PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos...
Transcript of PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos...
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2018
PARTIDA 13
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Septiembre, 2017
SUB TITULO
os 06 07 08
09 10
12
13
21 22
23
24
25
26 29
31
32 33
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 PARTIDA: MINISTERIO DE AGRICULTURA
Miles de$
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA TOTAL BRUTO 1 TRANSFERENCIAS
INGRESOS 587.501.962 1.129.846 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 9.033.155 RENTAS DE LA PROPIEDAD 4.030.789 INGRESOS DE OPERACIÓN 41.393.951 OTROS INGRESOS CORRIENTES 2.941.549 APORTE FISCAL 451.304.703 VENTA DE ACTIVOS NO 22.961 FINANCIEROS RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS 73.621.722
TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE 5.153.132 1.129.846 CAPITAL
GASTOS 587.501.962 1.129.846
GASTOS EN PERSONAL 202.179.049
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 65.953.617 PRESTACIONES DE SEGURIDAD 90 SOCIAL
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 154.165.592
INTEGROS AL FISCO 138.710
OTROS GASTOS CORRIENTES 20
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO 9.081.912 FINANCIEROS
INICIATIVAS DE INVERSIÓN 5.996.186
PRÉSTAMOS 80.474.924
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 69.511.862 1.129.846
GLOSAS:
01 Asociada al subtítulo 21, Gastos en Personal.
TOTAL
586.372.116 9.033.155 4.030.789
41.393.951 2.941.549
451.304.703 22.961
73.621.722 4.023.286
586.372.116
202.179.049 65.953.617
90
154.165.592 138.710
20
9.081.912
5.996.186 80.474.924
68.382.016
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley N' 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en las dotaciones máximas de esta Partida.
02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las asignaciones 389 (del subtítulo 24, ítem 01) y 008 (del subtítulo 33, ítem 01) del Instituto de Desarrollo Agropecuario y la asignación 404 (del subtítulo 24, ítem 01) del programa presupuestario 08 Gestión y Conservación de Recursos Naturales Renovables, del Servicio Agrícola y Ganadero.
03 Para efectos de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 3° de la Ley N° 20.412, y mientras no se encuentre vigente la Tabla de Costos que señala, se estará para los efectos del cálculo y pago de las bonificaciones a los valores contenidos en la última Tabla de Costos fijada.
1
SUB TITULO
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 PARTIDA: MINISTERIO DE AGRICULTURA
Miles de$
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA TOTAL BRUTO TRANSFERENCIAS TOTAL
04 Será de acceso público a través de medios digitales toda información de interés público, tal como la relativa a la red agroclirnática y la referida a los resultados de estudios, proyectos pilotos e investigación con fondos públicos. Se exceptúa de esta norma aquella información que revista carácter reservado por exigirlo la ley o que deba respetar el principio de confidencialidad contractual, o cuya publicidad pudiere afectar los intereses comerciales a·derechos a percibir un ingreso por su concepto del organismo público encargado de producir esa información al colocarla a disposición de particular'es.
05 Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo. Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, los gastos imputados a "Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575", en que hayan incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se informará el detalle de los programas de capacitación efectuados, la nómina de las entidades ejecutoras, su mecanismo de adjudicación, y funcionarios capacitados, todo lo anterior, desagregado por programas.
06 Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo. Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos los gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07, en que haya incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se informará el detalle del gasto por concepto de publicidad, difusión o relaciones públicas en general, tales como avisos, promoción en periódicos, radios, televisión, cines, teatros, revistas, contratos con agencias publicitarias y/o servicio de exposiciones. Respecto de éstas, se adjuntará además la nómina de las entidades ejecutoras de dichas actividades, su mecanismo de contratación y el monto adjudicado, desagregado por programas.
07 Monto máximo para gastos en el ítem de publicidad$ 2.453.124 miles.
SUB TITULO
os 06 07 08 09 10 12 13
21 22 23 24 25 26 29 31 32 33
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES RENTASDELAPROPlliDAD INGRESOS DE OPERACIÓN OTROS INGRESOS CORRIENTES APORTE FISCAL VENTA DE ACTIVOS NO FINANClliROS
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAP1T
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
TRANSFERENCIAS CORRIENTES INTEGROS AL FISCO OTROS GASTOS CORRIENTES ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANClliRO
INICIATIVAS DE INVERSIÓN PRÉSTAMOS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
PARTIDA: MINISTERIO DE AGRICULTURA
Miles de$
SUBSECRETARÍA OFICINA DE INSTITUTO DE DE ESTUDIOS Y DESARROLLO
AGRICULTURA POLÍTICAS AGROPECUARIO AGRARIAS
66.613.000 6.950.779 278.205.548
4.370.341 10 4.095.008 3.938.757
78.877 31.735 1.437.179 62.163.782 6.919.034 190.350.179
20.081 73.621.612
L 4.742.732
66.613.000 6.950.779 278.205.548
5.980.129 4.035.400 39.941.458 1.227.446 927.493 7.318.506
10 10 10
59.263.960 1.726.855 80.346.221 10 10
141.455 261.021 922.538 819.855
80.474.924 68.382.016
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO
(01,02)
133.130.595
567.786 92.032
29.640.881 1.339.604
101.490.222
70
133.130.595
92.211.837 26.812.629
10 8.563.698
138.690 10
5.403.721
CORPORACIÓN COMISIÓN NACIONAL NACIONAL DE FORESTAL RIEGO
89.746.732 12.855.308
10
11.753.070 54.154
77.583.222 12.798.264 2.880
40 410.400
89.746.732 12.855.308
55.032.366 4.977.859 28.699.599 967.944
40 10 2.336.433 1.928.425
10
1.947.840 405.337 1.730.454 3.445.877
1.129.846
GLOSAS: 01 Asociada al subtítulo 21, Gastos en Personal, de todos los programas del
Servicio Agrícola y Ganadero: a) El personal a contrata profesional del servicio, incluido en la
Dotación Máxima de Personal, podrá ejercer funciones directivas que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 200 funcionarios, para el conjunto de los programas.
b) El personal contratado a honorarios podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N° 799 de 1974, para desempeñar labores de fiscalización, inspección y/o certificación de productos agropecuarios {incluyendo inocuidad) y forestales, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de sus funciones.
e) Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 7 letra l) de la Ley N°18.755, el Director Nacional del Servicio podrá suscribir y prorrogar contratos Código del Trabajo, sin restricción de plazos.
