Proyecto Clasificador Cargos

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COMPLEJO TURISTICO BAÑOS DEL INCA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DOCUMENTO DE TRABAJO

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Anteproyecto del Clasificador de Cargos para el Complejo Turístico Baños del Inca.

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Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) del Complejo Turstico Baos del Inca

COMPLEJO TURISTICO BAOS DEL INCA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES (ROF)

DOCUMENTO DE TRABAJO

INTRODUCCIONEl presente documento denominado Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) es un instrumento normativo que define la naturaleza, funciones, objetivos, y organizacin del Complejo Turstico Baos del Inca, y las relaciones que dicha entidad establece con dems instituciones pblicas a nivel nacional, as como tambin con las entidades pblicas y privadas asentadas en su mbito de influencia.En su estructura subyacen principios y normas no solo de carcter y alcance nacional sino tambin universal, entre los que se cuentan la Declaracin de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, la Declaracin de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacin, entre otros. En el plano nacional han sido instrumentos de consulta obligatoria la Constitucin Poltica del Per; las directrices del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacin en el Per; la Ley Marco de Modernizacin de la Gestin del Estado, Ley N 27658, dentro de cuyo contexto se ha definido el pensamiento filosfico de la entidad.En el aspecto tcnico, han sido las normas que rigen actualmente los sistemas administrativos de la actividad pblica, y el Decreto Supremo N 043-2006-PCM, Lineamientos para la Elaboracin y Aprobacin del Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF), as como las diferentes leyes sectoriales, los instrumentos legales que han servido para dar el marco legal y definir las funciones generales de la entidad y de las Unidades Orgnicas que lo conforman.Brindar al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, es la premisa sobre la cual el Complejo Turstico Baos del Inca, asume el compromiso de impulsar un ambicioso proyecto de desarrollo integral, que dentro del mediano y largo plazo, repercuta relevantemente en la satisfaccin de todos y cada uno de los usuarios, tanto nacionales como extranjeros que demandan los bienes y servicios que la Entidad ofrece.En este sentido, el ROF del Complejo Turstico Baos del Inca, no solamente constituye un instrumento de gestin de uso eminentemente interno, sino tambin una herramienta de gestin social de primer orden, puesto que su articulado, plasma de principio a fin, el sentir de todos y cada uno de los hombres y mujeres que conforman la entidad, en el contexto de una visin fundamentalmente moderna, que pretende llevar el nombre de la entidad ms all de las fronteras de nuestro pas, esto es, hacia los confines de la sociedad global.

TTULO PRELIMINARGENERALIDADESOBJETO, DOMICILIO, ALCANCE Y BASE LEGALArtculo 1.- Objeto del Reglamento.El presente Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) tiene como objeto establecer la naturaleza, finalidad, estructura orgnica y funciones generales de los rganos que conforman el Complejo Turstico Baos del Inca, de conformidad con la Constitucin Poltica del Per; Ley N 25120, Ley de creacin de la entidad, su modificatoria, la Ley N 28763; el Decreto Supremo N 003-2008- MINCETUR y; en lo pertinente lo dispuesto en la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades.Artculo 2.- Domicilio legal.El Complejo Turstico Baos del Inca tiene sealado su domicilio legal en.del distrito de Baos del Inca, Provincia, Departamento y Regin Cajamarca. 3.- Alcance del Reglamento de Organizacin y Funciones.Las normas y disposiciones contenidas en el presente Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) alcanzan a todos y cada uno de los rganos que conforman el Complejo Turstico Baos del Inca; por consiguiente, son de obligatorio cumplimiento de todos los funcionarios y servidores de la entidad, y de toda persona o entidad externa, en los asuntos que lo vinculen con la entidad, le competan o le sean legalmente atribuibles.Artculo 4.- Base Legal:El presente Reglamento se fundamenta en la siguiente normativa: Constitucin Poltica del Estado. Ley N 25120, Ley de Creacin del Complejo Turstico Baos del Inca. Ley N 28763, Ley que modifica la Ley N 25120, Ley de Creacin del Complejo Turstico Baos del Inca. Decreto Supremo N 003-2008 MINCETUR, que aprueba el Reglamento de la Ley N 28763, Ley que modifica la Ley N 25120, Ley que crea el Complejo Turstico Baos del Inca. Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades. Ley N 28175, Ley Marco del Empleo Pblico. Ley N 27658, Ley Marco de Modernizacin de la Gestin del Estado. Ley N 27783, Ley de Bases de la Descentralizacin. Ley N 29408, Ley General de Turismo. D.S. N043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para Elaboracin y Aprobacin el Reglamento de Organizacin y Funciones. (ROF) por parte de las entidades de la Administracin Pblica.

I. TTULO PRIMERO DE LA NATURALEZA, FINALIDAD Y FUNCIONES MISIONALES DE LA ENTIDADArtculo 5.- NaturalezaEl Complejo Turstico Baos del Inca es un rgano descentralizado de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca, fue creado por Ley N 25120 del 30 de octubre de 1989, modificada por la Ley N 28764, reglamentada el 6 de febrero de 2008 por el Decreto Supremo N 003-2008- MINCETUR, constituyndose a partir de dicha normativa en un ente de derecho pblico, con personera jurdica y patrimonio propio.Artculo 6.- FinalidadEl Complejo Turstico Baos del Inca, tiene como finalidad la explotacin racional de las fuentes de agua minero medicinal existentes en el rea que comprende los predios de su propiedad; actividad orientada exclusivamente a fines tursticos, de salud y hospedaje.Artculo 7- Funciones Misionales.En concordancia con la normativa de su creacin, la Ley N 27658, Ley Marco de Modernizacin de la Gestin del Estado; y la Ley N 27783, Ley de la Descentralizacin, entre otras, son de exclusiva competencia del Complejo Turstico Baos del Inca, las siguientes funciones misionales: 1) Administrar sus bienes y rentas;2) Organizar, reglamentar y administrar los servicios que como entidad del sector turismo oferta al pblico en general en directa competencia con el Sector Privado;3) Desarrollar actividades y/o servicios en materia de educacin turstica, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, conservacin de monumentos arqueolgicos e histricos, cultura, recreacin y deporte, conforme a ley;4) Disear productos tursticos con peculiaridades y atractivos que lo hagan nicos para competir con xito en el contexto de mundo globalizado.5) Planificar la ejecucin de obras de infraestructura turstica moderna y relevante en los predios de su propiedad;6) Promover programas que incluyan la participacin en el turismo, de capas sociales de ingresos modestos;7) Presentar iniciativas legislativas en materia y asuntos de su competencia; 8) Ejercer las dems atribuciones inherentes a su objeto de explotacin conforme a ley.

II. TTULO SEGUNDO DEL PENSAMIENTO ESTRATGICO: VISION, MISION, VALORES Y EJES ESTRATEGICOSArtculo 8.- VISION INSTITUCIONALDeclaracin de Visin al 2021:Constituirnos en el primer Centro Representativo del Termalismo en el Per, que ofrezca servicios de descanso, esparcimiento y salud en un entorno agradableArtculo 9.- MISION INSTITUCIONALDeclaracin de Misin:Nuestra misin: Trabajar con escrupulosidad y esmero para generar la mejor experiencia de descanso, relajacin y salud en nuestros visitantes, en un entorno en el cual se entretejan la naturaleza, la historia, la cultura y la modernidad.Artculo 10.- VALORESLos valores sobre los cuales se sustenta el accionar de todos y cada uno de los hombres y mujeres que trabajan en el Complejo Turstico Baos del Inca, son: Orden; Compromiso;Respeto; Confianza;Responsabilidad. Artculo 11.- SLOGAN Por un turismo ambientalmente amigable, socialmente justo y econmicamente rentable.12.- EJES ESTRATEGICOS DE DESARROLLO INSTITUCIONALPara el logro de su misin y el perseguimiento de su visin institucional, el Complejo Turstico Baos del Inca ha establecido las siguientes lneas estratgicas de accin:1. Fortalecimiento organizacional: Desarrollo de capital humano (funcionarios y servidores), modernizacin de infraestructura, alfabetizacin informacional).2. Adopcin de una cultura de conceptos: Revaloracin del concepto de turismo de salud y bienestar; Sociedad Global, etc. 3. Patrimonio natural saludable: Preservacin de los ecosistemas (para proveer bienes y servicios favorables a la salud de las personas); aprovechamiento racional de las fuentes de agua, etc.4. Educacin, cultura y recreacin: Competencias en natacin, ciclismo, maratn.5. Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin TIC., (administracin electrnica, conectictividad y telecomunicaciones).

