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    PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

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    NDICE

    I.- ANLISIS DEL ENTORNO ESCOLAR

    1-1: Situacin fsica

    1-2: Anlisis socio-econmico de la zona

    II.- SEAS DE IDENTIDAD

    2-1: Objetivos tendencia

    III.- ORGANIZACIN DEL CENTRO

    3-1: Rasgos tipolgicos

    3-2: Espacios fsicos

    3-3: Alumnado

    3-4: Unidades escolares

    3-5: Equipo pedaggico

    3.6: Coordinacin entre la etapa de E. Infantil y E. Primaria

    3.7: Coordinacin entre la etapa de E. Primaria y E. Secundaria

    IV.- PLAN DE EVALUACIN DEL PROCESO DE ENSEANZA Y LA PRCTICA DOCENTE

    V.- RELACIN DEL CENTRO CON OTRAS INSTITUCIONES

    VI.- INTEGRACIN DEL PLAN TIC EN EL PROYECTO EDUCATIVO

    VII.- OBSERVACIONES FINALES

    VIII.- ANEXOS AL PROYECTO EDUCATIVO

    1.- REGLAMENTO DE RGIMEN INTERNO

    2.- PLAN DE FOMENTO A LA LECTURA Y COMPRENSIN LECTORA

    3.- PLAN DE CONVIVENCIA

    4.- PLAN DE ACCIN TUTORIAL

    5.- PLAN DE ATENCIN A LA DIVERSIDAD

    6.- PLAN DE ACOGIDA

    7.- PLAN DE SEGURIDAD Y EVACUACIN

    8.- PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES

    9.- PLAN TIC

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    I.- INTRODUCCIN

    Dado que los cambios experimentados por nuestra sociedad deben reflejarse en la

    escuela, se procede a revisar el Proyecto Educativo de nuestro centro para adecuarlo a esta

    nueva realidad no slo en lo referente a la legislacin, a las enseanzas impartidas, a los servicios

    que presta o a los recursos disponibles, sino tambin a la evolucin del alumnado, de la

    Comunidad Educativa en general y a las caractersticas del entorno. Queremos reflejar en esta

    revisin las novedades que en materia educativa han aparecido con la implantacin de la LOMCE

    para el curso escolar 2014-2015

    I.- BASE LEGAL

    Toda la base legal y normativa aqu expuesta, es sobre la que se apoya todos los

    documentos y planes que debe incluir el Proyecto Educativo de Centro en la Comunidad de

    Castilla y Len :

    Reglamento de rgimen interno

    Plan de fomento a la lectura y comprensin lectora

    Plan de convivencia

    Plan de accin tutorial

    Plan de atencin a la diversidad

    Plan de acogida

    Plan de seguridad y evacuacin

    Plan de igualdad entre hombres y mujeres

    Propuesta curricular

    Plan de evaluacin del proceso de enseanza y de la prctica docente

    Plan Tic

    Orden del 20 de julio del 1995 por la que se regula la utilizacin por los Ayuntamientos y otras entidades de las instalaciones de las Colegios y centros pblicos. (BOE ,n 189 9/8/1995)

    Real Decreto 82/1996, de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgnico de las Escuelas de Educacin Infantil y de los Colegios de Educacin Primaria.

    Ley Orgnica de Educacin, de 3 de mayo del 2006. (BOE, n 106 de 4/5/2006)

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    Decreto 86/2002, de 4 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgnico de los Centros de Educacin Obligatoria. (BOCYL, n 132, 10/7/2002.

    Orden EDU/52/2005, 26 de enero, relativa al fomento de la Convivencia en los

    centros docentes de Castilla y Len y otras resoluciones dictadas a mejorar dicha Orden emitidas por la Consejera de Educacin. (BOCYL, n 20, 31/1/2005).

    Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y

    actuaciones para la promocin y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y Len.

    Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regula los Derechos y Deberes de

    loa alumnos. (BOCYL, n 99, de 23/5/2007)

    Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de marzo, por el que se regula el servicio pblico de comedores escolares.

    Decreto 20/2008 de 13 de marzo por el que se regula el servicio pblico de Comedor Escolar en la Comunidad de Castilla y Len (BOCYL n 55 de 19 de marzo de 2008).

    Orden EDU 693/ 2008 de 29 de abril por la que se desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de marzo (BOCYL n 83 del 2 de mayo de 2008).

    Instruccin de 17 de febrero de 2005, sobre la implantacin del servicio de ampliacin de horario de apertura de los colegios de Ed. Infantil y Primaria en la Comunidad de Castilla y Len.

    Decreto 1/2007 de 12 de enero por el que se aprueba el IV Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres de castilla y Len (2007-2001).

    Instruccin de 26 de junio de 2008 relativa a la Acogida del alumnado.

    Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE- BOE, 10-12-2013).

    Decreto 23/2014, 12 de junio, por el que se establece el marco de gobierno y autonoma de los centros sostenidos con fondos pblicos que imparten enseanzas no universitarias en Castilla y Len. (BOCYL 13 de junio 2014)

    Orden EDU/519/2014, 17 de junio, por la que se establece el currculo y se regula la implantacin, evaluacin y desarrollo de la educacin primaria en Castilla y Len. (BOCYL,20-junio-2014)

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    DECRETO 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currculo y se regula la implantacin, evaluacin y desarrollo de la Educacin Primaria en la Comunidad de Castilla y Len.

    ORDEN EDU/1071/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el Protocolo especfico de actuacin en supuestos de posible acoso en centros docentes, sostenidos con fondos pblicos que impartan enseanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y Len.

    ORDEN EDU/1070/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el Protocolo de actuacin en agresiones al personal docente y no docente de los centros sostenidos con fondos pblicos que imparten enseanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y Len.

    Programacin General Anual del Centro, (PGA). Elaborada anualmente.

    Documento de Organizacin del Centro, (DOC). Elaborado anualmente.

    I.- ANLISIS DEL ENTORNO ESCOLAR

    1-2: Situacin fsica

    El CEIP. Compostilla est ubicado en terrenos que antiguamente pertenecan a ENDESA, al

    lado del poblado que la misma tena en la zona en el extrarradio, al Noroeste de Ponferrada y que

    dista del centro de la ciudad, a 2,5 Km. En el poblado vivan los obreros que trabajaban en la

    empresa. Hoy da siguen estando ocupadas por trabajadores y muchos ya han adquirido en

    propiedad las viviendas.

    El entorno que rodea al centro se puede considerar como zona residencial, ya que est

    compuesto del poblado situado en un enclave natural excepcional y conservado, con sus espacios

    verdes. El barrio del Canal forma parte del paisaje y del ncleo de poblacin que junto con nuevas

    viviendas unifamiliares hace que el barrio de Compostilla vaya creciendo en este sentido.

    El Colegio est situado en una zona de grandes espacios, prximo a l se encuentra un

    parque infantil y el Centro Meteorolgico de Ponferrada. Los espacios verdes y la proximidad del

    Monte Castro permiten a los alumnos/as realizar diversas actividades dentro del entorno natural

    en el que estamos inmersos.

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    1-2: Anlisis socioeconmico

    Las familias en su mayora se les pueden considerar dentro de un nivel econmico medio-

    alto. Aunque la crisis econmica est haciendo mella en muchas familias con las siguientes

    repercusiones a nivel socioeconmico.

    Existen en el centro alumnos/as de poblacin de minoras tnicas.

    II.- SEAS DE IDENTIDAD

    Teniendo En cuenta nuestro contexto extra e intraescolar, as como la opinin de padres,

    profesores y alumnos, el Colegio de Educacin Infantil y Primaria Compostilla decide adoptar los

    Principios Bsicos de identidad que a continuacin se expresan:

    LENGUA DE APRENDIZAJE

    Nuestro centro utilizar el castellano como lengua de aprendizaje y ofertar los medios

    materiales y humanos para que puedan estudiar otros idiomas al margen, como puedan ser

    Ingls, Francs o Gallego.

    LNEA METODOLOGCA

    Nuestro Colegio adoptar la lnea metodolgica que asegure la construccin de

    aprendizajes significativos y funcionales de forma motivadora, activa, participativa y ritmos

    evolutivos de cada uno de los alumnos.

    PLURALISMO Y VALORES DEMOCRTICOS

    Se favorecer el desarrollo de la tolerancia, del respeto hacia uno mismo y hacia los

    dems miembros de la comunidad educativa, hacia el medio ambiente. Desarrollaremos el

    sentido de libertad y opinin ligado al de responsabilidad y del gusto por el trabajo bien hecho.

    Se desarrollar el espritu crtico y el dilogo como hbitos y actitudes bsicas de nuestra

    comunidad educativa, evitando discriminaciones por razn de raza, religin, sexo, condicin

    social o econmica o creencias polticas.

    MODADLIDAD DE GESTIN INSTITUCIONAL

    El Centro potenciar entre todos los miembros de la comunidad educativa la

    transparencia, la informacin fluida y la participacin individual y colegiada tanto a nivel

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    consultivo como de tomas de decisiones, fomentando la libertad de expresin y la adopcin de

    acuerdos por consenso dentro del marco de respeto a las decisiones adoptadas.

    ATENCIN A LA DIVERSIDAD

    Se favorecer una educacin que parta de las experiencias personales y de los

    conocimientos adquiridos de cada alumno, y que respete sus intereses personales, aptitudinales

    y ritmo evolutivo, a fin de conseguir el mximo desarrollo de las propias capacidades.

    2-1: OBJETIVOS TENDENCIA

    LENGUA DE APRENDIZAJE

    Cuidar, de forma preferente todo el profesorado, el uso correcto del castellano

    oral y escrito por parte de los alumnos cualquiera que sea el rea impartida, a fin

    de desarrollar en ellos la conciencia de que la lengua constituye siempre el

    principal vehculo de comunicacin entre las personas.

