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PROYECTO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA EL MONTAJE Y APERTURA DE UNA CARPA DESMONTABLE Y AUTORIZACION DE OCUPACIÓN Y USO DE LA VÍA PÚBLICA PARA UNA CARPA Y ACTIVIDADES RECREATIVAS VARIAS FIESTAS FALLERAS AÑO 2016 FECHA TÉCNICO REDACTOR TITULAR COMISIÓN FALLERA

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PROYECTO

DE

DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA EL MONTAJE YAPERTURA DE UNA CARPA DESMONTABLE

Y

AUTORIZACION DE OCUPACIÓN Y USO DE LA VÍAPÚBLICA PARA UNA CARPA Y ACTIVIDADES

RECREATIVAS VARIAS

FIESTAS FALLERAS AÑO 2016

FECHA

TÉCNICO REDACTOR

TITULAR

COMISIÓN FALLERA

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INDICE

1. MEMORIA

1.1.OBJETO DEL PROYECTO

1.2.DATOS DEL TITULAR

1.3.EMPLAZAMIENTO

1.4.ACTIVIDADES A REALIZAR

1.5.CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS DE LA CARPA Y DE SU MONTAJE

1.6.MEDIDAS DE PROTECCIÓN ACTIVA CONTRA INCENDIOS

1.7.AFORO U OCUPACIÓN

1.8.EVACUACIÓN DE EMERGENCIA

1.9.INSTALACIONES DE LA CARPA

1.9.1.ACOMETIDA ELÉCTRICA

1.9.2.ILUMINACIÓN EXTERIOR

1.9.3.INSTALACIÓN ELÉCTRICA INTERIOR. ILUMINACIÓN. ALUMBRADO DESEGURIDAD

1.9.4.OTRAS INSTALACIONES

1.9.4.1.SUMINISTRO DE AGUA POTABLE

1.9.4.2.EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES

1.9.4.3.RESIDUOS SÓLIDOS

1.10.DOTACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS

1.11.DOTACIONES COMPLEMENTARIAS

1.11.1.ESCENARIO

1.11.2.ATRACCIONES RECREATIVAS

2. PLANOS

2.1. PLANO DE EMPLAZAMIENTO

2.2. PLANO DE COTAS, SUPERFICIES, AFOROS, DISTRIBUCIÓN Y DOTACIONES DE LACARPA

2.3. PLANO DE LA ESTRUCTURA DE LA CARPA

2.4. PLANO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA

2.4.1. PLANO DE PLANTA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA Y ALUMBRADO

2.4.2. ESQUEMA UNIFILAR DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA

2.5. PLANO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, Y EVACUACIÓN

2.6. PLANO DE ALZADO Y SECCIÓN DE LA CARPA

2.7. PLANO DE CIRCULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE EMERGENCIA EN LADEMARCACIÓN FALLERA

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1. MEMORIA

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1. MEMORIA

INDICE

1.1. OBJETO DEL PROYECTO

1.2. DATOS DEL TITULAR

1.3. EMPLAZAMIENTO

1.4. ACTIVIDADES A REALIZAR

1.5. CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS DE LA CARPA Y DE SU MONTAJE

1.6. MEDIDAS DE PROTECCIÓN ACTIVA CONTRA INCENDIOS

1.7. AFORO U OCUPACIÓN

1.8. EVACUACIÓN DE EMERGENCIA

1.9. INSTALACIONES DE LA CARPA

1.9.1. ACOMETIDA ELÉCTRICA

1.9.2. ILUMINACIÓN EXTERIOR

1.9.3. INSTALACIÓN ELÉCTRICA INTERIOR. ILUMINACIÓN. ALUMBRADO DESEGURIDAD

1.9.4. OTRAS INSTALACIONES

1.9.4.1. SUMINISTRO DE AGUA POTABLE

1.9.4.2. EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES

1.9.4.3. RESIDUOS SÓLIDOS

1.10. DOTACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS

1.11. DOTACIONES COMPLEMENTARIAS

1.11.1. ESCENARIO

1.11.2. ATRACCIONES RECREATIVAS

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MEMORIA

1.1.OBJETO DEL PROYECTO

Es objeto del presente Proyecto describir la instalación de una Carpa portátil y desmontable, decarácter temporal, durante las fiestas falleras, sus instalaciones y medidas de protección, instalaciones yactividades complementarias, así como la justificación del cumplimiento de la normativa que le es deaplicación, que sirva de base como documento técnico para solicitar y obtener del M.I. Ayuntamiento deCullera:

· Autorización de uso y ocupación temporal de la vía pública.

