Protocolo No. 5 (1)Reseña 5
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8/18/2019 Protocolo No. 5 (1)Reseña 5
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Protocolo No. 5.
Mario Alejandro Mora Rincón
Elkin Cabrera
Diego Barragán
Grupo No. 6.
Globalización y derecho: ¿La posmodernidad nos hace cambiar las
herramientas para estudiar lo jurídico?
e !ousa !antos" #oa$entura. %na carto&ra'ía simbólica de las
representaciones sociales: prole&ómenos a una concepción
posmoderna del derecho. (n (stado" erecho y Luchas !ociales.
). )deas Principales del *e+to
A pesar del reclamo por la eclusi!idad del derec"o o#icial $ue "acen %&la
#iloso#'a pol'(ica liberal ) la ciencia del derec"o $ue sobre ella se cons(i(u)ó&*+
Boa!en(ura de ,ousa ,an(os par(e del pluralismo jur'dico asumido como un
"ec"o. De es(e modo+ a#irma $ue+ si bien el derec"o es(a(al es
%(endencialmen(e* el más impor(an(e+ eis(en o(ras #ormas del derec"o como el
local ) el mundial.
De acuerdo con el au(or+ dic"as #ormas del derec"o se di#erencian en #unción
del campo de acción social $ue regulan+ de su durabilidad+ ) de los
mecanismos de pre!ención ) resolución de con#lic(os+ as' como+ (ambi-n+ en
!ir(ud de la reproducción de la legalidad ) la dis(ribución del conocimien(o
jur'dico. A cada una de es(as #ormas del derec"o corresponder'a unaorien(ación di#eren(e.
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,in embargo+ nos dice el au(or+ es impropio dis(inguir las di#eren(es #ormas del
derec"o (eniendo en consideración el obje(o de regulación+ pues(o $ue en
muc"os casos aparen(an "acerlo sobre el mismo campo de acción social. a
di#erenciación es(á dada+ más bien+ por el (ama/o de la escala en $ue opera la
regulación. El derec"o local es una norma(i!idad de gran escala0 mien(ras $ue
el derec"o nacional1es(a(al es de mediana escala+ ) el derec"o mundial opera
en la pe$ue/a escala. En consecuencia+ el (ama/o de la escala en $ue opere
cada #orma del derec"o !a a de(erminar un orden jur'dico espec'#ico ) sus
alcances en la regulación social.
2or o(ra par(e+ las dis(in(as escalas jur'dicas no se dan en #orma aislada en las
prác(icas sociales. os espacios jur'dicos se in(errelacionan de m3l(iples
maneras+ creando la ilusión de eis(ir sobreposiciones en(re ellos. 2ara mos(rar
$ue no "a) (al sobreposición o coincidencia+ ,an(os recurre al análisis de la
#igura del con#lic(o laboral en una #ábrica en r-gimen de subcon(ra(ación para
una empresa mul(inacional+ ) su dis'mil abordaje de acuerdo con la escala
jur'dica en $ue operan el reglamen(o de la empresa 4gran escala5+ el código
laboral 4mediana escala5 ) el derec"o global de subcon(ra(ación in(ernacional
4pe$ue/a escala5. 2or lo (an(o+ la iden(i#icación de las escalas de juridicidad+
permi(e eaminar el complejo #uncionamien(o de la in(erlegalidad. En o(ras
palabras+ posibili(a la comprensión de las in(errelaciones en(re las dis(in(as
#ormas del derec"o )+ sobre es(a base+ la dis(inción en(re los pa(rones de
regulación $ue operan en dis(in(os espacios jur'dicos.
2or 3l(imo+ el (ama/o de la escala condiciona (ambi-n los ni!eles de
regulación el de de(ección+ el de discriminación ) el de e!aluación. El primero
de#ine lo $ue es obje(o de regulación o no. El segundo permi(e dis(inguir los
l'mi(es de la regulación en #unción de la acción social. 7+ el (ercero+ las
di#erencias -(icas en la acción social.
Dic"os ni!eles de regulación dependen de la escala jur'dica en la cual nos
ubi$uemos. ,in embargo+ en una misma escala jur'dica+ los ni!eles pueden!ariar de una ma(eria a o(ra.
