Proyecto de Victor Haro_11 de Mayo de 2015_Avance 1

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FACULTAD DE INGENIERÍA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL PROYECTO DE TESIS “ANÁLISIS DE LOS BENEFICIOS DE LA CONSTRUCCIÓN DE UNA OBRA POR IMPUESTOS, A: EL ESTADO, LA EMPRESA Y LA POBLACIÓN - 2014” AUTOR: HARO VALERIO, Víctor Elmer. ASESORA: Mg. Rojas Silva Víctor Rolando LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: Administración y Seguridad de la Construcción.

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FACULTAD DE INGENIERAESCUELA ACADMICO PROFESIONAL DE INGENIERA CIVIL

PROYECTO DE TESISANLISIS DE LOS BENEFICIOS DE LA CONSTRUCCIN DE UNA OBRA POR IMPUESTOS, A: EL ESTADO, LA EMPRESA Y LA POBLACIN - 2014

AUTOR:HARO VALERIO, Vctor Elmer.

ASESORA:Mg. Rojas Silva Vctor Rolando

LNEA DE INVESTIGACIN:Administracin y Seguridad de la Construccin.

NUEVO CHIMBOTE - PER2015

I. GENERALIDADES

1.1. TTULOANLISIS DE LOS BENEFICIOS DE LA CONSTRUCCIN DE UNA OBRA POR IMPUESTOS, A: EL ESTADO, LA EMPRESA Y LA POBLACION - 2014

1.2. AUTOR:HARO VALERIO, Vctor Elmer.FACULTAD DE INGENIERAEscuela acadmico profesional de ingeniera civil.

1.3. ASESOR Nombre: Erika Mozo Castaeda.Grado Acadmico: Ingeniero Civil.Universidad: Universidad Nacional de Ingeniera

1.4. TIPO DE INVESTIGACIN1.4.1. De acuerdo al fin que se persigue: Aplicada.1.4.2. De acuerdo a la tcnica de contrastacin: orientada a la comprensin1.4.3. De acuerdo al rgimen de investigacin: libre.

1.5. LINEA DE INVESTIGACINAdministracin y Seguridad de la Construccin.

1.6. LOCALIDADDistrito: CoishcoProvincia: SantaRegin: ncash

1.7. DURACIN DEL PROYECTO:Fecha de inicio: Abril 2015Fecha de trmino: Julio 2015

II. PLAN DE INVESTIGACIN

2.1. REALIDAD PROBLEMTICAEn el Per uno de los problemas ms serios que vivimos es el incremento de los niveles de corrupcin en las regiones, como: ncash, Tumbes, Pasco, Cusco y Junn son los que acumulan la mayora de investigaciones fiscales o procesos judiciales, debido principalmente a licitaciones amaadas, obras pblicas sin concluir o pagos no autorizados, malversacin de fondos, entre otros.

Las obras por impuestos, bajo este mecanismo las empresas privadas pagan sus impuestos al Estado a travs del financiamiento de proyectos de infraestructura que permitan el desarrollo de una poblacin. Es decir, en vez pagar impuestos haces obras pblicas por un monto similar: un puente, una posta mdica, una carretera, una plaza, etc. En teora, esta modalidad permite ahorrar tiempo en la ejecucin y entrega de una obra; o sea, le quitas un peso al Estado y adems ganas tiempo al no tener que cruzar la kafkiana burocracia estatal para hacer un parque. Suena bonito, s. Sin embrago, un reciente estudio de la ONG Participacin Ciudadana (2012) ha detectado algunas fallas en este sistema que, al parecer, estaran favoreciendo intereses empresariales nada menos que con dinero del Estado un reciente estudio de la ONG Participacin Ciudadana ha detectado algunas fallas en este sistema que, al parecer, estaran favoreciendo intereses empresariales nada menos que con dinero del Estado.

Las empresas privadas que participan en el mecanismo de Obra por Impuestos (Oxl) incorporan este programa en sus programas de Responsabilidad Social Empresarial (RSE). Qu tiene eso de negativo? Pues que no se ajusta a la verdad, dado que el dinero con el que se desarrolla los proyectos de obras por impuestos es dinero del Estado, no precisamente del privado. Recordemos que es el equivalente de los impuestos, o sea, fondos que pertenecen al Estado. Al final, lo que genera esta prctica es que el Estado termina financiando con el dinero de todos nosotros la buena imagen institucional de una empresa privada.

Otro problema es que las empresas que participan de este mecanismo contratan a sus compaas subsidiarias de manera directa para que ejecuten las obras pblicas. Es decir, la empresa ejecutora de una carretera pertenece a la misma empresa que la financia. Esto revela un claro conflicto de intereses. Dicho de otro modo: yo, empresa privada, tengo este dinero para pagar impuestos al gobierno, pero mejor uso el sistema OxI y hago una pista. Se contrata entonces a una empresa subsidiaria ma para que haga la pista, y le pago. Pero es una empresa ma. Es como pagarme a m, s.Otro aspecto preocupante es que las empresas privadas proponen proyectos que no estn contemplados en la cartera de los gobiernos nacional o subnacionales. Esto les permite desarrollar en primer lugar los proyectos que las benefician y luego aquellos que buscan un mayor beneficio social. Por ejemplo, una minera preferir hacer como obra pblica una carretera de acceso a la mina en lugar de un colegio en una zona no tan cercana. Es una obra pblica, s, pero no precisamente la que necesita la regin en la que esta empresa opera.

Las cifras reflejan una preocupante incidencia deactos irregularesespecialmente en procesos de licitacin, adjudicacin de obras pblicas y contratos conempresas privadas.Esto revela la ineficiencia de las autoridades en la administracin de los recursos que se perciben por parte del canon minero, canon pesquero, a fin de ejecutar obras de infraestructura, que la poblacin necesita, anteponiendo interese particulares, a los intereses de la poblacin, lo que generan obras sin concluir.

En el mbito regional, el caso de corrupcin ha tenido un auge tal que la autoridad mxima (presidente Regional) afronta procesos por sobrevalorizaciones en expedientes y trabajos.Originando que las obras a nivel de la regin se vean afectadas en su proceso de ejecucin, que estn paralizadas, y a falta de obras, generando desempleo en la poblacin del sector construccin civil y esto a su vez genera el aumento de la delincuencia, cobro de cupos, extorciones, etc.Por otro lado desde hace cuatro aos que est en vigencia la ley 29230 deObras por Impuestos, es una norma expedida por el Gobierno peruano que busca acelerar la ejecucin de obras de infraestructura pblica prioritarias en todo el pas.

La Ley permite a una empresa privada, en forma individual o en consorcio, financiar y ejecutar proyectos pblicos elegidos por los Gobiernos Regionales, GobiernosLocales y UniversidadesPblicaspara luego, con cargo a su impuesto a la renta de 3era categora, recuperar el monto total de la inversin. En Chimbote solo se ha logrado culminar 13 proyectos por un monto de treinta y seis millones, ya que las empresas privadas, existe cierta incertidumbre en que si lograran la recuperacin del total de su inversin, tal y como dice la norma, por otra parte se reconoce la necesidad de difundir y promover ampliamente la norma.

Para el distrito de Coishco, actualmente se est ejecutando la obra mejoramiento del servicio deportivo del estadio municipal de Coishco bajo esta modalidad, en la cual existe ya un retraso en cuanto a los avances que debera presentar dicha obra, por casos la inmersin de sindicatos de construccin civil enfrentados, que han cambiado el badilejo por el revlver, la lampa por la escopeta. Las amenazas contra dirigentes, cobro de cupos, personal presente en campo que est presente pero su rendimiento no est dentro de los parmetros establecidos en la CAPECO (Cmara Peruana de la Construccin), que no se les puede despedir porque estn impuestos por el sindicato .

Despus de abordada esta realidad problemtica surgen las siguientes interrogantes de investigacin:Cmo las empresas privadas planifican y ejecutan obras por impuestos en la ciudad de Chimbote?Qu beneficios se obtienen de las obras por impuestos en la ciudad de Chimbote para el Estado?Qu beneficios se obtienen de las obras por impuestos en la ciudad de Chimbote para las regionales o locales de construccin?Qu beneficios se obtienen de las obras por impuestos en la ciudad de Chimbote para la poblacin?

2.2. FORMULACIN DEL PROBLEMA Cmo analizar los beneficios de la construccin de una obra por impuestos, a: el estado, la empresa y la poblacin en la ciudad de Chimbote en el ao 2014?

2.3. OBJETIVOS 2.3.1 General Analizar los beneficios que generan las obras ejecutadas, bajo la modalidad de Obras por Impuesto, al Estado, a la Empresa que ejecuta y a la Poblacin beneficiada por estas obras en la ciudad de Chimbote en el ao 2014.

2.3.2 Especficos Analizar los procesos de planificacin y ejecucin de las obras por impuestos en la ciudad de Chimbote-2014. Caracterizar los beneficios que se obtienen de las obras por impuestos en la ciudad de Chimbote para el Estado en el ao 2014. Caracterizar los beneficios que se obtienen de las obras por impuestos en la ciudad de Chimbote para las empresas regionales y locales de construccin en el ao 2014. Caracterizar los beneficios que se obtienen de las obras por impuestos en la ciudad de Chimbote para la poblacin beneficiaria por estas obras en el ao 2014.

