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1 PROTOCOLO DE INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO, SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DE LOS RECURSOS DE REPOSICIÓN PRESENTADOS Manual de Usuario de Plataforma web Jefe DAEM, Director Corporación Comunal de Educación o Director Servicio Local de Educación (Coordinador Comunal de Evaluación) Marzo, 2020

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PROTOCOLO DE INSTRUCCIONES

PARA EL REGISTRO, SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DE LOS

RECURSOS DE REPOSICIÓN

PRESENTADOS

Manual de Usuario de

Plataforma web

Jefe DAEM, Director Corporación Comunal de Educación o Director Servicio Local de Educación

(Coordinador Comunal de Evaluación)

Marzo, 2020

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Estimado/a Coordinador/a Comunal o de Servicio Local de Evaluación:

Como es de su conocimiento, el Reglamento sobre Evaluación Docente, aprobado por Decreto Supremo de Educación N° 192, de 2004, en su Art. 46°, establece que todo profesor/a podrá presentar un Recurso de Reposición en contra de su resultado en la Evaluación Docente, el que podrá interponer, entre otras, por las siguientes causales:

“Haber sido evaluado el/la docente no obstante encontrarse eximido/a de dicho proceso por algunas de las causales del artículo 6º, o estar amparado/a por alguna de las causales establecidas en el artículo 7° del presente reglamento.

Haber sido evaluado/a por un evaluador par inhábil o incompetente.

Haberse omitido en la evaluación final la ponderación de alguno de los instrumentos señalados en el Título II del presente reglamento, o haberse trasgredido las exigencias formales requeridas por este reglamento para la aplicación de dichos instrumentos.

No haber dado estricto cumplimiento a lo señalado en los artículos 38º, 39º, 40º e inciso 2º del artículo 43º del presente reglamento.

Estar conformada la Comisión por integrantes distintos a los establecidos en el artículo 28º del presente reglamento.”

También, en el marco de las normas establecidas en el artículo 59 de la Ley N° 19.880, podrán presentar un Recurso de Reposición los/las docentes que en su evaluación obtuvieron resultado Insatisfactorio por negarse a ser evaluados (como lo indica el inciso tercero del artículo 73 bis del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 1996, de Educación).

Además, cabe señalar que el Recurso de Reposición solo puede ser presentado directamente por el propio interesado, quien debe fundamentar claramente la o las causales por las cuales solicita la reposición ante la Comisión Comunal de Evaluación respectiva. En ningún caso puede corresponder la presentación de un Recurso de Reposición a nombre de terceras personas, con independencia de su relación familiar, social, laboral o gremial que tenga el recurrente con el docente evaluado.

El Recurso de Reposición deberá ser presentado, dentro de los plazos establecidos, ante el/la Jefe/a del DAEM o el/la Director/a de la Corporación de Educación Municipal o el/la Director/a del Servicio Local de Educación, según corresponda, quien deberá dejar constancia escrita de su recepción y subir el recurso a la plataforma para Jefes DAEM que CPEIP ha dispuesto para ello, cuyo Manual de Usuario se adjunta a esta comunicación.

El recurso debe ser presentado por el docente en tres (3) copias, las que

deberán ser llenadas con su nombre y RUT, y firmadas y timbradas por el/la Coordinador/a Comunal, que tienen el siguiente destino: una para el interesado, una para el/la Coordinador/a Comunal y

otra que se envía al CPEIP. Por razones de buen servicio, el docente debe elaborar y presentar el

Recurso de Reposición solo en el formulario electrónico diseñado por CPEIP y dispuesto para él en el sitio web https://recursosdereposicion.cpeip.cl/; NO SE ACEPTARÁN RECURSOS DE

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REPOSICIÓN QUE HAYAN SIDO GENERADOS A PARTIR DE UN FORMULARIO EN PAPEL Y MANUSCRITOS.

