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PROVINCIA DEL NEUQUÉN REPÚBLICA ARGENTINA AÑO XVC Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 EDICIÓN Nº 3500 Dirección y Administración: M. Belgrano 439 0299-4422704/4495419/4495555 - Int. 6116 (8300) Neuquén (Cap.) Directora: Sra. Contreras Gladys Noemí www.neuquen.gov.ar E-mail: boletinofi[email protected] GOBERNADOR: Cr. OMAR GUTIÉRREZ VICEGOBERNADOR: Cr. ROLANDO CEFERINO FIGUEROA Ministro de Gobierno y Justicia: Sr. MARIANO GAIDO Ministro de Seguridad, Trabajo y Ambiente: Sr. JORGE ANTONIO LARA Ministro de Educación: Prof. CRISTINA ADRIANA STORIONI Ministro de Ciudadanía: Prof. GUSTAVO DANIEL ALCARAZ Ministro de Economía e Infraestructura: Lic. NORBERTO ALFREDO BRUNO Ministro de Producción y Turismo: Ing. JOSÉ RICARDO BRILLO Ministro de Salud y Desarrollo Social: Bq. RICARDO ANDRÉS CORRADI DIEZ Ministro de Energía, Servicios Públicos y Ing. ALEJANDRO ABEL NICOLA Recursos Naturales:

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PROVINCIA DEL NEUQUÉNREPÚBLICA ARGENTINA

AÑO XVC Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 EDICIÓN Nº 3500

Dirección y Administración:M. Belgrano 439 0299-4422704/4495419/4495555 - Int. 6116(8300) Neuquén (Cap.)

Directora:Sra. Contreras Gladys Noemí

www.neuquen.gov.arE-mail: [email protected]

GOBERNADOR: Cr. OMAR GUTIÉRREZ

VICEGOBERNADOR: Cr. ROLANDO CEFERINO FIGUEROA

Ministro de Gobierno y Justicia: Sr. MARIANO GAIDO

Ministro de Seguridad, Trabajo y Ambiente: Sr. JORGE ANTONIO LARA

Ministro de Educación: Prof. CRISTINA ADRIANA STORIONI

Ministro de Ciudadanía: Prof. GUSTAVO DANIEL ALCARAZ

Ministro de Economía e Infraestructura: Lic. NORBERTO ALFREDO BRUNO

Ministro de Producción y Turismo: Ing. JOSÉ RICARDO BRILLO

Ministro de Salud y Desarrollo Social: Bq. RICARDO ANDRÉS CORRADI DIEZ Ministro de Energía, Servicios Públicos y Ing. ALEJANDRO ABEL NICOLA Recursos Naturales:

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DECRETOS SINTETIZADOS

Año 2015

2312 - Rechaza en todos sus términos el re-curso administrativo interpuesto por el señor Pa-blo Daniel Villalba contra la Resolución N° 0683/14 del EPEN. 2313 - Rechaza en todos sus términos el re-curso administrativo interpuesto por el señor René Oscar del Valle Rosales contra la Resolución N° 0208/15 del ex Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia. 2314 - Rechaza en todos sus términos el re-clamo administrativo interpuesto por la señora María Eugenia Cides, mediante el cual solicita la incorporación a la Planta Permanente del Estado provincial. 2347 - Rechaza en todos sus términos el re-curso administrativo interpuesto por el señor Gui-llermo Daniel Griosotto contra la Resolución N° 0429/15 del ex Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia. 2348 - Rechaza en todos sus términos el re-clamo administrativo interpuesto por el señor Roberto Luis Elhaibe por el cual solicita que le otorgue carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto 0753/10. 2349 - Rechaza en todos sus términos el re-curso administrativo interpuesto por la señora Sil-via Ester Laurín contra la Resolución N° 0333/15 del ex Ministerio de Gobierno, Educación y Justi-cia. 2350 - Rechaza en todos sus términos el re-curso administrativo interpuesto por el señor Juan Carlos Garzi contra la Resolución N° 0490/15 del ex Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia. 2351 - Rechaza en todos sus términos el re-clamo administrativo interpuesto por la señora María Susana Ortega por el cual solicita que se le otorgue carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto 0753/10. 2352 - Rechaza en todos sus términos el re-clamo administrativo interpuesto por las señoras Marta Herrera y Silvia Evangelina Ojeda por el cual solicitan que se les otorgue carácter remu-nerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto 0753/10. 2353 - Rechaza en todos sus términos el re-

clamo administrativo interpuesto por el señor Cris-tian Santiago Celescinco por el cual solicita que se le otorgue carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto 0753/10. 2355 - Rechaza en todos sus términos el re-clamo administrativo interpuesto por el señor Os-car Clemente Soto por el cual solicita que se le otorgue carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto 0753/10.

A partir del 10-12-2015

0001 - Designa Ministro de Gobierno y Justicia al señor Mariano Gaido, a partir del 10 de diciem-bre de 2015. 0002 - Designa Ministro de Seguridad, Trabajo y Ambiente al señor Jorge Antonio Lara, a partir del 10 de diciembre de 2015. 0003 - Designa Ministro de Educación a la Prof. Cristina Adriana Storioni, a partir del 10 de diciembre de 2015. 0004 - Designa Ministro de Ciudadanía al Prof. Gustavo Daniel Alcaraz, a partir del 10 de diciem-bre de 2015. 0005 - Designa Ministro de Economía e In-fraestructura al Lic. Norberto Alfredo Bruno, a par-tir del 10 de diciembre de 2015. 0006 - Designa Ministro de Producción y Tu-rismo al Ing. José Ricardo Brillo, a partir del 10 de diciembre de 2015. 0007 - Designa Ministro de Salud y Desarrollo Social al Bq. Ricardo Andrés Corradi Diez, a partir del 10 de diciembre de 2015. 0008 - Designa Ministro de Energía, Servicios Públicos y Recursos Naturales al Ing. Alejandro Abel Nicola, a partir del 10 de diciembre de 2015.

DIRECCIÓN PROVINCIALDE MINERÍA

“Yacimiento declarado inexistente por la Auto-ridad Minera en Primera Instancia”.

Expediente: 3452-457/2007; Yacimiento: “Me-ridiano 70º TG”; Sustancia: Cobre Sedimentario Diseminado; Departamento: Picún Leufú; Obser-vaciones: Resolución Nº 48/2015 del 24/08/2015. Expediente: 3452-372/2007; Yacimiento: “Mallín Quemado TG”; Sustancia: Zinc Diseminado; De-partamento: Picunches; Observaciones: Resolu-

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“De la Protección Ambientalpara la Actividad Minera”

Titulo XIII, Sección 2º del Código de Minería (T.O. Decreto N° 456/97)

Se encuentra a disposición de los interesa-dos, a los fines previstos por el Art. 9º, inc. 1) del Decreto Nº 3699/97, en la sede de la Dirección General de Minería, calle Elena de la Vega Nº 472 de la ciudad de Zapala, Tel. 02942/431438, el Informe de Impacto Ambiental presentado por el Consultor Ambiental Ing. Miguel Ángel Pepe, domiciliado en Sarratea N° 280 de Zapala, en representación de CEFAS S.A., domicilio real en Alsina 1.450, 5to. Piso, Capital Federal y domicilio legal en calle Virrey Santiago Liniers s/n, Parque Industrial, Zapala, Provincia del Neuquén, Tel./Fax: 02942-423908, correspondiente a la Mina de mineral de 2da. categoría, Bentonita, denomi-nada “El Catalán”, para la etapa de explotación según el Anexo III, tramitado en dicha Dirección bajo el Expediente Minero N° 3168/1965, “De la Protección Ambiental para la Actividad Minera”, Expediente IIA N° 2429/2004. El emprendimien-to cuya explotación se comenzará al aprobarse el Informe de Impacto Ambiental, se ubica respec-tivamente: En el Departamento de Zapala, en la Sección X, Lote 17, de pertenencia fiscal, Provin-cia del Neuquén. Abarca 2 pertenencias con una superficie de 17 Has., 03 As., 43 Cas., sus vérti-ces amojonados se encuentran determinados por las siguientes Coordenadas Gauss Kruger Posgar 94: VNO X= 5.683.738,545 e Y= 2.443.579,314; VSO X= 5.683.438,545 e Y= 2.443.579,314; VNE X= 5.683.738,55 e Y= 2.444.358,62; VSE X= 5.683.438,545 e Y= 2.444.335,694; VP1 Sur X= 5.683.438,545 e Y= 2.443.779,314; VP1 Norte X= 5.683.738,545 e Y= 2.443.779,314; VP2Sur X= 5.683.438,545 Y= 2.444.079,314; VP2 Norte X= 5.683.738,55 Y= 2.444.079,38. Se accede desde la localidad de Zapala por la Ruta Provincial No. 22 hacia el Oeste, circulando unos 40 km. A mano derecha si se viene desde la ciudad de Zapala se llega a la Ruta Provincial N° 34 de ingreso del yacimiento petrolero Planicie Banderita, se circula unos 8 Km. por dicho camino y a mano izquierda se encuentra la huella minera que conduce a la Mina “El Catalán”. Características del Proyecto: El proyecto minero tiene por objeto extraer Bento-

ción Nº 49/2015 del 24/08/2015. Fdo. Esc. Carlos O. Gallardo, Escribano de Minas, Autoridad Minera en 1º Instancia.

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“De la Protección Ambientalpara la Actividad Minera”

Título XIII, Sección 2° del Código de Minería (T.O. Decreto N° 456/97)

Se encuentra a disposición de los interesados, a los fines previstos en el Art. 9º inc. 1) del Decreto Nº 3699/97, en la sede de la Dirección General de Minería, calle Elena de la Vega Nº 472, Zapala, Tel./Fax.: 02942/431438, el Informe de Impacto Am-biental presentado por AUCA Consultora en repre-sentación de la firma TECSICO S.A., con domicilio en Chajarí N° 4.178 de la localidad de Neuquén Capital, Tel.: (0299) 4460551, correspondiente a una Cantera de Mineral de tercera categoría de su titularidad para la etapa de explotación, según el Anexo III del DR 3699/97, tramitada en dicha Direc-ción bajo Expte. Principal Nº 5912 000605/2014. Dicho Informe tramita a su vez por Expte. de IIA N° 5912-000605/2014-00001/2015, “De la Protec-ción Ambiental para la Actividad Minera”. La explo-tación de los emprendimientos dará comienzo de aprobarse el Informe. La cantera se localiza en la intersección de las coordenadas del sistema Gauss Krugger X: 5.764.744,934 e Y: 2.517.047,610 y se-gún la Cartografía Oficial en: Lote 10, Fracción C, Sección XXVIII en campo de propiedad fiscal del Departamento Añelo de la Provincia del Neuquén. A dicho lugar se accede por Ruta Provincial N° 7 a unos 10 Km. de la localidad de Añelo, en dirección a la localidad de Rincón de los Sauces y desvian-do unos 5 Km. a mano izquierda. Características del Proyecto: La cantera se desarrollará a cielo abierto, aprovechando las picadas existentes. El material será extraído mediante pala cargadora y clasificado previo a su transporte para destinarse finalmente a la actividad petrolera. Las observacio-nes y comentarios al Informe de Impacto Ambiental serán recibidas dentro de los 20 (veinte) días de publicado el presente en la Dirección mencionada en el horario de atención al público. Fdo. Darío Da-mián Signorile, Director Legal, Autoridad Minera de Primera Instancia.

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nita perteneciente a la Fm. La Beatriz, mediante el método a cielo abierto. El yacimiento se en-cuentra en la actualidad en etapa de explotación, la misma se realizará sobre un frente desde el Oeste en Coordenada GKP94 X= 5.683.567 e Y= 2.444.258,38, realizando bancos en retroceso en explotación a cielo abierto de una altura promedio de bancos de 4 a 5 m., conforme a las caracte-rísticas físicas del material a explotar. Finalmente se transporta del mineral desde el punto de ex-plotación hasta los puntos de comercialización del mineral o Planta de CEFAS S.A. en la ciudad de Zapala, se realiza mediante camiones con batea de 30 m3.. Las informaciones y comentarios del Informe de Impacto Ambiental serán recibidas dentro de los 20 días de publicado el presente en la Dirección mencionada en horario de atención al público. Fdo. Dr. Darío Damián Signorile, Director Legal, Autoridad Minera de Primera Instancia.

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CONTRATOS

ALTUM SOCIEDAD ANÓNIMA

Constitución: 31/08/2015. Modificación: 03/11/2015. Socios: Damián Augusto Baldini, ar-gentino, soltero, DNI 38.813.252, CUIT/CUIL 20-38813252-4, nacido el 11/10/1995, comerciante, domiciliado en La Quiaca 71 de Neuquén, Prov. Neuquén; Margarita Nélida Ciraus, argentina, viu-da, DNI F1.426.014, en CUIT/CUIL 27-01426014-0, nacida el 09/09/1931, comerciante, domiciliada en La Quiaca 71 de Neuquén, Prov. Neuquén. Denominación: ALTUM SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio Legal: En la ciudad de Neuquén, Dpto. Confluencia, Provincia del Neuquén. Duración: 99 años desde la inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto: Venta de prendas y artícu-los de talabarteria. Capital: $100.000. Adminis-tración y Representación: Directorio entre 1 y 5 miembros, con igual o menor número de suplen-tes. Duración del Mandato: 3 ejercicios. Garantía Directores: Pagaré a la vista de $10.000. Fiscali-zación: Se prescinde de la Sindicatura y el control lo ejercen los socios. Cierre de Ejercicio: 31 de di-ciembre. Director titular: Margarita Nélida Ciraus, Suplente: Damián Augusto Baldini. Dirección de la Sede Social: Perito Moreno 170, ciudad de Neu-quén, Provincia del Neuquén. El presente edicto

fue ordenado en autos: “AL TUM SOCIEDAD ANÓ-NIMA s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte. N° 22114/15), en trámite ante la Dirección General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Subdirección, 04 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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CUBO CONSTRUCCIONES S.R.L.

En la ciudad de Neuquén, a los 19 días de noviembre de 2015, señor Jorge Luis Ferrería, DNI 16.703.981, que integra la sociedad Cubo Construcciones S.R.L. cede y transfiere la tota-lidad de sus cuotas sociales: Veinte (20) de pe-sos mil ($1.000) al señor Néstor Daniel Arca, DNI 18.009.843, nacido el 06 de febrero de 1967, ar-gentino, soltero, de profesión empleado, con domi-cilio en calle Marín N° 4.590, Mza. 4, Departamento 16 “A” de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neu-quén. Se modifica la cláusula quinta del contrato social. Quinta: El capital social se fija en la suma de pesos cuarenta mil ($40.000), dividido en cuarenta (40) cuotas de pesos ($1.000) valor nominal cada una, que los socios han suscripto e integrado de la siguiente forma: El Sr. Edgardo Roberto Arca, vein-te (20) cuotas sociales por la suma de veinte mil pe-sos ($20.000), representado el cincuenta por ciento (50%) del capital social y el Sr. Néstor Daniel Arca, veinte (20) cuotas sociales por la suma de veinte mil pesos ($20.000) representado el cincuenta por ciento (50%) del capital social. Se conviene que el capital social se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suple-mentarias. La reunión de socios por unanimidad o con el voto favorable de más de la mitad del capital, aprobará las condiciones de aumento en cuanto a montos y plazos de integración. Al aumentarse el capital, se guardará la proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la decisión. El presente edicto ha sido ordenado por la Direc-tora General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén, Graciela N. Mercau, en autos: “Cubo Construcciones S.R.L. s/Inscripción de Cesión de Cuotas Sociales y Modificación de la Cláusula Quinta”, (Expte. N° 22134/15). Subdirec-ción, 04 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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EQUIPAMIENTOS LIBERTAD S.R.L.

Se hace saber que mediante instrumento pri-vado de fecha 13 de noviembre de 2015 e ins-trumento privado modificatorio de fecha 2 de di-ciembre de 2015, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada EQUIPA-MIENTOS LIBERTAD S.R.L.. Socios: Víctor Hugo De las Casas, argentino, nacido el 25 de septiem-bre de 1968, con Documento Nacional de Identi-dad Nº 20.436.291, empresario, casado en prime-ras nupcias con la señora Miriam Edith Elfi, con Documento Nacional de Identidad N° 20.436.589, domiciliado en calle Nicolás Palacios Nº 293 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, la señora Adriana Paola Riquelme, argentina, nacida el 9 de septiembre de 1982, con Documento Na-cional de Identidad Nº 29.554.455, empleada, sol-tera, domiciliada en calle Relmu, Mza. 7, Mblk 31, Dpto. 201 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, el señor David Adrián Vargas, argenti-no, nacido el 29 de agosto de 1984, con Docu-mento Nacional de Identidad N° 30.944.974, em-pleado, soltero, domiciliado en calle Paso de los Libres Nº 198 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro y el señor Eduardo Drago, argenti-no, nacido el 2 de mayo de 1963, con Documento Nacional de Identidad N° 18.872.428, empleado, soltero, domiciliado en calle El Nihuil Nº 1.215 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Pri-mero: (Denominación y Domicilio): La sociedad se denomina EQUIPAMIENTOS LIBERTAD S.R.L. y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la ciu-dad de Neuquén, Provincia del Neuquén, pudien-do establecer agencias o sucursales en cualquier lugar de la República Argentina o del extranjero. Segundo: (Duración): El término de duración de la sociedad será de noventa y nueve (99) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, el cual podrá prorrogarse por decisión de los socios. Tercero: (Objeto So-cial): La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes activi-dades: Comercial: Mediante la compra, venta, al-quiler, reparación, comercialización, distribución, importación y exportación de equipos, repuestos, insumos y accesorios para automóviles y maqui-narias, particulares y/o comerciales. Servicios: Mediante la prestación de servicio mecánico, de

lavado, engrase y mantenimiento y equipamien-to de vehículos y maquinarias y la reparación de automotores, máquinas y motores. A tal fin, la so-ciedad tiene plena capacidad jurídica para adqui-rir derechos, contraer obligaciones y realizar los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato. Quinto: (Capital Social): El capital social se fija en la suma de pesos ciento treinta y cuatro mil ($134.000) dividido en trece mil cua-trocientas (13.400), cuotas de pesos diez ($10) valor nominal cada una, suscripto en su totalidad por cada uno de los socios e integrado en este acto de acuerdo al siguiente detalle: El Sr. Víctor Hugo De las Casas, 5.494 cuotas, por la suma de pesos cincuenta y cuatro mil novecientos cuaren-ta ($54.940), que integra en efectivo en un 25%, o sea pesos trece mil setecientos treinta y cinco ($13.735), la Sra. Adriana Paola Riquelme, suscri-be 1.608 cuotas, por la suma de pesos dieciséis mil ochenta ($16.080), que integra en efectivo en un 25%, o sea pesos cuatro mil veinte ($4.020), el Sr. David Adrián Vargas suscribe, 2.278 cuotas, por la suma de pesos veintidós mil setecientos ochenta ($22.780), que integra en efectivo en un 25%, o sea pesos cinco mil seiscientos noventa y cinco ($5.695), el Sr. Eduardo Drago suscribe: 4.020 cuotas, por la suma de pesos cuarenta mil doscientos ($40.200), que integra en efectivo en un 25%, o sea pesos diez mil cincuenta ($10.050). Los socios integrarán el resto del capital en efec-tivo, en un plazo no mayor de veinticuatro meses contados desde la fecha de inscripción del pre-sente contrato en el Registro Público de Comer-cio. Sexto: (Administración, Representación Legal y Uso de la Firma Social, Fiscalización): La admi-nistración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más Gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por el tér-mino de dos Ejercicios, siendo reelegibles. En tal carácter, tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en el Artículo 375 del Código Civil y Comercial y 9 del Decreto Ley 5965/63. También podrán otor-gar poderes generales o especiales judiciales, -inclusive para querellar criminalmente- o extra-judiciales, con el objeto y extensión que juzguen conveniente y con o sin facultad de sustitución. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios sin restricción alguna. Séptimo:

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tidad Nº 20.436.291, empresario, casado en pri-meras nupcias con la señora Miriam Edith Elfi, con Documento Nacional de Identidad Nº 20.436.589, domiciliado en calle Nicolás Palacios Nº 293 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. (iii) En este acto el socio Víctor Hugo De las Casas ma-nifiesta que acepta el cargo para el cual ha sido designado, firmando para constancia. El presente edicto es librado por orden de la señora Directo-ra General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén, Graciela N. Mercau, en autos caratulados: “EQUIPAMIENTOS LIBERTAD S.R.L. s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte. Nº 22119/15). Subdirección, 3 de diciembre de 2015. Fdo. Mariela J. Dupont, Subdirectora, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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ARAUCARIA INVESTMENTS S.A.

