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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2018 PARTIDA 13 MINISTERIO DE AGRICULTURA Septiembre, 2017

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2018

PARTIDA 13

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Septiembre, 2017

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 PARTIDA: MINISTERIO DE AGRICULTURA

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CLASIFICACIÓN ECONÓMICA TOTAL BRUTO 1 TRANSFERENCIAS

INGRESOS 587.501.962 1.129.846 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 9.033.155 RENTAS DE LA PROPIEDAD 4.030.789 INGRESOS DE OPERACIÓN 41.393.951 OTROS INGRESOS CORRIENTES 2.941.549 APORTE FISCAL 451.304.703 VENTA DE ACTIVOS NO 22.961 FINANCIEROS RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS 73.621.722

TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE 5.153.132 1.129.846 CAPITAL

GASTOS 587.501.962 1.129.846

GASTOS EN PERSONAL 202.179.049

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 65.953.617 PRESTACIONES DE SEGURIDAD 90 SOCIAL

TRANSFERENCIAS CORRIENTES 154.165.592

INTEGROS AL FISCO 138.710

OTROS GASTOS CORRIENTES 20

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO 9.081.912 FINANCIEROS

INICIATIVAS DE INVERSIÓN 5.996.186

PRÉSTAMOS 80.474.924

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 69.511.862 1.129.846

GLOSAS:

01 Asociada al subtítulo 21, Gastos en Personal.

TOTAL

586.372.116 9.033.155 4.030.789

41.393.951 2.941.549

451.304.703 22.961

73.621.722 4.023.286

586.372.116

202.179.049 65.953.617

90

154.165.592 138.710

20

9.081.912

5.996.186 80.474.924

68.382.016

No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley N' 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en las dotaciones máximas de esta Partida.

02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las asignaciones 389 (del subtítulo 24, ítem 01) y 008 (del subtítulo 33, ítem 01) del Instituto de Desarrollo Agropecuario y la asignación 404 (del subtítulo 24, ítem 01) del programa presupuestario 08 Gestión y Conservación de Recursos Naturales Renovables, del Servicio Agrícola y Ganadero.

03 Para efectos de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 3° de la Ley N° 20.412, y mientras no se encuentre vigente la Tabla de Costos que señala, se estará para los efectos del cálculo y pago de las bonificaciones a los valores contenidos en la última Tabla de Costos fijada.

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 PARTIDA: MINISTERIO DE AGRICULTURA

Miles de$

CLASIFICACIÓN ECONÓMICA TOTAL BRUTO TRANSFERENCIAS TOTAL

04 Será de acceso público a través de medios digitales toda información de interés público, tal como la relativa a la red agroclirnática y la referida a los resultados de estudios, proyectos pilotos e investigación con fondos públicos. Se exceptúa de esta norma aquella información que revista carácter reservado por exigirlo la ley o que deba respetar el principio de confidencialidad contractual, o cuya publicidad pudiere afectar los intereses comerciales a·derechos a percibir un ingreso por su concepto del organismo público encargado de producir esa información al colocarla a disposición de particular'es.

05 Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo. Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, los gastos imputados a "Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575", en que hayan incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se informará el detalle de los programas de capacitación efectuados, la nómina de las entidades ejecutoras, su mecanismo de adjudicación, y funcionarios capacitados, todo lo anterior, desagregado por programas.

06 Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo. Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos los gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07, en que haya incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se informará el detalle del gasto por concepto de publicidad, difusión o relaciones públicas en general, tales como avisos, promoción en periódicos, radios, televisión, cines, teatros, revistas, contratos con agencias publicitarias y/o servicio de exposiciones. Respecto de éstas, se adjuntará además la nómina de las entidades ejecutoras de dichas actividades, su mecanismo de contratación y el monto adjudicado, desagregado por programas.

07 Monto máximo para gastos en el ítem de publicidad$ 2.453.124 miles.

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018

CLASIFICACIÓN ECONÓMICA

INGRESOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES RENTASDELAPROPlliDAD INGRESOS DE OPERACIÓN OTROS INGRESOS CORRIENTES APORTE FISCAL VENTA DE ACTIVOS NO FINANClliROS

RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAP1T

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

TRANSFERENCIAS CORRIENTES INTEGROS AL FISCO OTROS GASTOS CORRIENTES ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANClliRO

INICIATIVAS DE INVERSIÓN PRÉSTAMOS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

PARTIDA: MINISTERIO DE AGRICULTURA

Miles de$

SUBSECRETARÍA OFICINA DE INSTITUTO DE DE ESTUDIOS Y DESARROLLO

AGRICULTURA POLÍTICAS AGROPECUARIO AGRARIAS

66.613.000 6.950.779 278.205.548

4.370.341 10 4.095.008 3.938.757

78.877 31.735 1.437.179 62.163.782 6.919.034 190.350.179

20.081 73.621.612

L 4.742.732

66.613.000 6.950.779 278.205.548

5.980.129 4.035.400 39.941.458 1.227.446 927.493 7.318.506

10 10 10

59.263.960 1.726.855 80.346.221 10 10

141.455 261.021 922.538 819.855

80.474.924 68.382.016

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO

(01,02)

133.130.595

567.786 92.032

29.640.881 1.339.604

101.490.222

70

133.130.595

92.211.837 26.812.629

10 8.563.698

138.690 10

5.403.721

CORPORACIÓN COMISIÓN NACIONAL NACIONAL DE FORESTAL RIEGO

89.746.732 12.855.308

10

11.753.070 54.154

77.583.222 12.798.264 2.880

40 410.400

89.746.732 12.855.308

55.032.366 4.977.859 28.699.599 967.944

40 10 2.336.433 1.928.425

10

1.947.840 405.337 1.730.454 3.445.877

1.129.846

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GLOSAS: 01 Asociada al subtítulo 21, Gastos en Personal, de todos los programas del

Servicio Agrícola y Ganadero: a) El personal a contrata profesional del servicio, incluido en la

Dotación Máxima de Personal, podrá ejercer funciones directivas que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 200 funcionarios, para el conjunto de los programas.

b) El personal contratado a honorarios podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N° 799 de 1974, para desempeñar labores de fiscalización, inspección y/o certificación de productos agropecuarios {incluyendo inocuidad) y forestales, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de sus funciones.

e) Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 7 letra l) de la Ley N°18.755, el Director Nacional del Servicio podrá suscribir y prorrogar contratos Código del Trabajo, sin restricción de plazos.

