Procedimiento Simultaneidad

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1 PROCEDIMIENTO DE SIMULTANEIDAD Dirección de Concesiones Mineras 2013

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TALLER GOBIERNOS REGIONALES 11 AL 15 DE NOVIEMBRE 2013 Expositor: Dr. Julio Vizcardo

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PROCEDIMIENTO DE SIMULTANEIDAD

Dirección de Concesiones Mineras2013

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CAUSALES DE EXTINCIÓN DE DERECHOS MINEROS

RECHAZOABANDONOCADUCIDAD

NULIDADRENUNCIA

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PUBLICACION DE LIBRE DENUNCIABILIDAD

Artículo 65 del DS 018-92-EMLas áreas correspondientes a concesiones y petitorios caducos, abandonados, nulos, renunciados, y aquellos que hubieren sido rechazados en el acto de su presentación, no podrán peticionarse mientras no se publiquen como denunciables.

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PUBLICACION DE LIBRE DENUNCIABILIDAD

Artículo 68 del DS 018-92-EMLas áreas correspondientes a concesiones y petitorios caducos, abandonados, nulos y renunciados, no podrán ser peticionados, ni en todo ni en parte, por el anterior concesionario ni por sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad, hasta dos años después de haber sido publicadas como denunciables.

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PUBLICACION DE AREAS DE LIBRE DENUNCIABILIDAD

Artículo 106 del DS 03-94-EMLa publicación de la relación de las áreas de libre denunciabilidad prevista en el Artículo 65 de la Ley se hará en el Diario Oficial "El Peruano'', bastando para ello el oficio que, con tal fin, le dirigirá el Jefe del Registro Público de Minería. La publicación se hará, por una sola vez, en los meses de marzo, junio y setiembre, permitiéndose el petitorio de dichas áreas a partir del primer día útil de los meses de mayo, agosto y noviembre, respectivamente.

La publicación de libre denunciabilidad de los derechos mineros declarados caducos por falta de pago del Derecho de Vigencia o penalidad, se efectuará la última semana del mes siguiente de publicada la resolución de caducidad. Estas áreas podrán peticionarse a partir del primer día hábil, luego de vencido el mes inmediatamente posterior a su publicación de libre denunciabilidad.

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TUO DE LA LEY GENERAL DE MINERIA

Artículo 128.- Si se presentaran simultáneamente solicitudes con coordenadas UTM que determinen la existencia de superposición sobre un área determinada, se rematará el área entre los peticionarios. La Oficina de Concesiones Mineras señalará en el mismo acto, el día y hora del remate, que no podrá ser antes de diez días ni después de treinta de la fecha de presentación de las solicitudes.

Las funciones de la Oficina de Concesiones Mineras para los efectos de este artículo podrán ser delegadas para cada caso y en forma expresa por el Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero a las oficinas descentralizadas de esta institución.

El precio base del remate será de 3% de la UIT por concesiones de hasta 100 hectáreas. En áreas mayores, el precio base aumentará en 0.2% de UIT, por cada cien hectáreas adicionales o fracción. Es obligatorio el depósito, en efectivo o en cheque de gerencia, del 10% de la base del remate, a la orden del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, con no menos de 24 horas de anticipación…

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DECRETO SUPREMO Nº 018-92-EM

ART. 26.- Si se presentan petitorios simultáneos sobre la misma cuadrícula o conjunto de cuadrículas, en el mismo día y hora, se rematará el área superpuesta entre los peticionarios, para lo cual deberá notificar a todos ellos.

Si todos los petitorios mineros simultáneos corresponden a pequeños productores o productores mineros artesanales, el trámite de simultaneidad y su solución se encuentra a cargo del Gobierno Regional. Si todos los petitorios mineros simultáneos corresponden al régimen general el trámite de simultaneidad y su solución se encuentra a cargo del INGEMMET. Si los petitorios mineros simultáneos corresponden a pequeños productores o productores mineros artesanales y a peticionarios del régimen general, es de aplicación el procedimiento señalado en el artículo 26A.

El Presidente del Consejo Directivo del INGEMMET, a solicitud del Director de Concesiones Mineras para cada caso y en forma expresa, podrá delegar a sus órganos desconcentrados en todo o en parte, las actuaciones que correspondan ejecutar para llevar a cabo el acto de remate.

