Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

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Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos impositivos vinculados Encuentro Nro 1: Impuesto a las Ganancias y Bs Personales. Adriana Piano Leonel Zanotto Julio 2021

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Programa de Finanzas Personales

Modulo III: Aspectos impositivos

vinculados

Encuentro Nro 1: Impuesto a las Ganancias y

Bs Personales.

Adriana Piano – Leonel Zanotto

Julio 2021

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Objetivos

• Capacitar en el conocimiento de las obligaciones tributarias, que

surgen como consecuencia del desarrollo de actividades

económicas.

• Incentivar la participación activa, de modo de lograr un proceso de

enriquecimiento y aprendizaje grupal.

• Los participantes podrán presentar casos concretos, a efectos de

analizar in situ las principales consecuencias tributarias.

Finanzas Personales: Aspectos impositivos

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Cronograma de contenidos

Finanzas Personales: Aspectos impositivos

• Introducción a principales obligaciones tributarias

• Impuesto a las Ganancias

• Impuesto sobre los bienes personalesEncuentro Nro 1

• Imposición a los consumos: IVA – Impuesto sobre los ingresos brutos

• Régimen Simplificado Monotributo.Encuentro Nro 2

• Otros impuestos y regímenes promocionales. PyME

• CasosEncuentro Nro 3

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1. Introducción a conceptos básicos de

tributación

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Como se distribuyen los poderes de imposición

Finanzas Personales: Aspectos impositivos

NACIÓN

Derechos Aduaneros

Impuestos Directos

Impuestos Indirectos

PROVINCIAS

Impuestos Directos

Impuestos Indirectos

MUNICIPIOS

Tasas Municipales

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Sistema Tributario Argentino

Finanzas Personales: Aspectos impositivos

Impuestos Nacionales

• IVA

• Ganancias

• IDyC Bancarios

• Impuestos Internos

• Bienes Personales

• IGMP

• ITI

Impuestos Provinciales

• Impuesto sobre los Ingresos Brutos

• Sellos

• Impuesto Automotor

• Impuesto Inmobiliario

Impuestos Municipales

• Tasas por servicios públicos

• Tasa de Seguridad e Higiene

• Derechos

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Manifestaciones de capacidad contributiva

Finanzas Personales: Aspectos impositivos

Ganar

TenerConsumir

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Régimen Impositivo Nacional

Finanzas Personales: Aspectos impositivos

Régimen General

• IVA

• Ganancias

• IDyC Bancarios

• Impuestos Internos

• Bienes Personales

• IGMP

• Recursos Seguridad Social

Régimen Simplificado (Monotributo)

• Ganancias

• IVA

• Recursos de Seguridad Social (opcional en ciertos casos)

• Componente de Obra Social (opcional en ciertos casos)

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2. Obligaciones de inscripción y presentación

Impuesto a las Ganancias y Bs Personales

Personas Humanas

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Sujetos del Impuesto a las ganancias (Art. 1):

• Personas de existencia visible o ideal

• Residentes en el país:Rentas de Fuente Argentina y Extranjera.

• Residentes en el Exterior: Rentas de Fuente Argentina vía Retención

• Sucesiones Indivisas: Artículos 33 a 36 Ley

• radicadas en el país: por los bienes en el país y en el exterior.

• radicadas en el exterior: por los bienes situados en el país.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Sujetos y Bienes alcanzados:

• Las personas físicas

• residentes en el país: por los bienes situados en el país y en

el exterior.

• residentes en el exterior: por los bienes situados en el país, a

través de un responsable sustituto.

• Los bienes

• deben ser valuados conforme las normas del impuesto y

en forma supletoria con las normas del impuesto a las

ganancias.

Sujetos del impuesto sobre Bienes Personales

IMPUESTO SOBRE BIENES PERSONALES

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¿Todos los sujetos se encuentran obligados a

inscribirse en el Impuesto sobre a las Ganancias

y sobre los Bienes personales ?

¿ Todos los sujetos se encuentran obligados a

presentar Declaraciones Juradas del Impuesto a

las Ganancias y sobre los Bienes Personales?

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

IMPUESTO SOBRE BIENES PERSONALES

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Obligaciones de inscripciónTodas las personas que obtengan ganancias gravadas superiores

al monto del mínimo no imponible

Exentos de inscripción en el impuesto:

• quienes sólo perciban ganancias por trabajo personal en relación de

dependencia y hubieren sufrido la retención correspondiente

(empleados).

• Quienes sólo han obtenido rentas cedulares por montos menores a $

200.000.- (RG 4488/2019)

• quienes optaron por el Monotributo y no tuvieren otra actividad

excluida de ese régimen y alcanzada por IG (monotributistas puros) y

• los que hubieren sufrido la retención del impuesto con carácter

definitivo (beneficiarios del exterior).

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Obligaciones de inscripción

Impuesto sobre Bienes Personales:

Todas las personas que al 31/12 posean bienes que valuados conforme las normas del impuesto resulten superiores al monto

del mínimo no imponible

Exentos de inscripción en el impuesto:

• los no residentes en el país que tributan el impuestos a través de un

responsable sustituto.

• Las personas residentes en el país cuyos bienes valuados conforme

las normas del impuesto, NO superen el mínimo no imponible.

IMPUESTO SOBRE BIENES PERSONALES

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Obligaciones de inscripción

Impuesto sobre Bienes Personales:

Mínimos no Imponibles

Período Fiscal 2018: $ 1.050.000.-

Período Fiscal 2019 en adelante: $ 2.000.000.-

Inmueble Casa- Habitación del contribuyente (Período Fiscal 2019 en adelante): Mínimo no imponible: $

18.000.000.-

IMPUESTO SOBRE BIENES PERSONALES

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Obligaciones de presentación

Están obligados a la presentación en forma personal:

• todas las personas que resulten obligadas a inscribirse en el impuesto

(que obtengan ganancias superiores al mínimo no imponible y no

hubieren optado por el Régimen Monotributo), y hasta tanto se obtenga

la baja en el impuesto. (DDJJ Determinativa)

• quienes perciban ganancias por trabajo personal en relación de

dependencia y hubieren obtenido en el año fiscal, ingresos brutos

gravados por un importe superior a $ 2.500.000 anuales. (DDJJ

Informativa)

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Obligaciones de presentación

Están obligados a la presentación en forma personal:

• todas las personas que resulten obligadas a inscribirse en el

impuesto (que posean al 31/12, bienes alcanzados por el impuesto

superiores al mínimo no imponible). (DDJJ Determinativa)

• quienes perciban ganancias por trabajo personal en relación de

dependencia y hubieren obtenido en el año fiscal, ingresos brutos

gravados por un importe superior a $ 2.500.000 (aun cuando sus

bienes no superen el monto del mínimo no imponible) (DDJJ

informativa)

IMPUESTO SOBRE BIENES PERSONALES

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3. Impuesto a las Ganancias

Personas Humanas – Aspectos

generales

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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¿Cuál es el objeto y quienes son los sujetos del impuesto ?