02 Asociada a los Programas 04, 05, 06, 07 y 09 del Servicio Agrícola y Ganadero.

~ El personal estacional a honorarios podrá contratarse por un período máximo de hasta 9 meses en el transcurso del año, en forma discontinua. A partir del plazo señalado, cada contrato podrá prorrogarse por una vez, por un período de 1 mes adicional, a través de Resolución fundada del Director Nacional del Servicio.

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02)

ltemAsig, Denominaciones

INGRESOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Del Sector Privado

003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro

02 Del Gobierno Central

024 De Subsecretaria de Economía FIE a ACHIPIA

OTROS INGRESOS CORRIENTES

01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas

99 Otros

APORTE FISCAL

01 Libre

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

368 Fundación de Comunicaciones del Agro

369 Emergencias Agrícolas

370 Programa de Apoyo a la Educación Agrícola y Rural

377 Red Agroclimática Nacional

381 Consorcio Lechero S.A.

382 Corporación Cinco al Día

02 Al Gobierno Central

001 Programa Promoción de Exportaciones - DIRECON

002 Corporación de Fomento de la Producción

006 Corporación de Fomento de la Producción - Seguro Agrícola

03 A Otras Entidades Públicas

359 Agencia Chilena para la Inocuidad Alimentaria

383 Apoyo a la Comercialización de Pequeños Productores de Trigo

5

Partida 13 Capítulo 01 Programa : O 1

Glosa Moneda Nacional N' Miles de$

30,278,780

99.621

10

10

99.611

99.611

78.877

70.361

8.516

30.100.282

30.100.282

30.278.780

03 5.980.129

04 1.227.446

10

10

22.929.740

1.236.309

05 604.715

06 10

07 290.936

08 289.441

16.105

35.102

09 20.258.409

9.882.129

4.282.273

6.094.007

1.422.126

10 914.230

11 507.896

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02)

Sub ltemAsig. Glosa Titulo Denominaciones No

07 A Organismos Internacionales

002 Fondo Latinoamericano de Arroces para Riego

29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

06 Equipos Informáticos

07 Programas Informáticos

GLOSAS

01 Dotación Máxima de Vehículos

02 Se publicará y actualizará periódicamente, en la página web de la Subsecretaría de Agricultura, lo siguiente: a) Contratación de Consultores. b) Asignación de todos los programas mencionados, indicando beneficiarios individualizados por comuna y región. La Subsecretaría de Agricultura deberá enviar trimestralmente a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados un informe de la ejecuclon presupuestaria de los programas y proyectos que dependen de ella.

03 Incluye : a) Dotación máxima de personal

El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 20 funcionarios.

b) Horas extraordinarias año - Miles de $

e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Convenios con personas naturales - N° de personas - Miles de $

Del total del personal que se contrate, uno de ellos podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.

e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:

- N° de personas - Miles de $

04 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley No 18.575 - Miles de $

05 Estos recursos serán transferidos conforme al convenio institución y el organismo receptor, en el cual deberá menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y cuenta de su uso.

suscrito entre la estipularse, a lo

forma de rendir

Con cargo a esta asignación se podrá efectuar gastos y servicios de consumo. Incluye hasta $ 321.685 personal.

en personal y bienes miles para gastos en

La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo

6

Partida 13 Capítulo 01 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

12.896

12.896

141.455

71.820

69.635

23

176

34.463

ll0.167 26.881

66 1.162. 939

27 365.164

25.432

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Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02)

ItemAsig. Denominaciones

Glosa No

receptor debera lncorporar en su paglna web lnforrnación trimestral sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance.

06 Para financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencia o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales, los que deberán ser definidos por resolución fundada del Ministro de Agricultura, con copia a la Dirección de Presupuestos, los que no podrán comprometer recursos para los años siguientes. Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades públicas y privadas, los que no ingresarán a sus presupuestos en el caso de las entidades públicas incluidas en la Ley de Presupuestos. Se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal y bienes y servicios de consumo, originados en la organización. La transferencia de recursos, a entidades públicas y privadas, estará sujeta a la firma de convenios, con especificación de montos, plazos y objetivos de los proyectos, acciones o actividades a financiar, así como los formatos de rendición y auditoría. Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan, y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de Noviembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda.

07 Con cargo a estos recursos se podrán celebrar convenios de transferencias con instituciones de educación agrícola y/o rural públicas o privadas. Se deberá publicar el nombre de las instituciones mencionadas en el sitio web del Ministerio de Agricultura. En dichos convenios se fijarán los objetivos y metas de las actividades a financiar, así corno los formatos de rendición y auditoría.

08 Con cargo a esta asignación se podrán efectuar gastos para las iniciativas derivadas de la Red Agroclimática Nacional, incluyendo personal y bienes y servicios de consumo. Los gastos en personal no podrán superar los

$ 92.866 miles. La transferencia de estos recursos se efectuará mediante convenios entre la Subsecretaría y la entidad receptora, con especificación de montos, plazos y objetivos específicos de los proyectos a financiar, y formas de rendir cuentas de su uso. Antes del 31 de marzo de 2018 la Subsecretaría de Agricultura deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe en el que se dé cuenta de los contenidos de este Programa, sus objetivos, metas y mecanismos de evaluación.