Constitución

1) Denominación: ARAUCARIA INVES-TMENTS S.A.. 2) Constitución: Por instrumen-tos públicos de fechas 16/04/2015, 16/07/15 y 28/10/2015. 3) Accionistas: Doña Mirta Susana Mengía, argentina, nacida el 19 de noviembre de 1959, Documento Nacional de Identidad número 14.123.334, C.U.I.T. 27-14123334-9, casada en primeras nupcias con Blas D’ Angelo, empresa-ria; Don Blas D’ Angelo, argentino, nacido el 22 de marzo de 1956, titular del Documento Nacio-nal de Identidad número 12.163.003, C.U.I.T. 20-12163003-7, casado en primeras nupcias con Doña Mirta Susana Mengía, empresario, ambos domiciliados en la calle Félix San Martín N° 2.332 de la ciudad de Neuquén; Don Felipe Antonio Gentile, argentino, nacido el 30 de abril de 1956, titular del Documento Nacional de Identidad nú-mero 12.338.026, C.U.I.T. 20-12338026-7, empre-sario, casado en primeras nupcias con Catalina Bader, domiciliado en la calle Las Heras N° 1.051, ciudad de Banfield, Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, de tránsito en ésta; y Don Miguel Ángel Rodríguez, argentino, nacido el 31 de enero de 1956, titular del Documento Na-cional de Identidad número 12.336.017, C.U.I.T. 20-12336017-7, empresario, casado en primeras

(Garantías): El o los Gerentes deberán constituir una garantía, conforme al Artículo 157 de la Ley General de Sociedades a favor de la sociedad por el plazo que dure su mandato, más el período de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra. El monto de la garantía debe ser de pesos diez mil ($10.000) en garantía del correcto desempeño de sus manda-tos y serán depositados en la caja de la sociedad, los que no podrán ser retirados ni afectados hasta que la Asamblea haya aprobado las cuentas del período de su gestión. Octavo: (Resoluciones Sociales): Las resoluciones deberán ser adopta-das conforme lo establecido en el Artículo 159, 1º parte, Párrafo 2º de la Ley 19550. Se aplicará el Artículo 160 de la Ley 19550 y cada cuota dará derecho a un voto. Toda comunicación o citación a los socios deberá ser cursada de acuerdo con lo establecido en el Artículo 159 de la Ley 19550, su modificatoria y concordantes. Noveno: (Cesión de Cuotas): Las cuotas son libremente transmisibles, rigiendo las disposiciones del Art. 152 de la Ley 19550, su modificatoria y concordantes. Décimo: (Ejercicio Económico Financiero): El ejercicio so-cial cierra el 30 de junio de cada año a cuya fecha se realizará el Balance General que se pondrá a disposición de los socios con no menos de quince (15) días de anticipación a su consideración. Dé-cimo Primero: (Reserva Distribución): De las utili-dades líquidas y realizadas se destinará: a) El 5% al fondo de reserva legal hasta alcanzar el 20% del capital social; b) El importe que se establezca para remuneración de él o los Gerentes; y c) El remanente, previa deducción de cualquier otra re-serva que los socios dispusieran constituir, se dis-tribuirá entre los mismos en proporción al capital integrado. Si hubiere pérdidas, se soportarán en la misma proporción. Décimo Segundo: (Disolu-ción y Liquidación): Disuelta la sociedad por cual-quiera de las causales establecidas en el Art. 94 de la Ley 19550, su modificatoria y concordantes, la liquidación será practicada por él o los Gerentes o por la persona que designen los socios. En este acto los socios acuerdan: (i) Establecer la sede social de la sociedad en la calle San Martín Nº 195, Piso 5º, Oficina 6 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. (ii) Designar para actuar como Gerente de la sociedad al socio Víctor Hugo De las Casas, argentino, nacido el 25 de septiem-bre de 1968, con Documento Nacional de Iden-

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nupcias con Mónica Lidia de Castro, domiciliado en la calle Manuel Castro N° 865, ciudad de Lo-mas de Zamora, Provincia de Buenos Aires. 4) Domicilio: En la jurisdicción de la ciudad de Neu-quén, Pcia. del Neuquén. 5) Duración: 99 años. 6) Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, asociada a terce-ros o con la colaboración empresaria de terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes acti-vidades: a) Agropecuaria: A todas las actividades agrícola-ganaderas, sean en tierras propias o de terceros; ello incluye la siembra y cosecha de es-pecies forrajeras, leguminosas, cereales y olea-ginosas, producción de frutas; la explotación de bosques, cabañas, campos, chacras; criaderos de ganado bovino, ovino, equino, porcino, animales domésticos, de granja. b) Inmobiliaria: La adquisi-ción, venta, permuta, explotación, arrendamiento y administración de inmuebles propios. c) Cons-trucciones Civiles e Industriales: Construcción de carácter público y privado de obras viales de calles y rutas, desagües y redes y obras de in-geniería y arquitectura, obras de saneamiento, obras de ingeniería eléctrica, electrónica, mecá-nica, en comunicaciones, hidráulica, energética, vial o minera, construcción de viviendas, edificios y locales comerciales bajo el régimen de propie-dad horizontal y el desarrollo de loteos con fines de urbanización. 7) Capital Social: Trescientos mil pesos representado por 3.000 acciones ordina-rias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción y de valor nominal cien pesos cada una. La señora Mirta Susana Mengía sus-cribió 750 acciones o sea un capital de setenta y cinco mil pesos ($75.000); Blas D’ Angelo sus-cribió 750 acciones o sea un capital de setenta y cinco mil pesos ($75.000); Felipe Antonio Gentile suscribió 750 acciones o sea un capital de setenta y cinco mil pesos ($75.000) y Miguel Ángel Ro-dríguez suscribió 750 acciones o sea un capital de setenta y cinco mil pesos ($75.000). Todos los accionistas integraron el veinticinco por ciento del capital suscripto en dinero efectivo. 8) Órgano de Administración: La dirección y administración está a cargo del Directorio, compuesto por uno a cinco miembros titulares, debiendo la Asamblea elegir entre uno a cinco miembros suplentes. Duración del Mandato: Tres ejercicios. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio. 9) Composición del Directorio: Director

titular y Presidente: A Maximiliano D’Angelo, DNI N° 30.917.183; Director titular y Vice Presidente: A Nicolás Gabriel D’Angelo, DNI N° 33.384.478; Director titular: Blas D’Angelo: Director titular: Fe-lipe Antonio Gentile; Director titular: Miguel Ángel Rodríguez y Director suplente: A Mirta Susana Mengía, quienes aceptaron los cargos para los que fueran elegidos. El Presidente y Vice Presi-dente fijan el domicilio requerido por el Art. 256 de la Ley General de Sociedades en la calle Brenta-na N° 635 de la ciudad y Provincia del Neuquén. El resto de Directores fijan domicilio requerido por el Art. 256 de la Ley General de Sociedades en los consignados en el punto 3. 10) La sociedad prescinde de la Sindicatura. 11) Cierre de Ejerci-cio Social: 31 de diciembre de cada año. 12) Sede Social: Brentana Nº 635 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. El presente edicto ha sido ordenado por la Sra. Directora Subrogante a cargo del Registro Público de Comercio de esta Provincia, en autos caratulados: “ARAUCARIA IN-VESTMENTS S.A. s/Inscripción Contrato Social”, (Expte. N° 22005/15). Subdirección, 09 de diciem-bre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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CEDISA S.R.L.

Constitución S.R.L. de fecha contrato 23 de julio de 2015 y sus modificaciones de fechas 26 de agosto de 2015, 19 de octubre de 2015 y 28 de octubre de 2015, que se tramitan por Expe-diente N° 111798/15, Neuquén Capital, integrada por: Marino Marcelo Mancini, de 68 años, argen-tino, comerciante, DNI 7.579.323, con domicilio en Francisco Javier Muñiz 1.399 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, casado con Teresa Bohigues, DNI 4.532.241, Marcelo Ariel Mancini, de 44 años, argentino, comerciante, DNI 21.975.438, con domicilio en España 536 de la ciudad de Cinco Saltos, Provincia de Río Negro, casado con Karina Paola Haag, DNI 24.180.991, Teresa Bohigues, de 72 años, argentina, comer-ciante, DNI 4.532.241, con domicilio en Francisco Javier Muñiz 1.399 de la ciudad de Cipolletti, Pro-vincia de Río Negro, casada con Marino Marcelo Mancini, DNI 7.579.323 y Valeria Teresa Mancini, 39 años, argentina, comerciante, DNI 24.581.473,

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domiciliada en Jacinto Moyano 843 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, casada con Silvio Hernán Salgado, DNI 24.078.934. Denomi-nación: CEDISA SRL. Domicilio Social: En Ins-pector Gatica N° 152 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Duración: 99 años a partir de su inscripción. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o por terceros o asociada a ellos, las siguientes actividades co-merciales: Fabricación y compraventa al por ma-yor y menor en el país o en el extranjero, de partes piezas y accesorios de vehículos automotores y camiones, accesorios nuevos, herramientas, má-quinas, equipos y materiales conexos. Para su cumplimiento, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obliga-ciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que no sean prohibidos por las leyes o este contrato y que se vinculen con su objeto social. Capital: $200.000 dividido en 2.000 cuotas iguales de $100,00 cada una. Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social será ejercida por uno o más Gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma indistinta por el término de duración de la sociedad y la re-presentarán en todas las actividades y negocios que corresponden al objeto de la misma. sin limi-tación de facultades en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales. No podrán comprometer a la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros en operaciones aje-nas al objeto societario. Los Gerentes tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes de la sociedad, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, como ser las previstas por el Artículo 1881 del Código Civil y el Artículo 9° del Decreto-Ley N° 5965/63. Pueden, en consecuencia, conferir poderes espe-ciales y generales y revocarlos, realizar todas las operaciones bancarias de acuerdo a las leyes y reglamentos de tales instituciones: Iniciar y pro-seguir, contestar o desistir denuncias y querellas penales, transigir, renunciar al derecho de apelar, prorrogar de jurisdicción y otorgar, aceptar y firmar todos los documentos públicos y privados que la administración haga necesarios e indispensables y en general celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cum-plimiento del objeto social. Los socios designan en este acto como Gerentes a los socios Marino

Marcelo Manciní y Valeria Teresa Mancini, quie-nes aceptan en este acto el cargo para el que han sido designados. La fiscalización de las opera-ciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios, pudiendo inspeccionar los libros, cuentas y demás docu-mentos de la sociedad, exigiendo en su caso la realización de balances parciales y rendición de cuentas especiales de acuerdo a lo establecido por el Art. 55 de la Ley 19550. Fiscalización: La sociedad prescinde de fiscalización en los térmi-nos de los Arts. 158 y 284 de la Ley 19550, reser-vándose los socios, Gerentes o no. el contralor en los términos del Art. 55 de la citada Norma. Cierre de Ejercicio: 31 de julio de cada año. El presente edicto ha sido ordenado por la Directora General del Registro Público de Comercio en autos cara-tulados: “CEDISA SRL., sobre Inscripción Contra-to Social, (Expediente Nº 21766/15). Neuquén, 09 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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SIXHI S.R.L.

Cesión de Cuotas yModificación de Contrato Social

Se hace saber que por instrumento privado de fecha 31/07/2015, Claudio Marcelo Díaz, argenti-no, nacido el 30 de junio de 1968, con Documento Nacional de Identidad 18.584.894, comerciante, divorciado judicialmente, domiciliado en calle Pe-lagatti N° 1.652 de la ciudad de Neuquén, Provin-cia del Neuquén y Mariela Alejandra Díaz, argenti-na, nacida el 10 de mayo de 1970, con Documento Nacional de Identidad 21.581.447, Contador Pú-blico, casada en primeras nupcias con Leandro Luis Longstaff, domiciliada en calle Uspallata N° 194 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neu-quén, ambos ceden parte de sus cuotas de la si-guiente forma: Claudio Marcelo Díaz, quinientas cuarenta y cuatro (544) cuotas y Mariela Alejan-dra Díaz, quinientas setenta y ocho (578) cuotas, en favor de Walter Fabián Díaz, nacido el 20 de noviembre de 1964, DNI 17.140.884, divorciado judicialmente, argentino, de profesión comercian-te, con domicilio en calle Pablo VI N° 1.869, D23, Casa 23 de la ciudad de Neuquén, Provincia del

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Neuquén. De común acuerdo manifiestan y re-suelven la cesión de cuotas sociales y la modifi-cación del contrato social. Conjuntamente se ha procedido a la modificación de la cláusula cuarta, quedando redactada de la siguiente forma: Cuar-ta: (Capital): El capital social se fija en la suma de pesos trescientos cuarenta mil ($340.000,00), dividido en tres mil cuatrocientas cuotas de pesos cien ($100,00), valor nominal y de un voto cada una, suscriptas e integradas totalmente por las partes. Dicho capital corresponde a los socios en la siguiente proporción: El señor Claudio Marcelo Díaz; un mil ciento cincuenta y seis (1.156) cuo-tas de pesos cien ($100) cada una, totalizando su participación en pesos ciento quince mil seis-cientos ($115.600,00), la señora Mariela Alejan-dra Díaz, un mil ciento veintidós (1.122) cuotas de pesos cien ($100) cada una, totalizando su participación en pesos ciento doce mil doscientos ($112,200,00) y el señor Walter Fabián Díaz, un mil ciento veintidós (1.122) cuotas de pesos cien ($100) cada una, totalizando su participación en pesos ciento doce mil doscientos ($112.200,00). El presente edicto ha sido ordenado por la Sra. Directora General a cargo de la Dirección General del Registro Público de Comercio de esta Provin-cia, en autos caratulados: “SIXHI S.R.L. s/Inscrip-ción de Cesión de Cuotas”, (Expte. N° 22133/15). Secretaría, 09 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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DALLQUIN S.R.L.

Modificación Contrato Social Aumento de Capital

Se hace saber que por Acta de Asamblea N° 27 de fecha 25 días de noviembre de 2015, en la sede social de Dallquin S.R.L., han resuelto Au-mento de Capital Social, modificación de la cláu-sula cuarta del Estatuto Social, a través de la capi-talización de Resultados No Asignados, por valor de $130.000,00 (pesos ciento treinta mil). Como consecuencia, la cláusula cuarta queda redactada de la siguiente manera: Cuarta: Capital Social: El capital social se fija en pesos quinientos setenta mil ($570.000,00), dividido en 5.700 cuotas so-ciales de pesos cien ($100,00) de valor nominal

cada una, totalmente suscripto por los socios según el siguiente detalle a saber: a) Sr. Eduar-do Raúl Cichinelli, suscribe tres mil novecientas noventa (3.990) cuotas sociales, lo que hace un total de pesos trescientos noventa y nueve mil ($399.000,00); b) Sr. Jorge Augusto Lahoz, suscri-be mil setecientas diez (1.710) cuotas sociales de pesos cien, lo que hace un total de pesos ciento setenta y un mil ($171.000,00).

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LACALABSSociedad de Responsabilidad Limitada

Cesión de Cuotas Sociales yModificación del Contrato Social

Se hace saber que por instrumentos privados de fechas 3 de noviembre de 2014 y rectificación de fecha 3 de septiembre de 2015, se celebra la presente cesión de cuotas y modificación de contrato social de LACALABS S.R.L.. La señora María Cecilia Cazorla, DNI 27.393.934, vende, cede y transfiere al señor Rodolfo César Kugler, nacido el 9 de septiembre de 1967, de 47 años de edad, argentino, Bioquímico, domiciliado en Mi-nistro González N° 232 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, DNI 18.335.799, CUIT 23-18335799-9, soltero y éste acepta los derechos de propiedad que tiene y ejerce sobre las quince cuotas partes de pesos cien cada una de valor nominal que le corresponden del capital social de la firma “Lacalabs SRL”, la que se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio, bajo N° 234 - Fº 1803/1811, Tº VIII - SRL - Año 2011. El precio de cesión asciende a la suma de pesos mil quinientos. En virtud del contrato de cesión de cuotas sociales y modificación del contrato social, la cláusula quinta quedará redactada de la siguiente forma: Quinta: El capital social es de $10.000 (pesos diez mil), dividido en 100 cuotas iguales de $100 (pesos cien) cada una, suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: El señor Rodolfo Horacio Sánchez, 85 cuotas, por la suma de $8.500 (pesos ocho mil quinientos) y el señor Rodolfo Cesar Kugler, 15 cuotas por la suma de $1.500 (pesos un mil quinientos). El presente edicto es librado por orden de la señora Directora General del Registro Público de Comer-

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cio de la Provincia del Neuquén, en autos cara-tulados: “Lacalabs S.R.L. s/Inscripción de Cesión de Cuotas y Modificación de Contrato Social”, (Expte. 21801/15). Subdirección, Neuquén, 04 de diciembre de 2015. Fdo. Mariela J. Dupont, Sub-Directora, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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IRISHSociedad de Responsabilidad Limitada

Cesión de Cuotas Sociales Social yModificación de Contrato

Se hace saber que por instrumento privado de fecha 06 de julio de 2015 y modificatorio de fecha 15 de octubre de 2015, entre el Sr. Marson Sebas-tián Alejandro, argentino, de profesión comercian-te, nacido el 12 de octubre de 1978, Documento Nacional de Identidad Nro. 26.950.219, de estado civil divorciado, con domicilio en calle República de Italia Nro. 5.700 de la ciudad de Neuquén, Pro-vincia del Neuquén; el Sr. González Manrique De Lara Mariano, argentino, de profesión comercian-te, nacido el 13 de febrero de 1972, Documento Nacional de Identidad Nro. 22.644.430, de estado civil soltero, con domicilio en calle Alvear Nro. 45, 14 “B” de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; y el Sr. Marson Eric Adrián, argentino, de profesión comerciante, nacido el 30 de diciem-bre de 1982, Documento Nacional de Identidad Nro. 29.986.807, de estado civil soltero, con domi-cilio en calle El Manzano Nro. 2.180 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; se celebró contrato de cesión de cuotas y modificación de contrato, correspondiente a IRISH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme a las siguientes cláusulas: El Sr. González Manrique De Lara, Mariano, cede y transfiere en forma gra-tuita e irrevocable a favor de Marson, Eric Adrian, y éste acepta, un total de doscientas cincuenta (250) cuotas sociales que tiene y le corresponden en la razón social IRISH Sociedad de Responsa-bilidad Limitada. En virtud de la presente el Sr. González Manrique De Lara Mariano, en adelan-te la parte cedente, se aparta y desiste de todos los derechos políticos y patrimoniales generados

por la titularidad de las cuotas partes que hasta el momento había tenido, colocando al Sr. Marson Eric Adrián, en el mismo lugar, grado y privilegio, con entera subrogación, concerniéndole participa-ción conforme a la proporción que le correspon-da en atención a la cantidad de cuotas recibidas. En virtud de la presente cesión, el capital social de IRISH Sociedad de Responsabilidad Limitada que asciende a la suma de pesos cincuenta mil con 00/100 ($50.000,00), queda distribuido de la siguiente manera: Marson Sebastián Alejandro, doscientas cincuenta (250) cuotas sociales de va-lor nominal por pesos cien con 00/100 ($100,00) cada una, y Marson Eric Adrián, doscientas cin-cuenta (250) cuotas sociales de valor nominal por pesos cien con 00/100 ($100,00) cada una. Se modifica el Artículo Quinto del contrato consti-tutivo de IRISH Sociedad de Responsabilidad Li-mitada, el que quedará redactado de la siguiente manera: Administración: 1) La administración, la representación y el uso de la firma social estará a cargo de un Gerente, socio o no, quien será elegi-do por el voto que represente la mayoría absoluta del capital social y perdurará en el cargo hasta tanto renuncie o le sea revocado el cargo por el voto que represente la mayoría absoluta del capi-tal social. El Gerente tiene en forma exclusiva to-das las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellos para los cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al Artículo 1881 del Código Civil y el Artículo 9° del Decreto Ley 5965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurí-dicos que tiendan al cumplimiento del objeto so-cial, entre ellos operar con toda clase de Bancos, compañías financieras o entidades crediticias, oficiales o privadas, representar a la sociedad ante organismos nacionales, provinciales o muni-cipales, la Justicia Federal o Provincial y otorgar poderes a favor de terceros para actuar en re-presentación de la sociedad. Le queda prohibido comprometer la firma social en actos extraños al objeto social, así como otorgar fianzas o garantías a favor de terceros. 2) En este acto se designa como Gerente al Sr. Marson Sebastián Alejandro, Documento Nacional de Identidad Nro. 26.950.219, quien posee hasta trayectoria en la administra-ción de emprendimientos del rubro, quien acepta el cargo. Se agrega el Artículo décimo cuarto al Contrato Constitutivo de IRISH Sociedad de Res-

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ponsabilidad Limitada, el que indicará: Décimo Cuarto: La sociedad prescinde de fiscalización, en los términos del Art. 154 y del Art. 284 de la Ley 19550, reservándose los socios el Contralor en los términos del Art. 55 de la citada norma. El Sr. González Manrique De Lara Mariano, renuncia expresamente al cargo de Gerente que ostentaba a la fecha. El presente edicto ha sido ordenado por la Directora Subrogantel a cargo de la Direc-ción General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén, Subdirección a mi cargo, en los autos caratulados: “IRISH Sociedad de Responsabilidad Limitada s/Cesión de Cuotas Sociales y Modificación de Contrato, Administra-ción y Fiscalización, Renuncia y Designación de Gerente”, (Expte. Nro. 21779/15). Neuquén, 09 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Se-cretaria Subrogante.

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LA LATA S.R.L.

Cesión de Cuota Sociales, Modificación de Domicilio, Capital, Administración,

Designación de Gerente yCambio de Dirección de la Sede Social

Se hace saber que por instrumento privado de fecha 22 de septiembre de 2015, modificado en fechas 11 y 25 de noviembre de 2015 y 03 de diciembre de 2015, los señores Gabriel Rolando Cherqui, titular del Documento Nacional de Iden-tidad N° 23.346.694, C.U.I.L. 20-23346694-9, argentino, soltero, comerciante, nacido el 04 de diciembre del año 1972, domiciliado en zona rural de la localidad de Añelo, Provincia del Neuquén y el señor Walter Gonzalo Farias, titular del Do-cumento Nacional de Identidad N° 34.658.133, C.U.I.L. 20-34658133-7, argentino, soltero, co-merciante, nacido el 24 de abril del año 1989, domiciliado en Avenida San Martín N° 96 de la ciudad de Plaza Huincul, Provincia del Neuquén; por una parte, en carácter de “Cedentes”, con el señor Sarmiento Edgar Eduardo, titular del Do-cumento Nacional de Identidad N° 32.220.973, C.U.I.L. 20-32220973-9, argentino, soltero, co-merciante, nacido el 22 de septiembre del año 1986, domiciliado en Avenida del Trabajo N° 195, B° Sbelitza de la ciudad de Plottier, Provincia del

Neuquén; y el señor Sarmiento Brayam Eduardo, titular del Documento Nacional de Identidad N° 39.397.564, C.U.I.L. 20-39397564-5, argentino, soltero, comerciante, nacido el 08 de junio del año 1996, domiciliado en O’Connor, Lote 4, Mza. 22, Nomenclatura Catastral: 09-21-091-5864-0000, B° Valentina Sur de la ciudad de Neuquén, Provin-cia del Neuquén; por la otra parte, en carácter de “Cesionarios”, convienen en celebrar la presente cesión de cuotas sociales y modificación del con-trato social de La Lata S.R.L., sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el N° 217, Folios 1367/1374, Tomo X SRL, Año 2009 y modi-ficada bajo el Nº 258, Folios 1834/1836, Tomo IX SRL, Año 2010, sociedad inscripta en AFIP.DGI. bajo CUIT. 30-71112837-5, de acuerdo a las cláu-sulas que a continuación se detallan: Primera: Los “Cedentes” venden, ceden y transfieren a los “Ce-sionarios” la cantidad de 160 (ciento sesenta) cuo-tas sociales, pertenecientes a “LA LATA S.R.L.”, sociedad inscripta en el Registro Público de Co-mercio bajo el N° 217, Folios 1367/1374, Tomo X SRL, Año 2009 y modificada bajo el Nº 258, Fo-lios 1834/1836, Tomo IX SRL, Año 2010, sociedad inscripta en AFIP, DGI, bajo CUIT: 30-71112837-5. Las cuotas sociales que se transfieren son de $100,00 valor nominal cada una, totalmente sus-criptas e integradas a la fecha del presente conve-nio y son tomadas de acuerdo al siguiente detalle: Sarmiento Edgar Eduardo, 80 (ochenta) cuotas; Sarmiento Brayam Eduardo, 80 (ochenta) cuotas. Segunda: El precio de esta transferencia se fija en la suma de $40.000,00 (pesos cuarenta mil), que los “cedentes” han recibido en este acto por parte de los “cesionarios” y por el que otorgan el más eficaz recibo y carta de pago; transmitiendo, en consecuencia todos los derechos que les co-rrespondían, colocando y subrogando los “cesio-narios” en sus mismos lugares, grado y prelación con referencia a las cuotas cedidas. A su vez, el “cesionario” acepta formalmente la presente ce-sión, manifestando tener pleno conocimiento del Activo y Pasivo de la Sociedad, a la fecha del presente Convenio. Tercera: Los “Cedentes” de-claran bajo juramento que no se encuentran in-hibidos para disponer de sus bienes, como que las cuotas cedidas no se encuentran embargadas ni afectadas con gravamen alguno. Los Cedentes informan detalladamente los planes de vigentes de pago ante AFIP, DGI, correspondientes a los

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años 2011, 2012 , 2013 y 2014 Cuarta: Como con-secuencia de los antecedentes relacionados y la cesión de cuotas instrumentada precedentemen-te, los actuales socios, Sarmiento Edgar Eduardo y Sarmiento Brayam Eduardo resuelven modificar la Cláusula Primera, Cuarta, Quinta y Sexta del Contrato Social, ratificando todo lo demás expre-sado en dicha cesión, que quedarán redactadas de la siguiente forma: Primera: La sociedad se denominará “LA LATA S.R.L.” y tendrá su domici-lio legal en jurisdicción de la ciudad de Neuquén, actualmente en la calle O’Connor Lote 4, Mza. 22 Nomenclatura Catastral: 09-21-091-5864-0000 B° Valentina Sur de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, pudiendo establecer sucursales en cualquier lugar del país. Cuarta: El capital social se fija en la suma de $16.000,00 (pesos dieciseis mil), dividido en 160 cuotas de $100 (pesos cien) valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios, de acuerdo al siguiente detalle: Sarmiento Edgar Eduardo, 80 (ochenta) cuotas; Sarmiento Brayam Eduardo, 80 (ochenta) cuotas. Quinta: La administración y fiscalización de la sociedad estará a cargo de uno de los socios, a cuyo efecto revestirá el carácter de socio Geren-te, ejerciendo la representación legal y su firma individual obliga a la sociedad. En el ejercicio de la administración, el Socio Gerente podrá, para el cumplimiento de los fines sociales: Constituir toda clase de derechos reales, permutar, ceder, tomar en locación, bienes muebles o inmuebles, admi-nistrar bienes de otros, nombrar agentes, otorgar poderes generales y especiales, realizar todo acto o contrato por el cual se adquieren o enajenen bienes, contratar o subcontratar cualquier clase de negocios, solicitar créditos, operar con todos los Bancos oficiales y/o privados. Se deja expre-sa constancia que la enunciación precedente no tiene carácter taxativo, sino solo enunciativo, pu-diendo realizar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. La firma social no podrá ser utilizada en negocios ajenos a la sociedad, salvo que existie-ra la conformidad expresa de todos los socios. El socio Gerente durará en el cargo por el término de cuatro (4) ejercicios, el mismo podrá ser reelecto nuevamente. El socio Gerente depositará en la sociedad en concepto de garantía y en efectivo, la suma total de $10.000,00 (pesos diez mil). Se de-signa al señor Sarmiento Brayam Eduardo, para

desempeñar las funciones de socio Gerente, en las condiciones establecidas en esta cláusula. Sexta: Las resoluciones sociales se adoptarán en la forma dispuesta en el Art. 159, 1°) parte, párrafo 2do. de la Ley 19550. Rige la mayoría prevista en el Art. 160 de la citada ley y cada cuota da derecho a 1 voto. Toda comunicación o citación a los socios se suje-tará a lo dispuesto en el Art. 159 último párrafo de la Ley 19.550. Séptima: En los términos que ante-ceden dejan los firmantes formalizada la Cesión de Cuotas y Modificación del Contrato Social de “LA LATA S.R.L.”, a cuyas cláusulas contractuales se obligan conforme a derecho. Octava: Se confiere poder especial al Contador Público Nacional Víctor Novoa, D.N.I. 21.750.344, para tramitar la inscrip-ción de la presente cesión de cuotas y modificación del contrato social, aceptando las modificaciones que el Registro Público de Comercio pueda indicar, como asimismo para agregar y/o retirar documen-tación. El presente edicto fue ordenado en autos: “LA LATA S.R.L. s/Inscripción Cesión de Cuotas Sociales, Modificación Domicilio, Capital, Adminis-tración, Designación de Gerente y Cambio de Di-rección de la Sede Social. (Expte. N° 22002/15), en trámite ante la Dirección General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Subdirección, 10 de diciembre de 2015. Fdo. Ma-riela J. Dupont, Subdirectora, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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TZARA S.R.L.

