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1 PROPUESTA DE NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA DE EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA PARA LA ZONA CONURBADA COLIMA-VILLA DE ÁLVAREZ RED ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA PROYECTO: REGLAMENTACIÓN Y NORMATIVIDAD PARA ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA CUERPOS ACADÉMICOS INVOLUCRADOS UAM-A-CA-88 Arquitectura Bioclimática Universidad Autónoma Metropolitana Azcapotzalco UNISON-CA-79 Estudios Integrales en Arquitectura Universidad de Sonora UCOL-CA-25 Arquitectura y Medio Ambiente Universidad de Colima Aníbal Figueroa Castrejón (responsable) José Manuel Ochoa de la Torre (Responsable) Adolfo Gómez Amador (Responsable) Víctor Fuentes Freixanet, Irene Marincic Lovriha Armando Alcántara Lomelí José Roberto García Chávez, María Guadalupe Alpuche Cruz Luis Gabriel Gómez Azpeitia Pablo Elías López (en proceso de registro) Alejandro Duarte Aguilar Carlos Javier Esparza López (Colaborador) Gloria María Castorena Espinosa (asociado) M. C. Luisa María Gutiérrez Sánchez Marcos Eduardo González Trevizo (Colaborador) Héctor Valerdi Madrigal (asociado) Luis Arturo Vargas Robles (Colaborador) Karen Estrella Martínez Torres (Colaborador) Israel Tovar Jiménez (alumno de Doctorado) Ileana González Corrales (Colaboradora) Silvia Gabriela García Martínez, (Maestría) Gloria Elena Stone Osorno (Becaria) Alma García Sotelo, Programa de (Maestría) Annel Ramos Salazar (Becaria) Patricia Cuevas Heredia (Maestría) Universidad de Buenos Aires (Invitado Externo) Arquitectura y Energía Universidad Politécnica De Cataluña (Invitado Externo) Cualidade e Sustentabilidade do Ambiente Construido Universidad Estatal de Campinas (Invitado Externo) Martin Evans Helena Coch Roura (Responsable) Lucila Chebel Labaki Silvia de Schiller Rafael Serra Florensa Vanessa Gomes da Silva CIE-UNAM (Invitado Externo) Antoni Isalgué Buxeda Guadalupe Huelsz Lesbros Jaume Roset Calzada Jorge Rojas Menéndez Juan Antonio Marín Herrera (Colaborador)

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PROPUESTA DE NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA DE EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA PARA LA ZONA CONURBADA

COLIMA-VILLA DE ÁLVAREZ

RED ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA

PROYECTO:

REGLAMENTACIÓN Y NORMATIVIDAD PARA ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA

CUERPOS ACADÉMICOS INVOLUCRADOS

UAM-A-CA-88 Arquitectura Bioclimática Universidad Autónoma

Metropolitana Azcapotzalco

UNISON-CA-79 Estudios Integrales en Arquitectura

Universidad de Sonora

UCOL-CA-25 Arquitectura y Medio Ambiente

Universidad de Colima

Aníbal Figueroa Castrejón (responsable)

José Manuel Ochoa de la Torre (Responsable)

Adolfo Gómez Amador (Responsable)

Víctor Fuentes Freixanet, Irene Marincic Lovriha Armando Alcántara Lomelí

José Roberto García Chávez, María Guadalupe Alpuche Cruz Luis Gabriel Gómez Azpeitia

Pablo Elías López (en proceso de registro)

Alejandro Duarte Aguilar Carlos Javier Esparza López (Colaborador)

Gloria María Castorena Espinosa

(asociado)

M. C. Luisa María Gutiérrez Sánchez Marcos Eduardo González Trevizo

(Colaborador)

Héctor Valerdi Madrigal (asociado) Luis Arturo Vargas Robles (Colaborador)

Karen Estrella Martínez Torres (Colaborador)

Israel Tovar Jiménez (alumno de Doctorado)

Ileana González Corrales (Colaboradora)

Silvia Gabriela García Martínez, (Maestría)

Gloria Elena Stone Osorno (Becaria)

Alma García Sotelo, Programa de (Maestría)

Annel Ramos Salazar (Becaria)