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El (ipo de pro)ección en cada escala del derec"o depende del %"ec"o #undan(e*
o %super1"ec"o* $ue le sir!e de basamen(o. 2ara ,an(os+ en el caso del
derec"o burgu-s moderno es(e "ec"o #undan(e son las relaciones económicas
cons(i(uidas en el mercado+ mien(ras $ue %&la (ierra ) la "abi(ación concebidas
como relaciones pol'(icas ) sociales son el super1"ec"o sub)acen(e al derec"o
no o#icial de las favelas de R'o de 8aneiro*.
De la dis(inción en(re espacios jur'dicos cen(rales ) peri#-ricos+ se desprenden
dos carac(er's(icas de la regulación. En primer lugar+ el "ec"o de $ue la
dis(orsión $ue pro!oca la pro)ección se incremen(a en las regiones peri#-ricas
)+ en segundo (-rmino+ $ue es en es(as 3l(imas donde se mues(ra con ma)or
#acilidad la in(erlegalidad+ en(endida como la con#luencia de los dis(in(os
órdenes jur'dicos en la acción social. En cuan(o a la simboli9ación jur'dica+
,an(os dis(ingue dos %sis(emas polares de se/ales* el es(ilo jur'dico "om-rico
) el es(ilo jur'dico b'blico. El primero+ $ue corresponde al espacio jur'dico
nacional 4la mediana escala5 es una #orma de juricidad ins(rumen(al $ue se
carac(eri9a por %&la con!ersión del #lujo con(inuo de la acción social en una
sucesión de momen(os discon(inuos más o menos ri(uali9ados&)+ por o(ro
lado+ la descripción #ormal ) abs(rac(a de la acción social a (ra!-s de se/ales
con!encionales+ re#erenciales ) cogni(i!as*.
De ese modo+ es un orden jur'dico $ue separa claramen(e el derec"o de los
"ec"os.
El propósi(o de ,an(os con la car(ogra#'a simbólica del derec"o moderno+
consis(e en sen(ar las bases de un nue!o %sen(ido com3n jur'dico* $ue asuma
la eis(encia del pluralismo jur'dico ) la in(erlegalidad en los ni!eles de
regulación de las acciones sociales la de(ección+ la discriminación ) la
e!aluación. ,e (ra(a de e!i(ar el reconocimien(o eclusi!o del derec"o o#icial
es(a(al+ mos(rando la eis(encia de o(ros órdenes jur'dicos $ue operan en una
di#eren(e escala+ ) (ienen una pro)ección ) una simboli9ación dis(in(as alderec"o o#icial.
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*,inin& -illiam: (l renacimiento de la *eoría urídica General.
). )deas centrales
,e pone de presen(e en el (e(o la (eor'a jur'dica general desde la asimilación
del proceso de globali9ación+ #enómeno es(e 3l(imo $ue "a sido (ra(ado seg3n
:;ining+ de in(erpre(arse+ concep(uali9arse ) con(e(uali9arse de di!ersas
#ormas+ dando lugar a la es(ruc(uración de (eor'as+ algunas $ue aluden a la
re!olución ) al cambio paradigmá(ico+ (ambi-n a la eagerada re(órica
globali9an(e+ o(ras a la inspiración maris(a+ o(ras (an(as de cor(e posmoderno+
de celebración del libre mercado ) "as(a de cor(e religioso ) liber(arios. :eor'as
$ue gra!i(an sobre (res sen(idos di#eren(es pero coinciden(es en(re a$uellas+
$ue seg3n el au(or se pueden clasi#icar en pesimis(as+ op(imis(as ) agnós(icas.