09 Con cargo a esta asignación se transferirán recursos sujetos a la firma de Convenios con la entidad receptora, especificando montos, plazos y objetivos específicos de los proyectos a financiar. La incorporación de nuevas coberturas al Seguro Agrícola, cuando tenga impacto presupuestario y financiero deberá contar previamente con la visación de la Dirección de Presupuestos. La Subsecretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos de la ejecución presupuestaria de los proyectos financiados con estos recursos así como del cumplimiento de los objetivos fijados en los mismos. Se publicará, y actualizará periódicamente, en la página web de la

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Partida 13 Capitulo 01 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (O 1 ,02)

Sub ltemAsig. Glosa Titulo Denominaciones No

Subsecretaría de Agricultura copia de los convenios suscritos y de la información financiera y de gestión relativa a ellos.

10 Con cargo a esta asignaclon se podrá efectuar todo tipo de gastos originados en la organización, implementación, operación y tareas propias del programa, incluidos personal y bienes y servicios de consumo. Incluye hasta $ 516.355 miles para gasto en personal, y hasta 22 personas a honorarios. Del total del personal que se contrate, dos de ellos calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en 1974 y para perseguir la responsabilidad administrativa y derivarse del ejercicio de tales funciones.

podrán tener la el D.L, N°799 de penal que pueda

11 Con cargo a estos recursos se podrán suscribir Convenios, entre otros, con instituciones consideradas en la Ley de Presupuestos, empresas del sector público, y también instituciones y empresas del sector privado, en los que se definirá, a lo menos, las acciones a desarrollar, los beneficiarios, los montos transferidos y la forma de rendir cuenta de su uso, entre otros. Tratándose de instituciones incluidas en la Ley de Presupuestos, los recursos transferidos no ingresarán a sus presupuestos. La Subsecretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre la ejecución de los recursos, el cronograma de implementación, avances y resultados de este Programa, nivel de cumplimiento de metas comprometidas, así como la nómina de entidades a quienes se les transfieren estos recursos y los mecanismos para su adjudicación.

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Partida 13 Capitulo 01 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA

INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA SILVOAGROPECUARIA

ltemAsig. Denominaciones

INGRESOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

02 Del Gobierno Central

002 Programa Fondo de Innovación para la Competitividad

023 De Subsecretaría de Economía FIE a FIA

APORTE FISCAL

01 Libre

GASTOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

371 Instituto de Investigaciones Agropecuarias

372 Fundación para la Innovación Agraria

373 Instituto Forestal

374 Centro de Información de Recursos Naturales

376 Programa de Apoyo a la Investigación para la Competitividad

Agroalimentaria y Forestal

GLOSAS :

Glosa No

01,02,03

01,02,03

02

02,03

03,04

01 El presupuesto de estos organismos se formará conforme a las instrucciones que imparta el Ministerio de Agricultura y será aprobado mediante resolución de esa Cartera, visada por la Dirección de Presupuestos. En caso que las instituciones que reciben estos recursos realicen transferencias a privados, se deberá publicar y actualizar periódicamente en la página web del Ministerio el monto, destinatario y objetivo de tales transferencias.

02 Estos recursos serán transferidos para ejecutar cualquier tipo de gastos, sin más limitación respecto de ellos que los incluidos en las clasificaciones de gastos del Dto.Ex. N°724 del 31.12.2001 1 conforme a uno o más convenios, suscritos entre la Subsecretaría de Agricultura y el

organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo menos, las acciones a desarrollar, metas 1 plazos y forma de rendir cuenta de su uso. Hasta el 5% del total de la transferencia podrá destinarse a financiar el pago de indemnizaciones al personal, establecidas en la normativa vigente. Dicho personal no podrá recontratarse posteriormente. Asimismo, tratándose de personal del INIA asociado a•investigación, los recursos liberados por renuncias y/o retiros deberán destinarse preferentemente a la contratación

de personal con los mismos propósitos. Estas Instituciones sólo podrán contratar endeudamiento previa autorización del Ministerio de Hacienda. La Subsecretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados de la ejecución presupuestaria de los proyectos financiados con estos recursos, en forma

9

Partida 13 Capítulo 01 Programa : 02

Moneda Nacional Miles de$

36.334.220

4.270.720

4.270.720

2.752.014

1.5 I8.706

32.063.500

32.063.500

36.334.220

36.334.220

36.334.220

17.342.185

11.494.921

3.970.103

3.352.449

174.562

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Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA SILVOAGROPECUARIA

ItemAsig. Denominaciones

Glosa w

regional,así como del cumplimiento de los objetivos fijados en los mismos. La Subsecretaría de Agricultura deberá publicar en su página web el convenio, y el organismo receptor deberá incorporar en su página web información trimestral sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance.

03 Los estudios e investigaciones serán de acceso público a través de medios digitales. Se informará semestralmente a la Quinta Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la implementación de estudios y proyectos que ejecuten estas instituciones. Se exceptúa de esta norma aquella información que revista carácter reservado según define la ley, o que deba respetar el principio de confidencialidad contractual, o cuya difusión gratuita pudiere afectar los intereses comerciales o derechos a percibir un ingreso por su concepto de la institución encargada de producir esa información al colocarla a disposición de particulares, a juicio de ésta.

04 Con cargo a esta asignación se podrán celebrar convenios de transferencia con entidades públicas o privadas con experiencia en el sector silvoagropecuario para financiar la realización de estudios y actividades que busquen aumentar la competitividad del sector. En dichos convenios se fijarán los objetivos y metas de las actividades a financiar, así como los formatos de rendición y auditoría.

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Partida Capítulo

13 01

Programa : 02

Moneda Nacional Miles de$

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS (O 1 ,02)

ltemAsig. Denominaciones

INGRESOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Del Sector Privado

003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro

OTROS INGRESOS CORRIENTES

01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas

99 Otros

APORTE FISCAL

01 Libre

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

011 Centro de Información de Recursos Naturales

02 Al Gobierno Central

003 INE - Estadísticas Continuas Intercensales

004 INE - VIII Censo Agropecuario

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

06 Equipos Informáticos

07 Programas Informáticos

GLOSAS :

01 Dotación Máxima de Vehículos

Glosa No

03

04

05

06

02 Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de Agricultura del Senado y de la Cámara de Diputados, respecto de las actividades agrícolas referidas a frutos y especies silvestres, tales corno el maqui, el calafate, el chilco y otros.