Modificación Cláusula Primera yCambio de Domicilio Modificatorio

Instrumento de fecha 22 de mayo de 2015

En la ciudad de Neuquén a los 10 días del mes de noviembre del año 2015, se reunen los socios de la sociedad cuya denominación es: Tza-ra S.R.L., la señorita María Laura Catalan Osorio, DNI. 35.382.027, edad 24 años, nacionalidad ar-gentina, profesión comerciantre, estado civil solte-ra, domicilio calle Gatica N° 2.900. Mza I, Lote 12, de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén y el señor Claudio Oscar Alberto Morandi, edad 48 años, nacionalidad argentina, DNI. 17.641.292, profesión comerciantre, estado civil soltero, domi-

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cilio calle Belgrano N° 750 de la ciudad de Seni-llosa, Provincia del Neuquén. A los fines de dar tratamiento al siguiente: Orden del Día: 1) Modifi-cación de la cláusula primera del contrato consti-tutivo de TZARA S.R.L. 2) Cambio Domicilio Sede Social: 1) La Cláusula primera quedará redactada de la siguiente manera: Cláusula Primera: La so-ciedad se denomina TZARA Sociedad de Respon-sabilidad Limitada y tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la ciudad de Plottier Provincia del Neuquen. 2) Se fija el domicilio de la sede social en la calle Riavitz N° 426 de la ciudad de Plot-tier Provincia del Neuquén. El presente edicto fue ordenado en autos: “TZARA S.R.L. s/Inscripción Designación de Gerente y Cambio de Sede So-cial”, (Expte. 21645), en trámite ante la Dirección General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Subdirección, 04 de di-ciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Se-cretaria Subrogante.

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TZARA S.R.L.

Designación de Socio Gerente

Se hace saber que por instrumento de fecha 22 de mayo de 2015, se designó como socio Ge-rente de TZARA S.R.L.. a la señorita María Laura Catalán Osorio, DNI 35.382.027, edad 24 años, nacionalidad argentina, profesión comerciante, es-tado civil soltera, domicilio en calle Gatica Nº 2.900, Mza. I, Lote 12 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. El presente edicto fue ordenado en autos: “TZARA S.R.L. s/Inscripción Designación de Gerente y Cambio de Sede Social”, (Expte. 21645), en trámite ante la Dirección General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Subdirección, 04 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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RESET Sociedad Anónima

Por instrumento constitutivo de fecha 20/08/2014 y modificatorio de fechas 23/10/2014; 15/01/2015 y 15/10/2015; Nicolás Martín Peletay, DNI 32.544.891, fecha de nacimiento 16/12/1986, soltero, argenti-

no, comerciante, domiciliado en Diagonal España 157, 2º B 0 (cero), ciudad de Neuquén, Provin-cia del Neuquén; y Rosa Nardanone, fecha de nacimiento 20/07/1939, viuda, argentina, comer-ciante, domicilio: Rivadavia 893 1º C, ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; celebraron el contrato social de RESET Sociedad Anónima. Domicilio de la Sociedad: Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto Social: El objeto social es realizar por cuenta propia o de terceros o asociada o en colaboración con terceros, tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: 1) Alquiler y explotación de automo-tores, con o sin chofer, transporte de carga y de personal. 2) Comercialización de los siguientes bienes: Fungibles correspondientes a los rubros alimenticios, limpieza, indumentaria, artículos del hogar, muebles, materiales para la construcción, equipamientos para oficinas y enseres domésti-cos, bebidas alcohólicas y sin alcohol, gaseosas, y minerales, plaguicidas, fertilizantes, abonos y semillas, artículos de ferretería, productos de la industria electrónica e informática, artículos de óp-tica y fotografía, librería, artículos para el deporte y zapatillas y calzado para damas, caballeros y ni-ños, cueros y derivados, cereales, frutos del país, frutas frescas, secas y disecadas y artículos de juguetería. Compra venta de motocicletas, ciclo-motores, triciclos, automóviles, utilitarios, camio-netas, casa rodantes, camiones, vehículos afecta-dos al transporte de cargas peligrosas, vehículos destinados al servicio de emergencia, urgencia y similares; automotores del servicio de transporte de pasajeros. Compraventa de máquinas agríco-las, viales, de construcción, máquinaria pesada y liviana, herramientas para medir y comprobar, de trazado, de sujeción, de cortar, de serrar, rebajar o trocear, herramientas para limar, taladrar, golpear, atornillar o desatornillar, soldar, unir, herramien-tas para construir y herramientas agrícolas. 3) La construcción, realización de obras nuevas, repa-ración, modificación, ampliaciones, mantenimien-tos, y refacción en general, instalaciones de agua, electricidad y cloacas. A los fines expuestos, la so-ciedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean expresamente prohibidos por las leyes o este estatuto. Plazo de Duración: 99 años desde la inscripción del estatuto en el Re-gistro Público de Comercio. Capital: Pesos tres-

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cientos mil. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio, com-puesto del número de miembros que fije la Asam-blea General Ordinaria, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, los que durarán tres ejer-cicios en sus funciones, pudiendo ser reelectos. Directores: Rosa Nardanone, Presidente; Nicolás Martín Peletay, Director suplente. Fiscalización: Se prescinde de la Sindicatura, los accionistas tie-nen derecho de inspección y Contralor individual de los libros y papeles sociales en los términos del Artículo 55 de la Ley 19550. Fecha de Cierre de Ejercicio Económico: 31 de agosto de cada año.

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EDITORIAL DIAMANTE SRL

Constitución

En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provin-cia del mismo nombre, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil quince, entre el señor Mauro Cores, nacido el 17 de diciembre de 1976, argentino, comerciante, D.N.I. Nro. 25.175.180, soltero y domiciliado en calle Sargento Cabral 963 de la ciudad de Neuquén, Pcia. del Neuquén; la señora Melina Cores, nacida el 16 de noviembre de 1978, argentina, comerciante, D.N.I. Nro. 26.999.192, casada con José María Rondolini, D.N.I. Nro. 26.329.556 y domiciliada en Sargento Cabral 963 de la ciudad de Neuquén y el señor Pablo Cores, nacido el 13 de febrero de 1984, ar-gentino, comerciante, D.N.I. Nro. 30.725.821, sol-tero y domiciliado en calle Sargento Cabral 963 de la ciudad de Neuquén, hábiles para contratar, con-vienen en constituir una Sociedad de Responsabi-lidad Limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley 19550 y sus modificaciones y por las si-guientes cláusulas: Primera: La sociedad girará bajo la denominación de EDITORIAL DIAMANTE S.R.L. y tendrá su domicilio en jurisdicción de la ciudad de Neuquén, Provincia del mismo nombre, pudiendo por resolución de los socios trasladarlo y establecer agencias, sucursales y representa-ciones en cualquier lugar del país o del extranjero. Segunda: Tendrá una duración de noventa y nue-ve años, contados a partir de su inscripción en la Dirección General del Registro Público de Comer-

cio, pudiendo prorrogarse o disolverse en cual-quier momento por voluntad de los socios. Terce-ra: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de publicidad editorial y digital, con el desarrollo y administración de plataformas comer-ciales virtual para sí o tercero, que puedan promo-cionar, efectuar compra-venta y locación de todo tipo de productos, bienes y servicios; así como la prestación de servicios de consultoría sobre publi-cidad y marketing de bienes y servicios. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y con-traer obligaciones y ejercer los actos que no le sean prohibidos por las leyes o el presente contra-to. Cuarta: El capital social se fija en noventa mil pesos ($90.000), dividido en noventa cuotas de mil pesos ($1.000,00) valor nominal cada una, to-talmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: El señor Mauro Co-res, treinta (30) cuotas sociales; la señora Melina Cores, treinta cuotas sociales (30) y el señor Pa-blo Cores, treinta cuotas sociales (30), las cuotas se integran en un veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo, en este acto. Los socios se obligan a integrar el saldo restante dentro del pla-zo de dos años, contados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad. En Reunión de Socios se dispondrá el momento en que se complete la integración. Quinta: La cesión de las cuotas socia-les se hará respetando el derecho de preferencia de los restantes socios y su participación en el ca-pital o bien, adquiriéndose por la sociedad. Des-estimadas estas posibilidades -en el orden seña-lado- las cuotas sociales podrán ser adquiridas por alguno o algunos de los socios restantes, aun-que se modifique el porcentaje de su participación en el capital social. El ejercicio de cualquiera de estas tres opciones deberá quedar definido dentro de los quince días de la notificación efectuada por el socio cedente a la Gerencia de la sociedad. No ejercida alguna de las acciones descriptas, el so-cio cedente informará a la Gerencia el nombre del tercero interesado y el precio de la transferencia, debiendo la sociedad aceptar o rechazar al intere-sado propuesto dentro de los quince días de noti-ficada - si la sociedad no lo hiciera, se tendrá por aceptado el tercero interesado-. La decisión sobre la aceptación deberá ser tomada por unanimidad. Producido el rechazo, el socio cedente optará por presentar un nuevo interesado o hacer uso del de-

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recho contemplado en el Artículo 154 segunda parte de la Ley 19550 (t.o.). Sexta: En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad incorporará a los herederos, debiendo éstos unifi-car la personería ante la sociedad. Si a propuesta de los herederos, la sociedad resuelve aceptar su no incorporación, el valor de sus cuotas sociales, les será abonado previa declaratoria judicial de herederos, en forma tal y equitativa que no resien-ta la marcha económica de la sociedad. Séptima: En los casos de cesión de cuotas sociales a los socios o a la sociedad -contempladas en la cláu-sula quinta- si no existiera acuerdo unánime acer-ca del valor de las cuotas sociales, éste surgirá de un balance especial a valores de realización, con-feccionado, -a la fecha de la notificación de la ce-sión- por el profesional que en la materia se en-cuentre actuando en la empresa. Dicho importe será cancelado al socio cedente o heredero del socio fallecido a valores constantes, utilizando el índice de precios mayoristas nivel general o el que lo reemplace, sin interés, en las condiciones que oportunamente se pacten o a falta de acuerdo en seis cuotas trimestrales, iguales, vencidas y con-secutivas. El gasto que demande la confección del citado Balance especial, será soportado por la sociedad o cesionarios según corresponda. Octa-va: Cuando los socios hicieran uso del derecho de receso, - el valor de las cuotas sociales será de-terminado conforme lo establece el Art. 78 de la Ley 19550 y sus modificaciones o sobre la base de un Balance especial - según sea el caso-, ce-rrado a una fecha que no exceda de un mes de la circunstancia que origina el uso del derecho de receso y la forma de cancelación se efectuará conforme al procedimiento indicado en la cláusula anterior. Novena: La administración, representa-ción legal de la sociedad y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, que actuarán en forma indistinta y según se resuelva al designarlos por la Asamblea de Socios por el término de tres años, siendo reelegibles. En cumplimiento de lo establecido por los Arts. 157 y 256 de la Ley General de Sociedades, quienes sean designados Gerentes, se obligan a prestar una garantía del 5% del capital, la que resulta de cuatro mil quinientos pesos ($4.500) y se podrá hacer efectiva en dinero o con un pagaré sin pro-testo a nombre de la Sociedad. La Gerencia tiene todas las facultades para dirigir y administrar la

sociedad, pudiendo en consecuencia: Celebrar en nombre de la misma toda clase de actos y contra-tos que no sean notoriamente extraños al objeto social, incluidos aquellos para los cuales los facul-ta el Código Civil y Comercial de la Nación; adqui-rir, gravar y enajenar bienes muebles e inmuebles; construir, adquirir, transferir o cancelar -con las li-mitaciones que al final de esta cláusula se indi-can- gravámenes, hipotecas, prendas y en gene-ral toda clase de derechos y obligaciones sobre bienes muebles, inmuebles o semovientes, fon-dos de comercio, marcas de fábrica, patentes, tí-tulos privados o públicos, cuotas, acciones y otros valores mobiliarios; importar o exportar, aceptar, librar y endosar letras de cambio, cheques, giros, pagarés o cualquier otro documento comercial o título de crédito; celebrar toda clase de contratos con personas jurídicas o físicas; intervenir en con-cursos del sector público o privado; operar con entidades financieras públicas o privadas; esta-blecer agencias, sucursales u otra especie de re-presentación, dentro y fuera del país; otorgar toda clase de poderes -incluso judiciales para querellar judicialmente- o extrajudiciales, a una o más per-sonas, con el objeto y extensión que juzgue con-veniente. La enunciación precedente no es limita-tiva sino enunciativa, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se relacionen directamente o indirectamente con el objeto social a excepción del otorgamiento de fianzas, avales o garantías, en cualquier forma, para lo cual se requerirá el acuerdo de la mayoría de los socios que repre-senten la mayoría del capital. Décima: Por este contrato se designa como Gerentes al señor Mau-ro Cores, nacido el 17 de ciciembre de 1976, ar-gentino, comerciante, D.N.I. Nro. 25.175.180, sol-tero y domiciliado en calle Sargento Cabral 963 de la ciudad de Neuquén, Pcia. del Neuquén; a la señora Melina Cores, nacida el 16 de noviembre de 1978, argentina, comerciante, D.N.I. Nro. 26.999.192, casada con José María Rondolini, D.N.I. Nro. 26.329.556 y domiciliada en Sargento Cabral 963 de la ciudad de Neuquén y al señor Pablo Cores, nacido el 13 de febrero de 1984, ar-gentino, comerciante, D.N.I. Nro. 30.725.821, sol-tero y domiciliado en calle Sargento Cabral 963 de la ciudad de Neuquén, quienes tendrán las facul-tades establecidas en la cláusula anterior. Deci-moprimera: Los socios se reunirán para deliberar toda vez que se trate la modificación del contrato

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social, designación o remoción de Gerentes, ce-sión de cuotas sociales, disolución anticipada de la sociedad y todo otro tema que corresponda ser tra-tado en Asamblea. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo a lo establecido por el Art. 55 de la Ley 19550. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresa-rán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar y firmado por todos los presen-tes. La designación o remoción de Gerentes se de-cidirá por unanimidad de votos. La reunión será convocada por la Gerencia, por sí o a pedido de cualquiera de los socios, con quince días de antici-pación e indicando los puntos del Orden del Día. Participarán también en las Asambleas los Geren-tes no socios, quienes asistirán con voz y sin voto. La Asamblea será convocada por citación personal dirigida al último domicilio legal comunicado y se desarrollará en jurisdicción del domicilio social. Po-drán tratarse puntos no incluidos en el Orden del Día si estuvieren presente todos los socios. Los socios podrán hacerse representar conforme a lo normado por el Art. 239 de la Ley 19550. Regirán el `quórum’ y mayorías contempladas en el Art.160 de la citada Ley y cada cuota da derecho a un voto. Anualmente, dentro de los cuatro meses de cerra-do el ejercicio, se convocará a Asamblea para con-siderar la documentación establecida en la cláusu-la siguiente. Decimosegunda: El ejercicio social cerrará el 31 de julio de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables y toda otra documentación conforme a las disposiciones lega-les vigentes y normas técnicas en la materia. De las ganancias líquidas y realizadas se destinará el cinco por ciento (5%) como mínimo hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital social para integrar la Reserva Legal y el remanente -previa deducción de remuneraciones a Gerentes y reser-vas voluntarias aprobadas por Asamblea- podrá distribuirse entre los socios en proporción a los aportes de capital. Igual criterio será utilizado para soportar las pérdidas. Décimotercera: Disuelta la sociedad, por alguna de las causales del Art. 94 de la Ley 19550, se procederá a su liquidación. A tal efecto actuarán como liquidadores los Gerentes, salvo designación del liquidador o liquidadores por Asamblea de Socios. Cancelado el pasivo social, los liquidadores confeccionarán el balance final y el

proyecto de distribución, reembolsarán las partes del capital y el remanente se asignará en propor-ción a los aportes efectuados por los socios. En este acto los socios acuerdan: a) Facultar al Cr. Da-niel Rodolfo Vergara, D.N.I. Nro. 16.053.588 y/o a quien él designe en forma fehaciente para actuar en forma individual e indistinta a realizar los trámi-tes necesarios a fin de inscribir el presente contrato y los libros societarios pertinentes en el Registro Público de Comercio, autorizándolos a aceptar -cuando lo consideren conveniente- las observa-ciones que al mismo se le formulen y efectuar las modificaciones que correspondan, así como tam-bién para acompañar y solicitar desgloses de docu-mentación, depositar y retirar los fondos a que se refiere el Art. 149 de la Ley 19550. En prueba de conformidad, las partes firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha indicados up-supra. El presente edicto fue ordenado por la Directora General Dra. Graciela Mercau, en los au-tos: “vgr. EDITORIAL DIAMANTE S.R.L. s/Inscrip-ción del Contrato Social”, (Expte. Nro. 22130/15), Dirección General del Registro Público de Comer-cio de la Provincia del Neuquén, Subdirección, 09 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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SAFIRO S.R.L.

Por instrumento constitutivo de fecha 10/08/2015 y modificatorio de fecha 28/08/2015; Adriano Alejandro Petrini, DNI 21.927.252, fecha de nacimiento 03/02/1971, casado con Yanina Valeria Griffouliere, DNI 22.512.675, argentino, comerciante, domiciliado en Pasaje del Sol 825, ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; y Leandro Petrini, fecha de nacimiento 02/10/1994, soltero, argentino, comerciante, domicilio enPasa-je del Sol 825, ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; celebraron el contrato social del SAFI-RO S.R.L.. Domicilio de la Sociedad: Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada con terceros bajo cualquier forma asociativa lícita, en el país como en el exterior, las siguientes actividades: I) Servicio de alquiler y explotación de automotores con o sin chofer, transporte de carga y de personal. Servi-

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cio de limpieza; jardinería, conserjería, portería a comunidades de copropietarios de viviendas, ofici-nas o locales, así como a instituciones o empresas públicas o privadas. II) Compraventa, importación y exportación de los siguientes bienes: Bienes fun-gibles, correspondientes a los rubros alimenticios, cereales, frutos del país, frutas frescas, secas y di-secadas; bebidas alcohólicas y sin alcohol, gaseo-sas y minerales, golosinas, artículos de cosmética y perfumería, artículos de limpieza, indumentaria, artículos del hogar y muebles para el hogar y para oficina, materiales para la construcción, equipa-mientos para oficinas y enseres domésticos; pla-guicidas, fertilizantes, abonos y semillas, artículos de ferretería, productos de la industria electrónica e informática, artículos de óptica y fotografía, artí-culos de librería. Compraventa, importación y ex-portación de motocicletas, ciclomotores, triciclos, automóviles, utilitarios, camionetas, casa rodantes, camiones, vehículos afectados al transporte de cargas peligrosas, vehículos destinados al servicio de emergencia, urgencia y similares; automotores del servicio de transporte de pasajeros. Compra-venta de máquinas agrícolas, viales, de construc-ción, maquinaria pesada y liviana, herramientas para medir y comprobar, de trazado, de sujeción, de cortar, de serrar, rebajar o trocear, herramientas para limar, taladrar, golpear, atornillar o desatorni-llar, soldar, unir, herramientas para construir y he-rramientas agrícolas. Compraventa, importación, exportación y distribución de equipos e insumos médicos-quirúrgicos, odontológicos, traumatolo-gía, oftalmológicos, prótesis e insumos médicos. III) Construcción, realización de obras nuevas, reparación, modificación, ampliaciones, manteni-mientos y refacción en general, instalaciones de agua, electricidad y cloacas. Plazo de Duración: 99 años, desde la inscripción del estatuto en el Regis-tro Público de Comercio. Capital: Pesos trescientos setenta y dos mil. Administración: La administra-ción de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, quienes actuarán en forma individual e indistinta, socios o no, por el término que designe la Asamblea, siendo reelegibles. Gerente: Adriano Alejandro Petrini. Fiscalización: Podrá ser efectua-da en cualquier momento por parte de cualquiera de los socios, dentro de los límites del Art. 55 de la Ley General de Sociedades. Fecha de Cierre de Ejercicio Económico: 30 de abril de cada año.

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OIL BULL S.A.

