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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES SRPA Criterios orientadores para la implementación Con el apoyo de:

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES SRPA

Criterios orientadores para la implementación

Con el apoyo de:

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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF

Lina María Arbeláez ArbeláezDirectora General

Liliana Pulido VillamilSubdirectora General

Alejandro Peláez RojasDirector de Protección ICBF

César Alejandro Cáceres MonroySubdirector de Responsabilidad Penal

Autores:

Tomás Julián Carrasquilla LlanoEquipo TécnicoSubdirección de Responsabilidad Penal

Daniel Alfonso Escobar ZamoraCatalina Andrea López RicoHRH2030 Colombia

Damian Medina CrofortDiagramación y diseño

Jhery Melixa PradaIlustraciones

Primera Edición Julio de 2021 

Esta publicación es posible gracias al generoso apoyo del pueblo estadounidense a través de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) bajo los términos del acuerdo de cooperación No. AID-OAA-A-15-00046 (2015-2021). El contenido es responsabilidad de Chemonics International y no necesariamente refleja las opiniones de USAID o del Gobierno de los Estados Unidos

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1. OBJETIVO Brindar orientaciones para implementar procesos y prácticas restaurativas en los servicios de atención del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), con el fin de generar condiciones de diálogo, reparación y cooperación que permitan construir tejido social, promover la inclusión social y dar cumplimiento a la finalidad restaurativa del proceso, las medidas y las sanciones del SRPA.

2. ALCANCEEl presente documento está dirigido a los equipos profesionales de los operadores de los servicios y modalidades del SRPA que aplican los lineamientos técnicos del ICBF. Adicionalmente, las orientaciones acá contenidas deben ser tenidas en cuenta por las instituciones aliadas y los cooperantes que apoyan el fortalecimiento del componente restaurativo en los servicios del SRPA.

3. INTRODUCCIÓNEl Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, creado por medio de la Ley 1098 de 2006 “Código de la Infancia y la Adolescencia”, es un sistema de justicia de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos. Está orientado por los principios de protección integral y justicia restaurativa, en el cual se brinda la oportunidad a los adolescentes en conflicto con la ley penal de abordar y resolver los conflictos de forma concertada. Todo esto, por medio de un proceso que les permite responsabilizarse de sus actos, reparar a las víctimas, a la familia y a la comunidad, reconociendo que los delitos no solo representan una ofensa al Estado, sino, principalmente, un daño a las personas y a los vínculos sociales.

Esta forma de abordar las consecuencias derivadas de los delitos se fundamenta en la capacidad de los adolescentes y jóvenes para gestionar, transformar y superar situaciones problemáticas u ofensas, reparar el daño y responder a las necesidades de las personas afectadas por sus conductas.

Los procesos y las prácticas restaurativas permiten lograr los siguientes resultados: a. prevenir que escale el conflicto o el daño; b. promover la generación de tejido social y fortalecer relaciones, mejorando la convivencia; y c. atender el daño que el delito o una conducta han generado a las personas por medio de la responsabilización y la reparación. En última instancia, se promueve una forma de justicia que restaura y sana a los adolescentes y jóvenes, así como también a sus familias, a la comunidad y a las víctimas.

De esta manera, la cartilla de implementación de “Procesos y Prácticas Restaurativas en el SRPA” se integra a la línea técnica del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) con el fin de brindar recursos y orientaciones a los operadores de servicios que les permita cualificar los servicios que prestan, así como contribuir al logro de la finalidad restaurativa del SRPA, desde un enfoque de derechos humanos, sistémico y apreciativo.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

4. CONTENIDO DEL DOCUMENTO El presente documento se divide en tres secciones que dan respuesta a varias preguntas orientadoras de las siguientes temáticas: a. Marco conceptual y fundamentos, b. Fortalecimiento del componente restaurativo en la institución, y c. Implementación de procesos y prácticas restaurativas.

Esta sección presenta los principales conceptos y

fundamentos que deben conocer los profesionales de los

operadores del SRPA para promover e implementar procesos

y prácticas restaurativas en los servicios de atención a la

población beneficiaria

Contiene recomendaciones de orden interno que permitirán

fortalecer la capacidad técnica de los operadores y de sus equipos profesionales para implementar

procesos y prácticas restaurativas, integradas en el modelo de atención del SRPA

Contiene recomendaciones y protocolos para la

implementación de procesos y prácticas restaurativas en los

servicios del SRPA brindados a población beneficiaria, en el

marco del modelo de atención

Sección 1

Marco Conceptual y Fundamentos

¿Cuáles son los principales conceptos y

fundamentos del componente restaurativo?

¿Cómo fortalecer la capacidad técnica de la

institución en el componente restaurativo?

¿Cómo implementar procesos y prácticas restaurativas en los

servicios de atención en el SRPA?

Fortalecimiento del componente

restaurativo en la institución

Implementación de procesos y

prácticas restaurativas

Sección 2 Sección 3

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SECCIÓN I: ¿Cuáles son los principales

conceptos y fundamentos del componente restaurativo?

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Contenido de esta sección

Justicia restaurativa

Tipos de resultados restaurativos

Enfoque restaurativo

Otros conceptos en los procesos y prácticas restaurativas

Prácticas restaurativas informales y formales

Actores en las prácticas restaurativas

Objetivo: Aprender los principales conceptos y fundamentos que deben tenerse en cuenta para incorporar procesos y prácticas

restaurativas en los servicios prestados en el SRPA.

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1. ¿QUÉ ES LA JUSTICIA RESTAURATIVA?La justicia restaurativa, en sentido amplio, puede definirse como aquel “Proceso dirigido a involucrar, dentro de lo posible, a todos los que tengan un interés en una ofensa particular, e identificar y atender colectivamente los daños, necesidades y obligaciones derivados de dicha ofensa, con el propósito de sanar y enmendar los daños de la mejor manera posible” 1.

Esta forma de justicia se implementa en diferentes ámbitos. En el contexto específico del SRPA, podemos considerar que la justicia juvenil restaurativa “Es una forma de justicia que aborda los conflictos desde un enfoque social, afectivo, pedagógico y de derechos, orientada por los principios de la protección integral, interés superior del adolescente y corresponsabilidad. Esta justicia busca el restablecimiento de los derechos del adolescente, la toma de conciencia sobre el daño causado, la garantía de los derechos a la verdad y a la reparación integral de la víctima, el reconocimiento recíproco entre las partes y la reintegración a la sociedad, todo ello por medio de un procedimiento que debe contar con la participación del Estado, la comunidad y las familias (…)”2.

De acuerdo con el artículo 140 de la Ley 1098 de 2006, la justicia restaurativa constituye una de las finalidades del SRPA3. Dicha normativa indica que: “(…) tanto el proceso como las medidas que se tomen son de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos, conforme a la protección integral. El proceso deberá garantizar la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño”. En el mismo sentido, el artículo 178 de esta Ley señala que “la finalidad de las sanciones impuestas a los adolescentes en el SRPA es protectora, educativa y restaurativa y se aplicarán con el apoyo de la familia y de especialistas”4.Como se indica en el lineamiento técnico del modelo de atención para el SRPA5, la Justicia restaurativa6 posibilita el resarcimiento del adolescente o joven a su familia, a la víctima y a la

1 Howard Zehr. El pequeño libro de la Justicia Restaurativa. 2010. Pág.45.2 Directrices del SNCRPA para orientar la formulación de programas de justicia juvenil restaurativa. 2018.3 ICBF. Lineamiento Técnico Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en Conflicto con la Ley-SRPA. 2020. Página 69.4 Ley 1098 de 2006, artículo 178.5 ICBF (2020). Lineamiento Técnico Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en Conflicto con la Ley-SRPA.

Página 69-706 Naciones Unidas define Justicia Restaurativa: “Como una respuesta evolucionada al crimen, que respeta la

dignidad y equidad de cada persona, construye compresión y promueve armonía social a través de la sanación de las víctimas, infractores y comunidad”.

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comunidad por las consecuencias negativas o los daños causados por la conducta punible. En este escenario, el adolescente o joven, mediante un proceso de preparación, reflexión y análisis, interioriza el acto cometido y transforma su idea frente al delito, lo cual hace posible tanto su efectiva reincorporación, como la de la víctima al contexto social. Este proceso “pone todo su énfasis en la dimensión social de los delitos y los conflictos. Busca restaurar el lazo social dañado, a través de un proceso de reparación y reconciliación entre la víctima y el ofensor con mediación de la comunidad (…). En un sentido radical, la justicia restaurativa procura modificar las relaciones desiguales e injustas que han dado lugar a los conflictos”7.

1.1. ¿Cuáles son los principios de la JR8?• Centrarse en los daños y en las necesidades de las víctimas, pero

también de las comunidades y de los ofensores.

• Atender las obligaciones que estos conllevan, tanto para los ofensores como para las comunidades y la sociedad.

• Usar procesos incluyentes y colaborativos.

• Involucrar a todos aquellos que tengan un interés legítimo en la situación, lo que incluye a las víctimas, los ofensores, otros miembros de la comunidad y a la sociedad en general.

• Procurar enmendar el daño causado.

Si bien se puede promover la participación de la víctima con el apoyo de las autoridades judiciales, el hecho de que la víctima directa no participe, no constituye un impedimento para que el adolescente o joven se responsabilice de sus actos y mejore las relaciones consigo mismo, con su familia y con su entorno de origen. También es posible que desarrolle procesos con la participación de víctimas indirectas y comunidades, o acciones de reparación indirectas o simbólicas. El escenario de justicia restaurativa, que se propicie en los programas de atención del SRPA, debe promover la resolución de conflictos, así como una respuesta social al delito, desde una perspectiva pacífica que rompa esquemas arraigados de violencia legitimados por los adolescentes y jóvenes o sus familias en sus diferentes contextos de origen.

7 BRITTO Diana. Justicia restaurativa y procesos restaurativos: la comunidad hace la diferencia. En: Revista Polisemia, n° 2, 2006, p 91-103.

8 Zher, Howard. El pequeño libro de la Justicia Restaurativa. 2007.

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1.2. ¿Qué debe entenderse por reparación integral a la víctima?La reparación integral constituye una finalidad autónoma de la justicia restaurativa que destaca el papel central que ocupan los intereses de las víctimas, así como la necesidad de ofrecer una respuesta más amplia e integral, que involucre a los actores del SRPA con el fin de atender sus demandas de justicia9. En la justicia restaurativa se recupera la capacidad de agencia de las víctimas y se busca su reparación en términos patrimoniales, pero también afectivos y simbólicos, entre otros10. Dicho de otro modo, no basta la realización de acciones de reparación por parte del ofensor para atender las necesidades de las víctimas; es necesario conocer sus percepciones, ideas y sensaciones frente a lo sucedido. Por esta razón, la implementación de prácticas restaurativas debe generar escenarios de diálogo y encuentro que permitan superar y sanar el daño. La reparación integral se compone por tres derechos reconocidos a favor de las víctimas:

• Derecho a la verdad: comprende el derecho a conocer la verdad de los hechos: qué pasó, por qué a ellas y/o qué pasó con sus seres queridos, cuando es el caso.

• Derecho a la justicia: comprende el derecho a tener acceso a un recurso judicial efectivo que le permita a las víctimas hacer valer sus derechos. Para el Estado conlleva el deber de investigar los delitos y sancionar a los responsables.

• Derecho a la reparación: para que tenga un efecto restaurativo mayor, sea cual sea la acción de reparación a realizarse por el ofensor, deberá involucrarse de manera directa, indirecta o simbólica a la(s) víctima(s) y a la comunidad. Estas medidas de reparación comprenden los siguientes aspectos, de acuerdo con el marco normativo vigente11:

• Medidas de satisfacción: son aquellas medidas que sean eficaces para lograr que no continúe la vulneración de los derechos de las víctimas; comprende disculpas que reconozcan los hechos ocurridos y acepten las responsabilidades.

• Reparación simbólica12: son medidas que no tienen carácter pecuniario, ni indemnizatorio, pero que cumplen con una finalidad reparadora a través de un contenido simbólico.

• Garantías de no repetición: medidas orientadas a prevenir que se vulneren de nuevo los derechos.

• Rehabilitación: cuando proceda, hace referencia a la atención médica y psicológica, así como a servicios jurídicos y sociales que se briden a la víctima para ayudarla a recuperarse de lo ocurrido.

9 . En la respuesta penal tradicional los intereses de las víctimas no ocupan un lugar central en la medida que se entiende que la ofensa penal constituye un atentado a los intereses del Estado o a los bienes jurídicos tutelados, en otras palabras, se trata de un conflicto entre el delincuente y el Estado.

10 Corte Constitucional. Sentencia C – 936 de 201011 Corte Constitucional. Sentencia C – 936 de 2010; Resolución 60/147 del 16 de diciembre de 2015. Asamblea

General de la Organización de las Naciones Unidas. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones.

12 Patiño, A. (2010) Las reparaciones simbólicas en escenarios de justicia transicional. Revista Latinoamericana de Derechos Humanos Vol. 21 (2): 54, julio-diciembre, 2010 (ISSN: 1659-4304)

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

• Restitución: siempre que sea posible, se ha de procurar devolver a la víctima a la situación anterior a la vulneración de su derecho. La restitución puede comprender, por ejemplo, el disfrute de un derecho o la devolución de sus bienes.

• La indemnización: hace referencia a una indemnización patrimonial apropiada y proporcional por cuenta de los perjuicios económicos causados por el delito.

Posibles acciones de reparación13:A continuación, se mencionan algunos ejemplos de acciones de reparación que pueden ser desarrolladas por los ofensores para dar respuesta a las necesidades de las víctimas. Estas, pueden ser promovidas por los operadores del ICBF en la atención a la población beneficiaria de los servicios en el SRPA:

• Servicios a la comunidad o a las víctimas: servicios que brinda el ofensor a las víctimas, de forma gratuita, buscando prestar una ayuda a la comunidad para resarcir el daño que generó con su conducta de forma directa o indirecta. Normalmente implica un trabajo social que genera un beneficio a la comunidad.

• Disculpa: esta puede ser audiovisual, oral, escrita o presencial. Requiere la responsabilidad plena y directa frente a lo sucedido, y el daño real ocasionado, que debe ser expresado de manera asertiva y empática a la víctima o a los afectados.