02 Asociada a los Programas 04, 05, 06, 07 y 09 del Servicio Agrícola y Ganadero.
~ El personal estacional a honorarios podrá contratarse por un período máximo de hasta 9 meses en el transcurso del año, en forma discontinua. A partir del plazo señalado, cada contrato podrá prorrogarse por una vez, por un período de 1 mes adicional, a través de Resolución fundada del Director Nacional del Servicio.
Sub Titulo
05
08
09
21
22
23
24
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02)
ltemAsig, Denominaciones
INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Del Sector Privado
003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro
02 Del Gobierno Central
024 De Subsecretaria de Economía FIE a ACHIPIA
OTROS INGRESOS CORRIENTES
01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
99 Otros
APORTE FISCAL
01 Libre
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
368 Fundación de Comunicaciones del Agro
369 Emergencias Agrícolas
370 Programa de Apoyo a la Educación Agrícola y Rural
377 Red Agroclimática Nacional
381 Consorcio Lechero S.A.
382 Corporación Cinco al Día
02 Al Gobierno Central
001 Programa Promoción de Exportaciones - DIRECON
002 Corporación de Fomento de la Producción
006 Corporación de Fomento de la Producción - Seguro Agrícola
03 A Otras Entidades Públicas
359 Agencia Chilena para la Inocuidad Alimentaria
383 Apoyo a la Comercialización de Pequeños Productores de Trigo
5
Partida 13 Capítulo 01 Programa : O 1
Glosa Moneda Nacional N' Miles de$
30,278,780
99.621
10
10
99.611
99.611
78.877
70.361
8.516
30.100.282
30.100.282
30.278.780
03 5.980.129
04 1.227.446
10
10
22.929.740
1.236.309
05 604.715
06 10
07 290.936
08 289.441
16.105
35.102
09 20.258.409
9.882.129
4.282.273
6.094.007
1.422.126
10 914.230
11 507.896
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02)
Sub ltemAsig. Glosa Titulo Denominaciones No
07 A Organismos Internacionales
002 Fondo Latinoamericano de Arroces para Riego
29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
06 Equipos Informáticos
07 Programas Informáticos
GLOSAS
01 Dotación Máxima de Vehículos
02 Se publicará y actualizará periódicamente, en la página web de la Subsecretaría de Agricultura, lo siguiente: a) Contratación de Consultores. b) Asignación de todos los programas mencionados, indicando beneficiarios individualizados por comuna y región. La Subsecretaría de Agricultura deberá enviar trimestralmente a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados un informe de la ejecuclon presupuestaria de los programas y proyectos que dependen de ella.
03 Incluye : a) Dotación máxima de personal
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 20 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Convenios con personas naturales - N° de personas - Miles de $
Del total del personal que se contrate, uno de ellos podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas - Miles de $
04 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley No 18.575 - Miles de $
05 Estos recursos serán transferidos conforme al convenio institución y el organismo receptor, en el cual deberá menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y cuenta de su uso.
suscrito entre la estipularse, a lo
forma de rendir
Con cargo a esta asignación se podrá efectuar gastos y servicios de consumo. Incluye hasta $ 321.685 personal.
en personal y bienes miles para gastos en
La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo
6
Partida 13 Capítulo 01 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
12.896
12.896
141.455
71.820
69.635
23
176
34.463
ll0.167 26.881
66 1.162. 939
27 365.164
25.432
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02)
ItemAsig. Denominaciones
Glosa No
receptor debera lncorporar en su paglna web lnforrnación trimestral sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance.
06 Para financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencia o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales, los que deberán ser definidos por resolución fundada del Ministro de Agricultura, con copia a la Dirección de Presupuestos, los que no podrán comprometer recursos para los años siguientes. Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades públicas y privadas, los que no ingresarán a sus presupuestos en el caso de las entidades públicas incluidas en la Ley de Presupuestos. Se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal y bienes y servicios de consumo, originados en la organización. La transferencia de recursos, a entidades públicas y privadas, estará sujeta a la firma de convenios, con especificación de montos, plazos y objetivos de los proyectos, acciones o actividades a financiar, así como los formatos de rendición y auditoría. Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan, y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de Noviembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda.
07 Con cargo a estos recursos se podrán celebrar convenios de transferencias con instituciones de educación agrícola y/o rural públicas o privadas. Se deberá publicar el nombre de las instituciones mencionadas en el sitio web del Ministerio de Agricultura. En dichos convenios se fijarán los objetivos y metas de las actividades a financiar, así corno los formatos de rendición y auditoría.
08 Con cargo a esta asignación se podrán efectuar gastos para las iniciativas derivadas de la Red Agroclimática Nacional, incluyendo personal y bienes y servicios de consumo. Los gastos en personal no podrán superar los
$ 92.866 miles. La transferencia de estos recursos se efectuará mediante convenios entre la Subsecretaría y la entidad receptora, con especificación de montos, plazos y objetivos específicos de los proyectos a financiar, y formas de rendir cuentas de su uso. Antes del 31 de marzo de 2018 la Subsecretaría de Agricultura deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe en el que se dé cuenta de los contenidos de este Programa, sus objetivos, metas y mecanismos de evaluación.
