Protección de víctimas

48

description

Protección de víctimas colombia

Transcript of Protección de víctimas

Page 1: Protección de víctimas
Page 2: Protección de víctimas

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE

CRÍMENES DE ESTADO

Administrador
Cuadro de texto
CON EL APOYO DE:
Administrador
Cuadro de texto
El contenido de la presente obra no compromete la posición de Oxfam y es responsabilidad de sus autores.
Page 3: Protección de víctimas

La Protección de las Víctimas de Crímenes de EstadoMovimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado

1.000 Ejemplares

ISSN: ___________ Queda hecho el depósito de ley.

Textos:Comisión Intereclesial de Justicia y Paz

Corporación Colectivo de Abogados José Alvear RestrepoFundación Manuel Cepeda Vargas

Fundación Comité de Solidaridad con los Presos PolíticosMOVICE - Capítulo Sucre

Laia Bertran CasanellasMoritz Tenthoff

Fotos:Comisión Intereclesial de Justicia y Paz

MoviceSebastian Rötters

Autoedición:Orlando Vaca

Con el apoyo de:

El contenido de la presente obra no compromente la posición de Oxfam, es responsabilidad exclusiva de sus autores.

Administrador
Cuadro de texto
2027-131-X
Page 4: Protección de víctimas

“Cuando pensamos sobre el terrorismo, es importante entender que en contraposición a la imagen que presentan los medios masivos, de una acción específica, o un acto de locura, llevado a cabo por grupos pequeños de palestinos, o libios, o quienes fueran, no debemos perder de vista que su forma más perniciosa es el terrorismo sistemático de estado. (…) Los actos más comunes de terrorismo de estado que ocurren (…) usualmente no llegan a los noticieros. No aparecen en tal forma que puedan ser interesantes para los lectores y los televidentes. Estos comprenden lo que yo llamaría el terrorismo cotidiano: La presión sistemática aplicada a toda la población día a día. Consiste en el hostigamiento sistemático de todos aquellos que piensan de otra manera; de las organizaciones humanitarias, por ejemplo, que intentan ayudar a las víctimas de la guerra. Consiste en la prohibición sistemática de aquellas cosas que no le gustan al gobierno, el etiquetamiento sistemático, a través de los medios masivos, de toda la oposición como subversiva, como terrorista- etiquetamiento que de alguna manera dispara una consecuencia, una venganza, un peligro de muerte para aquellos que han sido nombrados”.1

Ignacio Martín-Baró

1. Transcripción de la presentación que dio Ignacio Martín-Baró en el Simposio sobre las consecuencias psicológicas del terrorismo político, en Berkeley, California, el 17 enero de 1989. http://www.liber-accion.org/

Page 5: Protección de víctimas
Page 6: Protección de víctimas

ContenidoIntroducción 9

Mapa del Departamento de Sucre 10

1. Contextualización 11 1.1. Características generales 11 1.2. Intereses económicos 11 1.3. Cooperación internacional 14 1.4. Estrategia paramilitar en Sucre 15

2. Violaciones sistemáticas a los Derechos Humanos 21

3. Ley de justicia y paz, se esfuman los derechos de las víctimas 25

4. EL Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, Capítulo Sucre 27 4.1. Estrategias del MOVICE en el Capítulo Sucre 28 4.2. Incidentes de seguridad del MOVICE, capítulo Sucre 29

5. Mecanismos de protección a víctimas y testigos 33 5.1. Programa de protección a víctimas y testigos de la Ley 975 de 2005 de Justicia y Paz: 35 5.2. Programa de protección del Ministerio de Interior y Justicia: 36 5.3. Medidas Cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) 41

6. MOVICE: una propuesta de protección integral 43 6.1. Garantías al Acompañamiento a víctimas y familiares 43 6.2. Garantías a la afirmación del derecho a la Verdad, Justicia y Reparación Integral. 43 6.3. Garantías a la custodia de lugares e información sobre violaciones a los derechos humanos 43 6.4. Garantías a la aplicación de mecanismos de protección, restitución y titulación de tierras 45 6.5. Garantías en los procesos de justicia ordinaria 45 6.6. Cese de criminalización y estigmatización a las víctimas, testigos e integrantes del MOVICE. 47

Page 7: Protección de víctimas
Page 8: Protección de víctimas

9

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Introducción

La mirada desde uno de los departamentos más azotados por la violencia nos aproxima a la situación de las víctimas de crímenes de Estado en Colombia. Sucre, al igual que el resto del país, ha sufrido una violencia sistemática que ha sido funcional a los intereses económicos de empre-sas multinacionales y gobiernos extranjeros, a elites locales y a una política infiltrada por el narcotráfico.

Hablamos de víctimas como sujetos de una historia no contada, pero también de sujetos de una historia que en estos momentos se está escribiendo y recordando. Hablamos de familiares y sobrevivientes, personas que han crecido en un país donde pensar diferente y vivir en una tierra fértil es un delito. Estas víctimas ahora se encuentran articulados para reclamar sus derechos y a decir con una solo voz: “Ni perdón ni Olvido”.

Éste es el Movimiento Nacional de Victimas

de Crímenes de Estado, una expresión colectiva que busca superar el miedo que nos ha man-tenido en silencio por tantos años y lucha para que la verdad de lo que ha pasado en este país sea escuchada. Que se lleve a juicio a los que han estado desapareciendo, torturando, asesi-

nando, persiguiendo y encerrando injustamente a nuestros hermanas y hermanos, hijas e hijos, padres y madres, amigas y amigos, compañeras y compañeros de la universidad, del trabajo, de organizaciones, de espacios de crítica, construc-ción y transformación.

Como víctimas, en el trabajo diario por el cumplimiento de su derecho a la verdad, justicia y reparación Integral, el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado y sus integrantes vuelven a ser estigmatizados, criminalizados y victimizados por el Estado. Cuando se busca con la palabra la verdad mientras te quieren silenciar, cuando se busca la justicia en medio de la impunidad y cuando se reclama la reparación mientras que se legaliza el despojo de millones de hectáreas, es imposible recurrir a nuestro victimario para encontrar una protección.

En este texto profundizamos sobre el contexto político-económico de Sucre para poder analizar la situación de seguridad y los mecanismos de protección que tienen a su disposición los/as integrantes del Movimiento Nacional de Victimas de Crímenes de Estado en aras de construir una propuesta al respecto.

Page 9: Protección de víctimas

Fuente: http://www.sanonofre-sucre.gov.co

Page 10: Protección de víctimas

11

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

1. Contextualización

1.1. Características generales

La extensión del departamento de Sucre es de 10.670 Km2, representando un área del 0,9% de la extensión total de la República de Colombia y el 8.5% de la región Caribe. En parte de su territorio se encuentran los Montes de María que se elevan entre Sucre y Bolívar y sus faldas se extienden hacia los municipios de Ovejas, Colosó y Chalán. Pasa por la región de Montes de María el Canal del Dique, vía fluvial de 103 km que conecta el rio Magdalena con la bahía de Cartagena.

Según Fernando Herrera del PNUD, en 2007 el 67,2% de alrededor de 850.000 personas que viven en el departamento de Sucre viven en la pobreza y el 12% está en la indigencia.2

1.2. Intereses económicos

La ubicación estratégica de Sucre ha conver-tido el departamento en un puerto importante

En febrero 2003, el Congreso de Estados Unidos aprobó “la primera ayuda militar a Colombia no relacionada con la lucha contra las drogas desde la Guerra Fría: 98 millones de dólares para ayudar al ejército colombiano a proteger el oleoducto Caño Limón–Coveñas con una longitud de 480 millas (772 km)”3 En ese tiempo, casi un 75% de la producción que transporta el oleoducto iba para a Estados Unidos.

para la exportación de petróleo y para el tráfico de estupefacientes. Además, las tierras fértiles ofrecen condiciones óptimas para el cultivo de la materia prima del creciente mercado de agro-combustibles.

Petróleo: En el Departamento de Sucre se en-cuentran 3 oleoductos con final en el Puerto de Coveñas:

- Oleoducto Caño Limón (Arauca) – Coveñas (Sucre): Tiene 770 kilómetros de longitud y a través de él se transportan los crudos producidos por las petroleras ECOPETROL, Repsol YPF y OXY entre otras. Diariamente transporta unos 120.000 barriles de crudo.

- Oleoducto Colombia: Tiene 481 kilómetros. Ecopetrol tiene el 42.5% de participación.

- Oleoducto Central S.A. (Ocensa): Con 790 kilómetros de longitud, transporta fundamentalmente los crudos del piedemonte llanero (Cusiana-Cupiagua).

2. “La pobreza en Colombia está fragmentada por regiones”, La Patria, 18/10/20073. “La lucha contra las drogas y la proyección militar de Estados Unidos; Centros de Operación Avanzada en America Latina y el

Caribe.” Theo Roncken por Acción Andina enero de 2004

Page 11: Protección de víctimas

12

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Adicionalmente, el Canal del Dique es la prin-cipal vía de transporte de hidrocarburos en Co-lombia. Según un proyecto de ley de 2006 so-bre medidas en materia tributaria, entre 2000 y 2004, el 67% de la carga movilizada por el ca-nal fue de derivados del petróleo, especialmen-te combustible y nafta virgen, desde el interior del país hacia las industrias petroquímicas de la zona industrial del Mamonal (Bolívar).

Venta de tierras

Para petróleo:El alcalde del municipio de Ovejas, Antonio José García De la Rosa denunció que el año

anterior se dio una compra masiva de terrenos en esta localidad, al parecer, por personas que conocían sobre los hallazgos de petróleo en esta zona del departamento de Sucre y de los Montes de María. (…) en años anteriores, los campesinos lograron vender más del 40% de sus propiedades. Agregó que la hectárea la compraron en una primera instancia a 700 mil pesos, luego a millón 200, es decir, precios bastante bajos. 5

Para agrocombustibles :El gobierno departamental comenzó a investigar el fenómeno de la venta masiva de tierras

en la región de los Montes de María (…) Lo que más llama la atención es el súbito incremento de los precios de las tierras en esa zona, pues el valor de la hectárea ha pasado de alrededor 200 mil pesos en épocas de recrudecimiento del conflicto armado a precios que oscilan entre millón y medio y dos millones de pesos6.

Según declaraciones de un representante del Comité de Atención de Desplazados Roberto Hernández los compradores son gente del interior y que, según sus averiguaciones, representan a unas cinco empresas que requieren tierras privilegiadas, como las de los Montes de María, para cultivos que se emplearán en producción de biocombustibles. 7

En el Consejo Comunal del 9 de agosto de 2008 celebrado en San Juan Nepomuceno (Bolívar), se conocieron denuncias de personas que advirtieron recibir presiones de terceros para que vendan extensas fincas que fueron desocupadas en la época de la violencia paramilitar y de las amenazas que reciben los campesinos para que entreguen sus parcelas a cualquier precio, Uribe pidió a los alcaldes, a los jueces y al gobernador de Bolívar estar muy pendientes. (…) “No podemos permitir que los pobres sean más pobres. Esto hay que investigarlo a fondo y si necesitan el apoyo de las Fuerzas Militares cuenten con eso”, dijo Uribe (…) En el tema de la venta de tierras, el representante, Miguel Rangel, solicitó al Presidente se indague sobre quienes están detrás de las empresas que compran las tierras a bajos precios. “Se habla de que después se las venden al Incoder, eso hay que investigarlo”, dijo el congresista. 8

A parte de la importancia de la infraestruc-tura petrolera, se confirmó la presencia de im-portantes reservas petrolíferas en la zona de las Montes de María en julio de 2008. Según el ac-tual gobernador de Sucre, Jorge Carlos Barraza Farak; “Hoy tenemos la certeza de la existencia de petróleo en el Departamento de Sucre, espe-cialmente en el municipio de Ovejas, lo cual es gratamente satisfactorio para nosotros”.4

4. “Habría Petróleo en los Montes de María” El Tiempo 27 de julio de 2008, Bogotá D.C.5. “Masiva compra de tierras se dio en Ovejas” El Universal, 04 de agosto de 2008 Sincelejo.6. “Gobernación preocupada por venta masiva de tierras en los Montes de María” Publicaciones de la Gobernación de Bolívar, 23 de

mayo de 2008 http7. Venta masiva de tierras en los Montes de María denuncian voceros de desplazados El Tiempo, 2 de junio 2008, Bogotá D.C.8. “Montes de María, en la mira del Presidente Álvaro Uribe” El Universal, 10 de agosto 2008, Sincelejo.

Page 12: Protección de víctimas

13

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Agrocombustibles: En el TLC con Estados Unidos quedó establecido que las exportaciones de etanol y biodiesel estarán libres de aranceles y de otras limitaciones, lo que ha impulsado la producción en el país de caña y palma aceitera.

