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    INBURSA SIEFORE BSICA 3, S.A. DE C.V.Sociedad de Inversin Especializada de Fondos para el Retiro .

    Sociedad de Inversin Bsica 3.

    P r o s p e c t o d e I n f o r m a c i n

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    Prospecto de InformacinI nbu r sa S ie f o re B s i ca 3 , S . A . de C . V .

    Sociedad de Inversin Especializada de Fondos para el Retiro

    Inbursa Siefore Bsica 3, S.A. de C.V. (en lo sucesivo denominada tambin Inbursa Siefore Bsica 3, la Sociedad o laSociedad de Inversin), es una Sociedad de Inversin Especializada de Fondos para el Retiro (SIEFORE),que es operada yadministrada por Afore Inbursa, S.A. de C.V. (en adelante identificada tambin como Afore Inbursa o la

    Administradora).Sociedad de Inversin Bsica 3, organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley de losSistemas de Ahorro para el Retiro (en lo subsecuente tambin referida como la Ley o Ley SAR) y su Reglamento (enadelante RLSAR), as como por las disposiciones de carcter general expedidas por la Comisin Nacional del Sistema de

    Ahorro para el Retiro (en lo sucesivo tambin referida como la Comisin o la CONSAR). Tiene por objeto exclusivo invertirlos recursos provenientes de las cuentas individuales que reciba en los trminos de las Leyes de Seguridad Social,otorgando para tal efecto la mayor seguridad en su manejo, obteniendo asimismo un adecuado nivel de rentabilidad de losrecursos de los Trabajadores. Igualmente, Inbursa Siefore Bsica 3 buscar lograr un incremento del ahorro interno a travsde fomentar el desarrollo de un mercado de instrumentos de largo plazo, acorde con el sistema de pensiones.

    A tal efecto, proveer que las inversiones se canalicen preponderantemente, a travs de su colocacin en valores, afomentar:

    a) La actividad productiva nacional;b) La mayor generacin de empleo;c) La construccin de vivienda;d) El desarrollo de infraestructura estratgica del pas, ye) El desarrollo regional.

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    PROSPECTO DE INFORMACININBURSA SIEFORE BSICA 3, S.A. DE C.V.

    Sociedad de Inversin Especializada de Fondos para el RetiroSociedad de Inversin Bsica 3

    I. Definiciones

    Para efectos de este prospecto, se entender por:

    I. Administracin del Riesgo Financiero, al conjunto de objetivos, polticas, procedimientos y acciones que seimplementen para identificar, medir, monitorear, limitar, controlar, informar y revelar los distintos tipos de riesgoa que se encuentran expuestas las Sociedades de Inversin;

    II. Administradoras, a las administradoras de fondos para el retiro, as como las instituciones pblicas que realicenfunciones similares;

    III. Activo Administrado por el Mandatario, al valor de mercado de los Activos Objeto de Inversin de la Sociedadde Inversin que se encuentre bajo la gestin financiera de cada Mandatario contratado por dicha Sociedad deInversin

    IV. Activo Administrado por la Sociedad de Inversin, al valor de mercado de los Activos Objeto de Inversin de laSociedad de Inversin directamente gestionado en materia de inversiones por sta;

    V. Activo Total de la Sociedad de Inversin, a la suma del Activo Administrado por una Sociedad de Inversin y delos Activos Administrados por los Mandatarios contratados por dicha Sociedad de Inversin;

    VI. Activos Objeto de Inversin, a los Instrumentos, Divisas, Valores Extranjeros, Componentes de Renta Variable,Inversiones Neutras, Estructuras Vinculadas a Subyacentes, Mercancas y operaciones con Derivados, reportosy prstamos de valores;

    VII. Ahorro Voluntario, a las Aportaciones Complementarias de Retiro, Aportaciones Voluntarias, AportacionesVoluntarias con Perspectiva de Inversin de Largo Plazo y Aportaciones de Ahorro de Largo Plazo que realicenlos Trabajadores;

    VIII. Aportaciones Complementarias de Retiro, a las aportaciones realizadas a la subcuenta de aportacionescomplementarias de retiro a que se refiere el artculo 79 de la Ley;

    IX. Aportaciones de Ahorro a Largo Plazo, a las aportaciones realizadas por los Trabajadores a la subcuentaprevista en la fraccin VII del artculo 35 del RLSAR;

    X. Aportaciones Voluntarias, a las aportaciones realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias a que serefiere el artculo 79 de la Ley, sin considerar a las Aportaciones Voluntarias con Perspectiva de Inversin deLargo Plazo;

    XI. Aportaciones Voluntarias con Perspectiva de Inversin de Largo Plazo, a las Aportaciones Voluntarias a que serefiere el artculo 151 fraccin V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta;

    XII. Bancos, a las Instituciones de Crdito, as como a las entidades extranjeras que realicen las mismasoperaciones que las Instituciones de Crdito;

    XIII. Bolsa de Derivados, a la sociedad que tenga por objeto proveer las instalaciones y dems servicios para que secoticen y negocien los Derivados;

    XIV. Calificacin de Contraparte, a la asignada por las instituciones calificadoras de valores autorizadas por laComisin Nacional Bancaria y de Valores a los intermediarios para la celebracin de operaciones con reportos,prstamo de valores, Derivados o depsitos bancarios;

    XV. Canasta de ndices, al conjunto de ndices accionarios, o subndices que de ellos se deriven, de PasesElegibles para Inversiones, elaborado con base en alguno(s) de los ndices accionarios previstos en las

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    Disposiciones de carcter general que establecen el rgimen de inversin al que debern sujetarse lassociedades de inversin especializadas de fondos para el retiro;

    XVI. Categora, a cada uno de los lmites de inversin relativos a la calificacin de los Instrumentos de Deuda oValores Extranjeros de Deuda, determinados en las Disposiciones de carcter general que establecen elrgimen de inversin al que debern sujetarse las sociedades de Inversin especializadas de fondos para elretiro;

    XVII. Certificados Burstiles, a los ttulos de crdito previstos en la Ley del Mercado de Valores, que representan laparticipacin individual de sus tenedores en un crdito colectivo a cargo de personas morales, o de unpatrimonio afecto en fideicomiso;

    XVIII. Certificados de Participacin, a los Instrumentos a que se refiere el Captulo V Bis de la Ley General de Ttulosy Operaciones de Crdito;

    XIX. Comisin, a la Comisin Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro;

    XX. Comit de Anlisis de Riesgos, al previsto en el artculo 45 de la Ley;

    XXI. Comit de Inversin, al previsto en el artculo 42 de la Ley;

    XXII. Comit de Riesgos Financieros, al previsto en el artculo 42 bis de la Ley;

    XXIII. Comit de Valuacin, al previsto en el artculo 46 de la Ley;

    XXIV. Componentes de Renta Variable, a los Instrumentos de Renta Variable y Valores Extranjeros de Renta Variablecon los que se obtenga exposicin a activos accionarios autorizados a travs de Vehculos que confieranderechos sobre los mismos, acciones o Derivados;

    XXV. Consejero Independiente, al referido en el artculo 29 de la Ley SAR;

    XXVI. Consejo de Administracin, al previsto en los artculos 20 y 29 de la Ley SAR;

    XXVII. Contralor Normativo, al previsto, para las Administradoras, en el artculo 30 de la Ley SAR y para las EmpresasOperadoras, en el correspondiente Ttulo de Concesin;

    XXVIII. Contrapartes, a las instituciones financieras con quienes las Sociedades de Inversin pueden celebraroperaciones con Derivados, reporto y prstamo de valores, en trminos de las Disposiciones del Banco deMxico, as como aqullas en las que realicen depsitos bancarios de dinero a la vista;

    XXIX. Contratos Abiertos, a las operaciones celebradas con Derivados respecto de las cuales no se haya celebradouna operacin de naturaleza contraria con la misma Contraparte;

    XXX. Costos de Corretaje, a los ingresos que perciban los Intermediarios Financieros, as como las sociedades queadministran los sistemas para facilitar operaciones con valores, cmaras de compensacin o Contrapartescentrales directamente a consecuencia de su labor de intermediacin en el mercado de valores o en el mercadode Derivados, diferentes a los Costos por Asesora;

    XXXI. Costos por Asesora, aquellos que se generen con motivo de asesora, administracin, gestin, manejo,mantenimiento o cualquier otro anlogo cualquiera que sea la denominacin que se le d, que cobren directa oindirectamente, los Prestadores de Servicios Financieros, o los Prestadores de Servicios Independientes, o quese deriven de la adquisicin de Activos Objeto de Inversin, Vehculos, o la adquisicin o estructuracin deEstructuras Vinculadas a Subyacentes por parte de las Sociedades de Inversin, distintos de los Costos deCorretaje;

    XXXII. Cupn, al ttulo de crdito accesorio que viene adherido a un Instrumento de Deuda o Valor Extranjero deDeuda;

    XXXIII. Custodio, al Intermediario Financiero que reciba instrumentos o valores para su guarda, o a las institucionesautorizadas para los fines anteriores;

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    XXXIV. Derivados, a las Operaciones a Futuro, Operaciones de Opcin, y Contratos de Intercambio (Swaps),incluyendo Operaciones a Futuro sobre Contratos de Intercambio (Swaps), Operaciones de Opcin sobreOperaciones a Futuro y Operaciones de Opcin sobre Contratos de Intercambio (Opciones sobre Swaps)1, aque se refieren las Disposiciones del Banco de Mxico.