09 Con cargo a esta asignación se transferirán recursos sujetos a la firma de Convenios con la entidad receptora, especificando montos, plazos y objetivos específicos de los proyectos a financiar. La incorporación de nuevas coberturas al Seguro Agrícola, cuando tenga impacto presupuestario y financiero deberá contar previamente con la visación de la Dirección de Presupuestos. La Subsecretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos de la ejecución presupuestaria de los proyectos financiados con estos recursos así como del cumplimiento de los objetivos fijados en los mismos. Se publicará, y actualizará periódicamente, en la página web de la
7
Partida 13 Capitulo 01 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (O 1 ,02)
Sub ltemAsig. Glosa Titulo Denominaciones No
Subsecretaría de Agricultura copia de los convenios suscritos y de la información financiera y de gestión relativa a ellos.
10 Con cargo a esta asignaclon se podrá efectuar todo tipo de gastos originados en la organización, implementación, operación y tareas propias del programa, incluidos personal y bienes y servicios de consumo. Incluye hasta $ 516.355 miles para gasto en personal, y hasta 22 personas a honorarios. Del total del personal que se contrate, dos de ellos calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en 1974 y para perseguir la responsabilidad administrativa y derivarse del ejercicio de tales funciones.
podrán tener la el D.L, N°799 de penal que pueda
11 Con cargo a estos recursos se podrán suscribir Convenios, entre otros, con instituciones consideradas en la Ley de Presupuestos, empresas del sector público, y también instituciones y empresas del sector privado, en los que se definirá, a lo menos, las acciones a desarrollar, los beneficiarios, los montos transferidos y la forma de rendir cuenta de su uso, entre otros. Tratándose de instituciones incluidas en la Ley de Presupuestos, los recursos transferidos no ingresarán a sus presupuestos. La Subsecretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre la ejecución de los recursos, el cronograma de implementación, avances y resultados de este Programa, nivel de cumplimiento de metas comprometidas, así como la nómina de entidades a quienes se les transfieren estos recursos y los mecanismos para su adjudicación.
8
Partida 13 Capitulo 01 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
Sub Titulo
05
09
24
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA
INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA SILVOAGROPECUARIA
ltemAsig. Denominaciones
INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
02 Del Gobierno Central
002 Programa Fondo de Innovación para la Competitividad
023 De Subsecretaría de Economía FIE a FIA
APORTE FISCAL
01 Libre
GASTOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
371 Instituto de Investigaciones Agropecuarias
372 Fundación para la Innovación Agraria
373 Instituto Forestal
374 Centro de Información de Recursos Naturales
376 Programa de Apoyo a la Investigación para la Competitividad
Agroalimentaria y Forestal
GLOSAS :
Glosa No
01,02,03
01,02,03
02
02,03
03,04
01 El presupuesto de estos organismos se formará conforme a las instrucciones que imparta el Ministerio de Agricultura y será aprobado mediante resolución de esa Cartera, visada por la Dirección de Presupuestos. En caso que las instituciones que reciben estos recursos realicen transferencias a privados, se deberá publicar y actualizar periódicamente en la página web del Ministerio el monto, destinatario y objetivo de tales transferencias.
02 Estos recursos serán transferidos para ejecutar cualquier tipo de gastos, sin más limitación respecto de ellos que los incluidos en las clasificaciones de gastos del Dto.Ex. N°724 del 31.12.2001 1 conforme a uno o más convenios, suscritos entre la Subsecretaría de Agricultura y el
organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo menos, las acciones a desarrollar, metas 1 plazos y forma de rendir cuenta de su uso. Hasta el 5% del total de la transferencia podrá destinarse a financiar el pago de indemnizaciones al personal, establecidas en la normativa vigente. Dicho personal no podrá recontratarse posteriormente. Asimismo, tratándose de personal del INIA asociado a•investigación, los recursos liberados por renuncias y/o retiros deberán destinarse preferentemente a la contratación
de personal con los mismos propósitos. Estas Instituciones sólo podrán contratar endeudamiento previa autorización del Ministerio de Hacienda. La Subsecretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados de la ejecución presupuestaria de los proyectos financiados con estos recursos, en forma
9
Partida 13 Capítulo 01 Programa : 02
Moneda Nacional Miles de$
36.334.220
4.270.720
4.270.720
2.752.014
1.5 I8.706
32.063.500
32.063.500
36.334.220
36.334.220
36.334.220
17.342.185
11.494.921
3.970.103
3.352.449
174.562
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA SILVOAGROPECUARIA
ItemAsig. Denominaciones
Glosa w
regional,así como del cumplimiento de los objetivos fijados en los mismos. La Subsecretaría de Agricultura deberá publicar en su página web el convenio, y el organismo receptor deberá incorporar en su página web información trimestral sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance.
03 Los estudios e investigaciones serán de acceso público a través de medios digitales. Se informará semestralmente a la Quinta Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la implementación de estudios y proyectos que ejecuten estas instituciones. Se exceptúa de esta norma aquella información que revista carácter reservado según define la ley, o que deba respetar el principio de confidencialidad contractual, o cuya difusión gratuita pudiere afectar los intereses comerciales o derechos a percibir un ingreso por su concepto de la institución encargada de producir esa información al colocarla a disposición de particulares, a juicio de ésta.
04 Con cargo a esta asignación se podrán celebrar convenios de transferencia con entidades públicas o privadas con experiencia en el sector silvoagropecuario para financiar la realización de estudios y actividades que busquen aumentar la competitividad del sector. En dichos convenios se fijarán los objetivos y metas de las actividades a financiar, así como los formatos de rendición y auditoría.
10
Partida Capítulo
13 01
Programa : 02
Moneda Nacional Miles de$
Sub Titulo
05
08
09
21
22
23
24
29
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS (O 1 ,02)
ltemAsig. Denominaciones
INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Del Sector Privado
003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro
OTROS INGRESOS CORRIENTES
01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
99 Otros
APORTE FISCAL
01 Libre
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
011 Centro de Información de Recursos Naturales
02 Al Gobierno Central
003 INE - Estadísticas Continuas Intercensales
004 INE - VIII Censo Agropecuario
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
06 Equipos Informáticos
07 Programas Informáticos
GLOSAS :
01 Dotación Máxima de Vehículos
Glosa No
03
04
05
06
02 Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de Agricultura del Senado y de la Cámara de Diputados, respecto de las actividades agrícolas referidas a frutos y especies silvestres, tales corno el maqui, el calafate, el chilco y otros.