2.4. ANTECEDENTES:

Antecedente.Autor: Arturo Delgado VizcarraTtulo: Anlisis y evaluacin de la legislacin sobreObras por impuestosObjetivo General: evala la norma sobre obras por impuestos Desde un punto de vista de gestin, observa sus resultados y plantea algunas medidas para mejorarlos aprovechando las potencialidades del Sector Privado.Conclusin: Es evidente que la norma sobre obras por impuestos no ha cumplido su propsito, pero teniendo presente que la intencin de impulsar la inversin en infraestructura es positiva, debe rescatarse la idea y reformar la Ley para que cumpla su cometido.La reforma se plantea bajo la ptica de conocer y reconocer el mercado, entendiendo la diversidad de intenciones y empresas que existen en el mismo y utilizando sus capacidades de innovacin.Igualmente, debe evitarse caer en los paradigmas de la gran empresa o la gran obra para pasar a una apertura donde tengan cabida la empresa pequea y mediana y proyectos que vayan ms all de la infraestructura. Finalmente, sin perjuicio de las renovaciones planteadas el Estado deber apoyarse en el SNIP para efectos de las revisiones de cada proyecto

Antecedente.Autor: Aida Pacheco, Sub Directora Direccin de Inversiones DescentralizadasTtulo: Ley 29230 Tus impuestos Hacen Obras Aida PachecoObjetivo General: Dar la oportunidad a la empresa privada de ejecutar obras de infraestructura pblica, descontando el monto de inversin del proyecto, de su Impuesto a la Renta.Conclusin: Adelanta recursos financieros, que le son descontados en varios aos al culminarla obra. Contribuye a simplificar procedimientos para ejecutar obras. Contribuye a aumentar el dinamismo econmico local, Mejora la eficiencia de sus programas de responsabilidad social y de imagen corporativa, Vincula directamente impuestos con obras de impacto local, Acelera obras que podran elevar la competitividad local y de la empresa.

2.5. JUSTIFICACIN La finalidad de realizar esta investigacin es conocer cmo se da la ejecucin de obras bajo la modalidad de obras por impuesto, los impuestos que constituyen los ingresos, que se perciben, provenientes del canon: por impuesto a la renta, regalas, derechos de pesca, derecho de aprovechamiento de recursos forestales. En realizar, acelerar la ejecucin de obras de infraestructura que la sociedad necesita, se est optando por ejecutar obras bajo la modalidad de obras por impuesto.

Con la finalidad de continuar avanzando en la promocin de la inversin privada en beneficio de la poblacin para que se realicen obras de manera rpida y gil, sin necesidad que los gobiernos regionales, nacionales estn ejecutando obras de manera directa o indirecta, ahora la presente investigacin se justifica por la importancia de conocer el proceso que se sigue en la ejecucin de una obra por impuesto, que empresas estn hbiles para realizarlas, que atribuciones se toman estas empresas y los beneficios, en qu manera se benefician: el Estado, la Empresas y la Poblacin.

El campo de aplicacin se da a nivel del sector de construccin civil, permitiendo que se acelere la ejecucin de obras pblicas y a la vez se reduzcan los niveles de corrupcin, y mejorar la inversin de los impuestos en obras acorde con la necesidad de la poblacin beneficiaria.

2.6. MARCO TERICO 2.6.1.1. EL ESTADO.2.6.1.1.1. DefinicinLas definiciones de Estado son innumerables. La mayora de tericos reconocen aquella que seala que existe Estado all donde se renen territorio, poblacin y poder.Por territorio se entiende el espacio fsico sobre el cual habita la poblacin. Puede o no ser continuo geogrficamente, puede ser continental o insular, pero necesariamente debe ser permanente. La poblacin es el conjunto de seres humanos que compone el Estado.

En algunos casos se encuentra alguna homogeneidad tnica, racial o religiosa, sin embargo sta no es condicin esencial de la poblacin de un Estado.El elemento de poder es tal vez el que ms dificultades tericas presenta. Algunos reemplazan la palabra poder por capacidad de autogobierno, soberana o independencia. En cualquier caso, la idea central es que el Estado est en capacidad -por lo menos jurdica, ms no siempre Prctica- de organizar a la poblacin y el territorio, incluso mediante el uso de la fuerza, si fuera necesario. Un Estado se considera soberano en la medida en que sea capaz de con vertirse en destinatario de derechos y obligaciones jurdicas con otros Estados.

Hoy en da, el elemento de poder ya no implica solamente el mantenimiento del orden como lo era en un inicio-, sino la persecucin de determinados objetivos de inters pblico, como pueden ser la satisfaccin de necesidades de la poblacin, la asignacin de derechos, la vigilancia del correcto funcionamiento del mercado, etctera.

2.6.1.2. Replanteamiento del papel del Estado: Que le corresponde y que no le corresponde hacerExisten diversos enfoques sobre cul debe ser el papel del Estado, con mayores o menores grados de intervencin. Para nuestro propsito, partiremos de un enfoque de economa institucional que concibe al Estado como un conjunto de instituciones pblicas de la sociedad, las cuales conforman reglas de juego y los mecanismos de imposicin correspondientes[footnoteRef:1] [1: GUERRA -Garca, Gustavo. La reforma del Estado en el Per. Pautas para reestructurar el Poder Ejecutivo, Agenda Per. Lima. Per, 1999, Pg. 27]

Estas reglas de juego pueden ser formales o informales. Las formales son las leyes, reglas polticas y judiciales, reglas econmicas y todos los procedimientos regulados de solucin de controversias. Las informales estn referidas ms bien a actitudes y normas de conducta no escritas cuyo desarrollo est determinado por la estructura de valores de la sociedad. Las instituciones (reglas de juego y sus mecanismos de imposicin).

2.6.1.3. Replanteamiento del papel del Estado: Que le corresponde y que no le corresponde hacer.Definen el conjunto de oportunidades al alcance de los individuos y de las organizaciones de una sociedad. Desde este enfoque, las organizaciones son todas las agrupaciones que son creadas por individuos que tienen algo en comn. As, diversas instituciones coexisten en la sociedad e interactan desarrollando una lucha permanente tanto a nivel interno como externo. En este segundo mbito, pugnan por el poder poltico y econmico, es decir, por hacer prevalecer los intereses de sus miembros o de quienes los representan.

La economa institucional plantea que la existencia de instituciones, si bien no resuelve los problemas, los simplifica. Las interacciones entre las diferentes organizaciones pueden generar un marco institucional estable, aunque no necesariamente eficiente. Una vez establecidos los incentivos generales (marco legal), los resultados en la sociedad a nivel e asignacin de recursos, dependen en gran medida de la calidad de la gerencia y de la cultura de las diferentes organizaciones de la sociedad. En este contexto, cul es el rol que debe cumplir el Estado en la sociedad? No existe uniformidad respecto de ello. Sin embargo, existe concordancia respecto a las importantes limitaciones del sector privado para satisfacer ciertas necesidades bsicas sociales, pero tambin se reconoce que hay tareas que el Estado no debera ejecutar directamente y que ms bien, el indicado es el sector privado al ser ms eficiente.Desde esta perspectiva, se distinguen hasta tres reas de actuacin del Estado[footnoteRef:2]: a) actividades exclusivas; b) servicios sociales y cientficos del Estado; y, c) la produccin de bienes y servicios para el mercado. Para cada una de estas reas se debe distinguir a la vez, cules son actividades [2: PEREIRA, Bresser. Reforma del Estado en los aos noventa: lgica y mecanismos de control, en Democracia de Dficit (Cap. V)]

Principales (core activities) y cules son auxiliares o de apoyo. Para Pereira (s.f.), la definicin de cules son exclusivas del Estado deriva de la propia definicin de lo que sea esta institucin, es decir, tal y como se ha sealado, polticamente es la organizacin burocrtica que ejerce

El poder externo sobre la sociedad civil existente en su territorio. En otras palabras, es quien ostenta el poder para legislar, establecer sanciones e impuestos, asegurar el orden interno, promover el desarrollo, etc.[footnoteRef:3] [3: PEREIRA, Bresser. Reforma del Estado en los aos noventa: lgica y mecanismos de control. En: Democracia de Dficit (Cap. V). 2012. ]

2.6.1.4. Roles del Estado en un mundo globalizadoDesde los inicios del Estado, ste ha pasado por diversas crisis (del mercado o del Estado)9 que han conllevado a su redefinicin respecto a cul es la intervencin que debe cumplir en la sociedad. Las grandes crisis por las que han pasado los Estados en el ltimo siglo se han debido, ya sea por el mal funcionamiento del mercado o por la disminucin en la capacidad del Estado para intervenir.La Gran Depresin de la dcada de los aos treinta se origin por el mal funcionamiento del mercado. En ese momento, el mercado estaba en total libertad mientras que se parta que el Estado deba garantizar los derechos de propiedad y la ejecucin de los contratos, sin los cuales el mercado no poda constituirse. El Estado fue incapaz de adoptar polticas econmicas viables luego que cae el nivel de produccin agregada y se disparan los ndices de desempleo con posterioridad a la primera guerra mundial.

La crisis del Estado Liberal da lugar al surgimiento del Estado social burocrtico: social porque se reconoce que el Estado debe garantizar los derechos sociales y el pleno empleo; y, burocrtico, porque ste cumple su funcin mediante la contratacin directa de burcratas. Los Estados eran relativamente cerrados y autrquicos en el sentido que cada quien produca lo que se consume a nivel interno y, el Estado tiene una participacin amplia en el plano econmico y social, siendo un prestador importante de servicios.

Los Estados, para poder sobrevivir deban ser competitivos y esto implicaba mejorar la asignacin de recursos existentes y aumentar la eficiencia de la produccin. Una consecuencia adicional que tuvo la globalizacin fue la prdida relativa de autonoma del Estado, en la medida que su capacidad para formular polticas macroeconmicas nacionales y proteger la economa del contexto internacional se vio reducida.En este marco se produjo una crisis fiscal al ser el Estado incapaz de ajustar sus gastos y financiar las polticas pblicas. La respuesta a la crisis fue el replanteamiento del rol que el Estado deba cumplir en la sociedad. Por ello se plantean reformas neoliberales que implicaban privatizar, liberalizar, desregular, flexibilizar mercados de trabajo y descargar del Estado todas aquellas funciones vinculadas con intervenciones en el plano econmico y social.