Artículo 1 Ley del Impuesto a las Ganancias

• Todas las ganancias obtenidas por personas humanas, jurídicas o demás

sujetos indicados en la Ley.

• Las sucesiones indivisas son contribuyentes del impuesto.

• Los sujetos residentes en el país, tributan por la totalidad de sus

ganancias obtenidas en el país o en el exterior, pudiendo computar el crédito

de impuesto extranjero.

• Los no residentes tributan exclusivamente sobre sus ganancias de fuente

argentina, por medio de una retención en la fuente.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Concepto de Ganancia

Artículo 2 Ley del Impuesto a las Ganancias

• Los rendimientos, rentas, o enriquecimientos susceptibles de una

periodicidad que implique la permanencia en la fuente que los produce y su

habilitación. (TEORÍA DE LA FUENTE)

• Los rendimientos, rentas, beneficios o enriquecimientos que cumplan o

no las condiciones del apartado anterior, obtenidos por los responsables

incluidos en el artículo 69 y todos los que deriven de las demás sociedades o

de empresas o explotaciones unipersonales, excepto que, no tratándose de

los contribuyentes comprendidos en el artículo 69, se desarrollaran actividades

indicadas en los incisos f) y g) del artículo 79 y estas no se complementaran

con una explotación comercial, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto en

el apartado anterior. (TEORÍA DEL BALANCE)

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Concepto de Ganancia

Artículo 2 Ley del Impuesto a las Ganancias

•Los resultados provenientes de la enajenación de bienes muebles

amortizables, cualquiera sea el sujeto que las obtenga.

•Los resultados derivados de la enajenación de acciones, valores

representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores,

cuotas y participaciones sociales -incluidas cuotapartes de fondos comunes de

inversión y certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier

otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares-, monedas digitales,

Títulos, bonos y demás valores, cualquiera sea el sujeto que las obtenga.

• Los resultados derivados de la enajenación de inmuebles y de la

transferencia de derechos sobre inmuebles, cualquiera sea el sujeto que las

obtenga. (adquiridos a partir del 01/01/2018)

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Año Fiscal:

• Personas humanas: año calendario.

Imputación de Ganancias y Gastos:

• Criterio de lo percibido.

• Criterio de lo devengado.

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Criterios Generales de Imputación

1. Rentas de Primera Categoría - Rentas del Suelo: devengado.

2. Rentas de Segunda Categoría – Rentas de Capital: percibido.

3. Rentas de Tercera Categoría – Renta Empresaria: devengado.

4. Rentas de Cuarta Categoría – Renta del trabajo personal: percibido.

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sIMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Ganancias comprendidas

• Rentas del Suelo

➢ Alquileres

➢ Valor locativo computable por inmuebles que los propietarios ocupen

para recreo o veraneo.

➢ Valor locativo presunto de inmuebles cedidos gratuitamente o a un

precio no determinado.

1. Rentas de Primera Categoría

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Deducciones especiales

• Gastos de Mantenimiento del Inmueble:• urbanos: opción gastos reales o presuntos sobre el 5% de la renta bruta del inmueble;

• rurales: gastos reales en base a comprobantes reales.

• Impuestos y tasas que gravan el inmueble.

• Amortizaciones de edificios y construcciones.

• Intereses por deudas hipotecarias.

• Primas de seguros.

• Amortizaciones de bienes muebles alquilados conjuntamente con el inmueble.

1. Rentas de Primera Categoría

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Ganancias comprendidas:

• Renta de Capitales

2. Rentas de Segunda CategoríaIm

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Conceptos comprendidos

• Rentas provenientes de la colocación de capital (salvo impuesto

cedular)

• Beneficios sobre locación de cosas muebles, regalías, etc.

• Rentas vitalicias y ganancias sobre seguros de vida

• Beneficios planes de seguro de retiro privados

• Obligaciones de no hacer o no ejercicio o abandono de actividad

• Trasferencias de derechos, marcas, patentes, regalías

• Operaciones con instrumentos financieros derivados

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s2. Rentas de Segunda Categoría

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Conceptos comprendidos

• Intereses presuntos

➢ Cuando no exista tasa de interés se presume, salvo prueba en contrario que

se devenga un interés no menor al establecido por el BNA para operaciones

de descuento

➢ No se admite prueba en contrario en la venta de inmuebles a plazo.

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2. Rentas de Segunda Categoría

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Ganancias comprendidas:

• Beneficios de las empresas y de ciertos auxiliares de

comercio

3. Rentas de Tercera CategoríaIm

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 31: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Ganancias comprendidas

• Explotaciones unipersonales

• Rentas de Empresas

• Ganancias de loteos con fines de urbanización, de edificación y

enajenación de inmuebles bajo el régimen de propiedad

horizontal.

• Derivadas de fideicomisos en ciertos casos.

• Demás ganancias no incluidas en otras categorías.

3. Rentas de Tercera CategoríaIm

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Deducciones especiales

• Gastos y erogaciones inherentes al giro del negocio.

• Castigos y previsiones contra malos créditos.

• Gastos de organización.

• Comisiones y gastos incurridos en el extranjero.

• Gastos o contribuciones a favor del personal.

• Aportes de los empleadores a planes de Seguro de Retiro

privados hasta las sumas autorizadas.

3. Rentas de Tercera Categoría

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Deducciones especiales (cont.)

• Gastos de representación, con tope del 1,5% de las remuneraciones abonadas al personal.

• Las reservas y previsiones cuya deducción es admitida, quedan sujetas al impuesto en el ejercicio que se anulen los riesgos que cubrían.

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s3. Rentas de Tercera Categoría

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 34: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Ganancias comprendidas:

• Rentas del Trabajo Personal

• Autónomo

• Relación de dependencia

• Jubilaciones

4. Rentas de Cuarta CategoríaIm

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 35: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

4. Impuesto a las Ganancias. Empleados en

Relación de dependencia

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Empleados en relación de dependencia

Algunos conceptos básicos

✓ SIRADIG: Es el Sistema de Registro y Actualización de

Deducciones de Impuesto a las Ganancias. (Formulario 572

Web)

✓ Form. 1357 (Ex 649): Liquidación anual de retenciones de 4ta

categoría.

✓ DDJJ Informativas: Ganancias y Bs Personales. (Form. 711 y

762/D). Aplicable cuando se perciben sueldos brutos

superiores a $ 1.500.000 en el año.

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Inicio de relación laboral

• Informar a su nuevo empleador datos personales

• Cambios en cargas de familia

Mensualmente

• Cambios en las deducciones que se pueden considerar mensualmente

• Pluriempleo

• Importante: Plazo límite de novedad mensual. (Comunicación del empleador).

Antes del 31 de marzo del año

siguiente

• Deducciones anuales

• Omisiones o modificaciones necesarias del año.

¿Cuándo debo presentar el SIRADIG?

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

✓ Casos en donde el trabajador está registrado ante más de un

empleador.