• Cambio de conducta: implica una reorientación positiva de las acciones y hábitos que desarrolla el adolescente o joven que busca, en compensación por los daños ocasionados, expresar su compromiso con el cambio y mostrar a la víctima su intención de repararla.

• Restitución: acción a favor de la víctima que le permite a esta percibir que se le ha devuelto algo que tenía (no solo un bien), o que se restableció o recuperó algo que tuvo o que aún tiene (emocional, físico, social) y que fue afectado por el delito u ofensa.

• Indemnización: entrega o pago con carácter económico o patrimonial a la víctima o al afectado por los daños causados a raíz de la conducta delictiva.

• Entrega de elementos con contenido simbólico: objeto o elemento con contenido simbólico que el ofensor da a la víctima o a los afectados con el fin de dar respuesta o satisfacer alguna de sus necesidades.

• Verdad: normalmente se materializa a través del diálogo en un espacio restaurativo14 y en una práctica restaurativa formal apoyada por un facilitador. Implica que las víctimas y los afectados conozcan la verdad de lo que sucedió.

13 Ver definición de acción de reparación en ¿qué otros conceptos debemos tener en cuenta en la implementación de procesos y prácticas restaurativas?

14 Ver definición de espacio restaurativo.

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2. ENFOQUE RESTAURATIVOEl enfoque restaurativo puede representarse como un lente o marco de referencia inspirado en los principios y valores de la justicia restaurativa que debe orientar cualquier abordaje, intervención o acompañamiento de los actores y operadores de servicios del SRPA, con el fin de alcanzar resultados restaurativos15. Este enfoque implica una forma de actuar e intervenir basada en el diálogo, el respeto, la cooperación y el reconocimiento del valor de la diferencia, asumiendo la reparación como un medio para lograr resultados restaurativos, entendiendo que las decisiones son mejores y que los conflictos u ofensas son resueltos de mejor manera cuando las personas trabajan con otras, y no cuando trabajan para o en contra de otras.

Tal como lo muestra la ventana de la disciplina social16, en la siguiente imagen, el enfoque restaurativo promueve una perspectiva colaborativa y no punitiva o asistencial.

Gráfica 1 - Ventana de la disciplina social

Fuente: Wachtel T. Definiendo qué es restaurativo. Pág. 1

15 ICBF (2020). Lineamiento Técnico Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en Conflicto con la Ley-SRPA. Página 67

16 WACHTEL, Ted. Que es ser restaurativo. Justicia Restaurativa en la vida cotidiana: Más allá de un ritual formal. Gaceta Ser Restaurativo 01. ICBF. Página 12. diciembre de 2016.

CON

NO

Restaurativo

Negligente

CONTRA

PARA

Punitivo

ALTO

ALTO Apoyo (animar, nutrir)

Cont

rol (

limite

s, d

isci

plin

a)

ALTO

Permisivo

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Un enfoque restaurativo llevado a la práctica debe comprender al menos los siguientes elementos17:

• Comprender que la ofensa no define a la persona. Aquella representa fundamentalmente un daño al otro y a las relaciones, pero se reconoce que también existen posibilidades de reparación.

• El delito o la ofensa también constituye una oportunidad de aprendizaje y de desarrollo social.

• El enfoque restaurativo se centra en el presente, apunta al futuro y retoma el pasado constructivamente.

• Los procesos son más exitosos en la medida que involucren activamente y en el mayor grado posible a quienes han sido afectados por la situación.

• Se debe rescatar la dignidad de cada ser humano reafirmando los valores de la comunidad y de las personas que la componen, reprochando la ofensa y el delito, que son conductas inaceptables.

• Todo enfoque restaurativo llevado a la práctica debe contar con una orientación pedagógica y apreciativa, enmarcada en los derechos humanos.

La Policía Nacional, la Fiscalía General de la Nación, los jueces, los defensores técnicos, las Defensorías de Familia, los profesionales de los centros de atención y los demás actores del SRPA, son responsables de procurar que desde la aprehensión en flagrancia o por orden judicial, hasta finalizar la ejecución de la sanción o medida, su intervención en los procesos sea esencialmente restaurativa, aplicando un criterio ético y profesional.

3. PRÁCTICAS RESTAURATIVASComo se indica en el lineamiento técnico del modelo de atención del ICBF18, las prácticas restaurativas (PR) constituyen el medio para alcanzar la justicia restaurativa, la convivencia y la paz. Se constituyen e integran un proceso que permite generar condiciones de intercambio, diálogo y reparación, dinamizando la responsabilidad y mejorando las relaciones establecidas con las partes que se han visto afectadas por un delito o por una situación problemática. En este sentido, las prácticas restaurativas rescatan la dignidad de la persona favoreciendo el entendimiento de las partes, atendiendo sus necesidades, motivando el restablecimiento de las relaciones afectadas y potenciando la inclusión social.

La implementación de PR se puede desarrollar con o sin la participación de autoridades judiciales y administrativas, sin embargo, la probabilidad de éxito del proceso restaurativo o de la implementación de prácticas restaurativas es mayor cuando hay una mayor participación e involucramiento de los actores del SRPA. Las prácticas restaurativas pueden tener tres orientaciones:

17 Carrasquilla, Tomás. Un esbozo al enfoque restaurativo. Gaceta Ser Restaurativo. Edición 1. ICBF. 2016. Pag. 10.18 ICBF (2020). Lineamiento Técnico Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en Conflicto con la Ley-SRPA.

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1. Reactiva: para atender el delito, una ofensa o un daño.

2. Preventiva: para prevenir o evitar un riesgo mayor.

3. Proactiva: para mejorar algo o fortalecer las relaciones.

La implementación de procesos y prácticas restaurativas reflejarse en el desarrollo del Plan de Atención Individual y debe integrarse en los Proyectos de Atención Institucional PAI de manera transversal con los componentes, niveles y fases del modelo de atención19.

Tipologías de prácticas restaurativasExiste una multiplicidad de PR que pueden implementarse con la población atendida. Si bien un proceso restaurativo no integra solo prácticas restaurativas, es necesario diferenciar las tipologías de PR informales y formales. Por esta razón, es importante comprender que sus tipologías pueden integrarse “de manera informal en medio de una conversación, intervención, orientación o integrar en un encuentro; o de manera formal con el apoyo de un facilitador a través de círculos, reuniones restaurativas o conferencias familiares. Las Prácticas Restaurativas formales requieren de una mayor planeación y organización ya que implican normalmente la participación de más partes y tienen un objetivo más estructurado”20.

3.1. ¿Cuáles son las principales prácticas restaurativas informales?

La PR informales promueven una forma de comunicación horizontal, afectiva y asertiva orientada por los principios y valores de la justicia restaurativa. Normalmente se integran o incluyen en intervenciones o abordajes que ayudan a crear un clima de confianza, diálogo y cooperación que permitirán, en un momento posterior, la implementación de procesos formales en los cuales se puede vincular a más partes. La realización periódica de prácticas informales con la población atendida contribuye a promover una cultura restaurativa21.

Es importante recordar que, a diferencia de las tipologías formales, las informales se pueden desarrollar en cualquier momento de encuentro, abordaje o espacio. Algunas de las principales tipologías son:

19 ICBF (2020). Lineamiento Técnico Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en Conflicto con la Ley-SRPA. Página 68

20 Carrasquilla, Tomas. Espectro de las Prácticas Restaurativas. Marzo del 2014. Véase en: https://www.icbf.gov.co/sites/default/files/espectro_de_las_prácticas_restaurativas_0.pdf

21 Ver definiciones en ¿qué otros conceptos debemos tener en cuenta en la implementación de procesos y prácticas restaurativas?

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

Tabla 1 - Tipologías de PR informales y cómo implementarlas

Tipología informal Descripción ¿Cómo implementarla? Ejemplos

Declaración afectiva

Declaración afectiva

Expresar lo que sentimos y darle contenido genera mayor empatía

y receptividad en los otros, con lo cual podemos promover el diálogo, la colaboración y la

apertura para resolver diferencias. Las declaraciones afectivas le

permiten saber al ofensor cómo se ha sentido una persona en una determinada situación o conflicto.

Por otra parte, permiten generar una mejor interacción ya que se espera que, al expresar sentimientos, sea

posible lograr un trato más humano y de reconocimiento recíproco ante

la víctima o en general ante las personas afectadas. En palabras

de Ted Wachtel, “las declaraciones afectivas es solamente otra manera de decir expresando sentimientos”22.

• Exprese la emoción experimentada.

• Dé contenido o significado a esa emoción.

• Mantenga expectativas positivas frente al otro permitiendo la comprensión del hecho.

• Es preferible una declaraciónafectiva como: “me molesta que no prestes atención, tu colaboración y participación es valiosa para mi” que expresiones tales como “mientras estés aquí se hace lo que yo diga”.

• Es poco compatible con el enfoque restaurativo decir “vamos a suponer que no pasó nada, la próxima vez espero que no se repita”; y es restaurativo manifestar “me siento agradecido de que esto haya ocurrido, será una oportunidad para que muestres cuánto lo sientes. Podrás hacer algo para arreglar las cosas”.

Resonancia apreciativa

El proceso comunicativo que se establece cuando se aborda un

hecho requiere herramientas en los facilitadores que permitan potenciar

el diálogo y generar condiciones para que las partes se sientan

conectadas y deseen aportar a la construcción del tejido social y dar

respuesta efectiva al delito u ofensa.

La resonancia apreciativa rescata lo mejor de un mensaje, partiendo

normalmente de la resistencia, miedo o vergüenza. “Entiende que

cada situación, independiente de la carga emocional que posea o de lo hostil que pueda parecer, siempre contiene un mensaje pedagógico o

algo que puede rescatar23.

• Utilice un enfoque apreciativo. En toda situación hay algo que está, estuvo o estará bien.

• Reoriente la resistencia o mensaje hacia algo que contribuya al proceso.

• Permita la expresión abierta de emociones, sentimientos o ideas. No anule el afecto o la emoción.

• Retroalimente de manera más afectiva y efectiva

Luego de que la madre de un adolescente expresara en una intervención que ha decidido no hacer nada más por su hijo, que está cansada, podría suceder lo siguiente:

• Facilitador: “su asistencia el día de hoy a pesar de todo lo que ha sentido, me da a entender cuán importante es su hijo para usted. Le agradezco mucho que pueda confiarme sus sentimientos”.

Luego de que la víctima de un delito se negara a participar en un encuentro restaurativo con un adolescente ofensor:

• Facilitador: “el sentimiento que ella tiene frente a lo que sucedió demuestra la necesidad de explorar cómo recuperar su seguridad y tranquilidad. Es una oportunidad para pensar cómo puedes repararle un daño que ya sabemos que es real”.

22 BOB COSTELLO, J. WACHTEL y Ted Wachtel. Círculos restaurativos en los centros escolares. Fortaleciendo la comunidad y mejorando el aprendizaje. Primera edición en español. 2011. P 15.

23 CARRASQUILLA, Tomás. Diálogo restaurativo y prácticas restaurativas informales. Gaceta “Ser Restaurativo” 003. 2018

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Tipología informal Descripción ¿Cómo implementarla? Ejemplos

Referencia vincular

La referencia vincular integra a un otro o a más personas en el diálogo generando un sentido de conexión

en la relación. De esta manera, “son las verbalizaciones y expresiones

orientadas al aprendizaje social que son realizadas con el propósito de fortalecer los vínculos y afianzar las relaciones que se establecen entre y

con las personas”24.

• Fortalezca afectos y emociones que reconecten o generen tejido social.

• Establezca puntos en común aun cuando parezca que no los hay.

• Integre en la comunicación verbal a otra persona, grupo o red de apoyo.

• Recupere los vínculos afectados con las personas.

• Él podrá parecer molesto, pero a mí me muestra que al educador le afecta lo que te suceda. Es posible que haya reaccionado así porque para él eres importante”.

• “Este encuentro no se hubiera realizado si cada uno de ustedes no lo hubiera hecho posible”.

• “Es muy valioso que puedas confiarnos algo que te incomodó tanto, inclusive a tu madre con quien no hablabas de esto”.

Preguntas restaurativas o afectivas

Este tipo de preguntas movilizan el cambio y persuaden al

sujeto para que sea reflexivo, promoviendo la toma de decisiones y el reconocimiento de los hechos,

también buscan establecer diálogos más abiertos y auténticos frente al

proceso restaurativo. Estas preguntas constituyen un elemento a integrar

dentro de cualquier intervención ya que generan una oportunidad

importante que favorece la reflexión frente al comportamiento, moviliza la

responsabilidad, la interacción y la empatía con las personas afectadas.

• Su formulación es abierta, razón por la cual no pueden ser respondidas con un “sí” o con un “no”.

• La pregunta no juzga, pero sí explora, promoviendo la reflexión e introspección.

• La pregunta afectiva se orienta a la exploración de emociones y afectos; la restaurativa hacia elementos asociados a la finalidad restaurativa y su componente en el modelo de atención.

• Evite el uso del ¿Por qué? Las personas no suelen saberlo y esta formulación suele generar respuestas cerradas.

Bob Costello (2011) formula algunas preguntas que se derivan de las reuniones restaurativas. Las preguntas básicas para responder a los problemas del comportamiento son: ¿Qué sucedió?• ¿En qué estabas pensando en ese momento?• ¿En qué has pensado desde entonces?• ¿Quién ha sido afectado por lo que has hecho? ¿De qué manera?• ¿Qué piensas que debes hacer para corregir las cosas?

Las preguntas básicas para ayudar a alguien que ha sido lastimado por las acciones de otra persona son:

•¿Qué fue lo que pensaste al ver lo que había pasado?• ¿Qué impacto ha tenido este incidente para ti y otras personas?•¿Qué ha sido lo más difícil para ti?•¿Qué piensas que debe suceder para corregir las cosas?25

Preguntas foco

Ayuda a verificar o esclarecer un asunto relacionado con el proceso restaurativo, y, a diferencia de las

preguntas afectivas y restaurativas, estas se pueden responder con un sí o con no, al ser su formulación cerrada.

• Su formulación es cerrada. Se responde con un “sí” o con un “no”.

• La pregunta busca verificar o esclarecer.

• La respuesta busca definir algún elemento que contribuirá al proceso restaurativo.

• Posee una intención pedagógica y restaurativa.

•¿Sería importante para ti expresarle esto a alguien?

•¿Han decidido asistir a este encuentro por su voluntad?

