Proyecto de pliego de condiciones nro 01 de 2012 pozos septicos

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PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES Código: CON-FR-02 Versión: 01 Página 1 de 53 BIENESTAR Y EQUIDAD PARA TOD@S Teléfono 843 68 87 e-mail: [email protected] www.betulia.gov.co PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SAMEC Nº 01 DE 2012 MODALIDAD DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SAMEC Nº 01 DE 2012 CONFORME A LA LEY 80 de 1993, 1150 DE 2007, Y DECRETO 4828 DE 2012 Y 0734 DE 2012. OBJETO: Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las fuentes hídricas que se encuentran en el territorio." BETULIA, NOVIEMBRE DE 2012 RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES Antes de preparar la propuesta, lea cuidadosamente los Pliegos de Condiciones. Esto evitará errores u omisiones que impidan tener en cuenta su propuesta para el proceso de evaluación, verificación y calificación. Los proponentes deben estudiar minuciosamente toda la información contenida en el Pliego de Condiciones y analizar las circunstancias que inciden en el cumplimiento de obligaciones, los costos y el plazo de ejecución del proyecto. De manera general, se recomienda al proponente tener en cuenta toda la información suministrada y las condiciones de ejecución para la elaboración de la propuesta; observar todos los requerimientos legales, jurídicos, técnicos y económicos señalados en este documento. Antes de entregar la oferta, verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos. Revise si están debidamente firmados, actualizados, etc. Preséntelos siguiendo el orden señalado en los Pliegos de Condiciones. Revise la garantía de seriedad de la propuesta. La vigencia y el valor asegurado no pueden ser inferiores a los establecidos en el Pliego de Condiciones. Debe ser expedida a favor del MUNICIPIO DE BETULIA. Revise que el objeto de la póliza coincida con el de la oferta que presenta.

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PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SAMEC Nº 01 DE 2012

MODALIDAD DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SAMEC

Nº 01 DE 2012

CONFORME A LA LEY 80 de 1993, 1150 DE 2007, Y DECRETO 4828 DE 2012 Y 0734 DE 2012.

OBJETO: Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las fuentes hídricas que se encuentran en el territorio."

BETULIA, NOVIEMBRE DE 2012

RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES

Antes de preparar la propuesta, lea cuidadosamente los Pliegos de Condiciones. Esto evitará errores u omisiones que impidan tener en cuenta su propuesta para el proceso de evaluación, verificación y calificación. Los proponentes deben estudiar minuciosamente toda la información contenida en el Pliego de Condiciones y analizar las circunstancias que inciden en el cumplimiento de obligaciones, los costos y el plazo de ejecución del proyecto. De manera general, se recomienda al proponente tener en cuenta toda la información suministrada y las condiciones de ejecución para la elaboración de la propuesta; observar todos los requerimientos legales, jurídicos, técnicos y económicos señalados en este documento. Antes de entregar la oferta, verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos. Revise si están debidamente firmados, actualizados, etc. Preséntelos siguiendo el orden señalado en los Pliegos de Condiciones. Revise la garantía de seriedad de la propuesta. La vigencia y el valor asegurado no pueden ser inferiores a los establecidos en el Pliego de Condiciones. Debe ser expedida a favor del MUNICIPIO DE BETULIA. Revise que el objeto de la póliza coincida con el de la oferta que presenta.

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La oferta debe presentarla quien tenga la representación legal de la persona jurídica. Su nombre será verificado con el que aparece en la cédula de ciudadanía y el certificado de la Cámara de Comercio. Sí usa una sigla ésta debe estar autorizada en el certificado de la Cámara de Comercio. En desarrollo de la carga de sagacidad que corresponde al proponente, tiene la obligación de enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le suscite este Pliego de Condiciones, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena fe deberá advertir a la Administración de los errores o inconsistencias que advierta en este documento. CORRESPONDENCIA Cualquier comunicación que envíen los proponentes al MUNICIPIO, deberá dirigirse de la siguiente forma: Señores MUNICIPIO DE BETULIA UMATA Dirección: Carrera 20 No. 20-14 BETULIA – ANTIOQUIA

CAPITULO I INFORMACIÓN GENERAL

1.1 OBJETO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA EL MUNICIPIO DE BETULIA está interesado en recibir propuestas para la CONVOCATORIA PUBLICA. SAMEC No. 02 DE 2012 que se llevará a cabo bajo la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, en los términos previstos en la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007, decreto 0734 de 2012 y demás normas reglamentarias, con el fin de seleccionar la propuesta más favorable para la

administración, que permita ejecutar el proyecto cuyo objeto es: "Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las fuentes hídricas que se encuentran en el territorio"

1.2 RESOLUCIÓN DE APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección es ordenado por el Alcalde del MUNICIPIO DE BETULIA, mediante Resolución de Apertura la cual será publicada conjuntamente con el Pliego de Condiciones Definitivo. 1.3 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo previsto para la ejecución del contrato que se derive del presente proceso de Convocatoria,

será de Seis (06) Meses, contados a partir de la firma del acta de Inicio y de la aprobación de las pólizas.

1.4 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

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El MUNICIPIO DE BETULIA cancelará el valor del contrato que se derive de esta Selección 0000000889 del 25 de Noviembre de 2012, por un valor de SESENTA MILLONES DE PESOS M/L ($ 60´000.000.oo) Este valor incluye el precio básico de las obras y el A.U. 1.5 PRESUPUESTO OFICIAL El MUNICIPIO DE BETULIA tiene previsto que el valor de las actividades objeto de la presente SELECCIÓN ABREVIADA asciende a SESENTA MILLONES DE PESOS M/L ($ 60´000.000.oo) Valor que incluye: el precio básico de las actividades y los costos de Administración y Utilidad (A.U). El valor total corregido de la oferta NO podrá exceder dicho presupuesto oficial. Valor que estará a cargo del CDP 0000000165 fechada el día 27/02/2012, bajo los rubros Nro.230306 Denominado Mejoramiento sanitario Vivienda por un valor de $40´000.000 y el Nro.230313 Denominado RB Tanques Sépticos por un valor de $20´000.000

1.6 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE El régimen jurídico aplicable a la presente CONVOCATORIA PUBLICA y al contrato que llegare a celebrarse, será el previsto en el Pliego de Condiciones, en las disposiciones pertinentes de la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y en sus decretos reglamentarios, en particular el decreto 0734 de 2012. Lo que no se encuentra particularmente regulado, se aplicarán las normas comerciales y civiles vigentes. De conformidad con lo establecido en el decreto 0734 de 2012, el MUNICIPIO DE BETULIA podrá expedir adendas prorrogando la fecha de cierre, antes de su vencimiento en caso que lo estime conveniente o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan manifestado su interés por participar. A partir de esta fecha, el comité de evaluación en base a las propuestas presentadas elaborará el respectivo informe de evaluación, donde los proponentes podrán consultar y realizar cualquier observación a las mismas, las cuales deberán presentarse dentro del término de su publicación y solo se resolverá en la actividad que para tal fin se ha programado según el cronograma de la presente convocatoria Esta fecha será informada a través del Portal de Internet www.contratos.gov.co en caso de expedirse comunicado que modifique la cronología inicial. En cualquier momento el MUNICIPIO DE BETULIA puede hacer uso de la suspensión del procedimiento o podrá reducir el plazo de las actividades del presente numeral cuando técnica o jurídicamente se recomiende. La carta de interés por participar y la inscripción por parte de los proponentes es requisito habilitante para la entrega de propuestas, la cual especificará la fecha, el nombre o la razón social del Proponente, su dirección para correspondencia, teléfonos y fax. El nombre, dirección, teléfonos y fax serán los que se utilizarán por LA ENTIDAD, para todos los efectos relacionados con el trámite del Proceso de selección. Todas las observaciones que se quieran formular al proyecto de pliego, al pliego definitivo o al informe de evaluación, deberán ser realizadas dentro del tiempo indicado para cada una de ellas, como se indica en el cuadro anterior. No se aceptará ninguna otra observación en horas y fechas no programadas.

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1.7 CRONOLOGÍA DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA

1.8 INFORMACIÓN DEL PROYECTO A continuación se relaciona la información general del proyecto:

ACTIVIDAD FECHA LUGAR

PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

Del 29 de Noviembre de 2012, al 04 de Diciembre de 2012

Portal Único de Contratación Estatal www.contratos.gov.co

OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

Del 04 de Diciembre de 2012, al 07 de Diciembre de 2012

Comunicación escrita dirigida a la oficina de UMATA

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO.

Del 10 al 11 de Diciembre de 2012

Portal Único de Contratación Estatal www.contratos.gov.co

RESOLUCION DE APERTURA 12 de Diciembre de 2012 Portal Único de Contratación Estatal www.contratos.gov.co

PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO.

13 de Diciembre de 2012 Portal Único de Contratación Estatal www.contratos.gov.co

AUDIENCIA DE REVISIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE RIESGOS

14 de Noviembre de 2012 UMATA

OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO POR PARTE DE LOS POSIBLES OFERENTES.

Del 15 al 17 de Diciembre de 2012

Comunicación escrita dirigida a la oficina de UMATA

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO.

Diciembre 18 de 2012 Portal Único de Contratación Estatal www.contratos.gov.co

INSCRIPCIÓN DEL PROPONENTE PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO

Diciembre 19 de 2012 UMATA

VISITA AL SITIO DE LA OBRA Y MANIFESTACION DE INTERES

Parque Principal

APERTURA DEL PROCESO: FECHA DESDE LA CUAL SE PUEDEN PRESENTAR PROPUESTAS

20 de Diciembre de 2012 UMATA www.contratos.gov.co

FIN DEL PLAZO PARA ENTREGA DE PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO

26 de Diciembre de 2012 a las 5:00 p.m.

Archivo Municipal dirigido a la Oficina de la UMATA

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

el 27 de Diciembre de 2012 Oficina de la UMATA

PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN.

28 de Diciembre de 2012 Portal Único de Contratación Estatal www.contratos.gov.co

OBSERVACIONES A LA EVALUACIÓN

29 de Diciembre de 2012 UMATA

AUDIENCIA PUBLICA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL PROCESO

31 de Diciembre de 2012 a las 9:00 a.m

UMATA

SUSCRIPCION DEL CONTRATO DENTRO DE LOS TRES DIAS SIGUIENTES A LA ADJUDICACION.

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INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL PROYECTO:

"Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las fuentes hídricas que se encuentran en el territorio"

El contratista deberá suministrar e instalar:

1. Suministro y transporte de tubería de 2". ml 685

2. Suministro y transporte de accesorios un 45 pozos

3. Suministro y transporte tubería 2" para descarga de efluente ml 342,9

5 .Dirección, Interventoría y gestor social (Mano de obra calificada) Un 1

Para el saneamiento de la Microcuenca San Mateo del Municipio de Betulia específicamente

en el área de influencia de las veredas La La Vargas, LA Urraeña y La Quiebra, se tiene

proyectada la construcción de 45 sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas,

cuya distribución según las capacidades es la siguiente: 44 de 1500 a 1800 litros y 1 de 2300

a 2500 litros. Con la construcción de estos sistemas se logra el beneficio de 45 familias cuya

población total es de 203 habitantes.

Los sistemas a instalar constan de una solución integrada por un tanque séptico y un FAFA

(filtro anaerobio de flujo ascendente), fabricado en Poliéster reforzado con fibra de vidrio

(P.R.F.V.).

El tanque cuenta con dos o tres compartimentos horizontales o verticales con flujo hidráulico

horizontal, en los cuales se efectúan los siguientes procesos: en el tanque séptico se realiza

la sedimentación y retención de sólidos en suspensión y como subproducto se generan unas

natas que se acumulan en la superficie y lodos que se depositan en el fondo, y en el FAFA se

efectúa el tratamiento anaeróbico de la fase líquida, mediante el paso a través de un lecho

filtrante (materiales sintéticos) el cual cumple el proceso biológico de digestión anaeróbica de

la materia orgánica no sedimentada en el tanque séptico. El sistema deberá incluir trampa de

grasas y sistema para drenaje de lodos.

Una vez ubicado el sitio donde será instalado el sistema séptico y FAFA se debe definir una

de las siguientes opciones para la disposición final del efluente:

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- Descarga a una fuente superficial de agua.

- Conexión a pozo de absorción (depende del resultado del ensayo de percolación).

Los tanques deberán suministrarse con los accesorios necesarios para los empalmes de

entrada y salida de las aguas, los dispositivos para recolección de gases, el drenaje de lodos

para los compartimentos y estos deben tener acceso mediante tapas superiores de fácil

remoción para realizar las operaciones de limpieza y mantenimiento al interior del mismo.

El proponente que resulte favorecido deberá entregar a la interventoría, para revisión y aprobación, la ficha técnica con la descripción del sistema séptico a ser instalado en la cual se incluya la norma de fabricación que cumple, la cual debe estar acorde con las especificaciones técnicas suministradas por CORANTIOQUIA. 1.8.1 Localización

veredas La La Vargas, LA Urraeña y La Quiebra, se tiene proyectada la construcción de 45

sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas, cuya distribución según las

capacidades es la siguiente: 44 de 1500 a 1800 litros y 1 de 2300 a 2500 litros. Con la

construcción de estos sistemas se logra el beneficio de 45 familias cuya población total es de

203 habitantes.

1.8.2 Atención administrativa del MUNICIPIO DE BETULIA Para efectos de la presente Convocatoria pública, el MUNICIPIO DE BETULIA tiene previsto adelantar la atención administrativa en el siguiente sitio: ALCALDÍA MUNICIPAL DE BETULIA ANTIOQUIA, UMATA - MUNICIPAL. Para efectos de la radicación de cualquier documento o comunicación dirigida al MUNICIPIO DE BETULIA en desarrollo del presente proceso, el proponente deberá tener en cuenta que para que dichos documentos sean considerados por el MUNICIPIO DE BETULIA es necesario que éstos cuenten con la respectiva radicación de correspondencia del MUNICIPIO. NOTA: Todos los documentos a radicar en el archivo Municipal deberán venir debidamente foliados, incluir el radicado de las solicitudes enviadas a las que hacen referencia en su respuesta, citar proceso de selección al que se dirige y asunto o referencia de manera clara y amplia. 1.9 CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES La consulta del Pliego de Condiciones podrá hacerse durante el plazo de la Convocatoria Pública en el MUNICIPIO DE BETULIA en la UMATA y en el Portal Único de Contratación Estatal. 1.10 REQUISITOS PARA PARTICIPAR 1.10.1. Inhabilidades e incompatibilidades

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Los proponentes no podrán encontrarse incursos dentro de alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar a que se refiere la Constitución Política, el artículo 8º de la Ley 80 de 1993 y normas concordantes. El Proponente declarará en la Carta de Presentación de la propuesta que no se encuentra incurso dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades. Personas jurídicas nacionales y extranjeras y personas naturales extranjeras. Las personas jurídicas (nacionales y extranjeras) deberán acreditar que su duración no es inferior al plazo de ejecución del contrato y por lo menos un (1) año más. En el caso de los Consorcios y de las Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes (personas jurídicas) deberá cumplir individualmente con esta regla. Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.4 de la Ley 80 de 1993. Los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este numeral, deberán presentarse legalizados, tal como lo establece el inciso 2 del numeral 22.4 del artículo 2 de la Ley 80/93, en concordancia particularmente con los Artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y el Art. 480 del Código de Comercio. 1.10.2. Una propuesta por proponente Cada proponente deberá presentar solamente una propuesta, ya sea por sí solo, o como integrante de un consorcio o unión temporal, de lo contrario ninguna de las propuestas presentadas a su nombre será tenida en cuenta para evaluación y calificación. 1.10.3 Inscripción en el registro único de proponentes en la cámara de comercio En el presente proceso podrán participar las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual, o en Consorcio o en Unión Temporal, inscritas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio. De conformidad con el Artículo 4 del Decreto 856/94, cada uno de los miembros o partícipes de Consorcios o Uniones Temporales deberá estar inscrito en el Registro Único de Proponentes. Inscripción de Personas Extranjeras: Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán aportar el documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente en el país en donde tienen su domicilio principal, o en su defecto en el RUP de la Cámara de Comercio de Colombia, de acuerdo con las reglas establecidas en el inciso final del artículo 3 del Decreto 856 de 1994, de acuerdo con lo exigido al efecto en el capítulo II (DOCUMENTOS Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA), de este Pliego de Condiciones. 1.10.4. Consorcios, Uniones Temporales o Promesa de Sociedad Cuando la participación se haga por alguna de estas modalidades definidas en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993, los proponentes indicarán si es a título de Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad, y para el segundo caso, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta, y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento del Municipio de BETULIA.

