Producto final

29
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y DE LA EDUCACIÓN CARRERA DE DOCENCIA EN INFORMÁTICA LEGISLACIÓN EDUCATIVA E INFORMÁTICA PRODUCTO FINAL DOCENTE: Ing. Wilma Gavilanes ESTUDIANTE: María Elena Amancha Lagla OCTAVO SEMESTRE Ambato - Ecuador 21/08/2014

Transcript of Producto final

UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO

FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y DE LA EDUCACIÓN

CARRERA DE DOCENCIA EN INFORMÁTICA

LEGISLACIÓN EDUCATIVA E INFORMÁTICA

PRODUCTO FINAL

DOCENTE: Ing. Wilma Gavilanes

ESTUDIANTE: María Elena Amancha Lagla

OCTAVO SEMESTRE

Ambato - Ecuador

21/08/2014

MARCO LEGAL EDUCATIVO

Se destaca primero las veinte rupturas que permitirán la reconfiguración de un

sistema educativo de calidad para todos los ciudadanos

1. Se concibe la educación como un servicio público, en el marco del Buen Vivir. 2. Se prohíbe la paralización de las actividades del servicio educativo. 3. Se garantiza la gratuidad, universalidad y laicidad de la educación pública. 4. Se vela por los derechos de los estudiantes en establecimientos particulares y fiscomisionales.

5. Se promueve una participación activa dela comunidad educativa y de las familias en los procesos educativos.

6. Se garantizan los recursos económicos destinados al sector educativo. 7. Se asegura la escolarización de estudiantes en situaciones de vulnerabilidad.

8. Se reestablece la rectoría del Estado sobre el sistema educativo nacional. 9. Se organiza un nuevo modelo de gestión educativa para acercar la atención a los ciudadanos y

lograr servicios educativos completos y pertinentes en cada circuito educativo.

10. Se estimula la participación ciudadana en los procesos de toma de decisión de la gestión educativa, así como en los de seguimiento y rendición de cuentas.

11. Se fortalece la educación intercultural bil ingüe para asegurar un servicio educativo con pertinencia cultural y l ingüística para las nacionalidades y pueblos indígenas.

12. Se invierte la dinámica tradicional del mejoramiento de la calidad educativa, para lograr que las propias escuelas y los propios actores del sistema se conviertan en los principales agentes del cambio.

13. Se busca superar el racismo, la discriminación y la exclusión, mediante la transversalización de la interculturalidad en todo el sistema educativo.

14. Se introducen importantes cambios en algunas prácticas escolares tradicionales. 15. Se permite a todos los estudiantes acceder a las mismas oportunidades educativas mediante el

Bachillerato General Unificado. 16. Se fortalece el sistema nacional de evaluación educativa con la creación del Instituto Nacional de

Evaluación Educativa. 17. Se replantea la carrera docente pública para que el ma estro se desarrolle como profesional de la

educación. 18. Se apunta a la excelencia en los docentes con un escalafón auténticamente meritocrático que

asegura una remuneración justa y digna.

19. Se garantiza la selección de los mejores docentes con concursos de méritos y oposición rigurosos y transparentes.

20. Se crea la Universidad Nacional de Educación (UNAE), para contribuir a la formación inicial de docentes y otros profesionales de la educación.

TITULO I

CAPÍTULO ÚNICO. DEL ÁMBITO, PRINCIPIOS Y FINES

Art. 2 .- Principios

- Universalidad

- nterés superior de los niños, niñas y adolescentes.-

- Aprendizaje permanente.-

- Educación en valores.-

- Enfoque en derechos.-

- Corresponsabilidad

- Cultura de paz y solución de conflictos.-

- Equidad e inclusión.-

- Calidad y calidez.-

- Unicidad y apertura.-

- Gratuidad

- Escuelas saludables y seguras.-

- entre otros

TITULO II

DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN

Art. 4.- Derecho a la educación.- La educación es un derecho humano fundamental

garantizado en la Constitución de la República y condición necesaria para la realización

de los otros derechos humanos.