    Erradicar las palabras o expresiones groseras en las situaciones de relacin y

    convivencia escolar, estimulando el uso de formas sociales adecuadas.

    Fomentar de manera sistemtica la lectura promoviendo el uso de la biblioteca, o

    de cualquier otro medio bibliogrfico, a fin de desarrollar hbitos lectores en los

    alumnos.

    Establecer el aprendizaje de una segunda lengua extranjera desde Infantil de tres

    aos.

    LNEA METODOLGICA

    Poner a los alumnos/as en situacin de construir su propio aprendizaje utilizando

    los procedimientos adecuados y proporcionndoles los medios, a fin de crear en

    ellos una actitud investigadora.

    Partir en el proceso enseanza-aprendizaje de las experiencias y conocimientos del

    nio, a fin de que adquieran significado para ellos.

    Adecuar dicho proceso al ritmo evolutivo de cada uno, a sus capacidades, intereses

    y necesidades.

    Utilizar procedimientos que favorezcan el desarrollo de la capacidad del nio para

    relacionar los conocimientos nuevos con los que ya posee.

    Favorecer en los alumnos el desarrollo de la capacidad de anlisis, de previsin de

    resultados y de evaluacin de los mismos, a fin de prepararlos para tomar sus

    propias decisiones de forma crtica y responsable.

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    Favorecer y fomentar el dilogo entre el profesorado y/o padres y madres, a fin de

    unificar criterios educativos relativos a la creacin de hbitos de autonoma,

    trabajo, etc.

    Favorecer el desarrollo de tcnicas de trabajo intelectual dirigidas a aprender a

    aprender.

    Dar a las actividades escolares un enfoque ldico y vivencial, para desarrollar el

    inters por ellas e ir generando disfrute en su realizacin.

    Conceder prioridad al carcter funcional de los aprendizajes tanto por su utilidad

    para adquirir conocimientos nuevos como por la posibilidad de aplicacin a las

    situaciones cotidianas de la vida.

    Utilizar procedimientos que favorezcan el aprendizaje cooperativo, para que el

    nio/a desarrolle actitudes de escucha y respeto a las opiniones ajenas, as como

    estrategias para comunicar lo propio y llegar a un acuerdo.

    Informar a los padres de los objetivos mnimos a conseguir en cada trimestre y

    hacerles partcipes del proceso de enseanza-aprendizaje.

    Informar a los alumnos de los objetivos mnimos a conseguir en las distintas

    unidades didcticas, para que sean conscientes en todo momento de la finalidad

    de las actividades que llevan a cabo.

    PLURALISMO Y VALORES DEMOCRTICOS

    Habituar a los nios a resolver conflictos entre ellos y con los adultos mediante el

    dilogo y el respeto mutuo, aprovechando las situaciones cotidianas de

    interaccin.

    Promover mecanismos de participacin en el aula y en el centro, dirigidos a que los

    alumnos/as debatan, consensen y aprueben las normas de convivencia necesarias

    y se responsabilicen de su cumplimiento.

    Implicar a los padres en la elaboracin de dicha normativa, a fin de evitar

    contradicciones entre la familia y escuela.

    Desarrollar actitudes de respeto y cuidado del propio cuerpo como de los medios

    ms prximos (aula, centro, domicilio, calle, barrio, etc.) y de la naturaleza en

    general.

    Favorecer el desarrollo de la autoestima, valorando el esfuerzo de cada uno por el

    trabajo bien hecho.

    Eliminar tanto del aula como del centro cualquier actitud discriminatoria por razn

    de discapacidad, sexo, raza, ideologa o condicin social etc.

    Adoptar medidas dirigidas a dar la mxima publicidad a dichas normas entre los

    distintos sectores de la comunidad educativa y a conseguir su cumplimiento.

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    Generalizar el empleo de las formas sociales de respeto con mayores, pequeos e

    iguales.

    Otorgar la posibilidad de cursar la religin desde infantil de tres aos como materia

    curricular o en su lugar presentar actividades alternativas.

    Elegir los libros de texto y en general todo tipo de material grfico o audiovisual en

    funcin de su contenido no sexista.

    Favorecer y fomentar el anlisis crtico de aquellas manifestaciones o actitudes

    que supongan discriminacin por razn de sexo tanto si se producen en el

    contexto educativo, familiar o local como en medios de comunicacin.

    MODALIDAD DE GESTIN

    Tomar decisiones por consenso siempre que sea posible o , en caso contrario por

    mayora simple.

    Poner en marcha algn procedimiento dirigido a recoger por escrito los acuerdos

    consensuados por el claustro, independientemente de las actas, a fin de facilitar el

    seguimiento de los mismos.

    Promover las actividades que favorezcan los contactos entre padres/madres,

    profesorado, as como la participacin de aquellos.

    Planificar reuniones de modo que cada uno de los asistentes estn informados de

    los puntos a tratar y pueda prepararlos. Se pondr en el tabln de anuncios de la

    sala de profesores el orden del da de cada reunin.

    Facilitar y fomentar el anlisis sistemtico del funcionamiento del centro, a fin de

    detectar desajustes si los hay y encontrar vas de solucin.

    Establecer canales concretos que favorezcan una comunicacin eficaz entre los

    miembros de la comunidad educativa, as como una informacin rpida, clara y

    operativa o adecuada coordinacin.

    ATENCIN A LA DIVERSIDAD

    Elaborar las adaptaciones curriculares para los alumnos con necesidades

    educativas especiales.

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    III.- ORGANIZACIN DEL CENTRO

    3-1: RASGOS TIPOLGICOS

    El CEIP COMPOSTILLA es un centro de titularidad pblica que depende de la Junta de

    Castilla y Len.

    3-2: ESPACIOS FSICOS

    El colegio est formado por un edificio en forma de L con dos partes claramente

    diferenciadas. Una de las partes corresponde a la zona del edificio ms antigua y original que,

    consta de una planta baja y en la que estn ubicadas tres aulas de E. Infantil, dos aulas del 1

    ciclo de E. Primaria, un aula de usos mltiples, sala de profesores y biblioteca y los despachos de

    Direccin y Secretara.

    La otra parte, de construccin ms reciente, consta de dos plantas. En la planta baja est

    un espacio amplio que se utiliza como saln de actos y gimnasio, a su lado se sita el comedor

    escolar.

    En la planta de arriba estn las clases del 3 , 4, 5 y 6 de E. Primaria y aula de Msica.

    Hay un espacio pequeo que sirve de aula de PT y AL. El/lal Orientador/a del centro dispone de

    un despacho pequeo dentro del aula de msica.

    La zona de recreo est situada delante del edificio, el patio est en buenas condiciones y

    dispone de un amplia zona cubierta de nueva construccin, lo que hace posible que en poca de

    lluvia los nios puedan salir al recreo con normalidad.

    3-3: UNIDADES ESCOLARES

    En el centro funcionan tres unidades de E. Infantil y seis de E. Primaria. Es por tanto un

    centro de una lnea.

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    3-4: EQUIPO PEDAGGICO

    En el centro segn la Relacin de Puestos de Trabajo que la Junta de Castilla y Len ha

    fijado para centros de este tipo es la siguiente:

    Puesto E.Infa E. Prima. F.Ingl E.Fsica Msica P.Teraputica A. Lengua

    Ordinarios

    Singulares

    3 6 2 1

    1c

    1i

    1c

    A parte de los fijados en el cuadro anterior, imparten clase de forma compartida con

    otros centros, dos profesores de religin (Catlica y Evanglica) y otra de gallego. Al centro acude

    una vez a la semana el orientador de los Equipos de Orientacin Psicopedaggica asignado al

    centro.

    3-5: ALUMNADO

    El nmero de alumnos /as que acuden al centro proceden del barrio y alrededores.

    Durante los ltimos cursos hay una tendencia al alta, registrando en los ltimos cursos una

    matrcula que ronda entre los 175 y 180 alumnos/as. Suelen proceder de todos los niveles socio

    familiares bajo, medio, medio-alto. Existen en el centro nios/as de etnia gitana, as como otros

    que presentan dificultades de tipo pedaggico y que han sido valorados por el Equipo de

    Orientacin como alumnos con necesidades educativas especiales.

    3.6: COORDINACIN ENTRE LA ETAPA DE EDUCACIN INFANTIL Y EDUCACIN PRIMARIA

    En el mes de septiembre, conforme a la Orden EDU/721/2.008 de 5 de mayo,

    programadas se rene el profesorado de Educacin Infantil y Primaria para trasladar la

    informacin del alumnado de 5 aos y efectuar el traslado de expedientes.

    A travs de la C.C.P., a la hora de elaborar las Programaciones Didcticas se hace especial

    hincapi en la consecucin de capacidades, objetivos de etapa y de las reas para garantizar la

    continuidad de la programacin y evitar desajustes.

    A lo largo del curso se programarn reuniones interciclos para facilitar una mayor

    coordinacin y comunicacin.

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    No obstante y teniendo en cuenta las caractersticas de nuestro centro la coordinacin

    ms importante ser la establecida en el CCP y que por cuestiones de organizacin seguiremos

    participando todos los profesores del centro.

    3.7: COORINACIN ENTRE LA ETAPA DE EDUCACIN PRIMARIA Y EDUCACIN SECUNDARIA

    Cuando se inicia el proceso de reserva de plaza en los I.E.S., el tutor/a y/o Equipo Directivo

    facilita informacin a la familia para asesorarles, solucionar el proceso y dar respuesta a las

    inquietudes que este proceso lleva consigo.

    Se facilita la informacin a los I.E.S. y a la vista de stos, al centro durante el proceso de

    admisin de alumnos.

    A final de curso y a travs de una aplicacin informtica se facilita toda la informacin de

    inters de los alumnos/as que han promocionado al IES de referencia, que en nuestro caso es el

    "IES Virgen de la Encina".

