí, con relieves ondulados (declive de 8-20%) a fuertemente ondulados (20-

45%), siendo que en toda el área norte ocurren relieves suavemente ondulados (declive de 3

a 8%). Toda la cuenca del lago Ypacaraí, del río Caañabé y del lago Ypoá se caracteriza por

ser una gran planicie de inundación (declives de 0 a 1 %), con pequeñas elevaciones (1-3%).

Los principales suelos de los cerros de Pirayú son Litosoles y Arenas Cuarzosas derivados

de las areniscas de Patiño y de coluvios de las areniscas de Tobatí y Cerro jhú. Los suelos

Podsólicos Rojo Amarillos derivados de las areniscas de Patiño, dominan todo el paisaje de

las tierras elevadas del norte del Departamento, alternándose con Planosoles y Planosoles

plínticos de las planicies de los arroyos de ésta región. En las planicies del Sur ocurren

Planosoles, Plintosoles, Arenas Cuarzosas Hidromórficas, Gley Poco Húmicos y Suelos

Orgánicos.

b. CLIMA E HIDROGRAFIA

La mitad norte y oeste del Departamento Central pertenece al tipo climático aw (seco) de

Koeppen y el extremo sureste al cfa (mesotérmico).

Temperatura media anual de 22,5º C. Precipitación media anual de 1400 mm.

Evapotranspiración potencial media anual algo inferior a 1200 mm, índice de humedad de

Thornthwaite B1 (húmedo, ligeramente superior a 20) en la mitad este y C2 (húmedo a

subhúmedo, algo inferior a 20) en la mitad oeste.

Las aguas del Departamento drenan todas hacia el valle del río Paraguay. Se destaca como

principal cuenca la del lago Ypacaraí- Río Salado y parte de la cuenca del lago Ypoá.

El escurrimiento superficial medio anual se sitúa en unos 300 mm.

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Precipitación media anual en mm Promedio de temperaturas en ºC.

c. BOSQUES

Abarcan apenas 5.431 ha (2,1 % del área departamental), correspondiendo enteramente a

Bosques Altos Degradados.

d. AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS Y BIODIVERSIDAD

Las Areas Silvestres Protegidas existentes hasta la fecha en el Departamento Central son

parte de la Reserva de Recursos Manejados Ypacaraí, declarada en 1990 y compartida con

Cordillera, la Reserva para Parque Nacional Lago Ypoá, declarada en 1992 y compartida

con Paraguarí y Ñeembucú y el Monumento Natural Cerro Koi y Chororí, declarada en

1993. Se puede estimar que el Departamento alcance algo más del 10% de áreas bajo estatus

protegido.

El área de reserva de Recursos Manejados Ypacaraí alcanza a 16.000 ha que incluyen el

conjunto del lago homónimo, tierras periféricas, situadas muy próximas a la capital del país

y en donde existen áreas balnearias de tipo lagunar con una muy alta demanda veraniega

(San Bernardino y Areguá, este último en territorio departamental) y fuerte desarrollo

urbanístico, así como ambientes lacustres y esterales sometidos a una presión humana muy

alta, que ha acarreado serios problemas de contaminación y degradación por falta de

adecuadas regulaciones para su uso ordenado.

El lago Ypoá es compartido con Paraguarí y la reserva para Parque allí declarada, es descrita

en este último Departamento.

No hay recomendadas otras áreas consideradas prioritarias para ser conservadas, si bien el

perfil de ocupación de la tierra y la densidad demográfica, posiblemente hagan necesario

incorporar algunas más en el mediano plazo.

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El centro y norte del Departamento corresponden a la eco-región llamada Litoral Central) y

el extremo sur a la denominada Ñeembucú

Algunas especies de la flora amenazadas (categorías Nl y N2 Yvy’á, Mimosa

altoparanaensis, Yrupé, Turnera aurelii)

Algunas especies de la fauna en peligro crítico: Lobope, Guasupucú, Guasutí, Yacaré overo.

Posee buen potencial para desarrollar sitios de atracción turística con relevancia regional,

algunos ya desarrollados y de importancia nacional y existen varios lugares de importancia

histórica, cultural y religiosa, ya que es la zona con asentamientos más antiguos y estables

desde los siglos XVI y XVII.