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES

DE LOS ESTUDIANTES

DERECHOS

- Ser actores fundamentales en el proceso educativo;

- Recibir una formación integral y científica, que contribuya al pleno desarrollo

de su personalidad, capacidades y potencialidades, respetando sus derechos,

libertades fundamentales y promoviendo la igualdad de género, la no discriminación,

la valoración de las diversidades, la participación, autonomía y cooperación;

- Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la confidencialidad

de sus registros médicos y sicológicos;

OBLIGACIONES

- Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones derivadas

del proceso de enseñanza y aprendizaje

- Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad académica

en el cumplimiento de las tareas y obligaciones;

- Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la resolución

pacífica de los conflictos;

-

NORMATIVA SOBRE EDUCACIÓN

LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL Y REGLAMENTO GENERAL

Elementos constitutivos del Estado TITULO I • Art- 3.- Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en

particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.

Derechos TITULO II • Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de

la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.

• DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA: Adultas y adultos mayores; jóvenes; Niños, niñas y adolescentes;personas con discapacidad

Régimen del buen vivir TITULO VII • Art. 343.- El sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población,

que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes y cultura.

• Art. 348.- La educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera oportuna, regular y suficiente. La distribución de los recursos destinados a la educación se regirá por criterios de equidad social, poblacional y territorial, entre otros.

• Art. 356.- La educación superior pública será gratuita hasta el tercer nivel.

• DISPOSICIONES TRANSITORIAS • DECIMONOVENA.- El Estado realizará una evaluación integral de las instituciones educativas unidocentes y pluridocentes públicas, y tomará medidas con

el fin de superar la precariedad y garantizar • el derecho a la educación.

CAPÍTULO CUARTO. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES

DE LAS Y LOS DOCENTES

CAPÍTULO QUINTO. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES

DE LAS MADRES, PADRES Y/O REPRESENTANTES LEGALES

Derechos

Acceder gratu itamente a proc esos de desarrollo p rofesional , capacitac ión, actual ización, formac ión continua, mejoramiento pedagógico y académico

Gozar de estabilid ad y d el pleno reconocimiento y satisfacción de sus derechos laborales, con sujeción al cumplimiento de sus deberes y obligaciones;

Participar en concursos de méritos y oposición p ara ingresar al Magisterio Ecuatoriano

Ser tratados sin discriminación, y en el caso de los docentes con discapacidad, recibi r de la sociedad el t rato , consideración y respeto acorde con su importante función;

Obligaciones

- Ser actores fundamentales en una educación pertinente, d e calidad y calidez con las y los estudiantes a su cargo

- Elaborar su planificación acad émic a y presentarla oportunamen te a las autoridades de la institución educativa y a sus estudiantes

- Atend er y evaluar a las y los estudiantes de acuerdo con su diversidad cultural y lingüística y las diferencias individuales

- Difundir el conocimiento de los d erechos y garantías constitucionales de los niños, niñas, dolescentes y demás actores del sistema

- Respetar y proteger la integridad física, psicológica y sexu al de las y los estudiantes, y denunciar cualquier af ectac ión ante las autoridad es judiciales y administrativas competentes

Derechos

- Recibir informes periódi cos sobre el progreso académi co de sus representados

- Participar en el gobierno escolar al que pertenezcan

- Vigilar el respeto a los derechos de sus hijos e hijas o representadas y representados,

en las entidades educativas, y denunciar la violación de aquellos ante las

autoridades competentes;

- Solicitar y acceder a la información que consideren pertinentes y que este en

posesión de la institución educativa

Obligaciones

- Garantizar que sus representados asistan regularmente a los centros educativos

- Apoyar y hacer seguimiento al aprendizaje de sus representados y atender los

llamados y requerimientos de las y los profesores y autoridades de los planteles

- Respetar leyes, reglamentos y normas de convivencia en su relación con las

instituciones educativas

- Apoyar y motivar a sus representados y representadas, especialmente cuando existan

dificultades en el proceso de aprendizaje, de manera constructiva y creativa

- Participar con el cuidado, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas

de las instituciones educativas, sin que ello implique erogación económica

CAPÍTULO SEXTO. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA

CAPÍTULO SÉPTIMO. DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Derechos

-Recibir educación escolarizada o no escolarizada, formal o informal a lo largo de su vida que, complemente sus capacidades y habilidades para ejercer la ciudadanía y el derecho al Buen Vivir

- Fomentar un proceso de conocimiento y mutuo respeto entre la comunidad organizada y los centros educativos de su respectiva circunscripción territorial