✓ ¿Quién debe efectuar la retención de impuesto a las

ganancias?

✓ Solo 1 empleador: el que mayor sueldo pague.

✓ Es a este empleador que se le informa el sueldo de los

otros trabajos para que los sume a la determinación del

impuesto.

¿Qué es el Pluriempleo?

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Ganancia Bruta de 4ta Categoría

1. Sumas abonadas en cada mes:

➢ sueldos, aguinaldo, vacaciones, horas extras;

➢ adicionales por zona o por título;

➢ comisiones por venta;

➢ gratificaciones de cualquier naturaleza;

➢ remuneraciones durante licencias o ausencias por enfermedad.

➢ Honorarios cobrados en carácter de trabajador autónomo

➢ Jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios que tengan su origen

en el trabajo personal

➢ Beneficios sociales

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Conceptos que NO forman la Ganancia Bruta (Anexo II – RG 4003-E):

➢ Asignaciones familiares: incluye asignación por maternidad.

➢ Intereses por préstamos al empleador.

➢ Indemnizaciones percibidas por:

• Causa de muerte o incapacidad producida por accidente o

enfermedad,

• Antigüedad que correspondan legalmente, y

• Retiro voluntario (Fallo Negri, Fernando Horacio c/ EN – AFIP –

DGI – CSJN – 15/07/2014)

• Estabilidad y asignación gremial (Art 52 L 23.551)

• Excepción: Indemnizaciones cargos ejecutivos y directivos

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Sueldo Anual Complementario

• Los agentes de retención deberán adicionar a la ganancia bruta de cada

mes calendario determinada conforme el apartado A y, en su caso, a las

retribuciones no habituales previstas en el apartado B, una doceava

parte de la suma de tales ganancias en concepto de sueldo anual

complementario para la determinación del importe a retener en dicho

mes.

• Asimismo, detraerán una doceava parte de las deducciones a

computar en dicho mes, en concepto de deducciones del sueldo anual

complementario.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Sueldo Anual Complementario

• En los meses en que se abonen las cuotas del sueldo anual

complementario, deberá utilizarse la metodología mencionada

anteriormente, sin considerar los importes realmente abonados

por dichas cuotas ni las deducciones que correspondan practicar

sobre las mismas.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 43: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Sueldo Anual Complementario

• La liquidación anual o final, según corresponda, se efectuará conforme

el artículo 21, considerando el sueldo anual complementario

percibido en el período fiscal y las deducciones correspondientes a los

conceptos informados por el beneficiario de las rentas, en reemplazo de

las doceavas partes computadas en cada mes, pudiendo surgir un

importe a retener o a reintegrar por aplicación del procedimiento

establecido en los párrafos precedentes.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 44: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Horas Extras

Horas Extras (no exentas): Los ingresos netos provenientes de la percepción de las

mismas no se computarán a efectos de modificar el tramo de la escala del artículo 94,

debiendo tributar aplicando la alícuota marginal previo a computar las horas extras.

Gravadas

• Valor correspondiente a la hora ordinaria

• No se genera salto de escala por este valor

Exentas

• Diferencia entre el valor de la hora ordinaria y el valor de la hora extra (si fuera mayor)

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Deducciones Generales Admitidas

1. Descuentos para fondos de jubilaciones, pensiones o subsidios

(retenciones que se efectúan obligatoriamente con la liquidación del

sueldo).

Descuentos obligatorios: 11% + descuento INSSJYP o Ley 19.032: 3%.

2. Descuentos con destino a obras sociales

Descuento de Ley obligatorio: 3% (correspondientes al beneficiario y a

familiares que revisten las condiciones de carga de familia).

3. Cuotas sindicales: descuentos que por normas sindicales se retienen

a los empleados encuadrados en algún convenio colectivo de trabajo.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Otras Deducciones Generales

1. Primas de seguro en caso de muerte - (Art. 85 inciso b) (i) -

• Tope de la prima: Período fiscal 2020: $ 18.000 anuales.

• Tope de la prima: Período fiscal 2021: $ 24.000 anuales

• Gastos de sepelio del contribuyente y personas a cargo, con un

tope: $ 996,23 anuales.

2. Pagos por servicio doméstico

• Hasta el límite anual equivalente al Mínimo No Imponible

• Requisitos: haber realizado el depósito mensual de aportes y

contribuciones del servicio doméstico.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Otras Deducciones Generales

3. Intereses hipotecarios

• Compra o construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

• Hasta $ 20.000 de intereses pagados durante el año.

4. Aportes a Sociedades de Garantía Recíproca

• Aportes al capital social o al fondo de riesgo de sociedades de

garantía recíproca (Ley 24.467).

• Efectuados por el empleado en carácter de socio protector.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Otras Deducciones Generales

5. Donaciones que cumplan con ciertos requisitos

• Realizadas al fisco nacional, provincial y/o municipal.

• Realizadas a instituciones del artículo 26 inc. e y f de la Ley

(instituciones religiosas y entidades sin fines de lucro orientadas a la

asistencia médica, protección de la infancia, vejez y discapacidad,

investigación científica y tecnológica o a la actividad educativa).

• Debe cumplirse con las disposiciones RG AFIP 2681

TOPE: 5% de la ganancia neta determinada antes de descontar

medicina prepaga, gastos médicos y esta deducción.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Otras Deducciones Generales

6. Cobertura médica asistencial (medicina prepaga)

• Correspondientes al beneficiario.

• Correspondientes a familiares que revisten las condiciones de

cargas de familia conforme el artículo 30 de la Ley del

Impuesto a las Ganancias.

TOPE: 5% de la ganancia neta determinada antes descontar

donaciones, gastos médicos y esta deducción.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Otras Deducciones Generales

7. Honorarios por asistencia médica y paramédica

• Hospitalización y prestaciones accesorias.

• Servicios médicos en todas las especialidades, bioquímicos,

odontólogos, etc.

• Servicios prestados por técnicos auxiliares de medicina.

• Todos los demás servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el

transporte en ambulancias.

Nota aclaratoria: se puede deducir sólo el 40% de los importes debidamente

facturados. Tope: 5% de la ganancia neta determinada antes descontar

donaciones, medicina prepaga y esta deducción.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Otras Deducciones Generales

8. Alquileres destinados a casa-habitación

• El contribuyente no debe ser titular de ningún inmueble

• Es necesario contar con factura que respalde la deducción

emitida por el locador.

• El locatario deberá adjuntar en formato pdf el contrato de

locación y presentarlo a través del SIRADIG.

• Todos los demás servicios relacionados con la asistencia,

incluyendo el transporte en ambulancias.

Nota aclaratoria: se puede deducir sólo el 40% de los importes

debidamente facturados. Tope: Monto equivalente a la

Ganancia No Imponible.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Otras Deducciones Generales

9. Primas de seguro mixtos (riesgo de muerte + ahorro) - Art. 85 b) (ii) -

• Tope de la prima: Período fiscal 2020: $ 18.000 anuales.