El Recurso de Reposición deberá interponerse dentro del plazo de 5 días

hábiles contados desde el término del período de notificación del Informe de Evaluación Individual, que en conformidad a lo establecido en el Calendario del Proceso de Evaluación del Desempeño Profesional Docente, año 2019, aprobado por Resolución Exenta N° 2107, de 2019, del Ministerio de Educación, va del 16 al 20 de marzo de 2020. En consecuencia, para todos los docentes:

El período para la presentación de un Recurso de Reposición es desde el lunes 23 de marzo al viernes 27 de marzo de 2020

La plataforma de los docentes se cerrará automáticamente a las 24 hrs. del viernes 27 de marzo; no se reciben recursos con posterioridad por ninguna vía.

De acuerdo con lo anterior, para el registro de un Recurso de Reposición presentado ante el sostenedor, usted deberá hacerlo solo a través del sitio web http://recursosdereposicion.cpeip.cl/dcs y seguir las instrucciones del Manual de Usuario de la plataforma señalada, el que se adjunta a continuación de esta comunicación.

Podrá hacerlo gradualmente, desde el momento mismo en que los docentes lleguen a entregar sus recursos ante su oficina, por lo que se sugiere hacerlo de inmediato, para que CPEIP pueda evaluar el cumplimiento de los requisitos de forma del recurso. La carga o registro en la plataforma de los Recursos de Reposición recibidos se podrá hacer desde el día lunes 23 de marzo hasta el día martes 31 de marzo. Usted podrá recibir observaciones si hay error en la forma de presentación del recurso de reposición durante este período, pues CPEIP podrá revisar aquellos recursos que Ud. haya registrado en la plataforma aún antes de su envío físico.

Una vez que haya registrado todos los Recursos de Reposición que fueron presentados por los docentes de su comuna, evaluados el año 2019, usted podrá generar el Oficio conductor de los recursos ingresados en la plataforma, bajo el título Oficio conductor ingresados, con el fin de disponer del documento mediante el cual deber remitir por correo certificado, a la brevedad, dichos recursos firmados y timbrados a la Jefe del CPEIP.

El Oficio Ordinario conductor de los Recursos de Reposición debe dirigirse a:

Señora

María Francisca Díaz Domínguez

Jefa CPEIP

Nido de Águilas N°14.557

Lo Barnechea,

SANTIAGO

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La generación del Oficio conductor de los recursos de reposición recibidos y

subidos en la plataforma y su envío del Oficio conductor de los recursos de reposición recibidos

deberá hacerse entre las 8:00 horas del 23 de marzo y las 23.59 horas del martes 31 de marzo;

cumplido dicho plazo la plataforma web del Jefe DAEM o Director de Corporación Municipal de

Educación se cerrará automáticamente, razón por la que se encarece cumplir con dicho proceso en

el período señalado.

Una vez que el CPEIP reciba físicamente los Recursos de Reposición presentados, emitirá el Informe Técnico correspondiente a cada uno de ellos, los que posteriormente enviará al Jefe de DAEM o Director de Corporación Municipal de Educación o Director de Servicio Local respectivo, quien debe convocar a la Comisión Comunal de Evaluación (CCE), para transferirle los informes, la que deberá constituirse, en el más breve plazo, para resolver cada uno de los recursos presentados e informados técnicamente.

Para resolver los Recursos de Reposición, que le hayan sido presentados, la Comisión Comunal de Evaluación deberá tomar conocimiento previo de los Informes Técnicos evacuados por el CPEIP.

La generación del Informe de Resolución Recurso de Reposición 2019 se hace

en la plataforma del jefe DAEM/ Corporación/ Servicio Local en el apartado “Informe de Resolución”

Cada resolución de la Comisión Comunal de Evaluación en que se pronuncie, acogiendo o rechazando un determinado Recurso de Reposición interpuesto, deberá ser dictada en conformidad a los artículos 39º y 40º del Reglamento sobre Evaluación Docente, a saber:

• La resolución de cada Recurso de Reposición será realizada por los Evaluadores Pares que integren la Comisión Comunal de Evaluación y su fundamentación deberá ser ingresada en la plataforma y una vez generado el documento, debe ser impreso en triplicado y firmado por los evaluadores habilitados. La razón de que el Informe de Resolución Recurso de Reposición sea en triplicado corresponde a que su distribución debe hacerse de la siguiente manera: - Uno para el docente recurrente. - Uno para el CPEIP. - Uno para el/la Coordinador/a Comunal de Evaluación.

