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CÓDIGO: P-GTH-01 PROCESO DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO VERSIÓN: 1.0 FECHA: Febrero 2012 PÁGINA: 1 DE 21 PROCEDIMIENTO PARA RENUNCIA O SEPARACIÓN VOLUNTARIA DEL PERSONAL DE LA EPMTPQ CONTRATO COLECTIVO Empresa de Pasajeros de Quito PROCEDIMIENTO PARA RENUNCIA O SEPARACIÓN VOLUNTARIA DEL PERSONAL DE LA EPQ CONTRATO COLECTIVO ELABORADO REVISADO APROBADO Fecha: ………………. Fecha: ……………… Fecha: ……………… Ing. César Jiménez Coord. de Planificación y Desarrollo Lic. René Clavijo Coordinador de Talento Humano Ing. Nelson Cárdenas Gerente Administrativo Financiero Ing. Sergio Naranjo Esp. de Planificación y Procesos Lic. Diana Chicaiza Trabajo Social

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Empresa de Pasajeros de Quito

PROCEDIMIENTO PARA RENUNCIA O SEPARACIÓN VOLUNTARIA DEL

PERSONAL DE LA EPQ – CONTRATO COLECTIVO

ELABORADO REVISADO APROBADO

Fecha: ………………. Fecha: ……………… Fecha: ………………

Ing. César Jiménez

Coord. de Planificación y Desarrollo

Lic. René Clavijo Coordinador de Talento Humano

Ing. Nelson Cárdenas Gerente

Administrativo Financiero

Ing. Sergio Naranjo Esp. de Planificación y

Procesos

Lic. Diana Chicaiza Trabajo Social

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Contenido

Tabla de Contenido

Objetivo ..................................................................................................................................... 3

Alcance ...................................................................................................................................... 3

Marco legal ................................................................................................................................ 3

Definiciones .............................................................................................................................. 5

Políticas ..................................................................................................................................... 7

Descripción del Procedimiento ............................................................................................... 15

Diagrama de Flujo del Procedimiento ..................................................................................... 20

Anexos ..................................................................................................................................... 21

Anexos 1: Formulario de Solicitud para Acogerse a la Renuncia o Separación Voluntaria ... 21

Cuadro de Modificaciones

No. Revisión

Tipo de Modificación

Revisado

Aprobado

Fecha

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Objetivo

Determinar un procedimiento sistemático y consistente que permita realizar el proceso de

separación voluntaria de personal de la EPMTPQ alineado a las condiciones del contrato

colectivo y a la legislación vigente.

Alcance

Desde: La presentación de la solicitud de retiro voluntario de un empleado activo de la

EPMTPQ.

Hasta: La entrega del acta de finiquito al finalizar el trámite en las oficinas del MRL.

Marco legal

LEY ORGANICA DE EMPRESAS PÚBLICAS. Art. 23.- Retiro voluntario.- Los

servidores u obreros de las empresas públicas que terminen la relación laboral por

retiro voluntario, recibirán el pago de un monto de siete salarios básicos unificados del

trabajador privado por cada año de servicio y hasta un máximo de 210 salarios

mínimos básicos unificados del trabajador privado. El Reglamento General de esta Ley

establecerá los requisitos para los programas de retiro voluntario.

MANDATO CONSTITUYENTE No. 2. Art. 2. Ámbito de aplicación.- El presente

Mandato será de aplicación inmediata y obligatoria en las siguientes entidades:

a) Las instituciones, organismos, entidades dependientes, autónomas y programas

especiales, adscritos, desconcentrados y descentralizados, que son o forman parte

de las Funciones Ejecutiva, Legislativa y Judicial.

d) Las entidades que integran el régimen seccional autónomo, sus empresas,

fundaciones, sociedades o entidades dependientes, autónomas, desconcentradas,

descentralizadas o adscritas a ellos, y cuyo presupuesto se financie con el

cincuenta por ciento (50%) o más, con recursos provenientes del Estado.