    XXXV. Diferencial del Valor en Riesgo Condicional, a la diferencia en el Valor en Riesgo Condicional de la cartera deuna Sociedad de Inversin y el Valor en Riesgo Condicional de esa misma cartera calculada excluyendo lasposiciones en Derivados conforme a las secciones I y III del Anexo L del presente prospecto;

    XXXVI. Desviacin Permitida, a la diferencia en la ponderacin de una o ms acciones que integren un ndice oCanasta de ndices con respecto al ndice o Canasta de ndices que replique un Componente de RentaVariable, de conformidad con las Disposiciones de carcter general que establecen el rgimen de inversin alque debern sujetarse las sociedades de inversin especializadas de fondos para el retiro;

    XXXVII. Da de Valuacin, a la fecha en que estar vigente el precio de la accin de la Sociedad de Inversin;

    XXXVIII. Disposiciones del Banco de Mxico, a las dirigidas a las sociedades de inversin especializadas de fondos parael retiro en materia de operaciones financieras conocidas como derivadas, de reporto y de prstamo de valores,expedidas por el Banco Central;

    XXXIX. Divisas, a los dlares de los Estados Unidos de Amrica, euros, yenes, las monedas de los Pases Elegiblespara Inversiones que el Comit de Anlisis de Riesgos determine, considerando la seguridad de las inversionesy el desarrollo de los mercados, as como otros elementos que dicho cuerpo colegiado juzgue que es necesario

    analizar;

    XL. Ejercicio de Derechos Patrimoniales, al pago de dividendos en efectivo, dividendos en acciones, suscripciones,canjes u otros anlogos a los anteriores que se encuentren relacionados con un Instrumento de Renta Variableo Valor Extranjero de Renta Variable;

    XLI. Emisores Extranjeros, a los Gobiernos, Bancos Centrales y Agencias Gubernamentales de Pases Elegiblespara Inversiones, as como las entidades que emitan valores bajo la regulacin y supervisin de stos y losorganismos multilaterales distintos de los sealados en la definicin de Inversin Neutra;

    XLII. Emisores Nacionales, al Gobierno Federal, Banco de Mxico, Empresas Privadas, entidades federativas,municipios, Gobierno del Distrito Federal y Entidades Paraestatales, que emitan Instrumentos, as como lasEntidades Financieras, que emitan, acepten o avalen dichos Instrumentos;

    XLIII. Empresas Privadas, a las sociedades mercantiles de nacionalidad mexicana autorizadas para emitir valores, ascomo a las Entidades Financieras;

    XLIV. Entidades Financieras, a las autorizadas conforme a la legislacin financiera mexicana para actuar como:almacenes generales de depsito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, Instituciones deCrdito, instituciones de fianzas, instituciones de seguros y sociedades financieras de objeto limitado o mltiple;

    XLV. Estructuras Vinculadas a Subyacentes, a los activos que cumplan con las siguientes caractersticas:

    a) Ser ofertados mediante un mecanismo de oferta pblica en algn Pas Elegible para Inversiones;

    b) Tener una estructura de pago de flujos a los inversionistas integrada por los siguientes dos componentes:

    i. Un bono cupn cero no subordinado, o en su caso un pago con estructura financiera similar a ste, a

    travs del cual se devuelve al inversionista en la fecha de vencimiento del ttulo el monto invertido. Este

    1nicamente en lo que respecta a Operaciones a Futuro sobre Contratos de Intercambio (Swaps) y Operaciones de Opcinsobre Contratos de Intercambio (Swaps) stos iniciarn su vigencia al entrar en vigor las modificaciones a la Circular1/2002 Reglas a las que debern sujetarse las Sociedades de Inversin Especializadas de Fondos para el Retiro en lacelebracin de operaciones financieras conocidas como derivadas. que para efectos de regular el tratamiento de dichasoperaciones, expida Banco de Mxico y la Sociedad de Inversin Bsica 3 obtenga la no objecin de la Comisin. La

    presente salvedad no aplicar a las Operaciones de Futuro sobre Contratos de Intercambio (Swaps) que se encuentrenlistadas en el mercado mexicano de Derivados previamente a la fecha de emisin de las Disposiciones de carcter generalque establecen el rgimen de inversin al que debern sujetarse las Sociedades de Inversin especializadas de Fondos parael Retiro publicadas en el Diario Oficial de la Federacin el 01 de octubre de 2013.

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    componente puede estar denominado en pesos, Unidades de Inversin o Divisas y puede ser emitidopor Emisores Nacionales o Extranjeros.

    ii. El pago de cupones, cuyo valor est vinculado a Divisas, Unidades de Inversin, pesos, tasas deinters reales o nominales, el ndice nacional de precios al consumidor, Mercancas, Componentes deRenta Variable o una combinacin de las anteriores. El valor de los cupones en ningn caso podr sernegativo. Dicho valor podr determinarse a travs de Derivados autorizados.

    c) En su caso, la estructura de pago de flujos al inversionista puede ofrecer un vencimiento no definido, a cienaos o a un plazo mayor a ste;

    d) Contar con las calificaciones crediticias previstas en el presente prospecto, y

    e) El instrumento podr requerir al inversionista nicamente la aportacin del monto de inversin inicial y nodeber requerir a ste la administracin ni la aportacin de garantas.

    XLVI. Factores de Riesgo, a las tasas de Inters, divisas, volatilidades y dems variables que sean utilizadas en ladeterminacin de los precios de los Activos Objeto de Inversin;

    XLVII. FIBRAS, a los ttulos o valores emitidos por fideicomisos que se dediquen a la adquisicin o construccin debienes inmuebles en territorio nacional que se destinen al arrendamiento o a la adquisicin del derecho apercibir ingresos provenientes del arrendamiento de dichos bienes, as como a otorgar financiamiento para esosfines, que cumplan con lo previsto en los artculos 187 y 188 de la Ley del Impuesto sobre la Renta;

    XLVIII. Fondos Mutuos, a las entidades nacionales o extranjeras, que se encuentren registradas, reguladas ysupervisadas por alguna autoridad perteneciente a los Pases Elegibles para Inversiones que cumplan con laregulacin de su pas de origen, as como con las siguientes caractersticas:

    a) El valor neto de sus activos se debe conocer diariamente a travs de los mecanismos que para talesefectos establezcan las autoridades de los Pases Elegibles para Inversiones que regulen el fondo deque se trate;

    b) La liquidez y redencin de las acciones o ttulos debe ser diaria, o bien conforme a la periodicidad quedetermine el Comit de Anlisis de Riesgos;

    c) Sus administradores y/o asesores de inversin deben estar registrados, regulados y supervisados poralguna autoridad perteneciente a los Pases Elegibles para Inversiones;

    d) Deben contar con un prospecto de inversin en el que hagan pblica su poltica de inversin y debenpublicar peridicamente su situacin financiera, y

    e) Los instrumentos en los que inviertan deben ser emitidos mediante oferta pblica y observar los criteriosaplicables a Activos Objeto de Inversin determinados en el presente prospecto.

    El Comit de Anlisis de Riesgos determinar los lineamientos que deben cumplir estos fondos con el objeto deproteger los recursos de los Trabajadores invertidos en la Sociedad de Inversin;

    XLIX. Grado de Inversin, al obtenido por los Instrumentos de Deuda y Valores Extranjeros de Deuda denominadosen moneda nacional, Unidades de Inversin o Divisas que ostenten las calificaciones relacionadas en los

    Anexos A, B, C, D, E, F G, H, I, J y K del presente prospecto;

    L. Grupos Financieros, a los constituidos en trminos de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras;

    LI. ndices Accionarios de Pases Elegibles para Inversiones, a los indicadores accionarios referidos en el Anexo Mdel presente prospecto.

    LII. ndices Inmobiliarios de Pases Elegibles para inversiones, a los indicadores inmobiliarios referidos en el AnexoM del presente prospecto.

    LIII. Instituciones de Crdito, a las instituciones de banca mltiple y banca de desarrollo nacionales;

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    LIV. Instrumentos, a todos los Instrumentos Bursatilizados, Instrumentos de Deuda, Instrumentos Estructurados eInstrumentos de Renta Variable denominados en moneda nacional, Unidades de Inversin o Divisas emitidospor Emisores Nacionales, incluidos los Certificados Burstiles y los Certificados de Participacin, losdocumentos o contratos de deuda a cargo del Gobierno Federal, los depsitos en el Banco de Mxico, losdepsitos bancarios de dinero a la vista realizados en Instituciones de Crdito; las Estructuras Vinculadas aSubyacentes o en su caso los componentes de stas, emitidos por Emisores Nacionales, as como lasMercancas;

    LV. Instrumentos Bursatilizados, a los ttulos o valores que representen derechos de crdito emitidos a travs deVehculos y cuyos activos subyacentes sean dichos derechos de crdito, no quedando incluido cualquier otroinstrumento diferente a los antes mencionados, tales como los conocidos como Instrumentos Estructurados ocualesquiera otros que no renan los requisitos establecidos en las disposiciones de carcter general enmateria financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, ni renan los niveles de aforo, el capital retenido, laserie subordinada y la garanta financiera que se determinen por el Comit de Anlisis de Riesgos al que serefieren los artculos 43 prrafo cuarto y 45 de la Ley;

    LVI. Instrumentos de Deuda, a los siguientes:

    a) Activos Objeto de Inversin, cuya naturaleza corresponda a valores, ttulos o documentos representativosde una deuda a cargo de un tercero, colocados en mercados nacionales o extranjeros, emitidos porEmisores Nacionales, as como a los Instrumentos Bursatilizados y los depsitos en el Banco de Mxico;

    b) Las obligaciones convertibles en acciones de Sociedades Annimas Burstiles, distintas a los

    Instrumentos de Renta Variable;

    c) Las Obligaciones Subordinadas no convertibles emitidas por Instituciones de Crdito a que se refiere elartculo 64 de la Ley de Instituciones de Crdito;

    d) Las Obligaciones Subordinadas no convertibles que cumplan con los siguientes requisitos:

    i. Que tengan por objeto financiar proyectos de infraestructura en territorio nacional;

    ii. Que en ninguno de los tramos o series en que se estructuren se establezcan aportacionesadicionales con cargo a los tenedores;

    iii. Que sin perjuicio del orden de prelacin establecido entre dichos tramos o series en ningn caso selibere al emisor de la obligacin de pago del principal, aun cuando dicho principal pueda ser diferido

    o amortizado anticipadamente, y

    iv. Que en el caso de que sean emitidas a travs de un Vehculo, ste no confiera derechos directa oindirectamente, respecto de Derivados o implique estructuras sujetas a financiamiento;

    e) Obligaciones subordinadas no convertibles en acciones.

    Se exceptan de las comprendidas en este inciso, las series contempladas en la emisin de un instrumentofinanciero que ante cualquier evento distinto al de liquidacin o concurso mercantil otorgue derechos deprelacin de cobro diferenciados a los tenedores de dichas series, cualquiera que sea su denominacin. Enparticular no quedan contempladas en la presente definicin las series subordinadas o mezzanine de losInstrumentos Bursatilizados.

    Asimismo, quedan excluidas del presente inciso las distintas obligaciones y series de acciones emitidas por una

    sociedad annima especializada en la inversin de recursos financieros;

    Las obligaciones a que se refieren los incisos b), c), d) y e) anteriores, debern alcanzar las calificacionesmnimas que determine el Comit de Anlisis de Riesgos. En todo caso, las calificaciones debern serotorgadas cuando menos por dos instituciones calificadoras de valores autorizadas por la Comisin NacionalBancaria y de Valores.

    LVII. Instrumentos Estructurados, a los siguientes:

    a) Los ttulos fiduciarios que se destinen a la inversin o al financiamiento de las actividades o proyectosdentro del territorio nacional, de una o varias sociedades, incluidos aqullos que inviertan o financien la

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    adquisicin de capital social de sociedades mexicanas cuyas acciones se encuentren cotizadas en la BolsaMexicana de Valores, excepto las reguladas por la Ley de Fondos de Inversin.