03 Incluye : a) Dotación máxima de personal

El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 5 funcionarios.

b) Horas extraordinarias año

11

Partida 13 Capítulo 02 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

6.950.779

10

10

10

31.735

31.725

10

6.919.034

6.919.034

6.950.779

4.035.400

927.493

10

10

1.726.855

554.344

554.344

1.172.511

352.797

819.714

261.021

87.21 o 173.811

4

118

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Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS (O 1 ,02)

ItemAsig. Denominaciones

- M2les de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d} Convenios con personas naturales - No de personas - Miles de $

Glosa No

Del total del personal que se contrate, tres de ellos podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.

e} Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley No 19.882, Asignación por Funciones Críticas:

- N° de personas - Miles de $

04 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

05 Se deberá enviar trimestralmente a la Comisión de Agricultura,Silvicultura y Desarrollo Rural un informe con la ejecuclon presupuestaria correspondiente, indicando los proyectos financiados.

06 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos.

12

Partida 13 Capitulo 02 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

40.474

30.87 9 57.471

50 713.066

11 208.674

19.995

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Sub Titulo

05

06

08

09

IO

I2

I3

2I

22

23

24

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04)

ItemAsig. Denominaciones

INGRESOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

OI Del Sector Privado

003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro

02 Del Gobierno Central

008 Corporación Nacional de Desarrollo Indígena

999 CORFO - Aplicación Fondo de Cobertura de Riesgos

RENTAS DE LA PROPIEDAD

OTROS INGRESOS CORRIENTES

OI Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas

99 Otros

APORTE FISCAL

OI Libre

VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

03 Vehículos

RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

04 De Fomento

TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL

02 Del Gobierno Central

008 Corporación Nacional de Desarrollo Indígena

009 Comisión Nacional de Riego

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

386 Apoyo a la Contratación del Seguro Agrícola

389 Sistema de Incentivos Ley N° 20.412

404 Emergencias

Partida I 3 Capítulo 03 Programa : O 1

Glosa Moneda Nacional w Miles de$

278.205.548

4.095.008

IO

10

4.094.998

3.999.888

95.1 IO

3.938.757

1.437. I 79

718.685

718.494

190.350.179

190.350.179

20.081

20.08 I

73.621.6I2

73.62 1.6I2

4.742.732

4.742.732

3.6!2.886

l. I29.846

278.205.548

05 39.941.458

06 7.318.506

10

10

80.346.221

07,08 80.342.892

915.767

21.029.339

09 1.539.000

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Sub Titulo

25

26

29

31

32

33

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04)

ItemAsig. Denominaciones

407 Servicios Desarrollo de Capacidades Productivas y Empresariales

415 Servicios de Asesoría Técnica

416 Programa de Desarrollo de Acción Local

417 Convenio INDAP-PRODEMU

418 Programa de Desarrollo Territorial Indígena

4I9 Desarrollo Integral de Pequeños Productores Campesinos del Secano-PADIS

420 Alianzas Productivas

421 Asesoría para Comercialización

07 A Organismos Internacionales

001 Asociación Latinoamericana de Instituciones Financieras para el Desarrollo - ALIDE

INTEGROS AL FISCO

01 Impuestos

OTROS GASTOS CORRIENTES

02 Compensaciones por Daños a Terceros y/o a la Propiedad

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

03 Vehículos

06 Equipos Informáticos

07 Programas Informáticos

INICIATIVAS DE INVERSIÓN

02 Proyectos

PRÉSTAMOS

04 De Fomento

004 Corto Plazo

005 Largo Plazo

006 Fondo Rotatorio- Ley 18.450

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

01 Al Sector Privado

001 Riego

002 Programa Desarrollo Inversiones

006 Programa de Desarrollo de Acción Local

14

Partida 13 Capítulo 03 Programa : O 1

Glosa Moneda Nacional No Miles de$

10 2.207.684

10 11.529.226

11 18.449.302

1.736.495

10,11 18.203.600

11 644.225

10 3.048.358

10 1.039.896

3.329

3.329

10

10

10

10

922.538

120.485

335.395

466.658

819.855

819.855

80.474.924

80.474.924

55.135.809

23.504.811

1.834.304

68.382.016

08 68.382.016

10 14.156.876

10,12 10.329.640

10 21.671.920

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Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04)

ltemAsig. Denominaciones

007 Programa de Desarrollo Territorial Indígena

008 Praderas Suplementarias

009 Alianzas Productivas

010 Convenio !NDAP-PRODEMU

011 Desarrollo Integral de Pequeños Productores Campesinos del Secano-PADIS

012 Inversiones para Comercialización

GLOSAS

01 Dotación Máxima de Vehículos

Glosa No

10

10

10

02 Respecto de los programas efectuados o que efectúe el Instituto de Desarrollo Agropecuario en los términos establecidos en el N° 4 del Artículo 3°, del Artículo primero, de la Ley N° 18.910, declárase que la mención que el artículo 78 de la Ley N°19.253 hace a dicha disposición ha debido y debe entenderse referida al N°6 del mismo precepto.

03 Se publicará trimestralmente, en la página web de INDAP una nornlna que contenga nombre del prograrna,objetivo,consultor,asignación presupuestaria, ejecución,beneficiario,región,comuna y monto, referida a las asignaciones de los subtítulos 24, 32 y 33. Los Convenios suscritos con Instituciones Públicas o Privadas deberán publicarse en el mismo medio electrónico semestralmente. Una copia digitalizada de la información señalada precedentemente, deberá ser remitida, con la misma periodicidad, a las comisiones de Agricultura de cada Cámara del Congreso Nacional, Quinta Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos y Comisión Especial Mixta de Presupuestos.

04 En el evento de que existan planes de manejo o antecedentes sobre manejo integrado de cuencas a nivel predial, se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la correlación de los programas del INDAP con las mejores opciones de uso del suelo que se hubieren planteado.