• ¿Podríamos dar de nuestra parte para superar esta situación?

• ¿En eso que hizo, identifica alguna conducta que haya causado daño a otra persona?

24 CARRASQUILLA, Tomás. Diálogo restaurativo y prácticas restaurativas informales. Gaceta “Ser Restaurativo” 003. 201825 BOB COSTELLO, J. WACHTEL y Ted Wachtel. Círculos restaurativos en los centros escolares. Fortaleciendo la

comunidad y mejorando el aprendizaje. Primera edición en español. 2011. P 12.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

Para desarrollar estas prácticas restaurativas informales se recomienda:

• Sea respetuoso al expresarse, aun cuando lo que vaya a decir se refiera a algo que considera incorrecto.

• Sea auténtico y sincero al expresar sus emociones. Esto implica no mitigar lo sucedido y ser abierto, pero también empático al expresar ideas, emociones o pensamientos.

• Recuerde que se señala a una conducta o a un hecho, no a la persona.

• Utilice un lenguaje común. Trate de eliminar palabras que no sean claras o muy técnicas. Póngase en los zapatos del otro.

• Tenga en cuenta el lenguaje no verbal. La distancia del otro, las inflexiones de voz, el contacto físico o visual, los bloqueos corporales, entre otros.

• No espere asertividad en la respuesta. Se está educando en competencias emocionales. Es usted como facilitador quien debe brindar la mayor calidad a su intervención.

• No responda por la otra persona ni asuma que sabe lo que el otro está sintiendo o pensando. Explore.

• Recuerde que las tipologías informales se componen normalmente de respuestas y preguntas que tienen un carácter afectivo, asertivo y restaurativo.

3.2. ¿Cuáles son las principales prácticas restaurativas formales?Las PR formales requieren coordinación y/o planeación ya que vinculan a una o más partes en un escenario estructurado, cuando se cuenta con la voluntad libre y la disposición de los interesados. Tienen un objetivo definido, claridad sobre quiénes serán los participantes y los códigos o reglas basadas en el respeto y la cooperación. Su metodología permite abordar las consecuencias de un hecho, situación u ofensa en toda su dimensión, destacando la importancia de la reparación como medio para restablecer las relaciones y responder a las necesidades de los afectados. Implican un encuentro normalmente apoyado por un facilitador.

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Algunas de las tipologías de PR formales a desarrollar son las siguientes:

Tabla 2 - Tipologías de PR formales y cómo implementarlas

Tipología formal Descripción ¿Cómo implementarla?

Reuniones espontáneas

Es la práctica más informal entre las prácticas formales. También recibe el nombre de pequeña reunión restaurativa, debido a que este encuentro parte de conflictos o situaciones que se presentan de forma repentina y que necesitan ser abordados oportunamente para evitar su escalonamiento. Son de gran ayuda cuando se presenta una situación que requiere resolverse de forma inmediata.

• Defina un objetivo estructurado y alcanzable en un tiempo corto

• Establezca códigos de respeto antes del encuentro, el cual no debe tardar en exceso

• Aborde la situación presentada con cada una de las partes por separado, buscando regular las emociones, generar reflexión e identificar responsabilidades

• Genere un encuentro voluntario con las personas involucradas. En este se buscan alternativas de solución y de respuesta frente a lo sucedido.

Paneles de impacto

Es un foro en el cual participan los afectados y las víctimas de una ofensa o situación. Los ofensores que pudieron estar involucrados en la situación específica o en eventos similares hacen parte del público. En este encuentro los afectados relatan o narran los hechos sucedidos con el fin de que los ofensores puedan identificar el impacto emocional que generó la situación en las víctimas.

Se busca un diálogo abierto que permita que las víctimas o los afectados puedan hablar del impacto que tuvo la ofensa en sus vidas, en la de sus familias y comunidad, permitiendo que puedan recuperar su seguridad y confianza. Con el apoyo de un facilitador, se destina un espacio para realizar preguntas orientadas a explorar el impacto emocional, el conocimiento de los hechos y el daño que ha generado una situación, promoviendo la reflexión, la empatía y la proyección de acciones de reparación por parte de los ofensores.

• Debe prepararse con las partes y anticipar algunas reacciones o situaciones.

• Se busca que los ofensores identifiquen el impacto de sus acciones al escuchar a las víctimas (directas o indirectas).

• En los afectados o víctimas busca que estos recuperen su sensación de bienestar, liberándose de la victimización y expresando las emociones generadas por el hecho o delito.

• Normalmente no se vinculan más de 5 víctimas o afectados.

• Se da un tiempo de hasta 15 minutos para que las víctimas expongan su historia. Puede destinarse menos tiempo.

• Se destinan espacios para realizar preguntas que busquen explorar la dimensión social del delito u ofensa. Se recomienda preparar algunas preguntas antes del encuentro.

• Debe complementarse con otras acciones, ya que sus resultados son parcial o mayormente restaurativos.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

Tipología formal Descripción ¿Cómo implementarla?

Prestación de servicios a la comunidad o servicio

comunitario relacionado

Esta práctica implica la participación de ofensores y comunidades, en donde, a través del diálogo, se generan alternativas de reparación del daño y acuerdos que se materializan a través de un servicio a la comunidad que tiene relación con el hecho u ofensa.

Es importante diferenciar los servicios a la comunidad como sanción (Ley 1098, artículo 184), como modalidad de atención (Manual operativo de medidas y sanciones del proceso judicial – ICBF), como acción de reparación (solo limitada a una acción que busca reparar) y como práctica restaurativa (aquí indicado).

• Vincula especialmente a los ofensores con la comunidad afectiva.

• Integra espacios de diálogo y simbólicos.

• Integra y materializa acciones de reparación de los ofensores hacia la comunidad a través de un servicio.

• Estas acciones deben tener una connotación transformadora y/o simbólica que muestre cómo el servicio a la comunidad demuestra el reconocimiento de responsabilidad frente al hecho.

• El servicio que se cumple debe tener relación con el hecho u ofensa (servicio comunitario relacionado).

Facilitación o mediación

Víctima Ofensor

(FVO)

Esta tipología aborda las necesidades de las víctimas directas del delito, busca que los ofensores se responsabilicen del delito cometido y reconozcan el daño ocasionado. En esta práctica no es común el acompañamiento en el proceso de otras personas como la familia o la comunidad. Teniendo en cuenta los participantes, se puede lograr con ella resultados principalmente restaurativos, en donde el ofensor y la víctima tengan un diálogo liberador que les permita expresar sus sentimientos directamente y desarrollen un nuevo entendimiento de la situación. Esto, con la ayuda de un facilitador, que puede promover un acuerdo que ayude a ambos a proporcionar un cierre para la situación que generó el conflicto.

Esta práctica pone un gran énfasis en los intereses de la víctima, por lo tanto, con ella se apoya la garantía de sus derechos y necesidades.

• Vincula especialmente a ofensores y víctimas directas.

• Aborda las necesidades de las víctimas del delito.

• Busca que los ofensores se responsabilicen del delito cometido y reconozcan el daño ocasionado a la víctima.

• No cuenta con participación de personas de la comunidad.

• Se busca que el ofensor y la víctima tengan un diálogo liberador que les permita expresar sus sentimientos directamente y desarrollen un nuevo entendimiento de la situación.

• Se diferencia del mecanismo de solución de conflictos llamado “mediación”. Mas que conciliar o dirimir, se busca atender la necesidad de la víctima y reparar el daño.

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Tipología formal Descripción ¿Cómo implementarla?

Círculos restaurativos

El círculo es un símbolo potente, dinámico y articulador. La utilización simbólica del círculo a través del paso del tiempo denota un contenido con mucho significado. Tal como lo afirma Bob Costello, el círculo representa: “comunidad, conexión, inclusión, justicia, igualdad e integridad”26

La claridad en el objetivo del encuentro, una escala de valores que promueva el respeto, el orden y la comunicación, así como la integración de elementos simbólicos o significantes para los participantes, son determinantes para que todo círculo sea exitoso. Los círculos no suelen limitarse al abordaje directo del delito o la falta, en otras ocasiones también pueden emplearse para discutir el origen de una ofensa, la importancia de reparar un daño causado o estrategias para mejorar las relaciones con las demás personas, entre otros, razón por la cual facilitan el proceso restaurativo, aun cuando no se realice con todas las partes y pese a que los círculos busquen maximizar la participación de todos.

El desarrollo del circulo puede ser secuencial - participación se da de manera organizada y sucesiva; o no secuencial - no se sigue necesariamente un orden específico.

• Vincula a una, a algunas o a todas las partes involucradas en un hecho, ofensa o situación.

• Implica la formación del grupo en círculo.

• Se designa un objeto que suele llamarse “pieza de la palabra”, “de poder” o “totem” que cumple una función articuladora y simbólica que promueve el diálogo.

• Su desarrollo integra elementos simbólicos o significantes para los participantes.

• En el centro del círculo suelen ubicarse objetos o elementos con significado para las partes y que invitan a generar un sentimiento de conexión.

Algunas variantes de los círculos son:

Círculos de paz: normalmente realizados para mejorar la convivencia o evitar que un conflicto escale.

Círculos de diálogo: destinados a hablar acerca de un asunto, brindar apoyo, tomar decisiones y/o generar acuerdos27.

Círculos restaurativos: parten de un hecho u ofensa que afectó las relaciones y generó un daño, por lo tanto, buscarán determinar a quién se debe sanar y reparar, y cómo.

Círculos de apoyo: normalmente realizados para fortalecer las relaciones, recuperar la seguridad y confianza o afianzar algo. Se pueden hacer focalmente con ofensores o víctimas.

Pecera: utilizado para grupos numerosos, integra un círculo interno que suele involucrar a los más interesados y a uno externo más numeroso. En el círculo central hay una silla vacía que usan los participantes del circulo externo.

26 BOB COSTELLO, JWACHTEL y Ted Wachtel. Círculos restaurativos en los centros escolares. Fortaleciendo la comunidad y mejorando el aprendizaje. Primera edición en español. 2011. P 2.

27 Tienen una incidencia significativa en la generación de los acuerdos de convivencia que deben ser construidos de manera participativa y colaborativa con los adolescentes y jóvenes y comunidad institucional y de ser posible con sus familias y comunidad externa. Este acuerdo hace parte de Proyecto de Atención Institucional PAI.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

Tipología formal Descripción ¿Cómo implementarla?

Reuniones familiares

En este tipo de encuentros la familia adquiere una gran importancia ya que sirve para fortalecer el lazo existente entre el ofensor, su comunidad y la víctima (que puede ser ella misma), ayudando a fortalecer la red de apoyo.

Estos dos elementos deberán tenerse en cuenta en cualquier variante de las reuniones restaurativas familiares: “recuperar el poder de la familia” (nadie más capaz que ella) y “nada sobre mí sin mí” (no se toman decisiones por los ausentes, ni se habla por ellos).

Este modelo ha sido utilizado con frecuencia para motivar la responsabilización y el cambio de comportamiento con incidencia directa en la dinámica de esta red; también para empoderar a las familias motivando que las mismas tomen decisiones que no debería tomar una persona externa a ella. Las variantes de los encuentros familiares se pueden gestar para atender dinámicas que pueden afectar a sus miembros, esto con el fin de generar alternativas de solución a problemas, fortalecer los vínculos existentes entre sus miembros, responder a un daño, entre otros.

• Suele vincular a un grupo familiar o a varios. Normalmente el ofensor hace parte de la familia.

• El facilitador debe conocer el contexto familiar del adolescente o del joven

• El facilitador explica qué se hará, el objetivo y el proceso a seguir

• Las variantes de sus tipologías pueden habilitar un espacio durante el encuentro para que las familias construyan ellas mismas, sin la presencia del facilitador (temporal), un plan de reparación o plan familiar

• Suma un espacio de integración, un ágape o momento en el cual las familias comparten algo.

• El facilitador mantiene el equilibrio entre las partes y asegura el desarrollo de un plan acorde con la ofensa que implique el reconocimiento de la responsabilidad y un acuerdo para la reparación del daño.

Algunas variantes de las tipologías de reuniones restaurativas de encuentros familiares son:

• Toma de decisiones del grupo familiar - TDGF: ideal cuando se desea recuperar el protagonismo de la familia en el conflicto, ofensa o situación, y, por lo tanto, en su solución o superación.

• Conferencias familiares: efectivas para lograr el involucramiento de las familias en una situación que afecta a dos partes y en las que se necesita dar voz a las mismas para conocer los hechos y explorar alternativas de reparación. Hay variantes de esta tipología que integran autoridades del sistema de justicia en su implementación.

• Asambleas familiares: cuando se requiere la participación de varias familias y de un escenario de encuentro para atender sus necesidades y obligaciones.

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Tipología formal Descripción ¿Cómo implementarla?

Reunión Restaurativa

Es una de las tipologías mas formales. El encuentro restaurativo, según Daniel Van Ness, se da en cinco momentos que se relacionan entre sí: tertulia, narrativa, emoción, entendimiento y acuerdo, que representan un curso definido en el desarrollo de este espacio:

Tertulia: es el espacio de encuentro o de reunión entre la víctima y el ofensor. Cuando se cumple una reunión, la tertulia tiene como intermediario a representantes de las partes, pudiendo incluir a la familia y a la comunidad. En la tertulia se puede dar un diálogo directo entre la víctima y el ofensor; o indirecto, a través de medios elegidos, ya sean telefónicos, escritos o por video, entre otros.

Narrativa: en este espacio las partes establecen un diálogo donde se recrea el acontecimiento delictivo u ofensa, se indaga qué fue lo que sucedió con ellos, cómo se ve la situación y en qué les ha afectado. Constituye una experiencia personal y un ejercicio de escucha activa.

Emoción: en el desarrollo de la narrativa normalmente surgen contenidos emocionales que movilizan a las partes de uno y otro lado. El hecho de generar un espacio horizontal en el cual, tanto la víctima, como el ofensor pueden interactuar, conociendo el impacto del hecho en sus vidas, suele producir un efecto sanador. Se puede alcanzar la reparación.

Entendimiento: la promoción del diálogo y el surgimiento de la emoción pueden conducir al entendimiento. Cuando se humanizan las situaciones que rodean al delito se crean actitudes y posturas diferentes que ayudan a transformar el imaginario delictivo y a comprender el impacto de las acciones transgresoras.