III. TTULO TERCERODE LA ESTRUCTURA ORGNICAORGANIZACIN, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES CAPTULO I.DE LA ESTRUCTURA ORGNICA ADMIMISTRATIVAArtculo 13.- La Estructura Orgnica Administrativa del Complejo Turstico Baos del Inca, cobra forma sobre la base de una visin gerencial cuyas funciones fundamentales son las siguientes: planificacin, organizacin, direccin, ejecucin, coordinacin, supervisin, y el control previo y concurrente. Se rige por los principios de legalidad, eficiencia, transparencia, simplicidad, y en lo pertinentemente por dispuesto en la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Comprende los rganos y Unidades Orgnicas siguientes:1. ORGANOS DE GOBIERNO1.1. Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca2. RGANOS DE DIRECCIN2.1. Comit de Administracin2.2. Gerencia General3. RGANOS DE ASESORAMIENTO 3.1. Oficina de Planificacin y Presupuesto.3.1.1. Unidad de Programacin de Inversiones (UPI)3.2. Oficina de Asesora Jurdica4. RGANOS DE APOYO 4.1. OFICINA DE ADMINISTRACIN4.1.1. Unidad de Contabilidad4.1.2. Unidad de Tesorera4.1.3. Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial 4.1.4. Unidad de Personal4.1.5. Unidad de Informtica y Telecomunicaciones5. RGANOS DE LNEA5.1. SUB GERENCIA DE DESARROLLO TURSTICO 5.1.1. Unidad de Promocin Turstica 5.2. SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA 5.2.1. Unidad de Formulacin de Estudios y Proyectos.5.2.2. Unidad de Ejecucin de Obras.5.3. SUB GERENCIA DE SERVICIOS, SANEAMIENTO Y ORNATO 5.3.1. Unidad de Alojamiento y Servicios Hidrotermales5.3.2. Unidad de Saneamiento y Gestin Ambiental.CAPTULO II.DEL RGANO DE GOBIERNOArtculo 14.- El rgano de Gobierno del Complejo Turstico Baos del Inca, lo conforma el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital del Baos del Inca, y es el rgano encargado de establecer, fijar y aprobar los planes, proyectos, programas, objetivos, polticas, y estrategias del desarrollo del Complejo Turstico, as como fiscalizar la ejecucin de las polticas, objetivos y metas de la gestin que realizan los rganos de direccin.Artculo 15.- Atribuciones del rgano de Gobierno:En observancia al artculo 7 del Decreto Supremo N 003-2008-MINCETUR, al Concejo Municipal de la Municipalidad de Baos del Inca, en calidad de rgano de Gobierno del Complejo Turstico, le son inherentes las siguientes atribuciones:1. Aprobar y supervisar el cumplimiento del Plan de Actividades e Inversiones del Complejo Turstico.2. Aceptar donaciones, legados y similares.3. Aprobar la celebracin de convenios de cooperacin nacional e internacional y convenios de colaboracin interinstitucionales.4. Aprobar la estructura y el rgimen de organizacin y funciones del Complejo Turstico, su presupuesto anual, el balance y realizar los dems actos propios de una administracin eficiente y eficaz del Complejo Turstico y que se deriven de las leyes vigentes.5. En este contexto, corresponde al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca, las siguientes funciones:a) Someter a la aprobacin del Concejo Municipal el balance general y la memoria del ejercicio econmico, supervisar la recaudacin de los ingresos y autorizar los egresos de conformidad con las normas presupuestarias correspondientes;b) Contratar al Gerente General del Complejo Turstico y a los empleados de confianza, dando cuenta al Concejo Municipal;c) Velar por que los recursos financieros o rentas que se obtengan de la explotacin del Complejo Turstico se destinen exclusivamente a su mantenimiento, conservacin y expansin;d) Otras funciones que se deriven del contexto del Decreto Supremo N 003-2008-MINCETUR.,

CAPTULO IIIDE LOS RGANOS DE DIRECCINArtculo 16.- Los rganos de Direccin del Complejo Turstico Baos del Inca lo constituyen: a) la instancia que revela la mxima autoridad legal y poltica de la Institucin, y; b) el rgano que ostenta la ms alta jerarqua tcnica y administrativa de la Entidad. Estos son: el Comit de Administracin y la Gerencia General.EL COMIT DE ADMINISTRACINArtculo 17.- El Comit de Administracin es el rgano de direccin de ms alta jerarqua del Complejo Turstico Baos del Inca, y tiene la responsabilidad de planificar, dirigir, evaluar y supervisar el alcance de las metas establecidas en el contexto de los lineamientos de las polticas de desarrollo establecidas en el Plan de Actividades e Inversiones de la Entidad. El Comit de Administracin est conformado por cinco (5) miembros presididos por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca.Artculo 18.- Las decisiones del Comit de Administracin se toman por mayora en asambleas generales, que pueden ser ordinarias o extraordinarias, segn lo que determine y establezca su reglamento. En caso de empate corresponde al presidente del Comit, emitir el voto dirimente.Artculo 19.- Son atribuciones fundamentales del Comit de Administracin, las siguientes:1. Administrar el uso adecuado de las aguas minero medicinales del Complejo Turstico;2. Garantizar la conservacin de las fuentes de aguas existentes y las que en el futuro pudieran aflorar en los predios de propiedad del Complejo Turstico;3. Implementar la adecuada prestacin de servicios de hospedaje y otros complementarios a la actividad turstica; tomando como recurso la explotacin racional de las fuentes de aguas minero medicinales existentes en los predios de propiedad del Complejo Turstico;4. Explotar adecuadamente las fuentes de agua minero medicinales con personal especializado, capacitado y con experiencia.5. Preservar el derecho de agua, a terceros;6. Disponer anualmente la realizacin de un anlisis de la frmula analtica de las fuentes de agua minero medicinales del Complejo Turstico, a fin de determinar las posibles alteraciones en su composicin y caractersticas fsico qumicas.7. Supervisar que el anlisis de la frmula analtica de las aguas minero medicinales, sea obligatoriamente realizado por el Instituto Geolgico Minero Metalrgico INGEMMET., y los resultados sean remitidos a la Direccin Regional de Comercio Exterior y Turismo, o su equivalente en el Gobierno Regional de Cajamarca.8. Facilitar en todo momento la funcin de supervisin por parte de los rganos competentes, respecto al cumplimiento de las condiciones de explotacin de las fuentes de agua minero medicinales del Complejo Turstico;9. Solicitar a la Direccin General de Salud Ambiental - DIGESA-, anualmente, un informe de Ensayo Microbiolgico del agua minero medicinal bajo su administracin, con fines de ser presentado a las instancias supervisoras correspondientes.10. Mantener la infraestructura y el servicio para la explotacin de las fuentes de agua minero medicinales en perfectas condiciones de higiene, salubridad y presentacin al pblico usuario;11. Adoptar oportunamente las medidas administrativas, judiciales o penales pertinentes, frente al uso indebido de las fuentes de agua minero medicinales, o la interferencia en su uso, por parte de personas no autorizadas;12. Realizar las dems acciones necesarias para el cuidado y conservacin de las aguas bajo su administracin, que se deriven de la normatividad sobre el manejo de Aguas Minero Medicinales para fines Tursticos.13. Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal de la Municipalidad de Baos del Inca, que adopte en asuntos que conciernen directamente a los fines y objetivos del Complejo Turstico;14. Proponer al rgano de Gobierno proyectos de ordenanzas y acuerdos atingentes a los fines del Complejo Turstico;15. Promulgar Resoluciones de Presidencia con sujecin a las leyes, reglamentos sobre actos de administracin interna;16. Formular y someter a aprobacin del rgano de Gobierno el Plan Anual de Actividades e Inversin, el Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF); Texto nico de Servicios no Exclusivos (TUSNE), y dems instrumentos de gestin;17. Dirigir la ejecucin del Plan Anual de Actividades e Inversin;18. Someter a aprobacin del rgano de Gobierno, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la Repblica, el Presupuesto de la Entidad;19. Someter a aprobacin del rgano de Gobierno dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el estado de situacin financiera, estado de resultados financieros, y la memoria del ejercicio econmico fenecido.20. Someter al rgano de Gobierno la aprobacin del sistema de gestin ambiental institucional, y sus instrumentos, en el marco de la normatividad nacional, regional o local.21. Ratificar en su cargo a los funcionarios de confianza designados por el rgano de Gobierno;22. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y dems servidores del Complejo Turstico;23. Proponer al rgano de Gobierno la realizacin de auditoras, exmenes especiales y otros actos de control.24. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditora interna.25. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de las funciones administrativas del Complejo Turstico;26. Proponer al rgano de Gobierno las operaciones de crdito interno y externo, conforme a ley.27. Atender y resolver los pedidos y reclamos que formulen las organizaciones, entidades y vecinos sobre cuestiones que afecten los intereses de la entidad y de terceros;28. Resolver en primera instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca;29. Las dems que le corresponden de acuerdo a ley.Artculo 20.-. Los miembros del Comit de Administracin, desempea sus funciones a tiempo parcial, percibiendo por su labor una dieta fija, aprobada mediante Acuerdo del rgano de Gobierno.GERENCIA GENERALArtculo 21.- La Gerencia General es el rgano de Direccin de ms alto nivel tcnico y administrativo del Complejo Turstico Baos del Inca. Est a cargo de un funcionario de confianza a tiempo completo y dedicacin exclusiva designado por el Concejo de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca a propuesta del Acalde, instancia que puede cesarlo sin expresin de causa, a solicitud del propio Alcalde o el Comit de Administracin. La Gerencia General depende jerrquicamente del Comit de Administracin.Artculo 22.- La Gerencia General ejerce las siguientes funciones:1. Conducir en concordancia con la Ley de creacin, sus modificatorias y reglamentos la poltica administrativa general del Complejo Turstico;2. Supervisar las actividades y funciones de los diferentes rganos Administrativos de la entidad; 3. Supervisar la ejecucin del Plan Anual de Actividades e Inversin al que se refiere el artculo 12 del Decreto Supremo N 003-2008- MINCETUR;4. Proponer iniciativas para la elaboracin, desarrollo e innovacin del Plan Estratgico Institucional; Reglamento de Organizacin y Funciones; Plan Anual de Actividades e Inversin, y dems instrumentos de gestin;5. Orientar y controlar la ejecucin del Presupuesto de la Entidad en el marco de la leyes, reglamentos y directivas vigentes;6. Dirigir, las actividades tcnico-administrativas que se desarrollan en la Entidad acorde con las normas que rigen cada uno de los Sistemas Administrativos; 7. Asesorar al Comit de Administracin en las acciones tcnico administrativas;8. Proyectar y visar Resoluciones en el marco de lo expresamente dispuesto en el artculo 7 de la Ley N 27444, sobre los actos de su competencia.9. Formular, ejecutar, supervisar las polticas relacionadas a los planes de desarrollo de la Entidad;10. Elaborar planes de contingencia, proponiendo acciones y metas, susceptibles de ser alcanzadas y evaluadas distribuyendo racionalmente las tareas y responsabilidades a cada uno de los rganos de la Entidad;11. Asesorar y participar en las reuniones y comisiones de trabajo de los miembros del Comit de Administracin del Complejo turstico;12. Participar en la organizacin del Plan Anual de Actividades e Inversiones;13. Elaborar la memoria anual del Comit de Administracin;14. Las dems funciones que le delegue el Comit de Administracin, o que le sean dadas por las normas sustantivas de acuerdo al mbito de su competencia.Artculo 23.- El Gerente General es el funcionario de ms alto rango de la entidad, por consiguiente, ningn otro funcionario o servidor de la entidad podr recibir remuneracin igual o superior al cargo que ostenta.CAPTULO VDE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO Artculo 24.- Los rganos de Asesoramiento del Complejo Turstico Baos del Inca, constituyen instancias de segundo nivel jerrquico, cuyas funciones generales se circunscriben a prestar orientacin tcnica al rgano de Gobierno, rganos de Direccin, y a las diferentes Unidades Orgnicas conformantes de la entidad. stos rganos son, la Oficina de Planificacin y Presupuesto, y la Oficina de Asesora Jurdica.