    El efectivo que forme parte del patrimonio del fideicomiso emisor de los Instrumentos Estructurados, entanto se realiza la seleccin de las actividades o proyectos en que se destinarn dichos recursos, podrinvertirse de forma transitoria, en sociedades y fondos de inversin regulados al amparo de la Ley deFondos de Inversin o en Vehculos listados en el mercado de capitales mexicano. El Comit de Anlisis deRiesgos, determinar los tipos de activos financieros en lo que podrn invertir dichas sociedades, fondos deinversin y Vehculos;

    b) FIBRAS.

    c) Vehculos de Inversin Inmobiliaria, y

    d) Los Certificados Burstiles, cuya fuente de pago provenga del uso o aprovechamiento de activos reales.

    Los Certificados Burstiles a que se hace referencia en el presente inciso, debern reunir los requisitosestablecidos en las disposiciones de carcter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro parael Retiro que emita la Comisin.

    Los Instrumentos Estructurados, excepto los sealados en los incisos c) y d) anteriores que hayan sidoemitidos o colocados al amparo de la regulacin aplicable de algn Pas Elegible para Inversiones, debernser emitidos al amparo de la Ley del Mercado de Valores y de las disposiciones de carcter generalaplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores expedidas por laComisin Nacional Bancaria y de Valores.

    Adicionalmente, los Instrumentos Estructurados debern reunir los requisitos que, en su caso, establezcanlas disposiciones de carcter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro queemita la Comisin.

    Tratndose de la inversin en Instrumentos Estructurados que realicen los Mandatarios, el Comit deAnlisis de Riesgos definir los criterios que deban satisfacer los Mandatarios para ser elegibles y en sucaso los Instrumentos Estructurados en que podrn invertir.

    LVIII. Instrumentos de Renta Variable, a los siguientes:

    a) Acciones destinadas a la inversin individual o a travs de ndices Accionarios de Pases Elegibles paraInversiones, de Emisores Nacionales listadas en la Bolsa Mexicana de Valores;

    b) Las acciones de Emisores Nacionales, o los ttulos que las representen, que sean objeto de oferta pblicainicial, total o parcial, en la Bolsa Mexicana de Valores, o en sta en conjunto con otras bolsas de valores, y

    c) Obligaciones forzosamente convertibles en acciones de Sociedades Annimas Burstiles de EmisoresNacionales;

    LIX. Intermediarios Financieros, a los Bancos, Entidades Financieras y dems personas morales facultadas paraemitir y/o operar valores, que se encuentren sujetas a la regulacin y supervisin de agencias gubernamentalesde los Pases Elegibles para Inversiones;

    LX. Inversiones Obligatorias de las Administradoras, a la reserva especial y a la porcin de su capital mnimopagado que las Administradoras deben invertir en acciones de las Sociedades de Inversin que administren

    conforme a lo dispuesto por los artculos 27 fraccin II y 28 de la Ley;

    LXI. Inversin Neutra, a la realizada por las Sociedades de Inversin en Instrumentos emitidos bajo la regulacin ysupervisin de autoridades que pertenezcan a los Pases Elegibles para Inversiones, por organismosfinancieros multilaterales de carcter internacional de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte, loscuales se considerarn dentro de Emisores Nacionales;

    LXII. Ley, o Ley SAR, a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro;

    LXIII. Mandatarios, a las personas morales especializadas en la inversin de recursos financieros supervisadas yreguladas por autoridades de los Pases Elegibles para Inversiones con las que las Sociedades de Inversin

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    hayan celebrado contratos de intermediacin en los que se otorgue un mandato de inversin cuyo ejercicio estsujeto a los lineamientos que determine la Sociedad de Inversin contratante;

    LXIV. Mejores Prcticas, a los lineamientos para controlar y minimizar el Riesgo Operativo de las Sociedades deInversin, procedente de las operaciones con Activos Objeto de Inversin, as como del manejo de efectivo yvalores en las operaciones de compraventa, registro, administracin y custodia de valores en los mercadosfinancieros nacionales y extranjeros, que Afore Inbursa debe adoptar e incorporar a sus programas deautorregulacin;

    LXV. Mercancas, a la exposicin fsica al oro, la plata o el platino a travs de Vehculos que autorice el Comit deAnlisis de Riesgos, as como a los subyacentes enunciados en las Disposiciones del Banco de Mxico enmateria de operaciones derivadas, que tengan el carcter de bienes fungibles diferentes a las acciones, ndicesde precios sobre acciones, tasas, moneda nacional, Divisas, Unidades de Inversin, prstamos y crditos;

    LXVI. Nexo Patrimonial, al que existe entre Afore Inbursa y sus Sociedades de Inversin que opere con las personasfsicas o morales siguientes:

    a) Las que participen en su capital social;

    b) En su caso, las dems Entidades Financieras y casas de bolsa que formen parte del Grupo Financiero alque pertenezca Afore Inbursa;

    c) En su caso, Entidades Financieras y casas de bolsa que tengan relacin patrimonial con EntidadesFinancieras que formen parte del Grupo Financiero al que pertenezca Afore Inbursa, y

    d) En su caso, Entidades Financieras y casas de bolsa que, directa o indirectamente, tengan relacinpatrimonial con la Entidad Financiera o casa de bolsa que participe en el capital social de Afore Inbursa;

    LXVII. rgano de Gobierno, al Consejo de Administracin de las Administradoras, de las Sociedades de Inversin, ascomo al rgano equivalente de las instituciones pblicas que realicen funciones similares;

    LXVIII. Operacin Fuera de Mercado, la operacin cuyas cotizaciones grabadas o documentadas y suscritas por elrea de inversiones, difieran significativamente de la concertacin de la misma;

    LXIX. Operaciones a Futuro, a las operaciones en las que se acuerde que las obligaciones a cargo de las partes secumplirn en un plazo superior a dos das hbiles bancarios contados a partir de la fecha de su concertacin.Tratndose de operaciones sobre los valores gubernamentales y ttulos bancarios sealados en los numeralesM.41. y M.42. de la Circular 2019/95 del Banco de Mxico, a aquellas en las que se acuerde que la entrega destos y de su contravalor o, en su caso, la entrega por diferencias, se cumplir en un plazo superior a cuatro

    das hbiles bancarios contados a partir de su fecha de concertacin. No se consideran dentro de estadefinicin las operaciones con plazo de liquidacin a tres das hbiles, contados a partir de la fecha de suconcertacin, que se efecten con las siguientes clases de instrumentos autorizados: Acciones listadas,Exchange Traded Funds (ETFs) y algunos Certificados Burstiles en oferta primaria colocados en el mercadolocal o extranjero. Quedan excluidas de esta definicin las operaciones que Banco de Mxico seale en susdisposiciones de carcter general relativas a las operaciones con Derivados;

    LXX. Operaciones de Opcin, a las operaciones en virtud de las cuales una de las partes, denominada comprador dela opcin, mediante el pago de una prima, adquiere el derecho de comprar (en el caso de una opcin Call) ovender (en el caso de una opcin Put) subyacentes a su Contraparte, denominada vendedor de la opcin, enuna "Fecha de Ejercicio" y al "Precio de Ejercicio" previamente acordados. El pago de la prima puede tambindar el derecho a recibir una cantidad de dinero o los subyacentes previamente determinados sujetos a lascondiciones que determinen las partes. Se entender por "Fecha de Ejercicio" al da o das en los cuales elcomprador de la opcin se encuentra facultado a ejercer su derecho. La "Fecha de Ejercicio" podr ser unafecha especfica o una serie de das hbiles bancarios consecutivos o separados. Asimismo, por "Precio deEjercicio" se entender aquel al que el comprador de la opcin puede ejercer el derecho convenido, pudiendoser de cero;

    LXXI. Operaciones de Swap, a los acuerdos mediante los cuales las partes se comprometen a intercambiar flujos dedinero en fechas futuras, durante un plazo determinado al momento de concertar la operacin;

    LXXII. Operador, a los funcionarios de las Sociedades de Inversin que tengan a su cargo la ejecucin de la poltica deinversin;

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    LXXIII. Parmetro, a la variable de algn modelo de Administracin del Riesgo Operativo, de Administracin del RiesgoFinanciero o de valuacin, que sirve para cuantificar los diferentes factores financieros que afectan directa oindirectamente el valor de la cartera de inversin o los niveles de riesgos;

    LXXIV. Pases Elegibles para Inversiones, a los pases cuyas autoridades reguladoras y supervisoras de mercadosfinancieros pertenezcan al Comit sobre el Sistema Financiero Global (CSFG) del Banco de PagosInternacionales (BPI), a los pases miembros de la Alianza del Pacfico (AP) con plenos derechos cuyas bolsasde valores pertenezcan al Mercado Integrado Latinoamericano (MILA), a la Unin Europea, o a los pasesmiembros de la Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico (OCDE), con los que Mxicotenga tratados de libre comercio vigentes. Al efecto, la relacin de Pases Elegibles para Inversiones serpublicada en la pgina de Internet de la Comisin. El Comit de Anlisis de Riesgos, considerando la seguridadde las inversiones y el desarrollo de los mercados, as como otros elementos que dicho cuerpo colegiado juzgueque es necesario analizar, podr determinar que algn pas deje de ser considerando como Pas Elegible paraInversiones para efectos del presente prospecto;

    LXXV. Precio Actualizado para Valuacin, aqul precio de mercado o terico obtenido con base en los algoritmos,criterios tcnicos y estadsticos y en modelos de valuacin, para cada uno de los valores, documentos einstrumentos financieros, contenidos en una metodologa desarrollada por un Proveedor de Precios;

    LXXVI. Prestador de Servicio Independiente, la entidad externa a Afore Inbursa o a las Empresas Operadoras, que secontrate para ejecutar actividades objeto de dichas entidades;

    LXXVII. Prestadores de Servicios Financieros, a las personas o entidades facultadas para operar con valores por cuenta

    de terceros, as como para ofrecer otros servicios relacionados con valores, como la asesora en materia deinversiones, administracin y gestin de activos, entre otros, que se encuentren sujetos a la regulacin ysupervisin de agencias gubernamentales de Pases Elegibles para Inversiones;

    LXXVIII. Proveedor de Precios, a las personas morales autorizadas por la Comisin Nacional Bancaria y de Valores entrminos de las disposiciones aplicables a los Proveedores de Precios, as como las personas moralesespecializadas en la valuacin de Valores Extranjeros, autorizadas para tales fines por las correspondientesautoridades de Pases Elegibles para Inversiones, contratadas por Custodios para operaciones en los mercadosinternacionales;

    LXXIX. Rgimen de Inversin Autorizado, al previsto en el presente prospecto de informacin, as como en los casos aque se refieren los incisos a) y b) del artculo 4 de las Disposiciones de carcter general en materia financierade los Sistemas de Ahorro para el Retiro, o en su caso a las Disposiciones de carcter general que establecenel rgimen de inversin al que debern sujetarse las Sociedades de Inversin especializadas de fondos de

    ahorro para el retiro;