05 Incluye : a) Dotación máxima de personal

El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 210 funcionarios.

b) Horas extraordinarias año - Miles de $

e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Convenios con personas naturales - No de personas - Miles de $

Incluye los recursos para contratar consultores de apoyo operativo, técnicos y/o profesional, de los cuales 7 podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.

e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero

15

Partida 13 Capitulo 03 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

14.275.767

4.535.350

1.425.619

1.179.409

643.634

163.801

303

1.667

427.467

1.101. 637 27.476

47 508.317

Page 17: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04)

ItemAsig. Denominaciones

de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Criticas: - N° de personas - Miles de $

06 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

Glosa No

07 Con cargo a los programas individualizados en este ítem, se podrá contratar personal de apoyo estacional a honorarios hasta 54 cupos, por un plazo maxlmo para cada persona natural de hasta 8 meses, y con un gasto total por hasta $ 232.971 miles.

08 Previo a la ejecuc2on del gasto, mediante Resolución del Instituto de Desarrollo Agropecuario, visada por la Dirección de Presupuestos, deberán desglosarse las asignaciones presupuestarias de transferencias en cada uno de los programas y/o instrumentos que las conforman, especificando montos y coberturas para cada uno de ellos. Por igual mecanismo, durante el año presupuestario podrán modificarse las distribuciones establecidas.

09 Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan, y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de Noviembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda. Se podrá considerar hasta un 4% del gasto total, identificado en cada decreto presupuestario, para financiar todos los gastos de operac1on, incluidos gastos en personal y bienes y servicios de consumo, que demande su ejecución.

10 Para la ejecución de estos Programas se podrá efectuar convenios con instituciones públicas o privadas. Los recursos que se transfieran a instituciones públicas incluidas en la presente Ley, no ingresarán a sus presupuestos, no obstante deberán rendir cuenta de estos fondos a la Contraloría General de la República.

11 En la aplicación de estos fondos se considerarán los equipos de profesionales, técnicos y administrativos contratados para dar cumplimiento a los convenios/contratos firmados entre INDAP y las Municipalidades o Entidades Ejecutoras. Se deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, la ejecución de recursos y el número de convenios suscritos, su contenido y el número de personas profesionales, técnicos y administrativos contratados.

12 Los recursos que de este programa se destinen a apoyar las actividades relacionadas con el maíz, trigo y otros granos, deberán ser trimestralmente informados a las Comisiones de Agricultura de la Cámara de Diputados y del Senado.

16

Partida 13 Capítulo 03 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

6 114.705

344.408

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Sub Titulo

05

06

07

08

09

12

21

22

23

24

25

26

29

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03)

ltemAsig. Denominaciones

INGRESOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

02 Del Gobierno Central

023 De Subsecretaría de Economía FIE - Certificación Electrónica

RENTAS DE LA PROPIEDAD

INGRESOS DE OPERACIÓN

OTROS INGRESOS CORRIENTES

01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas

02 Multas y Sanciones Pecuniarias

99 Otros

APORTE FISCAL

01 Libre

RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

601 Emergencias Sanitarias

INTEGROS AL FISCO

01 Impuestos

OTROS GASTOS CORRIENTES

02 Compensaciones por Daftos a Terceros y/o a la Propiedad

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

03 Vehículos

05 Máquinas y Equipos

06 Equipos Informáticos

07 Programas Informáticos

1_7

Partida !3 Capítulo 04 Programa : O 1

Glosa Moneda Nacional No Miles de$

28.330.281

567.786

567.786

567.786

92.032

5.977.823

I .339.604

!.339.584

10

10

20.353.026

20.353.026

lO

10

28.330.281

04 2!.382.940

05 2.994.181

10

10

10

10

06 10

138.690

138.690

10

10

3.814.440

1.35 !.386

824

601.749

07 1.860.481

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Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03)

ltemAsig. Denominaciones

GLOSAS

01 Dotación Máxima de Vehículos

Glosa No

02 Semestralmente, el Servicio Agrícola y Ganadero informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de las acciones desarrolladas o en desarrollo para prevenir los daños provocados por la plaga del visón, especialmente en las regiones de Los Ríos y de Los Lagos, incluyendo gastos en personal, bienes y servicios de consumo, así como convenios con personas naturales y jurídicas que genere la ejecución de estas acciones. Asimismo, trimestralmente informará, con copia a la Quinta Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos, acerca de predios y proyectos que trabajen con transgénicos a fin de garantizar sello de origen de los productos naturales, y la producción de semilla y ensayos transgénicos sometidos a la normativa vigente que regula la internación e introducción al medio ambiente de semilla transgénica.

03 En el evento de que existan planes de manejo o antecedentes sobre manejo integrado de cuencas a nivel predial, se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la correlación de los programas del SAG con las mejores opciones de uso del suelo que se hubieren planteado.

04 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Personal Código del Trabajo - N° de personas - Miles de $

e) Personal estacional de apoyo, a honorarios - N° de personas - Miles de $

f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley No 19.882, Asignación por Funciones Críticas:

- No de personas - Miles de $

Partida Capítulo

13 04

Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

389

9SO

272.097

l. 015. sos 16.999

30 29S.936

56 116.100

10 116.902

g) Para cumplimiento Resolución N°7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones -Miles de$ 39.7S9

05 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

06 Se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluidos personal y bienes y servicios de consumo que genere la ejecución de este programa, incluidos convenios con personas naturales y jurídicas. Las personas naturales podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. No 799 de 1974, para desempeñar labores de fiscalización y certificación, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de sus funciones. Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan,

18

191.634

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Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03)

ltem Asig, Denominaciones

Glosa No

y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de Noviembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda. Las reasignaciones que se efectúen y las actividades que se realicen con recursos para emergencias sanitarias se informarán trimestralmente, con desagregación regional, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, treinta días después del término del trimestre respectivo.

07 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos.