OFICINA DE PLANIFICACIN Y PRESUPUESTOArtculo 25.- La Oficina de Planificacin y Presupuesto es el rgano de asesoramiento encargado de administrar las acciones correspondientes a los procesos de planeamiento, presupuesto, racionalizacin, estadstica y cooperacin tcnica. Est a cargo de un Jefe de Oficina seleccionado mediante concurso pblico, quien ostenta la categora de Servidor Pblico, y se desempea a tiempo completo y a dedicacin exclusiva. Depende jerrquicamente de la Gerencia General.Las funciones del Jefe de la Oficina de Planificacin y Presupuesto se encuentran sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 26.- Las funciones generales de la Oficina de Planificacin y Presupuesto son las siguientes: 1. Dirigir, programar, supervisar, y evaluar los procesos de planeamiento, presupuesto, estadstica y de cooperacin tcnica.2. Elaborar y proponer al Comit de Administracin proyectos de normas en materia organizacional e instrumentos de gestin.3. Conducir y supervisar el proceso presupuestario de la entidad, en concordancia con la poltica, planes y programas contenidos en el Plan Anual Actividades e Inversiones.4. Coordinar con las Unidades Orgnicas competentes el anlisis de costos operativos de los servicios pblicos que presta el Complejo Turstico.5. Monitorear el cumplimiento de los ingresos propuestos y proponer medidas correctivas en caso necesario.6. Asesorar al Comit de Administracin en la formulacin de la poltica de gestin del Complejo Turstico;7. Formular y supervisar el desarrollo, implementacin y monitoreo del Manual de Operaciones; Plan Estratgico Institucional (PEI); Plan de Actividades e Inversiones del Complejo Turstico.8. Formular los Instrumentos Normativos de Gestin: Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF), Clasificador de Cargos, Cuadro de Asignacin de Personal (CAP), Presupuesto de Asignacin de Personal (PAP), Manual de Organizacin y Funciones (MOF), Texto nico de Servicios no Exclusivos (TUSNE); Manual de Procedimientos Administrativos (MAPRO), entre otros.9. Elaborar Directivas y Reglamentos orientados a mejorar e innovar los diferentes procesos administrativos.10. Efectuar evaluaciones peridicas del avance fsico y financiero de los proyectos de inversin y las actividades desarrolladas por el Complejo Turstico a travs de sus diferentes Unidades Orgnicas.11. Informar al Comit de Administracin y a la Gerencia General respecto del avance en el cumplimiento de los objetivos de la entidad y en la ejecucin de las metas presupuestarias.12. Efectuar el seguimiento de la disponibilidad presupuestaria para la elaboracin de los compromisos y proponer las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de las metas.13. Brindar asesora tcnica a los diferentes rganos del Complejo Turstico en lo relacionado a la programacin, formulacin, ejecucin, control y evaluacin del presupuesto institucional.14. Desarrollar el anlisis relacionado a los procesos y procedimientos dentro del rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.15. Participar en las reuniones del Comit de Administracin y en las que determine el rgano de Gobierno.16. Proyectar Resoluciones de Presidencia en temas concernientes a los asuntos presupuestarios;17. Las dems funciones que le delegue el Comit de Administracin, o que le sean dadas por las normas sustantivas de acuerdo al mbito de su competencia.Artculo 27.- La Oficina de Planificacin y Presupuesto para el cumplimiento de sus funciones cuenta dentro de su estructura orgnica con la Unidad de Programacin de Inversiones (UPI).UNIDAD DE PROGRAMACIN DE INVERSIONES Artculo 28.- La Unidad de Programacin de Inversiones (UPI) del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional encargada de fortalecer el Banco de Proyectos de la Entidad, gestionando y viabilizando los recursos necesarios para su financiamiento. Es responsable de establecer la priorizacin del gasto de inversin en concordancia con el Plan de Actividades e Inversiones. Orgnicamente depende de la Oficina de Planificacin y Presupuesto y est a cargo de un jefe de Unidad seleccionado mediante concurso pblico, que coordina internamente con todas las dependencias del Complejo Turstico y externamente con las instituciones pblicas y entidades privadas.Las funciones del Jefe de la Unidad de Programacin de Inversiones (UPI) estn sealadas en el Clasificador de Cargos y el Reglamento de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 29.- La Unidad de Programacin de Inversiones (UPI) ejerce las siguientes funciones generales:1. Conducir y actualizar el Banco de Proyectos de Inversin del Complejo Turstico;2. Ejecutar el Plan Operativo y el Presupuesto disponiendo eficientemente de los recursos presupuestales.3. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la elaboracin de estudios y proyectos de inversiones en concordancia con el Plan de Actividades e Inversiones;4. Planificar, programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la programacin de inversiones. 5. Elaborar el Programa de Inversiones del Complejo Turstico;6. Elaborar y mantener actualizada la informacin registrada en el Banco de Proyectos en el sistema informtico diseado para este fin;7. Realizar el seguimiento de los Proyectos de Inversin durante todas sus fases;8. Coordinar permanentemente con la Sub Gerencia de Infraestructura del Complejo Turstico;9. Evaluar y emitir informes tcnicos sobre los estudios de pre inversin.10. Declara la viabilidad de los Proyectos de Inversin que se financien con recursos provenientes de operaciones de endeudamiento, o fondos pblicos, de acuerdo a las disposiciones vigentes. 11. Informar al Comit de Administracin los Proyectos de Inversin financieramente viables.12. Emitir opinin tcnica sobre cualquier Proyecto en cualquier fase del Ciclo del Proyecto;13. Emitir opinin favorable sobre cualquier solicitud de modificacin de la informacin de un estudio o registro de un Proyecto cuya evaluacin le corresponda.14. Asesorar al Comit de Administracin en el Proceso de obtencin de recursos de la Cooperacin Tcnica Internacional.15. Gestionar lneas de Financiamiento alternas a la fuente de Recursos Propios, para los Planes, Programas y Proyectos.16. Cumplir con las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de las normas legales correspondientes, y dems funciones que le sean asignadas por el Comit de Administracin.OFICINA DE ASESORA JURDICAArtculo 30.- La Oficina de Asesora Jurdica del Complejo Turstico Baos del Inca es la instancia de segundo nivel organizacional encargada de proporcionar asesora jurdica al Comit de Administracin, rganos de Direccin, as como a las dems Unidades Orgnicas de la Entidad. Est a cargo de un profesional con ttulo de abogado, seleccionado mediante concurso pblico que depende jerrquicamente de la Gerencia General.Las funciones del Jefe de la Oficina de Asesora Jurdica estn sealadas en el Clasificador de Cargos y el Reglamento de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 31.- Corresponde a la Oficina de Asesora Jurdica las siguientes funciones especficas:1. Asesorar a los rganos de Direccin, y dems dependencias de la entidad, en los asuntos de carcter jurdico, administrativo, judicial y tributario, emitiendo los dictmenes, opiniones e informes correspondientes.2. Asesorar a los rganos de Direccin en la formulacin de la poltica institucional.3. Emitir dictmenes jurdicos sobre asuntos administrativos y/o contenciosos administrativos que le sean derivados.4. Formular, revisar y visar los proyectos de contratos que celebre la Entidad.5. Sanear la propiedad inmueble del Complejo Turstico;6. Elaborar los proyectos de dispositivos legales que requiera el Complejo Turstico en las reas de gestin, servicios e ingresos.7. Interpretar las normas legales de observancia obligatoria del Complejo Turstico;8. Organizar, sistematizar, y actualizar el archivo de las normas legales relativas a la actividad del Complejo Turstico;9. Otras funciones que le asigne o delegue el Comit de Administracin relativas a las funciones propias del rea.CAPITULO VIORGANO DE APOYO Artculo 32.- El rganos de Apoyo del Complejo Turstico Baos del Inca, est constituido por la instancia de segundo nivel organizacional cuyas funciones generales consisten en asistir, apoyar y asesorar en funciones ejecutivas relacionadas con la administracin documentaria, comunicacin social y relaciones pblicas; as como en la implementacin, desarrollo y supervisin de los Sistemas Administrativos de Contabilidad, Tesorera, Abastecimiento, Control Patrimonial, Administracin de Personal, y Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin (TIC). El rgano de apoyo est conformado por la Oficina de Administracin.OFICINA DE ADMINISTRACINArtculo 33.- La Oficina de Administracin del Complejo Turstico Baos del Inca, es el rgano de segundo nivel organizacional responsable de organizar, dirigir, ejecutar, evaluar, controlar y supervisar la gestin de las comunicaciones, los recursos financieros, materiales, informticos, y el talento humano de la Entidad.Artculo 34.- La Oficina de Administracin est a cargo de un Jefe de Oficina con nivel de servidor pblico, seleccionado mediante concurso pblico y depende jerrquicamente de la Gerencia Municipal. Las funciones del Jefe de la Oficina de Administracin se encuentran establecidas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 35.