En el convenio de cooperación “Etanol Caribe Colombiano”, suscrito entre la Alta Consejería para la Reintegración, la agencia de cooperación estadounidense USAID y Ethanol Consortium Board S.A. “se incluye el desarrollo de tres plan-tas (procesadoras de etanol) en Bolívar, Córdoba y Sucre con una inversión de 342 millones de dó-lares. El contrato permitirá la siembra de 45.000 hectáreas para producir 15.000 toneladas dia-rias de azúcar”9. “La producción de estas plantas será de un 85% para exportación, especialmente a Europa, y el 15% para el mercado local”10.

Una es prevista de construirla en San Onofre con la expectativa de convertir caña de

azúcar a alcohol carburante a una velocidad de 300.000 litros diarios. El tipo de planta es para agrocombustibles de primera generación con integración a segunda generación. Este consorcio “ha previsto la siembra de 15 mil hectáreas entre Mahates y Maria la Baja, en una franja entre el Canal del Dique y las estribaciones de los Montes de María, entre los departamentos de Bolívar y Sucre”.11

A finales de 2007 se crearon nueve zonas francas especiales para la producción de agro-combustibles que se dirijan a los mercados ex-ternos. Pero los beneficios que da el Gobierno van más allá, “los beneficios adicionales previs-tos son la reducción de la tarifa del impuesto de renta, la ampliación de las exenciones del IVA para materias primas y productos terminados y la eliminación del impuesto de remesas para fomentar la inversión extranjera”. 12

En otras zonas, como MariaLa Baja, después de la desmovilización, se impuso a la población retornada el cuidado de la palma africana ya sea como cultivadores en su propia tierra o como jornaleros. Se les paga con bonos de 150.000 pesos, los cuales deben cambiar por alimentos en almacenes del propietario de la plantación. Esto demuestra, entonces, que los procesos de retorno que se presentan paralelos a las llamadas desmovilizaciones tienen por finalidad convertir a las poblaciones desplazadas en la base social del proceso de negociación paramilitar. 13

9. “Se firma contrato en el que trabajarán 1.500 personas en proceso de reintegración” Secretaria de Prensa de la Presidencia 18/12/2007

10. “Los agrocombustibles en boga: El caso del etanol en Colombia” Paula Álvarez Roa, 02/04/200811. “Los agrocombustibles en boga: El caso del etanol en Colombia” Paula Álvarez Roa, 02/04/200812. “Fiebre de Etanol” www.dinero.com 07 de julio de 2006 http://www.dinero.com/wf_InfoArticulo.aspx?idArt=2632513. Discurso Iván Cepeda en la Audiencia por la Verdad de la Comisión de DDHH del Senado de la República y el MOVICE en San Onofre

(Sucre) el 27 de noviembre de 2007.

Page 13: Protección de víctimas

14

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Infraestructura: El 1 de julio de 2008 se em-pezó bajo el liderazgo del Centro de Fusión Inte-gral de Montes de María con la construcción de la carretera Transversal de Montes de María. El director del Centro, el Coronel Colón Torres, an-tiguo mando de la 1 Infantería de Marinas, con la mano de obra de soldados pertenecientes al Batallón de Ingenieros Militares Vergara y Velas-co proyecta terminar la carretera de 38 kilóme-tros entre Carmen de Bolívar y el corregimiento de Chinulito del municipio de San Onofre en 2 o 3 años, que va a transportar los productos agrí-colas de los Montes de María.

1.3. Cooperación internacional

La cooperación internacional en la región ha buscado implementar un modelo económico que apunta hacia la exportación y la integración al mercado global. Según el mapa de coopera-ción internacional de la Agencia Presidencial para la Acción Social en el departamento de Su-cre actualmente se desarrollan 30 proyectos con una inversión de 17.397.446 dólares estadouni-denses. La mayoría de estos proyectos han sido acordados entre el gobierno Colombiano y los Estados Unidos y Europa sin el consentimiento de las comunidades afectadas.

Cooperación Europea: La Comisión de la Unión Europea tiene 4 proyectos que se desa-rrollan en el departamento, el más grande es el Tercer Laboratorio de Paz, con una inversión de 24.200.000 dólares estadounidenses en 54 me-ses, finalizando el 30 de Junio 2010.

El Tercer Laboratorio de Paz que se quiere imponer en la región viene siendo coordinada con el Centro de Coordinación de Acción Inte-gral (CCAI), que en los Montes de María está al mando del mismo coronel Colón Torres. La Fundación Red Desarrollo y Paz de los Montes de María facilita el Programa (formada por la Arquidiócesis de Cartagena, Diócesis de Since-lejo, Diócesis de Magangue, la Iglesia Menonita de Colombia, las tres Cámaras de Comercio de Cartagena, Magangue y Sincelejo, Tolcemento y la Universidad Tecnológica de Bolívar).

Cooperación Norteamericana: A través de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarro-llo Internacional (USAID) se desarrollan en el de-partamento 9 proyectos de cooperación.

En 2006, la Alta Consejería para la Reintegra-ción Social y Económica de Personas y Grupos Alzados en Armas, USAID, la Fundación Argos y la Organización Internacional de Migraciones se unieron para implementar el Programa de Rein-tegración y Desarrollo Comunitario en los De-partamentos de Antioquia y Sucre.

El 17 de octubre 2007 se firmó un convenio (marco) de cooperación mediante el cual USAID ofrece cooperación y asistencia técnica para la ejecución de programas y proyectos dentro del marco de la política gubernamental de desmovi-lización en el departamento de Sucre. El conve-nio lo ejecuta la Organización Internacional para las Migraciones.

Según un reporte de la zona, en el barrio Minuto de Dios ubicado en la Comuna 8, donde vive población desplazada de Chinulito, el Salado, Chengue, Macayepo, San Onofre y Ovejas hay algunos proyectos que son coordinados por la Corporación Minuto de Dios con recursos de cooperación internacional (entre ellos BID y OIM) y del Estado los cuales no fueron ejecutados. La comunidad ha presentado su inconformismo por el incumplimiento del proyecto, a raíz de esto, la secretaria del proyecto ha convocado a la comunidad a reuniones supuestamente aclaratorias. Una de estas reuniones se hizo acompañar por unidades policiales dirigidas por el agente de la policía de apellido García. Este agente tomó la palabra para decir en un tono intimidatorio que él tenía un informante en la comunidad, además, tomó fotos con su celular de los asistentes a las reuniones y de todas las personas que intervinieron en ella.

Page 14: Protección de víctimas

15

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

14. “Desmovilización del Bloque Héroes de Montes de María de las AUC” Juan Carlos Garzón, Fundación Seguridad y Democracia 21/07/05.

15. Comisión IDH, Informe No. 45/07, Petición 1268-25 Admisibilidad Masacre de Chengue, Colombia, 23/07/07

“Los primeros referentes del paramilitarismo en la zona de Montes de María y su entorno, están ligados a la aparición del narcotráfico y su estructuras armadas privadas, la cuales comenzaron a usar el Golfo de Morrosquillo como una de las principales salidas de drogas ilícitas, especialmente de cocaína. La presencia de la mafia se vio reflejada en la adquisición de tierras, las cuales fueron usadas como zonas de recreo y refugio para algunos capos. (…) En el año de 1997 se dio una reunión entre miembros de las elites locales y Salvatore Mancuso, donde se decidió la conformación de un grupo de autodefensas, que entraría a operar financiado por las cuotas de los dueños de fincas y ganaderos”14.

1.4. Estrategia paramilitar en Sucre

Sucre ha sido el departamento donde las relaciones entre políticos y paramilitares, hasta el momento, han sido más conocidas. Desde el 2006, 27 políticos/as (2 gobernadores, 4 representantes a la cámara, 3 senadores y 7 diputados entre otros) han sido investigados/as por la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía, por sus nexos con los grupos paramilitares. En la época en que estas personas ejercían cargos públicos (entre 1994 y 2008) el departamento presenció algunos de los más horrorosos episodios de su historia como las masacres de Pichilín (4 de Diciembre 1996, 4 mu ertos), de Coloso (4 de diciembre de 1996, 11 muertos), de Ovejas (16 de enero de 2000, 42 muertos), de Coloso (13 de septiembre de 2000, 15 muertos) y de Chengue (17 de enero de 2001, 31 muertos)15. La Oficina del OACNUDH en este momento declaró que

“En estas masacres existen fuertes indicios de responsabilidad directa de servidores públicos de la región, tanto civiles como militares”16.

Los testigos de la masacre de Chengue dije-

ron a la Fiscalía que varias unidades de la Arma-da Colombiana habían hecho caso omiso cuan-do paramilitares fuertemente armados pasaron por donde se encontraban de camino a Chengue. Las autoridades detuvieron subsiguientemente al suboficial de Infantería de Marina Rubén Da-río Rojas al que acusaron de subministrar armas a los paramilitares y ayudar a coordinar el ata-que. A la vez la Procuraduría cursó un expedien-te disciplinario contra el Brigadier General de la Armada, General Rodríguez Quiñones y cinco oficiales de las fuerzas de seguridad por ignorar presuntamente la información detallada recibi-da con antelación sobre los movimientos de los paramilitares cerca de Chengue. A pesar de los

16. Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el informe referente al año 2001, pre-sentado el 18 de abril de 2002 en Ginebra ante la Comisión de Derechos Humanos.

Page 15: Protección de víctimas

16

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

“El departamento de Sucre, y en particular el municipio de San Onofre y sus corregimientos, han sido escenarios de hechos de violencia múltiple que, sin lugar a dudas, pueden ser catalogados como crímenes contra la humanidad. Entre estos actos se cuentan la desaparición forzada masiva y el asesinato de al menos 3.000 personas, 75 masacres desde 1999 a 2000, que dejaron 329 víctimas, el ocultamiento de los cadáveres en cientos de fosas comunes, el desplazamiento forzado de 70.000 personas en Sucre y de 2.162 familias de San Onofre, según el dato del personero municipal, la práctica regular de la tortura y de tratos inhumanos o degradantes, el exterminio de 90 militantes de la Unión Patriótica, la aniquilación de organizaciones agrarias como la ANUC, la usurpación de tierras y bienes a la población, el sometimiento a formas de esclavitud y de control político, el saqueo de los bienes y recursos públicos. En un estudio del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, que data de 2005, en San Onofre el 90% del control territorial lo ejercen los paramilitares”17.

“Todo el mundo debía pagar cuota, la plaza central de San Onofre se destinó solo para oír las órdenes de los jefes paramilitares. El municipio y sus corregimientos se convirtieron en un campo de concentración. Se decretó el toque de queda y a partir de las seis de la tarde nadie podía circular ni pescar, pues era la hora en que los delincuentes activaban la ruta marítima del narcotráfico. Se perpetraron abusos sexuales contra las mujeres, y se asesinaba en la plaza pública. La autoridad detenía arbitrariamente a ciudadanos y los entregaba a los paramilitares para que fueran ejecutados. En los diferentes municipios del departamento, así como también en San Onofre, los funcionarios estatales debían dar un aporte de su salario para el mantenimiento de las tropas de las AUC. En fin, política corrupta, paramilitarismo y narcotráfico se convirtieron en tres caras de una misma realidad”18.

Sin embargo, pese a las detenciones de parapolíticos en el Departamento se ha mantenido la estrategia paramilitar de la clase política en el departamento. En las elecciones regionales que se celebraron el 27 de octubre de 2007 ganaron en la Gobernación y en la Alcaldía de Sincelejo candidatos cercanos a los senadores Álvaro García y Jairo Merlano, ambos detenidos por “parapolítica”. Las coaliciones de los partidos uribistas direccionados alrededor de la parapolítica no sólo eligieron al nuevo gobernador de Sucre, sino que garantizaron 7 de los 11 diputados/as electos, 24 de las 26 alcaldías en el departamento y 13 de los 17 concejales en Sincelejo. Emblemática es la elección del nuevo alcalde de San Onofre, el ex diputado Edgar Benito Rebollo, hermano de Muriel Benito Rebollo, congresista que está detenida y condenada por parapolítica y hermano de Ariel Onofre, Óscar Laureano y Armando Eliécer, detenidos por narcotráfico en noviembre de 2007. Según una declaración pública del MOVICE el 18 de junio de 2006 se hizo una reunión; “entre el paramilitar Diego Vecino, el senador Álvaro García, los diputados de la Asamblea Departamental de Sucre, Nelson Stand Berrio y Edgar Benito Rebollo y el alcalde de San Onofre, Jorge Blanco, en la cual se definía el apoyo al señor Edgar Benito Rebollo para que aspirara a la alcaldía de San Onofre en las próximas elecciones”.

17. Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el informe referente al año 2001, presentado el 18 de abril de 2002 en Ginebra ante la Comisión de Derechos Humanos.

18. Discurso Iván Cepeda en la Audiencia por la Verdad de la Comisión de DDHH del Senado de la República y el MOVICE en San Onofre (Sucre) el 27 de noviembre de 2007.