    LXXX. Responsable del rea de Inversiones, al funcionario de Afore Inbursa que tenga a su cargo la ejecucin de lapoltica y estrategia de inversin de las Sociedades de Inversin;

    LXXXI. Riesgo Financiero, la posibilidad de ocurrencia de prdidas o minusvala por deficiencias o fallas en lasoperaciones financieras, en la tecnologa de informacin, en los recursos humanos, por modificaciones en lavaluacin de activos financieros o cualquier otro evento externo adverso, a los que se encuentran expuestas lasSociedades de Inversin, entre los cuales se encuentran comprendidos, entre otros, los siguientes tipos deriesgos:

    a) Riesgo de Crdito o Crediticio, la prdida o minusvala potencial por la falta de pago de una Contraparte oemisor en las operaciones que efecten las Sociedades de Inversin;

    b) Riesgo de Liquidez, la prdida o minusvala potencial por la venta anticipada o forzosa de activos adescuentos inusuales para hacer frente a obligaciones, o bien, por el hecho de que una posicin no puedaser oportunamente enajenada, adquirida o cubierta mediante el establecimiento de una posicin contrariaequivalente, y

    c) Riesgo de Mercado,la prdida o minusvala potencial por cambios en los Factores de Riesgo que incidansobre la valuacin de las posiciones, tales como tasas de inters, tipos de cambio e ndices de precios,entre otros;

    LXXXII. Riesgo Operativo, a la posibilidad de ocurrencia de prdidas por deficiencias o fallas en los procesos operativos,en la tecnologa de informacin, en los recursos humanos o cualquier otro evento externo adverso relacionadocon la operacin de las cuentas individuales de los Trabajadores, a los que se encuentra expuesta AforeInbursa y las empresas operadoras, entre los cuales se encuentran comprendidos los siguientes tipos:

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    a) Riesgo de Procesos Operativos, la prdida potencial por el incumplimiento de polticas y procedimientosnecesarios en la gestin de la administracin de las cuentas individuales de los Trabajadores y la inversinde sus recursos mediante el apego a normas internas y externas por parte de Afore Inbursa y las EmpresasOperadoras;

    b) Riesgo Legal, a la prdida potencial por el incumplimiento de las disposiciones legales aplicables, laemisin de resoluciones administrativas y/o judiciales desfavorables, as como la aplicacin de sanciones,en relacin con las operaciones que Afore Inbursa y las Empresas Operadoras lleven a cabo, y

    c) Riesgo Tecnolgico, a la prdida potencial por daos, interrupcin, alteracin o fallas derivadas en lossistemas fsicos e informticos, aplicaciones de cmputo, redes y cualquier otro canal de distribucinnecesarios para la ejecucin de procesos operativos por parte de Afore Inbursa y las EmpresasOperadoras;

    LXXXIII. Riesgo Operativo de SIEFORE, la prdida potencial por fallas o deficiencias en los sistemas de informacin, enlos controles internos o por errores en el procesamiento de las operaciones de las Sociedades de Inversin;

    LXXXIV. Sociedades de Inversin, a las sociedades de inversin especializadas de fondos para el retiro (Siefores);

    LXXXV. Sociedades de Inversin Adicionales, a las Sociedades de Inversin que tengan por objeto la inversinexclusiva de Aportaciones Voluntarias, Aportaciones Voluntarias con Perspectiva de Inversin de Largo Plazo,de Aportaciones Complementarias de Retiro, de Aportaciones de Ahorro a Largo Plazo o de fondos de previsinsocial;

    LXXXVI. Sociedades Relacionadas Entre S, a las sociedades mercantiles que formen un conjunto o grupo, en las quepor sus nexos patrimoniales o de responsabilidad, la situacin financiera de una o varias de ellas, pueda influiren forma decisiva en la de las dems, o cuando la administracin de dichas personas morales dependa directao indirectamente de una misma persona;

    LXXXVII. Sociedad Valuadora, a las personas morales independientes de las Sociedades de Inversin, autorizadas por laComisin Nacional Bancaria y de Valores para prestar los servicios de valuacin de las acciones de lasSociedades de Inversin, as como los Custodios autorizados por las correspondientes autoridades de losPases Elegibles para Inversiones para realizar operaciones en los mercados internacionales;

    LXXXVIII. Subcuenta de Ahorro para el Retiro, a la prevista en el artculo 90 BIS-C de la Ley del Instituto de Seguridad yServicios Sociales de los Trabajadores del Estado vigente hasta el 31 de marzo de 2007, que se integra con lasaportaciones realizadas bajo el sistema de ahorro para el retiro vigente a partir del primer bimestre de 1992,hasta el 31 de marzo de 2007, y los rendimientos que stas generen;

    LXXXIX. Subcuenta de Ahorro Solidario, a la prevista en el artculo 100 de la Ley del Instituto de Seguridad y ServiciosSociales de los Trabajadores del Estado, cuyos recursos estn sujetos a las normas aplicables a la Subcuentade RCV ISSSTE;

    XC. Subcuenta de RCV IMSS, a la Subcuenta de retiro, cesanta en edad avanzada y vejez a que se refiere lafraccin I del artculo 159 de la Ley del Seguro Social;

    XCI. Subcuenta de RCV ISSSTE, a la Subcuenta del Seguro de Retiro, cesanta en edad avanzada y vejez a que serefiere el artculo 76 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

    XCII. Subcuenta del Seguro de Retiro, a la prevista en el Captulo V bis del Ttulo Segundo de la Ley del SeguroSocial vigente hasta el 1. de julio de 1997, que se integra con las aportaciones correspondientes al Seguro deRetiro realizadas durante el periodo comprendido del segundo bimestre de 1992 al tercer bimestre de 1997 y los

    rendimientos que stas generen;

    XCIII. Tipo de Cambio Cruzado de Valuacin, al tipo de cambio cruzado que determinen los Proveedores de Preciosde conformidad con las metodologas establecidas en sus manuales de procedimientos;

    XCIV. Tipo de Cambio Fix, al tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjerapagaderas en la Repblica Mexicana que determine el Banco de Mxico;

    XCV. Ttulos que Pagan Intereses, a los Instrumentos y Valores Extranjeros que pagan de forma peridica interesesde forma adicional a su valor nominal;

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    XCVI. Trabajadores, a los trabajadores titulares de una cuenta individual a que se refieren los artculos 74, 74 bis, 74ter y 74 quinquies de la Ley;

    XCVII. Trabajador Afiliado, a los trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social;

    XCVIII. Trabajadores Asignados, a aquellos que no elijan Administradora y cuyos recursos destinados a su cuentaindividual sean enviados a una Administradora de conformidad con lo previsto en el artculo 76 de la Ley SAR;

    XCIX. Trabajador no Afiliado, a los trabajadores que no se encuentren inscritos en el Instituto Mexicano del SeguroSocial;

    C. UAIR, Unidad de Administracin Integral de Riesgos de Afore Inbursa, a la unidad especializada en la que seapoyarn los Comits de Riesgos Financieros para llevar a cabo la administracin de riesgos de las Sociedadesde Inversin, en los trminos previstos en las Disposiciones de carcter general en materia financiera de losSistemas de Ahorro para el Retiro y en las reglas prudenciales en materia de administracin de riesgos emitidaspor la Comisin;

    CI. ltimos Precios Actualizados para Valuacin Conocidos, a los precios para la valuacin de Activos Objeto deInversin, que se hayan dado a conocer por el Proveedor de Precios, las Sociedades Valuadoras o losCustodios, segn corresponda, y en su caso, los determinados por Afore Inbursa, inmediatamente anteriores alos Precios Actualizados para Valuacin correspondientes al Da de Valuacin;

    CII. Unidades de Inversin, a las unidades de cuenta cuyo valor publica el Banco de Mxico en el Diario Oficial de laFederacin, conforme a los artculos tercero del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrndenominarse en Unidades de Inversin y reforma y adiciona diversas disposiciones del Cdigo Fiscal de laFederacin y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 1 de abrilde 1995 y 20 ter del Cdigo Fiscal de la Federacin;

    CIII. Valor Compensado, a aquel que resulte de restar al valor de mercado de los Contratos Abiertos, el valor demercado de las garantas recibidas para asegurar el cumplimiento de las operaciones con Derivados quecelebren las Sociedades de Inversin;

    CIV. Valor en Riesgo, a la minusvala o prdida que puedan tener el Activo Administrado por la Sociedad deInversin, dado un cierto nivel de confianza, en un periodo determinado;

    CV. Valor en Riesgo Condicional, al promedio simple de las minusvalas o prdidas del Activo Administrado por laSociedad de Inversin, condicionadas a que excedan el Valor en Riesgo; correspondiente al nivel de confianza

    dado, en un periodo determinado, de conformidad con la seccin III, numeral 1 del Anexo L del presenteprospecto;

    CVI. Valores Extranjeros, a todos los Valores Extranjeros de Deuda y Valores Extranjeros de Renta Variable, lasEstructuras Vinculadas a Subyacentes, los componentes de stas referidos en la definicin de EstructurasVinculadas a Subyacentes emitidos por Emisores Extranjeros, los Vehculos de Inversin Inmobiliaria, as comoa los depsitos bancarios de dinero a la vista realizados en entidades financieras extranjeras autorizadas paratales fines y a los Derivados cuyo subyacente sean Valores Extranjeros de Renta Variable;

    CVII. Valores Extranjeros de Deuda, a los Activos Objeto de Inversin, cuya naturaleza corresponda a valores, ttuloso documentos representativos de una deuda a cargo de un tercero, as como a los InstrumentosBursatilizados,emitidos por Emisores Extranjeros;

    CVIII. Valores Extranjeros de Renta Variable, a los Activos Objeto de Inversin listados en algn mercado accionario

    previsto en las Disposiciones de carcter general que establecen el rgimen de inversin al que debernsujetarse las sociedades de inversin especializadas de fondos para el retiro, supervisado por una autoridad delos Pases Elegibles para Inversiones cuya naturaleza corresponda a capital emitidos por Emisores Extranjeros.

    CIX. Vehculos, a las sociedades o fondos de inversin, Fondos Mutuos, fideicomisos de inversin, u otros anlogosa los anteriores que, cualquiera que sea su denominacin, confieran derechos, directa o indirectamente,respecto de los Activos Objeto de Inversin; y

    CX. Vehculos de Inversin Inmobiliaria, a los valores, distintos a las FIBRAS, listados en mercados de PasesElegibles para Inversiones, emitidos por fideicomisos, empresas o mecanismos autorizados para tales fines enla jurisdiccin correspondiente, referidas en algunas de dichas jurisdicciones como Real Estate Investment Trusto REITs, que se dediquen a la adquisicin o construccin de bienes inmuebles que se destinen al

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    arrendamiento o a la adquisicin del derecho a percibir ingresos provenientes del arrendamiento de dichosbienes, as como a otorgar financiamiento para esos fines.