- La funciones especficas inherentes a la Oficina de Administracin son las siguientes:1. Supervisar las actividades concernientes a los Sistemas Administrativos de Contabilidad, Tesorera, Abastecimiento, Talento Humano, e Informtica, y tramite documentario;2. Velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan las actividades de los sistemas administrativos.3. Sistematizar la informacin financiera y de ejecucin presupuestal con la finalidad de presentarla a los rganos de Direccin para la oportuna toma de decisiones.4. Emitir normas que regulen el desenvolvimiento operativo de sus Unidades Orgnicas.5. Identificar y valorar los riesgos inherentes a las reas que la conforman, con la finalidad de definir respuestas oportunas en el marco de lo dispuesto en la Gua para la Implementacin del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado.6. Organizar y supervisar el sistema de Control Patrimonial en el marco de las normas expedidas por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN).7. Preservar los fondos y valores financieros de la entidad, as como aquellos entregados por terceros.8. Programar y ejecutar oportunamente el suministro de bienes y servicios que requiere el Complejo Turstico;9. Realizar el control previo y simultneo de los procesos y actividades a cargo de las reas que la conforman.10. Asegurar la dotacin de recursos materiales, servicios y de talento humano necesarios para el funcionamiento de la entidad.11. Supervisar la formulacin del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Complejo Turstico;12. Proyectar Resoluciones de Presidencia atingentes al rea de su competencia;13. Planificar y fiscalizar el cumplimiento del pago de tributos a la SUNAT;14. Proponer a los rganos de Direccin, polticas institucionales para la Administracin del potencial humano, y los recursos financieros, informticos, y materiales.15. Establecer polticas de racionalizacin en el uso de los recursos financieros en armona con las normas del Sistema Nacional de Presupuesto;16. Hacer cumplir dentro de los plazos establecidos, la presentacin de los estados financieros, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y elevarlos a los rganos de Direccin;17. Disponer la tramitacin de los procedimientos administrativos relacionados con la Ley de Transparencia, sobre la base de lo establecido en el Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca;18. Supervisar las acciones referidas a la atencin de los servicios que presta el Complejo Turstico y que se encuentran contenidos en el Texto nico de Servicios no Exclusivos (TUSNE).19. Participar en las Comisiones que determine el Comit de Administracin del Complejo Turstico;20. Coordinar con la Oficina de Planificacin y Presupuesto, el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.21. Las dems funciones que le delegue el Comit de Administracin y/o la Gerencia General o que le sean dadas por las normas sustantivas.Artculo 36.- La Oficina de Administracin para el cumplimiento de sus funciones cuenta con cinco (5) Unidades Orgnicas, siendo las siguientes:1. Unidad de Contabilidad2. Unidad de Tesorera.3. Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial.4. Unidad de Personal.5. Unidad de Informtica y Telecomunicaciones.DE LA UNIDAD DE CONTABILIDADArtculo 37.- La Unidad de Contabilidad del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional encargada de planificar, supervisar y ejecutar las acciones del Sistema de Contabilidad Pblica dentro de la Entidad. Est a cargo de un profesional Contador Pblico con nivel de Jefe de Unidad, seleccionado mediante concurso pblico, el cual depende jerrquicamente de la Oficina de Administracin.Las funciones del Jefe de la Unidad de Contabilidad estn sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 38.- La Unidad de Contabilidad cumple las siguientes funciones especficas:1. Planificar, organizar, dirigir y coordinar el registro de las operaciones referidas a la ejecucin financiera y contable de los ingresos y gastos del Complejo Turstico, y su integracin en una base de datos comn y uniforme para fines de anlisis, control y toma de decisiones administrativas, en el marco del Sistema Nacional de Contabilidad Pblica.2. Realizar el anlisis del comportamiento de ingresos y egresos, emitiendo opinin tcnica en materia presupuestal.3. Realizar el control y ejecucin presupuestal mensual, conciliando los saldos y reprogramando los compromisos presupustales trimestrales a que hubiere lugar.4. Realizar el anlisis de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.5. Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones de seguimiento y verificacin del cumplimiento de las disposiciones legales en relacin con el aspecto contable y tributario del Complejo Turstico, as como coordinar la aplicacin y cumplimiento de las normas tcnicas de control interno.6. Planificar, organizar, dirigir y controlar la existencia de un archivo adecuado de toda la documentacin que sustente los ingresos y gastos ejecutados por la Entidad, establecindose medidas necesarias para su conservacin y seguridad durante el periodo de tiempo fijado por las disposiciones vigentes, para su verificacin por los organismos de control.7. Efectuar el control previo de la fase de compromiso, devengado, giro y pago que origine el gasto.8. Registrar la fase del devengado de todos los gastos en cumplimiento a las normas de ejecucin presupuestal vigentes a cada ejercicio.9. Efectuar la integracin contable y formular los estados financieros y presupuestarios con sus respectivas notas, anexos y anlisis, suscribirlos y remitir en forma oportuna a la Direccin Nacional Contabilidad Pblica.10. Remitir a los organismos competentes, dentro de los plazos establecidos los estados financieros de la Entidad.11. Elaborar el diagnstico de la situacin econmico-financiera de la Entidad e informar a la Oficina de Administracin sobre los resultados.12. Sustentar ante el Comit de Administracin los estados financieros y la ejecucin presupuestaria y presentarlos a Direccin Nacional Contabilidad Pblica dentro de los plazos establecidos.13. Preparar la Memoria de Gestin del ejercicio relacionada con la informacin contable.14. Consolidar los tributos por pagar referidos a aportes y retenciones resultantes de la Planilla nica de Pagos, as como las retenciones de rentas de cuarta categora a cargo de proveedores.15. Efectuar la Declaracin de Tributos mediante el Programa de Declaracin Telemtica PDT., de la Superintendencia de Administracin Tributaria SUNAT, entre ellos el Impuesto General a las Ventas.16. Efectuar arqueos permanentes de fondos y valores de la entidad de acuerdo con las Normas Generales de Tesorera.17. Efectuar conciliaciones de saldos de las cuentas contables del balance general para su presentacin en forma adecuada y consistente.18. Revisar y controlar las rendiciones de encargos internos otorgados a personal, informando su cumplimiento.19. Participar en la elaboracin del Presupuesto de la Entidad.20. Conformar comisiones inherentes al cargo, propuestas por los rganos de Direccin.21. Conciliar el valor del inventario anual del activo fijo segn libros, con la informacin obtenida por la Comisin de Inventarios y el Software Inventario Mobiliario Institucional (SIMI).22. Verificar la documentacin de los gastos y suscribir los comprobantes de pago en seal de conformidad.23. Efectuar el anlisis, los ajustes, reclasificaciones y conciliaciones de las cuentas en los libros contables, manteniendo registros analticos en cada caso, mensualmente.24. Coordinar con la Oficina de Planificacin y Presupuesto, el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.25. Cumplir con las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones y las asignadas por la Oficina de Administracin.UNIDAD DE TESORERAArtculo 39.- La Unidad de Tesorera del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional encargada de la preservacin y manejo del activo lquido de la Entidad, est a cargo de un servidor pblico con nivel de Jefe de Unidad seleccionado mediante concurso pblico, y depende jerrquicamente de la Oficina de Administracin.Las funciones del Jefe de la Unidad de Tesorera estn sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 40.- La Unidad de Tesorera cumple las siguientes funciones generales:1. Programar, ejecutar y controlar los procesos tcnicos del Sistema de Tesorera.2. Cautelar la adecuada captacin, custodia y depsito de los ingresos, as como los ttulos valores recibidos de contratistas y proveedores.3. Ejecutar puntualmente los pagos de obligaciones contradas por la Entidad.4. Supervisar a los responsables del manejo del Fondo para Caja Chica conforme a las normas de la materia.5. Programar, dirigir, controlar y evaluar los procesos de registro, acotacin, recaudacin fiscalizacin de las rentas de la Entidad de conformidad con la normatividad vigente.6. Elaborar el calendario de obligaciones tributarias.7. Supervisar la entrega oportuna de los ingresos captados, a las cuentas corrientes o de ahorro de la Entidad.8. Realizar conciliaciones bancarias mensuales de todas las cuentas corrientes o de ahorros del Complejo Turstico;9. Proponer procedimientos administrativos relacionados con el rea, para ser incluidos en el Texto nico de Servicios no Exclusivos TUPA).10. Coordinar con la Unidad de Presupuesto el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.11. Las dems funciones que le correspondan de acuerdo a ley o le delegue la Oficina de Administracin.