· Procedimiento de apertura mediante Declaración Responsable.

La autorización de ocupación y uso temporal de la vía pública tiene como objeto obtener elderecho de uso y disfrute privativo de un espacio urbano para el montaje del monumento fallero (“plantà”), lainstalación de una carpa desmontable (como sede festera complementaria) destinada a local de reunión yusos múltiples por la Comisión Fallera, el montaje de un escenario y el montaje puntual de atraccionesrecreativas.

La Licencia de Apertura tiene como objeto obtener la autorización municipal para poder desarrollaren el interior de la carpa actividades múltiples y diversas de reunión, espectáculos, usos múltiplesrecreativos, de consumo de alimentos y bebidas, y actividades varias, todas ellas en el ámbito de las fiestasfalleras de la anualidad correspondiente.

Asimismo se pretende obtener autorización municipal para el desarrollo de espectáculos varios yactividades recreativas fuera de la carpa en el espacio urbano ocupado por la Comisión Fallera, tales como:

• Escenario

Descripción:

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• Atracciones Recreativas:

Descripción:

La licencia de apertura se enmarca en el ámbito de lo regulado por el artículo 17º de la Ley14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas yEstablecimientos Públicos.

Tanto una como la otra autorización municipal se solicitan para las siguientes fechas:

DEL DE MARZO DEL 2016 AL DE MARZO DEL 2016

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1.1.DATOS DE LA COMISIÓN FALLERA

DENOMINACIÓN:

C.I.F.

DOMICILIO SOCIAL:

PRESIDENTE:

1.1.EMPLAZAMIENTO

El montaje de la Carpa no entorpece el acceso a la vía pública desde los zaguanes de los edificios colindantes.

La ocupación y uso temporal de la vía pública comprenderá la/s siguiente/s vías urbanas

La Carpa se montará en:

y ocupará una superficie de m2 de vía pública.

Complementariamente al espacio de vía pública ocupado por la Carpa, se delimita unespacio adicional ocupado por la Comisión Fallera para ser destinado a eventos varios en el ámbitode las fiestas falleras, tales como:

La superficie de vía pública a ocupar para estos usos es de: m2.

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La delimitación y acotación de todo el espacio de vía pública a ocupar para el uso privativo por laComisión Fallera se realiza mediante vallas desmontables.

La implantación de la Carpa tiene lugar de tal modo que se mantiene un “paso restringido” paravehículos de emergencia (bomberos, ambulancia, etc.).

Dicho “paso restringido” será concretizado, mediante informe técnico motivado del ConsorcioProvincial de Bomberos, en el procedimiento específico de autorización de esta Carpa, atendiendo a laparticularidad del emplazamiento.

En el plano Nº 2.2 de este Proyecto se observan los espacios públicos ocupados.

1.4. ACTIVIDADES A REALIZAR

1.4.1. ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL INTERIOR DE LA CARPA

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1.4.2. ACTIVIDADES A REALIZAR EN LA VÍA PÚBLICA

1.5. CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS DE LA CARPA Y DE SU MONTAJE

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La carpa cumple la Norma Europea EN 13782: “Estructuras temporales, Carpas,Seguridad”, la Norma EN 15619: “Textiles PVC para Carpas” y el Protocolo de Seguridad para “Carpas-Estructuras móviles” denominado “Disposiciones de Seguridad aplicables a los EstablecimientosEspeciales”, avalado por la Asociación empresarial ASPEC, que regula las condiciones que deben cumplirlas instalaciones desmontables.

La carpa cumple las condiciones técnicas que establece el Título X (“Condiciones Técnicas”) delDecreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo dela Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas yEstablecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del 10.12.2010).