Domicilio: Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Fecha del Contrato Social: Escritura número veintidós de fecha 04/02/2015, escritura modificatoria número sesenta y ocho de fecha 29/04/2015 y escritura modificatoria número cien-to ochenta y tres de fecha 01/10/2015. Socios: Horacio Juan Miguel, argentino, divorciado, Docu-mento Nacional de Identidad Nº 12.038.023, na-cido el 5 de abril de 1956, de profesión empresa-rio, con domicilio en Calle 4, Casa N° 329, Barrio Rincón Club de Campo de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén y Fernando Juan Miguel, argentino, soltero, Documento Nacional de Iden-tidad N° 32.779.199, nacido el 8 de abril de 1987, de profesión Licenciado en Comercialización, con domicilio en Calle 4, Casa N° 329, Barrio Rincón Club de Campo de la ciudad de Neuquén, Provin-cia del Neuquén. Duración: 99 años a partir del día de su inscripción registral. Objeto: La socie-dad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros en el país o en el extranjero a entes públicos o privados, las siguientes actividades: a) Transporte: Servicio de transporte terrestre de carga, mercaderías gene-rales, fletes, acarreos, mudanzas, encomiendas, sustancias líquidas, sólidas o gaseosas, hidrocar-buros, materias primas y elaboradas, alimenticias, equipajes, servicios de grúas con equipos propios o de terceros, transporte, de todo tipo de merca-dería, transporte de todo tipo de material de cons-trucción, transporte de personal y de pasajeros, -con excepción de concesiones públicas- cum-pliendo con las respectivas reglamentaciones, nacionales y provinciales, su distribución, alma-cenamiento, depósito y embalaje. b) Constructo-ra: La construcción, fabricación e instalación de estructuras terrestres requeridas y convenientes para la producción, procesamiento y transporte de hidrocarburos y sus derivados y cualquier otra sustancia, líquidas, sólidas o gaseosas y mine-rales en general. Construcción, remodelación y mantenimiento de estaciones de bombeo, inyec-ción, compresión del flujo de crudos, depósitos de combustibles, tuberías de acero, gasoductos, oleoductos, canales, tanques metálicos, lagunas para tratamiento de agua potable y aguas servi-das, tendidos eléctricos, postes de alumbrados, instalaciones eléctricas, construcción, ampliación,

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mantenimiento, remodelación, prueba y puesta en marcha de subestaciones eléctricas, construc-ción, mantenimiento y remodelación de alcanta-rillas, locaciones y campamentos. Limpieza de superficies metálicas, aplicación de todo tipo de revestimiento y acabados con pinturas y cualquier otro tipo de revestimiento a estructuras, tuberías, equipos y superficies metálicas o de cuaquier tipo. Suministro, transporte y colocación de mezclas asfálticas en frío y en caliente, asfalto, material de relleno, capa vegetal, piedra picada, áridos, granzas y cemento. Construcción convencional de viviendas, prefabricadas y mixtas, de oficinas, construcción de edificios, estructuras metálicas de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado y cualquier otra edificación no industrial, edificaciones industriales, como estructura para talleres, galpones, depósitos, edificaciones indus-triales en general, fabricación, instalación, reubi-cación y reparación de oleoductos, gasoductos, acueductos, líneas de vapor, tanto superficiales como enterradas. Construcción civil, mecánica y eléctrica para instalaciones del servicio, prefa-bricación de estructuras metálicas para edificios, galpones, puentes, arcos, cercas, plataformas. Construcción e instalación necesarias para clari-ficar y/o separar aguas efluentes contaminadas con petróleo y/o derivados. c) Alquiler: Dar y tomar en arrendamiento en cualquier forma, toda clase de bienes muebles e inmuebles, propios o de ter-ceros, relacionados a la industria hidrocarburífera, petroquímica y de la construcción. Alquiler de todo tipo de vehículos y equipos, tales como vehícu-los tipo remolque, tráiler, bateas, containers, ca-miones, camionetas y/o automóviles de todo tipo, camiones cisterna, autobús, minibus, todo tipo de grúas, brazos de carga y cualquier otro tipo de equipo, herramientas y/o vehículo requerido para el transporte terrestre de personal, importación y exportación de equipos y materiales relacionados a la industria petrolera, petroquímica y de la cons-trucción. d) Servicios de mantenimiento y repara-ción: Diseño, armado, desarmado, construcción, reparación, fabricación, modificación y manteni-miento de todo tipo de maquinarias relacionada con la industria hidrocarburífera, redes de distri-bución de combustibles, líquidos y/o gaseosos y redes de energía, como asimismo, la fabricación, reparación, mantenimiento, construcción y rehabi-

litación de recipientes sometidos a presión. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad tiene plena capacidad jurídica para celebrar toda clase de actos y contratos y para el ejercicio de todas las acciones que hubiere lugar, sin más limi-taciones que las que expresamente establezcan las leyes o este contrato. Capital Social: El capital social se se fija en la suma de pesos quinientos mil ($500.000), representado por cinco mil (5.000) acciones ordinarias de pesos cien ($100) de valor nominal (VN) cada una y con derecho a un voto por acción. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio com-puesto del número de miembros que fije la Asam-blea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de 3 (tres) con mandato por tres (3) ejercicios, siendo reelegibles. La Asamblea deberá designar suplen-tes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo que estos últimos. Primer Direc-torio: Designar para integrar el órgano de admi-nistración a las siguientes personas: Presidente: Miguel Horacio Juan y Director suplente: Miguel Fernando Juan. Los Directores designados acep-tan los cargos para los cuales fueron designados. En este estado los Directores a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 256 de la Ley 19550, fijan sus domicilios especiales en la calle Alberdi Nº 371, Piso 12, Departamento “A” de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Cierre del Ejercicio: 31 de octubre de cada año. Sede Social: En la calle Alberdi Nº 371, Piso 12, Departamento “A” de la ciudad de Neuquén, Pro-vincia del Neuquén. El presente edicto ha sido or-denado por la Sra. Directora a cargo de la Direc-ción General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén, Dra. Graciela N. Mer-cau, en los autos caratulados: “OIL BULL S.A. s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte. 21783/15). Subdirección, 10 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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WISMI S.A.

Se hace saber que por Acta de Asamblea N° 24 de fecha 09 de enero de 2015, se ha resuel-to la aprobación de los estados contables por el ejercicio finalizado el 30 de septiembre de 2014 y la designación de los señores Michelena Juan

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Carlos, D.N.I 17.344.970, Wisky Agustín, D.N.I. 29.313.300, Wisky José Luis, D.N.I. 11.001.087 y Lavanchi César Omar D.N.I. 10.913.264. A fin de ocupar los cargos de Presidente del Directorio, Vicepresidente, Director titular y Director suplen-te, respectivamente, conforme Acta de Directorio N° 40 del 12/01/2015 de distribución de cargos. El presente edicto ha sido ordenado por la Sra. Directora General del R.P. de Comercio de esta Provincia, en autos caratulados: “WISMI S.A. s/Inscripción de Designación de Directores y Apro-bación de Balance General Nº 9”, (Expte. Nº 21448/15, Año 2015). Subdirección, 3 de septiem-bre de 2015. Fdo. Dra. Mariela J. Dupont, Sub-directora, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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LABORATORIO AUSTRAL S.A.

Se hace saber que por Asamblea General Ordi-naria Unánime de Accionistas N° 42 de fecha 6 de noviembre de 2015 de LABORATORIO AUSTRAL S.A., con sede social en Avda. Olascoaga N° 951 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, se resuelve por unanimidad fijar en tres el número de Directores titulares y en uno el de Directores suplentes y se designa: Presidente: Jorge Alberto Cassará, DNI N° 7.613.588, fecha de nacimiento 27/02/1948, argentino, casado, empresario, domi-ciliado en Ramón Lista N° 861, Haedo, Provincia de Buenos Aires; Vicepresidente: Martín Gustavo Ratto, DNI N° 21.924.387, fecha de nacimiento 12/11/1970, argentino, casado, Economista, do-miciliado en Gallo 1.586, 5° Piso, Dpto. “B” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Director titu-lar: Fabián Conrado Davies, DNI N° 20.385.389, fecha de nacimiento 15/05/1968, argentino, casa-do, Abogado, domiciliado en O’Higgins 2.035 12 Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y Director suplente: Jorge Alberto Cassará (h), DNI N° 23.865.529, fecha de nacimiento 23/03/1974, argentino, casado, Licenciado en Química, domi-ciliado en Ramón Lista N° 861, Haedo, Provincia de Buenos Aires, los que habiéndose encontrado presentes, aceptaron su designación con manda-to hasta la fecha de Asamblea General Ordinaria que trate los estados contables correspondientes

al ejercicio que finaliza en junio 2017. Los Direc-tores designados constituyeron domicilio especial del Art. 256, Ley 19.550 en Av. Olascoaga N° 951 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén.

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SOUTH AMERICAN TRANSPORT S.R.L.

Se hace saber que por Acta número 21 de fecha 1 de septiembre de 2015, los socios de SOUTH AMERICAN TRANSPORT S.R.L. resol-vieron la designación como Gerente de la señora Martha Beatriz Gimenez, quien podrá actuar en forma individual e indistinta por tiempo indeter-minado. El presente edicto fue ordenado en au-tos: “SOUTH AMERICAN TRANSPORT S.R.L. s/Designación de Gerente”, (Expte. Nro. 22038/15), en trámite ante la Dirección General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Subdirección, 04 de diciembre de 2015. Fdo. Ma-riela J. Dupont, Subdirectora, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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MF SERVICIOSSOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Cesión de Cuotas yModificación de Contrato Social

Se hace saber que por instrumento público de fecha 11 de noviembre de 2015, entre el Sr. Hugo Héctor Franco, argentino, nacido el 09 de septiem-bre de 1957, divorciado de sus primeras nupcias, DNI 13.176.716, CUIT 20-13176716-2, con domi-cilio en calle San Martín 4.880, Dúplex 18 de la ciudad de Neuquén Capital y el Sr. Julián Franco, argentino, nacido el 20 de octubre de 1994, solte-ro, DNI. 38.082.453, CUIT 20-38082453-2, con do-micilio en calle San Martín 4.880, Dúplex 18 de la ciudad de Neuquén Capital, intervienen por sí y en su carácter de únicos socios de la razón social MF SERVICIOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CUIT 30-71468763-4, inscripta en el Registro Pú-blico de Comercio con fecha 18 de noviembre de 2014, bajo el número 373, en Folios 2896 a 2912 del Tomo XIII-SRL, convienen celebrar la presente

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cesión de cuotas sociales, bajo los siguientes tér-minos: El Sr. Hugo Héctor Franco, cede y transfiere en forma gratuita a favor de Julián Franco, y éste acepta un mil quinientas (1.500) cuotas sociales de pesos cien ($100) cada una de las que es titular en la mencionada sociedad, quedando conformado el capital social de la siguiente manera: Hugo Héctor Franco, 500 cuotas sociales, o sea, un valor de pe-sos cincuenta mil ($50.000) con un porcentual del 20% del capital social y Julián Franco 2.000 cuotas sociales, o sea, un valor de pesos doscientos mil ($200.000), con un porcentual del 80%. El ceden-te declara que no ha cedido ni transferido dichos derechos y acciones con anterioridad, quedando el cesionario subrogado en la plenitud de sus de-rechos, acciones y obligaciones, colocándose en su mismo lugar y grado de subrogación para todos los efectos legales y agrega el cedente que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes. Como consecuencia de la cesión de cuotas y por efecto de la nueva composición de capital, los so-cios resuelven por unanimidad modificar la cláusula quinta del contrato social, la que queda redactada de la siguiente forma: “Quinta: La dirección, admi-nistración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de un Gerente, socio o no de la firma, por el término indeterminado, pudiendo ser reemplazado por decisión de la Asamblea de So-cios. En tal carácter tiene la facultad para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los que requieran poderes especiales. La firma social no podrá ser empleada en avales a favor de terceros o en ne-gocios ajenos a la sociedad. Se designa en este acto al socio Julián Franco como Gerente a partir de la inscripción de la presente modificación del contrato social en el Registro Público de Comercio. El Gerente depositará a la sociedad en concepto de garantía la suma de pesos mil ($1.000) en efec-tivo. El presente edicto es librado por orden de la señora Directora General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén, Graciela N. Mercau, en autos caratulados: “MF Servicios So-ciedad de Responsabilidad Limitada s/Inscripción de Cesión de Cuotas, Renuncia y Designación de Gerente y Modificación de Cláusula Quinta (Admi-nistración), (Expte. Nº 22131/15). Subdirección, 10 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.

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BERTIL GRAHNSOCIEDAD ANÓNIMA AGROPECUARIA

Modificación de Estatutos

En el casco “Lolen” de la Estancia Mamuil Malal, ubicada en Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, República Argentina, siendo las 08:00 horas del día 8 de diciembre de 2013, se reúnen en Asamblea General Extraordinaria los Sres. Accionistas de Bertil Grahn S.A. Agropecua-ria, cuya nómina figura en el libro de depósito de acciones y registro de asistencia Nº 2 al Fº 14, los cuales representan el 100% del capital suscripto y de los votos posibles, resultando en consecuencia cumplida la unanimidad establecida por el Artículo 234 de la Ley de Sociedades, sin la presencia del Inspector General de Justicia. Analizados todos los elementos, el Sr. Presidente, Don Bertil Andino Grahn manifiesta que el acto está legal y estatuta-riamente constituído, por lo tanto, da por abierto el mismo dando lectura al temario que a continua-ción se transcribe: Orden del Día: 1) Designación de dos accionistas para la firma del Acta; 2) Modi-ficación de Estatuto Social en su artículo tercero por ampliación de objeto social en lo que respecta a desarrollo de actividades de agroturismo con caza y pesca por cuenta propia o de terceros. 3) Modificación del Estatuto Social incorporando el artículo décimo séptimo en el que se establecen prioridades en la venta de las acciones sociales. 4) Modificación del Estatuto Social en su artículo undécimo en lo respecta a la Fiscalización privada en cuanto a la prescindencia de la Sindicatura. Se pone a consideración el punto primero y el Presi-dente manifiesta que por la importancia del tema a tratar, es conveniente que todos los presentes suscriban el Acta que surja de ésta Asamblea Ex-traordinaria, lo que resulta aprobado por unanimi-dad. Seguidamente se pone a consideración el segundo punto del Orden del Día, referido a la modificación del Estatuto Social respecto del obje-to social, para ampliarlo e incluir el desarrollo del agroturismo con caza mayor, menor y pesca, por cuenta propia o de terceros. Luego de un cambio de opiniones se aprueba el punto segundo del or-den del día, por lo que modifica el Artículo Tercero del Estatuto Social, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a la explotación y ad-

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ministración de inmuebles rurales, establecimien-tos agrícolas, ganaderos, forestales, vitivinícolas, producción, fabricación, transformación, compra, venta, importación, exportación, distribución, re-presentación, comisión, consignación de produc-tos, artículos y materiales agropecuarios o ane-xos, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, por sí o asociada a terceros. Agroturismo con caza mayor, menor y pesca, por cuenta propia o de terceros. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar cualquier tipo de actos o con-tratos y emprender toda clase de actividades rela-cionadas con su objeto social. Seguidamente, se pone a consideración el tercer punto del Orden del Día referido a la modificación del Estatuto Social, incorporando el artículo décimo séptimo en el que se establecen prioridades en la venta de las accio-nes sociales. Luego de un intercambio de opinio-nes, se propone que el Artículo Decimo Séptimo quede redactado de la siguiente manera, pro-puesta que es aprobada por unanimidad. “Artículo Décimo Séptimo: Limitación a la Transferencia Accionaria. A) El accionista que pretenda transfe-rir parcial o totalmente sus acciones, deberá: 1. Notificar por escrito al Directorio de la sociedad, la totalidad de las condiciones en que se propone enajenarlas, el precio de venta y el nombre del interesado. 2. Dentro de los cinco (5) días corridos de recibida la comunicación, el Directorio deberá notificar por medio fehaciente y en el domicilio de los accionistas la oferta de venta, indicando el pre-cio y el nombre del interesado. 3. A partir de su notificación y dentro de los diez (10) días corridos siguientes, los accionistas podrán ejercer el dere-cho de opción de compra a todo o parte de las acciones ofrecidas; a este efecto deberán notificar por escrito al Directorio. -La opción preferente la tendrán en primer término, los accionistas de la misma clase y, en el supuesto que ningún accio-nista de esa clase ejerciere la opción, las acciones pueden ser adquiridas por los accionistas de las otras clases.- 4. Si ningún accionista ejerciere la opción de compra o ésta fuere ejercida parcial-mente, la sociedad podrá adquirir dichas accio-nes, dentro de los diez (10) días corridos siguien-tes de vencido el plazo acordado a los accionistas en el punto anterior, si cuenta para ello con utilida-des o reservas disponibles o mediante reducción

de capital, cumpliéndose al efecto, los requisitos de la Ley 19550. 5. Vencido dicho plazo y no ha-biendo adquirido la sociedad sus propias accio-nes, el accionista recién podrá transferir libremen-te las acciones. 6. Si más de un accionista ejerciere la opción de compra, salvo acuerdo en-tre ellos, todos los accionistas interesados partici-parán en la adquisición, a prorrata de sus accio-nes. 7. Cuando al tiempo de ejercitar la opción de compra, los accionistas o la sociedad impugnare el precio de las acciones, deberán expresar el que consideren ajustado a la realidad. En este caso, el precio será fijado por un árbitro amigable compo-nedor que designarán las partes interesadas de común acuerdo y cuyo laudo será inapelable. En caso de no ponerse de acuerdo sobre el nombre de un solo árbitro, cada parte designará uno. Si los dos arbitradores no se pusieren de acuerdo en la determinación del precio, ambos designarán un tercero, cuya decisión será final e inapelable. Si no se pusieren de acuerdo sobre el árbitro tercero, el mismo será designado por el Presidente de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. El laudo, en todos los casos, deberá producirse dentro de los treinta (30) días corridos de sometido a su consi-deración el diferendo. Respecto a la fijación del precio, los impugnantes no estarán obligados a pagar un precio mayor que el de la transferencia propuesta, ni el accionista que transfiere a recibir uno menor que el ofrecido por los que ejercitaron la opción. Las costas del procedimiento estarán a cargo de la parte que pretendió el precio más dis-tante del fijado por el laudo arbitral. B) Si falleciere algún accionista, únicamente se incorporarán a la sociedad y se les reconocerá la condición de ac-cionistas, a los parientes por consanguinidad del accionista fallecido, si los hubiere. Su incorpora-ción se hará efectiva cuando acrediten dicha cali-dad; en el interín, actuará en su representación el administrador de la sucesión. A los restantes here-deros, incluso al cónyuge supérstite, la sociedad podrá adquirirles las acciones pertenecientes al accionista fallecido, a cuyo efecto y luego de acre-ditada dicha condición, se les notificará la decisión dentro de los treinta (30) días corridos, siendo de aplicación en lo pertinente el procedimiento de op-ción de compra preferente que se indica en el punto A) anterior. En caso que ello no ocurra, el cónyuge y los herederos podrán incorporarse a la

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sociedad o vender las acciones a un tercero. En todos los supuestos previstos en este punto y en caso de divergencia sobre el precio de las accio-nes, se aplicará lo establecido en el punto A) 7. precedente. A todos los efectos, se tendrá por vá-lido el último domicilio registrado por el accionista en el Registro de Acciones/Accionistas de la so-ciedad. Las cláusulas precedentes deben inter-pretarse como una limitación y no como una pro-hibición a la transferencia de las acciones, limitación acordada atento la naturaleza de la so-ciedad que los accionistas desean preservar y mantener. La limitación deberá constar en el título o en las inscripciones de cuentas, sus compro-bantes y estados respectivos, en su caso. “Segui-damente se pone a consideración el cuarto punto del orden del día referido a la modificación del Es-tatuto Social en lo que respecta al artículo undéci-mo del mismo en relación a la posibilidad de pres-cindir de la Sindicatura en los términos del Art. 284, 2º párrafo de la Ley 19550. Luego de un cambio de opiniones se aprueba el punto cuarto del Orden del Día, por lo que se modifica el artícu-lo undécimo del estatuto social, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo Undéci-mo: La sociedad prescinde de la sindicatura en los términos del Artículo 284, 2º párrafo de la Ley Nº 19550. Sin embargo, cuando quede comprendida en el inciso 2) del Artículo 299 de la Ley citada, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de un Síndico titular elegido por la Asamblea por el tér-mino de un ejercicio. La Asamblea deberá elegir un suplente por el mismo término. En este mismo acto por unanimidad se designa al Sr. Presidente Bertil Andino Grahn a suscribir la respectiva escri-tura y se encomienda y delega en los Escribanos Blanca Haydée Egurza y/o María Gabriela Rub-biolo, Registro Notarial 2 de San Martín de los An-des, la facultad de representación de la empresa para hacer todos los trámites necesarios ante la Dirección de Personas Jurídicas y Simples Aso-ciaciones y ante el Registro Público de Comercio a fin de que se concrete lo aprobado y se inscriba la presente. No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 13 horas se levanta la sesión firman-do al pie de la presente de conformidad. Hay dos firmas ilegibles Bertil Andino Grahn, Presidente María Josefina Sempere de Grahn, Vicepresiden-te”.

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IC ARQUITECTURA SRL

Contrato Social

Socios: Irigoin Ramiro, de nacionalidad argen-tina, DNI Nro. 21.589.923, de estado civil divorcia-do, de profesión Arquitecto, domiciliado en la calle Brown Nro. 328 de la ciudad de Neuquén, Provin-cia del Neuquén, nacido el día 19 de septiembre de 1970; y Cuenca Andrea Valeria, de nacionali-dad argentina, DNI Nro. 22.116.476, de estado civil soltera, de profesión Arquitecta, domiciliada en la calle Hipólito Irigoyen Nro. 332, Piso 6º, Departa-mento 2 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, nacida el 21 de abril de 1971. 2) Fecha de Constitución: 05 del mes de agosto de 2015 y modificatoria de fecha 09 del mes de noviembre de 2015. 3) Denominación: “IC ARQUITECTURA SRL”. 4) Domicilio y Plazo: Domicilio legal y admi-nistrativo en la jurisdicción de la ciudad de Neu-quén, Provincia del Neuquén, en la calle Leloir Nro. 949, Piso 6º, Depto. “B” de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, siendo éste el correspon-diente al de la sede social. Plazo: 99 años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Públi-co de Comercio. 5) Objeto: Elaboración, diseño, creación, ejecución y venta de obras de ingeniería civil y arquitectónica; direcciones de obra, cons-trucciones, representación técnica, investigacio-nes científicas para la producción de materiales y la prestación de servicios de arquitectura en gene-ral. 6) Capital Social: El capital social se fija en la suma de $70.000,00 (pesos setenta mil), dividido en 70 (setenta) cuotas iguales de $1.000,00 (pe-sos un mil) cada una, que son suscriptas en su totalidad por los socios en la proporción siguien-te: Sr. Irigoin Ramiro: 35 (treinta y cinco) cuotas de $1.000,00 cada una, total: $35.000,00; la Sra. Cuenca Andrea Valeria: 35 (treinta y cinco) cuo-tas de $1.000,00 cada una, total: $35.000,00. El 25% (veinticinco por ciento) del aporte se integra en efectivo y el saldo se integrará en un plazo de un (1) año. 7) Administración y Representación Legal: Dirigida y administrada por el/los socios Gerentes. Los socios Irigoin Ramiro y Cuenca An-drea Valeria, quedan nombrados Gerentes de la sociedad, teniendo a su cargo la firma social. La firma social no podrá ser empleada en avales a favor de terceros o en negocios ajenos a la so-ciedad. 8) Fiscalización: La fiscalización de la so-

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ciedad la realizarán los socios en los términos del Art. 55 de la Ley 19550. Cuando por aumentos de capital social la sociedad quedare comprendi-da en lo dispuesto por el segundo párrafo del Art. 158 de la Ley 19550, la Reunión de Socios que determine dicho aumento designará un Síndico titular y un Síndico suplente. 9) Fecha de Cierre de Balance: Al último día del mes de julio de cada año. 10) Autorización para gestionar inscripción: Los señores socios designan al Sr. Rizzo Alejan-dro Maximiliano, titular del DNI Nro. 28.932.701 y a la Sra. Cirullo Crespo Luzmira Alina, titular del DNI Nro. 27.255.425 y los facultan con amplio poder para realizar los trámites legales de constitución e inscripción de la sociedad. El presente edicto es librado por orden de la señora Directora General del Registro Público de Comercio de la Provincia de Neuquén, Graciela N. Mercau, en autos caratu-lados: “IC Arquitectura SRL s/Inscripción Contrato Social”, (Expte. N° 21824/15). Subdirección, 14 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia Raone, Se-cretaria Subrogante.

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LABORATORIO COPAHUE S.A.

Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria Unánime de Accionistas N° 4 de fecha 15 de octubre de 2014 de LABORATORIO CO-PAHUE S.A., con sede social en Avda. Olascoaga N° 951 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, se resuelve por unanimidad fijar en cua-tro el número de Directores y se designa: Presi-dente: Jorge Alberto Cassará, L.E. N° 7.613.588, Vicepresidente: Martín Gustavo Ratto, DNI N° 21.924.387, Director titular: Fabián Conrado Da-vies, DNI N° 20.385.389; y Director suplente: Jor-ge Alberto Cassará (h), DNI N° 23.865.529, los que habiéndose encontrado presentes, aceptaron su designación.

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SERVICIOS GENERALES DEMANO DE OBRA S.A.

Se hace saber que por Acta de Asamblea Ge-neral Extraordinaria N° 8 de fecha 31/12/2014, Acta de Asamblea Extraordinaria N° 11 de fecha

17/09/2015 y Acta de Asamblea Extraordina-ria N° 12 de fecha 30/10/2015, se ha resuelto la remoción del Directorio (integrado por Presi-dente: Daniel Omar Escontrela, DNI 16.251.191 y Director suplente: María Carolina de Belén Bianchetti, DNI 16.690.599); la disolución de la sociedad y designación de liquidadores, siendo designados los siguientes liquidadores: Martín Diez, DNI 22.473.308, Roxana Valeria Castañe-da, DNI 25.308.143 y María Nieves Livano, DNI 24.444.982, quienes aceptaron el cargo median-te instrumentos privados. El presente edicto fue ordenado en autos caratulados: “Servicios Gene-rales de Mano de Obra S.A. s/Inscripción de Diso-lución y Designación de Liquidador”, (Expte. Nro. 21513, Año 2015).

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SPR Services S.R.L.