Acuerdo: luego del entendimiento, el acuerdo permite atender las necesidades de la víctima y de las demás partes afectadas. El acuerdo es un resultado que no necesariamente representa la terminación del proceso, dado que usualmente se requiere llevar a cabo un seguimiento.

• Suele vincular a todas las partes involucradas en un hecho, ofensa o situación.

• Su implementación comienza con un trabajo individual con cada una de las partes, teniendo como punto de partida la aceptación de la falta por parte del ofensor y luego el deseo de la(s) víctima(s) de ser reparada(s) y de que se atienda(n) sus necesidades.

• Involucre de ser posible a las autoridades administrativas y judiciales del caso, así como a otros representantes.

• Vincule a la comunidad afectiva fortaleciendo la red de apoyo

• Integra los momentos de tertulia, narrativa, emoción, entendimiento y acuerdo descritos en el apartado 1.

• Se puede apoyar en el guion de reuniones restaurativas propuesto por Real Justice.

• Al ser una de las prácticas restaurativas más formales puede integrar a comunidades, familias, victimas, autoridades del caso, entre otros.

Por otra parte, y para facilitar el desarrollo de las reuniones Restaurativas, Real Justice ha destinado como recurso para su realización el “Guion para reuniones restaurativas” entendiendo que “una reunión restaurativa es un foro donde las personas abordan el mal comportamiento y el conflicto. Todos los participantes pueden hablar, expresar sus sentimientos y, lo que es más importante, influyen en el resultado de la reunión restaurativa. Es una experiencia democrática en la que los más afectados por un problema deciden cómo responder ante él”.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

Para desarrollar una práctica restaurativa formal se recomienda:

• Recordar a las partes, al inicio, que la participación es voluntaria.

• Antes del encuentro, se debe recordar el objetivo y la razón por la cual las partes quieren participar. El objetivo debe ser alcanzable, posible y específico.

• Recordar a los asistentes que la información que suministren las partes durante el encuentro será tratada de forma confidencial.

• Se deben establecer códigos consensuados de relación basados en el respeto, la confidencialidad, la escucha y el diálogo.

• Hay que aclarar que las personas pueden abandonar, pausar o apartarse del espacio, si ellas lo desean. Se debe dar alternativas previamente tales como una señal, un lugar aparte o un protocolo apoyado por el facilitador o el cofacilitador, en caso de que sea necesario.

• Debe disponerse la utilización de un espacio restaurativo que favorezca la seguridad y la comodidad de las partes.

• Deben promoverse acuerdos con acciones de reparación. El acuerdo restaurativo debe quedar registrado por escrito e integrarse en el anexo historia de atención.

• Los acuerdos deben establecer únicamente obligaciones razonables y proporcionadas frente al daño causado, que puedan cumplir las partes.

• Los profesionales que realizaron el acompañamiento deben elaborar un informe con el resultado obtenido durante esta etapa, el cual debe consignarse en el anexo historia de atención y/o remitirse a la autoridad judicial o administrativa que lo requiera, si es el caso.

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4. ¿CUÁLES CON LOS ACTORES QUE INTERVIENEN EN LAS PRÁCTICAS RESTAURATIVAS?

• a. El facilitador y cofacilitador: es quien contribuye al desarrollo de las PR. Tiene capacidad mediadora, comunicativa y creativa. Es imparcial y promueve el bienestar de las partes, siendo el guía y orientador que facilita la toma de decisiones y la participación, generando procesos incluyentes y sistémicos. Cualquier miembro del equipo interdisciplinario puede ejercer este rol, sin embargo, se recomienda que sea profesional en ciencias humanas, sociales o pedagógicas y que tenga experiencia, conocimiento y/o competencias en resolución de conflictos, mediación y/o prácticas restaurativas. En situaciones en las que las partes que se integran pueden identificarse a la vez como víctimas y ofensores, el facilitador debe ayudar a identificar las responsabilidades, así como el rol que tienen en la ofensa o situación. El cofacilitador, cumple un papel complementario o subsidiario, en la mayoría de los casos, apoyando al facilitador. El cofacilitador suele participar en espacios en los que coinciden muchas personas o en casos que, por su complejidad, pueden requerir un acompañamiento y apoyo al facilitador que puede darse antes, durante y/o después de la implementación de la PR formal. Normalmente se ubica en la PR formal al frente del facilitador.

• b. Las partes: son las personas involucradas en la ofensa o situación. Estas son:

Víctima: Es quien sufrió un daño como consecuencia de un delito o de una ofensa. Es la persona de quien se consideran sus necesidades e intereses, y a quien se buscará brindar seguridad y confianza, recuperando su sentido de control y seguridad, orientando hacia ella las acciones de reparación del daño28. Las víctimas pueden ser directas o indirectas. En la orientación proactiva de la implementación de prácticas restaurativas se instala el concepto de afectados. Estas son las personas que, si bien no necesariamente han sufrido un daño, están interesadas o involucradas en el evento o en la situación que se aborda en el proceso restaurativo.

Desde el punto de vista de los objetivos obtenidos, podemos decir que hay resultados restaurativos cuando la víctima tuvo la oportunidad de:

• Recibir atención a sus necesidades ocasionadas por la ofensa o la situación.

• Expresar sus emociones y el impacto que generó en ella la ofensa o la situación.

• Colaborar para que el proceso que lleva a cabo con el ofensor, le permita verlo de manera humana; integrándolo de manera segura y voluntaria.

• Participar en el proceso restaurativo, facilitando el desarrollo y la concreción de acuerdos que le permitan su reparación.

28 Ver definición de espacio restaurativo. en ¿qué otros conceptos debemos tener en cuenta en la implementación de procesos y prácticas restaurativas?

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

• Recibir una reparación del daño causado por parte del ofensor.

• Recibir garantías de no repetición.

• Fortalecer su estructura emocional, recuperando su seguridad y el sentido de control, generando recursos emocionales.

• Lograr un cierre de la situación que le ocasionó daño.

Ofensor: es la persona que cometió un delito, una falta u ofensa que afectó las relaciones y/o la convivencia. Es de quien se espera un reconocimiento de responsabilidad y las acciones para la reparación del daño. Desde el punto de vista de los objetivos obtenidos, podemos decir que hay resultados restaurativos cuando el ofensor tuvo la oportunidad de:

• Recibir información acerca de la justicia restaurativa, sus efectos y beneficios, motivando su responsabilización.

• Generar una reflexión frente al delito o a la ofensa y las razones que le llevaron a cometerla, generando acuerdos de reparación viables y realizables.

• Expresar las emociones que le ha generado el hecho o la situación.

• Recibir apoyo para presentar una propuesta de reparación del daño causado a la víctima o a la comunidad afectiva, que se materializa en acciones que responden al daño ocasionado.

• Motivar el respeto y la comunicación con la víctima y la comunidad afectiva, mejorando la empatía y entendiendo las expectativas de la sociedad hacia él.

• Lograr un cierre de la situación que generó el delito.

Comunidad: la comunidad incluye a todas aquellas personas que se han visto afectadas indirectamente por el delito o la falta; o que hacen parte de la red de apoyo y vincular, estando involucradas en el hecho, conducta u ofensa. Aunque la comunidad puede ubicarse en el barrio, la localidad o la zona de vivienda, también puede encontrarse en el espacio institucional, en su red familiar, en un grupo social o en un espacio de interacción del adolescente o joven. Es importante tener presente que la familia puede, en algunas ocasiones, ser la víctima directa del delito u ofensa, al igual que miembros de la comunidad, cuando las prácticas restaurativas se desarrollan en asuntos referentes a la convivencia. Desde el punto de vista de los objetivos obtenidos, podemos decir que hay resultados restaurativos cuando la comunidad tuvo la oportunidad de:

• Participar en la resolución de los conflictos o las ofensas, generando una mejor integración social y seguridad en las partes.

• Motivar la toma de conciencia frente a los impactos de las acciones y a la influencia de estas en el espacio social y familiar.

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• Apoyar y brindar seguridad a las partes facilitando la concreción de acuerdos, decisiones y acciones de reparación.

• Promover redes de apoyo social y familiar que ayuden a los ofensores a sentirse proactivos y útiles en la sociedad, mejorando la convivencia, la reintegración y la inclusión.

• Generar aprendizaje social, promoviendo la adopción de conductas éticas y valores a favor de la comunidad, la familia y la sociedad.

• Facilitar la concreción de acciones de reparación por parte de los ofensores que respondan a las necesidades expuestas.

5. ¿CUÁLES SON LOS RESULTADOS DE LAS PRÁCTICAS RESTAURATIVAS?

La implementación de procesos y prácticas restaurativas tiene tres tipos de resultados que pueden identificarse por el nivel de participación y de satisfacción experimentado por las partes.

• a. Parcialmente restaurativa: suele producirse en prácticas en las que se cuenta con la participación de una sola de las partes, sea esta el ofensor, cuando se logra el reconocimiento del daño o la realización de algunas actividades con enfoque restaurativo; las víctimas, cuando reciben un servicio que busca, por ejemplo, resarcir las consecuencias negativas derivadas del delito; o la comunidad, por medio de medidas como la asistencia social para la familia, la resignificación de espacios o algunas acciones de reparación para la comunidad.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

• b. Mayormente restaurativa: cuando se vincula al menos a dos partes, como pueden ser el ofensor y la(s) víctima(s). Puede producirse a través de la mediación víctima – ofensor. También es posible que entre el ofensor y la comunidad se den reuniones de restauración sin las víctimas, servicio comunitario relacionado, o entre la víctima y la comunidad, normalmente por medio de círculos de apoyo.

• c. Totalmente restaurativa: implica la percepción de las partes de haber logrado una ganancia significativa, después de haber participado en el proceso restaurativo, cuando surge la noción de que el proceso ha sido positivo para todas las partes y que sus necesidades han sido atendidas, recuperando la sensación de control, seguridad y/o confianza. En este caso normalmente se integran las partes más representativas (ofensor, comunidad y víctima, incluyendo sus familias) y se efectúa, normalmente, a través de reuniones restaurativas, familiares o círculos restaurativos.

6. ¿QUÉ OTROS CONCEPTOS DEBEMOS TENER EN CUENTA EN LA IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS Y

PRÁCTICAS RESTAURATIVAS?Es importante diferenciar las prácticas restaurativas de otras acciones y conceptos que son afines y contribuyen significativamente a la finalidad restaurativa:

• a. Acción de reparación: es la acción concreta e identificable que proyecta, construye y realiza el ofensor (normalmente con el apoyo de un facilitador), para responder a las necesidades de las víctimas o los afectados. Son más efectivas cuando se derivan de prácticas restaurativas en las cuales han participado ofensores, víctimas y comunidad. No todas las acciones de reparación restauran.

• b. Actividades con enfoque restaurativo: acciones integradas en estrategias artísticas, culturales, deportivas, espirituales, formativas y/o pedagógicas orientadas por los principios y valores de la justicia restaurativa que se llevan a cabo para alcanzar resultados restaurativos. Desde un enfoque apreciativo, de derechos e inclusión social, generan resultados restaurativos con la participación de una o más partes, quienes responden a necesidades y/u obligaciones derivadas de un hecho, situación u ofensa.

• c. Acuerdo restaurativo: es la decisión consensuada que toman las partes involucradas en un proceso restaurativo encaminada a atender las necesidades y las responsabilidades individuales y colectivas. Esta decisión debe alcanzarse por medio del consentimiento libre y voluntario de los participantes. Los acuerdos deben contener obligaciones razonables y proporcionadas con el daño ocasionado con el delito u ofensa. En el marco de la atención brindada en los servicios del SRPA, estos acuerdos deberán consignarse en el “anexo historia de atención”.

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• d. Cultura restaurativa: territorio en el cual se materializan los principios y los valores de la justicia restaurativa, lo que lleva a que las personas vivan colectivamente códigos que se basan en el respeto, la cooperación, el diálogo y la reparación, como un medio para la reconciliación, el perdón y la restauración.

• e. Espacio restaurativo: lugar en el cual se suelen desarrollar las prácticas restaurativas formales y reuniones. Es un espacio que cumple condiciones adecuadas de privacidad, ambientación y seguridad que permiten una mayor apertura de las personas para los encuentros en los cuales participan, contribuyendo a la generación de bienestar y confianza. El operador de servicios puede asignar un nombre específico a estos espacios (ej.: centro de conciliación, salón de paz, zona restaurativa, entre otros). Las acciones de reparación no deben realizarse necesariamente en este lugar.

• f. Mecanismos de justicia restaurativa: medios dispuestos por la legislación colombiana para el alcance de resultados restaurativos en el marco del proceso judicial. “Son mecanismos de justicia restaurativa la conciliación preprocesal, la conciliación en el incidente de reparación integral y la mediación”29.

• g. Proceso restaurativo: todo conjunto de acciones organizadas en las cuales las personas involucradas en una situación u ofensa participan colaborativamente en el mayor grado posible, con el fin de responder a las obligaciones y necesidades derivadas de un hecho u ofensa, reparar los daños, restablecer las relaciones afectadas y generar tejido social. Este proceso normalmente cuenta con el apoyo de uno o más facilitadores y con fases o

momentos para alcanzar el objetivo planteado.

29 Ley 906 del 2004. Código de Procedimiento Penal. Artículo 521.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

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SECCIÓN II ¿Cómo fortalecer la capacidad

técnica de la institución en el componente restaurativo?

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Contenido de esta sección

En la atención

En los factores de riesgo desde un enfoque restaurativo

En el monitoreo y evaluación

En los proyectos institucionales

En la formación del recurso humano

Objetivo: aprender cómo incluir la filosofía del componente restaurativo en la institución, lo cual se debe ver reflejado en los documentos y procedimientos internos de los operadores

de servicios del SRPA, para actualizar y fortalecer su capacidad técnica en materia de procesos y prácticas restaurativas.

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1. En la atención ¿En dónde se debe reflejar la implementación de procesos

y prácticas restaurativas?De acuerdo con el Lineamiento Técnico del Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en Conflicto con la Ley – SRPA30, las herramientas para la atención se clasifican en dos tipos: (i) las herramientas de desarrollo, las cuales establecen el marco de la implementación de la atención; y, (ii) las herramientas de participación, que promueven la atención desde el ejercicio de la ciudadanía juvenil y en correspondencia con los principios democráticos consagrados en la Constitución Política de 1991.