Patricia Cuevas Heredia (Maestría)

Universidad de Buenos Aires

(Invitado Externo) Arquitectura y Energía

Universidad Politécnica De Cataluña

(Invitado Externo)

Cualidade e Sustentabilidade do Ambiente Construido

Universidad Estatal de Campinas (Invitado Externo)

Martin Evans Helena Coch Roura (Responsable) Lucila Chebel Labaki

Silvia de Schiller Rafael Serra Florensa Vanessa Gomes da Silva

CIE-UNAM

(Invitado Externo)

Antoni Isalgué Buxeda

Guadalupe Huelsz Lesbros Jaume Roset Calzada

Jorge Rojas Menéndez Juan Antonio Marín Herrera (Colaborador)

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PROPUESTA DE NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA DE EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA PARA LA ZONA

CONURBADA COLIMA-VILLA DE ÁLVAREZ.

CONTENIDO

EXPOSICION DE MOTIVOS ............................................................................................. 3

CAPÍTULO I. CONSIDERACIONES GENERALES ........................................................... 4

ARTÍCULO 1. CONTENIDO ................................................................................................. 4

ARTÍCULO 2. OBJETIVO GENERAL ..................................................................................... 5

ARTÍCULO 3. ÁMBITOS DE APLICACIÓN .............................................................................. 5

ARTÍCULO 4. OBLIGATORIEDAD DE LA NORMA .................................................................... 5

CAPÍTULO II. CONSIDERACIONES SOBRE PROYECTOS URBANOS ......................... 6

ARTÍCULO 5. DISEÑO DE VIALIDADES ................................................................................. 6

ARTÍCULO 6. MEDIDAS PARA LA REDUCCIÓN DEL EFECTO DE ISLA DE CALOR URBANA ........... 9

CAPÍTULO III. CONSIDERACIONES SOBRE PROYECTO DE EDIFICACIÓN

BIOCLIMÁTICA ............................................................................................................... 10

ARTÍCULO 7. FORMA Y FACTOR DE FORMA ....................................................................... 10

ARTÍCULO 8. ORIENTACIÓN ............................................................................................ 11

ARTÍCULO 9. AISLAMIENTO TÉRMICO ............................................................................... 11

ARTÍCULO 10. ABERTURAS Y PROTECCIONES .................................................................. 12

ARTÍCULO 11. PROTECCIÓN SOLAR ................................................................................. 13

ARTÍCULO 12. ILUMINACIÓN NATURAL.............................................................................. 13

ARTÍCULO 13. VENTILACIÓN ........................................................................................... 13

ARTÍCULO 14. INSTALACIONES ........................................................................................ 14

ARTICULO 15. ÁREAS EXTERIORES ................................................................................. 16

CAPÍTULO IV. CONTROL E INSPECCIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA ...... 17

ARTÍCULO 16. ................................................................................................................ 17

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EXPOSICION DE MOTIVOS

La normalización del diseño y construcción de edificios con características

bioclimáticas tiene como objetivo reducir el impacto ambiental de la actividad

constructiva y del uso de los edificios, mediante la incorporación de disposiciones

obligatorias, opcionales o incentivadas que mejoren la eficiencia en el uso de la

energía, la habitabilidad y reduzcan el impacto ambiental de las edificaciones.

En México al menos el 30% de la energía eléctrica producida se consume en los

edificios, por otro lado en la zona norte y en las localidades costeras, las

condiciones climáticas obligan a usar aire acondicionado, en algunos casos hasta

seis meses del año. Esta figura se incrementa si incluimos industrias como la

turística, cuyas actividades se llevan a cabo en locales generalmente climatizados

artificialmente.

Con ésta Norma técnica se pretende de reducir el consumo de energía en las

edificaciones y mejorar su habitabilidad.

Para ello se han identificado, evaluado y propuesto diferentes parámetros,

recomendaciones o estándares de desempeño energético, aplicables a las

condiciones climáticas del Municipio de Colima y Villa de Álvarez.

.

También se han revisado los elementos arquitectónicos más relevantes que

afectan la respuesta energética de una construcción con su entorno físico local y

se han establecido recomendaciones sobre los usos, tipos y equipos de

climatización electromecánica e iluminación artificial.