:eor'as $ue como se !islumbra "an pro#undi9ado en la eplicación )
asimilación de la Globali9ación+ las cuales con!ergen "acia elemen(oscomunes sin(e(i9ados por el au(or en < grandes '(ems =. a globali9ación no es
un #enómeno nue!o pues !iene de dos siglos a(rás. >. as relaciones en(re el
ni!el local ) el global se dan por procesos #luidos ) complejos. ?. @reas como
las comunicaciones ) la ecolog'a re#lejan progresos impor(an(es en la anuencia
de es#uer9os ) (rabajos conjun(os supraes(a(ales. . El signi#icado de los l'mi(es
nacionales "an cambiado. 7 #inalmen(e
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:rans#ormación $ue de inmedia(o pone de relie!e (res desa#'os espec'#icos $ue
plan(ea la globali9ación a la (eor'a jur'dica (radicional =. Desa#'o denominado
de (eor'a de la caja negra+ en la $ue se consideran los Es(ados Nación ) sus
respec(i!os sis(emas ) ordenamien(os jur'dicos como si #uesen en(idades
cerradas+ impermeables+ ) $ue en consecuencia se pueden es(udiar
aisladamen(e. >. :ambi-n se describe el desa#'o en el $ue el es(udio del
derec"o ) de la (eor'a jur'dica se pude res(ringir a dos (ipos de ordenamien(o
jur'dico el derec"o es(a(al ) el derec"o in(ernacional p3blico ) ?. El desa#'o $ue
plan(ea la su#iciencia ) !alide9 del marco ) el !ocabulario concep(uales del
discurso jur'dico eis(en(e para discu(ir ) eplicar #enómenos jur'dicos $ue
a(ra!iesan las jurisdicciones+ las (radiciones ) las cul(uras.
,on (res desa#'os $ue proponen una recon#iguración de la (eor'a jur'dica
suponiendo la asimilación de nue!as si(uaciones $ue pueden de plano
des!ir(uar o poner en en(re dic"o cons(ruc(os jur'dicos en los $ue se sos(ienen
los Es(ados con(emporáneos con la #inalidad de acoplar la (eor'a jur'dica al
#enómeno de la globali9ación repensando nociones )a elaboradas ) buscando
la adecuada in(eracción de la di!ersidad de ordenamien(os ) sis(emas jur'dicos
adop(ados por los Es(ados Nación $ue es(ruc(uran el marco global. ,iendo el
re(o en(onces acoplar un marco jur'dico general an(e una di!ersidad de marcos
par(iculares in(erac(uan(es en la globali9ación.
En ese sen(ido el au(or se/ala $ue la manera en $ue puede empe9arse adilucidar el re(o es en el reconocimien(o de $ue el derec"o regula relaciones )
es(as se encuen(ran en di!ersos ni!eles+ $ue en el caso de la globali9ación se
comprenden del local+ (ransnacional+ con(inen(al+ global+ e(c.+ ni!eles $ue se
carac(eri9an generalmen(e por las relaciones geográ#icas en(re los suje(os del
derec"o+ en es(e caso en(re Es(ados Nación. Ni!eles $ue no reconocen
jerar$u'as sino $ue in(erac(3an de di!ersas #ormas erigiendo una pluralidad
jur'dica ) norma(i!a.
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De (al manera $ue se reconoce el pluralismo jur'dico en ra9ón a la eis(encia
de di!ersas en(idades )o ni!eles geográ#icos ) suponen el re(o de armoni9ar+
uni#icar+ (o(ali9ar+ elucidar+ cons(ruir+ desarrollar concep(os+ (eor'as norma(i!as+
recons(ruir la "is(oria in(elec(ual del derec"os+ ) en s' eaminar (odo lo $ue
incide en las clases del discurso de ) sobre el derec"o $ue debe comprenderse
desde una óp(ica reno!ada+ no ins(i(ucionali9ada p-(reamen(e sino abier(a la
in(eracción ) a la consolidación de una nue!a (eor'a jur'dica general en el
con(e(o de la globali9ación.
De esa #orma el au(or inicia por abordar en la di#erencia sus(ancial de
di#erenciar en(re (eor'a jur'dica general ) no global+ por$ue en el caso de la
3l(ima se desconocer'a la eis(encia de las par(icularidades al asumirse como
una uni#orme concepción jur'dica siendo $ue en la realidad se erigen di!ersas
consideración ) con(e(os jur'dicos+ $ue de (odas maneras si pueden
comprender aspec(os comunes $ue pueden anali9arse como generales a (odos
) cada uno de ellos sin ecluir sus de(erminadas par(icularidades siendo lo
general más amplio $ue lo global $ue seria un (-rminos res(ric(i!o.