03 Incluye : a) Dotación máxima de personal
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 5 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
11
Partida 13 Capítulo 02 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
6.950.779
10
10
10
31.735
31.725
10
6.919.034
6.919.034
6.950.779
4.035.400
927.493
10
10
1.726.855
554.344
554.344
1.172.511
352.797
819.714
261.021
87.21 o 173.811
4
118
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS (O 1 ,02)
ItemAsig. Denominaciones
- M2les de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d} Convenios con personas naturales - No de personas - Miles de $
Glosa No
Del total del personal que se contrate, tres de ellos podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.
e} Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley No 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas - Miles de $
04 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
05 Se deberá enviar trimestralmente a la Comisión de Agricultura,Silvicultura y Desarrollo Rural un informe con la ejecuclon presupuestaria correspondiente, indicando los proyectos financiados.
06 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos.
12
Partida 13 Capitulo 02 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
40.474
30.87 9 57.471
50 713.066
11 208.674
19.995
Sub Titulo
05
06
08
09
IO
I2
I3
2I
22
23
24
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04)
ItemAsig. Denominaciones
INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
OI Del Sector Privado
003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro
02 Del Gobierno Central
008 Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
999 CORFO - Aplicación Fondo de Cobertura de Riesgos
RENTAS DE LA PROPIEDAD
OTROS INGRESOS CORRIENTES
OI Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
99 Otros
APORTE FISCAL
OI Libre
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
03 Vehículos
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
04 De Fomento
TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL
02 Del Gobierno Central
008 Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
009 Comisión Nacional de Riego
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
386 Apoyo a la Contratación del Seguro Agrícola
389 Sistema de Incentivos Ley N° 20.412
404 Emergencias
Partida I 3 Capítulo 03 Programa : O 1
Glosa Moneda Nacional w Miles de$
278.205.548
4.095.008
IO
10
4.094.998
3.999.888
95.1 IO
3.938.757
1.437. I 79
718.685
718.494
190.350.179
190.350.179
20.081
20.08 I
73.621.6I2
73.62 1.6I2
4.742.732
4.742.732
3.6!2.886
l. I29.846
278.205.548
05 39.941.458
06 7.318.506
10
10
80.346.221
07,08 80.342.892
915.767
21.029.339
09 1.539.000
Sub Titulo
25
26
29
31
32
33
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04)
ItemAsig. Denominaciones
407 Servicios Desarrollo de Capacidades Productivas y Empresariales
415 Servicios de Asesoría Técnica
416 Programa de Desarrollo de Acción Local
417 Convenio INDAP-PRODEMU
418 Programa de Desarrollo Territorial Indígena
4I9 Desarrollo Integral de Pequeños Productores Campesinos del Secano-PADIS
420 Alianzas Productivas
421 Asesoría para Comercialización
07 A Organismos Internacionales
001 Asociación Latinoamericana de Instituciones Financieras para el Desarrollo - ALIDE
INTEGROS AL FISCO
01 Impuestos
OTROS GASTOS CORRIENTES
02 Compensaciones por Daños a Terceros y/o a la Propiedad
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
03 Vehículos
06 Equipos Informáticos
07 Programas Informáticos
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
02 Proyectos
PRÉSTAMOS
04 De Fomento
004 Corto Plazo
005 Largo Plazo
006 Fondo Rotatorio- Ley 18.450
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
01 Al Sector Privado
001 Riego
002 Programa Desarrollo Inversiones
006 Programa de Desarrollo de Acción Local
14
Partida 13 Capítulo 03 Programa : O 1
Glosa Moneda Nacional No Miles de$
10 2.207.684
10 11.529.226
11 18.449.302
1.736.495
10,11 18.203.600
11 644.225
10 3.048.358
10 1.039.896
3.329
3.329
10
10
10
10
922.538
120.485
335.395
466.658
819.855
819.855
80.474.924
80.474.924
55.135.809
23.504.811
1.834.304
68.382.016
08 68.382.016
10 14.156.876
10,12 10.329.640
10 21.671.920
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04)
ltemAsig. Denominaciones
007 Programa de Desarrollo Territorial Indígena
008 Praderas Suplementarias
009 Alianzas Productivas
010 Convenio !NDAP-PRODEMU
011 Desarrollo Integral de Pequeños Productores Campesinos del Secano-PADIS
012 Inversiones para Comercialización
GLOSAS
01 Dotación Máxima de Vehículos
Glosa No
10
10
10
02 Respecto de los programas efectuados o que efectúe el Instituto de Desarrollo Agropecuario en los términos establecidos en el N° 4 del Artículo 3°, del Artículo primero, de la Ley N° 18.910, declárase que la mención que el artículo 78 de la Ley N°19.253 hace a dicha disposición ha debido y debe entenderse referida al N°6 del mismo precepto.
03 Se publicará trimestralmente, en la página web de INDAP una nornlna que contenga nombre del prograrna,objetivo,consultor,asignación presupuestaria, ejecución,beneficiario,región,comuna y monto, referida a las asignaciones de los subtítulos 24, 32 y 33. Los Convenios suscritos con Instituciones Públicas o Privadas deberán publicarse en el mismo medio electrónico semestralmente. Una copia digitalizada de la información señalada precedentemente, deberá ser remitida, con la misma periodicidad, a las comisiones de Agricultura de cada Cámara del Congreso Nacional, Quinta Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos y Comisión Especial Mixta de Presupuestos.
