PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene...

30

Transcript of PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene...

Page 1: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.
Page 2: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

PROPIEDAD INTELECTUAL

Derecho de Autor

Page 3: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

Definición

Es todo el que hacer creativo intelectualtiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias y artísticas

Page 4: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

DERECHOS DE AUTOR

OBRAS ARTÍSTICASOBRAS LITERARIASOBRAS CIENTÍFICASOBRAS MUSICALESSOFTWARERECOPILACIÓN DE JURISPRUDENCIADISCURSOS

ETC.

Page 5: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

Tipo de obras que abarca el derecho de autor:

Incluye: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro,periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.

Page 6: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

NORMAS QUE RIGEN LOS DERECHOS DE AUTOR

Constitución Nacional (art. 61)Código Civil (art. 671)Ley 23 de 1.982Ley 44 de 1.993Ley 603 de 2.000

Decreto 1360 de 1989Tratados Internacionales

Convenio de Berna 1886Normas comunitarias (Decisión 351 de 1.993)

Page 7: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

El autor de una obra protegida tendrá el derecho exclusivo de realizar o de autorizar uno cualquiera de los actos siguientes:A. Reproducir la obra;B. Efectuar una traducción, una adaptación, un arreglo o cualquier otra transformación de la obra, yC. Comunicar la obra al público mediante la representación, ejecución, radiodifusión o por cualquier otro medio.

Page 8: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

MODIFICACIÓN DE LAS OBRAS: El que con permiso expreso del autor o de sus causahabientes adapta, transporta, modifica, extracta, compendia o parodia una obra del dominio privado, es titular del derecho de autor sobre su adaptación, transporte, modificación, extracto, compendio o parodia, pero salvo convención en contrario, no podrá darle publicidad sin mencionar el título de la obra originaria y su autor

Page 9: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

OBRA INDIVIDUAL

• Es la obra producida por una sola persona

Page 10: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

OBRA POR ENCARGOCuando uno o varios autores, mediante contrato de servicios, elaboren una obra según plan señalado por persona natural o jurídica y por cuenta y riesgo de ésta, solo percibirán, en la ejecución de ese plan, los honorarios pactados en el respectivo contrato. Por este solo acto, se entiende que el autor o autores transfieren los derechos sobre la obra, pero conservarán las prerrogativas consagradas en el artículo 30 de la Ley 23 de 1.982, en sus literales a) y b)

Page 11: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

LAS OBRAS COLECTIVA: creadas dentro de un contrato laboral o de arrendamiento de servicios, en las que sea imposible identificar el aporte individual de cada una de las personas naturales que en ellas contribuyen, tendrán por titular de los derechos de autor el editor o persona jurídica o natural por cuya cuenta y riesgo ellos se realizan

Page 12: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

OBRA EN COLABORACIÓN

• Es la obra producida por dos o más personas naturales cuyos aporte no pueden separarse.

Page 13: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

Otros Tipos de Obras

• Anónima: Es la obra que no se menciona el nombre del autor.

• Seudónima: El autor se oculta con un seudónimo.• Inédita: Es la obra que no se ha dado a conocer al

público• Póstuma: Obra publicada después de la muerte del

autor• Originaria: Es la obra que no ha sufrido

transformación• Derivada: Es la que resulta de la adaptación,

traducción de una obra original.

Page 14: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

DURACIÓN DE LA PROTECCIÓNLos derechos de autor corresponden durante su vida, y después de su fallecimiento disfrutarán de ellos quienes legítimamente los hayan adquirido, por el término de ochenta años. En caso de colaboración debidamente establecida, el término de ochenta años se contará desde la muerte del último co-autor.

Page 15: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

LIMITACIONES Y EXCEPCIONES AL DERECHO

DE AUTOR

Page 16: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

1. Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que éstos no sean tantos y seguidos que razonablamente puedan considerarse como una reproducción simulada y sustancial, que redunde en perjuicio del autor de la obra de donde se toman. En cada cita deberá mencionarse el nombre del autor de la obra citada y el título de dicha obra.