    IV.- PLAN DE EVALUACIN DEL PROCESO DE ENSEANZA Y DE LA PRACTICA DOCENTE

    Segn el Decreto 26/2016, de 21 de julio, por la que se establece el currculo y se regula la

    implantacin, evaluacin y desarrollo de la educacin primaria en Castilla y Len. En la Seccin

    3.- Evaluacin y promocin dice:

    Artculo 27. Evaluacin de los aprendizajes.

    1. La evaluacin del proceso de aprendizaje del alumnado ser continua y global, y tendr en

    cuenta su progreso en el conjunto de las reas.

    2. Los referentes para la comprobacin del grado de adquisicin de las competencias y el logro

    de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las reas de los bloques de

    asignaturas troncales y especficas, sern los criterios de evaluacin y estndares de aprendizaje

    evaluables que figuran en los Anexos I.B y I.C, respectivamente, de esta orden. En su caso, los

    referentes en la evaluacin de las reas del bloque de asignaturas de libre configuracin

    autonmica sern los establecidos en la correspondiente propuesta curricular, en el marco del

    proyecto de autonoma.

    3. En el proceso de evaluacin continua las calificaciones de las reas sern decididas por el

    maestro que las imparta, el cual tendr presente, entre otra informacin, la evaluacin inicial, las

    medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptacin curricular significativa que hubieran sido

    aplicadas. En el rea de educacin artstica la calificacin ser determinada globalmente entre las

    materias de plstica y msica teniendo en cuenta el progreso del alumno en el rea.

    4. A lo largo de cada curso escolar se realizarn, al menos, tres sesiones de evaluacin de los

    aprendizajes del alumnado. Los maestros de cada grupo, coordinados por el tutor, y asesorados,

    en su caso, por el orientador del centro, intercambiarn informacin y adoptarn decisiones

    sobre el proceso de aprendizaje del alumnado. El tutor levantar acta del desarrollo de las

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    sesiones, en la que se harn constar los acuerdos y decisiones adoptadas. De los resultados del

    proceso de evaluacin se informar a las familias segn lo establecido en el artculo 44 de la

    presente orden.

    5. En el contexto del proceso de evaluacin continua, cuando el progreso de un alumno no sea

    el adecuado, se establecern medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarn en

    cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarn dirigidas a

    garantizar la adquisicin de las competencias imprescindibles para continuar el proceso

    educativo.

    6. Los centros, de acuerdo con lo dispuesto por la Administracin educativa, dispondrn las

    medidas ms adecuadas para que las condiciones de realizacin de las evaluaciones, incluidas las

    evaluaciones individualizadas a las que se refiere el artculo 31, se adapten a las necesidades del

    alumnado con necesidades especficas de apoyo educativo.

    Artculo 28. Evaluacin del proceso de enseanza.

    1. De acuerdo con lo establecido en el artculo 12 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero,

    por el que se establece el currculo bsico de la Educacin Primaria los maestros evaluarn tanto

    los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseanza y su propia prctica docente. A

    estos efectos se tendr en cuenta los indicadores de logro a los que se refiere el artculo 18.6. de

    esta orden.

    2. El plan de evaluacin del proceso de enseanza y de la prctica docente se incorporar al

    proyecto educativo e incluir los momentos en los que ha de realizarse la evaluacin y los

    instrumentos para realizarla.

    Artculo 29. Evaluacin inicial.

    1. Los maestros que imparten clase a cada grupo de alumnos llevarn a cabo una evaluacin

    inicial del alumnado al comienzo de cada uno de los cursos de la etapa, con la finalidad de

    adoptar las decisiones que correspondan en relacin con las caractersticas y conocimientos del

    alumnado y que debern ser recogidas en el acta de la sesin.

    2. Dicha evaluacin se completar con el anlisis de los datos e informaciones recibidas del

    tutor del curso anterior, expresado en el informe a que hace referencia el artculo 42 de la

    presente orden y permitir adoptar las medidas de refuerzo y de recuperacin para el alumnado

    que lo precise, as como las decisiones oportunas sobre la programacin didctica.

    Artculo 30. Evaluacin final de curso.

    1. Al final de cada curso los maestros que imparten clase a cada grupo de alumnos llevar a

    cabo la evaluacin final de los resultados alcanzados por el alumnado del mismo. La valoracin de

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    los resultados se consignar en los documentos de evaluacin indicando las calificaciones, tanto

    positivas como negativas de cada rea.

    2. Los maestros que imparten clase al grupo debern adoptar las medidas para que el cambio

    de curso se lleve a cabo con las necesarias garantas de continuidad.

    3. Las principales decisiones, incluida la de promocin, y acuerdos adoptados sern recogidos

    en el acta de la sesin de la evaluacin final de curso.

    Artculo 31. Evaluaciones individualizadas.

    1. Los centros docentes realizarn una evaluacin individualizada al alumnado al finalizar el

    tercer curso de educacin primaria, segn disponga la consejera competente en materia

    educativa.

    Esta evaluacin comprobar el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades

    en expresin y comprensin oral y escrita, clculo y resolucin de problemas en relacin con el

    grado de adquisicin de la competencia en comunicacin lingstica y de la competencia

    matemtica.

    De resultar desfavorable, el equipo docente deber adoptar las medidas ordinarias o

    extraordinarias ms adecuadas. Estas medidas se fijarn en planes de refuerzo y mejora de

    resultados colectivos o individuales que permitan solventar las dificultades, en colaboracin con

    las familias y mediante recursos de apoyo educativo. En su caso, los planes de refuerzo y mejora

    se desarrollarn a lo largo de los cursos 4. y 5. de la etapa.

    2. Al finalizar el sexto curso de educacin primaria se realizar una evaluacin final

    individualizada a todo el alumnado segn se establezca de acuerdo con el artculo 21 de la Ley

    Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, en la que se comprobar el grado de adquisicin

    de la competencia en comunicacin lingstica, de la competencia matemtica y de las

    competencias bsicas en ciencia y tecnologa, as como el logro de los objetivos de la etapa.

    Para la evaluacin se utilizarn como referentes los criterios de evaluacin y estndares de

    aprendizaje evaluables que figuran en los Anexos I y II del Real Decreto 126/2014, de 28 de

    febrero, por el que se establece el currculo bsico de la Educacin Primaria.

    El nivel obtenido por cada alumno se har constar en un informe, que ser entregado a los

    padres, madres o tutores legales y que tendr carcter informativo y orientador para los centros

    en los que el alumnado haya cursado sexto curso de educacin primaria y para aquellos en los

    que cursen el siguiente curso escolar, as como para los equipos docentes, los padres, madres o

    tutores legales y el alumnado. El nivel obtenido ser indicativo de una progresin y aprendizaje

    adecuados de los alumnos, de la necesidad de refuerzo en alguna de las materias si los resultados

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    15

    han sido negativos, o de la conveniencia de la aplicacin de programas dirigidos al alumnado con

    necesidades especficas de apoyo educativo o de otras medidas.

    3. El resultado de las evaluaciones establecidas en los anteriores apartados 1 y 2 se expresarn

    en los siguientes niveles: Insuficiente (IN) para las calificaciones negativas, Suficiente (SU), Bien

    (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB) para las calificaciones positivas.

    4. La consejera competente en materia de educacin podr establecer planes especficos de

    mejora en aquellos centros pblicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal

    objeto, se hayan establecido. En relacin con los centros concertados se estar a la normativa

    reguladora del concierto correspondiente.

    5. Los resultados de las evaluaciones podrn hacerse pblicos por la consejera competente en

    materia de educacin, sin identificacin de datos de carcter personal y previa consideracin de

    los factores socioeconmicos y socioculturales del contexto de los centros.

    6. Se establecern las medidas ms adecuadas para que las condiciones de realizacin de las

    evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidad especfica de apoyo

    educativo.

    Artculo 32. Promocin.

    1. El alumnado acceder al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha superado

    los criterios de evaluacin de las diferentes reas que correspondan al curso realizado o logrado

    los objetivos de la etapa y que ha alcanzado el grado de adquisicin de las competencias

    correspondientes. De no ser as, podr repetir una sola vez durante la etapa, con un plan

    especfico de refuerzo o recuperacin y apoyo, que ser organizado por el equipo docente que

    atiende al alumno.

    2. La decisin de no promocin se considerar una medida de carcter excepcional y se tomar

    tras haber agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las

    dificultades de aprendizaje del alumno. Antes de adoptar la decisin de no promocin, el tutor

    oir a los padres, madres o tutores legales del alumno.

    3. El equipo de maestros que imparte clase al alumno decidir sobre la promocin del mismo,

    tomando especialmente en consideracin la informacin y el criterio del tutor as como aspectos

    relacionados con el grado de madurez del alumno y su integracin en el grupo.

    4. En caso de que el alumno promocione de curso con evaluacin negativa en alguna de las

    reas deber establecerse un plan de actuacin dirigido a recuperar la misma.

    5. Cuando las reas no aprobadas en alguno de los cursos se superen en cursos posteriores, se

    considerarn recuperadas a todos los efectos.

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    16

    6. Al finalizar tercer curso no promocionarn los alumnos que, no habiendo repetido en cursos

    previos, obtengan resultado negativo en la evaluacin individualizada y acceda a ella con

    evaluacin negativa en 3 o ms reas o simultneamente en Lengua Castellana y Literatura y

    Matemticas.

    7. Con carcter general, no promocionar a Educacin Secundaria Obligatoria el alumno que,

    no habiendo repetido en cursos previos, obtenga un resultado negativo en la evaluacin final

    individualizada de educacin primaria y acceda a ella con evaluacin negativa en Lengua

    Castellana y Literatura y Matemticas simultneamente.

    Artculo 33. Objetividad en la evaluacin.

    1. El reglamento de rgimen interior de los centros arbitrar normas que garanticen y posibiliten

    la comunicacin de los padres o tutores legales del alumnado con los tutores, los maestros de las

    distintas reas y, en su caso, con los maestros de apoyo.