2. MEDIO BIOLÓGICO

a. FLORA

La vegetación en el inmueble base de la Subestación Villa Aurelia corresponde a árboles

como Lapacho rosado y amarillo, ybyraro, Ybyra-yu, Ybyra-pyta, Inga-i, Yvapovo,

jacaranda, tipas, chivatos, sombrilla de playa, amba-y, mora, villetanas, ficus y leucaenas;

especies frutales como mango, cítricos, etc. Especies ornamentales como sinesias, palmeras

y mirtos, entre otros. Varias especies corresponden a crecimientos espontáneos no

controlados. Se dispone en algunos sitios de cobertura herbácea de gramíneas.

b. FAUNA

Existen diversas especies de aves, mamíferos, reptiles y batracios que habitan las

formaciones aledañas. Debido a que en la región ha sido intervenida por la actividad humana

la fauna se ha reducido a especies comunes a este tipo de regiones.

A continuación se mencionan las principales especies de aves y mamíferos observadas

frecuentemente en el área:

Mamíferos: comadreja (Didelphis albiventris), apere’á, ratones de campo)

Aves: Ypakaá (Aramides ypacaha), pitogué (Pitangus sulphuratus), cardenal (Paroaria

coronata), ynambui (Notura maculosa), tortolita (Columbina sp), sai jhovy (Thraupis

sayaca), ypeku ñu (Colaptes campestroides), piririta (Guira guira), anó (Crotophaga ani

Reptiles: tejú asajé (Ameiva ameiva), mboi jhovy (Philodruasol fersi), amberé (Mabuya

frenata), ju’i (Hyla nana), rana (Leptodactylus ocellatus), sapo (Bufo pranecmis), etc.

3. MEDIO SOCIOECONÓMICO

Según la Encuesta Permanente de Hogares 2014, Asunción cuenta con una población total

mayores de 18 años, de 512.952 personas, siendo 237.320 hombres y 275.632 mujeres,

según se puede apreciar en el cuadro 1

La población económicamente activa PEA representa el 53 %, siendo la población ocupada

el 49%. El desempleo abierto corresponde al 3,2%.

Del Total de la población ocupada, el 16,3 % corresponde a empleado público, el 45,6% al

empleado privado, el 10,2 % es empleador, el 17,4 % trabaja por cuenta propia y el 9,2% es

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empleado doméstico. En el cuadro se observa la Población ocupada por sexo, según

categoría ocupacional.

El ingreso mensual promedio, para el empleado público es de 4.236.000 guaraníes y para el

empleado privado de 2.917.000 guaraníes.

4.

5.

6.

7.

8.

Según los datos oficiales, las jefaturas de hogares está dada en el 61,9 % por hombres, y el

39,1 % por mujeres. El promedio de años de estudio del jefe de familia hombre es de 12,2

años, siendo el de las mujeres de 12,2 años.

La situación legal de las viviendas en Asunción, se pueden clasificar en propias, pagando en

cuotas o en condominio 67,8 % alquilada el 24,6% y cedida 2l 7,4%.

El 100 % de la población cuenta con energía eléctrica, el 88,7% tiene servicio de disposición

de basura, el combustible principal para cocción de alimentos es el gas 75,6, carbón y

electricidad.

Según la fuente, el 29,8% de la población total de Asunción cuenta con seguro de IPS, el

26,2% cuenta con otro tipo de seguro y el 44,0 % no cuenta con seguro médico.

En cuanto a educación, de la población de 6 a 17 años que asiste a una institución de

enseñanza formal, corresponde a una institución pública el 48,9%, a una institución privada

el 35,0% y a una institución privada subvencionada el 16,1%, según lo demuestra el cuadro

a continuación.

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En el área de influencia del proyecto se conjugan viviendas familiares, edificios

multifamiliares y comercios tal como corresponde a un espacio altamente urbanizado.

H. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL APLICABLE AL

PROYECTO

1. NORMAS NACIONALES

La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) es una empresa pública que tiene por

objeto satisfacer las necesidades de energía eléctrica del país, con el fin de promover su

desarrollo económico y fomentar el bienestar de la población; para ello, la ley le concede “el

aprovechamiento preferente de los recursos naturales de la Nación”[1]. Jurídicamente, el

origen de la ANDE se remonta al año 1949, en el que fue creada por Decreto del Poder

Ejecutivo No 3.161. Ahora bien, su Carta Orgánica vigente está dada por el texto de la Ley

No 966/1964 “Que crea la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) como ente

autárquico y establece su Carta Orgánica”, ampliada posteriormente por la Ley No 976 del

año 1982

Según disposición expresa de la referida Ley No 966/1964, corresponde a la ANDE, entre

otras atribuciones y funciones, “proyectar, construir y adquirir obras de generación,

transmisión y distribución eléctrica, y otras instalaciones y bienes necesarios para el normal

funcionamiento de los servicios eléctricos”[2].