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Los miembros del Consorcio, de la Unión Temporal, o de Promesa de Sociedad, deberán designar la persona que, para todos los efectos lo(a) representará y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad. La propuesta debe estar firmada por el representante legal del Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad. En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en el código de Comercio, con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en la Ley 80 de 1993 para los Consorcios 1.11 PLAZO Y CIERRE DEL PROCESO El proponente podrá presentar su propuesta únicamente durante el plazo indicado en la cronología del proceso de selección y en el sitio previsto para ello. Una vez cerrado el plazo para la presentación de las propuestas, estas serán dirigidas al comité de evaluación en sobres sellados con el fin de realizar el respectivo informe de evaluación, el cual será publicado dentro de las fechas establecidas de conformidad con el decreto 0734 del 2012. Lo anterior significa que las propuestas se recibirán en el archivo Municipal donde se radicaran, dejando constancia de la fecha y hora exacta de su entrega y luego serán trasladas a la UMATA. En esta diligencia no se llevará a cabo audiencia alguna. No obstante a lo anterior, cualquier interesado podrá dejar constancias escritas de lo que estime pertinente. Agotado este procedimiento se advierte a los proponentes y a todas las personas interesadas que las ofertas son públicas y que tienen derecho a consultarlas a su consta. Mediante carta dirigida en forma física al Director (a) de la UMATA Municipal, los oferentes podrán solicitar copias de las propuestas presentadas. 1.12 INTERPRETACIÓN DEL DOCUMENTO REGLA La información contenida en este documento regla, sustituye totalmente cualquier información que por medio de avisos, cartas o cualquier otro sistema pudiese haber suministrado LA ENTIDAD, o sus representantes con anterioridad a la fecha de apertura del presente proceso de selección. Por consiguiente, todas las informaciones preliminares que en cualquier forma haya recibido el proponente o cualquiera otra persona, o entidad interesada quedan sin ningún valor. Los proponentes deberán examinar cuidadosamente todos los documentos e informarse cabalmente de todas las circunstancias que puedan afectar el trabajo, su costo y su tiempo de ejecución. Es entendido que los documentos, se complementan mutuamente de tal manera que lo indicado en uno de ellos se tomará como indicado en todos. Si el proponente encuentra discrepancias u omisiones en cualquiera de los documentos incluidos, los términos y las especificaciones o tiene alguna duda acerca de su significado, deberá solicitar aclaración por escrito por lo menos un (1) día hábil antes del cierre del proceso de selección, y LA ENTIDAD de igual manera hará las aclaraciones que considere pertinentes, y la respuesta se dará mediante

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comunicación escrita a todos los proponentes que hayan retirado el presente documento. La falta de respuesta por parte de LA ENTIDAD no podrá interpretarse como aceptación tácita de las observaciones y por consiguiente los términos de los documentos conservan plena validez, mientras no sean modificados expresamente por LA ENTIDAD. Las interpretaciones, o deducciones que el proponente haga de las estipulaciones de los documentos exigidos serán de su exclusiva responsabilidad. La presentación de la propuesta será evidencia de que el proponente estudió, conoce y acoge completamente la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, sus decretos reglamentarios en especial el decreto 0734 de 2012 y normas auxiliares. 1.13 AUDIENCIA PARA ACLARACIONES Se celebrará una audiencia el día y hora señalada en la cronología del proceso de selección, de conformidad con el decreto 0734 de 2012. El objeto de la audiencia es precisar el contenido y alcance de los documentos del proceso de contratación y de oír a los interesados. De esta audiencia se levantará un acta suscrita por los que en ella intervinieron. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o representante de la entidad expedirá las modificaciones pertinentes al documento regla y prorrogará, si fuere necesario, el plazo del proceso de selección. La audiencia se llevara a cabo siempre y cuando se presenten observaciones al Pliego de Condiciones en las fechas estipuladas en el cronograma. 1.14 RIESGOS PREVISIBLES Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia, así: a) Variación de cantidades de obra b) Calidad de los materiales c) Falta de idoneidad de la mano de obra d) Equipo utilizado e) Proceso constructivo f) Programa de trabajo g) Daños a bienes ajenos y a terceros h) Accidentes de trabajo i) Condiciones climáticas adversas j) Manejo socio-ambiental de las obras k) Daños causados por terceros, o deterioro, en obras ejecutadas y aún no recibidas l) Inadecuado manejo e incorrecta inversión del anticipo m) Incumplimiento de obligaciones laborales n) Financiero o) Cambios normativos o de legislación tributaria p) Hurto y vandalismo Con el fin de revisar la asignación de los riesgos previsibles, los proponentes podrán presentar observaciones con respecto al presente numeral y enviarlas por escrito dirigida a la UMATA, en este caso se celebrará una audiencia con todos los interesados en la fecha estipulada en el cronograma de la convocatoria pública, en la cual se levantará un acta de conformidad con el decreto 0734 de 2012. En caso que no se presenten observaciones, la presentación de la oferta por parte de los proponentes implicará la aceptación de la distribución de los riesgos previsibles.

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1.15 MODIFICACIÓN AL DOCUMENTO REGLA Cualquier aclaración o modificación a los documentos del proceso de selección o el aplazamiento de la fecha de cierre del mismo que LA ENTIDAD considere oportuno hacer, será notificada por medio de adendas publicadas en la página Web www.contratos.gov.co Estas aclaraciones y modificaciones quedarán formando parte del documento regla. 1.16 PERMISOS Y PATENTES El Contratista será responsable por toda reclamación que pueda presentarse por la violación de patentes utilizadas durante la ejecución del contrato y serán por su cuenta todos los gastos que puedan ocasionarse por tal concepto. 1.17 RETIRO O MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA Ningún proponente puede modificar, adicionar o retirar su oferta después del cierre de presentación de oferta. LA ENTIDAD puede pedir aclaraciones, o informaciones adicionales a cualquiera de los proponentes sobre el contenido de sus ofertas, pero ello no significa que surja para los mismos el derecho a modificarlas, o adicionarlas. 1.18 APERTURA DEL PROCESO La apertura del proceso de CONVOCATORIA PUBLICA se llevará a cabo en la Oficina de la UMATA DE BETULIA, en la hora y fecha señaladas en la cronología del proceso. 1.19 PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”. En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (1) 5601095, (1) 5657649, (1) 5624128; vía fax al número telefónico: (1) 5658671; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 018000913040 o (1) 5607556; en el correo electrónico: webmaster@anticorrupción.gov.co; al sitio de denuncias del programa, en el Portal de Internet: www.anticorrupción.gov.co, correspondencia o personalmente, en la dirección Carrera 8 No 7–27, Bogotá, D.C. 1.20 VEEDURÍAS CIUDADANAS. El Municipio de BETULIA convoca a las veedurías ciudadanas para que intervengan y desarrollen su

actividad durante las etapas pre-contractual, contractual y post-contractual en el presente proceso de

selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del decreto 2170 de 2002 y el artículo 66

de la Ley 80 de 1993, para ello pueden consultar los documentos que hagan parte del proceso en la

página en la página Web del Portal Único de Contratación - SECOP: www.contratos.gov.co

CAPITULO II

DOCUMENTOS Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

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La propuesta debe ser presentada en original y Una copia, y tanto la parte técnica como la económica deben ser presentadas en un solo documento. El original de la oferta será mecanografiado o escrito en tinta indeleble, foliada y firmada por el Representante Legal de la firma proponente o por una o más personas debidamente autorizadas para presentar propuesta de conformidad con la documentación presentada sobre existencia y representación legal. Si el Representante Legal no es Ingeniero Civil, Ambiental o Sanitario, la propuesta deberá ser abonada por un profesional con experiencia mayor a 12 años demostrado con la tarjeta profesional, quien firmará la carta de presentación de la propuesta junto con el representante legal, debidamente matriculado y con tarjeta profesional, en cualquiera de las profesiones mencionadas. Debe presentar la vigencia de la matrícula profesional quien ostentara el cargo de director de obra. La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras, ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del proponente, en cuyo caso las correcciones deberán llevar las iníciales de la(s) persona(s) que firma(n) la oferta. En caso contrario las correcciones se entenderán como no efectuadas. Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, y el MUNICIPIO DE BETULIA, en ningún caso, será responsable de los mismos. 2.1 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana, acerca de los temas objeto de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones. Las propuestas deben ser presentadas en original y dos copias, en idioma español, escritas por cualquier medio mecánico; se deben numerar todas las hojas que contiene la oferta en la parte inferior, cada una de ellas conformará un folio. En caso de discrepancia entre el contenido de la propuesta original y las copias, primará para efectos de verificación los documentos contenidos en la propuesta original. La propuesta, junto con todos los documentos que la conformen, debe ser entregada dentro del plazo de la presente Convocatoria Pública, en la fecha señalada en la cronología, numeral 1.7 del presente pre-pliego en la siguiente dirección: Carrera 20 No. 20-14 Municipio de BETULIA Antioquia, dentro del plazo fijado para la Convocatoria, en original. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax ni correo electrónico. La propuesta debe contener un índice en el que se identifique en forma clara la documentación de la

oferta y el folio o folios a que corresponde.

En el momento en que exista una incongruencia en la propuesta, es decir, que una parte de la misma establezca algo que se contradiga en otra parte, el MUNICIPIO DE BETULIA podrá solicitar las aclaraciones pertinentes. Toda tachadura y/o enmendadura en la oferta debe estar convalidada con la firma del oferente al pie de la misma, para ser tenida en cuenta por el MUNICIPIO DE BETULIA. NOTA: El MUNICIPIO DE BETULIA para la presentación y entrega de las propuestas, tendrá en cuenta lo estipulado en el artículo 4º del Decreto 679 de 1994 el cual consagra: "De las personas inhabilitadas

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por razón de la presentación de otras ofertas - para efectos de establecer cuándo el oferente es inhábil en virtud de los literales g) y h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales, para lo cual, las Entidades Estatales dejarán constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación”. Solo se recibirán las propuestas que sean entregados en la fecha establecida en el cronograma del proceso o en la fecha establecida mediante adenda que modifique la cronología. En cada sobre se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial, y se dirigirá en la siguiente forma:

MUNICIPIO DE BETULIA Dirección: Carrera 20 No. 20 - 14 Municipio de BETULIA-ANTIOQUÍA CONVOCATORIA PÚBLICA BAJO LA MODALIDAD DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SAMEC Nº 02 DE 2012

Objeto: " Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las fuentes hídricas que se encuentran en el territorio"

Propuesta Original/Copia Nombre del Proponente Identificación del Proponente

2.2 PROPUESTAS PARCIALES Para esta Convocatoria pública, NO se aceptarán propuestas incompletas, es decir que solo coticen algunas de las actividades solicitadas. 2.3 PROPUESTAS ALTERNATIVAS Se aceptaran propuestas alternativas que no condicionen la suscripción del contrato. 2.4 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. 2.4.1 Consularización

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De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.”. Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones Transversal 17 No. 98-55 Bogotá D.C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. 2.4.2 Apostille Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostille está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. 2.5 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR

El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar en

el término señalado para sub sanabilidad de documentos, la convalidación y homologación de estos

títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación

los trámites requeridos.

Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. 2.6 AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA De conformidad con lo dispuesto por la Ley 842 de 2003, el proponente que ofrezca personal profesional titulado y domiciliado en el exterior, deberá acreditar en el término señalado para la sub - sanabilidad de documentos, la autorización expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia. En su defecto, deberá acreditar la solicitud de permiso radicada ante el mismo organismo con el lleno de los requisitos exigidos. Para estos efectos, el proponente deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites correspondientes. 2.7 INFORMACIÓN RESERVADA

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Si dentro del Sobre de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, el MUNICIPIO DE BETULIA se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, agentes o asesores, que designe para el efecto. En todo caso, el MUNICIPIO DE BETULIA, sus funcionarios, empleados, agentes y asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, el MUNICIPIO DE BETULIA no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma. 2.8 REQUISITOS DE LOS PROPONENTES Y DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA Los proponentes se deben presentar bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre y cuando cumplan las condiciones exigidas en el Pliego de Condiciones: Individualmente, como: (a) Personas naturales nacionales o extranjeras (b) Personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de apertura de la Convocatoria. Conjuntamente, en cualquiera de las formas de asociación previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993. Todos los Proponentes deben:

a) Tener capacidad jurídica para la presentación de la Propuesta b) Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato

c) Cumplir con la vigencia de la sociedad al momento de la presentación de la oferta y para todo el

tiempo de ejecución del contrato y un año más

d) No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las leyes de Colombia, en especial las previstas en la Ley 80 de 1993

e) No estar incursos en ninguna causal de disolución y/o liquidación f) No estar en un proceso de liquidación obligatoria o forzosa g) No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la

Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000. Dicha afirmación se entenderá prestada con la suscripción de la carta de presentación de la Propuesta, sin perjuicio de anexar los documentos solicitados.

Ninguna persona podrá formar parte de más de un Consorcio o Unión Temporal que presenten Propuesta para la presente Convocatoria. De la misma manera tampoco podrá una persona presentar más de una oferta en la Convocatoria o hacer una combinación de estas dos posibilidades –individual o conjuntamente-. En caso que se incurra en esta prohibición, por sí o por interpuesta persona, el MUNICIPIO DE BETULIA rechazará las ofertas.

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Apoderado Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representada en las diferentes instancias de la Convocatoria, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Pliego, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos señalados en el presente pliego relacionados con la autenticación, Consularización y traducción; particularmente con lo exigido en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Las personas naturales y jurídicas nacionales deben actuar: Persona natural a nombre propio, Persona jurídica a nombre de su representante legal y los consorcios o uniones temporales a nombre del representante que ellos designen. No podrán hacerlo a través de un apoderado para obrar en su nombre y representación y para comprometerlo en la presentación de la propuesta y la celebración, ejecución y liquidación del contrato que se desprenda de este proceso de contratación. La propuesta se presentará como se estipula a continuación: 2.8.1 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA El proponente deberá incluir los documentos que se relacionan a continuación, y la omisión de aquellos necesarios para la comparación de las propuestas o la escogencia de los contratistas, impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación, concordante con el decreto 0734 de 2012.