• Tope de la prima: Período fiscal 2021: $ 24.000 anuales

10. Aportes a Fondos Comunes de Inversión con fines de retiro (La CNV

aun no ha regulado los mismos) - Art. 85 b) 2do párrafo -

• Tope de la prima: Período fiscal 2020: $ 18.000 anuales.

• Tope de la prima: Período fiscal 2021: $ 24.000 anuales

11. Aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados

administrados por entidades sujetas al control de la

Superintendencia de Seguros de la Nación - Art. 85 inciso i) -

• Tope : Período fiscal 2020: $ 18.000 anuales.

• Tope : Período fiscal 2021: $ 24.000 anuales

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Otras Deducciones y exclusiones

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

✓ Se amplia la deducción de gastos por movilidad y viáticos con un tope de hasta el 40% del

MNI.

✓ Provisión de ropa de trabajo y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el lugar

de trabajo.

✓ Otorgamiento y pago de cursos de capacitación en la medida que sean indispensables para

el desempeño de tareas.

✓ Reintegro documentado con comprobantes de gastos de guardería y/o jardín materno-

infantil de contribuyentes con hijos de hasta 3 años de edad.

✓ Provisión de herramientas educativas para los hijos y pago de cursos (Límite 40% MNI)

Aclaración Decreto 336/2021: Aplicable a cargas de familia y los cursos deben responder a

planes de enseñanza oficial.

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Deducciones personales (Art 30 LIG)

• Deducciones que contemplan situaciones “personales” del contribuyente.

• Se establece una metodología de ajuste anual aplicable a partir del año 2018

por el coeficiente que surja de la variación anual de la Remuneración

Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

• Se incrementan en caso de trabajar en la “Zona Patagónica”. Se

considera a la provincia de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa

Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de

Carmen de Patagones de la provincia de Buenos Aires. (Art 1 Ley 23.272)

• El incremento es de un 22%

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

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Deducciones personales (Art 30 LIG) – Periodo fiscal 2020

Actualización anual por el coeficiente que surja del índice RIPTE (octubre/octubre )

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Concepto Deducible Importe

Ganancia no imponible 123.861,17

Cargas de Familia

Cónyuge 115.471,38

Hijo 58.232,65

Deducción Especial Simple 247.722,33

Deducción Especial

Incrementada (empleados)

594.533,62

Deducción Especial Nuevos

emprendedores

309.652,93

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Deducciones personales (Art 30 LIG) – Periodo fiscal 2021

Actualización anual por el coeficiente que surja del índice RIPTE (octubre/octubre )

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Concepto Deducible Importe

Ganancia no imponible 167.678,40

Cargas de Familia

Cónyuge 156.320,63

Hijo 78.833,08

Deducción Especial Simple 335.356,79

Deducción Especial

Incrementada (empleados)

804.856,34

Deducción Especial Nuevos

emprendedores

419.196,02

Page 57: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Deducciones Personales Artículo 30 inciso b)

Condiciones para la deducción por cargas de familia:

• deben encontrarse efectivamente a cargo del contribuyente,

• deben ser residentes en el país,

• sus ingresos (gravados, exentos, no gravados, no computables,

etc.) deben ser inferiores a la Ganancia No Imponible.

• Estos cambios también inciden en las deducciones generales de:

• Descuentos con destino a las obras sociales

• Cuotas o abonos a instituciones que presten cobertura médico

asistencial

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 58: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Deducciones personales – Carga de familia (hijos/as)

Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

• En el caso de hijo o hija, la deducción procederá para uno de los

progenitores o bien 50% para cada uno, en la medida que cumpla

los requisitos legales.

• Cuando se trate de hijastro o hijastra, la deducción será computada

por el progenitor, excepto que este no posea renta imponible, en

cuyo caso la deducción procederá en cabeza del progenitor afín -art.

672 del CCyCo.-.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 59: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Deducción actual

• Sólo admite deducción de cónyuge e hijos.

Deducción 2021 s/Nueva Ley

• Se incorpora la posibilidad de deducir al “conviviente”.

Para integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria,estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sea delmismo o diferente sexo, que se acreditará según lo que indique la reglamentación.

Cargas de Familia – Incorporación del “conviviente”

Page 60: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Cargas de Familia

✓ Se duplicará la carga de familia por hijos/as, hijastro/a en el

caso de que se trate de personas incapacitadas para el

trabajo.

✓ Deducción hijo/a aplicable a 2021: $ 78.833,08

✓ Deducción incrementada por incapacidad: $ 157.666,16

Page 61: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

“Piso” para tributar Ganancias

No tributación de sueldos brutos menores a $ 150.000

Tributación reducida para sueldos brutos entre $

150.000 y $ 173.000 (Tabla Anexo IV RG 5008)

Exención del SAC para sueldos brutos menores a $

150.000

Exención de Bonos por productividad y fallo de caja

para sueldos brutos menores a $ 300.000

Beneficios

Page 62: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

5. Determinación del impuesto a las ganancias

Page 63: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Determinación del impuesto

Impuesto a las ganancias

Personas Humanas

• Escala progresiva (Art 94)

• Impuesto proporcional del 15% (algunas rentas de fuente extranjera)

• Impuesto cedular (solo para renta financiera fuente argentina)

Empresas

• Tasa proporcional: 35% hasta ejercicios iniciados con anterioridad al 01/01/2018

• Tasa proporcional: 30% ejercicios iniciados a partir del 01/01/2018

• Escala progresiva (Ley 27.630): ejercicios iniciados a partir del 01/01/2021

Page 64: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Impuesto Progresivo (Art. 94 de la Ley)

• Se determina con una escala progresiva establecida en el artículo 94.

• Tasa del 15% para algunas ganancias de fuente extranjera:

• Operaciones de enajenación de acciones, valores representativos

de deuda y certificados de depósito de acciones y demás valores,

cuotas y participaciones sociales – incluidas cuota partes de fondos

comunes de inversión y certificados de participación en fideicomisos

financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos

similares, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores.