Por instrumento constitutivo de fecha 21 de julio de 2014 y modificatorios del 22 de agosto de 2014, 23 de junio de 2015, 08 de septiembre de 2015, 14 de octubre de 2015 y 25 de noviembre de 2015, los señores Alonso Julio Carlos Rodrigo, con domicilio en calle Lago San Roque 2.045 de la cuidad de Neuquén, Departamento Confluencia, Provincia del Neuquén, de estado civil casado con Villa, Silvana Carina, DNI 21.952.978, de profesión Licenciado en Ciencias Políticas, de nacionalidad argentina, nacido el 25 de mayo de 1971, DNI 22.287.159; y Caldart Pablo Gabriel, con domicilio en calle Del Aguaribay 10, La Alameda, Nordelta, Tigre, Buenos Aires, de estado civil casado con Belvisi, Carolina Inés, DNI 23.124.401, de pro-fesión Licenciado en Marketing, de nacionalidad argentina, nacido el 30 de junio de 1974, DNI: 23.918.234, celebraron el contrato social de SPR Services S.R.L.. Domicilio de la Sociedad: Domi-cilio social y legal constituido en calle La Pampa 650 de la ciudad de Neuquén, Departamento Con-fluencia, Provincia del Neuquén. Objeto: Tendrá por objeto social dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros o mediante el sistema de franquicias las siguientes actividades: I) Locación: Alquiler de maquinarias, equipos y ve-hículos por vía terrestre con o sin operarios que resulten necesarios para la actividad petrolera, gasífera y minera, y alquiler de bienes inmuebles

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propios; II) Servicios Gastronómicos: Prestación y comercialización de servicios alimenticios o gas-tronómicos: Servicio de catering, servicios de co-midas; III) Hotelería: Dedicarse al negocio de ho-telería, mediante el alojamiento de personas, para lo cual podrá: 1) Comprar o locar bienes y edificios destinados a la hotelería; 2) Explotar por cuenta propia o por concesión, edificios destinados a la hotelería, hospedaje o albergues transitorios; IV) Constructora: De carácter público o privado, civil o militar, como obras viales de apertura, mejoras y pavimentación de calles y rutas; construcción de diques, embalses, canalización, purificación y potabilización de aguas, desagües y redes de desagües; instalación y/o tendido de redes de gas natural, tanto domiciliaria como industrial; obras de electrificación, tendido de líneas eléctricas y redes de alta tensión, construcción de usinas, subusinas, redes de retransmisión, instalaciones de protección contra incendios e inundaciones, construcción de estructuras y/o infraestructuras de hormigón o metálicas para puentes, pistas de aterrizaje y puertos, demolición y construcciones civiles, gasoductos, oleoductos, diques, usinas, edificios y todo tipo de obras de ingeniería y ar-quitectura. Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal y en general la construcción, reparación o demolición de todo tipo de inmuebles, la construcción de todo tipo de obras públicas o privadas, sea a través de contra-tación directa o de licitaciones para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura. Construcción, reparación, conservación y montaje de elementos metalúrgicos; V) Transporte: Explo-tación del servicio de transporte terrestre de car-gas generales, tanto nacional como internacional, mediante la utilización de vehículos propios y/o de terceros; VI) Financiera: Mediante la financiación de las actividades objeto de este contrato y de ac-tividades similares efectuadas por terceros, otor-gando y recibiendo préstamos con o sin garantía, a sola firma, o mediante leasing, prendas, hipote-cas, excluyendo las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras; VII) Servicios de consultoría, asesoramiento y entrenamiento ge-rencial y técnico, incluyendo capacitación, proyec-ción y planeamiento, en materia petrolera, gasífe-ra y minera. Plazo de duración: La sociedad tendrá una duración de 99 años. Capital: El capital social

se fija en la suma de pesos seiscientos setenta y cuatro mil ($674.000,00), que se divide en cuotas iguales de pesos diez ($10). Las cuotas son sus-criptas en las siguientes proporciones: El señor Caldart Pablo Gabriel, cincuenta mil quinientas cincuenta (50.550) cuotas, por la suma de pesos quinientas cinco mil quinientos ($505.500,00); y el señor Alonso Julio Carlos Rodrigo, dieciséis mil ochocientas cincuenta (16.850) cuotas, por la suma de pesos ciento sesenta y ocho mil quinien-tos ($168.500,00). Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarías. La Asamblea de Socios, con el voto favorable de más de la mitad del capital, aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración, guardando la misma proporción de cuotas en que cada socio sea titular al momento de la decisión. Administra-ción: La administración, la representación legal y el uso de la firma social estará a cargo del socio Gerente titular, pudiendo ser reemplazado por de-cisión de la Asamblea de Socios, teniendo todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellos para los cuales se requie-ren poderes especiales según lo estipula el Artícu-lo 1881 del Código Civil y el Artículo 9 del Decre-to-Ley 5965/63. En consecuencia, puede celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, como por ejemplo: Operar con todo tipo de Bancos o instituciones financieras, oficiales, priva-das o mixtas, nacionales o del extranjero y otorgar a una o más personas poderes judiciales con el objeto y la extensión que juzgue conveniente. Con carácter previo a aceptar el cargo y en garantía al ejercicio de sus funciones, el socio Gerente de-signado deberá depositar en una entidad bancaria a la orden de la sociedad dinero en efectivo que ascenderá a la suma de pesos cinco mil. Adminis-tradores: Se designa como socio Gerente a Alon-so Julio Carlos Rodrigo, quien constituye domicilio en la calle Lago San Roque 2.045 de la ciudad de Neuquén. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad la realizarán los socios en los términos del Art. 55 de la Ley 19550. Cuando por aumentos de capital social la sociedad quedare comprendi-da en lo dispuesto por el segundo párrafo del Art. 158 de la Ley 19550, la Reunión de Socios que determine dicho aumento designará un Síndico ti-tular y un Síndico suplente, cuyo cargo tendrá una

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duración de 2 años. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: El ejercicio económico financiero de la sociedad finalizará el 31 del mes de diciembre de cada año.

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NC CHOCADOS SRL

Se hace saber por un día la inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén del contrato constitutivo de NC CHO-CADOS SRL. Fecha del Instrumento de Consti-tución: 20 de noviembre del año 2015, modificado por Reunión de Socios de fecha 15 de diciembre de 2015. Socios: Federico Alberto Armesto, de na-cionalidad argentina, de 41 años de edad, D.N.I. 24.037.194, C.U.I.T. 20-24037194-5, de profesión comerciante, estado civil soltero y Gabriela Fabia-na Pavoni, de nacionalidad argentina, de 36 años de edad, D.N.I. 27.331.915, C.U.I.T. 27-27331915-3, de profesión comerciante, estado civil soltera, ambos con domicilio en la calle Catriel 3.043 de la localidad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto Social: Servicios de traslado, guarda y comercialización de vehículos, automotor y sus partes, siniestrados o no a Compañías de Seguro. Plazo de Duración: 30 años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá prorrogarse. Capi-tal Social: Se fija en la suma de pesos sesenta y siete mil ($67.000), dividido en seiscientas seten-ta (670) cuotas de pesos cien ($100) valor nomi-nal cada una, las que se encuentran totalmente suscriptas por cada uno de los socios, según el siguiente detalle: Armesto Federico Alberto tres-cientas treinta y cinco por la suma de pesos treinta y tres mil quinientos y Gabriela Fabiana Pavoni trescientas treinta y cinco por la suma de pesos treinta y tres mil quinientos. Las cuotas se inte-gran en un veinticinco por ciento en dinero efec-tivo. La integración del saldo se deberá realizar dentro de un plazo máximo de dos años computa-dos a partir de la fecha de inscripción de la socie-dad. Dirección, Representación, Administración y Fiscalización: La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más Gerentes en forma individual e indis-tinta, socios o no, por el término de tres ejercicios siendo reelegible/s. Los Gerentes tendrán todas

las facultades que sean necesarias para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad. La fiscalización de la sociedad la realizarán los socios en los términos del Art. 55 de la Ley 19550. Cuando por aumentos de capital social la sociedad quedare comprendi-da en lo dispuesto por el segundo párrafo del Art. 158 de la Ley 19550, la Reunión de Socios que determine dicho aumento, designará un Síndico titular y un Síndico suplente. Fecha de Cierre de Ejercicio Económico: Cierra el 30 de junio de cada año. En este acto los socios acuerdan: a) Fijar la sede social en la calle Félix San Martín 2.200 de la localidad de Neuquén, Provincia del Neuquén; b) Designar a Federico Alberto Armesto como Ge-rente. El presente edicto ha sido ordenado por el Sr. Gerente Federico Alberto Armesto.

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MASINFORMES.NET S.A.

Se hace saber que con fechas 28 de agos-to de 2013, 6 demayo de 2014 y 20 de julio de 2015, se ha constituido una sociedad bajo la de-nominación de: MASINFORMES.NET S. A.. So-cios: Daniel Arturo Serber, argentino, nacido el 11 de septiembre de 1959, Documento Nacional de Identidad N° 13.655.464, de estado civil casado con Teresa Emilia Susana Introcaso, de profesión empresario, domiciliado en Paseo Aitue N° 274 de San Martín de los Andes, Provincia del Neu-quén y Teresa Emilia Susana Introcaso, argentina, nacida el 16 de diciembre de 1963, Documento Nacional de Identidad Nº 16.584.451, de estado civil casada con Daniel Arturo Serber, de profesión empresaria, con domicilio en Paseo Aitue N° 274 de San Martín de los Andes, Provincia del Neu-quén. Domicilio de la Sociedad: Calle Belgrano N° 978, Oficina 2 de la ciudad de San Martín de los Andes, Provincia del Neuquén. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada con terceros, en el país o el exterior, a las siguientes activida-des: Tratamiento de información comercial, credi-ticia, de solvencia económica y de cumplimiento e incumplimiento de obligaciones de contenido patrimonial perteneciente a personas físicas, per-sonas jurídicas, empresas de carácter público, empresas de carácter privado, consumidores y

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compañías comerciales, con la finalidad de pres-tar servicios de información a terceros. Plazo de Duración: 99 años. Capital Social: El capital social se fija en la suma de $100.000 (cien mil pesos), representado por 1.000 (mil) acciones nomina-tivas no endosables de $100 (cien pesos) valor nominal cada una, y con derecho a 1 (un) voto por acción. Composición del Órgano de Adminis-tración: Director titular: Daniel Arturo Serber; Di-rector suplente: Teresa Emilia Susana Introcaso. Organización de la Representación Legal: Admi-nistración, representación y facultades: La admi-nistración de la sociedad estará a cargo de un Di-rectorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea General Ordinaria, entre un mí-nimo de 1 (uno) y un máximo de 3 (tres), los que durarán tres ejercicios en sus funciones, pudien-do ser reelectos. La Asamblea General Ordinaria debe designar suplentes en igual o menor número de los titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. Permanecerán en sus cargos hasta que la próxima Asamblea designe reemplazantes. Los Directores en su primera sesión deberán designar un Presidente y un Vicepresidente, revistiendo los demás el carácter de Vocales. El Directorio se re-unirá por lo menos cada tres meses. y funcionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, resolviendo los temas por mayoría de votos presentes. Sus deliberaciones se transcribi-rán en un Libro de Actas llevado al efecto. Fecha de cierre del Ejercicio: Treinta y uno de julio de cada año. San Martín de los Andes, 16 de diciem-bre de 2015.

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN

Registro Público de Oposición N° 14/2015

Ejecución de Paquete Estructural y Carpeta Asfáltica calle Huechulafquen. Llámese a Registro Público de Oposición a los vecinos propietarios, usufructuarios, poseedores o tenedores de los inmuebles comprendidos den-tro del área afectada por la obra, bajo el Régimen

LICITACIONES

de Ordenanzas N° 11237 y 12400, por el término de treinta (30) días para la oposición de la obra: Ejecución de Paquete Estructural y Carpeta Asfál-tica calle Huechulafquen.

Quedan comprendidas las propiedades in-muebles que tengan frente a las siguientes calles:

Calle entre ancho en metros.Huechulafquen Dr. Abraham y 7,60 Los InmigrantesHuechulafquen Los Inmigrantes y 9,00 Gdor. MorenoHuechulafquen Gdor. Moreno y 7,70 Lago Ruca ChoroyHuechulafquen Lago Ruca Choroy y 7,65 Cabo 1º GuerreroRawson Cabo 1° Guerrero y 7,70 Av. del Trabajador

Las Caracteristicas de la Obra son las Siguien-tes: Tipo de Pavimento: Concreto asfáltico (flexible) o pavimento de hormigón (rígido) de acuerdo a pro-yecto, con un paquete estructural que garantice su durabilidad. Modalidad de Ejecución: Unidad de medida y precios unitarios. Costo al Frentista: A razón de $220,00 el metro cuadrado de asfalto. El precio incluye los des-cuentos y/o aumentos por las mejoras útiles que puedan existir o reemplazos o demoliciones que haya que realizar. Las bocacalles se encuentran distribuidas entre los beneficiarios de la obra. Plazo de Ejecución: 90 (noventa) días corridos.Sistema de Prorrateo: El costo a distribuir entre las propiedades será en función de los metros li-neales de frente de cada propiedad beneficiada por la mitad del ancho de calzada correspondien-te, más el proporcional de las bocacalles. Los lotes en esquina tendrán un descuento del 20% con excepción de aquellos sujetos al régimen de propiedad horizontal. Forma de Pago para Vecinos Frentistas: Plan de pago para las contribuciones por mejoras con las siguientes características: I) Pago de Contado:Tendrá una quita del 10%

PAGINA 27Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 BOLETIN OFICIAL

(diez por ciento) lI) Pago en Cuotas:

a) Hasta 6 cuotas sin interés de financiación. b) De 7 hasta 12 cuotas, con el cero coma cin-

co (0,5%) de interés mensual sobre el saldo. c) De 13 hasta 24 cuotas, con el cero coma

siete por ciento (0,7%) de interés mensual sobre el saldo.

d) De 25 hasta 36 cuotas, con el cero coma nue-ve (0,9%) de interés mensual sobre el saldo.

e) De 37 hasta 60 cuotas, con el uno por cien-to (1%) de interés mensual sobre el saldo.

Cuando se optare por el pago en cuotas de los in-cisos b) a e), el monto determinado de acuerdo al primer párrafo de este artículo se financiará apli-cando el sistema francés, con cuotas mensuales, iguales y consecutivas. La primera se pagará en el momento de la adhesión al plan de pagos. Plazo para Formular Oposición: Desde el 9 de diciembre de 2015 hasta el 7 de enero de 2016 inclusive. Lugar para Formular la Oposición: En la Subse-cretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Neuquén, Avda. Argentina y Roca, 4to. Piso. Requisitos para Efectivizar la Oposición: D.N.I. y constancia de dominio, posesión o tenencia del inmueble.

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN

Licitación Pública Nº 18/2015

Objeto: Concesión de la explotación de confite-ría, restaurante y de eventos culturales del MNBA. Fecha y Lugar de Apertura de Ofertas: 23 de diciembre de 2015 a las 10 horas, en la Direc-ción de Compras y Contrataciones, Avda. Argen-tina y Roca - 1º Piso, Neuquén. Venta de Pliegos: Desde el 2 y hasta el 18 de diciembre de 2015, en la Dirección Municipal de Determinación Tributaria - Div. Cementerio y Tasas Varias, Rivadavia 151 - Neuquén y en Casa del Neuquén, Maipú 48 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Valor del Pliego: Pesos diez mil ($10.000).

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PROVINCIA DEL NEUQUEN

MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN

PRÓRROGA

Regístro de Oposición Nº 13

Objeto: Pavimentación, cordón cuneta y desagües calle Saturnino Torres e/Copahue y Chocón. Por cuestiones administrativas se decidió pro-rrogar por 10 (diez) días el plazo de vencimiento del Registro Público de Oposición Nº 13/2015, Pavimentación, Cordón Cuneta y Desagües, calle Saturnino Torres e/Copahue y Chocón, operando el día 16-12-15.

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CONVOCATORIAS

COOPERATIVA FRUTÍCOLADE NEUQUÉN LTDA.

Matrícula INAC Nº 1186

Asamblea General Ordinaria

Correspondiente a los Ejercicios Septua-gésimo y Septuagésimo Primero, cerrados los días 31 de diciembre de 2013 y 2014, respecti-vamente.

Sres. Socios: En cumplimiento de lo prescripto en el Art. 55 de nuestros Estatutos y de acuerdo a las facultades que los mismos acuerdan, el Consejo de Adminis-tración de la Cooperativa Frutícola de Neuquén Ltda., cita a sus socios a la Asamblea General Ordinaria que se realizará el día 21 de enero de 2016 en el local social, a las 16 horas, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Designación de dos socios para que, con-juntamente con el Secretario y el Presidente, fir-men el Acta de la Asamblea. 2. Razones de la convocatoria fuera de térmi-no.

PAGINA 28 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

Contables al 30/06/2014, 30/06/2015. 4. Designar la Junta Electoral entre los socios presentes y que no integren las listas de candidatos. 5. Elegir a los miembros del Consejo Directivo y de la Comisión de Fiscalización, designando ex-presamente a quienes habrán de desempeñarse como Presidente y Vicepresidente, Secretario, Te-sorero y Vocales. 6. Determinar el monto de las cuotas sociales y de las contribuciones a cargo de los socios y su forma y tiempo de pago.

Neuquén, 11 de diciembre de 2015 Eduardo Raúl Romero, Secretario; Luis Roge-lio Santini, Presidente.

1p 18-12-15_________________

ASOCIACIÓN“GRANDES CANTORES NEUQUINOS”

Asamblea General Ordinaria

Ejercicio Nº 15 - 1 de julio de 2014al 30 de junio de 2015

ORDEN DEL DÍA

1) Designación de dos socios para firmar el Acta de la Asamblea, junto al Presidente y Secre-tario. 2) Lectura del Acta anterior donde se nom-braron los cargos a cubrir. 3) Lectura y aprobación o desaprobación de los Estados Contables. 4) Lectura y aprobación o desaprobación de la Memoria Histórica del Ejercicio. 5) Elección por voto directo de los socios que ocuparán los cargos que se renuevan, a saber 1 Presidente, 1 Vicepresidente, 1 Tesorero, 1 Pro-Tesorero, 3 Vocales titulares, 2 Vocales suplentes y Comisión Revisora de Cuentas (2 titulares y 1 suplente). Lugar: El Biguá” - Río Negro 1.500 - (Nqn. Cap.) Fecha: 28-12-2015, 10:00 horas.

Neuquén, 10 de diciembre de 2015. Fdo. Ariel Omar E. Minadeo, Secretario; Ange-la B. Pascual, Presidente.

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3. Lectura y consideración de los siguientes elementos: Memoria, Balance y Estado de Re-sultados, correspondientes a los Ejercicios Sep-tuagésimo y Septuagésimo Primero, cerrados los días 31 de diciembre de 2013 y 2014, respectiva-mente. Destino de los Resultados. 4. Partida del Consejo de Administración (Art. 67 de la Ley 20337). 5. Nombramiento de una Mesa Escrutadora. 6. Elección de seis Consejeros titulares por terminación de mandato. 7. Elección de tres Consejeros suplentes, por un año. 8. Elección de un Síndico titular y un Síndico suplente por terminación de mandato. Art. 32. Estatuto: Las Asambleas se realizarán válidamente sea cual fuere el número de asisten-tes, una hora después de la fijada en la convoca-toria, si antes no se hubiere reunido la mitad más uno de los asociados.

El Consejo de Administración Fdo. Oscar Alfredo Martín, Secretario; Juan Carlos Paulovich, Presidente.

1p 18-12-15_______________

ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS NORPATAGONIA

Asamblea Anual Ordinaria

Señores Asociados: De acuerdo a lo dispues-to por el Consejo Directivo de la Asociación de Productores Asesores de Seguros Norpatagonia y en cumplimiento a lo establecido en los Artículos 30, 32 y 33 del Estatuto Social, nos complacemos en invitar a los señores asociados a la Asamblea Anual Ordinaria, que tendrá lugar el día 05 de enero de 2016 a las 18:00 hs., en Independencia 744 de la ciudad de Neuquén, a efectos de consi-derar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Designación de dos asociados para firmar el Acta de Asamblea. 2. Razones del llamado fuera de término e in-forme del Consejo Directivo. 3. Lectura y consideración de los Estados

PAGINA 29Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 BOLETIN OFICIAL

ECOMED SRL

Asamblea de Socios

Por la presente se los convoca a la Asamblea de Socios en primera convocatoria, a celebrarse el 25 de enero del año 2016 a las 17:00 hs. y en segunda convocatoria a las 18:00 hs., en la sede social de ECOMED SRL. sita en la calle Córdoba N° 106 de la ciudad de Neuquén Capital, para tra-tar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1) Designación de socio Gerente, debido a la finalización del mandato del Sr. Eduardo César Vi-tal, e encomendado mediante Acta N° 11 de fecha 28 de noviembre del año 2012. Neuquén, 15 de diciembre de 2015. Fdo. Eduardo C. Vitale, Gerente.

1p 18-12-15_________________

ASOCIACIÓN DE PADRES DE LAESCUELA ESPECIAL LABORAL Nº 2

Asamblea General Ordinaria

Convoca a Asamblea General Ordinaria:

ORDEN DEL DÍA

- Aprobación del Balance de Gestión. - Renovación de las Autoridades. - Informe de Dirección.Día y hora: 23 de diciembre de 2015 - 18 hs..-Lugar: San Juan e Illia - ciudad de Neuquén.

Comisión Directiva Fdo. Pablo Torres, Secretario.

1p 18-12-15________________

CLUB S Y C ATLÉTICO NEUQUÉN

Asamblea Ordinaria

El Club S y C Atlético Neuquén, convoca a Asamblea Ordinaria a realizarse el día 14 de ene-ro del 2016 a las 19 horas, en su sede social de

Intendente Carro 255 de la ciudad de Neuquén, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1°) Razones del llamado fuera de término. 2°) Aprobacion de la Memoria y Balances de los Ejercicios 2010 - 2011 - 2012 - 2013 y 2014. 3°) Elección de autoridades (Comision Directi-va y Revisora de Cuentas). 4°) Moratoria. 5°) Fijación cuota social. Nota: La Asamblea se celebrará válidamente cual-quiera sea el número de socios que concurran transcurrido los 30 minutos de la hora fijada en dicha convocatoria Fdo. Jorge López, Secretario; Rubén Ramos, Presidente.

1p 18-12-15________________

CLUB NÁUTICO SAN MARTÍN DE LOS ANDES

Asamblea General Extraordinaria

La Comisión Directiva del Club Náutico San Martín de los Andes, en cumplimiento con las obligaciones establecidas en su Estatuto Social, convoca a los asociados a la Asamblea General Extraordinaria que se llevará a cabo en la Biblio-teca del C.P.E.M. Nº 13, Perito Moreno 829 de la ciudad de San Martín de los Andes el día sábado 19 de diciembre de 2015 a las 14 horas, para tra-tar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1) Designación de dos socios para suscribir el Acta. 2) Elección de un Vicepresidente, un Secreta-rio, un Vocal y el miembro titular de la Comisión Revisora de Cuentas para cubrir los cargos va-cantes por renuncia. 3) Información sobre la situación de la Asocia-ción. Asimismo se hace saber que la correspon-diente documentación está disponible en: www.cnsma.com.ar Fdo. José Luis Cartolano, Presidente.

1p 18-12-15

PAGINA 30 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

EDICTOS

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secreta-ría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neu-quén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Rodríguez Fernando Antonio s/Apremio”, (Expte. Nº 473890), Sr/a. Rodríguez Fernando Antonio, para que dentro de los 10 días a contarse desde la última publica-ción, comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes, para que lo represente en él (Art. 343 del C.P.C.yC.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 02 de no-viembre de 2015. Fdo. Dra. Vanina Forquera, Se-cretaria.

5p 20, 26-11; 04, 11 y 18-12-15_______________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2, a cargo de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Úni-ca a cargo del Dr. Mario Javier Alarcón, sito en Diagonal 25 de Mayo 51, 2º Piso de la ciudad de Neuquén, comunica al demandado en los autos: “Provincia del Neuquén c/Contreras Antonio s/Apremio”, (Expte. 441701/11), Sr./a Contreras Antonio, D.N.I. 22.474.114, para que dentro de los 10 días a contarse desde la última publicación comparezca a tomar la intervención que le corres-ponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); median-te la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaria, 06 de noviembre de 2015. Fdo. Ayelén Ruffa, Prosecretaria.

