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"PROYECTO DE ADAPTACION DE LOCAL A CAFE-BAR " PROMOTOR: _________________________________

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"PROYECTO DE ADAPTACION DE LOCAL A CAFE-BAR"

PROMOTOR: _________________________________

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MEMORIA

INDICE

1. ANTECEDENTES.

2. OBJETO.

3. SITUACION DEL LOCAL.

4. CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DEL LOCAL.

4.1. EDIFICIO.

4.2. COMPOSICION.

4.3. ESTUDIO TECNICO.

4.4. INSTALACIONES.

4.5. NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

5. APLICACION DEL REGLAMENTO DE CALIFICACION AMBIENTAL.

5.1. OBJETO DE LA ACTIVIDAD.

5.2. EMPLAZAMIENTO Y SU DESCRIPCION.

5.3. MAQUINARIA, EQUIPOS Y PROCESO PRODUCTIVO.

5.4. MATERIALES EMPLEADOS, ALMACENADOS Y PRODUCIDOS.

5.5. RIESGOS AMBIENTALES PREVISIBLES Y MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS.

5.6. MEDIDAS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL QUE PERMITAN GARANTIZAR EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DENTRO DE LOS LIMITES PERMISIBLES.

6. APLICACION DEL REGLAMENTO GENERAL DE POLICIA DE ESPECTACULOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.

6.1. SECCION PRIMERA.

6.2. SECCION SEGUNDA. ALUMBRADO, CALEFACCION Y VENTILACION.

6.3. SECCION TERCERA. PRECAUCIONES Y MEDIDAS CONTRA INCENDIOS.

7. NORMAS TECNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS, URBANISTICAS Y EN EL TRANSPORTE.

8. CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Y MEDIDAS CORRECTORAS.

8.1. VENTILACION E ILUMINACION.

8.2. PROTECCION DEL PERSONAL.

8.3. SERVICIOS HIGIENICOS.

8.4. BOTIQUIN DE URGENCIA.

8.5. ESTUDIO TECNICO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA NBE CPI-96 DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS POR DICHO LOCAL.

9. CARACTERISTICAS QUE DEBERA REUNIR LA INSTALACION ELECTRICA.

9.1. ACOMETIDA.

9.2. INSTALACIONES DE ENLACE.

9.3. INSTALACIONES INTERIORES.

9.4. PRESCRIPCIONES PARTICULARES PARA LOCALES DE REUNION.

9.5. PROTECCION CONTRA SOBREINTENSIDADES.

9.6. PROTECCION CONTRA SOBRETENSIONES.

9.7. PROTECCION CONTRA CONTACTOS DIRECTOS E INDIRECTOS.

9.8. PUESTAS A TIERRA.9.9. RECEPTORES DE ALUMBRADO.

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9.10. RECEPTORES A MOTOR.

10. PLANOS.

11. CONCLUSION.

ANEXO DE CALCULO

ANEXO Nº 1. CALCULOS ELECTRICOS.

1.1. INTENSIDADES.

1.2. CAIDA DE TENSION.

1.3. POTENCIA DE CALCULO.

1.4. CARACTERISTICAS GENERALES DE LA INSTALACIONELECTRICA.

1.5. JUSTIFICACION DE CALCULOS.

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PROYECTO DE ADAPTACION DE LOCAL A CAFE-BAR. PROMOTOR: _____________________________

M E M O R I A

1. ANTECEDENTES

Se redacta el presente proyecto de "ADAPTACION DE LOCAL A CAFE-BAR" por encargo de _________________________________________________, con NIF: ______________________________, domicilio social en C/____________________________________, nº ____, _________________________ y a instancia de la Consejería de Trabajo e Industria, Delegación Provincial de __________________, y del Excmo. Ayuntamiento de ____________________.

2. OBJETO

El objeto del presente proyecto, es el de exponer ante los Organismos competentes, que la adaptación que nos ocupa reune las condiciones y garantías mínimas exigidas por la vigente reglamentación, para poder legalizarla y proceder a su posterior apertura y puesta en marcha.

En la confección del mismo se ha tenido en cuenta lo preceptuado por la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, encontrando que la actividad que nos ocupa se encuentra incluida en el ANEXO TERCERO de dicha legislación, con la clasificación "8. Café-bares y restaurantes", por lo tanto le será de aplicación el Reglamento de Calificación Ambiental, al objeto de comprobar su adecuación a la normativa ambiental vigente y determinar las medidas correctoras o precautorias necesarias para prevenir o compensar sus posibles efectos negativos sobre el medio ambiente.

El presente proyecto recoge las características de los materiales, los cálculos que justifican su empleo y la forma de ejecución de las obras a realizar, dando con ello cumplimiento a las siguientes disposiciones:

- Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental.- Reglamento de Calificación Ambiental.- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias (Real Decreto 842/2002 de 2 de Agosto de 2002).- Real Decreto 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución,

Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica.- NBE CPI-96 de Protección contra Incendios en los Edificios.- NBE CA-88 de Condiciones Acústicas en los Edificios.- NBE CT-79 de Condiciones Térmicas en los Edificios.- Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.- Normas Técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.- Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre de 1.997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras.- Real Decreto 486/1997 de 14 de abril de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.- Real Decreto 485/1997 de 14 de abril de 1997, sobre Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.- Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de

los equipos de trabajo.- Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los

trabajadores de equipos de protección individual.

3. SITUACION DE LOCAL

La situación del local que nos ocupa, es en C/____________________________________________, nº ______, de _________________________________, detalle que puede apreciarse en el plano de situación que se adjunta en el documento correspondiente.

4. CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DEL EDIFICIO

4.1 EDIFICIO.

EL Local es de forma irregular, sensiblemente rectangular, con una superficie útil de 134,41 m², estando inserto en el bajo de un edificio proyectado a base de estructura de hormigón armado. La fachada principal da a una calle, la fachada posterior da a un patio comunitario de grandes dimensiones, una de las paredes laterales da a un bar ya existente, mientras que la otra da a zonas comunes de un edificio de viviendas.

Encima del local existen viviendas pertenecientes a otros vecinos.

La altura del local en cuestión es de 2,95 m, reduciéndose ésta en 20 cm mediante un falso techo de escayola.

4.2. COMPOSICION.

La distribución del Local será como a continuación se especifica (superficies útiles):

- Zona de Café-Bar ............................................................................... 70,00 m²

- Zona de Barra (Interior) ...................................................................... 34,80 m²

- Aseo Caballeros........................................................................................ 2,30 m²

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- Aseo Minusválidos/Señoras ................................................................. 4,10 m²

- Almacén .............................................................................................. 14,05 m²

La forma y dimensiones de dicho local puede apreciarse en el plano adjunto en el documento correspondiente.

4.3. ESTUDIO TECNICO.

El local en cuestión se encuentra sin ejecutar casi en su entera totalidad, solamente existen los cerramientos exteriores, enfoscados y fratasados, la solería de mármol, la carpintería exterior y dos aseos, con su correspondiente instalación de fontanería y saneamiento, por lo tanto la mayoría de los trabajos consisten en adaptarlo convenientemente a las condiciones de uso, adaptando los aseos, instalando una barra y ejecutando un almacén anexo al café-bar. Se realizará, además, la instalación eléctrica necesaria para el funcionamiento de todas las máquinas a instalar y que más adelante describiremos.

4.3.1. Cimentación.

La Cimentación se ejecutó en su momento, a la hora de construir el edificio en el que está inserto el local.

El tipo de cimentación adoptado fue de zapata aislada y flexibles arrostradas en dos direcciones.

4.3.2. Estructura.

El sistema elegido fue de pilar de hormigón armado de FCk=175 Kp/cm² y Fyk=4100 Kp/cm², vigas fabricadas en obra y viguetas semirresistentes.

La bovedillas fueron de hormigón y la capa de compresión de 3 cm.

4.3.3. Cerramientos exteriores.

Los cerramientos exteriores existentes en el local son de doble fábrica, compuestos de citara de 1/2 pie de espesor con ladrillo H/D, recibido con mortero de cemento M-40 (1:6); panel semirrígido de fibras de vidrio, recubierto por una cara con papel kraft con polietileno de 30 m.m. de espesor y 22 Kg/m3 de densidad; y tabique de ladrillo H/S de 4 cm. de espesor recibido con mortero M-40. En la elección del cerramiento se ha tenido en cuenta que sea resistente a su propio peso, a la acción del viento y a la penetración del agua de lluvia o nieve.

El cerramiento terminado con sus respectivos revestimientos, exterior e interior, tiene un coeficiente de transmisión térmica inferior a 1,5 Kcal/h oC, y una atenuación acústica superior a 50 dBA.

4.3.4. Cubiertas.

La cubierta es la practicada en su día en el Edificio en cuestión, sin que a nuestro local afecte ésta para nada, pues existen más plantas encima de él.

4.3.5. Revestimientos continuos.

Se ejecutarán, en interiores, enfoscados fratasados de mortero de cemento de 1,5 cm de espesor mínimo, tanto en paramentos horizon-tales como verticales, siendo estos últimos además maestreados con separación máxima de maestras de 1 m.

No son precisas juntas de dilatación con estos revestimientos, ya que no se prevén grandes cambios de temperatura entre interior y exterior, por lo tanto el enfoscado los puede admitir.

4.3.6. Solados y alicatados.

La solería básica existente es de baldosas de mármol, recibidas con mortero M-40 (1:6), nivelado con capa de arena de 2 cm. de espesor medio, formación de juntas y enlechado.

Los alicatados serán de plaqueta cerámica vidriada de 15 x 30 cm., recibidas con mortero bastardo M-40 (1:1:7), en todos los servicios, con altura de 2 m. sobre el suelo como mínimo.

El techo se recubrirá con planchas de escayola.

4.3.7. Carpintería.

Será de madera de pino Flandes, chapada en Okume, para puertas interiores y exteriores, es de aluminio en ventanas, con secciones normalizadas y herrajes de cuelgue y seguridad de latón, de características óptimas en cuanto a su resistencia e indeformabilidad, y siendo su atenuación superior a 10 dBA.

Las puertas de entrada al local tendrán un espesor mínimo de 40 m.m. y las puertas de paso de 35 m.m. Ambas irán provistas de herrajes de latón de cuelgue y cumplirán el Decreto 2.714/71, exigiéndose marca nacional de calidad.

4.3.8. Vidriera.

Todas las ventanas llevan cristalinas 4/5 mm colocadas con goma para el caso de carpintería metálica o aluminio.

En cualquier caso, se garantizará la resistencia a la acción del viento.

4.3.9. Pinturas.

En interiores y sobre paramentos horizontales y verticales se prevé pintura petrea rugosa. En exteriores, tanto horizontales como verticales, se aplicó pintura petrea rugosa también.

La carpintería de madera, se pintará con esmalte sintético, dos manos.

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La cerrajería se pintará igualmente, al esmalte sintético, dos manos y color a elegir.

4.4. INSTALACIONES.

4.4.1. Saneamiento.

La red de saneamiento se ejecutará con tubería de PVC, y se conectará con la red existente.

Los desagües de los aparatos, se harán mediante tubería de PVC normalizado según NTE, y dimensionado reglamentario. Los inodoros van conexionados a la red, mediante manguetones del mismo material de 110 m.m. y longitud máxima de 1 m. El resto de los aparatos llevan todos sifón individual.

Los materiales estarán protegidos en general y en previsión de dilataciones en la estructura, y se dispondrá contratubo relleno de mástic asfáltico en paso de forjados y muros.

4.4.2. Fontaneria y aparatos sanitarios.

La instalación de fontanería se ejecutará de cobre de dimensiones normalizadas, según NTE, y especificadas en planos, para que la velocidad del agua sea como máximo 1,5 m/seg.

Se garantizará una continuidad de servicio y presión (10 m.c.a < p < 35 m.c.a.). Igualmente se garantizará la estanquidad de toda la instalación para una presión doble de la de uso.

Los aparatos sanitarios son de porcelana vitrificada blanca, con grifería de primera calidad, e hidromezclador en lavabo. Sin hidromezclador en el resto. Existen llaves de paso en cada cuarto de baño o aseo y se previó instalación de toma de agua.

Se protegerán los materiales contra las heladas y la calorificación, así como contra los efectos de las dilataciones en los pasos de forjados y muros.

4.4.3. Electricidad.

La instalación eléctrica se ejecutará según trazado que se indica en plano, bajo tubo flexible de PVC, registrable mediante las correspondientes cajas empotradas y se dispondrán los mecanismos detallados en planos. La tensión de servicio será de 400/230 V.

Se dispondrá cuadro de mando y maniobra con los circuitos precisos según reglamento y NTE, que se especificarán en los planos, completos y con los dispositivos de protección reglamentarios. Los interruptores de cuartos de baño y aseos se dispondrán fuera del recinto. Se preverá separación a canalizaciones de agua y gas, de 30 cm. como mínimo. Igualmente se preverá separación mínima a canalizaciones de telefonía.

4.4.4. Telefonía.

La canalización de telefonía se desarrollará a través de zonas comunes y bajo tubo flexible y cajas de registro. Además cumplirá con las especificaciones de la C.T.N.E. Se prevé una separación a otras instalaciones superior a 5 cm.

4.5. NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

4.5.1. Acciones.

NBE-AE-88 "ACCIONES EN LA EDIFICIACION".NCSE-94 "Norma Sismorresistente".

4.5.2. Aislamiento térmico.

NORMA BASICA DE LA EDIFICACION NBE-CT/79 SOBRE CONDICIONES TERMICAS EN LOS EDIFICIOS.Real Decreto 2.429/1.979 de la Presidencia del Gobierno (BOE 22-10-1.979).

4.5.3. Carpintería.

MARCA DE CALIDAD PARA PUERTAS PLANAS DE MADERA.Decreto 2714/1.971 de 14 de Octubre(BOE 8-11-1.971).INSTRUCCION REGULADORA DE LA CONCESION DE LA MARCA DE CALIDAD PARA PUERTAS PLANAS DE MADERA.Orden del Ministerio de Industria del 16 de Febrero de 1.972 (BOE 14-3-1.971, 11-4-1.972, 7-7-1.972).MODIFICACION DE LA INSTRUCCION REGULADORA DE LA CONCESION DE LA MARCA DE CALIDAD PARA PUERTAS PLANAS DE MADERA.Orden del Ministerio de Industria y Energía de 10 de Julio de 1.978 (BOE 19-8-1.978).4.5.4. Cemento.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA RECEPCION DE CEMENTO RC/74.Decreto 1.964/1.975 de 23 de Mayo (BOE 28 Y 29-8-1.975).CRITERIOS A SEGUIR PARA LA UTILIZACION DE LOS CEMENTOS EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICOS PARA LA RECEPCION DE LOS CEMENTOS RC/74.Orden del Ministerio de Obras Publicas del 13 de Junio de 1.977 (BOE 20-6-1.977).

4.5.5. Cubiertas.

NORMA MV-301-1.970. IMPERMEABILIZACION DE CUBIERTAS CON MATERIALES BITUMINOSOS.Decreto 2.752/1.971 de 13 de Agosto (BOE 12-11-1.971).

4.5.6. Estructuras.

FABRICACION Y EMPLEO DE SISTEMAS DE FORJADOS O ESTRUCTURAS PARA PISOS Y CUBIERTAS.

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Decreto 124/1.966 de 20 de Enero (BOE 21-1-1.966).NORMAS PARA LA APLICACION DEL DECRETO DE 20 DE ENERO DE 1.966.Resolución de la Dirección General de Industria para la construcción de 31 de Octubre de 1.966 (BOE 9-11-1.966).MODELOS DE FICHAS DE CARACTERISTICAS DE LOS SISTEMAS DE FORJADOS O ESTRUCTURAS PARA PISOS Y CUBIERTAS.Orden del Ministerio de la Vivienda del 25 de Febrero de 1.966 (BOE 9-3-1.966).Estructuras de Acero en la Edificación NBE-EA-95

4.5.7. Estructura de hormigón.

EH-91.INSTRUCCION PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCION DE OBRAS DE HORMIGON EN MASA O ARMADO.INSTRUCCION PARA LA FABRICACION Y SUMINISTRO DE HORMIGON PREPARADO EH-PRE-72. Orden de la Presidencia del Gobierno de 5 de Mayo de 1.972 (BOE 11 Y 26-5-1.972).

4.5.8. Estructura de ladrillo. NORMA MV-201-1.972 MURO RESISTENTE DE FABRICA DE LADRILLO.Decreto 1.324/1.972 de 20 de Abril (BOE 31-5-1.972).

4.5.9. Medio ambiente.

PROTECCION DEL AMBIENTE ATMOSFERICO.Ley 38/1.972 de 22 de Diciembre (BOE 26-12-1.972).DESARROLLO DE LA LEY DE PROTECCION DEL AMBIENTE ATMOSFERICO.Decreto 833/1.975 de 6 de Febrero (BOE 22-4-1.975, 9- 9-1.975) y Real Decreto 547/1.979 del Ministerio de Industria y Energía (BOE 23-3-1.979).AMPLIACION DEL ARTICULO 11 DE LA LEY 38/1.972 DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE ATMOSFERICO.Real Decreto 2.512/1.978 de la Presidencia del Gobierno (BOE 28-10-1.978).REGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS.Decreto 2.414/1.961 de 31 de Noviembre (BOE 7-12-1.971).Ley de PROTECCION AMBIENTAL.

4.5.10. Yeso. PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA LA RECEPCION DE YESOS Y ESCAYOLAS EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION.Orden de la Presidencia del Gobierno de 27 de Enero de 1.972 (BOE 2-2-1.972).

4.5.11. Aislamiento acústico. NORMA BASICA DE LA EDIFICACION NBE-CA-88 SOBRE CONDICIONES ACUSTICAS EN LOS EDIFICIOS.

4.5.12. Protección contra incendios. NORMA BASICA DE LA EDIFICACION NBE-CPI-96 SOBRE CONDICIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS EN LOS EDIFICIOS.

5. APLICACION DEL REGLAMENTO DE CALIFICACION AMBIENTAL.

Se redacta el siguiente Certificado Técnico a petición del Excmo. Ayuntamiento de ____________________________, para Calificación Ambiental de un Café -Bar, pues según la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental y posterior Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental, debemos adjuntar la documentación que a continuación se relaciona.

5.1. OBJETO DE LA ACTIVIDAD.

La actividad a desarrollar en el local es la de café-bar, catalogada en el anexo tercero de la ley de protección ambiental, con la clasificación "8.Café-bares y restaurantes".

5.2. EMPLAZAMIENTO Y SU DESCRIPCION.

El emplazamiento del local se puede observar en el plano nº 1 del proyecto. Cabe reseñar que no se ha observado la presencia de centros públicos ni industrias clasificadas en un gran radio de acción; tampoco se ha advertido la presencia de pozos de agua. Las tomas de agua presentes son las propias del casco urbano de la población, ejecutadas para la alimentación a las edificaciones. Unicamente se ha detectado la presencia de viviendas en la misma calle.

5.3. MAQUINARIA, EQUIPOS Y PROCESO PRODUCTIVO.

La instalación del local está diseñada para Café-Bar, para lo cual se cuenta con los siguientes elementos:

- 1 Turbina de extracción, para ventilación del local, con una potencia de 736 W y suministro monofásico 230 V.

- 1 Cafetera, con una potencia de 3000 W y suministro monofásico 230 V.

- 1 Congelador, con una potencia total de 500 W y suministro monofásico 230 V.

- 1 Lavavajillas, con una potencia de 3000 W y suministro monofásico 230 V.

- 1 Cubitera con una potencia de 500 W y suministro monofásico 230 V.

- 2 Botelleros, con una potencia de 500 W c/u y suministro monofásico 230 V.

- 2 Extractores, para ventilación de los aseos, con una potencia de 500 W c/u y suministro monofásico 230 V.

- Zona destinada a barra, aseos, etc.

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5.4. MATERIALES EMPLEADOS, ALMACENADOS Y PRODUCIDOS.

No existen materiales producidos en el local, pues la actividad a desarrollar no está destinada a la elaboración de producto alguno.

Los elementos empleados y almacenados, propios de un café-bar (cajas de refrescos, licores, productos de limpieza, etc.) se ubicarán en el almacén destinado a tal fin.

5.5. RIESGOS AMBIENTALES PREVISIBLES Y MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS.

5.5.1. Ruidos y vibraciones.

1º. Estudio de la zona y obtención de los niveles máximos de inmisión. Habiendo hecho un estudio de la zona, se observa que encima del local existe una vivienda perteneciente a otro propietario, adosados al café-bar no existen vecinos medianeros a los que poder molestar, pues únicamente existe en el lateral derecho otro bar, y en el izquierdo unas zonas comunes de servicio del edificio. Las viviendas más cercanas, a las que poder transmitir ruidos, por la fachada, se encuentran a unos 10 m del local. Así de esta manera, considerando el caso más desfavorable, o sea, para edificios del tipo "Residencial Privado" en "Dormitorios de 22-8 Horas", podemos adoptar como valor de Nivel "Leq" máximo de inmisión 30 dBA (Anexo 5 de la Norma NBE-CA-88 de Condiciones Acústicas).

2º. Obtención de los niveles de emisión. Según la GUIA TECNICA de Medidas Correctoras (Ruidos, Humos y Olores, Incendios y Explosiones) de la Junta de Andalucía, Agencia de Medio Ambiente, apartado 9, los niveles Estadísticos de Ruido de Fondo "Leq" (dBA) en BARES son los siguientes:

VALORES MEDIDOS Leq (dBA)Superficie 101/150 m²

Nº DE MUESTRAS 9MINIMO 68MAXIMO 76MEDIA ESTADISTICA 72

3º) Nivel de inmisión en la zona ubicada encima del local. Según Anexo 3 (apartado 3.3.1) de la NBE-CA-88, para un "forjado unidireccional de hormigón armado de 30 cm de espesor con bovedilla de hormigón y baldosa o terrazo sobre mortero de 120 Kg/m²", se obtiene un valor de aislamiento a ruido aéreo "R" de 56 dBA.

Así de esta manera, teniendo en cuenta que el nivel máximo de ruido producido es de "76 dBA", según la actividad a desarrollar, y el nivel de aislamiento proporcionado por el conjunto techo-forjado-solado es de "56 dBA", el nivel de presión acústica "S.P.L." emitido a los dormitorios situados en la planta superior será:

S.P.L.= 76 - 56 = 20 dBA.

Valor menor a los 30 dBA permitidos de nivel de inmisión máximo.

4º) Nivel de inmisión en la zona frente al local. Según Anexo 1, apartado 1.36 de la NBE-CA-88, el aislamiento acústico global proporcionado por los elementos de cierre, debe calcularse contemplando, tanto las zonas ciegas como las zonas en las que halla puertas y ventanas (elementos constructivos mixtos). Haremos, por lo tanto, un estudio de la fachada más desfavorable, la fachada principal que comunica con la vía pública, pues la fachada posterior da a un patio interior de muy grandes dimensiones (sin tránsito interior).

Observando el local se observa que se encuentra cerrado a base de "doble fábrica, de citara de 1/2 pie de espesor con ladrillo H/D, panel semirrígido de fibras de vidrio y tabique de ladrillo H/S de 4 cm. de espesor", con "una puerta de madera densa, de 40 mm de espesor y dos ventanas con acristalamiento laminar (dos hojas adheridas) de 3 + 3 mm de espesor, clase A-3", por lo tanto el nivel de aislamiento acústico proporcionado por los primeros es de 51 dBA (Anexo 3, apartado 3.2.3.) y por los segundos, podemos adoptar un valor medio, entre puertas y ventanas, de 23 dBA (Anexo 3, apartados 3.2.4 y 3.2.5.)

Así de esta manera, si la superficie de la zona ciega es de 38 m² y la superficie de puertas y ventanas es de 8 m², teniendo en cuenta el ábaco del apartado 1.36, obtenemos un aislamiento acústico global:

Sc (superficie ciega) = 38 m²ac (aislamiento acústico superficie ciega) = 51 dBA

Sv (superficie puertas y ventanas) = 8 m²av (aislamiento acústico puertas y ventanas) = 23 dBA

ag (aislamiento acústico global) = 30,5 dBA.

Por lo tanto, teniendo en cuenta que el nivel de ruido máximo producido es de 76 dBA y el nivel de aislamiento acústico proporcionado por los cerramientos es de 30,5 dBA, el nivel de presión acústica "S.P.L" emitido a las viviendas frente al local será:

2S.P.L. = S.W.L. + 10 log __________ - A.E.C. 4 π r²

S.W.L.= Nivel de Potencia Acústica = 76 dBAr = Distancia desde el foco emisor a las casas más cercanas = 10 m.A.E.C.= Aislamiento de los elementos constructivos= 30,5 dBA.

De todo ello resulta un valor:

S.P.L.= 17,5 dBA.

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Valor menor a los 30 dBA permitidos de nivel de inmisión máximo.

A continuación se acompaña la Ficha justificativa del cumplimiento de la NBE-CA-82, donde se expresan los valores del aislamiento a ruido aéreo de los elementos constructivos verticales, los valores del aislamiento global a ruido aéreo de la fachada, y los valores del aislamiento a ruido aéreo y el nivel de ruido de impacto en el espacio subyacente de los elementos constructivos horizontales, que cumplen los requisitos exigidos en los artículos 10º, 11º, 12º, 13º, 14º, 15º y 17º de la Norma Básica de la Edificación NBE-CA-82, "Condiciones Acústicas en los edificios".

5.5.2 Emisiones a la atmósfera.

Debido al tipo de actividad, no se prevé la emisión a la atmósfera de agente contaminante alguno.

5.5.3. Utilización del agua y vertidos líquidos.

No se prevé la utilización incontrolada de agua en el bar; reseñar únicamente que las aguas sucias y fecales son transportadas, mediante el correspondiente saneamiento, a la red general de alcantarillado.

5.5.4. Generación, almacenamiento y eliminación de residuos.

Los únicos residuos que se pueden generar en el local son los propios que puedan crear los asistentes al establecimiento, tales como servilletas de papel, frutos secos, bolsas de plástico, etc, y los obtenidos en la limpieza del cafébar, elementos equivalentes a los que se pueden producir en cualquier vivienda, siendo almacenados en contenedores adecuados para su vaciado al vertedero municipal.

5.5.5. Almacenamiento de productos.

Los únicos elementos almacenados en el café-bar son, por una parte las bebidas y pequeña proporción de artículos comestibles envasados (pipas, patatas fritas, frutos secos, etc) que puedan venderse a los asistentes al establecimiento, los cuales se encuentran en estanterías apropiadas en la zona de almacén y por otro, los útiles de limpieza, los cuales se alojan en un trastero destinado a este fin.

5.6. MEDIDAS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL QUE PERMITEN GARANTIZAR EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DENTRO DE LOS LIMITES PERMISIBLES.

En cuanto a la emisión de ruidos, los límites permisibles quedan garantizados por lo propios elementos constructivos que componen el local, contándose siempre, incluso, con el buenhacer del encargado del local, que velará por garantizar las menores molestias posibles.

6. APLICACION DEL REGLAMENTO GENERAL DE POLICIA DE ESPECTACULOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.

Según el citado Reglamento, la actividad puede estar clasificada, según Capítulo Primero, apartado 4º, como Establecimiento Público (IV.7 Bares y Restaurantes).

Según la Tabla de Legislación de dicho reglamento, Título I (Lugares, recintos e instalaciones destinados a espectáculos y recreos públicos), Capítulo I (Los edificios y locales cubiertos), debemos de tener en cuenta los siguientes apartados.

6.1. SECCION PRIMERA.

No es aplicable al tipo de local objeto del presente proyecto, por no estar destinado éste a la celebración de espectáculos propiamente dichos.

6.2. SECCION SEGUNDA. ALUMBRADO, CALEFACCION Y VENTILACION.

6.2.1. Alumbrado.

Artículo 13. El alumbrado eléctrico será obligatorio para todos los edificios y locales de espectáculos y recreos públicos.

Los locales de pública concurrencia deben tener una iluminación estudiada para que no se produzcan zonas de penumbra y durante todo el tiempo tendrán en todos los puntos comprendidos entre el pavimento y un plano de dos metros sobre el mismo una iluminación mínima de diez lux.

Artículo 14. Los conductores se colocarán en el interior de tubos de materia aislante e incombustible; debiendo tener aquellos una sección adecuada a la intensidad de la corriente que por ellos haya de circular.

Quedan prohibidos los cables volantes; pero, si las características del espectáculo o actividad los exigieran excepcionalmente, deberán ir recubiertos por material aislante incombustible e impermeable.

Se prohíbe utilizar, como tierra para el retorno de la corriente, las armaduras de hierro o las canalizaciones.

En cada una de las dependencias del edificio se dividirá el alumbrado en varios circuitos independientes, para evitar que puedan quedar a oscuras totalmente cada una de aquellas por una avería parcial. En el arranque de cada uno de estos circuitos se dispondrán interruptores y cortacircuitos, calibrados en relación con la sección de los conductores.

El cuadro de distribución se dispondrá fuera del acceso del público.

Queda prohibido el uso de aparatos portátiles. Los materiales que se empleen para guarnecer los aparatos de alumbrado deberán ser ignifugados por el empleo de alguna de las sustancias aprobadas al efecto por el Ministerio de Industria y Energía.

Artículo 15. Independientemente del alumbrado eléctrico ordinario, se establecerá en todos los edificios y locales de espectáculos, un alumbrado de señalización y otro de emergencia que podrán ser eléctricos o de otra naturaleza, quedando excluidos los de líquidos o gases inflamables. El alumbrado de señalización estará constantemente encendido durante el espectáculo y hasta que el local sea totalmente evacuado por el público. El alumbrado de emergencia será del tal índole que, en caso de falta de alumbrado ordinario, de manera automática genere luz suficiente para la salida del público, con indicación de los sitios por donde ésta haya de efectuarse.