- Hacer uso racional y responsable de los servicios, instalaciones y equipamiento de las instituciones educativas públicas de su comunidad, de acuerdo con el reglamento respectivo

Obligaciones

- Propiciar la convivencia armónica y la resolución pacífica de los conflictos en la comunidad educativa;

- Respetar y proteger la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes y en general de todos los miembros de la comunidad

- Respetar y cuidar las instalaciones y recursos educativos; asi como participar, en lo que fuera posible en el mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas de las instituciones educativas públicas;

Tipos

- Instituciones educativas públicas

- Instituciones educativas fiscomisionales

- Instituciones educativas particulares

Requisitos

Ser ciudadano ecuatoriano o

extranjero legalmente residente

Poseer uno de los títulos señalados

en esta Ley

Haber completado el año de servicio rural

docente obligatorio, en los casos que

fuere pertinente

Constar en el registro de candidatos elegibles

Participar y ganar en los correspondientes concursos de méritos

y oposición

El o la docente debe acreditar

el dominio de un idioma ancestral

TÍTULO V. DE LA CARRERA EDUCATIVA

CAPÍTULO UNO. DEL ÁMBITO DE LA CARRERA EDUCATIVA

Los docentes públicos percibirán la bonificación para zonas de difícil acceso,

atendiendo lo que establece el Art. 113 de la Ley de Servicio Público. La ubicación

de los docentes en las nuevas categorías se realizará de conformidad de los

siguientes parámetros:

PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR

El Plan es un conjunto de objetivos que expresan la voluntad de continuar con la

transformación histórica del Ecuador. Sus objetivos son:

Consolidar el Estado democrático y la construcción del poder popular.

Auspiciar la igualdad, la cohesión, la inclusión y la equidad social y

territorial, en la diversidad.

Mejorar la calidad de vida de la población.

Fortalecer las capacidades y potencialidades de la ciudadanía.

Construir espacios de encuentro común y fortalecer la identidad nacional,

las identidades diversas, la plurinacionalidad y la interculturalidad.

Consolidar la transformación de la justicia y fortalecer la seguridad integral,

en estricto respeto a los derechos humanos.

Garantizar los derechos de la naturaleza y promover la sostenibilidad

territorial y global.

Consolidar el sistema económico social y solidario, de forma sostenible.

Garantizar el trabajo digno en todas sus formas. Impulsar la transformación

de la matriz productiva.

Asegurar la soberanía y eficiencia de los sectores estratégicos para la

transformación industrial y tecnológica.

Garantizar la soberanía y la paz, profundizar la inserción estratégica en el

mundo y la integración latinoamericana.

El Socialismo del Buen Vivir

El Buen Vivir ofrece alternativas para construir una sociedad más justa.

Principios y orientaciones

- Sociedad radicalmente justa

- Sociedad con trabajo liberador y tiempo creativo

- Sociedad igualitaria y equitativa

- Sociedad de plenas capacidades, emancipación

y autonomía

- Sociedad solidaria

- Sociedad en armonía con la naturaleza

- Fortalecimiento de la sociedad

Se plantean seis dimensiones básicas

para la planificación, el seguimiento y la

evaluación del proceso encaminado al Buen

Vivir en el Ecuador:

1. Diversificación productiva y seguridad

económica.

2. Acceso universal a bienes superiores.

3. Equidad social.

4. Participación social.

5. Diversidad cultural.

6. Sustentabilidad.

Con Ecuador por el mundo

La crisis internacional

El Plan Nacional para el Buen Vivir no estaría en capacidad de formular el diagnóstico ni las políticas de sus objetivos, si se abstrajera del contexto económico internacional.

La autonomía del Estado

Cuatro líneas de decisión gubernativa y una nueva regulación institucional tuvieron una relevancia particular:

- Un conjunto de medidas orien tadas a la gestión nacional –sin interf erencia d el capital global

- Una serie de opciones encaminadas hacia el resquebrajamiento d e las correas d e trasmisión decisional del capital financiero sobre la economía nacional.

- Una s erie d e medid as orientad as a reforzar la c entralidad de la polític a tr ibutaria y la capacidad recaudatoria del Estado

- El impulso de la reforma institucional del Estado.

La nueva agenda pública

vectores centrales y el sentido general

de la transformación referida.