5p 20, 26-11; 04, 11 y 18-12-15____________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2, a cargo de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Única a cargo del Dr. Mario Javier Alarcón, sito en Dia-gonal 25 de Mayo 51, 2º Piso de Neuquén Capi-tal, comunica al demandado en autos: “Provin-cia del Neuquén c/Alfatrade S.A. s/Apremio”, (Expte. 496454/13), Sr./a. Alfatrade S.A., CUIT:

30-64193979-6, para que dentro de los 10 días a contarse desde la última publicación, comparez-ca a tomar la intervención que le corresponde en éste proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo repre-sente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante la pu-blicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cin-co) días. Secretaria, 02 de noviembre de 2015. Fdo. Ayelén Ruffa, Prosecretaria.

5p 20, 26-11; 04, 11 y 18-12-15_______________

Dra. Gloria Anahí Martina, Juez en Primera Instancia a cargo del Juzgado de Familia y Jui-cios Ejecutivos Nº 2, Zapala, sito en Etcheluz Nº 650 de esta ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén de la Tercera Circunscripción Judicial de Neuquén, Secretaría de Juicios Ejecutivos a mi cargo, en los autos caratulados: “Provincia del Neuquén c/Silva Mercedes s/Apremio”, (Expte. Nº 23648/13), cita y emplaza a los sucesores de Silva Mariana, DNI 557.752, y/o a quien se consi-dere con derecho para que en plazo de diez (10) días comparezcan a tomar intervención en autos, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Ausentes para que los represente. Publíquen-se edictos por (5) cinco días en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. Gloria Anahí Martina, Juez. Secretaría, 27 de octubre de 2015. Fdo. Dr. Ezequiel N. Sig-norile, Prosecretario.

5p 26-11; 04, 11, 18 y 23-12-15___________

Dra. Gloria Anahí Martina, Juez en Primera Instancia a cargo del Juzgado de Familia y Jui-cios Ejecutivos Nº 2, Zapala, sito en Etcheluz Nº 650 de esta ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén de la Tercera Circunscripción Judicial de Neuquén, Secretaría Ejecutivos a mi cargo, en los autos caratulados: “Provincia del Neuquén c/Maldonado Jesús Ángel s/Apremio”, (Expte. Nº 23608/13), cita a los herederos de Maldonado Jesús Ángel, DNI 8.850.000, para que en plazo de diez días comparezcan a tomar intervención en autos, bajo apercibimiento de designar Defen-sor Oficial de Ausentes para que los represente. Publíquense edictos por cinco días en el Boletín Oficial. Secretaría, 05 de noviembre de 2015. Fdo. Dr. Ezequiel N. Signorile, Prosecretario.

5p 26-11; 04, 11, 18 y 23-12-15

PAGINA 31Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 BOLETIN OFICIAL

última publicación comparezca a tomar la inter-vención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 29 de octubre de 2015. Fdo. Roxana Raimondi, Prosecretaria.

5p 04, 11, 18, 23 y 30-12-15_______________

Tercer Juzgado de Procesos Concursales de la ciudad de Mendoza, con domicilio en calle Pedro Molina 517, Segundo Piso de la ciudad de Mendoza. Autos CUIL: 13-03795319-3 (011903-1017424) ASISTIR S.A. p/Concurso Grande. Fecha de Apertura: Concurso 13/10/2015. ASIS-TIR S.A., C.U.I.T. Nº 30-68931771-1, con sede social en calle San Juan 871, ciudad de Mendoza. Fecha de presentación: 21/08/2015. Fechas fija-das: 24/11/2015 para que la Sindicatura emita el informe requerido por el Art. 14 inc. 11) y 12) y el Art. 16 de la LCQ; el que estará a disposición de la concursada y demás interesados hasta el día 10/12/2015, dictándose resolución sobre la procedencia de los créditos laborales con dere-cho de pronto pago y el modo de efectivización el día 10/02/2016. Fijar: 30/03/2016 hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndi-co; habilitándose al efecto dos horas más del día hábil siguiente; conforme a Acordada de fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 de la Excma. Primera Cámara de Apelaciones. Fijar el día 13/04/2016, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas, en el domicilio de la Sin-dicatura (Art. 34 LCQ); Fijar el día 04/07/2016 presentación del Informe Individual de Créditos (Art. 35 LCQ). Fijar el día 01/09/2016 fecha en la cual el Juzgado decidirá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes formuladas por los acreedores (Art. 36 LCQ). Fijar el 14/10/2016 hasta la cual la Sindicatura deberá presentar el Informe General (Art. 39 LCQ). Fijar el 28/10/2016 hasta la cual el deudor y quienes hayan solicitado verificación pueden presentar observaciones al Informe General (Art. 40 LCQ). El 15/09/2016 el deudor presentará la clasificación y agrupamiento de acreedores (Art. 41 LCQ). Fijar el 17/04/2017

Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Juez en Pri-mera Instancia a cargo del Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital de esta ciu-dad de Neuquén, Provincia del Neuquén de la Primera Circunscripción Judicial de Neuquén, Secretaría Única a mi cargo, en los autos caratu-lados: “Provincia del Neuquén c/Ovejero Car-los Maximiliano y Otro s/Apremio”, (Expte. Nº 397792/2009) cita al Sr. Ovejero Carlos Maximilia-no, DNI 22.219.532, para que dentro del plazo de diez días comparezca a tomar la intervención en autos, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente. Publí-quense edictos por cinco días en el Boletín Oficial. 20 de noviembre de 2015. Fdo. Dra. Vanina For-quera, Secretaria.

5p 04, 11, 18, 23 y 30-12-15_______________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2, a cargo de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Única a cargo del Dr. Mario Javier Alarcón, sito en Diago-nal 25 de Mayo 51, 2º Piso de la ciudad de Neu-quén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Cashmere S.R.L. s/Apremio”, (Expte. 441982/11), Sr./a Cashmere S.R.L., CUIT 30-70718537-2, para que dentro de los 10 días a contarse desde la última publicación comparezca a tomar la intervención que le corres-ponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); median-te la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Se hace saber que lo antedicho implica una única publicación en el Boletín Oficial. Secretaría, 23 de noviembre de 2015. Fdo. Ayelén Ruffa, Prosecretaria.

5p 04, 11, 18, 23 y 30-12-15_______________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2, a cargo de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Única a cargo del Dr. Mario Javier Alarcón, sito en Diagonal 25 de Mayo 51, 2º Piso de la ciudad de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Pro-vincia del Neuquén c/Herederos de Bustingo-rry Rómulo s/Apremio”, (Expte. 478874/12), Sr./a herederos de Bustingorry Rómulo, para que dentro de los 5 (cinco) días a contarse desde la

PAGINA 32 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

a las doce horas la audiencia informativa (Art. 45 LCQ). Fijar el 24/04/2017 en la cual vence el pe-ríodo de exclusividad. Conforme resolutivo XV in fine se ordena publicar edictos por cinco días en un Diario de amplia circulación y en el Diario de publicaciones legales del lugar de ubicación de cada uno de los establecimientos existentes en julio de 2014. Síndicos: Contadoras María Tere-sa Mellado y Myriam Ruth Chambouleyron con domicilio en calle Avda. España Nº 1.057, Planta Baja, Oficina 13, ciudad de Mendoza. Horarios de atención días lunes, miércoles y jueves de 16:00 horas a 20:00 horas. Se habilita al efecto, dos hora más del día hábil siguiente de 16 a 18 horas (Resolución 06/06/2010 “Excma. Primera Cámara de Apelaciones”) para verificación e impugnación de créditos. Tel. 5243335; Cel.: 261 3016146 - 2616502763. Fdo. Dr. Pablo González Masanés, Juez. Publicación: Cinco días en Diario de Amplia circulación y Diario de publicaciones legales. Dra. Paula Silvina Lucero, Secretaria.

5p 11, 18, 23, 30-12-15 y 08-01-16_______________

Dr. Andrés Luchino, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 2, Secretaría Única de la IV Circunscripción Judicial del Neuquén, sito en Félix San Martín y Lamadrid de Junín de los Andes, cita y emplaza por diez días al señor Teodomiro Suárez, Cédula de Iden-tidad 128.988, a fin de que comparezca a estar a derecho en autos: “Suárez Teodomiro s/Ausen-cia con Presunción de Fallecimiento”, (Expte. 35276/2013), bajo apercibimiento de que si no lo hiciere y se acreditaren los extremos legales, se declarará la presunción de su fallecimiento, sin perjuicio de lo previsto en el Art. 92 del CCyCN. Publíquese por un día durante seis meses en el Diario La Mañana del Neuquén y en el Boletín Ofi-cial. Junín de los Andes, 19 de octubre de 2015. Fdo. Dr. Santiago Montorfano, Secretario.

6p 20-11; 18-12-15; 22-01; 19-02; 18-03 y 22-04-16

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El Tribunal de Jueces del Interior, conforma-do por los Dres. Mariano Etcheto, Patricia Lupi-ca Cristo y Leandro Nieves, hace saber: Que en los autos caratulados: “Ponce, Gabriela Silvana s/Dcia.” (Leg. 11451/2014), por Sentencia Firme

de fecha 27 de octubre de 2015, Mauro Adrián Mendez, titular del DNI N° 26.509.413, hijo de Ma-nuel Antonio y de Dora Alicia Canay, nacido el día 23/02/1978, con domicilio en: Calle Islas Malvinas N° 567 de San Antonio Oeste, Pcia. de Río Negro, fue condenado como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado con acceso carnal agravado a la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo con más accesorias legales y costas del proceso. En con-secuecia, agotará la pena impuesta el veintiséis de octubre de 2023 (26-10-23). Cutral-Có, 24 de noviembre de 2015. Fdo. Dra. Karina Magalí Juá-rez, Directora Oficina Judicial Cutral-Có.

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El Juzgado de Familia y Juicios Ejecutivos Nº 2 de Zapala, sito en calle Etcheluz Nº 650, a cargo de la Dra. Gloria Anahí Martina, Secretaría de Familia a cargo de la Dra. María Inés Zavala, cita y emplaza al Sr. Rubén Emiliano Prospitti, D.N.I. Nº 28.989.390, para que en el plazo de quince (15) días comparez-ca a estar a derecho en las actuaciones caratuladas: “Lara Viviana Noemí c/Prospitti Rubén Emiliano s/Privación de Patria Potestad”, (Expte. Nº 21250, Año 2013), conteste la demanda, oponga excepcio-nes previas y ofrezca toda la prueba de la que intente valerse, bajo apercibimiento de nombrarse al Defen-sor Oficial para que lo represente en juicio (Art. 343 del CPCC). Publíquese por dos días. Secretaría, 25 de noviembre de 2015. Fdo. María Inés Zavala, Se-cretaria.

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La Dra. Ana Virginia Mendos, Juez a cargo del Juzgado Civil N° Cinco, Secretaría Única, con asiento de funciones en calle Rivadavia 205, 7° Piso de la ciudad de Neuquén, cita y empla-za por el término de treinta (30) días a los he-rederos y acreedores de Doña María Eugenia Tanco, en autos caratulados: “Tanco María Eu-genia s/Sucesión ab-intestato”, (Expediente N° 510460/2015). Secretaría, 04 de diciembre de 2015. PubIíquense edictos por el término de tres (3) días en el Boletín Oficial y en el Diario La Mañana de Neuquén. Fdo. Yanina V. Griffouliere, Prosecretaria.

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PAGINA 33Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 BOLETIN OFICIAL

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1 a cargo de la Dra. Paula I. Stanislavsky, Secretaría Única a mi car-go, sito en calle Rivadavia N° 205, Piso Segun-do de la ciudad de Neuquén, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Alberto José Vercellone, en autos caratulados: “Verce-llone Alberto José s/Sucesión ab-intestato”, (Expediente N° 510385/2015). Neuquén, 03 de diciembre de 2015. El presente deberá publicarse por tres días en el Boletín Oficial. Fdo. Martín Pe-liquero, Secretario.

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La Dra. Paula I. Stanislavsky, Jueza a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. 1, Secretaría Única a cargo de Martín Peliquero, sito en calle Rivadavia Nro. 205, 2° Piso de la ciudad de Neuquén Capital, declara abierto el juicio su-cesorio de Paez Eudelia Sofía, ordenando publi-car edictos por tres días en el Boletín Oficial, ci-tando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que en el plazo de treinta (30) días contados desde la última publicación lo acrediten en autos: “Paez Eudelia Sofía s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nro. 509934/2015). Neuquén, 04 de noviembre de 2015. Fdo. Dra. Natalia Betsabé Ramos, Prose-cretaria.

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El Juzgado Civil, Comercial, Especial de Con-cursos y Quiebras y de Minería, a cargo de la Dra. Graciela Blanco, Juez, Secretaría Civil, sito en Misiones y Freire, 2° Piso de la ciudad de Cutral-Có, Prov. del Neuquén, en autos caratulados: “Li-nares Luis Ricardo s/Sucesión ab-intestato”, (Expediente y Año 70318/2015), cita, llama y em-plaza por el término de treinta (30) días a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don Luis Ricardo Linares, L.E. N° 8.850.268, para que así lo acrediten. Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y Diario La Mañana. Cutral-Có, Neuquén, 17 de noviem-bre de 2015. Fdo. Dr. Marcos A. Recupero, Prose-cretario.

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El Juzgado Civil, Comercial y Minería de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, a cargo de la Dra. Graciela M. Blan-co, Juez, Secretaría a cargo de la Dra. Milva Nico-letti, con asiento en la calle Coronel Freire N° 917, 2° Piso de la ciudad de Cutral-Có, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de Don: Carrasco José Gerónimo, a que comparezcan en autos caratulados: “Carras-co José Gerónimo s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 63024, Año 2013), que tramitan por ante este Juzgado, a tomar la intervención que le corresponda en las presentes actuaciones. Publí-quese por tres (3) días en el Boletín Oficial. Cutral-Có, 23 de noviembre de 2015. Dra. Milva Nicoletti. Se deja constancia que con fecha 01/12/2014, se ha otorgado el Beneficio de Litigar sin Gastos, al solo efecto de tramitarse estos obrados. Fdo. Dr. Marcos A. Recupero, Prosecretario.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 1 de la IV Cir-cunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, a cargo del Dr. Joaquín Cosentino, Secretaría Única a cargo del Dr. Luciano Zani, sito en calle Lamadrid esq. Félix San Martín de la ciudad de Junín de los Andes, cita por el plazo de treinta (30) días a herederos y acreedores de Clementina Meliñanco en los autos caratulados: “Meliñanco Clementina s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 44029/2015). Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial. Junín de los Andes, noviembre 25 de 2015. Fdo. Dr. Luciano Zani, Secretario.

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La Dra. Alejandra Cristina Bozzano, Juez Titular del Juzgado Civil Nro. 2, sito en Rivadavia 205/211, Piso 5° de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neu-quén, Secretaría Única, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Dutto Teresa, DNI Nro. 1.925.663, para que dentro de los 30 días lo acrediten en autos caratu-lados: “Dutto Teresa s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 509080/15). Publíquese por tres (3) días. Secretaría, 20 de noviembre de 2015. Fdo. María Gabriela Ocaña, Secretaria.

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PAGINA 34 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

La Dra. Alejandra Cristina Bozzano, Juez Ti-tular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Neuquén, con asiento en Rivadavia 205/11, 5to. Piso, Secretaría Única, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Roque Mamy, DNI Nº M3.222.462, en autos: “Mamy Roque s/Sucesión ab-intesta-to”, (Expte. N° 509724, Año 2015). Secretaría, 2 de diciembre de 2015. Fdo. Agustín Abad García, Prosecretario.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 1, de la IV Cir-cunscripción, con asiento en la ciudad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén a cargo del Dr. Joaquín Cosentino, Secretaría Única a cargo del Dr. Luciano Zani, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores de Doña Ma-ría Cristina Marcovesky, y de Don Carlos Alberto Marcovesky, para que se presenten a hacer valer sus derechos (Art. 725 del C.P.C.C.), en los autos caratulados: “Marcovesky Carlos Alberto y Otro s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N°43462, Año 2015). Publíquese por tres (3) días en el Diario Río Negro y por un (1) día en el Boletín Oficial. Junín de los Andes, 20 de octubre de 2015. Fdo. Dr. Luciano Zani, Secretario.

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La Dra. María Eugenia Grimau, Juez a cargo del Juzgado Civil N° 4 de la ciudad de Neuquén, Secretaría Única a cargo de la Dra. Nora Juliana Isasi, sito en Rivadavia 205, 6°, Piso, en autos: “Galiano Damiana s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 510705/15), cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes deja-dos por la causante Damiana Galiano, para que dentro del plazo de treinta días acrediten su de-recho. Publíquese por tres (3) días. Neuquén, 30 de noviembre de 2015. Fdo. María Laura Alonso, Prosecretaria.

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La Sra. Juez en lo Civil N° 6, Dra. Elizabeth García Fleiss, stio en calle Rivadavia N° 205 de Neuquén; cita y emplaza por 30 días a herederos

y acreedores de quien en vida fuera el Sr. Macedo Alejandro Marcelo, a estar a derecho en los autos: “Macedo Alejandro Marcelo s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 509594/15). Publíquese en el Diario Río Negro y Boletín Oficial por 3 días. Neu-quén, 26 de noviembre de 2015. Fdo. Elizabeth García Fleiss, Juez. Fdo. Flavia Cecilia García, Secretaria.

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Juzgado Civil y Comercial Cuatro de la Dra. María Eugenia Grimau, Juez, Secretaría Única de la Dra. Nora J. Isasi, sito en calle Rivadavia 311/15, Piso 6 de Neuquén, cita y emplaza a to-dos los que se consideren con derecho a los bie-nes dejados por el causante, para que dentro de treinta (30) días lo acrediten en autos: “Arévalo Luis Eugenio s/Sucesión ab-intestato”, (Exp-te. Nº 510130/2015). Publíquese por tres días en el Boletín Oficial. Secretaría, 3 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Nora J. Isasi, Secretaria.

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Ana Virginia Mendos, Juez de Primera Ins-tancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5, Secretaría Única, sito en calle Rivadavia Nº 211, 7º Piso de Neuquén, cita y emplaza a herederos y acreedores de Albarran Segundo, para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten en los autos caratulados: “Albarran Segundo s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 505155/2014). Publíquese edictos por 3 días. Neuquén, 09 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Ana Virginia Mendos. Fdo. Silvia Inés De Glee, Secretaria.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Vta. Circuns-cripción Judicial de la ciudad de Chos Malal, Pro-vincia del Neuquén, a cargo del Dr. Carlos Choco, Secretaría Civil a cargo de la Dra. Ivanna Negrete, en los autos caratulados: “Méndez Luis Aurelio y Sifuentes América del Carmen y/o Cifuentes América del Carmen s/Sucesión ab-intestato”, (19543/2014), cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causan-tes Méndez Luis Aurelio y Sifuentes América del

PAGINA 35Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 BOLETIN OFICIAL

Carmen y/o Cifuentes América del Carmen, para que lo acrediten en el término de treinta (30) días. Publíquese edictos por tres (3) días en el Bole-tín Oficial y Diario La Mañana de Neuquén. Chos Malal, 2 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Elisa Sraiber, Prosecretaria.

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El Dr. Gustavo Ramón Belli, Juez a cargo del Juzgado Civil Nº 3 de la ciudad de Neuquén, Se-cretaría Única a cargo de la Dra. Alejandra Beatriz Márquez, sito en Rivadavia 205, 4º Piso, en au-tos: “Gómez Miguel s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 510702/15), cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Miguel Gómez, DNI 7.295.403, para que dentro del plazo de treinta días acrediten su derecho. Publíquese por tres (3) días. Neuquén, ... diciembre de 2015. Fdo. Dra. Alejandra Márquez, Secretaria.

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El Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Mi-nería de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia, con asiento en calle 9 de Julio y Sar-miento de la ciudad de Chos Malal, a cargo del Dr. Carlos Choco, Secretaría Civil a cargo de la Dra. Ivanna Daniela Negrete en los autos caratulados: “Barros José Ángel s/Sucesión ab-intestato” (Expte. 20249/2015), se cita y emplaza a todos quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante José Ángel Barros, para que lo acrediten en el término de treinta (30) días. El presente deberá publicarse por tres (3) días en el Boletín Oficial. Chos Malal, 25 de agosto de 2015. Fdo. Dra. Elisa Sraiber, Prosecretaria.

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El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Co-mercial y de Minería Nº 4 de la ciudad de Neu-quén, con sede en Rivadavia Nº 205, 6º Piso de la misma ciudad, a cargo de la Dra. María E. Gri-mau, Secretará Única, cita y emplaza por trein-ta (30) días a herederos y acreedores de Fabián Reyes, DNI 7.386.156 y Rosa Amelia Carrasco, DNI 0.717.982, en los autos caratulados: “Reyes Fabián s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº

392031/9)... El presente deberá publicarse por tres (3) días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. Neuquén, 9 de Neuquén de 2015. Fdo. Dra. María Luisa Ponchiardi, Secretaria.

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Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 2 a cargo de la Dra. Alejandra Cristina Bozzano, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Gabrie-la Ocaña, sito en la calle Rivadavia 205, 5° Piso de la ciudad de Neuquén, Pcia. del Neuquén, cita y emplaza por 30 días a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes del causan-te Don Guillermo Alberto Giordano, a efectos de que comparezcan en autos: “Giordano Guiller-mo Alberto s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 510326/2015). Publíquese por tres días en el Boletín Oficial. Neuquén, a los 10 días del mes de diciembre de 2015. Fdo. Daiana Correa Kronem-berger, Prosecretaria.

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La Dra. Alejandra Bozzano, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Co-mercial N° Dos, Secretaría Única a mi cargo de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, con asiento en calle Rivadavia 205, Quinto Piso de la ciudad de Neuquén, cita y empla-za en autos: “Aceiton Beroiza José Mario s/Su-cesión ab-intestato”, (Expte. Nro. 509808/2015), a herederos y acreedores de Aceiton Beroiza José Mario, CI 77.308, para que dentro del plazo de 30 días contados desde la última publicación, com-parezcan en autos a tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de designar Defensor de Ausentes Oficial para que lo repre-sente en autos. “Neuquén, 24 de noviembre del año 2015 .... Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial (Art. 2340 del CCC) citando los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten. .. Fdo. Dra. Alejandra Bozzano, Juez. Fdo. María Gabriela Ocaña, Secretaria.

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Elizabeth García Fleiss, Juez a cargo del Juz-gado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial

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y de Minería N° 6, Secretaría Única, con asiento en la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, sito en calle Rivadavia N° 205/11, en los autos caratulados: “Acuña Felipe s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nro. 509929/2015), cita, lla-ma y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. Felipe Acuña, para que se presenten a hacer valer sus derechos en la presente sucesión. Publíquese por un día. Neu-quén, 09 de diciembre de 2015. Fdo. María José Gatto Katcoff, Prosecretaria Relatora.

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La Dra. María Eugenia Grimau, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil N° 4, Se-cretaría Única, sito en calle Rivadavia 205 6to. Piso de la ciudad de Neuquén Capital, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por Víctor Manuel Palacios, lo acrediten e/a.: “Pala-cios Víctor Manuel s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 510538/2015). Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y Diario La Mañana de Neuquén. Neuquén, 10 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Nora J. Isasi, Secretaria.

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La Dra. María Eugenia Grimau, Jueza Subro-gante de Primera Instancia, a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Tres, Secreta-ría Única a cargo de la Dra. Alejandra B. Már-quez, con asiento de funciones sito en Rivadavia 205/211, 6° Piso de Neuquén Capital, en autos: “González Jorge Alfredo s/Sucesión ab-intes-tato”, (Expte. Nº 508247/2015), cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes deja-do por el causante González Jorge Alfredo. Publí-quense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario LM Neuquén, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes deja-dos por el causante, para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten... Dra. María Eugenia Gri-mau, Juez Subrogante. Fdo. Giuliana G. Zaletto, Prosecretaria.

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El Juzgado de 1º Inst. Civil, Com. y de Min. Nº

4 de Neuquén, a cargo de la Dra. María Eugenia Grimau, sito en Rivadavia 205, 6º Piso, Sec. Úni-ca, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por José Camilo Ruíz, DNI 5.106.316, para que dentro de los treinta (30) días lo acreidten en autos: “Ruíz José Camilo s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 510002/2015). Publíquense por tres días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro. Neuquén, once de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Nora J. Isasi, Secretaria.