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Las luces de emergencia y señalización se colocarán sobre las puertas que conduzcan a las salidas. También serán instaladas en las dependencias accesorias de la sala.

El alumbrado de emergencia deberá ser alimentado por fuentes propias de energía. Cuando la fuente propia de energía esté constituida por baterías de acumuladores o por aparatos autónomos automáticos, se podrá utilizar un suministro exterior para proceder a su carga. La autonomía de la fuente propia de alimentación será como mínimo de una hora.

El alumbrado de señalización deberá funcionar tanto con el suministro ordinario como con el que se genere por la fuente propia de alumbrado de emergencia.

Artículo 16. En todos los locales destinados a la celebración de espectáculos o recreos públicos, será responsabilidad del empresario la comprobación permanente del estado de aislamiento de las instalaciones eléctricas, a cuyo efecto ordenará las revisiones periódicas que sean necesarias.

6.2.2. Ventilación y acondicionamiento del aire.

Los locales cerrados dispondrán de ventiladores, instalaciones de aire y aparatos extractores, y cuando el local tenga un aforo de más de 2.000 espectadores, tendrá un sistema de ventilación forzada de potencia proporcionada a la capacidad de aquellos. Si el local se halla ubicado total o parcialmente por debajo de la rasante de la vía de acceso al mismo, deberá tener un sistema de ventilación forzada, cualquiera que fuese su aforo.

Más adelante haremos un estudio del sistema de ventilación adoptado en el local.

6.2.3. Disposición general.

En lo no previsto especialmente en la presente Sección, el alumbrado, ventilación y acondicionamiento del aire, en locales de espectáculos o recreos públicos se regirá por lo dispuesto, respectivamente, en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y en el Reglamento de Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria, así como en sus normas complementarias.

6.3. SECCION TERCERA. PRECAUCIONES Y MEDIDAS CONTRA INCENDIOS.

Artículo 20. Los telones, decoraciones, cuerdas, maderas y en general todas las materias susceptibles de arder fácilmente, habrán de ser sometidas a procedimientos de ignifugación de reconocida eficacia, ya ensayados o aprobados por los técnicos correspondientes hasta alcanzar la clase M-1 de las determinadas en la Norma UNE-23-727-80; así se hará constar por medio de certificado expedido por Laboratorio oficialmente homologado para este fin.

Se prohíbe en absoluto que en el mismo local se hagan preparaciones de material pírico.

También se proveerán dichos locales de un extintor de incendios, por cada 25 metros de recorrido, y como mínimo dos en cada zona diferenciada del local, colocados en la sala a la vista del público, bajo la inspección de los Servicios contra Incendios y de acuerdo con lo dispuesto en la Norma Básica de la Edificación sobre "Condiciones de Protección contra incendios en los Edificios".

En el capítulo correspondiente se hará un estudio exhaustivo sobre las medidas adoptadas de protección contra incendios.

7. NORMAS TECNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS, URBANISTICAS Y EN EL TRANSPORTE.

Decreto 72/1992, de 5 de Mayo, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

Según la citada norma, se deberán hacer practicables los itinerarios de comunicación entre un acceso y las áreas y dependencias de uso público, contando el local al menos con un aseo adaptado.

Para dar la mayor facilidad a personas con Minusvalías se cuenta en el local de una serie de elementos que a continuación describimos:

- Para el acceso desde el exterior no se ha de colocar rampa alguna, pues el local se encuentra al mismo nivel de la calle.

- Las puertas de entrada tienen una anchura mayor de 0,8 m.

- Se dispone de un aseo adaptado, debiendo reunir las siguientes características: espacio libre de ∅ 1,50 m., un lavabo no tendrá obstáculos en su parte inferior, no es admisible la grifería de pomo redondo, altura de accesorios y mecanismos > 0,8 y < 1,2 m, altura borde inferior del espejo < 0,9 m, inodoro con espacio lateral de anchura > 0,7 m y dos barras abatibles de 0,5 m. de longitud y 0,75 m. de altura.

- Se dispone de un tramo de mostrador de 0,80 m. de longitud, con una altura de 75 cm. y sin obstáculos en su parte inferior.

- La colocación y diseño de todos los mecanismos eléctricos deberá posibilitar su manipulación por personas con deficiencias de movilidad o de comunicación, prohibiéndose específicamente los de accionamiento rotatorio. Esto se ha tenido en cuenta especialmente en los mecanismos del aseo para minusválidos.

8. CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Y MEDIDAS CORRECTORAS

8.1. VENTILACION E ILUMINACION

Hemos de tener en cuenta que el volumen a renovar, sala principal del Café-Bar, será de unos 290 m3, por lo tanto teniendo en cuenta que el número de renovaciones por hora, para bares y cafés, debe ser de 10 a 12, el caudal de extracción necesario será:

- Q= núm. de renovaciones hora x volumen del local.

Q= 12 x 290 = 3.480 m3/h

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Por otra parte, según el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (ITE 03.5) y la norma UNE 100-011-91, el requerimiento de aire de ventilación será de 15 l/s por persona y 15 l/s por m², por lo tanto, el caudal de extracción será:

- Q= Caudal por persona x número de personas en la sala.

Q= 15 l/s (1 persona) x 72 personas aproximadamente = 1.080 l/s Q= 3.888 m3/h

- Q= Caudal por m² x superficie de la sala principal.

Q= 15 l/s (1 m²) x 70 m² = 1.050 l/s Q= 3.780 m3/h

Valores todos ellos similares. Esta función la realizará la turbina de extracción prevista en la sala principal.

Para ventilación de los aseos se han utilizado otros dos extractores independientes.

Está dotado el local de ventanas y puertas suficientes para garantizar una buena iluminación diurna y del correspondiente alumbrado eléctrico para garantizar una adecuada iluminación nocturna.

8.2. PROTECCION DEL PERSONAL

La protección de este personal, contra corrientes de defecto, se realizará mediante la instalación en el cuadro general de maniobras, C.G., de interruptores automáticos diferenciales, con una sensibilidad de 30 mA, para cada caso (fuerza y alumbrado). Las carcasas de los elementos de trabajo, irán conectadas plenamente a tierra.

También se tendrán en cuenta la Ley sobre Prevención de Riesgos Laborales. 8.3. SERVICIOS HIGIENICOS

La higiene y aseo personal queda bien asegurada por medio de dos cuartos de aseo.

Estos aseos llevan alicatados los paramentos hasta una altura de 2 m. del suelo, con baldosín cerámico esmaltado de color blanco. El solado es continuo e impermeable, formado por losas de gres rugoso antideslizante.

Llevan instalados estos aseos, lavabos, inodoros, etc, con descarga de agua corriente. También se instalará espejo, toallero, jabonera y luz eléctrica. La ventilación es forzada mediante equipos de extracción de aire.

8.4. BOTIQUIN DE URGENCIA

Como medida preventiva, se dispondrá en la zona del salón, en lugar reservado y a la vez de fácil acceso, de un botiquín portátil, que contendrá en todo momento, agua oxigenada, alcohol de 96, tintura de yodo, mercurocromo, gasas estériles, bolsa de agua, torniquete, guantes esterilizados, jeringuillas, hervidor, agujas, termómetro clínico, gasas, esparadrapo, antiespasmódicos, analgésicos, vendas, etc.

8.5. ESTUDIO TECNICO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA NBE CPI-96 DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS POR DICHO LOCAL.

8.5.1. CAPITULO 1. CLASIFICACION.

Según artículo 2 de la citada normativa, el edificio objeto de este proyecto, se considera de uso Comercial.

8.5.2. CAPITULO 2. COMPARTIMENTACION, EVACUACION Y SEÑALIZACION.

8.5.2.1. Compartimentación en sectores de incendio.

Los edificios y los establecimientos estarán compartimentados en sectores de incendio mediante elementos cuya resistencia al fuego sea la que se establece en el artículo 15, de forma que cada uno de dichos sectores tenga una superficie construida menor que 2500 m², por todo ello, el café-bar constituirá un único sector de incendio.

8.5.2.2. Cálculo de la Ocupación.

Para el cálculo de la ocupación de una edificación determinada, hemos de tener presente que se considerarán ocupadas simultáneamente todas las zonas o recintos del edificio, salvo en aquellos casos en que la dependencia de usos entre ellos permita asegurar que su ocupación es alternativa (aseos y almacén del local en cuestión).

Las zonas de uso público del Café-Bar, según el uso de éste, pueden ser consideradas como Zonas de Densidad Elevada, con un valor de ocupación de una persona por cada 1,00 m² de superficie útil (todo ello según el Artículo 6.1., apartado c) de la citada norma). Por otra parte, la zona destinada a barra puede ser considerada como Zona de Baja Densidad, con un valor de una persona por cada 20 m² de superficie construida (todo ello conforme al artículo 6.2., apartado d) de la citada norma).

1 persona Ocupación Café-Bar = 70,00 m² x ______________ = 70 p. 1 m²

1 persona Ocupación Barra = 34,80 m² x ______________ = 2 p. 20 m²

Ocupación total = 72 personas

8.5.2.3. Evacuación.

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- a) Elementos de EVACUACION.

Hemos de tener en cuenta, según artículo 7.1.1., que por origen de evacuación se entiende todo punto ocupable, sin embargo, en viviendas y en todo recinto de baja densidad cuya superficie sea menor que 50 m², el origen de evacuación puede considerarse situado en la puerta de la vivienda o del recinto.

Haremos en este apartado un estudio de los recorridos de evacuación hasta la salida del edificio, teniendo en cuenta que éstos se considerarán igual a su longitud real medida sobre el eje en el caso de pasillos, escaleras y rampas. Los recorridos en los que existan tornos u otros elementos que puedan dificultar el paso no pueden considerarse a efectos de evacuación.

Observando el Plano de Protección contra incendios que se adjunta, se puede apreciar que el recorrido de evacuación más desfavorable en el local es de 12 m (disponiendo 1 puerta de salida).

- b) Número y disposición de SALIDAS.

Según artículo 7.2. de la norma citada anteriormente, todo recinto solamente puede disponer de una única salida cuando cumpla las condiciones siguientes:

a) Su ocupación sea menor que 100 personas.

b) No existen recorridos para más de 50 personas que precisen salvar, en sentido ascendente, una altura de evacuación mayor que 2 m.

c) Ningún recorrido de evacuación hasta la salida tiene una longitud mayor que 25 m. en general, o mayor que 50 m. cuando la ocupación sea menor de 25 personas y la salida comunique directamente con un espacio exterior seguro.

Por lo tanto, en el local es factible la colocación de una única puerta de salida, pues se cumplen las tres premisas citadas anteriormente.

- c) Dimensionamiento de SALIDAS, PASILLOS Y ESCALERAS.

Según Artículo 7.4.2. y 7.4.3., la anchura en metros, de las puertas, pasos y pasillos será al menos igual a P/200, siendo P el número de personas asignadas a dicho elemento de evacuación, por lo tanto, para el café-bar en proyecto, estos elementos serán como mínimo de 0,40 m de anchura (72/200=0,40). Además, la anchura libre en puertas, pasos y huecos previstos como Salida de evacuación será igual o mayor que 0,80 m, siendo la anchura de la hoja, en toda puerta, igual o menor que 1,20 m., y en puertas de 2 hojas, igual o mayor que 0,60 m.

Al observar la planta de protección contra incendios, se aprecia el cumplimiento de la norma, pues se cuenta con una puerta de salida de 2 hojas, con una anchura total de 1,40 m., y las vías de evacuación son, como mínimo, de 0,40 m.

8.5.2.4. Características de las puertas y de los pasillos.

A lo largo de todo recorrido de evacuación, las puertas y los pasillos cumplirán las condiciones que figuran a continuación:

a) Las puertas de salida serán abatibles con eje de giro vertical y fácilmente operables.

b) Las puertas previstas para la evacuación de más de 50 personas, en zonas destinadas al público, abrirán en el sentido de la evacuación.

c) Toda puerta de un recinto que no sea de ocupación nula situada en la meseta de una escalera, se dispondrá de forma tal que al abrirse no invada la superficie necesaria de meseta para la evacuación.

d) En ningún punto de los pasillos previstos para la evacuación de más de 50 personas que no sean ocupantes habituales del edificio podrán disponerse menos de tres escalones.

e) Los pasillos que sean recorridos de evacuación carecerán de obstáculos, aunque en ellos podrán existir elementos salientes localizados en las paredes, tales como soportes, cercos, bajantes o elementos fijos de equipamiento, siempre que se respete la anchura libre mínima establecida en esta norma básica y que, salvo en el caso de extintores, no se reduzca la anchura calculada más de 10 cm.

8.5.2.5. Señalización e iluminación

Las salidas de recinto, planta o edificio contempladas en el artículo 7 de la subsodicha norma estarán señalizadas, excepto en edificios de uso Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m², sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio.

Deben disponerse señales indicativas de dirección de los recorridos a seguir desde todo origen de evacuación hasta el punto desde el que sea visible la salida o la señal que la indica. En los puntos de cualquier recorrido de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrán las señales antes citadas, de forma tal que quede claramente indicada la alternativa correcta.

Se utilizarán los rótulos siguientes: "SALIDA", para indicar una salida de uso habitual y "SALIDA DE EMERGENCIA", para indicar una que esté prevista para uso exclusivo en dicha situación. Ambas cumplirán lo establecido en la norma UNE 23 034.

Debe señalizarse todo medio de protección contra incendios de utilización manual que no sea fácilmente localizable.

8.5.3. COMPORTAMIENTO ANTE EL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS Y MATERIALES.

8.5.3.1. Características que definen el comportamiento ante el fuego.

Las exigencias del comportamiento ante el fuego de un elemento constructivo se definen por los tiempos durante los cuales, en el ensayo normalizado conforme a UNE 23 093, dicho elemento debe mantener aquellas de las condiciones siguientes que le sean aplicables:

a) Estabilidad o capacidad portante.b) Ausencia de emisión de gases inflamables por la cara no expuesta.c) Estanquidad al paso de llamas o gases calientes.d) Resistencia térmica suficiente para impedir que se produzcan en la cara no expuesta temperaturas superiores a las que se establecen en la

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citada norma UNE.

Es aplicable la condición a) cuando se exija estabilidad al fuego (EF); las condiciones a), b) y c), en el caso de parallamas (PF), y todas, cuando se exija resistencia al fuego (RF). Esta Norma Básica establece sus exigencias conforme a la siguiente escala de tiempos: 15, 30, 60, 90, 120 180 y 240 min.

Las exigencias del comportamiento ante el fuego de los materiales se definen fijando la clase que deben alcanzar conforme a la norma UNE 23 727. Estas clases se denominan: M0, M1, M2, M3 y M4. El número de la denominación de cada clase indica la magnitud relativa con la que los materiales correspondientes pueden favorecer el desarrollo de un incendio.

8.5.3.2. Estabilidad ante el fuego exigible a la estructura.

Los forjados de piso, junto con las vigas, los soportes y los tramos de escaleras correspondientes tendrán, como mínimo, el grado de estabilidad al fuego EF que se indica en la tabla 1 del Artículo 14, en función de la máxima altura de evacuación del edificio y del uso del recinto inmediatamente inferior al forjado considerado. Para usos que no figuran en la tabla se procederá por asimilación.

Teniendo en cuenta la subsodicha tabla y asimilando el Café-Bar a Uso Comercial, Pública Concurrencia, el grado de estabilidad al fuego exigible será EF-90.

Según esto, para soportes con las cuatro caras expuestas al fuego de 30x30 cm y un recubrimiento de 5 cm, el grado de estabilidad al fuego proporcionado es EF-120, por lo tanto se cumple satisfactoriamente la citada norma en cuanto al dimensionamiento de soportes. Reseñar que la mayoría de éstos no tienen sus cuatro caras expuestas al fuego, e incluso muchos de ellos son de dimensiones mayores, sin embargo hemos adoptado este tipo de soportes para el estudio, pues son los más desfavorables.

Por otra parte, el grado de estabilidad al fuego proporcionado por el forjado es EF-240, pues tiene una altura de 30 cm, cumpliendo de igual manera la norma.

8.5.3.3. Resistencia al fuego exigible a los elementos constructivos.

Los forjados que separan distintos sectores de incendio tendrán un grado de resistencia al fuego (RF) cuyo valor sea al menos igual al de estabilidad al fuego (EF) que les sea exigible conforme al artículo 14 de la norma.

Los dos valores del grado de resistencia al fuego (RF) de una pared que separa dos sectores contiguos se determinan suponiendo alternativamente que cada una de sus caras está expuesta al fuego, y tomando en cada caso el grado de estabilidad al fuego (EF) exigido, conforme al artículo 14, a los soportes o los muros de carga contenidos en el sector al que pertenece la cara que se supone expuesta al fuego.

Toda medianería o muro colindante con otro edificio tendrá como mínimo un grado de resistencia al fuego RF-120 (artículo 15.2). Si observamos todo el cerramiento exterior del edificio, vemos, según la tabla 2 del Apéndice 1, que posee un grado de resistencia al fuego RF-240, pues se compone de fabrica de ladrillo hueco cerámico de 14 + 4 cm. de espesor, guarnecida por ambas caras. Las paredes medianeras con los otros locales, tienen un grado de resistencia al fuego RF-240, pues son del mismo tipo de fábrica.

Las zonas de cubierta plana destinadas a cualquier actividad, y las previstas para ser utilizadas en la evacuación del edificio, tendrán un grado de resistencia al fuego (RF) igual al de estabilidad al fuego (EF) exigida al forjado, conforme al artículo 14. Para forjados de 30 cm. de espesor, el grado de resistencia al fuego es RF-240, por lo tanto cumplimos con demasía la norma.

8.5.3.4. Condiciones exigibles a los materiales.

Los materiales utilizados como revestimiento o acabado superficial en pasillos, escaleras y en las zonas por las que discurran los recorridos de evacuación deben pertenecer a la clase indicada en la tabla 2 del artículo 16.1., o en una más favorable. Según la subsodicha tabla, la clase de reacción que deben proporcionar los revestimientos en suelos es M3 y en paredes y techos M2. Si tenemos en cuenta que los materiales pétreos, cerámicos y metálicos, así como los vidrios, morteros, hormigones y yesos se consideran de clase M0, cumplimos suficientemente la normativa, pues son precisamente estos elementos todos los utilizados en los revestimientos de nuestro edificio.

8.5.4. INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS.

8.5.4.1. Instalación de detección, alarma y extinción de incendios.

En todo edificio, excepto en los de vivienda unifamiliar, se dispondrán extintores en número suficiente para que el recorrido real en cada planta desde todo origen de evacuación hasta un extintor no supere los 15 m. En grandes recintos en los que no existan paramentos o soportes en los que puedan fijarse los extintores conforme a las distancia requerida, éstos se dispondrán a razón de uno por cada 300 m² de superficie construida y convenientemente distribuidos. Cada uno de los extintores tendrá una eficacia como mínimo 21A-113B (preferiblemente tipo A, para fuegos de materias sólidas).

Los extintores se dispondrán de forma tal que puedan ser utilizados de manera rápida y fácil; siempre que sea posible se situarán en los paramentos, de forma tal que el extremo superior del extintor se encuentre a una altura sobre el suelo menor que 1,70 m.

Colocaremos dos extintores en el local, conforme a las premisas citadas anteriormente.

En los Planos de Protección contra Incendios que se adjuntan, se puede observar la ubicación de estos extintores.

8.5.4.2. Instalación de alumbrado de emergencia.

Contarán con una instalación de alumbrado de emergencia las zonas siguientes:

- Todos los recintos cuya ocupación sea mayor que 100 personas.

- Los recorridos generales previstos para evacuación de más de 100 personas.

- Los locales de riesgo especial, señalados en el artículo 19, y los aseos generales de acceso público.

- Los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección.

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- Los cuadros de distribución de la instalación de alumbrado de las zonas antes citadas.

Salvo en edificios de viviendas, las instalaciones para alumbrado normal y de emergencia de las zonas arriba indicadas estarán proyectadas de forma tal que queda garantizada la iluminación de dichas zonas durante todo el tiempo que estén ocupadas.

La instalación será fija, estará provista de fuente de energía propia y debe entrar automáticamente en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación a la instalación de alumbrado normal, entendiéndose por fallo el descenso de la tensión de alimentación por debajo del 70 % de su valor nominal.

La instalación cumplirá las condiciones de servicio que se indican a continuación, durante 1 hora, como mínimo, a partir del instante en que tenga lugar el fallo.

- Proporcionará una iluminancia de 1 lux, como mínimo, en el nivel del suelo en los recorridos de evacuación.

- La iluminancia será, como mínimo, de 5 lux en los puntos en los que estén situados los equipos de las instalaciones de protección contra incendios que exijan utilización manual y en los cuadros de distribución del alumbrado.

- La uniformidad de la iluminación proporcionada en los distintos puntos de cada zona será tal que el cociente entre la iluminancia máxima y la mínima sea menor que 40.

Las luminarias de emergencia utilizadas en el café-bar son de las siguientes características:

- Potencia= 3 x 3,6 = 10,80 W.- Flujo Emerg.= 140 Lúmenes.

Por lo tanto, en la zona de café-bar, al existir 8 luminarias de este tipo, se tendrá una iluminancia de:

Lux = 140 Lm x 8 lámparas / 105 m² = 10,66 lux ≥ 5 lux

Cumpliéndose incluso la exigencia del Reglamento General de Policial de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas, que imponía 10 lux de nivel mínimo de iluminación.

En los Planos de Protección Contra Incendios que se adjuntan es posible observar todas las luminarias de emergencia proyectadas conforme a las premisas anteriormente citadas.

9. CARACTERISTICAS QUE DEBERA REUNIR LA INSTALACION ELECTRICA.

9.1. ACOMETIDA.

Es parte de la instalación de la red de distribución, que alimenta la caja general de protección o unidad funcional equivalente (CGP). Los conductores serán de cobre o aluminio. Esta línea está regulada por la ITC-BT-11.

Atendiendo a su trazado, al sistema de instalación y a las características de la red, la acometida podrá ser:

- Aérea, posada sobre fachada. Los cables serán aislados, de tensión asignada 0,6/1 kV, y su instalación se hará preferentemente bajo conductos cerrados o canales protectoras. Para los cruces de vías públicas y espacios sin edificar, los cables podrán instalarse amarrados directamente en ambos extremos. La altura mínima sobre calles y carreteras en ningún caso será inferior a 6 m.

- Aérea, tensada sobre postes. Los cables serán aislados, de tensión asignada 0,6/1 kV, y podrán instalarse suspendidos de un cable fiador o mediante la utilización de un conductor neutro fiador. Cuando los cables crucen sobre vías públicas o zonas de posible circulación rodada, la altura mínima sobre calles y carreteras no será en ningún caso inferior a 6 m.

- Subterránea. Los cables serán aislados, de tensión asignada 0,6/1 kV, y podrán instalarse directamente enterrados, enterrados bajo tubo o en galerías, atarjeas o canales revisables.

- Aero-subterránea. Cumplirá las condiciones indicadas en los apartados anteriores. En el paso de acometida subterránea a aérea o viceversa, el cable irá protegido desde la profundidad establecida hasta una altura mínima de 2,5 m por encima del nivel del suelo, mediante conducto rígido de las siguientes características:

- Resistencia al impacto: Fuerte (6 julios).- Temperatura mínima de instalación y servicio: - 5 ºC.- Temperatura máxima de instalación y servicio: + 60 ºC.- Propiedades eléctricas: Continuidad eléctrica/aislante.- Resistencia a la penetración de objetos sólidos: D > 1 mm.- Resistencia a la corrosión (conductos metálicos): Protección interior media, exterior alta.- Resistencia a la propagación de la llama: No propagador.

Por último, cabe señalar que la acometida será parte de la instalación constituida por la Empresa Suministradora, por lo tanto su diseño debe basarse en las normas particulares de ella.

9.2. INSTALACIONES DE ENLACE.

9.2.1. CAJA DE PROTECCIÓN Y MEDIDA.

Para el caso de suministros a un único usuario, al no existir línea general de alimentación, se colocará en un único elemento la caja general de protección y el equipo de medida; dicho elemento se denominará caja de protección y medida. En consecuencia, el fusible de seguridad ubicado antes del contador coincide con el fusible que incluye una CGP.

Se instalarán preferentemente sobre las fachadas exteriores de los edificios, en lugares de libre y permanente acceso. Su situación se fijará de común acuerdo entre la propiedad y la empresa suministradora.

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Se instalará siempre en un nicho en pared, que se cerrará con una puerta preferentemente metálica, con grado de protección IK 10 según UNE-EN 50.102, revestida exteriormente de acuerdo con las características del entorno y estará protegida contra la corrosión, disponiendo de una cerradura o candado normalizado por la empresa suministradora. Los dispositivos de lectura de los equipos de medida deberán estar situados a una altura comprendida entre 0,70 y 1,80 m.

En el nicho se dejarán previstos los orificios necesarios para alojar los conductos de entrada de la acometida.

Las cajas de protección y medida a utilizar corresponderán a uno de los tipos recogidos en las especificaciones técnicas de la empresa suministradora que hayan sido aprobadas por la Administración Pública competente, en función del número y naturaleza del suministro. Dentro de las mismas se instalarán cortacircuitos fusibles en todos los conductores de fase o polares, con poder de corte al menos igual a la corriente de cortocircuito prevista en el punto de su instalación.

Las cajas de protección y medida cumplirán todo lo que sobre el particular se indica en la Norma UNE-EN 60.439 -1, tendrán grado de inflamabilidad según se indica en la norma UNE-EN 60.439 -3, una vez instaladas tendrán un grado de protección IP43 según UNE 20.324 e IK 09 según UNE-EN 50.102 y serán precintables.

La envolvente deberá disponer de la ventilación interna necesaria que garantice la no formación de condensaciones. El material transparente para la lectura será resistente a la acción de los rayos ultravioleta.

Las disposiciones generales de este tipo de caja quedan recogidas en la ITC-BT-13.

9.2.2. DERIVACION INDIVIDUAL.

Es la parte de la instalación que, partiendo de la caja de protección y medida, suministra energía eléctrica a una instalación de usuario. Comprende los fusibles de seguridad, el conjunto de medida y los dispositivos generales de mando y protección. Está regulada por la ITC-BT-15.

La derivación individual estará constituida por conductores aislados en el interior de tubos empotrados.

Los conductores a utilizar serán de cobre, aislados y unipolares, siendo su tensión asignada 450/750 V. La sección mínima será de 6 mm² para los cables polares, neutro y protección y de 1,5 mm² para el hilo de mando (para aplicación de las diferentes tarifas), que será de color rojo.

Los cables serán no propagadores del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida. Los cables con características equivalentes a las de la norma UNE 21.123 parte 4 ó 5 o a la norma UNE 211002 cumplen con esta prescripción.

La caída de tensión máxima admisible será, para el caso de derivaciones individuales en suministros para un único usuario en que no existe línea general de alimentación, del 1,5 %.

9.2.3. DISPOSITIVOS GENERALES E INDIVIDUALES DE MANDO Y PROTECCION.

Los dispositivos generales de mando y protección se situarán lo más cerca posible del punto de entrada de la derivación individual. En establecimientos en los que proceda, se colocará una caja para el interruptor de control de potencia, inmediatamente antes de los demás dispositivos, en compartimento independiente y precintable. Dicha caja se podrá colocar en el mismo cuadro donde se coloquen los dispositivos generales de mando y protección.

Los dispositivos individuales de mando y protección de cada uno de los circuitos, que son el origen de la instalación interior, podrán instalarse en cuadros separados y en otros lugares.

En locales de uso común o de pública concurrencia deberán tomarse las precauciones necesarias para que los dispositivos de mando y protección no sean accesibles al público en general.

La altura a la cual se situarán los dispositivos generales e individuales de mando y protección de los circuitos, medida desde el nivel del suelo, estará comprendida entre 1 y 2 m.

Las envolventes de los cuadros se ajustarán a las normas UNE 20.451 y UNE-EN 60.439 -3, con un grado de protección mínimo IP 30 según UNE 20.324 e IK07 según UNE-EN 50.102. La envolvente para el interruptor de control de potencia será precintable y sus dimensiones estarán de acuerdo con el tipo de suministro y tarifa a aplicar. Sus características y tipo corresponderán a un modelo oficialmente aprobado.

El instalador fijará de forma permanente sobre el cuadro de distribución una placa, impresa con caracteres indelebles, en la que conste su nombre o marca comercial, fecha en que se realizó la instalación, así como la intensidad asignada del interruptor general automático.

Los dispositivos generales e individuales de mando y protección serán, como mínimo:

- Un interruptor general automático de corte omnipolar, de intensidad nominal mínima 25 A, que permita su accionamiento manual y que esté dotado de elementos de protección contra sobrecarga y cortocircuitos (según ITC-BT-22). Tendrá poder de corte suficiente para la intensidad de cortocircuito que pueda producirse en el punto de su instalación, de 4,5 kA como mínimo. Este interruptor será independiente del interruptor de control de potencia.

- Un interruptor diferencial general, de intensidad asignada superior o igual a la del interruptor general, destinado a la protección contra contactos indirectos de todos los circuitos (según ITC-BT-24). Se cumplirá la siguiente condición:

Ra x Ia ≤ U

donde:

"Ra" es la suma de las resistencias de la toma de tierra y de los conductores de protección de masas."Ia" es la corriente que asegura el funcionamiento del dispositivo de protección (corriente diferencial-residual asignada)."U" es la tensión de contacto límite convencional (50 V en locales secos y 24 V en locales húmedos).