4considerado como la car(ogra#'a global del derec"o5
Bajo (al precisión :;ining se/ala $ue la (eor'a jur'dica general se re#iere al
es(udio (eórico de dos o más ordenamien(os jur'dicos considerando la
problemá(ica de la generali9ación de los #enómenos jur'dicos+ la comprensión
de (odos los ni!eles del derec"o 4es(a(al+ in(ernacional p3blico+ (ransnacional+
comuni(ario+ e(c.5 ) con(emplando con gran rele!ancia los #enómenos delpluralismo norma(i!o ) jur'dico como cen(rales para la (eor'a jur'dica.
:al noción de generalidad de lo jur'dico alude análogamen(e lo sugerido por
Ben("am respec(o a la uni!ersalidad propugnada por el derec"o na(ural+ a lo
$ue signi#ica desarrollar una ciencia uni!ersal en (-rminos de Aus(in ) olland
4lideres de la escuela de Maine5 $ue pod'an asimilarse a las generali9aciones
dar;inianas del derec"o ) el cambio social. Generali9ación $ue no #ueacep(ada por la academia ni por las comunidades legisla(i!as ) pol'(icas $ue
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(erminaban en#ocándose en el es(udio par(icular del derec"o ) apreciando a un
es(udio general como algo marginal+ lo $ue condujo a la %separación
cognosci(i!a del derec"o* desconociendo su esencia general.+ redundando en
aproimaciones (eóricas pragmá(icas en#ocadas eclusi!amen(e a las
par(icularidades jur'dicas de los di!ersos con(e(os o ni!eles jur'dicos $ue no
obs(an(e ac(ualmen(e se encuen(ran en reconsideración por cuan(o la
globali9ación como realidad "a conducido ine!i(ablemen(e a la consideración
de las di!ersas par(icularidades jur'dicas den(ro de un mismo con(e(o.
Empero lo an(erior+ :;ining plan(ea algunos re(os $ue supone la generali9ación
del derec"os como por ejemplo si es posible ) deseable la generali9ación
concep(ual+ norma(i!a+ in(erpre(a(i!a ) emp'rica del derec"o. 2or lo $ue el au(or
se/ala $ue es necesario aplicar una (eor'a jur'dica anal'(ica+ en la $ue se
consideren concep(os jur'dicos concep(uales comunes ) generales+ $ue
pueden cons(i(uirse como un inicio+ un primer acercamien(o más no uno
decisi!o en la asimilación de la globali9ación en la consolidación de una (eor'a
jur'dica general se/alando para ello la eis(encia de concep(os uni!ersales
como el comercio+ ) den(ro de es(e la !alide9 de los concep(os ) (-rminos de la
usan9a mercan(il $ue por ejemplo "an sido uni!ersali9ados por par(e de
en(idades del orden in(ernacional como son la nión Europea+ el Consejo de
Europa en(re o(ros.
De (al #orma $ue eis(en concep(os uni!ersales+ globales ) en s' generales $ue
permi(en par(ir de pun(os comunes desde con(e(os jur'dicos eminen(emen(epar(iculares "acia unos generales. En (al sen(ido :;ining eploro los es(udios
de o"#eld+ sobre el es$uema anal'(ico juridico+ (ambi-n anali9o el discurso
(ransnacional sobre prisiones+ la corrupción como asun(o deba(ido ampliamen(e
en di!ersos con(e(os+ la comparación (ransnacional de pro#esiones jur'dicas+
los abogados ) la educación jur'dica+ con(e(os en los $ue no(ablemen(e se
compar(en pragmá(icamen(e concep(os. No obs(an(e (ales ejemplos solo
demues(ran la u(ilidad de concep(os generales pero no demues(ran unapro#undi9ación en asun(os complejos como los derec"os+ las clases de deber o
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de poder ) lo más gra!e no considera si "a) una cier(a coneión sub)acen(e
en(re los cua(ro usos posibles del (-rmino derec"o+ ni la reacción de los
derec"os con o(ros concep(os como in(er-s+ bene#icio o necesidad. 2or lo cual
el au(or demues(ra $ue a pesar de eis(ir aspec(os comunes $ue par(en de
concep(os (ambi-n di#ieren en su in(erpre(ación ) alcance+ por lo cual es
preciso es(ablecerlos concre(amen(e.