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El Juzgado de 1º Inst., Civil, Com., y de Min. Nº 5 de Neuquén, a cargo de la Dra. Ana Virginia Mendos, sito en Rivadavia 205, 7º Piso, Sec. Úni-ca, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Silvina Ale-jandra Milione, DNI 12.776.614, para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten en autos: “Mi-lione Silvina Alejandra s/Sucesión ab-intesta-to”, (Expte. 510443/2015). Publíquense por tres (3) días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro. Neuquén, 11 de diciembre de 2015. Fdo. Yanina V. Griffouliere, Prosecretaria.

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Dr. Luis Pablo Trani, Juez de Primera Instancia en lo Laboral Nº 4, sito en calle Leloir Nº 881 de la ciu-dad de Neuquén Capital, cita y emplaza por el térmi-no de diez (10) días al demandado Sr. Héctor Oscar Pamphile, DNI 22.287.325, CUIT. 20-22287325-9, quien deberá comparecer a estar a derecho y con-testar la demanda, y en caso de incomparecencia, se le designará Defensor Oficial de Ausentes (Art. 343 Cód. cit.) en autos: “Gómez Patricia del Valle c/Tato Ares S.R.L. y Otro s/Despido Directo por Otras Causales”, (Expte. 444545/20011), en trámite ante este Juzgado. Publíquense por el término de dos (2) días (Art. 59 y 62 del CPCyC) en el Boletín Oficial y Diario Río Negro. Se deja expresa constancia que el trabajador goza del Beneficio de Gratuidad previsto en el Art. 16 de Ley 921. Neuquén, 24 de noviembre de 2015. Fdo. Dra. Vanesa Bertoglio, Secretaria Le-trada.

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Graciela M. Blanco, Juez de Primera Instancia

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en lo Civil, Comercial, Concursos y Quiebras y Mi-nería Nº Uno de la ciudad de Cutral-Có, Provincia del Neuquén, sito en Freire y Misiones, 2º Piso, cita y emplaza por 30 días a herederos y acree-dores de María Eugenia Piazzoni, en autos: “Pia-zzoni María Eugenia s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 70868, Año 2015). Publíquese por un (1) día. Cutral-Có, 9 de diciembre de 2015. Fdo. Dr. Marcos A. Recupero, Prosecretario.

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El Juzgado de 1ª. Instancia en lo Civil, Comer-cial, Laboral y de Minería N° 1 de la IV CJN, con asiento en Félix San Martín esquina Lamadrid, PB de la ciudad de Junín de los Andes, a cargo del Dr. Joaquín Cosentino, Secretaría Única a cargo del Dr. Luciano Zani, cita y emplaza por el plazo de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante Jorge Omar Albisú (DNI N° 11.138.670), a presentarse a hacer valer sus derechos en au-tos: “Albisú Jorge Omar s/Sucesión ab-intesta-to”, (Expte. Nº 43693/2015). Publíquense edictos por un (1) día en el Boletín Oficial. Firmado Dr. Joaquín Cosentino, Juez. Junín de los Andes, 03 de diciembre del año 2015. Fdo. Dr. Luciano Zani, Secretario.

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El Juzgado de 1ª. Instancia en lo Civil, Comer-cial, Laboral y de Minería N° 1 de la IV CJN, con asiento en Félix San Martín esquina Lamadrid, PB de la ciudad de Junín de los Andes, a cargo del Dr. Joaquín Cosentino, Secretaría Única a cargo del Dr. Luciano Zani, cita y emplaza por el plazo de treinta (30) días a herederos y acreedores de la causante Irene Torres, (DNI N° 9.745.090), a presentarse a hacer valer sus derechos en autos: “Torres Irene s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 42398/2015). Publíquense edictos por un (1) día en el Boletín Oficial. Firmado Dr. Joaquín Co-sentino, Juez. Junín de los Andes, 03 de diciem-bre del año 2015. Fdo. Dr. Luciano Zani, Secreta-rio.

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El Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia Nro. Uno, sito en calle Leloir 881, 5º Piso de la ciu-

dad de Neuquén, a cargo del Dr. José I. Noacco, Juez, cita al señor Lewis Pérez Liberace Lincoya, CI 8.261.241, para que dentro de los cinco días desde la última publicación comparezca ante este Juzgado a hacer valer sus derechos en autos: “Herrera Dora Elisabeth c/Lewis Pérez Libe-race Lincoya s/Divorcio Vincular con Causa”, (Expte. Nº 62198/2013), bajo apercibimiento de designarse Defensor de Ausentes. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial y Diario La Ma-ñana de Neuquén. Fdo. Dr. José l. Noacco, Juez. Neuquén, 10 de diciembre de 2015. Fdo. María Dolores Franco, Prosecretaria.

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

PODER JUDICIAL

ARCHIVO GENERAL Y REGISTRODE JUICIOS UNIVERSALES

AVISO DE EXPURGO

El Archivo General del Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, hace saber que el día 18 de enero del 2016 se procederá al Expurgo por el Sistema de Molienda u otro, conforme lo dispues-to por el Reglamento de Archivo de las Causas Judiciales correspondientes a los Organismos y Fuero que más adelante se detallan, todo de con-formidad con lo dispuesto por Resolución N° 1/15 de fecha 09/12/15 del Archivo General, a saber: Primera Circunscripción: Administración General: 2005 y Lotes correspondientes a los años 2013 a 2015; Agencia Fiscal Delitos Violentos contra la Propiedad: 2008 a 2009; Cámara Civil: 2004; Cá-mara Criminal 1: 1987 a 2006; Cámara Criminal 2: 1989 a 2005; Equipo Fiscal 1: 2009 a 2010; Equi-po Fiscal 2: 2002 a 2010; Equipo Fiscal 3: 2005 a 2010; ex Juzgado de Menores 1 - Sec. Correc-cional: 1991 a 1998; ex Juzgado de Menores 1 - Sec. Tutelar: 1993 a 1997; ex Secretaría Recur-sos Extraordinarios y Sala Penal: 1997; Fiscalía 1: 1999; Fiscalía 3: 1998; Fiscalía 5: 1999; Fiscalia 7 del Niño y Adolescente: 1994 a 2000; Fiscalía General y de Coordinación: 1995 a 2014 y Lotes y Legajos correspondientes al 2015; Juzgado de Juicios Ejecutivos 1: 2000 a 2004; Juzgado de

PAGINA 38 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

Juicios Ejecutivos 2: 1993 a 2005; Juzgado de Juicios Ejecutivos 3: 1993 a 2004; Juzgado Civil 1: 1986 a 2005; Juzgado Civil 2: 1989 a 2005; Juz-gado Civil 3: 1980a 2006; Juzgado Civil 4: 1988 a 2005; Juzgado Civil 5: 1989 a 2005; Juzgado Civil 6: 1995 a 2006; Juzgado Correccional 1: 1992 a 2005; Juzgado Correccional 2: 1992 a 2005; Juz-gado de Familia 1: 1993 a 2005 - Secretaria 1: 2003 a 2005; Secretaría 2: 2004; Juzgado de Fa-milia 2: 1994 a 2010 - Secretaría 3: 2001 a 2005; Secretaría 4: 2000 a 2002-; Juzgado de Familia 3: 1996 a 2013; Juzgado de Familia 4: 1987 a 2010; Juzgado de Instrucción 1: 1978 a 2005; Juzgado de Instrucción 2: 1984 a 2011; Juzgado Instrucción 3: 1978 a 2009; Juzgado de Instrucción 4: 1987 a 2009; Juzgado de Instrucción 5: 1992 a 2009; Juzgado de Instrucción 6: 1994 a 2006; Juzgado Laboral 1: 1989 a 2005; Juzgado Laboral 2: 1987 a 2005; Juzgado Laboral 3: 1992 a 2005; Juzgado Laboral 4: 1985 a 2005; Juzgado Penal del Niño y Adolescente 1: 1990 a 2005; Juzgado Penal del Niño y Adolescente 2: 1996 a 2005; Registro Público de Comercio: 1981 a 2010; Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales: 2007 a 2008; Secretaría de Demandas Originarias: 1989 a 2003; Secretaría Electoral: 2003 a 2011; Secretaría Penal: 1994 a 2004; Secretaría de Su-perintendencia: 1999 a 2004; Registro Público de Adopción: 2007 a 2010: Segunda Circunscripción: Cámara Apelaciones en lo Penal: 1996 a 2000; ex Juzgado de Instrucción: 1984 a 2001; Fisca-lía: 1997 a 2003; Juzgado Civil 1: 1982 a 2006; Juzgado Civil 2: 1990 a 2005; Juzgado Civil - Sec. Civil: 1993 a 2001; Juzgado Civil - Sec. Laboral: 1992 a 1997; Juzgado Correccional: 1994 a 2005; Juzgado de Instrucción Penal y del Niño y Ado-lescente 1: 1997; Juzgado de Instrucción 1: 1999; Juzgado de Menores Tutelar: 1995 a 1998; Juzga-do de Familia: 2001 a 2005; Secretaría de Juicios Ejecutivos: 2002 a 2003. Tercera Circunscripción: Cámara Penal: 2003; Juzgado Civil: Sec. 1: 1993 a 2006; Sec. 2: 1992 a 2005; Juzgado de Fami-lia N° 1: 2006 a 2007; Secretaría Tutelar: 1994. Cuarta Circunscripción: Fiscalía: 2001 a 2003; Juzgado Civil 1: 1994 a 2002; Juzgado Correccio-nal: 1996 a 2005; Juzgado de Instrucción: 1986 a 2005. Quinta Circunscripción: Juzgado Civil: 2000 a 2003; Juzgado Penal. Sec. Inst.: 2002 a 2004. Juzgados de Paz: Añelo: 2001 a 2004. Asimismo se hace saber que a los fines del ejercicio del De-

recho a Oposición establecido en el Art. 52 y sub-siguientes del Reglamento de Archivo, la lista de Expurgo estará a disposición de los interesados en la sede de este Archivo General, sito en calle Hua Hum N° 1.402 de la ciudad de Neuquén y en el organismo pertinente, pudiendo solicitar el desglose de documentos personales, instrumen-tos públicos, certificaciones, testimonios, etc. u oponerse a su destrucción por el término de cinco días hábiles a contar desde el último día de publi-cación del presente aviso. Fdo. Dr. Alfredo Aucar - Jefe Archivo General y Registro de Juicios Univer-sales. Archivo General, 9 de diciembre de 2015. Fdo. Dr. Aucar Alfredo, Jefe de Archivo General y Registro de Juicios Universales.

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

PODER JUDICIAL

ARCHIVO GENERAL Y REGISTRODE JUICIOS UNIVERSALES

AVISO DE EXPURGO

El Archivo General del Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, hace saber que el día 18 de enero del 2016 se procederá al Expurgo por el Sistema de Molienda u otro, conforme lo dispues-to por el Reglamento de Archivo de las Causas Judiciales que se encuentran en la oficina regional ubicada en la ciudad de Zapala, correspondientes a los Organismos y Fuero que más adelante se detallan, todo de conformidad con lo dispuesto por Resolución N° 2/15 de fecha 10/12/15 del Archivo General, a saber: Segunda Circunscripción: Juz-gado Civil 1: 1991 a 2010 y la Documental Archi-vada Aparte; Juzgado Civil 2: 1991 a 2005; Sec. Familia: 2001 a 2005; Sec. Juicios Ejecutivos: 2002 a 2003; Juzgado de Instrucción 1: 2000 a 2010; Juzgado de Instrucción 2: 1998 a 2010; Juz-gado Correccional: 1982 a 2005 Fiscalía 1: 2005 a 2009. Tercera Circunscripción: Juzgado Civil 1: 1987 a 2005; Juzgado de Familia y Ejecutivos 2: Sec. de Juicios Ejecutivos: 1992 a 2005, Sec. de Familia: 2006 a 2007, y 1 caja con documental de ambos juzgados archivada aparte, correspondien-te al mismo año de Expurgo; Cámara en lo Crimi-

PAGINA 39Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 BOLETIN OFICIAL

nal: 1991 a 2010; Juzgado Correccional: 1985 a 2009; Fiscalía de Primera Instancia: 2002 a 2009; Cuarta Circunscripción: Juzgado Civil 1: 1987 a 2010; Juzgado Civil 2: 2005 a 2010; Juzgado de Instrucción: 1994 a 2010; Fiscalía de Prime-ra Instancia: 1999 a 2010; Juzgado en Todos los Fueros de la ciudad de Villa La Angostura, Secre-taría Penal: 2006 a 2010. Quinta Circunscripción: Juzgado Civil: 1988 a 2005; Juzgado de Instruc-ción: 1999 a 2010; Juzgado Correccional: 2005 a 2006. Asimismo se hace saber que a los fines del ejercicio del derecho a oposición establecido en el Art. 52 y subsiguientes del Reglamento de Ar-chivo, la lista de expurgo estará a disposición de los interesados en la sede de la Oficina Regional, sito en calle Luis Monti 33 de la ciudad de Zapala y en el organismo pertinente, pudiendo solicitar el desglose de documentos personales, instrumen-tos públicos, certificaciones, testimonios, etc. u oponerse a su destrucción por el término de cinco días hábiles a contar desde el último día de publi-cación del presente aviso. Fdo. Dr. Alfredo Aucar, Jefe Archivo General y Registro de Juicios Univer-sales. Archivo General, 10 de diciembre de 2015. Fdo. Dr. Aucar Alfredo, Jefe del Archivo General y Registro de Juicios Universales.

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La Dirección Gral. de Sumarios Administra-tivos, a cargo de la Dra. Carracedo María Mar-ta, dependiente del Ministerio de Salud, sita en calle Pinar N° 15, Primer Piso de la ciudad de Neuquén. La Instrucción de la presente causa notifica por este medio a la Sra. Lamilla Lorena Alejandra - D.N.I. N° 26.421.819, comunicándole que, continuando con la prosecución del Suma-rio Administrativo ordenado mediante Resolu-ción Nro. 1876/14 (fs. 09) del Ministerio de Salud, se ha dispuesto lo siguiente: “Me dirijo a Usted, con relación al Sumario Administrativo N° 046/15 - Expediente N° 4420-159804/14, caratulado: “E/Solic. Inicio Sumario Administrativo por Presunto Abandono de cargo Agte. Lorena Lamilla del Hos-pital San Patricio del Chañar”, en trámite ante esta Dirección General de Sumarios Administrativos, dependiente del Ministerio de Salud, sita en calle Pinar N° 15, Primer Piso de la ciudad de Neuquén, a fin de informarle que ha recaído providencia que se la notifica por el presente edicto, trascribién-

doselo íntegramente la conclusión del sumario, a los fines que ejercite de estimarlo necesario, el derecho que le confiere los Art. 104 del Decreto N° 2772/92 y 115 del E.P.C.A.P.P., siendo su tenor: “…Neuquén, 02 de diciembre del 2015. Visto:.... Considerando:.... Concluye: 1) -No siendo nece-sario producir otras medidas y al no existir diligen-cias pendientes que tramitar, corresponde clausu-rar el presente Sumario Administrativo Nº 046/15, ordenado mediante Resolución N° 1876/14 (fs. 09) del Ministerio de Salud - (Expediente N° 4420-159804/14).- 2) -Acreditar responsabilidad admi-nistrativa en la presente causa a la agte. sumaria-da Lamilla Lorena Alejandra - Legajo N° 479983 - DNI N° 26.421.819, quien transgredió con su ac-cionar lo normado a todo empleado público en los Art. 9° inc. a) y 97 del EPCAPP y configuró “aban-dono de cargo”, al inasistir a su trabajo de manera continua e injustificada en más de cinco (05) días laborales durante el período comprendido desde el día 19 de septiembre al 20 de octubre del año 2014. Por consiguiente, al momento de aplicar la sanción se sugiere aplicar la prevista en el Art. 111 inc. i) - Apartado c) de la misma norma legal. Por los fundamentos que preceden. 3) Notificar a la agente Lamilla Lorena mediante edicto de la pre-sente conclusión, en cumplimiento a lo previsto en los Art. 104 del Reglamento de Sumarios Ad-ministrativos (Decreto Nº 2772/92) y 115 del EP-CAPP.-4) Cumplidos los pasos previstos, enviar las presentes actuaciones a la Sra. Directora Gral. de Sumarios Administrativos para su conocimien-to y posterior derivación a la Junta de Disciplina. Dirección Gral. de Sumarios Administrativos. Fdo. Magnaterra Marta Elena - Instructora…” Queda usted Debidamente Notificada. Neuquén, 02 de diciembre de 2015.

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AVISOS

COMISIÓN COOPERADORA E.P.E.T. N° 18DE SENILLOSA “PAPAIANTU”

Las Sras. Carina Mabel Moyano y Andrea Elena Moyano, autorizadas por Disposición N° 305/2015 de la Dirección de Personas Jurídi-cas (Expte. 5730-006643/2015), convocan al Reempadronamiento de Asociados de la Comi-

PAGINA 40 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

sión Cooperadora E.P.E.T. N° 18 de Senillosa. Los interesados presentarse con su D.N.I., en Manuel Muñoz y Santa Fe de Senillosa, Pcia. del Neuquén, desde el 14 de diciembre de 2015 hasta el 20 de diciembre de 2015 inclusive, en horario de 9 hs. a 11 hs. y de 18.30 hs. a 20.30 hs. Publíquese por un (01) día en el Boletín Oficial. 10 de diciembre de 2015. Fdo. Carina Mabel Moyano y Andrea Elena Moyano, repre-sentantes.

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EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

Concurso Nº 110

I- Hace saber a los interesados, que en cumpli-miento de lo ordenado por el Artículo 22 del Regla-mento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, y conforme a lo dispuesto en la Resolu-ción Nº 031/15 de fecha 15 de diciembre de 2015 de este Consejo, se ha resuelto aprobar y publicar el listado definitivo de postulantes del Concurso Nº 110 destinado a cubrir: Un (1) cargo de Juez de Primera Instancia, titular del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial, Laboral, Minería y Fami-lia con asiento de funciones en la ciudad de Neu-quén, el que a continuación se transcribe:

Apellido/s Nombre/s DNI

Herrero Cecilia Alejandra 25.521.789

Nobili Iván Rubén Darío 26.022.664

Quintero Marco José Alberto 22.473.462

Villegas Sebastián Andrés 31.820.167

II- Asimismo, por la Resolución citada, se ha aprobado el Temario correspondiente al Con-curso Nº 110, el que a continuación se trans-cribe: Derecho; Ley; Ejercicio de los Derechos; Derechos y Bienes. Persona Humana y Jurídi-ca. Acto Jurídico. Obligaciones. Contratos. Res-ponsabilidad Civil. Derecho del Consumidor.

Área Derechos Reales. Área Derecho Suce-sorio. Privilegios y Prescripción. Área Laboral. Área Familia, Niñez y Adolescencia. Procesos Concursales. Derecho Ambiental. Juicio de Co-nocimiento y Cuestiones Procesales. Jurispru-dencia.

Se hace saber que en la evaluación técnica se admitirá exclusivamente el uso de códigos y/o leyes, en impresiones sin comentarios ni agre-gados de ninguna naturaleza. No se podrá con-tar con base de datos informáticos de ningún tipo. El temario completo se encuentra disponi-ble en la página de Internet de este Consejo, www.magistraturanqn.gov.ar y en la Mesa de Entradas del mismo, sito en Carlos H. Rodrí-guez Nº 364, 2o. Piso de la ciudad de Neuquén.III- Participación Ciudadana: Conforme lo dis-pone el Art. 23 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, todo in-teresado podrá efectuar aportes escritos ante el Consejo de la Magistratura, referidos a uno o más postulantes inscriptos, hasta cinco (5) días antes de la fecha prevista para iniciar las entre-vistas personales. En su presentación deberá plasmar la cuestión o hecho que desea poner en conocimiento del Cuerpo pudiendo adjuntar la documentación que lo acredite o indicar con claridad el lugar donde ella se encuentre. Tales presentaciones en ningún caso implicarán la suspensión del concurso, ni la formación de incidente alguno.Las presentaciones en ningún caso podrán ser anónimas.Vencido el plazo establecido en el párrafo pri-mero, de las presentaciones, se dará traslado a los postulantes para que tomen conocimiento.

Secretaría,15 de diciembre de 20151p 18-12-15

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EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

Concurso Nº 111 - Múltiple-

I- Hace saber a los interesados, que en cumpli-miento de lo ordenado por el Artículo 22 del Re-

PAGINA 41Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 BOLETIN OFICIAL

glamento de Concursos Públicos de Anteceden-tes y Oposición, y conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 032/15 de fecha 15 de diciembre de 2015 de este Consejo, se ha resuelto apro-bar y publicar el listado definitivo de postulantes del Concurso Nº 111 –múltiple- destinado a cu-brir: Dos (2) cargos de Juez Laboral, quienes ejercerán funciones en la ciudad de Neuquén, el que a continuación se transcribe:

Apellido/s Nombre/s DNI

Andreu Mariela de los Ángeles 22.556.085

Cosentino Joaquín Antonio 23.867.514

Fernández Ana María 14.256.506

Ferreyra Hugo Daniel 16.601.925

Irigoyen Martín Miguel 24.662.208

Mena José Ricardo 22.474.952

Palermo Juan Ignacio 25.377.376

Pandullo Ignacio Eduardo 32.962.623

Ruiz Cointte Miguel Alberto 30.995.296

Sckmunck Romina Anahí 26.525.639

Tejada Dalma Rosa 17.641.307

Valbuena Lucila 25.277.461

Zapata Claudia Beatriz 17.195.506

II- Asimismo, por la Resolución citada, se ha aprobado el Temario correspondiente al Con-curso Nº 111-múltiple-, el que a continuación se transcribe: Las Fuentes del Derecho del Traba-jo. Principios del Derecho del Trabajo. Contrato de trabajo. Fraude Laboral. Solidaridad y Trans-ferencia. Período de prueba. Modalidades Con-tractuales. Derechos y Deberes de las partes. Jornada de Trabajo. La Remuneración. El traba-jo de mujeres y menores. Extinción del contrato

de trabajo. Régimen indemnizatorio del despi-do. Discriminación en las relaciones del traba-jo. Registración Laboral. Estatutos Especiales. El Sistema Sindical y la Negociación Colectiva. Los accidentes y enfermedades del Trabajo. Poder de Policia de Trabajo. Jurisprudencia. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y su impacto en el Derecho del Trabajo.Se hace saber que en la evaluación técnica se admitirá exclusivamente el uso de códigos y/o leyes, en impresiones sin comentarios ni agregados de ninguna naturaleza. No se podrá contar con base de datos informáticos de nin-gún tipo. Asimismo, se hace saber a los aspi-rantes que les será de utilidad asistir munidos de una calculadora. El temario completo se encuentra disponible en la página de internet de este Consejo: www.magistraturanqn.gov.ar y en la Mesa de Entradas del mismo, sito en Carlos H. Rodríguez Nº 364, 2do. Piso de la ciu-dad de Neuquén.

III- Participación Ciudadana: Conforme lo dis-pone el Art. 23 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, todo in-teresado podrá efectuar aportes escritos ante el Consejo de la Magistratura, referidos a uno o más postulantes inscriptos, hasta cinco (5) días antes de la fecha prevista para iniciar las entre-vistas personales. En su presentación deberá plasmar la cuestión o hecho que desea poner en conocimiento del Cuerpo pudiendo adjuntar la documentación que lo acredite o indicar con claridad el lugar donde ella se encuentre.Tales presentaciones en ningún caso implica-rán la suspensión del concurso, ni la formación de incidente alguno.Las presentaciones en ningún caso podrán ser anónimas.Vencido el plazo establecido en el párrafo pri-mero, de las presentaciones, se dará traslado a los postulantes para que tomen conocimien-to.

Secretaría, 15 de diciembre de 20151p 18-12-15

PAGINA 42 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

cha de la realización de la Asamblea de Afiliados, el beneficio de la “Jubilación Profesional Espe-cial”. Artículo 2º: Aprobar el texto único y orde-nado del Reglamento para el otorgamiento del beneficio, como Anexo I, que forman parte de la presente norma legal.

Anexo I Reglamento del Beneficio Jubilación Profesional Especial.