    Las definiciones antes sealadas podrn utilizarse en singular o en plural, sin que por ello deba entenderse que cambia susignificado

    .

    II. Datos Generales

    1.- Datos de la Sociedad de Inversin

    1.1 Denominacin Social

    Inbursa Siefore Bsica 3, S.A. de C.V.

    1.2 Tipo de Sociedad de Inversin

    Sociedad de Inversin Bsica 3, Sociedad de Inversin de Instrumentos, Valores Extranjeros, Componentes de RentaVariable, Inversiones Neutras, y operaciones con instrumentos financieros Derivados para los cuales la Sociedad cuentecon la no objecin por parte de la CONSAR (en adelante tambin referidos como Derivados autorizados), reportos yprstamos de valores.

    1.2.1 Tipo de Trabajador que podr invertir en la Sociedad de Inversin Bsica 3.

    Trabajadores que tengan abierta su cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro en Afore Inbursa, S.A. deC.V., y que tengan entre 37 y 45 aos de edad.

    Los recursos de los Trabajadores que tengan ms de 45 aos de edad y menos de 59 aos de edad, debern sertransferidos a la Sociedad de Inversin Bsica que les corresponda conforme a su edad, con excepcin de lo dispuestoen el inciso e) de la seccin IV.- Rgimen de Inversin del presente prospecto de informacin.

    Sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con los lineamientos que la Comisin emita, los Trabajadores podrn solicitaren cualquier tiempo la transferencia de sus recursos de una Sociedad de Inversin Bsica a otra de su eleccin distintade la que les corresponda por su edad, siempre que esta ltima invierta los recursos de Trabajadores de igual o mayoredad, en trminos de lo previsto en las Disposiciones de carcter general que establecen el rgimen de inversin al quedebern sujetarse las sociedades de inversin especializada de fondos para el retiro (en lo sucesivo tambinDisposiciones del Rgimen de Inversin).

    1.3 Constitucin

    El da 7 de enero de 2008 ante la fe del notario pblico No.110, Lic. Javier Cevallos Lujambio del Distrito Federal,mediante el instrumento notarial No. 66,853 fue constituida la Sociedad, mismo que fue inscrito en el Registro Pblico deComercio el 7 de febrero de 2008 bajo el folio nmero 376,137.

    1.4 Fecha y Nmero de Autor izacin

    31 de octubre de 2007 mediante el oficio nmero D00/100/176/2007 de la CONSAR.

    1.5 Domicil io Social

    El domicilio de la Sociedad es en Mxico, D.F, y sus oficinas principales se ubican en Avenida Insurgentes Sur #3500, Colonia Pea Pobre, Delegacin Tlalpan, C.P. 14060, Mxico, D.F. y Paseo de las Palmas 750, Lomas de Chapultepec II Seccin, C.P. 11000, Mxico D.F.

    2.- Datos Generales de la Administradora que Opera la Sociedad de Inversin

    2.1 Denominacin Social.

    Afore Inbursa, S.A. de C.V

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    2.2 Constitucin.

    El da 4 de diciembre de 1996 ante la fe del notario pblico No. 83, Lic. Alberto T. Snchez Coln del Distrito Federal,mediante el instrumento notarial No.100, 120 fue constituida la sociedad, mismo que fue inscrito en el Registro Pblicode Comercio el da 6 de febrero de 1997, bajo el folio nmero 217,218.

    2.3 Fecha y Nmero de Autor izacin.

    27 de enero de 1997 mediante el oficio nmero D00/1000/075/97 de la CONSAR.

    2.4 Domicil io Social.

    El domicilio de la Administradora es en Mxico, D.F., y sus oficinas principales se ubican en Avenida Insurgentes Sur #3500, Colonia Pea Pobre, Delegacin Tlalpan, C.P. 14060, Mxico, D.F.

    2.5 Nexos Patrimoniales y Sociedades Relacionadas Entre S de la Administradora que Opera a la Sociedad deInversin.

    Afore Inbursa, tiene Nexos Patrimoniales con Banco Inbursa, S.A., Institucin de Banca Mltiple, Grupo FinancieroInbursa al ser este ltimo su accionista. La mencionada Institucin de Crdito pertenece al Grupo Financiero Inbursa, sinembargo, Afore Inbursa, no forma parte del Grupo Financiero Inbursa, por lo que indirectamente tiene NexosPatrimoniales con el resto de las empresas de dicho grupo, que son:

    Seguros Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa.Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa.Pensiones Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa.Inversora Burstil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa.Operadora Inbursa de Sociedades de Inversin, S.A., de C.V., Grupo Financiero Inbursa.Sociedad Financiera Inbursa, S.A. de C.V., SOFOM, E.R., Grupo Financiero Inbursa.Out Sourcing Inburnet, S.A. de C.V.

    Asesora Especializada Inburnet, S.A. de C.V.Salud Inbursa, S.A.Patrimonial Inbursa, S.A.Compaa de Servicios Multifuncionales, S.A. de C.V.

    2.6 Revelar si la Administradora cumple con alguna certificacin de Empresa Socialmente Responsable (ESR).

    Afore Inbursa no cuenta con alguna Certificacin de Empresa Socialmente Responsable (ESR).

    2.7. Conflictos de IntersLa Administradora ha tomado las medidas necesarias para evitar conflictos de inters.

    3.- Comit de Inversin.

    El Comit de Inversin de la Sociedad de Inversin tiene por objeto:

    I. Determinar la poltica y estrategia de inversin dentro de los lmites propuestos por el Comit de Riesgo Financieroque hayan sido aprobados por el Consejo de Administracin de la Sociedad de Inversin. Dicha poltica deberabarcar a los Activos Objetos de Inversin;

    II. Determinar la composicin de los activos de la Sociedad de Inversin;

    III. Opinar sobre la designacin que efecte Afore Inbursa del Responsable del rea de Inversiones;

    IV. Designar al Custodio y, en su caso, a los Prestadores de Servicios Financieros;

    V. Aprobar, en su caso, los contratos que se celebren con Prestadores de Servicios Financieros en los trminosprevistos en las Disposiciones de carcter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro;

    VI. Aprobar los contratos que se celebren con los Custodios en los trminos previstos en las Disposiciones de carctergeneral en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro;

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    VII. Aprobar los Componentes de Renta Variable permitidos en el Rgimen de Inversin Autorizado y, en su caso, lasEstructuras vinculadas a Subyacentes de Renta Variable, en los trminos previstos en las Disposiciones decarcter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Adicionalmente, debern aprobarla Desviacin Permitida de los ndices previstos en las Disposiciones de carcter general que establecen elrgimen de inversin al que debern sujetarse las sociedades de inversin especializadas de fondos para el retiro,as como la inversin en acciones individuales. Adicionalmente, para las inversiones en acciones individualesdebern contar con anlisis actualizados de los fundamentales de las empresas objeto de Inversin;

    VIII. Aprobar la inversin en Instrumentos Estructurados, para lo cual debern contar previamente con un anlisis sobrelas caractersticas y riesgos inherentes a cada Instrumento Estructurado que se pretenda adquirir de conformidadcon lo dispuesto en las Disposiciones de carcter general que la Comisin emita en materia de administracin deriesgos.

    IX. Designar a los Operadores y a los responsables de la asignacin, liquidacin y traspaso de efectivo y valores de laSociedad de Inversin;

    X. Aprobar los programas de recomposicin de cartera;

    XI. Aprobar y dar seguimiento a la inversin en Instrumentos Estructurados, para lo cual debern:

    a) Definir y aprobar la estrategia de inversin en Instrumentos Estructurados, dentro de los parmetrosautorizados en la normatividad y de los parmetros que defina el Comit de Riesgos Financieros. Para talesfines deber definir los horizontes de la inversin, los montos, plazos, tipos de fondos y clases de inversiones

    subyacentes en que se invertirn;

    b) Contar previamente con un anlisis sobre las caractersticas y riesgos inherentes a cada InstrumentoEstructurado que se pretenda adquirir de conformidad con lo dispuesto por las disposiciones de carctergeneral que la Comisin emita en materia de administracin de riesgos;

    c) Analizar los criterios de valuacin de los activos que brinden exposicin a los Instrumentos Estructurados, ascomo los costos de adquisicin. Para tales fines debern analizar y aprobar los costos totales que se derivende la inversin en Instrumentos Estructurados, analizar la funcin o poltica de cobro de comisiones,desagregando los costos sobre los activos administrados, en su caso incluso durante el perodo de bsquedade proyectos, sobre los rendimientos y sobre cualquier otro concepto previsto en el prospecto de emisin delInstrumento Estructurado;

    d) Dar seguimiento a las inversiones realizadas en Instrumentos Estructurados en cuanto a rendimientos, brutos

    y netos de costos, riesgos y decisiones de financiamiento, en este ltimo caso con base en la informacinpblica de que se disponga. Se debern considerar diferentes horizontes de inversin entre los cuales debernabarcar cuando menos 1, 3, 5 aos y desde el inicio de la inversin;

    e) Analizar la liquidez de los Instrumentos Estructurados en el mercado secundario, en su caso, las llamadas decapital previsibles, de conformidad con el prospecto de emisin del activo en cuestin, en cuanto al monto yplazo en que sern requeridas;

    f) Definir, aprobar y dar seguimiento a la experiencia mnima con que debern contar los administradores deInstrumentos Estructurados en cuanto a los aos, los montos, el nmero de proyectos y el desempeogestionando estas inversiones, entre otros factores, y

    g) Los contenidos de los incisos a) y f) de la presente fraccin debern ser actualizados y presentados en elComit de Inversin cuando menos una vez cada ao. Los contenidos de los incisos b), c), d) y e) de la

    presente fraccin debern ser actualizados y presentados en el Comit de Inversin cuando menos con unafrecuencia cuatrimestral.

    XII. Aprobar y dar seguimiento a la inversin en Componentes de Renta Variable, para lo cual debern:

    a) Definir y aprobar la estrategia de inversin en Componentes de Renta Variable, dentro de los parmetrosautorizados en la normatividad y de los parmetros que defina el Comit de Riesgos Financieros considerandodiferentes horizontes de inversin entre los cuales debern abarcar cuando menos 1, 3 y 5 aos;

    b) Contar previamente con un anlisis sobre las caractersticas y riesgos inherentes a la inversin enComponentes de Renta Variable que se pretendan adquirir de conformidad con lo dispuesto por lasdisposiciones de carcter general que la Comisin emita en materia de administracin de riesgos

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    c) Analizar la liquidez de los Componentes de Renta Variable en el mercado secundario;

    d) Dar seguimiento a las inversiones realizadas en Componentes de Renta Variable en cuanto a rendimientos yriesgos, considerando diferentes horizontes de inversin entre los cuales debern abarcar cuando menos 1, 3y 5 aos. Dichas medidas de rendimiento y riesgo las definir y aprobar el Comit de Riesgos Financieros ylas calcular peridicamente la UAIR, y

    e) El contenido del inciso a) de la presente fraccin deber ser actualizado y presentado en el Comit de

    Inversin cuando menos una vez cada ao. Los contenidos de los incisos b), c) y d) de la presente fraccindebern ser actualizados y presentados en el Comit de Inversin cuando menos con una frecuenciacuatrimestral.