- Recuperación de la planificación pública

La afirmación del rol del Estado como promotor

del desarrollo

- Regulación económica

- Política comercial y nueva integración regional

- Política laboral

- Política salarial

- Políticas distributivas

- Política de transferencias directas y subsidios

- Políticas con tendencia universalista

- Factores productivos

Con Ecuador por el mundo

Planificamos el futuro

El objetivo de la estrategia es pasar de una economía basada en recursos naturales

finitos hacia una economía sustentada en recursos infinitos, mediante una

apropiación científica, económica e industrial, del conocimiento que permita

fortalecer las capacidades de la población ecuatoriana

Inversión en investigación, desarrollo e innovación (I+D+I)

OBJETIVOS NACIONALES PARA EL BUEN VIVIR

Este capítulo presenta los doce objetivos nacionales para el Buen Vivir, sus políticas, líneas estratégicas y metas para el periodo 2013-2017, y constituye el corazón del Plan Nacional. Los objetivos están organizados en tres ejes: 1) cambio en las relaciones de poder para la construcció n del poder popular; 2) derechos, libertades y capacidades para el Buen Vivir; y 3) transformación económica-productiva a partir del cambio de la matriz productiva.

Hacia el poder popular: Cambio en las

relaciones de poder

•El objetivo 1: “Consolidar el Estado democrático y la construcción del poder popular” establece las políticas y líneas estratégicas necesa

De la planificación con “enfoque de

derechos” a la planificación para el Buen

Vivir

• El objetivo 2 d el Plan N acional para el Buen Vivir : “Auspiciar la igu aldad, la cohesión, la inclusión y la quidad social y territor ial , en la diversidad”, enfrenta los problemas de pobreza y d esigualdad d esde una mirada multidimensional y potencia la enorme riqueza qu e en el Ecuado r repres enta la diversidad en sus variad as expresiones para alcanzar la igualdad en ella.

segundo eje pro gramát ico del Plan N acional : derechos, l ibertades y c apacid ades para la construcción del Buen Vivir.

En esta sección se abordan los siguientes objetivos:

• Objetivo 2: “Auspiciar la igu aldad , la cohesión, la inclusión y la equid ad social y territorial, en la diversidad”.

• Objetivo 3: “M ejorar la calid ad de vida de la población”.

• Objetivo 4: “ Fortalec er las cap acidad es y potencialidades de la ciudadanía”.

• Objetivo 5 : “Construir espac ios de encu entro común y fortalec er la ident idad n acional, las identidad es divers as, la plurin acionalid ad y la interculturalidad”.

• Objetivo 6: “Consolidar la transformación d e la justicia y fortalec er la s egurid ad integral, en estricto respeto a los derechos humanos

• Objetivo 7 : “Garantizar los derechos de la naturaleza y pro mover la sostenibi lidad ambiental territorial y global”.

Objetivo 8: “Consolidar el sistema económico social y solidario, de forma sostenible”.

Objetivo 9: “Garantizar el trabajo digno en todas sus formas”.

Objetivo 10: “Impulsar la transformación de la matriz productiva”.

Objetivo 11: “Asegurar la soberanía y eficiencia de los sectores estratégicos para la transformación industrial y tecnológica”.

Objetivo 12: “Garantizar la soberanía y la paz, y profundizar la inserción estratégica en el mundo y la integración latinoamericana”

El tercer eje estructurante del Plan Nacional para el Buen Vivir es la transformación del sistema económico para que efectivamente se convierta en un sistema social y solidario, en el que converjan la economía de mercado, la economía pública y la economía popular y solidaria.

El Código de la Niñez y Adolescencia

El Libro I

- Se denomina "Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos". En este Libro,

encontramos definiciones, principios, derechos, deberes y garantías."

El Libro II

Denominado "El niño, la niña y adolescente en sus relaciones de familia". En este libro se define la familia, se reconoce su función fundamental

en el desarrollo de los niños y se establecen mecanismos para protegerla.

El Libro III

Se denomina "Del Sistema Nacional de Descentralizado de Protección Inegral de la

Niñez y adolescencia" (el sistema). Sin el sistema los derechos que están en el Libro I y Libro II

serían meras declaraciones. El sistema tiene por objeto, asegurar el ejercicio y garantía de todos los derechos de los niños y

niñas.