• El Evaluador Par que realizó la entrevista al docente que recurre de reposición no podrá concurrir con su voto a la Resolución del Recurso de Reposición respectivo.

• Los integrantes de la Comisión Comunal de Evaluación señalados en la letra a) del artículo 28º del Reglamento solo tendrán derecho a voz. (refiere a Jefe del Departamento de Administración Municipal de Educación o el Director de la Corporación de Educación Municipal o Director de Servicio Local respectivo).

• La resolución que se pronuncie acogiendo o rechazando el Recurso de Reposición interpuesto deberá ser aprobada por mayoría simple de los Evaluadores Pares presentes y su fundamentación deberá quedar registrada en el Informe de Resolución Recurso de Reposición.

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• La resolución de los Recursos de Reposición deberá ser dictada dentro del plazo máximo de 30 días hábiles, contados desde el plazo máximo de presentación de los mismos, y contra ella no procederá recurso alguno, sin perjuicio del derecho del profesional de la educación de recurrir a las instancias administrativas y judiciales que corresponda.

• Si por razones ajenas a su voluntad, la Comisión Comunal de Evaluación no pudiere resolver los recursos dentro del plazo señalado, deberá proceder a hacerlo inmediatamente superadas las causales que se lo impedían.

El Informe de Resolución de cada recurso, una vez generado, firmado por los evaluadores pares, corresponderá a el/la Jefe/a del DAEM o al Director/a de la Corporación de Educación Municipal, según corresponda, entregar copia del Informe Resolución Recurso de Reposición, a cada uno de los docentes recurrentes, en conformidad al procedimiento establecido en el artículo 2º del Decreto Nº192, de 2004, de Educación. Las notificaciones a los docentes de que trata este reglamento deberán efectuarse personalmente o por carta certificada enviada al domicilio del establecimiento educacional en que se desempeñe el docente.

La Comisión Comunal de Evaluación deberá levantar un Acta de los Recursos que resuelva y su decisión final por cada uno de ellos, en el apartado Acta de Resolución, generando automáticamente el detalle de los informes de resolución generados y los evaluadores pares intervinientes en la Comisión de Evaluación. Asimismo, la misma plataforma ofrece recursos para la generación del Oficio Ord. conductor de estos informes, cuyo destinatario es el/la Jefe/a CPEIP; para los efectos, en la plataforma web se debe marcar la opción Oficio conductor resueltos.

Por último, cabe señalar que solo se considerarán como “resueltos” aquellos Recursos de

Reposición que tengan Informe de Resolución emitido por la Comisión Comunal de Evaluación

respectiva, y que hayan sido ingresados o cargados en la plataforma web del Jefe DAEM /

Corporación / SLE.

Área de Evaluación Docente Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, CPEIP.

Marzo 2020.

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MANUAL DE USUARIO

Plataforma web

http://recursosdereposicion.cpeip.cl/dcs PARA EL REGISTRO, SEGUIMIENTO Y

RESOLUCIÓN DE LOS

RECURSOS DE REPOSICIÓN

Jefe DAEM, Director Corporación Comunal de Educación o Director Servicio Local de Educación

(Coordinador Comunal de Evaluación)

Marzo, 2020

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Índice

1. Introducción 3

2. Requisitos 3

2.1. Técnicos 3

2.2. No técnico 3

3. Funcionalidades 4

3.1. Ingreso a la plataforma 4

3.2. Personalización del portal 4

3.3. Descripción de la interfaz 6

3.4. Agregar 7

3.4.1. Recurso de Reposición (Docente ha completado recurso vía Plataforma del Docente) 7

3.4.2. Recurso de reposición (Docente no completa recurso por plataforma) 10

3.4.3. Informe de resolución 14

3.4.4. Acta de resolución 18

3.4.5. Oficio conductor ingresado 21

3.4.6. Oficio conductor Resueltos 24

3.5. Gestionar 27

3.5.1. Historial de recursos de reposición 27

3.5.2. Notificaciones 29

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1. Introducción

En el presente documento se dan a conocer los pasos para el uso de todas las

características del perfil Jefe DAEM/ SLE/ Corporación en el sitio Recurso de Reposición

versión 2019. Las opciones con las cuales interactúa este perfil se relacionan con el manejo

de los recursos de reposición, su registro y seguimiento, informes como el acta de

resolución, oficios conductores e informes de resolución y notificaciones.