Todo esto con la finalidad de integrar soluciones y propuestas que enriquezcan y

maticen la normatividad vigente y faciliten una reglamentación y/o normatividad

efectiva.

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CAPÍTULO I. CONSIDERACIONES GENERALES

Artículo 1. Contenido

Esta norma técnica complementaria desarrolla de forma articulada un conjunto

disposiciones en tres ámbitos principales vinculados a la edificación y el espacio

urbano: uso de la energía, confort ambiental, y vegetación urbana.

1. Eficiencia energética

Incluye el planeación urbanístico y de la edificación con criterios bioclimáticos.

2. Confort ambiental

3. Vegetación en las zonas urbanas de bajo consumo de agua

Se centra en el uso de vegetación relacionada con los edificios y la vegetación de

los espacios públicos, potenciando sus efectos climáticos benéficos e

incentivando el bajo consumo de agua correspondiente.

1. Eficiencia energética

Incluye la planeación urbanística y de la edificación con criterios bioclimáticos. La

eficiencia energética se alcanzará con dos enfoques que deberán considerarse de

forma simultanea en el proyecto: mediante el uso de tecnología de punta y el

diseño eficiente de las instalaciones según las NMX y NOM vigentes y por otro

lado a través de buen diseño urbano y arquitectónico aplicando las

recomendaciones bioclimáticas correspondientes a la región del proyecto.

2. Confort ambiental

Se refiere al las condiciones ambientales, tanto la climáticas como las generadas

por la interacción de las personas con el entorno natural y construido, apropiadas

para que el ser humano realice sus actividades cotidianas confortablemente en los

aspectos termo-higrométricos, visuales y acústicos

3. Vegetación en las zonas urbanas de bajo consumo de agua

Se centra en el uso de vegetación relacionada con los edificios y la vegetación de

los espacios públicos, potenciando sus efectos climáticos benéficos e

incentivando el bajo consumo de agua correspondiente.

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Artículo 2. Objetivo general

El objetivo de esta norma técnica complementaria es reducir el impacto ambiental

de la actividad constructiva y de la habitabilidad de los edificios, mediante la

incorporación de disposiciones obligatorias, optativas o incentivadas que mejoren

la eficiencia en el uso de la energía y reduzcan el impacto ambiental de las

edificaciones.

Artículo 3. Ámbitos de aplicación

Se considera que el estado de Colima cuenta con climas cálido húmedo, cálido,

templado y frío (ver imagen 1). Esta norma técnica complementaria es de

aplicación en municipios de Colima y Villa de Álvarez en aquellas actividades de

urbanización de suelo y de edificación, tanto para proyectos nuevos, remodelación

o cambio de uso del edificio, de carácter público y privado, para el desarrollo de

actividades humanas, salvo cuando esta ley se oponga a una normativa de

carácter estatal o federal.

Imagen 1. Zonas climáticas del estado de Colima.

Artículo 4. Obligatoriedad de la Norma

Esta norma es de carácter obligatorio en los todos los casos que marca el Articulo

3, salvo en determinados casos podrá prescindirse del cumplimiento de alguno de

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sus apartados, siempre y cuando sea por causas técnicas debidamente

justificadas, en las que habiéndose tomado medidas compensatorias que permitan

alcanzar el objetivo enunciado en el artículo 2 de la presente Norma, y que estas,

tras su análisis por una comisión especializada, sean aceptadas por el

Ayuntamiento.

CAPÍTULO II. CONSIDERACIONES SOBRE PROYECTOS

URBANOS

Artículo 5. Diseño de vialidades

Los proyectos de planeación urbana deberán cumplir con los criterios siguientes:

1. Ventilación

Garantizar el acceso a la ventilación natural y que todos los edificios cuenten con

ventilación cruzada, al tiempo que eviten obstaculizar el acceso de la ventilación a

otros edificios.

El diseño de la traza urbana deberá atender la orientación de acuerdo al eje eólico

(norte-sur) con una desviación máxima de 22°.