• Enajenación y transferencia de derechos sobre inmuebles

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 65: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Tabla Escalas Impuesto Art 94 – Período fiscal 2020

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Ganancia Neta Imponible

acumulada

Pagarán

De $ Hasta $ $ Más el % Sobre el

excedente de $

0,00 47.669,16 0,00 5% 0,00

47.669,16 95.338,32 2.383,46 9% 47.669,16

95.338,32 143.007,48 6.673,68 12% 95.338,32

143.007,48 190.676,65 12.393,98 15% 143.007,48

190.676,65 286.014,96 19.544,36 19% 190.676,65

286.014,96 381.353,28 37.658,64 23% 286.014,96

381.353,28 572.029,92 59.586,45 27% 381.353,28

572.029,92 762.706,57 111.069,14 31% 572.029,92

762.706,57 En adelante 170.178,90 35% 762.706,57

Page 66: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Tabla Escalas Impuesto Art 94 – Periodo fiscal 2021

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Ganancia Neta Imponible

acumulada

Pagarán

De $ Hasta $ $ Más el % Sobre el

excedente de $

0,00 64.532,64 0,00 5% 0,00

64.532,64 129.065,29 3.226,63 9% 64.532,64

129.065,29 193.597,93 9.034,57 12% 129.065,29

193.597,93 258.130,58 16.778,49 15% 193.597,93

258.130,58 387.195,86 26.458,39 19% 258.130,58

387.195,86 516.261,14 50.980,79 23% 387.195,86

516.261,14 774.391,71 80.665,80 27% 516.261,14

774.391,71 1.032.522,30 150.361,06 31% 774.391,71

1.032.522,30 En adelante 230.381,54 35% 1.032.522,30

Page 67: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

5. Determinación del impuesto a las ganancias –

Renta Financiera

Page 68: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Determinación del impuesto renta financiera –Personas humanas

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Rentas de Fuente Argentina

• Escala progresiva (Art 94)

• Impuesto cedular –Determinación separada.

Rentas de Fuente Extranjera

• Escala progresiva (Art 94) – Rendimientos: dividendos, intereses.

• Impuesto proporcional 15%: Resultados de enajenación.

Como determino la fuente de la renta?: En base al lugar de emisión del valor

negociable o en caso de certificados de depósito de acciones (ADR/CEDEAR) en

base al lugar de emisión del activo subyacente.

Page 69: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Temas a abordar:

Impuesto Cedular

Resultados Enajenación

Rendimientos

Nuevas exenciones

Dividendos

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 70: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Tratamiento de los dividendos y utilidadesAntes…

• Ejercicios iniciados entre el 01/01/2018 y 31/12/2019: 30%• Impuesto cedular a dividendos: 7%

• Ejercicios iniciados con posterioridad al 01/01/2020: 25%• Impuesto cedular a dividendos:13% (nunca se llegó a aplicar)

Ahora con la ley 27.630…

• Se aplica una escala progresiva a la tributación de las

empresas y los dividendos estarán gravados al 7%.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 71: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Tabla Escalas impuesto Ley 27.630 (Para Empresas)

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Ganancia Neta Imponible

acumulada Pagarán

De $ Hasta $ $ Más el %Sobre el

excedente de $

0,00 5.000.000 0,00 25% 0,00

5.000.000 50.000.000 1.250.000 30% 5.000.000

50.000.000 En adelante 14.750.000 35% 50.000.000

Page 72: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financiera

Plazos Fijos en pesos sin cláusula de ajuste

2018

• Gravados con impuesto cedular al 5%

2019

• Exentos por Art 26) h) LIG

2020 en adelante

• Exentos por Art 26) h) LIG

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 73: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financieraPlazos Fijos en moneda extranjera y en pesos con cláusula de ajuste

2018

• Gravados con impuesto cedular al 15%

2019

• Gravados con impuesto cedular al 15%

2020 en adelante

• Gravados con impuesto progresivo (hasta 35%) – Derogado Impuesto cedular

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 74: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financieraRendimientos de títulos públicos argentinos, Obligaciones Negociables,

Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros, en pesos sin

cláusula de ajuste

2018

• Gravados con impuesto cedular al 5%

2019

• Exentos por Art 26) h) LIG

2020 en adelante

• Exentos por Art 26) h) LIG

2018/2019: Posibilidad de imputación de los intereses de Títulos Públicos

argentinos y de Obligaciones negociables al costo del título valor. (“Letra muerta”)

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 75: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financieraRendimientos de títulos públicos argentinos, Obligaciones Negociables,

Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros, en moneda

extranjera o en pesos con cláusula de ajuste

2018

• Gravados con impuesto cedular al 15%

2019

• Exentos por Art 26) h) LIG

2020

• Exentos por Art 26) h) LIG

2018/2019: Posibilidad de imputación de los intereses de Títulos Públicos

argentinos y de Obligaciones negociables al costo del título valor. (“Letra muerta”)

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 76: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financieraDividendos o utilidades de Acciones o participaciones sociales – ADR -

CEDEAR

2018

• Acciones: Impuesto de igualación o Imp Cedular 7%

• ADR: Impuesto de igualación o Imp cedular 7%.

• CEDEAR: Gravado a escala progresiva (Fuente extranjera)

2019

• Acciones: Impuesto de igualación o Imp Cedular 7%

• ADR: Impuesto de igualación o Imp cedular 7%.

• CEDEAR: Gravado a escala progresiva (Fuente extranjera)

2020

• Acciones: Impuesto de igualación o Imp Cedular 7%

• ADR: Impuesto de igualación o Imp cedular 7%.

• CEDEAR: Gravado a escala progresiva (Fuente extranjera)

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 77: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financieraEnajenación de Acciones con cotización en mercados regulados por CNV –

ADR - CEDEAR

2018

• Acciones: Exento Art 26) u) LIG

• ADR: Gravado al impuesto cedular 15%

• CEDEAR: Exento Art 26) u) LIG

2019

• Acciones: Exento Art 26) u) LIG

• ADR: Gravado al impuesto cedular 15%

• CEDEAR: Exento Art 26) u) LIG

2020

• Acciones: Exento Art 26) u) LIG

• ADR: Gravado al impuesto cedular 15%

• CEDEAR: Exento Art 26) u) LIG

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 78: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financieraEnajenación de Acciones o participaciones sociales sin cotización (Fuente

argentina)

2018

• Gravado al impuesto cedular 15%

2019

• Gravado al impuesto cedular 15%

2020

• Gravado al impuesto cedular 15%

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 79: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financieraEnajenación de títulos públicos argentinos, Obligaciones Negociables,

Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros, en pesos sin

cláusula de ajuste

2018

• Gravados con impuesto cedular al 5%

2019

• Alcance de la exención del art 26) h)??

• Gravados con impuesto cedular al 5%

2020

• Exentos por Art 26) u) LIG

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 80: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Las “tres caras” del impuesto a la renta financieraEnajenación de títulos públicos argentinos, Obligaciones Negociables,

Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros, en moneda

extranjera o en pesos con cláusula de ajuste

2018

• Gravados con impuesto cedular al 15%

2019

• Alcance de la exención 26) h)?

• Gravados con impuesto cedular al 15%

2020

• Exentos por Art 26) u) LIG

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 81: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

¿Cómo determino el costo computable en el resultado

por enajenación?

Costo histórico

Costo en Moneda “dura”

Costo actualizado

por IPC

Valor de cotización

Costo actualizado

por otro índice

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 82: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

¿Cómo determino el costo computable en el resultado

por enajenación?

Costo histórico

• Títulos públicos y ON en pesos sin clausula de ajuste adquiridos a partir de 01/01/2018

• Títulos públicos y ON adquiridos antes del 01/01/2018 (a opción)

• Acciones, participaciones. sociales y ADR adquiridos antes del 01/01/2018

Moneda “dura” o con actualización con otro

índice

• Títulos públicos y ON en moneda extranjera o en pesos con cláusula de ajuste

• Las diferencias de cambio y actualizaciones no forman de la ganancia bruta (Art. 98).

