PROVINCIA DE MENDOZA -...

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LEYES Págs. Secretaría General de la Gobernación 9.949 Ministerio de Ambiente y Obras Públicas 9.910 DECRETOS Ministerio de Hacienda 9.951 RESOLUCIONES Ministerio de Economía 9.963 Departamento General de Irrigación 9.937 Dirección de Vías y Medios de Transporte 9.963 ORDENANZAS Municipalidad de Luján de Cuyo 9.964 FALLOS Tribunal de Cuentas de la Provincia 9.977 SECCION GENERAL Convocatorias 9.989 Remates 9.989 Concursos y Quiebras 9.993 Titulos Supletorios 9.994 Notificaciones 9.995 Sucesorios 10.002 Mensuras 10.005 Avisos Ley 11.867 10.007 Avisos Ley 19.550 10.007 Licitaciones 10.008 GOBERNADOR Dr. Arturo Pedro Lafalla VICEGOBERNADOR Cdor. Jorge Antonio López MINISTRO DE GOBIERNO Dr. Félix Pesce MINISTRO DE HACIENDA Cdor. Enrique Angel Morganti MINISTRO DE ECONOMIA Ing. Carlos Jorge Rodríguez MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL Y SALUD Arq. Pablo Antonio Márquez MINISTRO DE AMBIENTE Y OBRAS PUBLICAS Ing. Eduardo Ramón Sancho SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION Dr. Aldo Germán Rodríguez Salas PODER EJECUTIVO FUNDADOEL7DEABRILDE1899 Aparece todos los días hábiles Distribuye TAC Lo Lleva POSTAL PROVINCIA DE MENDOZA R.N.P.S.P. N° 042 CORREO PRIVADO AÑO XCVIII MENDOZA, MIERCOLES 30 DE DICIEMBRE DE 1998 N° 25.811 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual 94397 Sumario SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION _____________ LEY Nº 6.635 El Senado y Cámara de Dipu- tados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1º - Ratifícase el De- creto Nº 1720 de fecha 8 de octu- bre de 1998, mediante el cual se aprueba el Acta Acuerdo celebra- da entre el Gobierno de la Provin- cia de Mendoza, la Dirección Ge- neral de Escuelas y la Universi- dad Nacional de Cuyo, correspon- diente al Convenio de Coopera- ción Educativa Mutua. Artículo 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en el Recinto de Sesio- nes de la Honorable Legislatura, en Mendoza, a los tres días del mes de noviembre de mil nove- cientos noventa y ocho. Ernesto Rolán Vicepresidente H. Senado Gabriel Kemelmajer Secretario H.C.S. Ernesto Nieto Presidente H.C.D. Jorge Manzitti Secretario H.C.D. DECRETO Nº 1.978 Mendoza, 26 de noviembre de 1998 Visto el expediente Nº 3455- H-98-00020 y su acumulado Nº 2966-D-98-00020, en el que a fs. 1 del expediente citado en primer término, obra nota de la H. Cá- mara de Senadores de la Provin- cia, recepcionada por el Poder Eje- cutivo con fecha 16 de noviembre de 1998, mediante la que comu- nica la sanción Nº 6635, ELGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º - Téngase por Ley de la Provincia la sanción Nº 6635. Artículo 2º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Ofi- cial y archívese. ARTURO PEDRO LAFALLA Aldo Rodríguez Salas ___________________________ LEY Nº 6.651 El Senado y Cámara de Dipu- tados de la Provincia de Mendoza sancionan con fuerza de LEY Artículo 1º - Modifícase el artí- culo 1º de la Ley Nº 6366, el que quedará redactado de la siguien- te manera: «Artículo 1º - A los fines dis- puestos en el artículo 131 de la Constitución Provincial, los Minis- terios del Poder Ejecutivo serán los siguientes: a) Gobierno; b) Justicia y Seguridad; c) Hacienda; d) Economía; Leyes e) Desarrollo Social y Salud; f) Ambiente y Obras Públicas; g) Secretaría General de la Gobernación.» Artículo 2º - Modifícase el artí- culo 1º de la Ley Nº 6366, el que quedará redactado de la siguien- te forma: «Ministerio de Gobierno Artículo 10 - Será competen- cia del Ministerio de Gobierno la coordinación de la actividad polí- tica y de las relaciones institucionales del Poder Ejecuti- vo Provincial. En particular le co- rresponde: a) Coordinar las relacio- nes Institucionales con: el Gobier- no Nacional; las demás Provin- cias; los otros Poderes del Esta- do Provincial; los Municipios de la Provincia; las Organizaciones Sociales. b) Participar en la reforma constitucional; c) Registrar y controlar a las personas jurídicas; d) Preparar la convocato- ria al Congreso de Municipalida- des con arreglo a lo dispuesto por el Art. 12 de la Ley Nº 1079; e) Realizar los estudios sobre creación de Departamen- tos, Ciudades y otros centros po- blados; f) Administrar el sistema de identificación y Registro del Es- tado Civil de las Personas; g) Planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las elec- ciones nacionales, provinciales y municipales, conforme las nor- mas legales en vigencia.» Artículo 3º - Incorpórase a la Ley Nº 6366 el siguiente artículo: «Ministerio de Justicia y Seguri- dad Artículo 10 bis - Serán compe- tencias del Ministerio de Justicia y Seguridad la planificación, co- ordinación, organización, ejecu- ción y control de la política de se-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9949

LEYES Págs.Secretaría General dela Gobernación 9.949Ministerio de Ambientey Obras Públicas 9.910DECRETOSMinisterio de Hacienda 9.951RESOLUCIONESMinisterio de Economía 9.963Departamento General deIrrigación 9.937Dirección de Vías yMedios de Transporte 9.963ORDENANZASMunicipalidad de Lujánde Cuyo 9.964FALLOSTribunal de Cuentas dela Provincia 9.977SECCION GENERALConvocatorias 9.989Remates 9.989Concursos y Quiebras 9.993Titulos Supletorios 9.994Notificaciones 9.995Sucesorios 10.002Mensuras 10.005Avisos Ley 11.867 10.007Avisos Ley 19.550 10.007Licitaciones 10.008

GOBERNADORDr. Arturo Pedro Lafalla

VICEGOBERNADORCdor. Jorge Antonio López

MINISTRO DE GOBIERNODr. Félix Pesce

MINISTRO DE HACIENDACdor. Enrique Angel Morganti

MINISTRO DE ECONOMIAIng. Carlos Jorge Rodríguez

MINISTRO DE DESARROLLOSOCIAL Y SALUD

Arq. Pablo Antonio Márquez

MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

Ing. Eduardo Ramón Sancho

SECRETARIO GENERALDE LA GOBERNACION

Dr. Aldo Germán Rodríguez Salas

PODER EJECUTIVO

FUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899Aparece todos los d ías háb i les

Distribuye

TAC Lo Lleva POSTAL

PROVINCIA DE MENDOZAR.N.P.S.P. N° 042

CORREO PRIVADO

AÑO XCVIII MENDOZA, MIERCOLES 30 DE DICIEMBRE DE 1998 N° 25.811

Registro Nacional de laPropiedad Intelectual N° 94397

SumarioSECRETARIA GENERAL DE

LA GOBERNACION_____________

LEY Nº 6.635

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendoza,sancionan con fuerza de

LEY:

Artículo 1º - Ratifícase el De-creto Nº 1720 de fecha 8 de octu-bre de 1998, mediante el cual seaprueba el Acta Acuerdo celebra-da entre el Gobierno de la Provin-cia de Mendoza, la Dirección Ge-neral de Escuelas y la Universi-dad Nacional de Cuyo, correspon-diente al Convenio de Coopera-ción Educativa Mutua.

Artículo 2º - Comuníquese alPoder Ejecutivo.

Dada en el Recinto de Sesio-nes de la Honorable Legislatura,en Mendoza, a los tres días delmes de noviembre de mil nove-cientos noventa y ocho.

Ernesto RolánVicepresidente H. Senado

Gabriel KemelmajerSecretario H.C.S.

Ernesto NietoPresidente H.C.D.

Jorge ManzittiSecretario H.C.D.

DECRETO Nº 1.978

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 3455-H-98-00020 y su acumulado Nº2966-D-98-00020, en el que a fs.1 del expediente citado en primertérmino, obra nota de la H. Cá-mara de Senadores de la Provin-cia, recepcionada por el Poder Eje-cutivo con fecha 16 de noviembrede 1998, mediante la que comu-nica la sanción Nº 6635,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Leyde la Provincia la sanción Nº6635.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAAldo Rodríguez Salas

___________________________

LEY Nº 6.651

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendozasancionan con fuerza de

LEY

Artículo 1º - Modifícase el artí-culo 1º de la Ley Nº 6366, el quequedará redactado de la siguien-te manera:

«Artículo 1º - A los fines dis-puestos en el artículo 131 de laConstitución Provincial, los Minis-terios del Poder Ejecutivo seránlos siguientes:

a) Gobierno;b) Justicia y Seguridad;c) Hacienda;d) Economía;

Leyese) Desarrollo Socialy Salud;f) Ambiente y ObrasPúblicas;g) Secretaría General de laGobernación.»

Artículo 2º - Modifícase el artí-culo 1º de la Ley Nº 6366, el quequedará redactado de la siguien-te forma:

«Ministerio de Gobierno

Artículo 10 - Será competen-cia del Ministerio de Gobierno lacoordinación de la actividad polí-tica y de las relacionesinstitucionales del Poder Ejecuti-vo Provincial. En particular le co-rresponde:

a) Coordinar las relacio-nes Institucionales con: el Gobier-no Nacional; las demás Provin-cias; los otros Poderes del Esta-do Provincial; los Municipios dela Provincia; las OrganizacionesSociales.

b) Participar en la reformaconstitucional;

c) Registrar y controlar alas personas jurídicas;

d) Preparar la convocato-ria al Congreso de Municipalida-des con arreglo a lo dispuesto porel Art. 12 de la Ley Nº 1079;

e) Realizar los estudiossobre creación de Departamen-tos, Ciudades y otros centros po-blados;

f) Administrar el sistemade identificación y Registro del Es-tado Civil de las Personas;

g) Planificar, ejecutar ycontrolar el desarrollo de las elec-ciones nacionales, provinciales ymunicipales, conforme las nor-mas legales en vigencia.»

Artículo 3º - Incorpórase a laLey Nº 6366 el siguiente artículo:

«Ministerio de Justicia y Seguri-dad

Artículo 10 bis - Serán compe-tencias del Ministerio de Justiciay Seguridad la planificación, co-ordinación, organización, ejecu-ción y control de la política de se-

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guridad pública de la Provincia, enorden a la protección de la vida, lalibertad, los derechos y los bie-nes de los habitantes de la Pro-vincia.

En particular le corresponde:

a) Ejecutar las leyes queorganicen al Poder Judicial, queno sean de competencia exclusi-va de dicho Poder;

b) Ejecutar las sancionespenales;

c) Administrar el ServicioPenitenciario Provincial, los esta-blecimientos de encausados ypenados y la Comisaría del Me-nor;

d) Atender el Patronato deLiberados y ejercer el control ne-cesario de los detenidos y encar-celados en resguardo de sus de-rechos y garantías;

e) Mantener un registro deantecedentes judiciales de laspersonas físicas;

f) Proponer al Poder Eje-cutivo los indultos y la conmuta-ción y rebaja de penas;

g) Proyectar y proponer le-yes de amnistía;

h) Proyectar y proponer le-yes procesales;

i) Planificar, coordinar, or-ganizar, dirigir y controlar el Siste-ma Provincial de Seguridad Pú-blica;

j) Coordinar la participa-ción de la Comunidad en el Sis-tema Provincial de Seguridad Pú-blica;

k) Organizar y conducir elSistema de Policías de la Provin-cia y el Sistema de Defensa Civil;

l) Coordinar y dirigir el Sis-tema de Comunicación al servi-cio de la seguridad;

m) Planificar, ejecutar ycontrolar las tareas de inteligen-cia y análisis de información con-ducentes a la prevención y repre-sión delictual;

n) Habilitar, regular y con-trolar la constitución y el funcio-namiento de las Empresas Pri-vadas de Vigilancia;

ñ) Coordinar las relacio-nes institucionales y sociales enlas materias de su competencia».

Artículo 4º - Autorízase al Po-der Ejecutivo para que modifiquela planta de personal y créditospertinentes del presupuesto co-rrespondiente al año 1999, crean-do los cargos que resulten nece-sarios, sin alterar los importes ycargos totales de dicho presu-puesto, a fin de crear o adecuarlos servicios administrativos quecorresponden a los Ministerios deGobierno y de Justicia y Seguri-dad.

Artículo 5º - Comuníquese alPoder Ejecutivo.

Dada en el Recinto de Sesio-nes de la Honorable Legislatu-ra, en Mendoza, a los veintiochodías del mes de diciembre de1998.

Jorge A. LópezVicegobernador

Presidente H. Senado

Gabriel KemelmajerSecretario H.C.S.

DECRETO Nº 2.161

Mendoza, 29 de diciembre de1998

Visto el Expediente Nº 3956-H-98-00020, y su acumulado Nº3955-G-98-00020, en el que a fs.1 del expediente citado en primertérmino obra nota de la H. Cáma-ra de Senadores de la Provincia,recepcionada por el Poder Ejecu-tivo con fecha 29 de Diciembre de1998, mediante la cual comunicala sanción Nº 6651,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Leyde la Provincia la sanción Nº6651.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAAldo Rodríguez Salas

____________________________

LEY Nº 6.652

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendo-

za, sancionan con fuerza de

LEY:

Artículo 1º - Declárase en pro-ceso de reestructuración a la Po-licía de Mendoza por el términode doce (12) meses a partir de laentrada en vigencia de la presen-te ley.

Artículo 2º - La reestructura-ción comprende los aspectosorganizativos, funcionales, opera-tivos, laborales y administrativosde la Policía de Mendoza.

Artículo 3º - El Ministerio deJusticia y Seguridad será autori-dad de aplicación de la presenteley.

Artículo 4º - La reestructura-ción de la Policía de Mendoza ten-drá por objetivos:

a) Dotar a la Institución Policialde una mayor eficiencia en elcumplimiento de sus funciones,específicas;

b) Transformar su estructura or-gánica;

c) Racionalizar y optimizar sus re-cursos humanos y materiales.

d) Desarrollar y profesionalizar alpersonal policial;

e) Integrar al personal y a la Insti-tución Policial con la comunidada la que debe servir.

Artículo 5º - La presente ley fa-culta a la autoridad de aplicacióna llevar a cabo todas aquellas ac-ciones necesarias para el cum-plimiento de los objetivos fijadosen el artículo anterior. En espe-cial estará facultado para:

a) Disponer cambios de destinos,funciones y promociones paratodo el personal de la Policía deMendoza.

b) Disponer el pase a revista pa-siva, el retiro o la baja obligato-ria de cualquier miembro de la Po-licía de Mendoza.

c) Modificar total o parcialmentela estructura organizativa de la Po-licía. d) Crear, modificar, transfe-rir o suprimir las funciones queactualmente cumple la Policía deMendoza.

Artículo 6º - La reestructura-ción es causal suficiente paradisponer el pase a revista pasiva,el retiro o la baja obligatoria decualquier miembro de la Policíade Mendoza.

Artículo 7º - Al personal quepase a revistar en pasiva en vir-tud del proceso de reestructura-ción se le aplicará lo dispuestopor el artículo 57 inciso b) de laLey de Personal Policial, y que-dará a disposición de la autori-dad de aplicación, la que duranteel tiempo de vigencia de esta leydeberá decidir su pase a retiro,baja obligatoria o pase a situa-ción de servicio efectivo.

Artículo 8º - La baja obligato-ria no podrá ser dispuesta res-pecto del personal que se en-cuentre en situación de pasar aretiro, conforme la normativa vi-gente en la materia.

Artículo 9º - El personal res-pecto al cual se haya dispuestola baja obligatoria, fundada en lareestructuración, tendrá derechoa cobrar una indemnización con-forme lo dispuesto por el Artículo17 del Decreto Ley Nº 560/73,siempre que no se encuentrenbajo sumario administrativo oproceso penal que pudieran con-cluir en una medida expulsivade la fuerza o su inhabilitaciónpara ejercer cargos públicos. Elpago de la indemnización que-dará suspenso hasta la finali-zación de dichos procesos pen-dientes. Si de ellos resultare quecorresponde la aplicación de al-guna de las medidas antes men-cionadas se perderá el derechoa la indemnización.

Artículo 10 - Suspéndase du-rante el tiempo de vigencia de lapresente Ley, la Ley de PersonalPolicial Nº 4747, la Ley Orgánicade Policía Nº 4697, sus normasmodificatorias, reglamentarias ytoda otra disposición que se leoponga. Las excepciones a estasuspensión general sólo podrándisponerse por la autoridad deaplicación, previa acreditación dela razonabilidad de las mis-mas, mediante acto administra-tivo expreso, individual o no, paracada caso debidamente funda-do

Artículo 11 - Créase, en el ám-bito de la Honorable Legislatura,

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9951

una Comisión Bicameral de se-guimiento del proceso de rees-tructuración de la Policía de Men-doza, implementado por el PoderEjecutivo Provincial en cumpli-miento de la presente Ley.

Artículo 12 - Dicha Comisiónestará conformada por cinco In-tegrantes de cada una de lasCámaras, los que deberán re-presentar igualitariamente a to-dos los partidos políticos conparticipación legislativa.

Artículo 13 - La Comisión ten-drá como objetivo excluyente elcontrol de las acciones que seimplementen con motivo de la re-forma mencionada y participaráen la elaboración de los proyec-tos de ley que ésta requiera.

Artículo 14 - Facúltase al Po-der Ejecutivo a efectuar, en elpresupuesto correspondiente alaño 1999, las adecuaciones pre-supuestarias que resulten ne-cesarias para la aplicación de lapresente ley.

Artículo 15 - Toda duda o con-flicto relativo a la interpretación y/o aplicación de esta ley, y deaquellas otras normas que ensu consecuencia se dicten se re-solverá atendiendo al mejor cum-plimiento de los fines previstosen el Artículo 4o.

Artículo 16 - La presente leyentrará en vigencia a partir del díade su publicación en el BoletínOficial.

Artículo 17- Comuníquese alPoder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DESESIONES DE LA HONORABLELEGISLATURA, en Mendoza a losveintiocho días del mes de di-ciembre de mil novecientos no-venta y ocho.

Jorge A. LópezVicegobernador

Presidente H. Senado

Gabriel KemelmajerSecretario Legislativo

H. Cámara de Senadores____________________________

DECRETO Nº 2.162

Mendoza, 29 de diciembre de1998

Visto el Expediente Nº 3957-H-98-00020, y su acumulado Nº3955-G-98-00020, en el que a fs.1 del expediente citado en primertérmino obra nota de la H. Cáma-ra de Senadores de la Provincia,recepcionada por el Poder Ejecu-tivo con fecha 29 de Diciembre de1998, mediante la cual comunicala sanción Nº 6652,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Leyde la Provincia la sanción Nº6652.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAAldo Rodríguez Salas

____________________________

LEY Nº 6.653

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendozasancionan con fuerza de

LEY

Artículo 1º - Créase el Conse-jo Asesor de Política de Seguri-dad Pública como entidad técni-ca de asesoramiento del Ministrode Justicia y Seguridad.

Artículo 2º - El Consejo Ase-sor de Política de Seguridad Pú-blica tendrá a su cargo el estudioy la investigación de la problemá-tica de la Seguridad Pública, asícomo la elaboración de propues-tas en la materia. Realizará tam-bién el análisis del proceso dereforma del Sistema Provincial deSeguridad Pública.

Artículo 3º - El Señor Gober-nador de la Provincia nombraráa su Presidente. Este propondráal resto de sus integrantes, losque deberán ser personas de re-conocida trayectoria y especiali-zación en la temática específicadel Consejo o representar orga-nizaciones y sectores de la co-munidad afines.

Artículo 4º - El Consejo se dic-tará su propio reglamento de fun-cionamiento y sus integrantes ac-tuarán ad-honórem.

Artículo 5º - Comuníquese alPoder Ejecutivo.

Dada en el Recinto de Sesio-nes de la Honorable Legislatura,en Mendoza, a los veintiocho díasdel mes de diciembre de 1998.

Jorge A. LópezVicegobernador

Presidente H. Senado

Gabriel KemelmajerSecretario H.C.S.