1.1. ¿Cómo incluir el componente restaurativo en las herramientas de desarrollo?

Tabla 3 – Herramientas de desarrollo y componente restaurativo

Herramienta de desarrollo Contenido

Código de ética

Desarrolla una forma de actuar que sintoniza los valores de la justicia restaurativa en la atención orientada por el respeto, la dignidad y la colaboración.

Consultar: ¿qué normas éticas debemos tener en cuenta al aplicar el enfoque restaurativo?

Proyecto de Atención

Institucional PAI

Es el derrotero y ruta del operador de servicios para la atención. Debe integrar programas, proyectos o estrategias con enfoque restaurativo que se orienten por los criterios integrados a la presente sección.

Consultar: ¿cómo saber si la institución desarrolla una actividad, programa o proyecto restaurativo en la atención? y ¿Cómo podemos incluir lo restaurativo en el Proyecto de Atención Institucional – PAI?

Plan de atención individual

Deberá integrar objetivos específicos y acciones centrales para el componente de capacidad restaurativa con él o la adolescente o joven, y que serán orientados por la responsabilidad frente a las conductas que han causado

ofensas, la reparación a los afectados y el restablecimiento de las relaciones a favor de la inclusión social.

Consultar: ¿cómo podemos incluir lo restaurativo en el Plan de Atención Individual?

Anexo historia de atención

En la cual el equipo interdisciplinario debe registrar todas las actuaciones y avances en la implementación de procesos y prácticas restaurativas. En el anexo se deberá integrar el consentimiento de las partes, los acuerdos

derivados de la implementación de prácticas restaurativas formales y las acciones relacionadas.

Estudio de caso

Como espacio de trabajo conjunto entre los equipos interdisciplinarios del operador de servicios con las defensorías de familia, deberán identificar los objetivos y los avances en el componente de capacidad

restaurativa, las posibilidades y gestiones para el involucramiento en el proceso de las víctimas y afectados, y la sensibilización, preparación y viabilidad de un posible encuentro restaurativo entre las partes.

30 ICBF. Lineamiento Modelo de Atención para Adolescente y jóvenes en conflicto con la Ley SRPA.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

1.2. ¿Cómo incluimos el componente restaurativo en las herramientas de participación?

Tabla 4 – Herramientas de participación y componente restaurativo

Herramienta de desarrollo Contenido

Acuerdo de convivencia

Es un escenario de toma de decisiones de la comunidad institucional que puede integrar a otras comunidades y familias. En él se puede incluir la implementación de PR como círculos de diálogo,

restaurativos o de apoyo para favorecer la toma de decisiones, la generación de acuerdos, la atención a una falta o brindar soporte a los adolescentes y a los jóvenes de la institución, con el fin de generar comunidades sanas, fuertes y seguras. Si bien las PR son diferentes a los mecanismos de solución de conflictos, pueden contribuir significativamente a la superación de estos. Más que la generación de

compromisos que respondan a la expectativa del operador de servicios, se buscará la generación de acuerdos que promuevan una cultura restaurativa a favor de valores como el respeto sin condiciones, sanar lo dañado, el diálogo y la cooperación, entendiendo que el conflicto y la diferencia es inevitable,

así como una oportunidad de aprendizaje.

Comité de convivencia

Esta instancia permite el manejo de situaciones especiales o complejas que afecten la convivencia y debe estar conformado por personas preparadas para la implementación de procesos y prácticas

restaurativas. Se recomienda que su composición integre personas con un perfil de facilitador31.

Encuestas de satisfacción

Si bien la realización de la encuesta de satisfacción puede estar a cargo de dependencias del ICBF como la Dirección de Servicios y Atención, según lo indica el Decreto 987 del 2012 (artículo 15),

como parte del sistema de gestión de calidad del operador y unidad de atención, se recomienda la introducción de encuestas que permitan conocer la percepción de los adolescentes y jóvenes frente al alcance de resultados en la atención y en el plan de atención individual, que se orienten por los

principios restaurativos.

Como recursos complementarios se recomienda explorar el “Instrumento de Autoevaluación para Facilitadores”32 y ¿cómo podemos promover lo restaurativo por medio de la estrategia de evaluación?

integrado en el presente capítulo.

Buzón de sugerencias

Guía o procedimiento con el que cuenta la entidad para atender los comentarios de la población SRPA frente a la atención prestada. A través del buzón de sugerencias deberá promover la implementación

de procesos y prácticas restaurativas en aquellas situaciones que están afectando la convivencia y las relaciones al interior del centro; también, para la generación de alternativas de solución, la

participación y la socialización de los hallazgos de este buzón. Ambos pueden apoyarse en tipologías formales desde una orientación proactiva y preventiva como los círculos de diálogo y las asambleas

familiares, dando voz, decisión y capacidad de agencia a los adolescentes y jóvenes, a la comunidad institucional y a las familias.

31 Ver facilitador en ¿Cuáles son los actores que intervienen en las prácticas restaurativas?32 Corporación Latinoamericana para el Empoderamiento y la Participación CLEP. Instrumento de Autoevaluación

para facilitadores. Gaceta Ser Restaurativo. Edición 4. Pag 99. Ver en: https://www.icbf.gov.co/system/files/gaceta_ser_restaurativo_04.pdf

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Por lo anterior, es recomendable que los operadores de las diferentes modalidades de atención del ICBF revisen con sus equipos de trabajo interdisciplinario la inclusión del enfoque restaurativo, tanto en las herramientas de desarrollo como de participación del modelo de atención.

1.3.¿Cómo podemos incluir lo restaurativo en el Plan de Atención Individual?

Teniendo en cuenta el Lineamiento técnico modelo de atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la Ley SRPA, el Plan de Atención Individual debe “precisar los logros esperados para cada adolescente o joven, de tal forma que permitan establecer los objetivos específicos y las actividades centrales en cada componente de atención que le son propias y que apuntan al cumplimiento de las finalidades del SRPA”33, por consiguiente, se recomienda incorporar dentro de los logros esperados para el adolescente o joven, los que corresponden al cumplimiento de los fines de la justicia restaurativa.

Para incluir el componente restaurativo en el Plan de Atención Individual, se recomienda:

• Defina objetivos asociados al componente de capacidad restaurativa con el adolescente o joven. Estos objetivos también se pueden asociar a otros componentes34.

• Para el establecimiento de objetivos apóyese en las orientaciones del presente documento integrando elementos como la responsabilidad, la reparación del daño, el restablecimiento de las relaciones y la inclusión social.

• Tenga en cuenta la modalidad en la cual está integrado el adolescente o joven, al igual que el tiempo de la medida o sanción, y la probabilidad de participación de familias, comunidades, víctimas y/o afectados.

• Trace objetivos que sean alcanzables, medibles, definiendo responsables y tiempos.

• Los soportes y/o evidencias que respondan a los objetivos deben ser consignados en el anexo historia de atención.

• Los resultados obtenidos en el proceso pueden llevar a la actualización del plan de atención individual en la implementación de procesos y prácticas restaurativas, y componentes como el de capacidad restaurativa.

33 ICBF. Lineamiento modelo de atención para Adolescentes y Jóvenes en conflicto con la Ley SRPA. V4. 2020.34 Ver Tabla “Procesos y Prácticas restaurativas en el modelo de atención”

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34

PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

1.4. ¿Qué normas éticas debemos tener en cuenta al aplicar el enfoque restaurativo?

El conjunto de normas que determinan las actuaciones de las personas encargadas de brindar atención a la población beneficiaria en el SRPA se encuentra en el Código de Ética de los operadores de las diferentes modalidades del ICBF. No obstante, además de las prohibiciones expresamente señaladas en el lineamiento técnico del modelo de atención para el SRPA, hay otra serie de reglas de conducta que debemos aplicar en los procesos restaurativos, derivadas de algunos instrumentos como la Resolución E/CN.15/2002 Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, la Ley 906 de 2004 y la Directriz No. 03-04/2018 – del Sistema Nacional de Coordinación de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SNCRPA):

• Evitar coaccionar o inducir al adolescente en conflicto con la ley penal, a las víctimas o a miembros de la comunidad a participar en procesos restaurativos o a que acepten resultados restaurativos.

• No deben promoverse procesos o prácticas restaurativas que impliquen encuentros entre víctimas y ofensores sin contar con su consentimiento libre e informado o negarse a aceptar la renuncia de las partes a dicho consentimiento, el cual pueden retirar en cualquier momento del desarrollo de los procesos restaurativos.

• Los acuerdos restaurativos no deben contener obligaciones que afecten los derechos de los adolescentes o que resulten desproporcionadas frente al daño causado.

• Evitar divulgar o revelar las conversaciones o la información que surja durante los procesos restaurativos. La información solo se deberá emplear para efectos del seguimiento y acompañamiento de los procesos por parte de los profesionales responsables.

• No debemos realizar acciones que obstaculicen, desincentiven o impidan intencionalmente el fortalecimiento o el restablecimiento de los vínculos sociales de los adolescentes en conflicto con la ley penal. Se entenderá por tales acciones aquellas que impidan injustificadamente el contacto del adolescente con el mundo exterior35.

35 En cumplimiento a lo dispuesto en las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de la libertad (Reglas de La Habana)

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2. En los proyectos institucionales

2.1. ¿Cómo podemos incluir lo restaurativo en el Proyecto de Atención Institucional – PAI?

Los operadores de las diferentes modalidades deben realizar un Proyecto de Atención Institucional para la obtención de su licencia de funcionamiento o realizar su actualización la cual debe responder a los lineamientos técnicos vigentes del ICBF. El PAI se estructura en torno a tres (3) ejes, en los cuales se recomienda verificar la inclusión del enfoque, los procesos y las prácticas restaurativas:

Gráfica 2 - Ejes del PAI para verificar la inclusión de la JR

Fundamentos Modelo de atención

Estrategias de evaluación

Fuente: Elaboración con base en el lineamiento técnico del modelo de atención para el SRPA

2.1.1. ¿Cómo integrar lo restaurativo en los fundamentos del PAI?Objetivo general y objetivos específicos: desde el marco de competencia del operador, se recomienda incluir la implementación de procesos y prácticas restaurativas en la definición de los objetivos del PAI, especificando, como mínimo, un objetivo que responda a la finalidad restaurativa del SRPA, y, si corresponde, de las sanciones.

Enfoques: es recomendable que el operador verifique la inclusión del enfoque restaurativo dentro del apartado de enfoques del PAI, conforme a lo dispuesto en el lineamiento ICBF técnico vigente, Para ello, deberá guiarse por los elementos del enfoque especificados en la Sección I de este documento.

2.1.2. ¿Cómo integrar los procesos y prácticas restaurativas en las fases, niveles y componentes del modelo de atención?

Cualquier acción en el proceso de atención con la población del SRPA debe estar armonizada con los componentes, fases y niveles del modelo de atención, por consiguiente, es necesario que los operadores identifiquen las oportunidades de integración. En cada uno de ellos, los procesos y prácticas restaurativas pueden contribuir de distintas formas a los objetivos que se trazan para la atención.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

Tabla 5 – Procesos y Prácticas restaurativas en el modelo de atención

Estructura del lineamiento

técnico modelo de atención en

el SRPA

Oportunidades de integración - pertinencia de la inclusión de procesos y prácticas restaurativas

Niveles

PersonalLa JR promueve el reconocimiento de responsabilidad por parte del adolescente, la

empatía y el sentido de cooperación a la vez que desarrolla competencias del ámbito individual reafirmando sus capacidades.

FamiliarAlgunas prácticas restaurativas, como las reuniones familiares (TDGF, asambleas y

conferencias familiares), permiten fortalecer vínculos del ámbito familiar, reforzando el papel de la familia como entorno protector.

Grupal

La implementación de procesos y PR contribuye a la generación de comunidades más fuertes y seguras apoyando una mejor convivencia y respuesta más afectiva ante los conflictos u ofensas. A nivel institucional, su integración en las herramientas de

participación mejora la capacidad de respuesta de la unidad de atención.

ContextualLa JR promueve el fortalecimiento de vínculos del ámbito social y comunitario. Tipologías

de prácticas restaurativas como los paneles de impacto, servicio comunitario relacionado, círculos y reuniones familiares permiten integrar a grupos y comunidades en sus contextos.

Componentes

Trascendencia y sentido de

vida

Como objetivo del componente de trascendencia y sentido de vida, la responsabilización se diferencia de la simple atribución de responsabilidad en la medida que conlleva

un proceso autónomo de reconocimiento de responsabilidad por parte del ofensor, la conexión emocional con lo sucedido y la empatía con las víctimas y afectados.

Autonomía desde lo

pedagógico

Desde el enfoque restaurativo se reconoce que los conflictos también pueden ser vistos como oportunidades de aprendizaje para las partes involucradas. El desarrollo de la

autonomía y la reflexión reafirma la voluntad de participación y la responsabilidad plena y directa frente a la conducta.

Fortalecimiento de vínculos

La JR tiene como uno de sus fines centrales la recomposición y el fortalecimiento de vínculos y el restablecimiento de estos, promoviendo la inclusión y la construcción de tejido social.

Capacidad restaurativa

El cumplimiento de procesos y prácticas restaurativas permite abordar este componente del modelo de atención directamente. Nos apoyamos en la máxima de que todo

adolescente o joven que se integra al SRPA posee la capacidad de responder por sus conductas, acciones u ofensas, y tiene la capacidad de sanar lo dañado.

Fases

Aceptación y acogida

Durante la elaboración de los conceptos iniciales se valora el cumplimiento de la finalidad restaurativa e incluyen objetivos referidos a esta finalidad en el Plan de Atención

Individual. Se deben implementar PR como círculos de diálogo o de paz para afianzar valores comunitarios, tomar decisiones y construir o socializar acuerdos de convivencia.

Permanencia

Se implementan procesos y prácticas restaurativas formales e informales en las etapas de reconocimiento, comprensión y reformulación para lograr objetivos de los componentes

de sentido de vida, fortalecimiento de vínculos, capacidad restaurativa y autonomía desde lo pedagógico. También se implementan nuevas acciones de sensibilización que suman acciones de preparación y encuentro que dinamicen la responsabilidad y la reparación

del daño con las víctimas o afectados.