Si por el tipo o carácter de la instalación se instalase un interruptor diferencial por cada circuito o grupo de circuitos, se podría prescindir

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del interruptor diferencial general, siempre que queden protegidos todos los circuitos. En el caso de que se instale más de un interruptor diferencial en serie, existirá una selectividad entre ellos.

Todas las masas de los equipos eléctricos protegidos por un mismo dispositivo de protección, deben ser interconectadas y unidas por un conductor de protección a una misma toma de tierra.

- Dispositivos de corte omnipolar, destinados a la protección contra sobrecargas y cortocircuitos de cada uno de los circuitos interiores (según ITC-BT-22).

- Dispositivo de protección contra sobretensiones, según ITC-BT-23, si fuese necesario.

9.3. INSTALACIONES INTERIORES.

9.3.1. CONDUCTORES.

Los conductores y cables que se empleen en las instalaciones serán de cobre y serán siempre aislados. La tensión asignada no será inferior a 450/750 V. La sección de los conductores a utilizar se determinará de forma que la caída de tensión entre el origen de la instalación interior y cualquier punto de utilización sea menor del 3 % para alumbrado y del 5 % para los demás usos.

El valor de la caída de tensión podrá compensarse entre la de la instalación interior (3-5 %) y la de la derivación individual (1,5 %), de forma que la caída de tensión total sea inferior a la suma de los valores límites especificados para ambas (4,5-6,5 %).

En instalaciones interiores, para tener en cuenta las corrientes armónicas debidas a cargas no lineales y posibles desequilibrios, salvo justificación por cálculo, la sección del conductor neutro será como mínimo igual a la de las fases. No se utilizará un mismo conductor neutro para varios circuitos.

Las intensidades máximas admisibles, se regirán en su totalidad por lo indicado en la Norma UNE 20.460-5-523 y su anexo Nacional.

Los conductores de protección tendrán una sección mínima igual a la fijada en la tabla siguiente:

Sección conductores fase (mm²) Sección conductores protección (mm²)

Sf ≤ 16 Sf16 < S f ≤ 35 16Sf > 35 Sf/2

9.3.2. IDENTIFICACION DE CONDUCTORES.

Los conductores de la instalación deben ser fácilmente identificables, especialmente por lo que respecta al conductor neutro y al conductor de protección. Esta identificación se realizará por los colores que presenten sus aislamientos. Cuando exista conductor neutro en la instalación o se prevea para un conductor de fase su pase posterior a conductor neutro, se identificarán éstos por el color azul claro. Al conductor de protección se le identificará por el color verde-amarillo. Todos los conductores de fase, o en su caso, aquellos para los que no se prevea su pase posterior a neutro, se identificarán por los colores marrón, negro o gris.

9.3.3. SUBDIVISION DE LAS INSTALACIONES.

Las instalaciones se subdividirán de forma que las perturbaciones originadas por averías que puedan producirse en un punto de ellas, afecten solamente a ciertas partes de la instalación, por ejemplo a un sector del edificio, a una planta, a un solo local, etc., para lo cual los dispositivos de protección de cada circuito estarán adecuadamente coordinados y serán selectivos con los dispositivos generales de protección que les precedan.

Toda instalación se dividirá en varios circuitos, según las necesidades, a fin de:

- evitar las interrupciones innecesarias de todo el circuito y limitar las consecuencias de un fallo.- facilitar las verificaciones, ensayos y mantenimientos.- evitar los riesgos que podrían resultar del fallo de un solo circuito que pudiera dividirse, como por ejemplo si solo hay un circuito de alumbrado.

9.3.4. EQUILIBRADO DE CARGAS.

Para que se mantenga el mayor equilibrio posible en la carga de los conductores que forman parte de una instalación, se procurará que aquella quede repartida entre sus fases o conductores polares.

9.3.5. RESISTENCIA DE AISLAMIENTO Y RIGIDEZ DIELECTRICA.

Las instalaciones deberán presentar una resistencia de aislamiento al menos igual a los valores indicados en la tabla siguiente:

Tensión nominal instalación Tensión ensayo corriente continua (V) Resistencia de aislamiento (M Ω )

MBTS o MBTP 250 ≥ 0,25≤ 500 V 500 ≥ 0,50 > 500 V 1000 ≥ 1,00

La rigidez dieléctrica será tal que, desconectados los aparatos de utilización (receptores), resista durante 1 minuto una prueba de tensión de 2U + 1000 V a frecuencia industrial, siendo U la tensión máxima de servicio expresada en voltios, y con un mínimo de 1.500 V.

Las corrientes de fuga no serán superiores, para el conjunto de la instalación o para cada uno de los circuitos en que ésta pueda dividirse a efectos de su protección, a la sensibilidad que presenten los interruptores diferenciales instalados como protección contra los contactos indirectos.

9.3.6. CONEXIONES.

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En ningún caso se permitirá la unión de conductores mediante conexiones y/o derivaciones por simple retorcimiento o arrollamiento entre sí de los conductores, sino que deberá realizarse siempre utilizando bornes de conexión montados individualmente o constituyendo bloques o regletas de conexión; puede permitirse asimismo, la utilización de bridas de conexión. Siempre deberán realizarse en el interior de cajas de empalme y/o de derivación.

Si se trata de conductores de varios alambres cableados, las conexiones se realizarán de forma que la corriente se reparta por todos los alambres componentes.

9.3.7. SISTEMAS DE INSTALACION.

9.3.7.1. Prescripciones Generales.

Varios circuitos pueden encontrarse en el mismo tubo o en el mismo compartimento de canal si todos los conductores están aislados para la tensión asignada más elevada.

En caso de proximidad de canalizaciones eléctricas con otras no eléctricas, se dispondrán de forma que entre las superficies exteriores de ambas se mantenga una distancia mínima de 3 cm. En caso de proximidad con conductos de calefacción, de aire caliente, vapor o humo, las canalizaciones eléctricas se establecerán de forma que no puedan alcanzar una temperatura peligrosa y, por consiguiente, se mantendrán separadas por una distancia conveniente o por medio de pantallas calorífugas.

Las canalizaciones eléctricas no se situarán por debajo de otras canalizaciones que puedan dar lugar a condensaciones, tales como las destinadas a conducción de vapor, de agua, de gas, etc., a menos que se tomen las disposiciones necesarias para proteger las canalizaciones eléctricas contra los efectos de estas condensaciones.

Las canalizaciones deberán estar dispuestas de forma que faciliten su maniobra, inspección y acceso a sus conexiones. Las canalizaciones eléctricas se establecerán de forma que mediante la conveniente identificación de sus circuitos y elementos, se pueda proceder en todo momento a reparaciones, transformaciones, etc.

En toda la longitud de los pasos de canalizaciones a través de elementos de la construcción, tales como muros, tabiques y techos, no se dispondrán empalmes o derivaciones de cables, estando protegidas contra los deterioros mecánicos, las acciones químicas y los efectos de la humedad.

Las cubiertas, tapas o envolventes, mandos y pulsadores de maniobra de aparatos tales como mecanismos, interruptores, bases, reguladores, etc, instalados en los locales húmedos o mojados, serán de material aislante.

9.3.7.2. Conductores aislados bajo tubos protectores.

Los cables utilizados serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V.

El diámetro exterior mínimo de los tubos, en función del número y la sección de los conductores a conducir, se obtendrá de las tablas indicadas en la ITC-BT-21, así como las características mínimas según el tipo de instalación.

Para la ejecución de las canalizaciones bajo tubos protectores, se tendrán en cuenta las prescripciones generales siguientes:

- El trazado de las canalizaciones se hará siguiendo líneas verticales y horizontales o paralelas a las aristas de las paredes que limitan el local donde se efectúa la instalación.- Los tubos se unirán entre sí mediante accesorios adecuados a su clase que aseguren la continuidad de la protección que proporcionan a los conductores.- Los tubos aislantes rígidos curvables en caliente podrán ser ensamblados entre sí en caliente, recubriendo el empalme con una cola especial cuando se precise una unión estanca.- Las curvas practicadas en los tubos serán continuas y no originarán reducciones de sección inadmisibles. Los radios mínimos de curvatura para cada clase de tubo serán los especificados por el fabricante conforme a UNE-EN- Será posible la fácil introducción y retirada de los conductores en los tubos después de colocarlos y fijados éstos y sus accesorios, disponiendo para ello los registros que se consideren convenientes, que en tramos rectos no estarán separados entre sí más de 15 metros. El número de curvas en ángulo situadas entre dos registros consecutivos no será superior a 3. Los conductores se alojarán normalmente en los tubos después de colocados éstos.- Los registros podrán estar destinados únicamente a facilitar la introducción y retirada de los conductores en los tubos o servir al mismo tiempo como cajas de empalme o derivación.- Las conexiones entre conductores se realizarán en el interior de cajas apropiadas de material aislante y no propagador de la llama. Si son metálicas estarán protegidas contra la corrosión. Las dimensiones de estas cajas serán tales que permitan alojar holgadamente todos los conductores que deban contener. Su profundidad será al menos igual al diámetro del tubo mayor más un 50 % del mismo, con un mínimo de 40 mm. Su diámetro o lado interior mínimo será de 60 mm. Cuando se quieran hacer estancas las entradas de los tubos en las cajas de conexión, deberán emplearse prensaestopas o racores adecuados.- En los tubos metálicos sin aislamiento interior, se tendrá en cuenta la posibilidad de que se produzcan condensaciones de agua en su interior, para lo cual se elegirá convenientemente el trazado de su instalación, previendo la evacuación y estableciendo una ventilación apropiada en el interior de los tubos mediante el sistema adecuado, como puede ser, por ejemplo, el uso de una "T" de la que uno de los brazos no se emplea.- Los tubos metálicos que sean accesibles deben ponerse a tierra. Su continuidad eléctrica deberá quedar convenientemente asegurada. En el caso de utilizar tubos metálicos flexibles, es necesario que la distancia entre dos puestas a tierra consecutivas de los tubos no exceda de 10 metros.- No podrán utilizarse los tubos metálicos como conductores de protección o de neutro.

Cuando los tubos se instalen en montaje superficial, se tendrán en cuenta, además, las siguientes prescripciones:

- Los tubos se fijarán a las paredes o techos por medio de bridas o abrazaderas protegidas contra la corrosión y sólidamente sujetas. La distancia entre éstas será, como máximo, de 0,50 metros. Se dispondrán fijaciones de una y otra parte en los cambios de dirección, en los empalmes y en la proximidad inmediata de las entradas en cajas o aparatos.- Los tubos se colocarán adaptándose a la superficie sobre la que se instalan, curvándose o usando los accesorios necesarios.- En alineaciones rectas, las desviaciones del eje del tubo respecto a la línea que une los puntos extremos no serán superiores al 2 por 100.- Es conveniente disponer los tubos, siempre que sea posible, a una altura mínima de 2,50 metros sobre el suelo, con objeto de protegerlos de eventuales daños mecánicos.

Cuando los tubos se coloquen empotrados, se tendrán en cuenta, además, las siguientes prescripciones:

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- En la instalación de los tubos en el interior de los elementos de la construcción, las rozas no pondrán en peligro la seguridad de las paredes o techos en que se practiquen. Las dimensiones de las rozas serán suficientes para que los tubos queden recubiertos por una capa de 1 centímetro de espesor, como mínimo. En los ángulos, el espesor de esta capa puede reducirse a 0,5 centímetros.- No se instalarán entre forjado y revestimiento tubos destinados a la instalación eléctrica de las plantas inferiores.- Para la instalación correspondiente a la propia planta, únicamente podrán instalarse, entre forjado y revestimiento, tubos que deberán quedar recubiertos por una capa de hormigón o mortero de 1 centímetro de espesor, como mínimo, además del revestimiento.- En los cambios de dirección, los tubos estarán convenientemente curvados o bien provistos de codos o "T" apropiados, pero en este último caso sólo se admitirán los provistos de tapas de registro.- Las tapas de los registros y de las cajas de conexión quedarán accesibles y desmontables una vez finalizada la obra. Los registros y cajas quedarán enrasados con la superficie exterior del revestimiento de la pared o techo cuando no se instalen en el interior de un alojamiento cerrado y practicable.- En el caso de utilizarse tubos empotrados en paredes, es conveniente disponer los recorridos horizontales a 50 centímetros como máximo, de suelo o techos y los verticales a una distancia de los ángulos de esquinas no superior a 20 centímetros.

9.4. PRESCRIPCIONES PARTICULARES PARA LOCALES DE REUNION.

9.4.1. ALIMENTACION DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD.

Para los servicios de seguridad la fuente de energía debe ser elegida de forma que la alimentación esté asegurada durante un tiempo apropiado.

Para que los servicios de seguridad funcionen en caso de incendio, los equipos y materiales utilizados deben presentar, por construcción o por instalación, una resistencia al fuego de duración apropiada.

Se elegirán preferentemente medidas de protección contra los contactos indirectos sin corte automático al primer defecto.

Se pueden utilizar las siguientes fuentes de alimentación:

- Baterías de acumuladores. - Generadores independientes.- Derivaciones separadas de la red de distribución, independientes de la alimentación normal.

Las fuentes para servicios complementarios o de seguridad deben estar instaladas en lugar fijo y de forma que no puedan ser afectadas por el fallo de la fuente normal. Además, con excepción de los equipos autónomos, deberán cumplir las siguientes condiciones:

- se instalarán en emplazamiento apropiado, accesible solamente a las personas cualificadas o expertas.- el emplazamiento estará convenientemente ventilado, de forma que los gases y los humos que produzcan no puedan propagarse en los locales accesibles a las personas.- no se admiten derivaciones separadas, independientes y alimentadas por una red de distribución pública, salvo si se asegura que las dos derivaciones no puedan fallar simultáneamente.- cuando exista una sola fuente para los servicios de seguridad, ésta no debe ser utilizada para otros usos. Sin embargo, cuando se dispone de varias fuentes, pueden utilizarse igualmente como fuentes de reemplazamiento, con la condición, de que en caso de fallo de una de ellas, la potencia todavía disponible sea suficiente para garantizar la puesta en funcionamiento de todos los servicios de seguridad, siendo necesario generalmente, el corte automático de los equipos no concernientes a la seguridad.

La puesta en funcionamiento se realizará al producirse la falta de tensión en los circuitos alimentados por los diferentes suministros procedentes de la Empresa o Empresas distribuidoras de energía eléctrica, o cuando aquella tensión descienda por debajo del 70% de su valor nominal.

La capacidad mínima de una fuente propia de energía será, como norma general, la precisa para proveer al alumbrado de seguridad (alumbrado de evacuación, alumbrado ambiente y alumbrado de zonas de alto riesgo).

Todos los locales de pública concurrencia deberán disponer de alumbrado de emergencia (alumbrado de seguridad y alumbrado de reemplazamiento, según los casos).

9.4.2. ALUMBRADO DE EMERGENCIA.

Las instalaciones destinadas a alumbrado de emergencia tienen por objeto asegurar, en caso de fallo de la alimentación al alumbrado normal, la iluminación en los locales y accesos hasta las salidas, para una eventual evacuación del público o iluminar otros puntos que se señalen.

La alimentación del alumbrado de emergencia será automática con corte breve (alimentación automática disponible en 0,5 s como máximo).

9.4.2.1. Alumbrado de seguridad.

Es el alumbrado de emergencia previsto para garantizar la seguridad de las personas que evacuen una zona o que tienen que terminar un trabajo potencialmente peligroso antes de abandonar la zona.

El alumbrado de seguridad estará previsto para entrar en funcionamiento automáticamente cuando se produce el fallo del alumbrado general o cuando la tensión de éste baje a menos del 70% de su valor nominal.

La instalación de este alumbrado será fija y estará provista de fuentes propias de energía. Sólo se podrá utilizar el suministro exterior para proceder a su carga, cuando la fuente propia de energía esté constituida por baterías de acumuladores o aparatos autónomos automáticos.

Alumbrado de evacuación.

Es la parte del alumbrado de seguridad previsto para garantizar el reconocimiento y la utilización de los medios o rutas de evacuación cuando los locales estén o puedan estar ocupados.

En rutas de evacuación, el alumbrado de evacuación debe proporcionar, a nivel del suelo y en el eje de los pasos principales, una

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iluminancia horizontal mínima de 1 lux. En los puntos en los que estén situados los equipos de las instalaciones de protección contra incendios que exijan utilización manual y en los cuadros de distribución del alumbrado, la iluminancia mínima será de 5 lux. La relación entre la iluminancia máxima y la mínima en el eje de los pasos principales será menor de 40.

El alumbrado de evacuación deberá poder funcionar, cuando se produzca el fallo de la alimentación normal, como mínimo durante una hora, proporcionando la iluminancia prevista.

Alumbrado ambiente o anti-pánico.

Es la parte del alumbrado de seguridad previsto para evitar todo riesgo de pánico y proporcionar una iluminación ambiente adecuada que permita a los ocupantes identificar y acceder a las rutas de evacuación e identificar obstáculos.

El alumbrado ambiente o anti-pánico debe proporcionar una iluminancia horizontal mínima de 0,5 lux en todo el espacio considerado, desde el suelo hasta una altura de 1 m. La relación entre la iluminancia máxima y la mínima en todo el espacio considerado será menor de 40.

El alumbrado ambiente o anti-pánico deberá poder funcionar, cuando se produzca el fallo de la alimentación normal, como mínimo durante una hora, proporcionando la iluminancia prevista.

9.4.2.2. Alumbrado de reemplazamiento.

Parte del alumbrado de emergencia que permite la continuidad de las actividades normales. Cuando el alumbrado de reemplazamiento proporcione una iluminancia inferior al alumbrado normal, se usará únicamente para terminar el trabajo con seguridad.

9.4.2.3. Lugares en que deberá instalarse alumbrado de emergencia.

Con alumbrado de seguridad.

Es obligatorio situar el alumbrado de seguridad en las siguientes zonas de los locales de pública concurrencia:

a) en todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 100 personas.b) los recorridos generales de evacuación de zonas destinadas a usos residencial u hospitalario y los de zonas destinadas a cualquier otro uso que estén previstos para la evacuación de más de 100 personas.c) en los aseos generales de planta en edificios de acceso público.d) en los estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, incluidos los pasillos y las escaleras que conduzcan desde aquellos hasta el exterior o hasta las zonas generales del edificio.e) en los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección.f) en las salidas de emergencia y en las señales de seguridad reglamentarias.g) en todo cambio de dirección de la ruta de evacuación.h) en toda intersección de pasillos con las rutas de evacuación.i) en el exterior del edificio, en la vecindad inmediata a la salida.j) a menos de 2 m de las escaleras, de manera que cada tramo de escaleras reciba una iluminación directa.k) a menos de 2 m de cada cambio de nivel.l) a menos de 2 m de cada puesto de primeros auxilios.m) a menos de 2 m de cada equipo manual destinado a la prevención y extinción de incendios.n) en los cuadros de distribución de la instalación de alumbrado de las zonas indicadas anteriormente.

En las zonas incluidas en los apartados m) y n), el alumbrado de seguridad proporcionará una iluminancia mínima de 5 lux al nivel de operación.

Con alumbrado de reemplazamiento.

En las zonas de hospitalización, la instalación de alumbrado de emergencia proporcionará una iluminancia no inferior de 5 lux y durante 2 horas como mínimo. Las salas de intervención, las destinadas a tratamiento intensivo, las salas de curas, paritorios, urgencias dispondrán de un alumbrado de reemplazamiento que proporcionará un nivel de iluminancia igual al del alumbrado normal durante 2 horas como mínimo.

9.4.2.4. Prescripciones de los aparatos para alumbrado de emergencia.

Aparatos autónomos para alumbrado de emergencia.

Luminaria que proporciona alumbrado de emergencia de tipo permanente o no permanente en la que todos los elementos, tales como la batería, la lámpara, el conjunto de mando y los dispositivos de verificación y control, si existen, están contenidos dentro de la luminaria o a una distancia inferior a 1 m de ella.

Luminaria alimentada por fuente central.

Luminaria que proporciona alumbrado de emergencia de tipo permanente o no permanente y que está alimentada a partir de un sistema de alimentación de emergencia central, es decir, no incorporado en la luminaria.

Las líneas que alimentan directamente los circuitos individuales de los alumbrados de emergencia alimentados por fuente central, estarán protegidas por interruptores automáticos con una intensidad nominal de 10 A como máximo. Una misma línea no podrá alimentar más de 12 puntos de luz o, si en la dependencia o local considerado existiesen varios puntos de luz para alumbrado de emergencia, éstos deberán ser repartidos, al menos, entre dos líneas diferentes, aunque su número sea inferior a doce.

Las canalizaciones que alimenten los alumbrados de emergencia alimentados por fuente central se dispondrán, cuando se instalen sobre paredes o empotradas en ellas, a 5 cm como mínimo, de otras canalizaciones eléctricas y, cuando se instalen en huecos de la construcción estarán separadas de éstas por tabiques incombustibles no metálicos.

9.4.3. PRESCRIPCIONES DE CARACTER GENERAL.

Las instalaciones en los locales de pública concurrencia, cumplirán las condiciones de carácter general que a continuación se señalan.

- Los aparatos receptores que consuman más de 16 amperios se alimentarán directamente desde el cuadro general o desde los secundarios.

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- El cuadro general de distribución e, igualmente, los cuadros secundarios, se instalarán en lugares a los que no tenga acceso el público y que estarán separados de los locales donde exista un peligro acusado de incendio o de pánico (cabinas de proyección, escenarios, salas de público, escaparates, etc.), por medio de elementos a prueba de incendios y puertas no propagadoras del fuego. Los contadores podrán instalarse en otro lugar, de acuerdo con la empresa distribuidora de energía eléctrica, y siempre antes del cuadro general.

- Cerca de cada uno de los interruptores del cuadro se colocará una placa indicadora del circuito al que pertenecen.

- En las instalaciones para alumbrado de locales o dependencias donde se reúna público, el número de líneas secundarias y su disposición en relación con el total de lámparas a alimentar deberá ser tal que el corte de corriente en una cualquiera de ellas no afecte a más de la tercera parte del total de lámparas instaladas en los locales o dependencias que se iluminan alimentadas por dichas líneas. Cada una de estas líneas estarán protegidas en su origen contra sobrecargas, cortocircuitos, y si procede contra contactos indirectos.

- Los cables y sistemas de conducción de cables deben instalarse de manera que no se reduzcan las características de la estructura del edificio en la seguridad contra incendios.

- Los cables eléctricos a utilizar en las instalaciones de tipo general y en el conexionado interior de cuadros eléctricos en este tipo de locales, serán no propagadores del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida.

- Las fuentes propias de energía de corriente alterna a 50 Hz, no podrán dar tensión de retorno a la acometida o acometidas de la red de Baja Tensión pública que alimenten al local de pública concurrencia.

- A partir del cuadro general de distribución se instalarán líneas distribuidoras generales, accionadas por medio de interruptores omnipolares, al menos para cada uno de los siguientes grupos de dependencias o locales:

- Salas de venta o reunión, por planta del edificio- Escaparates- Almacenes- Talleres- Pasillos, escaleras y vestíbulos

9.5. PROTECCION CONTRA SOBREINTENSIDADES.

Todo circuito estará protegido contra los efectos de las sobreintensidades que puedan presentarse en el mismo, para lo cual la interrupción de este circuito se realizará en un tiempo conveniente o estará dimensionado para las sobreintensidades previsibles.

Las sobreintensidades pueden estar motivadas por:

- Sobrecargas debidas a los aparatos de utilización o defectos de aislamiento de gran impedancia.- Cortocircuitos.- Descargas eléctricas atmosféricas.

a) Protección contra sobrecargas. El límite de intensidad de corriente admisible en un conductor ha de quedar en todo caso garantizada por el dispositivo de protección utilizado. El dispositivo de protección podrá estar constituido por un interruptor automático de corte omnipolar con curva térmica de corte, o por cortacircuitos fusibles calibrados de características de funcionamiento adecuadas.

b) Protección contra cortocircuitos. En el origen de todo circuito se establecerá un dispositivo de protección contra cortocircuitos cuya capacidad de corte estará de acuerdo con la intensidad de cortocircuito que pueda presentarse en el punto de su conexión. Se admite, no obstante, que cuando se trate de circuitos derivados de uno principal, cada uno de estos circuitos derivados disponga de protección contra sobrecargas, mientras que un solo dispositivo general pueda asegurar la protección contra cortocircuitos para todos los circuitos derivados. Se admiten como dispositivos de protección contra cortocircuitos los fusibles calibrados de características de funcionamiento adecuadas y los interruptores automáticos con sistema de corte omnipolar.

La norma UNE 20.460 -4-43 recoge todos los aspectos requeridos para los dispositivos de protección. La norma UNE 20.460 -4-473 define la aplicación de las medidas de protección expuestas en la norma UNE 20.460 -4-43 según sea por causa de sobrecargas o cortocircuito, señalando en cada caso su emplazamiento u omisión.

9.6. PROTECCION CONTRA SOBRETENSIONES.

9.6.1. CATEGORÍAS DE LAS SOBRETENSIONES.

Las categorías indican los valores de tensión soportada a la onda de choque de sobretensión que deben de tener los equipos, determinando, a su vez, el valor límite máximo de tensión residual que deben permitir los diferentes dispositivos de protección de cada zona para evitar el posible daño de dichos equipos.

Se distinguen 4 categorías diferentes, indicando en cada caso el nivel de tensión soportada a impulsos, en kV, según la tensión nominal de la instalación.

Tensión nominal instalación Tensión soportada a impulsos 1,2/50 (kV)

Sistemas III Sistemas II Categoría IV Categoría III Categoría II Categoría I

230/400 230 6 4 2,5 1,5

400/690 8 6 4 2,5 1000

Categoría I

Se aplica a los equipos muy sensibles a las sobretensiones y que están destinados a ser conectados a la instalación eléctrica fija (ordenadores, equipos electrónicos muy sensibles, etc). En este caso, las medidas de protección se toman fuera de los equipos a proteger, ya sea en la instalación fija o entre la instalación fija y los equipos, con objeto de limitar las sobretensiones a un nivel específico.

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Categoría II

Se aplica a los equipos destinados a conectarse a una instalación eléctrica fija (electrodomésticos, herramientas portátiles y otros equipos similares).

Categoría III

Se aplica a los equipos y materiales que forman parte de la instalación eléctrica fija y a otros equipos para los cuales se requiere un alto nivel de fiabilidad (armarios de distribución, embarrados, aparamenta: interruptores, seccionadores, tomas de corriente, etc, canalizaciones y sus accesorios: cables, caja de derivación, etc, motores con conexión eléctrica fija: ascensores, máquinas industriales, etc.

Categoría IV

Se aplica a los equipos y materiales que se conectan en el origen o muy próximos al origen de la instalación, aguas arriba del cuadro de distribución (contadores de energía, aparatos de telemedida, equipos principales de protección contra sobreintensidades, etc).

9.6.2. MEDIDAS PARA EL CONTROL DE LAS SOBRETENSIONES.

Se pueden presentar dos situaciones diferentes:

- Situación natural: cuando no es preciso la protección contra las sobretensiones transitorias, pues se prevé un bajo riesgo de sobretensiones en la instalación (debido a que está alimentada por una red subterránea en su totalidad). En este caso se considera suficiente la resistencia a las sobretensiones de los equipos indicada en la tabla de categorías, y no se requiere ninguna protección suplementaria contra las sobretensiones transitorias.

- Situación controlada: cuando es preciso la protección contra las sobretensiones transitorias en el origen de la instalación, pues la instalación se alimenta por, o incluye, una línea aérea con conductores desnudos o aislados.

También se considera situación controlada aquella situación natural en que es conveniente incluir dispositivos de protección para una mayor seguridad (continuidad de servicio, valor económico de los equipos, pérdidas irreparables, etc.).

Los dispositivos de protección contra sobretensiones de origen atmosférico deben seleccionarse de forma que su nivel de protección sea inferior a la tensión soportada a impulso de la categoría de los equipos y materiales que se prevé que se vayan a instalar.

Los descargadores se conectarán entre cada uno de los conductores, incluyendo el neutro o compensador y la tierra de la instalación.

9.6.3. SELECCIÓN DE LOS MATERIALES EN LA INSTALACIÓN.

Los equipos y materiales deben escogerse de manera que su tensión soportada a impulsos no sea inferior a la tensión soportada prescrita en la tabla anterior, según su categoría.

Los equipos y materiales que tengan una tensión soportada a impulsos inferior a la indicada en la tabla, se pueden utilizar, no obstante:

- en situación natural, cuando el riesgo sea aceptable.- en situación controlada, si la protección contra las sobretensiones es adecuada.

9.7. PROTECCION CONTRA CONTACTOS DIRECTOS E INDIRECTOS.

9.7.1. PROTECCION CONTRA CONTACTOS DIRECTOS.

Protección por aislamiento de las partes activas.

Las partes activas deberán estar recubiertas de un aislamiento que no pueda ser eliminado más que destruyéndolo.

Protección por medio de barreras o envolventes.

Las partes activas deben estar situadas en el interior de las envolventes o detrás de barreras que posean, como mínimo, el grado de protección IP XXB, según UNE20.324. Si se necesitan aberturas mayores para la reparación de piezas o para el buen funcionamiento de los equipos, se adoptarán precauciones apropiadas para impedir que las personas o animales domésticos toquen las partes activas y se garantizará que las personas sean conscientes del hecho de que las partes activas no deben ser tocadas voluntariamente.