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MANDATO CONSTITUYENTE No. 2. Art. 8. Liquidaciones e Indemnizaciones.- El

monto de la indemnización, por supresión de partidas, renuncia voluntaria o retiro

voluntario para acogerse a la jubilación de los funcionarios, servidores públicos y

personal docente del servicio público, con excepción del perteneciente a las Fuerzas

Armadas y la Policía Nacional, será de hasta siete (7) salarios mínimos básicos

unificados del trabajador privado por cada año de servicio y hasta un monto máximo de

doscientos diez (210) salarios mínimos básicos unificados del trabajador privado en

total. Para el efecto, las instituciones del sector público establecerán, planificadamente,

el número máximo de renuncias a ser tramitadas y financiadas en cada año debiendo,

para ello realizar las programaciones presupuestarias correspondientes, en

coordinación con el Ministerio de Finanzas, de ser el caso.

Las autoridades velarán por el derecho de la estabilidad de los trabajadores. Salvo en

el caso de despido intempestivo, las indemnizaciones por supresión o terminación de

relaciones laborales del personal de las instituciones contempladas en el artículo 2 de

este Mandato, acordadas en contratos colectivos, actas transaccionales, actas de

finiquito y cualquier otro acuerdo bajo cualquier denominación, que estipule pago de

indemnizaciones, bonificaciones o contribuciones por terminación de cualquier tipo de

relación individual de trabajo, será de siete (7) salarios mínimos básicos unificados del

trabajador privado por cada año de servicio y hasta un monto máximo de doscientos

diez (210) salarios mínimos básicos unificados del trabajador privado en total.

Todos los funcionarios, servidores públicos, personal docente y trabadores del sector

público que se acojan a los beneficios de las indemnizaciones o bonificaciones

indicadas en el presente artículo, no podrán reingresar al sector público, a excepción

de las dignidades de elección popular o aquellos de libre nombramiento.

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REVISIÓN DEL CONTRATO COLECTIVO INDEFINIDO A CELEBRARSE ENTRE LA

EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE

QUITO Y EL COMITÉ DE EMPRESA. Art. 12.- El trabajador que se retire o separe

voluntariamente de la Empresa, tendrá derecho a que esta le reconozca y pague 7

salarios básicos mensuales unificados del Trabajador privado, por cada año de servicio

en la Empresa, conforme a las siguientes regulaciones:

a) El número de renuncias por cada año de vigencia del presente Contrato Colectivo,

no excederá de 15 trabajadores

b) Se aceptarán las renuncias de los trabajadores conforme a las siguientes

prioridades:

1. Problemas crónicos de salud del trabajador, según certificado médico

otorgado por el IESS.

2. Personal que afronte Calamidad Doméstica, debidamente comprobada ante

la comisión conformada por la o el Trabajador Social de la EPMTPQ y el o

la Secretaria de Asistencia Social del Comité de Empresa. Las prioridades

establecidas y regulaciones que anteceden no se aplicaran al o los

trabajadores que se acojan a la jubilación, quienes igualmente tendrán

derecho a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 8 del mandato

Constituyente No. 2.

Definiciones

Comité de Empresa.- En toda empresa que cuente con treinta trabajadores o más,

podrá organizarse un comité de empresa, observándose las normas siguientes:

o 1a. Para que se considere constituido el comité de empresa es necesario que

participen en la junta constituyente el número de trabajadores señalado en el

artículo 459 del Código de Trabajo;

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o 2a. Los estatutos del comité serán sometidos a la aprobación del Ministerio de

Trabajo y Recursos Humanos, y posteriormente registrados en la Dirección

General del Trabajo;

o 3a. La directiva del comité se integrará por representantes de las diversas

ramas de trabajo que existan en la empresa;

o 4a. Los miembros de la directiva han de ser afiliados a la asociación de su

correspondiente rama de trabajo, ecuatorianos y mayores de edad; y,

o 5a. Son aplicables al comité de empresa las prescripciones de los artículos 454

y 463, excepto la contenida en el numeral 5o. del artículo 454, del Código de

Trabajo.

Contrato colectivo.- Contrato o pacto colectivo es el convenio celebrado entre uno o

más empleadores o asociaciones empleadoras y una o más asociaciones de

trabajadores legalmente constituidas, con el objeto de establecer las condiciones o

bases conforme a las cuales han de celebrarse en lo sucesivo, entre el mismo

empleador y los trabajadores representados por la asociación contratante, los contratos

individuales de trabajo determinados en el pacto.