19. “San Onofre, Sucre: La comunidad solicita la renuncia del alcalde” Movice 23 de noviembre de 2006.

cargos, al General Rodríguez lo ascendieron pos-teriormente al puesto de Jefe del Estado Mayor de la Armada y “dos de los investigadores de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía que trabajaban sobre la masacre y el financiamiento de grupos paramilitares, fueron desaparecidos en el año de 2002 en Sincelejo. La fiscal Yolan-da Paternina, a cargo de las pesquisas, murió en forma violenta el 29 de agosto.” 19 • Un proyecto de construcción de cinco aulas

Page 16: Protección de víctimas

17

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Un proyecto de construcción de cinco áulas escolares y dos unidades sanitarias en la escuela • rural de Barranca, municipio de Galeras gestionado por el reverendo Gilberto Jiménez tenía un valor de 150.000.000 de pesos de los cuales la administración municipal debía cofinanciar con la suma de quince millones de pesos. El Ministerio de Educación Nacional mediante delegación de pago No. 668 realizo el desembolso del 50% del valor del proyecto, consignado a una cuenta del Banco BBVA y cobrado el día 07 de diciembre de 2004. En fecha julio 30 de 2006, el proyecto no estaba ejecutado, a raíz que el alcalde se había apropiado de los recursos y lo existente es contrario a las especificaciones de los planos y maquetas.

• A través del programa de Familias en Acción, se obligó a toda la comunidad de los corregimientos que votaran por la candidata Muriel Benito Rebollo, porque de no hacerlo les quitarían el subsidio.

• A mediados del 2004, el señor Edwin Abud Chávez, asesor económico de la ESE Hospital de San Onofre, descontó a los trabajadores de dicha entidad un equivalente al 10% del monto total de sus pagos, señalando que dicho descuento se realizaba por orden del mando paramilitar Rodrigo Mercado Perlufo alias “Cadena”.

• En el corregimiento de Chirulito ha habido un proyecto de adecuación de viviendas de personas desplazadas por valor de 1.500 millones de pesos a través de Acción Social. La adecuación consiste en techos y puertas para apenas 40 casas, lo que, teniendo en cuenta los costos reales y lo presupuestado, significa una desviación de cientos millones de pesos. La comunidad ha presentado una denuncia pública la Contraloría y por este motivo, una de las líderes ha sido amenazada.20

20. Testimonios recogidos por el MOVICE.

Page 17: Protección de víctimas

18

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

El poder de la clase política vinculada a la es-trategia paramilitar se ve reflejado en múltiples ejemplos como son la compra de votos, la apro-piación ilegal de recursos públicos y la vincula-ción del sector público a los intereses políticos y económicos.

Aunque el Bloque Héroes Montes de María supuestamente se desmovilizó en noviembre de 2005, las estructuras armadas del paramilitaris-mo siguen ejerciendo control en la zona.

Según la organización INDEPAZ21, a finales de 2007 hay dos nuevas organizaciones de parami-litares en la zona con un total de 200 hombres armados. A la vez, según el paramilitar alias “El Oso”, el supuesto desaparecido mando del fren-te Golfo de Morrosquillo alias “Cadena”, sigue controlando sus intereses económicos a través de estructuras armadas desde Panamá.

No sólo la presencia paramilitar ha empeorado la crisis humanitaria que padece la población civil del departamento. La misma militarización por parte del gobierno nacional a través de la 1 Infantería de Marina y la Fuerza de Tarea Conjunta bajo la Brigada XI también ha vulnerado de forma sistemática los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Al iniciar el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, el departamento de Sucre fue decretado junto con Arauca como “zona de rehabilitación y consolidación”. Según el Decreto 2002 de 2002 para “garantizar la estabilidad institucional, restablecer el orden constitucional, la integridad del territorio nacional y la protección de la población civil” y en la práctica la zona de cobertura del Decreto, coincidiendo con el trayecto del oleoducto Caño Limón-Coveñas. Este decreto fue declarado inconstitucional por la Corte Constitucional el 29 de abril de 2003. A continuación reproducimos algunas de las conclusiones del Alto Comisionado

“Se ha verificado la presencia de

bandas emergentes en las subregiones de Morrosquillo y parte de los Montes de María principalmente en Sincelejo, las cuales mantienen alta vinculación con las actividades relacionadas con el negocio del narcotráfico. (…) En la región de Morrosquillo, se ha verificado el rearme de una agrupación, ubicada principalmente en los municipios de San Onofre y Toluviejo, denominada “los de Barranquilla” o “los 40”, conformada por mandos medios desmovilizados y no desmovilizados del Bloque Norte al mando de Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40. (…) En Toluviejo, se identificó la presencia de una banda al mando de alias El Paisa, dedicada a la extorsión, el abigeato y que había amenazado con secuestrar a la población. (…) En los Montes de María hay presencia de “Los de Barranquilla” o “Los 40” y de “Los Paisas”, particularmente en Sincelejo, quienes se han disputado el control de las extorsiones al comercio desde finales del año 2006. (…) En Colosó y Morroa, se tienen indicios del interés de las bandas emergentes por mantener el control que ejercía el desmovilizado BHMM sobre la población y, principalmente, sobre el corredor de movilidad para el tráfico armas y droga, mediante acciones de intimidación a la población civil”22.

Hasta la fecha sigue habiendo presencia paramilitar en los cascos urbanos y zonas rurales del municipio de San Onofre, patrullajes por parte de estos, practicas de limpieza social en San Onofre en junio de 2008 y toques de queda para pobladores de varias comunas de Sincelejo.23

21. “El nuevo mapa paramilitar” Leonardo González Perafán, INDEPAZ, 21 de agosto 2007, Bogotá D.C.22. “Grupos Armados Emergentes en Colombia” Fundación Seguridad y Democracia. 19 de mayo 2008, Bogotá D.C.23. Testimonios recogidos por el MOVICE24. El Gobierno Nacional designó como Jefe Militar de la zona de rehabilitación y consolidación al Capitán de Navío Luis Alejandro

Parra Riveros, Comandante de la 1ª Brigada de Infantería de Marina, quien según el proceso 09-55910, adelantado por parte del despacho del Procurador General de la Nación, en relación con la masacre de Chengue, en compañía de otro oficial de la Infan-tería de Marina, obstruyó la investigación, impidiendo el acceso de los investigadores de la Procuraduría a las pruebas, registros y documentos.

de las Naciones Unidas sobre el funcionamiento de estas zonas24:

Page 18: Protección de víctimas

19

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

(…) 2.- Las zonas de rehabilitación y consolidación

fueron establecidas y manejadas bajo la inquie-tante e injusta presunción de que sus pobladores civiles colaboran con los grupos guerrilleros. Al amparo de tan descabellada presunción abun-daron los abusos, los desbordamientos y las in-tencionales omisiones.

3.- (…) Puede afirmarse que los grupos paramilitares lograron consolidaciones y expansiones dentro de esas zonas, sin que para contrarrestarlas se evidenciara un gran esfuerzo de los cuerpos armados oficiales.

4.- El establecimiento de las zonas de rehabili-tación y consolidación no trajo mejora significa-tiva en la protección del derecho fundamental a la vida. Las ejecuciones extrajudiciales continua-ron presentándose allí tanto en su modalidad “selectiva” como en su modalidad de masacre.

Según fuentes de la región, el día 23 de febrero del 2006 circula un listado de 100 personas para asesinar acusadas de ser guerrilleros del Municipio de Morroa. En dicha lista aparece la señora Tarcila Aguas, quien fue violada, torturada y decapitada en la finca que cuidaba, ubica-da en el corregimiento de el Yeso el día 26 de Febrero de 2006. El día de su asesinato, testigos dicen que entró una camioneta de 4 puertas y vidrios polarizados, reconocida como propiedad de la Primera Brigada de Infantería, se estacionó frente a la finca. Dos días antes de los hechos, miembros de la brigada de la Infantería de Marina con sede en Corozal estuvieron en la finca y acamparon en ella.

11.- En las zonas de rehabilitación y consoli-dación se presentó un cuadro de violaciones sis-temáticas de los derechos humanos en el cual se hizo notoria la actitud complaciente y acrítica de muchos funcionarios de la Fiscalía General de la Nación. En ese cuadro también se puso de mani-fiesto que algunos funcionarios de la Procuradu-ría General de la Nación no dieron cumplimiento satisfactorio a las pautas de control fijadas por el Procurador en su Directiva 11 de 12 de sep-tiembre de 2002.25

El Banco de Datos del Cinep en la Revista Noche y Niebla, señalan que en el periodo com-prendido entre el mes de enero de 2001 y agos-to de 2002, en los municipios que hacían parte de la zona de rehabilitación y consolidación un total de 247 personas han sido víctimas directas (de ejecución extrajudicial, tortura, desaparición

Sincelejo, Sucre. Trece personas fueron capturadas sindicados con Luis Miguel Reyes Reyes. Agencia Prensa Rural.

25. “Una visión institucional sobre las zonas de rehabilitación y consolidación,” Amerigo Incalcaterra, director adjunto de la oficina en Colombia, OACNUDH. 25/07/2003.

Page 19: Protección de víctimas

20

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

forzada o amenazas). También se registraron 14 casos de amenazas colectivas con las que se ha afectado a comunidades enteras, siendo victi-mizados centenares de pobladores, hechos cuya autoría es atribuible a los grupos paramilitares.

Aunque la zona de rehabilitación y consolidación se terminó en abril de 2003 la militarización ha continuado hasta la fecha en

los Montes de María. El ejemplo más flagrante fueron las detenciones masivas que se efectuaron el 17 de agosto de 2003 en los Municipio de Chalán, Colosó y Ovejas, donde fueron detenidas ciento cincuenta y seis personas, por la Fiscalía, Policía y la Infantería de Marina, entre hombres y mujeres campesinos, menores de edad y ancianos; fueron dejados en libertad el en el mes de noviembre del mismo año.

Page 20: Protección de víctimas

21

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

2. Violaciones sistemáticas a los Derechos Humanos

La magnitud y la gravedad de estos hechos constituyen un daño colectivo de secuelas imborrables. Dado que la mayoría de estas acciones se encuentran hoy todavía en la impunidad, caben recursos jurídicos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos o ante la propia Corte Penal Internacional. 26

Las comunidades de las Montes de María han realizado diferentes actos de denuncia de su situación. Entre ellos se destacan la movilización del 16 de Septiembre de 2002 y las movilizaciones de agosto de 2005 y noviembre de 2007. En las movilizaciones, miles de personas protestaron contra los permanentes atropellos que vienen realizando miembros del Ejército, la Infantería de Marina, la Policía y los organismos de seguridad del Estado y se pidió una mayor presencia social del Estado.

Mediante un comunicado de la Mesa Regional Montes de María a principios de noviembre 2007 se alertaba que la región era objeto desde hace varios meses de un fuerte operativo militar en el que actuaban miles de efectivos de la fuerza públi-ca. Lo que se tradujo en continuas agresiones en

contra de la población campesina (detenciones ar-bitrarias, persecución a líderes comunitarios y ase-sinatos selectivos). A esto se suma el control sobre alimentos, el bloqueo sanitario para la adquisición de medicamentos, la violación sistemática al Dere-cho Internacional Humanitario con la presencia de la Fuerza Pública en espacios públicos y privados y bases militares en los centros poblados.27

La Defensoría del Pueblo ha activado en va-rias ocasiones el Sistema de Alertas Tempranas (SAT) para la regi ón de Montes de María, San Onofre y Sincelejo. Recogemos algunos extrac-tos de los informes realizados por el SAT desde 2006 hasta el momento de la elaboración del presente informe:

17 noviembre 2006, 2ª nota de seguimiento • al informe de riesgo n°034-05AI: En lo que va corrido el 2006, las operaciones militares se han concentrado en los Montes de María, afectando principalmente a la población civil bien por el efecto de los enfrentamientos, como por el incremento en la siembra

26. Discurso de Iván Cepeda en la Audiencia por la Verdad de la Comisión de DDHH del Senado de la República y el MOVICE en San Onofre (Sucre) el 27 de noviembre de 2006.

27. Denunciado en la Misión Humanitaria hacia los Montes de María realizada en julio de 2006.

Page 21: Protección de víctimas

22

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

En Abril 2007 se hizo una petición de medidas cautelares para 46 líderes de las Juntas de Acción Comunal de Montes de María. Algunos de los casos presentados, ocurridos desde finales de 2006 hasta la presentación de la petición, son:

Nubia Ester Gonzáles titular de la secretaria de la mujer rural de Sindiagricultores detenida • por el delito de rebelión (14 días en la cárcel) después de obtener la libertad, fue hostigada y amenazada por miembros del Ejército Nacional apoyados por informantes pagos.

Telberto González fue detenido en tres ocasiones por cometer supuestamente el delito • de rebelión mientras desarrollaba diferentes cargos en Sindiagricultores (presidente y secretario técnico). Obtuvo en todas las ocasiones libertad por no comprobarse la existencia de delito. Tuvo que desplazarse al ser intimidado por la presencia permanente de personas desconocidas frente a su hogar, y ser perseguido por vehículos con vidrios polarizados adscritos a organismos de seguridad del Estado.