19

Partida 13 Capítulo 04 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO INSPECCIONES EXPORTACIONES SIL VOAGROPECUARIAS

Sub ltemAsig. Titulo Denominaciones

INGRESOS

07 INGRESOS DE OPERACIÓN

09 APORTE FISCAL

01 Libre

12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

21 GASTOS EN PERSONAL

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

07 Programas Informáticos

GLOSAS :

01 Incluye a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Personal Código del Trabajo - No de personas - Miles de $

e) Personal estacional, a honorarios, certificación

Glosa No

01

02

Partida 13 Capítulo .04 Programa : 04

Moneda Nacional Miles de$

21.495.747

14.80 l.l66

6.694.571

6.694.571

JO

10

21.495.747

18.168.503

3.079.711

247.533

247.533

480

466.216

671.735 8.836

556 6.603.348

- N° de personas 351 -Miles de $ 1.656.141

f) Para cumplimiento Resolución N°7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones

- Miles de $ 478.219 02 Incluye :

Capacitación y perfeccionamiento, Ley No 18.575 - Miles de $

20

4.432

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Sub

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DESARROLLO GANADERO

ItemAsig. Titulo Denominaciones

INGRESOS

07 INGRESOS DE OPERACIÓN

09 APORTE FISCAL

01 Libre

12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

21 GASTOS EN PERSONAL

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

001 Programa Tuberculosis Bovina

07 A Organismos Internacionales

005 Comité Veterinario Permanente del Cono Sur

29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

07 Programas Informáticos

GLOSAS :

01 Incluye a) Dotación máxima de personal b} Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Personal Código del Trabajo - N° de personas - Miles de $

Glosa No

01

02

03

04

e) Personal estacional, a honorarios, actividades pecuarias y trazabilidad

Partida 13 Capítulo 04 Programa : 05

Moneda Nacional Miles de$

14.881.038

2.088.783

12.792.245

12.792.245

10

10

14.881.038

10.612.546

4.022.968

118.072

105.858

105.858

12.214

12.214

127.452

127.452

331

168.654

560.288 41.934

181 2.180.481

- N° de personas 37 -Miles de $ 101.429

f) Para cumplimiento Resolución N°7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones -Miles de$ 24.012

02 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley No 18.575 - Miles de $

03 Considera los recursos para ser utilizados en investigación y otras acciones tendientes a generar instancias de innovaclon y cooperaclón público-privada, que contribuyan a la ejecución y difusión del Programa Oficial de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina. Con cargo a esta asignaclon se podrán transferir recursos a entidades públicas o privadas,los que no ingresarán a sus presupuestos tratándose de

21

41.067

Page 23: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DESARROLLO GANADERO

ltemAsig. Denominaciones

Instituciones incluidas en esta ley.

Glosa No

04 Deberá enviarse un informe trimestral a las Comisiones de Agricultura de ambas Cámaras, respecto de los avances que se registren en el Comité Veterinario Permanente.

22

Partida 13 Capitulo 04 Programa : 05

Moneda Nacional Miles de$

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO VIGILANCIA Y CONTROL SILVOAGRÍCOLA (OI)

Sub ItemAsig. Titulo Denominaciones

INGRESOS

07 INGRESOS DE OPERACIÓN

09 APORTE FISCAL

O! Libre

!2 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

21 GASTOS EN PERSONAL

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

07 A Organismos Internacionales

603 Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur

29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

05 Máquinas y Equipos

GLOSAS :

01 Dotación Máxima de Vehículos

02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Personal Código del Trabajo - No de personas - Miles de $

e) Personal estacional, a honorarios, vigilancia y control - N° de personas - Miles de $

03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

23

Glosa No

02

03

Partida 13 Capítulo 04 Programa : 06

Moneda Nacional Miles de$

31.!65.835

1.!89.069

29.976.756

29.976.756

10

lO

31.165.835

18.920.815

12.102.158

38.369

38.369

38.369

l 04.493

l 04.493

1

676

334.625

l. 030.555 29.634

355 3.917.753

499 1.409.354

15.077

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DE CONTROLES FRONTERIZOS (01)

Sub ltemAsig. Titulo Denominaciones

INGRESOS

07 INGRESOS DE OPERACIÓN

09 APORTE FISCAL

01 Libre

12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

21 GASTOS EN PERSONAL

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

05 Máquinas y Equipos

06 Equipos Informáticos

07 Programas Informáticos

GLOSAS :

01 Dotación Máxima de Vehículos

02 Incluye : a} Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Personal Código del Trabajo - N° de personas - Miles de $

Glosa w

02

03

e) Personal estacional de apoyo, a honorarios, para labores de inspección - N° de personas - Miles de $

Partida 13 Capítulo 04 Programa : 07

Moneda Nacional Miles de$

15.745.830

3.185.075

12.560.745

12.560.745

10

10

15.745.830

12.600.043

2.365.696

780.091

493.609

23.598

262.884

3

395

l. 765.277

l. 987.274 182.167

147 1.979.139

56 203.394

f) Para cumplimiento Resolución N°7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones

- Miles de $ 281.880

03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley No 18.575 - Miles de $

24

112.254

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA GESTIÓN Y CONSERVACIÓN DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES

Sub ItemAsig. Titulo Denominaciones

INGRESOS

07 INGRESOS DE OPERACIÓN

09 APORTE FISCAL

01 Libre

12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

21 GASTOS EN PERSONAL

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

404 Sistema de Incentivos Ley N° 20.412

07 A Organismos Internacionales

009 Instituto Interamericano de Cooperación Agrícola (IICA)

29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

os Máquinas y Equipos

07 Programas Informáticos

GLOSAS :

01 Incluye a) Dotación maxlma de personal b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Personal Código del Trabajo - No de personas - Miles de $

02 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

Glosa No

01

02

03

03 a) Con cargo a estos recursos se podrán efectuar los gastos de operación que genere la ejecución de este programa, incluyendo bienes y servicios de consumo hasta por$ 330.667 miles.

b) Deberá enviarse a las respectivas comisiones temáticas de la Cámara de Diputados y del Senado, a lo menos semestralmente, una lista en formato digital de los montos entregados y la identificación de los predios y las personas naturales o jurídicas beneficiadas, señalando, en el caso de estas últimas, las personas naturales que las componen.