El libro IV

Se denomina "Responsabilidad del Adolescente Infractor" . En este libro, consecuentes con el

principio de que los adolescentes son sujetos de derechos, se reconoce sus responsabilidades

cuando violan los derechos de otros.

El Código de la Niñez y Adolescencia

es un conjunto de normas jurídicas que regula el ejercicio y

la protección de sus derechos (Art. 1 del Código).

LIBRO I

Los principios fundamentales son la igualdad y no discriminación( Art. 6 ), la corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia (Art., 8) el interés superior de los niños (Art. 11)

los niños/as son prioridad absoluta en la formulación y ejecución de políticas (Art. 12 ), el

ejercicio de derechos es progresivo (Art. 13 ).

Los derechos están divididos en 4 grandes grupos, derechos de supervivencia (Art.20-32), derechos relacionados con el desarrollo (Art. 33-49), derechos de protección (Art. 50-58), derechos de participación (Art. 59-66) y derechos de protección especial (Art.67-95)

Niño/a es todo ser humano que no ha cumplido doce años y adolescente todo ser humano entre

doce y 18 años (Art. 4 )

LIBRO III

1.- Organismos de definición, planificación, control y evaluación de políticas (Art. 193).

a) El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (Art. 194-198) b) La Secretaría Ejecutiva del Congreso Nacional (Art. 199-200) c) Las Defensorías Cantonales de la Niñez y Adolescencia (Art. 201.

204) d) Consejos consultivos de niños , niñas y adolescentes (Art. 198)

2.- Organismos de protección, defensa y exigibilidad de derechos

a) La Administración de justicia de la niñez y la adolescencia (Art. 255.297) b) Las Juntas Cantonales de protección de derechos (Art.

205-207) c) Las Defensorías comunitarias (Art. 2º8 ) d) La policía especializada de niños, niñas y adolescentes e) La Defensoría del Pueblo.

3.- Organismos de ejecución (Art. 209-214)

a) Entidad es públicas b) Entidades privadas.

El sistema opera, p ara as egurar la protección integral, a través de t res tipos de acciones:

- Las polític as públicas ( Art. 193) - Las medidas de p rotección (Art. 215-234), como la inserción famil iar , la custodia , el acogimiento familiar e institucional, la adopción ) - Las infracciones y sancion es , qu e es la consecuencia grave de las violaciones a d erechos de los niños /AS (Art. 245-254)

LIBRO II

Se regula las relaciones del niño/a con su familia.

- La patria potestad (Art. 104 117) - La tenencia (Art. 118-122) - El derecho a visitas ( Art. 122-125) - El derecho a alimentos ( Art. 126-147) - El derecho de la mujer embarazada a alimentos ( Art. 148-150) - La adopción (Art. 151-189)

REGULACIONES

Se regula :

- Los principios, derechos y garantías en el Juzgamiento (Art. 305.322) - Las medidas cautelares (Art. 323-333) - El juzgamiento de infracciones. Los sujetos procésales, las etapas del procedimiento (Art. 334-368)

Las medidas socio-educativas (Art. 369-386)

La prevención de la infracción penal (Art. 387-389)

LIBRO IV

Se denomina "Responsabilidad del Adolescente Infractor

Se reconoce sus responsabilidades cuando violan los derechos de otros.

CAPÍTULO 2 FINES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR Art. 5.- Derechos de las y los estudiantes. Art. 6.- Derechos de los profesores o profesoras e investigadores o investigadoras. Art.

7.- De las Garantías para el ejercicio de derechos de las personas con discapacidad. Art. 8.- Serán Fines de la Educación Superior.- La educación superior tendrá los siguientes fines:a) Aportar al desarrollo del pensamiento universal, al despliegue de la producción

científica y a la promoción de las transferencias e innovaciones tecnológicas

CAPÍTULO 2 FINES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR Art. 3.- Fines de la Educación Superior.- La educación superior de carácter humanista, cultural y científica constituye un derec ho de las personas y un bien públicoArt. 4.- Derecho a la Educación Superior.- El derecho a la educación superior consiste en el ejerc icio

efectivo de la igualdad de oportunidades, en función de los méritos respectivos,a fin de acceder a una formación académica y profesional con producción de conocimiento pertinente y de excelencia.