Luis Miguel Gómez Porto presidente de Sindiagricultores y de la Asociación de Juntas • de Acción Comunal del municipio de Coloso, fue víctima de un allanamiento ilegal en su residencia, privado injustamente de libertad sindicado de Rebelión y liberado por no comprobarse la existencia de algún delito o la participación de él en un hecho delictivo. El 3 de Mayo de 2007 fue asesinado en lo que parece ser una ejecución extrajudicial por miembros de la 1era Infantería de Marina.

Amira Isabel López, líder social de una vereda en el municipio de Ovejas, ha sido privada • injustamente de su libertad dos veces por denunciar el asesinato de su hijo y las lesiones provocadas a sus dos hijas menores de edad por miembros de la Infantería de Marina al lanzar indiscriminadamente un mortero sobre su hogar. Siendo objeto de montajes probatorios por esta razón, sindicándola de colaborar con la insurgencia.

Wilmer Antonio Paternina, presidente de una Junta de Acción Comunal del municipio de Chalán, • ha sido hostigado y perseguido por miembros de la Infantería de Marina, empadronándolo ilegalmente, realizando control sobre sus desplazamientos, fotografiándolo y reseñándole los teléfonos celulares que posee sin presentar una orden judicial. Obligándole a abandonar sus labores como campesino y líder comunal por miedo a estas acciones intimidatorias.

Tamir José y Ángel Custodio fueron detenidos ilegalmente y acusados de Rebelión y Terrorismo • con base al testimonio falso de informantes que hacen parte de grupos paramilitares y de la red de informantes al servicio de la Infantería de Marina. Después de ser liberados, los volvieron a perseguir con el mismo montaje probatorio por la Infantería de Marina y la Fiscalía de la Región.

33 líderes comunales han sido hostigados y reseñados en el retén de la Infantería de Marina • en el sitio conocido como “La Casona”. Se les ha tomado fotografías, reseñado de números telefónicos, señalado de colaboradores de la insurgencia, amenazados de tener orden de captura… Creando un estado de miedo y persecución que afecta el goce de sus derechos fundamentales.

Page 22: Protección de víctimas

23

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

indiscriminada de minas antipersonal por parte de la guerrilla y, por los bombardeos o ametrallamientos que allí se realizan. Por su parte, las FARC han intensificado las pre-siones e intimidaciones contra la población civil para evitar que se brinde colaboración o información a la fuerza pública. En Ovejas en 2006 han sido asesinadas 18 personas, al menos 6 de ellas eran líderes comunitarios. Además, la población ha sido utilizada como escudo humano en los diferentes combates ocurridos entre guerrilla y ejército.27 de abril de 2007, 3ª nota de seguimiento • al informe de riesgo n°034-05AI: El 18 de abril de 2007 en los municipios de Ovejas aparecieron panfletos de grupo paramilitar autodenominado “Águilas Negras” en los que describen sus acciones en otros departamentos y que “llegamos para quedarnos”. Las FARC siguen con su ataque frontal a la red de Informantes y restringiendo a los habitantes del municipio las salidas y entradas, por creencia de que pueden estar llevando a cabo labores de inteligencia. La fuerza pública, ha sostenido enfrentamientos armados con los grupos guerrilleros y realizado operaciones de control, sin tomar medidas preventivas y de protección dentro del marco del DIH. Del 23 al 25 de marzo fue realizado un empadronamiento determinando las personas que vivían en cada hogar, lo que provocó un desplazamiento masivo ya que los pobladores tenían miedo de que esto fuera un preámbulo de capturas masivas. Febrero 29 de 2008, Informe de riesgo • n°003-08 A.I: Riesgo para la población urbana de Sincelejo y Toluviejo, en particular de los niños, adolescentes y jóvenes, líderes sociales y comunales y miembros de organizaciones sociales frente a los nuevos grupos armados ilegales. Victimizan a la

población civil mediante el uso de violencia física y psicológica, a fin de mantener y obtener el control social y político sobre la población y los recursos económicos. Además de mantener el control sobre las actividades relacionadas con el narcotráfico, estos nuevos grupos han reclutado jóvenes en el municipio. Algunos de ellos han salido de Sincelejo tras el ofrecimiento del pago de dinero para hacer parte de estos grupos y otros bajo el engaño de trabajo. Entre julio y agosto de 2007 11 jóvenes desaparecieron tras recibir ofertas de trabajo. En septiembre de 2007 se dio a conocer que seis de ellos habían sido dados de baja en un combate con tropas del Ejército28.

Luego de desaparecer y asesinar miles de personas, los paramilitares y sus aliados procedieron a arrebatarles las tierras a sus familiares sobrevivientes obligándolos a trans-ferirles sus títulos de propiedad para luego forzarlos al desplazamiento. La finca La Setenta, que se encuentra a la salida del casco urbano de San Onofre, es un ejemplo de este procedimiento. Después de arrebatarla a sus legítimos propietarios, a través de intermediarios, sus nuevos dueños procedieron a ampliar sus dominios de 70 a 300 hectáreas, mediante la invasión de nuevos terrenos de los cuales fueron desplazadas familias enteras29.

Los retornos de personas desplazas a sus fincas ha sido muy difícil por la continua presencia de actores armados legales e ilegales así como el robo de propiedades por parte de paramilitares y testaferros. Las personas que han regresado se han encontrado con una continua presión para que se vayan. Un caso conocido es la desaparición del señor Garibaldi Barrió el día 10 de abril 2006 de la finca “La Alemania” a la cual había regresado después de su desplazamiento

28. Desde febrero del año pasado, al menos 45 cuerpos sin vida de personas anónimas han sido reportados por la Fuerza de Tarea Conjunta del Ejército en Sucre, como de guerrilleros o paramilitares dados de baja en combate, según el CTI de la Fiscalía en Sincelejo. Sin embargo, 27 de esos cuerpos han sido reconocidos por sus familiares que coinciden en denunciar que las víctimas habían sido reclutadas con engaños por miembros del ejército, que luego los asesinó y los presentó como ‘falsos positivos’ para ganarse las bonificaciones en dinero o en días de descanso. “Militares desaparecen a 27 jóvenes” Camilo Raigozo. Boletín Día a Día ANDAS del 20 al 26 de marzo de 2008.

29. Discurso Iván Cepeda en la Audiencia por la Verdad de la Comisión de DDHH del Senado de la República y el MOVICE en San Onofre (Sucre) el 27 de noviembre de 2007.

Page 23: Protección de víctimas

24

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Acto final de la Audiencia Publica en San Onofre, Departamento de Sucre. Foto: Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.

forzado. El 13 de Abril 2006 fue encontrado asesinado a machetazos aproximadamente a dos kilómetros de “La Alemania”. Un mes después de lo ocurrido sus familiares recibieron una llamada en la que les dijeron que el señor era un delincuente por lo que no se debía seguir indagando acerca de este caso. El 4 de mayo

la Fiscalía ordenó la protección de la finca por estar en un proceso de la Ley 975 de Justicia y Paz ya que el jefe paramilitar alias “Cadena” había ocupado ilegítimamente la finca durante unos años. Consecuentemente a la orden de la Fiscalía, el Ejército acampó en la finca, poniendo en riesgo la población civil que permanecía allá.

Page 24: Protección de víctimas

25

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

3. Ley de justicia y paz, se esfuman los derechos de las víctimas

Frente a la Ley de Justicia y Paz aprobada en Colombia, la CIDH observa que entre sus objetivos no se cuenta el establecimiento de la verdad histórica sobre lo sucedido durante las últimas décadas del conflicto ni sobre el fomento del paramilitarismo y el grado de involucramiento de los diversos actores en la comisión de crímenes contra la población civil, ya sea por acción, omisión, colaboración o aquiescencia (…) El mecanismo establecido no constituye garantía de que los crímenes perpetrados sean debidamente esclarecidos y, por lo tanto, en muchos de ellos no se conocerán los hechos y los autores gozarán de impunidad (…) En términos de la reparación del daño causado por quienes han perpetrado crímenes atroces, la CIDH destaca que la norma pone más énfasis en la restitución de bienes adquiridos en forma ilícita que en los mecanismos que faciliten la reparación integral de las víctimas. 30

30. “La CIDH se pronuncia frente a la aprobación de la Ley de Justicia y Paz en Colombia”, 15 de julio de 2005, Washington D.C.31. “Informe CNRR sobre tres años de la Ley de Justicia y Paz” CNRR, 28 de julio de 2008, Bogotá D.C.

En las últimas décadas del conflicto interno armado millones de colombianos han sido vícti-mas de desplazamiento forzado, desapariciones forzados, ejecuciones extrajudiciales, asesina-tos selectivos, detenciones arbitrarias, tortura y otros crímenes de lesa humanidad. La Ley 975 de 2005, también llamada de Justicia y Paz, que regula el proceso de desmovilización de los pa-ramilitares a la vida civil, política y económica del país desconoce el papel fundamental que ha jugado el Estado y la Fuerza Pública en la confor-mación y el apoyo a las estructuras paramilita-res y por ende su responsabilidad en crímenes de lesa humanidad se por omisión o acción.

La Comisión Nacional de Reparación y Recon-ciliación (CNRR), propuesta del gobierno colom-biano para atender a las víctimas de la estrate-gia paramilitar dentro de la Ley Justicia y Paz, niega de la misma manera de forma sistemática

la responsabilidad del Estado Colombia en la conformación y el apoyo de dichos grupos. En el marco de la Ley de Justicia y Paz las víctimas no pueden dar sus testimonios, sino apenas inscri-birse como víctimas a la espera de recibir alguna forma de reparación material y hacer preguntas a los victimarios para establecer lo que ha pasa-do con sus familiares. En el balance después de tres años de la Ley de JyP hay 137.80331 perso-nas que se han inscrito como víctimas directas de la estrategia paramilitar.

En Sincelejo (Sucre) la CNRR instaló una oficina para hacer un trabajo de atención a víctimas en los departamentos de Sucre, Bolívar y Córdoba. Sin embargo, el trabajo de la CNRR se ha visto condicionado por las mismas prácticas de clientelismo, conocidas de la parapolítica. Es así como la organización internacional de derechos humanos Human Rights Watch expresó

Page 25: Protección de víctimas

26

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

su preocupación sobre el nombramiento de Eduardo Porras Mendoza como director de la CNRR en Sucre. El nombramiento no solo había sido de forma irregular, sino que también; habría trabajado con el entonces Gobernador de Sucre Salvador Arana (...) El Sr. Porras también habría trabajado estrechamente con el congresista Eric Morris, quien ha estado detenido mientras la Corte Suprema investiga sus supuestos vínculos con grupos paramilitares32. Además de haber hecho campaña electoral para ellos, los representó en cargos de la administración local relacionados con el manejo de dineros públicos, y otras funciones propias del gobierno departamental.

En julio de 2007 la población de la región denuncia que los reinsertados paramilitares que trabajan como “Salva vías” están ubicados frente a las oficinas de la CNRR, la Alcaldía, al Terminal de Transporte y al mercado público, provocando terror entre las personas que han sido víctimas. Ilegalmente estos “Salva Vía” so-licitaban papeles a los conductores y pasajeros en algunas vías.

El corregimiento de La Libertad (San Onofre) es objeto de la implementación del Programa Piloto de Reparación Colectiva de la CNRR y participante activo en el proceso de Justicia y Paz. A pesar de este acompañamiento estatal, las personas que han sido testimonio o testigo en este proceso han sido amenazadas y la casa de uno de ellos quemada. Lo que por un lado significa que las estructuras paramilitares continúan activas y por otro lado, que desde el Estado no se está garantizando la protección para la participación en los procesos jurídicos y la posible infiltración en la institución. La CNRR

estuvo en este corregimiento presentando la propuesta de reparación por un valor de 75 mil dólares, enmarcada en la consecución de una ambulancia y un puesto de salud.

Un caso emblemático y más reciente en la región es el de Adriana Porras, líder comunitaria en el Corregimiento de La Libertad que ha recibo el 4 de agosto de 2008 una llamada de una mujer que se identifico como Claudia Liliana Pertuz, psicóloga de la comunidad internacional y del CTI. Quería reunirse con ella para hablar personalmente de los casos así como con una joven quien al parecer también había formulado denuncias por abuso sexual. Refiriéndose a la joven, indica que ella no debería formular las denuncias por abuso sexual ya que pertenecía a una familia guerrillera y que además había sido abusada sexualmente cuando tenía cuatro años de edad. También dijo que había estado en la Fiscalía de Barranquilla y que allí había estado el Oso quien señalaba a Adriana Porras y a Leocadio Bánquez como los denunciantes de los casos en La Libertad, también se indicó a la señora Adriana Porras que: “No tenía porque hacer denuncias por que ella sabía que Cadena la había mandado matar con “El Oso” por ser guerrillera”. El día 5 de agosto de 2008, una persona identificada como Claudia Liliana Pertuz se presentó en el corregimiento diciendo que estaba averiguando por una denuncia que había puesto Adriana Porras por una violación y que Adriana y Leocadio Bánquez iban a tener problemas por estar denunciando. Esta persona fue reconocida por algunos miembros de la comunidad, como la abogada que acompaña a alias “El Oso” en las versiones libres en el marco de la ley de Justicia y Paz.