    2. Los centros informarn a los padres o tutores legales del alumnado de los objetivos

    generales del curso, de los criterios de evaluacin y promocin del curso o de la etapa as como

    de los procedimientos e instrumentos de evaluacin que se van a aplicar. Esta informacin ser

    proporcionada al inicio de cada curso escolar segn el procedimiento que establezca el centro.

    3. Los equipos docentes actuarn de modo coordinado a lo largo del proceso de evaluacin

    continua del alumnado y en la toma de decisiones resultantes de dicho proceso, atendiendo las

    posibles aclaraciones y reclamaciones.

    Artculo 34. Supervisin del proceso de evaluacin.

    1. Corresponde al rea de inspeccin educativa de la direccin provincial de educacin

    correspondiente supervisar el desarrollo del proceso de evaluacin tanto del alumnado como de

    la enseanza, incluida la prctica docente, y asesorar en la adopcin de las medidas que

    contribuyan a mejorar los resultados.

    2. Los inspectores en sus visitas a los centros, una vez conocidos los resultados de las

    evaluaciones individualizadas a que se refiere el artculo 31 de la presente orden, se reunirn con

    el equipo directivo y el claustro de profesores para analizar y valorar los resultados del centro.

    Artculo 35. Aclaraciones y reclamaciones.

    1. Los padres o tutores legales del alumnado podrn solicitar aclaraciones a los maestros tutores

    y, en su caso, a los maestros especialistas, acerca de los resultados de la evaluacin continua, de

    la evaluacin final de curso en alguna de las reas y sobre las decisiones de promocin. Asimismo,

    tendrn acceso a los documentos oficiales de evaluacin y a los exmenes y documentos de las

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    17

    evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados en la forma que determinen las normas de

    organizacin y funcionamiento del centro.

    2. Los centros debern hacer pblico los das en el que se atender a las familias por los

    maestros para las referidas aclaraciones, que sern das lectivos inmediatamente siguientes a la

    comunicacin de los resultados de la evaluacin continua. El horario garantizar la asistencia de

    todos los maestros y no deber de ser coincidente con otras actividades docentes.

    3. Los padres o tutores del alumno, en el supuesto que tras las oportunas aclaraciones exista

    desacuerdo, podrn formular reclamaciones al final de un curso o de la etapa sobre los

    resultados de la evaluacin de los aprendizajes y las decisiones de promocin que se adopten

    como consecuencia del proceso de evaluacin continua.

    4. Las reclamaciones aludidas en el apartado anterior podrn fundamentarse, entre otras, en

    alguna de las siguientes causas:

    a) Discrepancia entre los criterios sobre los que se ha llevado a cabo la evaluacin del proceso

    de aprendizaje del alumnado y los recogidos en las correspondientes programaciones didcticas.

    b) Aplicacin inapropiada de los criterios de evaluacin de rea o de los criterios de

    promocin de curso y etapa.

    c) Inadecuacin de los procedimientos e instrumentos de evaluacin aplicados con lo

    establecido en las programaciones didcticas.

    d) Discordancia notable entre los resultados de la evaluacin final de curso o de etapa y los

    resultados obtenidos en el proceso de evaluacin continua.

    Artculo 36. Procedimiento de reclamacin ante el centro docente.

    1. El centro docente deber hacer pblico el plazo durante el cual los padres o tutores legales

    del alumnado podrn presentar reclamaciones al final de un curso o de la etapa.

    2. Dicho plazo ser de dos das lectivos, contados a partir del da siguiente a la notificacin por

    escrito de los resultados de la evaluacin final y, en su caso, de la decisin de promocin.

    3. El director del centro trasladar la reclamacin al tutor del alumno y le requerir un informe

    sobre la misma que deber ser realizado en un plazo mximo de dos das lectivos desde la

    presentacin de la reclamacin.

    4. El tutor del alumno coordinar la elaboracin del informe, solicitando del profesorado

    afectado y, en su caso, del orientador del centro, la informacin y documentacin precisa, dando

    traslado del mismo al director del centro.

    5. El director del centro, a la vista del informe anterior, resolver en el plazo de tres das

    lectivos contados desde la presentacin de la reclamacin, y comunicar por escrito a los padres

    o tutores legales del alumno la ratificacin o modificacin, razonada, de la decisin adoptada, lo

    cual pondr fin a la reclamacin en el centro docente.

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    6. Si, tras el proceso de reclamacin, procediera la modificacin de alguna calificacin final de

    curso, o bien, de la decisin de promocin adoptada, el secretario del centro insertar en las

    actas, en el expediente acadmico y en el historial acadmico del alumno la oportuna diligencia

    visada por el director del centro.

    Artculo 37. Procedimiento de reclamacin ante la direccin provincial de educacin.

    1. Cuando los padres o tutores legales del alumnado estn en desacuerdo con la resolucin de la

    direccin del centro sobre la reclamacin presentada, podrn solicitar por escrito a la direccin

    del centro, en el plazo de dos das lectivos desde la notificacin de la citada resolucin, que su

    reclamacin sea elevada al titular de la direccin provincial de educacin.

    2. El director del centro remitir el expediente de la reclamacin al titular de la direccin

    provincial de educacin, en el plazo no superior a dos das lectivos desde la recepcin de la citada

    solicitud.

    3. El expediente incorporar copia de las actas de las sesiones de evaluacin, los informes

    elaborados en el centro, copia de la reclamacin presentada ante el centro, la resolucin del

    director del centro, las copias de los instrumentos de evaluacin que justifiquen las decisiones

    derivadas del proceso de evaluacin del alumnado y, en su caso, las nuevas alegaciones del

    reclamante y el informe, si procede, del director acerca de las mismas.

    4. El titular de la direccin provincial de educacin, en el plazo de diez das hbiles a partir de

    la recepcin del expediente y teniendo en cuenta la propuesta incluida en el informe elaborado

    por el rea de inspeccin educativa, adoptar la resolucin pertinente, que ser motivada y

    notificada a los padres o tutores legales del alumnado y al director del centro.

    5. En el caso de que la reclamacin sea estimada se insertarn las diligencias oportunas en los

    documentos de evaluacin.

    6. En el caso de que la reclamacin sea desestimada, los padres o tutores legales del alumnado

    podrn interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el da siguiente al de

    la notificacin, ante el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y Len de la provincia

    correspondiente, cuya decisin pondr fin a la va administrativa.

    EVALUACIN DE LA PRCTICA DOCENTE

    El objetivo de la evaluacin de la prctica docente es conocer los aspectos en que esta

    prctica es susceptible de mejora, lo que permitir tomar las medidas curriculares y organizativas

    que permitan facilitar tal mejora.

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    Al finalizar cada evaluacin se levantar un acta y se realizarn las oportunas aclaraciones y valoraciones de los resultados, dentro de la Comisin de Coordinacin Pedaggica.

    V.- RELACIN DEL CENTRO CON OTRAS INSTITUCIONES

    La coordinacin del centro con otras instituciones, Ayuntamiento de Ponferrada, Consejo

    Comarcal, Diputacin Provincial y otras, se realiza a travs de la Direccin del Centro.

    Las relaciones ms habituales que se establecen suelen estar encaminadas en la siguiente

    direccin:

    Social: A travs de la Asistente Social del Ayuntamiento a quien se le envan los

    casos o expedientes de alumnos/as que manifiestan carencias de tipo familiar y

    socioeconmico, para su correspondiente seguimiento y atencin.

    Otros: El Centro colabora anualmente en todas las actividades y programas que

    convoca el Ayuntamiento de la ciudad u otras instituciones. Concretamente y de

    forma habitual el Ayuntamiento nos ofrece entre otras actividades, unas de tipo

    fijo que curso tras curso se vienen desarrollando en los centros del municipio,

    como son:

    Educacin Vial

    Juegos autctonos

    Cursillo de natacin en el curso de 3 de primaria

    Talleres de corresponsabilidad domstica

    El Centro se mantendr abierto a cuantas propuestas e iniciativas se presenten y sean de

    especial inters para los alumnos/as.

    VI.- INTEGRACIN DEL PLAN TIC EN EL PEC

    ENTORNO ESCOLAR

    El nivel socio-econmico y cultural de las familias del centro es medio-alto. Esto implica que prcticamente

    todo el alumnado dispone de tecnologas que les permiten conexin a internet y utilizacin de estas

    tecnologas con asiduidad. El centro no puede obviar esta circunstancia y tendr como prioridad que la

    integracin de las TIC se d en los procesos de enseanza y aprendizaje que se realicen en las aulas y

    fuera de ellas para el logro de los objetivos previstos.

    ORGANIZACIN GENERAL DEL CENTRO

    El equipo directivo liderar los procesos de integracin de las TIC en el centro. La integracin de las TIC se

    realizar en todos los niveles del centro. Los recursos informticos estarn disponibles y se deber

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    garantizar el buen funcionamiento de los mismos; para ello, el equipo directivo nombrar un responsable

    o coordinador TIC, que gestionar el proceso. La formacin del profesorado es fundamental para alcanzar

    un nivel de xito acorde con el alumnado que tiene el centro.

    FORMACIN DEL PROFESORADO

    Es el elemento fundamental para lograr los objetivos generales planteados en el centro.

    Cada curso se ha de revisar las necesidades de formacin del profesorado en TIC, evaluando su

    competencia digital con los documentos facilitados por la Consejera.

    Se potenciar la participacin en planes de formacin.

    INTEGRACIN DE LAS TIC EN EL CURRICULUM

    Competencia digital del alumnado

    Cada nivel fijar el grado de competencia digital que ha de alcanzar el alumnado el el diseo curricular

    comprendiendo los siguientes aspectos:

    El aprendizaje del uso de ordenadores y perifricos. El aprendizaje de programas de uso general.