2. Orientación de calles y lotes

Con el objetivo de mejorar las condiciones térmicas de los edificios se recomienda

potenciar el trazado de las calles paralelas al eje longitudinal de las manzanas en

el sentido oriente-poniente a fin de conseguir que una de las dos fachadas

principales esté orientada al norte (con un desvío máximo de 23 º) y evitar la

orientación oriente y poniente en las fachadas principales (Ver imagen 2 a 5).

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Imagen 2. Disposición ideal de lotes y de manzana respecto al eje solar.

Imagen 3. Disposición máxima permitida de lotes y de manzana respecto al eje

solar.

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Imagen 4. Disposición compensada ideal de los lotes cuando la manzana cuenta

con una orientación permitida.

Imagen 5. Disposición compensada máxima permitida de los lotes cuando la

manzana se encuentra por encima del máximo permitido con respecto al eje solar.

En los casos en que esta solución no sea aplicable por incompatibilidad con la

traza urbana preexistente y/o el paisaje urbano, el diseño de la lotificación

procurara que el eje longitudinal del lote mantenga una desviación máxima de 67 º

respecto al eje norte-sur.

Es recomendable utilizar soluciones de lotificación que permitan que el mayor

número posible de edificios tengan alguna de las fachadas principales orientadas

al eje norte-sur, aun cuando no corresponda al eje perpendicular de la vialidad.

En los casos que no cumplan esta indicación, será necesario que en la fase de

proyecto ejecutivo se compense adecuada y justificadamente este inconveniente.

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3. Trazado de las calles

1. Las vialidades primarias destinadas a la circulación, permitirán acceder, salir y

rodear el área urbanizada nueva, integrándola a la trama urbana existente podrán

tener cualquier orientación.

2. Vialidades secundarias

Estas acogerán la mayoría de los edificios y viviendas deberán estar orientadas

siguiendo el eje este-oeste. Estas calles dispondrán de soluciones que

desincentiven el tráfico de paso.

4. Diseño de la lotificación y sembrado de viviendas

En cuanto a las proporciones del lote se buscará que el frente del mismo este

orientado al norte o al sur. En el caso de viviendas con fachadas este y oeste,

próximas a la colindancia, deberán estar protegidas del soleamiento por las casas

adyacentes. En el caso de viviendas en esquina o separadas del resto de las

viviendas, deberán contar con estrategias para evitar las ganancias térmicas; ya

sea por medio de aislantes térmicos o protecciones solares.

Artículo 6. Medidas para la reducción del efecto de isla de calor

urbana

Con el objetivo de reducir el sobrecalentamiento de las zonas urbanas que

fomenta el incremento del consumo de energía y la incomodidad térmica, se

estudiará la aplicación de medidas en el diseño urbano que amortigüen el efecto

de isla de calor sobre las zonas urbanas.

1. Pavimentos y recubrimientos

Se promoverá el uso de materiales de baja absortancia de la radiación solar, tanto

de los edificios como de los pavimentos. El albedo o reflectancia solar de estos

materiales será superior al 40% y se emplearán sustitutos del asfalto con mayor

reflectancia, o bien se utilizarán aditivos para aumentarlo.

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2. Elementos artificiales de sombreado

Se aplicarán soluciones para fomentar el sombreado de espacios públicos, calles,

plazas, zonas de juego, etc., en la temporada cálida, creando espacios protegidos

o semi-protegidos de un exceso de soleamiento.

3. Vegetación

Los proyectos urbanos deberán incluir proyectos específicos de recuperación,

conservación y plantación de las especies vegetales existentes en el sitio así

como vegetación propia de la región en las zonas públicas del espacio urbanizado,

detallando las especies, cantidad y distribución, requerimientos de agua y

sistemas de riego. Los contenidos y criterios de este proyecto se detallan en el

capítulo 7 (indicadores anexos).

1. Pavimentos y recubrimientos

Se promoverá el uso de materiales de baja absortancia de la radiación solar, tanto

de los edificios como de los pavimentos. El albedo o reflectancia solar de estos

materiales será superior al 40% y se emplearán sustitutos del asfalto con mayor

reflectancia, o bien se utilizarán aditivos para aumentarla.