Indemnización.- Compensación económica.

Liquidación de haberes.- Valores pendientes de pago que se han generado y

determinado por los beneficios legales, sociales u organizacionales, que se remiten a la

prestación de un servicio o al cumplimiento de obligaciones inherentes a un cargo o

puesto de trabajo, que se presentan en la relación entre trabajador y empleado.

Renuncia.- La renuncia es un acto jurídico unilateral del trabajador, por medio del cual

manifiesta su voluntad de poner término al contrato de trabajo.

Renuncia o separación voluntaria.- La renuncia o separación voluntaria se define

como la decisión tomada por un colaborador de la EPMTPQ, de acogerse al Artículo 12

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de la Revisión del Contrato Colectivo celebrado entre la Empresa Pública Metropolitana

de Transporte de Pasajeros de Quito y el Comité de Empresa de la Empresa Pública

Metropolitana de Transporte de Pasajeros de Quito, en vigencia desde el 07 de

Diciembre de 2011 (enunciado en su totalidad en el marco legal del presente

procedimiento).

Salario mínimo básico.- Es la remuneración establecida legalmente, para cada

periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus

trabajadorespor sus labores. El Estado establecerá el sueldo y salario mínimos en las

diferentes ramas del trabajo, y tenderá al establecimiento del salario familiar.

Salario.- Remuneración o ganancia sea cual fuere su denominación o método de

cálculo, debida por un empleador a un trabajador en virtud de un contrato de trabajo,

escrito o verbal, por el trabajo que este último haya efectuado o deba efectuar o por

servicios que haya prestado o deba prestar.

Sindicato.- Es la asociación profesional que puede, indistintamente, estar integrada

por obreros o por patronos, o por obreros y patronos conjuntamente.

Políticas

P1. Las renuncias de los trabajadores se receptarán de acuerdo a las siguientes

prioridades:

o Problemas crónicos de salud del trabajador, según certificado médico otorgado por

el IESS.

o Personal que afronte Calamidad Doméstica, siempre y cuando ésta le impida

desarrollar su actividad laboral permanentemente. Se definirá como calamidad

doméstica a las siguientes causas:

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Calamidad doméstica

Fallecimiento de cónyuge o conviviente legalmente reconocido, familiares hasta el primer grado de consanguinidad

Enfermedades graves (crónicas o catastróficas), tratamientos médicos de cónyuge o conviviente legalmente reconocido, familiares hasta el primer grado de consanguinidad

P2. Todos los documentos que pretendan justificar la solicitud deben ser analizados

ante la comisión conformada por la Trabajadora Social de la EPMTPQ y la

Secretaria de Asistencia Social del Comité de Empresa.

P3. El número de renuncias voluntarias aceptadas por cada año de vigencia del

Contrato Colectivo, no debe superar por ningún motivo, los 15 trabajadores, en toda

la EPMTPQ.

P4. Las áreas y funcionarios involucrados en el proceso de renuncia o separación

voluntaria de un empleado de la EPMTPQ, cumplirán con las responsabilidades que se

detallan a continuación:

o El Trabajador o Empleado activo solicitante, debe:

Elaborar y entregar su solicitud de acogerse a la renuncia o separación

voluntaria a Trabajo Social, dentro de los primeros 10 días de cada mes.

Sustentar su solicitud entregando documentos habilitantes o que justifiquen

la razón de su decisión (los documentos tienen que apegarse a las causas o

motivos detallados en la Política P1), todos estos documentos deben ser

originales y entregarse adjuntos a la solicitud.

En caso de que la solicitud presentada se sustente en una enfermedad de

consideración, si ésta se clasifica como afección crónica de salud (afecta al

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trabajador directamente) o calamidad doméstica (afecta a un familiar de

acuerdo al cuadro detallado en la Política P1), el certificado médico debe cumplir

con las siguientes características

El certificado médico emitido debe presentar los siguientes datos:

- Datos generales de la persona examinada:

o Nombre completo

o Número de cédula

o Fecha de emisión del certificado

o Sello con el código profesional del médico

o Firma del médico

- Para sustentar el certificado médico, el colaborador solicitante

debe acompañar este con la copia de la epicrisis o historia

clínica.