DECRETO Nº 2.163

Mendoza, 29 de diciembre de1998

Visto el Expediente Nº 3958-H-98-00020, y su acumulado Nº3955-G-98-00020, en el que a fs.1 del expediente citado en pri-mer término obra nota de la H.Cámara de Senadores de laProvincia, recepcionada por elPoder Ejecutivo con fecha 29 deDiciembre de 1998, mediante lacual comunica la sanción Nº6653,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Leyde la Provincia la sanción Nº 6653.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAAldo Rodríguez Salas

____________________________

MINISTERIO DE AMBIENTEY OBRAS

PUBLICAS_____________

LEY Nº 6.639

El Senado y Cámara de Di-putados de la Provincia deMendoza, sancionan con fuer-za de

LEY:

Artículo 1º - Créase una es-cuela de nivel medio en el Distri-to Philipps del DepartamentoJunín.

Artículo 2º - Incorpórese en lasplanillas analíticas del Plan deObras Públicas del presupuestopara el año 1999, la construcciónde una escuela de nivel medio en

el Distrito Philipps del Departa-mento Junín.

Artículo 3º - Comuníquese alPoder Ejecutivo.

Dada en el Recinto de Sesio-nes de la Honorable Legislatura,de la Provincia de Mendoza, a losonce días del mes de noviembrede mil novecientos noventa y ocho.

Jorge A. LópezVicegobernador

Presidente H. Senado

Gabriel KemelmajerSecretario H.C.S.

Ernesto NietoPresidente H.C.D.

Jorge ManzittiSecretario H.C.D.

DECRETOS

MINISTERIO DE HACIENDA____________

DECRETO Nº 1.418

Mendoza, 27 de agosto de 1998

Debiendo ausentarse de laProvincia, por razones oficiales, elseñor Ministro de Hacienda C.P.N.ENRIQUE ANGEL MORGANTI,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Encárguese inte-rinamente de la cartera de Ha-cienda, mientras dure la ausen-cia de su titular, C.P.N. ENRIQUEANGEL MORGANTI, al señor Mi-nistro de Economía, lng. CARLOSJORGE RODRIGUEZ.

Artículo 2º - El presente decre-to será refrendado por los seño-res Ministros de Hacienda y deEconomía.

Artículo 3º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

__________________________

DECRETO Nº 1.702

Mendoza, 6 de octubre de 1998

Visto el expediente Nº 00116-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989952

T-98-01089, lo dispuesto por elArtículo 45º del Código Fiscal (t.o.según decreto Nº 1284/93 y susmodificatorias) y el Decreto Nº378/95, y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado decretopreve un procedimiento de com-pensación dispuesta de oficioentre los débitos y créditos tribu-tarios correspondientes a un mis-mo sujeto pasivo y por periodosfiscales no prescriptos, aunquese refieran a distintas obligacio-nes impositivas, previendo paraello la compensación con débi-tos tributarios futuros del mismosujeto o con entrega deTIDAVIDEM;

Que Tesorería General de laProvincia advierte que el 02 deagosto de 1998 se amortizó elúlt imo cupón de tí tulosTIDAVIDEM;

Que tal motivo no debe impli-car perjuicios para los contribu-yentes que soliciten devolución delos tributos ingresados en exce-so;

Por ello, conforme con lo dic-taminado por el Departamentode Asuntos Legales de la Direc-ción General de Rentas a fs. 8 yAsesoría de Gobierno a fs. 10 delexpediente Nº 00116-T-98-01089.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Los saldos a favorresultantes por acciones de repe-tición de tributos ingresados enexceso, luego de efectuada lacompensación prevista en el Artí-culo 45º del Código Fiscal (.t.o.según Decreto Nº 1284/93 y susmodificatorias), se reintegrarán asu titular, mediante la compensa-ción con débitos tributarios futu-ros del mismo sujeto.

Artículo 2º - En los casos enque los importes por repeticiónde tributos ingresados en excesosea inferior a Pesos Quinientos($ 500,00), se atenderán con elFondo con Reposición que po-see la Dirección General de Ren-tas para devolución de tributos.

Artículo 3º - Encuádrense, enlo previsto en el artículo anterior,las devoluciones a cajeros de

Entes Recaudadores, aún cuan-do el monto sea inferior al men-cionado en el mismo.

Artículo 4º - En el caso de re-petición de tributos ingresadosen exceso cuya devolución supe-re la suma de Pesos Quinientos( $500,00), la misma se efectua-rá por intermedio de la TesoreríaGeneral de la Provincia.

Artículo 5º - Establézcase elmonto del Fondo con Reposiciónpara Devolución de tributos de laDirección General de Rentas enPesos Veinticinco Mil ($25.000,00) a efectos de atenderlas erogaciones previstas en elpresente decreto.

Artículo 6º - Las disposicionesdel presente decreto son aplica-bles a todas las devoluciones entrámite al 01 de agosto de 1998.

Artículo 7º - Deróguese el De-creto Nº 378/95.

Artículo 8º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

_____________________________________

DECRETO Nº 1.737

Mendoza, 9 de octubre de 1998

Visto el expediente Nº 01860-V-98-01027, la necesidad de de-signar Subdirector Ejecutivo delEnte de Fondos Residuales delos Bancos de Mendoza S.A. y dePrevisión Social S.A. y la facultadconferida por el Artículo 5° de laLey Nº 6523,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Desígnese, a par-tir del 9 de octubre de 1998,Subdirector Ejecutivo del Ente deFondos Residuales de los Ban-cos de Mendoza S.A. y de Previ-sión Social S.A., conforme lo es-tablecido por el Artículo 5º de laLey Nº 6523, al C.P.N. MARCOSGUILLERMO VICTORIA, D.N.I. Nº14.628.489, en el cargo Clase012, Código Escalafonario: 29-1-1-00, Unidad Organizativa: 23,cargo creado por Decreto Nº 1171/98, con la remuneración indicadaen el Artículo 5º del mencionadodecreto.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLACarlos J. Rodríguez

__________________________

DECRETO Nº 1.939

Mendoza, 13 de noviembre de1998

Visto el Expediente Nº 3754 -Letra D - Año 1998 - Código 02369y la necesidad de otorgar unaasignación por única vez al per-sonal docente, y

CONSIDERANDO:

Que los ajustes salariales aotorgar deben adecuarse a lasposibilidades financieras de laProvincia.

Por ello, y en uso de la autori-zación conferida por el artículo 36de la Ley Nº 6554, Presupuesto1998,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA

Artículo 1º - Otórguese porúnica vez, al personal compren-dido en el Estatuto del DocenteLey Nº 4934 que cumple tareasfrente a alumnos, una AsignaciónEspecial no remunerativa ni boni-ficable, destinada a compensarel aporte del material didácticoque efectúa el mismo para elmejor desempeño de sus fun-ciones, consistente en el impor-te fijo de Cuarenta pesos ($40,00).

Para los agentes remunera-dos por hora cátedra que se des-empeñen en idénticas condicio-nes frente a alumnos y aportenmaterial didáctico, el importe deesta asignación será de Dos pe-sos con veintidós centavos ($2,22) por hora cátedra, hasta al-canzar el máximo legal permitidopor la legislación vigente.

Artículo 2º - Quedan excluidosde esta asignación, los Secreta-rios Técnicos, Inspectores, Miem-bros de la Junta Calificadora y deDisciplina, Directores, Regentes,Secretarios Administrativos, Jefesde Preceptores, Jefes de Labora-torio, como así también, el per-sonal docente con cambio defunciones al 31 de marzo de 1998

y aquellos agentes que a la mis-ma fecha se encuentren en usode licencia sin goce de haberes.Asimismo queda excluido, engeneral, el personal de todos losniveles y modalidades que nocumple tareas docentes frente aalumnos y no aporta material di-dáctico.

El personal reemplazantepercibirá esta asignación siem-pre que acceda a reemplazos denoventa (90) días o más, en elmes de marzo de 1998.

Artículo 3º - Considérese bienpagada la Asignación Especialestablecida por el artículo 1º delpresente decreto, abonada en elmes de marzo de 1998 al perso-nal docente allí aludido, con lasrestricciones dispuestas por elartículo 2º, e imputada en las Par-tidas U.G.Crédito: E 96012 41101 00, E 96018 411 01 00, E96058 411 01 00, E 96064 411 0100, E 96066 411 01 00 y sus co-rrespondientes U.G. Gasto delPresupuesto de Erogaciones vi-gente 1998.

Artículo 4º - Las disposicionesde este decreto tienen vigencia apartir de 12 de marzo de 1998.

Artículo 5º - El presente de-creto será refrendado por los se-ñores Ministros de Hacienda y deGobierno.

Artículo 6º - Este decreto sedicta ad-referéndum del PoderLegislativo Provincial.

Artículo 7º - Comuníquese,publíquese, dése al RegistroOficial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. MorgantiFélix Pesce

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DECRETO Nº 1.953

Mendoza, 19 de noviembre de1998

Visto el Expediente Nº 2029 -Letra D - Año 1998 - Código01027, y la necesidad de ajustarel Adicional por MagistraturaConstitucional -Intangibilidad-,que perciben los magistrados delPoder Judicial, y

CONSIDERANDO:

Que el ajuste que se autoriza

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9953

se adecua a las posibilidades fi-nancieras de la Provincia.

Por ello, y en uso de la autori-zación conferida por el artículo 36de la Ley Nº 6554 - Presupuesto1998,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - El Adicional porMagistratura Constitucional -Intangibilidad-, establecido por elartículo 2° del Decreto Nº 1690del 17 de junio de 1986 y modifi-cado en último término por el ar-tículo 1º del Decreto Nº 1172 del27 de julio de 1998, consistirá enel importe mensual resultante deaplicar el DOS MIL NOVENTACON SETENTA Y SEIS CENTE-SIMOS POR CIENTO (2.090,76%)sobre la respectiva Asignación delCargo.

Artículo 2º - Las remuneracio-nes establecidas por este decre-to se imputarán a las partidas pre-supuestarias que correspondan.Posteriormente se efectuarán losreajustes y ampliaciones quesean necesarios.

Artículo 3º - Las disposicionesde este decreto tienen vigencia apartir del 1 de octubre de 1998.

Artículo 4º - El presente de-creto será refrendado por losSeñores Ministros de Hacienda yde Gobierno.

Artículo 5º - Este decreto sedicta ad-referéndum del PoderLegislativo Provincial.

Artículo 6º - Comuníquese, publí-quese, dése al Registro Oficial yarchívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.958

Mendoza, 20 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 76.847-M -97-01028, incorporada carátu-las Nros. 31.927-T-74-01028 y456-M-97-01028, en el primero delos cuales la señora ZOILAMUÑOZ Vda. de TORRES, solici-ta el beneficio de pensión para sipor su esposo fallecido DonFROILAN EDUARDO TORRES, y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causantese produjo el día 12 de junio de1997, según fotocopia del acta dedefunción agregada a fs. 34, sien-do beneficiario de un Retiro Vo-luntario según copia de la Reso-lución Nº 793/79, de la ex-Cajade Jubilaciones y Pensiones dela Provincia -actual Unidad deControl Previsional-, obrante a fs.18, consecuentemente dejó de-recho pensionario a sus herede-ros legales;

Que el vínculo invocado por lapeticionante queda acreditadocon la fotocopia del acta de ma-trimonio obrante a fs. 49/52;

Que a fs. 61/63 se encuentranlas renuncias de herederos enfavor de la solicitante, respecto delos haberes no alcanzados a per-cibir por el causante a la fechade su deceso, encontrándose afs. 83 vta., la constancia de la pu-blicación de los edictos citatoriosde Ley;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Pre-visional y Fiscalía de Estado seexpiden a fs. 67 y vta. y 68 res-pectivamente, aconsejando elotorgamiento del beneficio pen-sionario a la actora en un todode acuerdo con lo dispuesto porel Articulo 18º del Decreto-Ley Nº4176/77, en concordancia con loprevisto por el Artículo 24º de LeyNº 3794, modificada por Ley Nº6239;

Que el último acto útil a cargode la interesada se constituyó conlo actuado a. fs. 63 vta. con fecha08 de enero de 1998;

Que conforme lo establece elartículo 8º del Convenio de Trans-ferencia del Sistema de PrevisiónSocial de la Provincia de Mendo-za al Estado Nacional a fs. 80/81consta el correspondiente visadode la Administración Nacional deSeguridad Social (A.N.Se.S.), y afs. 82 obra la intervención de laUnidad de Control Previsionalproponiendo el deferimiento delbeneficio solicitado;

Por ello, en uso de las faculta-des que otorga el Sistema de Pre-visión Social del citado Artículo 8ºdel Convenio vigente en la Pro-vincia, aprobado por Decreto-

Acuerdo Provincial Nº 109/96 yDecreto Nacional Nº 362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Otórguese a laseñora ZOILA MUÑOZ Vda. deTORRES, L.C. Nº 6.352.554, Cla-se 1915, el beneficio de Pensióncon arreglo a las disposicionesdel Artículo 18º del Decreto-Ley Nº4176/71, en concordancia con loprevisto en el Articulo 24º de la LeyNº 3794, modificado por la Ley Nº6239, con vigencia a partir del 13de junio de 1997 conforme lo re-lacionado en los fundamentosdel presente Decreto quedandoel caso encasillado según fs. 69vta., del expediente Nº 76.847-M-97 -01028 en Carácter: 1, Juris-dicción: 05, Unidad Organizativa:06, Régimen Salarial: 06, Agrupa-miento: 1, Tramo: 1, Subtramo: 08,010: 08 Clase, 011: 25% Riesgode Vida, 058: 10 % Recargo deServicio, 065: Adicional Blanqueo,077: 85 % Permanencia, 080: 27años Antigüedad.

Artículo 2º - El DepartamentoReajustes y Liquidaciones de laUnidad de Control Previsionaldeterminará e incluirá en planillasgenerales de pago los haberesdevengados por la titular del be-neficio otorgado por el artículoprecedente, deducidos losanticipos pensionarios y los des-cuentos forzosos de Ley.

Artículo 3º - Asimismo dichoDepartamento determinará, encaso de existir, los haberes im-pagos al causante a la fecha desu deceso, los que serán efectivi-zados a la titular de autos tenien-do en cuenta la expresa renunciaa su favor de los derechos habien-tes presentados en las declara-ciones juradas obrantes a fs. 61/63, con aplicación del Artículo 640bis de la Ley Nº 3794, segúnmodificatoria introducida por elArtículo 1º, Apartado 23º de la LeyNº 6239. Se acepta a tal efecto lafianza rendida a fs. 64 por la se-ñora ASCENCION ALICIA BAIGO-RRIA, D.N.I. Nº 4.466.680.

Artículo 4º - Previo a efectivizarel acuerdo dispuesto, la benefi-ciaria deberá acreditar que no hamodificado su estado civil ni susituación de convivencia.

Artículo 5º - Comuníquese,

publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.959

Mendoza, 20 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 01969-S-98-01027, en el cual se solici-ta la designación, para su des-empeño como Asesor de Gabi-nete en Clase 076, para cumplirfunciones en el Ministerio de Ha-cienda, del Dr.. Fernando CarlosRuiz.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Desígnese, a par-tir del 1º de noviembre de 1988,Asesor de Gabinete del Ministe-rio de Hacienda, Clase 076 - Ase-sor, Código Escalafonario01.2.0.09, al Dr. Fernando CarlosRuiz, D.N.I. 11.827.443.

Artículo 2º - El Dr. FernandoCarlos Ruiz, cumplirá funcionesde asesoramiento relacionadascon temas institucionales en elMinisterio de Hacienda.

Artículo 3º - Comuníquese, publí-quese, dése al Registro Oficial yarchívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.960

Mendoza, 20 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 01767-S-98-01071, en el cual obran losantecedentes relacionados con elviaje que realizó el señor ARTUROCARIDAD, a la Ciudad de Monte-video, con el objeto de asistir al«IX ENCUENTRO INTERNACIO-NAL DE USUARIOS GENEXUS»,durante los días 15 al 16 setiem-bre de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que debido a que la Provinciaes usuario de GENEXUS, se con-sidera de importancia la asisten-cia del agente ARTURO CARIDADa dichas jornadas, a las que ha

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989954

sido invitado según constancia defs. 2;

Que el Decreto-Acuerdo Nº362/92 reglamentario de viáticosno prevé el caso de viajes al ex-terior, razón por la cual se estimaconveniente aplicar por analogíadisposiciones nacionales conte-nidas en el Decreto Nº 3168/78,modificado por Decretos Nº 955/83; 1090/92 y 1270/89;

Por ello, habiéndose efectua-do la imputación preventiva delgasto y conforme con lo dictami-nado por Asesoría Letrada delMinisterio de Hacienda a fs. 18 yvta. del expediente Nº 01767-5-98-01071;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Reconózcase delegítimo abono y dése por bienpagado hasta la suma de PESOSUN MIL CIENTO UNO CONOCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($1.101,86), correspondiente algasto que demandó el viaje quellevó a cabo en la Ciudad de Mon-tevideo, URUGUAY, el Subdirectorde Cómputos ARTURO CARI-DAD, Clase 013, Legajo Nº 1-06875847-1-01 de la ContaduríaGeneral de la Provincia entre losdías 15 al 17 de setiembre de1998, con el objeto de asistir al«IX ENCUENTRO INTERNACIO-NAL DE USUARIOS GENEXUS»,conforme con el siguiente deta-lle:

Pasaje aéreo Mza. Bs. As.- Men-doza $ 214,00

Pasaje aéreo al exterior $141,40

Cuatro días y medio (4,5) de viáti-co al exterior, a razón de $165,88por día: $ 746.46

Total: $ 1.101,86

Son: PESOS UN MIL CIENTO UNOCON OCHENTA Y SEIS CENTA-VOS.

Artículo 2º - El gasto reconoci-do por el artículo anterior fue aten-dido por la Subdirección de Habi-litación del Ministerio de Hacien-da, con cargo a la Cuenta Gene-ral H96178 41301 00 UGEH30655 del Presupuesto vigenteaño 1998.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-

blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLACarlos J. Rodríguez

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DECRETO Nº 1.975

Mendoza, 23 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 2115-V-98 -01027- en el cual obra la re-nuncia presentada por el Arqui-tecto Mario José Valencia, al car-go de Director de la Dirección Pro-vincial de Catastro, en el que fue-ra designado mediante DecretoNº 2086/1997,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acéptese a partirdel 20 de noviembre de 1998, larenuncia presentada por el Arqui-tecto Mario José Valencia, D.N.I.Nº 7.617.377, Clase 1950, al car-go de Director de la Dirección Pro-vincial de Catastro del Ministeriode Hacienda, en el que fuera de-signado mediante Decreto Nº2086/1997,

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.977

Mendoza, 23 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 00299-F-98-01134, caratulado: «FER-NANDEZ FRANCISCO GABRIEL- PRESENTA RECURSO DE APE-LACION EXPTE. RES. 154/87», ysu acumulado Nº 18696-D-97-01134, en el primero de los cua-les el señor FRANCISCO GA-BRIEL FERNANDEZ, interponerecurso de apelación contra laResolución nº 154/97 obrante afs. 15/16 del expediente nº 18696-D-97-01134, del Subdirector deFiscalización de la Dirección Ge-neral de Rentas, y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo com-parte los fundamentos, los que dapor reproducidos en este acto,

como asimismo las razones te-nidas en cuenta para el dictadode la Resolución nº 36/98 delHonorable Tribunal Administrati-vo Fiscal, por la cual se rechazaformalmente el recurso de apela-ción deducido por el señor FRAN-CISCO GABRIEL FERNANDEZ.

Que en virtud de lo estableci-do en el Artículo 92º del CódigoFiscal, corresponde ratificar laResolución nº 36/98.

Por ello, de acuerdo con lodispuesto por la mencionadanorma legal y lo dictaminado porAsesoría de Gobierno a fs. 12 yFiscalía de Estado a fs. 17 delexpediente nº 00299-F-98-01134.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Ratifíquese en to-das sus partes la Resolución nº36 de fecha 12 de agosto de 1998,dictada por el Honorable TribunalAdministrativo Fiscal.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.984

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 03002-O-97-00020, caratulado "OlivaDomingo Orlando - Eleva recursode alzada" y su acumulado Nº02123-O-97-02690, en el prime-ro de los cuales el peticionanteinterpone recurso de alzada con-tra la Resolución Nº 266/97, dic-tada por el Directorio del InstitutoProvincial de Juegos y Casinos,obrante a fs. 36 del expediente Nº02123-O-97-02690, y

CONSIDERANDO:

Que el recurso ha sido pre-sentado en término, por lo que esadmisible formalmente. Que enel aspecto sustancial no le asisterazón al recurrente por cuantosería una incoherencia que laAdministración empleadora tuvie-ra que abonar una indemnizaciónsobre un fondo que no le perte-nece, que es propiedad exclusivade los empleados, y que el mon-

to que se percibe por este con-cepto no depende de laempleadora, sino de terceros aje-nos a la relación laboral.