1.5.1. Composición

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1.5.2. Forma

1.5.3. Dimensiones

1.5.4. Color

1.5.5. Elementos constructivos

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1.5.6. Materiales acabados

1.5.7. Capacidad Portante

La estructura de la Carpa tiene una capacidad portante y resistencia mecánica que garantizan suestabilidad estructural y seguridad, y cumple con las exigencias constructivas que determina el DocumentoBásico de Seguridad Estructural del Código Técnico de La Edificación, aprobado por el R.D. 314/2006, del17 de marzo, publicado en el BOE del 28.03.2006.

A continuación se justifica el cumplimiento a lo dispuesto en el Documento Básico-SeguridadEstructural (DB-SE) del Código Técnico de la Edificación (R.D. 314/2006, de 17 de marzo):

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1.5.8. Estabilidad y solidez constructiva

A continuación se justifica el cumplimiento a lo dispuesto en el Documento Básico-SeguridadEstructural (DB-SE) del Código Técnico de la Edificación (R.D. 314/2006, de 17 de marzo):

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1.5.9. Resistencia y Reacción al Fuego de los materiales

El material de revestimiento de los elementos de cubrición, cerramiento y protección de la Carpapresentan una Reacción al Fuego de clase A2, de acuerdo con el Real Decreto 842/2013, de 31 de octubre,por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos enfunción de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego.

Asimismo se cumple lo dispuesto en el artículo 216º del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre,del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de laGeneralitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº6.414, del 10.12.2010).

Se adjuntan los certificados emitidos por el fabricante de la Carpa.

1.5.10. Instalaciones

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1.6. MEDIDAS DE PROTECCIÓN ACTIVA CONTRA INCENDIOS

Se cumple, con carácter general, lo dispuesto en el Documento Básico de Seguridad de Incendios nº 3 (DB-SI 3) del Código Técnico de la Edificación (R.D. 314/2006, de 17 de marzo).

Existen suficientes extintores de incendios y de la eficacia adecuada, y la Carga Neta Instalada demateria extintora total es de 5 kg / 100 m2 recomendados, con la dotación y condiciones que determina elR.D. 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Proteccióncontra Incendios.

En el interior de la Carpa existen –al menos- 2 extintores de incendios, según establece el artículo21.2º del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado porel R.D. 2816/1982, de 27 de agosto.

El extintor ubicado junto al Cuadro General de Mando y Protección de la instalación eléctrica de laCarpa es de agente extintor CO2. (R.T.-Ext.2: Regla Técnica para Instalación de Extintores Móviles).

Extintores tipo: Nº de Extintores:

Ubicación según plano Nº 2.6 de Medidas de Protección contra Incendios.

1.7. AFORO U OCUPACIÓN

1.7.1. Aforo u ocupación en el interior de la Carpa

(Se evalúa el aforo, según la superficie útil de la Carpa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo176º del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento dedesarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, ActividadesRecreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del 10.12.2010, a razón de 1 persona/m2.)

(En el caso de que en el interior de la carpa se implante barra y contrabarra para el servicio debebidas; así como escenario, las superficies ocupadas por estos elementos se descontarán de la superficieútil de la carpa para la determinación del aforo).

Se evalúa, a parte, el aforo de la contrabarra y del escenario.

Para la contrabarra se aplica el coeficiente de 1 persona/10 m2 (de acuerdo con el DB-SI 3 delCódigo Técnico), y para el escenario se aplicará lo dispuesto en el apartado 1.7.3. siguiente)

Para el escenario se aplica el coeficiente de 1 persona/2 m2 (de acuerdo con el artículo 180º delDecreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo dela Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas yEstablecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del 10.12.2010).

Superficie total útil de la Carpa: Aforo u Ocupación:

1.7.2. Aforo u ocupación en la zona exterior destinada a actividades falleras varias

Se evalúa el aforo, según la superficie ocupada de vía pública, que es de m2, de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 177º del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que seaprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, deEspectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del10.12.2010), a razón de 1 persona/10 m2.

Superficie total de vía pública ocupada: Aforo u Ocupación:

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1.7.3. Aforo u ocupación en escenario en vía pública

Dado que se monta un escenario, se evalua el aforo del mismo, según la superficie útil delescenario, que es de m2, de acuerdo con lo dispuesto en , a razón de 1 persona/2 m2, de acuerdocon el artículo 180º del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba elReglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de EspectáculosPúblicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del 10.12.2010).