Proyección

Se recomienda materializar acciones de reparación, procesos y prácticas restaurativas formales para fortalecer los vínculos familiares, sociales y comunitarios que le permitirán

al adolescente desarrollar un proyecto de vida autónomo y con sentido al egresar del SRPA. También generar encuentros entre las partes y realizar seguimiento a los acuerdos

y acciones de reparación desarrolladas a favor de la integración e inclusión social.

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37

2.2. ¿Cómo saber si la institución desarrolla una actividad, proyecto o programa restaurativo en la atención?

El diseño e implementación de actividades, programas y proyectos restaurativos en los Proyectos de Atención Institucional PAI por parte del operador de servicios SRPA requiere atender las orientaciones planteadas en este documento y en el lineamiento modelo de atención. Aun así, al realizar diferentes acciones organizadas puede que surja la pregunta de si el proyecto o programa en ejecución sí posee un enfoque restaurativo. Para lograrlo se deben generar acciones articuladas, coherentes y escalables.

Si la respuesta a las siguientes preguntas es afirmativa, es más probable que estas actividades organizadas, proyectos o programas obedezcan a una finalidad restaurativa:

• ¿Se orienta por los principios de la justicia restaurativa?

• ¿Motiva la responsabilidad y la reflexión frente al daño causado?

• ¿Promueve la participación de las víctimas y/o afectados por las conductas del adolescente o joven?

• ¿Desarrolla acciones de reparación del daño a las víctimas y/o afectados?

• ¿Integra tipologías informales y formales de prácticas restaurativas en las cuales las partes dialogan, se proponen estrategias de reparación y se fortalece el tejido social?

3. En el monitoreo y la evaluación 3.1. ¿Cómo podemos promover lo restaurativo por medio

estrategias de evaluación?Las estrategias de evaluación comprenden la evaluación institucional y la evaluación del PAI. Teniendo en cuenta que el lineamiento técnico define los indicadores de resultado como “aquellos indicadores que miden los cambios en las condiciones de los beneficiarios en determinado periodo de tiempo36”, se recomienda que el cambio en las condiciones de los beneficiarios se defina en función del cumplimiento de los fines de la justicia restaurativa: responsabilización, reparación integral y reintegración o inclusión social. Para este fin, se recomienda establecer indicadores que permitan evaluar la implementación del componente restaurativo, tanto desde el punto de vista de los procesos, como de los resultados.

36 Ibidem, página 175

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

a. Evaluación de proceso y resultados: se recomienda implementar indicadores de proceso y de resultado37, los cuales permiten medir tanto los esfuerzos que realizan los operadores para transformar su compromiso con la promoción de la finalidad restaurativa, como los resultados obtenidos.

• Los indicadores de proceso miden la implementación de acciones concretas que constituyen un medio para lograr el resultado esperado, en este caso, frente a la garantía de los derechos. Dentro de estos indicadores se incluye la ampliación de la cobertura o el acceso a prácticas restaurativas.

• Los indicadores de resultado son aquellos que captan los logros individuales o colectivos, en este caso reflejan el estado de goce efectivo de los derechos, con lo cual también constituyen una herramienta importante para medir el cumplimiento del fin restaurativo de la atención.

Los indicadores de proceso y de resultado se seleccionan teniendo en cuenta la cobertura y el resultado obtenido de los procesos y prácticas restaurativas formales, informales, así como la participación de otras partes afectadas por el delito o conflicto.

Tabla 6 – Indicadores restaurativoTipo de

indicadorCobertura de prácticas

formalesCobertura de prácticas

informales Participación de partes afectadas

Indicadores de proceso

% de adolescentes o jóvenes que egresan de la modalidad

de atención y contaron con procesos y prácticas restaurativas formales

% de adolescentes o jóvenes que egresan de la modalidad de

atención y contaron con procesos y prácticas restaurativas informales

% de adolescentes o jóvenes que egresan de la modalidad y que

participaron en procesos y prácticas restaurativas con víctimas-afectados,

familia y/o comunidad.

Indicadores de resultado

% de adolescentes o jóvenes que egresan de la modalidad

y cumplieron acuerdos restaurativos derivados de

prácticas formales

% de adolescentes o jóvenes que egresan de la modalidad

con formación en prácticas restaurativas informales.

% de adolescentes o jóvenes que egresan de la modalidad y

desarrollaron acciones de reparación hacia afectados o víctimas de sus

conductas

b. Evaluación del desempeño: además de la evaluación de los procesos de atención a la población beneficiaria, también se recomienda incluir indicadores de gestión para la evaluación del desempeño del personal encargado de los procesos de atención, que constituya un estímulo para la implementación de procesos y prácticas restaurativas. Evaluar el desempeño de una persona significa evaluar el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, así como el rendimiento y los logros obtenidos de acuerdo con el cargo que ejerce, durante un tiempo determinado y de conformidad con los resultados esperados por la institución u organización laboral38. Dentro de la evaluación del desempeño hay tres aspectos básicos que se deben tener en cuenta:

37 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los D.D.H.H. (2012). Indicadores de Derechos Humanos, Guía para la medición y aplicación.

38 Montoya, César (2009) Evaluación del desempeño como herramienta para el análisis del capital humano. Revista Científica “Visión de Futuro”, vol. 11, núm. 1. Universidad Nacional de Misiones. Argentina

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• a) El saber, que responde a preguntas tales como: ¿sabe los conceptos asociados a lo restaurativo? ¿Sabe cómo aplicarlo? ¿Conoce cuáles son las estrategias, decisiones o actuaciones más apropiadas para implementar procesos y prácticas restaurativas?

• b) El hacer, que responde a preguntas tales como: ¿aplica procesos y prácticas restaurativas de acuerdo con los lineamientos atención? ¿Promueve el enfoque restaurativo?

• c) El ser, se trata de competencias humanas referidas a la capacidad de actuar conforme a valores y al tipo de respuesta emocional, inclinación o disposición con la que se realizan las tareas asignadas39. De este modo, responde a preguntas como: ¿reconoce y aplica los valores derivados del enfoque restaurativo? ¿Asume su compromiso como profesional para contribuir al alcance de la finalidad restaurativa? ¿Promueve un trato empático e incluyente con la población beneficiaria?

4. En la formación el recurso humano¿Cómo podemos capacitar y entrenar al recurso humano en

procesos y prácticas restaurativas?

La buena capacitación y el entrenamiento en los conceptos y en aspectos técnicos y prácticos es determinante para lograr los objetivos trazados. Con este fin se recomienda lo siguiente:

a. Incorporar procesos de inducción y formación para personal nuevo: se recomienda incluir la capacitación en justicia, enfoque, procesos y prácticas restaurativas dentro del programa de inducción y formación del servicio SRPA. Para las unidades o centros de atención que no cuenten con programas de este tipo, se recomienda garantizar, como mínimo, que se cumpla un proceso de inducción en el tema al momento del ingreso del personal, y la capacitación y formación institucional al menos una (1) vez al año.

Se recomienda realizar el proceso de inducción y formación con apoyo en las siguientes herramientas:

• El presente documento.

• El Plan de “Formación a formadores en procesos y prácticas restaurativas del ICBF”.

b. Desarrollar grupos de estudio o mesas de trabajo: buscan reforzar conocimientos y principales conceptos del tema restaurativo, así como de las herramientas y tipologías para su implementación. Estos buscan la socialización de saberes, procurando un mejor dominio de los elementos que inciden en la atención; además, generar fuentes de información, reforzar conocimientos y adquirir nuevas competencias a nivel técnico u operativo para el trabajo con los adolescentes y jóvenes.

39 Cepeda, J. M. (2013). Estrategias de Enseñanza para el Aprendizaje por Competencias (Primera ed.). (J. M. Cepeda, Ed.) Saltillo Coahuila, México: Editorial Digital UNID. Recuperado de https://issuu.com/educomplexus/docs/estrategias_de_ensenanza_para_el_ap

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

Para hacer el grupo de estudio se recomienda:

• Convocar a los equipos interdisciplinarios de atención y apoyarse en la asistencia técnica de la regional del ICBF y la mesa técnica de JR departamental o distrital del SNCRPA.

• Orientarse por los y contenidos del presente documento.• Preguntar, discutir, dialogar y poner en práctica los conocimientos adquiridos. • Solicitar a la dirección o coordinación de la unidad de atención un espacio, horario y

periodicidad para la realización de los grupos o la autorización para participar en ellos.• Invitar a otros actores no solo institucionales a estas sesiones o promover espacios por

fuera de la institución.

5. En los factores de riesgo desde un enfoque restaurativoLa implementación de procesos y prácticas restaurativas puede tener incidencia en factores de riesgo importantes en el marco de los servicios prestados a los adolescentes y jóvenes en el SRPA.

Desde el punto de vista de la prevención, se entiende por factores de riesgo aquellas situaciones problemáticas o determinantes en la vida de las personas, en ámbitos como el individual, el familiar, el educativo, el social o el comunitario, que tienen influencia en su vinculación a actividades delincuenciales y fenómenos de victimización. De acuerdo con este enfoque, las estrategias de prevención tienen por objeto mitigar factores de riesgo y potenciar factores de protección.

• En el ámbito individual, el reconocimiento del daño y de la responsabilidad se deriva de un proceso de reflexión que permite lograr cambios significativos y duraderos en el comportamiento del ofensor, los cuales no se dan como resultado de una coacción externa, sino del ejercicio pleno de su autonomía como sujeto moral, por lo que contribuye efectivamente a prevenir la reincidencia40.

• En el ámbito familiar y comunitario la utilización de procesos y prácticas restaurativas ayuda a promover la vinculación de la familia y la comunidad en los procesos de reintegración e inclusión social. Por un lado, teniendo en cuenta los procesos de etiquetamiento41 o estigmatización por medio de prácticas restaurativas puede constituir

40 La justicia restaurativa está basada en el principio de que las respuestas más eficaces a la delincuencia son aquellas que hacen que los delincuentes rindan cuentas de su conducta de una manera que les reintegre en la sociedad en vez de aumentar su sentido de aislamiento y estigma. - El objetivo es ayudar a los delincuentes a entender las consecuencias de sus acciones y enmendar el daño que han causado a la comunidad. Al mostrar a los delincuentes el pleno impacto de su conducta sobre aquellos que les rodean, la justicia restaurativa puede alentar un cambio real y duradero. (Subrayado fuera de texto) Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Guía de Introducción a la Prevención de la Reincidencia y la Reintegración Social de Delincuentes. Serie de Guías de Justicia Penal. Nueva York. 2013, página 111.

41 En relación con las teorías criminológicas del etiquetamiento Taylor, Walton y Young señalan que “Los autores de esta tendencia se han esforzado por demostrar que ser definido o rotulado como desviado puede ser una etapa importante de un proceso más amplio. Siguiendo la tradición de George Herbert Mead, destacan que el yo es un producto social, que la forma en que actuamos y nos vemos como individuos es en parte consecuencia de la forma en que otras personas actúan con respecto a nosotros. Es obvio que si la gente nos ve extraños o diferentes del resto, probablemente nosotros también nos consideremos diferentes. (…) Si nos definimos a nosotros mismos como incapaces a causa de las definiciones de los demás, comenzamos a actuar como si lo fuéramos realmente” (Subrayado fuera de texto) TAYLOR, I; WALTON, P; YOUNG, J. La nueva criminología. Buenos Aires. 1997. Amorrortu Editores. Página 159.

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una herramienta útil para revertir dichos procesos. Por otro lado, es posible fortalecer el papel de la familia y de la comunidad como instancias de control social informales, que se complementan con los mecanismos de control social formal a cargo de los cuerpos de seguridad del Estado y del sistema de justicia42.

Es importante tener en cuenta que los factores de riesgo a su vez pueden ser estáticos o dinámicos. En el primer caso, nos referiremos a situaciones que no puede ser modificadas por medio de las intervenciones, tales como la edad, el sexo, entre otros; mientras que los factores dinámicos son dóciles al cambio y sí pueden abordarse por medio del acompañamiento brindado en los servicios prestados por el ICBF en el SRPA. A continuación, se muestra un esquema de los diferentes factores de riesgo en distintos ámbitos.

Gráfica 3 Factores de riesgo en diferentes ámbitos

42 Ibidem, página 92

Factores comunitarios, políticas escolares, disponibilidad de personal o

rienta

dor,

serv

icio

s de

apo

yo, e

tc.

Valores familiares, normas, expectativas,

etc.

Cultura, medios de comunicación, economía, etc

Política mundial, economía global, etc.

Factores individualesValores personales, creencias, capacid

ades,

etc

.

Pens

amientos y comportamientos

Relacionas familiares

Comunidad escolar y localSociedad nacional en sentido amplio

Sociedad global

Influencias Influencias

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

¿Cuál es la incidencia del enfoque restaurativo en relación con los factores de riesgo?Partiendo de los fines de la justicia restaurativa, debemos tener en cuenta que los procesos y prácticas restaurativas pueden tener incidencia en los siguientes ámbitos:

Gráfica 4 - Incidencia de procesos y PR en relación con factores de riesgo

Mitigar factores de riesgo del ámbito

individual, por medio de la responsabilización y la reparación del daño

Mitigar factores de riesgo y potenciar factores

protectores del ámbito familiar, por medio de

fortalecimiento o recomposición de vínculos

del entorno familiar

Mitigar factores de riesgo del ámbito social

o comunitario, por medio de la

reintegración a la comunidad y en general la reposición de vínculos sociales, habilitando a dicha comunidad como

instancia de control social informal

Fuente: Elaboración propia

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SECCIÓN III¿Cómo implementar procesos

y prácticas restaurativas en los servicios que prestamos?

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Contenido de esta sección

¿En qué casos podemos emplear procesos y prácticas restaurativas? - Campo de aplicación en los servicios del SRPA

¿Cuáles son los momentos en la implementación de procesos y prácticas restaurativas?

¿Cómo aplicamos lo restaurativo en la atención?

Sensibilización

Preparación

Encuentro y seguimiento

Objetivo: Conoceremos pautas y protocolos para implementar procesos y prácticas restaurativas formales e informales

en los servicios prestados a la población beneficiaria de las modalidades de atención en el SRPA.