Que analizando como se for-ma, distribuye y a quién pertene-ce el referido fondo, se determinaque el mismo es propiedad ex-clusiva de los empleados del Ins-tituto Provincial de Juegos y Casi-nos, que en ningún momento per-tenecen al Estado, que éste seha limitado a reglamentar y fisca-lizar la distribución del menciona-do fondo, a través del Decreto Nº11/73. Dicha reglamentación hasido necesaria en virtud de que lapropina, por principio, está prohi-bida a los empleados públicos.

Que por las razones expues-tas, corresponde rechazar el re-curso de alzada interpuesto porel señor DOMINGO ORLANDOOLIVA.

Por ello y atento a lo dictami-nado por Asesoría Letrada delMinisterio de Hacienda a fs. 10/11, Asesoría Letrada del InstitutoProvincial de Juegos y Casinos afs. 29 y Asesoría de Gobierno afs. 31 del expediente Nº 03002-O-97-00020,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acéptese formal-mente y rechácese sustancial-mente el recurso de alzada inter-puesto a fs. 1/4 del expediente Nº03002-O-97-0020 por eI señorDOMINGO ORLANDO OLIVA, con-tra la Resolución Nº 266, de fe-cha 26 de setiembre de 1997, dic-tada por el Directorio del InstitutoProvincial de Juegos y Casinos.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.985

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 09548-M-97-01134, caratulado"MARTINEZ MANUEL - REF.EXPTE. 10990-D-93 952-M-97646-M-94 S/ DENUNCIA DE ILE-GITIMIDAD" y sus acumulados Nº

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9955

00952-M-97-01134 y 10990-D-93-01134 en el primero de los cua-les el señor MANUEL MARTÍNEZinterpone Denuncia de Ilegitimi-dad contra las actuaciones quemotivaron la determinacióntributaria por los períodos 1981 a1991, en concepto de impuestosobre los Ingresos Brutos, y

CONSIDERANDO:

Que en el aspecto formal, elrecurso administrativo resulta in-admisible e improcedente en ins-tancia judicial puesto que la deu-da determinada se encuentra fir-me y en ejecución judicial, por loque la instancia administrativa hafinalizado y se encuentraprecluida.

Que en el aspecto sustancial,el contribuyente expone que suactividad es la venta de verduras,frutas y hortalizas en el MercadoCooperativo de Godoy Cruz

Que según dispone el Articu-lo 33, 2º párrafo de la Constitu-ción Provincial, «La legislatura nopodrá establecer impuestos quegraven en cualquier forma, losartículos de primera necesidad,salvo cuando ellos respondiesena exigencias de salubridad públi-ca».

Que al momento de la liqui-dación del impuesto requerido noexistía aún la disposición legal delaño 1992 por la que, en el CódigoFiscal, Articulo 187 Bis, se definelo que se entiende por «artículode primera necesidad», se tipificael hecho imponible y se le da laafectación específica acorde conla Constitución.

Que en ese sentido, el recu-rrente sostiene que no se encon-traban gravados los productosque él comercializa, por no existirla norma que expresamente losafecte como objeto del impuestosobre los Ingresos Brutos y querecién es con la Ley Nº 5810 delaño 1992, que comienzan agravarse.

Que al respecto se puede es-tablecer que en el primer período(Ejercicios 1981 a 1986), las nor-mas impositivas no cumplen conel requisito de afectación exigidopor la Constitución, pero si distin-gue la actividad de comercio ma-yorista de la minorista y que en elsegundo periodo (Ejercicios 1987a 1991), por disposición vigente

a partir del 1º de enero de 1987,la Ley impositiva Nº 5373, en suArtículo 38, Inciso 14), dentro delas modificaciones al Código Fis-cal, Artículo 185, Inciso b), esta-blece que «Están exentos delpago de este gravamen los ingre-sos de la venta directa al consu-midor de los siguientes artículos:agua potable y energía eléctricapara uso doméstico, azúcar paraconsumo doméstico, carnes ex-cluidos chacinados, pan, huevos,yerbas, aceites y grasas comes-tibles, leche, frutas, verduras yhortalizas, todos ellos en estadonatural».

Que establecida esta diferen-cia, entre la venta al consumidorfinal y la venta mayorista, se man-tiene el gravamen por esta últi-ma, por considerar que la prime-ra sólo puede ser objeto del im-puesto una vez cumplido el re-quisito de afectación específicoestablecido por la ConstituciónProvincial.

Que no corresponde gravarpor el período que abarcan losaños 1981 a 1991, la venta de losartículos de primera necesidad(definidos en el actual Artículo 187Bis del Código Fiscal) en la etapade venta a consumidor final, peroque sí es pertinente que se tribu-te por la mencionada actividad apartir del año 1992, debido a lacumplimentación del requisitoconstitucional que afecta a SaludPública los ingresos provenien-tes de la venta de los artículos deprimera necesidad, consideran-do en tal carácter cuando se ven-de a consumidor final.

Que respecto a las ventas alpor mayor, esta actividad no hagozado en ningún momento detratamiento exentivo.

Que teniendo en cuenta quese encuentra en trámite un juiciode apremio por la deuda corres-pondiente, se mantiene suspen-dida la ejecución judicial hastatanto se resuelva éste.

Por ello, y atento a lo dictami-nado por el Departamento deAsuntos Legales de la DirecciónGeneral de Rentas a fs. 7/8 y 18 yAsesoría Letrada del Ministerio deHacienda a fs. 21 del expedienteNº 09548-M-97-01134,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Rechácese for-mal y sustancialmente la Denun-cia de Ilegitimidad interpuestapor el señor MANUEL MARTÍNEZcontra las actuaciones que moti-varon la determinación tributariapor los períodos 1981 a 1991 enconcepto de impuesto sobre losIngresos Brutos, obrante a fs. 1/2 del expediente Nº 09548-M-97-01134.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.986

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 72.647-M-94-01100, en el cual el señorCAMILO JESUS MARTíNEZ, soli-cita el beneficio de Retiro Volun-tario previsto en el Decreto-Ley Nº4176/77, modificado por Decre-tos-Leyes Nros. 4211/77, 4347/79y Ley Nº 6239, y

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1 de marzo de 1998, fecha a partirde la cual se le acepta la renun-cia al cargo de Clase 005 -SAR-GENTO- de la Policía de Mendo-za, según Resolución Nº165-G-98 del Ministerio de Gobierno,obrante a fs. 25, registra 26 años,07 meses de servicios exclusiva-mente policiales;

Que el Departamento jurídicode la Unidad de Control Previsio-nal y Fiscalía de Estado a fs. 14 y15 respectivamente, han dictami-nado favorablemente el otorga-miento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 28 y encasillamiento res-pectivo de fs. 33 vta., correspon-diéndole un 95% conforme la es-cala del Articulo 12º del decreto-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema dePrevisión Social de la Provincia

de Mendoza al Estado Nacional,a fs 32/33 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 34 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las fa-cultades que otorga el Articulo 8ºdel Convenio de Transferenciadel Sistema de Previsión Socialde la Provincia de Mendoza alEstado Nacional, aprobado porDecreto-Acuerdo Provincial Nº109/96 y Decreto Nacional Nº362/96;

EL GOBERNADOR DE LAPROVINCIA DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor CAMILO JESUS MARTINEZ,L.E. Nº 8.021.655, Clase 1942,el Retiro Voluntario con arreglo alas disposiciones del Artículo 2º,Apartado 2 de la Ley Nº 6239, convigencia a partir del 1 de marzode 1998, determinando el haberde retiro en la proporción del 95%(Articulo 12º del Decreto-Ley Nº4176/77), tal como se evalúa enlos fundamentos del presenteDecreto. Queda el caso encasi-llado según fs. 33 vta. del expe-diente Nº 72.647-M-94-01100 en:Carácter: 1, Jurisdicción: 05, Uni-dad Organizativa: 06, RégimenSalarial: 06, Agrupamiento 1, Tra-mo: 1, Subtramo: 04, 010: 04 Cla-se, 011: 25% Riesgo de Vida,058: 10% Recargo Servicio, 059:06% Riesgo Especial, 065: Adi-cional Blanqueo, 077: 26,25%Permanencia, 080: 23 años Anti-güedad, 098: 22,05% Zona, 000:10% Presentismo, PRIMERAPROPORCION: 33,33% y Carác-ter: 1, Jurisdicción: 05, UnidadOrganizativa: 06, Régimen Sala-rial: 06, Agrupamiento: 1, Tramo:1, Subtramo: 05, 010: 05 Clase,011: 25% Riesgo de Vida, 058:10% Recargo Servicio, 059: 06%Riesgo Especial, 065: AdicionalBlanqueo, 080: 23 años Antigüe-dad, 098: 22% Zona, 000: 06,47%Presentismo, SEGUNDA PRO-PORCION: 66,67%.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor CAMILO JESUS MARTíNEZ,deducidos los anticipos de retiropercibidos, los descuentos forzo-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989956

sos de Ley y la deuda por 05meses (Artículo 20º del Decreto-Ley Nº 4176/77).

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.987

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 73.219-R-94-01100, en el cual el señorCRISTOBAL RUIZ, solicita el be-neficio de Retiro Voluntario previs-to en el Decreto-Ley Nº 4176/77,modificado por Decretos-LeyesNros. 4211/77, 4347/79 y Ley Nº6239, y

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1 de enero de 1998, fecha a partirde la cual se le acepta la renun-cia al cargo de Clase 016 -COMI-SARIO- de la Policía de Mendoza,según Resolución Nº11-G-98 delMinisterio de Gobierno, obrante afs. 28, registra 35 años, 03 me-ses y 17 días de servicios exclu-sivamente policiales;

Que el Departamento jurídicode la Unidad de Control Previsio-nal y Fiscalía de Estado a fs. 10 y11 respectivamente, han dictami-nado favorablemente el otorga-miento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 30 y encasillamiento res-pectivo de fs. 30 vta., correspon-diéndole un 100% conforme laescala del Articulo 12º del decre-to-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema dePrevisión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,a fs 34/35 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 36 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facul-tades que otorga el Articulo 8º delConvenio de Transferencia delSistema de Previsión Social dela Provincia de Mendoza al Esta-do Nacional, aprobado por De-creto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y Decreto Nacional Nº 362/96;

EL GOBERNADOR DE LAPROVINCIA DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor CRISTOBAL RUIZ, L.E. Nº4.178.734, Clase 1936, el RetiroVoluntario con arreglo a las dis-posiciones del Artículo 2º, Apar-tado 2 de la Ley Nº 6239, con vi-gencia a partir del 1 de enero de1998, determinando el haber deretiro en la proporción del 100%(Articulo 12º del Decreto-Ley Nº4176/77), tal como se evalúa enlos fundamentos del presenteDecreto. Queda el caso encasi-llado según fs. 30 vta. del expe-diente Nº 73.219-R-94-01100 :Carácter: 1, Jurisdicción: 05, Uni-dad Organizativa: 06, RégimenSalarial: 06, Agrupamiento 2, Tra-mo: 2, Subtramo: 06, 010: 16 Cla-se, 011: 25% Riesgo de Vida,021: 80% ResponsabilidadConductiva, 024: 35% Responsa-bilidad Profesional, 065: AdicionalBlanqueo, 077: 32.08% Perma-nencia, 080: 32 años Antigüedad,000: 10% Presentismo.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor CRISTOBAL RUIZ, deducidoslos anticipos de retiro percibidosy los descuentos forzosos de Ley..

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.988

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 74.546-G-95-01028, en el cual a fs. 30 elseñor TEODORO ALEJOGALIGNIANA, solicita transformarla Jubilación por Invalidez acor-dada mediante Resolución Nº122/97 por el Directorio de la Uni-dad de Control Previsional -ex

Caja de Jubilaciones y Pensionesde la Provincia, obrante a fs. 24/25, en Retiro Obligatorio, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la mencionadaResolución se acordó al titular deautos el beneficio de Jubilaciónpor Invalidez conforme las dispo-siciones del Articulo 19º de la LeyNº 3794 con vigencia a partir del01 de febrero de 1996;

Que de la constancia de fs.29, y del dictamen de fs. 39 emiti-do por la Junta Médica, se acre-dita que el actor padece una in-capacidad parcial y permanentedel 80%, contraída por acto deservicio, la que le hubiera impe-dido continuar en el mismo, porlo que en consecuencia es pro-cedente el acuerdo del beneficiode Retiro Obligatorio previsto enlos Artículos Nros. 13° y 14°, Inci-so b) del Decreto-Ley Nº 4176/77con un haber equivalente al 90%del sueldo y suplementos gene-rales correspondientes a su gra-do a la fecha de la declaración deincapacidad, conforme lo dictami-na el Departamento Jurídico yFiscalía de Estado a fs. 40 y vta.y 41, respectivamente, contraídaen acto de servicio, consideran-do que no puede desarrollar ta-reas de seguridad;

Que atento a que el actor yatiene acordado el beneficio a fs.24/25, corresponde transformarel mismo en Retiro Obligatorioconforme a las pautas señala-das oportunamente;

Que conforme con lo esta-blecido en el Artículo 8º del Con-venio de Transferencia del Siste-ma de Previsión Social de la Pro-vincia de Mendoza al Estado Na-cional , a fs. 55/56 consta el co-rrespondiente visado de la Ad-ministración Nacional de Seguri-dad Social (ANSeS), y a fs. 57obra la intervención de la Unidadde Control Previsional proponien-do acordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facul-tades que otorga el Articulo 8º delConvenio de Transferencia delSistema de Previsión Social dela Provincia de Mendoza al Esta-do Nacional , aprobado por De-creto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 - Decreto Nacional Nº 362/96,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Transfórmese elbeneficio acordado por la Unidadde Control Previsional ex Cajade Jubilaciones y Pensiones dela Provincia; mediante ResoluciónNº 122/97 obrante a fs. 24 /25 delexpediente de referencia (Articulo19º de la Ley Nº 3794) al señorTEODORO ALEJO GALIGNIANA,D.N.I. Nº 8.324.836, Clase 1950,en Retiro Obligatorio con arregloa las disposiciones de los Artícu-los 13º y 14º, Inciso b) del Decreto-Ley Nº 4176/77, con vigencia apartir del 1º de febrero de 1996,determinando el haber de retiroen la proporción del 90%, talcomo se evalúa en los funda-mentos del presente decreto.Queda el caso encasillado segúnfs. 43 vta. del expediente Nº74.546-G-95-01028 en: Carácter:1, Jurisdicción: 05, Unidad Orga-nizativa: 06, Régimen Salarial: 06,Agrupamiento 1, Tramo: 1, Sub-tramo: 02, 010: 02 Clase, 011: 25%Riesgo de Vida, 058: 10% Recar-go de Servicio, 065: Adicional Blan-queo, 077: 62,97% Permanencia:080: 18 años Antigüedad, 000:10% Presentismo, PRIMERAPROPORCION: 71,11%, y en Ca-rácter: 1, Jurisdicción: 05, UnidadOrganizativa: 06, Régimen Sala-rial: 06, Agrupamiento: 1, Tramo:1, Subtramo: 02, 010: 02 Clase,011: 25% Riesgo de Vida, 065:Adicional Blanqueo, 077: 70%Permanencia, 080: 19 años Anti-güedad, SEGUNDA PROPOR-CION: 28,89%.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor TEODORO ALEJOGALIGNIANA, deducidos los des-cuentos forzosos de Ley.

Artículo 3º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.989

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 70.432-B-03-01028, en el cual el señorDANTE OSVALDO BARRERA, so-licita el beneficio de Retiro Volun-tario previsto en el Decreto-Ley Nº4176/77, modificado por Decre-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9957

tos-Leyes Nros. 4211/77, 4347/79y Ley Nº 6239, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1º de enero de 1998, fecha a par-tir de la cual se le acepta la re-nuncia al cargo de Clase 005 -SARGENTO - de la Policía de Men-doza, según Resolución Nº 10-G-98 del Ministerio de Gobierno,obrante a fs. 32, registra 27 años,07 meses de servicios exclusiva-mente policiales;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Previ-sional y Fiscalía de Estado a fs.12 y 13 respectivamente, han dic-taminado favorablemente el otor-gamiento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 34 y encasillamiento res-pectivo de fs. 34 vta., correspon-diéndole un 100% conforme laescala del Articulo 12º del decre-to-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema de‘Previsión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,a fs. 38/39 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de Seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 40 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facul-tades que otorga el Articulo 8º delConvenio de Transferencia delSistema de Previsión Social dela Provincia de Mendoza al Esta-do Nacional, aprobado por De-creto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y Decreto Nacional Nº 362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor DANTE OSVALDO BARRERA,L.E. Nº 8.028.716, Clase 1945, elRetiro Voluntario con arreglo a lasdisposiciones del Artículo 2º,Apartado 2 de la Ley Nº 6239, convigencia a partir del 1º de enerode 1998, determinando el haberde retiro en la proporción del

100% (Articulo 12º del Decreto-LeyNº 4176/77), tal como se evalúaen los fundamentos del presen-te Decreto. Queda el caso enca-sillado según fs. 34 vta. del expe-diente Nº 70.432-B-93-01028 en:Carácter: 1, Jurisdicción: 05, Uni-dad Organizativa: 06, RégimenSalarial: 06, Agrupamiento 1, Tra-mo: 1, Subtramo: 04, 010: 04 Cla-se, 011: 25% Riesgo de Vida,058: 25% Recargo Servicio, 059:06% Riesgo Especial, 065: Adi-cional Blanqueo, 080: 25 años deAntigüedad, 000: 10% Presen-tismo, PRIMERA PROPORCION:29,17% y Carácter: 1, Jurisdic-ción: 05, Unidad Organizativa: 06,Régimen Salarial: 06, Agrupa-miento: 1, Tramo: 1, Subtramo: 05,010: 05 Clase, 011: 25% Riesgode Vida, 058: 20% Recargo Servi-cio, 059: 06% Riesgo Especial,065: Adicional Blanqueo, 080: 25años Antigüedad, 000: 10% Pre-sentismo, SEGUNDA PROPOR-CION: 70,83%.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor DANTE OSVALDO BARRERA,deducidos los anticipos de retiropercibidos, los descuentos forzo-sos de Ley y la deuda por 05meses (Artículo 20º del Decreto-Ley Nº 4176/77).

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.990

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 76.788-B-97-01028, en el cual el señorOSVALDO HECTOR BASTIAS,solicita el beneficio de Retiro Vo-luntario previsto en el Decreto-LeyNº 4176/77, modificado por De-cretos-leyes Nros. 4211/77, 4347/79 y Ley Nº 6239, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1º de enero de 1998, fecha a par-tir de la cual se le acepta la re-nuncia al cargo de Clase 004 -CABO PRIMERO - de la Policía deMendoza, según Resolución Nº 9-

G-98 del Ministerio de Gobierno,obrante a fs. 17, registra 23 añosy 10 meses de servicios exclusi-vamente policiales;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Previ-sional y Fiscalía de Estado a fs. 5y 6 respectivamente, han dictami-nado favorablemente el otorga-miento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 19 y encasillamiento res-pectivo de fs. 19 vta., correspon-diéndole un 81% conforme la es-cala del Articulo 12º del decreto-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema dePrevisión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,a fs. 26/27 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de Seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 28 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facul-tades que otorga el Articulo 8º delConvenio de Transferencia delSistema de Previsión Social dela Provincia de Mendoza al Esta-do Nacional, aprobado por De-creto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y Decreto Nacional Nº 362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor OSVALDO HECTOR BASTIAS,L.E. 8.150.101, Clase 1946, elRetiro Voluntario con arreglo a lasdisposiciones del Artículo 2º,Apartado 2 de la Ley Nº 6239, convigencia a partir del 1º de enerode 1998, determinando el haberde retiro en la proporción del 81%(Articulo 12º del Decreto-Ley Nº4176/77), tal como se evalúa enlos fundamentos del presenteDecreto. Queda el caso encasi-llado según fs. 19 vta. del expe-diente Nº 76788-B-97-01028 en:Carácter: 1, Jurisdicción: 05, Uni-dad Organizativa: 06, RégimenSalarial: 06, Agrupamiento 1, Tra-mo: 1, Subtramo: 03, 010: 03 Cla-se, 011: 25% Riesgo de Vida,

058: 10% Recargo Servicio, 065:Adicional Blanqueo, 080: 21 añosde Antigüedad, 000: 10% Pre-sentismo, PRIMERA PROPOR-CION: 55,56% y Carácter: 1, Ju-risdicción: 05, Unidad Organizati-va: 06, Régimen Salarial: 06,Agrupamiento: 1, Tramo: 1, Sub-tramo: 04, 010: 04 Clase, 011: 25%Riesgo de Vida, 058: 10% Recar-go Servicio, 065: Adicional Blan-queo, 080: 21 años Antigüedad,000: 08,13% Presentismo, SE-GUNDA PROPORCION: 44,44%,el código 000 deberá liquidarseal dar de alta al beneficio.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor OSVALDO HECTOR BASTIAS,deducidos los anticipos de retiropercibidos, los descuentos forzo-sos de Ley y la deuda por 02meses (Artículo 20º del Decreto-Ley Nº 4176/77).