Sin embargo, a finales del siglo XX se determina que no se trataba de volver al Estado liberal de principios de siglo, sino de transitar a un Estado que actuara como regulador y facilitador del desarrollo. El Estado debe ser social-liberal porque debe continuar protegiendo los derechos sociales y promoviendo el desarrollo econmico; a la vez que usa los controles del mercado y disminuye los administrativos, promueve los servicios sociales y cientficos y flexibiliza los mercados de trabajo. El Estado que surge est dirigido hacia la ciudadana. Se busca que las personas sean ms conscientes de sus derechos individuales y queParticipen activamente. Esto se observa en la institucionalizacin de mecanismos que permiten la participacin ciudadana, dndose una democracia ms directa.

2.6.1.4.1. ORGANIZACIN DEL ESTADO PERUANO. Estado Unitario descentralizado: Poderes y niveles de gobiernoLa organizacin del Estado en general responde al principio de divisin de poderes. Ante el poder absoluto y total del soberano, con Montesquieu como vocero, se sostiene que la nica forma de controlar el poder es con otro poder de igual dimensin y naturaleza (solo el poder detiene al poder) y, por tanto se afirma que el poder del Estado tiene que dividirse en tres: el Legislativo, que es el que da las normas generales; el Ejecutivo, que es el que aplica las normas y conduce la accin del gobierno; y, el Judicial, que est orientado a resolver losConflictos que se presentan en la sociedad entre individuos, y entre ellosy el Estado mismo. Estos poderes adems deben controlarse entre s. La divisin de poderes en el Estado Peruano es de dos tipos: horizontal en el que se establecen tres poderes que se controlan entre s (Legislativo, Ejecutivo y Judicial); y, vertical en donde el poder se redistribuye en tres niveles de gobierno (Central, Regional y Municipal).

La indivisibilidad del poder estatal se mantiene a pesar de la distincin entre las actividades estatales y la existencia de varias competencias polticas y administrativas (descentralizacin, desconcentracin) que no alteran la unidad funcional.

Adems, la organizacin estructural del Estado se torna ms compleja al incorporarse rganos constitucionalmente autnomos que cumplen importantes funciones y ejercen control en forma recproca.

El Poder Ejecutivo es la organizacin del gobierno nacional puesta al servicio de los intereses de la Nacin y que ejerce las funciones de gobierno del pas: est conformado por la Presidencia de la Repblica, el Consejo de Ministros, Ministerios, Organismos Pblicos Descentralizados, proyectos, programas, empresas de propiedad del gobierno nacional. Adems, estn los organismos constitucionalmente autnomos y los reguladores.

2.6.1.5. Poder Legislativorgano poltico colegiado integrado por 120 personas elegidas democrticamente por un perodo de 5 aos. Consta de una Cmara nica. El Congreso es el lugar principal y pblico del debate poltico en el que las opiniones y actuaciones de los representantes trascienden a la sociedad civil para que los electores estn suficientemente informados y as se formen opinin y voten con criterio propio y conocimiento de causa. Es un rgano deliberante porque no solo discuten y debaten opiniones, posiciones o incluso las formas fundamentales de organizacin de los grupos humanos, sino que adems, permiten la posibilidad real de su implementacin a travs de decisiones polticas. El Congreso cuenta con diversos instrumentos para servir de contrapeso poltico y fiscalizar a la administracin pblica.[footnoteRef:4] [4: Entre los instrumentos de fiscalizacin del Congreso se encuentran: i) Investidura del Primer Ministro; ii) Interpelacin a los miembros del Consejo de Ministros; iii) Estacin de preguntas y respuestas; iv) Mocin de censura y cuestin de confianza; v) Procedimiento de investigacin; vi) Procedimiento de acusacin constitucional; vii) Procedimiento de control sobre la legislacin delegada, entre otros. Constitucin Poltica del Per. Edicin oficial (1993) y Reglamento del Congreso de la Repblica. Edicin oficial (2001).]

Les est prohibido desempear cualquier cargo o ejercer Cualquier profesin u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso. Su mandato es incompatible con el ejercicio de cualquier otra funcin pblica, excepto la de Ministro de Estado yEl desempeo, previa autorizacin del Congreso, de comisiones extraordinarias de carcter internacional.

El Estado en el Per ha seguido una lgica centralista, sea bajo un modelo primario exportador o bajo el proteccionismo industrial, sustitutivo de importaciones. Los cambios en la sociedad peruana han puesto en tela de juicio la capacidad del Estado para enfrentar las diferencias sociales, los mercados internos pequeos, la existencia de mercados empresariales poco competitivos, entre otros, que si bien requiere de una intervencin estatal importante no es suficiente para alcanzar el desarrollo sostenido del pas.La escasez de los recursos pblicos que se asignan en un presupuesto con rigideces[footnoteRef:5] plantea la necesidad de priorizar y redimensionar las obras conforme a las posibilidades del Estado, es por ello que la participacin de la sociedad civil en la toma de decisiones para la formulacin del presupuesto respecto a donde se deben invertir los recursos constituye un paso importante. Sin embargo, tambin se requiere un rol ms dinmico del Estado en la promocin de competitividad que impulse la promocin de inversiones privadas y la integracin econmica, cadenas de valor, entre otras, en regiones ms all de Lima. La reforma planteada que implica la convergencia de un gobierno nacional con nuevos centros de ejercicio del poder poltico y administrativo (gobiernos regionales y municipales) tiene como un objetivo ir superando el enfoque centralista, para dar curso a una disminucin de brechas en el desarrollo urbano y rural, una mejora en la oferta de servicios pblicos y de la actividad econmica para superar los niveles de pobreza concentrados en la actualidad en poblaciones regionales y locales, especialmente las rurales; as como una Desconcentracin de poder poltico y econmico. [5: Aproximadamente de la totalidad del presupuesto pblico, el 23% es para la deuda externa, el 65% para el pago de sueldos y pensiones, lo que dejan un espacio de poco ms de 10% para toda la inversin pblica. Zavala, Vernica (2003). Ciudadanos por un buen gobierno. La descentralizacin: una oportunidad para el desarrollo y la gobernabilidad. Lima, Per.]

2.6.1.6. Poder JudicialLa potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a travs de sus rganos jerrquicos. El Poder Judicial est integrado por rganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre de la Nacin y por rganos que ejercen su gobierno y administracin. Los rganos jurisdiccionales son: la Corte Suprema de Justicia y las dems cortes y juzgados que determine su ley orgnica.No son revisables en sede judicial las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones en materia electoral ni las del Consejo Nacional de la Magistratura en materia de evaluacin y ratificacin de jueces. Las autoridades de las comunidades campesinas y nativas, con el apoyo de las rondas campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su mbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona.

2.6.1.7. Organismos AutnomosLa Constitucin de la Repblica establece rganos autnomos[footnoteRef:6] , que no son parte de ningn poder del Estado, cuyos titulares responden directamente ante el Congreso y a la opinin pblica. En la mayor parte de estos organismos, los procedimientos de designacin contemplan la intervencin del Poder Ejecutivo, Legislativo y, en algunos casos, el Poder Judicial. Una vez designado, los titulares o directores son inamovibles por perodos de tiempo o condiciones (edad) predeterminadas. As son rganos constitucionalmente autnomos el Tribunal Constitucional, la defensora del Pueblo entre otros. [6: Los rganos constitucionalmente autnomos son: Banco Central de la Reserva, Superintendencia de Banca y Seguros, Tribunal Constitucional, Ministerio Pblico, Consejo Nacional de la Magistratura, Defensor del Pueblo, Sistema Electoral (Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro de Identificacin) y Contralora General de la Repblica.]

2.6.1.8. Gobiernos Regionales y LocalesEl Per cuenta con 24 Departamentos o circunscripciones poltico administrativas, gobernados por 26 gobiernos regionales (Lima cuenta con dos Gobiernos Regionales, Lima Metropolitana y Lima Provincias, y la Provincia Constitucional del Callao cuenta con un Gobierno Regional propio). Los Departamentos estn conformados por 195 provincias y stas, a su vez, por 1.634 distritos.El Gobierno Regional es ejercido por el Presidente Regional, de acuerdo a las competencias, atribuciones y funciones que le asigna la Constitucin, la Ley de Bases de Descentralizacin y la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales. Cuentan con autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su mxima autoridad administrativa. Los Gobiernos Locales cuentan con el mismo nivel de autonoma que el de las Regiones de acuerdo a la Ley Orgnica de Municipalidades.

2.6.1.9. DescentralizacinEl objeto de la descentralizacin es lograr un Estado en el que las decisiones polticas, y especialmente de gasto, se tomen lo ms cerca posible a la poblacinQue se va a beneficiar de ellas. El estilo de gestin actual tiende a la participacin ciudadana, para lo cual es necesario descentralizar, crear transparencia de los actos pblicos, desburocratizar, favorecer todas las formas de cogestin con la ciudadana, activar igualmente instituciones de participacin permanente como los referndum, ir hacia sistemas polticos que hagan madurar crecientemente a la ciudadana y favorezcan la organizacin y expresin de la sociedad civil por tanto, las metas que trae consigo un proceso de descentralizacin son las siguientes:

Profundizar la democracia: La descentralizacin combina la democracia representativa y la participativa para reconocer las prioridades locales de los ciudadanos y estimular su voluntad de contribucin a la provisin de servicios pblicos. Ello se da a travs de: o elecciones locales y regionales o mayor participacin ciudadana o mejor respuesta a las demandas ciudadanas

Prestacin de servicios pblicos ms eficientes: se refiere a la eficiencia en la asignacin de recursos y en la produccin de los servicios.

Equidad inter-regional y entre personas: La descentralizacin puede acentuar las diferencias entre regiones ricas y regiones pobres. Para prevenir este resultado y conseguir redistribucin inter-regional se pueden introducir transferencias compensatorias. La descentralizacin busca tambin la distribucin inter-individual, generalmente con transferencias condicionadas o de destinacin especial.