UNIDAD DE ABASTECIMIENTO Y CONTROL PATRIMONIAL

Artculo 41.- La Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional, responsable del abastecimiento de los bienes y servicios necesarios para el cabal funcionamiento de la entidad, as como tambin del control de los bienes del activo fijo y la gestin de su vida til. Depende jerrquicamente de la Oficina de Administracin y est bajo la responsabilidad de un servidor pblico con el nivel de Jefe de Unidad, seleccionado mediante concurso pblico cuyas funciones se encuentran debidamente sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 42.- La Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial cumple las siguientes funciones especficas:1. Planificar, programar, ejecutar y controlar la adquisicin de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la entidad, en trminos de calidad, cantidad, especificaciones tcnicas, y en forma oportuna, empleando los criterios de austeridad, prioridad y racionalidad, de acuerdo a la informacin de necesidades suministrada por las diversas reas funcionales del Complejo Turstico;2. Formular el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de acuerdo con las normas de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.3. Ejecutar las adquisiciones de bienes y contratacin de servicios cuyo valor referencial no supere el importe establecido para la realizacin de procesos de seleccin.4. Supervisar los procesos tcnicos de registro, recepcin, almacenamiento y distribucin de los bienes adquiridos, manteniendo los registros respectivos.5. Elaborar estadsticas de abastecimiento, que permitan conocer las necesidades histricas de bienes adquiridos y servicios contratados por la institucin.6. Administrar el directorio de proveedores de bienes, servicios y contratistas encargados de la ejecucin de obras y estudios.7. Mantener un adecuado control y custodia de las existencias de almacn y efectuar acciones de seguimiento y control de inventarios.8. Contratar plizas de seguros necesarios para preservar la integridad de los bienes muebles e inmuebles y personal, segn corresponda.9. Coordinar, supervisar y controlar todos los servicios que sean brindados por terceros a la institucin bajo la modalidad de locacin de servicios.10. Apoyar a los integrantes de los Comits Especiales del Complejo Turstico, en el desarrollo de los procesos de seleccin, as como ejecutar las acciones dispuestas por dicho Comit una vez concluidos los mencionados procesos.11. Llevar el registro de los procesos de seleccin de contrataciones y adquisiciones, y velar por su publicacin en la pgina Web de la Entidad conforme con la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica.12. Custodiar los expedientes y los documentos de todos los actuados en los procesos de seleccin que le haga entrega los Comits Especiales.13. Aprobar el programa para Toma de Inventario de Activos Fijos, supervisar su ejecucin y la respectiva conciliacin con la Unidad de Contabilidad.14. Clasificar los bienes patrimoniales adquiridos de acuerdo a su naturaleza, precio y duracin en condiciones normales de uso, en activos fijos o bienes no depreciables, asignndoles el nmero de inventario correspondiente segn el Catlogo Nacional de Bienes. 15. Registrar los bienes del Activo Fijo en el Software Inventario Mobiliario Institucional (SIMI).16. Las dems funciones que le corresponden conforme al Sistema Nacional de Abastecimiento, y las que le sean asignadas por la Oficina de Administracin.UNIDAD DE PERSONALArtculo 43.- La Unidad de Personal del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional responsable de planificar e implementar en el seno de la institucin una cultura laboral de excelencia, y el apropiado clima organizacional, sobre la base de procesos de reclutamiento, seleccin, evaluacin, y capacitacin del talento humano, adecuados. Depende jerrquicamente de la Oficina de Administracin, y est a cargo de un servidor pblico con nivel de Jefe de Unidad, seleccionado mediante concurso pblico, cuyas funciones estn claramente sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 44.- La Unidad de Personal cumple las siguientes funciones especficas:1. Programar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar el desarrollo del Sistema de Personal acorde con las normas vigentes sobre la materia;2. Establecer las normas necesarias para el reclutamiento, registro, control, desplazamiento, capacitacin y otras acciones referidas al personal permanente y contratado.3. Formular en coordinacin con la Oficina de Planificacin y Presupuesto, el proyecto de actualizacin del Cuadro para Asignacin de Personal (CAP), y el Presupuesto Analtico de Personal (PAP), as como el Clasificador de Cargos.4. Establecer los procedimientos de reclutamiento, seleccin, calificacin, evaluacin, promocin ascenso y reasignacin del personal en concordancia con las normas tcnicas y los dispositivos legales vigentes.5. Administrar los programas de bienestar social para el personal con un enfoque de fundamentalmente preventivo.6. Desarrollar programas de carcter educativo, cultural, recreativo y deportivo, que promuevan la integracin, participacin y compromiso de los trabajadores de la Entidad;7. Desarrollar programas preventivos de seguridad e higiene ocupacional orientados a reducir los niveles de riesgo en el trabajo.8. Planear, coordinar y evaluar los niveles de percepcin de los trabajadores respecto a las actitudes y clima laboral, e implementar las recomendaciones necesarias.9. Evaluar la propuesta de rotacin, promocin, contratacin y cese de personal, en funcin del perfil del cargo y competencias del trabajador, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.10. Administrar el plan de desarrollo del personal a travs de los programas de entrenamiento, especializacin y capacitacin orientados al cumplimiento de los objetivos de la entidad;11. Administrar y ejecutar los procesos de remuneraciones y estmulos.12. Administrar el proceso de control de asistencia y permanencia del personal.13. Elaborar las planillas y boletas de pago as como proyectar certificados y constancias de trabajo.14. Organizar, implementar y mantener actualizados los registros y el escalafn de personal.15. Elaborar en coordinacin con las diferentes unidades orgnicas de la Entidad el plan de prcticas laborales de cada una de ellas.16. Efectuar los procesos de anlisis, descripcin y evaluacin de puestos que permitan proponer alternativas de actualizacin en los procesos de seleccin, desarrollo de personal, evaluacin de desempeo y administracin salarial.17. Ejecutar peridicamente evaluaciones de desempeo laboral que permita a la administracin, la ejecucin de medidas correctivas o de estmulo.18. Atender los expedientes relacionados con los derechos y beneficios que la legislacin otorga a los trabajadores y pensionistas.19. Informar mensualmente a la Oficina de Administracin sobre el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo.20. Cumplir con las dems funciones afines al rea, delegadas por la Oficina de Administracin.UNIDAD DE INFORMTICA Y TELECOMUNICACIONESArtculo 45.- La Unidad de Informtica y Telecomunicaciones del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional encargada de planificar, organizar, ejecutar y evaluar el procesamiento automtico de la informacin, el establecimiento de redes y sistemas, los sistemas de informacin y sus aplicaciones, las acciones de apoyo para la instalacin, mantenimiento, reparacin y buen funcionamiento de los equipos y redes informticas, as como la implementacin del soporte de telecomunicaciones. Depende de la Oficina de Administracin, y est a cargo de un servidor pblico con nivel de Jefe de Unidad, seleccionado por medio de un concurso pblico cuyas funciones estn claramente establecidas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 46.- La Unidad de Informtica y Telecomunicaciones cumple las siguientes funciones especficas:1. Asesorar a los rganos de Direccin en la definicin de polticas, planes y programas para la adopcin de sistemas de procesamiento automatizado de informacin.2. Planificar y desarrollar la asignacin de recursos y servicios informticos (Software y Hardware) con el objeto de satisfacer las necesidades institucionales.3. Coordinar permanentemente con los dems rganos de la Entidad el establecimiento de nuevos diseos y aplicativos informticos acorde con las necesidades y la aparicin de nuevas tecnologas.4. Proponer normas y procedimientos relativos al empleo de los equipos y programas informticos (Software y Hardware) para la obtencin de mayores niveles de eficiencia y seguridad.5. Elaborar los estudios de factibilidad necesarios en los proyectos de informatizacin e informacionalizacin del Complejo Turstico.6. Centralizar, procesar, consolidar y evaluar la informacin estadstica de la Entidad, a fin de ser utilizada como instrumento de gestin tcnico administrativo en la toma de decisiones.7. Planificar y desarrollar la red de comunicaciones del Complejo Turstico de tal manera que se integren los sistemas informticos y estadsticos de la Entidad.8. Formular el Plan Estratgico de Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin (TIC).9. Instalar, mantener y reparar los equipos y programas informticos y brindar asesoramiento y capacitacin en aspectos relacionados con el sistema de informacin.10. Supervisar el diseo y la actualizacin y administracin de la pgina Web de la Entidad, de acuerdo a lo establecido en la Ley N 27806 y en el Art. 148 de la ley Orgnica de Municipalidades.9) Coordinar con la Unidad de Presupuesto el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.10) Gestionar las licencias de Software.11) Recomendar a la Unidad de Abastecimiento respecto de los tipos de Hardware y Software a adquirir.12) Aprobar el Plan de obtencin de software y hardware del Complejo Turstico;13) Otras funciones que le delegue la Oficina de Administracin.