Las superficies superiores de las barreras o envolventes horizontales que son fácilmente accesibles, deben responder como mínimo al grado de protección IP4X o IP XXD.

Las barreras o envolventes deben fijarse de manera segura y ser de una robustez y durabilidad suficientes para mantener los grados de protección exigidos, con una separación suficiente de las partes activas en las condiciones normales de servicio, teniendo en cuenta las influencias externas.

Cuando sea necesario suprimir las barreras, abrir las envolventes o quitar partes de éstas, esto no debe ser posible más que:

- bien con la ayuda de una llave o de una herramienta;- o bien, después de quitar la tensión de las partes activas protegidas por estas barreras o estas envolventes, no pudiendo ser restablecida la tensión hasta después de volver a colocar las barreras o las envolventes;- o bien, si hay interpuesta una segunda barrera que posee como mínimo el grado de protección IP2X o IP XXB, que no pueda ser quitada más que con la ayuda de una llave o de una herramienta y que impida todo contacto con las partes activas.

Protección complementaria por dispositivos de corriente diferencial-residual.

Esta medida de protección está destinada solamente a complementar otras medidas de protección contra los contactos directos.

El empleo de dispositivos de corriente diferencial-residual, cuyo valor de corriente diferencial asignada de funcionamiento sea inferior o

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igual a 30 mA, se reconoce como medida de protección complementaria en caso de fallo de otra medida de protección contra los contactos directos o en caso de imprudencia de los usuarios.

9.7.2. PROTECCION CONTRA CONTACTOS INDIRECTOS.

La protección contra contactos indirectos se conseguirá mediante "corte automático de la alimentación". Esta medida consiste en impedir, después de la aparición de un fallo, que una tensión de contacto de valor suficiente se mantenga durante un tiempo tal que pueda dar como resultado un riesgo. La tensión límite convencional es igual a 50 V, valor eficaz en corriente alterna, en condiciones normales y a 24 V en locales húmedos.

Todas las masas de los equipos eléctricos protegidos por un mismo dispositivo de protección, deben ser interconectadas y unidas por un conductor de protección a una misma toma de tierra. El punto neutro de cada generador o transformador debe ponerse a tierra.

Se cumplirá la siguiente condición:

Ra x Ia ≤ U

donde:

- Ra es la suma de las resistencias de la toma de tierra y de los conductores de protección de masas.- Ia es la corriente que asegura el funcionamiento automático del dispositivo de protección. Cuando el dispositivo de protección es un dispositivo de corriente diferencial-residual es la corriente diferencial-residual asignada.- U es la tensión de contacto límite convencional (50 ó 24V).

9.8. PUESTAS A TIERRA.

Las puestas a tierra se establecen principalmente con objeto de limitar la tensión que, con respecto a tierra, puedan presentar en un momento dado las masas metálicas, asegurar la actuación de las protecciones y eliminar o disminuir el riesgo que supone una avería en los materiales eléctricos utilizados.

La puesta o conexión a tierra es la unión eléctrica directa, sin fusibles ni protección alguna, de una parte del circuito eléctrico o de una parte conductora no perteneciente al mismo, mediante una toma de tierra con un electrodo o grupo de electrodos enterrados en el suelo.

Mediante la instalación de puesta a tierra se deberá conseguir que en el conjunto de instalaciones, edificios y superficie próxima del terreno no aparezcan diferencias de potencial peligrosas y que, al mismo tiempo, permita el paso a tierra de las corrientes de defecto o las de descarga de origen atmosférico.

La elección e instalación de los materiales que aseguren la puesta a tierra deben ser tales que:

- El valor de la resistencia de puesta a tierra esté conforme con las normas de protección y de funcionamiento de la instalación y se mantenga de esta manera a lo largo del tiempo.- Las corrientes de defecto a tierra y las corrientes de fuga puedan circular sin peligro, particularmente desde el punto de vista de solicitaciones térmicas, mecánicas y eléctricas.- La solidez o la protección mecánica quede asegurada con independencia de las condiciones estimadas de influencias externas.- Contemplen los posibles riesgos debidos a electrólisis que pudieran afectar a otras partes metálicas.

9.8.1. UNIONES A TIERRA.

Tomas de tierra.

Para la toma de tierra se pueden utilizar electrodos formados por:

- barras, tubos;- pletinas, conductores desnudos;- placas;- anillos o mallas metálicas constituidos por los elementos anteriores o sus combinaciones;- armaduras de hormigón enterradas; con excepción de las armaduras pretensadas;- otras estructuras enterradas que se demuestre que son apropiadas.

Los conductores de cobre utilizados como electrodos serán de construcción y resistencia eléctrica según la clase 2 de la norma UNE 21.022.

El tipo y la profundidad de enterramiento de las tomas de tierra deben ser tales que la posible pérdida de humedad del suelo, la presencia del hielo u otros efectos climáticos, no aumenten la resistencia de la toma de tierra por encima del valor previsto. La profundidad nunca será inferior a 0,50 m.

Conductores de tierra.

La sección de los conductores de tierra, cuando estén enterrados, deberán estar de acuerdo con los valores indicados en la tabla siguiente. La sección no será inferior a la mínima exigida para los conductores de protección.

Tipo Protegido mecánicamente No protegido mecánicamente

Protegido contra Igual a conductores 16 mm² Cula corrosión protección apdo. 7.7.1 16 mm² Acero Galvanizado

No protegido contra 25 mm² Cu 25 mm² Cula corrosión 50 mm² Hierro 50 mm² Hierro

* La protección contra la corrosión puede obtenerse mediante una envolvente.

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Durante la ejecución de las uniones entre conductores de tierra y electrodos de tierra debe extremarse el cuidado para que resulten eléctricamente correctas. Debe cuidarse, en especial, que las conexiones, no dañen ni a los conductores ni a los electrodos de tierra.

Bornes de puesta a tierra.

En toda instalación de puesta a tierra debe preverse un borne principal de tierra, al cual deben unirse los conductores siguientes:

- Los conductores de tierra.- Los conductores de protección.- Los conductores de unión equipotencial principal.- Los conductores de puesta a tierra funcional, si son necesarios.

Debe preverse sobre los conductores de tierra y en lugar accesible, un dispositivo que permita medir la resistencia de la toma de tierra correspondiente. Este dispositivo puede estar combinado con el borne principal de tierra, debe ser desmontable necesariamente por medio de un útil, tiene que ser mecánicamente seguro y debe asegurar la continuidad eléctrica.

Conductores de protección.

Los conductores de protección sirven para unir eléctricamente las masas de una instalación con el borne de tierra, con el fin de asegurar la protección contra contactos indirectos.

Los conductores de protección tendrán una sección mínima igual a la fijada en la tabla siguiente:

Sección conductores fase (mm²) Sección conductores protección (mm²)

Sf ≤ 16 Sf16 < S f ≤ 35 16Sf > 35 Sf/2

En todos los casos, los conductores de protección que no forman parte de la canalización de alimentación serán de cobre con una sección, al menos de:

- 2,5 mm2, si los conductores de protección disponen de una protección mecánica.- 4 mm2, si los conductores de protección no disponen de una protección mecánica.

Como conductores de protección pueden utilizarse:

- conductores en los cables multiconductores, o- conductores aislados o desnudos que posean una envolvente común con los conductores activos, o- conductores separados desnudos o aislados.

Ningún aparato deberá ser intercalado en el conductor de protección. Las masas de los equipos a unir con los conductores de protección no deben ser conectadas en serie en un circuito de protección.

9.8.2. CONDUCTORES DE EQUIPOTENCIALIDAD.

El conductor principal de equipotencialidad debe tener una sección no inferior a la mitad de la del conductor de protección de sección mayor de la instalación, con un mínimo de 6 mm². Sin embargo, su sección puede ser reducida a 2,5 mm² si es de cobre.

La unión de equipotencialidad suplementaria puede estar asegurada, bien por elementos conductores no desmontables, tales como estructuras metálicas no desmontables, bien por conductores suplementarios, o por combinación de los dos.

9.8.3. RESISTENCIA DE LAS TOMAS DE TIERRA.

El valor de resistencia de tierra será tal que cualquier masa no pueda dar lugar a tensiones de contacto superiores a:

- 24 V en local o emplazamiento conductor- 50 V en los demás casos.

Si las condiciones de la instalación son tales que pueden dar lugar a tensiones de contacto superiores a los valores señalados anteriormente, se asegurará la rápida eliminación de la falta mediante dispositivos de corte adecuados a la corriente de servicio.

La resistencia de un electrodo depende de sus dimensiones, de su forma y de la resistividad del terreno en el que se establece. Esta resistividad varía frecuentemente de un punto a otro del terreno, y varia también con la profundidad.

9.8.4. TOMAS DE TIERRA INDEPENDIENTES.

Se considerará independiente una toma de tierra respecto a otra, cuando una de las tomas de tierra, no alcance, respecto a un punto de potencial cero, una tensión superior a 50 V cuando por la otra circula la máxima corriente de defecto a tierra prevista.

9.8.5. REVISION DE LAS TOMAS DE TIERRA.

Por la importancia que ofrece, desde el punto de vista de la seguridad cualquier instalación de toma de tierra, deberá ser obligatoriamente comprobada por el Director de la Obra o Instalador Autorizado en el momento de dar de alta la instalación para su puesta en marcha o en funcionamiento.

Personal técnicamente competente efectuará la comprobación de la instalación de puesta a tierra, al menos anualmente, en la época en la que el terreno esté mas seco. Para ello, se medirá la resistencia de tierra, y se repararán con carácter urgente los defectos que se encuentren.

En los lugares en que el terreno no sea favorable a la buena conservación de los electrodos, éstos y los conductores de enlace entre ellos hasta el punto de puesta a tierra, se pondrán al descubierto para su examen, al menos una vez cada cinco años.

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9.9. RECEPTORES DE ALUMBRADO.

Las luminarias serán conformes a los requisitos establecidos en las normas de la serie UNE-EN 60598.

La masa de las luminarias suspendidas excepcionalmente de cables flexibles no deben exceder de 5 kg. Los conductores, que deben ser capaces de soportar este peso, no deben presentar empalmes intermedios y el esfuerzo deberá realizarse sobre un elemento distinto del borne de conexión.

Las partes metálicas accesibles de las luminarias que no sean de Clase II o Clase III, deberán tener un elemento de conexión para su puesta a tierra, que irá conectado de manera fiable y permanente al conductor de protección del circuito.

El uso de lámparas de gases con descargas a alta tensión (neón, etc), se permitirá cuando su ubicación esté fuera del volumen de accesibilidad o cuando se instalen barreras o envolventes separadoras.

En instalaciones de iluminación con lámparas de descarga realizadas en locales en los que funcionen máquinas con movimiento alternativo o rotatorio rápido, se deberán tomar las medidas necesarias para evitar la posibilidad de accidentes causados por ilusión óptica originada por el efecto estroboscópico.

Los circuitos de alimentación estarán previstos para transportar la carga debida a los propios receptores, a sus elementos asociados y a sus corrientes armónicas y de arranque. Para receptores con lámparas de descarga, la carga mínima prevista en voltiamperios será de 1,8 veces la potencia en vatios de las lámparas. En el caso de distribuciones monofásicas, el conductor neutro tendrá la misma sección que los de fase. Será aceptable un coeficiente diferente para el cálculo de la sección de los conductores, siempre y cuando el factor de potencia de cada receptor sea mayor o igual a 0,9 y si se conoce la carga que supone cada uno de los elementos asociados a las lámparas y las corrientes de arranque, que tanto éstas como aquéllos puedan producir. En este caso, el coeficiente será el que resulte.

En el caso de receptores con lámparas de descarga será obligatoria la compensación del factor de potencia hasta un valor mínimo de 0,9.

En instalaciones con lámparas de muy baja tensión (p.e. 12 V) debe preverse la utilización de transformadores adecuados, para asegurar una adecuada protección térmica, contra cortocircuitos y sobrecargas y contra los choques eléctricos.

Para los rótulos luminosos y para instalaciones que los alimentan con tensiones asignadas de salida en vacío comprendidas entre 1 y 10 kV se aplicará lo dispuesto en la norma UNE-EN 50.107.

9.10. RECEPTORES A MOTOR.

Los motores deben instalarse de manera que la aproximación a sus partes en movimiento no pueda ser causa de accidente. Los motores no deben estar en contacto con materias fácilmente combustibles y se situarán de manera que no puedan provocar la ignición de estas.

Los conductores de conexión que alimentan a un solo motor deben estar dimensionados para una intensidad del 125 % de la intensidad a plena carga del motor. Los conductores de conexión que alimentan a varios motores, deben estar dimensionados para una intensidad no inferior a la suma del 125 % de la intensidad a plena carga del motor de mayor potencia, más la intensidad a plena carga de todos los demás.

Los motores deben estar protegidos contra cortocircuitos y contra sobrecargas en todas sus fases, debiendo esta última protección ser de tal naturaleza que cubra, en los motores trifásicos, el riesgo de la falta de tensión en una de sus fases. En el caso de motores con arrancador estrella-triángulo, se asegurará la protección, tanto para la conexión en estrella como en triángulo.

Los motores deben estar protegidos contra la falta de tensión por un dispositivo de corte automático de la alimentación, cuando el arranque espontáneo del motor, como consecuencia del restablecimiento de la tensión, pueda provocar accidentes, o perjudicar el motor, de acuerdo con la norma UNE 20.460 -4-45.

Los motores deben tener limitada la intensidad absorbida en el arranque, cuando se pudieran producir efectos que perjudicasen a la instalación u ocasionasen perturbaciones inaceptables al funcionamiento de otros receptores o instalaciones.

En general, los motores de potencia superior a 0,75 kilovatios deben estar provistos de reóstatos de arranque o dispositivos equivalentes que no permitan que la relación de corriente entre el período de arranque y el de marcha normal que corresponda a su plena carga, según las características del motor que debe indicar su placa, sea superiora la señalada en el cuadro siguiente:

De 0,75 kW a 1,5 kW: 4,5De 1,50 kW a 5 kW:3,0De 5 kW a 15 kW: 2Más de 15 kW: 1,5

10. PLANOS.

En el documento correspondiente de este proyecto, se adjuntan cuantos planos se han estimado necesarios con los detalles suficientes de todas las instalaciones (electricidad, etc.) que se han proyectado para cada una de las distintas dependencias que componen la instalación que nos ocupa, con claridad y objetividad.

11. CONCLUSION.

Expuesto el objeto y la utilidad del presente proyecto, esperamos que el mismo merezca la aprobación de la Administración y Ayuntamiento, dándonos las autorizaciones pertinentes para su tramitación y puesta en servicio.

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A N E X O S

ANEXO Nº 1. CALCULOS ELECTRICOS.

A continuación fijaremos las condiciones que vamos a emplear en los cálculos que seguidamente desarrollaremos.

1. INTENSIDADES.

Las intensidades admisibles vendrán dadas por las que se especifican en la tabla que exponemos, de acuerdo con cada caso.

Acometidas: Tablas 3, 4 y 5 de la ITC-BT-06 y Tablas 3, 4, 5, 11 y 12 de la ITC-BT-07.

Resto de la instalación: Alumbrado: Tabla 1 de la ITC-BT-19. Fuerza Motriz: Tabla 1 de la ITC-BT-19.

2. CAIDA DE TENSION. Para la derivación individual en suministros a un único usuario, en que no existe línea general de alimentación, será del 1,5 % (ITC-BT-15).

Para las instalaciones interiores del local, tanto en alumbrado como en F.M. será:

El 3% de la tensión nominal, entre el origen de la instalación y cualquier punto de utilización, para alumbrado, y el 5% para los demás usos (ITC-BT-19).

3. POTENCIA DE CALCULO

Para los circuitos que alimenten lámparas o tubos de descarga se tendrá en cuenta, a efectos de cálculo de secciones, la Instrucción ITC-BT-44. Así mismo, para circuitos que alimentan receptores a motor se tendrá en cuenta, a efectos de cálculo de secciones, la Instrucción ITC-BT-47.

4. CARACTERISTICAS GENERALES DE LA INSTALACION ELECTRICA.

La instalación cumplirá las proscripciones de carácter general que se indican en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, Instrucciones:

- ITC-BT-47 (Para la potencia de cálculo de los motores).- ITC-BT-44 (Para la potencia de cálculo del alumbrado).- ITC-BT-06, 07 y 19 (Para la elección de los conductores).- ITC-BT-28 (Instalaciones en Locales de Pública concurrencia).

Conductores

En cumplimiento de las Instrucciones anteriormente fijadas, se tiene:

- Los conductores bajo tubo serán flexibles, de Cobre, de 450/750 V de tensión de aislamiento. El aislamiento será PVC.

Distinción de colores

- Conductores de fase : Negro, Marrón y Gris. - Conductor neutro : Azul. - Conductor de protección: Bicolor ( Verde- Amarillo).

Aparatos de mando y protección

En cumplimiento de las anteriormente mencionadas, se tiene:

- La protección activa contra contactos indirectos se hará con interruptores diferenciales a la cabeza de cada línea (circuito).

- La protección contra sobreintensidades en cada línea (circuito) se hará con interruptores magnetotérmicos.

Estos aparatos serán de alto poder de corte, e irán instalados en un armario protegido contra proyecciones de materiales solidos.

Todo lo expuesto se recoge en el esquema unifilar.

Tomas de corriente y receptores de alumbrado

Las tomas de corriente se instalaran en cuadros totalmente protegidos a las proyecciones de materiales sólidos.

Los receptores de alumbrado tendrán sus piezas metálicas bajo tensión, protegidas contra las proyecciones de materiales sólidos.

5. JUSTIFICACION DE CALCULOS.

Fórmulas Generales

Emplearemos las siguientes:

Sistema Trifásico

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I = Pc / 1,732 x U x Cosϕ x R = amp (A)

e = (L x Pc / k x U x n x S x R) + (L x Pc x Xu x Senϕ / 1000 x U x n x R x Cosϕ) = voltios (V)

Sistema Monofásico:

I = Pc / U x Cosϕ x R = amp (A)

e = (2 x L x Pc / k x U x n x S x R) + (2 x L x Pc x Xu x Senϕ / 1000 x U x n x R x Cosϕ) = voltios (V)

En donde:

Pc = Potencia de Cálculo en Watios.L = Longitud de Cálculo en metros.e = Caída de tensión en Voltios.K = Conductividad. Cobre 56. Aluminio 35.I = Intensidad en Amperios.U = Tensión de Servicio en Voltios (Trifásica ó Monofásica).S = Sección del conductor en mm².Cos ϕ = Coseno de fi. Factor de potencia.R = Rendimiento. (Para líneas motor).n = Nº de conductores por fase.Xu = Reactancia por unidad de longitud en mΩ/m.

Fórmulas Cortocircuito

* IpccI = Ct U / √3 Zt

Siendo:

IpccI: intensidad permanente de c.c. en inicio de línea en kA.Ct: Coeficiente de tensión obtenido de condiciones generales de c.c.U: Tensión trifásica en V, obtenida de condiciones generales de proyecto.Zt: Impedancia total en mohm, aguas arriba del punto de c.c. (sin incluir la línea o circuito en estudio).

* IpccF = Ct UF / 2 Zt

Siendo:

IpccF: Intensidad permanente de c.c. en fin de línea en kA.Ct: Coeficiente de tensión obtenido de condiciones generales de c.c.UF: Tensión monofásica en V, obtenida de condiciones generales de proyecto.Zt: Impedancia total en mohm, incluyendo la propia de la línea o circuito (por tanto es igual a la impedancia en origen mas la propia del conductor o línea).

* La impedancia total hasta el punto de cortocircuito será:

Zt = (Rt² + Xt²)½

Siendo:

Rt: R1 + R2 + ................+ Rn (suma de las resistencias de las líneas aguas arriba hasta el punto de c.c.)Xt: X1 + X2 + .............. + Xn (suma de las reactancias de las líneas aguas arriba hasta el punto de c.c.)R = L · 1000 · CR / K · S · n (mohm)R = Xu · L / n (mohm)R: Resistencia de la línea en mohm.X: Reactancia de la línea en mohm.L: Longitud de la línea en m.CR: Coeficiente de resistividad, extraído de condiciones generales de c.c.K: Conductividad del metal; KCu = 56; KAl = 35.S: Sección de la línea en mm².Xu: Reactancia de la línea, en mohm, por metro.n: nº de conductores por fase.

* tmcicc = Cc · S² / IpccF²

Siendo:

tmcicc: Tiempo máximo en sg que un conductor soporta una Ipcc.Cc= Constante que depende de la naturaleza del conductor y de su aislamiento.S: Sección de la línea en mm².IpccF: Intensidad permanente de c.c. en fin de línea en A.

* tficc = cte. fusible / IpccF²

Siendo:

tficc: tiempo de fusión de un fusible para una determinada intensidad de cortocircuito.

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IpccF: Intensidad permanente de c.c. en fin de línea en A.

* Lmax = 0,8 UF / 2 · IF5 · √(1,5 / K· S · n)² + (Xu / n · 1000)²

Siendo:

Lmax: Longitud máxima de conductor protegido a c.c. (m) (para protección por fusibles)UF: Tensión de fase (V)K: Conductividad - Cu: 56, Al: 35S: Sección del conductor (mm²)Xu: Reactancia por unidad de longitud (mohm/m). En conductores aislados suele ser 0,08.n: nº de conductores por faseCt= 0,8: Es el coeficiente de tensión de condiciones generales de c.c.CR = 1,5: Es el coeficiente de resistencia. IF5 = Intensidad de fusión en amperios de fusibles en 5 sg.

* Curvas válidas.(Para protección de Interruptores automáticos dotados de Relé electromagnético).

CURVA B IMAG = 5 InCURVA C IMAG = 10 InCURVA D Y MA IMAG = 20 In

Fórmulas Embarrados

- Cálculo electrodinámico

σmax = Ipcc² · L² / ( 60 · d · Wy · n)

Siendo:

σmax: Tensión máxima en las pletinas (kg/cm²) Ipcc: Intensidad permanente de c.c. (kA) L: Separación entre apoyos (cm) d: Separación entre pletinas (cm) n: nº de pletinas por fase Wy: Módulo resistente por pletina eje y-y (cm³) σadm: Tensión admisible material (kg/cm²)

- Comprobación por solicitación térmica en cortocircuito

Icccs = Kc · S / ( 1000 · √tcc)

Siendo: Ipcc: Intensidad permanente de c.c. (kA) Icccs: Intensidad de c.c. soportada por el conductor durante el tiempo de duración del c.c. (kA) S: Sección total de las pletinas (mm²) tcc: Tiempo de duración del cortocircuito (sg) Kc: Constante del conductor: Cu = 164, Al = 107

DEMANDA DE POTENCIAS

A continuación vamos a exponer y detallar la demanda de potencias de fuerza motriz y de alumbrado.

1.ALUMB.BAR 300 W2.ALUMB.EMERG.BAR 32.4 W3.ALUMB.BAR 250 W4.ALUMB.EMERG.BAR 21.6 W5.ALUMB.BAR/AS/ALM 840 W6.ALUMB.EM.BAR/ASE 44.4 W7.CAFETERA 3000 W8.BOTELLEROS 1000 W9.CUBIT/10.CONG. 1000 W11.LAVAVAJILLAS 3000 W13.TOMAS CORRIENTE 3500 W12.TURB.EXT/14.EXT 1736 W

TOTAL.... 14724.4 W

Cálculo de la LINEA GENERAL DE ALIMENTACION

- Tensión de servicio: 400 V.- Canalización: Multic. Pared o Band. no Perf.- Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 14724.4 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47 y ITC-BT-44):

3000x1.25+12723.12=16473.12 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=16473.12/1,732x400x0.8=29.72 A.Se eligen conductores Unipolares 4x10+TTx10mm²Cu

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Aislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 50 A. según ITC-BT-19

Caída de tensión:e(parcial)=0.3x16473.12/56x400x10=0.02 V.=0.01 %e(total)=0.01% ADMIS (4.5% MAX.)

Prot. Térmica:Fusibles Int. 35 A.

Cálculo de la DERIVACION INDIVIDUAL

- Tensión de servicio: 400 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 18 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 14724.4 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47 y ITC-BT-44):

3000x1.25+12723.12=16473.12 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=16473.12/1,732x400x0.8=29.72 A.Se eligen conductores Unipolares 4x10+TTx10mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 44 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 32mm.

Caída de tensión:e(parcial)=18x16473.12/56x400x10=1.32 V.=0.33 %e(total)=0.34% ADMIS (4.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Tetrapolar Int. 30 A.

Cálculo de la Línea: AGRUP.1-ALUMB.

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Multic. Pared o Band. no Perf.- Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 332.4 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

598.32 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=598.32/230x0.8=3.25 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 16 A. según ITC-BT-19

Caída de tensión:e(parcial)=2x0.3x598.32/56x230x1.5=0.02 V.=0.01 %e(total)=0.34% ADMIS (4.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Protección diferencial:Inter. Dif. Bipolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA.

Cálculo de la Línea: 1.ALUMB.BAR

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 18 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Datos por tramo

Tramo 1 2 3Longitud(m) 10 4 4P.des.nu.(W) 150 100 50P.inc.nu.(W) 0 0 0

- Potencia a instalar: 300 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

300x1.8=540 W.

I=540/230x1=2.35 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 16mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x12.67x540/56x230x1.5=0.71 V.=0.31 %e(total)=0.65% ADMIS (4.5% MAX.)

Cálculo de la Línea: 2.ALUMB.EMERG.BAR

Page 30: Proyecto jm

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 20 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Datos por tramo

Tramo 1 2 3Longitud(m) 8 6 6P.des.nu.(W) 10.8 10.8 10.8P.inc.nu.(W) 0 0 0

- Potencia a instalar: 32.4 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

32.4x1.8=58.32 W.

I=58.32/230x1=0.25 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 16mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x14x58.32/56x230x1.5=0.08 V.=0.04 %e(total)=0.38% ADMIS (4.5% MAX.)

Cálculo de la Línea: AGRUP.2-ALUMB.

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Multic. Pared o Band. no Perf.- Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 271.6 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

488.88 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=488.88/230x0.8=2.66 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 16 A. según ITC-BT-19

Caída de tensión:e(parcial)=2x0.3x488.88/56x230x1.5=0.02 V.=0.01 %e(total)=0.34% ADMIS (4.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Protección diferencial:Inter. Dif. Bipolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA.

Cálculo de la Línea: 3.ALUMB.BAR

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 18 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Datos por tramo

Tramo 1 2 3Longitud(m) 12 3 3P.des.nu.(W) 50 100 100P.inc.nu.(W) 0 0 0

- Potencia a instalar: 250 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

250x1.8=450 W.

I=450/230x1=1.96 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 16mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x15.6x450/56x230x1.5=0.73 V.=0.32 %e(total)=0.66% ADMIS (4.5% MAX.)

Cálculo de la Línea: 4.ALUMB.EMERG.BAR

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 25 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Datos por tramo

Tramo 1 2Longitud(m) 19 6P.des.nu.(W) 10.8 10.8

Page 31: Proyecto jm

P.inc.nu.(W) 0 0

- Potencia a instalar: 21.6 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

21.6x1.8=38.88 W.

I=38.88/230x1=0.17 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 16mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x22x38.88/56x230x1.5=0.09 V.=0.04 %e(total)=0.38% ADMIS (4.5% MAX.)

Cálculo de la Línea: AGRUP.3-ALUMB.

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Multic. Pared o Band. no Perf.- Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 884.4 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

1399.92 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=1399.92/230x0.8=7.61 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 16 A. según ITC-BT-19

Caída de tensión:e(parcial)=2x0.3x1399.92/56x230x1.5=0.04 V.=0.02 %e(total)=0.36% ADMIS (4.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Protección diferencial:Inter. Dif. Bipolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA.

Cálculo de la Línea: 5.ALUMB.BARRA/ASEOS/ALMACEN

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 26 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Datos por tramo

Tramo 1 2 3 4 5 6 7Longitud(m) 3 1 3 3 4 8 4P.des.nu.(W) 0 0 200 200 200 0 0P.inc.nu.(W) 60 60 0 0 0 60 60

- Potencia a instalar: 840 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

600x1.8+240=1320 W.

I=1320/230x1=5.74 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 16mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x10.95x1320/56x230x1.5=1.5 V.=0.65 %e(total)=1.01% ADMIS (4.5% MAX.)

Cálculo de la Línea: 6.ALUMB.EMERG.BARRA/ASEOS

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 36 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Datos por tramo

Tramo 1 2 3 4 5Longitud(m) 3 5 7 17 4P.des.nu.(W) 10.8 10.8 10.8 6 6P.inc.nu.(W) 0 0 0 0 0

- Potencia a instalar: 44.4 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

44.4x1.8=79.92 W.

I=79.92/230x1=0.35 A.Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²Cu

Page 32: Proyecto jm

Aislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 16mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x15.51x79.92/56x230x1.5=0.13 V.=0.06 %e(total)=0.41% ADMIS (4.5% MAX.)

Cálculo de la Línea: AGRUP.1-FUERZA

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Multic. Pared o Band. no Perf.- Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 4000 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47):

3000x1.25+1000=4750 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=4750/230x0.8=25.82 A.Se eligen conductores Unipolares 2x4mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 30 A. según ITC-BT-19

Caída de tensión:e(parcial)=2x0.3x4750/56x230x4=0.06 V.=0.02 %e(total)=0.36% ADMIS (4.5% MAX.)

Protección diferencial:Inter. Dif. Bipolar Int.: 40 A. Sens. Int.: 30 mA.