2. Requisitos

2.1. Técnicos

Para el correcto funcionamiento de la plataforma, se requiere estar conectado a

internet y utilizar cualquiera de los siguientes navegadores web y que cuenten con la última

actualización.

2.1.1. Google Chrome

2.1.2. Mozilla Firefox

2.2. No técnico

Es un requisito fundamental para ingresar a la plataforma contar con un usuario y la

contraseña previamente registrada y provista por el CPEIP.

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3. Funcionalidades

3.1. Ingreso a la plataforma

Para acceder a la plataforma, el usuario debe estar en la página

“http://recursosdereposicion.cpeip.cl/dcs”, para la sección de los Jefes DAEM/SLE/Corporación.

Posteriormente debe ingresar las credenciales en el cuadro de login para acceder al sistema.

3.2. Personalización del portal

Para personalizar el perfil del Jefe DAEM/SLE/Corporación, es necesario hacer click en el

ícono de usuario en la parte superior derecha, posteriormente se debe hacer click en “perfil” para

acceder a la configuración del perfil.

NOMBRE DOCENTE

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A continuación se muestran las opciones para configurar las características del perfil, al

hacer clic en “Editar”, el usuario puede acceder a modificar los valores ya cargados inicialmente.

finalmente debe guardar los cambios, para lo cual debe pulsar el botón “Guardar”.

Nombres Apellido1 Apellido2 de Jefe DAEM /Corp /SLE

12.345.678-9

Nombres

Apellido1 Apellido2

09-12345678

Nombre Jefe DAEM

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3.3. Descripción de la interfaz

La interfaz que tiene el perfil Jefe DAEM/SLE/Corporación comprende una sección de

verificación de estado del recurso de reposición. Es decir, al ingresar el rut de un docente en el

campo “Ingrese RUT del docente” y posteriormente pulsar el botón “AGREGAR RECURSO”, el

sistema verificará en qué estado se encuentra el recurso de reposición del docente; por lo tanto, en

la etapa siguiente el sistema muestra opciones para ingresar un recurso en el caso de que un

docente ya haya creado el recurso en la plataforma y un caso paralelo en el cual el docente no creó

el recurso en la plataforma, lo que conlleva la opción de crear el recurso de reposición desde esta

plataforma.

Del mismo modo, la vista principal comprende un resumen del historial de recursos

generados en el sistema junto con un filtro, además de contar con la opción de acceder a la ficha de

un recurso de reposición (Botón “Ver más”).

AYLEEN REYES PAICAVÍ 9.876.543-2

Nombre Jefe DAEM

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3.4. Agregar

Este apartado permite el tratamiento en la plataforma para:

- Recepcionar y enviar a CPEIP Recursos de Reposición, cuando el docente lo ha generado vía

Plataforma del Docente;

- Generar y enviar a CPEIP Recursos de Reposición, que el docente no ha generado vía

Plataforma;

- Generar Informe de Resolución de RR;

- Generar Acta de Resolución de RR;

- Generar oficio conductor de recursos recibidos e ingresados a plataforma;

- Generar Oficio Conductor de Recursos con Informe de resolución (Resueltos).

3.4.1. Recurso de Reposición (Docente ha completado recurso vía Plataforma del Docente)

El presente escenario permite agregar un recurso de reposición que ya ha sido creado por

un docente en la plataforma. Por lo tanto, esta característica es de confirmación del recurso ya

creado; por ende, el Jefe DAEM/SLE/Corporación, debe ingresar el RUT del docente, hacer click

sobre el botón “VERIFICAR”, descargar el recurso de reposición ingresado, firmarlo en el caso de

que cumpla con lo expresado, timbrarlo y enviarlo al CPEIP para su posterior revisión.