2.8.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Se elaborará a partir del modelo suministrado en el Formulario No. 1 del presente Pliego de Condiciones, suscrita por el proponente o representante legal y adjuntando copia de la matrícula profesional como Ingeniero Civil, Sanitario o Ingeniero Ambiental y original de la certificación de vigencia de la misma expedida con antelación no de más de seis meses, contados a partir de la fecha de apertura de la presente Convocatoria. Si el proponente o representante legal no posee título académico en estas profesiones, la propuesta deberá ser abonada por Ingeniero civil o Ingeniero Ambiental con experiencia mayor a 12 años demostrado con la tarjeta profesional, quien firmará la carta de presentación de la propuesta junto con el representante legal, respaldada con copia de su respectiva matrícula profesional, quien además debe ostentar el cargo de Director de Obra. En virtud de lo previsto en la Ley 842 de 2003, quien deberá cumplir con los requisitos antes enunciados.

En caso de Unión Temporal ó Consorcio se aplicará la exigencia anterior para el representante legal de la sociedad de hecho.

La presentación del original del Certificado de Vigencia de la Matrícula Profesional en un proceso, será válida para los demás procesos que tengan fecha de cierre dentro de los seis (6) meses siguientes al primero, aportando para el efecto fotocopia de la certificación e informando el número del proceso en el cual se aportó el original, esto siempre y cuando la misma se encuentre vigente.

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En el formato de carta de presentación de la propuesta, es indispensable incluir el número de Fax, correo electrónico y demás datos relacionados en el citado modelo, a fin de que la Entidad surta los requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga. El formato deberá expresar el reconocimiento y asunción, por parte del proponente, de los riesgos previsibles que puedan surgir en la ejecución del contrato, incluidos los riesgos ambientales. 2.8.1.2. CARTA DE INFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES Se diligenciará de acuerdo con el modelo suministrado en el presente pliego de condiciones, teniendo en cuenta lo siguiente:

a) En caso que el proponente sea un consorcio deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes, dichos porcentajes no podrán ser modificados durante la etapa de selección (precontractual).

b) En caso que el proponente sea una unión temporal indicará el porcentaje de participación y señalará los términos y la extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato de cada uno de sus integrantes, dichos porcentajes no podrán ser modificados durante la etapa de selección (precontractual), en la etapa contractual no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del MUNICIPIO DE BETULIA. La extensión de la participación se indicará en función del porcentaje de participación en la ejecución en el proyecto. Lo anterior de conformidad con el numeral 2 del artículo 7 de la ley 80 de 1993, toda vez que las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución del contrato, de cada uno de los integrantes de la unión temporal.

c) Los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal responderán solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato; deberán designar a un representante del Consorcio o de la Unión Temporal.

2.8.1.3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Si el proponente es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen. El certificado deberá contener la siguiente información: Fecha de expedición no Mayor a Treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo de la presente Convocatoria pública. El objeto social de la sociedad deberá incluir las actividades principales objeto de la presente Convocatoria pública. La duración de la sociedad, contada a partir de la fecha de cierre del plazo de la presente Convocatoria pública, no será inferior al plazo establecido para la ejecución del contrato y cinco (5) año más. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse a la propuesta el documento de autorización expresa del órgano competente. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir las mismas exigencias anteriormente citadas.

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Las personas jurídicas extranjeras acreditarán lo pertinente mediante un certificado expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los Cuarenta y Cinco (45) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta, en el que conste su existencia, y el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades. Si el representante legal tuviere limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación, se deberá presentar en la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación. Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado mencionado, o si este tipo de certificados no existieren, de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país de origen, sede del oferente, la información deberá presentarse en documento independiente emitido por el representante del máximo órgano directivo de la empresa proponente. Si la Propuesta fuere suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad legal de la sucursal y/o de su representante mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los Treinta (30) días anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta. Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación, se deberá presentar en la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente. El poder debidamente otorgado al apoderado del Proponente, si es del caso.

2.8.1.4. Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las fuentes hídricas que se encuentran en el territorio El proponente, sea persona natural o jurídica que desee participar en la presente Selección Abreviada, deberá estar inscrito en la Cámara de Comercio en la Actividad - CONSTRUCTOR Y PROVEEDOR y con clasificaciones 2521, 4530 y 7122, además deben estar relacionados con el objeto de la presente convocatoria. Según el decreto 734 del 13 de abril de 2012. De lo ccoonnttrraarriioo se considera NO ADMISIBLE Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberán poseer, la actividad y clasificación exigidos en este pliego de condiciones.

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Si el proponente es extranjero deberá acreditar este requisito con el registro correspondiente en el país donde tengan su domicilio principal, dicho documento debe ser presentado de acuerdo con lo previsto en las leyes colombianas. En caso de no presentar este documento, o no tener definida su capacidad de contratación en él, deberá presentar la certificación de inscripción en el registro de proponentes de la Cámara de Comercio de Colombia, en la actividad y clasificación exigidos. Este certificado deberá tener una fecha de expedición no inferior a Treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo de la presente Convocatoria pública. 2.8.1.5. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. A fin de poder participar en esta Convocatoria, los oferentes podrán otorgar, como mecanismos de cobertura del riesgo, cualquiera de las siguientes garantías: a) Póliza de seguros b) Fiducia mercantil en garantía c) Garantía bancaria a primer requerimiento

d) Endoso en garantía de títulos valores e) Depósito de dinero en garantía. Todas las anteriores garantías deberán ser por valor equivalente, como mínimo, al 10% (aproximado al peso por exceso o por defecto) del valor total del PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO para la Convocatoria, válidas como mínimo por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la Convocatoria. En caso de prorrogarse el plazo de la Convocatoria, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de las garantías por el término adicional que señale el MUNICIPIO. La garantía bancaria o póliza de seguros deberá ser expedida por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia. Cuando se trate de una póliza, deberá estar acompañada del RECIBO O CONSTANCIA DEL PAGO DE LA PRIMA O CONSTANCIA DE QUE LA PÓLIZA NO EXPIRARÁ POR FALTA DE SU PAGO O POR REVOCACIÓN UNILATERAL (Artículo 7º Ley 1150/07 ). Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la Garantía deben ser tomada a nombre de CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, y no a nombre del Representante de la forma asociativa o del Consorcio o de la Unión Temporal. Las garantías deberán cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:

La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado

La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses

La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato

El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas

La falta de pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación previstos como requisitos de legalización del contrato

Lo anterior teniendo en cuenta el decreto 4828 del 2012, en sus artículos 3 y 4.

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2.8.1.6. FOTOCOPIA DE LAS ADENDAS RECIBIDAS. (En caso de su existencia) 2.8.1.7. CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES a) Cuando el proponente sea una persona jurídica , deberá presentar una certificación en original, expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal, bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera Revisor Fiscal, del pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha y hora de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica, deberá aportar el certificado aquí exigido. Adicionalmente el proponente adjudicatario, deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato la certificación donde se acredite el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y los aportes parafiscales correspondiente a la fecha de suscripción del mismo. b) Cuando el proponente sea una persona natural, deberá presentar bajo la gravedad de juramento una declaración donde certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha y hora de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona natural, deberá aportar la declaración aquí exigida. Adicionalmente el proponente adjudicatario, deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato la declaración donde se acredite el pago correspondiente a la fecha de suscripción del mismo. PARÁGRAFO: En caso que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por

ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, también bajo

la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.

NOTA: El MUNICIPIO DE BETULIA dará prevalencia al principio de Buena Fe contenido en el artículo 83 de la Constitución Política Nacional. En consecuencia, todas aquellas observaciones que aleguen el presunto incumplimiento en lo descrito en el presente numeral, deberán acompañarse de documentos con los cuales se desvirtué la presunción de Buena Fe de la que gozan los proponentes.

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En caso de no allegar con la observación dichos soportes no se dará trámite a la misma. En el evento en que la observación esté debidamente sustentada y soportada, la Entidad dará traslado al proponente observado y El MUNICIPIO DE BETULIA verificará únicamente la acreditación del respectivo pago desde la fecha y hora del cierre del presente proceso de selección, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes, oficiando a las entidades recaudadoras para que se pronuncien sobre el contenido de la observación. 2.8.1.8. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE Deberá diligenciarse el Formulario No. 4 en el cual se consignará la información requerida sobre Experiencia Específica del Proponente, suministrando toda la información allí solicitada. Los valores deben expresarse de acuerdo con el año de facturación según lo solicitado en el Formulario No. 4. Para la verificación de cumplimiento de este factor, Deben aportarse los certificados, expedidos por la entidad contratante, y deberá contener la información que permita deducir la idoneidad del mismo en actividades de ejecución del mismo objeto contractual. LA ENTIDAD comprobará la exactitud de la información consignada en la propuesta y podrá solicitar las aclaraciones, o acreditaciones que considere pertinentes, dichas solicitudes que para efecto de la evaluación realice LA ENTIDAD deberá atenderlas el proponente por escrito dentro del término que la determine la entidad, este escrito lo dirigirá a la Secretaría de Planeación Municipal; de lo contrario, dicha solicitud se entenderá como no atendida. LA ENTIDAD durante la etapa de evaluación podrá solicitar la documentación que acredite la información consignada en el Formulario No. 4, en especial cuando se encuentren datos inconsistentes entre el citado Formulario y las certificaciones adjuntas; la evaluación se efectuará teniendo en cuenta los documentos soportes. Si la totalidad de la experiencia específica es presentada por uno solo de los integrantes del consorcio o unión temporal, este deberá tener una participación no inferior al 40% en el consorcio o unión temporal, en el contrato derivado del presente proceso y en su ejecución. Si la experiencia específica es presentada por más de uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, aquel que aporte el soporte de experiencia en el valor en contratos celebrados con terceros u obras propias, respecto de los otros integrantes, valorados en SMMLV de acuerdo con la primera viñeta del presente numeral, deberá tener una participación no inferior al 30% en el consorcio o unión temporal, en el contrato derivado del presente proceso y en su ejecución. Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus miembros deberá aportar su experiencia específica conjuntamente en un mismo Formulario o por separado según lo convenga el proponente, siempre y cuando se de claridad de la información que corresponda a cada uno de ellos, y en el evento de que alguno de los integrantes no posea la experiencia requerida, deberá manifestarlo expresamente. 2.8.1.9. IDONEIDAD FINANCIERA-DOCUMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Toda la información financiera deberá ser presentada en moneda legal Colombiana.

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Para el cumplimiento de este factor se considerará la capacidad financiera del proponente, en atención a los renglones que reporta el sujeto pasivo tributario, para el caso del balance fiscal (Declaración de Renta) correspondiendo a: Total Patrimonio Bruto = Activo Total; Total Patrimonio Líquido positivo = Patrimonio; y Total Pasivo = Pasivo Total; y para el evento de Balances Comerciales de apertura, se tendrá conforme la descripción de costumbre. Se deberá aportar copia de la declaración de renta correspondiente al gravable del año 2011 y los estados financieros básicos a diciembre 31 del mismo año, certificados y dictaminados por el Revisor Fiscal si están obligados a tenerlo, acompañados con las notas y revelaciones a los Estados Financieros conforme lo estipula el C. de Cio, la ley 222 de 1995 y el decreto 2649 de 1993 y de la tarjeta profesional del Contador y/o Revisor Fiscal que suscriba el balance, así como del Certificado de antecedentes disciplinarios del Contador y/o Revisor Fiscal. Para el caso de consorcio y unión temporal deberán aportarse estos documentos por cada uno de sus integrantes. 2.8.1.10. IDONEIDAD MORAL La información se tomará de la que aparezca reportada en el registro de proponentes, o en el cuadro de Idoneidad, relacionadas con las multas y / o sanciones que le hubieren sido impuestas dentro de los dos últimos años contados a partir del día, mes y año de cierre del presente proceso. 2.8.1.11. RELACIÓN CERTIFICADA DE CONTRATOS EN EJECUCIÓN El proponente deberá relacionar, en Formulario No. 3, todos los contratos -por cualquier valor- que tenga en ejecución y en el evento de no poseer contratos vigentes o adjudicados a la fecha de cierre de la presente CONVOCATORIA PUBLICA deberá manifestarlo expresamente. Para los efectos, se entiende por contrato en ejecución, todos aquellos a los cuales les ha sido aprobada la garantía única, y aún no han sido recibidos, y liquidados por la persona, o entidad contratante. Igualmente se considera que el contrato está en ejecución cuando el proponente haya recibido notificación de adjudicación de contrato con la ENTIDAD. Cuando se trate de Consorcios, o Uniones Temporales, al menos uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el Formulario No. 3 aquí exigido, y en el evento de no poseer contratos vigentes o adjudicados a la fecha de cierre de la presente CONVOCATORIA PUBLICA deberá manifestarlo expresamente. 2.8.1.12. CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN LA CAMARA DE COMERCIO Teniendo en cuenta lo establecido en la normatividad vigente, el proponente deberá estar registrado en la cámara de comercio y su objeto social deberá coincidir con el objeto a contratar. 2.8.1.13. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA NACIÓN de la persona natural, la persona jurídica proponente, y su Representante Legal, y cada uno de los miembros del Consorcio, o Unión Temporal y su representante. 2.8.1.14. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS para las personas naturales, el Representante Legal de la persona jurídica, y si se trata de Consorcio, o Unión Temporal cada uno de los miembros debe aportar dicho Certificado. 2.8.1.15. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES del proponente persona natural, el Representante Legal del proponente persona jurídica, de los miembros del Consorcio, o Unión Temporal, y de su Representante Legal.

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2.8.1.16. FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANÍA del proponente persona natural, el Representante Legal de proponente persona jurídica de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, y de su Representante Legal. 2.8.1.17. CERTIFICACIÓN DE VISITA el proponente que asista a la visita al sitio de la obra deberá anexar a la propuesta el certificado de asistencia expedido por el municipio 2.8.1.18. DECLARACIÓN ORIGEN DE LOS RECURSOS El representante legal de la persona jurídica proponente, o el proponente como persona natural, o el representante de la Unión Temporal, deberá aportar declaración bajo la gravedad del juramento, entendida con la presentación del documento con la propuesta, acerca del origen lícito de los recursos destinados al proyecto propuesto y de la no participación del proponente en actividades delictivas, así como la declaración de no haber recibido recursos o facilitado actividades contrarias a la ley. 2.8.1.19. PROPUESTA ECONÓMICA Formulario No. 2 Cuadro de Cantidades en pesos colombianos, el valor total de la propuesta, el cual debe cubrir todos los costos en los que vaya a incurrir durante el desarrollo del contrato. Deberá expresarse en letras y números y en caso de existir discrepancia entre lo expresado en letras, y números prevalecerá lo expresado en letras. El proponente deberá diligenciar el Formulario No. 2 adjunto que corresponde a la propuesta económica. LA ENTIDAD corregirá los errores aritméticos contenidos en los productos, y en la sumatoria, según lo indicado al efecto en este Pliego de Condiciones. El proponente debe indicar en el Formulario No. 2, en pesos colombianos (Números y Letras), el valor

total de la propuesta, el cual debe cubrir todos los costos en los que vaya a incurrir durante el desarrollo

del contrato. Deberá expresarse en letras y números y en caso de existir discrepancia entre lo

expresado en letras y números prevalecerá lo escrito en letras.

2.8.1.20 PAZ Y SALVO MUNICIPAL

Expedido por el Municipio de BETULIA, en el cual conste que no es deudor con el Municipio.