1

3.2

3

2

3.3

3.1

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45

1. ¿EN QUÉ CASOS PODEMOS APLICAR PROCESOS Y LAS PRÁCTICAS RESTAURATIVAS EN LOS SERVICIOS

PRESTADOS EN EL SRPA?Los procesos y prácticas restaurativas tienen un campo de aplicación amplio en los servicios que prestan los operadores de las diferentes modalidades en el SRPA, lo cual incluye:

Gráfica 5 – Casos en los que se aplican procesos y prácticas restaurativa

En este caso, se pueden implementar en coordinación con las autoridades judiciales y

administrativas del SRPA como respuesta del sistema a las partes afectadas por el delito presuntamente cometido o cometido; y también frente a aquellas

conductas que han afectado las relaciones y que no necesariamente son constitutivas de un delito.

Abordar las consecuencias del

delito u ofensa

En las diferentes fases, componentes y niveles para lograr objetivos de la implementación del modelo de atención. Ver la tabla “Procesos y

Prácticas restaurativas en el modelo de atención” que muestra algunas oportunidades

de integración.

Como parte de la atención

Para abordar y prevenir conflictos derivados de la convivencia en las instituciones, generar de

acuerdos, fortalecer las relaciones y la atención con el fin de generar comunidades sanas, fuertes y

seguras. Se buscará la promoción de una cultura restaurativa y la construcción valores que reafirmen

la comunidad institucional.

Promover la convivencia en las

instituciones

Fuente: Elaboración propia

2. ¿CÓMO APLICAR LO RESTAURATIVO EN LA ATENCIÓN?Las medidas y sanciones en el SRPA deben promover el cumplimiento de la finalidad restaurativa del SRPA. Esto puede incluir la aplicación del enfoque restaurativo, el desarrollo de procesos restaurativos, la utilización de prácticas restaurativas informales y formales, así como actividades con enfoque restaurativo, entre otros en el marco de los servicios prestados a la población beneficiaria. Se deben tener en cuenta las fases del modelo de atención, las cuales marcan los momentos en los cuales se cumple la atención, desde el ingreso del adolescente a la institución, hasta su egreso. De este modo, el operador de la modalidad correspondiente puede valorar la inclusión en cada uno de estos momentos.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

De acuerdo con el lineamiento técnico, las fases son las siguientes: i) recepción y acogida, ii) permanencia y iii) proyección. Teniendo en cuenta las recomendaciones para la inclusión del componente restaurativo durante el proceso de atención se clasifican en: a. recomendaciones específicas para cada una de las fases y b. recomendaciones transversales, que se pueden implementar durante todo el proceso de atención. Se sintetizan en la siguiente gráfica y se desarrollan a continuación.

Gráfica 6 -Inclusión de procesos y prácticas restaurativas en el modelo de atención por fases

Valoración inicial para el cumplimiento de la finalidad restaurativa en la atención.

Inclusión de objetivos restaurativos en el Plan de

Atención Individual.

Enfoque restaurativo en el proceso de atención, incluye: i) actividades de sensibilización, ii) actividades de reflexión o simbólicas, iii) talleres con familias, iv) actividades comunitarias, v) historia de vida, vi) juego de rol.

Prácticas restaurativas informales como herramienta de comunicación; y Prácticas restaurativas formales generando encuentros y espacios de diálogo con las partes escuchando y atendiendo sus necesidades.

Actividades con enfoque restaurativo como parte de procesos restaurativos o de los procesos de atención.

Cultura restaurativa de la institución promoviendo comunidades sanas, fuertes y seguras.

Acuerdos restaurativos y acciones de reparación que respondan a necesidades de las víctimas y afectados.

Procesos y prácticas restaurativas para lograr

objetivos en la atención y sus componentes. Materialización

de acciones de reparación hacia familias, victimas, afectados

y/o comunidades.

Procesos y prácticas restaurativas para fortalecer vínculos familiares, sociales,

comunitarios que le permitan adolescente

desarrollar un proyecto autónomo al egreso.

Ingreso del adolescente o joven al programa de atención y

marca el inicio del proceso que se seguirá con él/ella y con la familia, referentes afectivos o

red vincular de apoyo.

Ingreso EgresoEl adolescente o joven inicia el reconocimiento de sí mismo, empieza tomar conciencia de

su situación y tiene la posibilidad de comenzar a

significar y reparar el daño y construir un plan o proyecto

de vida lejos de la ilegalidad.

Se empieza a hacer realidad la consolidación del proyecto de

vida que ha comenzado a reconfigurarse durante la fase de permanencia; conquista de su autonomía restableciendo

las relaciones.

Recepción y acogida

Permanencia

Componentes restaurativos específicos

Proyección

Componentes restaurativos transversales

Fuente: Elaboración propia

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¿Qué otras actividades podemos implementar para movilizar la finalidad restaurativa?

Algunas de las actividades propuestas para movilizar la reflexión frente al daño causado, la responsabilidad como una conexión emocional con la ofensa y desarrollar un sentido empático entre y con las comunidades son: i) actividades de sensibilización, ii) actividades de reflexión o simbólicas, iii) talleres con familias, iv) actividades comunitarias, v) historia de vida o narrativas, y vi) juego de rol. Se explican a continuación.

Actividades de sensibilización: son los escenarios a nivel familiar, grupal y contextual que se dan con los adolescentes y jóvenes que hacen parte del SRPA, en los cuales se desarrollan temas específicos para movilizar, sensibilizar y/o generar apertura frente al componente de capacidad restaurativa. En las actividades de sensibilización deben integrarse temáticas que tengan relación con la responsabilización, la empatía, la alteridad, las relaciones interpersonales, la convivencia y la reparación del daño. En las actividades de sensibilización:

• Facilite la participación, interacción y socialización de ideas.

• Promueva metodologías participativas, colaborativas.

• Evite la utilización de metodologías jerárquicas con participación única del expositor.

• Oriente el contenido de la actividad desde un enfoque restaurativo.

• Motive la reflexión y responsabilización frente a las conductas.

• Promueva la identificación de las personas afectadas por un hecho o conducta.

• Promueva la integración de prácticas restaurativas en ellas (círculos, paneles, etc.), estableciendo diálogos auténticos y que generen nuevas redes vinculares.

Actividades de reflexión o simbólicas: integran un conjunto de acciones que permiten dotar de significado, generar conexión emocional con un hecho u ofensa, y la necesidad de responder frente a una conducta, movilizando el alcance de la finalidad restaurativa. Estas actividades se apoyan en elementos, términos, objetos o imágenes que representan un contenido que va más allá de lo expresamente manifiesto.

El símbolo puede integrarse en la implementación de procesos restaurativos, por ejemplo, en la formación circular del grupo, la lectura y quema de una carta a una persona fallecida, la siembra de un árbol que representa un valor o acontecimiento; lo anterior, entre una multitud de alternativas que deberán valorarse por parte de los facilitadores y las partes, ajustándose al contexto y a las necesidades u obligaciones de las partes.

Para integrarse en la implementación de procesos y prácticas restaurativas, la orientación de estas actividades debe justificarse en los principios, los valores y el enfoque de la justicia

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

restaurativa, razón por la cual, no toda actividad reflexiva o simbólica necesariamente responde a un proceso restaurativo. En consecuencia:

• A nivel reflexivo se destaca la importancia de dinamizar la responsabilidad, ya que generar procesos de reparación o restauración, sin una conexión emocional con el hecho, puede constituir una acción con daño o resultados menos satisfactorios.

• A nivel simbólico se busca transmitir una idea o un significado, facilitando y movilizando la comprensión de la realidad. El potencial unificador del símbolo permite encontrar otras formas de lenguaje, de diálogo y de comprensión de la realidad.

Talleres con familias: implican el desarrollo de actividades de carácter formativo, vivencial o pedagógico con la familia que ayuden a la sensibilización e identificación del rol que cumplen en el proceso restaurativo. En estos espacios se pueden generar redes que permitan a los padres fortalecer entornos protectores, tanto a nivel familiar como comunitario, participando en procesos restaurativos en los cuales no necesariamente están vinculados los adolescentes o jóvenes. En los talleres familiares tenga en cuenta:

• La familia puede ser red de apoyo en el proceso restaurativo; también pueden ser víctimas de las conductas. Deles voz y permítales identificar cómo el proceso de atención puede responder también a sus necesidades.

• En los talleres de familias puede introducir sesiones que las formen en estrategias de comunicación asertiva y afectiva, a través de prácticas restaurativas informales.

• Con un objetivo estructurado y una preparación previa se pueden desarrollar tipologías formales como la toma de decisiones del grupo familiar, asambleas familiares, círculos de apoyo, entre otras, que permiten abordar las situaciones que se presentan, recuperando su poder, confianza y seguridad.

Actividades comunitarias: buscan mejorar la acogida y la receptividad hacia los procesos pedagógicos, formativos y restaurativos, cimentando la red de apoyo. Las actividades con enfoque restaurativo que se desarrollen en la comunidad afectiva generan espacios que permiten conocer sus ideas y sensibilizarla frente a la justicia restaurativa y sus prácticas, contribuyendo a que los procesos restaurativos con los adolescentes sean enriquecidos, vinculándolos luego a las prácticas restaurativas formales en las que podrán ser reparadas. El desarrollo de actividades con la comunidad contribuye a la generación de tejido social, apertura para procesos de reparación del daño e inclusión social.

Historia de vida o narrativas: permiten la resignificación del acto, la identificación de emociones y el impacto de las acciones realizadas a través de estrategias orientadas a la exteriorización y materialización simbólica de lo vivido a través de la narrativa. Implica un proceso dialógico y participativo que debe contar con un enfoque pedagógico y restaurativo e implica ir más allá del simple hecho de exteriorizar una situación o experiencia. Las actividades con enfoque

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restaurativo, a través de la historia de vida o narrativa, de estrategias culturales o artísticas (música, cine, teatro, fotografía, literatura, entre otros.), que reflejen la historia individual y/o colectiva, permiten resignificar las acciones y generan aprendizaje. Se buscará retomar el pasado constructivamente, materializando el ejercicio en tiempo presente y proyectando un impacto a futuro que trascienda el plano individual, posibilitando que la misma HV o narrativa pueda constituir una alternativa para la reparación del daño y la restauración. Para lograr esto, se hace necesario favorecer la vinculación de toda la población comprendiendo que la historia de vida o narrativa:

• Se puede realizar a través de estrategias culturales, textuales, artísticas o verbales.

• Propenderá por un ejercicio dialógico y participativo.

• Debe integrar escenarios dialógicos, de toma de decisiones y/o generación de acuerdos.

• Tiene un mayor impacto cuando es producto de una construcción de propuestas o acuerdos que han surgido de la implementación de prácticas restaurativas formales.

• Busca generar espacios en los que se exteriorice situaciones o emociones, identificando los afectados por un hecho.

• Puede constituirse en una acción de reparación que tenga incidencia en las víctimas y afectados.

• Refleja de manera transversal los componentes pedagógicos y restaurativos.

• La historia de vida o narrativa43 puede integrarse en prácticas restaurativas formales como paneles, círculos o reuniones.

Juegos de roles o sociodrama: estas herramientas permiten, a través de la exteriorización y la representación teatral de un caso hipotético o real, generar reflexiones en torno a un hecho que ha representado una ofensa y que es planteado para su trabajo por los facilitadores con potenciales participantes de procesos restaurativos. Estas actividades buscan reinterpretar el conflicto, motivar la toma de conciencia frente a un daño y promover estrategias para el trámite, transformación o abordaje de un evento que puede suceder o se ha presentado. El juego de roles o sociodrama:

• Representa una situación que se puede presentar en la realidad o ya se ha dado.

• Busca acercar la realidad al escenario de formación.

• Facilita la transferencia del aprendizaje.

• No tiene un guion rígido o estructurado.

• Desarrolla competencias, recursos, estrategias que cualifican una intervención.

43 La presentación simbólica o expresa de la historia de vida o narrativa, o una parte de ella, nunca deberá realizarse si esta implica una acción con daño o no contribuye al proceso de atención.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

3. ¿CÓMO DESARROLLAR PROCESOS RESTAURATIVOS?Como se indicó, podemos emplear procesos restaurativos en el marco de la atención, bien sea para abordar las consecuencias derivadas del delito u ofensa, prevenir que un conflicto escale, fortalecer el tejido social mejorando la convivencia y/o lograr objetivos de los diferentes componentes. De otro lado, también se explicó que entendemos al proceso restaurativo44 como un conjunto de acciones organizadas orientadas al alcance de la finalidad restaurativa.

Estos procesos se organizan en torno a tres (3) momentos o etapas que tienen objetivos diferentes, pero que se articulan con el fin de garantizar el respeto de los derechos de las partes, su seguridad, prevenir riesgos de victimización o estigmatización, así como lograr resultados restaurativos. Los momentos son:

• Momento 1: Inicio y sensibilización.

• Momento 2: Preparación.

• Momento 3: Encuentro y seguimiento.

En cada uno de estos momentos se deben tener en cuenta algunas reglas derivadas del marco normativo aplicable y de criterios técnicos que facilitan su desarrollo adecuado. De otro lado, los diferentes momentos deben verse como parte de un mismo proceso restaurativo.

MOMENTO 1 – INICIO Y SENSIBILIZACIÓN

Objetivo: verificar las condiciones iniciales del caso para desarrollar el proceso restaurativo, definir los objetivos del proceso restaurativo y realizar un acercamiento

inicial con el adolescente y los demás actores que van a participar.

El equipo interdisciplinario identifica los objetivos que se persiguen con el proceso, teniendo en cuenta si se trata de un proceso restaurativo: a. para hacer frente a las consecuencias derivadas del delito; b. como parte de la atención al adolescente, de cara a los objetivos del componente de atención; y c. para abordar situaciones que afectan la convivencia y las relaciones. Igualmente es necesario considerar el motivo de ingreso al servicio SRPA, el plan de atención individual y las fases, componentes y niveles del modelo de atención.

44 Ver definición en el apartado ¿qué otros conceptos debemos tener en cuenta en la implementación de procesos y prácticas restaurativas?

Con el fin de desarrollar las actividades mencionadas, se puede consultar el

Anexo “Casos para promover reflexiones en torno al enfoque restaurativo”.

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Esta definición de objetivos debe tener en cuenta la forma en que el cumplimiento del fin o los resultados restaurativos concurren con los objetivos del acompañamiento, de acuerdo con lo definido en el modelo de atención.

En esta etapa se deben realizar como mínimo las siguientes actividades:

1. Definir los objetivos del proceso restaurativo.

2. Identificar la ofensa, delito o conflicto que será abordado.

3. Realizar una primera identificación de las personas que pudieron verse afectadas y/o que pueden participar como actores del proceso.

