PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE...

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¡Mejorar la convivencia para un aprendizaje integral! CONVIVENCIA ESCOLAR PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR (BULLYING) 2018

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¡Mejorar la convivencia para un aprendizaje integral!

CONVIVENCIA ESCOLAR

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

FRENTE A SITUACIONES DE

VIOLENCIA ESCOLAR

(BULLYING)

2018

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¡Mejorar la convivencia para un aprendizaje integral!

CONVIVENCIA ESCOLAR

ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR El Colegio Altazol del Maipo cuenta con un Encargado de Convivencia Escolar, quien deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Consejo de Profesores, Dirección y coordinaciones, activar el protocolo de maltrato escolar, e investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. Para estos efectos ha sido designado Boris Alejandro Chacón Morales, psicólogo y docente en formación valórica. OBLIGACIÓN DE DENUNCIA DE DELITOS Cualquier integrante de la comunidad escolar deberá denunciar ante el Encargado de Convivencia cualquier acción u omisión que revista caracteres de falta o delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. De ser necesario se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las Fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de los dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código procesal penal. Ante la total superación disciplinaria por parte del alumno, se anularán todas las medidas del proceso disciplinario iniciado. NORMAS DE PREVENCIÓN El Colegio Altazol del Maipo, se compromete a resguardar y/o prevenir el respeto de los derechos universales de los niños y resto de miembros de la comunidad escolar, resguardando la integridad física y psicológica, aplicando las acciones ante crisis generadas por violencia y abuso de cualquier índole.

DE LA DEFINICIÓN DE MALTRATO ESCOLAR O BULLYING El Ministerio de Educación (MINEDUC, 2011), expresa que… “la Convivencia Escolar se genera en la interrelación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa de un establecimiento educacional que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de las y los estudiantes”. Es oportuno entonces, considerar que la relación con los otros es un eje central que mueve el actuar de los miembros de la comunidad educativa de nuestro colegio. En este proceso de convivencia escolar, hay situaciones complejas asociadas a la violencia escolar, que van entrampando las relaciones en la comunidad y además, afecta los derechos de los estudiantes a aprender y desarrollarse en un ambiente seguro. En este contexto es que, una de las formas de violencia más graves en el ámbito escolar es el hostigamiento sistemático y permanente entre los pares; pero esta agresión u hostigamiento reiterado hoy alcanza ribetes alarmantes; con el uso de las tecnologías computacionales vía internet u telefónicas en el llamado… “cyberbullying”.

“Pero,... ¿En qué consiste el acoso escolar y/o bullying/ El acoso escolar (denominado también como bullying), consiste en… “toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante

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CONVIVENCIA ESCOLAR afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse

expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o de cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”. (Ley Nº 20.536 sobre violencia escolar o bullying, promulgada el 8 de septiembre del 2011 con el carácter de modificación al D.F.L N°2-Mineduc año 2010 y que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370 General de Educación).

En el maltrato escolar (bullying) existen tres elementos distintivos esenciales y que se pueden reconocer de acuerdo a la definición planteada:

1) Se da entre pares. 2) Implica una relación en la que hay un desequilibrio de poder. 3) Y es un hostigamiento sostenido en el tiempo. En relación al cyberbullying,… “implica el uso de la tecnología para realizar agresiones u amenazas a través de correos electrónicos, chat, fotolog, whatsapp, mensajes de texto, sitios web, comunidades sociales y cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico” Estas formas de violencia generan un daño profundo en las víctimas, dado que es un tipo de acoso con carácter de masivo y la identificación del o de los agresores se hace difícil por el anonimato de las relaciones virtuales.