• Cedear

Costo actualizado por IPC

• Acciones, particip. Sociales, fideicomisos financieros y ADR adquiridos a partir del 01/01/2018

• Fondos comunes de inversión cerrados

• Fondos comunes de inversión cuyo subyacente principal sean acciones o participaciones sociales.

Valor de cotización

• Títulos públicos, fideicomisos financieros y ON adquiridos antes del 01/01/2018 (a opción utilizando el valor al 31/12/2017).

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 83: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

6. Impuesto sobre los Bienes

Personales

Page 84: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Consideraciones generales:

✓ Valuación al 31/12 de cada año.

✓ Residentes: Bienes en el país y en el exterior.

✓ No residentes: Solo bienes en el país.

✓ Valuación según la ley del impuesto

Impuesto sobre los Bienes Personales: Criterios de valuación

IMPUESTO SOBRE BIENES PERSONALES

Page 85: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

1. Inmuebles

(Bienes adquiridos, construidos y/o terrenos)

Resulta de comparar:

• la Valuación Fiscal con

• el Valor de Origen (-) las Amortizaciones

¿Cómo se determina el valor del bien?

SE ELIGE EL VALOR MAYOR

Cri

teri

os

de

va

lua

ció

n

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 86: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

86

Reforma Ley 27.480 (BO 21/12/2018)

Valuación de Bienes Inmuebles en el país

Modificaciones vigentes desde el período fiscal 2018 para el inciso

a) del artículo 22 de la Ley 23.966:

• Valor Fiscal: deberá ser determinado en de conformidad con el

procedimiento y la metodología que a tal fin establezca el

organismo federal (*) constituido a esos efectos. (Art. 2 – Ley

27.480)

• Hasta que ello ocurra, el valor a computar para cada uno de los

inmuebles no podrá ser inferior al de la base imponible o valuación

fiscal vigente al 31/12/2017, el que se actualizará teniendo en cuenta

la variación del IPC operada entre esa fecha y el 31/12 del ejercicio

fiscal que se trate. (Art. 5 – Ley 27.480)

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

(*) Inciso p) del punto II del Anexo de la ley 27.429

Page 87: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

1. Inmuebles

(Bienes adquiridos, construidos y/o terrenos)

Cuando existan créditos hipotecarios

destinados a la compra de vivienda única,

se podrá descontar del valor la deuda al 31/12

correspondiente al capital (no a lo intereses)

¿Cómo se determina el valor del bien?C

rite

rio

s d

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alu

ac

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IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 88: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

CONCEPTOS BÁSICOS – Valuación de inmuebles

1. ¿Cómo se obtiene la Valuación Fiscal?

Respuesta: de la última boleta del ABL (en CABA) o del impuesto inmobiliario al 31/12 de cada año (se debe utilizar la valuación homogénea). Período Fiscal 2018 en adelante: Se debe tomar la Valuación Fiscal 2017 actualizada por IPC hasta tanto se cree el Organismo Federal de Valuaciones Fiscales.

2. ¿Cómo conocemos el Valor de Origen?

Respuesta: Precio de Compra (surge de la escritura) más gastos de compra

3. ¿Cómo se amortiza el valor del inmueble?

Respuesta: es un 2% anual (durante el primer año se amortiza por trimestres)

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 89: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Reforma Ley 27.480 (BO 21/12/2018)

Inmueble casa-habitación – aplicable desde 2019

• De tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del

contribuyente o del causante, en el caso de las sucesiones indivisas,

no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valor determinado

de acuerdo con las normas de esta ley resulten iguales o inferiores a

$ 18.000.000.

• Caso especial: condóminos. Cada uno tiene derecho al mínimo de $

18.000.000 (sin importar la proporción que tengan del inmueble)

• Si la valuación del inmueble fuese de (por ej) 20.000.000) solo se

gravaría lo que exceda el MNI de $ 18.000.000, es decir $ 2.000.000.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 90: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

90

Reforma Ley 27.480 (BO 21/12/2018)

Inmuebles Rurales

• Exención a partir del período fiscal 2019 y siguientes

(modifica artículo 21 inciso f) de la ley 23.966)

• Estarán exentos del impuesto: los inmuebles rurales cuyos

titulares sean personas humanas y sucesiones indivisas,

cualquiera sea su destino o afectación. (Art. 1 – Ley

27.480)

• Anteriormente la exención se limitaba a los inmuebles rurales

alcanzados por el IGMP. Este impuesto se derogó para los

ejercicios fiscales iniciados a partir del 01/01/2019.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 91: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

2. Automóviles

Resulta de comparar:

• la Valuación Fiscal (s/ Tabla AFIP) con

• el Valor de Origen (-) las Amortizaciones

Cri

teri

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lua

ció

n¿Cómo se determina el valor del bien?

SE ELIGE EL VALOR MAYOR

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 92: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

CONCEPTOS BÁSICOS – Valuación de

automóviles

1. ¿Dónde se obtiene la Valuación Fiscal?

• Respuesta: el valor de tabla de los automóviles se puede obtener a través de la web de AFIP.

2. ¿Cómo conocemos el Valor de Origen?

• Respuesta: la factura de compra (o en su defecto el valor pagado al momento de la compra)

3. ¿Cómo se amortiza el valor de un automóvil?

• Respuesta: 20% anual Después del 6to. año cumplido queda totalmente amortizado)

Cri

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ció

n

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 93: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

3. Cuentas Bancarias

• Saldo según del extracto al 31 de diciembre de

cada año (se puede consultar en el sitio de la entidad

bancaria donde en ocasiones figura).

• Saldo en moneda extranjera: tipo de cambio

comprador BNA al 31 de diciembre de cada año.

Cri

teri

os

de

va

lua

ció

n¿Cómo se determina el valor del bien?

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 94: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

4. Tenencias en Moneda Extranjera

• Tipo de cambio comprador del BNA al 31 de

diciembre de cada año

Cri

teri

os

de

va

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ció

n¿Cómo se determina el valor del bien?

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 95: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

5. Otros Bienes

• Naves, aeronaves, yates y similares: precio de costo

más gastos necesarios menos amortizaciones

• Acciones: desde 2002 no gravadas en el patrimonio

de las personas físicas.

• Participación en otras sociedades de la ley 19.550:

desde 2002 no gravadas en el patrimonio de las personas

físicas.Cri

teri

os

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lua

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n

¿Cómo se determina el valor del bien?

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 96: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

5. Otros Bienes (cont.)

• Créditos en moneda argentina: valor nominal al 31/12 más

actualizaciones e intereses devengados.

• Créditos en moneda extranjera: valor al 31/12 más

actualizaciones e intereses devengados. Tipo de cambio

comprador Banco Nación.

• Patentes, derechos de autor y similares: costo de

adquisición o valor a la fecha de entrada en el patrimonio

actualizado.