Cálculo de la Línea: 7.CAFETERA

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 6 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; R: 1- Potencia a instalar: 3000 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47):

3000x1.25=3750 W.

I=3750/230x0.8x1=20.38 A.Se eligen conductores Unipolares 2x4+TTx4mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 27 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 20mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x6x3750/56x230x4x1=0.87 V.=0.38 %e(total)=0.74% ADMIS (6.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 25 A.

Cálculo de la Línea: 8.BOTELLEROS

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 16 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; R: 1- Datos por tramo

Tramo 1 2Longitud(m) 8 8Pot.nudo(kW) 0.5 0.5

- Potencia a instalar: 1000 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47):

500x1.25+500=1125 W.

I=1125/230x0.8x1=6.11 A.Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 20mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x12.44x1125/56x230x2.5x1=0.87 V.=0.38 %e(total)=0.74% ADMIS (6.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 16 A.

Cálculo de la Línea: AGRUP.2-FUERZA

- Tensión de servicio: 230 V.

Page 33: Proyecto jm

- Canalización: Multic. Pared o Band. no Perf.- Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 4000 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47):

3000x1.25+1000=4750 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=4750/230x0.8=25.82 A.Se eligen conductores Unipolares 2x4mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 30 A. según ITC-BT-19

Caída de tensión:e(parcial)=2x0.3x4750/56x230x4=0.06 V.=0.02 %e(total)=0.36% ADMIS (4.5% MAX.)

Protección diferencial:Inter. Dif. Bipolar Int.: 40 A. Sens. Int.: 30 mA.

Cálculo de la Línea: 9.CUBIT/10.CONG.

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 15 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; R: 1- Datos por tramo

Tramo 1 2Longitud(m) 9 6Pot.nudo(kW) 0.5 0.5

- Potencia a instalar: 1000 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47):

500x1.25+500=1125 W.

I=1125/230x0.8x1=6.11 A.Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 20mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x12.33x1125/56x230x2.5x1=0.86 V.=0.37 %e(total)=0.74% ADMIS (6.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 16 A.

Cálculo de la Línea: 11.LAVAVAJILLAS

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 14 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; R: 1- Potencia a instalar: 3000 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47):

3000x1.25=3750 W.

I=3750/230x0.8x1=20.38 A.Se eligen conductores Unipolares 2x4+TTx4mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 27 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 20mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x14x3750/56x230x4x1=2.04 V.=0.89 %e(total)=1.25% ADMIS (6.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 25 A.

Cálculo de la Línea: AGRUP.3-FUERZA

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Multic. Pared o Band. no Perf.- Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 5236 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47):

736x1.25+4500=5420 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=5420/230x0.8=29.46 A.Se eligen conductores Unipolares 2x4mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 30 A. según ITC-BT-19

Page 34: Proyecto jm

Caída de tensión:e(parcial)=2x0.3x5420/56x230x4=0.06 V.=0.03 %e(total)=0.36% ADMIS (4.5% MAX.)

Protección diferencial:Inter. Dif. Bipolar Int.: 40 A. Sens. Int.: 30 mA.

Cálculo de la Línea: 13.TOMAS CORRIENTE

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 25 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 3500 W.- Potencia de cálculo: 3500 W.

I=3500/230x0.8=19.02 A.Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 20mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x25x3500/56x230x2.5=5.43 V.=2.36 %e(total)=2.73% ADMIS (6.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 20 A.

Cálculo de la Línea: 12.TURB.EXT/14.EXT

- Tensión de servicio: 230 V.- Canalización: Unip. Tubos Superf. o Empot. Obra- Longitud: 25 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; R: 1- Datos por tramo

Tramo 1 2 3Longitud(m) 11 10 4Pot.nudo(W) 736 500 500

- Potencia a instalar: 1736 W.- Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-47):

736x1.25+1000=1920 W.

I=1920/230x0.8x1=10.43 A.Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²CuAislamiento, Nivel Aislamiento: PVC, 450/750 VI.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 D. tubo: 20mm.

Caída de tensión:e(parcial)=2x18.16x1920/56x230x2.5x1=2.17 V.=0.94 %e(total)=1.31% ADMIS (6.5% MAX.)

Prot. Térmica:I. Mag. Bipolar Int. 16 A.

Los resultados obtenidos se reflejan en las siguientes tablas:

Cuadro General de Mando y Protección

Denominación P.Cálculo Dist.Cálc Sección I.Cálculo I.Adm.. C.T.Parc. C.T.Total(W) (m) (mm²) (A) (A) (%) (%)

LINEA GENERAL ALIMENT. 16473.12 0.3 4x10+TTx10Cu 29.72 50 0.01 0.01DERIVACION IND. 16473.12 18 4x10+TTx10Cu 29.72 44 0.33 0.34AGRUP.1-ALUMB. 598.32 0.3 2x1.5Cu 3.25 16 0.01 0.341.ALUMB.BAR 540 18 2x1.5+TTx1.5Cu 2.35 15 0.31 0.652.ALUMB.EMERG.BAR 58.32 20 2x1.5+TTx1.5Cu 0.25 15 0.04 0.38AGRUP.2-ALUMB. 488.88 0.3 2x1.5Cu 2.66 16 0.01 0.343.ALUMB.BAR 450 18 2x1.5+TTx1.5Cu 1.96 15 0.32 0.664.ALUMB.EMERG.BAR 38.88 25 2x1.5+TTx1.5Cu 0.17 15 0.04 0.38AGRUP.3-ALUMB. 1399.92 0.3 2x1.5Cu 7.61 16 0.02 0.365.ALUMB.BARRA/ASEOS/ALM 1320 26 2x1.5+TTx1.5Cu 5.74 15 0.65 1.016.ALUMB.EM.BARRA/ASEOS 79.92 36 2x1.5+TTx1.5Cu 0.35 15 0.06 0.41AGRUP.1-FUERZA 4750 0.3 2x4Cu 25.82 30 0.02 0.367.CAFETERA 3750 6 2x4+TTx4Cu 20.38 27 0.38 0.748.BOTELLEROS 1125 16 2x2.5+TTx2.5Cu 6.11 21 0.38 0.74AGRUP.2-FUERZA 4750 0.3 2x4Cu 25.82 30 0.02 0.369.CUBIT/10.CONG. 1125 15 2x2.5+TTx2.5Cu 6.11 21 0.37 0.7411.LAVAVAJILLAS 3750 14 2x4+TTx4Cu 20.38 27 0.89 1.25AGRUP.3-FUERZA 5420 0.3 2x4Cu 29.46 30 0.03 0.3613.TOMAS CORRIENTE 3500 25 2x2.5+TTx2.5Cu 19.02 21 2.36 2.73

Page 35: Proyecto jm

12.TURB.EXT/14.EXT 1920 25 2x2.5+TTx2.5Cu 10.43 21 0.94 1.31

Cortocircuito Denominación Longitud Sección IpccI P de C IpccF tmcicc tficc Lmáx Curvas válidas

(m) (mm²) (kA) (kA) (A) (sg) (sg) (m)

LINEA GENERAL ALIMENT. 0.3 4x10+TTx10Cu 12 50 5702.54 0.04 0.007 156.12 35DERIVACION IND. 18 4x10+TTx10Cu 11.45 15 1451.51 0.63 30;B,C,DAGRUP.1-ALUMB. 0.3 2x1.5Cu 2.91 3 1338.87 0.02 10;B,C,D1.ALUMB.BAR 18 2x1.5+TTx1.5Cu 2.69 235.95 0.532.ALUMB.EMERG.BAR 20 2x1.5+TTx1.5Cu 2.69 216.16 0.64AGRUP.2-ALUMB. 0.3 2x1.5Cu 2.91 3 1338.87 0.02 10;B,C3.ALUMB.BAR 18 2x1.5+TTx1.5Cu 2.69 235.95 0.534.ALUMB.EMERG.BAR 25 2x1.5+TTx1.5Cu 2.69 178.68 0.93AGRUP.3-ALUMB. 0.3 2x1.5Cu 2.91 3 1338.87 0.02 10;B,C5.ALUMB.BAR/AS/ALM 26 2x1.5+TTx1.5Cu 2.69 172.69 16.ALUMB.EM.BAR/ASE 36 2x1.5+TTx1.5Cu 2.69 129.34 1.78AGRUP.1-FUERZA 0.3 2x4Cu 2.91 1407.13 0.117.CAFETERA 6 2x4+TTx4Cu 2.83 3 872.5 0.28 25;B,C,D8.BOTELLEROS 16 2x2.5+TTx2.5Cu 2.83 3 388.86 0.55 16;B,C,DAGRUP.2-FUERZA 0.3 2x4Cu 2.91 1407.13 0.119.CUBIT/10.CONG. 15 2x2.5+TTx2.5Cu 2.83 3 407.3 0.5 16;B,C,D11.LAVAVAJILLAS 14 2x4+TTx4Cu 2.83 3 578.79 0.63 25;B,C,DAGRUP.3-FUERZA 0.3 2x4Cu 2.91 1407.13 0.1113.TOMAS CORRIENTE 25 2x2.5+TTx2.5Cu 2.83 3 276.28 1.08 20;B,C12.TURB.EXT/14.EXT 25 2x2.5+TTx2.5Cu 2.83 3 276.28 1.08 16;B,C

CALCULO DE LA PUESTA A TIERRA - La resistividad del terreno es 250 ohmiosxm.- El electrodo en la puesta a tierra del edificio, se constituye con los siguientes elementos:

M. conductor de Cu desnudo 35 mm² 13 m. M. conductor de Acero galvanizado 95 mm²

Picas verticales de Cobre 14 mmde Acero recubierto Cu 14 mm 5 picas de 2m.de Acero galvanizado 25 mm

Con lo que se obtendrá una Resistencia de tierra de 15.15 ohmios.

Los conductores de protección, se calcularon adecuadamente y según la ITC-BT-18, en el apartado del cálculo de circuitos.

Así mismo cabe señalar que la linea principal de tierra no será inferior a 16 mm² en Cu, y la linea de enlace con tierra, no será inferior a 25 mm² en Cu.

CALCULO DE LA TARIFA ELECTRICA Se parte de los siguientes datos

- Tarifa: 2.0 Hasta 15 kW inclusive - Potencia contratada (kW): 15 - Potencia base de facturación (kW): 15 - Periodo facturación (meses): 2 - Energía llano (kWh): 2200 - Energía punta (kWh): 0 - Energía valle (kWh): 0 - Energía reactiva (kVArh): 0 - Alquiler de equipos (Euros): 0 - I.V.A.(%): 16

A continuación se presentan los resultados obtenidos

Baja Tensión 2.0 Hasta 15 kW inclusive

(Tp) Término de potencia : 2 * 15 * 1.415263 = 42.46 (Te) Término de energía : 2200 * 0.080401 = 176.88 Impuesto sobre la electricidad : 4.864 % (219.34) * 1.05113 = 11.21 Alquiler de equipos : = 0 I.V.A. : 16 %(230.55) = 36.89

Total(Euros) = 267.44

Septiembre de 2.003

Page 36: Proyecto jm

PLIEGO DE CONDICIONES

Condiciones Facultativas

1. TECNICO DIRECTOR DE OBRA.

2. CONSTRUCTOR O INSTALADOR.

3. VERIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO.

4. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

5. PRESENCIA DEL CONSTRUCTOR O INSTALADOR EN LA OBRA.

6. TRABAJOS NO ESTIPULADOS EXPRESAMENTE.

7. INTERPRETACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO.

8. RECLAMACIONES CONTRA LAS ORDENES DE LA DIRECCION FACULTATIVA.

9. FALTAS DE PERSONAL.

10. CAMINOS Y ACCESOS.

11. REPLANTEO.

12. COMIENZO DE LA OBRA. RITMO DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS.

13. ORDEN DE LOS TRABAJOS.

14. FACILIDADES PARA OTROS CONTRATISTAS.

15. AMPLIACION DEL PROYECTO POR CAUSAS IMPREVISTAS O DE FUERZA MAYOR.

16. PRORROGA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR.

17. RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCION FACULTATIVA EN EL RETRASO DE LA OBRA.

18. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS.

19. OBRAS OCULTAS.

20. TRABAJOS DEFECTUOSOS.

21. VICIOS OCULTOS.

22. DE LOS MATERIALES Y LOS APARATOS. SU PROCEDENCIA.

23. MATERIALES NO UTILIZABLES.

24. GASTOS OCASIONADOS POR PRUEBAS Y ENSAYOS.

25. LIMPIEZA DE OBRAS.

26. DOCUMENTACION FINAL DE OBRA.

27. PLAZO DE GARANTIA.28. CONSERVACION DE LAS OBRAS RECIBIDAS PROVISIONALMENTE.

29. DE LA RECEPCION DEFINITIVA.

30. PRORROGA DEL PLAZO DE GARANTIA.

31. DE LAS RECEPCIONES DE TRABAJOS CUYA CONTRATA HAYA SIDO RESCINDIDA.

Condiciones Económicas

1. COMPOSICION DE LOS PRECIOS UNITARIOS.

2. PRECIO DE CONTRATA. IMPORTE DE CONTRATA.

3. PRECIOS CONTRADICTORIOS.

4. RECLAMACIONES DE AUMENTO DE PRECIOS POR CAUSAS DIVERSAS.

5. DE LA REVISION DE LOS PRECIOS CONTRATADOS.

Page 37: Proyecto jm

6. ACOPIO DE MATERIALES.

7. RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR O INSTALADOR EN EL BAJO RENDIMIENTO DE LOS TRABAJADORES.

8. RELACIONES VALORADAS Y CERTIFICACIONES.

9. MEJORAS DE OBRAS LIBREMENTE EJECUTADAS.

10. ABONO DE TRABAJOS PRESUPUESTADOS CON PARTIDA ALZADA.

11. PAGOS.

12. IMPORTE DE LA INDEMNIZACION CON RETRASO NO JUSTIFICADO EN EL PLAZO DE TERMINACION DE LAS OBRAS.

13. DEMORA DE LOS PAGOS.

14. MEJORAS Y AUMENTOS DE OBRA. CASOS CONTRARIOS.

15. UNIDADES DE OBRA DEFECTUOSAS PERO ACEPTABLES.

16. SEGURO DE LAS OBRAS.

17. CONSERVACION DE LA OBRA.

18. USO POR EL CONTRATISTA DEL EDIFICIO O BIENES DEL PROPIETARIO.

Condiciones Técnicas para la ejecución y montaje de instalaciones eléctricas en baja tensión

1. CONDICIONES GENERALES.

2. CANALIZACIONES ELECTRICAS.

2.1. CONDUCTORES AISLADOS BAJO TUBOS PROTECTORES.

2.2. CONDUCTORES AISLADOS FIJADOS DIRECTAMENTE SOBRE LAS PAREDES.

2.3. CONDUCTORES AISLADOS ENTERRADOS.

2.4. CONDUCTORES AISLADOS DIRECTAMENTE EMPOTRADOS EN ESTRUCTURAS.

2.5. CONDUCTORES AISLADOS EN EL INTERIOR DE LA CONSTRUCCION.

2.6. CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORAS.

2.7. CONDUCTORES AISLADOS BAJO MOLDURAS.

2.8. CONDUCTORES AISLADOS EN BANDEJA O SOPORTE DE BANDEJAS.

2.9. NORMAS DE INSTALACION EN PRESENCIA DE OTRAS CANALIZACIONES NO ELECTRICAS.

2.10. ACCESIBILIDAD A LAS INSTALACIONES.

3. CONDUCTORES.

3.1. MATERIALES.

3.2. DIMENSIONADO.

3.3. IDENTIFICACION DE LAS INSTALACIONES.

3.4. RESISTENCIA DE AISLAMIENTO Y RIGIDEZ DIELECTRICA.

4. CAJAS DE EMPALME.

5. MECANISMOS Y TOMAS DE CORRIENTE.

6. APARAMENTA DE MANDO Y PROTECCION.

6.1. CUADROS ELECTRICOS.

6.2. INTERRUPTORES AUTOMATICOS.

6.3. GUARDAMOTORES.

6.4. FUSIBLES.

6.5. INTERRUPTORES DIFERENCIALES.

6.6. SECCIONADORES.

Page 38: Proyecto jm

6.7. EMBARRADOS.

6.8. PRENSAESTOPAS Y ETIQUETAS.

7. RECEPTORES DE ALUMBRADO.

8. RECEPTORES A MOTOR.

9. PUESTAS A TIERRA.

10. INSPECCIONES Y PRUEBAS EN FABRICA.

11. CONTROL.

12. SEGURIDAD.

13. LIMPIEZA.

14. MANTENIMIENTO.

15. CRITERIOS DE MEDICION.

Page 39: Proyecto jm

PLIEGO DE CONDICIONES

Condiciones Facultativas.

1. TECNICO DIRECTOR DE OBRA.

Corresponde al Técnico Director:

- Redactar los complementos o rectificaciones del proyecto que se precisen.

- Asistir a las obras, cuantas veces lo requiera su naturaleza y complejidad, a fin de resolver las contingencias que se produzcan e impartir las órdenes complementarias que sean precisas para conseguir la correcta solución técnica.

- Aprobar las certificaciones parciales de obra, la liquidación final y asesorar al promotor en elacto de la recepción.

- Redactar cuando sea requerido el estudio de los sistemas adecuados a los riesgos del trabajo en la realización de la obra y aprobar el Plan de Seguridad y Salud para la aplicación del mismo.

- Efectuar el replanteo de la obra y preparar el acta correspondiente, suscribiéndola en unióndel Constructor o Instalador.

- Comprobar las instalaciones provisionales, medios auxiliares y sistemas de seguridad ehigiene en el trabajo, controlando su correcta ejecución.

- Ordenar y dirigir la ejecución material con arreglo al proyecto, a las normas técnicas y a lasreglas de la buena construcción.

- Realizar o disponer las pruebas o ensayos de materiales, instalaciones y demás unidades deobra según las frecuencias de muestreo programadas en el plan de control, así como efectuarlas demás comprobaciones que resulten necesarias para asegurar la calidad constructiva deacuerdo con el proyecto y la normativa técnica aplicable. De los resultados informarápuntualmente al Constructor o Instalador, impartiéndole, en su caso, las órdenes oportunas.

- Realizar las mediciones de obra ejecutada y dar conformidad, según las relacionesestablecidas, a las certificaciones valoradas y a la liquidación de la obra.

- Suscribir el certificado final de la obra.

2. CONSTRUCTOR O INSTALADOR.

Corresponde al Constructor o Instalador:

- Organizar los trabajos, redactando los planes de obras que se precisen y proyectando oautorizando las instalaciones provisionales y medios auxiliares de la obra.

- Elaborar, cuando se requiera, el Plan de Seguridad e Higiene de la obra en aplicación delestudio correspondiente y disponer en todo caso la ejecución de las medidas preventivas,velando por su cumplimiento y por la observancia de la normativa vigente en materia deseguridad e higiene en el trabajo.

- Suscribir con el Técnico Director el acta del replanteo de la obra.

- Ostentar la jefatura de todo el personal que intervenga en la obra y coordinar lasintervenciones de los subcontratistas.

- Asegurar la idoneidad de todos y cada uno de los materiales y elementos constructivos quese utilicen, comprobando los preparativos en obra y rechazando los suministros o prefabricados que no cuenten con las garantías o documentos de idoneidad requeridos porlas normas de aplicación.

- Custodiar el Libro de órdenes y seguimiento de la obra, y dar el enterado a las anotacionesque se practiquen en el mismo.

- Facilitar al Técnico Director con antelación suficiente los materiales precisos para elcumplimiento de su cometido.

- Preparar las certificaciones parciales de obra y la propuesta de liquidación final.

- Suscribir con el Promotor las actas de recepción provisional y definitiva.

- Concertar los seguros de accidentes de trabajo y de daños a terceros durante la obra.

3. VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO.

Antes de dar comienzo a las obras, el Constructor o Instalador consignará por escrito que la documentación aportada le resulta suficiente para la comprensión de la totalidad de la obra contratada o, en caso contrario, solicitará las aclaraciones pertinentes.

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El Contratista se sujetará a las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas vigentes, así como a las que se dicten durante la ejecución de la obra.

4. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

El Constructor o Instalador, a la vista del Proyecto, conteniendo, en su caso, el Estudio de Seguridad y Salud, presentará el Plan de Seguridad y Salud de la obra a la aprobación del Técnico de la Dirección Facultativa.

5. PRESENCIA DEL CONSTRUCTOR O INSTALADOR EN LA OBRA.

El Constructor o Instalador viene obligado a comunicar a la propiedad la persona designada como delegado suyo en la obra, que tendrá carácter de Jefe de la misma, con dedicación plena y con facultades para representarle y adoptar en todo momento cuantas disposiciones competan a la contrata.

El incumplimiento de esta obligación o, en general, la falta de cualificación suficiente por parte del personal según la naturaleza de los trabajos, facultará al Técnico para ordenar la paralización de las obras, sin derecho a reclamación alguna, hasta que se subsane la deficiencia.

El Jefe de la obra, por sí mismo o por medio de sus técnicos encargados, estará presente durante la jornada legal de trabajo y acompañará al Técnico Director, en las visitas que haga a las obras, poniéndose a su disposición para la práctica de los reconocimientos que se consideren necesarios y suministrándole los datos precisos para la comprobación de mediciones y liquidaciones.

6. TRABAJOS NO ESTIPULADOS EXPRESAMENTE.

Es obligación de la contrata el ejecutar cuanto sea necesario para la buena construcción y aspecto de las obras, aún cuando no se halle expresamente determinado en los documentos de Proyecto, siempre que, sin separarse de su espíritu y recta interpretación, lo disponga el Técnico Director dentro de los límites de posibilidades que los presupuestos habiliten para cada unidad de obra y tipo de ejecución.

El Contratista, de acuerdo con la Dirección Facultativa, entregará en el acto de la recepción provisional, los planos de todas las instalaciones ejecutadas en la obra, con las modificaciones o estado definitivo en que hayan quedado.

El Contratista se compromete igualmente a entregar las autorizaciones que preceptivamente tienen que expedir las Delegaciones Provinciales de Industria, Sanidad, etc., y autoridades locales, para la puesta en servicio de las referidas instalaciones.

Son también por cuenta del Contratista, todos los arbitrios, licencias municipales, vallas, alumbrado, multas, etc., que ocasionen las obras desde su inicio hasta su total terminación.

7. INTERPRETACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO.

Cuando se trate de aclarar, interpretar o modificar preceptos de los Pliegos de Condiciones o indicaciones de los planos o croquis, las órdenes e instrucciones correspondientes se comunicarán precisamente por escrito al Constructor o Instalador estando éste obligado a su vez a devolver los originales o las copias suscribiendo con su firma el enterado, que figurará al pie de todas las órdenes, avisos o instrucciones que reciba del Técnico Director.

Cualquier reclamación que en contra de las disposiciones tomadas por éstos crea oportuno hacer el Constructor o Instalador, habrá de dirigirla, dentro precisamente del plazo de tres días, a quien la hubiera dictado, el cual dará al Constructor o Instalador, el correspondiente recibo, si este lo solicitase.

El Constructor o Instalador podrá requerir del Técnico Director, según sus respectivos cometidos, las instrucciones o aclaraciones que se precisen para la correcta interpretación y ejecución de lo proyectado.

8. RECLAMACIONES CONTRA LAS ORDENES DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA.

Las reclamaciones que el Contratista quiera hacer contra las órdenes o instrucciones dimanadas de la Dirección Facultativa, sólo podrá presentarlas ante la Propiedad, si son de orden económico y de acuerdo con las condiciones estipuladas en los Pliegos de Condiciones correspondientes. Contra disposiciones de orden técnico, no se admitirá reclamación alguna, pudiendo el Contratista salvar su responsabilidad, si lo estima oportuno, mediante exposición razonada dirigida al Técnico Director, el cual podrá limitar su contestación al acuse de recibo, que en todo caso será obligatoria para ese tipo de reclamaciones.

9. FALTAS DE PERSONAL.

El Técnico Director, en supuestos de desobediencia a sus instrucciones, manifiesta incompetencia o negligencia grave que comprometan o perturben la marcha de los trabajos, podrá requerir al Contratista para que aparte de la obra a los dependientes u operarios causantes de la perturbación.

El Contratista podrá subcontratar capítulos o unidades de obra a otros contratistas e industriales, con sujeción en su caso, a lo estipulado en el Pliego de Condiciones Particulares y sin perjuicio de sus obligaciones como Contratista general de la obra.

10. CAMINOS Y ACCESOS.

El Constructor dispondrá por su cuenta los accesos a la obra y el cerramiento o vallado de ésta.

El Técnico Director podrá exigir su modificación o mejora.

Asimismo el Constructor o Instalador se obligará a la colocación en lugar visible, a la entrada de la obra, de un cartel exento de panel metálico sobre estructura auxiliar donde se reflejarán los datos de la obra en relación al título de la misma, entidad promotora y nombres de los técnicos competentes, cuyo diseño deberá ser aprobado previamente a su colocación por la Dirección Facultativa.

11. REPLANTEO.

El Constructor o Instalador iniciará las obras con el replanteo de las mismas en el terreno, señalando las referencias principales que mantendrá como base de ulteriores replanteos parciales. Dichos trabajos se considerarán a cargo del Contratista e incluidos en su oferta.

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El Constructor someterá el replanteo a la aprobación del Técnico Director y una vez este haya dado su conformidad preparará un acta acompañada de un plano que deberá ser aprobada por el Técnico, siendo responsabilidad del Constructor la omisión de este trámite.

12. COMIENZO DE LA OBRA. RITMO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.

El Constructor o Instalador dará comienzo a las obras en el plazo marcado en el Pliego de Condiciones Particulares, desarrollándolas en la forma necesaria para que dentro de los períodos parciales en aquél señalados queden ejecutados los trabajos correspondientes y, en consecuencia, la ejecución total se lleve a efecto dentro del plazo exigido en el Contrato.

Obligatoriamente y por escrito, deberá el Contratista dar cuenta al Técnico Director del comienzo de los trabajos al menos con tres días de antelación.

13. ORDEN DE LOS TRABAJOS.

En general, la determinación del orden de los trabajos es facultad de la contrata, salvo aquellos casos en los que, por circunstancias de orden técnico, estime conveniente su variación la Dirección Facultativa.

14. FACILIDADES PARA OTROS CONTRATISTAS.

De acuerdo con lo que requiera la Dirección Facultativa, el Contratista General deberá dar todas las facilidades razonables para la realización de los trabajos que le sean encomendados a todos los demás Contratistas que intervengan en la obra. Ello sin perjuicio de las compensaciones económicas a que haya lugar entre Contratistas por utilización de medios auxiliares o suministros de energía u otros conceptos.

En caso de litigio, ambos Contratistas estarán a lo que resuelva la Dirección Facultativa.

15. AMPLIACIÓN DEL PROYECTO POR CAUSAS IMPREVISTAS O DE FUERZA MAYOR.

Cuando sea preciso por motivo imprevisto o por cualquier accidente, ampliar el Proyecto, no se interrumpirán los trabajos, continuándose según las instrucciones dadas por el Técnico Director en tanto se formula o se tramita el Proyecto Reformado.

El Constructor o Instalador está obligado a realizar con su personal y sus materiales cuanto la Dirección de las obras disponga para apeos, apuntalamientos, derribos, recalzos o cualquier otra obra de carácter urgente.

16. PRÓRROGA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR.

Si por causa de fuerza mayor o independiente de la voluntad del Constructor o Instalador, éste no pudiese comenzar las obras, o tuviese que suspenderlas, o no le fuera posible terminarlas en los plazos prefijados, se le otorgará una prórroga proporcionada para el cumplimiento de la contrata, previo informe favorable del Técnico. Para ello, el Constructor o Instaldor expondrá, en escrito dirigido al Técnico, la causa que impide la ejecución o la marcha de los trabajos y el retraso que por ello se originaría en los plazos acordados, razonando debidamente la prórroga que por dicha causa solicita.

17. RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA EN EL RETRASO DE LA OBRA.

El Contratista no podrá excusarse de no haber cumplido los plazos de obra estipulados, alegando como causa la carencia de planos u órdenes de la Dirección Facultativa, a excepción del caso en que habiéndolo solicitado por escrito no se le hubiesen proporcionado.

18. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.

Todos los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto, a las modificaciones del mismo que previamente hayan sido aprobadas y a las órdenes e instrucciones que bajo su responsabilidad y por escrito entregue el Técnico al Constructor o Instalador, dentro de las limitaciones presupuestarias.

19. OBRAS OCULTAS.

De todos los trabajos y unidades de obra que hayan de quedar ocultos a la terminación del edificio, se levantarán los planos precisos para que queden perfectamente definidos; estos documentos se extenderán por triplicado, siendo entregados: uno, al Técnico; otro a la Propiedad; y el tercero, al Contratista, firmados todos ellos por los tres. Dichos planos, que deberán ir suficientemente acotados, se considerarán documentos indispensables e irrecusables para efectuar las mediciones.

20. TRABAJOS DEFECTUOSOS.

El Constructor debe emplear los materiales que cumplan las condiciones exigidas en las "Condiciones Generales y Particulares de índole Técnica "del Pliego de Condiciones y realizará todos y cada uno de los trabajos contratados de acuerdo con lo especificado también en dicho documento.

Por ello, y hasta que tenga lugar la recepción definitiva del edificio es responsable de la ejecución de los trabajos que ha contratado y de las faltas y defectos que en éstos puedan existir por su mala gestión o por la deficiente calidad de los materiales empleados o aparatos colocados, sin que le exima de responsabilidad el control que compete al Técnico, ni tampoco el hecho de que los trabajos hayan sido valorados en las certificaciones parciales de obra, que siempre serán extendidas y abonadas a buena cuenta.