Estabilidad macroeconmica: Para poder cumplir con dichas metas es necesario que al momento de establecer la distribucin de tareas entre niveles de gobierno se sigan los siguientes principios y criterios: Asimismo, para el xito de un proceso de descentralizacin es necesario que se defina cmo se debe desarrollar el mismo, encontrndonos en este caso ante la descentralizacin administrativa. sta supone no un simple cambio de autoridad, sino tambin la redistribucin de responsabilidad y financiamiento para proveer servicios pblicos entre diferentes niveles de gobierno.

En tal sentido, se trata ms bien de un cambio de centros de poder y toma de decisiones, con el fin de adecuar los servicios del Estado a las necesidades regionales. Esto conlleva la modificacin de las formas en que se prestan dichos Servicios, cambios en las prioridades polticas de asignacin de recursos, etc. De No incorporarse estos elementos en el diseo e implementacin de los procesos De transferencia de funciones, el Estado se acerca ms y ms a la posibilidad de 14 La descentralizacin administrativa es la transferencia de responsabilidades sede el nivel central hacia otras agencias (dependientes, semi autnomas, autnomas), territorialmente organizadas, o autoridades autnomas.

Caer en un sistema de prestacin de bienes y servicios pblicos costoso e ineficiente, siendo eso lo que se esperaba evitar con los principios de gradualidad, provisin, neutralidad fiscal y separacin de funciones, incorporados en la legislacin. 15 A la fecha se han trasladado.

La descentralizacin es el proceso mediante el cual se traslada la responsabilidad de ejercer la rendicin de cuentas desde el gobierno nacional hacia los constituyentes locales.

La desconcentracin consiste en trasladar las facultades de decisin a algunos organismos de la administracin, pero mantenindose la relacin jerrquica entre el rgano que transfiere la facultad y el que la ejecuta. La descentralizacin se inici con la reforma de la Constitucin y con la publicacin de la ley de Bases de Descentralizacin en el ao 2001. Con ello, el gobierno del Per ha pasado a dividirse en tres niveles: Nacional regional, y local.A cada uno se le han asignado funciones y competencias especficas, las cuales estn siendo transferidas del gobierno central al respectivo gobierno regional o local conforme a un cronograma.

2.6.2. EMPRESA2.6.2.1. Definicin de empresaLos rganos constitucionalmente autnomos son: Banco Central de la Reserva, Superintendencia de Banca y Seguros, Tribunal Constitucional, Ministerio Pblico, Consejo Nacional de la Magistratura, Defensor del Pueblo, Sistema Electoral (Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro de Identificacin) y Contralora General de la Repblica. Existen diversos conceptos acerca de la empresa: el literal, el administrativo, el jurdico, el contable y el econmico, entre otros; desde el punto de vista administrativo:

La empresa es la unidad econmico-social en la cual a travs del capital, el trabajo y la coordinacin de recursos se producen bienes y servicios para satisfacer las necesidades de la sociedad.[footnoteRef:7] [7: MNCH, Lourdes. Administracin, Escuelas, proceso administrativo, reas funcionales y desarrollo emprendedor. Mxico: Pearson Educacin, 2007.]

Partiendo del hecho de que la empresa es una comunidad de trabajo, se deducen las siguientes caractersticas de la empresa:- asociacin de personas;- unidad de propsitos;- lealtad entre los integrantes de la empresa;- subordinacin de los valores econmicos a los de orden moral y humano.

A partir de estos elementos, la empresa se puede definir como una comunidad de trabajo que cumple con la finalidad de proveer de riqueza al pas y de hacer que los hombres vivan en las mejores condiciones posibles.Sintticamente, estas caractersticas se pueden simplificar as:Empresa = Capital +Direccin+ TrabajoLa empresa es una manifestacin de trabajo colectivo, un conjunto de esfuerzos armonizados para la realizacin de un fin comn.

2.6.2.2. Los elementos de la empresaLos principales elementos integrantes de la empresa son: financieros, econmicos, tcnicos y humanos.[footnoteRef:8] [8: AMARU, Antonio. Fundamentos de Administracin. Teora general y proceso administrativo. Mxico: Pearson Educacin, 2009. ISBN: 978-970-26-1511-8]

a) Los elementos financieros. La financiacin tiene por objeto dotar a la empresa de los capitales necesarios para su creacin y funcionamiento. De acuerdo a las caractersticas fundamentales de la empresa, existen diferentes formas de financiacin: las empresas privadas o pblicas pueden apelar a la autofinanciacin, al aumento de capital o a crditos a medio y largo plazo; Los organismos semipblicos son financiados por subvenciones (recursos otorgados a estas instituciones con el fin de compensar o fomentar una actividad determinada); Los organismos pblicos pueden recurrir a los impuestos o a la inflacin de tasas para financiar determinados servicios pblicos as como a la emisin de emprstitos (crditos); Las pequeas empresas, al ser los propietarios los que aportan el dinero, pueden financiarse con el propio capital o tambin en parte con crdito bancario.

As pues, se deduce que las fuentes de financiacin de la empresa pueden ser ajenas o propias.El objetivo de la financiacin es el siguiente:1) adquisicin de los fondos necesarios para obtener los bienes de equipo, elementos bsicos y servicios que necesita la empresa para poder funcionar;2) con todos los bienes adquiridos, llegar a obtener una rentabilidad;3) ejercer un control de la gestinfinancierapara poder llegar a tener una independencia financieray autonoma frente a terceros (acreedores, bancos, etc.).

b) Los elementos econmicos. El elementoeconmicodebe analizar toda la gama de bienes, derechos y obligaciones que aparecen en la empresa, tanto de los bienes que se adquieren y de los medios para su transformacin y distribucin como de los recursos financieros que lo hacen posible.

Los elementos econmicos tienen tambin otra funcin, que es la de implantar una estructura que adems de dar resultados positivos, ayude a detectar situaciones externas que puedan influir en la empresa (nuevas polticas, tecnologas, y evolucin del mercado, etc.) y detectar las amenazas del entorno para que no influyan negativamente en las llamadas debilidades del potencial de la empresa. En definitiva, la empresa debe poder elaborar unas estrategias ofensivas (aprovechar oportunidades del entorno) y defensivas (contrarrestar las amenazas).

Para obtener un beneficio y sacar el mejor provecho de la actividad empresarial, el funcionamiento de todos los elementos tiene que ser igualmente eficaz, porque el fallo de alguno de stos afectara al resultado final, que es el beneficio.Esto significa que debe existir una investigacin constante, tanto de la parte interna de la empresa como de su entorno externo, que puede incidir directamente en sus resultados.

c) Los elementos tcnicos. Los elementos tcnicos de la empresa siempre se asimilan con la productividad, porque constituyen el instrumento principal de cara a conseguir el objetivo de la empresa, que es el beneficio.

La tecnologa cada da requiere una mayor especializacin y por este motivo las empresas deben estar ms informadas y adoptar constantemente los mejores medios tcnicos, los que generan una mayor productividad.

La divisin del trabajo permite dividir las operaciones que se realizan en una empresa por secciones, en las que participan lasmquinas, los operarios y los materiales necesarios para convertir unamateria primaen un producto final.Al hablar de productividad se debe hacer mencin de otros condicionantes del producto final entre los que merecen destacarse calidad, precio y coste.

Deben existir unos controles para poder obtener un buen resultado: control de materiales, control de calidad, mantenimiento, reparacin de instalaciones, desarrollo del producto, estudio del producto, planificacin de la produccin, etc.Las personas que tienen la responsabilidad de hacer cumplir las anteriores actividades dentro de un rea de produccin en donde participan los medios tcnicos son el director de fbrica, el director de ingeniera y el director de investigacin, cuyas funciones son plantear y dirigir las actividades, fijar las directrices y caminos a seguir, y formular los programas de investigacin y desarrollo.

d) Los elementos humanos. Al hablar de elementos humanos en una empresa, se habla en realidad de una estructura organizativa de la empresa. sta nunca se considera como esttica, sino de tipo dinmico, porque exige continuos cambios humanos para asegurar la estabilidad de la empresa.

Las caractersticas bsicas que estn presentes en una estructura humana pueden ser: facilitar el desarrollo de las actividades de la empresa; adaptarse al continuo cambio que sufre la empresa; dar a conocer y hacer partcipes de los objetivos y polticas en su conjunto a todos los miembros de la empresa; respeto a las autoridades jerrquicas y cumplimiento del reglamento de trabajo.

Toda estructura empresarial implica unas personas que la integran. stas forman un grupo de trabajo guiado por unas reglas y normas que regulan su funcionamiento, su actitud y su responsabilidad, y cuya actuacin reflejar la situacin social de la empresa.La vida laboral de una persona en la empresa atraviesa por tres etapas. La primera, comprendida entre los 16 aos (edad mnima en Espaa para poder trabajar) y los 21, es de aprendizaje. La segunda etapa comprende desde los 22 aos hasta los 45, en donde se adquieren plenamente los conocimientos de la profesin u oficio. Y la tercera etapa, comprendida entre los 46 y los 65 aos, es considerada como la fase en la que se realiza la plena aplicacin de los conocimientos adquiridos.

2.6.2.3. Clasificacin de las empresasLas empresas pueden clasificarse en funcin de distintas caractersticas:[footnoteRef:9] [9: AMARU, Antonio. Fundamentos de Administracin. Teora general y proceso administrativo. Mxico: Pearson Educacin, 2009. ISBN: 978-970-26-1511-8]

Por su aspecto jurdicopueden ser individuales o sociales; stas a su vez pueden ser colectivas, comanditarias, de responsabilidad limitada, annimas o cooperativas.Por su carctereconmico, es decir, por la propiedad del capital, pueden ser pblicas o privadas.Por su actividad econmicase clasifican en productivas, comerciales y de servicios.Por su finalidadpueden ser lucrativas o no lucrativas,

Las empresas segn su aspecto jurdicoPor su naturaleza jurdica las empresas pueden ser individuales y sociales.