• Otros bienes: costo de adquisición o valor a la fecha de

entrada en el patrimonio actualizado.Cri

teri

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n

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 97: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Cri

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n6. Instrumentos Financieros - Tratamiento

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

▪ Títulos Públicos, Acciones y demás títulos valores en Argentina

▪ Títulos Públicos → recordar la exención Art.

▪ Acciones y participaciones Sociales, ADR, Fideicomisos → Resp. Sustituto Art. 25.1

▪ Obligaciones Negociables, Bonos privados en Argentina

▪ Gravado al Valor de Cotización al 31/12 hasta periodo fiscal 2020

▪ Si no tienen valor de cotización → costo más intereses devengados de corresponder

▪ A partir del periodo fiscal 2021: Exento. (ON en moneda nacional según ley 23.576)

▪ Criptoactivos

▪ Naturaleza

▪ ¿Moneda?

▪ ¿Activo Financiero?

▪ ¿Dónde están?

Page 98: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

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6. Instrumentos Financieros - Tratamiento

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

▪ Fondos Comunes de inversión en Argentina

▪ Gravados a su valor de cotización al 31/12

▪ Según ley 27.638: A partir del período fiscal 2021: Exentos con requisitos. Deben

tener una conformación mínima a reglamentar de:

▪ Titulos, bonos y demás valores emitidos por Nación, provincias,

municipalidades y la CABA

▪ Depósitos en moneda argentina o extranjera en entidades financieras

▪ Obligaciones negociables en moneda nacional de la ley 23.576

Page 99: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

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6. Instrumentos Financieros - Tratamiento

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

▪ Acciones extranjeras que cotizan en la Bolsa de Buenos Aires

▪ Son bienes situados en el exterior.

▪ Valor de cotización al 31/12

▪ Repsol YPF S.A. (España), BANCO Santander (España), Tenaris S.A. (Luxemburgo,

Petrobras (Brasil). Telefónica S.A. (España)

▪ CEDEAR

▪ Son bienes situados en el exterior.

▪ Valor de cotización al 31/12

▪ Son ofrecidas por bancos e instituciones locales

Page 100: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

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6. Instrumentos Financieros - Tratamiento

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

• Títulos valores que No coticen en bolsas y mercados del exterior

• Acciones o Participación en sociedades del exterior cerradas (sin cotización)

▪ VPP→ remisión a normas para bienes en el país

▪ Cuando se trate de acciones se imputarán al valor patrimonial proporcional que surja

del último balance cerrado al 31 de diciembre del ejercicio que se liquida. La

reglamentación fijará la forma de computar los aumentos y/o disminuciones de capital

que se hubieran producido entre la fecha de cierre de la sociedad emisora y el 31 de

diciembre del año respectivo.

• Acciones o Participación en sociedades del exterior abiertas (con cotización en

otros mercados): Gravadas a su valor de cotización al 31/12

Page 101: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

7. Bienes en el exterior

• Bienes muebles e inmuebles: valor de plaza en el exterior al

31/12, convertido al tipo de cambio comprador del último día

hábil anterior al 31/12. No se permite cómputo de

amortizaciones.

• Depósitos en instituciones bancarias, créditos y deudas:

valor nominal al 31/12, convertido al tipo de cambio

comprador del último día hábil anterior al 31/12.

Cri

teri

os

de

va

lua

ció

n

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 102: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

• Plazo fijos, caja de ahorro (en ARS o en USD) o cuentas especiales de

ahorro en Argentina.

• Planes seguro de retiro privado.

• Cuotas sociales de cooperativas.

• A partir de 2021: Cuotas partes de Fondos Comunes de Inversión (con

ciertos requisitos) y obligaciones negociables en moneda nacional.

Instrumentos en moneda nacional que fomenten la inversión productiva.

Exenciones

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 103: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

• Bienes inmateriales y amparados por franquicias.

• Inmuebles rurales

• Títulos, bonos y demás valores emitidos por el

Estado Nacional, Provincial, Municipal y de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los

certificados de depósitos reprogramados

Exenciones

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 104: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Bienes del hogar

Se trata de aquellos bienes personales y del

hogar no incluidos en los apartados

anteriores.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 105: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Bienes del hogar

¿Cómo se calculan?

1º) Estimar el 5% del valor total de los bienes + Inmuebles del

exterior

2º) Comparar dicho valor con valor real de los bienes del hogar.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 106: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

Reforma Ley 27.480 (BO 21/12/2018)

Nuevo Mínimo No Imponible (a partir de período fiscal 2019)

• Modifica el artículo 24 de la ley.

• No estarán alcanzados por el impuesto los bienes gravados (excepto art. 25.1)

pertenecientes a los sujetos del artículo 17 a) (*) cuando su valor en conjunto

determinado de acuerdo con las normas de esta Ley resulten iguales o

inferiores a $ 2.000.000.

• De acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la ley, el impuesto a ingresar

se calcula sobre el monto de los bienes que excedan dicho importe.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

(*) Art. 17 a): las personas físicas domiciliadas en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país y en el exterior.

Page 107: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

107

Reforma Ley 27.541 (BO 23/12/2019)

Escala progresiva vigente desde período fiscal 2019

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Se delega en el Poder Ejecutivo Nacional y hasta el 31/12/2020, la facultad de fijar alícuotas diferenciales superiores hasta un 100% de la tasa máxima para los bienes situados en el exterior, como

así también la posibilidad de disminuirla.

Valor total de bienes que

excedan el MNI Pagarán $ Más el %

Sobre el

excedente de

$Más de $ Hasta $

0 3.000.000,

inclusive

0 0,50% 0

3.000.000 6.500.000,

inclusive

15.000 0,75% 3.000.000

6.500.000 18.000.000,

inclusive

41.250 1,00% 6.500.000

18.000.000 En adelante 156.250 1,25% 18.000.000

Page 108: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

108

Decreto 99/2019 (BO 28/12/2019)

Alícuotas Diferenciales para bienes situados en el

exterior (vigente período fiscal 2019/2020)

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Valor total de bienes del país y del

exterior *

El valor total de los bienes situados en

el exterior que exceda el MNI no

computado contra bienes del país

pagarán el %Más de $ Hasta $

0 3.000.000, inclusive 0,70

3.000.000 6.500.000, inclusive 1,20

6.500.000 18.000.000, inclusive 1,80

18.000.000 En adelante 2,25

* A efectos de determinar la tasa aplicable, se debe considerar el valor

total de los bienes del país y del exterior sin restar el MNI + valor de

bienes exentos en el impuesto. (AFIP – CPCECABA)

Page 109: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

109

Bienes en el exterior

Algunos casos especiales

• Bonos o Títulos Públicos emitidos por el Estado Nacional, ON, ADR,

etc. que se encuentran en carteras de inversión en el exterior, son

considerados bienes del país, ya que para determinar su ubicación

debe observarse el lugar de radicación del ente emisor.