Es importante distinguir que existen diversas situaciones que pueden afectar la convivencia escolar y cada una de ellas debe ser abordada de manera diferente; identificarlas con claridad es fundamental, pues cada una de estas situaciones afectan o pueden afectar –en diversos grados- a todas las comunidades educativas. AGRESIVIDAD: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La agresividad no implica, necesariamente, un hecho de violencia, pero cuando está mal canalizada o la persona no logra controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o manifestarse en hechos de violencia. Los impulsos agresivos deben ser modulados, orientados y canalizados mediante la autorregulación, el autocontrol y la autoformación. CONFLICTO: Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo puede derivar en situaciones de violencia. Es un hecho social, Debe ser abordado y resuelto, no ignorado y para ello existen mecanismos como la mediación, la negociación y el arbitraje. VIOLENCIA: Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Todas tienen en común dos ideas básicas: El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica; y, El daño al otro como una consecuencia. Es un aprendizaje, no es un hecho o condición natural de las personas. La violencia debe ser erradicada mediante prácticas solidarias, pacíficas, que fomenten el diálogo y la convivencia social. BULLYING: Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido/a y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañeros/as. Se puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de

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CONVIVENCIA ESCOLAR medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes

sociales de Internet. Como ya se mencionó antes el bullying tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia: Se produce entre pares, existe abuso de poder. Y es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido.

El bullying es una de las expresiones más graves de violencia y debe ser identificada,

abordada y eliminada del espacio escolar de manera decidida y oportuna, con la

participación de toda la comunidad escolar.

En virtud de lo anterior no cualquier evento de agresividad, conflicto, y/o violencia,

necesariamente constituye y/o configura una situación de maltrato escolar (bullying). Esta se

establece tras un proceso que se inicia con la recepción de una denuncia de sospecha, la que

activa el protocolo pertinente y luego de obtenidos los antecedentes y evaluados estos se

informa la existencia o no de esta manifestación de violencia denominada

Maltrato escolar o Bullying.

Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: a) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa. c) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. d) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.). e) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia. f) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiara un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico. g) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar. h) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito. i) Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos. j) Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno(a), en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento. Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la

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CONVIVENCIA ESCOLAR conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y

reparación del afectado y la formación del responsable. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: - La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores. - El carácter vejatorio o humillante del maltrato. - Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro. - Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa. - Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento. - La conducta anterior del responsable. - El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. - La discapacidad o indefensión del afectado. Consecuencias del acoso entre iguales: • Para la víctima: Puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad y riesgo para su desarrollo equilibrado. • Para el agresor o agresora: Puede ser la antesala de una futura conducta delictiva, una interpretación de la obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse en la vida adulta, e incluso una supra valoración del hecho violento como socialmente aceptable y recompensado. • Para los compañeros y compañeras observadores: Puede conducir a una actitud pasiva y complaciente ante la injusticia y una modelación equivocada de valía persona Protocolo de actuación en supuestos de Bullying: PASO 1. Identificación, comunicación y denuncia de la situación. Cualquier miembro de la comunidad educativa (directivos, estudiantes, profesorado, familias, personal no docente) que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna tiene la obligación de ponerlo en conocimiento, de la persona responsable de Convivencia en el colegio o del Equipo Directivo, mediante informe verbal y escrito, según el caso y miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación. En cualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, al resto del Equipo Directivo. PASO 2. Actuaciones inmediatas Tras la comunicación indicando que algún alumno o alumna se encuentra en una posible situación que pueda reflejar alguna sospecha o evidencia de maltrato escolar, se reunirá el Equipo Directivo, apoderado y el Encargado de convivencia en el colegio, para analizar y valorar la intervención necesaria. PASO 3. Medidas de urgencia En caso de estimarse necesario, tendrán que adoptarse las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y/o evitar las agresiones:

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CONVIVENCIA ESCOLAR • Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada, así como

medidas de apoyo y ayuda. • Medidas cautelares dirigidas al estudiante acosador. PASO 4. Traslado a la familia El encargado de convivencia, previo conocimiento del Equipo Directivo, con la debida cautela y mediante entrevista, pondrá el caso en conocimiento de las familias del alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas que se estén adoptando.

PASO 5.

Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado.

El director o directora informará de la situación al equipo de profesores y profesoras del estudiante y otro profesorado relacionado. Si se estima oportuno se comunicará también al resto del personal del colegio y a otras instancias externas (sociales, sanitarias, judiciales en función de la valoración inicial).