Empresas individuales. Pertenecen a un solo empresario y ste asume toda la responsabilidad de su gestin con todo su patrimonio. Mantiene un capital limitado, est sujeto a las leyes del comercio y del Estado y debe llevar una identificacin de responsabilidad propia bien definida.

Empresas sociales. La sociedad permite reunir un grupo de personas con una finalidad comn: la explotacin de una empresa. De esta forma es posible repartir el capital, el riesgo y la actividad entre varias personas o socios. Estas sociedades se clasifican en: Personalistas, en las cuales los socios llevan personalmente la gestin social y responden de forma personal de las deudas (sociedades colectivas y comanditarias);1. Capitalistas, que limitan la responsabilidad de los socios a lo efectivamente aportado o comprometido (sociedades annimas, sociedades de responsabilidad limitada);1. Cooperativas, que se constituyen por la mutua ayuda entre sus socios.

A continuacin se describe ms detenidamente cada una de estas sociedades: - Sociedad colectiva. Acta en nombre colectivo y bajo el principio de responsabilidad personal e limitada. La participacin en las ganancias es de acuerdo a las aportaciones de cada socio. La persona a quien se confiere la administracin de la sociedad ser quien debe llevar a cabo todo tipo de gestiones y contratos con terceros. La razn social puede ser el nombre y apellidos seguidos de y Compaa S.C.- Sociedad comanditaria. En ella existen dos tipos de socios: los colectivos, que responden en forma limitada, y los comanditarios, que lo hacen en forma limitada. La sociedad acta, bajo nombre colectivo. Es una sociedad de carcter personalista. Los socios comanditarios no tienen derecho a participar en la gestin de la sociedad, sta la realizan los socios colectivos.

- Sociedad annima. Es una sociedad capitalista que, teniendo un capital propio dividido en acciones, funciona democrticamente y bajo el principio de no responsabilidad limitada de los socios. Los socios tienen derecho a participar en las ganancias (dividendos) fijadas por la junta de accionistas y tienen la obligacin de realizar la aportacin de capital (dividido en acciones). Los socios tampoco participan directamente en la gestin de la sociedad. En la razn social el nombre de la compaa va seguido de las siglas S.A.

- Sociedad limitada. En ella, el capital no puede ser superior a una cantidad determinada (50 millones, en Espaa), est dividido en participaciones y sus socios no pueden ser ms de un nmero determinado (50 en Espaa). Tampoco responden de forma limitada por las deudas. Es una sociedad tpica de pequeas y medianas empresas. Los socios tienen derecho a un dividendo proporcional a su participacin. En el momento de constituirse la sociedad, se debe hacer la aportacin total del capital. La razn social es el nombre de la compaa seguido de Soc. Lima.

- Sociedad cooperativa. Se constituye por la mutua asociacin de sus socios para satisfacer sus necesidades econmicas.

Las empresas segn su carcter econmicoSegn este apartado las empresas pueden ser pblicas y privadas. La empresa puede estar formada por personas particulares o privadas o estar constituida por un grupo de personas o entidades de carcter pblico.

Empresas pblicas. En lneas generales las empresas pblicas son aquellas que pertenecen al Estado, Comunidad Autnoma, Ayuntamientos, Diputaciones o a algn otro tipo de organismo pblico. En la mayora de los pases esta figura de empresa pertenece a numerosos sectores productivos: actividades agrarias e industriales (siderurgia, minera), servicios, comunicaciones, finanzas (cajas y bancos), servicios pblicos (gas y electricidad). La existencia de la empresa pblica es una necesidad de la economa de un pas para garantizar el crecimiento econmico, mediante la actuacin en sectores estratgicos, la consecucin de un estable nivel de empleo y precios y una equitativa distribucin de renta. La experiencia ha demostrado que las empresas pblicas suelen ser menos competitivas que las privadas, ya que presentan debilidades organizativas derivadas de su situacin monopolista en el mercado.Empresas privadas. Estn integradas por personas particulares o privadas, y poseen la caracterstica fundamental de la existencia de un estmulo, que es el inters privado o beneficio.

Las empresas segn su actividad y su finalidad econmicasSegn la actividad las empresas se pueden clasificar en productivas, comerciales y de servicios. Estas actividades se describen al tratar de los sectores productivos.Por su finalidad, pueden ser lucrativas y no lucrativas. Las primeras persiguen la obtencin de un beneficio para sus socios. Las segundas no persiguen el lucro, como, por ejemplo, las fundaciones, las cajas de ahorro, cuyos excedentes o ganancias estn destinados a obras de carcter social.

Organigrama empresarialEl organigrama empresarial es la representacin grfica de la estructura organizativa de una empresa. Los organigramas pueden confeccionarse de forma vertical, representando los puestos de trabajo de la organizacin de arriba abajo en funcin del nivel de mando; de forma horizontal, en que aquellos estn representados de izquierda a derecha; y, circularmente, cuando el mando se coloca en el centro. Las principales ventajas de los organigramas son que definen las funciones y relaciones de los distintos rganos de la empresa. Sin embargo, tambin presentan algn inconveniente, como puede ser la excesiva simplificacin de la informacin que contienen. Dado que las empresas suelen estar siempre en un continuo proceso de cambio a fin de adaptarse a las modificaciones del entorno, los organigramas han de ser revisados de forma peridica.

Definicin, objetivo y funcionesLos organigramas se pueden definir como una representacin grfica de la estructura de una organizacin; muestran de una forma clara y resumida la manera en que se comunica la estructura de la misma. Los organigramas son la simple representacin grfica de la realidad; no son ni la organizacin en s ni su estructura. Los organigramas empresariales sern aquellos que se refieren a la organizacin de las empresas.Los organigramas empresariales se pueden comparar a un mapa ilustrativo o a un plano geogrfico, en donde es posible detectar las comunicaciones entre las distintas poblaciones, sus capitales principales y las comunidades autnomas que dependen de un gobierno central.

El objetivo principal de los organigramas empresariales radica en mostrar la articulacin de las distintas funciones dentro de la estructura de la empresa. O sea, que por medio de lneas, se pueden detectar las diferentes comunicaciones entre las reas de la empresa.Adems de esta finalidad el organigrama plasma los puestos de trabajo y su posicin en la empresa, o sea los diferentes niveles y categoras.Finalmente, muestra tambin las relaciones formales, o sea los niveles de autoridad, las diferentes relaciones de consulta que puede tener un departamento o direccin con otro.

Las funciones que cumplen los organigramas pueden ser de dos tipos:- Esttica: cuando se utiliza el organigrama como instrumento para saber cmo fue la empresa en cierta poca y tambin para mirar los cambios que ha dado la empresa en los aos de vida de sta;

- Dinmica: cuando se quiere hacer cambios, ya que la empresa est en constantes variaciones, se parte de una base slida, o sea de la realidad que est viviendo la empresa.

Al ser los organigramas el reflejo de una estructura organizativa, sta tiende a asumir la forma de una pirmide desde el punto de vista jerrquico y de ella se desprende la base para desarrollar los organigramas.

2.6.3. POBLACIN2.6.3.1. Definicin.Al 30 de junio de 2014, en el Per somos 30 millones 814 mil 175 personas, crecemos anualmente en 339 mil personas y residimos en 24 departamentos, una Provincia Constitucional, 195 provincias y 1 mil 845 distritos. La poblacin mundial alcanz los 7 mil 244 millones de habitantes, aumentando anualmente en 82 millones de personas.[footnoteRef:10] [10: Instituto Nacional de Estadstica e Informtica. Poblacin mundial y en el Per. 2011. [Fecha de consulta: 20 de mayo de 2013]. Disponible en: http://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1157/libro.pdf]

El Per es el octavo pas ms poblado de Amrica, con 30 millones 814 mil habitantes. La superficie el territorio Peruano es de 1 milln 285 mil 216 Km2. El Per es uno de los 19 pases ms extensos el Mundo.La Costa es la regin ms densamente poblada, tiene 11,7% del territorio y alberga al 52,6% de la poblacin.

2.6.4. OBRAS POR IMPUESTOS2.6.4.1. Base legal.Ley N 29230, Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con Participacin del Sector Privado, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de mayo de 2008, denominada Ley de Obras por Impuestos.[footnoteRef:11] [11: Diario Oficial El Peruano. Ley N 29230, Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con Participacin del Sector Privado.]

El objetivo de la presente Ley es impulsar la ejecucin de proyectos de inversin pblica de impacto regional y local, con la participacin del sector privado, mediante la suscripcin de convenios con los gobiernos regionales y/o locales. En el marco de lo establecido en la presente Ley, las empresas privadas que firmen convenios, conforme a lo establecido en el artculo 4 de la presente Ley, podrn financiar y/o ejecutar proyectos de inversin pblica en infraestructura que debern estar en armona con las polticas y planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaratoria de viabilidad, que especifique la valorizacin implcita del Sistema Nacional de Inversin Pblica SNIP.

Los gobiernos regionales y/o locales que se acojan a lo establecido en la presente Ley remitirn a la Agencia de Promocin de la Inversin Privada (ProInversin) una lista priorizada con los proyectos de inversin pblica a financiar y/o ejecutar, en un plazo de treinta (30) das calendario contado desde la publicacin del reglamento de la presente Ley Pro Inversin deber publicar en su portal web la lista sealada en el prrafo precedente, dentro de los tres (3) das calendario siguiente de su recepcin. La lista priorizada con los proyectos de inversin a financiar y/o desarrollar en el marco de la presente Ley deber ser actualizada peridicamente. Autorizase a los gobiernos regionales y/o locales a firmar convenios de inversin pblica regional y local con las empresas seleccionadas, de conformidad con lo establecido en el artculo 5 de la presente Ley para financiar y/o ejecutar uno o ms proyectos de inversin, en el marco de lo establecido en el artculo 2 de la presente Ley. La empresa privada se

Los CIPRL emitidos al amparo de la presente Ley sern financiados con cargo al presupuesto de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados provenientes del Canon y Sobre canon, Regalas, Renta de Aduanas y Participaciones que perciba el gobierno regional y/o local respectivo.