CAPÍTULO III EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

3.1. RETIRO DE PROPUESTAS Los Proponentes podrán solicitar al MUNICIPIO DE BETULIA, el retiro de sus propuestas, mediante escrito presentado y radicado en la Oficina de Archivo Municipal antes de la fecha y hora previstas para el cierre del PROCESO. La propuesta será devuelta sin abrir, al momento del cierre del PROCESO al proponente o la persona autorizada al efecto por el proponente mediante escrito dirigido a la Secretaría de Planeación Municipal. 3.2. CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO

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La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y las recomendaciones para la adjudicación del contrato no podrán ser reveladas a los Proponentes ni a otra persona que no participe en dicho proceso, hasta tanto no culmine el proceso evaluativo. 3.3 CAUSALES DE ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS La entidad no evaluará las propuestas y por consiguiente se entenderán eliminadas en los siguientes casos:

1. Cuando la propuesta supere el valor del presupuesto oficial estimado por el Municipio de BETULIA.

2. Las propuestas cuyo valor corregido difiera en más del uno por ciento (1.0%) del 3. valor presentado 1. Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes, entendida ésta como el acto de

ponerse de acuerdo dos o más proponentes para perjudicar a terceros. 2. Cuando el proponente haya tratado de influenciar o informarse indebidamente sobre el análisis

de las ofertas. 3. Cuando se compruebe que el proponente se encuentra incurso en alguna de las causales de

inhabilidad e incompatibilidad para contratar con el Estado. 4. Se eliminarán la totalidad de las propuestas de cualquier proponente que presente más de una

propuesta, independiente. 5. En caso de que uno o más socios, participen en dos o más sociedades (personas o anónimas

no abiertas). 6. Si no se presenta a la Inscripción del proponente para participar en el proceso la persona

natural o el represéntate legal de la empresa con una copia del certificado de existencia y representación legal o matricula mercantil según sea el caso expedido por le entidad competente

7. Cuando el proponente no presente propuesta económica. 8. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual

condición en otras u otras personas jurídicas diferentes, que también estén participando en el

presente proceso de selección.

9. Cuando una vez verificada la información suministrada por el proponente, se compruebe que no se ajusta a la realidad.

10. Cuando se solicite al proponente subsanar información incompleta o no suministrada en su propuesta y este no allegue los soportes en el tiempo previsto.

11. En caso de no anexarse la carta de presentación de la propuesta o esta no se encuentre suscrita por el proponente o representante legal, o si la propuesta no se encuentra suscrita por quien abona la misma.

12. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma y no adjunte a la propuesta el documento de autorización expresa del órgano competente.

13. Cuando el objeto social de la sociedad de la persona jurídica nacional o extranjera no incluye dentro de sus actividades el objeto de la presente Convocatoria Pública y su duración no sea igual o superior a la exigida.

14. Si se llegase a comprobar de manera definitiva que la declaración juramentada suscrita por el revisor fiscal o el representante legal del proponente o alguno de sus miembros, presenta inconsistencia entre la información suministrada por el oferente y la efectivamente obtenida o suministrada a la entidad por otras fuente se considerará una falta a la verdad y se

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compulsarán copias a la Junta Central de Contadores de ser el caso y / o a la Fiscalía General de la Nación.

15. Cuando el proponente Si es persona natural o jurídica y/o consorcios y unión temporal no acredite la experiencia en suministro y/o construcción de sistemas de saneamiento básico, cuya fecha de recibo sea de máximo cuatro (4) años anteriores a la fecha de cierre de entrega de propuestas y deberá certificar no más de un (01) contrato que tenga un valor en salarios SMMLV del año en que se terminó su ejecución, que sea igual o superior a 870 SMMLV con entidades del sector oficial o privado.

16. En caso de que el proponente o alguno de sus miembros no estén inscritos en la actividad, especialidad y grupo exigidos en el presente pliego a la fecha de cierre de la presente Convocatoria pública.

17. Cuando no se asista a la visita obligatoria 18. Cuando no se presente manifestación de interés. 19. Cuando no se presente el paz y salvo Municipal

3.4. ESTUDIO Y VERIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Para el estudio, verificación y calificación de las Propuestas, el Alcalde del MUNICIPIO designará un comité de evaluación que se encargará de calificar las Propuestas conforme a los términos y condiciones previstas en el presente Pliego de condiciones, y en las Adendas que lo modifiquen o adicionen, de lo cual se elaborará un informe que se pondrá a disposición de los Proponentes. Una vez finalizado el cierre de la CONVOCATORIA PUBLICA, se procede a realizar la revisión jurídica y financiera de las propuestas, en esta misma etapa y si procede una corrección de acuerdo a la aplicación de la ley, el oferente deberá subsanarlo en el término indicado por la ENTIDAD. Posteriormente, se procederá a la evaluación de las propuestas admisibles, de acuerdo a los factores señalados en el Documento Regla. Las propuestas que cumplan con los requisitos anteriores y se ajusten a las condiciones establecidas en

los documentos del PROCESO DE SELECCIÓN serán evaluadas de acuerdo con los Factores, y

Criterios de Evaluación y Adjudicación indicados en el numeral 3.6

3.4.1 REQUISITOS LEGALES El cumplimiento de todos los requisitos jurídicos señalados en el presente Pre-Pliego de Condiciones, se considera como un factor de calificación que únicamente dará lugar a la Admisibilidad del Proponente y su Propuesta, cuando se cumplan todos y cada uno de los requisitos jurídicos; o No Admisibilidad del Proponente, y su Propuesta, cuando la omisión de la documentación exigida impida la comparación objetiva de las Propuestas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 0734 de 2012, los proponentes que de acuerdo al informe de verificación no se consideren habilitados, se les concederá un plazo para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, de acuerdo con lo estipulado en la CRONOLOGÍA DE LA CONVOCATORIA PUBLICA. 3.4.2. CAPACIDAD CONTRATACIÓN

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Todas las personas naturales o jurídicas que deseen participar en la presente Selección Abreviada, deberán estar inscritos, calificados y clasificados en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, así Actividad 1- CONSTRUCTOR y PROVEEDOR CLASIFICACIONES 2521, 4530,7122 Según la información contenida en el decreto 734 de abril 13 de 2012 Además, deberán tener a la fecha de cierre de la licitación una Capacidad Residual de Contratación como “Constructor y Proveedor” (CR ) igual o superior a 1.000 SMMLV. Según la información contenida en el Artículo 6.1.1.2 del decreto 734 de abril 13 de 2012 Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, los integrantes deberán reunir entre todos, la actividad, especialidad y grupos exigidos en este pliegos de condiciones. En este caso, CR del Consorcio o la Unión Temporal se obtendrán de la suma de los correspondientes a cada uno de sus integrantes. No obstante, uno de los integrantes deberá poseer por lo menos el (80%) del CR. Para cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal se deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP y el Formulario No. 1 debidamente diligenciado. Para el cálculo del CR se tendrá en cuenta la información suministrada en el Formulario No. 3. El comité de Evaluación verificará aritméticamente el valor de los contratos expresado en SMMLV. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido en SMMLV, será el utilizado para determinar la Capacidad Residual de Contratación (CR). La Capacidad Residual de Contratación (CR) para cada Proponente se determinará de la siguiente manera: CR = CT - Va Donde: CR = Capacidad Residual de Contratación. CT= Capital de Trabajo. Va = Valor de los saldos de los contratos de OBRAS en ejecución y/o adjudicados por iniciar. 3.4.3 CAPACIDAD FINANCIERA FACTOR CAPACIDAD O IDONEIDAD FINANCIERA (Admisible/ No Admisible) Toda la información financiera deberá ser presentada en moneda legal Colombiana. Para el cumplimiento de este factor se considerará la capacidad financiera del proponente, toda la información contenida en el registro único de proponentes según el Artículo 6.1.3.1 del decreto 734 de abril 13 de 2012 correspondiendo a toda la información financiera a corte 31 de diciembre de 2011: La información será extraída del balance general a 31 de diciembre de 2011 la cual aparece en la

cámara de comercio y deberá ser coincidente con la declaración de renta del mismo año.

3.4.3.1 Capital de Trabajo: Deberá ser Mayor o igual a 1100 SMMLV Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente. El capital de trabajo deberá estar demostrado mediante la información contenida en el registro único de proponentes según decreto 734 de 2012

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3.4.3.2 Patrimonio Líquido: Deberá ser Mayor o igual a 1600 SMMLV PL = Activo Total - Pasivo Total El capital de trabajo deberá estar demostrado mediante la información contenida en el registro único de proponentes según decreto 734 de 2012 3.4.3.3 Liquidez: Deberá ser Mayor o igual a 2.2 L= Activo Corriente / Pasivo Corriente Cuando se trate de Propuestas presentadas bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, el cumplimiento se hará, al menos uno de los integrantes debe cumplir con este requisito. 3.4.3.4 Nivel de Endeudamiento: Deberá ser menor o igual a 35% Pasivo Total / Activo Total El capital de trabajo deberá estar demostrado mediante la información contenida en el registro único de proponentes según decreto 734 de 2012 Cuando se trate de Propuestas presentadas bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, el cumplimiento se hará, al menos uno de los integrantes debe cumplir con este requisito. Será necesario que en la verificación de la capacidad financiera, las propuestas hayan sido consideradas ADMISIBLE para poder continuar en el proceso de evaluación. En caso que la propuesta NO cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, ésta será considerada como NO ADMISIBLE. 3.4.4 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (Admisible/No admisible) 3.4.4.1. Experiencia por Antigüedad Para las personas naturales este requisito se verifica de acuerdo con la Experiencia Probable. Es la experiencia del proponente derivada del tiempo en que ha podido ejercer la actividad y con la antigüedad en el ejercicio de la profesión como Ingeniero Civil, determinando el tiempo transcurrido desde la fecha de expedición de la tarjeta o matricula profesional hasta la fecha de cierre de la presente convocatoria. Se debe Anexar copia de la Matricula Profesional y Certificado de Vigencia. Para las personas jurídicas Experiencia Probable. Es la experiencia del proponente derivada del tiempo en que ha podido ejercer la actividad, la cual se certifica de conformidad con el decreto 734 del 13 de abril de 2012. se toma a partir de la fecha del registro de la constitución de la sociedad en la cámara de comercio respectiva. La experiencia general mínima exigida es de seis (06) años. Para el caso de consorcios o uniones temporales el requisito de Experiencia Probable deberá ser acreditado por cada uno de los integrantes. 3.4.4.2. Experiencia Genérica Se evaluará a partir de la información que se relacionará en el Formulario Nº 4 previsto para ello, se deberá adjuntar los certificados expedidos por la entidad contratante.

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La Experiencia genérica. Se relaciona directamente con el objeto contractual. Los proponentes

anexarán sea persona natural o jurídica y/o consorcios y unión temporal certificación que acredite la

experiencia en suministro y/o construcción de plantas de tratamiento y/o sistemas de saneamiento

básico, cuya fecha de recibo sea de máximo cuatro (4) años anteriores a la fecha de cierre de entrega

de propuestas y deberá certificar no más de un (01) contrato que tenga un valor en salarios SMMLV del

año en que se terminó su ejecución, que sea igual o superior a 870 SMMLV con entidades del sector

oficial o privado

La sumatoria del valor de los contratos expresados en SMMLV tomando el año de legalización del

contrato.

En caso de que el proponente sea consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes deberá cumplir con lo anterior.

Si el proponente cumple con lo anterior la propuesta se considera ADMISIBLE, de lo contrario se

considera NO ADMISIBLE

Si algunas de las certificaciones presentadas fuesen bajo la modalidad de asociación, solo se tendrá en cuenta el porcentaje correspondiente al integrante. 3.4.4.3. Experiencia Específica Se evaluará a partir de la información que se relacionará en el Formulario Nº5 previsto para ello, se deberá adjuntar los certificados expedidos por la entidad contratante. Los proponentes anexarán sea persona natural o jurídica y/o consorcios y unión temporal certificación

que acredite la experiencia en suministro y/o construcción de sistemas de saneamiento básico, cuya

fecha de recibo sea de máximo cuatro (4) años anteriores a la fecha de cierre de entrega de propuestas

y deberá certificar no más de un (01) contrato que tenga un valor en salarios SMMLV del año en que se

terminó su ejecución, que sea igual o superior a 870 SMMLV con entidades del sector oficial o privado

La suma del valor de los contratos expresados en SMMLV tomando el año de legalización del contrato.

Si el proponente cumple con lo anterior la propuesta se considera ADMISIBLE, de lo contrario se

considera NO ADMISIBLE.

Para el caso de certificaciones con entidades privadas se deben presentar los contratos suscritos para

soportar estas certificaciones, de lo contrario no serán tenidas en cuenta y la propuesta será

considerada NO ADMISIBLE.

Para efectos de calificación de las modalidades de asociación permitidas por la ley, para determinar la experiencia del proponente, se sumará la experiencia presentada por cada uno de los participantes o asociados. Si algunas de las certificaciones presentadas fuesen bajo la modalidad de asociación, solo se tendrá en cuenta el porcentaje correspondiente al asociado para el cálculo de los SMMLV y para la cantidad de obra se tomará la totalidad ejecutada.

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Nota: - El mismo certificado de la experiencia específica se considera para la experiencia general.

EL MUNICIPIO DE BETULIA, se reserva el derecho de verificar durante la evaluación y hasta la adjudicación, la información aportada por el proponente, y a fin de corroborar la misma, solicitar los soportes que considere convenientes tales como: certificaciones, copias de los contratos, actas de liquidación, estados financieros, copia de pago de impuestos etc. En ejercicio de esta facultad, que se reserva la entidad, los oferentes no podrán complementar, mejorar o modificar su oferta en virtud de lo señalado en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993. 3.4.5 PERSONAL TÉCNICO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO El proponente deberá ofrecer el recurso humano que le permita tener personal dedicado a la ejecución del trabajo de campo y asumir la función administrativa y financiera de las actividades y la obra. El proponente, deberá cumplir con la totalidad del personal exigido, en las condiciones especificadas en el Pliego de Condiciones; en caso de no cumplir con alguna de las condiciones exigidas para el personal EL MUNICIPIO podrá contratar con el proponente que haya ocupado el segundo lugar de calificación y se harán efectivas las pólizas de seriedad de la oferta. El oferente deberá incluir en su propuesta y se comprometerá a mantener durante la ejecución del contrato, por su cuenta, costo y riesgo el siguiente personal: Director de obra El contratista deberá incluir en su propuesta y se comprometerá a mantener durante la ejecución del contrato, por su cuenta y riesgo como mínimo a un (1) Ingeniero Civil, de medio tiempo, matriculado; en calidad de director de obra, con experiencia general mínima de doce (12) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. Al proponente que no presente el Director de obra con estas cualidades, su propuesta será declarada inadmisible para continuar con la etapa de calificación de las propuestas. INSCRIPCIÓN DEL PROPONENTE PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO. La inscripción del proponente para participar, o la manifestación de los interesados para participar en el proceso de selección se llevará a cabo de manera presencial; deberá presentarse únicamente la persona natural o el represéntate legal de la empresa con una copia del certificado de existencia y representación legal o matricula mercantil según sea el caso expedido por le entidad competente. En el caso en que haya más de 10 inscritos, el sorteo se realizara el día hábil siguiente de la inscripción a las 2:00 p.m. en la Umata del municipio de Betulia. El sorteo se realizará mediante la utilización de balotas de la siguiente manera: Se introducirán en una balotera, un número de balotas del cero (0) al nueve (9), para conformar las unidades y las decenas o centenas, según el caso, se sustraerá una balota por el número de veces consecutivas que sean necesarias para conformar la lista total máxima de participantes, Se deberá levantar un acta en la que conste el orden del día y lo acontecido en dicha reunión pública, la cual será suscrita por los funcionarios que en ella intervinieron los proponentes si son persona natural o los Representantes Legales de la persona jurídica de los proponentes interesados. El Municipio de Betulia sólo recibirá propuestas de parte de las diez (10) personas naturales o jurídicas inscritas y/o seleccionadas mediante sorteo a la fecha de cierre de la Convocatoria. Cuando el número