    XIII. Definir, aprobar y dar seguimiento a la estrategia de inversin en Divisas, para lo cual se deber:

    a) Definir y aprobar la estrategia de inversin en Divisas, dentro de los parmetros autorizados en la normatividady de los parmetros que defina el Comit de Riesgos Financieros considerando diferentes horizontes deinversin entre los cuales debern abarcar cuando menos 1, 3 y 5 aos;

    b) Contar previamente con un anlisis sobre las caractersticas y riesgos inherentes a la inversin en Divisas quese pretendan adquirir, de conformidad con lo dispuesto por las disposiciones de carcter general que laComisin emita en materia de administracin de riesgos;

    c) Analizar la liquidez de las inversiones en Divisas, y

    d) El contenido del inciso a) de la presente fraccin deber ser actualizado y presentado en el Comit deInversin cuando menos una vez cada ao. Los contenidos de los incisos b), c) y d) de la presente fraccindebern ser actualizados y presentados en el Comit de Inversin cuando menos con una frecuenciacuatrimestral.

    XIV. Cuando Afore Inbursa cuente con la no objecin de la Comisin para celebrar operaciones con instrumentosDerivados, deber definir y dar seguimiento a la poltica que aplicar en el empleo de Derivados, para lo cual:

    a) Definir los subyacentes a los que adquirir exposicin, los plazos y los tipos de operaciones derivadas, dentrodel conjunto de operaciones para las que cuente con la no objecin de la Comisin;

    b) Definir los mercados y las Contrapartes con quienes podr realizar operaciones con Derivados;

    c) Definir el tipo y monto de las garantas, esto ltimo respecto al valor de las operaciones concertadas, quepodr dar y recibir durante la vigencia de las operaciones;

    d) Definir un nivel de apalancamiento mximo, siguiendo una metodologa aprobada por el Comit de RiesgosFinancieros, para las operaciones con Derivados al que expondr los Activos Administrados por la Sociedadde Inversin, los cuales sern monitoreados por la UAIR e informados en cada sesin de este Comit. Dichosparmetros debern considerar el apalancamiento total y por tipo de subyacente para el Activo Administradopor la Sociedad de Inversin;

    e) Deber dar seguimiento al valor delta y al valor a mercado de las operaciones que se consideran para elcmputo de los Anexos E, F y G de las Disposiciones de carcter general en materia Financiera de losSistemas de Ahorro para el Retiro, as como el anexo M de las Disposiciones de carcter general queestablecen el rgimen de inversin al que debern sujetarse las sociedades de inversin especializadas defondos para el retiro. Este clculo se deber realizar cuando menos una vez cada tres meses por la UAIR y ser

    presentado en este Comit. Dichos clculos se harn con el Activo Administrado por Sociedad de Inversin y

    f) Los contenidos de los incisos a), b) y c) de la presente fraccin debern ser actualizados y presentados en elComit de Inversin cuando menos una vez cada ao. El contenido del inciso e) de la presente fraccindeber ser actualizado y presentado en el Comit de Inversin cuando menos con una frecuenciacuatrimestral.

    XV. Definir un portafolio de referencia con el que la Administradora evaluar el desempeo de cada Sociedad deInversin. Dicho portafolio de referencia tendr los siguientes objetivos:

    a) Reflejar el acuerdo del propio Comit de Inversin en cuanto el horizonte de inversin y composicin por clasede activos ms adecuados para invertir la cartera de la Sociedad de Inversin;

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    b) Debern considerar los riesgos y los rendimientos esperados a 1, 3 y 5 aos. Dichos rendimientos serncalculados por la UAIR y los presentar en este Comit;

    c) Contar con una poltica de desviacin respecto a dicho portafolio de referencia;

    d) Deber contar con el visto bueno de los Consejeros Independientes;

    e) Afore Inbursa a travs de la UAIR elaborar anlisis de atribucin de rendimiento y de riesgo de la cartera de

    inversin y, en su caso relativo al portafolio de referencia, y

    f) Los contenidos de los incisos a), c) y d) de la presente fraccin debern ser actualizados y presentados en elComit de Inversin cuando menos una vez cada ao. Los contenidos de los incisos b), d) y e) de la presentefraccin debern ser actualizados y presentados en el Comit de Inversin cuando menos con una frecuenciacuatrimestral.

    XVI. Conocer los resultados sobre las pruebas de cartera bajo escenarios de estrs que apruebe el Comit de RiesgosFinancieros y de seguimiento trimestralmente la UAIR, y

    XVII. Dar seguimiento en el cumplimiento de los criterios que emita el Comit de Anlisis de Riesgos respecto a losVehculos que la Comisin d a conocer.

    XVIII. El Comit de Inversin aprueba el manual de inversin que elabore Afore Inbursa.

    El Comit de Inversin de la Sociedad de Inversin deber hacer constar de manera expresa en las actas de sus sesiones,los conflictos de inters actuales y potenciales que en su caso existan entre Afore Inbursa y las personas con las que tengaNexo Patrimonial, directamente o a travs de operaciones de Afore Inbursa, en caso de aprobar la adquisicin yconservacin de Instrumentos, Valores Extranjeros, as como la inversin en Vehculos autorizados que hubieren sidocolocados o estructurados por personas con que tengan Nexo Patrimonial o bien cuando los flujos de recursos derivados dela inversin puedan ser recibidos por dichas personas.

    El Comit de Inversin de la Sociedad estar integrado cuando menos por cinco miembros, dentro de los cuales secontempla un Consejero Independiente, el Director General de Afore Inbursa y los dems miembros que designe el Consejode Administracin de la Sociedad de Inversin.

    Las sesiones del Comit de Inversin debern celebrarse de acuerdo a lo previsto en el artculo 42 de la Ley SAR.

    Entre los miembros que designa el Consejo de Administracin se contempla a un Consejero No Independiente y alResponsable del rea de Inversiones de Afore Inbursa.

    Cada miembro tiene derecho a un voto. Los miembros del Comit de Inversin establecen el procedimiento interno para laadopcin de acuerdos en caso de empate en la votacin.

    Las minutas pormenorizadas de las sesiones del Comit de Inversin debern de acompaarse de las presentaciones y/oanexos correspondientes, y stas debern estar a entera disposicin de la Comisin. Se entender por pormenorizada, quedichas minutas se acompaen de la documentacin que compruebe los comentarios vertidos por cada uno de los miembrosdel Comit o en, su caso, Afore Inbursa podr optar por presentar a la Comisin las sesiones del Comit en versinestenogrfica, haciendo constar en ambos casos, las actas debidamente circunstanciadas y suscritas por todos y cada unode los integrantes presentes en la sesin correspondiente. Este Comit deber sesionar cuando menos una vez al mes ysus sesiones sern vlidas slo si cuenta con qurum del 80% de sus miembros, dentro de los cuales se requerir laasistencia del Director General y de un Consejero Independiente.

    Las decisiones y acuerdos que en su caso tome el Comit tendrn validez slo si se aprobaron con base en un proceso devotacin en el que hubieren participado cuando menos el 80% de sus miembros que conforman el qurum de la sesin encuestin. La aprobacin de los acuerdos se har por mayora de votos.

    El Contralor Normativo y el responsable de riesgos de Afore Inbursa asisten a las sesiones del Comit de Inversin de laSociedad de Inversin. En todo caso participan con voz pero sin voto.

    Los miembros del Comit de Inversin con voz y voto no pueden ser miembros del Comit de Riesgo Financiero, conexcepcin del Director General de Afore Inbursa.

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    Los Consejeros Independientes que sean miembros del Comit de Inversin, preferentemente deben acreditar unaexperiencia mnima de cinco aos en materia financiera.

    Los Consejeros Independientes manifiestan los potenciales conflictos de inters que en su caso enfrenten sobre los temasde gestin de los portafolios de inversin que son objeto de su evaluacin. Los consejeros Independientes se abstienen deejercer su derecho de voto en los casos en que hubieren manifestado enfrentar un conflicto de inters.

    El Comit de Inversin de la Sociedad de Inversin seleccionar los Activos Objeto de Inversin que sern adquiridos y

    vendidos por la misma de conformidad con el rgimen de inversin previsto en las Disposiciones del Rgimen de Inversin yen el presente prospecto de informacin, observando los lmites y parmetros establecidos por su Comit de RiesgoFinanciero. En la operacin del rgimen de inversin, la Sociedad de Inversin deber observar las mejores prcticas.

    4.- Comit de Riesgo Financiero .

    El Consejo de Administracin de Inbursa Siefore Bsica 3, ha constituido un Comit de Riesgo Financiero cuyo objeto es laadministracin del Riesgo Financiero a que se encuentra expuesta la Sociedad de Inversin, as como vigilar que larealizacin de las operaciones financieras se ajusten a los lmites, polticas y procedimientos para la administracin deriesgos definidos por el citado Consejo de Administracin.

    El Comit de Riesgo Financiero de la Sociedad es presidido por lo menos por el Director General de Afore Inbursa, y estintegrado por un Consejero Independiente, un Consejero no Independiente y el responsable de la UAIR.

    Los responsables de la realizacin de las inversiones y de la ejecucin de la estrategia que dicte el Comit de Inversin y delas distintas reas involucradas en la operacin que impliquen la toma de riesgos, as como el Contralor Normativo de AforeInbursa, son convocados a todas las sesiones del Comit de Riesgo Financiero, en las cuales participan como invitados convoz pero sin voto.

    El Comit de Riesgo Financiero sesiona cuando menos una vez al mes y para que la sesin sea vlida, debe estar presenteel Consejero Independiente que sea miembro del propio Comit. El Consejero Independiente cuenta con amplia experienciaen el mercado financiero y en economa.

    Todas las sesiones y acuerdos del Comit de Riesgo Financiero se hacen constar en actas debidamente circunstanciadas ysuscritas por todos y cada uno de los integrantes presentes en las sesiones correspondientes.