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Luego usted podrá ver

En este momento Ud. debe marcar la celda de verificación de identidad del docente que ha

presentado el Recurso y luego hacer click en el botón “ENVIAR AL CPEIP”

NOMBRE DOCENTERUT X.XXX.YYY.-Z

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

Nombre Jefe DAEM

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Al pulsar el botón “Enviar al CPEIP” el sistema muestra el mensaje sobre el envío exitoso del recurso

de reposición, con la identificación del docente mediante su Rut.

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

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3.4.2. Recurso de reposición (Docente no completa recurso por plataforma)

Este escenario comprende el ingreso de un recurso de reposición de un docente que no

completó el documento por la plataforma. En este caso, debe ser creado por el perfil Jefe DAEM/

SLE/ Corporación), por lo tanto se debe acceder al menú “Agregar/Recurso de Reposición”, ingresar

el RUT del docente y posteriormente analizar el recurso entregado por el docente e ingresarlo al

sistema completando las causales disponibles.

Nombre Jefe DAEM

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Al pulsar el botón “Continuar” el sistema despliega la opción de adjuntar el recurso de

reposición que previamente debe ser firmado por Jefe DAEM/SLE/Corporación.

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

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Al pulsar el botón “Continuar”, el sistema accede al último paso (Paso 4. Confirmar RR), en

donde se puede comprobar el documento firmado por el Jefe DAEM/SLE/Corporación,

posteriormente se debe accionar el check de verificación y pulsar el botón “ENVIAR AL CPEIP” para

que este haga las revisiones del documento en curso.

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

Nombre Jefe DAEM

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Al pulsar el botón “Enviar al CPEIP” el sistema muestra el mensaje sobre el envío exitoso del recurso

de reposición, con la identificación del docente mediante su Rut.

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

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3.4.3. Informe de resolución

Una vez que se reciba el Informe Técnico desde CPEIP, usted debe convocar a sesionar a la

Comisión de Evaluación conformada por los evaluadores pares. Ante cada recurso de reposición la

comisión constituida para el efecto, deberá pronunciarse y evacuar su decisión en un Informe de

Resolución. Este Informe deberá ser creado en la plataforma, lo que asegurará que tenga la

información completa y facilitará el registro y envío del mismo así como evitar errores en el proceso

de firmas de evaluadores pares.

Para crear un informe de resolución se debe acceder al menú “Agregar/Informe de

resolución”.

Posteriormente se debe ingresar el rut del docente.

Nombre Jefe DAEM

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Una vez realizado el paso anterior, el sistema despliega la opción “Resolución” que

comprende dos alternativas (Acoger y Rechazar), el proceso debe regirse por el análisis del informe

técnico situado en un cuadro en la parte derecha de la plataforma con el nombre “Informe Técnico”.

Posteriormente, al seleccionar una opción se debe definir una observación (Observación

comunal) y pulsar el botón “Continuar”.

Continuando el proceso, el sistema despliega los nombres de los evaluadores pares

(EVALUADORES) disponibles para informar quien realizó la evaluación.

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

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Al completar el paso anterior pulsando el botón “continuar”, el Jefe DAEM/SLE/Corporación deberá

cargar en la plataforma el informe de resolución firmado.

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

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Al pulsar el botón “Continuar”, el sistema despliega la opción de enviar la documentación al CPEIP

para su posterior análisis.

Usted ha enviado exitosamente el informe de resolución.

NOMBRE DOCENTE RUT 11.111.111-1

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3.4.4. Acta de resolución

Este apartado permite generar el Acta de Resolución donde usted generará el Acta para el conjunto

de Recursos de Reposición analizados y resueltos.

Para agregar el acta de resolución, el usuario debe acceder al menú “Agregar/Acta de resolución”.

Posteriormente, debe incluir un resumen de la decisión de la comisión comunal para el campo

“Resumen consolidado de Comisión Comunal” y pulsar el botón “Continuar”.