Si se dispusiera la concurrencia de los peticionarios en distintas sedes del INGEMMET, los encargados de sus órganos desconcentrados, en el acto del remate, comunicarán las ofertas al INGEMMET, mediante los medios de comunicación que se estimen pertinentes y suscribirán el acta del remate conjuntamente con los postores concurrentes a dichas sedes que deseen hacerlo.

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ART. 26A. Si se presentan petitorios simultáneos sobre la misma cuadrícula o conjunto de cuadrículas, en el mismo día y hora, entre petitorios presentados ante el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET y ante el Gobierno Regional, la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET.

a. El Gobierno Regional remite al INGEMMET por correo certificado, los expedientes de estos petitorios mineros.

b. El Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET señala la fecha y hora para llevar a cabo el remate.

c. Todos los peticionarios deberán efectuar los pagos previstos para la simultaneidad - base del remate, seriedad de oferta y oferta - en la cuenta autorizada por el INGEMMET.

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d. Los peticionarios en los Gobiernos Regionales, podrán participar en el remate en forma simultánea con los que formularon sus petitorios en el INGEMMET. Los Gobiernos Regionales transmitirán las ofertas y elaborarán el acta correspondiente.

e. La devolución de los montos pagados con motivo del procedimiento de simultaneidad, está a cargo del INGEMMET.

f. El monto de la oferta pagada corresponderá en parte iguales al INGEMMET y al Gobierno Regional.

g. Las actuaciones y extinciones que corresponden al trámite de simultaneidad, la adjudicación al siguiente postor, el requerimiento de pago de la oferta, corresponden ser declaradas y resueltas por el INGEMMET, transcribiéndose a la Autoridad Regional.

h. Resuelta la simultaneidad, el INGEMMET remitirá los expedientes que correspondan al Gobierno Regional, para su archivamiento o continuación del trámite según corresponda.

i. El INGEMMET podrá delegar al Gobierno Regional o viceversa, la ejecución de los actos necesarios para resolver la simultaneidad.

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IMPORTANTE

En caso de actos de remates entre petitorios mineros formulados ante el INGEMMET y Gobierno Regional se transfiere el 50% de la oferta ganadora al Gobierno Regional.

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IMPORTANTE

Previo a convocar al acto de remate (señalar fecha y hora), todos los expedientes del área común deben estar saneados, esto quiere decir, cumplir con las formalidades de ley para la admisión a trámite.

Tener en cuenta ANP, áreas agrícolas, proyectos especiales entre otros.

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PAGO DEL 10% DEL PRECIO BASEARTÍCULO 27

El depósito del 10% del precio base del remate a que se refiere el artículo 128º de la Ley, deberá efectuarse con no menos de 24 horas de anticipación en cheque de gerencia o en efectivo, en las cuentas bancarias autorizadas por la autoridad, nacional o regional, a cargo del trámite de la simultaneidad.

El original del comprobante del depósito deberá entregarse a la autoridad que tiene a su cargo el acto de remate, al inicio del mismo o en fecha anterior. La omisión o defecto en el depósito o en la entrega del comprobante, constituye causal de abandono del área simultánea."

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Artículo 28.- ACTO DE REMATECon la presencia de los convocados que asistan en el lugar, día y hora señalados, el Director de Concesiones Mineras o la Autoridad Regional de ser el caso, abrirá el acto de remate recibiendo el sobre cerrado de cada peticionario, su apoderado o representante legal, el mismo que deberá contener lo siguiente:

a. La Carta Oferta; y,

b. El comprobante del depósito, en efectivo o en cheque de gerencia, en la cuenta que señale el INGEMMET o el Gobierno Regional cuando corresponda, por el valor del 20% de su oferta, como garantía de seriedad de la oferta.

La omisión o defecto de cualesquiera de los requisitos señalados en los incisos a. y b., constituye causal de abandono del área simultánea.

La Carta Oferta debe estar suscrita por el peticionario, su apoderado o representante legal, indicando sus nombres, apellidos y el importe ofertado en números y letras. La oferta y garantía de seriedad de oferta deben expresarse en moneda nacional."