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de posibles oferentes inscritos sea inferior a diez (10) y el día de cierre se presentan menos de diez (10) propuestas, la Administración adelantará el proceso de selección con todos ellos 3.4.6 MANIFESTACIÓN DE INTERÉS Todos los interesados en participar en el proceso de selección deberán inscribirse ÚNICAMENTE DILIGENCIANDO EL FORMATO RETIRO FORMAL DEL PLIEGO DE CONDICIONES Y MANIFESTACION DE INTERES FORMULARIO Nº 0, AL PLIEGO DE CONDICIONES Y ENTREGÁNDOLO EN LA OFICINA DE ARCHIVO MUNICIPAL, según la cronología del proceso, indicando claramente el número y objeto del proceso a inscribir, en caso de consorcios o uniones temporales indicar el nombre de cada uno de los integrantes. Las inscripciones se harán única y exclusivamente en cualquier forma de asociación autorizadas por la ley, tales como: Consorcios, Uniones Temporales, o de manera individual como persona natural o jurídica. En el evento en que concurran dos inscripciones en cualquiera de las formas antes anotadas, la UMATA tendrá en cuenta la primera inscripción para efectos del sorteo. Así mismo, no se aceptarán las inscripciones de Consorcios, Uniones Temporales o cualquier otra forma de asociación, en la que alguno de sus integrantes, bien sea persona natural o jurídica, se haya inscrito de manera individual. Se debe tener presente, que las personas incursas en alguna inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la ley, no podrán inscribirse, toda vez que esta inscripción es para efectos de participar en el proceso de selección. Con la inscripción en la lista de posibles oferentes, se entiende que el interesado ha expresado claramente su interés en participar en el presente proceso de selección abreviada. 3.4.7 VISITA OBLIGATORIA AL SITIO DE LA OBRA Se realizará reunión informativa obligatoria y visita en el lugar, fecha y hora establecida en el cronograma, único lugar y momento donde se diligenciará planilla de asistencia a visita y donde se verifica la documentación de los participantes exigida en los presentes pliegos, y se procede a desplazarse al lugar, la visita es obligatoria a los proponentes, es decir la no asistencia a la misma será causal de eliminación. Todos los costos ocasionados con motivo de la visita correrán por cuenta del proponente interesado y ésta asumirá todos los riegos por pérdidas, daños o perjuicios a su persona, empleados y el Municipio en ningún caso asumirá responsabilidades por estos aspectos. La visita deberá ser realizada por. El interesado deberá acreditar haber realizado la inscripción previamente para poder asistir a la misma. Como resultado de la visita, cuando se considere conveniente, el Secretario (a) de Planeación Municipal expedirá las modificaciones o aclaraciones pertinentes al Pliego de Condiciones. Es requisito indispensable para presentar la propuesta que los proponentes asistan a la visita técnica para reconocer la zona sobre la cual se plantea el desarrollo de las actividades y sus alrededores e informarse completamente de todas las condiciones topográficas, climatológicas, de acceso, de seguridad, de suministro y transporte de las herramientas, equipos y sobre todas las demás circunstancias que puedan influir o afectar de alguna manera el servicio, su costo y duración. A la visita deberán asistir ingeniero civil, ambiental o ingeniero sanitario para las personas naturales en caso de personas jurídicas, consorcios y/o unión temporal deberá asistir el representante Legal de la misma, en caso de no ser ingeniero civil o ambiental, deberá estar acompañado de un Ingeniero Civil o ambiental debidamente matriculado con experiencia mayor a 4 años demostrado con la tarjeta profesional (presentar original y copia, tanto de la tarjeta como de la vigencia).

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3.5 EVALUACIÓN ECONÓMICA En este criterio se efectuará las correcciones aritméticas del Formulario Nº 2 del o de los oferentes que hayan obtenido calificación ADMISIBLE en todos los criterios de evaluación financieros y jurídicos, y se conformará el orden de elegibilidad para la adjudicación del contrato de acuerdo a los siguientes puntos. En el evento que solo un proponente obtenga calificación ADMISIBLE en todos los criterios de evaluación, LA ENTIDAD le verificará que el precio de su oferta cumpla los requisitos que a continuación se detallan:

a) El costo total corregido de la propuesta no excede el de la disponibilidad presupuestal establecida en la presente base de contratación; de lo contrario, la propuesta se considerará NO VÁLIDA, es decir, no se tendrá en cuenta para la evaluación, ni la adjudicación del contrato. El costo total corregido de la propuesta se determinará con base en la información consignada en el Formulario Nº 2, y su respectiva corrección aritmética. Sólo se aceptará como corrección aritmética la originada por todas las operaciones aritméticas a que haya lugar en el Formulario Nº 2. El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los valores consignados en el Formulario Nº 2, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero del peso.

b) El costo total corregido de la propuesta es igual o Mayor al 95% (ajustado al peso) del costo total del presupuesto oficial; de lo contrario, la propuesta se considerará NO VÁLIDA, es decir, no se tendrá en cuenta para la evaluación, ni la adjudicación del contrato.

En el evento que sólo un proponente obtenga calificación ADMISIBLE en todos los criterios de evaluación, y además haya sido calificada como VALIDA en cumplimiento de los requisitos a) y b) del presente numeral, el ALCALDE del MUNICIPIO o su delegado, le adjudicará el contrato al proponente por el valor total corregido de su propuesta y en el plazo de ejecución del proyecto estipulado en el presente Pliego de Condiciones. La resolución por medio de la cual se adjudica el contrato se notificará personalmente al proponente favorecido, es irrevocable y obliga al MUNICIPIO y al adjudicatario. En el evento que varias propuestas obtenga calificación ADMISIBLE en todos los criterios de evaluación, LA ENTIDAD le verificará que el precio de su oferta cumpla los requisitos a) y b) del presente numeral y procederá a la calificación de la siguiente manera: 3.6.1 PONDERACION 1.000 PUNTOS 3.6.1.1 Precio (500/1.000) El valor total corregido de la propuesta, no podrá exceder el presupuesto oficial de obra ni se podrá encontrar por debajo del 95% del mismo. El valor total corregido de la propuesta no podrá diferir en más del uno por ciento (1.0%) del valor presentado. En el proceso de evaluación se realizará una corrección aritmética, prevaleciendo el valor corregido sobre el valor presentado en el formulario de ítems, cantidades y precios.

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Para dar el puntaje se calcularán las siguientes fórmulas: P = (P1+P2+P3+Pn +Po) N+1 Donde: P: Promedio aritmético de las propuestas evaluadas y aceptadas como admisibles Más el presupuesto oficial de obra Pi: Propuesta calificada como admisible en la evaluación. n: Número total de propuestas admisibles en la evaluación. Po: Presupuesto oficial de obra A la propuesta con precio más cercano, en valores absolutos, al precio promedio se le asignara un puntaje (Ce) de 500 puntos. Las demás propuestas en estudio se les asignarán puntaje en forma proporcional: Ce = 500 x (1- Abs (Pm - Pi)) Pm Dónde: Ce: Calificación de la propuesta en estudio Abs: Valor absoluto Pm: Precio de la propuesta que obtuvo el Mayor puntaje Pi: Precio de la propuesta en estudio 3.7 CRITERIOS DE DESEMPATE En el evento en que dos o más propuestas obtengan el mismo PUNTAJE en el orden de elegibilidad, se dará prioridad al proponente que, sucesivamente: 1º No tenga sanciones ejecutoriadas, ni multas impuestas; 2º En caso de que persista el empate se procederá a desempatar por el sistema de balotas En el evento en que sólo una propuesta sea declarada elegible, se continuará con el proceso de selección conforme se indicó anteriormente, en caso contrario se declara desierto el Proceso de la Convocatoria. 3.8 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN El MUNICIPIO DE BETULIA podrá designar funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o sedes de cada uno de los proponentes con el fin de verificar la información que los mismos han consignado en sus propuestas y calificar aspectos relacionados con los presentes Pliegos de Condiciones. El MUNICIPIO DE BETULIA podrá igualmente obtener por cualquier medio idóneo la información que requiera para verificar la información suministrada en las propuestas. En este proceso licitatorio, solo podrán participar aquellos proponentes que hayan presentado observaciones por escrito al pliego de condiciones o hayan asistido a la audiencia de aclaración del pliego definitivo o hayan asistido a la audiencia de asignación de riesgos, de acuerdo a lo contemplado en el Artículo 7 del decreto 0734 de 2012.

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3.9. PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO Y PARA CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS El proponente favorecido deberá presentarse a suscribir el contrato respectivo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de la adjudicación. Igualmente, deberá constituir las garantías dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al perfeccionamiento (firma) del contrato. Si el adjudicatario no suscribe el contrato adjudicado o no presenta las garantías dentro de los términos indicados, quedará a favor del MUNICIPIO DE BETULIA, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha garantía.

CAPITULO IV CONDICIONES DEL CONTRATO

4.1 FORMA DE PAGO El MUNICIPIO DE BETULIA pagará el valor del contrato, previa presentación de la Orden de Pago debidamente soportada, así:

El municipio de Betulia Antioquia, pagara la suma Indicada al prestador del servicio (CONTRATISTA) Mediante actas de avance, previa presentación de los informes y la respectiva certificación de recibido a entera satisfacción expedido por la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria del Municipio de Betulia Antioquia, en todo caso el último pago que el Municipio Adeude al contratista quedada supeditado a la firma del acta e Liquidación.

4.2 IMPUESTOS El contratista pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. Deben tener en cuenta los impuestos del orden Nacional, Departamental y Municipal. 4.3 GARANTÍAS CONTRACTUALES EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor del MUNICIPIO DE BETULIA, la Garantía Única del contrato, con los amparos pertinentes previstos en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentos. El contratista deberá presentar las garantías exigidas a continuación: El CONTRATISTA deberá constituir a favor del MUNICIPIO DE BETULIA una garantía consistente en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que otorgue los siguientes amparos: Cumplimiento y calidad: Por un valor equivalente al 10% del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro meses más. Estabilidad de la Obra: Por un valor equivalente al 20% del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y Tres años más. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un valor equivalente al 10% del valor del contratista o su garante deberán (los dos o cualquiera a elección

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del MUNICIPIO DE BETULIA, reintegrar, dentro de los dos días hábiles siguientes, el monto del anticipo no amortizado. En caso de retardo en la restitución de este dinero, el contratista o su garante o los dos a elección del MUNICIPIO DE BETULIA cancelarán intereses moratorios a la máxima tasa legalmente vigente. 4.4 INTERVENTORÍA Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO El Municipio atraves de la UMATA, El supervisor que estará autorizado para impartir instrucciones al Contratista de obra sobre asuntos de su responsabilidad, relacionados con los servicios y éste estará obligado a cumplirlas. 4.5 NO EXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL ENTRE EL CONTRATISTA Y LA ALCALDÍA El personal del contratista no tiene ni adquirirá, por razón de la ejecución del contrato vínculo laboral alguno con la Alcaldía de BETULIA. Toda la responsabilidad derivada de los contratos de trabajo correrá a cargo exclusivo del contratista; así debe expresarse en los respectivos contratos laborales, o en certificación suscrita por cada uno de los empleados del contratista, que deberá ser entregada al supervisor al inicio de la ejecución del contrato. 4.6. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Estará sujeta a lo dispuesto en los artículos 60 y 61 de la Ley 80 de 1993, para lo cual se establecen términos definidos claramente dentro de la minuta del contrato resultante. 4.7 CORRECTIVOS, MULTAS Y CLAUSULA PENAL PECUNIARIA Si llegare a suceder el evento de incumplimiento parcial o total de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD aplicará las cláusulas, cuantías y procedimientos señalados por el Municipio. 4.8 INICIACIÓN El Contratista deberá iniciar la ejecución del proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la orden de iniciación que imparta la ENTIDAD previa la suscripción del acta de iniciación. 4.9 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Este contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del mismo, al proyecto que le sirve de base y a las instrucciones de LA ENTIDAD, dadas para el mejor cumplimiento del contrato. Durante el desarrollo de las actividades y hasta que tenga lugar el recibo definitivo, el Contratista será responsable de las fallas que en la ejecución se adviertan sin perjuicio de la responsabilidad a que se refiere el artículo 2060 del Código Civil. 4.10 CESIONES Y SUBCONTRATOS El contratista no podrá ceder ni subcontratar el contrato a persona alguna natural, o jurídica, nacional o extranjera, sin previo consentimiento por escrito del MUNICIPIO BETULIA, pudiendo este reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión o el subcontrato. 4.11. SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO

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El proponente favorecido deberá perfeccionar y legalizar el respectivo contrato dentro de los 10 días calendario siguientes a la notificación de adjudicación de derecho contrato, de no hacerlo dentro del término establecido se aplicara lo señalado en el numeral 12 del artículo 3ª de la ley 80/93.

MINUTA CONTRATO DE OBRA Nº CONTRATISTA: _____________________________________________

OBJETO: "Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población

asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia

mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas

residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las

fuentes hídricas que se encuentran en el territorio"

VALOR: _______________________________________________ ($_________________________). PLAZO: __________ (_____) DIAS LEON DARIO VELEZ YEPES, Identificado con la cedula de ciudadanía No.71´436.436 de Medellin (ANTIOQUÍA) quien actúa como Alcalde de BETULIA y __________________________________, identificado con cedula de ciudadanía No. ___________________ expedida en ______________, en representación _________________________________ quien declara que no se encuentra incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad establecida en la Ley, y quien en adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente contrato de obras previas las siguientes

cláusulas: PRIMERA OBJETO: “Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las

fuentes hídricas que se encuentran en el territorio " de acuerdo a lo establecido en las reglas de

participación y sus documentos técnicos, y en la propuesta presentada, los cuales forman parte integral del presente contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Las cantidades por ejecutar son las que están en el formato de la propuesta económica, las cuales hacen parte integral de este contrato, estas podrán aumentar ó disminuir ó suprimir durante la ejecución de las obras, previa revisión y aprobación por la Interventoría y expresa autorización del MUNICIPIO DE BETULIA. Tales variaciones no viciarán ni invalidarán el contrato producto de esta convocatoria. El CONTRATISTA está obligado a ejecutar las Mayores ó menores cantidades de obra que resulten a los mismos precios de la propuesta. Todas aquellas modificaciones que de una u otra manera llegasen a alterar el presupuesto, deberán ser aprobadas por el MUNICIPIO DE BETULIA, previa solicitud y soportes de la Interventoría. En caso de presentarse alguna actividad adicional, los precios de los insumos son los que aparecen en la propuesta, de acuerdo a los análisis de precio unitario (APU). Para el pago final del contrato se realizara el balance de las cantidades de obras finales ejecutadas, con el fin de realizar el respectivo pago y liquidación del contrato. La interventoría ejercerá control permanente, para evitar que las obras ejecutadas sobrepasen el valor contractual, advirtiendo de esto, por escrito al contratista PARÁGRAFO SEGUNDO: El contratista deberá manifestar expresamente y por escrito al momento de la suscripción de las modificaciones, adiciones, aclaraciones, prorroga, actas y demás documentos que se suscriban en la ejecución del contrato, si tales modificaciones, ajustes o correcciones generan Mayor valor, en caso que el contratista suscriba el documento sin la manifestación anterior se entenderá que cumple lo acordado sin que haya lugar a pago adicional alguno. PARÁGRAFO TERCERO: En caso de presentarse Mayores cantidades de obras, estas podrán compensarse mediante actas suscritas entre el interventor y el contratista, siempre que la compensación no genere Mayor valor del contrato y solo si