CAPÍTULO 1 ÁMBITO Y OBJETO Art. 1.- Ámbito.- Esta Ley regula el sistema de educación superior en el país, a los organismos e instituciones que lo integran: determina derechos, deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, y establece las respectivas sanciones por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Constitución y la presente Ley. Art. 2.- Objeto.- Esta Ley tiene como objeto definir sus principios, garantizar el derecho a la educación superior de calidad que propenda a la excelencia, al acceso universal permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna.

TÍTULO I ÁMBITO, OBJETO, FINES Y

PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE

EDUCACIÓN SUPERIOR

CAPÍTULO 3 PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE

EDUCACIÓN SUPERIOR

• Art. 12.- Principios del Sistema.- El Sistema de Educación Superior se regirá por los principios de autonomía responsable, eogobierno.

• Art. 13.- Funciones del Sistema de Educación Superior

CAPÍTULO 3 PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE

EDUCACIÓN SUPERIOR

• Art. 14.- Instituciones del Sistema de Educación Superior

• Art. 15.- Organismos públicos que rigen el Sistema de Educación Superior.

CAPÍTULO 3 PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE

EDUCACIÓN SUPERIOR

• Art. 16.- Organismos de consulta del Sistema de Educación Superior

CAPÍTULO 3 PRINCIPIOS DEL

SISTEMA DE EDUCACIÓN

SUPERIOR

CAPÍTULO 1 DEL EJERCICIO DE LA AUTONOMÍA RESPONSABLE

Art. 17.- Reconocimiento de la autonomía responsable.-El

Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía

académica. administrativa. financiera y orgánica, acorde

con los principios establecidos en la Constitución de la

República.

Art. 18.- Ejercicio de la autonomía responsable.- La autonomía responsable que ejercen las universidades y

escuelas politécnicas

Art. 19.- Inviolabilidad de los recintos universitarios.- Los

recintos de las universidades y escuelas politécnicas son

inviolables y no podrán ser allanados sino en los casos y

términos en que puede serlo el domicilio de una persona, según lo previsto en la Constitución y

la Ley.

CAPÍTULO 2 PATRIMONIO Y FINANCIAMIENTO DE LAS

INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Art. 20.- Del Patrimonio y Financiamiento de las instituciones del sistema de educación superior.

Art. 21.- Acreditación de fondos.

Art. 22.- Privación de rentas.

Art. 23.- Garantía del financiamiento de las instituciones públicas de

educación superior.

Art. 24.- Distribución de los recursos.

Art. 25.- Rendición de cuentas.

Art. 26.- Control de fondos no provenientes del Estado.

Art. 27.- Rendición social de cuentas.

TÍTULO II AUTONOMÍA RESPONSABLE

DE LAS UNIVERSIDADES Y ESCUELAS

POLITÉCNICAS

TÍTULO III EL COGOBIERNO

CAPÍTULO 1 PRINCIPIO DEL COGOBIERNO

• Art. 45.- Principio del Cogobierno.

CAPÍTULO 2

DEL COGOBIERNO DE

LAS UNIVERSIDADES

Y ESCUELAS POLITÉCNICAS

• Sección Primera De los Órganos Colegiados

• Sección Segunda Del Rector, Vicerrector/es y demás autoridades académicas

• Sección Tercera De la participación de las y los estudiantes, las y los graduados, las y los servidores y las y los trabajadores en el cogobierno

• Sección Cuarta Del funcionamiento de los órganos de cogobierno y del referendo

CAPÍTULO 2

DEL COGOBIERNO DE LAS UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITÉCNICAS

Sección Primera De los

Órganos Colegiado

s

Art. 46.- Órganos de

carácter colegiado.

Art. 47.- Órgano

colegiado académico superior.

Sección Segunda Del Rector, Vicerrector/es y

demás autoridades académicas

Art. 48.- Del Rector o Rectora.

Art. 49.- Requisitos para ser Rector o Rectora.

Art. 50.- Obligaciones adicionales del Rector o Rectora.

Art. 51.- Vicerrector o Vicerrectores.

Art. 52.- Subrogación o reemplazo.

Art. 53.- Autoridades académicas.

Art.- 54.- Requisitos para la autoridad académica.

Art. 55.- Elección de primeras Autoridades.

Art. 56.- Paridad de género, igualdad de oportunidades y

equidad.