Superficie total útil del escenario: Aforo u Ocupación:

1.8. EVACUACIÓN DE EMERGENCIA

Se describen y justifican los recorridos y medios de evacuación de emergencia, salidas, etc., deacuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título X del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, delConsell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de laGeneralitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº6.414, del 10.12.2010); así como a lo que determina el Documento Básico Seguridad de Incendios (DB-SI)del vigente Código Técnico de la Edificación.

En cuanto a los accesos y salidas de Carpa se cumple lo dispuesto en el Documento Básico deSeguridad de Incendios (DB-SI) del Código Técnico de la Edificación, así como lo que determinan losartículos 192º al 196º del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba elReglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de EspectáculosPúblicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del 10.12.2010).

1.9. INSTALACIONES DE LA CARPA

1.9.1. Acometida eléctrica

Se describe y justifica el suministro eléctrico a la Carpa fallera, a través de acometida de lacompañía suministradora (suministro temporal), del modo siguiente:

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1.9.2. Iluminación exterior

Se describe y justifica la iluminación del entorno exterior de la Carpa, proyectándola de modo quemantenga un nivel de iluminación en la vía pública adecuada al entorno urbano, con un mínimo de 2 Cd/m2,en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.14º, apartado c) de las Normas Urbanísticas.

1.9.3. Instalación eléctrica interior. Iluminación. Alumbrado de seguridad

1.9.3.1. Instalación eléctrica interior de la Carpa

Se describe y justifica a continuación la instalación eléctrica interior de la Carpa, el cuadro generalde mando y protección, los circuitos eléctricos (elementos y dispositivos de protección, cableado eléctrico,etc.), toma de tierra, etc.

Se hace especial hincapié en las condiciones de montaje del cableado eléctrico por el interior dela Carpa.

La instalación cumple el Reglamento Eléctrotécnico de Baja Tensión y sus Instrucciones TécnicasComplementarias (R.D. 842/2002, de 2 de agosto), cumpliendo, con especificidad lo dispuesto en laInstrucción Técnica Complementaria nº 28 y la nº 34.

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1.9.3.2. Iluminación interior de la Carpa

A continuación se describe y justifica la instalación de alumbrado en el interior de la Carpa.

Esta instalación se proyecta de tal modo que se cumple lo dispuesto en el Documento Básico –Seguridad en la Utilización nº 4 – “Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada”, delCódigo Técnico de la Edificación (R.D. 314/2006, del 17 de marzo).

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1.9.3.3. Alumbrado de seguridad de la Carpa

A continuación se describe y justifica la instalación de alumbrado de seguridad (señalización,emergencia y evacuación).

Esta instalación se proyecta de tal modo que se cumple los parámetros mínimos lumínicosdeterminados por la Instrucción Técnica Complementaria-Baja Tensión nº 028 del ReglamentoElectrotécnico de Baja Tensión (R.D.842/2002, de 2 de agosto), así como de acuerdo con el DocumentoBásico Seguridad en la Utilización nº 4, del Código Técnico de la Edificación (R.D. 314/2006, del 17 demarzo).

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1.9.4. Otras instalaciones de la Carpa

1.9.4.1 Agua potable

A continuación se describe y justifica la dotación de agua potable para las necesidades del uso dela Carpa, siendo por medio de acometida provisional de la empresa suministradora “Aigües de Cullera”, obien mediante depósito homologado de almacenamiento de agua potable.

1.9.4.2. Evacuación de aguas residuales

A continuación se describe y justifican las condiciones de evacuación de aguas residuales, pormedio de conexión temporal y provisional a la red de alcantarillado municipal, con autorización de conexióny vertido de la empresa gestora “Aigües de Cullera”, o bien mediante depósito homologado dealmacenamiento de aguas residuales.

1.9.4.3. Residuos sólidos

A la Carpa se la dota de papeleras o basureros en su interior, con la siguiente dotación mínima:

1 basurero, de 80 litros de capacidad, de material plástico HDPE, con tapa abatible y ruedas, porcada 100 m2 de superficie útil de la Carpa.

Superficie total útil de la Carpa: Nº de basureros:

Su ubicación se grafía en el plano Nº 2.3

Complementariamente se solicita a la empresa municipal gestora del servicio de recogida deresiduos sólidos urbanos la dotación de contenedores.