Como consecuencia de lo anteriormente expresado, cuando el Técnico Director advierta vicios o defectos en los trabajos citados, o que los materiales empleados o los aparatos colocados no reúnen las condiciones preceptuadas, ya sea en el curso de la ejecución de los trabajos, o finalizados éstos, y para verificarse la recepción definitiva de la obra, podrá disponer que las partes defectuosas demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, y todo ello a expensas de la contrata. Si ésta no estimase justa la decisión y se negase a la demolición y reconstrucción o ambas, se planteará la cuestión ante la Propiedad, quien resolverá.

21. VICIOS OCULTOS.

Si el Técnico tuviese fundadas razones para creer en la existencia de vicios ocultos de construcción en las obras ejecutadas, ordenará efectuar en cualquier tiempo, y antes de la recepción definitiva, los ensayos, destructivos o no, que crea necesarios para reconocer los trabajos que suponga defectuosos.

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Los gastos que se observen serán de cuenta del Constructor o Instalador, siempre que los vicios existan realmente.

22. DE LOS MATERIALES Y LOS APARATOS. SU PROCEDENCIA.

El Constructor tiene libertad de proveerse de los materiales y aparatos de todas clases en los puntos que le parezca conveniente, excepto en los casos en que el Pliego Particular de Condiciones Técnicas preceptúe una procedencia determinada.

Obligatoriamente, y para proceder a su empleo o acopio, el Constructor o Instalador deberá presentar al Técnico una lista completa de los materiales y aparatos que vaya a utilizar en la que se indiquen todas las indicaciones sobre marcas, calidades, procedencia e idoneidad de cada uno de ellos.

23. MATERIALES NO UTILIZABLES.

El Constructor o Instalador, a su costa, transportará y colocará, agrupándolos ordenadamente y en el lugar adecuado, los materiales procedentes de las excavaciones, derribos, etc., que no sean utilizables en la obra.

Se retirarán de ésta o se llevarán al vertedero, cuando así estuviese establecido en el Pliego de Condiciones particulares vigente en la obra.

Si no se hubiese preceptuado nada sobre el particular, se retirarán de ella cuando así lo ordene el Técnico.

24. GASTOS OCASIONADOS POR PRUEBAS Y ENSAYOS.

Todos los gastos originados por las pruebas y ensayos de materiales o elementos que intervengan en la ejecución de las obras, serán de cuenta de la contrata.

Todo ensayo que no haya resultado satisfactorio o que no ofrezca las suficientes garantías podrá comenzarse de nuevo a cargo del mismo.

25. LIMPIEZA DE LAS OBRAS.

Es obligación del Constructor o Instalador mantener limpias las obras y sus alrededores, tanto de escombros como de materiales sobrantes, hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como adoptar las medidas y ejecutar todos los trabajos que sean necesarios para que la obra ofrezca un buen aspecto.

26. DOCUMENTACIÓN FINAL DE LA OBRA.

El Técnico Director facilitará a la Propiedad la documentación final de las obras, con las especificaciones y contenido dispuesto por la legislación vigente.

27. PLAZO DE GARANTÍA.

El plazo de garantía será de doce meses, y durante este período el Contratista corregirá los defectos observados, eliminará las obras rechazadas y reparará las averías que por esta causa se produjeran, todo ello por su cuenta y sin derecho a indemnización alguna, ejecutándose en caso de resistencia dichas obras por la Propiedad con cargo a la fianza.

El Contratista garantiza a la Propiedad contra toda reclamación de tercera persona, derivada del incumplimiento de sus obligaciones económicas o disposiciones legales relacionadas con la obra.

Tras la Recepción Definitiva de la obra, el Contratista quedará relevado de toda responsabilidad salvo en lo referente a los vicios ocultos de la construcción.

28. CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS RECIBIDAS PROVISIONALMENTE.

Los gastos de conservación durante el plazo de garantía comprendido entre las recepciones provisionales y definitiva, correrán a cargo del Contratista.

Por lo tanto, el Contratista durante el plazo de garantía será el conservador del edificio, donde tendrá el personal suficiente para atender a todas las averías y reparaciones que puedan presentarse, aunque el establecimiento fuese ocupado o utilizado por la propiedad, antes de la Recepción Definitiva.

29. DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA.

La recepción definitiva se verificará después de transcurrido el plazo de garantía en igual forma y con las mismas formalidades que la provisional, a partir de cuya fecha cesará la obligación del Constructor o Instalador de reparar a su cargo aquéllos desperfectos inherentes a la norma de conservación de los edificios y quedarán sólo subsistentes todas las responsabilidades que pudieran alcanzarle por vicios de la construcción.

30. PRÓRROGA DEL PLAZO DE GARANTÍA.

Si al proceder al reconocimiento para la recepción definitiva de la obra, no se encontrase ésta en las condiciones debidas, se aplazará dicha recepción definitiva y el Técnico Director marcará al Constructor o Instalador los plazos y formas en que deberán realizarse las obras necesarias y, de no efectuarse dentro de aquellos, podrá resolverse el contrato con pérdida de la fianza.

31. DE LAS RECEPCIONES DE TRABAJOS CUYA CONTRATA HAYA SIDO RESCINDIDA.

En el caso de resolución del contrato, el Contratista vendrá obligado a retirar, en el plazo que se fije en el Pliego de Condiciones Particulares, la maquinaría, medios auxiliares, instalaciones, etc., a resolver los subcontratos que tuviese concertados y a dejar la obra en condiciones de ser reanudadas por otra empresa.

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Condiciones Económicas

1. COMPOSICIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS.

El cálculo de los precios de las distintas unidades de la obra es el resultado de sumar los costes directos, los indirectos, los gastos generales y el beneficio industrial.

Se considerarán costes directos:

a) La mano de obra, con sus pluses, cargas y seguros sociales, que intervienen directamente en la ejecución de la unidad de obra.b) Los materiales, a los precios resultantes a pie de la obra, que queden integrados en la unidad de que se trate o que sean

necesarios para su ejecución.c) Los equipos y sistemas técnicos de la seguridad e higiene para la prevención y protección de accidentes y enfermedades

profesionales.d) Los gastos de personal, combustible, energía, etc., que tenga lugar por accionamiento o funcionamiento de la maquinaría e

instalaciones utilizadas en la ejecución de la unidad de obras.e) Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria, instalaciones, sistemas y equipos anteriormente citados.

Se considerarán costes indirectos:

- Los gastos de instalación de oficinas a pie de obra, comunicaciones, edificación de almacenes, talleres, pabellones temporales para obreros, laboratorios, seguros, etc., los del personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y los imprevistos. Todos esto gastos, se cifrarán en un porcentaje de los costes directos.

Se considerarán Gastos Generales:

- Los Gastos Generales de empresa, gastos financieros, cargas fiscales y tasas de la administración legalmente establecidas. Se cifrarán como un porcentaje de la suma de los costes directos e indirectos (en los contratos de obras de la Administración Pública este porcentaje se establece un 13 por 100).

Beneficio Industrial:

- El Beneficio Industrial del Contratista se establece en el 6 por 100 sobre la suma de las anteriores partidas.

Precio de Ejecución Material:

- Se denominará Precio de Ejecución Material al resultado obtenido por la suma de los anteriores conceptos a excepción del Beneficio Industrial y los gastos generales.

Precio de Contrata:

- El precio de Contrata es la suma de los costes directos, los indirectos, los Gastos Generales y el Beneficio Industrial.

- El IVA gira sobre esta suma pero no integra el precio.

2. PRECIO DE CONTRATA. IMPORTE DE CONTRATA.

En el caso de que los trabajos a realizar en un edificio u obra aneja cualquiera se contratasen a riesgo y ventura, se entiende por Precio de Contrata el que importa el coste total de la unidad de obra, es decir, el precio de Ejecución material, más el tanto por ciento (%) sobre este último precio en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial del Contratista. Los Gastos Generales se estiman normalmente en un 13% y el beneficio se estima normalmente en 6 por 100, salvo que en las condiciones particulares se establezca otro destino.

3. PRECIOS CONTRADICTORIOS.

Se producirán precios contradictorios sólo cuando la Propiedad por medio del Técnico decida introducir unidades o cambios de calidad en alguna de las previstas, o cuando sea necesario afrontar alguna circunstancia imprevista.

El Contratista estará obligado a efectuar los cambios.

A falta de acuerdo, el precio se resolverá contradictoriamente entre el Técnico y el Contratista antes de comenzar la ejecución de los trabajos y en el plazo que determina el Pliego de Condiciones Particulares. Si subsistiese la diferencia se acudirá en primer lugar, al concepto más análogo dentro del cuadro de precios del proyecto, y en segundo lugar, al banco de precios de uso más frecuente en la localidad.

Los contradictorios que hubiere se referirán siempre a los precios unitarios de la fecha del contrato.

4. RECLAMACIONES DE AUMENTO DE PRECIOS POR CAUSAS DIVERSAS.

Si el Contratista, antes de la firma del contrato, no hubiese hecho la reclamación u observación oportuna, no podrá bajo ningún pretexto de error u omisión reclamar aumento de los precios fijados en el cuadro correspondiente del presupuesto que sirva de base para la ejecución de las obras (con referencia a Facultativas).

5. DE LA REVISIÓN DE LOS PRECIOS CONTRATADOS.

Contratándose las obras a riesgo y ventura, no se admitirá la revisión de los precios en tanto que el incremento no alcance en la suma de las unidades que falten por realizar de acuerdo con el Calendario, un montante superior al cinco por ciento (5 por 100) del importe total del presupuesto de Contrato.

Caso de producirse variaciones en alza superiores a este porcentaje, se efectuará la correspondiente revisión de acuerdo con la fórmula establecida en el Pliego de Condiciones Particulares, percibiendo el Contratista la diferencia en más que resulte por la variación del IPC superior

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al 5 por 100.

No habrá revisión de precios de las unidades que puedan quedar fuera de los plazos fijados en el Calendario de la oferta.

6. ACOPIO DE MATERIALES.

El Contratista queda obligado a ejecutar los acopios de materiales o aparatos de obra que la Propiedad ordena por escrito.

Los materiales acopiados, una vez abonados por el Propietario son, de la exclusiva propiedad de éste; de su guarda y conservación será responsable el Contratista.

7. RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR O INSTALADOR EN EL BAJO RENDIMIENTO DE LOS TRABAJADORES.

Si de los partes mensuales de obra ejecutada que preceptivamente debe presentar el Constructor al Técnico Director, éste advirtiese que los rendimientos de la mano de obra, en todas o en algunas de las unidades de obra ejecutada, fuesen notoriamente inferiores a los rendimientos normales generalmente admitidos para unidades de obra iguales o similares, se lo notificará por escrito al Constructor o Instalador, con el fin de que éste haga las gestiones precisas para aumentar la producción en la cuantía señalada por el Técnico Director.

Si hecha esta notificación al Constructor o Instalador, en los meses sucesivos, los rendimientos no llegasen a los normales, el Propietario queda facultado para resarcirse de la diferencia, rebajando su importe del quince por ciento (15 por 100) que por los conceptos antes expresados correspondería abonarle al Constructor en las liquidaciones quincenales que preceptivamente deben efectuársele. En caso de no llegar ambas partes a un acuerdo en cuanto a los rendimientos de la mano de obra, se someterá el caso a arbitraje.

8. RELACIONES VALORADAS Y CERTIFICACIONES.

En cada una de las épocas o fechas que se fijen en el contrato o en los "Pliegos de Condiciones Particulares" que rijan en la obra, formará el Contratista una relación valorada de las obras ejecutadas durante los plazos previstos, según la medición que habrá practicado el Técnico.

Lo ejecutado por el Contratista en las condiciones preestablecidas, se valorará aplicando el resultado de la medición general, cúbica, superficial, lineal, ponderal o numeral correspondiente a cada unidad de la obra y a los precios señalados en el presupuesto para cada una de ellas, teniendo presente además lo establecido en el presente "Pliego General de Condiciones Económicas", respecto a mejoras o sustituciones de material y a las obras accesorias y especiales, etc.

Al Contratista, que podrá presenciar las mediciones necesarias para extender dicha relación, se le facilitarán por el Técnico los datos correspondientes de la relación valorada, acompañándolos de una nota de envío, al objeto de que, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la fecha de recibo de dicha nota, pueda el Contratista examinarlos o devolverlos firmados con su conformidad o hacer, en caso contrario, las observaciones o reclamaciones que considere oportunas. Dentro de los diez (10) días siguientes a su recibo, el Técnico Director aceptará o rechazará las reclamaciones del Contratista si las hubiere, dando cuenta al mismo de su resolución, pudiendo éste, en el segundo caso, acudir ante el Propietario contra la resolución del Técnico Director en la forma prevenida de los "Pliegos Generales de Condiciones Facultativas y Legales".

Tomando como base la relación valorada indicada en el párrafo anterior, expedirá el Técnico Director la certificación de las obras ejecutadas.

De su importe se deducirá el tanto por ciento que para la constitución de la fianza se haya preestablecido.

Las certificaciones se remitirán al Propietario, dentro del mes siguiente al período a que se refieren, y tendrán el carácter de documento y entregas a buena cuenta, sujetas a las rectificaciones y variaciones que se deriven de la liquidación final, no suponiendo tampoco dichas certificaciones aprobación ni recepción de las obras que comprenden.

Las relaciones valoradas contendrán solamente la obra ejecutada en el plazo a que la valoración se refiere.

9. MEJORAS DE OBRAS LIBREMENTE EJECUTADAS.

Cuando el Contratista, incluso con autorización del Técnico Director, emplease materiales de más esmerada preparación o de mayor tamaño que el señalado en el Proyecto o sustituyese una clase de fábrica con otra que tuviese asignado mayor precio, o ejecutase con mayores dimensiones cualquier parte de la obra, o, en general, introdujese en ésta y sin pedírsela, cualquiera otra modificación que sea beneficiosa a juicio del Técnico Director, no tendrá derecho, sin embargo, más que al abono de lo que pudiera corresponderle en el caso de que hubiese construido la obra con estricta sujeción a la proyectada y contratada o adjudicada.

10. ABONO DE TRABAJOS PRESUPUESTADOS CON PARTIDA ALZADA.

Salvo lo preceptuado en el "Pliego de Condiciones Particulares de índole económica", vigente en la obra, el abono de los trabajos presupuestados en partida alzada, se efectuará de acuerdo con el procedimiento que corresponda entre los que a continuación se expresan:

a) Si existen precios contratados para unidades de obra iguales, las presupuestadas mediante partida alzada, se abonarán previa medición y aplicación del precio establecido.

b) Si existen precios contratados para unidades de obra similares, se establecerán precios contradictorios para las unidades con partida alzada, deducidos de los similares contratados.

c) Si no existen precios contratados para unidades de obra iguales o similares, la partida alzada se abonará íntegramente al Contratista, salvo el caso de que en el Presupuesto de la obra se exprese que el importe de dicha partida debe justificarse, en cuyo caso, el Técnico Director indicará al Contratista y con anterioridad a su ejecución, el procedimiento que ha de seguirse para llevar dicha cuenta, que en realidad será de Administración, valorándose los materiales y jornales a los precios que figuren en el Presupuesto aprobado o, en su defecto, a los que con anterioridad a la ejecución convengan las dos partes, incrementándose su importe total con el porcentaje que se fije en el Pliego de Condiciones Particulares en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial del Contratista.

11. PAGOS.

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Los pagos se efectuarán por el Propietario en los plazos previamente establecidos, y su importe, corresponderá precisamente al de las certificaciones de obra conformadas por el Técnico Director, en virtud de las cuales se verifican aquéllos.

12. IMPORTE DE LA INDEMNIZACIÓN POR RETRASO NO JUSTIFICADO EN EL PLAZO DE TERMINACIÓN DE LAS OBRAS.

La indemnización por retraso en la terminación se establecerá en un tanto por mil (o/oo) del importe total de los trabajos contratados, por cada día natural de retraso, contados a partir del día de terminación fijado en el Calendario de Obra.

Las sumas resultantes se descontarán y retendrán con cargo a la fianza.

13. DEMORA DE LOS PAGOS.

Se rechazará toda solicitud de resolución del contrato fundada en dicha demora de Pagos, cuando el Contratista no justifique en la fecha el presupuesto correspondiente al plazo de ejecución que tenga señalado en el contrato.

14. MEJORAS Y AUMENTOS DE OBRA. CASOS CONTRARIOS.

No se admitirán mejoras de obra, más que en el caso en que el Técnico Director haya ordenado por escrito la ejecución de trabajos nuevos o que mejoren la calidad de los contratados, así como la de los materiales y aparatos previstos en el contrato. Tampoco se admitirán aumentos de obra en las unidades contratadas, salvo caso de error en las mediciones del Proyecto, a menos que el Técnico Director ordene, también por escrito, la ampliación de las contratadas.

En todos estos casos será condición indispensable que ambas partes contratantes, antes de su ejecución o empleo, convengan por escrito los importes totales de las unidades mejoradas, los precios de los nuevos materiales o aparatos ordenados emplear y los aumentos que todas estas mejoras o aumentos de obra supongan sobre el importe de las unidades contratadas.

Se seguirán el mismo criterio y procedimiento, cuando el Técnico Director introduzca innovaciones que supongan una reducción apreciable en los importes de las unidades de obra contratadas.

15. UNIDADES DE OBRA DEFECTUOSAS PERO ACEPTABLES.

Cuando por cualquier causa fuera menester valorar obra defectuosa, pero aceptable a juicio del Técnico Director de las obras, éste determinará el precio o partida de abono después de oír al Contratista, el cual deberá conformarse con dicha resolución, salvo el caso en que, estando dentro del plazo de ejecución, prefiera demoler la obra y rehacerla con arreglo a condiciones, sin exceder de dicho plazo.

16. SEGURO DE LAS OBRAS.

El Contratista estará obligado a asegurar la obra contratada durante todo el tiempo que dure su ejecución hasta la recepción definitiva; la cuantía del seguro coincidirá en cada momento con el valor que tengan por contrata los objetos asegurados. El importe abonado por la Sociedad Aseguradora, en el caso de siniestro, se ingresará en cuenta a nombre del Propietario, para que con cargo a ella se abone la obra que se construya y a medida que ésta se vaya realizando. El reintegro de dicha cantidad al Contratista se efectuará por certificaciones, como el resto de los trabajos de la construcción. En ningún caso, salvo conformidad expresa del Contratista, hecho en documento público, el Propietario podrá disponer de dicho importe para menesteres distintos del de reconstrucción de la parte siniestrada; la infracción de lo anteriormente expuesto será motivo suficiente para que el Contratista pueda resolver el contrato, con devolución de fianza, abono completo de gastos, materiales acopiados, etc.; y una indemnización equivalente al importe de los daños causados al Contratista por el siniestro y que no se hubiesen abonado, pero sólo en proporción equivalente a lo que suponga la indemnización abonada por la Compañía Aseguradora, respecto al importe de los daños causados por el siniestro, que serán tasados a estos efectos por el Técnico Director.

En las obras de reforma o reparación, se fijarán previamente la porción de edificio que debe ser asegurada y su cuantía, y si nada se prevé, se entenderá que el seguro ha de comprender toda la parte del edificio afectada por la obra.

Los riesgos asegurados y las condiciones que figuren en la póliza o pólizas de Seguros, los pondrá el Contratista, antes de contratarlos en conocimiento del Propietario, al objeto de recabar de éste su previa conformidad o reparos.

17. CONSERVACIÓN DE LA OBRA.

Si el Contratista, siendo su obligación, no atiende a la conservación de las obras durante el plazo de garantía, en el caso de que el edificio no haya sido ocupado por el Propietario antes de la recepción definitiva, el Técnico Director en representación del Propietario, podrá disponer todo lo que sea preciso para que se atienda a la guardería, limpieza y todo lo que fuese menester para su buena conservación abonándose todo ello por cuenta de la Contrata.

Al abandonar el Contratista el edificio, tanto por buena terminación de las obras, como en el caso de resolución del contrato, está obligado a dejarlo desocupado y limpio en el plazo que el Técnico Director fije.

Después de la recepción provisional del edificio y en el caso de que la conservación del edificio corra a cargo del Contratista, no deberá haber en él más herramientas, útiles, materiales, muebles, etc., que los indispensables para su guardería y limpieza y para los trabajos que fuese preciso ejecutar.

En todo caso, ocupado o no el edificio está obligado el Contratista a revisar la obra, durante el plazo expresado, procediendo en la forma prevista en el presente "Pliego de Condiciones Económicas".

18. USO POR EL CONTRATISTA DEL EDIFICIO O BIENES DEL PROPIETARIO.

Cuando durante la ejecución de las obras ocupe el Contratista, con la necesaria y previa autorización del Propietario, edificios o haga uso de materiales o útiles pertenecientes al mismo, tendrá obligación de repararlos y conservarlos para hacer entrega de ellos a la terminación del contrato, en perfecto estado de conservación reponiendo los que se hubiesen inutilizado, sin derecho a indemnización por esta reposición ni por las mejoras hechas en los edificios, propiedades o materiales que haya utilizado.

En el caso de que al terminar el contrato y hacer entrega del material propiedades o edificaciones, no hubiese cumplido el Contratista con lo previsto en el párrafo anterior, lo realizará el Propietario a costa de aquél y con cargo a la fianza.

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Condiciones Técnicas para la ejecución y montaje de instalaciones eléctricas en baja tensión

1. CONDICIONES GENERALES.

Todos los materiales a emplear en la presente instalación serán de primera calidad y reunirán las condiciones exigidas en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y demás disposiciones vigentes referentes a materiales y prototipos de construcción.

Todos los materiales podrán ser sometidos a los análisis o pruebas, por cuenta de la contrata, que se crean necesarios para acreditar su calidad. Cualquier otro que haya sido especificado y sea necesario emplear deberá ser aprobado por la Dirección Técnica, bien entendiendo que será rechazado el que no reúna las condiciones exigidas por la buena práctica de la instalación.

Los materiales no consignados en proyecto que dieran lugar a precios contradictorios reunirán las condiciones de bondad necesarias, a juicio de la Dirección Facultativa, no teniendo el contratista derecho a reclamación alguna por estas condiciones exigidas.

Todos los trabajos incluidos en el presente proyecto se ejecutarán esmeradamente, con arreglo a las buenas prácticas de las instalaciones eléctricas, de acuerdo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, y cumpliendo estrictamente las instrucciones recibidas por la Dirección Facultativa, no pudiendo, por tanto, servir de pretexto al contratista la baja en subasta, para variar esa esmerada ejecución ni la primerísima calidad de las instalaciones proyectadas en cuanto a sus materiales y mano de obra, ni pretender proyectos adicionales.

2. CANALIZACIONES ELECTRICAS.

Los cables se colocarán dentro de tubos o canales, fijados directamente sobre las paredes, enterrados, directamente empotrados en estructuras, en el interior de huecos de la construcción, bajo molduras, en bandeja o soporte de bandeja, según se indica en Memoria, Planos y Mediciones.

Antes de iniciar el tendido de la red de distribución, deberán estar ejecutados los elementos estructurales que hayan de soportarla o en los que vaya a ser empotrada: forjados, tabiquería, etc. Salvo cuando al estar previstas se hayan dejado preparadas las necesarias canalizaciones al ejecutar la obra previa, deberá replantearse sobre ésta en forma visible la situación de las cajas de mecanismos, de registro y protección, así como el recorrido de las líneas, señalando de forma conveniente la naturaleza de cada elemento.

2.1. CONDUCTORES AISLADOS BAJO TUBOS PROTECTORES.

Los tubos protectores pueden ser:

- Tubo y accesorios metálicos.- Tubo y accesorios no metálicos.- Tubo y accesorios compuestos (constituidos por materiales metálicos y no metálicos).

Los tubos se clasifican según lo dispuesto en las normas siguientes:

- UNE-EN 50.086 -2-1: Sistemas de tubos rígidos.- UNE-EN 50.086 -2-2: Sistemas de tubos curvables.- UNE-EN 50.086 -2-3: Sistemas de tubos flexibles.- UNE-EN 50.086 -2-4: Sistemas de tubos enterrados.

Las características de protección de la unión entre el tubo y sus accesorios no deben ser inferiores a los declarados para el sistema de tubos.

La superficie interior de los tubos no deberá presentar en ningún punto aristas, asperezas o fisuras susceptibles de dañar los conductores o cables aislados o de causar heridas a instaladores o usuarios.

Las dimensiones de los tubos no enterrados y con unión roscada utilizados en las instalaciones eléctricas son las que se prescriben en la UNE-EN 60.423. Para los tubos enterrados, las dimensiones se corresponden con las indicadas en la norma UNE-EN 50.086 -2-4. Para el resto de los tubos, las dimensiones serán las establecidas en la norma correspondiente de las citadas anteriormente. La denominación se realizará en función del diámetro exterior.El diámetro interior mínimo deberá ser declarado por el fabricante.

En lo relativo a la resistencia a los efectos del fuego considerados en la norma particular para cada tipo de tubo, se seguirá lo establecido por la aplicación de la Directiva de Productos de la Construcción (89/106/CEE).

Tubos en canalizaciones fijas en superficie.

En las canalizaciones superficiales, los tubos deberán ser preferentemente rígidos y en casos especiales podrán usarse tubos curvables. Sus características mínimas serán las indicadas a continuación:

Característica Código Grado

- Resistencia a la compresión 4 Fuerte- Resistencia al impacto 3 Media- Temperatura mínima de instalación y servicio 2 - 5 ºC- Temperatura máxima de instalación y servicio 1 + 60 ºC- Resistencia al curvado 1-2 Rígido/curvable- Propiedades eléctricas 1-2 Continuidad eléctrica/aislante- Resistencia a la penetración de objetos sólidos 4 Contra objetos D ≥ 1 mm- Resistencia a la penetración del agua 2 Contra gotas de agua cayendo verticalmente cuando el sistema de tubos está inclinado 15 º- Resistencia a la corrosión de tubos metálicos 2 Protección interior y exterior media

y compuestos- Resistencia a la tracción 0 No declarada- Resistencia a la propagación de la llama 1 No propagador- Resistencia a las cargas suspendidas 0 No declarada

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Tubos en canalizaciones empotradas.

En las canalizaciones empotradas, los tubos protectores podrán ser rígidos, curvables o flexibles, con unas características mínimas indicadas a continuación:

1º/ Tubos empotrados en obras de fábrica (paredes, techos y falsos techos), huecos de la construcción o canales protectoras de obra.

Característica Código Grado

- Resistencia a la compresión 2 Ligera- Resistencia al impacto 2 Ligera- Temperatura mínima de instalación y servicio 2 - 5 ºC- Temperatura máxima de instalación y servicio 1 + 60 ºC- Resistencia al curvado 1-2-3-4 Cualquiera de las especificadas- Propiedades eléctricas 0 No declaradas- Resistencia a la penetración de objetos sólidos 4 Contra objetos D ≥ 1 mm- Resistencia a la penetración del agua 2 Contra gotas de agua cayendo verticalmente cuando el sistema de tubos está inclinado 15 º- Resistencia a la corrosión de tubos metálicos 2 Protección interior y exterior mediay compuestos- Resistencia a la tracción 0 No declarada- Resistencia a la propagación de la llama 1 No propagador- Resistencia a las cargas suspendidas 0 No declarada

2º/ Tubos empotrados embebidos en hormigón o canalizaciones precableadas.

Característica Código Grado

- Resistencia a la compresión 3 Media- Resistencia al impacto 3 Media- Temperatura mínima de instalación y servicio 2 - 5 ºC- Temperatura máxima de instalación y servicio 2 + 90 ºC (+ 60 ºC canal. precabl. ordinarias)- Resistencia al curvado 1-2-3-4 Cualquiera de las especificadas- Propiedades eléctricas 0 No declaradas- Resistencia a la penetración de objetos sólidos 5 Protegido contra el polvo- Resistencia a la penetración del agua 3 Protegido contra el agua en forma de

lluvia - Resistencia a la corrosión de tubos metálicos 2 Protección interior y exterior mediay compuestos- Resistencia a la tracción 0 No declarada- Resistencia a la propagación de la llama 1 No propagador- Resistencia a las cargas suspendidas 0 No declarada

Tubos en canalizaciones aéreas o con tubos al aire.

En las canalizaciones al aire, destinadas a la alimentación de máquinas o elementos de movilidad restringida, los tubos serán flexibles y sus características mínimas para instalaciones ordinarias serán las indicadas a continuación:

Característica Código Grado

- Resistencia a la compresión 4 Fuerte- Resistencia al impacto 3 Media- Temperatura mínima de instalación y servicio 2 - 5 ºC- Temperatura máxima de instalación y servicio 1 + 60 ºC- Resistencia al curvado 4 Flexible- Propiedades eléctricas 1/2 Continuidad/aislado- Resistencia a la penetración de objetos sólidos 4 Contra objetos D ≥ 1 mm- Resistencia a la penetración del agua 2 Contra gotas de agua cayendo verticalmente cuando el sistema de tubos está inclinado 15º- Resistencia a la corrosión de tubos metálicos 2 Protección interior mediana y exterior elevada - Resistencia a la tracción 2 Ligera- Resistencia a la propagación de la llama 1 No propagador- Resistencia a las cargas suspendidas 2 Ligera

Se recomienda no utilizar este tipo de instalación para secciones nominales de conductor superiores a 16 mm2.

Tubos en canalizaciones enterradas.