04 En el evento de que existan planes de manejo o antecedentes sobre manejo integrado de cuencas a nivel predial, se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la correlación de los programas del INDAP con las mejores opciones de uso del suelo que se hubieren planteado.
05 Incluye : a) Dotación máxima de personal
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 210 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Convenios con personas naturales - No de personas - Miles de $
Incluye los recursos para contratar consultores de apoyo operativo, técnicos y/o profesional, de los cuales 7 podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
15
Partida 13 Capitulo 03 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
14.275.767
4.535.350
1.425.619
1.179.409
643.634
163.801
303
1.667
427.467
1.101. 637 27.476
47 508.317
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04)
ItemAsig. Denominaciones
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Criticas: - N° de personas - Miles de $
06 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
Glosa No
07 Con cargo a los programas individualizados en este ítem, se podrá contratar personal de apoyo estacional a honorarios hasta 54 cupos, por un plazo maxlmo para cada persona natural de hasta 8 meses, y con un gasto total por hasta $ 232.971 miles.
08 Previo a la ejecuc2on del gasto, mediante Resolución del Instituto de Desarrollo Agropecuario, visada por la Dirección de Presupuestos, deberán desglosarse las asignaciones presupuestarias de transferencias en cada uno de los programas y/o instrumentos que las conforman, especificando montos y coberturas para cada uno de ellos. Por igual mecanismo, durante el año presupuestario podrán modificarse las distribuciones establecidas.
09 Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan, y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de Noviembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda. Se podrá considerar hasta un 4% del gasto total, identificado en cada decreto presupuestario, para financiar todos los gastos de operac1on, incluidos gastos en personal y bienes y servicios de consumo, que demande su ejecución.
10 Para la ejecución de estos Programas se podrá efectuar convenios con instituciones públicas o privadas. Los recursos que se transfieran a instituciones públicas incluidas en la presente Ley, no ingresarán a sus presupuestos, no obstante deberán rendir cuenta de estos fondos a la Contraloría General de la República.
11 En la aplicación de estos fondos se considerarán los equipos de profesionales, técnicos y administrativos contratados para dar cumplimiento a los convenios/contratos firmados entre INDAP y las Municipalidades o Entidades Ejecutoras. Se deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, la ejecución de recursos y el número de convenios suscritos, su contenido y el número de personas profesionales, técnicos y administrativos contratados.
12 Los recursos que de este programa se destinen a apoyar las actividades relacionadas con el maíz, trigo y otros granos, deberán ser trimestralmente informados a las Comisiones de Agricultura de la Cámara de Diputados y del Senado.
16
Partida 13 Capítulo 03 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
6 114.705
344.408
Sub Titulo
05
06
07
08
09
12
21
22
23
24
25
26
29
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03)
ltemAsig. Denominaciones
INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
02 Del Gobierno Central
023 De Subsecretaría de Economía FIE - Certificación Electrónica
RENTAS DE LA PROPIEDAD
INGRESOS DE OPERACIÓN
OTROS INGRESOS CORRIENTES
01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
02 Multas y Sanciones Pecuniarias
99 Otros
APORTE FISCAL
01 Libre
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
601 Emergencias Sanitarias
INTEGROS AL FISCO
01 Impuestos
OTROS GASTOS CORRIENTES
02 Compensaciones por Daftos a Terceros y/o a la Propiedad
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
03 Vehículos
05 Máquinas y Equipos
06 Equipos Informáticos
07 Programas Informáticos
1_7
Partida !3 Capítulo 04 Programa : O 1
Glosa Moneda Nacional No Miles de$
28.330.281
567.786
567.786
567.786
92.032
5.977.823
I .339.604
!.339.584
10
10
20.353.026
20.353.026
lO
10
28.330.281
04 2!.382.940
05 2.994.181
10
10
10
10
06 10
138.690
138.690
10
10
3.814.440
1.35 !.386
824
601.749
07 1.860.481
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03)
ltemAsig. Denominaciones
GLOSAS
01 Dotación Máxima de Vehículos
Glosa No
02 Semestralmente, el Servicio Agrícola y Ganadero informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de las acciones desarrolladas o en desarrollo para prevenir los daños provocados por la plaga del visón, especialmente en las regiones de Los Ríos y de Los Lagos, incluyendo gastos en personal, bienes y servicios de consumo, así como convenios con personas naturales y jurídicas que genere la ejecución de estas acciones. Asimismo, trimestralmente informará, con copia a la Quinta Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos, acerca de predios y proyectos que trabajen con transgénicos a fin de garantizar sello de origen de los productos naturales, y la producción de semilla y ensayos transgénicos sometidos a la normativa vigente que regula la internación e introducción al medio ambiente de semilla transgénica.
03 En el evento de que existan planes de manejo o antecedentes sobre manejo integrado de cuencas a nivel predial, se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la correlación de los programas del SAG con las mejores opciones de uso del suelo que se hubieren planteado.
04 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Personal Código del Trabajo - N° de personas - Miles de $
e) Personal estacional de apoyo, a honorarios - N° de personas - Miles de $
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley No 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- No de personas - Miles de $
Partida Capítulo
13 04
Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
389
9SO
272.097
l. 015. sos 16.999
30 29S.936
56 116.100
10 116.902
g) Para cumplimiento Resolución N°7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones -Miles de$ 39.7S9
05 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
06 Se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluidos personal y bienes y servicios de consumo que genere la ejecución de este programa, incluidos convenios con personas naturales y jurídicas. Las personas naturales podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. No 799 de 1974, para desempeñar labores de fiscalización y certificación, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de sus funciones. Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan,
18
191.634
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03)
ltem Asig, Denominaciones
Glosa No
y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de Noviembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda. Las reasignaciones que se efectúen y las actividades que se realicen con recursos para emergencias sanitarias se informarán trimestralmente, con desagregación regional, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, treinta días después del término del trimestre respectivo.
07 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos.