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con ello es posible culminar la obra contratada; si no es posible suscribir acta de compensación de cantidad de obra, porque las Mayores cantidades de obras generan Mayor valor del contrato, el interventor no podrá autorizarlos sin el visto bueno del Alcalde, quien dará su visto bueno previa verificación que exista disponibilidad de recursos para cubrir el posible pago de las Mayores cantidades de obras. En caso de presentarse alguna actividad adicional, para el cálculo del precio unitario de esta, se tendrá en cuenta el menor valor. DEPARTAMENTO respectivo de los insumos (tarifa de los equipos, precios de insumos – materiales básicos y tarifa de personal) consignados entre la lista de precios de insumos y en los Análisis de Precios Unitarios presentados por el contratista. PARÁGRAFO CUARTO: Las obras adicionales o complementarias es decir los ítems o actividades no previstas en el contrato requerirán de una modificación o adición al contrato. SEGUNDA VALOR: El valor total del presente contrato es la suma de ___________________ _________________________________________________________________________________________________________ ($____________________-) incluido el valor del A.U. PARÁGRAFO PRIMERO: El valor final del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas y/o entregadas a satisfacción del MUNICIPIO DE BETULIA por los valores o precios unitarios pactados para el respectivo ítem. El presente contrato se pacta por el sistema de precios unitarios, sin fórmula de reajuste (valor por unidad de recurso, obra, trabajo, servicio o bien, el cual remunera la totalidad de las actividades y/o suministros que sean necesarios para la ejecución de su objeto, de conformidad con lo pactado). Cada precio unitario comprende todos los costos directos e indirectos derivados de la ejecución de la respectiva actividad y/o suministro que hacen parte del objeto del contrato. Incluye entre otros los gastos de administración, salarios y prestaciones sociales del personal, incrementos salariales y prestacionales, desplazamiento, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo, del contratista, honorarios, asesorías en actividades objeto del contrato, computadores, licencias de utilización del software, el impuesto de timbre si a ello hubiere lugar, y demás impuestos y deducciones a cargo del Contratista y en general todo costo en que incurra el contratista para la ejecución de cada una de las actividades o suministros objeto de este contrato, por lo cual incluye el A.I.U. . Dado que el Contratista incluyó el precio de cada producto, según lo registra en el Formato de la propuesta económica presentados con la propuesta que forma parte de este contrato, derivado de este proceso, la totalidad de los costos, gastos, A.U. y demás elementos, que inciden económicamente en la ejecución de cada una de dichas actividades y/o suministros adicionales, el MUNICIPIO DE BETULIA no despachara favorablemente reclamos de solicitudes de reajuste efectuados por el contratista por concepto de costos, gastos, actividades o suministros adicionales que requiera para ejecutar el contrato y que fueron previsibles al momento de presentación de su oferta. El contratista no ejecutara actividades que generen Mayor valor del contrato sin la autorización del funcionario competente para suscribir el contrato, cualquier actividad que se realice sin esta autorización será asumida por cuenta y riesgo del contratista de manera que el MUNICIPIO DE BETULIA estará exenta de reconocer valores adicionales por tal concepto. PARÁGRAFO SEGUNDO: para efecto del presente contrato, la propuesta económica presentada por el contratista es la que hace parte integral de este contrato. TERCERA - FORMA DE PAGO: El MUNICIPIO DE BETULIA pagará al contratista el valor adjudicado al contratista con anticipo equivalente al 50% del valor del contrato previa legalización, presentación de la cuenta de cobro e instalación de la Valla Informativa del contrato, modelo suministrado por el Municipio de BETULIA. El saldo restante se pagara mediante cuentas acompañadas de las actas de recibo parcial o final de obras previa aprobación del interventor y del supervisor del Municipio de BETULIA, descontando de ellas el porcentaje correspondiente al anticipo. Las actas de recibo parcial o final con base en las cuales se efectuaran los pagos deberán ser concordantes con el plan general de inversiones de la obra contratada. El anticipo será amortizado descontando el mismo porcentaje que se entrega como tal del valor de las actas de recibo de obras, a partir de la primera de estas y hasta la cancelación total del mismo. En todo caso la ejecución del anticipo deberá justificarse mediante actas de compra de materiales y demás necesidades como contratos de mano de obra, pagos a profesionales, alquiler de equipos y otros gastos necesarios relacionados directamente con las obras, PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos quedan condicionados adicionalmente a que el CONTRATISTA

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acredite el cumplimiento de la obligación de que trata el artículo 50 de la ley 789 de 2002. y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, PARÁGRAFO SEGUNDO: Adicionalmente, estos pagos que efectué el MUNICIPIO DE BETULIA quedan condicionados al ingreso efectivo de los recursos a la Tesorería del MUNICIPIO DE BETULIA. Para efecto de los pagos corrientes (pagos parciales y finales) por el MUNICIPIO DE BETULIA, el CONTRATISTA deberá informar a la entidad, la cuenta bancaria donde deberán ser depositados los pagos a que tiene derecho. El MUNICIPIO DE BETULIA realizará los pagos posteriores a la radicación de las cuentas o de la fecha en que el contratista subsane las glosas que se le formulen. El pago final queda supeditado a la firma de la liquidación del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: Para la presentación del primer desembolso, el contratista deberán cumplir con: a) informar el Régimen Tributario en el cual se encuentra inscrito, así como el número de inscripción del REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT), acompañada de la certificación de existencia de la cuenta bancaria, expedida por la respectiva entidad. CUARTA PLAZO: Los trabajos deberán realizarse en su totalidad en un plazo máximo de _________ (___) DIAS. El plazo de ejecución es contado a partir de la fecha de suscripción por el contratista y el interventor del acta de inicio de obras, previa aprobación por parte de la asesoría Jurídica del MUNICIPIO DE BETULIA de las garantías solicitadas. PARÁGRAFO PRIMERO: Si dentro del plazo no es posible ejecutar la totalidad de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, el contrato se prorrogará sin que haya lugar a adición del valor inicialmente pactado, en el entendido que el valor del contrato remunera el 100% de las actividades aquí establecidas. Lo anterior sin perjuicio de las sanciones contractuales que haya lugar a imponer al CONTRATISTA. QUINTA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: el CONTRATISTA se obliga a cumplir con las obligaciones propias e inherentes a la naturaleza del contrato, las obligaciones establecida en las condiciones de participación y específicamente: 1) Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, ejecutando las obras contratadas, de acuerdo con los planos, especificaciones de construcción, cantidades de obra y precio unitario fijo contenidos en la propuesta presentada y Reglas de participación. Ejecutar el objeto contractual en el plazo establecido, independientemente de cualquier factor que pueda generarse en esta etapa. 2) Acreditar de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, y la Ley 1150 de 2007, el cumplimiento del pago mensual de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Nacional de Bienestar Familiar, y Caja de Compensación Familia, mediante certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal según el caso. 3) Suministrar toda la información requerida en las reglas de participación del proceso del cual se deriva el presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el capítulo IV de obligaciones especiales del contratista, so pena de hacerse efectiva la cláusula penal de apremio o la garantía de seriedad de la oferta según corresponda, así: a) Flujo de inversión; b) Organización de los Trabajos; c) Programación detallada de obra, debidamente avalado por la Interventoría. PARÁGRAFO: El programa de trabajo así acordado será obligatorio para el Contratista, y no podrá modificarse sin causas plenamente justificadas. Toda modificación deberá ser aprobada por escrito por EL MUNICIPIO DE BETULIA, previa verificación por parte de Interventor. Si el Contratista no cumple con el programa de trabajo, el interventor le podrá exigir por escrito que aumente el número de turnos, la jornada de trabajo, el equipo, y las acciones necesarias requeridas, sin costo adicional alguno para EL MUNICIPIO DE BETULIA. La renuencia del Contratista a adoptar las medidas exigidas se considerará como incumplimiento de conformidad con lo establecido en el contrato. Ejecutar las obras de acuerdo con el programa general aprobado por la Interventoría. 4) El contratista deberá llevar una memoria diaria (BITÁCORA DE OBRA) de todos los acontecimientos, sucesos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, registrarse la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., debe permitir la comprensión general de la obra y desarrollo de las actividades de acuerdo con el cronograma de ejecución e inversión aprobado. Debe firmarse por el director de obra y la Interventoría y adicionalmente debe estar foliada. Tienen acceso adicional a esta bitácora, los representantes del MUNICIPIO DE BETULIA. 5) El Contratista deberá instalar una valla informativa de acuerdo con las especificaciones dadas por la interventoría y/o de acuerdo con la información y modelo suministrado por el MUNICIPIO DE BETULIA. 6) El contratista deberá realizar todas las pruebas

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requeridas a las redes de instalación, corregirlas si es caso, hasta la entrega a satisfacción a la interventoría. 7) deberá verificar que para el inicio de las obras dicho proyecto cumpla con todas las normas, licencias y permisos requeridos por las entidades municipales y nacionales. 8) Invertir en forma directa e inequívoca el anticipo en el objeto contractual con sujeción al plan de inversiones. 9) Responder por el pago de los impuestos que cause la legalización del contrato. 10) El contratista deberá contar con el apoyo de una oficina (en cualquier ciudad) para la ejecución de la obra. Este compromiso se entenderá que cubre lo relacionado con los aspectos técnicos, legales, administrativos y contables. 11) Ejecutar la obra tanto en calidad, cantidad, como en tiempo, con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y demás elementos necesarios para la ejecución de las obras. 12) Elaborar y presentar conjuntamente con el Interventor, actas parciales, final de obra y liquidación. Presentar al Interventor informes mensuales de avance de obra y los que EL MUNICIPIO DE BETULIA le solicite. 13) Realizar y presentar semanalmente el registro fotográfico y/o de video del avance de la ejecución, procurando mostrar desde un mismo punto el progreso o avance. 14) Suministrar todos los insumos en las fechas indicadas en el cronograma de suministros, para el cumplimiento del plazo de ejecución establecido en las reglas de participación. 15) Mantener el personal establecido en las reglas de participación durante la ejecución del proyecto. 16) Ejecutar ________________________________ ____________________________________________________________________________, en el plazo establecido, independientes de cualquier factor que se pueda generar en la etapa de construcción. 17) Realizar por su cuenta y riesgo el Control de Calidad de la obra mediante la ejecución de ensayos de laboratorio a los materiales que emplee en la construcción, con las frecuencias determinadas en las Especificaciones y a suministrar esta información al Interventor. 18) Se compromete igualmente a suministrar las muestras de los materiales que solicite el interventor para la ejecución de ensayos de control. 19) Responder por la buena calidad de los materiales y elementos utilizados en el objeto del contrato. 20) Durante la ejecución de las obras, el Contratista tendrá la obligación de usar procedimientos adecuados de construcción y protección contra cualquier daño o deterioro que pueda afectar su calidad, estabilidad y acabados, inclusive en aquellos lugares que durante la construcción permanezcan prestando servicio público. 21) Prever el transporte de los materiales y equipos, así como sus despachos y entrega oportunas en el sitio de la obra para el cumplimiento del plazo establecido. 22) Realizar por su cuenta y riesgo, el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución del proyecto. Responder por el pago del consumo de servicios públicos utilizados con ocasión de la ejecución de la obra y trabajos, así como de la adecuación de las redes requeridas para la obtención del servicio. 23) Suministrar y mantener durante la ejecución de la obra el personal propuesto para la ejecución de los trabajos hasta la entrega de la obra a satisfacción; en caso contrario, deberá presentar la justificación valedera ante el MUNICIPIO DE BETULIA, que aceptará o no la solicitud de reemplazo, so pena de que se le pueda aplicar la cláusula penal de apremio. PARÁGRAFO PRIMERO: Para el efecto, el contratista deberá presentar a consideración del MUNICIPIO DE BETULIA los documentos soportes de la experiencia general y especifica del profesional propuesto en su oferta, de acuerdo con los plazos establecidos en las reglas de participación del proceso que da origen al presente contrato. La dedicación de este personal será en el sitio de los trabajos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Si EL CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestos, deberá hacerlo por otro de un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación del MUNICIPIO DE BETULIA, previo visto bueno del Interventor. PARÁGRAFO TERCERO: Será por cuenta del CONTRATISTA el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de la obra, igualmente la elaboración de los subcontratos necesarios, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal con el MUNICIPIO DE BETULIA. Así como todos los riesgos que se deriven de la contratación del personal. 24) El contratista deberá garantizar la disponibilidad suficiente de personal para cumplir con el cronograma de ejecución del proyecto, si fuese necesario hasta en doble jornada (diurna y nocturna). 25) El contratista deberá en relación con el personal no calificado vincular como mínimo un 80% de personal nativo de la región. 26) Responder por toda clase de demandas, reclamos o procesos que instaure el personal o los subcontratistas. 27) El contratista deberá cumplir las disposiciones legales sobre contratación del

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personal colombiano y extranjero. 28) El contratista se obliga al cumplimiento de todas las leyes laborales vigentes a la fecha de liquidación del contrato y al pago por su cuenta, de todos los salarios y prestaciones sociales de Ley. PARÁGRAFO: Entre el contratista o el personal que éste utilice para la ejecución de los trabajos y el MUNICIPIO DE BETULIA no existirá vínculo laboral alguno. 29) EL MUNICIPIO DE BETULIA tampoco será responsable de cualquier obligación que el contratista adquiera con terceros como parte del cumplimiento de sus obligaciones contractuales, incluyendo responsabilidades contingentes. 30) Presentar en un plazo no Mayor a cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de legalización del contrato, los soportes correspondientes que acrediten las calidades de formación académica y la experiencia general y especifica del personal relacionado mínimo requerido en las presentes reglas de participación y el ofrecido en la propuesta con el cual conformará su equipo de trabajo. PARÁGRAFO PRIMERO: El personal presentado en la propuesta no podrá ser cambiado, salvo por autorización expresa y escrita del interventor del contrato por parte del MUNICIPIO DE BETULIA. En todo caso el profesional que lo reemplazará deberá ser de las mismas o mejores calidades que el propuesto. Todo el personal descrito en este capítulo será al que se le asigne las labores directas de la ejecución del proyecto. 31) Garantizar las condiciones requeridas en las reglas de participación en relación con el equipo mínimo de trabajo requerido 32) Mantener al frente de las obras a un Ingeniero Civil o ambiental matriculado y aceptado por el MUNICIPIO DE BETULIA, quien será el Director del proyecto y representante del CONTRATISTA para decidir con el Interventor sobre los aspectos relacionados con la ejecución de la misma, con una dedicación de medio tiempo. 33) El Contratista deberá mantener a todo el personal que labore en la obra debidamente identificado con carné y chaleco o prenda de vestir uniforme, para su inmediato reconocimiento. 34) El contratista se compromete a realizar los cerramientos y aislamientos provisionales de las áreas a intervenir del proyecto que lo requieran o solicite la Interventoría, prestar toda la seguridad industrial correspondiente necesaria en los sitios de trabajo y tener toda la señalización preventiva necesaria para la segura circulación del personal de obra. 35) Deberán asimismo garantizar que las áreas a intervenir estén aisladas totalmente, para evitar el tránsito e intromisión de personas ajenas a la obra. 36) El contratista deberá conservar todas las áreas aledañas a la obra objeto del contrato, en las condiciones en que se encuentran antes de la iniciación de los trabajos y reponerlas o repararlas a su costa, en caso de que las destruya o dañe durante la ejecución del contrato. 37) El contratista deberá adecuar las áreas o espacios que le indique la Interventoría para el almacenamiento de materiales, oficina y cuarto del personal. Sin embargo, es responsabilidad del contratista ubicar, adecuar y proteger el sitio asignado. PARÁGRAFO PRIMERO: El Contratista será responsable ante las autoridades competentes del sitio de las obras del cumplimiento de las normas vigentes y de las sanciones a que se haga acreedor debido a su incumplimiento u omisión. PARÁGRAFO SEGUNDO: Una vez terminada la obra, el campamento se retirará o demolerá si es del caso y se restituirán las condiciones que existían inmediatamente antes de iniciar la obra. Así mismo, será responsabilidad del contratista la reposición de las obras o actividades anteriormente ejecutadas y entregadas y afectadas mal uso. 38) El contratista se obliga a efectuar las reparaciones que sean necesarias en las áreas intervenidas, como consecuencia de los defectos de estabilidad, durante un periodo de un (1) año contados a partir de la entrega de las obras. Las reparaciones o reconstrucciones serán a costa del Contratista y las obras no serán aceptadas para el pago hasta tanto cumplan con lo especificado. 39) Responder por todo daño que se cause a bienes, al personal que se utilice y a terceros en la ejecución del contrato. 40) Mantener en aseo permanente los sitios intervenidos, retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas en perfecto estado de limpieza, hasta la entrega final y recibo definitivo por parte de la Interventoría. 41) El Contratista será responsable de todos los accidentes que pueda sufrir su personal, el personal de Supervisión, visitantes autorizados o transeúntes, como resultado de la negligencia o descuido en tomar las medidas de seguridad necesarias. Por consiguiente, todas las indemnizaciones serán por cuenta del Contratista. PARÁGRAFO PRIMERO: El Interventor podrá ordenar en cualquier momento, que se suspenda la construcción de la obra o las obras en general si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático de los requisitos generales de seguridad o de las instrucciones del Interventor a este respecto, sin que el Contratista tenga derecho a reclamo o a la ampliación del plazo de ejecución.