CAPÍTULO III. CONSIDERACIONES SOBRE PROYECTO

DE EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA

Artículo 7. Forma

1. Para edificaciones aisladas:

Para estas, la forma térmicamente óptima es la rectangular, con el eje longitudinal

orientado en el sentido este-oeste.

En función del tamaño de las edificaciones, el factor de forma (superficie de la

envolvente del edificio en relación con su volumen) debe ser lo más baja posible

2. Para edificaciones en bloque:

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Para este tipo de construcciones la situación óptima es exponer las caras norte y

sur, mientras que las caras este y oeste quedan protegidas de la exposición a la

radiación solar directa por los edificios contiguos.

Artículo 8. Orientación

1. Es obligatorio que al menos una de las fachadas principales sea norte o sur

(con una desviación máxima de ± 23º).

2. Sólo se admitirán mayores desviaciones en proyectos de edificios y

lotificaciones existentes que impidan la orientación establecida en la presente

norma, justificando medidas que permitan reducir los inconvenientes de ventilación

y radiación solar provocados por la desviación superior a la señalada en la

fracción anterior.

2. En el caso de proyectos residenciales o de servicios con una sola fachada

orientada al este o al oeste, se deberán implementar medidas compensatorias en

el proyecto ejecutivo privilegiando sistemas pasivos de acondicionamiento

ambiental.

3. En el caso de casas o edificios en esquina se deberá proteger la fachada

expuesta mediante sistemas pasivos o vegetación

Artículo 9. Aislamiento térmico

1. Los proyectos deberán justificar que la solución constructiva de la envolvente

del edificio, garantiza como máximo la transmisión de calor señalada en la NOM-

008-ENER-2001 y la NOM-020-ENER-20111, según corresponda, sin embargo,

adicionalmente a la metodología de cálculo propuesta en las citadas normas, se

recomienda determinar de la transferencia de calor tomando en cuenta la

capacidad calorífica de los materiales de construcción de la envolvente haciendo

un calculo dependiente del tiempo mediante un programa de simulación térmica .

2. Para garantizar la efectividad del aislamiento térmico de los muros, aumentar la

inercia térmica del edificio y eliminar los puentes térmicos, se situará el aislamiento

1 Ver tablas de valores para el cálculo del flujo de calor a través de la envolvente en las normas

referidas.

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por la cara exterior de los muros. En caso de que sólo sea posible el aislamiento

interior se deberán aplicar medidas para eliminar los puentes térmicos en las

intersecciones de paredes, estructura u otros.

Artículo 10. Aberturas y protecciones

1. Todas las aberturas acristaladas tendrán protecciones solares exteriores, fijas o

móviles que garanticen un factor de sombra (radiación directa admitida con

protección/radiación directa admitida sin protección) adecuado según la

orientación de la apertura y la zona climática (entre menos será el factor de

sombra mayor será la protección solar). El cálculo de este factor de protección

solar se realizará según el modelo propuesto en la NOM-008-ENER-2001 y la

NOM-020-ENER-20112. La protección solar en las fachadas al sur se hará

preferentemente mediante los aleros o voladizos en combinación con protecciones

verticales cuando sea necesario, la longitud de las cuales estará calculada para

evitar la incidencia de sol directo sobre las aperturas en los meses de más

insolación. En las otras fachadas se instalarán preferentemente protecciones

verticales ya sean fijas o móviles.

2. Las protecciones exteriores deberán estar diseñadas para resistir las

características del clima local (corrosión, radiación UV, polvo, viento, plagas, entre

otros).

3. No se admitirán vanos exteriores acristalados en espacios climatizados (con

calefacción y / o refrigeración), cuya superficie sea mayor a la del edificio de

referencia mencionado en la NOM-008-ENER-2001 y la NOM-020-ENER-2011.

Estas dimensiones podrán aumentar en el caso de que las ganancias de calor por

radiación se compensen aumentando el factor de sombra, mejorando las

propiedades térmicas de las ventanas, así como la protección solar utilizando

dispositivos de sombra exteriores que eviten la entrada de sol directo durante

primavera y verano.