DESARROLLO DEL ACTO DE REMATE

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Artículo 29.- Los sobres recibidos serán abiertos y, luego de verificarse su contenido conforme al artículo anterior, se dará lectura a las ofertas realizadas, adjudicándose el área al postor que haya presentado la oferta más alta.

En el supuesto en que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectuará a través de sorteo en el mismo acto.

De todo lo actuado se sentará un acta en la que se indicará al adjudicatario y las ofertas inmediatas inferiores que se hubiesen formulado. El acta será suscrita por el Director General de Concesiones Mineras o el que hubiese sido delegado conforme al artículo 26 del presente Reglamento, por el adjudicatario y por los concurrentes que deseen hacerlo.

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Artículo 30.- Las sumas abonadas por el postor ganador del remate se reservarán en depósito como garantía de fiel cumplimiento y como parte del monto de su oferta. Las sumas depositadas por los demás postores, conforme a lo establecido en el artículo 128 de la Ley, serán devueltas luego de que se haya realizado la consignación respectiva.

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Artículo 31.- DEPÓSITO DE LA OFERTAEl ganador de la buena pro, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha del remate, consignará en la cuenta del INGEMMET o del Gobierno Regional cuando corresponda, el monto de su oferta menos los depósitos correspondientes al 10% del precio base del remate y la garantía de seriedad de oferta, y presentará al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET o al Gobierno Regional según corresponda, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de efectuado el pago, un escrito acompañando el original del comprobante de pago correspondiente.

El área común correspondiente a los petitorios de los postores que hubieran participado en el remate, sin obtener la buena pro, será cancelada por la autoridad minera, cumplidas las obligaciones a que se refiere este artículo.

Los originales de los comprobantes de pago del depósito del 10% del precio base del remate, de la garantía de seriedad de oferta y del monto de la oferta, se anexarán a los expedientes respectivos."

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Artículo 32.- Si el ganador de la buena pro no cumple con efectuar el pago del monto de su oferta o con presentar el recurso acompañando el comprobante de pago en los plazos señalados en el artículo anterior, perderá el depósito del 10% del precio base del remate, así como el depósito de seriedad de oferta y el Director General de Concesiones Mineras declarará en abandono el área simultánea del petitorio y adjudicará la buena pro al postor que haya hecho la siguiente oferta más alta. Este último dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, deberá efectuar el pago del monto de su oferta y presentar a la Dirección General de Concesiones Mineras un recurso acompañando el comprobante de pago correspondiente, bajo los apercibimientos señalados en este artículo. La misma regla se aplicará sucesivamente.

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Artículo 33.- En el caso que al acto del remate únicamente asistiera como postor uno de los interesados, se entenderá que los demás han hecho abandono de su petitorio. En tal caso, la Oficina de Concesiones Mineras declarará inexistente la simultaneidad, perdiendo los inasistentes el importe de la base del remate.

Igualmente, la Oficina de Concesiones Mineras dispondrá la continuación del trámite del petitorio correspondiente al único asistente al acto del remate.

De todo lo actuado se extenderá un acta.

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Artículo 34.- INASISTENCIA DE POSTORES

En el caso que al acto del remate no se presentaren postores, la autoridad minera a cargo del trámite lo declarará desierto y en abandono los petitorios simultáneos.

La publicación nacional de libre denunciabilidad que corresponda, procederá conforme a las normas reglamentarias pertinentes.

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EMISIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN.

ACTO DE REMATE.

SITUACIONES QUE SE PRESENTAN.

ELABORACIÓN DEL ACTA.

RESOLUCIÓN.

TENER EN CUENTA

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ASISTEN TODOS NO ASISTE UNO DE LOS POSTORES NO ASISTEN LOS POSTORES LLEGAN TARDE NO SE PAGA CORRECTAMENTE EL 10%

DEL PRECIO BASE EXISTE ERROR EN LA CARTA OFERTA O

PAGO DE SERIEDAD DE OFERTA

SITUACIONES

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NO EXISTE REPRESENTACIÓN DEL TITULAR (PERSONA JURÍDICA/PERSONA NATURAL)