Esta disposición legal, en sus artículos 68° al 79°, establece los derechos y obligaciones que

tiene la ANDE en relación al uso del suelo y del espacio aéreo para la ubicación de sus

instalaciones eléctricas; también determina los derechos y obligaciones de los propietarios

de los predios sirvientes.

La Ley determina que los inmuebles que la ANDE necesite para la expansión y

mejoramiento del servicio de energía eléctrica son de utilidad social y sujetos a

expropiación; concede además a la ANDE los derechos de:

- usar el espacio público sin perjudicar el uso principal, cumpliendo ordenanzas

municipales y normas técnicas nacionales de seguridad;

- establecer servidumbres en propiedades públicas y privadas;

- atravesar propiedades de terceros con líneas de transmisión y distribución de energía

eléctrica e instalaciones accesorias.

- ejercer la servidumbre constituida sin innovación de obras, plantaciones o cercas.

A los efectos de la proyección de obras de la naturaleza mencionada, deberá tenerse

presente en cada caso lo concerniente al impacto ambiental y social que se genere, y en

consecuencia la gestión de las correspondientes licencias ambientales y el diseño de las

medidas de mitigación deberán responder a las exigencias del derecho ambiental paraguayo,

cuyos principales contenidos se exponen a continuación.

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La Constitución Nacional establece claros principios de defensa del ambiente, de la

diversidad ecológica, de los intereses difusos, de la salud pública y de la calidad de vida,

como se expresan a continuación:

Título I

Sección I - Art. 6 – De la Calidad de vida: El Estado también fomentará la investigación

sobre los factores de población y sus vínculos con el desarrollo económico social, con la

preservación del ambiente y con la calidad de vida de los habitantes.

Sección II Art. 7 Del Derecho a un Ambiente saludable: Toda persona tiene derecho a

habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. Constituyen objetivos

prioritarios de interés social la preservación, la conservación, la recomposición y el

mejoramiento del ambiente, así como su conciliación con el desarrollo humano integral.

Estos propósitos orientarán la legislación y la política gubernamental pertinente.

Sección II Art. 8: De la Protección Ambiental: Las actividades susceptibles de producir

alteración ambiental serán reguladas por la ley. Asimismo, ésta podrá restringir o prohibir

aquellas que califique peligrosas. …”

Art. 38 – Del Derecho a la Defensa de los Intereses Difusos: Toda persona tiene derecho,

individual o colectivamente, a reclamar a las autoridades públicas medidas para la defensa

del ambiente, de la integridad del hábitat, de la salubridad pública, del acervo cultural

nacional, de los intereses del consumidor y de otros que, por su naturaleza jurídica,

pertenezcan a la comunidad y hagan relación con la calidad de vida y con el patrimonio

colectivo.

Bajo la Constitución Nacional, nuestro país posee un amplio y moderno marco legal

ambiental, siendo lo estrictamente aplicables al proyecto en estudio, los citados en el cuadro

más abajo.

En el Cuadro a continuación se listan las disposiciones legales de carácter ambiental

aplicables al Proyecto.

Disposición legal Año Titulo

Ley N° 3966 2010

Orgánica Municipal

Art. 12º, sobre el derecho de legislar en materias tales como

suministro de agua, alcantarillas, aguas recreativas y control de

actividades industriales consideradas insalubres y/o peligrosas, en

lo que se refiere a salud pública, y la preservación, conservación

recomposición y mejoramiento de los recursos naturales

significativos.

Art. 225 sobre la coordinación de planes y estrategias con las

municipalidades, a fin de armonizarlas con el Plan de Desarrollo

Sustentable del Municipio.

Art. 226 sobre el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial como

orientador del uso y ocupación del territorio en el área urbana y

rural del municipio.