PASO 6. Recogida de información de distintas fuentes Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el Equipo Directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación: 1. Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado. 2. Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del colegio, en clase, en actividades complementarias y extraescolares. 3. Asimismo, la dirección solicitará al Departamento de Orientación o Equipo de Orientación Educativa que, derivar a un psicólogo, para la elaboración de los informes. PASO 7. Aplicación de medidas disciplinarias Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director del colegio a la adopción de medidas disciplinarias al estudiante agresor en función de lo establecido en el Plan de Convivencia del colegio y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido de acuerdo a la normativa vigente. PASO 8. Comunicación a las familias Hay que informar a las familias del alumnado implicado de las medidas de carácter individual adoptadas con los estudiantes afectados, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo/s, nivel y/o colegio, haciendo hincapié, en todo momento, en la absoluta confidencialidad en el tratamiento del caso. PASO 9. Seguimiento del Plan de Actuación El encargado de convivencia escolar realizará un seguimiento del plan de actuación y de la situación escolar del alumnado implicado.

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CONVIVENCIA ESCOLAR PASO 10.

Asesoramiento Como medidas a incluir en el Plan de Actuación: • Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, programas y estrategias de atención y apoyo social, personalización de la enseñanza, derivación y seguimiento en atención psicológica, etc. • Actuaciones con el alumno o alumna agresor: aplicación de las correcciones estipuladas en el Plan de Convivencia, programas y estrategias específicas de modificación de conducta y ayuda personal, derivación y seguimiento. • Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores: Campañas de sensibilización, programas de habilidades de comunicación y empatía, programas de apoyo y/o mediación entre compañeros, etc. • Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas, sean víctimas o agresores, coordinación para una mayor comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, etc.

• Actuaciones con el profesorado: orientaciones sobre cómo manejar las clases durante el proceso y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección e intervención, programas de mediación, etc.

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CONVIVENCIA ESCOLAR

1. PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO Y/O PSICOLÓGICO DE ADULTO DE LA

COMUNIDAD ESCOLAR HACIA UN ESTUDIANTE.

1 Detección de una situación de maltrato físico y/o psicológico

2 Se informa a Encargado de Convivencia y Equipo Directivo del Colegio.

3 Comunicación con Carabineros de Chile, en el caso de agresión física grave (lesiones evidentes), quienes llevarán a cabo la constancia correspondiente. En este caso, el afectado debe constatar lesiones en un Centro de Salud público, con el fin de seguir las acciones legales correspondientes.

4 Encargado de convivencia y/o Inspectoría general informan de manera inmediata a la familia, apoderado o adulto responsable del menor. Firma de entrevista con el registro de información entregado a la familia

5 Entrevista con encargado de convivencia y/o inspector general con estudiante agredido(a)

6 Entrevista con encargado de convivencia y/o inspector general con adulto agresor

7 Consejo extraordinario informativo de profesores para toma de conocimiento y se levanta acta

8 Ejecución de Plan de Intervención del Encargado de Convivencia en coordinación con Inspectoría general, junto al estudiante y a la familia involucrada. De forma paralela se realiza seguimiento y acompañamiento al adulto agresor. La dirección del establecimiento evaluará la pertinencia si se procederá a la desvinculación; del adulto agresor, de sus funciones.

9 Luego de un periodo mínimo de un mes se evalúa el plan y se lleva a cabo un informe por parte de encargado de convivencia escolar e inspectoría general sobre los resultados de dicho plan.

10 Evaluación y retroalimentación de la intervención por Encargado de Convivencia, junto al Equipo de Gestión del colegio

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CONVIVENCIA ESCOLAR 2. PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO DE UN ESTUDIANTE HACIA

UN ADULTO DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

1 Detección de una situación de maltrato.

2 Se informa a Encargado de Convivencia y Equipo Directivo del colegio.

3 Comunicación con Carabineros de Chile, en el caso de agresión física grave (lesiones evidentes), quienes llevarán a cabo la constancia correspondiente. En este caso, el afectado debe constatar lesiones en un Centro de Salud público, con el fin de seguir las acciones legales correspondientes.