    Las personas que integran el Comit de Riesgo Financiero, as como su experiencia se mencionan a continuacin:

    Nombre CargoAo de ingreso

    al GrupoFinanciero

    Experiencia VOZ Y VOTO

    Rafael Mendoza BrionesDirector General y

    Presidente1993 En sector financiero Voz y voto

    Javier FoncerradaIzquierdo

    Consejero noIndependiente Propietario

    "A"1992 En sector financiero Voz y voto

    Oscar de LenMontemayor

    Consejero IndependientePropietario

    N/A En sector financiero Voz y voto

    Marcela Chvez VejoResponsable de Riesgo

    Financiero1999 En sector financiero Voz y voto

    Alfredo Penettre LpezResponsable del rea de

    Inversiones1993 En sector financiero Voz y sin voto

    Gladys Felicitas CuelloGuzman

    Contralor Normativo 1997 En sector financiero Voz y sin voto

    El Comit de Riesgo Financiero, para el desarrollo de su objeto, desempear las siguientes funciones:

    I. Aprobar los lmites de exposicin al riesgo y por tipo de riesgo.

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    II. Colaborar en la realizacin del informe y el programa de recomposicin de cartera, conforme a las reglas derecomposicin de cartera que emita la Comisin;

    III. Aprobar:

    a. La metodologa para identificar, medir, monitorear, limitar, controlar, informar y revelar los distintos tipos de riesgos alos que se encuentre expuesta la Sociedad de Inversin de que se trate;

    b. Los modelos, parmetros y escenarios que habrn de utilizarse para llevar a cabo la medicin y el control de losriesgos;

    c. La realizacin de nuevas operaciones y la prestacin de nuevos servicios que, por su propia naturaleza, conlleven unriesgo, una vez que sean discutidos y aprobados por el Comit de Inversin de la Sociedad de Inversin de que setrate, y

    d. Las metodologas que, en su caso, se aplicarn para el clculo de los precios de valuacin de Activos Objeto deInversin que, de acuerdo con la normatividad vigente, la Administradora haya hecho del conocimiento de la Comisinque dicha entidad financiera realizar la valuacin de dichos Activos Objeto de Inversin;

    IV. Opinar sobre la designacin que efecte la Administradora del responsable de la UAIR y sobre el contenido del Manualde Polticas y Procedimientos para la Administracin del Riesgo Financiero;

    V. Realizar un anlisis, al menos trimestralmente, sobre la exposicin al Riesgo Financiero asumida, sobre los efectosnegativos que se podran producir en la operacin de la Sociedad de Inversin, as como sobre la inobservancia de loslmites de exposicin al Riesgo Financiero establecidos. El resultado del anlisis que realice el Comit de RiesgoFinanciero deber ser informado al Comit de Inversin de la Sociedad de Inversin;

    VI. Objetar la designacin del Prestador de Servicios Financieros y del Custodio que, en su caso, se contraten;VII. Vigilar el cumplimiento del rgimen de inversin aplicable a la Sociedad de Inversin y, en caso de incumplimiento,

    realizar un informe al consejo de administracin y al Comit de Inversin sobre dicho incumplimiento y sus posiblesrepercusiones, al menos trimestralmente, o inmediatamente si las repercusiones as lo ameritan, adems de realizar lasfunciones previstas en las reglas de recomposicin de cartera que emita la Comisin;

    VIII. Tomar las medidas correctivas que considere necesarias, tomando en cuenta el resultado de las auditorias relativas alos procedimientos de Administracin del Riesgo Financiero, y

    IX. Crear los subcomits que se consideren convenientes para el ejercicio de sus funciones.

    El Comit de Riesgos Financieros revisar, al menos una vez al ao, lo sealado en la fraccin I, as como en los incisos a.y b. de la fraccin III antes mencionadas, sin perjuicio de realizar dicha funcin con mayor frecuencia, cuando as serequiera por las condiciones del mercado o, en particular, por las condiciones de la Sociedad de Inversin de que se trate.

    El Comit de Riesgos Financieros, para llevar a cabo la Administracin del Riesgo Financiero, se apoyar en la UAIR, cuyo

    objeto ser identificar, medir, monitorear e informar al consejo de administracin de la Administradora, al Comit deInversin y al Contralor Normativo, los riesgos cuantificables que enfrenten las Sociedades de Inversin en sus operaciones.

    El Comit de Riesgos Financieros podr, en los trminos que se sealen en el Manual de Polticas y Procedimientos para laAdministracin del Riesgo Financiero, autorizar que se excedan los lmites de exposicin a los distintos tipos de riesgo o, ensu caso, ajustar dichos lmites, cuando las condiciones y el entorno de la Sociedad de Inversin as lo requieran.

    Cabe mencionar que el Comit de Riesgo Financiero cuenta con un Subcomit de Crdito, del cual se auxilia para analizarlas posibles Contrapartes nuevas, sin embargo, debido a que la Sociedad de Inversin no cuenta con la no objecin porparte de la CONSAR para operar ningn otro instrumento que no sean los Futuros de dlar americano (DEUAS) en MexDercon fines de cobertura, este Subcomit de Crdito no realiza dicha funcin.

    Una vez que se cuente con la no objecin por parte de la CONSAR para operar otro tipo de instrumentos con nuevasContrapartes, se incorporarn al presente Prospecto las principales actividades a realizar por dicho rgano en el anlisis delas posibles Contrapartes nuevas.

    Respecto a la calidad crediticia y el riesgo de Crdito de los emisores, se tiene la poltica de mantener una cartera deinversiones de primer nivel con calificacin crediticia dentro de lo autorizado por el Rgimen de Inversin de CONSAR,administrada mediante el anlisis detallado de la informacin, procurando vigilar la evolucin financiera de los instrumentos,as como los cambios en la calificacin de crdito otorgada por las empresas calificadoras profesionales. Entendiendo comocartera de primer nivel a aquellas emisiones con calificaciones crediticias altas otorgadas por parte de las empresascalificadoras, como resultado de una slida situacin financiera, buena calidad crediticia y bajas expectativas deincumplimiento de sus obligaciones,

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    Dentro de los objetivo de exposicin al Riesgo Financiero, el Comit de Riesgo Financiero defini un lmite mximoprudencial de exposicin al Riesgo de Crdito de 2.80% del Activo Total de la Sociedad de Inversin,

    Para realizar la medicin del Riesgo de Crdito, se emplea un enfoque de aproximacin Delta-Gamma. En trminosgenerales, la estimacin del clculo de Riesgo de Crdito consiste en medir el impacto en el precio de un bono utilizando elvalor esperado de la sobretasa, el cual se calcula en base a la Matriz de probabilidades de transicin y las Matrices desobretasas promedio observadas en el mercado. Este clculo aplica para Instrumentos de Deuda y Valores Extranjeros deDeuda, excepto los valores emitidos por el Gobierno Federal, los vehculos de deuda y las contrapartes en operaciones dereporto. La UAIR informa mensualmente al Comit de Inversiones la exposicin de las Sociedades de Inversin al Riesgo de

    Crdito para su toma de decisiones.La importancia de la metodologa descrita anteriormente radica en la informacin que proporciona al Comitde Inversiones para la toma de decisiones

    III. Polticas de Inversin

    a) Objetivos de la Inversin .

    Inbursa Siefore Bsica 3, es una Sociedad de Inversin especializada de fondos para el retiro, cuyo objetivo es otorgar a susaccionistas el ms alto rendimiento posible, consistente con el Rgimen de Inversin y un manejo prudente del riesgo. LaSociedad, para lograr este objetivo, adquiere Instrumentos autorizados, con los recursos provenientes de la colocacin delas acciones representativas de su capital social entre los Trabajadores registrados en Afore Inbursa. La Sociedad deInversin no puede garantizar rendimiento alguno.

    b) Polticas de Inversin, Administracin Integral de Riesgos, Liquidez, Adquisicin, Seleccin yDiversificacin de Valores.

    Criterios generales sobre la poltica de administracin de riesgos e inversiones que seguir la Sociedad de Inversin:

    i. Inbursa Siefore Bsica 3 invertir en las siguientes clases de activos autorizados en el rgimen de inversin:

    Clases de Activos autorizados por elRgimen de Inversin

    Clases de Activosen los que

    invertir AforeInbursa

    Renta Variable Nacionala

    Renta Variable Internacionala

    Deuda Privada Nacional aEstructuradosa

    Deuda Internacionala

    Derivados (nicamente Futuros del dlaramericano (DEUA) en MexDer siempre quedichas operaciones se realicen con fines decobertura)

    a

    Divisasa

    Mercancas X

    Fondos Mutuos X

    Fondos de Fondos X

    Mandatarios X

    ii. Inbursa Siefore Bsica 3 invertir en un Plazo Promedio Ponderado con un rango de 790 a 1780 das el cual seconsidera adecuado para esta clase de sociedad de inversin, sin que esto tenga un carcter vinculatorio, sinonicamente informativo.

    iii. Inbursa Siefore Bsica 3 mantendr un VaR entre 0.20% y 1%, siendo 1.4% el mximo permitido por la CONSAR,esto no tendr un carcter vinculatorio, sino nicamente informativo.

    La Sociedad podr operar con los Activos Objeto de Inversin autorizados y con aquellos que las autoridades competentesautoricen en el futuro, a los plazos que el Comit de Inversin determine, siempre respetando el Rgimen de Inversin. LaSociedad de Inversin invertir principalmente en Instrumentos cuyas caractersticas especficas preserven el valoradquisitivo de los Trabajadores.

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    La poltica para seleccionar los valores la determina el Comit de Inversin, el cual se basar en indicadores de rentabilidad,riesgo y costo de oportunidad, y buscar identificar oportunidades de inversin, seleccionando la mejor alternativa global.

    Inbursa Siefore Bsica 3, realiza el manejo prudencial de los riesgos de acuerdo con las disposiciones que la CONSAR haemitido en materia de Administracin Integral de Riesgos utilizando modelos de valuacin que han sido validadosinternamente comparndolos con otros modelos y mediante su uso en la operacin diaria con otros Intermediarios; dichosmodelos se encuentran sustentados en literatura especializada y son ampliamente usados y reconocidos en los MercadosNacionales e Internacionales.

    Afore Inbursa en la pgina de Internet www.inbursa.com el trabajador puede conocer con mayor detalle y profundidad lascaractersticas anteriores sobre la gestin de la cartera de inversin de la Sociedad de Inversin

    Inbursa Siefore Bsica 3, basa su Poltica de Administracin de Riesgos en el manejo prudencial de los distintos tipos deriesgos a los que se encuentra expuesta, procurando en todo momento obtener el ptimo rendimiento en correspondenciacon el nivel de riesgo tomado, para lo cual el Consejo de Administracin constituy el Comit de Riesgo Financiero deacuerdo a la familia de Circulares CONSAR 62.

    Riesgo de Mercado.-Es administrado considerando estrechamente la relacin riesgo-rendimiento de los portafolios, conmetodologas de Valor en Riesgo (VaR), manteniendo el lmite mximo del 1.40% sobre el Activo Administrado por laSociedad de Inversin,.

    Se vigila el Riesgo de Mercado diario de sus posiciones mediante el modelo de Valor en Riesgo Histrico a un da utilizando1,000 escenarios el nmero de escenario correspondiente al VaR es la E-sima peor observacin expresada en trminospositivos, realizando pruebas de desempeo y bajo condiciones extremas, que permiten evaluar las posibles minusvalas enescenarios poco favorables.