EMPATE DE OFERTAS NO QUIERE FIRMAR UNO DE LOS ASISTENTES SUSPENSIÓN DEL ACTO DE REMATE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR ERRORES EN EL ACTA DEVOLUCIONES DE PAGOS EN EXCESO RESOLUCIONES JUDICIALES ANOTACIONES PREVENTIVAS OPOSICIONES CADUCIDADES PETICIONARIOS DISCONFORMES EMPATE DE SEGUNDOS POSTORES

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SITUACIONES DE LOS ACTOS DE REMATEREGISTRADAS EN EL SIDEMCAT

- Si se realizó el acto de remate se consigna EFECTUADO (Ej. Se adjudica al mejor postor)

- Si no realizo el acto de remate se consigna NO EFECTUADO ( Ej. Inexistencia de simultaneidad)

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MODULO DE REMATE - SIDEMCAT

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MONTO QUE INGRESA AL INGEMMET

•OFERTA DEL GANADOR DEL REMATE.

•10% Y SERIEDAD DE OFERTA DEL ADJUDICATARIO DEL REMATE QUE NO CUMPLE CON PAGAR EL SALDO DE OFERTA.

.

PROCEDIMIENTO

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CASOS DE DEVOLUCIONES DE MONTOS DEPOSITADOS

A LOS QUE PIERDEN EN EL ACTO DE REMATE

PAGOS EN EXCESO DE LOS GANADORES DEL REMATE

CASOS ESPECIALES

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MODULO DE REMATE - SIDEMCAT

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ENVIO DE REPORTE A UNIDAD FINANCIERA

GRUPO HECTAREASFECHA

REMATEHORA CODIGO DM NOMBRE DM REGION

MONTO OFERTADO

PRECIO BASE(10%)

SERIEDAD OFERTA(20%)

SALDO OFERTA)

TOTALESTADO

FINANCIERO

TRANSFERENCIA REGION(50%

Monto Oferta)

OBSERVACIONES

0005 400 08/01/2013 10:00 030033012 BIRDAN 300.00 14.00 60.00 0.00 74.00 DEVOLUCION 0

0005 400 08/01/2013 10:00 030035012 KAWAI IRON 700.00 134.00 140.00 426.00 700.00 ADJUDICADO 0

0007 29.9998 08/01/2013 11:30 010184112 CARLOS ALONSO 3,200.00 12.00 640.00 0.00 652.00 DEVOLUCION 0

0007 29.9998 08/01/2013 11:30 010191112 MAGDALENITA 29 30,000.00 12.00 6,000.00 0.00 6,012.00 DEVOLUCION 0

0007 29.9998 08/01/2013 11:30 030033512 AURELIO 2 2012 50,000.00 111.00 10,000.00 40,000.00 50,111.00 ADJUDICADO 0

0001 50 08/01/2013 12:00 010183912 MINA LAS ANTENAS 12,000.00 15.00 2,400.00 0.00 2,415.00 DEVOLUCION 0

0001 50 08/01/2013 12:00 010185212 MINA CALIFORNIA 2012 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 NO ASISTIO 0