4. En las cubiertas, las aberturas transparentes o translúcidas horizontales no

superarán a la del edifico de referencia mencionado en la NOM-008-ENER-2001 y

2 Ver tablas para determinar el factor de corrección de sombreado exterior en las normas referidas.

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la NOM-020-ENER-2011, excepto en los casos que dispongan de protecciones,

filtros u otros dispositivos que reduzcan la aportación de radiación directa,

permitiendo la entrada de luz difusa.

5. El uso de cristales tintados o ahumados, así como de cristales reflectantes

como medio de protección solar, estará condicionado a que se compruebe su

eficiencia y que no provoquen reflejos molestos sobre edificios vecinos y

vialidades. Se deberá presentar un estudio técnico donde se demuestre lo

anterior.

Artículo 11. Protección solar

En los proyectos de nuevos edificios se deberá incluir una valoración cuantitativa

de las ganancias solares en verano que se prevé evitar con los medios de

protección solar incorporados al proyecto.

Artículo 12. Iluminación natural

1. Además de las ventanas, se considerará la iluminación cenital como una

manera de conseguir una distribución más homogénea de luz natural en espacios

bajo cubierta, pero siempre cumpliendo las determinaciones del Artículo 10.

2. Por lo menos el 80% de la iluminación en los espacios deberá ser natural, de

manera directa o difusa.

Artículo 13. Ventilación

1. Es obligatorio que todos los edificios de más de dos niveles tengan al menos

dos fachadas exteriores opuestas o dispuestas con un ángulo de 90º para edificios

en esquina, con la finalidad de permitir la ventilación cruzada. Eventualmente se

admitirán proyectos de edificios de uso residencial con una fachada anterior

expuesta a la calle y una fachada posterior dentro del propio terreno considerando

como servidumbre una distancia mínima, en relación al límite posterior del terreno

de un tercio de la altura del edificio. Cuando ninguna de estas dos medidas sea

posible, se deberá disponer de cubos de ventilación interiores.

En edificios habitacionales de dos niveles o menos, de deberá considerar que

tengan una fachada posterior hacia una servidumbre dentro del propio terreno a

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una distancia de 2.5 metros del extremo posterior del terreno, salvo que se

justifiquen medidas compensatorias que reduzcan los efectos negativos en el

confort y la higiene debidas a una deficiente ventilación, sin añadir mayor consumo

de energía3.

2. Las aberturas de los vanos verticales en muros deberán poderse abrir

totalmente o en una proporción suficiente para garantizar una ventilación natural

adecuada de los espacios cerrados.

3. En los espacios habitables se emplearán dispositivos de ventilación natural que

favorezcan la evacuación de aire por extracción pasiva, ya sea por ventana de

linternilla, chimenea solar, extractor eólico de turbina, torre de viento, troneras o

ventanas corridas hasta la cubierta, en casos en donde resulte imposible aplicar

una estrategia de extracción pasiva podrá utilizarse un extractor de energía

convencional cuya eficiencia deberá ser acreditada por algún organismo o comité

oficial.

Artículo 14. Instalaciones

Los proyectos de instalaciones de los edificios han de incorporar las directrices

desarrolladas en los apartados siguientes, tanto en edificios de nueva construcción

o en caso de rehabilitación.

1. Instalación eléctrica e iluminación artificial

1.1. En las viviendas multifamiliares los puntos de iluminación permanentes en

pasillos, descansos de escaleras, puerta y cabina del elevador, etcétera, deberán

ser siempre de alta eficiencia (eficiencia mínima 50 lumen/W).

1.2. En espacios privados comunes de uso esporádico, los interruptores de

iluminación serán de encendido programado o con detección de presencia.

1.3. En estacionamientos colectivos, la ventilación mecánica y la iluminación,

estarán programadas con relación a la apertura de la puerta de acceso o el

encendido de la iluminación.

3 Ductos de luz, patios interiores, entre otros.

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1.4. Las luminarias de espacios privados comunes que dispongan de iluminación

natural deberán tener sensores de luz y balastros capaces de adaptar la

intensidad luminosa en función de la luz natural.

1.5. Las luminarias exteriores vinculadas a los edificios deberán estar provistas de

dispositivos automáticos para su encendido y apagado en función de la luz natural

(ya sea incorporado a la luminaria o centralizado).