25

Partida 13 Capítulo 04 Programa : 08

Moneda Nacional Miles de$

I4.767.043

539.543

I4.227.490

14.227.490

10

10

14.767.043

5.776.436

535.389

8.407.247

8.403.203

8.403.203

4.044

4.044

47.971

16.266

31.705

227

32.079

234.445 11.859

12 162.287

24.621

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Sub Titulo

07

09

I2

21

22

29

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO LABORATORIOS (01)

ltemAsig. Denominaciones

INGRESOS

INGRESOS DE OPERACIÓN

APORTE FISCAL

OI Libre

RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

05 Máquinas y Equipos

07 Programas Informáticos

GLOSAS :

01 Dotación Máxima de Vehículos

02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Personal Código del Trabajo - N° de personas - Miles de $

Glosa No

02

03

e) Personal estacional de apoyo, a honorarios, departamentos técnicos - N° de personas - Miles de $

03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

26

Partida 13 Capítulo 04 Programa : 09

Moneda Nacional Miles de$

6.744.821

1.859.422

4.885.389

4.885.389

10

10

6.744.821

4.750.554

1.712.526

281.741

209.579

72.162

4

196

18.779

591.690 11.421

16 203.730

1 10.924

10.585

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL (01)

Sub ItemAsig. Glosa Titulo Denominaciones N'

INGRESOS

09 APORTE FISCAL

01 Libre

12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

21 GASTOS EN PERSONAL 02

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03

23 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

006 Otras Transferencias

29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

06 Equipos Informáticos

07 Programas Informáticos

GLOSAS :

01 Dotación Máxima de Vehículos

02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Convenios con personas naturales - N° de personas - Miles de $

e) Jornales Transitorios - No de personas - Miles de $

Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido. Para efectos de los Programas de Empleo que se ejecuten de acuerdo a la legislación vigente, y para los cuales sea requerida la participación de la CONAF, el personal contratado con dichos recursos no se considerara para la dotación máxima fijada precedentemente.

03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575

27

Partida I3 Capitulo 05 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

19.494.930

19.494.920

19.494.920

10

10

19.494.930

14.559.317

4.470.748

10

10

10

10

10

464.845

203.833

261.012

143

689

115.413

337.703 7.183

8 85.472

39 315.783

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Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL (01)

ItemAsig. Denominaciones

- Miles de $

28

Partida 13 Capitulo 05 Programa : O 1

Glosa Moneda Nacional No Miles de$

73.915

Page 30: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

09

12

21

22

23

29

31

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL PROGRAMA DE MANEJO DEL FUEGO (O 1 ,02)

ItemAsig, Denominaciones

INGRESOS

APORTE FISCAL

OI Libre

RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

05 Máquinas y Equipos

06 Equipos Informáticos

07 Programas Informáticos

INICIATIVAS DE INVERSIÓN

02 Proyectos

GLOSAS :

Partida 13 Capítulo 05 Programa : 03

Glosa Moneda Nacional No Miles de$

32.484.347

32.484.337

32.484.337

10

10

32.484.347

03 15.439.303

15,135.372

10

10

],367.606

],]34,289

96,724

136.593

542,056

542.056

01 Dotación Máxima de Vehículos 83

02 Se informará semestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de las acciones de prevención de incendios en zonas de interfaz de bosques con ciudades y sectores urbanos.

03 Incluye : a) Dotación máxima de personal 336 b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ 253.342 e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Jornales Transitorios - N° de personas - Miles de $

Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no. pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido.

29

207.274 4.167

2.519 10.593.266

Page 31: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS (O 1 ,02)

ltemAsig. Glosa Titulo Denominaciones No

INGRESOS

07 INGRESOS DE OPERACIÓN

09 APORTE FISCAL

01 Libre

12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

13 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL

02 Del Gobierno Central

129 Subsecretaria de Turismo

GASTOS

21 GASTOS EN PERSONAL 03

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

23 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

411 Jardín Botánico 04

533 Convenio Asociatividad Comunidad Ma'u Henua 05

29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

05 Máquinas y Equipos

06 Equipos Informáticos

31 INICIAT1V AS DE INVERSIÓN

02 Proyectos

GLOSAS :

01 Dotación Máxima de Vehículos

02 Se informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, trimestralmente, respecto a la habilitación de senderos ecoturísticos y de redes de servicios en los SNASPE, ya sea con gastos públicos o con aportes. Con la misma periodicidad, se informará a las Comisiones de Medio Ambiente de ambas Cámaras respecto de los concursos, licitaciones, concesiones o proyectos con recursos privados que se contemple ejecutar en algunas de tales Áreas en el transcurso del semestre venidero, explicitando su justificación y su objetivo.

03 Incluye : a) Dotación máxima de personal

30

Partida 13 Capítulo 05 Programa : 04

Moneda Nacional Miles de$

17.438.429

9.107.953

7.920.066

7.920.066

10

10

410.400

410.400

410.400

17.438.429

11.569.202

3.199.223

10

10

1.366.207

1.366.207

190.411

1.175.796

115.389

104.719

10.670

1.188.398

1.188.398

266

550

Page 32: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS (01,02)

ItemAsig. Denominaciones

b) Horas extraord1nar1as año - Miles de $

e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Jornales Transitorios - N° de personas - Miles de $

Glosa No

Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido.

04 Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre la institución y el organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de rendir cuenta de su uso. La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo receptor deberá incorporar en su página web información trimestral, sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance.

05 Estos recursos serán transferidos a la Comunidad conforme al convenio suscrito el año 2016 y sus modificaciones, y estarán sujetas a la recaudación efectiva por ingresos al Parque Nacional Rapa Nui. CONAF deberá rendir cuenta del uso de los recursos a la Contraloría General de la República.