32. “Carta de Human Rights Watch a la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación”,, 7/5/2007 Washington

Page 26: Protección de víctimas

27

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

4. EL Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado,

Capítulo SucreEl Movimiento Nacional de Victimas de

Crímenes de Estado (MOVICE) nace el 25 de junio de 2005 durante el Segundo Encuentro Nacional de Víctimas de Crímenes de Lesa Humanidad y Violaciones a los Derechos Humanos, como una propuesta de las victimas en búsqueda de la Verdad, la Justicia y la Reparación Integral, coincidencialmente cuatro días después de la aprobación por parte del congreso colombiano de la Ley 975 de 2005 o ley de Justicia y Paz.

En el departamento Sucre, el MOVICE capitulo Sucre se conforma desde las experiencias de organizaciones de derechos humanos, sociales y de oposición política, que habían estado trabajando en la zona por décadas. Entre estas se encontraban la Unión Patriótica, la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC) y el proceso A Luchar, que a finales de los noventa desaparecieron a causa del genocidio político.

En la conformación del MOVICE, capitulo Sucre se destacan algunos momentos claves:

1.- En agosto de 2006 en medio de la campaña po-lítica del partido Polo Democrático Alternativo (PDA), Iván Cepeda de la Fundación Manuel Ce-peda y el candidato Gustavo Petro hicieron una visita al municipio de San Onofre. El destape paramilitar como fruto de las declaraciones de Petro en una sesión del congreso, sobre todo en cuanto a la infiltración de estos en el depar-tamento de Sucre, dio inicio al escándalo de la parapolítica. En este proceso, el paramilitar con el alias “Pitirri” se entregó y luego declaró con-tra Mario Uribe, antiguo Presidente del Senado,

primo del actual presidente de la República, Ál-varo Uribe Vélez.

2.- En agosto de 2006 se realiza una reunión en San Onofre de los paramilitares acuerdan apoyar la alcaldía de Edgar Revollo. Miembros del MOVICE hacen una marcha Sincelejo el 27 y 28 de agosto para denunciar la reactivación del paramilitarismo en la región.

3.- 8 de noviembre de 2006: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, otorga medidas cautelares para 17 líderes sociales de departamento de Sucre. Todos/as hacen parte del MOVICE y se les concedió las medidas luego que se conociera una lista de exterminio que al parecer fue elaborada por políticos que se encuentran comprometidos con la estrategia paramilitar desde sus orígenes en la región.

4.- 27 de noviembre de 2006: El MOVICE, con la Comisión de Derechos Humanos del Senado, realizan la Audiencia Ciudadana por la Verdad, que contó con la presencia de 1500 personas y se realizaron unas 300 denuncias de violaciones a los derechos humanos y actos de corrupción, en el municipio deSan Onofre.

5.- En el tercer Encuentro Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado se solicitó que la Co-misión Ética se iniciara en Sucre.

6.- 5-17 Marzo de 2007: Visita de la Comisión Ética a Colombia entre otros a San Onofre, donde se pone un monumento para las vícti-mas del paramilitarismo en Sucre.

Page 27: Protección de víctimas

28

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

4.1. Estrategias del MOVICE en el Capítulo Sucre

Audiencias para la verdad: En las ocho audiencias por la verdad de la Comisión de Derechos Humanos del Senado en colaboración con el MOVICE que se han celebrado desde noviembre 2006 hasta la fecha han asistido más de 5.000 personas y se han recogido alrededor de 800 denuncias en contra de paramilitares y/o la fuerza pública. La primera audiencia pública se celebró en San Onofre en noviembre de 2006. El mecanismo de las audiencias por la verdad es un mecanismo alternativo a la Ley de Justicia y Paz que busca esclarecer la verdad de los hechos, escuchando las versiones de las víctimas e impulsar los procesos de justicia y reparación a las víctimas.

Catastro alternativo: El catastro alternativo es la búsqueda de información sobre la magnitud

del despojo, e intenta poner en evidencia que el desplazamiento forzado es una estrategia de contrarreforma agraria, que establece un nuevo proceso de acumulación de tierras. Con esta herramienta las víctimas podrán accionar legal, política y socialmente para la recuperación de las 5 millones de hectáreas de territorio que fueron usurpadas violentamente a campesinos, comunidades afrocolombianas, indígenas y colonos. También podrá reclamar la responsabilidad estatal por haber permitido o auspiciado directamente este despojo violento. En el departamento de Sucre se lleba a cabo la palicación piloto de esta estrategia en el municipio de San Onofre.

Comisión Ética: La Comisión Ética como cons-trucción de propuestas de verdad, justicia y re-paración recopilará insumos fundantes para la futura conformación de una auténtica Comisión de Esclarecimiento Histórico, cuando en Colom-

Acto simbólico de la Comisión Ética en la finca El Palmo. Foto comisión Intereclesial de Justicia y Paz.

Page 28: Protección de víctimas

29

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

bia existan garantías reales para la misma. En Sucre acompaña al capítulo en la recuperación de la memoria, el apoyo psicosocial y el fortale-cimiento a las capacidades de liderazgo y forma-ción de las víctimas del MOVICE.

4.2. Incidentes de seguridad del MOVICE, capítulo Sucre

Como retaliación por el trabajo que está rea-lizando el Capítulo Sucre en la recuperación de memoria, en los procesos de exigibilidad de jus-ticia y reparación integral y en las ocho estrate-gias especificas del MOVICE, sus integrantes han sido amenazados/as, estigmatizados/as, judicia-lizados/as, hostigados/as, y agredidos/as física-mente y verbalmente en numerosas ocasiones.

Esas agresiones son mayores en ocasiones en

donde se denuncian violaciones en las que es-tán involucrados servidores públicos y/o políti-cos. Después de la audiencia pública del Senado realizada el 27 de noviembre de 2006 se incre-mentaron los hostigamientos contra miembros del MOVICE. Uno de los resultados directos de estos hostigamientos ha sido el desplazamiento forzado de alrededor de quince miembros del MOVICE capítulo Sucre hacia otras partes del país y en un caso, en el exilio.

En octubre de 2006 apareció una lista de 26 personas amenazadas de muerte y hasta la fe-cha, nueve han sido asesinados/as y al resto se les otorgó medidas cautelares de la CIDH. Miem-bros del MOVICE han recibido amenazas direc-tas a su vida por parte de estructuras paramili-tares, hoy denominadas “Águilas Negras”, bajo el mando de alias “Danilo”. Otros miembros del Capítulo han recibido amenazas por teléfono o llamadas extrañas de forma constante.

A continuación resaltamos algunas de las ame-nazas más emblemáticas de los últimos dos años:

31 de octubre de 2006: El MOVICE denuncia • la existencia de una lista de exterminio en la que se relacionan 26 personas entre las que se encuentran líderes del movimiento y ac-tivistas sociales del departamento de Sucre.

Según denuncias realizadas por la comuni-dad, esta lista también se encuentra en las instalaciones del DAS y en poder del presi-dente del consejo municipal de San Onofre, Guillermo Gómez.

23 de noviembre de 2006: Se produce un • atentado contra el señor Juvenal Escudero, víctima del paramilitarismo en San Onofre quien había denunciado en días pasados las presiones de las que fue objeto por parte de grupos paramilitares para trasladar el título de sus tierras a Rodrigo Antonio Mercado Pelufo, alias ’Cadena’. Cuando el señor Juve-nal Escudero, de 54 años de edad, se dirigía hacia su finca ubicada en el kilómetro 4 de la vía que de San Onofre conduce a Cartagena, fue atacado por dos hombres que se movili-zaba en en una moto. Recibió un disparo en la espalda que le causó graves heridas.

2 de febrero 2007, informe de riesgo n°001-• 07 del Sistema de Alertas Termpranas (SAT) de la Defensoría del PPueblo para los 300 habitantes y líderes sociales de San Onofre víctimas de las autodefensas que promueven acciones en la búsqueda de verdad, justicia y reparación. En especial riesgo se encuentran las personas que expusieron sus denuncias en la audiencia pública de la Comisión de Derechos Humanos del Senado realizada el 27 de noviembre de 2006 en San Onofre y miembros del MOVICE capítulo Sucre.

27 de marzo de 2007: Por su presunta • colaboración con los Frentes 35 y 37 de las Farc fueron detenidos y cobijados con medida de aseguramiento por un fiscal antiterrorismo el alcalde de Ovejas Sucre, Álvaro Ramiro González Quessep y otras ocho personas. Todos los detenidos son dejados en libertad en junio de 2008 al comprobarse su inocencia.

3 de mayo de 2007: Se pretendió adelantar • una Inspección Judicial a la Comisión de De-rechos Humanos del Senado de la República con el fin de acceder a la información reco-pilada en el marco de la Audiencia Pública

Page 29: Protección de víctimas

30

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

celebrada en el municipio de San Onofre en noviembre de 2006. A la vez se adelantaba un proceso por injuria y calumnia contra Iván Cepeda (miembro del MOVICE) que fue vin-culado formalmente por medio de indagato-ria por supuestas imputaciones formuladas contra el señor Jesús María Conde Romero, congresista por el departamento de Sucre que está siendo investigado por la Corte Su-prema en el escándalo de la parapolítica. De igual forma, se cursó una investigación con-tra Enriqueta Díaz, integrante del MOVICE capitulo Sucre, quien participó como testigo en la Audiencia Pública de San Onofre.

3 de mayo de 2007: Es asesinado por agentes • de la Infantería de Marina en la vereda El Ojito, municipio de Ovejas, el líder comunitario Luis Miguel Gómez Porto, presidente de Sindagricultores y de la Asociación de Juntas de Acción Comunal de las veredas de los Montes de María del municipio de Ovejas. Posteriormente, el cuerpo es encontrado rodeado por personal de la misma Infantería de Marina, vestido de camuflado con tres granadas y un fusil.

Noviembre de 2007: Miembros de la Policía • de Chalán, tropas de la Infantería de Marina Batallón de Fusileros No. 5 de Corozal y miembros del Gaula y CTI hostigaron al tesorero y al vicepresidente de la Corporación Mesa Regional Montes de María “Luis Miguel Gómez Porto”, provocando el desplazamiento forzado de ambos.

27 de marzo de 2008: Fue detenido • arbitrariamente Manuel de Jesús Reyes Reyes, fiscal del Sindicato Departamental de Agricultores de Sucre (Sindagricultores), filial de Fensuagro – CUT. La Armada Nacional presentó ante los medios de comunicación a Luis Miguel Reyes Reyes junto a otros

12 campesinos como milicianos de las FARC. Manuel Reyes es un reconocido líder campesino, quien desde el año 2003 ha sido hostigado por los cuerpos de seguridad del Estado Colombiano. La detención de Manuel Reyes no es un hecho aislado contra los directivos y afiliados de Sindagricultores ya que en esa fecha eran más de 20 sus miembros encarcelados injustamente.

2 de abril de 2008: Hacia las 8:45 a.m. una • niña de 12 años de edad, hija de la Sra. Ingrid Vergara, fue abordada en el patio del colegio en Sincelejo, por tres hombres y una mujer, que se dirigieron a ella desde una camioneta Toyota de color blanco con vidrios polarizados, en la que se movilizaban. El conductor del vehículo procedió a decirle: “te vamos a matar por lo que tu madre está haciendo”. Luego de proferir la amenaza, el automotor salió del lugar. Ingrid Vergara, es una de las líderes más reconocidas del MOVICE en la región.

9 de abril de 2008: Militantes del partido • político Polo Democrático Alternativo (PDA) en Sucre, denuncian amenazas contra sus vidas, al igual que contra sus familiares, por lo cual solicitan al Estado una mayor seguridad para que sus integridades no corran peligro. Los militantes del PDA amenazados son: Ingrid Vergara Chávez, Pedro Geney, Tatiana Niebles y Felipe Aguas. “Estas amenazas son consecuencias del papel que ellos han venido jugando en los procesos de organización del Movimiento Nacional de Víctimas y en defensa de los derechos humanos”, precisa el comunicado que es firmado por el presidente del comité ejecutivo del Polo en Sucre, Franklin Donado Buelvas y por el secretario general de la colectividad, Jorge Velásquez Almanza.

Page 30: Protección de víctimas

Acto simbólico de la Comisión Ética en la finca El Palmar. Foto Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.