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.991

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 76.667-D-97-01028, en el cual el señorHORACIO DURAN, solicita el be-neficio de Retiro Voluntario previs-to en el Decreto-Ley Nº 4176/77,modificado por Decretos-LeyesNros. 4211/77, 4347/79 y Ley Nº6239, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1º de enero de 1998, fecha a par-tir de la cual se le acepta la re-nuncia al cargo de Clase 005 -SARGENTO - de la Policía de Men-doza, según Resolución Nº 15-G-98 del Ministerio de Gobierno,obrante a fs. 18, registra 29 años,08 meses de servicios exclusiva-mente policiales;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Previ-sional y Fiscalía de Estado a fs. 5y 6 respectivamente, han dictami-nado favorablemente el otorga-miento del beneficio, en los tér-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989958

minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 20 y encasillamiento res-pectivo de fs. 20 vta., correspon-diéndole un 88% conforme la es-cala del Articulo 12º del Decreto-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema dePrevisión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,a fs. 24/25 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de Seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 26 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facul-tades que otorga el Articulo 8º delConvenio de Transferencia delSistema de Previsión Social dela Provincia de Mendoza al Esta-do Nacional, aprobado por De-creto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y Decreto Nacional Nº 362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor HORACIO DURAN, L.E. Nº6.893.841, Clase 1942, el RetiroVoluntario con arreglo a las dis-posiciones del Artículo 2º, Apar-tado 2 de la Ley Nº 6239, con vi-gencia a partir del 1º de enero de1998, determinando el haber deretiro en la proporción del 88%(Articulo 12º del Decreto-Ley Nº4176/77), tal como se evalúa enlos fundamentos del presenteDecreto. Queda el caso encasi-llado según fs. 20 vta. del expe-diente Nº 76.667-D-97-01028 en:Carácter: 1, Jurisdicción: 05, Uni-dad Organizativa: 06, RégimenSalarial: 06, Agrupamiento 3, Tra-mo: 1, Subtramo: 05, 010: 05 Cla-se, 011: 25% Riesgo de Vida,058: 20% Recargo Servicio, 065:Adicional Blanqueo, 080: 27 añosde Antigüedad, 000: 10% Pre-sentismo.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará los

haberes devengados por el se-ñor HORACIO DURAN, deduci-dos los anticipos de retiropercibidos, los descuentos forzo-sos de Ley y la deuda por 04meses (Artículo 20º del Decreto-Ley Nº 4176/77).

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.992

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 76.795-F-97-01028 agregada carátula Nº381-F-97-80015, en el cual la se-ñora TERESITA SANTOS FLORESVda. de CURA, solicita el benefi-cio de pensión para sí por su es-poso fallecido Don ANTONIOCURA, y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causantese produjo el día 12 de mayo de1997, según fotocopia del acta dedefunción agregada a fs. 39, sien-do beneficiario de un Retiro Obli-gatorio según copia de la Reso-lución Nº 1689/89, de la ex-Cajade Jubilaciones y pensiones dela Provincia -actual Unidad deControl previsional-, obrante a fs.16 y vta., consecuentemente dejóderecho pensionario a sus here-deros legales;

Que el vinculo invocado porla peticionante queda acreditadocon la fotocopia del acta de matri-monio obrante a fs. 37/38;

Que a fs. 28/31 se encuen-tran las renuncias de herederosen favor de la solicitante, respec-to de los haberes no alcanzadosa percibir por el causante a la fe-cha de su deceso, encontrándo-se a fs. 31 vta., la constancia dela publicación de los edictos cita-torios de Ley;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control previ-sional y Fiscalía de Estado seexpiden a fs. 61 y 62, respectiva-mente, aconsejando el otorga-miento del beneficio pensionarioa la actora en un todo de acuerdo

con lo dispuesto por el Articulo18° del Decreto-Ley Nº 4176/77,en concordancia con lo previstopor el Articulo 24º de Ley Nº3794, modificada por Ley Nº6239;

Que conforme lo establece elArtículo 8º del Convenio de Trans-ferencia del Sistema de PrevisiónSocial de la Provincia de Mendo-za al Estado Nacional a fs. 75/76consta el correspondiente visadode la Administración Nacional deseguridad Social (A.N.Se.S.), y afs. 77 obra la intervención de laUnidad de Control previsionalproponiendo el deferimiento delbeneficio solicitado;

Por ello, en uso de las faculta-des que otorga el Sistema dePrevisión Social del citado Artí-culo 8º del Convenio vigente enla provincia, aprobado por Decre-to-Acuerdo provincial Nº 109/96 yDecreto Nacional Nº 362/96.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Otórguese a laseñora TERESITA SANTOS FLO-RES Vda. de CURA, D.N.I. Nº0.793.985, Clase 1929, el bene-ficio de pensión con arreglo a lasdisposiciones del Articulo 18º delDecreto-Ley Nº 4176/77, en con-cordancia con lo previsto en elArticulo 24º de la Ley Nº 3794,modificado por la Ley Nº 6239,con vigencia a partir del 13 demayo de 1997 conforme lo rela-cionado en los fundamentos delpresente Decreto quedando elcaso encasillado según fs. 73vta., del expediente Nº 76.795-F-97-01028 en Carácter: 1, Jurisdic-ción: 05, Unidad Organizativa: 06,Régimen Salarial: 06, Agrupa-miento: 4, Tramo: 1, Subtramo:02, 010: 02 Clase, 011: 25% Ries-go de Vida, 058: 10% Recargo deServicio, 065: Adicional Blanqueo,077: 70% Permanencia, 080: 23años Antigüedad.

Artículo 2º - El DepartamentoReajustes y Liquidaciones de laUnidad de Control Previsionaldeterminará e incluirá en plani-llas generales de pago los ha-beres devengados por la titulardel beneficio otorgado por el arti-culo precedente, deducidos losanticipos pensionarios y los des-cuentos forzosos de Ley.

Artículo 3º - Asimismo dichoDepartamento determinará, encaso de existir, los haberes im-pagos al causante a la fecha desu deceso, los que serán efectivi-zados a la titular de autos tenien-do en cuenta la expresa renunciaa su favor de los derechos ha-bientes presentados en la decla-ración jurada obrante a fs. 28/31,con aplicación del Articulo 64º bisde la Ley Nº 3794, según modifi-catoria introducida por el Articulo1º, Apartado 23º de la Ley Nº6239. Se acepta a tal efecto lafianza rendida a fs. 58 por el se-ñor JOSE JORGE CURA, D.N.I.Nº 14.149.591.

Artículo 4º - Previo a efectivi-zar el acuerdo dispuesto, la be-neficiaria deberá acreditar que noha modificado su estado civil nisu situación de convivencia.

Artículo 5º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.993

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 76.690-D-97-01028, en el cual el señorPEDRO ALBERTO DIAZ, solicitael beneficio de Retiro Voluntarioprevisto en el Decreto-Ley Nº4176/77, modificado por Decre-tos-Leyes Nros. 4211/77, 4347/79y Ley Nº 6239, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al 1de enero de 1998, fecha a partirde la cual se le acepta la renun-cia al cargo de Clase 005 - SAR-GENTO - de la Policía de Mendo-za, según Resolución Nº 38-G-98del Ministerio de Gobierno,obrante a fs. 16, registra 28 añosde servicios exclusivamente poli-ciales;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Previ-sional y Fiscalía de Estado a fs. 5y 6 respectivamente, han dictami-nado favorablemente el otorga-miento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9959

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 18 y encasillamiento res-pectivo de fs. 18 vta., correspon-diéndole un 100% conforme laescala del Articulo 12º del decre-to-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema de‘Previsión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,a fs. 22/23 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de Seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 24 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facul-tades que otorga el Articulo 8º delConvenio de Transferencia delSistema de Previsión Social dela Provincia de Mendoza al Esta-do Nacional, aprobado por De-creto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y Decreto Nacional Nº 362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor PEDRO ALBERTO DIAZ, L.E.Nº 6.908.391, Clase 1944, Clase1944, el Retiro Voluntario conarreglo a las disposiciones delArtículo 2º, Apartado 2 de la LeyNº 6239, con vigencia a partir del1º de enero de 1998, determinan-do el haber de retiro en la propor-ción del 100% (Articulo 12º delDecreto-Ley Nº 4176/77), talcomo se evalúa en los fundamen-tos del presente Decreto. Quedael caso encasillado según fs. 18vta. del expediente Nº 76.690-D-1028 en: Carácter: 1, Jurisdicción:05, Unidad Organizativa: 06, Ré-gimen Salarial: 06, Agrupamien-to 1, Tramo: 1, Subtramo: 04, 010:04 Clase, 011: 25% Riesgo deVida, 058: 25% Recargo Servicio,065: Adicional Blanqueo, 080: 25años de Antigüedad, 000: 10%Presentismo, PRIMERA PRO-PORCION: 50% y Carácter: 1,Jurisdicción: 05, Unidad Organi-zativa: 06, Régimen Salarial: 06,Agrupamiento: 1, Tramo: 1, Sub-tramo: 05, 010: 05 Clase, 011: 25%Riesgo de Vida, 058: 20% Recar-go Servicio, 065: Adicional Blan-queo, 080: 25 años Antigüedad,000: 10% Presentismo, SEGUN-DA PROPORCION: 50%.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor PEDRO ALBERTO DIAZ, de-ducidos los anticipos de retiropercibidos y los descuentos for-zosos de Ley.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.994

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 76.665-G-97-01028, en el cual el señorRICARDO ROQUE GONZALEZ,solicita el beneficio de Retiro Vo-luntario previsto en el Decreto-LeyNº 4176/77, modificado por De-cretos-Leyes Nros. 4211/77,4347/79 y Ley Nº 6239, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1º de enero de 1998, fecha a par-tir de la cual se le acepta la re-nuncia al cargo de Clase 005 -SARGENTO - de la Policía de Men-doza, según Resolución Nº 38-G-98 del Ministerio de Gobierno,obrante a fs. 17, registra 28 años,de servicios exclusivamente poli-ciales;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Previ-sional y Fiscalía de Estado a fs. 5y 6 respectivamente, han dictami-nado favorablemente el otorga-miento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 19 y encasillamiento res-pectivo de fs. 19 vta., correspon-diéndole un 100% conforme laescala del Articulo 12º del decre-to-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Artículo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema de‘Previsión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,

a fs. 23/24 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de Seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 25 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponien-do acordar el beneficio solicita-do;

Por ello, y en uso de las fa-cultades que otorga el Articulo 8ºdel Convenio de Transferenciadel Sistema de Previsión Socialde la Provincia de Mendoza alEstado Nacional, aprobado porDecreto-Acuerdo Provincial Nº109/96 y Decreto Nacional Nº362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor RICARDO ROQUEGONZALEZ, L.E. Nº 6.897.705,Clase 1942, el Retiro Voluntariocon arreglo a las disposicionesdel Artículo 2º, Apartado 2 de laLey Nº 6239, con vigencia a partirdel 1º de enero de 1998, determi-nando el haber de retiro en la pro-porción del 100% (Articulo 12º delDecreto-Ley Nº 4176/77), talcomo se evalúa en los fundamen-tos del presente Decreto. Quedael caso encasillado según fs. 19vta. del expediente Nº 76.665-G-97-01028 en: Carácter: 1, Juris-dicción: 05, Unidad Organizativa:06, Régimen Salarial: 06, Agrupa-miento 1, Tramo: 1, Subtramo: 04,010: 04 Clase, 011: 25% Riesgode Vida, 058: 25% Recargo Ser-vicio, 065: Adicional Blanqueo,077: 64,17% Permanencia, 080:25 años de Antigüedad, 000:10% Presentismo, PRIMERAPROPORCION: 50% y Carácter:1, Jurisdicción: 05, Unidad Orga-nizativa: 06, Régimen Salarial: 06,Agrupamiento: 1, Tramo: 1, Sub-tramo: 05, 010: 05 Clase, 011: 25%Riesgo de Vida, 058: 20% Recar-go Servicio, 065: Adicional Blan-queo, 080: 25 años Antigüedad,000: 10% Presentismo, SEGUN-DA PROPORCION: 50%.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor RICARDO ROQUEGONZALEZ, deducidos los anti-cipos de retiro percibidos y losdescuentos forzosos de Ley.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-

blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.995

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 70.411-M-93-01028, en el cual el señorOSCAR MEDINA, solicita el bene-ficio de Retiro Voluntario previstoen el Decreto-Ley Nº 4176/77,modificado por Decretos-LeyesNros. 4211/77, 4347/79 y Ley Nº6239, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1º de febrero de 1998, fecha apartir de la cual se le acepta larenuncia al cargo de Clase 002 -AGENTE - de la Policía de Men-doza, según Resolución Nº 103-G-98 del Ministerio de Gobierno,obrante a fs. 24, registra 25 años,08 meses y 29 días de serviciosexclusivamente policiales;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Previ-sional y Fiscalía de Estado a fs.12 y 13 respectivamente, han dic-taminado favorablemente el otor-gamiento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 26 y encasillamiento res-pectivo de fs. 26 vta., correspon-diéndole un 100% conforme laescala del Articulo 12º del decre-to-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema de‘Previsión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,a fs. 30/31 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de Seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 32 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facul-tades que otorga el Articulo 8º delConvenio de Transferencia delSistema de Previsión Social de

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989960

la Provincia de Mendoza al Esta-do Nacional, aprobado por De-creto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y Decreto Nacional Nº 362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor OSCAR MEDINA, D.N.I. Nº7.617.283, Clase 1949, el RetiroVoluntario con arreglo a las dis-posiciones del Artículo 2º, Apar-tado 2 de la Ley Nº 6239, con vi-gencia a partir del 1º de febrerode 1998, determinando el haberde retiro en la proporción del100% (Articulo 12º del Decreto-LeyNº 4176/77), tal como se evalúaen los fundamentos del presen-te Decreto. Queda el caso enca-sillado según fs. 26 vta. del expe-diente Nº 70.411-M-93-01028 en:Carácter: 1, Jurisdicción: 05, Uni-dad Organizativa: 06, RégimenSalarial: 06, Agrupamiento 1, Tra-mo: 1, Subtramo: 02, 010: 02 Cla-se, 011: 25% Riesgo de Vida,058: 25% Recargo Servicio, 065:Adicional Blanqueo, 077: 90%Permanencia, 080: 23 años deAntigüedad, 000: 10%Presentismo.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor OSCAR MEDINA, deducidoslos anticipos de retiro percibidosy los descuentos forzosos de Leyy la deuda por 03 meses y 01 día(Artículo 20º del Decreto- Ley Nº4176/77).

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.996

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 70.804-F-94-01028, en el cual el señorFROYLAN FALFAN solicita el be-neficio de Retiro Voluntario previs-to en el Decreto-Ley Nº 4176/77,modificado por Decretos-LeyesNros. 4211/77, 4347/79 y Ley Nº6239, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1º de febrero de 1998, fecha apartir de la cual se le acepta larenuncia al cargo de Clase 003 -CABO - de la Policía de Mendoza,según Resolución Nº 114-G-98del Ministerio de Gobierno, obran-te a fs. 31, registra 25 años, 01mes y 24 días de servicios exclu-sivamente policiales;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Previ-sional y Fiscalía de Estado a fs.18 y 19 respectivamente, han dic-taminado favorablemente el otor-gamiento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 33 y encasillamiento res-pectivo de fs. 33 vta., correspon-diéndole un 85% conforme la es-cala del Articulo 12º del decreto-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema de‘Previsión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,a fs. 37/38 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de Seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 39 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facul-tades que otorga el Articulo 8º delConvenio de Transferencia delSistema de Previsión Social dela Provincia de Mendoza al Esta-do Nacional, aprobado por De-creto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y Decreto Nacional Nº 362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor FROYLAN FALFAN, L.E. Nº8.032.377, Clase 1947, el RetiroVoluntario con arreglo a las dis-posiciones del Artículo 2º, Apar-tado 2 de la Ley Nº 6239, con vi-gencia a partir del 1º de febrerode 1998, determinando el haberde retiro en la proporción del 85%(Articulo 12º del Decreto-Ley Nº4176/77), tal como se evalúa enlos fundamentos del presenteDecreto. Queda el caso encasi-llado según fs. 33 vta. del expe-

diente Nº 70.804-F-94-01028 en:Carácter: 1, Jurisdicción: 05, Uni-dad Organizativa: 06, RégimenSalarial: 06, Agrupamiento 1, Tra-mo: 1, Subtramo: 03, 010: 03 Cla-se, 011: 25% Riesgo de Vida,058: 25% Recargo Servicio, 065:Adicional Blanqueo, 080: 20 añosde Antigüedad, 000: 10% Pre-sentismo.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad deControl Previsional, determinarálos haberes devengados por elseñor FROYLAN FALFAN, dedu-cidos los anticipos de retiropercibidos y los descuentos for-zosos de Ley.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.997

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 69.943-R-93-01028 en el cual el señorHORACIO DOMINGO ROSALESsolicita el beneficio de Retiro Vo-luntario previsto en el Decreto-LeyNº 4176/77, modificado por De-cretos-Leyes Nros. 4211/77,4347/79 y Ley Nº 6239, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al1º de enero de 1998, fecha a par-tir de la cual se le acepta la re-nuncia al cargo de Clase 009 -SUBOFICIAL MAYOR - de la Poli-cía de Mendoza, según Resolu-ción Nº 22-G-98 del Ministerio deGobierno, obrante a fs. 22, regis-tra 28 años de servicios exclusi-vamente policiales;

Que el Departamento Jurídi-co de la Unidad de Control Previ-sional y Fiscalía de Estado a fs.10 y 11 respectivamente, han dic-taminado favorablemente el otor-gamiento del beneficio, en los tér-minos del Articulo 2º, Apartado 2de la Ley Nº 6239;

Que para establecer el haberde retiro del caso, se consideróel promedio de los últimos 24meses a la baja según informede fs. 24 y encasillamiento res-

pectivo de fs. 24 vta., correspon-diéndole un 100% conforme laescala del Articulo 12º del decre-to-Ley Nº 4176/77;

Que atento a lo establecidoen el Articulo 8º del Convenio deTransferencia del Sistema de‘Previsión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,a fs. 28/29 consta el correspon-diente visado de la Administra-ción Nacional de Seguridad So-cial (ANSeS), y a fs. 30 obra laintervención de la Unidad deControl Previsional proponiendoacordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las fa-cultades que otorga el Articulo 8ºdel Convenio de Transferenciadel Sistema de Previsión Socialde la Provincia de Mendoza alEstado Nacional, aprobado porDecreto-Acuerdo Provincial Nº109/96 y Decreto Nacional Nº362/96;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Acuérdese al se-ñor HORACIO DOMINGO ROSA-LES, L.E. Nº 8.141.794, Clase1945, el Retiro Voluntario conarreglo a las disposiciones delArtículo 2º, Apartado 2 de la LeyNº 6239, con vigencia a partir del1º de enero de 1998, determinan-do el haber de retiro en la pro-porción del 100% (Articulo 12º delDecreto-Ley Nº 4176/77), talcomo se evalúa en los funda-mentos del presente Decreto.Queda el caso encasillado segúnfs. 24 vta. del expediente Nº69.943-R-93-01028 en: Carácter:1, Jurisdicción: 05, UnidadOrganizativa: 06, Régimen Sala-rial: 06, Agrupamiento 1, Tramo:1, Subtramo: 09, 010: 09 Clase,011: 25% Riesgo de Vida, 031:07% Título, 058: 18 % RecargoServicio, , 065: Adicional Blan-queo, 077: 05,75% Permanencia,080: 25 años de Antigüedad, 000:10% Presentismo.

Artículo 2º - Establézcase queel Departamento Reajustes y Li-quidaciones de la Unidad de Con-trol Previsional, determinará loshaberes devengados por el se-ñor HORACIO DOMINGO ROSA-LES, deducidos los anticipos deretiro percibidos y los descuen-tos forzosos de Ley.

Artículo 3º - Comuníquese,

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9961

publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 1.999

Mendoza, 26 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 00375-A-98-01134, caratulado:"ABIHAGGLE ORLANDO NASIF -Solicita se deje sin efecto Res.690" y su acumulado Nº 2441 0-A-96-01134, en el primero de loscuales el señor ORLANDOABIHAGGLE interpone recurso deapelación contra la Resolución Nº690/97, obrante a fs. 10/11 del ex-pediente Nº 24410-A-96-01134,de la Dirección General de Ren-tas, y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo com-parte los fundamentos, los que dapor reproducidos en este acto,como asimismo las razones te-nidas en cuenta para el dictadode la Resolución Nº 41/98 del Ho-norable Tribunal AdministrativoFiscal, por la cual se rechaza for-malmente el recurso de apela-ción deducido por el señor OR-LANDO ABIHAGGLE.