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Disposición legal Año Titulo

Ley N° 836 –

Código Sanitario 1980

CAP. VI – De los daños por accidentes – Art. 42

TIT. II- De la Salud y el Medio - CAP I – Del Saneamiento

Ambiental – De la contaminación y Polución – Art. 66, 67, 68.

CAP. IV- De la Salud ocupacional y del Medio Laboral – Art. 86,

87, 88, 89.

CAP.VIII-De los campamentos, ... – Art. 103

CAP. II – De la salud y el desarrollo económico y social – Art.

140.

Ley N° 42

1990 Prohíbe la importación y utilización de residuos peligrosos o

basuras toxicas

Ley N° 294 1993 De Evaluación de Impacto Ambiental. Art. 5° De las actividades

que requieren EIA.

Ley N° 567 1995 Que aprueba el Convenio de Basilea

Ley N° 716 1996 Que sanciona los delitos contra el medio ambiente

Ley N° 2333 2004 Que aprueba el convenio de Estocolmo sobre contaminantes

orgánicos persistentes

Resol. N° 549 del

MSP y BS 1996

Por el cual se establecen normas técnicas que reglamentan el

manejo de los desechos sólidos

Ley N° 1.100 1997 De prevención de la polución sonora. Art. 5° y 9°

Ley N° 1.334 1998 Que establece normas de defensa del consumidor

Ley N° 1.561 2000

Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional

del Ambiente y la Secretaría del Ambiente.

Art.14 inc. i) Autoridad de aplicación de la Ley N° 294/93 EvIA

Decreto N° 11.670 2000 Por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N° 1533/2000

Decreto N° 18.317 2002 Por el cual se designa a la SEAM como punto focal nacional del

Convenio de Estocolmo

Decreto Nº 10071 2007 Por el cual se fijan los Límites Máximos Permisibles (LMP) para la

exposición de las personas a las radiaciones No Ionizantes (RNI).

Resolución N°

1190 2008

Que establece medidas para la gestión de PCB dentro del territorio

nacional

Ley N° 3956 2009 Gestión integral de los residuos sólidos

Resolución SEAM

N° 1.402 2011

“Por la cual se establecen protocolos para el tratamiento de

Bifenilos Policlorados (PCB) en el marco de la implementación del

Convenio de Estocolmo en la República del Paraguay”.

Decreto 453 2013

Por el cual se reglamenta la Ley N° 294/1993 de Evaluación de

Impacto Ambiental" y su modificatoria, la Ley N° 345/1994, y se

deroga el Decreto N° 14.281/96.

Decreto 14390 1990

Por el que se aprueba el Reglamento General Técnico de

Seguridad, Higiene y Medicina en el Trabajo – Ministerio de

Justicia y Trabajo

Decreto 954 2013 Por el cual se modifican los Artículos 2°, 3°, 5°, 6° inciso E), 9°,

10°, 14° y el anexo del Decreto N° 453 del 8 de octubre de 2013.

Resolución SEAM

N° 244 2013

Por el cual se establecen tasas a ser percibidas, en el marco de la

Ley N° 294/93 de EIA, en vista a la aplicación del Decreto N° 453

a los proyectos ingresados a la SEAM.

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Disposición legal Año Titulo

Resolución

SEAM N° 245 2013 Sobre el procedimiento de aplicación del Decreto 453/2013 a los

proyectos ingresados por el anterior reglamento de la Ley 294/93

Resolución

SEAM N° 246 2013

Por la cual se establecen los documentos para la presentación del

Estudio de Impacto Ambiental Preliminar – EIAp y Estudio y

Disposición de Efluentes – EDE, en el marco de la Ley N° 294/93

de EIA”

La Política Ambiental Nacional, aprobada por Resolución N° 04/05 de fecha 31 de mayo de

2005 del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), se basa en los siguientes fundamentos:

El ambiente es un patrimonio común de la sociedad; de su calidad dependen la vida y las

posibilidades de desarrollo de las comunidades del Paraguay.

La sustentabilidad del desarrollo del país está fuertemente ligada a la utilización y al manejo

adecuado de sus recursos naturales, a la producción sustentable, al mejoramiento de la

calidad de vida de la población, al logro de la equidad y a la plena participación social en el

desarrollo.

La preservación, conservación y recuperación del patrimonio natural y cultural son cruciales

para la sustentabilidad y el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades. El

desarrollo socioeconómico y la sustentabilidad ambiental son complementarios.