CAPITULO VIIDE LOS ORGANOS DE LINEAArtculo 47.- Los rganos de Lnea del Complejo Turstico Baos del Inca, son las instancias de segundo nivel organizacional responsables del desarrollo de los diferentes proyectos y actividades contenidos en el Plan de Actividades e Inversiones. Dependen directamente de la Gerencia General y estn conformados por la Sub Gerencia de Desarrollo Turstico; Sub Gerencia de Infraestructura, y Sub Gerencia de Saneamiento y Ornato.SUB GERENCIA DE DESARROLLO TURSTICO Artculo 48.- La Sub. Gerencia de Desarrollo Turstico del Complejo Turstico Baos del Inca, es el rgano de lnea de segundo nivel organizacional responsable de coordinar, formular y ejecutar los planes, programas y acciones relacionados al desarrollo sostenible de la actividad turstica de la Entidad. Est a cargo de un servidor pblico con nivel de Sub Gerente, seleccionado mediante concurso pblico, jerrquicamente dependiente de la Gerencia General.Las funciones del Sub Gerente de Desarrollo Turstico estn definidas y debidamente sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 49.- Las funciones especficas inherentes a la Sub Gerencia de Desarrollo Turstico, son las siguientes:1. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y polticas concernientes a una gestin competitiva y eficiente del turismo termal y de salud, acorde con la visin y misin del Complejo Turstico.2. Disear el producto turstico emblema de la entidad, sobre la base de los recursos tursticos (aguas termales), infraestructura y servicios tursticos existentes y futuros.3. Implementar instrumentos de articulacin interinstitucional pblico-privado que coloquen la visin y misin de la Entidad en el escenario internacional, en armona con lo expresamente expuesto en el artculo 1 de la Ley N 29408, que a la letra dice: Declrese de inters nacional el turismo y su tratamiento como poltica prioritaria del Estado para el desarrollo del pas.4. Disear el Plan Estratgico Institucional para fomentar el termalismo sostenible y proponer normas de regulacin de los servicios que presta el Complejo Turstico destinados a ese fin, en coordinacin con las entidades competentes.5. Organizar eventos de carcter internacional (conferencias, workshop, seminarios, etc.) con fines de fomentar el termalismo medicinal de la Villa Baos del Inca.6. Elaborar y ejecutar el Plan de Desarrollo Turstico de la Entidad, que en la prctica oriente el desarrollo de un turismo inclusivo, que respete la igualdad de gnero, la diversidad cultural y grupos vulnerables de la poblacin.7. Asesorar a los rganos de Direccin sobre temas de turismo termal y de salud.8. Elaborar y tramitar el expediente de inscripcin del Complejo Turstico en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Tursticos Calificados, y la Cmara Regional de Turismo.9. Coordinar con organismos pblicos y privados sobre programas de infraestructura turstica.10. Elaborar y difundir guas, boletines y dems temas de promocin del termalismo que oferta el Complejo Turstico.11. Fomentar la actualizacin de los directorios de prestadores de servicios tursticos, calendarios de eventos y el inventario de recursos tursticos en el mbito nacional, de acuerdo a la metodologa establecida por el Ministerio del ramo.12. Normar y velar por el cumplimiento de la normatividad sobre calidad de los servicios tursticos procurando se logre los estndares internacionales.13. Elaborar el Plan de Capacitacin en Calidad y Cultura Turstica, e implementar su aplicacin a los servidores del Complejo Turstico. 14. Formular el Plan de Capacitacin de Calificacin de los Recursos Humanos del Complejo Turstico, en el marco de lo dispuesto en los artculos 47 y 48 de la Ley N 29408, Ley General de Turismo.15. Desarrollar programas de generacin de nuevas capacidades competitivas en el sector artesanal, como actividad afn a los servicios que presta el Complejo turstico.16. Estimular la creatividad de los artesanos de la localidad para que realicen nuevas formas y diseos que sin menoscabo de su identidad cultural contribuya a elevar la calidad y variedad sus productos, de manera que estos sean vistos como parte importante de los servicios que el Complejo Turstico ofrece al visitante nacional y extranjero.17. Formular el expediente para los efectos del registro de la Entidad en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Tursticos Calificados. 18. Participar en Workshop internacionales sobre turismo termal y de salud.19. Formular el Plan Estratgico de Promocin Turstica en concordancia con el artculo 37 del Reglamento de la Ley General de Turismo.20. Establecer contacto con organismos multilaterales relevantes con la finalidad de adquirir experiencias que permitan enriquecer el marco conceptual sobre turismo termal.21. Otras funciones que le delegue o encargue la Gerencia General.Artculo 50.- Para cumplir cabalmente con sus funciones, la Sub Gerencia de Desarrollo Turstico cuenta con las siguientes Unidades Orgnicas: Unidad de Turismo Termal Sustentable.UNIDAD DE TURISMO TERMAL SUSTENTABLE (UTTS)Artculo 51.- La Unidad de Turismo Termal Sustentable (UTTS) del Complejo Turstico Baos del Inca, es el rgano de lnea de tercer nivel organizacional encargado de la realizacin de programas, proyectos y actividades destinados a fortalecer las capacidades y competencias del Complejo Turstico, para impulsar una gestin proactiva y de excelencia en materia de turismo termal sustentable. Est a cargo de un servidor pblico con nivel de Jefe de Unidad, seleccionado mediante concurso pblico, que depende jerrquicamente de la Sub Gerencia de Desarrollo Turstico. Las funciones de Jefe de la Unidad de Turismo Termal Sustentable (UTTS), se encuentran sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 52.- Las funciones especficas inherentes a la Unidad de Turismo Termal Sustentable, son las siguientes:1. Gestionar y administrar los recursos que permiten poner en marcha programas, actividades y proyectos que contribuyan a internacionalizar la imagen del Complejo Turstico Baos del Inca;2. Coordinar con las entidades del sector turismo y otros organismos nacionales planes, acciones y actividades vinculados con el concepto de desarrollo turstico sustentable;3. Disear, coordinar y realizar actividades de educacin, sensibilizacin e informacin ambiental sobre modalidades de turismo termal responsable orientado al personal del Complejo Turstico, turistas, pobladores locales, agentes de turismo, y prestatarios de servicios tursticos.4. Generar actividades sobre intercambio y difusin de experiencias exitosas sobre turismo termal sustentable, y buenas prcticas relacionadas con el turismo y el ambiente, que coadyuven a multiplicar la concientizacin y generacin de conocimiento al respecto.5. Brindar asistencia tcnica a los rganos de Direccin en materias de su competencia.6. Las dems que le delegue o asigne la Sub Gerencia de Desarrollo Turstico.SUB. GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Artculo 53.- La Sub Gerencia de Infraestructura del Complejo Turstico Baos del Inca, es el rgano de lnea de segundo nivel organizacional encargado de planificar, organizar, dirigir, supervisar y controlar los estudios, planes y proyectos, as como la ejecucin de las diferentes obras de infraestructura turstica dentro del mbito del Complejo Turstico. Est a cargo de un servidor pblico con nivel de Sub. Gerente, seleccionado mediante concurso pblico, jerrquicamente dependiente de la Gerencia General.Las funciones del Sub Gerente de Infraestructura se encuentran sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 54.- Las funciones especficas inherentes a la Sub Gerencia de Infraestructura, son las siguientes:7. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y polticas de la entidad en materia de proyectos de inversin en infraestructura turstica dentro de los predios de su propiedad.8. Proponer el plan de desarrollo de infraestructura y servicios en concordancia con la visin y misin del Complejo Turstico.9. Formular y conducir el proceso tcnico y administrativo de los proyectos de inversin y su ejecucin, bajo las diversas modalidades de contratacin en concordancia con los dispositivos legales vigentes.10. Formular los anteproyectos y proyectos de inversin de acuerdo a las necesidades determinadas en el Plan de Actividades e Inversin de la Entidad.11. Participar en la formulacin del Plan Operativo de los Proyectos de Inversin;12. Dirigir y supervisar la ejecucin de los proyectos y obras de inversin con arreglo a la normatividad vigente.13. Efectuar las liquidaciones oportunas de las obras resultantes de la ejecucin de los proyectos de inversin conforme a la legislacin vigente.14. Las dems que le delegue o asigne la Gerencia General.Artculo 55.- Para cumplir cabalmente con sus funciones, la Sub Gerencia de Infraestructura cuenta con las siguientes Unidades Orgnicas: Unidad de Formulacin de Estudios y Proyectos. Unidad de Ejecucin de Obras.UNIDAD DE FORMULACIN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS Artculo 56.- La Unidad de Formulacin de Estudios y Proyectos del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional encargada de elaborar los expedientes tcnicos de los Proyectos de Infraestructura en coordinacin con la Unidad de Programacin de Inversiones (UPI), orientados a buscar la aprobacin de viabilidad, de acuerdo a la normatividad vigente. Jerrquicamente depende de la Sub Gerencia de Infraestructura y se encuentra a cargo de un servidor pblico con nivel de Jefe de Unidad, seleccionado mediante concurso pblico, cuyas funciones se encuentran claramente establecidas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 57.- La Unidad de Elaboracin de Estudios y Proyectos tiene las siguientes funciones especficas:1. Formular los trminos de referencia y las bases correspondientes referidos a la elaboracin de estudios y proyectos mediante convenio con instituciones, o contratacin de terceros.2. Formular los estudios definitivos o expedientes tcnicos de los proyectos debidamente aprobados y en coordinacin con los dems rganos de lnea.3. Formular informes de los estudios de pre inversin con sus descripciones y/o caractersticas tcnicas correspondientes.4. Verificar el diseo de ingeniera desarrollado en los expedientes tcnicos.5. Comprobar y constatar en el campo los estudios de suelo y topografa respecto de los proyectos de infraestructura, y dems aspectos tcnicos que deben estar contenidos en los expedientes tcnicos de las obras.6. Administrar el control de archivos de los expedientes tcnicos.7. Efectuar metrados, anlisis de precios unitarios, presupuestos y frmulas polinmicas, complementando los proyectos a efectuarse.8. Elaborar expedientes tcnicos de proyectos, de acuerdo a la programacin de inversiones de infraestructura de cada ao fiscal.9. Realizar las reformulaciones de expedientes con deficiencias tcnicas.10. Realizar los expedientes de adicionales de obra por mayores metrados partidas nuevas y alza de precios de materiales.11. Coordinar con la Unidad de Presupuesto, el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.12. Efectuar otras funciones afines que le asigne o delegue la Sub. Gerencia de Infraestructura.