1.6. Todos los equipos de iluminación exterior estarán provistos de pantallas

adecuadas para reflejar la luz únicamente hacia el suelo.

1.7. No se utilizarán lámparas con una eficiencia energética inferior a 50 lumen/W

para la iluminación de espacios privados (sólo serán admisibles para la

iluminación puntual concentrada, o un uso muy ocasional o decorativo).

1.8. Es obligatorio sectorizar la iluminación de espacios privados grandes en

varios interruptores para poder adaptar el grado de iluminación en función de las

necesidades.

3. Instalación hidráulica

2.1. La conducción de agua caliente debe tener puntos de conexión específicos

para lavadora y del lavavajillas.

2.2. Las conducciones de agua caliente que estén empotradas o aparentes

deberán estar protegidas con aislamiento térmico, de acuerdo al inciso 4 de este

artículo.

4. Secado de ropa

Todos los edificios residenciales, incluidos los multifamiliares, deben incluir un

espacio adecuado (soleado y ventilado) para tender la ropa, cumpliendo la norma

técnica de los reglamentos de construcción de los municipios de Colima y Villa de

Álvarez.

5. Aire acondicionado

Cuando se requieran equipos de aire acondicionado, no se admitirán si no tienen

una Relación de Eficiencia Energética (REE) mayor o igual a 2.72 Wt / We (donde

Wt=Watt térmico y We=Watt eléctrico), según lo indica el Capítulo 6 de la NOM-

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023ENER-20104 para equipos de tipo dividido sencillos o múltiples, sin ductos de

aire, con descarga libre (split o multisplit).

En el caso de equipos de aire acondicionado tipo central, paquete o dividido la

Relación de Eficiencia Energética Estacional (REEE) debe ser mayor o igual a

3.81 Wt / We como lo marca, en este caso, el capítulo 6 de la NOM-011-ENER-

20065.

6. Instalación Sanitaria y pluvial

6.1 Las edificaciones deberán de disponer de instalaciones sanitarias y pluviales

independientes.

6.2 Las redes de aguas pluviales deberán descargar en cisternas, en áreas

verdes, cuencas o escurrimientos naturales, y en última instancia al arroyo vial

siempre y cuando sea permeable (superficies como terracerías, empedrado,

adoquín, etc.)

6.3 En edificaciones nuevas deberán de colocarse sistemas o accesorios para el

ahorro de agua en la alimentación de los muebles sanitarios (W.C. dual, llaves

ahorradoras de agua, mingitorios secos, etc.)

Articulo 15. Áreas exteriores

1. Todos los espacios exteriores públicos o privados, ya sean de paso o

permanencia, deberán estar sombreados durante la época de mayor insolación, ya

sea por vegetación u otros dispositivos como pergolados, aleros y partesoles o

preferentemente una combinación de estos.

2. En el caso de las áreas que no sean de circulación o permanencia, deberá

evitarse en lo posible el uso de pavimentos, teniendo prioridad las cubiertas

vegetales con especies regionales de bajo consumo de agua.

4 Norma Oficial Mexicana NOM-023-2010-ENER, Eficiencia energética de acondicionadores de aire de tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire, límites, método de prueba y etiquetado 5 Norma Oficial Mexicana NOM-011-2006-ENER, Eficiencia energética de acondicionadores de aire de tipo central, paquete o dividido, límites, método de prueba y etiquetado.

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3. En los estacionamientos al menos el 50% de los espacios deberá estar

sombreado por una combinación de cubiertas naturales y artificiales. La

proyección de sombras se deberá calcular para darle protección a los vehículos y

usuarios al menos en la época de mayor soleamiento.

5. Se deberán proveer de pasos peatonales protegidos para la circulación de las

usuarios dentro del estacionamiento.

CAPÍTULO IV. CONTROL E INSPECCIÓN DEL

CUMPLIMIENTO DE LA NORMA

Artículo 16.

El control, inspección y sanciones sobre la aplicación de ésta norma se llevará a

cabo según lo establecido en los reglamentos de construcción de los municipios

de Colima y Villa de Álvarez.