El avance y calidad de las obras del proyecto sern supervisados por una entidad privada supervisora, contratada por el gobierno regional y/o local respectivo. Las caractersticas de dicha entidad privada y el procedimiento para su contratacin sern establecidos por el reglamento de la presente Ley. El costo de supervisin se financiar con cargo al presupuesto institucional de los gobiernos regionales y/o locales respectivos.

Esta ley, fue modificada por elDecreto de Urgencia N 081-2009, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de julio de 2009, as como por la Ley N 30056Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversin, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresaria y laLey N 30138Ley que dicta medidas complementarias para la ejecucin de proyectos en el marco de la Ley N 29230, publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 02 de julio y 27 de diciembre de 2013 , respectivamente.

Decreto Supremo N 147-2008-EF, Reglamento de la Ley N 29230, Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con Participacin del Sector Privado, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 09 de diciembre de 2008.

Decreto Supremo N 248-2009-EF,Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley N 29230, aprobado el 07 de noviembre del 2009, modificado por elDecreto Supremo N 220-2010-EFde fecha 30 de octubre de 2010.Con la finalidad de continuar avanzando en la promocin de la inversin privada en beneficio de la poblacin para que se realicen obras de manera rpida y gil, sin necesidad que los gobiernos sub nacionales estn ejecutando obras de manera directa o indirecta, se aprob un nuevo Reglamento de la Ley N 29230, a travs delDecreto Supremo N 133-2012-EF,publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 27 de julio de 2012.

Con las modificatorias introducidas al Rgimen de Obras por Impuestos, se ha generado desde su creacin hasta la fecha, S/.l,039.8 millones de Nuevos Soles en compromisos de inversin, convirtindolo en un mecanismo eficaz y dinmico para la rpida ejecucin de obras pblicas, bajo la idea de colaboracin entre el sector pblico y privado.En ese sentido, se requera de mayores esfuerzos y lineamientos agiles para facilitar la inversin privada que contribuya a mejorar la productividad y competitividad del pas. Es entonces, que se ha aprobado el nuevo Reglamento de la Ley N 29230, medianteDecreto Supremo N 005-2014-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14 de enero de 2014, cuya finalidad es promover y dinamizar la ejecucin de proyectos pblicos con participacin del sector privado.

Seleccin de la empresa privada La empresa privada que suscriba un convenio de inversin pblica regional y/o local deber cumplir con los requisitos que se establezcan en el reglamento de la presente Ley.

Los gobiernos regionales y/o locales realizan el proceso de seleccin de la empresa privada, de considerarlo necesario, con la asistencia tcnica de Pro Inversin. Dicho proceso podr ser encargado, en su integridad, a Pro Inversin.

Los procesos de seleccin a que se refiere el presente artculo se regirn por lo establecido en el reglamento de la presente Ley. Asimismo, son de aplicacin los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economa, vigencia tecnolgica y trato justo e igualitario, recogidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 34 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, y en el artculo 35 de la Ley N 27867, Ley Orgnica de Gobiernos Regionales.

Definicin del Certificado Inversin Pblica Regional y Local Tesoro Pblico El Certificado Inversin Pblica Regional y Local Tesoro Pblico (CIPRL) es un documento emitido por el Ministerio de Economa y Finanzas, a travs de la Direccin Nacional del Tesoro Pblico, que tiene por finalidad la cancelacin del monto que invierta la empresa privada en la ejecucin de los proyectos de inversin, de acuerdo con lo dispuesto en el artculo 2 de la presente Ley. Los CIPRL tendrn carcter de no negociable y tendrn una vigencia de diez (10) aos contados a partir de su emisin.

Emisin de los CIPRL Autorizase a la Direccin Nacional del Tesoro Pblico del Ministerio de Economa y Finanzas a emitir los CIPRL hasta por el monto total de la inversin que haya asumido la empresa privada, de acuerdo con lo establecido en el convenio de inversin pblica regional y local respectivo. Los CIPRL sern utilizados por la empresa privada nica y exclusivamente para su aplicacin contra los pagos a cuenta y de regularizacin del Impuesto a la Renta de tercera categora a su cargo, hasta por un porcentaje mximo de cincuenta por ciento (50%) de dicho Impuesto correspondiente al ejercicio anterior.

Los proyectos en los cuales se puede aplicar la Ley de Obras por Impuestos.Salud.- Construccin y/o mejoramiento de la capacidad resolutiva de hospitales y centros de salud, postas mdicas, clnicas municipales o regionales y/o unidades maternas infantiles. De acuerdo al tamao del proyecto, se podra considerar la construccin de una o varias etapas.

Educacin.- Proyectos de infraestructura educativa como instituciones educativas, aulas, bibliotecas, laboratorios e institutos. Estos proyectos podran incluir el equipamiento respectivo.

Saneamiento y agua.- Proyectos de construccin, rehabilitacin, mejoramiento y ampliacin de sistemas de agua potable y alcantarillado, y plantas de tratamiento de aguas residuales. Los proyectos pueden ser de cualquier dimensin de acuerdo al tamao de la poblacin.

Infra estructura vial local.- Obras de infraestructura vial que involucran la construccin, rehabilitacin o pavimentacin de pistas y veredas, intercambios viales, puentes peatonales, entre otros.

Infraestructura de transporte regional.- Referido a carreteras asfaltadas, puentes, caminos y/o trochas carrozables, y caminos vecinales. Estos proyectos podran involucrar a dos o ms distritos o a dos o ms regiones.

Infraestructura de riego.- En este rubro se pueden ejecutar pequeos proyectos de irrigacin, como por ejemplo pozas de regulacin, canales de regado, bocatomas, entre otros. Incluso se podra incluir equipamiento de riego tecnificado..

Limpieza pblica.- Se podran considerar pequeos y medianos proyectos integrales de gestin de residuos slidos, incluyendo la construccin de plantas de tratamiento y/o rellenos sanitarios.

Energa y telecomunicaciones.- Incluye la construccin, rehabilitacin y equipamiento de pequeos sistemas elctricos y proyectos de electrificacin rural. Asimismo, se puede construir sistemas de telefona (fija, celular e internet) en pequeos poblados o en localidades rurales.

Turismo.- Est referido a infraestructura de servicios que le otorguen valor al recurso turstico, que permitan transformar un recurso turstico en un atractivo turstico. Dotando de servicios de accesos, interpretacin, orientacin informacin, accesos, entre otros.

Esparcimiento.- En este rubro se pueden ejecutar centros cvicos, parques temticos, centros recreacionales, entre otros. Asimismo, se pueden consideran proyectos de infraestructura deportiva como, canchas deportivas, polideportivos, entre otros.

En qu consiste el mecanismo de Obras por ImpuestosEs una forma de pago de impuesto a la renta por el que las empresas pueden optar (Ley N 29230), y consiste en que en lugar de pagar en efectivo, el impuesto se paga a travs de la ejecucin de un proyecto de obra pblica en una localidad municipal o regional, sin que el gobierno regional, gobierno local o universidad pblica deban movilizar hoy fondos pblicos.

As, la empresa privada financia la obra hoy con cargo al impuesto a la renta que deber pagar el ao fiscal siguiente a la SUNAT hasta por un 50%. Por su parte, los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades pblicas se financian hoy y empiezan a pagar al ao siguiente de terminada la obra y hasta por diez aos sin intereses con cargo a sus recursos del canon, sobre-canon, regalas, rentas de aduana y participaciones.

Quines pueden aplicar al mecanismo de Obras por Impuestos? Tanto los gobiernos regionales, gobiernos locales como universidades pblicas que reciban recursos provenientes del canon, sobre-canon, regalas, rentas de aduana y participaciones. Adicionalmente, desde julio del 2013, la Ley permite que las regiones que no reciben canon tambin puedan aprovechar el mecanismo utilizando los recursos que estn asignados a los fondos que el Ministerio de Economa y Finanzas (MEF) ha creado. A la fecha, esto ltimo est pendiente de ser reglamentado.

Cul es el primer paso para hacer una Obra por Impuestos?- Lo primero es que los gobiernos regionales, gobiernos locales o universidades pblicas acuerden en sesin de consejo regional, concejo municipal o concejo universitario, segn corresponda una lista de proyectos priorizada para ser ejecutada a travs de este mecanismo. Dichos proyectos debern enmarcarse en la definicin de Proyecto de Inversin Pblica establecida en la normatividad del SNIP. El Acuerdo y la lista debern ser remitidos a PROINVERSION, como entidad encargada de la promocin y asistencia tcnica a los gobiernos sub-nacionales y universidades con relacin al uso de este mecanismo, para ser publicados en su portal web, de manera que el proyecto pueda ser promovido entre las empresas privadas interesadas.

La empresa puede tener una iniciativa de proyecto o siempre deben ser escogidos de la lista de priorizacin que hace el gobierno regional o municipal? La empresa privada financia el proyecto de su inters. Dicho proyecto puede ser seleccionado de la lista priorizada por los gobiernos regionales, gobiernos locales o universidades pblicas o tambin puede formular un proyecto y presentarlo al gobierno regional, gobierno local o universidad pblica para ser priorizado. De esta manera, la empresa lleva una iniciativa privada que debe coincidir con una prioridad identificada por la autoridad local, regional o universitaria para su comunidad. Las propuestas de priorizacin de proyectos que son presentadas por el sector privado ante el gobierno regional, gobierno local o universidad pblica, tienen el carcter de peticin de gracia y no debern coincidir, total o parcialmente, con proyectos de inversin en formulacin o viables.