UNIDAD DE EJECUCIN DE OBRASArtculo 58.- La Unidad de Ejecucin de Obras del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional encargada de programar y ejecutar las obras dentro de los predios de la Entidad, as como supervisar el avance y ordenar la informacin para la adecuada liquidacin de las mismas. Es parte integrante de la Sub Gerencia de Infraestructura, y est a cargo de un servidor pblico con nivel de Jefe de Unidad, seleccionado mediante concurso pblico.Las funciones del Jefe de la Unidad de Obras se encuentran definidas y claramente sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF). Artculo 59.- La Unidad de Ejecucin de Obras tiene las siguientes funciones especficas:1. Programar, organizar, coordinar, dirigir y controlar todas las acciones inherentes a la ejecucin de las obras que se realicen en los predios del Complejo turstico.2. Dirigir, ejecutar y supervisar las obras que programe la Entidad, ya sea bajo la modalidad de administracin directa o por contrata de acuerdo con el Plan Anual de Contrataciones.3. Coordinar con la Unidad de Presupuesto la programacin, ejecucin y avance de obras.4. Controlar mediante asistencia administrativa las entradas, salidas y saldos de materiales en las obras ejecutadas por Administracin Directa.5. Controlar el avance tcnico financiero de la ejecucin de las obras al trmino, a fin de entregar la obra en etapa de pre liquidacin.6. Coordinar con la Unidad de Presupuesto el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.7. Controlar el cumplimiento de la ejecucin de obras de acuerdo al expediente tcnico aprobado.8. Controlar las pruebas tcnicas en obra y el aspecto econmico financiero de la Obra.9. Absolver las consultas que le formule el Contratista o el Residente de Obra.10. Controlar estadsticamente los avances de obra y exigir al Contratista o Residente de Obra, las medidas necesarias para lograr su cumplimiento.11. Controlar el cumplimiento por parte del Contratista de las contribuciones, aportes a ESSALUD y beneficios sociales de los trabajadores a su cargo.12. Controlar el cumplimiento de las normas legales sobre aspectos de trabajo y otras relacionadas a los mismos.13. Controlar la capacidad, idoneidad y cantidad de personal tcnico y obrero que el Contratista o Residente asigne a la Obra.14. Controlar la cantidad y calidad de los materiales de acuerdo a las caractersticas requeridas para la ejecucin de la obra y la calidad de la misma.15. Informar a la Gerencia General sobre algn imprevisto ocasionado en el transcurso de la ejecucin de la obra a efecto que tomen las decisiones de correctivos oportunos, as como tambin el uso adecuado del material, capacidad del personal o algn acto provocado que perjudique la ejecucin normal de la obra.16. Verificar, contrastar y consolidar el avance fsico de obra, metrados y presupuesto de partidas ejecutadas y obras adicionales, obras reducidas, avance fsico final y el costo total de obra.17. Verificar, contrastar y consolidar el presupuesto analtico de inversin y el inventario de materiales.18. Verificar, contrastar y consolidar los documentos finales de obra con los documentos tcnicos originales.19. Recabar de la Unidad de Contabilidad el reporte analtico de gastos ejecutados por partidas genricas y especficas conforme a los plazos de ejecucin.20. Elaborar la valorizacin de obra en coordinacin con el Residente y elevar a quien corresponda para su aprobacin.21. Elaborar la Memoria Descriptiva de las Obras Ejecutadas por el Complejo turstico.22. Organizar los expedientes de liquidacin de obra.23. Elevar a la Sub. Gerencia de Infraestructura los expedientes de liquidacin de obras para su aprobacin.24. Elaborar la Valorizacin de Obras ejecutadas por administracin directa.25. Programar la elaboracin del replanteo de planos.26. Coordinar con la Unidad de Presupuesto el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.27. Desarrollar y mantener actualizado el plano catastral y de la propiedad inmueble del Complejo Turstico.28. Formular los expedientes y tramitar los permisos necesarios para la ejecucin de las obras ante las instancias correspondientes.29. Procesar los expedientes de inscripcin ante los Registros Pblicos de las obras concluidas.30. Atender quejas y denuncias presentadas por los recurrentes, por concepto de violaciones de las normas vigentes y/o daos por mal funcionamiento de los inmuebles de propiedad de Complejo Turstico.31. Programar y normar la nomenclatura de los bienes inmuebles de propiedad del Complejo Turstico con fines de informacin a los usuarios.32. Efectuar otras funciones afines al rea que le asigne o delegue la Sub. Gerencia de Infraestructura.SUB GERENCIA DE SERVICIOS, SANEAMIENTO Y ORNATO.Artculo 60.- La Sub. Gerencia de Servicios, Saneamiento y Ornato del Complejo Turstico Baos del Inca, es el rgano de lnea de segundo nivel organizacional encargado de coordinar, formular y ejecutar los planes y programas relacionados con la oferta de productos y servicios que la Entidad presta a sus usuarios finales, en el marco de los conceptos de calidad y calidez. Est a cargo de un servidor pblico con nivel de Sub Gerente, seleccionado mediante concurso pblico, que depende jerrquicamente de la Gerencia General.Las funciones del Sub Gerente de Servicios, Saneamiento y Ornato se encuentran definidas y claramente sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 61.- Las funciones especficas inherentes a la Sub Gerencia de Servicios, Saneamiento y Ornato, son las siguientes:1. Planear, organizar, dirigir, coordinar, evaluar y controlar las actividades y procesos inherentes a la oferta y prestacin de los servicios al usuario, el compromiso con el procomn, y la responsabilidad social del Complejo Turstico, en consonancia con las declaraciones de su visin y misin.2. Elaborar, proponer, aplicar, supervisar, evaluar y controlar el Reglamento de Servicios Tursticos formulado en el marco de los Principios de la actividad turstica, a los que se refiere los artculos 3 y 28 de la Ley 29408, Ley General de Turismo.3. Realizar anualmente el anlisis de la frmula analtica de los manantiales minero medicinales del Complejo Turstico, a fin de determinar las posibles alteraciones en su composicin y caractersticas fsico qumicas.4. Monitoreas los servicios termo-medicinales con criterios de competitividad y sostenibilidad.5. Regular, supervisar y controlar el expendio de productos de higiene, souvenirs, alimentos, bebidas y otros productos relacionados con el servicio de hidrotermalismo que presta el Complejo Turstico.6. Formular el Plan de Capacitacin al personal en el marco de lo expresamente dispuesto en los artculos 47 y 48 de la Ley N 29408, y adems teniendo en cuentas las siguientes caractersticas del producto turstico:a) El producto turstico es intangible;b) La experiencia turstica no se puede transferir;c) El servicio no puede probarse, por lo tanto, se corre el riego de tener usuarios insatisfechos;d) El producto turstico no vendido, se ha perdido;e) El servicio produce un derecho de uso al cliente o usuario sin transferir la propiedad;f) El usuario es quien acude a la compra;g) El contacto con el usuario en la mayora de casos es directa;h) El usuario participa en la produccin del servicio.7. Programar, organizar, dirigir y controlar las acciones relacionadas con el mantenimiento, preservacin, recuperacin y renovacin de espacios tursticos dentro del rea del Complejo Turstico.8. Programar, organizar, dirigir y controlar las acciones relacionadas con el mantenimiento, preservacin, recuperacin y renovacin de la infraestructura turstica de propiedad del Complejo Turstico.9. Programar, organizar, dirigir y controlar las acciones relacionadas con el mantenimiento y mantenimiento de la infraestructura, instalaciones y equipos asegurando u alto rendimiento y operatividad para las acciones y servicios del termalismo.10. Velar por la prestacin regular del servicio de agua termal, en condiciones ptimas de calidad en cumplimiento de la normatividad vigente que regula la materia.11. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el mantenimiento y conservacin de las reas verdes, parque y jardines dentro del rea del Complejo Turstico.12. Formular, ejecutar y supervisar el Plan de Defensa Civil y el Plan Estratgico de Seguridad Turstica de la Entidad.13. Formular proyectos de directivas, reglamentos y manuales que orienten el mejoramiento de la calidad del servicio al turista y al usuario.14. Formular y ejecutar el Plan de Mantenimiento, Previsin y Saneamiento de las redes e instalaciones de agua termal y aguas pluviales, as como su depuracin y/o reutilizacin.15. Formular y proponer normas internas sobre racionalizacin y simplificacin de procedimientos administrativos, inherentes al rea de su competencia.16. Establecer mecanismos de control interno previo y concurrente en las dependencias internas bajo su dependencia.17. Supervisar las acciones que le fueren atribuibles por el Texto nico de Servicios no Exclusivos (TUSNE).18. Participar en las reuniones del Comit de Administracin y en las que determine el rgano de Gobierno.19. Coordinar con la Oficina de Planificacin y Presupuesto, el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.20. Las dems funciones que le delegue la Gerencia General o que le sean dadas por las normas sustantivas.Artculo 62.- Para cumplir sus funciones, objetivos y metas prestablecidas la Sub Gerencia de Servicios Tursticos, Saneamiento y Ornato tiene a su cargo las siguientes Unidades Orgnicas: Unidad de Alojamiento y Servicios Hidrotermales Unidad de Saneamiento y Gestin Ambiental.

UNIDAD DE ALOJAMIENTO Y SERVICIOS HIDROTERMALES Artculo 63.- La Unidad de Alojamiento y Servicios Hidrotermales del Complejo Turstico Baos del Inca, es la instancia de tercer nivel organizacional encargada de programar, coordinar, dirigir, y ejecutar las actividades internas relacionadas con la prestacin de alojamiento y servicios hidrotermales que presta el Complejo Turstico. Est a cargo de un servidor pblico con nivel de Jefe de Unidad, seleccionado mediante concurso pblico, que depende jerrquicamente de la Sub Gerencia de Servicios, Saneamiento y Ornato. .Las funciones del Jefe de la Unidad de Alojamiento y Servicios Hidrotermales se encuentran sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 64.- La Unidad de Alojamiento y Servicios Hidrotermales tiene las siguientes funciones especficas:1. Dirigir, controlar y administrar los planes, programas y actividades de hospedaje, alojamiento, albergue, bungalows, sauna, gimnasio, hidromasajes, piscinas, y dems servicios complementarios, en armona con las declaraciones de visin y misin de la entidad.2. Administrar y proporcionar a travs del rea de protocolo los medios personales as como tambin materiales, para la realizacin de los diferentes eventos sociales, deportivos, acadmicos, programados en las instalaciones del Complejo Turstico.3. Administrar y proporcionar a travs del rea de atencin de servicios de pozos, duchas, piscinas y tpico, los medios personales as como tambin materiales para la atencin cotidiana al usuario, en el marco de lo pertinentemente establecido en el artculo 28 de la Ley N 29408, Ley General de Turismo.4. Dirigir, controlar y administrar los aspectos protocolarios de esttica y de relaciones pblicas relacionados a la imagen corporativa del Complejo Turstico, as como la atencin al cliente VIP.5. Velar por el cumplimiento del manual de protocolo, atencin al cliente e imagen del trabajador de la entidad. 6. Formular, Gestionar y evaluar las actividades relacionadas con la capacidad de respuesta de la entidad ante demandas excepcionales y contingentes producidas en el rea de su competencia;7. Programar y Organizar reuniones internas-externas, de comunicacin corporativa y recepcin de visitas de personalidades, clientes VIP, delegaciones estudiantiles, etc.8. Dirigir, controlar y administrar los planes, programas y actividades relacionados con el anfitrionaje y protocolo al visitante y usuario.9. Administrar, implementar y velar por el cumplimiento del libro de visitas del Complejo Turstico, con el propsito de reunir firmas de personalidades, segn lo previsto en el Manual de Protocolo.10. Elaborar estudios prospectivos tcnicos, econmicos, sociales y de atraccin turstica orientados al mejoramiento de la demanda de los servicios que presta el Complejo Turstico.11. Ejecutar las acciones que le fueren atribuibles por el Texto nico de Servicios no Exclusivos (TUSNE).12. Otras que el Sub Gerente de Servicios, Saneamiento y Ornato le asigne o delegue en el marco de sus competencias.