Que en virtud de lo estableci-do en el Artículo 92° del CódigoFiscal, corresponde ratificar laResolución Nº 41/98.

Por ello, de acuerdo con lodispuesto por la mencionadanorma legal y lo dictaminado porAsesoría de Gobierno a fs. 21 yFiscalía de Estado a fs. 26 delexpediente Nº 00375-A-98-01134,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Ratifíquese en to-das sus partes la Resolución Nº41 de fecha 13 de agosto de 1998,dictada por el Honorable TribunalAdministrativo Fiscal.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

DECRETO Nº 2.006

Mendoza, 27 de noviembre de1998

Visto el expediente Nº 2095-A-98-01027, caratulado: «Aseso-ría Letrada M. Hac. Ref/Decreto Nº1915/98 - S/Sumario Administra-tivo Dirección de Compras y Su-ministros», y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5º del De-creto Nº 1915/98, se designó Ins-tructor Sumariante al Dr. Fernan-do Carlos Ruiz Villanueva;

Que a fs. 24/25 de las citadasactuaciones el Dr. Ruiz Villanueva,solícita se lo reemplace como Ins-tructor Sumariante, por tener unarelación de amistad con el agen-te sumariado, no obstante no tra-tarse de una amistad intima, a losefectos de evitar cualquier situa-ción dudosa, confusa, que puedamal interpretarse o que sirva paracuestionar la transparencia e im-parcialidad con la que debe reali-zarse el pertinente sumario admi-nistrativo;

Que al hacer lugar a la excu-sación solicitada, se contribuiráa que el procedimiento sumarialsea tramitado con mayor garan-tía de objetividad, sin que ello im-plique menoscabar en modo al-guno las condiciones e idoneidadobjetiva y subjetiva del solicitan-te, ni afecte la regularidad de losactos cumplidos por el mismohasta la fecha;

Por ello;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Aceptar la excusa-ción planteada por el Dr. Fernan-do Carlos Ruiz Villanueva, DNI11.827.443, a la designación efec-tuada por el artículo 5º del Decre-to Nº 1915/98 y relevarlo a partirde la fecha de la misma.

Artículo 2º - Designase Ins-tructor Sumariante al Dr. ErnestoOsvaldo Vázquez, DNI 8.146.908,Jefe de Asesores de la Adminis-tración de Parques, quien deberáaceptar en legal forma,avocándose a la investigación or-denada por el artículo 3º del pre-citado decreto.

Artículo 3º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 2.029

Mendoza, 2 de diciembre de 1998

Visto el Expediente Nº0002169 -Letra D - Año 1998 -Código 01027 donde se tramitala solicitud de fondos de la Muni-cipalidad de SAN RAFAEL paraatender desequilibrios financie-ros, y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo seencuentra facultado para otorgaranticipos transitorios de fondos alas Municipalidades en los térmi-nos del articulo 58º bis de la LeyNº 3799 y sus modificatorias;

Que la ley citada exige quedichos anticipos sean reintegra-dos dentro del ejercicio y garanti-zados debidamente por el Muni-cipio.

Que la Comuna garantiza eladelanto de los fondos con losimportes que tiene a percibir dela Provincia provenientes del ré-gimen de participación munici-pal conforme a la normativa vi-gente.

Por ello,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Autorícese a Con-taduría General de la Provinciaa liquidar a favor de la Municipali-dad de SAN RAFAEL, en carácterde anticipo - articulo 58º bis LeyNº 3799 y sus modificatorias, lasuma de DOSCIENTOS MILPESOS ($ 200.000.-).

Articulo 2º - El importe que sedetalla en el articulo anterior seimputará con cargo a la partida:1-2-2-1-01-0015: Anticipo a Muni-cipalidad de San Rafael.

Articulo 3º - El anticipo asig-nado será reintegrado por la Mu-nicipalidad de SAN RAFAEL en elmes de diciembre de 1998, conun interés del UNO POR CIENTO(1 %) mensual, mediante la re-

tención de los fondos provenien-tes de la liquidación de la segun-da quincena del mes indicado,determinada conforme al régi-men de participación municipalprevisto por la Ley Nº 6396.

Articulo 4º - El presente decre-to será refrendado por los seño-res Ministros de Hacienda y deGobierno.

Articulo 5º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. MorgantiFélix Pesce

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DECRETO Nº 2.036

Mendoza, 2 de diciembre de 1998

Visto el expediente Nº 01866-S-98-01027, en el cual se solicitala designación para su desem-peño como Asesor de Gabineteen Clase 071, códigoescalafonario 01.2.0.04, del Con-tador JOSÉ ANTONIO LOGRIPPO,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Articulo 1º - Desígnese Ase-sor de Gabinete del Ministerio deHacienda, Clase 071- Asesor,Código Escalafonario 01.2.0.04,al Contador JOSÉ ANTONIOLOGRIPPO.

Articulo 2º El Contador JOSÉANTONIO LOGRIPPO, cumpliráfunciones de asesoramiento pararealizar un censo e inventario delos bienes de uso del Gobiernode Mendoza, de acuerdo con lodispuesto en el Artículo 51 de laLey Nº 6454, Presupuesto 1997,para analizar y estudiar las dis-posiciones vigentes en materia deCoparticipación Municipal y paraefectuar Indicadores de Gestión ytemas relacionados con el análi-sis presupuestario.

Articulo 3º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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DECRETO Nº 2.037

Mendoza, 2 de diciembre de 1998

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989962

Visto el expediente Nº 02716-I-97-02690, caratulado "INSTITU-TO PROVINCIAL DE JUEGOS YCASINOS S/INFORME A ASESO-RIA LETRADA REF/ SITUACIONANEXO SAN RAFAEL", y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuacio-nes se informa sobre la situa-ción del personal del Casino deMendoza, Anexo San Rafael, lue-go de que se produzca la inmi-nente licitación para dar en con-cesión la explotación de dichaCasa de Juegos, en función delo dispuesto por el Articulo 54 dela Ley 6454

Que el presente decreto tie-ne por finalidad reglamentar loestablecido en la norma citadaprecedentemente, especial men-te en lo relacionado a la situacióndel personal, dado que al mo-mento de producirse la adjudica-ción de la licitación, el Anexo SanRafael del Casino de Mendozaquedará suprimido como orga-nismo público en los términosdel Articulo 17 del Decreto-Ley Nº560/73, modificado por el Articu-lo 32 de la Ley Nº 5811.

Que a partir de la fecha en quese haga cargo el adjudicatario, elpersonal podrá disponer de dosopciones diferentes, además delo previsto en el artículo 17 delDecreto-Ley Nº 560/73:

a) Continuidad en la empresaadjudicataria en los términos quefije el Pliego de Condiciones dela licitación;

b) Reubicación en los térmi-nos del Decreto-Acuerdo Nº 64/97.

Que en caso de optar por lareubicación mencionada prece-dentemente, estas deberáninstrumentarse en cargos vacan-tes de la o de las Jurisdiccionesen las que se reciba a dicho per-sonal, teniendo en cuenta qué noseria factible transferir créditos delInstituto Provincial de Juegos yCasinos porque se autofinanciacon recursos propios.

Que las diferencias salaria-les que se pudieren producir porla reubicación antes menciona-da, deberán ser compensadasmediante el otorgamiento de los

Adicionales por Mayor Dedica-ción, Mayor Horario o Dedicaciónde Tiempo Completo, según co-rresponda.

Por ello, conforme lo dicta-minado por Asesoría Letrada delMinisterio de Hacienda a fs. 36 ypor Asesoría de Gobierno a fs.44;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Articulo 1º - Establézcase quea partir de la adjudicación delAnexo San Rafael del Casino deMendoza, en la licitación públicapara concesionar su explotación,en los términos del Articulo 54 dela Ley Nº 6454, el citado Anexoquedará suprimido como repar-tición y se aplicará lo dispuestopor el Articulo 17 del Decreto-LeyNº 560/73, modificado por el Ar-tículo 32 de la Ley Nº 5811.

Articulo 2º - Determínese queel personal comprendido en lodispuesto en el articulo preceden-te dispondrá de dos opcionesdiferentes, además de lo contem-plado en el artículo 17 del Decre-to-Ley Nº 560/73:

a) Continuidad en la empre-sa adjudicataria, en los térmi-nos que fije el pliego de Condi-ciones de la licitación, y

b) Reubicación, en los térmi-nos del Decreto-Acuerdo Nº 64/97.

Articulo 3º - Si los agentesoptaren por la reubicación men-cionada precedentemente, éstadeberá instrumentarse en cargosvacantes de la o de las Jurisdic-ciones en las que se reciba a di-cho personal, teniendo en cuentaque no seria factible transferir cré-ditos del Instituto provincial deJuegos y Casinos porque seautofinancia con recursos pro-pios.

Articulo 4º - Las diferenciassalariales que pudieren producir-se por la reubicación antes men-cionada, serán compensadasmediante el otorgamiento de losAdicionales por Mayor Dedica-ción, Mayor Horario o Dedicaciónde Tiempo Completo, según co-rresponda.

Artículo 5º - El presente de-creto se dicta ad-referendum dela H. Legislatura provincial.

Artículo 6º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

____________________________

DECRETO Nº 2.043

Mendoza, 3 de diciembre de 1998

Visto el expediente Nº 00642-T-93-01026, caratulado:"TASCEDDA MARIA - E/ RECUR-SO DE APELACION C/RESOL. Nº3424 D.G.R." y su acumulado Nº08252-T- 93-01134 en el primerode los cuales la señora MARIAITALIA TASCEDDA interpone re-curso de apelación contra la Re-solución Nº 3424/93 emitida porel Subdirector de Fiscalización dela Dirección General de Rentas,y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo com-parte los fundamentos, los que dapor reproducidos en este acto,como asimismo las razones te-nidas en cuenta para el dictadode la Resolución Nº 486/98 delH. Tribunal Administrativo Fiscalpor la cual se hace lugar al recur-so de apelación deducido por laseñora MARIA ITALIA TASCEDDA,

Que en virtud de lo estableci-do en el Articulo 92º del CódigoFiscal corresponde ratificar lamencionada Resolución Nº 486/98.

Por ello, conforme con lo dic-taminado por Asesoría de Gobier-no a fs. 26 y Fiscalía de Estado afs. 31 del expediente Nº 00642-T-93-01026,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Ratifíquese en to-das sus partes la Resolución Nº486 de fecha 12 de Junio de 1998,dictada por el H. Tribunal Admi-nistrativo Fiscal.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

____________________________

DECRETO Nº 2.050

Mendoza, 4 de diciembre de 1998

Visto el expediente Nº 00864-M-95-02681, caratulado:"MUSICANA SRL - E/RECURSODE Apelación CONTRA RESOLU-CION Nº 270/95 DE LA D.G.R.",su incorporado Nº 07772-M-95-01134 y sus acumulados Nros.06598-M-94-01134; 2728-D-92-01134; 02161-M-94-01134; 231-M-92-01026 y 03454-D-90-01134,en el primero de los cuales la fir-ma MUSICANA S.R.L. interponerecurso de apelación contra laResolución Nº 270/95 de la Direc-ción General de Rentas, y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo com-parte los fundamentos, los que dapor reproducidos en este acto,como asimismo las razones te-nidas en cuenta para el dictadode la Resolución Nº 487/98 delHonorable Tribunal Administrati-vo Fiscal, por la cual se hace lu-gar al recurso de apelación de-ducido por la firma MUSICANAS.R.L..

Que en virtud de lo estableci-do en el Artículo 92º del CódigoFiscal, corresponde ratificar laResolución Nº 487/98.

Por ello, de acuerdo con lodispuesto por la mencionadanorma legal y lo dictaminado porAsesoría de Gobierno a fs. 59 delexpediente Nº 00864-M-95-02681y Fiscalía de Estado a fs. 64 delcitado expediente,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:

Articulo 1º- Ratifíquese en to-das sus partes la Resolución Nº487 de fecha 23 de junio de 1998,dictada por el Honorable TribunalAdministrativo Fiscal.

Artículo 2º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ARTURO PEDRO LAFALLAEnrique A. Morganti

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9963

Resoluciones

MINISTERIO DE ECONOMIA____________

RESOLUCION Nº 411-E

Mendoza, 17 de diciembre de 1998

Visto el Expediente Nº 238-G-98, 01483, en el cual el DoctorAlfredo Miguel Muñoz, presenta surenuncia al cargo equivalente aClase 009, Código Escalafonario65-0-0-00 de la U.O. 07 -Direc-ción de Ganadería;

Por ello, conforme con lo dis-puesto por el Artículo 16º del De-creto Acuerdo Nº 49/98,

EL MINISTRO DE ECONOMIARESUELVE:

Artículo 1º - Téngase por acep-tada, con retroactividad al 30 denoviembre de 1998, la renunciapresentada por el Doctor AlfredoMiguel Muñoz, D.N.I. Nº20.134.903, Clase 1968, al car-go equivalente a Clase 009, Có-digo Escalafonario 65-0-0-00 dela Unidad Organizativa 07 -Direc-ción de Ganadería, Legajo Nº 3-20134903-6-01.

Artículo 2º - Comuníquese, re-gístrese y archívese.

Carlos J. Rodríguez_______________________________

DEPARTAMENTO GENERALDE IRRIGACION

___________

RESOLUCION Nº 822

Mendoza, 10 de diciembre de 1998

Visto los resultados obteni-dos con el receso funcional dis-puesto en años anteriores; y

CONSIDERANDO:

Que ello, no entorpeció laefectiva prestación del servicio delDepartamento General de Irriga-ción, en razón de contar en formaordenada y adecuada con la tota-lidad del personal, a través deguardias;

Que la medida evitó la poster-gación de licencias y permitió laregularización de licencias adeu-dadas;

dias activas y pasivas que se con-sideren oportunas, durante el re-ceso, dispuesto, a fin de no re-sentir los servicios esenciales delOrganismo, en función de las con-sideraciones precedentes.

En relación a ello, la Secreta-ría de Gestión Institucional y lasrespectivas Subdelegaciones yZona de Riego de los RíosMalargüe, Grande, Barrancas yColorado, dispondrán guardiasadministrativas para la atenciónde los certificados de transferen-cia que realicen los señores Es-cribanos.

4º) Las respectivas Subdele-gaciones de Aguas y Jefatura deZona, establecerán idéntica me-todología, disponiendo las medi-das mediante resolución interna,con comunicación a esta Super-intendencia.

5º) Dése difusión de la presen-te resolución a los medios masi-vos de comunicación (oral, escritay televisada), para conocimientode lo usuarios, Inspecciones deCauces y público en general.

6º) Regístrese, comuníquese,cumpliméntese, publíquese enBOLETIN OFICIAL de la Provincia,pase a conocimiento del H. Tri-bunal Administrativo y archíveseen el Registro Público de Reso-luciones de Superintendencia.

Carlos E. Abihaggle28/29/30/12/98 (3 P.) S/Cargo_____________________________

DIRECCION DE VIASY MEDIOS DE TRANSPORTE

___________

RESOLUCION Nº 2.701

Mendoza, 28 de diciembre de 1998

Visto el llamado licitatorio au-torizado por Resolución Nº 1738-AOP/1998, destinado a contratarla Obra: «SISTEMA CENTRALI-ZADO DE SEMAFOROS CONTRO-LADOS POR COMPUTADORA»,para el día 12 de enero de 1999 alas once horas (11:00 hs.), pre-visto por Decreto 1686/1998 parael 10 de diciembre de 1998 y pro-rrogado por Resolución Nº 1615-AOP/1998 para el 21 de diciem-bre ppdo., y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2120/

Que para posibles contingen-cias existe en el Organismo unSistema Operativo Funcional y deAlerta Hidrológica, organizado conlas Subdelegaciones de Aguas yJefatura de Zona;

Que el ahorro estimado quese generará con la disposición,mejor asignación de los recur-sos; permitirá la mejor asignaciónde los recursos;

Que por lo expuesto, debeconcederse facultad a los Seño-res Secretarios, Subdelegadosde Aguas, Jefe de Zona y Directo-res para que en sus respectivasjurisdicciones, definan las guar-dias activas y pasivas que se con-sideren oportunas para no resen-tir los servicios esenciales del Or-ganismo;

Que en igual forma debeprocederse respecto a concederla facultad pertinente para que losplazos o términos comprendidosen el receso puedan ser rehabili-tados, en casos de necesidad ourgencia;

Por ello, en uso de sus facul-tades,

EL SUPERINTENDENTEGENERAL DE IRRIGACION

RESUELVE:

1º) Dispónese un receso fun-cional en el Departamento Gene-ral de Irrigación durante el mesde enero de 1999.

2º) Suspéndese durante el re-ceso dispuesto, todos los térmi-nos establecidos en las actuacio-nes administrativas que se en-cuentren en consideración, losque comenzarán a regir partir del1 de febrero de 1999 o día hábilsiguiente, según corresponda.

Para el caso de ser necesariola habilitación de términos,facúltese a la Secretaría de Ges-tión Institucional de Superinten-dencia, Subdelegaciones deAguas y Jefatura de Zona a dis-poner, mediante resolución fun-dada, la rehabilitación de los trá-mites o términos administrativosdurante el receso, por causas de-bidamente justificadas Art. 60º)Apartado IV y V del Código Proce-sal Civil.

3º) Facúltese expresamente alos Señores Secretarios y Direc-tores para que definan las guar-

1998, el Poder Ejecutivo dispusoasueto en la Administración Pú-blica Provincial, para los días 24 y31 de diciembre del presente año,por lo que no se pudieron com-pletar las condiciones previstaspor el artículo 18º del Decreto-Ley4416/1980 (de Obras Públicas).

Que la falta mencionada po-dría vulnerar los principios detransparencia, igualdad de opor-tunidades y máxima concurrenciaposible de oferentes que debengarantizar los procesos licitato-rios, por lo que resulta convenien-te establecer una nueva fechapara dicho llamado, con el fin decontar con tiempo suficiente pararealizar los anuncios de confor-midad con la normativa vigente.

Que el artículo 4º de la Reso-lución Nº 1738-AOP/1998 resta-blece las funciones asignadas aesta Repartición por el artículo 2ºdel Decreto Nº 1686/1998.

Por ello, en base a dichas fa-cultades y en cumplimiento a lanormativa citada,

LA DIRECTORA DE VIASY MEDIOSDE TRANSPORTE

RESUELVE:

1ro.- Establézcase que el lla-mado a Licitación Pública para lacontratación de la Obra: «SISTE-MA CENTRALIZADO DE SEMAFO-ROS CONTROLADOS POR COM-PUTADORA», previsto para el día10 de diciembre de 1998 por De-creto 1686/1998 y prorrogado parael día 21 de diciembre de 1998por Resolución Nº 1615-AOP/1998 y para el 12 de enero de1998 por Resolución Nº 1738/1998, se llevará a cabo el día 26de enero de 1999 a las ONCEHORAS (11:00 hs.).

2do.- El acto de Recepción yApertura de Sobres y Muestrastendrá lugar en el SALON«PATRICIAS MENDOCINAS», 4to.Piso, Cuerpo Central, de Casa deGobierno de la Provincia.

3ro.- Esta Dirección habilitaráuna Mesa de Entradas para la re-cepción de sobres y muestras enel lugar dispuesto por el artículoanterior, a partir de las OCHOHORAS (08:00 hs.) hasta lasONCE HORAS (11:00 hs.) del día26 de Enero de 1999

4to.- Comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial y archívese

María Juliana Garciandia

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989964

MUNICIPALIDAD DELUJAN DE CUYO

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ORDENANZA N° 1.178 - 98

VISTO: El expediente N°06214 - A - 97, iniciado por AsisDolores, solicita eximición de ta-sas municipales, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Asis Dolores, so-licita se la exima de la deuda exis-tente de las tasa y servicios mu-nicipales, como asi también dela deuda mantenida en su nego-cio.

Que de acuerdo a la encues-ta socio - económica sus ingre-sos son mínimos y su esposo pa-dece de cancer.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTICULO 1°: Déjese sinefectos la deuda existente al pa-drón municipal 53567, pertene-ciente al Sr. Sandoval Roberto deun kiosco, de acuerdo a losconsiderandos que forman par-te de la presente ordenanza.

ARTICULO 2°: Otórgase unplan de pago especial hasta 24(veinticuatro) cuotas, para hacerfrente a la deuda del padrón24497, perteneciente a la propie-dad del Sr. Sandoval Roberto.