0001 50 08/01/2013 12:00 010185812 BLANCA YADIRA 41,500.00 11.10 8,300.00 33,189.00 41,500.10 ADJUDICADO 0

0011 200.437 10/01/2013 10:00 010172012 NUEVO ALCA VICTORIA 2012 140.75 13.00 28.15 99.60 140.75 ADJUDICADO 0

0011 200.437 10/01/2013 10:00 010185712 MINA SANTO TOMAS $ 133.25 22.20 26.65 0.00 48.85 DEVOLUCION 0

0008 100 10/01/2013 10:30 040005712 MINASNIYOC 2012 200.00 11.10 40.00 160.00 211.10 ADJUDICADO 0

0008 100 10/01/2013 10:30 040006012 PAUCAR1 150.00 11.10 30.00 0.00 41.10 DEVOLUCION 0

0010 1000 10/01/2013 11:00 010296712 SANTA MAGDALENA DE U Y T 30,350.00 17.80 6,070.00 24,262.20 30,350.00 ADJUDICADO 0

0010 1000 10/01/2013 11:00 010297912 FORTUNA TEO IV 25,226.00 20.00 5,045.20 0.00 5,065.20 DEVOLUCION 0

0015 200 10/01/2013 12:00 010162512 KGORICH II 2,510.00 11.90 502.00 2,008.00 2,521.90 ADJUDICADO 0

0015 200 10/01/2013 12:00 010178812 PATY BVN 120.00 12.00 24.00 0.00 36.00 DEVOLUCION 0

0019 100 15/01/2013 10:30 010186012 TITAYHUA 5,550.00 15.00 1,110.00 0.00 1,125.00 DEVOLUCION 0

0019 100 15/01/2013 10:30 040007412 JANDEL UNO 15,000.00 11.10 3,000.00 11,989.00 15,000.10 ADJUDICADO 0

0018 100 15/01/2013 11:00 010166712 SUCUS 6 112.00 20.00 22.40 0.00 42.40 DEVOLUCION 0

0018 100 15/01/2013 11:00 010168812 CUSGI 6 113.00 20.00 22.60 0.00 42.60 DEVOLUCION 0

0018 100 15/01/2013 11:00 050008912 MONTERROJO I 5,080.00 11.10 1,016.00 4,064.00 5,091.10 ADJUDICADO 0

0017 500 15/01/2013 12:00 010158312 LUANA 200.00 14.10 40.00 160.00 214.10 ADJUDICADO 0

0017 500 15/01/2013 12:00 010158412 DENISS 145.00 14.10 29.00 0.00 43.10 DEVOLUCION 0

0017 500 15/01/2013 12:00 010160612 CAILLOMA 13A 889.00 14.10 177.80 0.00 191.90ABANDONO SIN DEVOLUCION 0

0016 100 15/01/2013 12:30 010195512 MINA HUAROCHIRI 2012 200.00 15.00 40.00 0.00 55.00 PENDIENTE 0

0016 100 15/01/2013 12:30 010196812 MG MINE 01 1,000.00 11.10 200.00 0.00 211.10ABANDONO SIN DEVOLUCION 0

0025 100 16/01/2013 09:00 010163112 GROWIAM 1 890.00 12.00 178.00 712.00 902.00 ADJUDICADO 0

0025 100 16/01/2013 09:00 010184912 TESORO DE ANDRE 1 120.00 12.00 24.00 0.00 36.00 DEVOLUCION 0

0025 100 16/01/2013 09:00 050008812 CHOCCOYO I 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 NO ASISTIO 0

0026 900 16/01/2013 09:15 010163112 GROWIAM 1 200.00 18.00 40.00 160.00 218.00 ADJUDICADO 0

0026 900 16/01/2013 09:15 010184912 TESORO DE ANDRE 1 180.00 18.00 36.00 0.00 54.00 DEVOLUCION 0

0024 200 16/01/2013 10:00 010163612 MILA 18 120.00 11.85 24.00 0.00 35.85 DEVOLUCION 0

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SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN DE MONTOS DEPOSITADOS EN LA CUENTA DE REMATE PERO NO ACREDITADOS

LA DCM ELABORA UN INFORME Y PONE DE CONOCIMIENTO DE LA OGA, QUIEN DEVUELVE LOS MONTOS DEPOSITADOS, LOS QUE NO SE INGRESAN AL MODULO DE REMATES DEL SIDEMCAT.

CASOS ESPECIALES

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EXPEDIENTES EN EL CONSEJO DE MINERIA (RECURSO DE REVISIÓN/NULIDAD)

SE ENCUENTRAN CON LA SITUACIÓN DE PENDIENTE Y NO SE DISTRIBUYEN LOS MONTOS DEL GANADOR NO SE DEVUELVE EL MONTO DEPOSITADO POR LOS PERDEDORES DEL ACTO DE REMATE.

CASOS ESPECIALES

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PRACTICA 01

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1.- Formen grupo de 02 personas por mesa.

2.- A cada grupo se les entregará un sobre (en donde se indica el nombre del derecho, titular e indicaciones a tener en cuenta) con dos hojas de papel y el formato de Carta Oferta vacía.

3.- Llenar la Carta Oferta y consignar en los papeles el monto del 10% del precio base y la fecha de pago y en la otra hoja el monto de seriedad de oferta.

4.- Cerrar el sobre.

5.- El expositor abrirá cada sobre y revisará los documentos y declarará al ganador del acto de remate.

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GRACIAS POR LA ATENCIÓN PRESTADA