    La adquisicin de hbitos de trabajo con estos medios.

    Aplicacin especfica de de las TIC a cada materia. Programaciones didcticas

    Las aplicaciones de las TIC como contenido transversal se han de reflejar adecuadamente en las diversas

    reas con la metodologa correspondiente, tomando en consideracin:

    Fuentes de documentacin adaptados al nivel del alumnado.

    Recursos digitales precisos

    Alumnado y familia

    Uso responsable de las TIC.

    Disponibilidad de Aula Virtual.

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    VII.- OBSERVACIONES FINALES Y MODIFICACIONES

    En el curso 2016-2017, el centro desarrollar el PLAN TIC, concedido por La

    Consejera de Educacin quien CERTIFICA que el CEIP Compostilla, de Ponferrada, Len

    (cd. centro 24017278) ha obtenido la certificacin de nivel 3 en la aplicacin de las

    Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin (TIC) segn la ORDEN EDU/466/2016, de

    26 de mayo.

    Este Proyecto Educativo as como los diferentes planes de actuacin incluidos en los siguientes anexos, se han expuesto en el claustro de profesoras/es y Consejo Escolar del centro y han sido aprobados por la Directora, segn el Decreto 26/2016, del 21 de julio, por la que se establece el currculo y se regula la implantacin, evaluacin y desarrollo de la educacin primaria en la Comunidad de Castilla y Len (BOCYL 25 de julio de 2016)

    En el curso 2017/2018 se adapta el PEC a la legislacin vigente publicada en el BOCYL en diciembre de 2017. (Inclusin del Protocolo de Actuacin en supuestos de acoso escolar en centros docentes pblicos de Castilla y Len. Protocolo de Actuacin en agresiones al personal docente y no docente. Protocolo de Actuacin ante situaciones de emergencia en centros escolares. Gua de actuacin en los centros docentes en los supuestos en el que los progenitores del alumno/a menor no convivan. Acuerdo marco sobre deberes escolares.) Se informa al Claustro y al Consejo Escolar en reuniones celebradas el 23 y 24 de enero de 2018.

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    VIII.- ANEXOS :

    1.- REGLAMENTO DE RGIMEN INTERNO

    2.- PLAN DE FOMENTO A LA LECTURA Y COMPRENSIN LECTORA

    3.- PLAN DE CONVIVENCIA

    4.- PLAN DE ACCIN TUTORIAL

    5.- PLAN DE ATENCIN A LA DIVERSIDAD

    6.- PLAN DE ACOGIDA

    7.- PLAN DE SEGURIDAD Y EVACUACIN

    8.- PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES

    9.- PLAN TIC

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    ANEXO - 1

    REGLAMENTO

    DE RGIMEN INTERNO

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    NDICE 1.- Prembulo 2.- Base Legal 3.- Principios y fines educativos 3-1: Principios educativos 3-2: Fines educativos 4.- Estructura organizativa 4-1: rganos de gobierno 4-2: rganos e coordinacin docente 4-3: Otras coordinaciones 4-3-1: Coordinador de biblioteca y plan de fomento a la lectura 4-3-2: Coordinador de medios audiovisuales e informticos 4-3-3: Responsable del CFIE en el centro 4-3-4: Responsable de grupo de trabajo o plan de mejora 4-3-5: Responsable del plan de igualdad entre hombres y mujeres 4-3-6: Responsable de actividades deportivas 5.- El Profesorado 6.- Derechos y deberes de los alumnos/as 6-1: Otras normas 7.- Los padres y madres 7-1: Deberes de los padres, madres o tutores legales 7-2: Asociacin de Padres y Madres del CEIP COMPOSTILLA 7-3: Informacin a las familias 8.- Organizacin de la Convivencia 9.- Plan de acogida de alumnado nuevo o inmigrante 10.- Instalaciones y recursos didcticos del centro 10-1: Inventario de recursos didcticos y materiales 10-2: Materiales y recursos didcticos para los alumnos/as 10-3: Uso de las instalaciones del centro por otros organismos, asociaciones u otras entidades de tipo deportivo. 11.- Actividades extraescolares o complementarias 12.- Servicios complementarios del centro

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    12-1: Comedor escolar 12-2: Programa de madrugadores 13.- El Plan TIC en el RRI 14. Protocolos de actuacin segn normativa de Castilla y Len. 14.1. Inclusin del Protocolo de Actuacin en supuestos de acoso escolar en centros docentes pblicos de Castilla y Len. 14.2. Protocolo de Actuacin en agresiones al personal docente y no docente. 14.3. Protocolo de Actuacin ante situaciones de emergencia en centros escolares. 14.4. Gua de actuacin en los centros docentes en los supuestos en el que los progenitores del alumno/a menor no convivan. 14.5. Acuerdo marco sobre deberes escolares. 15.- Disposiciones finales 1.- PREMBULO El presente Reglamento de Rgimen Interno pretende fijar de forma clara, concisa y funcional la normativa legal publicada hasta la fecha sobre el desarrollo y prctica de la tarea educativa en nuestro entorno escolar. Este RRI, sustituye al anterior que haba sido modificado y aprobado por el Consejo Escolar el 22 de mayo del 2008. Los diferentes cambios legislativos realizados hasta ahora han hecho que, durante el presente curso , 2014-2015, se realice una revisin a fondo del mismo para su actualizacin y puesta en prctica. 2.- BASE LEGAL

    Orden del 20 de julio del 1995 por la que se regula la utilizacin por los Ayuntamientos y

    otras entidades de las instalaciones de las Colegios y centros pblicos. (BOE ,n 189 9/8/1995)

    Real Decreto 82/1996, de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgnico de las Escuelas de Educacin Infantil y de los Colegios de Educacin Primaria.

    Ley Orgnica de Educacin, de 3 de mayo del 2006. (BOE, n 106 de 4/5/2006) Decreto 86/2002, de 4 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgnico de los

    Centros de Educacin Obligatoria. (BOCYL, n 132, 10/7/2002.

    Orden EDU/52/2005, 26 de enero, relativa al fomento de la Convivencia en los centros docentes de Castilla y Len y otras resoluciones dictadas a mejorar dicha Orden emitidas por la Consejera de Educacin. (BOCYL, n 20, 31/1/2005).

    Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y

    actuaciones para la promocin y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y Len.

    Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regula los Derechos y Deberes de loa

    alumnos. (BOCYL, n 99, de 23/5/2007)

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    Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de

    marzo, por el que se regula el servicio pblico de comedores escolares.

    Decreto 20/2008 de 13 de marzo por el que se regula el servicio pblico de Comedor Escolar en la Comunidad de Castilla y Len (BOCYL n 55 de 19 de marzo de 2008 ).

    Orden EDU 693/ 2008 de 29 de abril por la que se desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de marzo ( BOCYL n 83 del 2 de mayo de 2008 ).

    Instruccin de 17 de febrero de 2005, sobre la implantacin del servicio de ampliacin de horario de apertura de los colegios de Ed. Infantil y Primaria en la Comunidad de Castilla y Len.

    Decreto 1/2007 de 12 de enero por el que se aprueba el IV Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres de castilla y Len (2007-2001).

    Instruccin de 26 de junio de 2008 relativa a la Acogida del alumnado.

    Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE- BOE, 10-12-2013).

    Decreto 23/2014, 12 de junio, por el que se establece el marco de gobierno y autonoma de los centros sostenidos con fondos pblicos que imparten enseanzas no universitarias en Castilla y Len. (BOCYL 13 de junio 2014)

    Orden EDU/519/2014, 17 de junio, por la que se establece el currculo y se regula la implantacin, evaluacin y desarrollo de la educacin primaria en Castilla y Len. (BOCYL,20-junio-2014)

    DECRETO 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currculo y se regula la implantacin, evaluacin y desarrollo de la Educacin Primaria en la Comunidad de Castilla y Len.

    ORDEN EDU/1071/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el Protocolo especfico de actuacin en supuestos de posible acoso en centros docentes, sostenidos con fondos pblicos que impartan enseanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y Len.

    ORDEN EDU/1070/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el Protocolo de actuacin en agresiones al personal docente y no docente de los centros sostenidos con fondos pblicos que imparten enseanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y Len.

    Programacin General Anual del Centro, (PGA). Elaborada anualmente.

    Documento de Organizacin del Centro, (DOC). Elaborado anualmente.

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    3.- PRINCIPIOS Y FINES EDUCATIVOS. 3-1: PRINCIPIOS EDUCATIVOS La actividad educativa se desarrollar atendiendo a los siguientes principios:

    La formacin personalizada, que propicie una educacin integral en conocimientos, procedimientos y actitudes de los alumnos en todos los mbitos de la vida; personal, social, familiar, profesional. Para ello se atender, la diversidad de alumnos del centro, partiendo de sus capacidades y habilidades, adecuando la formacin a cada alumno.

    La participacin y colaboracin de padres y/o tutores para contribuir a la mejor

    consecucin de los objetivos educativos. La igualdad de derechos entre los sexos. Rechazo a todo tipo de discriminacin y el

    respeto a todas las culturas, as como el fomento de los valores y comportamientos democrticos y el respeto a la convivencia, la cooperacin, la paz y la solidaridad y el medio ambiente.

    El desarrollo de las capacidades creativas y del espritu crtico, utilizando para ello el

    lenguaje en todos sus aspectos y el razonamiento concreto y abstracto, y en especial los hbitos y tcnicas de trabajo.

    La autonoma pedaggica del centro dentro de los lmites establecidos por las leyes, as

    como la actividad investigadora de los profesores a partir de su prctica docente. La atencin psicopedaggica y la orientacin educativa y profesional.

    La metodologa activa y participativa del alumno en los procesos de enseanza-

    aprendizaje.

    La relacin con el entorno social, econmico y cultural.