ARTICULO 3°: Comuníqueseal Departamento a sus efectos,promúlguese, publíquese y deseal Registro de Ordenanzas.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 21 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Gladys OldráPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 27de abril de 1998.

OrdenanzaVisto la ordenanza N° 1178 -

98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 27/04/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C________________________________

ORDENANZA N° 1.179 - 98

VISTO: La Ordenanza N° 1045 -96, sobre donación de terreno paracisterna en B° Costa Flores, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la OrdenanzaN° 1045 - 96, se aceptó la dona-ción de una superficie de terrenode 844,63 m2.

Que posteriormente al reali-zarse nuevo plano de mensura sedetermina que el terreno es de783,16 m2, por lo tanto debemodificarse el Artículo 1° de laOrdenanza N° 1045 - 96, a efec-tos de inscribir la donación antesmencionada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Modifícase elartículo 1° de la Ordenanza N°1045 - 96, en donde dice « de unasuperficie de terreno de 844,63m2» deberá decir « de una su-perficie de terreno de 783,16 m2».

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese y dése alregistro de Ordenanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 21 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Gladys OldráPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJAN DE CUYO, MENDOZA, 27de abril de 1998.

Visto la ordenanza N° 1179-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 27/04/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.180 - 98

VISTO: El expediente N° 532 -C - 97, mediante el cual los veci-nos de calle Pueyrredón del Dis-trito de Chacras de Coria, solici-tan se le asigne nombre a callepública, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecu-tivo remite a este HonorableCuerpo la nota N° 229, indican-do, de acuerdo al informe pro-ducido por el área respectiva,que no existe impedimento al-guno para la nominación pro-puesta por los vecinos y que co-rre a Fs. 02 de las presentesactuaciones, para asignar esosnombres a las calles del loteoALTO CHACRAS,de acuerdo aplano adjunto (Fs 3).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Denomínesecon los nombres propuestos, alas calles del loteo Alto Chacras,del Distrito de Chacras de Coria,de acuerdo al siguiente detalle:

Calle Pública N° 01 ; Bulevar Oli-vos. Pasaje Público N° 01 ; Sole-dad. Pasaje Público N° 01 ;Paraiso.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 21 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Gladys OldráPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 27de abril de 1998.

Visto la ordenanza N° 1180-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 27/04/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.181 - 98

VISTO: La Ordenanza N° 984-96 por la cual el DepartamentoEjecutivo está facultado para ges-tionar créditos nacionales e inter-nacionales para la adquisición einstalación de 16.000 medidoresde agua potable; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario estableceruna metodología de trabajo unavez que sean recibidas las pro-puestas de financiamiento.

Que tal efecto debe confor-marse una Comisión de Segui-miento que tenga como finalidadevaluar técnica y económicamen-te cada una de las ofertas paraconcluir en un dictamen depreadjudicación de la más con-veniente estableciéndose un lap-so para su conclusión.

Que asimismo, debe realizar-se un cronograma de instalacióny calibración de medidores, indi-cando el mecanismo necesariopara determinar el cobro de Ta-sas por consumo real.

Que una vez instalados losmedidores de agua debeprocederse a la medición duran-te un lapso no menor de seismeses, a efectos de establecerel consumo promedio pondera-do de cada contribuyente.

Que en el caso de que el con-tribuyente haya abonado un valorsuperior al que resulte de la tarifapor consumo - medida, se proce-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9965

derá a compensar la diferenciacon el pago de tasas Municipalesde los futuros bimestres.

Que en el caso de que el con-tribuyente haya pagado un impor-te inferior al determinado por lamedición, no se le cobrará dife-rencia alguna.

Que los contribuyentes que nohayan pagado las tasas por pres-tación del servicio de agua y cloa-cas durante los ejercicios 1.996,1.997 y los períodos transcurridosde 1.998, se les debe otorgar unplazo para su regularización, sincobro de intereses por mora al-guna.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTICULO 1°: Otórgese unplazo de 20 días para que el De-partamento Ejecutivo proceda aelevar las propuestas a que hacemención el Artículo 1° y 2° de laOrdenanza N° 984-96.

ARTÍCULO 2°: Conformaseuna Comisión de seguimiento dela Ordenanza N° 984 - 96, inte-grada de la siguiente forma: porel Señor Intendente Municipal, elSecretario de Hacienda y Admi-nistración, el Secretario de Obrasy Servicios Públicos, un Concejalpor cada Bloque, dos represen-tantes de Entidades Intermediasdel Departamento ( Uniones Ve-cinales) y tres personas designa-das al efecto por el Departamen-to Ejecutivo que tendrán la cali-dad de Asesores de la Comisión,que tendrá como objetivo evaluartécnica y económicamente cadauna de las ofertas.

ARTÍCULO 3°: Establécese elsiguiente procedimiento de eva-luación de propuestas:

A) Una vez elevadas las propues-tas por el Departamento Ejecuti-vo la Comisión tendrá un plazo de15 días para realizar un dictamende preadjudicación de la que re-sulte más conveniente, determi-nando asimismo las dos pro-puestas que le sigan como con-venientes conforme a su mérito.

B) Una vez adjudicada la propues-ta, lo que se efectivizará por me-dio de un Decreto del Departa-

mento Ejecutivo, se continuarácon la adjudicación de losmedidores dispuestos a travésdel Expediente N° 5066 - S - 97,llamado por el Departamento Eje-cutivo a través de Decretos N° 208- 97 y su prórroga N° 217 - 98.

C) La Comisión de seguimientoevaluará a través de medicionesel consumo que hayan tenido losvecinos durante un lapso de seismeses desde que los medidoressean instalados. Aquellos contri-buyentes que hayan abonado unvalor superior al que resulte de latarifa por consumo medido, se lesprocederá a acreditar la diferen-cia al pago de Tasas Municipalesde los futuros bimestres. En elcaso de que el contribuyente hayapagado un importe inferior al de-terminado por la medición no seles cobrará diferencia alguna. LosContribuyentes que no hayan pa-gado las Tasas por prestación deServicios de Agua y Cloacas du-rante los ejercicios 1996, 1997 ylos períodos facturados de 1998,se les otorgará un plan de pagode 12 a 24 meses para su regu-larización, sin intereses. Para lle-var a cabo lo dispuesto preceden-temente, se realizará uncronograma de instalación y cali-bración de medidores para deter-minar el consumo real para elcobro de Tasas.

D) Por último la Comisión reali-zará el seguimiento de lo estable-cido en el punto anterior.

E) Respecto al reembolso de losmedidores, se seguirá el siguien-te procedimiento: los medidoresdomiciliarios entendiéndose portales el agua utilizada única y ex-clusivamente para las necesida-des personales del grupo fami-liar, o aquells comercios o indus-trias que no comercializan oindustrializan el agua en maneraalguna, será soportado su costo,calibración y medición por el Pre-supuesto Municipal sin la crea-ción de ninguna clase de tributos.Para aquellos inmuebles que uti-lizan el consumo de agua en for-ma comercial o industrial directao indirectamente como valoragragado al producto final, o ven-dan servicios que incluyan el lí-quido elemento, o lo utilicen in-ternamente para el funcionamien-to de su industria o comercio ( la-vado refrigeración, etc ), deberáabonar el costo, calibrado y me-dición a los valores que establez-ca la Comisión de seguimiento

oportunamente, según los valo-res de plaza.

ARTÍCULO 4°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publíque-se y dése al Registro de Ordenan-za.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 28 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Gladys OldráPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 4de mayo de 1998.

Visto la ordenanza N° 1181-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 04/05/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.183 - 98

VISTO: El Expediente N° 069 -C - 98, iniciado por el Departamen-to Ejecutivo, eleva convenio; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modifi-car lo normado en la OrdenanzaN° 304/88, en su Capítulo segun-do 11 artículo 2, teniendo en cuen-ta el tema de referencia.

Que durante muchos añoslas partes han sostenido una con-flictiva relación derivada de inter-pretaciones encontradas acercade la validez y el alcance firmadoel 02 - 08 - 82 entre la Municipali-dad de Luján de Cuyo y EMSE S.E.

Que debido a lo anteriormen-te mencionado, resultan los recla-mos por sumas muy elevadasvinculadas al suministro de ener-gía eléctrica a dependencias mu-nicipales y para el alumbrado pú-blico.

Que de acuerdo a la celebra-

ción del nuevo convenio la Muni-cipalidad, dejaría de realizar elmantenimiento del alumbradopúblico y dejando de percibir deesta manera el 18 por ciento dela facturación básica a los usua-rios (sin impuestos), en concep-to de alumbrado público.

Que del análisis efectuado eneste H.C.D., resulta convenienteno continuar con el mantenimien-to del alumbrado público desdeel ámbito municipal y trasladar lassumas ingresadas por tal con-cepto a la prestación de serviciomejoras alumbrado existente yobras nuevas incluidas plazas ypaseos.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Modificase laOrdenanza N° 304 -88, en su ca-pítulo 11 en su artículo 2, que que-dará redactado de la siguientemanera:

Por los servicios generales dela propiedad raíz, deberátributarse bimestralmente enbase al valor locativo establecidoen Código Tributario y la Ordenan-za tributaria 63/85.

a) - Servicio mínimo: recolecciónde residuos, limpieza, conserva-ción y riego de la vía pública, ace-quias y cunetas manteniendo elarbolado público y espacios ver-des; el equivalente a las unida-des tributarias que surjan de laaplicación de la siguiente fórmu-la: Unidad tributaria = valorlocativo x 0.81.

b) Servicios mejoras alumbradosexistente y obras nueva: el equi-valente a la unidades tributariasque surjan de la aplicación de lasiguiente fórmula: Unidadtributaria a valor locativo x 0,31.

El valor de la unidad tributaria aaplicarse la facturación de la tasapor servicios a la propiedad raízserá correspondiente al mes queopere el vencimiento de la obli-gación.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publíque-se y dése al Registro de Ordenan-za.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989966

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 28 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Mario SilvestriniVicepresidente 2do. H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 5de mayo de 1998.

Visto la ordenanza N° 1183-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 05/05/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.184 - 98

VISTO: El Expediente N°3474-C-97, iniciado por ManuelCarmona, ofrece donación de te-rreno; y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Manuel Carmona,ofrece donación de terreno delinmueble de su propiedad ubica-do en calle San Martín y calle Bar-das Blancas, para el ensanche dela calle San Martín y 1° de Mayo,Públicas y Bardas Blancas, delDistrito La Carrodilla.

Que las mismas permitirían lacomunicación de los Barrios 3°de Diciembre, Beghin, Supe, Ven-tisqueros, Jilguero y Mosconi,siendo de beneficio para los po-bladores del Distrito.

Que el rasgo de superficie adonar según plano de mensuraes de un total de 2.205,13 Mts.2 (DOS MIL DOSCIENTOS CINCOMETROS CUADRADOS CONTREINTA Y UN DECÍMETROSCUADRADOS) y según título visa-do por la Dirección Provincial deCatastro es de 1.764,18 Mts.2(MIL SETECIENTOS SESENTA YCUATRO METROS CUADRADOSCON DIECIOCHO DECÍMETROSCUADRADOS).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Aceptar la do-nación con cargo ofrecida por elSr. Manuel Carmona de un terre-no ubicado en la calle San Martíny Bardas Blancas del Distrito LaCarrodilla cuya superficie a donares de 2.205,31 Mts.2 ( DOS MILDOSCIENTOS CINCO METROSCUADRADOS CON TREINTA YUN DECIMETROS CUADRADOS)y según título visado por la Direc-ción Provincial de Catastro, parael ensanche de las calles SanMartín, 1 de Mayo, Pública, Tierradel Fuego y Bardas Blancas, deacuerdo a los considerando queforman parte de la presente Or-denanza.

ARTÍCULO 2°: Que los cargosmencionados en el Artículo 1°serán:a) - perfilado de las cuentas ubi-cadas en la afectación del ensan-che de calle Bardas Blancas.b) - dotar de especies arboreasrecomendadas para el arboladopúblico en las calles a donar.c) - ejecución de la obra por partede la comuna de las alcantarillasde las calles Tierra del Fuego, 1°de Mayo, y Pública.d) - condonación de las tasas porservicios a la propiedad raíz, exis-tente a la fecha.

ARTÍCULO 3°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 28 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Mario SilvestriniVicepresidente 2° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 4de mayo de1998.

Visto la ordenanza N° 1.184-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 04/05/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.185 -98

VISTO: Los Expedientes N°07841 - B - 96 y 664 - B - 86, inicia-do por Bernardon de Bicocca,ofrece donación de terreno; y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Luisa Bernardonde Bicocca, ofrece donación deterreno, calle Liniers de Chacrasde Coria de 88,75 Mts.2 (OCHEN-TA Y OCHO CON SETENTA Y CIN-CO METROS CUADRADOS), queserán utilizados al ensanche decalle.

Que los cargos ofrecidos porel donante, es la eximición de losaforos de la construcción de suvivienda.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Aceptar la do-nación de terreno con cargo ofre-cida por la Señora LuisaBernardon de Bicocca de una su-perficie de 88,75 Mtrs.2 (OCHEN-TA Y OCHO CON SETENTA Y CIN-CO METROS CUADRADOS), ubi-cado en la calle Liniers de Cha-cras de Coria, de acuerdo a losconsiderandos que forman partede la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°: Que los cargosmencionados en el Artículo 1°,serán los aforos por construccióncorrespondientes a su viviendaubicada en la calle Liniers S/N,del Distrito de Chacras de Coria,Luján de Cuyo, bajo Padrón Mu-nicipal N° 28.383.

ARTÍCULO 3°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 28 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Mario SilvestriniVicepresidente 2° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D. .

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 4de mayo de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.185-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 04/05/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.186 -98

VISTO: El Expediente N°1219-C-95, iniciado por el Sr.Calbacho Osvaldo, ofrece dona-ción de terreno; y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Calbacho Osvaldo,ofrece donación de terreno concargo para la prolongación de lacalle América en el Distrito de LaCarrodilla.

Que la superficie donada esde 210,46 Mts.2 (DOSCIENTOSDIEZ METROS CUADRADO CONCUARENTA Y SEIS DECIMETROSCUADRADOS), y el cargo solici-tado es la eximición de las tasasy servicios que adeuda y que seaextendida por un año más.

Que dada la conveniencia dela aceptación para prolongar di-cha calle, ya abierta para el usopúblico.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Aceptar la do-nación de terreno con cargo ofre-cida por el Sr. Calbacho Osvaldo,de una fracción de 210,46 Mts.2(DOSCIENTOS DIEZ METROSCUADRADOS CON CUARENTA YSEIS DECIMETROS CUADRA-DOS), para la prolongación de lacalle América del Distrito LaCarrodilla.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9967

ARTÍCULO 2°: Los cargosmencionados en el Artículo 1°serán la condonación de las ta-sas y servicios a la propiedad raízexistente a la fecha del padrónmunicipal N° 4460, como asítambién la eximición de las mis-mas , durante un año de lapromulgación de la presente Or-denanza.

ARTÍCULO 3°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 28 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Mario SilvestriniVicepresidente 2° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 4de mayo de 1998.

Visto la ordenanza N° 1186-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 04/05/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.187 -98

VISTO: El Expediente N°04035 -S -95, iniciado por el Se-ñor Stella José Luis, ofrece dona-ción de terreno; y

CONSIDERANDO:

Que el señor Stella José Luis,ofrece donación de terreno concargo para la prolongación de lacalle América en el Distrito de LaCarrodilla.

Que la superficie donada esde 230 Mts.2 (DOSCIENTOSTREINTA METROS CUADRA-DOS), y el cargo solicitado es laeximición de las tasas y serviciosque adeuda y que sea extendidapor un año más.

Que dada la conveniencia dela aceptación para prolongar di-cha calle, ya abierta para el usopúblico.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Aceptar la do-nación de terreno con cargo ofre-cida por el Sr.Stella José Luis, deuna fracción de 230 Mts.2 (DOS-CIENTOS TREINTA METROSCUADRADOS), para la prolonga-ción de la calle América del Dis-trito La Carrodilla.

ARTÍCULO 2°: Los cargosmencionados en el Artículo 1°serán la condonación de las ta-sas y servicios a la propiedad raízexistente a la fecha del padrónmunicipal N° 13.851, como asítambién la eximición de las mis-mas, durante un año de lapromulgación de la presente Or-denanza.

ARTÍCULO 3°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 28 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Mario SilvestriniVicepresidente 2° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJAN DE CUYO, MENDOZA, 4de mayo de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.187-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 04/05/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.188 -98

VISTO: El Expediente N°

05800 - V -97, mediante el cualvecinos del Loteo Sol y Sierra,solicitan factibilidad para antepro-yecto de loteo y servicios y;

CONSIDERANDO:

Que el loteo de referencia seregularizó por Expediente N° 4288- P- 76, bajo las prescripcionesde la ley de loteos clandestinos yfue aprobado mediante decretoN° 660 -83.

Que en el mismo se han efec-tuado numerosos fracciona-mientos, muchos de ellos clan-destinos, acogiéndose a la mo-ratoria de regularización Ley 5249y su ampliatoria.

Que de acuerdo al informe dela Dirección de Planificación Ur-bana, el loteo denominado Sol ySierra se encuentra emplazadoen Zona Rural, según lo estipula-do en Ordenanza N° 232 - 87 y423 -90.

Que de los antecedentesrecavados de los fracciona-mientos efectuados en ese loteohay parcelas que van desde 200,300, 400 y hasta más de 1.000m2.

Que por las característicaspropias de ese loteo y a los efec-tos de determinar una superficiemínima para posteriores parce-lamientos se sugiere encua-drarlos en la Ley N° 4341, Art. 27Inc. B, como suburbano o de inte-rés turístico, con lotes mínimo de300 m2. y de frente mínimo de 12mt.

Que al autorizar el fracciona-miento con lotes de superficiesmínima de 300 mts2 (TRESCIEN-TOS METROS CUADRADOS) yfrente mínimo de 12 Mtr. (DOCEMETROS), algunos de los propie-tarios del mismo no se encuadra-rían en estas medidas lo que su-pone que estos tendrán un trata-miento especial.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Los lotes emer-gentes de fraccionamientos rea-lizados en el loteo denominadoSol y Sierras, ubicado en el Distri-to de Vistalba deberán tener unassuperficie mínima de 300 m2 y un

frente mínimo de 12 mt cada uno.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 28 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Mario SilvestriniVicepresidente 2° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 4de mayo de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.188-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 04/05/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.190 - 98

VISTO: El Expediente N°01750 - R - 98, mediante el cualel Sr. Ravalli Carlos Adrián solici-ta plan de vivienda Económica; y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza N° 902 - 95modifica el Artículo N° 1 de la Or-denanza N° 886 - 95 que estable-ce normas edilicias y urbanísticaspara los propietarios del loteo delB° Agua y Energía Eléctrica deno-minado «Plan A», en Vistalba.

Que de acuerdo a solicitudesde vecinos y la opinión del Hono-rable Concejo Deliberante, sedebería permitir la utilización delplano Municipal de Viviendas osimilar a los vecinos de ese Ba-rrio que lo solicitan y se encua-dren en la reglamentación vigen-te para su obtención.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989968

ARTÍCULO 1°: Modifíquese elArtículo 1° de la Ordenanza N°902- 95 en donde dice: «como asítampoco la construcción de vivien-das económicas», se le agrega-rá a continuación: «a excepciónde las construidas con el planoMunicipal o similar».

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publíque-sey dése al Registro de Ordenanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 19 DIAS DELMES DE MAYO DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 21de mayo de 1998.

Visto la ordenanza N° 1190-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 21/05/1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.a/c. IntendenciaJosé Candisano

Secretaria de Obras y Serv.Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C________________________________

ORDENANZA N° 1.191 -98

VISTO: Los Expedientes N°473 - C -97 , iniciados por la Sra.Miriam Quiroga de Morales, soli-cita excepción a la Ordenanza N°232 -87; y

CONSIDERANDO:

Que la excepción se solicitapara poder fraccionar los lotes N°3 y 4 de la manzana N, ubicadosen calle N° 15 y Viamonte del Ba-rrio Cordón del Plata Cooperativade vivienda del Personal de A, yE., del Distrito de Vistalba.

Que el lote N° 3 consta de unasuperficie de 500 m2, bajo padrónMunicipal N° 25408 y con una su-perficie de 488 m2 bajo padrónMunicipal N° 25409.

Que el fraccionamiento cons-

tará de tres lotes de 430 m2 , 276m2 y 272 m2 cada uno aproxima-damente.