Las cuestiones ambientales y culturales de carácter regional o transfronterizo son

prioritarias. Serán promovidas las iniciativas de integración regional basadas en el manejo

sustentable, en la conservación de los ecosistemas compartidos y en el reconocimiento de las

identidades culturales.

2. NORMAS DE LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA LAS RNI

En relación con la naturaleza del Proyecto que es objeto del presente estudio, deben

considerarse los parámetros técnicos establecidos a través del Decreto No 10071 de fecha 2

de marzo de 2007 “Por el cual se aprueba la Norma que fija los Límites Máximos

Permisibles (LMP) para la Exposición de las Personas a las Radiaciones No Ionizantes

(RNI)”. El referido decreto, que fue promulgado a instancias de una presentación del

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, es de carácter obligatorio en la República del

Paraguay, para las entidades del Estado, las personas físicas y jurídicas, nacionales o

extranjeras, que realicen actividades que generen campos eléctricos, magnéticos y

electromagnéticos, en la gama de frecuencias de 0 Hz a 300 GHz y que pueden interactuar

directamente con el cuerpo humano a través de mecanismos de acoplamiento o absorción de

energía.

I. ASPECTO INSTITUCIONAL

Las instituciones que guardan relación con el proyecto son:

Secretaría del Ambiente (SEAM) – (Ley Nº 1.561/00 y su Decreto Reglamentario Nº

10.579)

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La citada Ley, contempla la creación del Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM), el

Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) y la Secretaría del Ambiente (SEAM), la cual le

confiere el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de

Impacto Ambiental y su Decreto Reglamentario 14281/96. La SEAM tiene por objeto la

formulación, coordinación, ejecución y fiscalización de la política ambiental nacional. Tanto

la gestión ambiental y el ordenamiento ambiental del territorio nacional están a cargo de esta

institución.

Ministerio de Industria y Comercio (MIC)

Tiene como Misión liderar el proceso de desarrollo sostenible; establecer políticas claras,

orientadas al fortalecimiento del sector industrial, comercial y de servicios buscando la

equidad social. Propiciar la reconversión económica del país, a fin de armonizar los intereses

de los diferentes sectores productivos, facilitando la distribución, circulación y consumo de

los bienes de origen nacional y promover el comercio interno y externo, en un marco de

libre competencia, fomentando las prácticas legales de comercio y velando por la defensa de

los derechos del consumidor y la propiedad intelectual.

Ministerio de Obras Públicas y comunicaciones (MOPC)

El Ministerio tiene como objetivo principal facilitar las infraestructuras públicas de su

competencia y establecer normas al respecto, que sean de utilidad a la producción,

comercialización y consumo del país.

Corresponde a esta Cartera Ministerial las responsabilidades de bienes y servicios públicos

siguientes: Obras Públicas, Transporte, Comunicaciones, Energía, Minas, Turismo y

Parques Nacionales, y Monumentos Nacionales.

Le corresponde además la emisión de normativas relacionadas a las condiciones de

transporte de carga.

El art. 3 de la Ley 966 de Creación de ANDE establece que “Las relaciones oficiales de

ANDE con el Poder Ejecutivo serán mantenidas por conducto del Ministerio de Obras

Públicas y Comunicaciones, pudiendo mantener correspondencia directa con los Poderes del

Estado o las dependencias administrativas del Gobierno.”

Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT)

Es la institución encargada de velar por el cumplimiento del Reglamento General Técnico de

Seguridad, Medicina e Higiene en el Trabajo y del Código del Trabajo, modificada.

Ministerio de Hacienda (MH)

Fiscaliza el sistema arancelario e impositivo que regula el funcionamiento contable de la

firma, tanto de exportación como de importación y la comercialización interna.

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS)

Entre sus funciones está la de organizar y administrar el servicio sanitario de la República,

es la institución responsable de hacer cumplir las disposiciones del código sanitario y su

reglamentación.

Administración Nacional de Electricidad (ANDE)

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Según Ley 966 ANDE es una institución autárquica, descentralizada de la Administración

Pública, de duración ilimitada, con personería jurídica y patrimonio propio. Estará sujeta a

las disposiciones civiles y comerciales comunes, en todo lo que no estuviera en oposición a

las normas contenidas en la presente Ley.

ANDE tiene por objeto primordial satisfacer en forma adecuada las necesidades de energía

eléctrica del país, con el fin de promover su desarrollo económico y fomentar el bienestar de

la población, mediante el aprovechamiento preferente de los recursos naturales de la Nación.

Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (SENASA)

Creado por Ley Nº 369/72, institución dependiente del Ministerio de Salud Pública y

Bienestar Social. Es la encargada de administrar lo establecido en las Resolución Nº 750/02

sobre la disposición de los Residuos sólidos.

Municipalidad de Asunción

Es el órgano de gobierno local, con autonomía política, administrativa y normativa. Tiene

potestad y libre atribución en cuanto al desarrollo urbano, medio ambiente, educación,

cultura, deporte, turismo, asistencia sanitaria y social, entre otros.

J. DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES

En la situación actual de operación del proyecto, los impactos ambientales negativos que

han sido provocados por el mismo se consideran de baja y media magnitud y de alcance

local. Con medidas de adecuación ambiental del entorno es posible minimizar y/o

compensar los impactos referidos.

Con relación al escenario futuro y atendiendo a la obras de adecuación y renovación de

equipamientos proyectados en el predio de la Subestacion Villa Aurelia, en el cual se

encuentran montadas y en operación las instalaciones correspondientes, no se pronostican

impactos ambientales negativos de alta significación.

Los potenciales efectos negativos están asociados a las tareas constructivas, pudiendo ser

prevenidas y mitigadas convenientemente a través de medidas apropiadas a ser

implementadas en la fase constructiva de la obra.

a) Diseño del proyecto

Si bien las personas normalmente manifiestan preocupación respecto a los campos eléctricos

o magnéticos que siempre se asocian a instalaciones eléctricas, dado que efectos atribuidos a

la salud han sido objeto de publicaciones, no se descarta que en un estado más avanzado del

proyecto, los pobladores también expresen temores sobre el tema.

Debido a los inconvenientes que ha tenido la ANDE en el momento de emplazar, ampliar o

adecuar subestaciones en áreas pobladas, la situación señalada es puesta a consideración de

los potenciales afectados cuando el RIMA correspondiente al EIAp es publicado tal como

establecen los procedimientos del Decreto 453/13.

b) Instalación de campamentos y obradores

Durante la instalación de campamentos y obradores, así como también el transporte de

materiales, serán generados polvos, gases y materiales particulados.

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Está previsto que el obrador se ubique en el mismo predio de Sub estación, considerando

que existen estructuras temporales tipo contenedores que pueden ser ubicados en el sitio sin

mayores afectaciones. Por lo tanto, existirá demanda de servicios de saneamiento básico

(agua potable, evacuación de aguas negras domésticas); tal situación, es una exigencia

incluida en los pliegos de contratación de la ANDE y no se considera que puedan ser fuentes

de impactos negativos significativos. La generación de residuos sólidos provenientes de los

campamentos, estará confinado al predio de la ANDE, y puede constituirse en una fuente de

contaminación ambiental y riesgo para la salud en caso de no disponerse de un sistema

adecuado de acopio, transporte y disposición final, sin embargo existen empresas

proveedoras de servicios de recolección por lo que tampoco representaría mayores

inconvenientes.

La demanda de servicios auxiliares (principalmente alimentación para obreros) constituye un

impacto positivo indirecto asociado a la obra, y se traducirá en generación de empleo

temporal para el entorno.

En caso de derrames de aceites de máquinas que puedan ocurrir eventualmente por

desperfectos mecánicos, el suelo contaminado podrá ser removido rápidamente,

disponiéndose de rutinas y procedimientos de actuación en dichos casos.

c) Movimiento de suelos, construcción de canaletas y fundaciones

Los trabajos que han ser efectuados para la adecuación de la Subestación con la

correspondiente renovación de equipos consistirá en excavaciones, rellenos y nivelaciones,

con necesarios movimiento de suelos que requieren operación de maquinarias apropiadas

para el fin.

Los impactos ambientales negativos asociados a estas tareas son de carácter directo,

transitorio y que se darán con seguridad son: contaminación del aire con polvo, gases y

particulados, ruidos molestos, generación de residuos.