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PARÁGRAFO SEGUNDO: El contratista deberá mantener en el frente de trabajo, las señales que indique peligro para el usuario y la orientación vehicular necesaria para la circulación. La señalización anterior no tendrá pago separado y su costo deberá estar incluido en el valor de la propuesta económica. 42) El contratista deberá limpiar las zonas de su trabajo y atender la conservación de todo lo construido por él y por terceros, incluida la limpieza de vías públicas y propiedades adyacentes. Además, es responsabilidad del contratista realizar las obras provisionales que sean necesarias para la correcta ejecución de la obra nueva, dentro del valor total de su contrato, previa autorización del Interventor. 43) Será responsabilidad del contratista la construcción o adecuación de las obras de carácter provisional, necesarias para acceder a la zona del proyecto, así como su mantenimiento y la obtención de los permisos necesarios para su utilización. EL contratista deberá, a su costa, realizar los trabajos que sean necesarios para no interrumpir el servicio de las vías públicas y para la prevención de accidentes en las vías de acceso al proyecto y en otras vías públicas que deba utilizar para acceder a las áreas de trabajo. 44) El Contratista será responsable ante las autoridades competentes del sitio de las obras del cumplimiento de las normas vigentes y de las sanciones a que se haga acreedor debido a su incumplimiento u omisión. Una vez terminada la obra, el campamento se retirará o demolerá si es del caso y se restituirán las condiciones que existían inmediatamente antes de iniciar las construcciones. Así mismo será responsabilidad del contratista la reposición de las obras de urbanismo afectadas por la construcción de la obra. 45) El contratista deberá respetar totalmente los diseños técnicos suministrados por el MUNICIPIO DE BETULIA. (Si a ello hubiere lugar) Deberá tenerse en cuenta para la iniciación y desarrollo de los trabajos de construcción, y en caso de presentarse alguna duda o necesidad de modificación de los diseños, se deberá consultar con la Interventoría y ésta a su vez lo hará con EL MUNICIPIO DE BETULIA. PARÁGRAFO: Toda modificación que requiera al proyecto original, deberá contar con la aprobación de la Interventoría del Proyecto y del MUNICIPIO DE BETULIA. Adicionalmente, es obligación del contratista revisar las condiciones iníciales y hacer las observaciones que crea conveniente para la buena ejecución de las obras, antes del inicio de estas. En ese sentido, en el momento en que sea notificado de que ha sido seleccionado en el primer orden de elegibilidad y aceptada su oferta, deberá realizar la evaluación de los estudios y diseños entregados por EL MUNICIPIO DE BETULIA para la ejecución de las obras de construcción, para tal efecto dispondrá del personal que se requiera, quienes deberán entregar por escrito a la Interventoría del contrato, un informe detallado sobre este material. 46) El Contratista será responsable ante las autoridades competentes del sitio de las obras del cumplimiento de las normas vigentes y de las sanciones a que se haga acreedor debido a su incumplimiento u omisión. Una vez terminada la obra, el campamento se retirará o demolerá si es del caso y se restituirán las condiciones que existían inmediatamente antes de iniciar las construcciones. Así mismo será responsabilidad del contratista la reposición de las obras de urbanismo afectadas por la construcción de la obra. 47) El contratista deberá respetar totalmente los diseños técnicos suministrados por el MUNICIPIO DE BETULIA. (Si a ello hubiere lugar) Deberá tenerse en cuenta para la iniciación y desarrollo de los trabajos de construcción, y en caso de presentarse alguna duda o necesidad de modificación de los diseños, se deberá consultar con la Interventoría y ésta a su vez lo hará con EL MUNICIPIO DE BETULIA. PARÁGRAFO: Toda modificación que requiera al proyecto original, deberá contar con la aprobación de la Interventoría del Proyecto y del MUNICIPIO DE BETULIA. Adicionalmente, es obligación del contratista revisar las condiciones iníciales y hacer las observaciones que crea conveniente para la buena ejecución de las obras, antes del inicio de estas. En ese sentido, en el momento en que sea notificado de que ha sido seleccionado en el primer orden de elegibilidad y aceptada su oferta, deberá realizar la evaluación de los estudios y diseños entregados por EL MUNICIPIO DE BETULIA para la ejecución de las obras de construcción, para tal efecto dispondrá del personal que se requiera, quienes deberán entregar por escrito a la Interventoría del contrato, un informe detallado sobre este material. 48) El Contratista se obliga a efectuar las reparaciones que sean necesarias en las áreas intervenidas, como consecuencia de los defectos de estabilidad, durante un periodo de un (1) año contado a partir de la entrega de las obras. 49) Realizar los trámites necesarios a su costo, para asegurar por hurto o pérdida todos los materiales, equipos y demás insumos que se adquieran para la ejecución de la obra, con cargo a los recursos entregados a título de anticipo, dicho

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aseguramiento deberá cubrir la adquisición, transporte y bodegaje de los mismos. 50) El Contratista deberá suscribir el documento de liquidación elaborado por el MUNICIPIO DE BETULIA dentro del plazo previsto, en todos los casos en que a ello haya lugar, en la cual dejará las observaciones que estime pertinentes. OBLIGACIONES DE EL MUNICIPIO DE BETULIA: a) Entregar al contratista las sumas indicadas en la CLÁUSULA TERCERA, en los plazos y términos allí previstos b) formular sugerencias por escrito sobre observaciones que estime conveniente en el desarrollo del contrato, siempre enmarcadas dentro del término del mismo. c) ejercer la interventoría de la obra contratada. SEXTA - INFORMES El Contratista debe presentar, además de los que le solicite el interventor, los siguientes informes: a) Informes mensuales de ejecución incluyendo el avance de cada una de las actividades programadas con cantidades de obra ejecutadas, Registro fotográfico, Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas, fotocopia de la bitácora ó libro de obra, resumen de las actividades realizadas en el mes. b) Informe final: Resumen de actividades y desarrollo de la obra, incluyendo toda la documentación técnica, a saber, libro de obra, planos record de obra verificados por la Interventoría, certificación del cumplimiento del artículo 50 de la ley 789 del 2002, póliza de estabilidad de la obra, paz y salvo por todo concepto de los proveedores y subcontratistas, actualización final de cada uno de los programas requeridos en las reglas de participación y registro fotográfico definitivo. SÉPTIMA - CLAUSULA PENAL DE APREMIO En caso de mora en el cumplimiento de sus obligaciones, y sin justa causa, el Contratista cancelará a MUNICIPIO DE BETULIA por cada día de retraso, el 1.0% del valor total del contrato, sin exceder el 20% del valor del mismo, suma que se podrá descontar directamente de los valores adeudados al contratista por el MUNICIPIO DE BETULIA. En caso contrario se acudirá al juez del contrato. Para efectos de dar cumplimiento al presente numeral, el MUNICIPIO DE BETULIA verificará semanalmente el cumplimiento del Programa de Trabajo ofrecido por el Contratista en la propuesta presentada. Para efectos de que el Contratista cancele los valores por la mora en la ejecución de las obligaciones no se requiere que el MUNICIPIO DE BETULIA lo constituya en mora, el simple incumplimiento imputable al contratista dará origen al pago de las sumas previstas en esta cláusula. El CONTRATISTA autoriza que el MUNICIPIO DE BETULIA descuente de las sumas que le adeude los valores correspondientes a la cláusula penal de apremio a que hace referencia el contrato derivado de este proceso. OCTAVA - CLAUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento parcial o total de las obligaciones a cargo del Contratista, el MUNICIPIO DE BETULIA podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria en un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, como estimación anticipada y parcial de los perjuicios que se causen, sin perjuicio de que el MUNICIPIO DE BETULIA pueda solicitar al CONTRATISTA la totalidad del valor de los perjuicios causados en lo que excedan del valor de la cláusula penal pecuniaria. El Contratista autoriza que el MUNICIPIO DE BETULIA descuente de las sumas que le adeude, los valores correspondientes a la cláusula penal pecuniaria. En caso contrario se acudirá al Juez del contrato. NOVENA - TERMINACIÓN ANTICIPADA: Con la suscripción del presente contrato el contratista autoriza expresamente al MUNICIPIO DE BETULIA para terminar anticipadamente el mismo mediante oficio escrito que se comunicará al Contratista, en los siguientes eventos: Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga. Por disolución de la persona jurídica del Contratista, del Consorcio ó de la Unión temporal o de una de las personas jurídicas que lo integren. Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del Contratista, que puedan afectar de manera grave el cumplimiento del contrato. Cuando el Contratista, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar al MUNICIPIO DE BETULIA los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello so pena de la imposición de multas a que haya lugar. Cuando el Contratista, con posterioridad a la suscripción del acta de inicio, no diere principio a la ejecución del contrato so pena de la imposición de multas a que haya lugar. Cuando del incumplimiento de obligaciones del Contratista se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente la ejecución del contrato so pena de la imposición de multas a que haya lugar. Si suspendidas todas o algunas de las obligaciones emanadas del presente contrato, el Contratista no reanudase la ejecución de las mismas dentro del plazo acordado entre las partes una vez terminadas las causas que obligaron a la suspensión so pena de la imposición de multas a que haya

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lugar. Cuando el Contratista abandone o suspenda los trabajos total o parcialmente, sin acuerdo o autorización previa y escrita del MUNICIPIO DE BETULIA so pena de la imposición de multas a que haya lugar. Cuando el Contratista ceda el contrato sin previa autorización expresa y escrita del MUNICIPIO DE BETULIA so pena de la imposición de multas a que haya lugar. Cuando el Contratista incurra en las conductas prohibidas en el Capítulo 2 del Título II de la Ley 418 de 1997, prorrogada por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado del Contratista en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada del Contratista o de alguna de sus filiales). PARÁGRAFO: Así mismo las partes acuerdan que el contrato se dará por terminado anticipadamente a partir de la fecha que señale la comunicación que se remita y de ser el caso sin perjuicio de lo anterior las partes suscribirán un acta de liquidación, en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma, igualmente el Contratista tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar de conformidad con el clausulado de este contrato, a que se le pague la parte de los trabajos, recibidos a satisfacción por el MUNICIPIO DE BETULIA hasta la fecha de la terminación anticipada. Posteriormente el Contratista no podrá solicitar valores diferentes a los que resulten de lo allí consignado, razón por la cual renuncia a realizar cualquier reclamación o demanda en relación con valores diferentes a los consignados en este contrato. DECIMA – INTERVENTORÍA: La interventoría será ejercida por LA UMATA. DECIMA PRIMERA - GARANTÍAS QUE DEBE OTORGAR EL CONTRATISTA: El contratista deberá presentar las garantías exigidas a continuación: El CONTRATISTA deberá constituir a favor del MUNICIPIO DE BETULIA una garantía consistente en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que otorgue los siguientes amparos: Cumplimiento y calidad: Por un valor equivalente al 10% del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro meses más. Estabilidad de la Obra: Por un valor equivalente al 20% del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y Tres años más. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un valor equivalente al 10% del valor del contratista o su garante deberán (los dos o cualquiera a elección del MUNICIPIO DE BETULIA, reintegrar, dentro de los dos días hábiles siguientes, el monto del anticipo no amortizado. En caso de retardo en la restitución de este dinero, el contratista o su garante o los dos a elección del MUNICIPIO DE BETULIA cancelarán intereses moratorios a la máxima tasa legalmente vigente. DECIMA CUARTA - ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD: El Contratista ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, condiciones técnicas, sociales, de orden público y ambiental, en la que se adelantarán la ejecución del proyecto y en consecuencia se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente a su riesgo las obligaciones derivadas de este Contrato. DECIMA QUINTA - INDEMNIDAD EN LOS CONTRATOS DERIVADOS: El CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo al MUNICIPIO DE BETULIA de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del contratista en el desarrollo de este contrato. El CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados y/o familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales ó extrajudiciales) contra el MUNICIPIO DE BETULIA, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible, y se presentaren reclamaciones o demandas contra el MUNICIPIO DE BETULIA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que le sean notificadas o en que se radiquen aquellas, éste podrá comunicarle la situación por escrito al CONTRATISTA ó llamarlo en garantía. En cualquiera de dichas situaciones, el CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses del MUNICIPIO DE BETULIA, para lo cual contratará profesionales idóneos que asuman la representación y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena si la hubiere. Si el MUNICIPIO DE BETULIA estima que sus intereses no están siendo bien defendidos, informará por escrito en tal sentido al CONTRATISTA, quien deberá responder explicando la manera y objetivos de la defensa que viene desarrollando, a efectos de que las partes, conjuntamente, acuerden la mejor estrategia de defensa, ó que si el MUNICIPIO DE BETULIA lo estima necesario, asuma directamente la misma. En éste último