    La evaluacin de los procesos de enseanza-aprendizaje. 3-2: FINES EDUCATIVOS La actividad educativa del Centro tendr los siguientes fines:

    El pleno desarrollo del alumno, fomentando una personalidad responsable, democrtica, solidaria, respetuosa y autnoma.

    La formacin en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la

    tolerancia y la libertad dentro de los principios democrticos de convivencia. La adquisicin de hbitos intelectuales y tcnicas de trabajo, as como de conocimientos

    cientficos, tcnicos, humansticos, histricos y estticos.

    La preparacin para participar activamente en la vida social y cultural.

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    La formacin para la paz, la cooperacin y la solidaridad entre los pueblos 4.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA 4-1: RGANOS DE GOBIERNO. Los rganos de Gobierno que funcionaran en este centro son:

    a) Unipersonales: Director, Jefe de Estudios y Secretario. b) Colegiados: Consejo Escolar y Claustro.

    Art. Ochenta. El artculo 127 queda redactado de la siguiente manera: Artculo 127. Competencias del Consejo Escolar.

    Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE- BOE, 10-12-2013).

    Art. Ochenta y uno. El art. 132, competencias del director queda redactado de la siguiente manera. Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE- BOE, 10-12-2013).

    Competencias del Claustro las fijadas en el art. 24 el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el ROC de las Escuelas de Educacin Infantil y Colegios de Educacin Primaria. (BOE- 20-2-1996).

    Competencias del Jefe de Estudios, las expuestas en el art.34 del ROC. Competencias del Secretario, las expuestas en el art.35 del ROC.

    4-2: RGANOS DE COORDINACIN DOCENTE En nuestro Centro educativo funcionarn los siguientes rganos de coordinacin:

    a) Comisin de Coordinacin Pedaggica. b) Equipos docentes de nivel. c) Equipos docentes internivel.

    Las competencias de estos rganos de coordinacin vienen expuestas en el captulo IV, art. 46, 47, 48 y 49 de la Orden EDU/519/2014, de 17 de junio. (BOCYL, 20 de junio de 2014) 4-3: OTRAS COORDINACIONES. 4-3-1: COORDINADOR DE BIBLIOTECA En el primer claustro de cada curso se nombrar el profesor responsable de biblioteca, cuyas funciones sern:

    Informatizar el fondo bibliotecario existente en el centro. Asegurar su organizacin y funcionamiento, as como la utilizacin y cuidado de los recursos

    bibliogrficos.

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    Hacer propuestas de adquisicin de nuevos fondos en colaboracin con el resto de los profesores.

    Elaborar de acuerdo con los dems profesores/as, las normas de funcionamiento dentro de la biblioteca y de cuantos recursos estn relacionados con ese espacio.

    4-3-2: COORDINADOR DE MEDIOS AUDIOVISUALES E INFORMTICOS. La persona responsable de este departamento ser nombrada en el primer claustro de cada curso y sus funciones sern:

    Inventariar el material existente y mantenerlo en buen uso. Coordinar la utilizacin de los medios audiovisuales e informticos, mediante un horario

    expuesto en el tabln de anuncios de la sala de profesores. Hacer propuestas de adquisicin de material nuevo, de acuerdo con los dems profesores. Fomentar entre el resto de profesores/as la utilizacin de estos medios en la actividad

    docente y facilitar su uso dentro del aula. Proporcionara los maestros/as una informacin bsica para el manejo de los mismos.

    4-3-3: RESPONSABLE DEL CFIE EN EL CENTRO. La persona responsable de mantener una va comunicativa con el Centro de Formacin e Innovacin Educativa de Ponferrada, ser nombrada en el primer claustro de curso y sus funciones sern:

    Recoger las demandas de formacin que soliciten los profesores/as del centro. Proporcionar informacin al resto de compaeros de cuantos cursos y actividades se

    desarrollen en el CFIE. Acudir a las reuniones de coordinacin que el CFIE convoque a estos efectos.

    4-3-4: RESPONSABLE DE GRUPO DE TRABAJO O PLAN DE MEJORA. En caso de constituirse algn grupo de trabajo o proyecto de mejora, el responsable del mismo tendr las siguientes funciones:

    Dirigir la elaboracin del proyecto y presentarlo ante el organismo competente. Coordinar las sesiones de trabajo y levantar acta de las mismas. Elaborar la memoria correspondiente del grupo.

    4-3-5. RESPONSABLE DEL PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES Las persona responsable y coordinar y desarrollar el Plan de Igualdad ser nombrada en el primer Claustro y sus funciones sern.

    Fomentar el uso de un lenguaje inclusivo hombre y mujer Impulsar entre el alumnado y sus familias relaciones igualitarias y de reparto equilibrado Potenciar el comportamiento solidario del alumnado, rechazando discriminaciones por razn de

    sexo, clases sociales, raza.

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    4-3-6. RESPONSABLE DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS

    Lo referente a las actividades deportivas, el responsable sera el profesor de Educacin Fsica y sus

    funciones sern:

    Inventariar el material existente. Hacer propuestas de adquisicin de material nuevo. Acudir a reuniones de tipo deportivo que se convoquen dentro o fuera del centro.

    5.- EL PROFESORADO. Todo lo referente al funcionamiento del profesorado sobre: derechos y deberes, organizacin, permisos y licencias, plantillas, se ajustarn a las leyes citadas anteriormente y todo cuanto est publicado al respecto. En la PGA anual y en el DOC anual, se detallan todo lo referente a horarios individuales y grupos, horarios de sustituciones y normas a seguir, organizacin de espacios y cuantas normas sean necesarias para el normal funcionamiento del centro. 6.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS El Decreto 51/2007, de 17 de mayo. (BOCYL, n 99 23/mayo/2007). Regula todo sobre los derechos y deberes de los alumnos, as como la participacin y compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y Len. A parte de los derechos y deberes promulgados en el decreto anterior, se tendr en cuenta la disposicin final PRIMERA-TRES, de la LOE 2/2006, de 3 de mayo.(BOCYL 4-5-2006) la cual modifica el art. 6 de la LODE 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educacin. 6-1: OTRAS NORMAS. Aparte de las normas dictadas en la normativa expuesta en el punto 2 BASE LEGAL, sern de aplicacin las siguientes: ENTRADAS:

    Los nios/as formaran la fila a la entrada de la puerta, donde el profesor correspondiente estar all, para acompaarlos hasta clase.

    Los padres debern permanecer, fuera del patio. La puerta se cerrar pasados 5 minutos despus de la hora de entrada. Las entradas y salidas se harn en silencio y en orden. Si algn alumno/a llega tarde deber presentar el justificante correspondiente firmado por su

    padre, madre o tutor.

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    SALIDAS:

    Los nios/as saldrn en orden desde clase y acompaados por el profesor que en ese momento est a su cargo hasta la puerta de salida.

    Los padres, podrn acceder al patio para recoger a sus hijos/as, cuando haya sonado el timbre. El profesor responsable de cada grupo sobre todo en Infantil y Primer Ciclo de primaria

    debern comprobar que el nio/a ha sido recogido por la madre, padre o tutor. Los alumnos del comedor saldrn del centro cuando vengan a recogerlos sus tutores por la

    puerta principal y ser entre las 14:30 h y 16:00 h excepto en junio y septiembre que ser de 13:30 h a 15:00 h.

    Todo alumno que deba ausentarse del centro, deber ser recogido por la puerta principal, por su tutor, previo justificante firmado en el modelo elaborado por el centro.

    PERMANENCIA EN EL INTERIOR DEL CENTRO:

    Ningn alumno, podr permanecer en el interior del centro en horas de recreo, o fuera del horario escolar, si no estn acompaados por un profesor.

    Ningn alumno podr permanecer en los pasillos en horas de clase, siendo responsabilidad del profesor que lo tiene a su cargo.

    No se permitirn juegos bruscos ni violentos, ni la utilizacin de imitacin de armas ni objetos que pudieran originar lesiones dentro del recinto escolar.

    Queda prohibido en todo el interior del edificio comer pipas o chucheras, as como dejar papeles por el suelo.

    EN EL PATIO:

    Hay que mantener el patio limpio, depositado los papeles, bolsas y restos de comida en las papeleras.

    En las horas de recreo y para evitar posibles lesiones a los nios/as ms pequeos no se podrn utilizar balones de ftbol y baloncesto, duros. Estos slo se utilizarn en clases de E. Fsica o cuando se realicen actividades deportivas controladas por el profesorado. Si se pueden utilizar para esos espacios de tiempo pelotas blandas.

    Cuando alguna pelota haya salido al exterior del recinto escolar, se le comunicar al profesor ms cercano y que est cuidando el patio, para que l tome la medida ms apropiada. Ningn nio puede salir del patio de recreo sin permiso.

    Esta norma se aplica tambin al recreo de comedor. Queda prohibida la entrada de animales domsticos, bicicletas y ciclomotores al patio del

    colegio. As como el uso del mismo por personal ajeno al centro en horario lectivo. 7.- LOS PADRES Y MADRES 7-1: DEBERES DE LOS PADRES, MADRES O TUTORES LEGALES Artculo 14.- Deberes de los padres o tutores legales. Estos estn recogidos en el artculo 4.2 de la Ley Orgnica 8/1985, de 3 de Julio. Por la que se establecen los siguientes deberes:

    Conocer la evolucin del proceso educativo de sus hijos y estimularles hacia el estudio. Adoptar medidas, recursos y condiciones que faciliten la asistencia a clase.