Aunado a lo an(erior :;ining pone de presen(a la necesidad de complemen(ar
la (eor'a anal'(ica jun(o con la (eórica jur'dica norma(i!a+ $ue en esencia busca
abarcar pregun(as acerca de los !alores ) acerca del derec"o+ ocupándose de
las relaciones en(re el derec"o+ la pol'(ica ) la moralidad+ inclu)endo a su !e9
discusiones en(re posi(i!is(as acera de las relaciones en(re el derec"o ) la
moralidad+ en(re o(ros. 2oni-ndose de relie!e el asun(o uni!ersal ) general de
es(as cues(iones como por ejemplo de los !alores den(ro del campo jur'dico
$ue pueden e!idenciarse con rela(i!a #acilidad en el con(e(o de los derec"os
"umanos+ en el $ue sin embargo aun escapan algunos Es(ados $ue no los
reconocen plenamen(e debido en(re o(ras cosas a nociones cul(urales $ue
deben ser superadas para poder considerar un con(e(o general del derec"o )
en s' de la (eor'a jur'dica.
De la misma #orma el au(or considera el ra9onamien(o jur'dico $ue a grandes
rasgos considera =. n conjun(o de (eor'as norma(i!as considerablemen(e
so#is(icado acerca de la jus(i#icación de las decisiones judiciales en cues(iones
de casos di#'ciles. >. na li(era(ura separada ) menos desarrollada acerca delra9onamien(o sobre problemas #ác(icos en el juicio. ?. n cuerpo in(ermi(en(e )
di!erso de li(era(ura $ue some(e al discurso argumen(a(i!o a los procesos
judiciales+ al análisis ) a la cr'(ica desde una !ariedad de perspec(i!as. . n
(rabajo poco perse!eran(e acerca de las #ormas de ra9onamien(o )
argumen(ación empleadas en o(ras operaciones jur'dicas.
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di#eren(es a los propios )a $ue (ales plan(eamien(os dependen del con(e(o por
lo $ue se "ace impera(i!o aproimar (ales re#leiones a un sin numero de
escenarios jur'dicos+ cier(amen(e uni!ersales )o generales.
Escenarios en los $ue no solamen(e se realice un ejercicio de derec"o
comparado sino en el $ue e#ec(i!amen(e se realice una asimilación de un
ra9onamien(o a cual$uier con(e(o jur'dico en el $ue se e!idencie un proceso
de comunidad+ en el $ue no se realice un aislamien(o como el $ue se "a
propiciado "as(a a"ora (an(o desde el pun(o de !is(a acad-mico como
norma(i!o ) cier(amen(e jur'dico. En el $ue además es necesario considerar
con especial impor(ancia (an(o la prac(ica como la (eor'a jur'dica+ asun(o nada
#ácil de ma(eriali9ar en un con(e(o global+ implicando la reali9ación de un
es#uer9o en pro!ocar un renacimien(o de la (eor'a jur'dica general.
. /etodolo&ía utilizada por los autores:
Boa!en(ura de ,ousa ,an(os u(ili9a la car(ogra#'a geográ#ica como un
ins(rumen(o me(odológico para represen(ar las es#eras sociales ) la pluralidad
de sis(emas jur'dicos. 2ara ,an(os+ en la car(ogra#'a geográ#ica+ la primera
consideración a(a/e a la relación in!ersa $ue se presen(a en(re el grado de
represen(ación ) la capacidad de orien(ación $ue brinde un mapa en(re ma)or
sea la reducción e#ec(uada en la imagen del (erri(orio+ menor será la capacidad
de orien(ar e#ica9men(e al !iajero "acia un des(ino espec'#ico ) !ice!ersa.
En consecuencia+ en !ir(ud de su orien(ación+ Boa!en(ura de ,ousa ,an(os
dis(ingue dos (ipos de represen(aciones car(ográ#icas los mapas1imagen ) los
mapas ins(rumen(ales.