Page 31: Protección de víctimas
Page 32: Protección de víctimas

33

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

5. Mecanismos de protección a víctimas y testigos

En el Programa de Protección dentro de Ley 975 de Justicia y Paz entre diciembre de 2007 hasta marzo de 2008 se atendieron 205 casos de víctimas o testigos que pidieron un esquema de protección. El Ministerio de Interior y Justi-cia respondió como Secretaria Técnica del pro-grama a estas solicitudes con las siguientes re-comendaciones para 97 personas: 57 medidas de autoprotección, 18 revistas policiales, 2 plan padrino, 17 apoyos de reubicación temporal, 11 reubicaciones definitivas, 2 medios de comuni-cación avantel, 17 tiquetes áreas nacionales y 1 esquema móvil de protección individual.33

A su vez, el programa de protección del Ministerio de Interior y Justicia ha visto un incremento en las personas que son atendidas dentro del programa. Mientras que en 2000 apenas cubría a 880 personas, en 2007 había 9.444 personas que entraban dentro del programa. En la presentación del informe “Logros 2007 y Metas 2008” el ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi afirma que “están en funcionamiento 562 esquemas de protección con vehículo y 288 blindajes de inmuebles e instalaciones de sistemas técnicos de seguridad”. La gran mayoría de beneficiarios

33. Respuesta a un Derecho de Petición del Ministerio de Interior y Justicia

del programa son concejales, miembros de la UP y/o el Partido Comunista Colombiana y sindicalistas. Los testigos empezaron a entrar al programa desde el 2006 y en 2007 ya había 32 testigos que recibían alguna medida de protección por parte del ministerio.

Hay que resaltar que el programa de pro-tección de víctimas y testigos dentro de la Ley 975 de Justicia y Paz, tanto como el programa de protección del ministerio de interior busca siempre proteger de forma individual a una per-sona amenazada, mientras que una estrategia integral en contra de la amenaza o el victimario no existe dentro del programa. Es más, el mismo marco jurídico promovido por los sucesivos go-biernos de Uribe Vélez, ha creado un marco de impunidad y la falta de garantías para el cumpli-miento de los derechos de las víctimas. En este sentido la reparación integral, la verdad sobre los hechos y la justicia en la práctica se esfuma-ron con el estatuto rural y su consecuente legali-zación de millones de hectáreas despojadas, las versiones libres en donde los mandos paramili-tares han podido contar su verdad y una impu-nidad generalizada que ha dejado a casi 18.000 paramilitares fuera de las manos de la justicia.

Page 33: Protección de víctimas

34

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Decreto 3570 de 2007 reglamentario de la ley de justicia y paz:

Articulo 2°. Población objeto. Se considera como beneficiario del programa creado por el presente decreto a toda víctima o testigo, en los términos de la Ley 975 de 2005, que se encuentre en situación de amenaza o riesgo que atente contra su vida, integridad, libertad y seguridad como consecuencia directa de su participación en el proceso de justicia y paz, o para impedir que intervenga en el mismo.

Artículo 9°. El Subcomité de Protección a Víctimas y Testigos, en el marco de la Ley 975 de 2005, estará adscrito al Comité Interinstitucional de Justicia y Paz y será conformado por un delegado permanente de la Fiscalía General de la Nación, Policía Nacional, Ministerio del Interior y de Justicia, Departamento Administrativo de Seguridad, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Departamento Nacional de Planeación y del Programa Presidencial de Derechos Humanos.

Artículo 11. El Subcomité de Protección de Víctimas y Testigos elaborará el Mapa de Riesgo teniendo en cuenta las recomendaciones e insumos de las diferentes entidades encargadas de la aplicación de la Ley 975 de 2005, organizaciones de víctimas, organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y del Departamento Nacional de Planeación.

Parágrafo 2°. Se pondrán en conocimiento del Ministerio de Defensa Nacional las conclusiones del Mapa de Riesgo con el fin de que coordine los esfuerzos necesarios en el marco de la política de consolidación de la seguridad democrática.

Artículo 19. La Asistencia Inicial consiste en satisfacer las necesidades del beneficiario y su núcleo familiar en materia de alimentación, aseo, asistencia médica y hospedaje. Tendrá una duración máxima de quince días, previa resolución motivada del Grupo Técnico de Evaluación de Riesgo. La entidad o el funcionario correspondiente, una vez tenga conocimiento de la situación de riesgo o amenaza por cualquier fuente, solicitará a la Policía Nacional la ejecución de la Asistencia Inicial dentro de un término no superior a 36 horas, con la finalidad de que asista y proteja de manera inmediata a la víctima o testigo, en el marco de la Ley 975 de 2005.

Artículo 22. El Grupo de Evaluación de Riesgo podrá otorgar las siguientes medidas de protección, adicionales a la Asistencia Inicial:

1. Autoprotección. Son las medidas conscientes y responsables que adopta en forma integral la persona en riesgo o amenaza con el fin de prevenir, minimizar o neutralizar posibles amenazas o atentados en contra de su vida e integridad personal.

2. Medidas blandas. Son los medios preventivos de comunicación para ubicar a la persona en riesgo o amenaza y los elementos de protección que disminuyen el riesgo.

3. Esquemas móviles. Son los recursos físicos y humanos otorgados a los beneficiarios del programa con el propósito de evitar agresiones en contra de su vida.

4. Reubicación. Es el traslado temporal o definitivo de la víctima o testigo en riesgo o amenaza, en el marco de la Ley 975 de 2005, del lugar de residencia a otro sitio del país, evento en el cual se le brinda apoyo para la estabilización socioeconómica.

Page 34: Protección de víctimas

35

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

5.1. Programa de protección a víctimas y testigos de la Ley 975 de 2005 de Jus-

ticia y Paz:

La creación de este decreto de protección nace a raíz de una serie de ataques a diferentes personas y organizaciones que participan en las audiencias de Justicia y Paz en contra de para-militares en todo el país. A continuación detalla-mos algunos de los sucesos:

El 31 de enero de 2007 es asesinada Yolanda Izquierdo, líder de la Organización Popular de Vivienda en el departamento de Córdoba, y representante de centenares de víctimas de ese departamento en las audiencias de confesión del jefe paramilitar Salvatore Mancuso. Había recibido varias amenazas de muerte en diciembre de 2006 y enero de 2007. Había denunciado las amenazas al Fiscal General de la Nación y pedido medidas de protección varias veces, sin obtener resultado. Trabajaba estrechamente con el MOVICE Capítulo Sucre.

Diez días más tarde fue asesinada la dirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores del Sector Bananero Carmen Cecilia Santana. Ella exigía reparación ante el crimen de su esposo a manos de los paramilitares y quien estaba dispuesta a denunciar su caso en el marco de la ley de Justicia y Paz. También fueron asesinados Freddy Abel y Gustavo Espitia, líderes del Comité de Desplazados del municipio de Cotorra (Córdoba). En La Guajira fueron asesinados Óscar Cuadrado Suárez, líder de la Asociación de Desplazados de La Guajira y la maestra indígena Osiris Amaya Beltrán. En abril de 2007 fue asesinada Judith Vergara Correa, quien pertenecía a Corporación Social para la Paz y el Desarrollo Social y trabajaba con la red nacional de iniciativas por la paz (REDEPAZ).

“Estos asesinatos son hechos criminales de la mayor gravedad, que además tienen un impac-to intimidatorio muy fuerte en quienes han con-fiado en los procedimientos establecidos por el gobierno para su participación en el proceso de desmovilización (...) Estas muertes claramente

están dirigidas a silenciar a las víctimas y testi-gos y evitar que se conozca la verdad”. Señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch en un comunicado del 1 de febrero de 2007.

A principios de enero de 2007 es incendiada la sede de la Liga de Mujeres Desplazadas de Turbaco (Bolívar). También ”se ha conocido el robo de bases de datos en distintas organizaciones que contenían información sobre crímenes perpetrados por los paramilitares y en nueve departamentos la Fiscalía General de la Nación y la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, han recibido un total de 190 denuncias de amenazas y hostigamientos contra víctimas, por medio de las cuales se les presiona para que desistan de sus reclamos y en el mejor de los casos les ofrecen irrisorias sumas de dinero para que declinen de sus pretensiones”.

El Secretario Genera al Consejo Permanente de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA en su noveno informe trimestral del 3 de julio de 2007 sostuvo lo siguiente : “Se ha tenido conocimiento que un número considerable de víctimas ha decidido no participar en el proceso de Justicia y Paz aduciendo que no cuentan con los mecanismos de protección suficientes. Este hecho no sólo constituye una alerta de la situación de estas víctimas, sino que debe servir también como generador de acciones concretas destinadas a acompañar y proteger sus vidas. La toma de medidas apropiadas en este sentido, serviría para brindar a las víctimas la oportunidad real que les sean satisfechos sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación; así como para proveer a las autoridades de información crucial para el mejor desarrollo de las investigaciones”.

Respecto a la Ley 975 de 2005 de Justicia y Paz la Federación Internacional de Derechos Humanos declaró: “No se reconocen garantías suficientes a favor de las víctimas en materia de participación en el proceso, ni se han implementado a su favor programas de protección adecuados tendientes a brindar garantías adecuadas. Los mecanismos diseñados

Page 35: Protección de víctimas

36

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

5..2. Programa de protección del Minis-terio de Interior y Justicia:

Como resultado de la presión internacional por la grave situación de derechos humanos que han atravesado los defensores y defensoras de DDHH y líderes sociales en Colombia, desde el Gobierno de Ernesto Samper Pizano, el Estado colombiano se ha dotado de un mecanismo de protección.

para favorecer la supuesta reparación, están dirigidos a excluir la obligación internacional del Estado de reparar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos”.

Ante esta notoria situación de riesgo en que se encuentran las víctimas y testigos que participan en los procesos regulados por la ley 975 de 2005, en el país se empieza un proceso legal para reclamar medidas de protección. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca a través de una sentencia de tutela del 13 de agosto de 2007 a petición de un importante grupo de mujeres pertenecientes a la Iniciativa de Mujeres por la Paz (IMP), le ordena a la Fiscalía General de la Nación y al Ministerio del Interior y de Justicia que, antes del 26 de septiembre se cree un programa de protección.

El 18 de septiembre de 2007, el Ministerio del Interior y de Justicia expidió el decreto 3570, por medio del cual creó el “Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la ley 975 de 2005”. Dicho decreto obliga a la Policía Nacional, al Ministerio del Interior y de Justicia (Dirección de

Derechos Humanos) y a la Fiscalía General de la Nación a tomar medidas para conjurar el riesgo en el que se encuentran las víctimas y testigos por su participación en los procesos regulados por la ley 975 de 2005.

El 16 de mayo de 2008 la Corte Constitucional expide la sentencia T-496/08 en respuesta a la tutela instaurada por “Alianza Iniciativa de Mujeres Colombianas por la Paz” y otras mujeres víctimas de la violencia en 2007 contra el Ministerio del Interior y de Justicia y la Fiscalía General de la Nación.

La Corte Constitucional en el apartado 10.3 de la sentencia T-496/08 observa que en efecto la situación fáctica que reseñan las demandantes entraña una vulneración a los mandatos constitucionales y a las obligaciones internacionales que protegen la seguridad personal.

10.8.2 Las entidades demandadas realizarán las acciones necesarias orientadas a efectuar una revisión integral del Programa de Protección de Víctimas y Testigos de la Ley de Justicia y Paz, a fin de adecuarlo a los principios y elementos mínimos de racionalidad (Supra 8) que conforme a la jurisprudencia y la práctica internacional deben orientar y contener una estrategia integral de protección satisfactoria de las víctimas y testigos de los procesos en los que se investiga grave criminalidad o criminalidad de sistema, como aquella de la cual se ocupan los procesos de esclarecimiento judicial de Justicia y Paz.

Esta revisión integral y adecuación de la estrategia de protección deberá efectuarse en un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la notificación de esta providencia. Cumplido ese término las autoridades responsables rendirán un informe ante el Juez constitucional de primera instancia, en quien se radica el seguimiento al cumplimiento de este fallo de tutela.

Page 36: Protección de víctimas

37

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Caso emblemático de incumplimiento

Hacia las 11:30 a.m. del 9 de octubre de 2007, un padre de familia le preguntó al paramilitar José Gregorio Mangones Lugo, alias “Carlos Tijeras”, por la desaparición de su hijo, sucedida en enero de 2004 en el municipio de Ciénaga (Magdalena). Alias “Tijeras”, quien rendía versión libre ese día, fue comandante del Frente William Rivas, del Bloque Norte de las AUC – ACCU, que operó en Ciénaga, Aracataca, Zona Bananera y Fundación, entre otros municipios del departamento de Magdalena. En su respuesta, alias “Tijeras” negó haber tenido algo que ver en dicha desaparición, aunque reconoció que había conocido a la víctima en una tienda de video que ella frecuentaba. Insatisfecho por tal contestación, el padre de la víctima desaparecida le solicitó a la Fiscal que le preguntara al paramilitar por el esposo de la dueña de la mencionada tienda de video, ya que en su opinión esta persona podría tener información relevante para esclarecer los hechos. “Carlos Tijeras” dijo que sabía quién era esa persona y señaló que su nombre era Edgardo, manifestó que en ocasiones iba a esa tienda de video a sentarse un rato y a alquilar películas, pero desestimó que esta persona pudiera saber algo al respecto. Ese mismo día, hacia las 3:00 p.m., en el municipio de Ciénaga (Magdalena), Edgardo Sandoval Ruiz, dueño de una tienda de video, fue asesinado de varios disparos de arma de fuego por dos hombres que se movilizaban en una moto negra de alto cilindraje. Los hechos se presentaron delante de la esposa de la víctima, en la puerta del establecimiento de comercio, en momentos en los que atendía a un cliente.