31

Partida 13 Capítulo 05 Programa : 04

Moneda Nacional Miles de$

43.124

263.061 3.264

472 2.139.637

Page 33: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

07

09

12

21

22

23

24

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL GESTIÓN FORESTAL (01,02)

ltemAsig. Denominaciones

INGRESOS

INGRESOS DE OPERACIÓN

APORTE FISCAL

01 Libre

RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS

10 Ingresos por Percibir

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Al Sector Privado

001 Fondo para Investigación Ley Bosque Nativo

GLOSAS :

01 Dotación Máxima de Vehículos

Glosa No

03

04

02 Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos respecto de las hectáreas forestales existentes, por año y región, y sobre la situación de los viveros.

03 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Miles de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos

- En Territorio Nacfonal en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Jornales Transitorios - N° de personas - Miles de $

Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido.

04 Con cargo a este Fondo se podrán comprometer hasta$ 964.851 miles, para financiar proyectos de investigación. Los proyectos que se realicen con cargo a esta transferencia deberán asignarse de acuerdo a la normativa vigente en la materia. La institución podrá ejecutar gas~os en bienes y servlclos de consumo relacionados con la ejecución de esta transferencia hasta por $ 70.277 miles.

32

Partida Capítulo

13 05

Programa : 05

Moneda Nacional Miles de$

18.786.252

2.645.117

16.141.125

16.141.125

10

10

18.786.252

12.603.607

5.212.419

10

10

970.216

970.216

970.216

66

463

115. 980

831.285 8. 973

200 l. 359.706

Page 34: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

09

2I

22

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL PROGRAMA DE ARBORIZACIÓN URBANA (01.02)

ItemAsig. Denominaciones

INGRESOS

APORTE FISCAL

OI Libre

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

GLOSAS :

01 Dotación Máxima de Vehículos

Glosa No

03

02 Deberá informarse antes del 31 de marzo del año 2018 las comunas en que se implementará el programa, señalando la inversión que se efectuará en cada una de ellas, así como el gasto en jornales transitorios que hayan sido contratados al efecto. Trimestralmente se deberá informar los avances del programa 1 en forma regionalizada.

03 Incluye : a) Autorización maxlrna para gastos en viáticos

- En Territorio Nacional en Miles de $ b) Jornales Transitorios

- No de personas - Miles de $

Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido.

Partida I3 Capítulo 05 Programa : 06

Moneda Nacional Miles de$

1.542.774

1.542.774

1.542.774

1.542.774

860.937

681.837

21

63.407

111 797.530

Page 35: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

05

08

09

lO

21

22

23

24

25

29

31

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO (01,02)

ltemAsig. Denominaciones

INGRESOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 Del Sector Privado

003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro

OTROS INGRESOS CORRIENTES

01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas

02 Multas y Sanciones Pecuniarias

99 Otros

APORTE FISCAL

01 Libre

VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

03 Vehículos

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CON:'tUMO

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

03 Prestaciones Sociales del Empleador

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

03 A Otras Entidades Públicas

051 Programa Construcción y Rehabilitación Obras de Riego

INTEGROS AL FISCO

01 Impuestos

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

03 Vehículos

04 Mobiliario y Otros

05 Máquinas y Equipos

06 Equipos Informáticos

07 Programas Informáticos

INICIATIVAS DE INVERSIÓN

01 Estudios Básicos

02 Proyectos

34

Partida 13 Capitulo 06 Programa : O 1

Glosa Moneda Nacional No Miles de$

12.855.308

10

10

lO

54.154

54.134

lO

lO

12.798.264

12.798.264

2.880

2.880

12.855.308

03 4.977.859

04 967.944

lO

lO

!.928.425

!.928.425

05 !.928.425

lO

lO

405.337

17.281

6.201

19.084

54.552

06 308.219

3.445.877

1.464.126

357.797

Page 36: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

33

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO (OI,02)

ItemAsig. Denominaciones

03 Programas de Inversión

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

02 Al Gobierno Central

004 Instituto de Desarrollo Agropecuario

GLOSAS

01 Dotación Máxima de Vehículos

Glosa No

02 La Comisión Nacional de Riego dará cuenta, trimestralmente, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados sobre la ejecución de este presupuesto cuando se refiera a estudios u obras ejecutadas o por ejecutarse en las regiones, con información sobre las transferencias realizadas y su aplicación al financiamiento de planes, programas y proyectos en la respectiva Región.

03 Incluye : a) Dotación máxima de personal

El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 25 funcionarios.

b) Horas extraordinarias año - Miles de $

e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $

d) Convenios con personas naturales - No de personas - Miles de $

Incluye los recursos para contratar profesionales y técnicos de apoyo operativo, los cuales podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.

e) Autorización máxima para cumplimiento articulo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:

- No de personas - Miles de $

04 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

05 a) Con cargo a esta asignación se podrá transferir recursos a entidades tanto públicas corno privadas, exclusivamente para los fines expresados en la Ley N°l8.450. Tratándose de instituciones incluidas en la Ley de Presupuestos, dichos recursos no ingresarán a sus presupuestos.

b) Incluye hasta $ 1.046.212 miles que serán destinados a la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas para gastos de operación de la Ley No 18.450, a través de sus Direcciones Regionales, mediante convenio que se firme para tal efecto.

e) Incluye $ 511.821 miles para convenio con las SEREMIS de Agricultura, pudiendo considerar gasto de operación, incluido gastos en personal y bienes y servicios de consumo, para la aplicación de la Ley N° 18.450.

35

Partida I 3 Capítulo 06 Programa : O 1

Moneda Nacional Miles de$

1.623.954

1.129.846

1.129.846

1.129.846

15

170

18.465

7 6' 4 67 6.982

12 268.097

6 9 9' 153

25' 432

Page 37: PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL … · 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo 10° de la Ley N° 20.412, se considerará la suma de las

Sub Titulo

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO (OI.02)

ItemAsig. Denominaciones

Glosa No

d) No podrá flnanclarse con estos recursos, gastos permanentes de las instituciones suscriptoras de los convenios y/o cualquier otro gasto que no esté directamente asociado a la ejecución específica de las acciones contenidas en los mismos.

06 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos.

36

Partida 13 Capítulo 06 Programa : O l

Moneda Nacional Miles de$