Durante esta actividad, también podrán generarse polvo y derrames de materiales

particulados, por la necesidad de transportar al sitio de obra arena lavada, piedra triturada y

de tipo empedrado.

d) Operación de las instalaciones

En la etapa de puesta en servicio de las instalaciones eléctricas se evalúan los siguientes

aspectos negativos:

la generación de ruidos con origen en los transformadores

la generación de campos eléctricos y magnéticos

el riesgo de accidentes por contacto con elementos en tensión

riesgos de accidentes (incendios, contacto accidental con elementos bajo tensión)

contacto directo con sustancias especiales: aceites de transformadores y otros

Ruidos

El ruido audible generado por transformadores de potencia tiene su origen en el denominado

efecto magnetostrictivo producido en las chapas del núcleo por la inducción magnética

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generada por la corriente eléctrica de alimentación. La perturbación es transmitida a través

del fluido dieléctrico o partes estructurales, y son irradiados al aire en forma de ondas

acústicas.

El ruido radiado (zumbido) está formado por un conjunto de armónicos en la frecuencia

fundamental doble de la de servicio y sus primeros armónicos. El sonido audible también

proviene del sistema de enfriamiento del transformador. No se espera que los ruidos

generados en el transformador puedan constituirse en una fuente de ruidos molestos para la

comunidad y los vecinos más próximos teniendo en cuenta que el predio SE Villa Aurelia se

halla próximo a calles altamente transitadas cuyos ruidos producidos por movimiento de

vehículos son más elevados que los generados en la misma.

Generación de campos eléctricos y magnéticos

La operación de Subestaciones genera campos eléctricos y magnéticos. Los campos

eléctricos se miden en Voltios por metro (V/m) o kilovoltios por metro (kV/m) y son

fácilmente bloqueados por objetos conductores como árboles o edificios. Los campos

magnéticos se miden en gausios (G) o Teslas (T) y no son bloqueados por la mayor parte de

los materiales.

En Paraguay, el Decreto 10071/2007 determina los Límites Máximos Permisibles (LMP)

para la exposición de las personas a las radiaciones No Ionizantes (RNI). Se aplica al sector

eléctrico y de radiofrecuencias, fija límites de exposición a campos electromagnéticos

(CEM), adoptando los niveles de referencias establecidos por la Comisión Internacional para

la Protección contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP). Dichos límites de exposición

a campos magnéticos son de 100 μT (100 microteslas) para el público y 500 μT (500

microteslas) para los trabajadores. Para los campos eléctricos los límites de exposición son

de 5 kV/m para la población y 10 kV/m para los trabajadores. La Secretaría del Ambiente es

la autoridad de aplicación del Decreto.

La ANDE ha efectuado mediciones de campos magnéticos en subestaciones de similares

característica a esta subestación. Las mediciones reportaron valores máximos de 81,4 uT en

el patio de maniobras (frente a la salida de 23 kV del transformador), 16,29 uT en la sala de

mando y 5,55 en los límites de la Subestación.

Todos los valores medidos cumplen con holgura las recomendaciones establecidas por el

Decreto 10071/2007.

A. PLAN DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS

NEGATIVOS

Los potenciales Impactos Negativos Directos que pudieran generarse en la etapa de

construcción y renovación de equipamiento de la obra serán manejados a través de las

Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAGs) y que se incluyen dentro de los

Pliegos de Bases y Condiciones de la Licitación correspondiente a la construcción del

proyecto.

Las Medidas de cumplimiento obligatorio por la Contratista que se encuentran incluidas

dentro de las ETAGs se describen en los siguientes capítulos:

Cap. V- Medidas de protección al Medio Biológico

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Cap. VI- Medidas de Control de la Contaminación del Aire y la Erosión

Cap. VII- Medidas para la disposición de residuos.

Cap. VIII- Restauración de Áreas

Cap. IX- Instalación de Campamentos, Patio de maquinarias, talleres.

Cap. X- Relacionamiento con terceros

Cap. XI- Salud y Seguridad

Cap. XII-. Capacitación y Educación Ambiental

Cap. XIII- Proyecto de apoyo a la comunidad

Cap. XIV- Medidas de protección a las áreas de préstamo

Cap. XV – Fiscalización Ambiental

Dentro del Plan de Gestión Ambiental del Proyecto se incluye un Plan de Mitigación y Plan

de Monitoreo, los cuales contienen la descripción de las medidas propuestas para reducir,

mitigar y compensar los impactos ambientales negativos significativos asociados al

proyecto; así mismo las responsabilidades para su ejecución, y los sistemas de monitoreo y

control que se utilizarán.