    El VaR, resume la prdida mxima esperada (o peor prdida) a lo largo de un horizonte de tiempo dentro de un intervalo deconfianza dado, es decir, la prdida de valor que puede sufrir la cartera de valores dado un nivel de riesgo asumido en unperiodo determinado.

    Inbursa Siefore Bsica 3 mantendr un lmite mximo del Diferencial del Valor en Riesgo Condicional de hasta el 0.60% delActivo Administrado por la Sociedad de Inversin, el cual fue determinado por el Comit de Anlisis de Riesgo (CAR).

    El CAR determinar y actualizar anualmente, o bien cuando las condiciones de los mercados lo requieran, el lmitereferente al Diferencial del Valor en Riesgo Condicional para la Siefore Bsica 3.

    Inbursa Siefore Bsica 3, basa sus escenarios de crisis con pruebas bajo condiciones extremas o Stresstesting, queconsisten en la estimacin de las prdidas que podra sufrir un portafolio, ante escenarios en los que los movimientos delmercado son extraordinariamente adversos (aumentos considerables en las tasas de inters, tipo de cambio, etc.).

    El modelo para el clculo de las prdidas esperadas bajo condiciones extremas, se hace mediante la volatilidad de losFactores de Riesgo que influyen en la valuacin de cada Instrumento del portafolio, y los escenarios extremos se estiman de1 hasta 5 volatilidades.

    Tambin se realizan anlisis de estrs conocidos como escenarios de crisis en eventos como crisis mexicana, crisis asitica,crisis rusa, credit crunch y 11 de septiembre, de manera que se simula lo que sucedera hoy si los Factores de Riesgotuvieran los niveles de variacin que se observaron en dichos eventos de crisis pasados.

    Inbursa Siefore Bsica 3, se especializa en el manejo ptimo de los portafolios, para obtener el mximo rendimiento paracada nivel de riesgo en cartera.

    El Objetivo de Exposicin al Riesgo de Mercado es mantener una posicin cuyo valor sea menor o igual a:

    ModeloVaRParamtrico

    VaR(*)ComoporcentajedelActivoTotal

    SB3

    TasaNominal 1.04%

    Tasa

    Real

    1.04%

    TipodeCambio 1.04%

    ValoresExtranjeros 0.78%

    RentaVariable 1.37%

    Estructurados 0.32%

    TOTAL 1.40%* Valor en Riesgo diario al 95% de confianza, de acuerdo con la metodologa que determine el Comit de Riesgo Financiero.

    Riesgo de Crdito.-Es vigilado mediante el modelo de riesgo de crdito, CreditMetrics, el cual se basa en el anlisis de lacalificacin de los Instrumentos privados incluidos en el portafolio. Mediante esta calificacin y la utilizacin de una matriz de

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    probabilidades de transicin, se estima la probabilidad de que un ttulo migre hacia una calificacin inferior, o incurra enun incumplimiento de sus compromisos.

    Posteriormente, se hace un anlisis de sobretasas, mismo que se realiza a partir del cambio en el nivel de calificacin de unbono y el impacto de ste cambio en el mismo precio del bono.

    Para el Riesgo de Crdito, buscamos mantener una cartera con inversiones de primer nivel y una calificacin crediticia deacuerdo con los parmetros y calificaciones especificadas en las Disposiciones del Rgimen de Inversin sealadas en laseccin IV.- Rgimen de Inversin de este prospecto.

    Riesgo de Liquidez.- Es administrado manteniendo en todo momento el nivel de liquidez que le permite enfrentar sinproblemas sus obligaciones diarias y las correspondientes a horizontes de tiempo en el futuro, mediante la inversin enactivos con amplio mercado secundario y el menor Riesgo de Crdito.

    Riesgo de Procesos Operativos.-Es administrado considerando la prdida potencial por el incumplimiento de polticas yprocedimientos, necesarios en la gestin de la administracin de las cuentas individuales de los Trabajadores y la inversinde sus recursos mediante el apego a normas internas y externas por parte de Afore Inbursa.

    Riesgo Legal.-Es administrado midiendo la prdida potencial por el incumplimiento de las disposiciones legales aplicables,la emisin de resoluciones administrativas y/o judiciales desfavorables, as como la aplicacin de sanciones, en relacin conlas operaciones que lleve a cabo.

    Riesgo Tecnolgico.-Es administrado midiendo la prdida potencial por daos, interrupcin, alteracin o fallas derivadasen los sistemas fsicos e informticos, aplicaciones de cmputo, redes y cualquier otro canal de distribucin necesarios parala ejecucin de procesos operativos por parte de Afore Inbursa.

    Riesgo Operativo de Inbursa Siefore Bsica 3.-Es administrado midiendo la prdida potencial por fallas o deficiencias enlos sistemas de informacin, en los controles internos o por errores en el procesamiento de las operaciones de la Sociedadde Inversin considerando siempre los requerimientos de la norma ISO 9001:2000 y su equivalente a la norma mexicanaNMX-CC-9001-IMNC-2000, as como a los requerimientos contenidos en la familia de Circulares CONSAR 62

    La Sociedad de Inversin considera para sus decisiones de inversin en Instrumentos Estructurados, Divisas y accionesindividuales que formen parte del Activo Administrado por la Sociedad de Inversin, los resultados de las pruebas a que serefiere el artculo 51 de las Disposiciones de carcter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

    A efecto de lo anterior, las pruebas referidas se efectan con una periodicidad anual.

    Los resultados de dichas pruebas se presentan al Comit de Inversin para que las considere en sus decisiones deinversin, y se hacen del conocimiento del Consejo de Administracin de la Sociedad de Inversin en la sesin siguiente asu elaboracin, mantenindose a disposicin de la Comisin.

    Afore Inbursa en la pgina de Internet www.inbursa.com el trabajador puede conocer con mayor detalle las caractersticasanteriores sobre la administracin integral de riesgos de la cartera de inversin de la Sociedad de Inversin.

    c) Inversin en Derivados

    Previo cumplimiento de los requisitos que establezca la Comisin mediante disposiciones de carcter general, la Sociedadde Inversin podr llevar a cabo operaciones financieras conocidas como derivadas, sealadas en la regulacin expedidapor el Banco de Mxico.

    Actualmente la Sociedad cuenta con autorizacin para realizar nicamente operaciones de Futuros del Dlar Americano(DEUA) en MexDer siempre que dichas operaciones se realicen con fines de cobertura y en apego al Rgimen de Inversinvigente y a las normas emitidas por el Banco de Mxico aplicables al respecto.

    El objetivo de las polticas que se mencionan a continuacin, es establecer los riesgos asociados y el control de la operacine inversin con los Derivados autorizados.

    En el caso de celebracin de las operaciones financieras conocidas como derivadas por parte de la sociedad de inversin, laestrategia de inversin le permitir diversificar an ms su cartera, lo cual le otorga una mayor proteccin a los recursos delos trabajadores contra el riesgo de mercado.

    Estrategia de inversin con Derivados autorizados:

    Consiste en eficientar la operacin de la cartera de la Sociedad de Inversin, para obtener una mejor combinacin de riesgoy rendimiento, buscando en todo momento optimizar el rendimiento esperado de los recursos.

    La Sociedad de Inversin realizar sus operaciones con Futuros del dlar americano con los siguientes propsitos:

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    Compensar parcial o totalmente las variaciones de valor del activo que se est cubriendo; los que se clasificarn comoDerivados de cobertura.

    Las operaciones con futuros del Dlar Americano (DEUA) en MexDer se realizarn el mismo da.

    Al celebrar operaciones de Futuros del dlar americano, la Sociedad de Inversin Bsica 3 podr dar en garanta depsitoen efectivo, as como realizar aportaciones cuyo propsito sea asegurar el cumplimiento de las referidas operaciones.

    En la adquisicin de Instrumentos Derivados (Futuros del dlar americano) la UAIR, el rea de Riesgos y el rea deInversiones sern responsables del monitoreo del cumplimiento de la Normatividad vigente y actuarn conforme a laspolticas establecidas en el presente prospecto as como a las disposiciones contenidas en el Cdigo de tica.

    Los tipos de Derivados con los que se podr operar son Futuros, sobre los siguientes Subyacentes:

    Divisas, quedando comprendidos, moneda nacional contra divisa y divisa contra divisa, entendindose pordivisas, para este efecto, a los dlares de los Estados Unidos de Amrica (DEUAS).

    La Sociedad de Inversin no podr celebrar las denominadas operaciones de derivados crediticios, ni operacionesfinancieras conocidas como derivadas sobre otra de dichas operaciones.

    La Sociedad de Inversin podr llevar a cabo en Mercados Reconocidos, operaciones de Futuros del dlar americano confines de cobertura nicamente.

    Se consideran como Mercados Reconocidos, al siguiente:

    1. Mercado Mexicano de Derivados, S.A. de C.V., (MexDer), ubicado en la Ciudad de Mxico, Distrito Federal;

    La Sociedad de Inversin Bsica 3 nicamente podr celebrar operaciones de Futuros del Dlar Americano (DEUA) enMexDer siempre que dichas operaciones se realicen con fines de cobertura con los Socios Liquidadores con los que setenga contrato firmado para poder ejecutar este tipo de operaciones.

    Para realizar operaciones con Derivados autorizados se deber contar cuando menos con dos operadores debidamentecapacitados, quienes debern conocer las polticas y procedimientos de operacin y control, y al menos uno deber contarcon experiencia reconocida en el mercado.

    Afore Inbursa contar con un rea de riesgos que permita a los operadores verificar el cumplimiento de los lmites permitidospara la adquisicin de los Instrumentos Derivados autorizados.

    Cuando se pretenda adquirir instrumentos Derivados autorizados se realizar un anlisis sobre las caractersticas y riesgosinherentes, el anlisis deber abarcar por lo menos, los siguientes aspectos:

    I. Estrategia de operacin elaborada por el Comit de Inversin.

    II. Consultas de cotizaciones y precios de subyacentes, segn se trate.

    III. Identificacin de las operaciones, el establecimiento de posturas y el visto bueno de la UAIR

    IV. Simulacin de operacin efectuada por la UAIR.

    El rea de Anlisis de Inversiones abarcar los siguientes aspectos:

    I. Dirigir y coordinar el anlisis en las distintas etapas de los prospectos de Activos Objeto de Inversin.

    II. Establecer propuestas de evaluacin y anlisis general de Activos Objeto de Inversin, considerando los lmites

    establecidos en la normatividad vigente, evitando adems los posibles conflictos de inters.III. Cumplir con las tareas asignadas por el Comit de Inversiones, que se relacionen con las propuestas de inversin.

    El Operador ser responsable de validar que al pactar las operaciones con instrumentos Derivados autorizados se cumplancon las siguientes caractersticas de operacin:

    En los mercados bu rstiles:

    Margen inicial Tipo de operacin (Compra/Venta) Objetivo de la operacin (Cobertura) Tipo de subyacente (Dlar Americano)

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