Su ubicación se grafía en el plano Nº 2.2

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1.10. DOTACIONES HIGIÉNICO-SANITARIAS

1.10.1. Dotaciones higiénicas

Se cumple la dotación mínima que determina el artículo 218º del Decreto 143/2015, de 11 deseptiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 dediciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos(DOGV nº 6.414, del 10.12.2010).

Superficie total útil de la Carpa: Aforo: Nº de Aseos Químicos:

La dotación de servicios higiénicos se realiza mediante el alquiler de aseos portátiles químicos, aubicar junto a la Carpa.

Su ubicación se grafía en el plano Nº 2.2

Uno de los aseos está habilitado para el uso por personas con minusvalía física.

Distancia de la Carpa al Casal Fallero Permanente: (m).

Véase en el Plano nº 2.1 el emplazamiento de la Carpa y el del Casal Fallero Permanente.

Al estar la Carpa ubicada a menos de 50 metros de distancia en línea recta ficticia del CasalFallero permanente se justifica la dotación de servicios higiénicos necesarios para la Carpa mediante el usode los aseos existentes en el interior del Casal Fallero permanente, cumpliendo la dotación mínimareglamentaria dispuesta en el artículo 218º del Decreto 143/2015, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo224º, apartado 2º del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba elReglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de EspectáculosPúblicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del 10.12.2010).

Nº de Aseos totales del Casal Fallero:

Nº de Aseos de señoras del Casal Fallero:

Nº de Aseos de caballeros del Casal Fallero:

Aseo habilitado al uso de minusválidos:

Cual (señoras o caballeros):

1.10.2. Dotaciones sanitarias

En el interior de la Carpa existe un botiquín de primeros auxilios, en las condiciones quedetermina el artículo 226º del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba elReglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de EspectáculosPúblicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del 10.12.2010).

SI PROCEDE:

Puesto que la Carpa esté ubicada a menos de 50 metros de distancia en línea recta ficticia delCasal Fallero permanente se justifica la dotación de botiquín de primeros auxilios necesarios para la Carpamediante el uso del botiquín existente en el interior del Casal Fallero Permanente.

SI PROCEDE:

Dado que el aforo de la carpa fallera es superior a las 200 personas, se dispone, además, de unlugar destinado a los primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias, en cumplimiento a lo dispuestoen el artículo 226º, apartado 2º del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que seaprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, deEspectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos (DOGV nº 6.414, del10.12.2010).

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Su ubicación se grafía en el plano Nº 2.2.

1.11. DOTACIONES COMPLEMENTARIAS

1.11.1. Escenario

El montaje del escenario cumple lo dispuesto en el artículo 206º del Decreto 143/2015, de 11 deseptiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 dediciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos(DOGV nº 6.414, del 10.12.2010).

1.11.2. Atracciones recreativas

Las actividades recreativas de ocio infantil, y atracciones electromecánicas, su emplazamiento,elementos, condiciones de montaje, medidas de protección y seguridad, etc. , son los siguientes:

Se cumple lo dispuesto en los artículos 107º y 108º del 114º y 115º del Decreto 143/2015, de 11de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 dediciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos(DOGV nº 7.615, del 15.09.2015).

Cullera, a de del 2016

El Técnico Competente, Nº Colegiado:

Titulación:

Fdo:

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2. PLANOS

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2. PLANOS.

INDICE

2.1. PLANO DE EMPLAZAMIENTO

2.2. PLANO DE DELIMITACION DEL ESPACIO DE VIA PUBLICA OCUPADO POR LA CARPAY DEL ESPACIO DE VIA PUBLICA RESERVADO PARA USOS VARIOS DE LA COMISIONFALLERA

2.3. PLANO DE COTAS, SUPERFICIES, AFOROS, DISTRIBUCIÓN Y DOTACIONES DE LACARPA

2.4. PLANO DE LA ESTRUCTURA DE LA CARPA

2.5. PLANO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA

2.5.1. PLANO DE PLANTA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA Y ALUMBRADO

2.5.2. ESQUEMA UNIFILAR DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA

2.6. PLANO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, Y EVACUACIÓN

2.7. PLANO DE ALZADO Y SECCIÓN DE LA CARPA

2.8. PLANO DE CIRCULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE EMERGENCIA EN LADEMARCACIÓN FALLERA