Art. 57.- Votación de las y los estudiantes para la elección de rector o rectora y vicerrector o

vicerrectora, vicerrectores o vicerrectoras.

Art. 58.- Votación de las y los servidores y las y los trabajadores

para la elección de rector o rectora y Vicerrector o vicerrectora,

vicerrectores o vicerrectoras.

Art. 59.- Participación del personal académico.

Sección Cuarta Del

funcionamiento de los órganos de cogobierno y del

referendo

Art. 63.- Instalación y funcionamiento de los

órganos de cogobierno.

Art. 64.- Referendo en universidades y

escuelas politécnicas.

Sección Tercera De la

participación de las y los

estudiantes, las y los

graduados, las y los servidores

y las y los trabajadores

en el cogobierno

Art. 60.- Participación de las y los estudiantes.

Art. 61.- Requisitos para dignidades de

representación estudiantil.

Art. 62.- Participación de las y los servidores y

las y los trabajadores en el

cogobierno.

Art. 65.- Gobierno de los institutos superiores técnicos y tecnológicos, pedagógicos y conservatorios de música y artes.

Art. 66.- Requisitos para ser rector o rectora y vicerrector o vicerrectora de un instituto superior técnico o tecnológico, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores

CAPÍTULO 3 DEL GOBIERNO DE LOS INSTITUTOS SUPERIORES

TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS, PEDAGÓGICOS, DE ARTES Y

CONSERVATORIOS SUPERIORES

CAPÍTULO 1 DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

Art. 71.- Principio de igualdad de oportunidades.

Art. 72.- Garantía de acceso universitario para los ecuatorianos en el exterior.

Art. 74.- Políticas de Cuotas.

CAPÍTULO 2 DE LA GARANTÍA DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Art. 76.- De la garantía.

Art. 77.- Becas y ayudas económicas.

Art. 78.- Definición de becas, créditos educativos y ayudas económicas.

Art. 80.- Gratuidad de la educación superior pública hasta el tercer nivel.

Art. 81.- Sistema de Nivelación y Admisión.

Art. 82.- Requisito para el ingreso a las instituciones del Sistema de Educación Superior.-

Art. 83.- Estudiantes regulares de las instituciones del Sistema de Educación Superior.

TÍTULO IV.- IGUALDAD DE

OPORTUNIDADES

CAPÍTULO 2 NORMAS PARA LA GARANTÍA DE LA CALIDAD

Art. 98.- Planificación y ejecución de la autoevaluaeión.

Art. 101.- Reglamento y Código de Ética.

Artículo 103.- Examen Nacional de

evaluación de carreras y programas

académicos.

CAPÍTULO 1 DEL PRINCIPIO DE CALIDAD

Art. 93.- Principio de

calidad.

Art. 94.- Evaluación de la

calidad.

Art. 95.- Acreditación.

Art. 96.- Aseguramiento de la calidad.

TÍTULO V.- CALIDAD DE LA E DUCACIÓN

SUPERIOR

• Art. 108.- Creación de universidades y escuelas politécnicas.

• Art. 109.- Requisitos para la creación de una universidad o escuela politécnica.

• Art. 110.- Prohibición de Creación de Instituciones de Educación Superior Particulares con finaneiamiento fiscal.

• Art. 111.- Creación y finaneiamiento de universidades y escuelas politécnicas supeditadas a los requerimientos del desarrollo nacional.

CREACIÓN DE UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITÉCNICAS

• Art. 114.- Creación de los institutos superiores, técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores.-

• Art. 115.- Requisitos para la creación de institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores.

CREACIÓN DE INSTITUTOS SUPERIORES, TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS, PEDAGÓGICOS, DE

ARTES Y CONSERVATORIOS SUPERIORES

TÍTULO VI.- PERTINENCIA

AUTODETERMINACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DEL PENSAMIENTO Y CONOCIMIENTO

Art. 145.- Principio de autodeterminación para la producción

del pensamiento y conocimiento.

Art. 148.- Participación de los profesores o

profesoras e investigadores o

investigadoras en beneficios de la

investigación.

Art. 146.- Garantía de la libertad de cátedra e

investigativa

AUTODETERMINACIÓN PARA LA

PRODUCCIÓN DEL PENSAMIENTO Y

CONOCIMIENTO