Que la propiedad se encuen-tra en zona de reserva ambientaly no se ajusta este fraccionamien-to a la zonificación vigente, sin em-bargo el loteo es anterior a las nor-mas actuales y en él los lotes tie-nen superficies que van desdelos 300 m2 a los 500 m2 por loque el Honorable Concejo Deli-berante no encuentra motivospara no acceder a lo solicitado.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Autorícese porvía de la excepción a la Ordenan-za N° 232 -87 a la Sra. MiriamQuiroga de Morales, a fraccionarlos terrenos ubicados en calle N°15 y Viamonte del B° Cordón delPlata Cooperativa del Personal deA. y E., del Distrito de Vistalba, re-gistrados bajo Padrones Munici-pales N° 25408 y 25409 de acuer-do a planos obrantes a Fs 2, 3 y 4del Expediente N° 04783 - C - 97.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publíque-se y dése al Registro de Ordenan-za.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 19 DIAS DELMES DE MAYO DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 21de mayo de 1998.

Visto la ordenanza N° 1191-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 21/05/1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.a/c. IntendenciaJosé Candisano

Secretaria de Obras y Serv.Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C

ORDENANZA N° 1.192 -98

VISTO: El Expediente N°00084 - B - 98, Becerra Lorenza.Solicita ayuda; y

CONSIDERANDO:

Que la Señora Lorenza Bece-rra, solicita eximición de las tasasadeudadas a la fecha.

Que la misma, no posee jubi-lación y/o pensión alguna.

Que ésta Comisión conside-ra, que se le otorgue un plan depago especial, como así tambiénse la encuadre en la OrdenanzaN° 1165/98.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Otórgase unplan de pago especial a la Seño-ra Becerra Lorenza, bajo padrónMunicipal 19.682, de 50 (cincuen-ta) cuotas, de acuerdo a losconsiderandos que forman partede la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°: Encuádrese ala Señora Becerra Lorena, dentrode la Ordenanza N° 1165/98, re-ferente a la eximición de tasas yservicios a la propiedad raíz dejubilados y pensionados.

ARTÍCULO 3° Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publíque-se y dése al Registro de Ordenan-za.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 26 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 2de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1192-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 02/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C____________________________

ORDENANZA N° 1.193 -98

VISTO: El Expediente N° 0830- V - 98, mediante el cual los veci-nos del 3er B° Huentota, solicitanasignación de nombre a calle III, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a nota remiti-da por el Departamento Ejecutivoy el informe producido por el Arearespectiva, y que corre a Fs. 03 delas presentes actuaciones, en elmismo se da conformidad alnombre propuesto para nominarla calle III del mencionado Barrio.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Denomínesecon el nombre de Nuestra Seño-ra de San Nicolás a la calle III deltercer Barrio Huentota.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publíque-sey dése al Registro de Ordenanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 26 DIAS DELMES DE ABRIL DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 2de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1193-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 02/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos30/12/98 (1 P.) A/C.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9969

ORDENANZA N° 1.194 -98

VISTO: El Expediente N° 490 -C-97 y la Ordenanza N° 1.136 -97; y

CONSIDERANDO:

Que este Honorable ConcejoDeliberante sancionó la Ordenan-za N° 1136 -97 con la aprobaciónunánime de sus miembros, enatención a que la misma venía allenar un vacío administrativo, es-tableciendo la Sub - Dirección deAmbiente y Recursos Naturales.Que el Departamento Ejecutivovetó la Ordenanza a través delDecreto 345 del 28 de Noviembrede 1997, en atención a que plan-tearía un supuesto conflicto ad-ministrativo dado que la Sub Di-rección carecería de estructura,competencia y objetivos precisos,lo que no resulta cierto atendien-do a lo dispuesto en losconsiderandos y en el articuladode la mencionada Ordenanza.Que el Departamento Ejecutivoobjeta también la Ordenanza porestar sujeta a la condiciónsuspensiva de realizar un ajustedel presupuesto municipal paradotar de organización y recursosa la Sub Dirección, que deberá serposteriormente aprobado por elConcejo, argumento que en modoalguno puede considerarse unobstáculo al establecimiento delorganismo, habida cuenta que elmismo Departamento Ejecutivoadmite la complejidad normativaen materia ambiental y la especi-ficidad de los problemas ambien-tales del Departamento.

Que en consecuencia se hacenecesario ratificar la Ordenanza1136 -97, considerando especial-mente las necesidades de nues-tro Departamento y la gravedad delos problemas que lo afectan.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Recházase elDecreto 345 del 28 de noviembrede 1997, emanado del Departa-mento Ejecutivo, por el que sevetó la Ordenanza N° 1136 -97.

ARTÍCULO 2°: Ratifícase laOrdenanza 1136 -97, sancionadael 11 de Noviembre de 1997, laque queda de este modo sancio-nada y promulgada

ARTÍCULO 3°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publíque-se y dése al Registro de Ordenan-za.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 26 DIAS DELMES DE MAYO DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 2de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.194-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 02/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C._______________________________

ORDENANZA N° 1.195 - 98

VISTO: Los Expedientes N°00986 -R -98 y el Expediente N°062 -C -98, iniciado por la SeñoraSilvia Rodríguez, solicita certifica-do y excepción a la Ordenanza N°232 -87 ; y

CONSIDERANDO:

Que la Señora SilviaRodríguez, inicia el Expediente00986 -R -98 para solicitar certifi-cación de servicios en la propie-dad ubicada en la calle Las Pal-mas s/n° de Vistalba, bajo padrónMunicipal N° 19538 con una su-perficie de 3.000,31 m2.

Que esta propiedad se ha frac-cionado en dos lotes cuyas me-didas longitudinales frentistas ala calle pública Las Palmas sonmenores a los 22 metros queestipula la Ordenanza N° 232 -87.

Que la fracción A tiene un fren-te de 5,70 m. Destinado a accesode la misma y la fracción B cons-ta de 17,83 mts. De frente.

Que la sumatoria de ambasfracciones daría un frente de

23,53 m., hecho que a criterio delConcejo permite autorizar el frac-cionamiento propuesto, puesconsidera que no afecta el espíri-tu de la Ordenanza de zonificación.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Autorícese a laSra Silvia Rodríguez a fraccionarla propiedad ubicada en calle LasPalmas s/n de Vistalba, bajo Pa-drón Municipal N° 232 - 87, deacuerdo a planos obrantes afojas 2 y 3 del Expediente N°00986 - R - 98.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 04 DIAS DELMES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 11de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.195-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 11/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C._________________________________

ORDENANZA N° 1.196 -98

VISTO: Los Expedientes N°039 - C -98, iniciado por el SeñorSergio Sánchez, Expediente N°017 - C -98, iniciado por el Sr.Bergamaschi, Osvaldo y el Expe-diente N° 015 - C -98, iniciado porel Sr. Marcelino Villaroel, solicitaneximición; y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Sergio Sánchez, so-licita autorización para que su ta-ller de herrería domiciliaria y re-paraciones pueda funcionar le-galmente en el domicilio de calleChile 1639 de Mayor Drumond.

Que el Sr. Osvaldo Berga-maschi, solicita autorización paralegalizar el funcionamiento de unlaboratorio de bombas inyectorascon banco de pruebas para auto-motores, ubicado en calle SerpaN° 43 de Luján de Cuyo.

Que el Sr. Marcelino Villaroel,solicita eximición para habilitar unservicio de afinamientos para au-tomotores en calle Falucho N°799 de Luján de Cuyo.

Que en los tres casos lospeticionantes cuentan con estasactividades como única fuente deingresos para mantener a susrespectivas familias.

Que la Ordenanza N°| 232 - 87,prohibe el funcionamiento de es-tas actividades en zonas destina-das a la residencia familiar.

Que el Concejo otorgó autori-zaciones similares a las solicita-das por un período de 24 meses,dentro del cual el Municipio reali-zará un monitoreo del cumplimien-to de la normativa vigente, comodesarrollan estas actividades,pudiendo interrumpirse la habili-tación otorgada en cualquier mo-mento si se comprueban irregu-laridades relacionadas con eldesempeño de la misma.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

Artículo 1°: Autorícese por víade la excepción a la OrdenanzaN° 232 -87 a los Señores SergioSánchez, a instalar taller de he-rrería domiciliaria y reparaciones,Osvaldo Bergamaschi a instalarla boratorio de bombas inyectorascon banco de pruebas para auto-motores, y Marcelino Villaroel aprestar servicio de afinamiento deautomotores, por un período de24 meses de acuerdo a losconsiderandos que forman partede la presente Ordenanza.

Artículo 2°: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989970

quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 04 DIAS DELMES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 11de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.196-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 11/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

01/12/98 (1 P.) A/C.__________________________________

ORDENANZA N° 1.197 -98

VISTO: El Expediente N° 227 -C -98, iniciado por RosaConstantino de Madrid, solicitaeximición, y

CONSIDERANDO:

Que la señora RosaConstantino de Madrid, solicita laeximición de las tasas a la pro-piedad raíz.

Que además debeotorgársele un plan de pago es-pecial de la deuda existente a lafecha.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DE LUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Encuádrese ala Señora Rosa Constantino deMadrid dentro de la Ordenanza N°1165 -98, referente a la eximiciónde las tasas y servicios a la pro-piedad raíz de los jubilados y pen-sionados.

ARTÍCULO 2°: Otórgase unplan de pago especial de 50 cuo-tas, a la Señora Rosa Cons-

tantino, de acuerdo a losconsiderandos que forman partede la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 11 DIAS DELMES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Ana M. Berardini

Sub-secretaria H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 17de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.197-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 17/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C________________________________

ORDENANZA N° 1.198/98

VISTO: El Expediente N° 197 -C -98, iniciado por Estela Casti-llo. Solicita eximición, y

CONSIDERANDO:

Que la Señora Estela de Cas-tillo, solicita eximición del pago delas boletas de cloacas.

Que esta comisión conside-ra, que debe otorgársele un plande pago de hasta 24 cuotas

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Otórgase unplan de pago especial de 24 cuo-tas, a la Señora Estela de Casti-llo, bajo padrón municipal 2630,de acuerdo a los consideradosque forman parte de la presenteordenanza.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 11 DIAS DELMES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Ana M. Berardini

Sub-secretaria H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 17de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.198-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 17/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.199/98

VISTO: El Expediente N°07602 - P - 97, iniciado por PIAZHnos., solicita autorización por unplazo de 18 meses; y

CONSIDERANDO:

Que a través de la OrdenanzaN° 468 -91, se autorizó por el tér-mino de 18 meses a la firma PIAZHnos., el funcionamiento de unaPlanta Transformadora de Mate-riales Termoplásticos ubicadoen calle Sáenz Peña N° 1730 delDistrito de Vistalba Luján deCuyo.

Que posteriormente al cum-plirse el plazo otorgado se pro-rrogó el mismo por el término de3 años más a través de la Orde-nanza N° 812 -94.

Que la Empresa posee un te-rreno ubicado en zona IndustrialAcceso Sur (costado Este).

Que la Comisión consideranecesario prorrogar la autoriza-ción otorgada oportunamentepor un tiempo de 18 meses, pe-ríodo imprescindible para que la

Empresa realice la radicacióndefinitiva de la mencionada plan-ta.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Prorróguese laautorización otorgada a la firmaPIAZ Hnos. a través de la Orde-nanza N° 468 -91 por un plazo de18 meses, el funcionamiento deuna Planta Transformadora deMateriales Termoplásticos, ubica-do en calle Sáenz Peña N° 1730del Distrito de Vistalba de Lujánde Cuyo.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 11 DIAS DELMES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Ana M. Berardini

Sub-secretaria H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 17de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.199-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 17/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C.________________________________

ORDENANZA N° 1.200 -98

VISTO: Los Expedientes N°1846 -D-98, N° 1847-D-98, N°1848 - D -98, N° 1849 - D - 98 yN° 1850 - D -98, iniciado por laDirección de Deportes, informasobre la donación de elementos:y

CONSIDERANDO:

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9971

Que la Dirección de Deportesy Recreación solicita la incorpo-ración de elementos, los cualesfueron donados por los Padresque conforman diferentes Comi-siones de las distintas discipli-nas.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Aceptar la do-nación sin cargo de los siguien-tes elementos: 10 colchonetas de0,06 mts. X 2 mts. Forrado en PVCcolor verde; 1 trampolín de 0,20mts, 55 mts. X 1,10 mts, tipo reuterde madera, forrada en tapismel,marca EMOK; 1 armazón parale-la, asimétrica de hierro; 2 barro-tes madera con alma de acero yfibra de vidrio;1 barra de madera ,base de hierro , regulable en altu-ra; 1 viga de 0,20 mts. X 0,10 mts.de madera laminada; 1 juego dearcos de 1,80 mts. X 3 mts, metá-licos; 44 colchonetas de 1 mt. X0,60 mts, x 0,06 mts. estampadascon flores; 1 alargador de 40 mts.de largo; 1 centro musical mode-lo Z_R300 N°| 509 PM 77 HO_438Marca AIWA; 2 bafles modelo 5x -ZR300 - YL - LOTE N° 034937 y034938 Marca Aiwa; 21 pelotas debasquet; 1 pelota de minibasquet; 2 arcos para minibasquet y 1 pedana de 2,40 mts,de alto x 0.88 mts. frente utilizadapara arbitraje de partidos devoleibol; de acuerdo al conside-rando que forma parte de la pre-sente ordenanza.

ARTICULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 18 DIAS DELMES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 23de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1200-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-

mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 23/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.201-98

VISTO: El Expediente N° 261 -C -98, iniciado por Concejales dela Comisión de Presupuesto yHacienda, creación de becas Ni-vel Secundario; y

CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta elacuerdo mantenido entre los Pre-sidentes de Bloques y Comisiónde Presupuesto y Hacienda, sedecide ampliar el cupo de becas,debido a la gran demanda de losalumnos aspirantes a tal benefi-cio.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Créase unabeca, denominada HonorableConcejo Deliberante de Luján deCuyo , para ser otorgada duranteel curso del período de cada añoa 104 alumnos del nivel secun-dario.

ARTÍCULO 2°: A tal efecto es-tablézcase un monto total de $36.400 anuales a distribuirse endiez (10) mensualidades, a partirdel mes de Febrero y hasta elmes de Noviembre inclusive,asignándose a cada beneficiarioun importe de PESOS TREINTA YCINCO ($ 35.00) mensualmentey cuya liquidación se efectuará enforma bimestral.

ARTÍCULO 3°: Los aspirantespodrán acceder a este beneficioen cualquier curso del nivel se-cundario

ARTÍCULO 4°: Los pos-tulantes deberán acreditar: a) te-ner el domicilio en el departamen-to de Luján de Cuyo b) deberá pre-sentar libreta de calificaciones c)no ser beneficiario de otra beca

d) la inscripción deberá realizar-se en el mes de Diciembre delaño inmediato anterior al del otor-gamiento de la beca.

ARTÍCULO 5°: La inscripcióny la evaluación de los postulantesestará a cargo de la secretaríadel Honorable Concejo Delibe-rante.

ARTÍCULO 6°: La selección yadjudicación de los postulantesestará a cargo de la Presidenciadel HCD, conjuntamente con losPresidentes de los Bloques quecomponen éste Honorable Cuer-po.

ARTÍCULO 7°: Deberápreveerse en cada uno de lospresupuestos que en el futuro sesancionen, la asignación de lasPartidas necesarias para atenderlas erogaciones que ésta Orde-nanza produzca, estableciendoel monto de las becas de cadaaño.

ARTÍCULO 8°: Los becariosdeberán presentar para hacerefectivo el cobro, el certificado dealumno regular en forma bimes-tral.

ARTÍCULO 9°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 18 DIAS DELMES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 23de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1201-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 23/06/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C

ORDENANZA N° 1.203 -98

VISTO: El Expediente N°2106 - G -98, iniciado porGutiérrez, Pablo Alberto, solicitafactibilidad para instalar negociolavadero; y

CONSIDERANDO:

Que el lavadero con engrasede automóviles se pretende ins-talar en calle San Martín 453 deLuján de Cuyo, correspondién-dole la denominación de ZonaComercial de acuerdo a lo queestipula la Ordenanza N° 232 -87.

Que la clasificación de usosde la mencionada Ordenanza in-cluye este rubro dentro de las es-taciones de servicios, las que seencuentran prohibidas en esazona.

Que el peticionante aclara aFs.4 que no expenderá combus-tible.

Que el Departamento Ejecuti-vo remite el Expediente al Conce-jo, para que éste decida sobre eltema, sin emitir opinión al respec-to.

Que el Concejo considera fac-tible permitir el funcionamiento dellavadero y engrase de automoto-res.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Autorícese alSeñor Gutiérrez, Pablo Alberto,D.N.I N°| 11.937.932, a instalar la-vadero y engrase de automóvilesen el local ubicado en calle SanMartín 423 por vía de la excepcióna la Ordenanza N° 232 -87.

ARTÍCULO 2°: El propietariodeberá ajustarse a toda la regla-mentación vigente en la materia,principalmente en lo concernien-te al tratamiento de los líquidosresultantes de esta actividad, queno deben ser contaminantes enabsoluto.

ARTÍCULO 3°: El plazo de laexcepción establecida por el ar-tículo primero, tendrá una dura-ción de 24 meses.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989972

ARTÍCULO 4°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS 25 DIAS DELMES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 1de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.203-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 01/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C._______________________________

ORDENANZA N° 1.204 -98

VISTO: El expediente N°02631 -C -97, iniciado por la Coo-perativa de Vivienda Luján Ltda.,ofrece donación de terreno sincargo; y

CONSIDERANDO:

Que la Cooperativa de Vivien-da de Luján Ltda., ofrece dona-ción sin cargo de una fracción deterreno, que consta de una su-perficie de aproximadamente2.500 m2 destinada a prolonga-ción de una calle pública, ubica-da en Perdriel Luján de Cuyo,que forma parte del Loteo que setramita bajo Expediente N° 8326-C -92.

Que en el Expediente obratoda la documentación corres-pondiente para que el Municipioacepte la donación ofrecida.

Que la superficie donada estádestinada a prolongación de ca-lle pública creada por OrdenanzaN° 106 -85 y su modificatoria N°131 -86.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Acéptese la do-nación sin cargo de una fracciónde terreno de 2.500 m2 aproxima-damente, individualizada comocalle 2 en plano adjunto, ofrecidapor la Cooperativa Luján Ltda, queforma parte del Loteo tramitadobajo Expediente N° 8326 - C -92 afavor de la Municipalidad de Lujánde Cuyo, destinada a la prolon-gación de calle pública creada porOrdenanza N° 131 -86.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS VEINTICINCODIAS DEL MES DE JUNIO DE1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 01de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.204-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 01/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_______________________________

ORDENANZA N° 1.205 -98

VISTO: El Expediente N°04103 - V - 97, iniciado por MónicaSandra Villafañe y otro, solicitacertificado; y

CONSIDERANDO:

Que el expediente se gira alHonorable Concejo Deliberante,para que este analice el pedidode postergación de las Obras deUrbanización faltantes,a efectos

de poder acceder entre otras co-sas a Préstamos Hipotecarios.

Que salvo las de agua, falta-rían todas las Obras de Urbani-zación prevista para ese fraccio-namiento.

Que la postergación de lasmencionadas Obras se podríaautorizar por un período de 8(ocho) meses, lapso en el cuallos propietarios deberán com-pletar la totalidad de las mis-mas.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Postérgueselas Obras de Urbanización previs-tas para el fraccionamiento ubi-cado en calle Lamadrid 525 de laCiudad de Luján, tramitado a tra-vés del Expediente N° 4103 - V -97 por el Sr. Daniel Olmos y la Sra.Mónica Sandra Villafañe por unperíodo de 8 (ocho) meses a par-tir de la sanción de la presenteOrdenanzas.

ARTÍCULO 2°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS VEINTICINCODIAS DEL MES DE JUNIO DE1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 01de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.205-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 01/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C.

ORDENANZA N° 1.206-98

VISTO: El Expediente N° 264 -C-98, iniciado por los ConcejalesVásquez, Costarelli, Brondo,Guevara, Completa, solicita su-basta pública; y

CONSIDERANDO:

Que es la subasta pública elprocedimiento que correspondepara enajenar estos bienes deldominio privado.

Que la venta de todos los ele-mentos seguramente posibilita-rá un mejoramiento en el ParqueAutomotor Municipal, toda vez quepodrían repararse elementos ave-riados y adquirir los nuevos quesean necesario para un mejora-miento en la prestación de losservicios públicos.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°. Llámase a su-basta pública para la venta de má-quinas, camiones utilitarios, cha-tarra y todo otro elemento que se-gún evaluación del Departamen-to Ejecutivo, ya no preste ningunautilidad a la comunidad Departa-mental.