Las características mínimas de los tubos enterrados serán las siguientes:

Característica Código Grado

- Resistencia a la compresión NA 250 N / 450 N / 750 N- Resistencia al impacto NA Ligero / Normal / Normal- Temperatura mínima de instalación y servicio NA NA- Temperatura máxima de instalación y servicio NA NA- Resistencia al curvado 1-2-3-4 Cualquiera de las especificadas- Propiedades eléctricas 0 No declaradas- Resistencia a la penetración de objetos sólidos 4 Contra objetos D ≥ 1 mm- Resistencia a la penetración del agua 3 Contra el agua en forma de lluvia

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- Resistencia a la corrosión de tubos metálicos 2 Protección interior y exterior mediay compuestos- Resistencia a la tracción 0 No declarada- Resistencia a la propagación de la llama 0 No declarada- Resistencia a las cargas suspendidas 0 No declarada

Notas:

- NA: No aplicable.- Para tubos embebidos en hormigón aplica 250 N y grado Ligero; para tubos en suelo ligero aplica 450 N y grado Normal; para tubos en suelos pesados aplica 750 N y grado Normal.

Se considera suelo ligero aquel suelo uniforme que no sea del tipo pedregoso y con cargas superiores ligeras, como por ejemplo, aceras, parques y jardines. Suelo pesado es aquel del tipo pedregoso y duro y con cargas superiores pesadas, como por ejemplo, calzadas y vías férreas.

Instalación.

Los cables utilizados serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V.

El diámetro exterior mínimo de los tubos, en función del número y la sección de los conductores a conducir, se obtendrá de las tablas indicadas en la ITC-BT-21, así como las características mínimas según el tipo de instalación.

Para la ejecución de las canalizaciones bajo tubos protectores, se tendrán en cuenta las prescripciones generales siguientes:

- El trazado de las canalizaciones se hará siguiendo líneas verticales y horizontales o paralelas a las aristas de las paredes que limitan el local donde se efectúa la instalación.- Los tubos se unirán entre sí mediante accesorios adecuados a su clase que aseguren la continuidad de la protección que proporcionan a los conductores.- Los tubos aislantes rígidos curvables en caliente podrán ser ensamblados entre sí en caliente, recubriendo el empalme con una cola especial cuando se precise una unión estanca.- Las curvas practicadas en los tubos serán continuas y no originarán reducciones de sección inadmisibles. Los radios mínimos de curvatura para cada clase de tubo serán los especificados por el fabricante conforme a UNE-EN- Será posible la fácil introducción y retirada de los conductores en los tubos después de colocarlos y fijados éstos y sus accesorios, disponiendo para ello los registros que se consideren convenientes, que en tramos rectos no estarán separados entre sí más de 15 metros. El número de curvas en ángulo situadas entre dos registros consecutivos no será superior a 3. Los conductores se alojarán normalmente en los tubos después de colocados éstos.- Los registros podrán estar destinados únicamente a facilitar la introducción y retirada de los conductores en los tubos o servir al mismo tiempo como cajas de empalme o derivación.- Las conexiones entre conductores se realizarán en el interior de cajas apropiadas de material aislante y no propagador de la llama. Si son metálicas estarán protegidas contra la corrosión. Las dimensiones de estas cajas serán tales que permitan alojar holgadamente todos los conductores que deban contener. Su profundidad será al menos igual al diámetro del tubo mayor más un 50 % del mismo, con un mínimo de 40 mm. Su diámetro o lado interior mínimo será de 60 mm. Cuando se quieran hacer estancas las entradas de los tubos en las cajas de conexión, deberán emplearse prensaestopas o racores adecuados.- En los tubos metálicos sin aislamiento interior, se tendrá en cuenta la posibilidad de que se produzcan condensaciones de agua en su interior, para lo cual se elegirá convenientemente el trazado de su instalación, previendo la evacuación y estableciendo una ventilación apropiada en el interior de los tubos mediante el sistema adecuado, como puede ser, por ejemplo, el uso de una "T" de la que uno de los brazos no se emplea.- Los tubos metálicos que sean accesibles deben ponerse a tierra. Su continuidad eléctrica deberá quedar convenientemente asegurada. En el caso de utilizar tubos metálicos flexibles, es necesario que la distancia entre dos puestas a tierra consecutivas de los tubos no exceda de 10 metros.- No podrán utilizarse los tubos metálicos como conductores de protección o de neutro.

Cuando los tubos se instalen en montaje superficial, se tendrán en cuenta, además, las siguientes prescripciones:

- Los tubos se fijarán a las paredes o techos por medio de bridas o abrazaderas protegidas contra la corrosión y sólidamente sujetas. La distancia entre éstas será, como máximo, de 0,50 metros. Se dispondrán fijaciones de una y otra parte en los cambios de dirección, en los empalmes y en la proximidad inmediata de las entradas en cajas o aparatos.- Los tubos se colocarán adaptándose a la superficie sobre la que se instalan, curvándose o usando los accesorios necesarios.- En alineaciones rectas, las desviaciones del eje del tubo respecto a la línea que une los puntos extremos no serán superiores al 2 por 100.- Es conveniente disponer los tubos, siempre que sea posible, a una altura mínima de 2,50 metros sobre el suelo, con objeto de protegerlos de eventuales daños mecánicos.

Cuando los tubos se coloquen empotrados, se tendrán en cuenta, además, las siguientes prescripciones:

- En la instalación de los tubos en el interior de los elementos de la construcción, las rozas no pondrán en peligro la seguridad de las paredes o techos en que se practiquen. Las dimensiones de las rozas serán suficientes para que los tubos queden recubiertos por una capa de 1 centímetro de espesor, como mínimo. En los ángulos, el espesor de esta capa puede reducirse a 0,5 centímetros.- No se instalarán entre forjado y revestimiento tubos destinados a la instalación eléctrica de las plantas inferiores.- Para la instalación correspondiente a la propia planta, únicamente podrán instalarse, entre forjado y revestimiento, tubos que deberán quedar recubiertos por una capa de hormigón o mortero de 1 centímetro de espesor, como mínimo, además del revestimiento.- En los cambios de dirección, los tubos estarán convenientemente curvados o bien provistos de codos o "T" apropiados, pero en este último caso sólo se admitirán los provistos de tapas de registro.- Las tapas de los registros y de las cajas de conexión quedarán accesibles y desmontables una vez finalizada la obra. Los registros y cajas quedarán enrasados con la superficie exterior del revestimiento de la pared o techo cuando no se instalen en el interior de un alojamiento cerrado y practicable.- En el caso de utilizarse tubos empotrados en paredes, es conveniente disponer los recorridos horizontales a 50 centímetros como máximo, de suelo o techos y los verticales a una distancia de los ángulos de esquinas no superior a 20 centímetros.

2.2. CONDUCTORES AISLADOS FIJADOS DIRECTAMENTE SOBRE LAS PAREDES.

Estas instalaciones se establecerán con cables de tensiones asignadas no inferiores a 0,6/1 kV, provistos de aislamiento y cubierta (se incluyen cables armados o con aislamiento mineral).

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Para la ejecución de las canalizaciones se tendrán en cuenta las siguientes prescripciones:

- Se fijarán sobre las paredes por medio de bridas, abrazaderas, o collares de forma que no perjudiquen las cubiertas de los mismos.- Con el fin de que los cables no sean susceptibles de doblarse por efecto de su propio peso, los puntos de fijación de los mismos estarán suficientemente próximos. La distancia entre dos puntos de fijación sucesivos, no excederá de 0,40 metros.- Cuando los cables deban disponer de protección mecánica por el lugar y condiciones de instalación en que se efectúe la misma, se utilizarán cables armados. En caso de no utilizar estos cables, se establecerá una protección mecánica complementaria sobre los mismos.- Se evitará curvar los cables con un radio demasiado pequeño y salvo prescripción en contra fijada en la Norma UNE correspondiente al cable utilizado, este radio no será inferior a 10 veces el diámetro exterior del cable.- Los cruces de los cables con canalizaciones no eléctricas se podrán efectuar por la parte anterior o posterior a éstas, dejando una distancia mínima de 3 cm entre la superficie exterior de la canalización no eléctrica y la cubierta de loscables cuando el cruce se efectúe por la parte anterior de aquélla.- Los extremos de los cables serán estancos cuando las características de los locales o emplazamientos así lo exijan, utilizándose a este fin cajas u otros dispositivos adecuados. La estanqueidad podrá quedar asegurada con la ayuda de prensaestopas.- Los empalmes y conexiones se harán por medio de cajas o dispositivos equivalentes provistos de tapas desmontables que aseguren a la vez la continuidad de la protección mecánica establecida, el aislamiento y la inaccesibilidad de las conexiones y permitiendo su verificación en caso necesario.

2.3. CONDUCTORES AISLADOS ENTERRADOS.

Las condiciones para estas canalizaciones, en las que los conductores aislados deberán ir bajo tubo salvo que tengan cubierta y una tensión asignada 0,6/1kV, se establecerán de acuerdo con lo señalado en la Instrucciones ITC-BT-07 e ITC-BT-21.

2.4. CONDUCTORES AISLADOS DIRECTAMENTE EMPOTRADOS EN ESTRUCTURAS.

Para estas canalizaciones son necesarios conductores aislados con cubierta (incluidos cables armados o con aislamiento mineral). La temperatura mínima y máxima de instalación y servicio será de -5ºC y 90ºC respectivamente (polietileno reticulado o etileno-propileno).

2.5. CONDUCTORES AISLADOS EN EL INTERIOR DE LA CONSTRUCCION.

Los cables utilizados serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V.

Los cables o tubos podrán instalarse directamente en los huecos de la construcción con la condición de que sean no propagadores de la llama.

Los huecos en la construcción admisibles para estas canalizaciones podrán estar dispuestos en muros, paredes, vigas, forjados o techos, adoptando la forma de conductos continuos o bien estarán comprendidos entre dos superficies paralelas como en el caso de falsos techos o muros con cámaras de aire.

La sección de los huecos será, como mínimo, igual a cuatro veces la ocupada por los cables o tubos, y su dimensión más pequeña no será inferior a dos veces el diámetro exterior de mayor sección de éstos, con un mínimo de 20 milímetros.

Las paredes que separen un hueco que contenga canalizaciones eléctricas de los locales inmediatos, tendrán suficiente solidez para proteger éstas contra acciones previsibles.

Se evitarán, dentro de lo posible, las asperezas en el interior de los huecos y los cambios de dirección de los mismos en un número elevado o de pequeño radio de curvatura.

La canalización podrá ser reconocida y conservada sin que sea necesaria la destrucción parcial de las paredes, techos, etc., o sus guarnecidos y decoraciones.

Los empalmes y derivaciones de los cables serán accesibles, disponiéndose para ellos las cajas de derivación adecuadas.

Se evitará que puedan producirse infiltraciones, fugas o condensaciones de agua que puedan penetrar en el interior del hueco, prestando especial atención a la impermeabilidad de sus muros exteriores, así como a la proximidad de tuberías de conducción de líquidos, penetración de agua al efectuar la limpieza de suelos, posibilidad de acumulación de aquélla en partes bajas del hueco, etc.

2.6. CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORAS.

La canal protectora es un material de instalación constituido por un perfil de paredes perforadas o no, destinado a alojar conductores o cables y cerrado por una tapa desmontable. Los cables utilizados serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V.

Las canales protectoras tendrán un grado de protección IP4X y estarán clasificadas como "canales con tapa de acceso que sólo pueden abrirse con herramientas". En su interior se podrán colocar mecanismos tales como interruptores, tomas de corriente, dispositivos de mando y control, etc, siempre que se fijen de acuerdo con las instrucciones del fabricante. También se podrán realizar empalmes de conductores en su interior y conexiones a los mecanismos.

Las canalizaciones para instalaciones superficiales ordinarias tendrán unas características mínimas indicadas a continuación:

Característica Grado

Dimensión del lado mayor de ≤ 16 mm > 16 mmla sección transversal

- Resistencia al impacto Muy ligera Media- Temperatura mínima de + 15 ºC - 5 ºCinstalación y servicio- Temperatura máxima de + 60 ºC + 60 ºC instalación y servicio- Propiedades eléctricas Aislante Continuidad eléctrica/aislante

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- Resistencia a la penetración 4 No inferior a 2de objetos sólidos- Resistencia a la penetración No declaradade agua- Resistencia a la propagación No propagadorde la llama

El cumplimiento de estas características se realizará según los ensayos indicados en las normas UNE-EN 50l085.

Las canales protectoras para aplicaciones no ordinarias deberán tener unas características mínimas de resistencia al impacto, de temperatura mínima y máxima de instalación y servicio, de resistencia a la penetración de objetos sólidos y de resistencia a la penetración de agua, adecuadas a las condiciones del emplazamiento al que se destina; asimismo las canales serán no propagadoras de la llama. Dichas características serán conformes a las normas de la serie UNE-EN 50.085.

El trazado de las canalizaciones se hará siguiendo preferentemente líneas verticales y horizontales o paralelas a las aristas de las paredes que limitan al local donde se efectúa la instalación.

Las canales con conductividad eléctrica deben conectarse a la red de tierra, su continuidad eléctrica quedará convenientemente asegurada.

La tapa de las canales quedará siempre accesible.

2.7. CONDUCTORES AISLADOS BAJO MOLDURAS.

Estas canalizaciones están constituidas por cables alojados en ranuras bajo molduras. Podrán utilizarse únicamente en locales o emplazamientos clasificados como secos, temporalmente húmedos o polvorientos. Los cables serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V.

Las molduras cumplirán las siguientes condiciones:

- Las ranuras tendrán unas dimensiones tales que permitan instalar sin dificultad por ellas a los conductores o cables. En principio, no se colocará más de un conductor por ranura, admitiéndose, no obstante, colocar varios conductores siempre que pertenezcan al mismo circuito y la ranura presente dimensiones adecuadas para ello.- La anchura de las ranuras destinadas a recibir cables rígidos de sección igual o inferior a 6 mm2 serán, como mínimo, de 6 mm.

Para la instalación de las molduras se tendrá en cuenta:

- Las molduras no presentarán discontinuidad alguna en toda la longitud donde contribuyen a la protección mecánica de los conductores. En los cambios de dirección, los ángulos de las ranuras serán obtusos.

- Las canalizaciones podrán colocarse al nivel del techo o inmediatamente encima de los rodapiés. En ausencia de éstos, la parte inferior de la moldura estará, como mínimo, a 10 cm por encima del suelo.

- En el caso de utilizarse rodapiés ranurados, el conductor aislado más bajo estará, como mínimo, a 1,5 cm por encima del suelo.

- Cuando no puedan evitarse cruces de estas canalizaciones con las destinadas a otro uso (agua, gas, etc.), se utilizará una moldura especialmente concebida para estos cruces o preferentemente un tubo rígido empotrado que sobresaldrá por una y otra parte del cruce. La separación entre dos canalizaciones que se crucen será, como mínimo de 1 cm en el caso de utilizar molduras especiales para el cruce y 3 cm, en el caso de utilizar tubos rígidos empotrados.

- Las conexiones y derivaciones de los conductores se hará mediante dispositivos de conexión con tornillo o sistemas equivalentes.

- Las molduras no estarán totalmente empotradas en la pared ni recubiertas por papeles, tapicerías o cualquier otro material, debiendo quedar su cubierta siempre al aire.

- Antes de colocar las molduras de madera sobre una pared, debe asegurarse que la pared está suficientemente seca; en caso contrario, las molduras se separarán de la pared por medio de un producto hidrófugo.

2.8. CONDUCTORES AISLADOS EN BANDEJA O SOPORTE DE BANDEJAS.

Sólo se utilizarán conductores aislados con cubierta (incluidos cables armados o con aislamiento mineral), unipolares o multipolares según norma UNE 20.460 -5-52.

El material usado para la fabricación será acero laminado de primera calidad, galvanizado por inmersión. La anchura de las canaletas será de 100 mm como mínimo, con incrementos de 100 en 100 mm. La longitud de los tramos rectos será de dos metros. El fabricante indicará en su catálogo la carga máxima admisible, en N/m, en función de la anchura y de la distancia entre soportes. Todos los accesorios, como codos, cambios de plano, reducciones, tes, uniones, soportes, etc, tendrán la misma calidad que la bandeja.

Las bandejas y sus accesorios se sujetarán a techos y paramentos mediante herrajes de suspensión, a distancias tales que no se produzcan flechas superiores a 10 mm y estarán perfectamente alineadas con los cerramientos de los locales.

No se permitirá la unión entre bandejas o la fijación de las mismas a los soportes por medio de soldadura, debiéndose utilizar piezas de unión y tornillería cadmiada. Para las uniones o derivaciones de líneas se utilizarán cajas metálicas que se fijarán a las bandejas.

2.9. NORMAS DE INSTALACION EN PRESENCIA DE OTRAS CANALIZACIONES NO ELECTRICAS.

En caso de proximidad de canalizaciones eléctricas con otras no eléctricas, se dispondrán de forma que entre las superficies exteriores de ambas se mantenga una distancia mínima de 3 cm. En caso de proximidad con conductos de calefacción, de aire caliente, vapor o humo, las canalizaciones eléctricas se establecerán de forma que no puedan alcanzar una temperatura peligrosa y, por consiguiente, se mantendrán separadas por una distancia conveniente o por medio de pantallas calorífugas.

Las canalizaciones eléctricas no se situarán por debajo de otras canalizaciones que puedan dar lugar a condensaciones, tales como las destinadas a conducción de vapor, de agua, de gas, etc., a menos que se tomen las disposiciones necesarias para proteger las canalizaciones

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eléctricas contra los efectos de estas condensaciones.

2.10. ACCESIBILIDAD A LAS INSTALACIONES.

Las canalizaciones deberán estar dispuestas de forma que faciliten su maniobra, inspección y acceso a sus conexiones. Las canalizaciones eléctricas se establecerán de forma que mediante la conveniente identificación de sus circuitos y elementos, se pueda proceder en todo momento a reparaciones, transformaciones, etc.

En toda la longitud de los pasos de canalizaciones a través de elementos de la construcción, tales como muros, tabiques y techos, no se dispondrán empalmes o derivaciones de cables, estando protegidas contra los deterioros mecánicos, las acciones químicas y los efectos de la humedad.

Las cubiertas, tapas o envolventes, mandos y pulsadores de maniobra de aparatos tales como mecanismos, interruptores, bases, reguladores, etc, instalados en los locales húmedos o mojados, serán de material aislante.

3. CONDUCTORES.

Los conductores utilizados se regirán por las especificiones del proyecto, según se indica en Memoria, Planos y Mediciones.

3.1. MATERIALES.

Los conductores serán de los siguientes tipos:

- De 450/750 V de tensión nominal. - Conductor: de cobre.- Formación: unipolares.- Aislamiento: policloruro de vinilo (PVC).- Tensión de prueba: 2.500 V.- Instalación: bajo tubo.- Normativa de aplicación: UNE 21.031.

- De 0,6/1 kV de tensión nominal.- Conductor: de cobre (o de aluminio, cuando lo requieran las especificaciones del proyecto).- Formación: uni-bi-tri-tetrapolares.- Aislamiento: policloruro de vinilo (PVC) o polietileno reticulado (XLPE).- Tensión de prueba: 4.000 V.- Instalación: al aire o en bandeja.- Normativa de aplicación: UNE 21.123.

Los conductores de cobre electrolítico se fabricarán de calidad y resistencia mecánica uniforme, y su coeficiente de resistividad a 20 ºC será del 98 % al 100 %. Irán provistos de baño de recubrimiento de estaño, que deberá resistir la siguiente prueba: A una muestra limpia y seca de hilo estañado se le da la forma de círculo de diámetro equivalente a 20 o 30 veces el diámetro del hilo, a continuación de lo cual se sumerge durante un minuto en una solución de ácido hidroclorídrico de 1,088 de peso específico a una temperatura de 20 ºC. Esta operación se efectuará dos veces, después de lo cual no deberán apreciarse puntos negros en el hilo. La capacidad mínima del aislamiento de los conductores será de 500 V.

Los conductores de sección igual o superior a 6 mm2 deberán estar constituidos por cable obtenido por trenzado de hilo de cobre del diámetro correspondiente a la sección del conductor de que se trate.

3.2. DIMENSIONADO.

Para la selección de los conductores activos del cable adecuado a cada carga se usará el más desfavorable entre los siguientes criterios:

- Intensidad máxima admisible. Como intensidad se tomará la propia de cada carga. Partiendo de las intensidades nominales así establecidas, se eligirá la sección del cable que admita esa intensidad de acuerdo a las prescripciones del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión ITC-BT-19 o las recomendaciones del fabricante, adoptando los oportunos coeficientes correctores según las condiciones de la instalación. En cuanto a coeficientes de mayoración de la carga, se deberán tener presentes las Instrucciones ITC-BT-44 para receptores de alumbrado e ITC-BT-47 para receptores de motor.

- Caída de tensión en servicio. La sección de los conductores a utilizar se determinará de forma que la caída de tensión entre el origen de la instalación y cualquier punto de utilización, sea menor del 3 % de la tensión nominal en el origen de la instalación, para alumbrado, y del 5 % para los demás usos, considerando alimentados todos los receptores susceptibles de funcionar simultáneamente. Para la derivación individual la caída de tensión máxima admisible será del 1,5 %. El valor de la caída de tensión podrá compensarse entre la de la instalación interior y la de la derivación individual, de forma que la caída de tensión total sea inferior a la suma de los valores límites especificados para ambas.

- Caída de tensión transitoria. La caída de tensión en todo el sistema durante el arranque de motores no debe provocar condiciones que impidan el arranque de los mismos, desconexión de los contactores, parpadeo de alumbrado, etc.

La sección del conductor neutro será la especificada en la Instrucción ITC-BT-07, apartado 1, en función de la sección de los conductores de fase o polares de la instalación.

Los conductores de protección serán del mismo tipo que los conductores activos especificados en el apartado anterior, y tendrán una sección mínima igual a la fijada por la tabla 2 de la ITC-BT-18, en función de la sección de los conductores de fase o polares de la instalación. Se podrán instalar por las mismas canalizaciones que éstos o bien en forma independiente, siguiéndose a este respecto lo que señalen las normas particulares de la empresa distribuidora de la energía.

3.3. IDENTIFICACION DE LAS INSTALACIONES.

Las canalizaciones eléctricas se establecerán de forma que por conveniente identificación de sus circuitos y elementos, se pueda proceder en todo momento a reparaciones, transformaciones, etc.

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Los conductores de la instalación deben ser fácilmente identificables, especialmente por lo que respecta al conductor neutro y al conductor de protección. Esta identificación se realizará por los colores que presenten sus aislamientos. Cuando exista conductor neutro en la instalación o se prevea para un conductor de fase su pase posterior a conductor neutro, se identificarán éstos por el color azul claro. Al conductor de protección se le identificará por el color verde-amarillo. Todos los conductores de fase, o en su caso, aquellos para los que no se prevea su pase posterior a neutro, se identificarán por los colores marrón, negro o gris.

3.4. RESISTENCIA DE AISLAMIENTO Y RIGIDEZ DIELECTRICA.

Las instalaciones deberán presentar una resistencia de aislamiento al menos igual a los valores indicados en la tabla siguiente:

Tensión nominal instalación Tensión ensayo corriente continua (V) Resistencia de aislamiento (M Ω )

MBTS o MBTP 250 ≥ 0,25≤ 500 V 500 ≥ 0,50 > 500 V 1000 ≥ 1,00

La rigidez dieléctrica será tal que, desconectados los aparatos de utilización (receptores), resista durante 1 minuto una prueba de tensión de 2U + 1000 V a frecuencia industrial, siendo U la tensión máxima de servicio expresada en voltios, y con un mínimo de 1.500 V.

Las corrientes de fuga no serán superiores, para el conjunto de la instalación o para cada uno de los circuitos en que ésta pueda dividirse a efectos de su protección, a la sensibilidad que presenten los interruptores diferenciales instalados como protección contra los contactos indirectos.

4. CAJAS DE EMPALME.

Las conexiones entre conductores se realizarán en el interior de cajas apropiadas de material plástico resistente incombustible o metálicas, en cuyo caso estarán aisladas interiormente y protegidas contra la oxidación. Las dimensiones de estas cajas serán tales que permitan alojar holgadamente todos los conductores que deban contener. Su profundidad será igual, por lo menos, a una vez y media el diámetro del tubo mayor, con un mínimo de 40 mm; el lado o diámetro de la caja será de al menos 80 mm. Cuando se quieran hacer estancas las entradas de los tubos en las cajas de conexión, deberán emplearse prensaestopas adecuados. En ningún caso se permitirá la unión de conductores, como empalmes o derivaciones por simple retorcimiento o arrollamiento entre sí de los conductores, sino que deberá realizarse siempre utilizando bornes de conexión.

Los conductos se fijarán firmemente a todas las cajas de salida, de empalme y de paso, mediante contratuercas y casquillos. Se tendrá cuidado de que quede al descubierto el número total de hilos de rosca al objeto de que el casquillo pueda ser perfectamente apretado contra el extremo del conducto, después de lo cual se apretará la contratuerca para poner firmemente el casquillo en contacto eléctrico con la caja.

Los conductos y cajas se sujetarán por medio de pernos de fiador en ladrillo hueco, por medio de pernos de expansión en hormigón y ladrillo macizo y clavos Split sobre metal. Los pernos de fiador de tipo tornillo se usarán en instalaciones permanentes, los de tipo de tuerca cuando se precise desmontar la instalación, y los pernos de expansión serán de apertura efectiva. Serán de construcción sólida y capaces de resistir una tracción mínima de 20 kg. No se hará uso de clavos por medio de sujeción de cajas o conductos.

5. MECANISMOS Y TOMAS DE CORRIENTE.

Los interruptores y conmutadores cortarán la corriente máxima del circuito en que estén colocados sin dar lugar a la formación de arco permanente, abriendo o cerrando los circuitos sin posibilidad de torma una posición intermedia. Serán del tipo cerrado y de material aislante. Las dimensiones de las piezas de contacto serán tales que la temperatura no pueda exceder de 65 ºC en ninguna de sus piezas. Su construcción será tal que permita realizar un número total de 10.000 maniobras de apertura y cierre, con su carga nominal a la tensión de trabajo. Llevarán marcada su intensidad y tensiones nominales, y estarán probadas a una tensión de 500 a 1.000 voltios.

Las tomas de corriente serán de material aislante, llevarán marcadas su intensidad y tensión nominales de trabajo y dispondrán, como norma general, todas ellas de puesta a tierra.

Todos ellos irán instalados en el interior de cajas empotradas en los paramentos, de forma que al exterior sólo podrá aparecer el mando totalmente aislado y la tapa embellecedora.

En el caso en que existan dos mecanismos juntos, ambos se alojarán en la misma caja, la cual deberá estar dimensionada suficientemente para evitar falsos contactos.

6. APARAMENTA DE MANDO Y PROTECCION.

6.1. CUADROS ELECTRICOS.

Todos los cuadros eléctricos serán nuevos y se entregarán en obra sin ningún defecto. Estarán diseñados siguiendo los requisitos de estas especificaciones y se construirán de acuerdo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y con las recomendaciones de la Comisión Electrotécnica Internacional (CEI).

Cada circuito en salida de cuadro estará protegido contra las sobrecargas y cortocircuitos. La protección contra corrientes de defecto hacia tierra se hará por circuito o grupo de circuitos según se indica en el proyecto, mediante el empleo de interruptores diferenciales de sensibilidad adecuada, según ITC-BT-24.

Los cuadros serán adecuados para trabajo en servicio continuo. Las variaciones máximas admitidas de tensión y frecuencia serán del + 5 % sobre el valor nominal.

Los cuadros serán diseñados para servicio interior, completamente estancos al polvo y la humedad, ensamblados y cableados totalmente en fábrica, y estarán constituidos por una estructura metálica de perfiles laminados en frío, adecuada para el montaje sobre el suelo, y paneles de cerramiento de chapa de acero de fuerte espesor, o de cualquier otro material que sea mecánicamente resistente y no inflamable.

Alternativamente, la cabina de los cuadros podrá estar constituida por módulos de material plástico, con la parte frontal transparente.

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Las puertas estarán provistas con una junta de estanquidad de neopreno o material similar, para evitar la entrada de polvo.

Todos los cables se instalarán dentro de canalaetas provista de tapa desmontable. Los cables de fuerza irán en canaletas distintas en todo su recorrido de las canaletas para los cables de mando y control.

Los aparatos se montarán dejando entre ellos y las partes adyacentes de otros elementos una distancia mínima igual a la recomendada por el fabricante de los aparatos, en cualquier caso nunca inferior a la cuarta parte de la dimensión del aparato en la dirección considerada.

La profundidad de los cuadros será de 500 mm y su altura y anchura la necesaria para la colocación de los componentes e igual a un múltiplo entero del módulo del fabricante. Los cuadros estarán diseñados para poder ser ampliados por ambos extremos.

Los aparatos indicadores (lámparas, amperímetros, voltímetros, etc), dispositivos de mando (pulsadores, interruptores, conmutadores, etc), paneles sinópticos, etc, se montarán sobre la parte frontal de los cuadros.

Todos los componentes interiores, aparatos y cables, serán accesibles desde el exterior por el frente.

El cableado interior de los cuadros se llevará hasta una regleta de bornas situada junto a las entradas de los cables desde el exterior.

Las partes metálicas de la envoltura de los cuadros se protegerán contra la corrosión por medio de una imprimación a base de dos manos de pintura anticorrosiva y una pintura de acabado de color que se especifique en las Mediciones o, en su defecto, por la Dirección Técnica durante el transcurso de la instalación.