Page 17: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

2. Es permitido utilizar obras literarias o artísticas o parte de ellas, a título de ilustración en obras destinadas a la enseñanza, por medio de publicaciones, emisiones de radiodifusión o grabaciones sonoras o visuales, dentro de los límites justificados por el fin propuesto, o comunicar con propósitos de enseñanza la obra radiodifundida para fines escolares, educativos, universitarios y de formación profesional sin fines de lucro, con la obligación de mencionar el nombre del autor y el título de las obras así utilizadas

Page 18: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

3. Pueden ser publicadas cualquier título, fotografía, ilustración y comentario relativo a acontecimiento de actualidad, publicados por la prensa o difundidos por la radio o la televisión, si ello, no hubiere sido expresamente prohibido.

Page 19: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

4. Será lícita la reproducción, distribución y comunicación al público de noticias u otras informaciones relativas a hechos o sucesos que hayan sido públicamente difundidos por la prensa o por la radiodifusión.

Page 20: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

5. Es permitido a todos reproducir la Constitución, leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos, reglamentos, demás actos administrativos y decisiones judiciales, bajo la obligación de conformarse puntualmente con la edición oficial, siempre y cuando no esté prohibido.

Page 21: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

DERECHOS DE AUTOR DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

Los derechos de autor sobre las obras creadas por empleados o funcionarios públicos, en cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales de su cargo, serán de propiedad de la entidad pública correspondiente.

Page 22: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

ENTIDADES DE EDUCACIÓN

Para el caso de los trabajos de grado, que se pueden considerar obras literarias o artísticas (tesis de grado, monografías, programas de computador, documentos que recogen una investigación, etc) se debe establecer quién es el titular de los

derechos de autor.

Page 23: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

TRANSMISIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR

Los titulares de los derechos de autor y de los derechos conexos podrán transmitirlo a terceros en todo o en parte, a título universal o singular.

Page 24: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

DERECHOS MORALESSe entiende el derecho del autor a oponerse a cualquier deformación, mutilación o modificación de su obra que pueda ir en detrimento de su honor o reputación.

Page 25: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

LOS DERECHOS MORALES FACULTAN AL AUTOR PARA: A. Reivindicar en todo tiempo la paternidad de su obra y, en especial, para que se indique su nombre o seudónimo cuando se realice cualquiera de los actos mencionados en el artículo 12 de esta Ley 23/82B. A oponerse a toda deformación, mutilación u otra modificación de la obra, cuando tales actos puedan causar o causen perjuicio a su honor o a su reputación, o la obra se demerite, y a pedir reparación por éstos;

Page 26: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

C. A conservar su obra inédita o anónima hasta su fallecimiento, o después de él cuando así lo ordenase por disposición testamentaria;D. A modificarla, antes o después de su publicación;E. A retirarla de la circulación o suspender cualquier forma de utilización aunque ella hubiese sido previamente autorizada.

Page 27: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

DERECHOS PATRIMONIALES

Se entienden los derechos de reproducción, radiodifusión, interpretación y ejecución públicas, adaptación, traducción, recitación pública, exposición pública, distribución, etc.

Page 28: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

QUE DERECHOS SE TRANSMITEN:

La transmisión del derecho, sea total o parcial, no comprende los derechos morales consagrados en el artículo 30 de la Ley 23 de 1.982.

Page 29: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.

OBRAS DE DOMINIO PÚBLICO:1) Las obras cuyo período de protección esté agotado;2) Las obras folclóricas y tradicionales de autores desconocidos.3) Las obras cuyos autores hayan renunciado a sus derechos, y4) Las obras extranjeras que no gocen de protección en la República.

Page 30: PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de Autor Definición Es todo el que hacer creativo intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:las obras literarias.