4 Encargado de convivencia y/o Inspectoría general informan de manera inmediata a la familia, apoderado o adulto responsable del menor. Firma de entrevista con el registro de información entregado a la familia

5 Entrevista con encargado de convivencia y/o inspector general con adulto agredido(a)

6 Entrevista con encargado de convivencia y/o inspector general con estudiante agresor

7 Consejo extraordinario informativo de profesores para toma de conocimiento y se levanta acta.

8 Aplicación de normativa de Reglamento Interno Convivencia Escolar

9 Elaboración de Plan de Intervención por parte del Encargado de Convivencia e Inspectoría general junto al estudiante, realizando una reunión junto al alumno y su familia acordando el cumplimiento de dicho plan. Se planteará la cancelación de matrícula en caso de que el estudiante o su familia no cumplan con lo establecido en el plan acordado.

10 Luego de un periodo mínimo de un mes se evalúa el plan y se lleva a cabo un informe por parte del encargado de convivencia escolar sobre los resultados del plan de intervención.

11 Evaluación y retroalimentación de la intervención por Encargado de convivencia a la familia y al estudiante. La Dirección del colegio, con su Equipo de Gestión y profesores del curso del estudiante agresor, toman la decisión respecto a la continuidad o cancelación de matrícula del estudiante. Si se determina la continuidad, el estudiante queda con condicionalidad extrema.

12 Seguimiento y acompañamiento al adulto agredido

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CONVIVENCIA ESCOLAR 3. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN SITUACIÓN DE MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO

ENTRE PARES

1 Detección de una situación de maltrato entre pares.

2 Se informa a Profesor Jefe, encargado de Convivencia y Equipo Directivo del Establecimiento Educacional.

3 Comunicación con Carabineros de Chile, en el caso de agresión física grave (lesiones evidentes), quienes llevarán a cabo la constancia correspondiente. En este caso, el afectado debe constatar lesiones en un Centro de Salud público, con el fin de seguir las acciones legales correspondientes.

4 Informar a la familia, apoderados o adultos responsables de los menores. Firma de entrevista con el registro de información entregado a las familias.

5 Consejo extraordinario de profesores para tomo de conocimiento y levantamiento de acta.

6 Elaboración de Plan de Intervención por parte de Inspectoría general y Encargado de convivencia del establecimiento junto al o los estudiantes, realizando una reunión junto al alumno y su familia acordando el cumplimiento de dicho plan. Se planteará la cancelación de matrícula en caso de que el estudiante o su familia no cumplan con lo establecido en el plan acordado.

7 Luego de un periodo mínimo de un mes se evalúa el plan y se lleva a cabo un informe por parte de inspectoría general y/o encargado de convivencia escolar sobre los resultados del plan de intervención.

8 Evaluación y retroalimentación de la intervención por Inspectoría general a la familia y al estudiante. La Dirección del establecimiento toma decisión respecto a la continuidad o cancelación de matrícula del estudiante.

9 Frente a persistencia se procederá a activar protocolo de Bullying.

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CONVIVENCIA ESCOLAR HOJA DE COMUNICACIÓN DE ACOSO ESCOLAR.

ORIGEN DE LA DENUNCIA:

Procedencia:

Familia Tutor/a Estudiante Psico Orientación Personal no

docente Docente

Otro (especificar: __________________________________________) Denuncia

anónima

DATOS DEL SUPUESTO ACOSADO:

Nombre: ___________________________________________________________________

Curso: ____________________________________________________________________

BREVE DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS:

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Nota: Debe concretarse lo máximo posible el lugar y fecha en que tuvieron lugar.

Fecha:

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FIRMA FIRMA

(Receptor de la demanda) (Persona que comunica la información)

Recepción de este documento por parte del Equipo Directivo

En _______________a ____ de ______________ de 201 _

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CONVIVENCIA ESCOLAR

REGISTRO DE ENTREVISTA INDIVIDUAL

NOMBRE DEL ALUMNO: _________________________________________

CURSO: ___________________________

FECHA: ______ / ______ / 201__

ANTECEDENTES:

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FIRMA ALUMNO FIRMA ENCARGADO