UNIDAD DE SANEAMIENTO Y GESTION AMBIENTALArtculo 65.- La Unidad de Saneamiento y Gestin Ambiental, es la instancia de tercer nivel organizacional encargada de incorporar a la cultura organizacional de la entidad, conceptos ambientales que permitan crear una cultura sustentable al interior del Complejo Turstico, dentro de la comunidad y los visitantes. Est a cargo de un servidor pblico con nivel de Jefe de Unidad que depende de la Sub Gerencia de Servicios, Saneamiento y Ornato. .Las funciones del Jefe de la Unidad Saneamiento y Gestin ambiental estn sealadas en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).Artculo 66.- La Unidad de Saneamiento y Gestin Ambiental tiene las siguientes funciones especficas:1. Dirigir, controlar y administrar los planes, programas y actividades en materia ambiental y preservacin del medio ambiente, en el contexto de las reas de saneamiento, arborizacin, manejo de residuos, jardinera, limpieza, educacin ambiental, entre otras, con la finalidad de proteger los activos ambientales, la infraestructura e instalaciones sanitarias del Complejo Turstico y de su entorno.2. Supervisar y administrar el servicio de limpieza de las instalaciones del Complejo Turstico ya sea que se ejecute y maneje por personal de la Entidad o por terceros.3. Supervisar y ejecutar actividades de vigilancia y seguridad y/o bienes de los turistas y usuarios.4. Ejecutar y evaluar el Plan de Seguridad en Defensa Civil del Complejo Turstico.5. Supervisar permanentemente el buen estado y operatividad de los diferentes servicios que ofrece el Complejo Turstico a los turistas y usuarios.6. Ejecutar las acciones de preservacin de las fuentes termales, conservacin del valor turstico, cuidado de la infraestructura e instalaciones asegurando su perfecto funcionamiento y uso.7. Ejecutar el servicio de mantenimiento y preservacin de jardines, parques, reas verdes, vivero, en el contexto de las normas vigentes sobre el medio ambiente.8. Planificar el manejo agronmico del vivero forestal, repoblamiento, resiembra, y mantenimiento de jardines, y el cultivo de especies exticas.9. Proponer e implementar proyectos y acciones integrales para mejorar la gestin ambiental y prevenir el deterioro ambiental.10. Refaccionar oportunamente las instalaciones deterioradas y expuestas a deterioro ambiental sin mermar el normal desarrollo del servicio.11. Proponer una lnea estratgica de solucin a los problemas de contaminacin que se produce dentro del mbito del Complejo Turstico.12. Ejecutar las acciones que le fueren atribuibles por el Texto nico de Servicios no Exclusivos (TUSNE).13. Otras que el Sub Gerente de Servicios, Saneamiento y Ornato le asigne o delegue en el marco de sus competencias.

IV. TTULO CUARTODE LAS RELACIONES INTERNAS E INTERINSTITUCIONALES Artculo 67.- En procura del cumplimiento de su declaracin de misin, el Complejo Turstico Baos del Inca, se relaciona con sus pares del sector turismo a nivel internacional, nacional, regional y local; entidades pblicas; Organizaciones no Gubernamentales, (ONG); empresas del sector turismo, y la sociedad en general.Artculo 68.- El Presidente del Comit de Administracin es el responsable de dirigir y conducir las relaciones interinstitucionales con las diferentes entidades de la administracin pblica, empresas e instituciones pblicas y privadas, organismos internacionales, etc., con la atribucin de delegar en uno de los miembros de dicho colegiado, las representaciones administrativas que estime convenientes, de acuerdo a la Ley del Procedimiento Administrativo General y a la poltica interna de la entidad.Artculo 69.- Los funcionarios y servidores pblicos del Complejo Turstico Baos del Inca, coordinan y disponen acciones entre el personal de su mismo nivel y en niveles distintos, fundamentalmente por escrito a travs de oficios, informes o memorandos. La comunicacin institucional con entidades pblicas o privadas, empresas o personas naturales, se efecta nicamente mediante oficio.

V. TITULO QUINTO DEL REGIMEN LABORAL Y ECONOMICOArtculo 70.- El rgimen laboral de los funcionarios y empleados del Complejo Turstico Baos del Inca, se sujeta en la medida que se encuentren vigentes, por lo establecido en el Decreto Legislativo No. 276, Ley de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Pblico y su Reglamento, el Decreto Supremo No. 005-90-PCM.Artculo 71.- A excepcin del personal de confianza, la contratacin de los dems servidores del Complejo Turstico Baos del Inca, requiere de concurso pblico, realizado sobre la base de los requisitos establecidos en el Clasificador de Cargos y el Manual de Organizacin y Funciones (MOF) de la Entidad.Artculo 72.- Siendo el Complejo Turstico Baos del Inca, un rgano descentralizado de la Municipalidad distrital de Baos del Inca, los obreros que prestan servicios a la entidad, son por extensin servidores pblicos sujetos al rgimen laboral de la actividad privada, reconocindoles los derechos y beneficios inherentes a dicho rgimen conforme a Ley.Artculo 73.- Para el cumplimiento de sus objetivos y metas, el Complejo Turstico Baos del Inca, obtiene recursos econmicos a travs de diversa fuentes de financiamiento, como las siguientes:1. Ingresos directamente obtenidos por concepto de prestacin de servicios y venta de bienes fungibles.2. Donaciones que se haga a su favor por personas naturales o jurdicas, nacionales o extranjeras.3. Emprstitos internos y externos con o sin el aval del Gobierno Nacional, y con arreglo a Ley.4. Ingresos provenientes de la venta y/o alquiler de los bienes de su propiedad.5. Transferencias del Gobierno Nacional para el desarrollo de programas especficos.6. Otros ingresos recaudados, obtenidos o captados en el marco de los dispositivos legales vigentesVI. TITULO SEXTODE LOS PROCEDIMIENTOS Y ACTOS ADMINISTRATIVOSArtculo 74.- Los procedimientos y actos administrativos as como el rgimen de actos de administracin interna que se producen dentro del Complejo Turstico Baos del Inca, se rigen por lo normado por la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444; la Ley N 29408, Ley General de Turismo; y en lo pertinente por la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, la ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento. Pertinente y supletoriamente son aplicables las normas del Cdigo Civil, y otras disposiciones legales vigentes.

VII. TTULO SPTIMODE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASPrimera: Precsese que el Gerente General es el nico trabajador de confianza en la entidad, quien es designado mediante acuerdo del Consejo de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca, a propuesta del Alcalde. Puede ser removido por el propio Alcalde, y a recomendacin debidamente fundamentada del Comit de Administracin. La remocin es igualmente aprobada por Acuerdo de Concejo Municipal. Los Jefes de Oficina de los rganos de Apoyo y Asesora, Sub Gerentes de los rganos de Lnea, y Jefes de Unidad, son servidores pblicos seleccionados mediante concurso pblico.Segunda: En caso de que uno o ms servidores puedan ser designados en un cargo de confianza lo harn en condicin de designados, debiendo retornar a su plaza de origen al trmino de la designacin. El personal que no es de carrera, lo har mediante la modalidad de adscrito, quienes al trmino del periodo de confianza, concluirn su relacin laboral con la entidad. El Clasificador de Cargos definir quienes son los trabajadores de confianza conforme a Ley. Igualmente, definir todas las funciones especficas a nivel de cargo o puesto de trabajo, sobre la base de la Estructura Orgnica y funciones generales de cada uno de los rganos y Unidades Orgnicas establecidas en el presente documento.Tercera: La Oficina de Planificacin y Presupuesto mantendr actualizado el presente Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF), modificando su contenido, nicamente cuando medien las siguientes situaciones: a) Existencia de un proceso de reorganizacin de la entidad; b) Modificacin del marco legal sustantivo que conlleve a la afectacin de la estructura orgnica, y; c) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misin y funciones.Cuarta: El funcionamiento del Comit de Administracin se rige por su propio reglamento interno.Quinta: Dentro del plazo que no podr exceder de treinta (30) das, posteriores a la aprobacin del presente Reglamento, se elaborarn y consiguientemente aprobarn, los siguientes instrumentos de gestin: Clasificador de Cargos (CC); Cuadro para Asignacin de Personal (CAP); Presupuesto Analtico de Personal (PAP); Manual de Organizacin y Funciones (MOF); Manual de Procedimientos Administrativos (MAPRO), Texto nico de Servicios no Exclusivos TUSNE, y progresivamente, los diferentes Reglamentos Internos que requiera el cumplimiento de la Misin Institucional de la entidad.Sexta: Las modificaciones al presente reglamento sern aprobadas por acuerdo de Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca, a propuesta del Comit de Administracin, en el contexto de lo puntualmente expuesto en la Tercera Disposicin Complementaria.

VIII. TTULO OCTAVO DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIASPrimera: El Comit de Administracin, la Gerencia General y la Oficina de Planificacin y Presupuesto, en un plazo que no deber exceder los treinta (30) das calendario a partir la aprobacin por parte del Concejo de la Municipalidad Distrital de Baos del Inca, procedern a la implementacin y puesta en marcha del presente Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF), as como la actualizacin de los Instrumentos de Gestin descritos en la Quinta Disposicin Complementaria.

IX. TTULO NOVENO DE LAS DISPOSICIONES FINALESnica: El presente Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) entrar en vigencia a partir del da siguiente de la publicacin del Acuerdo de Concejo, la Ordenanza Municipal que lo aprueba, o en su defecto, a partir de la fecha consignada en la misma Ordenanza.Queda derogado cualquier Reglamento de Organizacin y Funciones, anterior al presente.

X. ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL

Puesto del equipoNombre de compaaNombre de compaaNombre de departamentoMunicipalidad Distrital de Baos del Inca

Alcalda