• Los CEDEAR son considerados de bienes en el exterior, por más que

se encuentren en una cartera de inversión del país.

• Participación societaria en el exterior: no debe valuarse el subyacente,

toda vez que la ley menciona como activo financiero a la participación.

• Trust irrevocable: consideraciones. Desapoderamiento de bienes.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

.

Page 110: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

110

Reforma Ley 27.541 (BO 23/12/2019)

Pago a cuenta gravámenes análogos pagados en el

exterior

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

• Se puede computar como pago a cuenta las sumas efectivamente pagadas enel exterior por gravámenes similares, que consideren como base imponible elpatrimonio o los bienes en forma global.

• El crédito sólo podrá computarse hasta el incremento de la obligación fiscaloriginado por la incorporación de los bienes situados con carácterpermanente en el exterior.

Page 111: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

111

Reforma Ley 27.541 (BO 23/12/2019)

Nuevas condiciones

• El Poder Ejecutivo Nacional tiene facultades para disminuir

la tasa diferencial:

• Activos financieros situados en el exterior

• Repatriación del producido de su realización, supuesto en el que podrá

fijar la magnitud de la devolución hasta el monto oportunamente

ingresado.

• En el caso de aplicar alícuotas diferenciales y a fin de determinar el

monto alcanzado por cada tasa, el mínimo no imponible se restará en

primer término de los bienes en el país.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

Page 112: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

112

Reforma Decreto 99/2019 (BO 28/12/2019)

Repatriación

• Quedan exceptuados del pago del gravamen (diferencial),

quienes hubieran repatriado:

• Activos Financieros que representen, por lo menos un 5% del total del

valor de los bienes situados en el exterior.

• en la medida que estos fondos permanezcan depositados hasta el

31/12 inclusive del año calendario en el que se hubiere producido la

repatriación:

• en entidades comprendidas en el régimen de la ley 21.526.

• a nombre del titular.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

.

Page 113: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

113

Reforma Decreto 116/2019 (BO 30/01/2020)

Repatriación (ampliación) modifica Dto 99/2019

• El beneficio se mantendrá en la medida que:

• Los fondos permanezcan depositados en una cuenta abierta a nombre

del titular en entidades de la ley 21.526 hasta el 31/12 del año que se

produzco al repatriación.

• Una vez cumplida la repatriación y efectuado su depósito en entidades

de la ley 21.526, esos fondos se afecten total o parcialmente a:

• Venta en el MULC a través de la entidad que recibió los fondos

• Adquisición de certificados de participación y/o títulos de deuda de

fideicomisos de inversión productiva que constituya el BICE (*)

• Suscripción o adquisición de cuotas-parte de FCI existentes o a crearse

en el marco de la ley 24.083 que cumplan los requisitos de la CNV. (*)

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

.

Page 114: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

114

Resolución General 4673 (BO 07/02/2020)

Pago a cuenta adicional por bienes en el exterior

Períodos Fiscales 2019 y 2020.

• El pago a cuenta correspondiente a cada período fiscal deberá ingresarse

en las fechas que seguidamente se indican:

• a) Período fiscal 2019: a partir del 04/03/2020 y hasta el 01/04/2020.

Posteriormente postergado al 06/05/2020

• b) Período fiscal 2020: a partir del 01/02/2021 y hasta el 05/04/2021.

Período Fiscal 2021 ??

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

.

Page 115: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

115

Resolución General 4673 (BO 07/02/2020)

Pago a cuenta

Períodos Fiscales 2019 y 2020

• Sobre la base de los bienes en el exterior sujetos a impuesto en

el período anterior, aplicando al “Total de bienes en el exterior

sujetos a impuesto” declarado en los períodos fiscales 2018 y

2019.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

.

Total de Bienes Sujetos a impuesto El pago a cuenta se determinará sobre

aplicando sobre el “Total de Bienes en el

exterior sujeto a impuesto” el %Más de $ Hasta $

0 3.000.000, inclusive 0.10

3.000.000 6.500.000, inclusive 0,22

6.500.000 18.000.000, inclusive 0.40

18.000.000 En adelante 0.50

Page 116: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

116

Resolución General 4673 (BO 07/02/2020)

Pago a cuenta

Períodos Fiscales 2019 y 2020

• Eximición del ingreso del pago a cuenta

• Cuando se hubiere ejercido la opción de repatriación

• Declaren que no son titulares de bienes sujetos a impuesto

en el exterior al cierre de los ejercicios 2019 o 2020, según

se trate.

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

.

Page 117: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

117

Reforma Ley 27.541 (BO 23/12/2019)

Responsables sustitutos

Alícuota vigente desde período fiscal 2019: 0,5%

• Acciones o participaciones sociales, que las sociedades ingresan en

sustitución de sus titulares con carácter de pago único y definitivo

(artículo agregado a continuación del 25).

• Responsables sustitutos de personas físicas domiciliadas

(residentes) en el exterior por los bienes que poseen en el país, por

el impuesto en carácter de pago único y definitivo (artículo 26)

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

.

Page 118: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

118

1) Valuar los bienes en el país y en el exterior conforme las normas de la ley

2) Calcular la base imponible de los bienes del país

✓ Se toman los bienes en el país gravados y valuados conforme las normas del impuesto

✓ Se suman los bienes del hogar

✓ Se detrae el mínimo no imponible, si queda un remanente se resta de los bienes en el exterior

3) Calcular el impuesto correspondiente a los bienes del país

✓ Considerando la base imponible determinada en el 2, se calcula el impuesto aplicando la

escala general.

4) Calcular la base imponible de los bienes en el exterior

✓ Se toman los bienes en el exterior gravados, valuados conforme las normas del impuesto

✓ Se detrae el mínimo no imponible remanente no computado para los bienes en el país, si

hubiere

5) Calcular el impuesto correspondiente a los bienes en el exterior

✓ Se toma la valuación total de los bienes gravados en el país y en el exterior + valuación de

bienes exentos sin deducir el mínimo no imponible

✓ Se identifica la tasa a aplicar

✓ Se calcula el impuesto aplicando a dicha tasa, la base imponible obtenida en el punto 4

6) El impuesto total se obtiene sumando el impuesto correspondiente a los

bienes del país (punto 3) + el impuesto correspondiente a los bienes en el

exterior (punto 5).

IMPUESTO SOBRE BIENES PERSONALES

.

Pasos para calcular el

impuesto sobre los bienes personales

Page 119: Programa de Finanzas Personales Modulo III: Aspectos ...

• Destinado a sujetos no residentes con bienes en el país.

• No aplica el mínimo no imponible.

• No aplica la presunción de Bienes del Hogar.

• Alícuota aplicable 0,50%.

• No deben ingresar anticipos.

• Presentan a través de un representante local (RG 3285).

Régimen de Responsables Sustitutos Características principales

IMPUESTO SOBRE BIENES

PERSONALES

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¡ Muchas gracias !

Adriana Piano – Leonel Zanotto

[email protected][email protected]

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www.sms.com.ar