El primer (ipo a(iende a la necesidad de una !isión in(egral de un (erri(orio+
mien(ras $ue el segundo (ipo responde a di!ersas in(enciones de in(er!ención
"umana en dic"o (erri(orio. En o(ras palabras+ los mapas1imagen permi(en
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!isuali9ar las posiciones rela(i!as de los elemen(os geográ#icos+ mien(ras $ue
los mapas ins(rumen(ales "acen posible la mo!ili9ación en dic"o (erri(orio.
2or o(ra par(e+ la pro)ección car(ográ#ica re!ela la perspec(i!a desde la cual se
(raslada una realidad (ridimensional 1el globo (errá$ueo+ o par(e de -l1 a una
represen(ación plana+ bidimensional. ,e (ra(a de una dis(orsión ine!i(able de
una región geográ#ica+ la cual in(roduce un sesgo en la represen(ación al
sobredimensionar una o !arias secciones en de(rimen(o del res(o del (erri(orio
represen(ado.
Además+ la escala nos re!ela el grado de de(alle o#recido en la represen(ación
de la región geográ#ica+ bajo la #orma de una relación direc(amen(e
proporcional en la gran escala+ el de(alle es ma)or )+ por ende+ la
represen(ación más precisa ) con ma)or ri$ue9a en el de(alle0 ) en la pe$ue/a
escala+ el de(alle es menor+ dando una represen(ación menos comple(a de la
región implicada. Como en el caso de la pro)ección+ es(amos an(e una
dis(orsión ine!i(able pues(o $ue+ de lo con(rario+ el mapa ser'a un absurdo al
(ener el (ama/o de la región represen(ada. El (ipo de escala $ue se escoja+ es(á
direc(amen(e condicionado por el (ipo de orien(ación $ue pre(enda o#recer el
mapa en cues(ión.
Finalmen(e+ en #unción de la orien(ación escogida+ la simboli9ación car(ográ#ica
supone la selección de los aspec(os 1(opológicos+ pol'(icos+ económicos+
ambien(ales+ ar$ui(ec(ónicos+ en(re o(ros1 $ue es(án re#lejados en el (erri(oriorepresen(ado. En consecuencia+ (ambi-n supone la eclusión de a$uellos o(ros
$ue son simplemen(e omi(idos.
))). Propuesta in$esti&ati$a
,i el obje(o de in!es(igación #uera el es(udio de las iden(idades nacionales en
Am-rica a(ina+ la car(ogra#'a simbólica+ nos permi(e es(ablecer una relación decorrespondencia en(re+ por una par(e+ los procesos de cons(rucción de dic"o
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imaginario nacional en Am-rica a(ina )+ por o(ra par(e+ el discurso na(uralis(a
de los derec"os "umanos+ propio del pensamien(o ilus(rado $ue se desarrolla
en la Europa del siglo H ) $ue se man(iene a la #ec"a en muc"os c'rculos de
acad-micos+ pro#esionales+ ac(i!is(as ) pol'(icos la(inoamericanos.
El es(ablecimien(o de dic"a correspondencia+ es el resul(ado de encon(rar el
discurso na(uralis(a de los derec"os "umanos como el sus(ra(o epis(-mico e
ideológico $ue "a pre!alecido+ como denominador com3n ) solución de
con(inuidad+ en los procesos de cons(rucción de las iden(idades nacionales por
par(e de las in(elec(ualidades orgánicas en los pro)ec(os pol'(icos "egemónicos
en Am-rica a(ina.
a propues(a de una (eor'a especial sobre las iden(idades nacionales+ buscar'a
posibili(ar la reca(egori9ación de los resul(ados de la in!es(igación cr'(ica de las
lógicas iden(i(arias en Am-rica a(ina+ en (-rminos de una car(ogra#'a simbólica.
De es(e modo+ las ca(egor'as de pro)ección+ escala ) simbolog'a 1en (an(o
mecanismos de represen(ación propios de la car(ogra#'a geográ#ica1 son
empleadas para iden(i#icar los l'mi(es #uncionales de las represen(aciones en el
imaginario nacional+ de acuerdo con la orien(ación espec'#ica de la lógica
iden(i(aria en cada pro)ec(o pol'(ico "egemónico en los Es(ados nacionales.