De acuerdo al diagnóstico ambiental y análisis de impactos, no existen restricciones

significativas para que la obra sea realizada en el predio de la ANDE en el que actualmente

ya se encuentra en operación la Subestación Abrigada Villa Aurelia en 66-23 kV. La obra de

construcción de la Subestación abrigada Villa Aurelia en 220 kV no originará

desplazamientos de personas ni repercutirá negativamente en la calidad de vida de la

comunidad, disponiéndose su emplazamiento en forma paralela a la actual Subestación

abrigada hacia el sector este de la misma y hacía el interior del inmueble en su conjunto

colindando la ampliación con el inmueble sin oficinas ni estructuras en una proximidad de

50 metros.

Los equipos transformadores para la Subestación en 220 kV con tecnología GIS (Estaciones

encapsuladas en gas hexafluoruro de azufre) permiten diseñar el proyecto conjugando los

aspectos técnicos, económicos y socioambientales, posibilitando además la continuidad y el

desarrollo de proyectos de bienes y servicios fundamentales para la población beneficiada

con la energía transformada en la Subestación.

Se tiene previsto que la obra se inserte en la comunidad con su correspondiente aceptación,

evidenciándose sin embargo la necesidad de dar participación a los pobladores a través de su

inserción laboral en tareas de acuerdo a la capacidad disponible.

La etapa de construcción de la obra es la de mayor riesgo desde el punto de vista de los

impactos directos negativos que puedan ser ocasionados al ambiente, por lo cual se requerirá

un acompañamiento permanente para el seguimiento de los aspectos principalmente de

higiene y seguridad por la cantidad importante de personal que involucrará.

Desde el punto de vista regional el proyecto tendrá un alto impacto en la calidad del

suministro de energía eléctrica, siendo éste el impacto más significativo del proyecto.

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Desde el punto de vista de la coordinación interinstitucional, el Plan de Gestión Ambiental

involucra además de la ANDE, a la Empresa Contratista, la Municipalidad de Asunción, la

SEAM y la comunidad organizada, existiendo canales de comunicación delineados.

B. CRONOGRAMA DE EJECUCION DE LA OBRA

El Proyecto Subestación Villa Aurelia dispondrá el inicio de actividades una vez obtenida la

Declaración de Impacto Ambiental; y a partir de la orden de inicio de la Entidad

Contratante. De acuerdo al Contrato se dispondrá de 450 días calendarios. (15 meses)

C. CONCLUSIÓN

De acuerdo con las observaciones e intercambio de criterios técnicos y ambientales

realizados en el área de estudio, se concluye que el proyecto para la adecuación y

equipamiento de la Subestación Villa Aurelia producirá impactos negativos de duración

temporal principalmente en el tiempo en que se realicen las construcciones. En la etapa de

operación con la nueva subestación abrigada en 220 kV, no se aprecian modificaciones en la

magnitud de impactos negativos permaneciendo en escalas bajas a medias. Los impactos

positivos se traducirán en la provisión de energía eléctrica en calidad y cantidad para las

áreas de influencia de la misma, principalmente en épocas de demanda pico que serán

subsanadas en gran medida y previendo además un incremento en la demanda de servicios

de energía eléctrica a ser provistos con las nuevas instalaciones.

Los impactos negativos tanto para la etapa de construcción como de operación serán

minimizados a través de la implementación de las medidas concretas de protección

ambiental de los Programas componentes del Plan de Gestión Ambiental del Estudio de

Impacto Ambiental que corresponde al presente RIMA, por lo tanto se concluye que el

proyecto es socioambientalmente viable.

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FOTOGRAFÍAS DE LA SUBESTACION VILLA AURELIA

Foto 1 y 2: Vista de Subestación Abrigada Villa Aurelia de 66/23 kV en operación.

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FOTOGRAFIAS DE LA SUBESTACION VILLA AURELIA (Continuación)

Foto 3 y 4: Vista de Subestación Abrigada Villa Aurelia de 66/23 kV con equipamientos de control,

dispositivos de prevención de incendios y botiquín de primeros auxilios disponible.

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FOTOGRAFIAS DE LA SUBESTACION VILLA AURELIA (Continuación)

Foto 5 y 6: Vista parcial de edificio de Subestación Abrigada Villa Aurelia de 66/23 kV con el área colindante

al este donde se tiene previsto la construcción de la Subestación en 220 kV.