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Al pulsar el botón “Continuar”, el sistema solicita seleccionar a los evaluadores que

participaron del proceso definido, posteriormente para seguir el flujo de creación del acta de

resolución y luego se debe hacer click en “continuar”.

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Posteriormente el sistema solicita adjuntar el documento de acta de resolución firmado por el Jefe

DAEM/SLE/Corporación. Acto seguido se debe pulsar el botón “Continuar”.

Finalmente, para completar el proceso, el sistema permite la opción de enviar el acta de resolución

al CPEIP, por lo tanto, al pulsar el botón “Enviar al CPEIP” el sistema envía al coordinador CPEIP esta

acta de resolución.

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3.4.5. Oficio conductor ingresado

Para agregar un oficio conductor ingresado, se debe acceder al menú “Agregar/oficio

conductor ingresado”, el sistema despliega los docentes evaluados, con el rut y su respectivo

período.

Al pulsar el botón “Continuar”, el sistema permite generar el oficio conductor pulsando el

botón “Generar PDF” para su posterior firma. Acto seguido se debe firmar el documento y

adjuntarlo en la sección 2 “Cargar Documento”. Finalmente se debe pulsar el botón “Continuar”.

Nombre Jefe DAEM

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Asimismo, el sistema ofrece la opción de revisar el Oficio conductor de recursos ingresados

en el territorio respectivo. Si el documento se encuentra correcto se debe presionar finalmente el

botón “Enviar al CPEIP”.

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3.4.6. Oficio conductor Recursos Resueltos

Para generar un oficio conductor de los recursos de reposición resueltos se debe acceder

al menú “Agregar/Oficio conductor resueltos”, en donde se muestran los docentes evaluados, para

luego hacer click en “Continuar”.

Posteriormente el sistema ofrece la opción de generar el oficio conductor, para que este sea firmado

por el Jefe sostenedor respectivo (Daem, Corporación o Servicio Local), y luego de ello procede la

carga del mismo documento, ya firmado por el Jefe DAEM; finalmente se debe hacer click en

“Continuar”.

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El punto 3 de confirmación, el sistema permite descargar el oficio firmado para revisar que

el documento se encuentre correctamente definido; acto seguido se debe pulsar el botón “Enviar al

CPEIP” para completar el proceso.

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3.5. Gestionar

3.5.1. Historial de recursos de reposición

La sección de historial de recursos (Menú “historial”) de reposición muestra los recursos

pertenecientes al Jefe DAEM/SLE/Corporación y el estado de estos en una tabla que muestra

información relevante; del mismo modo existe la opción “Ver más”, la cual muestra una ficha del

recurso de reposición de un docente con su respectiva información.

Una vez haya hecho click encima del botón “Ver más”, se desplegará la información relativa al

recurso del docente seleccionado mostrando la pantalla siguiente:

Nombre Jefe DAEM

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AYLEEN GUZMÁN PAICAVÍ RUT 11.111.111-1

Nombre Jefe Daem

Nombre Jefe Daem

Nombre Jefe Daem

AYLEEN GUZMÁN PAICAVÍ

Nombre Jefe DAEM

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3.5.2. Notificaciones

Dada la naturaleza del flujo del proceso del recurso de reposición, se darán situaciones en

las cuales el jefe DAEM//SLE/Corporación deberá hacer ajustes a la tramitación de un recurso de

reposición o responder a solicitudes de CPEIP. Para estos eventos, se utilizará el canal de

notificaciones, disponible en la portada o página de inicio del sistema, y en la barra al lado izquierdo

con un contador de notificaciones:

En la portada se mostrarán las últimas notificaciones generadas por CPEIP, y que implican

que el Jefe DAEM/SLE/Corporación debe hacer una gestión. En la pantalla se muestra, por ejemplo,

que “se solicita corregir un recurso de reposición”.

Todas las notificaciones se encuentran en la sección de notificaciones, la que se accede

haciendo clic en el botón “Ver todas las notificaciones” en la portada, o haciendo clic en la campaña

de la barra de tareas.

Para gestionar la tarea de la notificación simplemente se debe hacer clic en el botón del

mensaje “Ver más”.

Nombre Jefe DAEM

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FIN