Se puede financiar el mantenimiento de las obras con impuestos o slo infraestructura? Desde julio de 2013, la Ley les da la oportunidad a los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades pblicas de incluir el mantenimiento de la obra y no slo la construccin o rehabilitacin de la infraestructura. Actualmente, esta posibilidad est pendiente de ser reglamentada.Cul es la secuencia normal del uso del mecanismo de obras por impuestos?.- De manera simplificada, sea porque la empresa privada elige un proyecto de la cartera priorizada por acuerdo de concejo municipal, consejo regional o concejo universitario o porque propone un proyecto especfico de inters para dicho gobierno, este ltimo tiene que llevar a cabo un proceso de seleccin para elegir a la empresa privada que financiar y/o ejecutar la obra, al trmino del cual se suscribir un convenio para el inicio de la fase de inversin del proyecto. Al recibir la obra el gobierno regional, gobierno local o universidad pblica solicitar al MEF la emisin del Certificado Inversin Pblica Regional y Local (CIPRL).

Qu es el Certificado de Inversin Pblica Regional y Local (CIPRL)?.- El Certificado Inversin Pblica Regional y Local (CIPRL) es la constancia que emite el (MEF) a la empresa privada que financi una obra con su impuesto a la renta. Esta constancia es utilizada por la empresa privada al siguiente ao fiscal, y hasta por diez aos sucesivos, para descontar su impuesto frente a la SUNAT por el monto equivalente al monto financiado en la obra.

Hasta qu monto se pueden financiar por Obras por Impuestos? Existen montos mnimos y mximos por regin o por tipo de proyecto de inversin? El MEF calcula todos los aos el tope para emisin de CIPRL de todos los gobiernos regionales y locales que reciben asignacin de canon. El tope est compuesto de la suma de las transferencias de canon, sobre-canon, regalas, rentas de aduanas y participaciones, de los dos aos anteriores al ao del clculo, ms la proyeccin de las transferencias para el mismo. Por ejemplo, de acuerdo a la tabla siguiente, si un gobierno regional o local ha recibido de estas fuentes en los tres ltimos aos lo consignado en ella, entonces su tope ser la sumatoria de esos aos, es decir 155 millones de soles.

En el caso de gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades pblicas que hayan firmado convenios con la empresa privada para la ejecucin de obras por impuestos, el tope sufre la disminucin en los montos de las obras que haya efectuado bajo esta modalidad y aumentar en la medida que el gobierno regional, gobierno local y universidad pblica vaya cancelando los CIPRL emitidos.

Cules son los pasos para que la empresa pueda obtener el CIPRL? Una vez culminada la obra, y dentro de los veinte das hbiles siguientes, se debe otorgar a la empresa privada la conformidad de la calidad y la conformidad de recepcin del proyecto.

Luego de esto, en un plazo mximo de tres das hbiles, el gobierno regional, gobierno local o universidad pblica deber solicitar a la Direccin General de Endeudamiento y Tesoro Pblico (DGETP), la emisin del CIPRL, indicando en la solicitud, la razn social y RUC de la empresa, el valor en Nuevos Soles de la obra, y adjuntando el documento sustentatorio del registro realizado en el Sistema de Informacin de Administracin Financiera del Sector Pblico (SIAF-SP) de la afectacin presupuestal y financiera.

En caso el gobierno regional, gobierno local o universidad pblica no hubiese solicitado la emisin de los CIPRL, conforme a lo anterior, la empresa privada podr solicitar a la DGETP la emisin de los CIPRL indicando que ha cumplido con todos los requisitos previos para dicho fin e informar, paralelamente, de ello al gobierno regional, gobierno local o universidad pblica local para que en un plazo no mayor de dos das hbiles realice el registro en el SIAF-SP de la afectacin presupuestal y financiera.

Los CIPRL tambin pueden ser emitidos trimestralmente siempre que el proyecto tenga un periodo de ejecucin mayor a seis meses. De ser el caso, el gobierno regional, gobierno local y universidad pblica debe comunicar a la empresa privada, desde el inicio del proceso, que puede solicitar la emisin trimestral de los mismos. Para ello, en las bases del proceso de seleccin, el Comit debe hacer mencin que este cronograma ser la referencia para el trmite del CIPRL trimestral.Para todos los casos, el trmite de un CIPRL trimestral comienza con la solicitud de la empresa privada, ante la Gerencia de Obras o quien haga sus veces, acompaada de la certificacin y valorizacin por parte del supervisor, respecto del avance de obra. Con ello la Gerencia, mediante una resolucin aprueba el monto especificado por dicho avance y gestiona ante la DGETP, la emisin del CIPRL para la empresa privada, la cual debe emitirlo en un plazo de tres das hbiles.

Cules son los requisitos que debe cumplir la empresa privada para participar en el proceso de seleccin? Pueden participar en los procesos de seleccin las personas jurdicas nacionales o extranjeras, incluidas aqullas que hayan suscrito contratos o convenios de estabilidad, que cumplan con los requisitos legales, tcnicos y econmicos que se establezcan en las bases del proceso de seleccin correspondiente, debiendo todas ellas tributar en el Per.

Asimismo, pueden participar empresas privadas en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurdica diferente. Para tal efecto, ser necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionar antes de la suscripcin del Convenio.

Estn impedidas de participar en el proceso de seleccin todas aquellas personas jurdicas que se encuentren comprendidas en alguno de los impedimentos para ser postor y/o contratista establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.

Cul es la participacin de ProInversin en el financiamiento de Obras por Impuestos? ProInversin cumple un rol importante para el mecanismo de Obras por Impuestos:- Promueve el conocimiento y entendimiento del mecanismo para que ms gobiernos regionales, gobiernos locales, universidades pblicas y empresas lo apliquen.

- Articula y facilita el encuentro entre la empresa privada que desea financiar una obra y los gobiernos regionales, gobiernos locales o universidades pblicas que quieren ejecutar una obra y as cubrir una necesidad de la poblacin.- Provee asistencia tcnica a los gobiernos regionales, gobiernos locales, universidades pblicas y a la empresa privada a travs de la asesora y acompaamiento en todo el proceso de seleccin, desde la identificacin del proyecto, la bsqueda de la empresa, la revisin de los aspectos normativos y administrativos hasta la adjudicacin e inicio de ejecucin de las obras. La asistencia tcnica de ProInversin en el proceso de seleccin puede ser bajo la modalidad de asesora o encargo, y se requiere del acuerdo previo del consejo regional, concejo municipal o concejo universitario respectivo. En dichos casos, ProInversin suscribir los convenios de asistencia tcnica respectivos con los gobiernos regionales y/o gobiernos locales y/o universidades pblicas.

Cul es la participacin de la Contralora General de la Repblica (CGR) en el proceso de Obras por Impuestos? La CGR participa en el proceso en dos momentos:Antes de la firma del convenio con la empresa privada: la CGR debe emitir uninforme previo, con el fin de verificar que el gobierno regional, gobierno local, o universidad pblica cuente con los recursos que les permita cubrir con todas las actividades vinculadas al proceso de seleccin, as como la operacin y el mantenimiento del proyecto. Despus de que Contralora apruebe sin observaciones el informe previo, se podr convocar al concurso para la seleccin de la empresa.Luego de culminada la obra: la CGR contratar unasociedad auditora encargada de la verificacindel monto total invertido para el desarrollo del proyecto y para operacin y mantenimiento del mismo.

Cunto puede demorar la emisin del informe previo? Segn establece el Reglamento (Resolucin de Contralora N 052-2010-CG) el plazo establecido para la emisin del Informe Previo de la Contralora General de la Repblica es de diez (10) das hbiles, contados a partir de la recepcin de toda la documentacin.De existir observaciones a la documentacin presentada, el plazo para atender el requerimiento es de quince (15) das hbiles, contados a partir del da siguiente de su notificacin. Este plazo puede ser prorrogado por una sola vez, hasta por diez (10) das hbiles, a pedido de la entidad que inici el trmite. Contestado el requerimiento, el plazo para la emisin del Informe Previo es de cinco (05) das hbiles.

Para la adjudicacin de una obra se deber llevar a cabo un concurso pblico segn las reglas que establece la Ley de Contrataciones del Estado? No. La Ley considera un proceso de seleccin independiente y simplificada, el mismo que est detallado en el Reglamento vigente de la Ley. Es importante sealar que el proceso es ms expedito en tiempos, e incluso la Ley permite adjudicar de manera directa, en caso que se presente un nico postor con tan slo la manifestacin de inters de la empresa.

Si una empresa no tiene utilidades, y por tanto no tributa impuesto a la renta, puede financiar Obras por Impuestos? S, dado que los fondos invertidos podrn ser recuperados cuando la empresa tenga utilidades y empiece a declarar su impuesto a la renta de tercera categora. La empresa puede cancelar con el CIPRL otorgado hasta el 50% de lo declarado el ao anterior.

En caso que la empresa adjudicataria de una obra por impuestos no sea la constructora, Qu requisitos debe cumplir la empresa constructora que contrate la adjudicataria?. Ser suficiente que la empresa constructora se encuentre registrada en el Registro de Empresas Ejecutoras de Obras del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, y que cumpla los requerimientos planteados en las bases del concurso.Cul es el procedimiento para la contratacin de la entidad privada supervisora de la obra?- La contratacin de la entidad privada supervisora estar a cargo del gobierno regional, gobierno local o universidad pblica y se regir conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado.

El procedimiento para la contratacin de la Entidad Privada Supervisora se llevar a cabo de manera paralela al proceso de seleccin de la empresa privada que suscribir el Convenio, y podr ser realizado por PROINVERSIN en caso de encargo.

La Entidad Privada Supervisora no podr estar vinculada a la empresa privada que financia y/o ejecuta el proyecto y, deber tener una experiencia total como supervisor de cuatro (4) aos como mnimo en proyectos similares.