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caso, el MUNICIPIO DE BETULIA cobrará y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos por concepto de gasto de administración. En caso de que el CONTRATISTA no asuma la defensa, ó el MUNICIPIO DE BETULIA no llame al CONTRATISTA en garantía dentro del proceso, o no le comunique la existencia del mismo dentro del plazo de cinco (5) días hábiles a partir del momento en que fue radicada la reclamación ó notificada la demanda el MUNICIPIO DE BETULIA asumirá su defensa, pero el costo de los honorarios de los abogados, del proceso y de la condena si la hubiere, más un diez por ciento (10%) por conceptos de costos de administración, serán descontados de los saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA o no fuere posible hacer efectiva la garantía de cumplimiento, el MUNICIPIO DE BETULIA podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere esta cláusula, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestan el mérito de título ejecutivo. DECIMA SEXTA - PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO: Perfeccionado el contrato, el CONTRATISTA deberá constituir las garantías para su aprobación, dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y pagar los impuestos correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato, con el fin de que sea expedido el respectivo registro presupuestal. DECIMA SÉPTIMA – CONSTANCIA DE ARCHIVO: Vencido el plazo contractual el MUNICIPIO DE BETULIA procederá dentro de los seis meses siguientes a verificar si existen obligaciones pendientes a cargo de alguna de las partes. Si no existen obligaciones pendientes se dejará constancia de tal situación y se dispondrá el archivo del expediente que contiene los documentos del contrato. DECIMA OCTAVA – DOCUMENTOS DE LIQUIDACIÓN: Vencido el plazo contractual el MUNICIPIO DE BETULIA procederá dentro de los seis meses siguientes a verificar si existen obligaciones pendientes a cargo de alguna de las partes. Si quedaren obligaciones pendientes el MUNICIPIO DE BETULIA elaborará el documento de liquidación y conminará al contratista a su firma. Si pasados 10 días hábiles a la citación el Contratista no comparece al MUNICIPIO DE BETULIA se enviará, mediante correo certificado el Documento de Liquidación a la última dirección que reporto. Una vez agotado el trámite anterior, si el Contratista no devuelve el documento de liquidación debidamente firmado, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su recibo y quedan saldos pendientes a favor del MUNICIPIO DE BETULIA, acepta con la suscripción del presente contrato que éste y el documento de liquidación elaborado por EL MUNICIPIO DE BETULIA constituyen título ejecutivo suficiente para reclamar las sumas adeudadas a favor de la entidad. DECIMA NOVENA – OMISIONES: Cualquier omisión, error o vicio de los materiales que conforman el factor en la descripción de la actividad en el formato No. 09, de los pliegos de condiciones, en las especificaciones técnicas o en los planos que al momento del estudio para la presentación de la propuesta económica debió advertir el proponente o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente al MUNICIPIO DE BETULIA antes de la presentación de la oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los Mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la construcción serán asumidos íntegramente con su patrimonio. Así mismo, las omisiones o errores en el cálculo de la mano de obra, materiales, rendimientos de maquinarias y, en general, cualquier otro componente de los Precios Unitarios, serán de exclusiva responsabilidad del proponente y, por tanto, el MUNICIPIO DE BETULIA no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos. Con la suscripción del contrato, el Contratista garantizará que las cantidades de obra y todos los demás factores que conforman los Precios Unitarios son los necesarios para cumplir con el objeto del contrato. VIGÉSIMA – CESIÓN: Este contrato se celebra en consideración a la calidad del CONTRATISTA y no podrá cederlo en todo ni en parte a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito del MUNICIPIO DE BETULIA. PARÁGRAFO UNO: El contratista podrá ceder parcial o totalmente los derechos económicos del contrato previa autorización expresa del MUNICIPIO DE BETULIA. VIGÉSIMA PRIMERA - SUBCONTRATOS: En el evento en que EL CONTRATISTA subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, deberá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada. No obstante lo anterior, el CONTRATISTA continuará siendo el único responsable ante EL MUNICIPIO DE BETULIA por el cumplimiento de las obligaciones del Contrato. El CONTRATISTA es el único

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responsable ante el MUNICIPIO DE BETULIA de la celebración de subcontratos. En todo caso, el MUNICIPIO DE BETULIA se reserva el derecho de solicitar al CONTRATISTA cambiar al (los) subcontratista (s) cuando, a su juicio, éste (os) no cumpla (n) con las calidades mínimas necesarias para la ejecución de (las) labor (es) subcontratadas. VIGÉSIMA SEGUNDA - CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se entiende por las partes, que EL CONTRATISTA ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público y ambiental y las demás bajo las cuales se adelantarán la ejecución del proyecto. En consecuencia se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente a su riesgo las obligaciones derivadas de este contrato tal como efectivamente lo hace con la suscripción del mismo. VIGÉSIMA TERCERA - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes buscarán solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden según los procedimientos establecidos por la ley. VIGÉSIMA CUARTA - PROPIEDAD INTELECTUAL: Teniendo en cuenta que los diseños son suministrados por el MUNICIPIO DE BETULIA, al contratista no le asiste sobre los mismos ningún derecho de propiedad intelectual, pudiendo utilizar dichos diseños únicamente para el desarrollo del objeto del contrato derivado del presente proceso, sin que se entiendan cedidos o licenciados a ningún título. Por lo tanto, el contratista deberá respetar totalmente los diseños técnicos suministrados por el MUNICIPIO DE BETULIA. En caso de ser necesario cualquier rediseño o modificación en los planos inicialmente entregados por el MUNICIPIO DE BETULIA, previa su aprobación que implique la creación de una obra nueva protegida por las normas de derechos de autor, la misma se entenderá cedida en sus aspectos patrimoniales al MUNICIPIO DE BETULIA de manera total con el fin de ser utilizada sin limitación de tiempo y lugar. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA: APROPIACIÓN PRESUPUESTAL. El Municipio pagará al contratista el valor del presente contrato con fondos provenientes del presupuesto de la vigencia fiscal 2009, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº _____________ del __ de ______ de 2012 expedido por el director financiero de presupuesto del Municipio. Dado en BETULIA Antioquia a los xxxxxxxxxxxx de 2012 LEON DARIO VELEZ YEPES xxxxxxxxxx ALCALDE DE BETULIA Contratista

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Formulario Nº 0 RETIRO FORMAL DEL PLIEGO DE CONDICIONES Y MANIFESTACION DE INTERES

Fecha: ________ Señores MUNICIPIO DE BETULIA BETULIA Antioquia Referencia: Selección Abreviada de Menor Cuantía SAMEC xxxxx de 2012

El (los) suscrito(s) ____________________________ en calidad de representante legal de __________________________, declaro (amos) que estoy (amos) interesado (s) en participar en el proceso de la referencia, toda vez que he (mos) leído el pliego de condiciones y lo conozco (emos) en todas sus partes. Por lo anterior, queremos materializar el retiro formal del pliego de condiciones, entregando la siguiente información: Nombre del interesado (Persona natural O Jurídica)______________________ Modalidad de asociación: __________________________________________ (Indicar al menos el nombre de uno de los integrantes), Dirección física__________________________________________________ Dirección correo electrónico: ______________________________________ Teléfono No. ____________ Fax No. _________________________________ Celular No. ___________________________________________________ Ni.__________________________________________________________ ___________________________________________________________ NOMBRE DEL INTERESADO O REPRESENTANTE DE INTERESADOS C.C. _________________________________ FIRMA Nota: Esta información debe radicada en el archivo de la entidad, dentro del plazo fijado en el pliego de condiciones.

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Formulario Nº 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Fecha: _________ Señores: MUNICIPIO DE BETULIA BETULIA - Antioquia Respetados señores: Por medio de los documentos adjuntos, me permito presentar propuesta para participar en la presente Convocatoria pública, tendiente a contratar las obras definidas en el objeto de la misma. En el evento de resultar aceptada mi propuesta, me comprometo a perfeccionar y legalizar el respectivo contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de la misma y a ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte, del contrato, de esta propuesta y las demás estipulaciones de la misma, en las partes aceptadas por LA ENTIDAD. En mi calidad de proponente declaro: 1. Que conozco los Términos de Referencia de la presente, sus adendas e informaciones sobre

preguntas y respuestas, así como los demás documentos relacionados con los trabajos, y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.

2. De igual forma manifiesto que acepto las consecuencias que se deriven por el incumplimiento de los requisitos a que se refiere el numeral anterior.

3. Que acepto las cantidades de obra establecidas por LA ENTIDAD para la ejecución del contrato, entendiendo que son aproximadas y que por tanto podrán aumentar o disminuir durante el desarrollo del mismo.

4. Que en caso de ser aceptada mi propuesta, me comprometo a iniciar la ejecución del contrato respectivo, cuando LA ENTIDAD dé la orden de iniciación mediante la comunicación escrita que se suscriba para el efecto, y a terminarlo dentro de los plazos contractuales de acuerdo con lo establecido en los documentos de la , la propuesta y el contrato respectivamente.

5. Que me comprometo a entregar los documentos adicionales de carácter técnico relacionados en los términos de referencia dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de perfeccionamiento del contrato.

6. Que garantizo que el grupo mínimo de apoyo exigido en los Términos de Referencia de la cumple con los perfiles profesionales y técnicos requeridos por LA ENTIDAD.

7. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a esta. 8. Que con la firma de la presente Carta manifiesto bajo la gravedad del juramento que no me

encuentro incurso en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y demás prohibiciones consagradas en la Ley para celebrar el contrato.

9. Que conozco detalladamente, en terreno y por información de las autoridades competentes, los sitios en los que debo desarrollar el objeto a contratar, sus características, accesos, entorno socio económico, condiciones climatológicas, geotécnicas y geológicas y que he tenido en cuenta este conocimiento para la elaboración de la propuesta y en consecuencia asumo los efectos de esta declaración.

10. Que leí cuidadosamente los PLIEGOS DE CONDICIONES y elaboré mi propuesta ajustada a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.

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11. Que he recibido las siguientes adendas a los Términos de Referencia de la : 1. ____________ de fecha ____________________ 2. ____________ de fecha ____________________

12. Igualmente declaro bajo la gravedad de juramento, que toda la información aportada y contenida en (_______ folios) correspondientes a los documentos y formularios jurídicos, financiero, técnicos y económicos, es veraz y susceptible de comprobación.

RESUMEN DE LA PROPUESTA: Nombre o Razón Social del Proponente: ___________________________ Cédula de ciudadanía o NIT: ________________________ Representante Legal: ________________________ Profesión: ________________________ Tarjeta Profesional: ___________________________ País de Origen del Proponente: ___________________________ (En caso de presentarse la propuesta en consorcio o unión temporal se debe indicar el nombre y país de origen de cada uno de los integrantes) VALIDEZ DE LA PROPUESTA: Para todos los efectos, se entenderá que es por una vigencia igual a la de la garantía de seriedad de la propuesta.

GARANTÍA DE SERIEDAD NÚMERO: ______

BANCO O CIA DE SEGUROS: __________ VALOR ASEGURADO: VIGENCIA: Desde (___ ___ ___) Hasta (___ ___ ___) VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA: $______________________ PLAZO TOTAL PARA EJECUTAR EL CONTRATO: _______________________ Me permito informar que las comunicaciones relativas a esta las recibiré en la siguiente Dirección: Dirección: __________________________________ Ciudad: ____________________________________ Teléfono(s): _______________________________ Fax: Teléfono Móvil: ______________________ Correo Electrónico: ___________________________ Atentamente, Firma: ______________________________ Nombre: ____________________________ C.C.: ______________________________ En caso de personas naturales esta carta debe estar firmada por el proponente; en caso de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales deberá estar firmada por el representante debidamente facultado. En caso que el representante de la persona jurídica, consorcio o unión temporal no tenga la profesión definida en el numeral 2.8.1.1. “Carta de Presentación”, la propuesta deberá ser abonada por un profesional que sí la tenga debidamente matriculado. ABONO DE LA PROPUESTA Firma: ______________________________ Nombre: _____________________________ Cédula de Ciudadanía: ______________________________ Profesión: ______________________________

Matricula Profesional: ______________________________

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MODELO DE CARTA DE INFORMACIÓN DE CONSORCIO

Doctor: ------------------- Alcalde Municipal de BETULIA BETULIA- Antioquia REF: Convocatoria Pública No.__________ Estimado señor: Los suscritos, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de _________________________ (nombre o razón social del integrante) y ___________________________ (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en Consorcio, para participar en la Convocatoria Pública de la referencia cuyo objeto es ____________________________, y por lo tanto, expresamos lo siguiente:

1. La duración de este Consorcio será igual al término de la ejecución y liquidación del contrato. 2. El Consorcio está integrado por:

NOMBRE PARTICIPACIÓN (%) (a) a. El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los

integrantes, debe ser igual al 100%. 3. El Consorcio se denomina CONSORCIO _____________________. 4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria. 5. El representante legal del Consorcio es ____________________________ (indicar el nombre),

identificado con C.C. No.______________ de ____________________, quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.

6. La sede del Consorcio es:

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MODELO DE CARTA DE INFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL

Doctor: ------------------- Alcalde Municipal de BETULIA BETULIA - Antioquia REF: Convocatoria Pública No.__________ Los suscritos, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de ______________________ (nombre o razón social del integrante) y ___________________________ (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido en unirnos a través de una Unión Temporal, para participar en la Convocatoria Pública de la referencia, cuyo objeto es _____________ ________________________, y por lo tanto, expresamos lo siguiente: 1. La duración de la Unión Temporal será igual al término de ejecución y liquidación del contrato. 2. La Unión Temporal está integrada por: NOMBRE TÉRMINOS Y EXTENSIÓN COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN

(1) EJECUCIÓN DEL CONTRATO (%) (2) (1) Discriminar en función de los ítems establecidos en el presupuesto oficial, para cada uno de los integrantes. (2) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de compromiso de los integrantes, debe ser igual al 100%. 3. La Unión Temporal se denomina UNIÓN TEMPORAL ________________. 4. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria. 5. El representante de la Unión Temporal es ___________________ (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. ________, de ________, quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades. 6. La sede de la Unión Temporal es:

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CERTIFICADO DE PAGO APORTES SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE PAGO DE APORTES PARAFISCALES

FECHA EN LA QUE SE PRESENTA LA PROPUESTA Señores: MUNICIPIO DE BETULIA BETULIA-Antioquia Nombre o razón social del proponente: ____________________________

CERTIFICACIÓN

Certifico que ____________________________ con C.C. o NIT No. ________, ha cumplido con el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, durante ______(_) meses, incluyendo los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de esta . Expedida a los ____días del mes de _______ de ______ Nombre: Firma: ____________________________ (Proponente o el representante legal o revisor fiscal (cuando el proponente está obligado a tener revisor fiscal) FIRMA DEL PROPONENTE

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Formulario Nº 2 PROPUESTA ECONÓMICA VALOR TOTAL

$_______________________ Convocatoria Pública No. ___________ Objeto: _________________________________________________________________________ PROPONENTE: _______________________________________________

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Formulario Nº 3

CONTRATOS EN EJECUCIÓN Y CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN COMO CONSTRUCTOR

PROPONENTE

NOMBRE DEL INTEGRANTE CONSORCIO UNION TEMPORAL

Contrato

Firma o entidad contratante

Objeto del contrato

Plazo (meses)

% participación (1)

Vr del contrato con adicionales

Vr ejecutado

Saldo contrato (2)

Saldo contrato en SMLMV (3) = (1) x (2)

Fecha inicio

Fecha término

TOTALES

OBSERVACIONES

La anterior información se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento y es la única información que será valorada para establecer la capacidad residual del proponente. NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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Formulario Nº 4

EXPERIENCIA GENERICA DEL PROPONENTE

Entidad contratante

Contrato No.

Objeto

Fecha inicio

Mes

Año

Fecha

terminación

Mes

Año

Valor en pesos

Valor en SMLMV

Clasificación

Porcentaje de

participación (1)

(1) En caso de Consorcio o Unión Temporal, indicar porcentaje de participación.

NOMBRE PROPONENTE ____________________________

FIRMA ____________________________________________

FECHA ________________________________________________

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ANEXO Nº5

EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE

Entidad contratante

Contrato No.

Objeto

Fecha inicio

Mes

Año

Fecha

terminación

Mes

Año

Valor en pesos

Valor en SMLMV

Clasificación

Porcentaje de

participación (1)

(1) En caso de Consorcio o Unión Temporal, indicar porcentaje de participación.

NOMBRE PROPONENTE ____________________________

FIRMA ____________________________________________

FECHA ______________________________________