19
Partida 13 Capítulo 04 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO INSPECCIONES EXPORTACIONES SIL VOAGROPECUARIAS
Sub ltemAsig. Titulo Denominaciones
INGRESOS
07 INGRESOS DE OPERACIÓN
09 APORTE FISCAL
01 Libre
12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
21 GASTOS EN PERSONAL
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
07 Programas Informáticos
GLOSAS :
01 Incluye a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Personal Código del Trabajo - No de personas - Miles de $
e) Personal estacional, a honorarios, certificación
Glosa No
01
02
Partida 13 Capítulo .04 Programa : 04
Moneda Nacional Miles de$
21.495.747
14.80 l.l66
6.694.571
6.694.571
JO
10
21.495.747
18.168.503
3.079.711
247.533
247.533
480
466.216
671.735 8.836
556 6.603.348
- N° de personas 351 -Miles de $ 1.656.141
f) Para cumplimiento Resolución N°7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones
- Miles de $ 478.219 02 Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley No 18.575 - Miles de $
20
4.432
Sub
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DESARROLLO GANADERO
ItemAsig. Titulo Denominaciones
INGRESOS
07 INGRESOS DE OPERACIÓN
09 APORTE FISCAL
01 Libre
12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
21 GASTOS EN PERSONAL
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
001 Programa Tuberculosis Bovina
07 A Organismos Internacionales
005 Comité Veterinario Permanente del Cono Sur
29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
07 Programas Informáticos
GLOSAS :
01 Incluye a) Dotación máxima de personal b} Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Personal Código del Trabajo - N° de personas - Miles de $
Glosa No
01
02
03
04
e) Personal estacional, a honorarios, actividades pecuarias y trazabilidad
Partida 13 Capítulo 04 Programa : 05
Moneda Nacional Miles de$
14.881.038
2.088.783
12.792.245
12.792.245
10
10
14.881.038
10.612.546
4.022.968
118.072
105.858
105.858
12.214
12.214
127.452
127.452
331
168.654
560.288 41.934
181 2.180.481
- N° de personas 37 -Miles de $ 101.429
f) Para cumplimiento Resolución N°7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones -Miles de$ 24.012
02 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley No 18.575 - Miles de $
03 Considera los recursos para ser utilizados en investigación y otras acciones tendientes a generar instancias de innovaclon y cooperaclón público-privada, que contribuyan a la ejecución y difusión del Programa Oficial de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina. Con cargo a esta asignaclon se podrán transferir recursos a entidades públicas o privadas,los que no ingresarán a sus presupuestos tratándose de
21
41.067
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DESARROLLO GANADERO
ltemAsig. Denominaciones
Instituciones incluidas en esta ley.
Glosa No
04 Deberá enviarse un informe trimestral a las Comisiones de Agricultura de ambas Cámaras, respecto de los avances que se registren en el Comité Veterinario Permanente.
22
Partida 13 Capitulo 04 Programa : 05
Moneda Nacional Miles de$
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO VIGILANCIA Y CONTROL SILVOAGRÍCOLA (OI)
Sub ItemAsig. Titulo Denominaciones
INGRESOS
07 INGRESOS DE OPERACIÓN
09 APORTE FISCAL
O! Libre
!2 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
21 GASTOS EN PERSONAL
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
07 A Organismos Internacionales
603 Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur
29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
05 Máquinas y Equipos
GLOSAS :
01 Dotación Máxima de Vehículos
02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Personal Código del Trabajo - No de personas - Miles de $
e) Personal estacional, a honorarios, vigilancia y control - N° de personas - Miles de $
03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
23
Glosa No
02
03
Partida 13 Capítulo 04 Programa : 06
Moneda Nacional Miles de$
31.!65.835
1.!89.069
29.976.756
29.976.756
10
lO
31.165.835
18.920.815
12.102.158
38.369
38.369
38.369
l 04.493
l 04.493
1
676
334.625
l. 030.555 29.634
355 3.917.753
499 1.409.354
15.077
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DE CONTROLES FRONTERIZOS (01)
Sub ltemAsig. Titulo Denominaciones
INGRESOS
07 INGRESOS DE OPERACIÓN
09 APORTE FISCAL
01 Libre
12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
21 GASTOS EN PERSONAL
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
05 Máquinas y Equipos
06 Equipos Informáticos
07 Programas Informáticos
GLOSAS :
01 Dotación Máxima de Vehículos
02 Incluye : a} Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Personal Código del Trabajo - N° de personas - Miles de $
Glosa w
02
03
e) Personal estacional de apoyo, a honorarios, para labores de inspección - N° de personas - Miles de $
Partida 13 Capítulo 04 Programa : 07
Moneda Nacional Miles de$
15.745.830
3.185.075
12.560.745
12.560.745
10
10
15.745.830
12.600.043
2.365.696
780.091
493.609
23.598
262.884
3
395
l. 765.277
l. 987.274 182.167
147 1.979.139
56 203.394
f) Para cumplimiento Resolución N°7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones
- Miles de $ 281.880
03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley No 18.575 - Miles de $
24
112.254
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA GESTIÓN Y CONSERVACIÓN DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Sub ItemAsig. Titulo Denominaciones
INGRESOS
07 INGRESOS DE OPERACIÓN
09 APORTE FISCAL
01 Libre
12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
21 GASTOS EN PERSONAL
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
404 Sistema de Incentivos Ley N° 20.412
07 A Organismos Internacionales
009 Instituto Interamericano de Cooperación Agrícola (IICA)
29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
os Máquinas y Equipos
07 Programas Informáticos
GLOSAS :
01 Incluye a) Dotación maxlma de personal b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Personal Código del Trabajo - No de personas - Miles de $
02 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
Glosa No
01
02
03
03 a) Con cargo a estos recursos se podrán efectuar los gastos de operación que genere la ejecución de este programa, incluyendo bienes y servicios de consumo hasta por$ 330.667 miles.
b) Deberá enviarse a las respectivas comisiones temáticas de la Cámara de Diputados y del Senado, a lo menos semestralmente, una lista en formato digital de los montos entregados y la identificación de los predios y las personas naturales o jurídicas beneficiadas, señalando, en el caso de estas últimas, las personas naturales que las componen.