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    Respetar y hacer respetar a sus hijos las normas que rigen el centro escolar. Asistir a las reuniones o entrevistas individuales a las que se convoca o acuerdan. Justificar por escrito las faltas de asistencia. Responsabilizarse de los desperfectos ocasionados en el centro por su hijo de forma intencionada,

    abonando la cuanta de los mismos o su reposicin. Informar al profesor tutor de cualquier circunstancia que pueda afectar al proceso de enseanza-

    aprendizaje de su hijo. Recoger a sus hijos con puntualidad a las horas legalmente establecidas por el centro,

    personalmente o mediante persona delegada responsable de los nios en ese momento. 7-2: ASOCIACIN DE PADRES Y MADRES DE ALUMNOS DEL CEIP COMPOSTILLA. En el centro est constituida la Asociacin de Madres y Padres de Alumnos. Sus competencias estn reguladas en el RD 1533/1986 de julio y en el RD 86/2002 de 4 de julio (BOCYL, 10/07/2002) por el que se aprueba el Reglamento Orgnico de los Centros de Educacin Obligatoria. En su Ttulo VII, Art, 74, punto 2, dice: Las asociaciones de madres y padres de alumnos podrn:

    1. Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboracin del proyecto educativo y de la programacin general anual.

    2. Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de su actividad. 3. Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren

    oportunos. 4. Recibir informacin del Consejo Escolar sobre los temas tratados, as como recibir la orden del da

    de dicho consejo antes de su realizacin, con el objeto de poder elaborar propuestas. 5. Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia a peticin de ste. 6. Elaborar propuestas de modificacin del reglamento de rgimen interno. 7. Formular propuestas para la realizacin de actividades complementarias.

    8. Conocer los resultados acadmicos y la valoracin que de los mismos realice el Consejo Escolar. 9. Recibir un ejemplar del proyecto educativo, de los proyectos curriculares de etapa y, en su caso,

    de sus modificaciones. 10. Recibir informacin sobre los libros de texto y otros materiales curriculares adoptados por el

    centro. 11. Fomentar la colaboracin entre todos los miembros de la comunidad educativa del centro para el

    buen funcionamiento del mismo. 12. Utilizar las instalaciones del centro en los trminos que establezca el Consejo Escolar.

    Las actividades extraescolares y complementarias programadas por la AMPA del centro debern ser presentadas a la Direccin del Colegio a principio de curso para ser incluidas en la PGA y evaluadas por el Consejo Escolar del Centro. En esta propuesta de actividades, en cada una debe venir descrito:

    - Actividad a realizar - Responsable de la misma - Horario - Lugar donde se llevar a cabo. - Nmero de alumnos/as a los que va destinado.

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    - Duracin de la misma. - Permisos de la institucin que colabore, si proceda.

    7-3: INFORMACIN A LOS PADRES. BOLETINES INFORMATIVOS Al finalizar cada trimestre y mediante un Boletn de Notas elaborado al efecto, se informar a cada familia de la evolucin educativa de su hijo/a. En l aparecern las calificaciones acadmicas obtenidas, pudiendo figurar las observaciones oportunas que procedan a juicio del profesorado.

    VISITA DE PADRES Y REUNIONES Segn la normativa dictada al efecto, una hora a la semana se dedicar para atender individualmente a cada padre, madre o tutor, siempre que stos lo hayan solicitado previa cita al profesor correspondiente. Una vez al trimestre y de obligado cumplimiento el tutor correspondiente deber convocar una reunin general con los padres y madres, para informarles sobre la marcha educativa y cuantas cosas crea oportunas de la clase. De igual forma cualquier profesor o tutor podr convocar a ttulo individual a los padres o tutores legales para tratar sobre la evolucin educativa del alumno/a , cuando las circunstancias as lo consideren. COMUNICADOS POR ESCRITO Cuando se realice cualquier actividad complementaria o extraescolar fuera del centro, se comunicar a los padres por escrito el contenido y desarrollo de la misma al mismo tiempo que se le solicita autorizacin por parte del padre, madre o tutor para que el alumno/a pueda realizar dicha actividad. En el caso de ser una actividad que requiera ms informacin se les convocar a los padres y madres a una reunin conjunta en el lugar indicado y con el profesor encargado de realizarla. Se comunicar lo antes posible, a los padres-madres o tutores, las actitudes de los nios/as que influyan negativamente en su desarrollo educativo. 8.- ORGANIACIN DE LA CONVIVENCIA Existe en el centro un Plan de Convivencia actualizado en septiembre de 2013 y actualizado a la normativa vigente. A parte de lo all desarrollado y teniendo en cuenta como principio bsico que, es un derecho y deber fundamental de todos los integrantes de la comunidad educativa contribuir a la creacin de un buen clima de convivencia exponemos algunas normas que deben ser de obligado cumplimiento para todos los miembros de esta comunidad:

    1. Puntualidad tanto al entrar como al salir de clase. Si un alumno faltase de forma reiterada a esta norma sin causa justificada, el profesor tutor lo pondr en conocimiento de sus padres. De persistir la conducta el jefe de estudios adoptar las medidas oportunas y comunicar a la Direccin Provincial de Educacin y Asistenta Social dicha actitud.

    2. El profesor correspondiente recibir a los alumnos en las filas del patio a la hora de las entradas.

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    3. Los padres, madres o tutores debern permanecer fuera de la valla del colegio, a las horas de salida, ya que su presencia diez minutos antes, en el interior del mismo incide de forma negativa en el cumplimiento de normas elementales en los alumnos/as que estn en las clases de la primera planta. Se aconseja su entrada una vez haya sonado el timbre.

    4. Los alumnos/as deben asistir a clases debidamente aseadas y provistas del material necesario. En caso de observarse deficiencias, el tutor informar a la familia, que estar obligada a subsanarlas. De no ser as el jefe de estudios lo pondr en conocimiento de las autoridades educativas y sanitarias correspondiente.

    5. El centro debe permanecer limpio, por lo que los papeles y dems basuras se depositarn en las papeleras existentes en cada lugar, tanto en el interior como en el patio.

    6. Debemos favorecer la convivencia dentro del centro, as como un clima de trabajo agradable y tranquilo, evitando los gritos y ruidos en zonas comunes o durante el traslado de un lugar a otro en el interior del centro.

    7. Los profesores encargados de la vigilancia del patio velarn por el orden del mismo en el tiempo de recreo.

    8. Los padres y madres solamente tendrn acceso al centro durante el horario establecido para ello o salvo casos puntuales y lo harn por la puerta principal.

    9. Ningn alumno/as podr permanecer en clase ni en otras dependencias del centro durante los recreos, a no ser por causa justificada y en presencia del profesor acompaante.

    10. Ningn alumno/a puede ser expulsado al pasillo durante el transcurso de una clase. 11. Queda prohibida la entrada al patio durante el horario escolar de cualquier persona ajena al

    centro, salvo autorizacin del director o jefe de estudios del centro. 12. -Ningn alumno/a podr ausentarse del recinto escolar durante el horario lectivo, sino es

    acompaado de su padre, madre o tutor o personal responsable acreditado. 13. Cualquier desperfecto de material o instalaciones por uso indebido, as como cualquier dao a

    pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, ser debidamente subsanado asumiendo el costo del arreglo o su reparacin la persona que haya cometido tal accin.

    Todas las conductas que contravengan las normas antes citadas se les aplicarn las medidas sancionadoras que la normativa vigente tenga desarrollada, as como los procedimientos a seguir para subsanar dichas conductas no deseadas. 9.- PLAN DE ACOGIDA DE ALUMNADO NUEVO O INMIGRANTE Existe un Plan de Acogida en el que se exponen las medidas a tener en cuenta para los nuevos alumnos y la forma de aplicarlas. 10.- INSTALACIONES Y RECURSOS DIDCTICOS Y MATERIALES DEL CENTRO. 10-1: INVENTARIO DE RECURSOS DIDCTICOS Y MATERIALES. El inventario general de los materiales y recursos didcticos del centro correr a cargo del secretario. Los materiales y recursos de cada aula y especialidad corrern a cargo de los profesores tutores y especialistas. Todos los materiales que se elaboren con material del centro o ste haya corrido con los gastos de elaboracin de los mismos sern propiedad del centro para su uso y disfrute.

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    10-2: MATERIALES Y RECURSOS DIDCTICOS PARA USO DE LOS ALUMNOS. A la hora de adquirir y/o elaborar materiales y recursos didcticos para uso de los alumnos. Se deber tener en cuenta:

    1. El contexto del centro. 2. Las caractersticas de los alumnos. 3. Evitar la discriminacin por cualquier tipo de razn (sexo, raza, religin) 4. Que los contenidos favorezcan la consecucin de los objetivos establecidos en el proyecto

    educativo y curricular del centro. 5. Que no degraden el medio ambiente. 6. Que no sean peligrosos en su manejo. 7. Que los contenidos sean lo ms prcticos y funcionales posible. 8. Que las actividades propuestas cumplan con los requisitos del aprendizaje significativo.

    10-3: USO DE LAS INSTALACIONES POR ORGANISMOS O PERSONAS AJENAS AL CENTRO. La utilizacin de las instalaciones escolares por el Ayuntamiento u otros organismos, entidades o personas jurdicas se atender a lo dispuesto en la Orden de 20 de julio de 1995 (BOE , n 189 del 9/ 8 / 1995). 11.- ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS Las actividades extraescolares y complementarias de cada curso estn incluidas en la PGA. No obstante, a lo largo del mismo las diferentes instituciones van presentando el diseo de otras actividades que pueden ser de inters como complementarias a la tarea educativa. Para ello se fijan las siguientes normas:

    1. El profesorado a nivel de interciclo etapa determinar la realizacin de la actividad. 2. Es obligatorio la participacin del alumnado en aquellas actividades complementarias diseadas

    por el centro, no as en las extraescolares teniendo en cuenta como tal las salidas fuera del centro, ciudad o comarca, es decir, excursiones.

    3. Teniendo en cuenta, que el centro suele participar en varias actividades complementarias

    organizadas por el Ayuntamiento y, siendo necesario para ello la utilizacin de un medio de transporte para el desplazamiento bien a la biblioteca, teatro o cine o cualquier exposicin o carpa situada en la ciudad, el coste de la actividad se ve incrementado por el autobs, lo cual a veces algunos alumnos/as no acuden, en estos casos los nios/as que renuncien a dicha actividad permanecern en el centro bajo la tutela de otro profesor.