4. Realizar un primer acercamiento con el adolescente o joven para determinar si existe: a. un acuerdo o reconocimiento básico sobre los hechos conocidos de la ofensa, delito o conflicto, aunque no conlleve aun la aceptación o el reconocimiento de responsabilidad, y b. deseo de participar en un proceso restaurativo que puede llegar a desembocar en una práctica restaurativa formal.

5. Se consulta al adolescente y a las demás partes si desean participar en el proceso, explicando que son libres de aceptar o no y que podrán retirar este consentimiento en cualquier momento del proceso. Se informará que la participación del adolescente o el incumplimiento de un acuerdo no se utilizará como prueba de responsabilidad penal en procesos penales posteriores.

6. Actividades de sensibilización frente al enfoque restaurativo del SRPA. Se pueden emplear acciones del presente documento: i) actividades de sensibilización, ii) actividades de reflexión o simbólicas, iii) talleres con familias, iv) actividades comunitarias, v) Historia de vida o narrativas, y vi) juego de rol.

7. Verificar que no existan impedimentos para el adolescente de orden individual para el inicio del proceso restaurativo. Ejemplo: en caso de consumo problemático de sustancias psicoactivas, se recomienda activar la ruta de atención en salud previamente, con el fin de garantizar que el adolescente pueda participar en el proceso en condiciones adecuadas.

8. En el marco del proceso justo, consultar y aclarar las expectativas del adolescente o de otras personas que pudieran participar, así como explicar las consecuencias que se pueden derivar de su participación en el proceso restaurativo.

9. Explicar, si es el caso, las consecuencias jurídicas que se derivan del proceso restaurativo, si aplica.

10. Los profesionales que realizaron el acompañamiento deben elaborar un informe con el resultado obtenido durante esta etapa, el cual debe consignarse en el anexo historia de atención y/o remitirse a la autoridad judicial o administrativa que lo requiera, si es el caso.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

MOMENTO 2 – PREPARACIÓN

Objetivo: verificar las condiciones iniciales del caso para desarrollar el proceso restaurativo, definir los objetivos del proceso restaurativo y realizar un acercamiento

inicial con el adolescente y los demás actores que van a participar.

En esta etapa se desarrollan las primeras entrevistas con el adolescente o joven, familiares, miembros de la comunidad afectiva y/o víctimas o afectados que van a participar de forma separada. Es muy importante tener en cuenta que no es conveniente promover encuentros directos entre víctimas u ofensores sin haber realizado una preparación previa. La preparación, implica la destinación de acciones que permitan a las partes contar con una preparación previa, que les permita tomar parte en un encuentro en el que se espera sumar a la comunidad, a los afectados y/o víctimas, sean estas directas o indirectas.

Frente a situaciones de convivencia y relaciones, se entenderá que tanto los ofensores como los afectados se pueden encontrar en el mismo espacio institucional, por lo que el equipo interdisciplinario iniciará la preparación de estos y generará encuentros cuando las condiciones estén dadas. En el caso de delitos que implicaron el ingreso del adolescente al SRPA, se deberá explorar el alcance del proceso restaurativo en la unidad de atención SRPA para la vinculación de los afectados y víctimas. En todos los casos se promoverá como mínimo la participación de familias y comunidad institucional en el proceso restaurativo.

Por consiguiente, el acompañamiento deberá realizarse con el adolescente, las víctimas o los miembros de la comunidad por separado. Si es el caso, también se realizarán entrevistas con la víctima o los afectados, cuando aplique según la modalidad de atención. Las actividades mínimas que deben cumplirse en este momento de preparación son las siguientes:

1. Se realizan jornadas de acompañamiento y preparación con las partes por separado para consultar su visión sobre el delito, conflicto u ofensa, sus necesidades e intereses.

2. Prácticas restaurativas informales que permitan identificar el estado emocional de los adolescentes, las víctimas, miembros de la familia y/o comunidad, por medio de preguntas restaurativas, declaraciones afectivas, entre otros.

3. Con el ofensor: se recomienda cumplir las siguientes actividades mínimas:

• En el marco del proceso justo, explicar o aclarar expectativas y los resultados posibles del proceso.

• Identificar personas significativas del entorno familiar y/o comunitario que puedan acompañarla en el proceso.

• Consultar su visión del delito, conflicto o situación.

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• Desarrollar prácticas restaurativas informales, actividades con enfoque restaurativo o procesos de reflexión que sensibilicen frente al enfoque restaurativo y que permita movilizar su reconocimiento del daño y promover su responsabilización.

• Apoyar al adolescente o joven en la elaboración de una propuesta de reparación para la víctima y las demás personas afectadas.

• Valorar los riesgos de estigmatización para el adolescente o joven ofensor. En este sentido, también se valorará la pertinencia de involucrar a personas del entorno social o comunitario, cuando esto pueda agravar la estigmatización o el señalamiento.

4. Con la víctima (si aplica según el caso y modalidad de atención): se recomienda cumplir las siguientes actividades mínimas:

• Citarla e invitarla a participar en el proceso restaurativo, previa articulación con la autoridad judicial competente, si se requiere.

• Contextualizar el trabajo que se realiza en la modalidad de atención y, en el marco del proceso justo, explicar o aclarar expectativas y resultados posibles del proceso.

• Identificar personas significativas del entorno familiar y/o comunitario que puedan acompañarla en el proceso.

• Consultar su visión del conflicto.

• Identificar sus necesidades de reparación simbólica, afectiva, entre otros. La reparación integral tiene una dimensión doble, individual y colectiva, y en el plano individual abarca medidas de restitución, indemnización y readaptación, entre otras.

• Valorar los riesgos de revictimización que puedan afectar a la persona o personas afectadas por la ofensa, delito o conflicto, con el fin de evitar un encuentro con el ofensor, cuando sea mejor para la víctima, y con el fin de seleccionar la práctica restaurativa adecuada según el caso. En ese sentido, se debe evitar la vinculación de personas externas o diferentes a las directamente afectadas, cuando el abordaje del caso implique conocer información que pueda vulnerar el derecho a la intimidad de la víctima.

5. En caso de que no haya participación directa de la víctima, determinar si se trabajará con víctima indirecta, víctima sustituta o si se realizará un contacto indirecto entre las partes por medio de cartas o material audiovisual, entre otras alternativas.

6. Identificar la práctica restaurativa formal más adecuada para promover un encuentro entre las partes y un acuerdo restaurativo.

7. Una vez identificada la práctica restaurativa formal que será utilizada para el caso, explicar, a cada una de las partes que participará, la dinámica de la práctica restaurativa formal respectiva, así como los elementos que deben llevar y el rol que desempeñarán en ella, según sea el caso.

8. Los profesionales que realizaron el acompañamiento deben elaborar un informe con el resultado obtenido durante esta etapa el cual debe consignarse en el anexo historia de atención y/o remitirse a la autoridad judicial o administrativa que lo requiera, si es el caso.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

MOMENTO 3 – ENCUENTRO Y SEGUIMIENTO

3.1. Encuentro

Objetivo: promover el encuentro entre las partes del proceso restaurativo, de forma directa o indirecta, según se requiera en el caso concreto. Igualmente,

promover un acuerdo restaurativo con obligaciones y compromisos que atiendan sus necesidades e intereses.

El encuentro comprende el encuentro voluntario entre dos o más partes para implementar la práctica restaurativa formal seleccionada por los profesionales que realizan el acompañamiento del caso concreto, en la etapa correspondiente del modelo de atención.

Como se deriva del momento anterior, la práctica restaurativa formal seleccionada45 dependerá de las características del conflicto o situación y las necesidades de las partes. Todas las prácticas restaurativas formales exigen planeación, organización y articulación. El generar un espacio improvisado cuando se están vinculando las partes puede ocasionar situaciones inesperadas y aunque estas pueden surgir independiente a su organización, los riesgos se minimizan cuando existe una buena coordinación. Se pueden emplear las siguientes prácticas formales:

De acuerdo con lo anterior, para la implementación de las prácticas restaurativas formales puede aplicarse el siguiente esquema general.

Tabla 7 – Esquema general prácticas restaurativas formales

ESQUEMA PRÁCTICAS RESTAURATIVAS FORMALES

Bienvenida a las partes. Delimitación, objetivo y alcance. Verificación de participación voluntaria, identificación y presentación del facilitador a las partes por separado.

Se retoman las reglas y códigos construidos en el momento de preparación. Se destaca el respeto, la escucha y la colaboración, anticipando emociones y comportamientos que pueden surgir y explorando formas para su manejo. Así como la prohibición de

elementos que no contribuyan al espacio.

Generación de un clima tranquilo y seguro por parte del facilitador que permita el diálogo y la interacción para los participantes de las prácticas restaurativas.

Se escucha individualmente a las partes conociendo su percepción de los hechos. Se usan tipologías informales para el diálogo. Se promueve la expresión abierta y personal de los hechos, facilitando que puedan identificar y nombrar sus sentimientos y cómo han sido afectados por el daño. A su vez, se van aclarando dudas y se analizan posibilidades de reparación, inquietudes y necesidades.

45 Ver matriz de prácticas restaurativas formales en la sección 1.

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ESQUEMA PRÁCTICAS RESTAURATIVAS FORMALES

Se debe mantener un enfoque claro que le permita al facilitador promover la identificación del acto, tener una escucha empática y estar atento a las situaciones y comentarios de los que deriva el desarrollo de la práctica restaurativa. Previamente, el

facilitador ha identificado algunas declaraciones afectivas y preguntas restaurativas que puede utilizar en el desarrollo de la PR.

EN ESTE MOMENTO SE APLICAN LAS REGLAS ESPECÍFICAS SEÑALADAS PARA CADA TIPO DE PRÁCTICA RESTAURATIVA FORMAL

Se les da la palabra: al ofensor, para que exprese lo que pasó, qué ha sucedido después del hecho y qué puede hacer para corregir las cosas; a la víctima, para que exprese qué sintió, qué daño sufrió y cómo podría ser reparada. Se procede también

con las demás partes.

El facilitador debe señalar los puntos en los cuales coinciden las partes, reforzar los aspectos positivos que surgen en el desarrollo del encuentro e indagar con todos posibles soluciones o alternativas para la reparación del daño.

Promover acuerdos que atiendan a las necesidades de las partes y que den respuesta a las necesidades que derivan la ofensa o el delito en las personas que han sido afectadas.

Se consigna la información y resultados en el anexo historia de atención. El operador de servicio SRPA puede diseñar un acta 46 para su aprobación y firma por las partes y en la cual se consignen estas decisiones. Se verifican las necesidades de apoyo y

acompañamiento, se clarifican las expectativas y se proyecta el seguimiento a estos acuerdos de reparación.

3.2. Seguimiento

Objetivo: verificar y acompañar el cumplimiento de los compromisos y obligaciones alcanzados en el acuerdo restaurativo y de los objetivos trazados al inicio del proceso. Asimismo, promover una reflexión que permita valorar los

aspectos positivos que se destacaron durante el proceso.

Una vez cumplida la práctica restaurativa en la etapa anterior, se realizará un seguimiento a los compromisos adquiridos por el adolescente o joven en el plazo y con la periodicidad pactada en el acuerdo restaurativo. En esta etapa podrán emplearse prácticas restaurativas informales, actividades con enfoque restaurativo, entre otros.

Como parte del seguimiento se deben elaborar informes sobre el cumplimiento del acuerdo, y archivar en el anexo historia de atención, por otro lado, estos informes deben remitirse a la autoridad judicial, en caso de que sean requeridos.

También se recomienda verificar el cumplimiento de los objetivos establecidos al inicio del proceso, los cuales pueden referirse: a las consecuencias derivadas del delito, a los objetivos de los componentes del modelo de atención o a la situación de convivencia en la institución que fue abordada. Podrá seguirse el siguiente esquema para desarrollar esta etapa:

46 El acta que puede servir de recurso para que se indiquen allí aspectos relevantes de la práctica restaurativa formal. Es un formato base (no requisito) y el operador puede inspirarse en ella para hacer su propio diseño.

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

Tabla 8 – Esquema general prácticas restaurativas formales

SEGUIMIENTO A PRÁCTICAS RESTAURATIVAS FORMALES

Se entrevista a las partes para hacer revisión de los acuerdos y planes de acción establecidos y su cumplimiento.

Escuchar a las partes y la percepción que tienen luego de la realización de las prácticas restaurativas y si ha habido reparación del daño.

Atender necesidades aún no satisfechas y derivadas del objetivo de la reunión pasada.

Se indaga sobre el restablecimiento de las relaciones y si ha habido cambios en las relaciones entre las partes que participaron en las prácticas restaurativas

Indagar sobre las emociones luego de llevar a cabo los acuerdos de reparación.

Determinar con las partes la necesidad de generar nuevos encuentros con las partes afectadas.

De ser necesario, facilitar un encuentro con las partes para realizar un balance de lo alcanzado y de las nuevas percepciones que han surgido luego de la participación en las PR.

Elaborar el informe final que será incorporado al Anexo historia de atención y/o remitido a la autoridad judicial, en caso de que sea requerido.

Teniendo en cuenta lo anterior, el esquema general de los procesos restaurativos, con sus elementos transversales es el siguiente:

Gráfica 7 – Esquema proceso restaurativo

Verificar condiciones

iniciales, definir objetivos del

proceso y realizar acercamiento inicial

Enfo

que

rest

aura

tivo

Cultu

ra re

stau

rativ

a

Act

ivid

ades

con

enf

oque

rest

aura

tivo

acci

ones

de

repa

raci

ónPreparar a las

partes antes de la práctica formal, valorar posibles riesgos, elegir la

práctica aplicable

Promover el encuentro entre las partes y un acuerdo

restaurativo con obligaciones y compromisos

Evaluar el cumplimiento de los

objetivos y de los compromisos y obligaciones del

acuerdo restaurativo

Espacio restaurativo

Objetivos de cada

momento

Componentes transversales

Informe de la etapa

Informe de la etapa

Informe de la etapa

Informe de la etapa

Acuerdorestaurativo

1. Sensibilización

2. Preparación

3.1. Encuentro

3.2. Seguimiento Prác

ticas

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aura

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info

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PROCESOS Y PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES SRPA

Criterios orientadores para la implementación