25
Partida 13 Capítulo 04 Programa : 08
Moneda Nacional Miles de$
I4.767.043
539.543
I4.227.490
14.227.490
10
10
14.767.043
5.776.436
535.389
8.407.247
8.403.203
8.403.203
4.044
4.044
47.971
16.266
31.705
227
32.079
234.445 11.859
12 162.287
24.621
Sub Titulo
07
09
I2
21
22
29
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO LABORATORIOS (01)
ltemAsig. Denominaciones
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACIÓN
APORTE FISCAL
OI Libre
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
05 Máquinas y Equipos
07 Programas Informáticos
GLOSAS :
01 Dotación Máxima de Vehículos
02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Personal Código del Trabajo - N° de personas - Miles de $
Glosa No
02
03
e) Personal estacional de apoyo, a honorarios, departamentos técnicos - N° de personas - Miles de $
03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
26
Partida 13 Capítulo 04 Programa : 09
Moneda Nacional Miles de$
6.744.821
1.859.422
4.885.389
4.885.389
10
10
6.744.821
4.750.554
1.712.526
281.741
209.579
72.162
4
196
18.779
591.690 11.421
16 203.730
1 10.924
10.585
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL (01)
Sub ItemAsig. Glosa Titulo Denominaciones N'
INGRESOS
09 APORTE FISCAL
01 Libre
12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
21 GASTOS EN PERSONAL 02
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03
23 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
006 Otras Transferencias
29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
06 Equipos Informáticos
07 Programas Informáticos
GLOSAS :
01 Dotación Máxima de Vehículos
02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Convenios con personas naturales - N° de personas - Miles de $
e) Jornales Transitorios - No de personas - Miles de $
Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido. Para efectos de los Programas de Empleo que se ejecuten de acuerdo a la legislación vigente, y para los cuales sea requerida la participación de la CONAF, el personal contratado con dichos recursos no se considerara para la dotación máxima fijada precedentemente.
03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
27
Partida I3 Capitulo 05 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
19.494.930
19.494.920
19.494.920
10
10
19.494.930
14.559.317
4.470.748
10
10
10
10
10
464.845
203.833
261.012
143
689
115.413
337.703 7.183
8 85.472
39 315.783
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL (01)
ItemAsig. Denominaciones
- Miles de $
28
Partida 13 Capitulo 05 Programa : O 1
Glosa Moneda Nacional No Miles de$
73.915
Sub Titulo
09
12
21
22
23
29
31
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL PROGRAMA DE MANEJO DEL FUEGO (O 1 ,02)
ItemAsig, Denominaciones
INGRESOS
APORTE FISCAL
OI Libre
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
05 Máquinas y Equipos
06 Equipos Informáticos
07 Programas Informáticos
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
02 Proyectos
GLOSAS :
Partida 13 Capítulo 05 Programa : 03
Glosa Moneda Nacional No Miles de$
32.484.347
32.484.337
32.484.337
10
10
32.484.347
03 15.439.303
15,135.372
10
10
],367.606
],]34,289
96,724
136.593
542,056
542.056
01 Dotación Máxima de Vehículos 83
02 Se informará semestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de las acciones de prevención de incendios en zonas de interfaz de bosques con ciudades y sectores urbanos.
03 Incluye : a) Dotación máxima de personal 336 b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 253.342 e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Jornales Transitorios - N° de personas - Miles de $
Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no. pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido.
29
207.274 4.167
2.519 10.593.266
Sub
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS (O 1 ,02)
ltemAsig. Glosa Titulo Denominaciones No
INGRESOS
07 INGRESOS DE OPERACIÓN
09 APORTE FISCAL
01 Libre
12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
13 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL
02 Del Gobierno Central
129 Subsecretaria de Turismo
GASTOS
21 GASTOS EN PERSONAL 03
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
23 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
411 Jardín Botánico 04
533 Convenio Asociatividad Comunidad Ma'u Henua 05
29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
05 Máquinas y Equipos
06 Equipos Informáticos
31 INICIAT1V AS DE INVERSIÓN
02 Proyectos
GLOSAS :
01 Dotación Máxima de Vehículos
02 Se informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, trimestralmente, respecto a la habilitación de senderos ecoturísticos y de redes de servicios en los SNASPE, ya sea con gastos públicos o con aportes. Con la misma periodicidad, se informará a las Comisiones de Medio Ambiente de ambas Cámaras respecto de los concursos, licitaciones, concesiones o proyectos con recursos privados que se contemple ejecutar en algunas de tales Áreas en el transcurso del semestre venidero, explicitando su justificación y su objetivo.
03 Incluye : a) Dotación máxima de personal
30
Partida 13 Capítulo 05 Programa : 04
Moneda Nacional Miles de$
17.438.429
9.107.953
7.920.066
7.920.066
10
10
410.400
410.400
410.400
17.438.429
11.569.202
3.199.223
10
10
1.366.207
1.366.207
190.411
1.175.796
115.389
104.719
10.670
1.188.398
1.188.398
266
550
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS (01,02)
ItemAsig. Denominaciones
b) Horas extraord1nar1as año - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Jornales Transitorios - N° de personas - Miles de $
Glosa No
Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido.
04 Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre la institución y el organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de rendir cuenta de su uso. La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo receptor deberá incorporar en su página web información trimestral, sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance.
05 Estos recursos serán transferidos a la Comunidad conforme al convenio suscrito el año 2016 y sus modificaciones, y estarán sujetas a la recaudación efectiva por ingresos al Parque Nacional Rapa Nui. CONAF deberá rendir cuenta del uso de los recursos a la Contraloría General de la República.