Cul es el procedimiento para que la empresa entregue al gobierno regional, gobierno local o universidad pblica una obra por impuestos culminada? Culminada la obra, la entidad procede a designar un comit de recepcin que estar integrado por un representante de la entidad y por el inspector/supervisor. El comit de recepcin junto con el contratista, proceder a verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones tcnicas y efectuar las pruebas necesarias para comprobar el funcionamiento de las instalaciones y los equipos. Culminada la verificacin, de no existir observacin, se proceder a la recepcin de la obra. El acta de recepcin deber ser suscrita por el comit y el contratista. El resultado de la evaluacin para el otorgamiento de conformidad de recepcin del proyecto y la conformidad de la calidad del proyecto se deber realizar de manera coordinada en un plazo mximo de 20 das hbiles.

Cmo paga el gobierno regional, gobierno local o universidad pblica el monto invertido por la empresa privada una vez terminada la obra?.- De acuerdo al reglamento de la Ley, el MEF deducir al ao siguiente de culminada la obra un porcentaje equivalente al 30% del monto anual que se transfiera a un gobierno regional, gobierno local y universidades pblicas en el presupuesto proveniente del canon y sobre-canon, regalas, rentas de aduanas y participaciones efectuada a favor del gobierno regional, local o universidad pblica, hasta completar el monto total del CIPRL emitido a favor de la empresa. En ste sentido, al gobierno regional, gobierno local o universidad pblica le quedar el 70% del presupuesto para continuar haciendo obras priorizadas en su presupuesto participativo.

2.7. MARCO CONCEPTUAL.

EL ESTADO.Es lasociedad poltica y jurdicamente organizada capaz de imponer la autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad frente a las similares del exterior. Los Estados pasan, las naciones, quedan; ya que hubo Estado esclavista, feudal, etc., en una misma Nacin. En un Estado puede haber varias naciones, pero no se concibe una nacin que contenga varios Estados.[footnoteRef:12] [12: NARANJO Vladimiro,Teora Constitucional E Instituciones Polticas, Bogot, Colombia: Ed. Temis S.A., 2000, pg. 72). Disponible en: : http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/12/estado.html#_Toc358971795]

LA EMPRESA.Es la unidad econmico-social en la cual a travs del capital, el trabajo y la coordinacin de recursos se producen bienes y servicios para satisfacer las necesidades de la sociedad[footnoteRef:13] [13: MNCH, Lourdes. Administracin, Escuelas, proceso administrativo, reas funcionales y desarrollo emprendedor. Mxico: Pearson Educacin, 2007. ]

OBRAS POR IMPUESTOSLa Ley N 29230, llamada Ley de Obras por Impuestos, es una norma expedida por el Gobierno peruano que busca acelerar la ejecucin de obras de infraestructura pblica prioritarias en todo el pas. La Ley permite a una empresa privada, en forma individual o en consorcio, financiar y ejecutar proyectos pblicos elegidos por los Gobiernos Regionales, GobiernosLocales y UniversidadesPblicaspara luego, con cargo a su impuesto a la renta de 3era categora, recuperar el monto total de la inversin. A su vez, los Gobiernos Regionales, GobiernoLocales y Universidades Pblicas pagan el financiamiento SIN INTERESES a cuenta de sus recursos de canon, sobre canon, regalas, rentas de aduana y participaciones, hasta diez aos despus de culminada la obra.

Los gobiernos regionales y/o locales que se acojan a lo establecido en la presente Ley remitirn a la Agencia de Promocin de la Inversin Privada (Pro Inversin[footnoteRef:14]) una lista priorizada con los proyectos de inversin pblica a financiar y/o ejecutar, en un plazo de treinta (30) das calendario contado desde la publicacin del reglamento de la presente Ley Pro Inversin deber publicar en su portal web la lista sealada en el prrafo precedente, dentro de los tres (3) das calendario siguiente de su recepcin.[footnoteRef:15] [14: PRO INVERSIN, Agencia de la Inversin Privada en el Per, La Ley N 29230, llamada Ley de Obras por Impuestosobras por impuestos.] [15: La Ley N 29230, llamada Ley de Obras por Impuestos. Per. ]

III. METODOLOGA

3.1. TIPO DE ESTUDIOEstudio descriptivo, porque busca especificar las propiedades, las caractersticas y los perfiles de personas, grupos, comunidades, procesos, objetos o cualquier otro fenmeno que se someta a un anlisis (Danhke, 1989, citado por Hernndez, R., Fernndez, C. y Baptista, M., 2010).

En el caso de la presente investigacin se analizar documentos, leyes que el estado formula, las entidades que regulan y hacen que se respeten estos documentos afines a las obras por impuestos.

Es longitudinal por cuanto recolecta datos a travs del tiempo en puntos o periodos, para hacer inferencias respecto al cambio, sus determinantes y consecuencias. (Hernndez, R. et al 2010, p. 158). En el caso del presente estudio se recoger informacin a lo largo del tiempo.

3.2. DISEO DE INVESTIGACIONA esta investigacin le corresponde el Diseo No Experimental que implica la observacin del hecho en su condicin natural sin intervencin del investigador, el mismo que no va a manipular ninguna variable para buscar efecto en otra. (Hernndez, R., et al., 2010).En el caso de la presente investigacin es No experimental, descriptivo porque se analizar leyes y documentacin de un tema que no ha sido abordado antes como son las obras por impuestos, que est dndose de manera ms frecuente.OiXiM1

Mi: Obras por impuestos Xi: Beneficios al Estado, a La Empresa y a la Poblacin. O1: ..

3.3. HiptesisHernndez, R., et al., (2010, p. 92) aduce que, no todas las investigaciones descriptivas plantean hiptesis. El hecho de que se formule o no hiptesis depende de un factor esencial: el alcance inicial del estudio. Las investigaciones cuantitativas que formulan hiptesis son aquellas cuyo planteamiento define que su alcance ser correlacional o explicativo, o las que tienen un alcance descriptivo, pero que intentan pronosticar una cifra o un hecho.

3.4. IDENTIFICACIN DE VARIABLES.Variable dependiente: Beneficios del Estado, la Empresa y la Poblacin cuando se ejecuta una obra bajo la modalidad de obra por impuestos.

3.4.1 OPERACIONALIZACION DE VARIABLES.

VARIABLES DEFINICIN CONCEPTUALDEFINICIN OPERACIONALINDICADORESESCALA DE MEDICIN

Beneficios delEstado, la Empresa y la Poblacin.

Constituye el analizar los beneficios que se obtiene de la realizacin de obras por impuestos.Conjunto de procedimientos de evaluacin de una obra por impuestos en ejecucin., Procedimiento de (seleccin, licitacin), comparacin con una obra de proceso convencional y anlisis de la norma que contiene los parmetros que regula la realizacin de las obras por impuestosRecoleccin de datos, proceso de adjudicacin.

Estudio de la ley 29230, ley que impulsa la inversin pblica regional y local con la participacin del sector privado.

Nominal

3.5 POBLACIN, MUESTRA Y MUESTREO.La poblacin estar conformada por los documentos que nos permitirn realizar el Anlisis de los beneficios de la construccin de una obra por impuestos, a: el estado, la empresa y la poblacin 2014, como lo constituyen principalmente: DECRETO SUPREMO N005-2014-EF: Reglamento de la Ley N 29230, Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con Participacin del Sector Privado. LINEAMIENTOS BSICOS PARA LA FORMULACIN DE PROYECTOS DE INVERSIN PBLICA CON ENFOQUE TERRITORIAL Y ESTABLECE DISPOSICIONES PARA PIP MEDIANTE EL MECANISMO PREVISTO EN EL CAPTULO II DEL REGLAMENTO DE LA LEY N 29230, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N 133-2012-EF Legislacin de obras por impuestos, en el caso de consorcios. LEY QUE IMPULSA LA INVERSIN PBLICA REGIONAL Y LOCAL CON PARTICIPACIN DEL SECTOR PRIVADO LEY N 29230

REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS

LIBROSAMARU, Antonio. Fundamentos de Administracin. Teora general y proceso administrativo. Mxico: Pearson Educacin, 2009. ISBN: 978-970-26-1511-8

GUERRA -Garca, Gustavo. La reforma del Estado en el Per. Pautas para reestructurar el Poder Ejecutivo, Agenda Per. Lima. Per, 1999.

HERNNDEZ, Roberto, FERNNDEZ, Csar y BAPTISTA, Lucio. Metodologa de la investigacin. 5 edicin. Mxico: Mc Graw Hill.ISBN: 978-607-15-5753-7

MNCH, Lourdes. Administracin, Escuelas, proceso administrativo, reas funcionales y desarrollo emprendedor. Mxico: Pearson Educacin, 2007.

OTROS DOCUMENTOSDiario Oficial El Peruano. Ley N 29230, Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con Participacin del Sector Privado.

Ley N 29230. Ley de Obras por Impuestos. Per.PAGINAS WEBInstituto Nacional de Estadstica e Informtica. Poblacin mundial y en el Per. 2011. [Fecha de consulta: 20 de mayo de 2013]. Disponible en: http://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1157/libro.pdf

NARANJO Vladimiro,Teora Constitucional E Instituciones Polticas, Bogot, Colombia: Ed. Temis S.A., 2000, pg. 72). Disponible en: http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/12/estado.html#_Toc358971795

PEREIRA, Bresser. Reforma del Estado en los aos noventa: lgica y mecanismos de control. En: Democracia de Dficit (Cap. V). 2012.

PRO INVERSIN, Agencia de la Inversin Privada en el Per. La Ley N 29230, llamada Ley de Obras por Impuestosobras por impuestos.

PROINVERSION. Obras por impuestos. Fecha de consulta: 8 de abril 2015.Disponible en: http://www.obrasporimpuestos.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/PUBLICACIONES/file/16_02_15/Triptio%20proceso%20Obras%20por%20Impuestos.pdf

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