La construcción y diseño de los cuadros deberán proporcionar seguridad al personal y garantizar un perfecto funcionamiento bajo todas las condiciones de servicio, y en particular:

- los compartimentos que hayan de ser accesibles para accionamiento o mantenimiento estando el cuadro en servicio no tendrán piezas en tensión al descubierto.

- el cuadro y todos sus componentes serán capaces de soportar las corrientes de cortocircuito (kA) según especificaciones reseñadas en planos y mediciones.

6.2. INTERRUPTORES AUTOMATICOS.

En el origen de la instalación y lo más cerca posible del punto de alimentación a la misma, se colocará el cuadro general de mando y protección, en el que se dispondrá un interruptor general de corte omnipolar, así como dispositivos de protección contra sobreintensidades de cada uno de los circuitos que parten de dicho cuadro.

La protección contra sobreintensidades para todos los conductores (fases y neutro) de cada circuito se hará con interruptores magnetotérmicos o automáticos de corte omnipolar, con curva térmica de corte para la protección a sobrecargas y sistema de corte electromagnético para la protección a cortocircuitos.

En general, los dispositivos destinados a la protección de los circuitos se instalarán en el origen de éstos, así como en los puntos en que la intensidad admisible disminuya por cambios debidos a sección, condiciones de instalación, sistema de ejecución o tipo de conductores utilizados. No obstante, no se exige instalar dispositivos de protección en el origen de un circuito en que se presente una disminución de la intensidad admisible en el mismo, cuando su protección quede asegurada por otro dispositivo instalado anteriormente.

Los interruptores serán de ruptura al aire y de disparo libre y tendrán un indicador de posición. El accionamiento será directo por polos con mecanismos de cierre por energía acumulada. El accionamiento será manual o manual y eléctrico, según se indique en el esquema o sea necesario por necesidades de automatismo. Llevarán marcadas la intensidad y tensión nominales de funcionamiento, así como el signo indicador de su desconexión.

El interruptor de entrada al cuadro, de corte omnipolar, será selectivo con los interruptores situados aguas abajo, tras él.

Los dispositivos de protección de los interruptores serán relés de acción directa.

6.3. GUARDAMOTORES.

Los contactores guardamotores serán adecuados para el arranque directo de motores, con corriente de arranque máxima del 600 % de la nominal y corriente de desconexión igual a la nominal.

La longevidad del aparato, sin tener que cambiar piezas de contacto y sin mantenimiento, en condiciones de servicio normales (conecta estando el motor parado y desconecta durante la marcha normal) será de al menos 500.000 maniobras.

La protección contra sobrecargas se hará por medio de relés térmicos para las tres fases, con rearme manual accionable desde el interior del cuadro.

En caso de arranque duro, de larga duración, se instalarán relés térmicos de característica retardada. En ningún caso se permitirá cortocircuitar el relé durante el arranque.

La verificación del relé térmico, previo ajuste a la intensidad nominal del motor, se hará haciendo girar el motor a plena carga en monofásico; la desconexión deberá tener lugar al cabo de algunos minutos.

Cada contactor llevará dos contactos normalmente cerrados y dos normalmente abiertos para enclavamientos con otros aparatos.

6.4. FUSIBLES.

Los fusibles serán de alta capacidad de ruptura, limitadores de corriente y de acción lenta cuando vayan instalados en circuitos de protección de motores.

Los fusibles de protección de circuitos de control o de consumidores óhmicos serán de alta capacidad ruptura y de acción rápida.

Se dispondrán sobre material aislante e incombustible, y estarán construidos de tal forma que no se pueda proyectar metal al fundirse.

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Llevarán marcadas la intensidad y tensión nominales de trabajo.

No serán admisibles elementos en los que la reposición del fusible pueda suponer un peligro de accidente. Estará montado sobre una empuñadura que pueda ser retirada fácilmente de la base.

6.5. INTERRUPTORES DIFERENCIALES.

1º/ La protección contra contactos directos se asegurará adoptando las siguientes medidas:

Protección por aislamiento de las partes activas.

Las partes activas deberán estar recubiertas de un aislamiento que no pueda ser eliminado más que destruyéndolo.

Protección por medio de barreras o envolventes.

Las partes activas deben estar situadas en el interior de las envolventes o detrás de barreras que posean, como mínimo, el grado de protección IP XXB, según UNE20.324. Si se necesitan aberturas mayores para la reparación de piezas o para el buen funcionamiento de los equipos, se adoptarán precauciones apropiadas para impedir que las personas o animales domésticos toquen las partes activas y se garantizará que las personas sean conscientes del hecho de que las partes activas no deben ser tocadas voluntariamente.

Las superficies superiores de las barreras o envolventes horizontales que son fácilmente accesibles, deben responder como mínimo al grado de protección IP4X o IP XXD.

Las barreras o envolventes deben fijarse de manera segura y ser de una robustez y durabilidad suficientes para mantener los grados de protección exigidos, con una separación suficiente de las partes activas en las condiciones normales de servicio, teniendo en cuenta las influencias externas.

Cuando sea necesario suprimir las barreras, abrir las envolventes o quitar partes de éstas, esto no debe ser posible más que:

- bien con la ayuda de una llave o de una herramienta;- o bien, después de quitar la tensión de las partes activas protegidas por estas barreras o estas envolventes, no pudiendo ser restablecida la tensión hasta después de volver a colocar las barreras o las envolventes;- o bien, si hay interpuesta una segunda barrera que posee como mínimo el grado de protección IP2X o IP XXB, que no pueda ser quitada más que con la ayuda de una llave o de una herramienta y que impida todo contacto con las partes activas.

Protección complementaria por dispositivos de corriente diferencial-residual.

Esta medida de protección está destinada solamente a complementar otras medidas de protección contra los contactos directos.

El empleo de dispositivos de corriente diferencial-residual, cuyo valor de corriente diferencial asignada de funcionamiento sea inferior o igual a 30 mA, se reconoce como medida de protección complementaria en caso de fallo de otra medida de protección contra los contactos directos o en caso de imprudencia de los usuarios.

2º/ La protección contra contactos indirectos se conseguirá mediante "corte automático de la alimentación". Esta medida consiste en impedir, después de la aparición de un fallo, que una tensión de contacto de valor suficiente se mantenga durante un tiempo tal que pueda dar como resultado un riesgo. La tensión límite convencional es igual a 50 V, valor eficaz en corriente alterna, en condiciones normales y a 24 V en locales húmedos.

Todas las masas de los equipos eléctricos protegidos por un mismo dispositivo de protección, deben ser interconectadas y unidas por un conductor de protección a una misma toma de tierra. El punto neutro de cada generador o transformador debe ponerse a tierra.

Se cumplirá la siguiente condición:

Ra x Ia ≤ U

donde:

- Ra es la suma de las resistencias de la toma de tierra y de los conductores de protección de masas.- Ia es la corriente que asegura el funcionamiento automático del dispositivo de protección. Cuando el dispositivo de protección es un dispositivo de corriente diferencial-residual es la corriente diferencial-residual asignada.- U es la tensión de contacto límite convencional (50 ó 24V).

6.6. SECCIONADORES.

Los seccionadores en carga serán de conexión y desconexión brusca, ambas independientes de la acción del operador.

Los seccionadores serán adecuados para servicio continuo y capaces de abrir y cerrar la corriente nominal a tensión nominal con un factor de potencia igual o inferior a 0,7.

6.7. EMBARRADOS.

El embarrado principal constará de tres barras para las fases y una, con la mitad de la sección de las fases, para el neutro. La barra de neutro deberá ser seccionable a la entrada del cuadro.

Las barras serán de cobre electrolítico de alta conductividad y adecuadas para soportar la intensidad de plena carga y las corrientes de cortocircuito que se especifiquen en memoria y planos.

Se dispondrá también de una barra independiente de tierra, de sección adecuada para proporcionar la puesta a tierra de las partes metálicas no conductoras de los aparatos, la carcasa del cuadro y, si los hubiera, los conductores de protección de los cables en salida.

6.8. PRENSAESTOPAS Y ETIQUETAS.

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Los cuadros irán completamente cableados hasta las regletas de entrada y salida.

Se proveerán prensaestopas para todas las entradas y salidas de los cables del cuadro; los prensaestopas serán de doble cierre para cables armados y de cierre sencillo para cables sin armar.

Todos los aparatos y bornes irán debidamente identificados en el interior del cuadro mediante números que correspondan a la designación del esquema. Las etiquetas serán marcadas de forma indeleble y fácilmente legible.

En la parte frontal del cuadro se dispondrán etiquetas de identificación de los circuitos, constituidas por placas de chapa de aluminio firmemente fijadas a los paneles frontales, impresas al horno, con fondo negro mate y letreros y zonas de estampación en alumnio pulido. El fabricante podrá adoptar cualquier solución para el material de las etiquetas, su soporte y la impresión, con tal de que sea duradera y fácilmente legible.

En cualquier caso, las etiquetas estarán marcadas con letras negras de 10 mm de altura sobre fondo blanco.

7. RECEPTORES DE ALUMBRADO.

Las luminarias serán conformes a los requisitos establecidos en las normas de la serie UNE-EN 60598.

La masa de las luminarias suspendidas excepcionalmente de cables flexibles no deben exceder de 5 kg. Los conductores, que deben ser capaces de soportar este peso, no deben presentar empalmes intermedios y el esfuerzo deberá realizarse sobre un elemento distinto del borne de conexión.

Las partes metálicas accesibles de las luminarias que no sean de Clase II o Clase III, deberán tener un elemento de conexión para su puesta a tierra, que irá conectado de manera fiable y permanente al conductor de protección del circuito.

El uso de lámparas de gases con descargas a alta tensión (neón, etc), se permitirá cuando su ubicación esté fuera del volumen de accesibilidad o cuando se instalen barreras o envolventes separadoras.

En instalaciones de iluminación con lámparas de descarga realizadas en locales en los que funcionen máquinas con movimiento alternativo o rotatorio rápido, se deberán tomar las medidas necesarias para evitar la posibilidad de accidentes causados por ilusión óptica originada por el efecto estroboscópico.

Los circuitos de alimentación estarán previstos para transportar la carga debida a los propios receptores, a sus elementos asociados y a sus corrientes armónicas y de arranque. Para receptores con lámparas de descarga, la carga mínima prevista en voltiamperios será de 1,8 veces la potencia en vatios de las lámparas. En el caso de distribuciones monofásicas, el conductor neutro tendrá la misma sección que los de fase. Será aceptable un coeficiente diferente para el cálculo de la sección de los conductores, siempre y cuando el factor de potencia de cada receptor sea mayor o igual a 0,9 y si se conoce la carga que supone cada uno de los elementos asociados a las lámparas y las corrientes de arranque, que tanto éstas como aquéllos puedan producir. En este caso, el coeficiente será el que resulte.

En el caso de receptores con lámparas de descarga será obligatoria la compensación del factor de potencia hasta un valor mínimo de 0,9.

En instalaciones con lámparas de muy baja tensión (p.e. 12 V) debe preverse la utilización de transformadores adecuados, para asegurar una adecuada protección térmica, contra cortocircuitos y sobrecargas y contra los choques eléctricos.

Para los rótulos luminosos y para instalaciones que los alimentan con tensiones asignadas de salida en vacío comprendidas entre 1 y 10 kV se aplicará lo dispuesto en la norma UNE-EN 50.107.

8. RECEPTORES A MOTOR.

Los motores deben instalarse de manera que la aproximación a sus partes en movimiento no pueda ser causa de accidente. Los motores no deben estar en contacto con materias fácilmente combustibles y se situarán de manera que no puedan provocar la ignición de estas.

Los conductores de conexión que alimentan a un solo motor deben estar dimensionados para una intensidad del 125 % de la intensidad a plena carga del motor. Los conductores de conexión que alimentan a varios motores, deben estar dimensionados para una intensidad no inferior a la suma del 125 % de la intensidad a plena carga del motor de mayor potencia, más la intensidad a plena carga de todos los demás.

Los motores deben estar protegidos contra cortocircuitos y contra sobrecargas en todas sus fases, debiendo esta última protección ser de tal naturaleza que cubra, en los motores trifásicos, el riesgo de la falta de tensión en una de sus fases. En el caso de motores con arrancador estrella-triángulo, se asegurará la protección, tanto para la conexión en estrella como en triángulo.

Los motores deben estar protegidos contra la falta de tensión por un dispositivo de corte automático de la alimentación, cuando el arranque espontáneo del motor, como consecuencia del restablecimiento de la tensión, pueda provocar accidentes, o perjudicar el motor, de acuerdo con la norma UNE 20.460 -4-45.

Los motores deben tener limitada la intensidad absorbida en el arranque, cuando se pudieran producir efectos que perjudicasen a la instalación u ocasionasen perturbaciones inaceptables al funcionamiento de otros receptores o instalaciones.

En general, los motores de potencia superior a 0,75 kilovatios deben estar provistos de reóstatos de arranque o dispositivos equivalentes que no permitan que la relación de corriente entre el período de arranque y el de marcha normal que corresponda a su plena carga, según las características del motor que debe indicar su placa, sea superiora la señalada en el cuadro siguiente:

De 0,75 kW a 1,5 kW: 4,5De 1,50 kW a 5 kW: 3,0De 5 kW a 15 kW: 2Más de 15 kW: 1,5

Todos los motores de potencia superior a 5 kW tendrán seis bornes de conexión, con tensión de la red correspondiente a la conexión en triángulo del bobinado (motor de 230/400 V para redes de 230 V entre fases y de 400/693 V para redes de 400 V entre fases), de tal manera

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que será siempre posible efectuar un arranque en estrella-triángulo del motor.

Los motores deberán cumplir, tanto en dimensiones y formas constructivas, como en la asignación de potencia a los diversos tamaños de carcasa, con las recomendaciones europeas IEC y las normas UNE, DIN y VDE. Las normas UNE específicas para motores son la 20.107, 20.108, 20.111, 20.112, 20.113, 20.121, 20.122 y 20.324.

Para la instalación en el suelo se usará normalmente la forma constructiva B-3, con dos platos de soporte, un extremo de eje libre y carcase con patas. Para montaje vertical, los motores llevarán cojinetes previstos para soportar el peso del rotor y de la polea.

La clase de protección se determina en las normas UNE 20.324 y DIN 40.050. Todos los motores deberán tener la clase de protección IP 44 (protección contra contactos accidentales con herramienta y contra la penetración de cuerpos sólidos con diámetero mayor de 1 mm, protección contra salpicaduras de agua proveniente de cualquier dirección), excepto para instalación a la intemperie o en ambiente húmedo o polvoriento y dentro de unidades de tratamiento de aire, donde se ursarán motores con clase de protección IP 54 (protección total contra contactos involuntarios de cualquier clase, protección contra depósitos de polvo, protección contra salpicaduras de agua proveniente de cualquier dirección).

Los motores con protecciones IP 44 e IP 54 son completamente cerrados y con refrigeración de superficie.

Todos los motores deberán tener, por lo menos, la clase de aislamiento B, que admite un incremento máximo de temperatura de 80 ºC sobre la temperatura ambiente de referencia de 40 ºC, con un límite máximo de temperatura del devanado de 130 ºC.

El diámetro y longitud del eje, las dimensiones de las chavetas y la altura del eje sobre la base estarán de acuerdo a las recomendaciones IEC.

La calidad de los materiales con los que están fabricados los motores serán las que se indican a continuación:

- carcasa: de hierro fundido de alta calidad, con patas solidarias y con aletas de refrigeración.

- estator: paquete de chapa magnética y bobinado de cobre electrolítico, montados en estrecho contacto con la carcasa para disminuir la resistencia térmica al paso del calor hacia el exterior de la misma. La impregnación del bobinado para el aislamiento eléctrico se obtendrá evitando la formación de burbujas y deberá resistir las solicitaciones térmicas y dinámicas a las que viene sometido.

- rotor: formado por un paquete ranurado de chapa magnética, donde se alojará el davanado secundario en forma de jaula de aleación de aluminio, simple o doble.

- eje: de acero duro.

- ventilador: interior (para las clases IP 44 e IP 54), de aluminio fundido, solidario con el rotor, o de plástico inyectado.

- rodamientos: de esfera, de tipo adecuado a las revoluciones del rotor y capaces de soportar ligeros empujes axiales en los motores de eje horizontal (se seguirán las instrucciones del fabricante en cuanto a marca, tipo y cantidad de grasa necesaria para la lubricación y su duración).

- cajas de bornes y tapa: de hierro fundido con entrada de cables a través de orificios roscados con prensa-estopas.

Para la correcta selección de un motor, que se hará par servicio continuo, deberán considerarse todos y cada uno de los siguientes factores:

- potencia máxima absorbida por la máquina accionada, incluidas las pérdidas por transmisión.- velocidad de rotación de la máquina accionada.- características de la acometida eléctrica (número de fases, tensión y frecuencia).- clase de protección (IP 44 o IP 54).- clase de aislamiento (B o F).- forma constructiva.- temperatura máxima del fluido refrigerante (aire ambiente) y cota sobre el nivel del mar del lugar de emplazamiento.- momento de inercia de la máquina accionada y de la transmisión referido a la velocidad de rotación del motor.- curva del par resistente en función de la velocidad.

Los motores podrán admitir desviaciones de la tensión nominal de alimentación comprendidas entre el 5 % en más o menos. Si son de preverse desviaciones hacia la baja superiores al mencionado valor, la potencia del motor deberá "deratarse" de forma proporcional, teniendo en cuenta que, además, disminuirá también el par de arranque proporcional al cuadrado de la tensión.

Antes de conectar un motor a la red de alimentación, deberá comprobarse que la resistencia de aislamiento del bobinado estatórico sea superiores a 1,5 megahomios. En caso de que sea inferior, el motor será rechazado por la DO y deberá ser secado en un taller especializado, siguiendo las instrucciones del fabricante, o sustituido por otro.

El número de polos del motor se eligirá de acuerdo a la velocidad de rotación de la máquina accionada.

En caso de acoplamiento de equipos (como ventiladores) por medio de poleas y correas trapezoidales, el número de polos del motor se escogerá de manera que la relación entre velocidades de rotación del motor y del ventilador sea inferior a 2,5.

Todos los motores llevarán una placa de características, situada en lugar visible y escrita de forma indeleble, en la que aparacerán, por lo menos, los siguientes datos:

- potencia dle motor.- velocidad de rotación.- intensidad de corriente a la(s) tensión(es) de funcionamiento.- intensidad de arranque.- tensión(es) de funcionamiento.- nombre del fabricante y modelo.

9. PUESTAS A TIERRA.

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Las puestas a tierra se establecen principalmente con objeto de limitar la tensión que, con respecto a tierra, puedan presentar en un momento dado las masas metálicas, asegurar la actuación de las protecciones y eliminar o disminuir el riesgo que supone una avería en los materiales eléctricos utilizados.

La puesta o conexión a tierra es la unión eléctrica directa, sin fusibles ni protección alguna, de una parte del circuito eléctrico o de una parte conductora no perteneciente al mismo, mediante una toma de tierra con un electrodo o grupo de electrodos enterrados en el suelo.

Mediante la instalación de puesta a tierra se deberá conseguir que en el conjunto de instalaciones, edificios y superficie próxima del terreno no aparezcan diferencias de potencial peligrosas y que, al mismo tiempo, permita el paso a tierra de las corrientes de defecto o las de descarga de origen atmosférico.

La elección e instalación de los materiales que aseguren la puesta a tierra deben ser tales que:

- El valor de la resistencia de puesta a tierra esté conforme con las normas de protección y de funcionamiento de la instalación y se mantenga de esta manera a lo largo del tiempo.- Las corrientes de defecto a tierra y las corrientes de fuga puedan circular sin peligro, particularmente desde el punto de vista de solicitaciones térmicas, mecánicas y eléctricas.- La solidez o la protección mecánica quede asegurada con independencia de las condiciones estimadas de influencias externas.- Contemplen los posibles riesgos debidos a electrólisis que pudieran afectar a otras partes metálicas.

9.1. UNIONES A TIERRA.

Tomas de tierra.

Para la toma de tierra se pueden utilizar electrodos formados por:

- barras, tubos;- pletinas, conductores desnudos;- placas;- anillos o mallas metálicas constituidos por los elementos anteriores o sus combinaciones;- armaduras de hormigón enterradas; con excepción de las armaduras pretensadas;- otras estructuras enterradas que se demuestre que son apropiadas.

Los conductores de cobre utilizados como electrodos serán de construcción y resistencia eléctrica según la clase 2 de la norma UNE 21.022.

El tipo y la profundidad de enterramiento de las tomas de tierra deben ser tales que la posible pérdida de humedad del suelo, la presencia del hielo u otros efectos climáticos, no aumenten la resistencia de la toma de tierra por encima del valor previsto. La profundidad nunca será inferior a 0,50 m.

Conductores de tierra.

La sección de los conductores de tierra, cuando estén enterrados, deberán estar de acuerdo con los valores indicados en la tabla siguiente. La sección no será inferior a la mínima exigida para los conductores de protección.

Tipo Protegido mecánicamente No protegido mecánicamente

Protegido contra Igual a conductores 16 mm² Cula corrosión protección apdo. 7.7.1 16 mm² Acero Galvanizado

No protegido contra 25 mm² Cu 25 mm² Cula corrosión 50 mm² Hierro 50 mm² Hierro

* La protección contra la corrosión puede obtenerse mediante una envolvente.

Durante la ejecución de las uniones entre conductores de tierra y electrodos de tierra debe extremarse el cuidado para que resulten eléctricamente correctas. Debe cuidarse, en especial, que las conexiones, no dañen ni a los conductores ni a los electrodos de tierra.

Bornes de puesta a tierra.

En toda instalación de puesta a tierra debe preverse un borne principal de tierra, al cual deben unirse los conductores siguientes:

- Los conductores de tierra.- Los conductores de protección.- Los conductores de unión equipotencial principal.- Los conductores de puesta a tierra funcional, si son necesarios.

Debe preverse sobre los conductores de tierra y en lugar accesible, un dispositivo que permita medir la resistencia de la toma de tierra correspondiente. Este dispositivo puede estar combinado con el borne principal de tierra, debe ser desmontable necesariamente por medio de un útil, tiene que ser mecánicamente seguro y debe asegurar la continuidad eléctrica.

Conductores de protección.

Los conductores de protección sirven para unir eléctricamente las masas de una instalación con el borne de tierra, con el fin de asegurar la protección contra contactos indirectos.

Los conductores de protección tendrán una sección mínima igual a la fijada en la tabla siguiente:

Sección conductores fase (mm²) Sección conductores protección (mm²)

Sf ≤ 16 Sf

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16 < S f ≤ 35 16Sf > 35 Sf/2

En todos los casos, los conductores de protección que no forman parte de la canalización de alimentación serán de cobre con una sección, al menos de:

- 2,5 mm2, si los conductores de protección disponen de una protección mecánica.- 4 mm2, si los conductores de protección no disponen de una protección mecánica.

Como conductores de protección pueden utilizarse:

- conductores en los cables multiconductores, o- conductores aislados o desnudos que posean una envolvente común con los conductores activos, o- conductores separados desnudos o aislados.

Ningún aparato deberá ser intercalado en el conductor de protección. Las masas de los equipos a unir con los conductores de protección no deben ser conectadas en serie en un circuito de protección.

10. INSPECCIONES Y PRUEBAS EN FABRICA.

La aparamenta se someterá en fábrica a una serie de ensayos para comprobar que están libres de defectos mecánicos y eléctricos.

En particular se harán por lo menos las siguientes comprobaciones:

- Se medirá la resistencia de aislamiento con relación a tierra y entre conductores, que tendrá un valor de al menos 0,50 Mohm.

- Una prueba de rigidez dieléctrica, que se efectuará aplicando una tensión igual a dos veces la tensión nominal más 1.000 voltios, con un mínimo de 1.500 voltios, durante 1 minuto a la frecuencia nominal. Este ensayo se realizará estando los aparatos de interrupción cerrados y los cortocircuitos instalados como en servicio normal.

- Se inspeccionarán visulamente todos los aparatos y se comprobará el funcionamiento mecánico de todas las partes móviles.

- Se pondrá el cuadro de baja tensión y se comprobará que todos los relés actúan correctamente.

- Se calibrarán y ajustarán todas las protecciones de acuerdo con los valores suministrados por el fabricante.

Estas pruebas podrán realizarse, a petición de la DO, en presencia del técnico encargado por la misma.

Cuando se exijan los certificados de ensayo, la EIM enviará los protocolos de ensayo, debidamente certificados por el fabricante, a la DO.

11. CONTROL.

Se realizarán cuantos análisis, verificaciones, comprobaciones, ensayos, pruebas y experiencias con los materiales, elementos o partes de la instalación que se ordenen por el Técnico Director de la misma, siendo ejecutados en laboratorio que designe la dirección, con cargo a la contrata.

Antes de su empleo en la obra, montaje o instalación, todos los materiales a emplear, cuyas características técnicas, así como las de su puesta en obra, han quedado ya especificadas en apartados anteriores, serán reconocidos por el Técnico Director o persona en la que éste delegue, sin cuya aprobación no podrá procederse a su empleo. Los que por mala calidad, falta de protección o aislamiento u otros defectos no se estimen admisibles por aquél, deberán ser retirados inmediatamente. Este reconocimiento previo de los materiales no constituirá su recepción definitiva, y el Técnico Director podrá retirar en cualquier momento aquellos que presenten algún defecto no apreciado anteriormente, aún a costa, si fuera preciso, de deshacer la instalación o montaje ejecutados con ellos. Por tanto, la responsabilidad del contratista en el cumplimiento de las especificaciones de los materiales no cesará mientras no sean recibidos definitivamente los trabajos en los que se hayan empleado.

12. SEGURIDAD.

En general, basándonos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y las especificaciones de las normas NTE, se cumplirán, entre otras, las siguientes condiciones de seguridad:

- Siempre que se vaya a intervenir en una instalación eléctrica, tanto en la ejecución de la misma como en su mantenimiento, los trabajos se realizarán sin tensión, asegurándonos la inexistencia de ésta mediante los correspondientes aparatos de medición y comprobación.

- En el lugar de trabajo se encontrará siempre un mínimo de dos operarios.

- Se utilizarán guantes y herramientas aislantes.

- Cuando se usen aparatos o herramientas eléctricos, además de conectarlos a tierra cuando así lo precisen, estarán dotados de un grado de aislamiento II, o estarán alimentados con una tensión inferior a 50 V mediante transformadores de seguridad.

- Serán bloqueados en posición de apertura, si es posible, cada uno de los aparatos de protección, seccionamiento y maniobra, colocando en su mando un letrero con la prohibición de maniobrarlo.

- No se restablecerá el servicio al finalizar los trabajos antes de haber comprobado que no exista peligro alguno.

- En general, mientras los operarios trabajen en circuitos o equipos a tensión o en su proximidad, usarán ropa sin accesorios metálicos y evitarán el uso innecesario de objetos de metal o artículos inflamables; llevarán las herramientas o equipos en bolsas y utilizarán calzado aislante, al menos, sin herrajes ni clavos en las suelas.

- Se cumplirán asimismo todas las disposiciones generales de seguridad de obligado cumplimiento relativas a seguridad, higiene y salud en el trabajo, y las ordenanzas municipales que sean de aplicación.

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13. LIMPIEZA.

Antes de la Recepción provisional, los cuadros se limpiarán de polvo, pintura, cascarillas y de cualquier material que pueda haberse acumulado durante el curso de la obra en su interior o al exterior.

14. MANTENIMIENTO.

Cuando sea necesario intervenir nuevamente en la instalación, bien sea por causa de averías o para efectuar modificaciones en la misma, deberán tenerse en cuenta todas las especificaciones reseñadas en los apartados de ejecución, control y seguridad, en la misma forma que si se tratara de una instalación nueva. Se aprovechará la ocasión para comprobar el estado general de la instalación, sustituyendo o reparando aquellos elementos que lo precisen, utilizando materiales de características similares a los reemplazados.

15. CRITERIOS DE MEDICION.

Las unidades de obra serán medidas con arreglo a los especificado en la normativa vigente, o bien, en el caso de que ésta no sea suficiente explícita, en la forma reseñada en el Pliego Particular de Condiciones que les sea de aplicación, o incluso tal como figuren dichas unidades en el Estado de Mediciones del Proyecto. A las unidades medidas se les aplicarán los precios que figuren en el Presupuesto, en los cuales se consideran incluidos todos los gastos de transporte, indemnizaciones y el importe de los derechos fiscales con los que se hallen gravados por las distintas Administraciones, además de los gastos generales de la contrata. Si hubiera necesidad de realizar alguna unidad de obra no comprendida en el Proyecto, se formalizará el correspondiente precio contradictorio.

Los cables, bandejas y tubos se medirán por unidad de longitud (metro), según tipo y dimensiones.

En la medición se entenderán incluidos todos los accesorios necesarios para el montaje (grapas, terminales, bornes, prensaestopas, cajas de derivación, etc), así como la mano de obra para el transporte en el interior de la obra, montaje y pruebas de recepción.

Los cuadros y receptores eléctricos se medirán por unidades montadas y conexionadas.

La conexión de los cables a los elementos receptores (cuadros, motores, resistencias, aparatos de control, etc) será efectuada por el suministrador del mismo elemento receptor.

El transporte de los materiales en el interior de la obra estará a cargo de la EIM.

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PLANOS

PLANO Nº 1. PLANTA DE DISTRIBUCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS.

PLANO Nº 2. PLANTA DE INSTALACION ELECTRICA.

PLANO Nº 3. ESQUEMA UNIFILAR.