Cláusula 1º: Tendrán derecho a solicitar la per-cepción de beneficios, de “Jubilación Especial Profesional” todos aquellos afiliados a la Caja Previsional para Profesionales de la Provincia del Neuquén, que habiendo aportado desde la fecha para afiliados original a esta Caja, como mínimo 5 años en forma consecutiva y hasta la edad jubila-toria de 65 años o más y no registren deuda con la Caja.

Cláusula 2º: Se considera fecha de afiliación ori-ginal la fecha en que se emana de la Ley 2223 la respectiva afiliación.

Cláusula 3º: Los recursos para la financiación del presente beneficio son los que emanan de las respectivas Cuentas Individuales de Aportes Obligatorios y Voluntarios de cada uno de los so-licitantes, según lo dispuesto por la Asamblea de Afiliados.

Cláusula 4º: El haber de la presente presentación de dirime de idéntica forma que para el haber de la Jubilación Ordinaria, manteniendo en todos sus aspectos reglamentarios idéntico tratamiento que éstas, de acuerdo con el Dictamen Actuarial de sustento de viabilidad.

Cláusula 5º: Todo afiliado que acceda a la “Ju-bilación Profesional Especial” tendrá derecho a obtener el Subsidio Solidario Suplementario de Jubilación Ordinaria y el Subsidio Adicional de Ju-bilación Ordinaria, que otorga esta Caja, como si hubiese obtenido la Jubilación Ordinaria.

Cláusula 6º: A los efectos de la tramitación futura a otro u otros institutos previsionales integrantes del sistema de reciprocidad jubilatoria, se infor-marán los años aportados a esta Caja hasta la

CAJA PREVISIONAL PARA PROFESIONALES DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

Resolución Nº 487

Del Directorio de la Caja Previsionala para Profesionales de la Provincia del Neuquén de fe-cha 10 de diciembre 2015.

VISTO: Los estudios realizados respecto de la posibi-lidad de crear nuevos beneficios, para la masa de afiliados, ampliando la cobertura social y los bene-ficios contemplados en la Ley 2223; Y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 63 de la Ley 2223, al enumerar las prestaciones que otorga el sistema de la Ley 2223, establece en su Artículo f) “…Otros bene-ficios o prestaciones que en base a los estudios pertinentes deban incorporarse a la enumeración precedente, previa resolución de la Asamblea de Afiliados…”; Que se ha expedido el Actuario, en dictamen favorable de Factibilidad Financiero Actuarial; Que en igual sentido existe dictamen legal pro-picio; Que la Asamblea de Delegados de fecha 9 de abril de 2015, conforme Acta N° 074, aprobó crear un nuevo beneficio denominado “Jubilación Profe-sional Especial”; Que con fecha 22 de octubre de 2015, se expi-dió por la aprobación en forma unánime, la Asam-blea de Afiliados, según consta en Acta N° 076;

Por Ello, y en virtud de lo establecido por los Artí-culos 1, 18 y concordantes;

EL DIRECTORIO DE LA CAJA PREVISIONAL PARA PROFESIONALES

DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

RESUELVE

Artículo 1º: Tener por creado a partir de la fe-

NORMAS LEGALES

PAGINA 43Neuquén, 18 de Diciembre de 2015 BOLETIN OFICIAL

fecha de la mencionada tramitación. El haber co-rrespondiente a esta Caja es el que se encontrara percibiendo el afiliado en ese momento.

Artículo 3°: Notifíquese, regístrese, publíque-se y cumplido archívese.

Fdo. Arq. Martino Juan Daniel, Presidente._________________

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MINISTERIO DE ECONOMÍA YOBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS

Resolución Nº 774/DPR/2015

Neuquén, 09 de diciembre de 2015.

VISTO: El Expediente Nº 5823-012593/15 del registro de la Dirección Provincial de Rentas caratulado: “DPR División Agentes de Retención Percepción y Recaudación s/Alta como Agente de Percepción I. Brutos - Agente El Tehuelche S.A.C.I.C.I.”; el Có-digo Fiscal Provincial Vigente; la Ley Impositiva Provincial Nº 2897; la Resolución Nº 490/DPR/97 que establece el Régimen General de Percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y sus mo-dificatorias; la Resolución Nº 102/DPR/02; y

CONSIDERANDO: Que la empresa El Tehuelche S.A.C.I.C.I. con Clave Única de Identificación Tributaria Nº 33-50448711-9 se encuentra inscripta en el Im-puesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Régi-men de Convenio Multilateral, objeto hecho Nº 920-710282-6; Que el contribuyente encuadra en los pa-rámetros que establece la Resolución Nº 490/DPR/97 para ser designada Agente de Percep-ción de la Jurisdicción de Neuquén; Que mediante la citada Resolución y sus mo-dificatorias se establecieron las normas genera-les obligatorias para Agentes de Percepción del

Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, determinán-dose modos, plazos y formas intrínsecas de la retención del gravamen y pago del mismo; Que a través de la Resolución Nº 102/DPR/02, la Dirección Provincial de Rentas adhi-rió al sistema SIRCAR, aprobado por la Resolu-ción General Nº 84/2002, esta última modificada por la Resolución General Nº 5/2013 de la Comi-sión Arbitral; Que la designación de Agentes de Percep-ción es una herramienta idónea a los fines de optimizar la función Recaudadora del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos; Que los Artículos 14 y 186 del Código Fiscal Provincial Vigente facultan a la Dirección Provin-cial de Rentas a dictar normas obligatorias y a designar a quienes actuarán como Agentes de Percepción en la oportunidad, casos, formas y condiciones que se establezcan; Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1º: Desígnase a El Tehuelche S.A.C.I.C.I. con Clave Única de Identificación Tri-butaria Nº 33-50448711-9 con Domicilio Fiscal en calle Perito Moreno 99 de la localidad de Río Ga-llegos, Provincia de Santa Cruz - Código Postal 9.400, como Agente de Percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 5483.

Artículo 2º: Hágase saber que actuará como Agente de Percepción por las operaciones efec-tuadas a partir del primer día del mes siguiente en que se notifique la presente.

Artículo 3º: Hagáse saber que las percep-ciones deberán practicarse en los casos, formas, condiciones y tiempos establecidos en las Reso-luciones Nº 490/DPR/97 y sus modificatorias.

Artículo 4°: Regístrese, Notifíquese al Agen-te nombrado, Comuníquese a las Direcciones, Departamentos, Divisiones y Delegaciones de

PAGINA 44 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

esta Dirección Provincial. Dése al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido. Archívese.

Fdo. Cr. Juan Carlos Pintado, Director Provin-cial de Rentas, Provincia del Neuquén.

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MUNICIPALIDAD DE PLAZA HUINCUL

Decreto Nº 178/2015

Plaza Huincul, 03 de diciembre de 2015VISTO:...

CONSIDERANDO:...

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

Artículo 1º: Instruméntese a travéz de los sectores correspondientes, las medidas necesa-rias a fin de acondicionar el Asentamiento de Ia Feria Municipal en el predio ubicado en Barrio Central, el cual se constituye entre el Pasaje Velo y la calle Agustín Magaldí, paralelo a la calle Ho-mero Manzi.

Artículo 2°: Requisitos para desarrollar Ia Actividad: Los interesados deberán enviar una nota diri-gida al Intendente, solicitando el permiso para el desarrollo de la actividad adjuntando una copia del DNI.

Los adjudicatarios de los permisos para la explo-tación de estos rubros deberán ser:

1. Mayores de 21 años o emancipados.

2. Acreditar residencia en Ia ciudad por un lapso no menor a dos años.

3. Los puestos de venta serán atendidos úni-camente por los titulares de los permisos, quedando expresamente prohibido ser ti-tulares de otra licencia comercial vigente.

4. Deberán tener en el lugar de expendio, li-

breta sanitaria actualizada y los feriantes deberán Ilevar uniformes de acuerdo a lo que reglamente la autoridad de aplicación.

5. Los medios de Iocomoción, canastos, ces-tos, cajones y demás receptáculos usa-dos por los feriantes, no solo deberán ser aptos para el uso a que se destinan, sino que además deberán encontrarse en buen estado de conservación, de limpieza y lle-var elementos (toldos, techos, tapas, etc.) para resguardo de las mercaderías.

6. Deberán colocar recipientes con tapas para depositar los residuos producidos por la actividad.

7. La mercadería deberá exibir los precios de venta al público.

8. Los permisos otorgados son: Personales e Intransferibles, con la obligatoriedad de que los puestos se atiendan por los titu-lares, con excepeción de enfermedad y/o incapacidad temporal, nombrar un reem-plazante.

9. Los vehículos que se utilizan como trans-porte de sustancias alimenticias, deberán tener la Habilitación correspondiente a las normas exigibles.

Artículo 3º: Temáticas Específicas: El permiso otorgado es transitorio, desde el Órgano Ejecutivo Municipal, se reserva el dere-cho de revocarlo en caso de incumplimiento en el pago de los derechos o cuando el desarrollo de esta actividad afecte la seguridad o higiene públi-ca.En caso de personas con capacidades diferentes, deberán presentar el Certificado extendido por JUCAID y desde el Órgano Ejecutivo Municipal se efectuará una reserva del 10% de los lugares dis-ponibles para que desarrollen Ia actividad.

Funcionamiento:La Feria funcionará de lunes a sábado, regulando el horario de la siguiente manera:En Ia temporada de Primavera - Verano, el horario de funcionamiento será de 09:00 a 21:00 hs.

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En la temporada de Otoño - Invierno, el horario de funcionamiento será de 09:00 a 19:00 hs.La Feria debe mantener características homogé-nicas, con estructuras desmontables.La actividad de Ia Feria será regulada por día, de-biendo abonar Ia tasa establecida para la venta de (Fruta y Verdura) y los demás rubros que se indican en el Nomenclador de Ia Ordenanza Tari-faria vigente N° 1443/14. Los espacios para desa-rrollar la actividad dentro de la feria serán de dos categorías:

a) 3 metros x 3 metros

b) 10 metros x 10 metros.

c) No se permite Ia venta directa desde el ca-mión dentro del espacio de Ia feria.

Los pemisos comerciales deberán acordarse por el lapso de seis (6) meses y podrán ser renovados.

Productos Permitidos:La autoridad de aplicación establecerá el listado de los mismos de acuerdo a lo establecido en el Código Alimentario Argentino, teniendo en cuenta que el Municipio de Plaza Huincul se encuentra adherido al mismo a través del Decreto 17/79 y los productos contemplados en el nomenclador de la Ordenanza Tarifaria 1443/14 vigente.

Productos Prohibidos:Discos Compactos (audio, videos, otros), herra-mientas usadas, rodados y sus accesorios, pro-ductos electrónicos usados, electrodomésticos usados, electrodomésticos usados, celulares, lentes, productos farmacéuticos y medicinales, bebidas alcohólicas, animales vivos, juegos de azar y similares, chacinados y conservas. Otros productos y/o servicios prohibidos por las normas vigentes o por la autoridad de aplicación.

Artículo 4º: La autoridad de aplicación de esta actividad será la Dirección de BromatoIogía y Comercio en lo relativo específico a la actividad comercial y en lo referido a aspectos de higiene y seguridad alimentaria.

Artículo 5º: La autoridad de aplicación abrirá un

registro de personas autorizadas para desarrollar la actividad en la Feria.

Artículo 6º: El valor del permiso se fija mediante el canon establecido en Ia Ordenanza Tarifaria vigente:

ØCategoría A UT _____Ø Categoría B UT _____

Artículo 7°: PenalidadesØLas establecidas en el Código de Faltas Ord. 1478/15 Cap. II Art. 92 - 93 - 94 - 95 y 96.Ø La Autoridad de aplicación deberá realizar de-comisos de la mercadería en los siguientes casos:

1. Venta sin permiso o permiso vencido.

2. Comercialización de productos no autori-zados.

3. Atención del puesto por personas no au-torizadas ni declaradas en el registro que lleva la autoridad de aplicación.

Artículo 8º: Dése a conocer Regístrese, Comuní-quese, Cumplido, Archívese.

Fdo. Lic. Juan Carlos Giannattasio, Intenden-te, Municipaldiad de Plaza Huincul.

________________

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

Ordenanzas Sintetizadas Año 2015

MUNICIPALIDAD DE SENILLOSA

1760 - Aprueba por vía de excepción proyecto de fraccionamiento del Lote Nº 2 A, parte de la Chacra Nº 2, del Lote Oficial Nº 33. Promulgada por Decreto Municipal Nº 990/MS.

1762 - Fíja el Presupuesto del año 2016. Pro-mulgada por Decreto Municipal Nº 998/MS.

1763 - Aprueba por vía de excepción el pro-yecto de fraccionamiento de Lote Nº 49, parte de Lotes Oficiales Nº 29 y 30. Promulgada por Decre-to Municipal Nº 999/MS.

PAGINA 46 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

Acuerdo JR-8925 - En la ciudad de Neu-quén, Capital de la Provincia del mismo nom-bre, a los diecinueve días del mes de no-viembre del año dos mil quince, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén … para dictar resolución en los autos caratulados: “Municipalidad de Bajada del Agrio – Rendición de Cuentas Ejercicio 2007 - Actuación Sumarial”, (Expte. Nº 2600-46600/2007 Alc. 1), en trámite por ante este Tribunal … Visto: … Considerando: … Resuel-ve: Artículo 1º: Hacer lugar en forma parcial al recurso de revisión interpuesto por los Sres. Aramid Santos Monsalve, Maria Fabiana Al-mendra, Claudia Inés Valenzuela y Mario José Castro, contra el Acuerdo JR 8588, de fecha 26/9/14, de conformidad y con los alcances expuestos en los considerandos. Artículo 2º: Absolver de Responsabilidad Administrativa Patrimonial a los Sres. Aramid Santos Mon-salve -Intendente-, María Fabiana Almendra -Responsable Departamento Contable-, Clau-dia Inés Valenzuela –Concejal Titular a cargo de la Intendencia- y Mario José Castro –Inten-dente- de la Municipalidad de Bajada del Agrio; respecto de las siguientes observaciones: Pla-nilla de Observaciones Nº 1: Nº 2 incisos 2.5.1, 2.6.2 y 2.6.5; Nº 3 incisos 3.1 a 3.15; Nº 4 inciso 4.2; Nº 6 incisos 6.2, 6.7 y 6.8; Nº 7 incisos 7.1 a 7.7; Nº 8 incisos 8.1 a 8.6; Nº 9 incisos 9.1 b), 9.4 b), 9.5 a), 9.6 a), 9.1 d), 9.2 b), 9.3 b), 9.3 c), 9.5 b), 9.6 e), 9.8 c), 9.10 d), 9.6 b), 9.7 b), 9.11 c); Nº 10; Nº 11 inciso 11.3; Planilla de Ob-servaciones Nº 2: Nº 2 inciso 2.4.1, 2.4.3, 2.4.5 a 2.4.8; Nº 3 incisos 3.1 a 3.5; Nº 6 incisos 6.1 b), 6.2 b) y 6.5, 6.1 d), 6.2 a), 6.4 b), 6.4 c), 6.4 d), 6.6 a) y 6.6 b); Planilla de Observaciones Nº 3: Nº 1 inciso 1.1 punto e), correspondientes a la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2007 de

ACUERDOS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

la Municipalidad de Bajada del Agrio. Artículo 3º: Ratificar la Responsabilidad Administrativa Patrimonial declarada en los Arts. 2, 3 y 4 del Acuerdo JR 8588, de los Sres. Aramid Santos Monsalve -Intendente- María Fabiana Almen-dra -Responsable Departamento Contable- y Claudia Inés Valenzuela –Concejal Titular a cargo de la Intendencia- de la Municipalidad de Bajada del Agrio, de conformidad y con los alcances expuestos en los considerandos. Ar-tículo 4º: Condenar a los Sres. Aramid Santos Monsalve y Maria Fabiana Almendra, en forma solidaria, al pago de la suma de pesos trece mil seiscientos sesenta y cuatro con ochenta y siete centavos ($13.664,87), según el siguien-te detalle, la suma de $9.524,36 en concepto de capital, con más la suma de $4.140,51 en concepto de intereses –Tasa Pasiva del Ban-co de la Provincia del Neuquén- a partir del 31/12/2007 al 30/09/2015; conforme la planilla de liquidación adjunta. Asimismo, se les hace saber que en el plazo de veinte (20) días de-berán proceder a depositar el total resultante, en la cuenta que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia - Sucursal Ri-vadavia - Cuenta Corriente Nº 110/3, debien-do presentar en la sede de este Órgano de Control Externo, dentro del plazo indicado, el comprobante respectivo. Vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito, sin más trámite, se remitirán los antecedentes al Sr. Fiscal de Estado para que proceda por vía de apremio. Artículo 5º: Condenar a los Sres. Claudia Inés Valenzuela y María Fabiana Almendra, en for-ma solidaria, al pago de la suma de pesos seis mil cuatrocientos cuarenta y uno con noventa y tres centavos ($6.441,93), según el siguiente detalle, la suma de $4.490 en concepto de capi-tal, con más la suma de $1.951,93 en concepto de intereses –Tasa Pasiva del Banco de la Pro-vincia del Neuquén- a partir del 31/12/2007 al 30/09/2015; conforme la planilla de liquidación adjunta. Asimismo, se les hace saber que en el

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plazo de veinte (20) días deberán proceder a depositar el total resultante, en la cuenta que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia – Sucursal Rivadavia – Cuenta Co-rriente Nº 110/3, debiendo presentar en la sede de este Órgano de Control Externo, dentro del plazo indicado, el comprobante respectivo. Vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito, sin más trámite, se remitirán los antecedentes al Sr. Fiscal de Estado para que proceda por vía de apremio. Artículo 6º: Regístrese, notifí-quese, publíquese. … Fdo.) Dr. Hugo R. Acuña (Presidente), Cra. Ana C. Esteves (Vocal), Cra. María Vaqueiro (Vocal), Dra. Laura M. Serrano (Vocal), Dr. Antonio A. Di Maggio (Vocal), Dr. Fernando G. Correa Uranga (Prosecretario a/c Secretaría).

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Acuerdo JR-8926. En la ciudad de Neu-quén, Capital de la Provincia del mismo nom-bre, a los diecinueve días del mes de no-viembre del año dos mil quince, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén … para dictar resolución en rela-ción a los autos caratulados: “Dirección Pro-vincial de Vialidad. Rendición de Cuentas. Ejercicio 2010. Actuación Sumarial. Obs. Nº 1. Expte. Nº 4862-0084 y Resolución 1149 del 21/12/2009”, (Expte. 2600-48639/2010. Alc. 1. Anexo 1), en trámite por ante este Tribunal … Visto: … Considerando: … Resuelve: Artículo 1º: Dejar sin efecto la Observación Nº 1 conteni-da en el Anexo I del Informe Nº 4148/12D.G.O.D y ratificada en el Informe Nº 4263/12D.G.O.D -correspondiente a la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2010 de la Dirección Provincial de Vialidad- y disponer el archivo de las presentes actuaciones. Artículo 2º: Regístrese, notifíque-se a los Sres. Ramón Alfredo Asmar (en su ca-rácter de Presidente durante el ejercicio 2010 de la DPV), Héctor Eduardo Suárez (en su ca-rácter de Secretario General), Norma Susana

Sánches (en su calidad de Directora General de Administración) y Hugo Daniel Vannicola (en su calidad de Coordinador Técnico), publí-quese y archívese. … Fdo.) Dr. Hugo R. Acuña (Presidente), Cra. Ana C. Esteves (Vocal), Cra. María Vaqueiro (Vocal), Dra. Laura M. Serrano (Vocal), Dr. Antonio A. Di Maggio (Vocal), Dr. Fernando G. Correa Uranga (Prosecretario a/c Secretaría).

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Acuerdo JR-8929. En la ciudad de Neu-quén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil quince, se reúne en Acuerdo el Tri-bunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén … para dictar resolución en los autos caratula-dos: “Ente Provincial de Agua y Saneamien-to - Rendición de Cuentas Ejercicio 2010. - Actuacion Sumarial – Observación Nº 86 Expte. Nº 008458/2010 Acuerdo para cance-lar honorarios Bozzano, Alejandra” (Expte. Nº 5600-00017/11 – Alcance 1 – Anexo 16) en trámite por ante este Tribunal … Visto: … Con-siderando: … Resuelve: Artículo 1º: Dejar sin efecto la Observación Nº 86 contenida en el Informe del Auditor Nº 4152/12 D.G.O.D., rati-ficada en el Informe Nº 4275/12 D.G.O.D., del Ente Provincial de Agua y Saneamiento para el Ejercicio 2010 y disponer su archivo. Artícu-lo 2º: Regístrese, publíquese, dese al Boletín Oficial y Archívese. Fdo.) Dr. Hugo R. Acuña (Presidente), Cra. Ana C. Esteves (Vocal), Cra. María Vaqueiro (Vocal), Dra. Laura M. Serrano (Vocal), Dr. Antonio A. Di Maggio (Vocal), Dr. Fernando G. Correa Uranga (Prosecretario a/c Secretaría).

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Acuerdo JR-8930. En la ciudad de Neu-quén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil quince, se reúne en Acuerdo el Tri-

PAGINA 48 Neuquén, 18 de Diciembre de 2015BOLETIN OFICIAL

bunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén … para dictar resolución en los autos caratula-dos: “Ente Provincial de Agua y Saneamien-to - Rendición de Cuentas Ejercicio 2010 – Actuacion Sumarial – Obs. Nº 55, 56, 57, 58, 59 y 60”, Expte. Nº 5600-00017/2011 Alc. 1, Anexo 6, en trámite por ante este Tribunal … Visto: … Considerando: … Resuelve: Artículo 1º: Dejar sin efecto las Observaciones Nros. 55, 56, 57, 58, 59 y 60 contenidas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 4152/12, y ratificadas en el Informe Nº 4275/12 correspondiente a la Rendición de Cuentas Ejercicio 2010 del Ente Provincial de Agua y Saneamiento –EPAS-, teniendo en cuenta las aclaraciones vertidas en los considerandos respecto a la multa. Ar-tículo 2º: Regístrese, notifíquese, publíquese y oportunamente Archívese. … Fdo.) Dr. Hugo R. Acuña (Presidente), Cra. Ana C. Esteves (Vo-cal), Cra. María Vaqueiro (Vocal), Dra. Laura M. Serrano (Vocal), Dr. Antonio A. Di Maggio (Vo-cal), Dr. Fernando G. Correa Uranga (Prosecre-tario a/c Secretaría).

CORREO ARGENTINO - Cuenta Nº 0000012930F0052 | Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 5205004Tipeado, Compaginado, Armado e Impreso en la Dirección del Boletín Oficial y Archivo

SUMARIOEdición de 48 Páginas

Decretos Sintetizados - Pág. 2

Dirección Pcial. de Minería - Pág. 2 a 4

Contratos, Licitaciones, Convocatorias Edictos y Avisos - Pág. 4 a 41

Normas Legales - Pág. 42 a 45

Acuerdos del Tribunal de Cuentas - Pag. 46 a 48

ANEXO

Decretos de la Provincia2379 - Reglaménta la Ley 27972384 - Aprueba la Reglamentación de la Ley 1934

Tribunal Superior de JusticiaTestimonio Acuerdo Nº 5407 Punto 20. Filmación de Audiencias en el Marco de la Reorganización de los Fueros Civil y Labo-ral de Neuquén Capital.

DE INTERÉS PARA NUESTROS USUARIOS

Se comunica que el cierre de la recep-ción de material para su publicación es in-defectiblemente hasta los días martes de c/semana en el horario de 8:30 a 13:00. Transcurrido ese lapso el material que se recepcione será publicado en la Edición siguiente. Se recuerda además que las solicitudes de publicación de textos de-berán ser presentadas ÚNICAMENTE en original tipeado en letra ARIAL, Cuerpo 12, doble espacio y debidamente Firma-do.

La Dirección

A NUESTROS USUARIOS Se comunica que, con motivo de los feriados de las Fiestas de Navidad y Año Nuevo, se recepciona-rá la documentación para publicar, según se detalla a continuación:

Edición Fecha Se recepcionará Nº hasta el día:3501 23-12-15 18-12-20153502 30-12-15 23-12-2015 Asimismo se informa que tendrán prioridades los documentos con vencimientos impuestos.

SIN EXCEPCIÓN