Otros casos, como el de Yolanda Becerra, directora de la Organización Femenina Popular (OFP) e integrante del Espacio de Trabajadoras y Trabajadores por los Derechos Humanos de Barrancabermeja, confirman lo peligroso que es participar en los procesos adelantados en contra de los paramilitares. El 16 de septiembre de 2007, en la ciudad de Medellín (Antioquia), durante el desarrollo de la diligencia de versión libre del comandante paramilitar alias “Julián Bolívar”, ante la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación, este hizo manifestaciones agresivas contra Yolanda Becerra. El 4 de noviembre de 2007, en Barrancabermeja (Santander), casi dos meses después de las declaraciones de este reconocido comandante paramilitar, dos hombres armados, encapuchados y vestidos de civil, ingresaron al apartamento de Yolanda Becerra Vega, la amenazaron con un arma de fuego y la golpearon. (…)34

34. “Asesinado testigo nombrado en audiencia de versión libre” Boletín No 20: Serie sobre los derechos de las víctimas y la aplicación de la ley 975, Comisión Colombiana de Juristas, 3 de diciembre de 2007, Bogotá D.C.

La Constitución colombiana obliga en el Preám-bulo y el artículo 2º a las autoridades a asegurar y proteger la vida, honra, bienes, creencias y demás libertades y derechos reconocidos a las personas

residentes en Colombia y teniendo como base la 481 de 1997 en su artículo 8, prorrogada y modifi-cada por la Ley 782 de 2002.

Page 37: Protección de víctimas

38

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

El programa de protección del Ministerio del Interior y de Justicia, tiene el objeto de apoyar al gobierno Nacional en materia de defensa de Derechos Humanos, cuya política está en cabeza del programa Presidencial de Derechos Huma-nos Y Derecho Internacional Humanitario. Este es un programa estrictamente asistencialista, en el cual se brindan exclusivamente acciones materiales de protección de las personas que se encuentran es situaciones de riesgo.

El decreto a su vez trae definido casi de ma-nera taxativa aspectos como riesgo, amenaza, causas relacionadas con la violencia, zona de

Decreto 1834 de 1992 Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:

Por el cual se crea el programa de protección a testigos, víctimas e intervinientes en el proceso penal. La protección y asistencia social referida, se podrá extender al cónyuge, compañero o compañera permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil de las personas mencionadas en el inciso anterior.

Artículo 3°: Las personas que sean amparadas por este programa, podrán tener protección física, asistencia social, cambio de identidad, de domicilio y demás garantías que se requieran según el caso. Cuando las circunstancias así lo justifiquen, dicha protección podrá comprender hasta el traslado al exterior, incluidos los costos de transporte y subsistencia por el tiempo y bajo las condiciones que señale el Fiscal General.

Artículo 5 Parágrafo: La Fiscalía General de la Nación mantendrá en secreto o reserva los archivos de las personas acogidas al programa, no estando obligada bajo ninguna circunstancia a revelarlos

Decreto 2816 de 2006 Ministerio del Interior y de Justicia:

Por el cual se diseña y reglamenta el Programa de Protección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia y se adoptan otras disposiciones.

Artículo 2° Población objeto: El Programa prestará protección a personas comprendidas dentro de los siguientes grupos: (…)

4. Testigos de casos de violación a los derechos humanos y de infracción al derecho internacional humanitario, independientemente de que no se hayan iniciado los respectivos procesos disciplinarios, penales y administrativos, en concordancia con la normatividad vigente. (…)

Artículo 3 Parágrafo 2: Las responsabilidades frente al Programa de Protección a cargo del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS, se irán reduciendo gradualmente en la medida en que se vayan cumpliendo las distintas etapas del proceso de traslado del mismo hasta su finalización, esto es, el 30 de diciembre de 2008. Igualmente, se irá reduciendo en forma gradual el cupo de escoltas contratistas hasta la finalización de dicho proceso.

riesgo, y los criterios para la evaluación de ries-go y las circunstancias del riesgo. En la medida que las circunstancias de cada caso no se ajus-ten a tales definiciones, la ayuda puede ser ne-gada. En relación a esto es preciso decir que las circunstancias de riesgo y amenaza en una zona de conflicto son muy diversas, en muchas oca-siones al exhaustivo análisis técnico del riesgo, puede que no parezcan graves o peor aún, que la forma como se presenta la amenaza no pueda ser probado de manera efectiva.

El decreto señala como órganos competentes para el desarrollo del Programa a La Dirección de

Page 38: Protección de víctimas

39

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia, a cargo del cual está la coordinación de mismo; y el Comité de Reglamentación y Eva-luación de Riesgos (CRER). Este último es quien toma las decisiones de adoptar o no mediadas de protección a favor de alguna persona. Un ele-mento critico de esta instancia de evaluación de riesgo es que ha centrado su atención de mane-ra exclusiva en las medidas protectiva materia-les, sin que se estudien analicen o apliquen me-didas políticas y acciones más preventivas para generar un ambiente general de protección a las poblaciones que se encuentran en grave situa-ción de riesgo.

La implementación de medidas está sujeta a estas reuniones, lo que en muchas ocasiones dificulta que de manera oportuna se tomen las medidas pertinentes. El procedimiento señalado en el decreto establece que con posterioridad a la recepción de la solicitud, se somete a un aná-lisis sobre la pertinencia de la misma, luego se hace una evaluación del nivel de riesgo y grado de amenaza, que realiza la policía Nacional o el Departamento Administrativo de Seguridad DAS, y que en la práctica están demorando aproxima-damente un mes en la entrega de dicho resulta-do. Obtenido el resultado, se presenta al CRER para que adopte las medidas correspondientes. La demora en los procedimientos obstaculiza la protección de la vida e integridad de las perso-nas en riesgo, a pesar de que existe un procedi-miento de emergencia (Art. 24 del Decreto 2816

del 2006), la adopción de medidas siempre pa-sara por la recomendación previa del CRER.

En la implementación de las Medidas Materiales de protección, hay una dificultad recurrente. Cuando el CRER adopta como medidas duras de protección los esquemas de seguridad y las unidades de escoltas, estos son funcionarios o contratistas del DAS. Jorge Noguera, su antiguo director, mantenía una estrecha relación con Jorge 40 y en octubre de 2008, la directora del DAS, María del Pilar Hurtado, renunció a su cargo después de conocerse el seguimiento ilegal del DAS a la oposición política.

Podríamos decir que en la implementación

del programa la ritualidad, y la tramitación son acciones que impiden que se proteja la vida de personas en situación de riesgo inminentes en algunos casos. La misma reglamentación del programa permite que la adopción de medidas sea de carácter discrecional de los funcionarios encargados de implementar el programa.

Y más grave aún es que la adopción de medidas materiales de protección no debe ser la política de derechos humanos, porque cuando los factores de riesgo persisten las medidas materiales siempre serán ineficaces, son innumerables los casos de personas asesinadas o desaparecidas aún gozando de medidas materiales de protección.

Page 39: Protección de víctimas

40

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Caso emblemático de incumplimiento

El 8 de noviembre de 2006 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorga medidas cautelares para 17 líderes sociales de departamento de Sucre. Todos/as hacen parte del MOVICE y se les conceden las medidas luego de que se conociera una lista de exterminio que al parecer fue elaborada por políticos que se encuentran comprometidos con el paramilitarismo desde sus orígenes en la región. Entre ellos/as se encuentra la pareja Juan David Díaz Chamorro y Malena Mariet Martínez.

Juan David Díaz es hijo del ex alcalde del municipio de El Roble, Eudaldo Díaz, desaparecido y asesinado en 2003 por grupos paramilitares bajo las órdenes de Rodrigo Pelufo, alias ‘Cadena’ y con el ex gobernador Arana Sus como autor intelectual del crimen.

Juan David Díaz desde noviembre de 2006 cuenta con un esquema de seguridad del Ministerio de Interior y Justicia que en junio de 2008 consiste de 4 escoltas (2 de ellos policiales), vehículo blindado nivel 3, chalecos antibalas, equipos de comunicación celular y servicio policial de puesto fijo en su lugar de residencia. En diciembre de 2006 manifestó preocupación por posible infiltración de su esquema de seguridad para realizar un atentado en contra de su vida y solicitó por parte del Estado.

Entre el mes de diciembre y febrero de 2007, fue víctima de hostigamientos, seguimientos y amenazas por parte de “civiles” armados de la estrategia paramilitar, estos riesgos se extendieron a su esposa y a su hermana.

El 12 de enero de 2008 cuando regresaba a su casa la esposa de Juan David, Malena Mariet Martínez, acompañada de uno de sus escoltas, se percataron que dos personas armadas intentaban ingresar a la casa de la familia Díaz. Al ser sorprendidos los sujetos, aparecieron en el lugar otros dos individuos montados en motocicletas. A pesar de que emprendieron la fuga, uno de los hombres fue detenido por el escolta y entregado a las autoridades. El capturado fue identificado por la Fiscalía como un peligroso delincuente proveniente del departamento de El César. No obstante, la policía local lo puso inmediatamente en libertad.

La Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República en su seguimiento a la situación de ddhh en Sucre ha solicitado seguimiento del caso de Juan David y Malena y el incremento de protección a la Policía Nacional de Sucre, Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.

La respuesta obtenida desde la Defensoría del Pueblo es que pidió a la fuerza pública y la Unidad de DDHH y DIH de la Fiscalía que dentro de sus competencias adoptara medidas necesarias para proteger los derechos amenazados o vulnerados de la población civil afectada como consecuencia del conflicto armado. La Fiscalía le respondió que adelantará averiguaciones administrativas para determinar si ya existe investigación y poder proceder en consecuencia. Y la Inspección General de la Armada Nacional, detalla el esquema de seguridad adoptado en la región y finalmente, con fecha del 2 de junio de 2008 solicita al alcalde de San Onofre, Edgar Eduardo Benito Rebollo, la realización de un Consejo de Seguridad.

Page 40: Protección de víctimas

41

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

Artículo 25 del Reglamento de la CIDH sobre Medidas Cautelares:

1. En caso de gravedad y urgencia y toda vez que resulte necesario de acuerdo a la información disponible, la Comisión podrá, a iniciativa propia o a petición de parte, solicitar al Estado de que se trate la adopción de medidas cautelares para evitar daños irreparables a las perso-nas.

4. El otorgamiento de tales medidas y su adopción por el Estado no constituirán prejuzgamiento sobre el fondo de la cuestión.

5.3. Medidas Cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

(CIDH)

Las Víctimas de Crímenes de Estado encuentran dificultades en entrar a programas de protección a víctimas y testigos, ya que el Estado desconoce la existencia de crímenes de Estado. En consecuencia, el riesgo de dichos testigos y víctimas es más elevado. Uno de los mecanismos a los que se ha acudido es en ámbito internacional, las medidas de protección de la CIDH. Hay decenas de miembros del MOVICE que cuentan con medidas de la CIDH, solo en Sucre hay 17 personas del capítulo que tienen medidas cautelares.

La CIDH para desarrollar sus funciones tiene el respaldo de la Convención Interamericana, de la Asamblea General de la OEA y las disposiciones de sus propios procedimientos. De esta forma puede desarrollar las acciones pertinentes y necesarias para que el Estado Colombiano dé cumplimiento a sus decisiones. Sin embargo, al momento de la adopción de las medidas de protección tanto lo beneficiarios/as y peticionarios/as se encuentran con las siguientes dificultades:

1. No existe una respuesta oportuna, eficaz e in-mediata por parte del Estado Colombiano en la adopción de las medidas decretadas por CIDH.

2. Esta situación se evidencia en la inexistencia de procedimientos, términos, y responsabili-dades de las instituciones y servidores públi-cos para atender el requerimiento.

3. Existe la tendencia por parte del Estado, especialmente por parte del Ministerio del Interior a desconocer a los peticionarios/as como parte del proceso de adopción.

4. El Estado promueve, ante la necesidad de una protección colectiva de los beneficiarios/as, que estos/as hagan acuerdos unilaterales con las entidades, especialmente con el Ministerio del Interior, incentivando entre otros, la dispersión y el distanciamiento entre peticionarios/as y beneficiarios/as y la desnaturalización de las medidas cautelares.

5. Igualmente, el Estado, diluye su responsa-bilidad internacional al incluir el proceso de adopción de medidas cautelares en los pro-gramas de protección acordados con secto-res de la población.

6. La diversidad de entidades del Estado, quienes al momento de la concertación expresan posiciones diferentes frente al cumplimiento del requerimiento internacional, dilatan el proceso de adopción de las medidas, evidenciando de esta forma falta de compromiso y poca comprensión sobre la vinculación legal del Estado con las decisiones de los organismos internacionales.

7. En este sentido, se expresa ausencia de coordinación entre las mismas, sin descontar el escaso o nulo papel de la cancillería en esta tarea.