    4. Siempre que se realice una actividad de este tipo los padres sern informados por escrito y si la

    actividad lo requiere se convocar a una reunin informativa en el centro.

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    5. Si algn alumno/a ha sido amonestado de forma continuada por incumplimiento de normas dentro del colegio, el tutor previo aviso al jefe de estudios, pueden excluirlo de dicha actividad y permanecer en el centro baja la tutela de otro profesor hasta que finalice la actividad.

    6. Es de obligado cumplimiento las normas que cada profesor haya dictaminado para la realizacin

    de la actividad o salida. Si algn alumno/a incumple algunas de las normas fijadas y son de gravedad, se le informar a los padres de las mismas nada ms llegar al centro.

    Normas para las actividades extraescolares (actividades de tarde en el colegio)

    1. Las actividades de tarde comenzarn el primer da de clase del mes de octubre y finalizan el ltimo da de clase del mes de mayo.

    2. El plazo de solicitudes para las mismas se realizar en la segunda quincena del mes de septiembre. 3. La propuesta de actividades provisionales y definitivas se publicarn en la web del centro dentro

    de los plazos establecidos. Segunda quincena de septiembre, las provisionales y definitivas. 4. Para que una actividad o taller se ponga en funcionamiento tendr que haber un mnimo de 8

    solicitudes. 5. En los talleres que son gratis tres faltas sin justificar, conllevar a la baja en dicha actividad o taller. 6. En aquellas actividades o talleres que se ofrezcan dos sesiones semanales, deben especificar en la

    solicitud si optan por una o por las dos sesiones semanales. 7. Durante el mes de octubre, y en casos excepcionales se podr solicitar cambio de actividad o

    taller, siempre y cuando no se perjudique el nmero de alumnos/as en cada grupo. A partir del mes de noviembre las listas se elevan a definitivas.

    8. Cuando un taller o actividad una vez iniciado tenga menos de 8 alumnos/as.. 9. El primer da de cada actividad definitiva los padres o madres tendrn una reunin con los

    monitores correspondientes. 12.- SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DEL CENTRO 12-1: COMEDOR ESCOLAR El comedor del centro se rige por la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de marzo, por el que se regula el servicio pblico de comedores escolares. Lo gestiona una empresa privada. Desde el curso 2009/2010 toda la gestin y el funcionamiento del comedor lo llevan el empresario y la Junta de Castilla y Len. Las cuidadoras las contrata el empresario y sus funciones son las especificadas en la Orden sealada y adems:

    Recoger a los alumnos ms pequeos de sus aulas a las 14:00h y una hora menos en junio y septiembre.

    los alumnos que utilicen espordicamente el servicio debern llamar al 012, tanto para las altas como las bajas.

    Todos los cambios que afecten al servicio de los alumnos debern comunicarlo tambin al 012. 12-2: PROGRAMA DE MADRUGADORES

    El centro presta este servicio a todos los nios/as que quieran hacer uso de l. Para ello deben solicitarlo con antelacin en la secretara del centro.

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    NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

    1. El servicio comenzar el primer da lectivo del curso y finaliza el ltimo da lectivo . 2. Se podr acoger a los nios en tres turnos: a las 7,30 - 8,00 y 8,30 horas. 3. Se podr solicitar con carcter continuado o en das determinados, previo aviso a

    la responsable del programa. 4. Se dispondr de un n de telfono para poder avisar en casos excepcionales. 5. Este servicio se rige por las normas expuestas en la orden de derechos y deberes

    de los alumnos as como las dictadas para el servicio de comedor. 13.- El PLAN TIC EN EL RRI Se requiere establecer en el RRI la utilizacin de los recursos informticos para lograr un aprovechamiento ptimo de los mismos por parte del profesorado, que revierta en la calidad educativa en el trabajo con el alumnado. 13-1: Uso de la red:

    El equipo directivo facilitar los datos de conexin wifi, con el fin de posibilitar la configuracin de dispositivos y uso de los mismos en el centro.

    Los problemas de conexin se comunicarn al coordinador del plan TIC. 13-2: Uso del hardware:

    Las contraseas de los equipos sern puestas por el coordinador TIC del centro y comunicadas al equipo directivo del centro, quien facilitar las mismas al resto del profesorado.

    Cualquier cambio de ubicacin de los ordenadores del centro deber contar con la autorizacin del equipo directivo, previo informe del coordinador TIC.

    El cuidado de los equipos de aula o sala de informtica son responsabilidad del profesor que imparta clase, y cualquier anomala en el material, deber comunicarse al responsable TIC del centro.

    Los equipos se apagarn al finalizar la jornada escolar. 13-3: Uso del software:

    La instalacin de software nuevo se realizar bajo la supervisin del coordinador TIC o del tcnico de mantenimiento de los equipos informticos.

    El profesorado que precise de la instalacin de software especfico, lo comunicar siempre al coordinador TIC, que velar por el cumplimiento de las normas vigentes de derechos de propiedad.

    El coordinador TIC informar siempre al equipo directivo, del software nuevo que se haya instalado.

    13-4: Uso del disco duro:

    Se evitar guardar en el disco duro material que pueda herir la sensibilidad del alumnado.

    Los archivos profesionales que se guarden, evitarn datos personales.

    El coordinador TIC mantendr actualizado el antivirus en la sala de informtica.

    No se guardar documentacin que no est relacionada con situaciones acadmicas y de aprendizaje.

    13-5: Uso de los materiales subidos a Internet:

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    Los materiales relacionados con el alumnado que se suban a internet debern contar con el visto bueno del equipo directivo.

    Los blogs, aulas virtuales, redes sociales o cualquier otro sitio web que surja con finalidad de divulgar o compartir documentos de la actividad educativa del centro, y que requieran uso de contraseas de usuario, debern ser puestas en conocimiento del equipo directivo

    13-6: Mantenimiento de equipos informticos: El centro dispone de un contrato de mantenimiento de equipos informticos para subsanar problemas que se puedan plantear a lo largo del curso. 14.- PROTOCOLOS DE ACTUACIN SEGN NORMATIVA DE CASTILLA Y LEN.

    14.1. Inclusin del Protocolo de Actuacin en supuestos de acoso escolar en centros docentes pblicos de Castilla y Len.

    ORDEN EDU/1071/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el Protocolo de Actuacin en supuestos de posible acoso en centros docentes, sostenidos con fondos pblicos que imparten enseanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y Len.

    14.2. Protocolo de Actuacin en agresiones al personal docente y no docente.

    ORDEN EDU/1070/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el protocolo de actuacin en agresiones al personal docente y no docente de los centros sostenidos con fondos pblicos que imparten enseanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y Len.

    14.3. Protocolo de Actuacin ante situaciones de emergencia en centros escolares.

    Protocolo de Actuacin en situaciones de emergencia en centros escolares (documento en la Direccin del Centro).

    14.4. Gua de actuacin en los centros docentes en los supuestos en el que los progenitores del alumno/a menor no convivan. Consultar aqu. 14.5. Acuerdo marco sobre deberes escolares.

    INTRODUCCIN Teniendo en cuenta el debate que, en diferentes foros socioeducativos ha tenido lugar

    durante los ltimos aos, sobre LA EFICACIA DE LOS DEBRES ESCOLARES. El claustro de profesores, del CEIP COMPOSTILLA ha elaborado los siguientes criterios de

    actuacin despus de haber analizado la gua sobre deberes escolares, publicada por la Junta de Castilla y Len y las pautas marcadas por la Orientadora del centro.

    PAUTAS DE CONCRECIN 1. Las actividades escolares se realizarn preferentemente en clase. La correccin de las mismas

    se harn de forma colectiva en la misma clase que se han propuesto.

    2. Para casa se mandaran tareas que se puedan realizar de forma individualizada por el alumno/a

    sin intervencin familiar y previamente informados con suficiente tiempo de antelacin.

    3. Este tipo de actividades sern aquellas relacionadas con trabajos de investigacin y/o consulta

    u otras actividades relacionadas con la composicin escrita. Se recomienda a las familias que

    todos los das deben dedicar un tiempo a la lectura, segn el nivel en que se encuentre.

    4. Los alumnos/as que durante la clase no hayan finalizado las actividades propuestas deben

    realizarlas en casa y presentarlas al da siguiente.

    http://www.educa.jcyl.es/es/guiasypublicaciones/guia-actuaciones-centros-docentes-supuestos-progenitores-al
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    5. Las actividades propuestas se anotarn en la pizarra, para que las profesoras/es puedan

    comprobar la cantidad de deberes marcados y actuar de forma eficaz en el planteamiento de

    los mismos.

    6. Los alumnos/as, debern anotar sus tareas en su agenda personal y responsabilizarse de las

    mismas.

    7. LOS TIEMPOS:

    Se aconseja que los tiempos dedicados a tareas escolares por curso sean los siguientes: 1 Primaria: 10 minutos 2 Primaria: 20 minutos 3 Primaria: 30 minutos 4 Primaria: 40 minutos 5 Primaria: 50 minutos 6 Primaria: 60 minutos

    Este es el marco de actuacin que el claustro de profesores/as ha fijado en la aplicacin de los deberes escolares, a partir de noviembre de 2017

    15.- DISPOSICIONES FINALES Primera. mbito de aplicacin El presente Reglamento de Rgimen Interior ser de aplicacin en el Colegio Pblico Compostilla. Y entrar en vigor al da siguiente de su aprobacin por la directora del centro. Segunda. Modificacin del R.R.I Teniendo en cuenta los continuos cambios que en materia educativa y legislativa se vienen produciendo en los ltimos aos, este reglamento se ajustar siempre a las leyes dictada