31
Partida 13 Capítulo 05 Programa : 04
Moneda Nacional Miles de$
43.124
263.061 3.264
472 2.139.637
Sub Titulo
07
09
12
21
22
23
24
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL GESTIÓN FORESTAL (01,02)
ltemAsig. Denominaciones
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACIÓN
APORTE FISCAL
01 Libre
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10 Ingresos por Percibir
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Al Sector Privado
001 Fondo para Investigación Ley Bosque Nativo
GLOSAS :
01 Dotación Máxima de Vehículos
Glosa No
03
04
02 Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos respecto de las hectáreas forestales existentes, por año y región, y sobre la situación de los viveros.
03 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacfonal en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Jornales Transitorios - N° de personas - Miles de $
Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido.
04 Con cargo a este Fondo se podrán comprometer hasta$ 964.851 miles, para financiar proyectos de investigación. Los proyectos que se realicen con cargo a esta transferencia deberán asignarse de acuerdo a la normativa vigente en la materia. La institución podrá ejecutar gas~os en bienes y servlclos de consumo relacionados con la ejecución de esta transferencia hasta por $ 70.277 miles.
32
Partida Capítulo
13 05
Programa : 05
Moneda Nacional Miles de$
18.786.252
2.645.117
16.141.125
16.141.125
10
10
18.786.252
12.603.607
5.212.419
10
10
970.216
970.216
970.216
66
463
115. 980
831.285 8. 973
200 l. 359.706
Sub Titulo
09
2I
22
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL PROGRAMA DE ARBORIZACIÓN URBANA (01.02)
ItemAsig. Denominaciones
INGRESOS
APORTE FISCAL
OI Libre
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
GLOSAS :
01 Dotación Máxima de Vehículos
Glosa No
03
02 Deberá informarse antes del 31 de marzo del año 2018 las comunas en que se implementará el programa, señalando la inversión que se efectuará en cada una de ellas, así como el gasto en jornales transitorios que hayan sido contratados al efecto. Trimestralmente se deberá informar los avances del programa 1 en forma regionalizada.
03 Incluye : a) Autorización maxlrna para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ b) Jornales Transitorios
- No de personas - Miles de $
Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido.
Partida I3 Capítulo 05 Programa : 06
Moneda Nacional Miles de$
1.542.774
1.542.774
1.542.774
1.542.774
860.937
681.837
21
63.407
111 797.530
Sub Titulo
05
08
09
lO
21
22
23
24
25
29
31
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO (01,02)
ltemAsig. Denominaciones
INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
01 Del Sector Privado
003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro
OTROS INGRESOS CORRIENTES
01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
02 Multas y Sanciones Pecuniarias
99 Otros
APORTE FISCAL
01 Libre
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
03 Vehículos
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CON:'tUMO
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
03 Prestaciones Sociales del Empleador
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
03 A Otras Entidades Públicas
051 Programa Construcción y Rehabilitación Obras de Riego
INTEGROS AL FISCO
01 Impuestos
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
03 Vehículos
04 Mobiliario y Otros
05 Máquinas y Equipos
06 Equipos Informáticos
07 Programas Informáticos
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
01 Estudios Básicos
02 Proyectos
34
Partida 13 Capitulo 06 Programa : O 1
Glosa Moneda Nacional No Miles de$
12.855.308
10
10
lO
54.154
54.134
lO
lO
12.798.264
12.798.264
2.880
2.880
12.855.308
03 4.977.859
04 967.944
lO
lO
!.928.425
!.928.425
05 !.928.425
lO
lO
405.337
17.281
6.201
19.084
54.552
06 308.219
3.445.877
1.464.126
357.797
Sub Titulo
33
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO (OI,02)
ItemAsig. Denominaciones
03 Programas de Inversión
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
02 Al Gobierno Central
004 Instituto de Desarrollo Agropecuario
GLOSAS
01 Dotación Máxima de Vehículos
Glosa No
02 La Comisión Nacional de Riego dará cuenta, trimestralmente, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados sobre la ejecución de este presupuesto cuando se refiera a estudios u obras ejecutadas o por ejecutarse en las regiones, con información sobre las transferencias realizadas y su aplicación al financiamiento de planes, programas y proyectos en la respectiva Región.
03 Incluye : a) Dotación máxima de personal
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 25 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $
d) Convenios con personas naturales - No de personas - Miles de $
Incluye los recursos para contratar profesionales y técnicos de apoyo operativo, los cuales podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.
e) Autorización máxima para cumplimiento articulo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- No de personas - Miles de $
04 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $
05 a) Con cargo a esta asignación se podrá transferir recursos a entidades tanto públicas corno privadas, exclusivamente para los fines expresados en la Ley N°l8.450. Tratándose de instituciones incluidas en la Ley de Presupuestos, dichos recursos no ingresarán a sus presupuestos.
b) Incluye hasta $ 1.046.212 miles que serán destinados a la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas para gastos de operación de la Ley No 18.450, a través de sus Direcciones Regionales, mediante convenio que se firme para tal efecto.
e) Incluye $ 511.821 miles para convenio con las SEREMIS de Agricultura, pudiendo considerar gasto de operación, incluido gastos en personal y bienes y servicios de consumo, para la aplicación de la Ley N° 18.450.
35
Partida I 3 Capítulo 06 Programa : O 1
Moneda Nacional Miles de$
1.623.954
1.129.846
1.129.846
1.129.846
15
170
18.465
7 6' 4 67 6.982
12 268.097
6 9 9' 153
25' 432
Sub Titulo
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA
COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO (OI.02)
ItemAsig. Denominaciones
Glosa No
d) No podrá flnanclarse con estos recursos, gastos permanentes de las instituciones suscriptoras de los convenios y/o cualquier otro gasto que no esté directamente asociado a la ejecución específica de las acciones contenidas en los mismos.
06 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos.
36
Partida 13 Capítulo 06 Programa : O l
Moneda Nacional Miles de$