8. Existe la tendencia a nombrar en estas responsabilidades por parte de las entidades

Page 41: Protección de víctimas

42

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

públicas comprometidas con el tema, a personas de bajo perfil, sin poder de decisión que dilatan la adopción de las medidas, pues generalmente deben consultarlas con sus superiores.

9. Priorización por parte de los servidores públicos de las medidas de orden material sobre las medidas de orden político.

10. Esta situación se evidencia en las pocas acciones de carácter político orientadas a neutralizar a los agentes perturbadores y violadores de derechos humanos. Obligando como medida prevalente de protección para los beneficiarios/as el desplazamiento del territorio y el abandono de su organización social y su familia.

11. Las investigaciones, tanto penales como disciplinarias, en la mayoría de casos no arrojan resultados satisfactorios, quedando en la impunidad las innumerables violaciones

a los derechos humanos que dieron origen a las medidas cautelares.

12. En la generalidad de los casos, aun existiendo pronunciamiento expreso de la Comisión con respecto a la protección de una persona, el Estado la somete a innumerables estudios de riesgos y posterior aprobación del CRER, condicionando la adopción de la medida cautelar a sus resultados.

El Estado Colombiano en su afán de dilatar su obligación internacional omite sus deberes generales adquiridos al momento de suscribir la Convención Interamericana. Valga mencionar, en términos gruesos, que el Estado al no poseer la intención de reprimir las violaciones de Derechos Humanos omite entre otros el deber de prevenir, investigar, y sancionar todo acto que conlleve hacia una conculcación de derechos de las personas, al no implementar de manera rápida y efectiva las recomendaciones de la CIDH al respecto.

Page 42: Protección de víctimas

43

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

6. MOVICE: una propuesta de protección integral

Frente a una política gubernamental carente de una protección integral a víctimas y testigos, el MOVICE propone medidas específicas de implementación para garantizar la labor de sus integrantes:

6.1. Garantías al Acompañamiento a víctimas y familiares

La protección de la vida e integridad física de los miembros del Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, está orientada a la protección a la labor que realizan los beneficiarios en el país en el acompañamiento a las víctimas de violaciones a los derechos humanos y a los familiares y sobrevivientes de los graves hechos que han ocurrido. En la labor de acompañamiento a las víctimas y sus familiares, los miembros del Movimiento de Víctimas requieren que se respete y garantice los derechos de asociación, libertad de expresión y de movilidad, tanto a ellos como a las personas que acompañan, para lo cual es necesario el combate a estructuras paramilitares que se mantienen en la región, así como la depuración de la fuerza pública y la decodificación de archivos de inteligencia que existan sobre cualquiera de los beneficiarios de las presentes medidas, informando de su existencia y contenidos a los beneficiarios y sus peticionarios de las presentes medidas.

6.2. Garantías a la afirmación del dere-cho a la Verdad, Justicia y Reparación

Integral. Para garantizar estos derechos, se requiere

que el Estado colombiano brinde la información necesaria sobre el estado de las investigaciones que se adelantan sobre violaciones a los derechos humanos, las cuales se solicita que sean unificadas en la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación.

La propuesta de seguimiento a las investigaciones se hará de manera concertada con los beneficiarios y peticionarios, a partir del primer informe que proporcione la Fiscalía General de la Nación sobre el estado actual de las investigaciones.

6.3. Garantías a la custodia de lugares e información sobre violaciones a los

derechos humanos Desde el derecho a exhumar y enterrar, el

Movimiento de Víctimas, y los familiares de los desaparecidos acompañados por el movimien-to, requieren que se protejan los lugares donde se tiene conocimiento de la existencia de fosas comunes. Estas medidas de protección de las fo-sas son necesarias para evitar la manipulación

Page 43: Protección de víctimas

44

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

y el ocultamiento de pruebas, y/o la segunda desaparición de los restos y deben ser asumidas en acciones concertadas entre los peticionarios, beneficiarios y organismos de control del Es-tado. Deben ser acciones civiles en materia de protección que incluyen organismos nacionales e internacionales especializados en esa labor.

Se requiere la unificación de investigaciones tendientes a esclarecer estos hechos de des-aparición forzada, el proceso de exhumación, identificación y ubicación de responsabilidades por los crímenes cometidos. Para ello, las inves-tigaciones unificadas deben ser llevadas por un grupo especial de fiscales bajo la dirección de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Ge-neral de la Nación, que brinden información per-manente sobre el estado de estas investigacio-nes a los miembros del Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado. El hecho que en muchas ocasiones la fiscalía no tenga información sobre quien está en la fosa, no logra posteriormente la identificación de las personas encontradas y por ende no puede involucrar a los familiares

garantizando el derecho a la participación de los familiares en todas las fases del mecanismo de búsqueda previsto en el Plan Nacional de Bús-queda de Personas Desparecidas, es necesario garantizar a los miembros del Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado la posibilidad de un monitoreo de las exhumaciones.

La propuesta de Custodia de Fosas se realiza-rá por parte de los beneficiarios y peticionarios de las medidas, a partir del primer informe que proporcione la Fiscalía General de la Nación so-bre el estado de las investigaciones en los proce-sos de ubicación de fosas, exhumación e identi-ficación, realizados a la fecha.

A la vez se considera fundamental la custo-dia y protección de información, registros y ban-cos de datos de las organizaciones de derechos humanos, comunidades, universidades y otras entidades que hacen registro de la historia de violencia y victimización de las últimas décadas. Varias organizaciones pertenecientes al MOVICE han sido víctimas en los últimos años de robo de

Lanzamiento de la Comision Ética. Foto Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.

Page 44: Protección de víctimas

45

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

información, que por un lado pone en peligro la vida de testimonios y víctimas y por otro lado vulnera el derecho a la verdad y memoria histó-rica sobre los hechos.

6.4. Garantías a la aplicación de mecanismos de protección, restitución

y titulación de tierras Dentro de la labor del Movimiento de Vícti-

mas, se acompañan a poblaciones desplazadas forzadamente y población retornada, en el desa-rrollo de la restitución de derechos a las victimas del desplazamiento forzado, incluidas algunos de los beneficiarios de las presentes medidas. Se requiere la aplicación inmediata del Decreto 2007 del 2003, declarando la región de Sucre y Bolívar como lugares donde han ocurrido des-plazamientos forzados desde 1997, con el fin que una vez realizado este acto administrativo se proceda a la protección de las tierras abando-nadas por causa del desplazamiento, mientras se generan las garantías de retornos con digni-dad, seguridad, voluntariedad y sostenibilidad a

cada uno de los lugares de origen. Así mismo, se requiere que se titulen las tierras de los campe-sinos que han tenido posesión sobre las tierras porque la ausencia de reconocimiento legal de la propiedad pone en mayor riesgo sus tierras. Se requiere que se incluya dentro de la mesa de tierras precedida por la Procuraduría General de la Nación, la constitución de una comisión es-pecial que verifique la situación de las tierras y brinde un informe sobre la situación y las pro-puestas de titulación y restitución de tierras.

6.5. Garantías en los procesos de justicia ordinaria

Se requiere la constitución de un grupo especial de investigaciones sobre las violaciones a los derechos humanos vinculados al Estado. Este grupo debe ser coordinado desde la unidad nacional de los derechos humanos de la Fiscalía de la Nación, debe unificar todas las investigaciones y proporcionar información de manera periódica a los beneficiarios y peticionarios de medidas de protección, sobre el estado de las mismas,

Audiencia Publica San Onofre - Discurso de Ivan Cepeda. Foto Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.

Page 45: Protección de víctimas

46

LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

tendientes al esclarecimiento de los hechos y a la determinación de responsabilidades penales. Además de los peticionarios, la información sobre el estado de las investigaciones debe ser puesta en conocimiento a los organismos de control como la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría Nacional del Pueblo, para que cada una de ellas haga seguimiento y determina las acciones que les competa seguir.

Se debe garantizar la participación del MOVICE en el seguimiento del estado de las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos (conocimiento del estado de las investigaciones y veeduría). En este sentido, se requiere el diseño de un mecanismo de participación dentro de las investigaciones preliminares y el conocimiento de las investigaciones archivadas. Esto con el fin de generar las condiciones iniciales de esclarecimiento como derecho de las víctimas y sus familiares. La propuesta de seguimiento a las investigaciones se hará de manera concertada con los beneficiarios y peticionarios, a partir del primer informar que proporcione la Fiscalía General de la Nación sobre el estado actual de las investigaciones.

Dentro del procedimiento de esclarecimiento de responsabilidades se requiere el inicio de investigaciones penales. Estas investigaciones deben iniciarse de oficio por la unidad nacional de los ddhh de la Fiscalía General de la Nación y las acciones disciplinarias respectivas por parte de la Procuraduría General de la Nación.

Se exige condena para los responsables materiales e intelectuales de las violaciones a los derechos humanos. Las investigaciones deben mostrar resultados reales en la identificación de responsabilidades materiales e intelectuales, con condena dentro de lo presupuesto en la justicia ordinaria. Así mismo, se espera que sea de conocimiento público las sanciones y condenas como el reconocimiento de responsabilidad por acción y/o omisión del estado colombiano.

Como garantía de no repetición se requiere el combate y la desestructuración de los grupos paramilitares que siguen operando, los cuales deben ser procesados en la ley de justicia ordinaria y no tener ningún tipo de privilegios dentro de la Ley 975. Las investigaciones deben establecer la responsabilidad de los financiadotes y auspiciadotes de este tipo de estructuras.

Objetos para la Comision Ética. Foto Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.

Page 46: Protección de víctimas

47

MOVIMIENTO NACIONAL DE VICTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO

6.6. Cese de criminalización y estigmatización a las víctimas, testigos

e integrantes del MOVICE.

La criminalización y estigmatización realizada por parte de funcionarios públicos, integrantes del gobierno colombiano y la fuerza Pública a las víctimas, testigos e integrantes del MOVICE han puesto en riesgo la vida, libertad e integridad personal de dichas personas, legitimando o incluso induciendo diferentes tipos de agresiones contra estos.

Pese a la Directiva Presidencial No. 011 de julio de 1997 y la directiva 09 del Ministerio de Defensa de 2003, que prohíben a funcionarios públicos y miembros de las Fuerzas Publicas a señalar a defensores de derechos humanos, en la práctica hay una agresión sistemática que busca deslegitimar y criminalizar el accionar de estos.

El 6 de marzo de 2008 el MOVICE convocó nacional e internacionalmente una marcha en homenaje con las victimas del paramilitarismo y los crímenes de Estado. El asesor presidencial José Obdulio Gaviria aseguró que la marcha contaba con el respaldo de las FARC-EP, creando un clima de hostilidad frente al MOVICE que dejó como resultado la muerte de cuatro de sus integrantes en las semanas siguientes y multiples amenazas y en consecuenica el desplazamiento forzado de varios de lideres y liderezas. Meses después el presidente Uribe señaló de forma directa en una intervención que hizo en la Universidad de Monteria -Córdoba a uno de los voceros del MOVICE, Iván Cepeda Castro:

“Ellos se arropan en la protección de las víctimas y la protección de las víctimas les sirve para tener ONG que piden plata en la comunidad internacional, la protección de las víctimas le sirve para instigar la violación de los derechos

humanos en contra de las personas que no comparten sus ideas (…) Que van a ir a hablar con unos senadores para que no aprueben el TLC, para que le manden una carta de regaño al Presidente Uribe desde la comunidad internacional” (…) 35.

Consideramos que organizaciones y organismos internacionales deben condenar cualquier tipo de señalamiento, estigmatización o criminalización del MOVICE, sus integrantes, las víctimas y testigos. Se deben dignificar a las personas que han sido víctimas, sea de detenciones, desapariciones, desplazamiento forzado, asesinatos, tortura u otras agresiones. Se rechaza totalmente que estas víctimas sean estigmatizadas como delincuentes, drogadictos, insurgentes, y otros calificativos que utilizan, para justificar dichas agresiones. A su vez se exige al Gobierno colombiano la depuración por parte del Estado de las listas elaboradas por organismos de inteligencia militar, las cuales han contribuido a la estigmatización y la eliminación sistemática de quienes integran el movimiento social y de derechos humanos. El respaldo al labor de organizaciones de derechos humanos y organizaciones de victimas como es el MOVICE en especifico es responsabilidad directa del Estado Colombiano y debería ser el fundamento de su trabajo frente a los defensores de derechos humanos.

Por último cabe decir que desde el MOVICE se considera que la protección integral va a la mano de elementos de acompañamiento internacional, trabajo político en el exterior, vínculos con organizaciones y localidades internacionales y estrategia en los medios de comunicación. El aumento del perfil de la actuación de los/as líderes, comunidades y organizaciones, así como un aumento de la actuación de exigibilidad ante las instancias de Gobierno y de la comunidad internacional, fortalece la legalidad, legitimidad y el costo político de posibles agresiones.

35. “De Ver 434, En Monteria, Nuevos señalamientos de Uribe a Ivan Cepeda”, Comision Intereclesial de Justicia y Paz, 07/05/2008.

Page 47: Protección de víctimas
Page 48: Protección de víctimas