ARTÍCULO 2°. Lo recaudadopor la venta según el procedi-miento del Artículo precedentedeberá ser acreditado en partidaespecial y específica para la re-cuperación y ampliación del Par-que Automotor Municipal.

ARTÍCULO 3°. El Departa-mento Ejecutivo, llamará a su-basta pública a los efectos cita-dos en el artículo 1° y 2° en unplazo de 45 días a contar desdela formulación de la presenteOrdenanza.

ARTÍCULO 4°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS VEINTICINCODIAS DEL MES DE JUNIO DE1998.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9973

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 01de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.206-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 01/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.207 -98

VISTO. El expediente N° 026 -C -98, iniciado por Luis Escude-ro, solicita revisión de multa, y

CONSIDERANDO:

Que el Señor Escudero solici-ta se revea la medida adoptadapor el uso indebido de agua pota-ble.

Que se solicitó medianteExpte. N| 1651 -D -97, el descar-go correspondiente, el cual fue re-chazado por la inexistencia de ele-mentos objetivos que acrediten lodicho.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°. Redúzcase lamulta aplicada por uso indebi-do de agua potable al SeñorLuis Escudero, a 100 u.t. deacuerdo a los considerandosque forman parte de la presen-te ordenanza.

ARTÍCULO 2°: Que a través dela Secretaría del Honorable Con-cejo Deliberante se notifique alSeñor Escudero, de la presenteordenanza.

ARTÍCULO 3°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA, A LOS VEINTICINCODIAS DEL MES DE JUNIO DE1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 01de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1.207-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 01/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_______________________________

ORDENANZA N° 1.209-98

VISTO: La ordenanza N° 1113-97 y sus modificatorias sobreconstrucciones clandestinas, y

CONSIDERANDO:

Que los plazos establecidospor el Municipio vencen en el mesde junio del corriente año.

Que son numerosos los veci-nos que esperan percibir el agui-naldo para poder solventar losgastos que ocasiona encuadrar-se en la moratoria.

Que no se ha cumplido con laobligación de informar a los con-tribuyentes por intermedio de notaadjunta a la boleta de pagos deservicios.

Que se hace necesario esta-blecer un nuevo plazo a la misma.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONSEJODELIBERANTE

ORDENA:

ARTICULO 1° Prorróguese lavigencia de la moratoria paraconstrucciones clandestinas es-tablecidas por la ordenanza 1113-97 hasta el día 30 de setiembrede 1998.

ARTICULO 2° Cúmplase conlo prescripto en el Art. 2°de la Or-denanza N° 1160-98.

ARTICULO 3° Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONSEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO MEN-DOZA, A LOS VEINTICINCO DIASDEL MES DE JUNIO DE 1998.

Hugo Di MasiPresidente H.C.D.Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 1de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1209-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 01/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C._________________________________

ORDENANZA N° 1.210-98

VISTO: El expediente N° 066-C-98 y su Adjunto N° 200-C-98,iniciado por Fabiana Serpa deNava, solicita excepción; y

CONSIDERANDO:

Que la peticionante es propie-taria de un terreno ubicado encalle Zapiola s/n del Distrito deMayor Drummond.

Que la excepción se solicitapara la construcción de una vivien-da familiar, ya que el terreno encuestión es recibido por herenciade familia, la cual habitó esa zonadesde antes del año 1857.

Que el terreno se encuentraemplazado en zona de extensiónIndustrial, según lo estipulado enOrdenanza N° 423-90.

Que en el tratamiento del Ex-pediente, la Comisión decideconstituirse en el lugar en dondese emplazará la construcción.

Que el Consejo autorizó ex-cepciones similares en esa zona.

Que habiendo evaluado todoslos aspectos del caso, el Hono-rable Consejo Deliberante deci-de autorizar por vía de la excep-ción al propietario para que conti-núe con el proyecto obrante en elExpte. N° 200-C-98.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONSEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTICULO 1° Autorícese porvía de la excepción a la Ordenan-za N° 423-90 a la señora FabianaSerpa de Nava, a construir vivien-da familiar en la propiedad ubica-da en calle Zapiola s/n del Distri-to de Mayor Drummond, con pa-drón Municipal N° 32772 de acuer-do a planos obrantes a Fs. 10 y11 del Expte. N° 200-C-98.

ARTICULO 2° Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONSEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA A LOS DOS DIAS DELMES DE JULIO DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 11de junio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1210-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 06/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C.______________________________

ORDENANZA N° 1.212-98

VISTO: La Ordenanza N° 683-93, a través de la cual el Munici-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989974

pio acepta donación de terrenocon cargo, y

CONSIDERANDO:

Que la donación la efectúanlos herederos de la susesión deAna María Atencio de Villegas.

Que la propiedad donada sehalla inscripta a nombre de la Mu-nicipalidad.

Que en la Ordenanza N° 683-93 se hace mención solamentea la tarea de apertura de la pro-longación de la calle Repúblicadel Líbano como cargo impues-to.

Que el ofrecimiento inicial, losinformes y la nota de elevacióncontenida en éste Expediente in-dica que los cargos solicitados in-cluyen además de los trabajosrealizados la construcción de ve-reda, acequia y cordón.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONSEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTICULO 1° Modifíquese elArtículo 1° de la Ordenanza N°683-93 en donde dice «Acéptese-la Donación con cargo de un ras-go de terreno, deberá decir:«Acéptese la donación de un ras-go de terreno con los cargos quea continuación se detallan: demo-lición y limpieza de terreno, cons-trucción de cierre, vereda. cordóny cuneta.

ARTICULO 2° Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONSEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA A LOS DOS DIAS DELMES DE JULIO DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 06de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1212-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-

mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 06/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

José CandisanoSecretaria de Obras y Serv.

Públicos

30/12/98 (1 P.) A/C._______________________________

ORDENANZA N° 1.214 -98

VISTO: El Expediente N°| 285-C -98, iniciado por los Conceja-les Lázaro, Federici y Salcedo, si-tuación de los ex - combatientes;y

CONSIDERANDO:

Que es inconveniente quenuestros ex - combatientes quefueron a luchar por nuestra sobe-ranía defendiendo con su propiavida nuestro territorio y nuestrabandera, expuestos a la más sal-vaje y cruenta batalla, sin mediosni experiencia para recuperar lasIslas Malvinas que legítimamen-te nos corresponden.

Que hoy son dejados de ladoe ignorados por Organismos Gu-bernamentales y Empresas Pri-vadas tanto en materia laboral,social.

Que existen aberrantes discri-minaciones sobre todo en mate-ria de trabajo en el sector privadopara con estos ex - combatientesque debemos rechazar y repudiarenérgicamente.

Que estos valientes héroesdeben ser tratados con el privi-legio y el reconocimiento queellos se ganaron y se merecende parte de todo el pueblo Ar-gentino.

Que debemos sancionar nor-mas que contribuyan a la tranqui-lidad social y económica quemerecen estos hombres y susfamilias como una muestra delafecto, el agradecimiento y el re-conocimiento de nuestro Depar-tamento

POR ELLO:

EL HONORABLE CONSEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°. Exímase delpago de tasas por servicio a lapropiedad raíz a todos aquellosex - combatientes de la Guerra deMalvinas que sean propietarios deun único inmuebles destinado avivienda familiar.

ARTÍCULO 2°: Que el Depar-tamento Ejecutivo incorpore den-tro de la planta de personal delMunicipio a aquellos ex - comba-tientes desocupados y con resi-dencia en el Departamento.

ARTÍCULO 3°: Gírese la pre-sente Ordenanza al Centro de Ex- Combatientes.

ARTÍCULO 4°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONSEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA A LOS DOS DIAS DELMES DE JULIO DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 06de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1214-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 06/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_______________________________

ORDENANZA N° 1.215-98

VISTO: El Expediente N° 286 -C -98, iniciado por Filomena Páez,solicita eximición; y

CONSIDERANDO:

Que la Señora Páez, solicitaeximisión de las Tasas y Serviciosa la Propiedad Raíz.

Que debe encuadrársela en laOrdenanza N° 1165 -98, y

otorgársele un plan de pago de50 cuotas.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONSEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Encuádrese ala Señora Filomena Páez viudade Guzmán en la Ordenanza N°1165 - 98, de acuerdo a losconsiderandos que forman partede la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°: Otórguese unplan de pago especial de 50 cuo-tas, a la Señora Filomena Páezviuda de Guzmán, para el pagode las Tasas y Servicios a la Pro-piedad Raíz.

ARTÍCULO 3°: Comuníqueseal Departamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DEL HO-NORABLE CONSEJO DELIBE-RANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA A LOS DOS DIAS DELMES DE JULIO DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio SpeziaSecretario H.C.D.

LUJÁN DE CUYO, MENDOZA, 06de julio de 1998.

Visto la ordenanza N° 1215-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 06/07/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.294 - 98

Visto el Expte. N° 2099 - D -98, iniciado por el Sr. Carlos ArturoDangelo y Otro; y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud se efectúapara poder fraccionar el terreno

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 1998 9975

ubicado en Zona Industrial debase Agraria. Que la superficiemínima es de 1500 m2 por lote,con frente mínimo de 25 mts. Queen este caso las dos fraccionestendrían 1000 m2, de superficieaproximadamente cada una. Quesi se autorizara el fraccionamien-to, no se violaría el espíritu de laOrdenanza N° 232 - 87.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DE LUJAN DE CUYO

ORDENA:

Artículo 1° - Autorícese a losSres.Carlos Arturo Dangelo, D.N.I.N° 10.271.676 y Héctor Salvi,D.N.I.N° 11.629.282, a fraccionarla propiedad ubicada en CallejónComunero del Distrito dePerdriel, bajo Padrón MunicipalN° 27281, por vía de la excepcióna la Ordenanza N° 232 - 87, deacuerdo a plano obrante a fs.2 delExpte. N° 2099 - D - 98.

Artículo 2° - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo a susefectos. Promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanzas.

Sala de Sesiones del Hono-rable Concejo Deliberante deLuján de Cuyo, Mendoza a losveintidós días de octubre de 1998.

Hugo D. Di MasiPresidente H.C.DAntonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

Luján de Cuyo, Mendoza, 28 deoctubre de 1998.

Visto la Ordenanza N° 1294 -98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a Pro-mulgarla en el día de la fecha 28/10/1998.

Luis CarralIntendente

José CandisanoSec.de Ob.y Serv.Pcos.

30/12/98 (1P.) A/cobrar______________________________

ORDENANZA N° 1.298 - 98

Visto el Expediente N° 652 - C- 98, a través del que se solicitaprohibir pegatinas y pintadas ennuestro Departamento; y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza N° 392 - 89,reglamenta el desarrollo de laspropagandas políticas callejeras.

Que el Concejo consideraoportuno restringir y penar conmás dureza todas las transgre-siones a la citada Ordenanza.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJÁN DE CUYO

ORDENA:

Artículo 1° - Modifíquese losArt. 5° y 7° de la Ordenanza N°392 - 89, los que quedarán re-dactados de la siguiente mane-ra: «Artículo 5° - Queda prohibi-do fijar afiches o pintar leyendasen los frentes de edificios, co-lumnas de alumbrado, teléfo-nos u otras; cabinas telefónicas,cordones, puentes, aceras, ár-boles, terraplenes, piedras y ce-rros.» «Artículo 7°- Las infrac-ciones a la presentes Ordenan-zas serán reprimidas con mul-tas de 500 a 10.000 unidadestributarias Municipales la queserá graduada según la grave-dad de la falta y los anteceden-tes del infractor».

Artículo 2° - Que el Departa-mento Ejecutivo comunique lapresente Ordenanza a los Parti-dos Políticos con sede en el De-partamento.

Artículo 3° - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

Sala de Sesiones del Hono-rable Concejo Deliberante deLuján de Cuyo, Mendoza a losveintinueve días del mes de octu-bre de 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

Luján de Cuyo, Mendoza, 3 de no-viembre de 1998.

Visto la Ordenanza N° 1298 -98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 3/11/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C_________________________________

ORDENANZA N° 1.299 - 98

Visto el Expediente N° 720 - C- 96 en el que se observa los in-cumplimientos reiterados a lasprescripciones del Código deEdificación Municipal, OrdenanzaN° 72 - 83 de Instalaciones Elec-tromecánicas y Reglamento deInstalaciones Sanitarias, que seconcretan en el Desarrollo de lasObras que se realizan en el De-partamento, por parte de los pro-fesionales de la construcción y/oEmpresas lo que se agrava con laomisión del pago de multas resul-tantes de estas infracciones; y

CONSIDERANDO:

Que ante la existencia de pro-fesionales que actúan en cumpli-miento oportuno y formal es ne-cesario y motivante reconocer di-cha conducta, así como exigir ho-mogeneidad en las respuestasprofesionales de aquellos que nolo concretan. Que la complejidadde las relaciones sociales nosexigen permanentemente revi-sión y adecuación de las normasa la realidad.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJÁN DE CUYO

ORDENA:

Artículo 1° - Agréguese al Có-digo de Edificación Municipal, enel capítulo 1 Art. 1, 3, 5, 6 (de lassanciones y penalidades) en elsubinciso 7), de acuerdo al Si-guiente Texto: «Profesionales yempresas Infractoras), los Profe-sionales y/o empresas infractorasa la normativa Municipal, deberáncumplimentar las sanciones apli-cadas como condición previa paraintervenir en cualquier otra trami-tación de jurisdicción departa-mental.

Artículo 2° - el DepartamentoEjecutivo, se abstendrá de dili-genciar cualquier tipo de presta-ción que efectivicen los profesio-nales y/o empresas que se en-cuentren en dicha condición, con-

forme a lo previsto en el Art. 1,3,5,6.

Artículo 3° - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

Sala de Sesiones del Hono-rable Concejo Deliberante deLuján de Cuyo, Mendoza a losveintinueve días del mes de octu-bre de 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

Luján de Cuyo, Mendoza, 3 de no-viembre de 1998.

Visto la Ordenanza N° 1.299 -98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 3/11/1998.

Luis CarralIntendente

José CandisanoSecr. De Obras y Serv. Públicos

30/12/98 (1P.) A/cobrar_______________________________

ORDENANZA N° 1.300 - 98

Visto el Expediente N° 691 - C- 98, iniciado por el Sr. Rodrigo M.Gómez y otra, solicita autorizaciónde subsistencia de galpón; y

CONSIDERANDO:

Que por intermedio del Expe-diente N° 691 - C - 98, se solicitaautorizar la subsistencia de gal-pón ubicado en calle Viamonte N°4475 de Chacras de Coria en lapropiedad del peticionante bajoPadrón Municipal N° 31852. Queel Sr. Rodrigo M. Gómez y otra, tie-ne habilitación para trabajar conel taller desde año 1978. Que laOrdenanza de zonificación fuesancionada en el año 1987. Quese le debe permitir presentar pla-no de relevamiento de taller deherrería artística, cumpliendo conlo normado en nuestro Código deEdificación.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJÁN DE CUYO

ORDENA:

Page 28: PROVINCIA DE MENDOZA - gobernac.old.mendoza.gov.argobernac.old.mendoza.gov.ar/boletin/pdf/19981230-25811-normas.pdf · tados de la Provincia de Mendoza sancionan con fuerza de LEY

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, miércoles 30 de diciembre de 19989976

Artículo 1° - Autorízase al Sr.Rodrigo M Gómez y Otra, a pre-sentar planos de relevamiento ysubsistencia de taller de herreríaartística, por vía de la excepción ala Ordenanza N° 232 - 87, en lapropiedad ubicada en calleViamonte N° 4475 de Chacras deCoria , registrada bajo PadrónMunicipal N° 31852.

Artículo 2° - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanzas.

Sala de Sesiones del Hono-rable Concejo Deliberante deLuján de Cuyo, Mendoza a losveintinueve días del mes de octu-bre de 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

Luján de Cuyo, Mendoza, 3 de no-viembre de 1998.

Visto la Ordenanza N° 1.300 -98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 3/11/1998.

Luis CarralIntendente

José CandisanoSecr. De Obras y Serv. Públicos

30/12/98 (1P.) A/cobrar________________________________

ORDENANZA N° 1.301 - 98

VISTO: Los Expedientes N°646 - C - 98 y N° 439 - C - 98, y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Daniel GómezBianchi, solicita se emita Decla-ración sobre zonificación y la Sra.Felipa Stella María Cirrincione,solicita excepción a la Ordenanzade Zonificación.

Que al analizar la problemáti-ca generada a raíz del dictamenemitido por la Dirección de Plani-ficación Urbana, este Cuerpoconsidera conveniente aclararcuales son los límites de la zonarural y de la zona industrial de

Base Agrícola, determinados enla Ordenanza N° 232 - 87, a efec-tos de no permitir se interprete lamisma de distintas maneras ycumplir con el pedido de aboquerealizado a Honorable ConcejoDeliberante por el Sr. RodolfoGómez Bianchi.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJAN DE CUYO

ORDENA:

Artículo 1° - Los Lotes queconforman el complejo «Harasde Perdriel», que no seanfrentistas al Acceso Sur y que tam-poco se comuniquen con éstepor intermedio de callejón comu-nero o público, se encuentra fue-ra de la Zona Industrial de BaseAgrícola, determinada por la Or-denanza N° 232 - 87, en su pun-to V.5.12.

Artículo 2° - Notifíquese al in-teresado de lo resuelto por el Ho-norable Concejo Deliberante.

Artículo 3° - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanza.

SALA DE SESIONES DELHONORABLE CONCEJO DELI-BERANTE DE LUJAN DECUYO,MENDOZA A LOS VEINTI-NUEVE DIAS DEL MES DE OC-TUBRE DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

Luján de Cuyo, Mendoza, 3 denoviembre de 1998.

Visto la Ordenanza N° 1.301 -98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 3/11/1998.

Luis CarralIntendente

José CandisanoSecr. De Obras y Serv. Públicos

30/12/98 (1P.) A/cobrar

ORDENANZA N° 1.302 - 98

VISTO: El Expediente N° 668 -C - 98, señor Juan Doria, solicitaplan de pago, y

CONSIDERANDO:

Que el Señor Juan Doria, soli-cita plan de pago de 6 cuotas, porla deuda existente de patentes decomercio.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJÁN DE CUYO

ORDENA:

Artículo 1° - Otórguese un plande pago especial de 6 cuotas alseñor Juan Doria, para el pagode la deuda existente de paten-tes de comercio, de acuerdo alconsiderando que forma parte dela presente Ordenanza.

Artículo 2° - Que a través de lapresente Ordenanza al peticio-nante.

Artículo 3° - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanzas.

SALA DE SESIONES DELHONORABLE CONCEJO DELI-BERANTE DE LUJAN DECUYO,MENDOZA A LOS VEINTI-NUEVE DIAS DEL MES DE OC-TUBRE DE 1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

Luján de Cuyo, Mendoza, 3 denoviembre de 1998.

Visto la Ordenanza N° 1.30298, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 3/11/1998.

Luis CarralIntendente Municipal

Elida MamySecretaria de Hacienda y

Administración

30/12/98 (1 P.) A/C

ORDENANZA N° 1.303 - 98

VISTO: El Expediente N° 427 -C - 98, iniciado por la Unión Veci-nal B° Alerces II, sugieren para lascalles del B°; y

CONSIDERANDO:

Que la nota presentada porvecinos del B° Alerces II en la cualsugieren nombres para las callesdel B°, y que a fs. 4 vuelta el infor-me de la Sub- Dirección de Plani-ficación Urbana informa que noexisten antecedentes con losnombres que obran a fs. 1. Porello,

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DELUJÁN DE CUYO

ORDENA:

Artículo 1° - Nomínase a lascalles del B° Alerces II deCarrodilla con los nombres que acontinuación se detallan:

Calle N° 17: Dr. Pedro NolascoOrtíz Calle N° 8: Isla Laurie. CalleN° 9: Isla Soledad. Calle N° 10:Isla Coronación Calle N° 11: Islade los Estados.

Artículo 2°:- Comuníquese alDepartamento Ejecutivo a susefectos, promúlguese, publí-quese y dése al Registro de Or-denanzas.

SALA DE SESIONES DELHONORABLE CONCEJO DELI-BERANTE DE LUJAN DE CUYO,MENDOZA A LOS VEINTINUEVEDIAS DEL MES DE OCTUBRE DE1998.

Ornelia FedericiVicepresidenta 1° H.C.D.

Antonio V. SpeziaSecretario H.C.D.

Luján de Cuyo, Mendoza, 3 denoviembre de 1998.

Visto la Ordenanza N° 1.303-98, dictada por el Honorable Con-cejo Deliberante, este Departa-mento Ejecutivo procede a pro-mulgarla en el día de la fecha 3/11/1998.

Luis CarralIntendente

José CandisanoSecr. de Obras y Serv. Públicos

30/12/98 (1P.) A/cobrar