o Adicional a los documentos que justifican la solicitud, el colaborador solicitante

debe adjuntar el certificado emitido por el MRL de no tener impedimento

para ejercer cargo público.

o Entregar un informe que permita determinar el avance o estado del trabajo

que a él se le ha encomendado o sea responsable, de acuerdo al cargo o

puesto de trabajo que hasta la fecha de la presentación de la solicitud ha

ocupado (en caso de que la solicitud haya calificado para poder continuar con el

proceso).

o Entregar los bienes muebles, equipos electrónicos y/o de computación,

equipo de protección personal, equipo de protección colectivo,

herramientas y equipos de mantenimiento, o cualquier otro bien que se le

haya entregado al trabajador solicitante y figure en los registros de la EPMTPQ

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como custodio (en caso de que la solicitud haya calificado para poder continuar

con el proceso).

o Entregar credencial de la empresa para registro de asistencia en la EPMTPQ

(en caso de que la solicitud haya calificado para poder continuar con el proceso).

o El Jefe Inmediato, debe:

Solicitar a Control de Bienes un detalle completo de todos los bienes

muebles que se hayan entregado al colaborador y que se encuentren

bajo su custodia (en caso de que la solicitud haya calificado para poder

continuar con el proceso).

o El Coordinador de Talento Humano, debe:

Solicitar al Especialista de Talento Humano, encargado de nómina,

todos los datos de carácter laboral del colaborador solicitante, esta

información debe considerar:

- Fecha de ingreso a la empresa

- Cargo o cargos en los cuales se ha desempeñado el colaborador

- Méritos y deméritos que se hayan registrado en la hoja de vida

del colaborador

- Planillas de Pago de Aportes Mensuales IESS

- Reporte de Pago de Préstamos Hipotecarios a nombre del

colaborador solicitante

- Reporte de Pago de Préstamos Quirografarios a nombre del

colaborador solicitante

Solicitar a la encargada o encargado de Trabajo Social de la

EPMTPQ, realice la investigación del caso con la finalidad de corroborar

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la información entregada por el colaborador solicitante (la justificación

entregada por el colaborador debe alinearse con las causas admitidas y

detalladas en la Política P1).

Solicitar información al médico de la empresa, un informe detallado

del estado de salud del colaborador solicitante, en el mismo se incluirá el

seguimiento dado a enfermedades comunes y ocupacionales,

exámenes médicos pre-ocupacionales, exámenes médicos

periódicos y exámenes médicos post-ocupacionales (éste último, en

caso de que la solicitud haya calificado para poder continuar con el

proceso).

Solicitar a la Coordinación Financiera un detalle de valores adeudados

por el colaborador a la EPMTPQ.

Solicitar a la Asesoría Jurídica la elaboración de actas de finiquito,

cálculo de la indemnización correspondiente y elaboración de

convenios de pago en caso de que el colaborador cuente con valores

pendientes de pago.

Consolidar la información entregada por las partes intervinientes en el

proceso.

Convocar a la reunión mensual de la Comisión integrada por Trabajo

Social y la Secretaria de Asistencia Social del Comité de Empresa, en

dicha convocatoria designará la persona quien lidere la Comisión.

Elaborar un informe que indique la viabilidad de la aceptación de la

solicitud de renuncia o separación voluntaria, mismo será dirigido a la

Gerencia General, donde se dará el visto bueno para continuar con los

cálculos para realizar el pago de la indemnización.

Trabajo Social de la empresa, debe:

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Realizar la investigación necesaria de las causas a las que el

colaborador se refiere para sustentar su solicitud de separación o

renuncia voluntaria.

Requerir al colaborador solicitante, todos los documentos que validen

su solicitud, en caso de no presentarlos no se podrá seguir con el

proceso de evaluación de la solicitud.

Presentar un informe confirmando o negando la razón de acogerse a

la renuncia o separación voluntaria, el mismo que debe ir dirigido al

Coordinador de Talento Humano.

Llevará un registro de todas las solicitudes presentadas por el

personal de la EPMTPQ, que permita controlar el número de solicitudes

aceptadas, en el año, y el presupuesto asignado para el efecto.

Custodiar todos los documentos que se han generado en cada proceso

iniciado, en análisis y finalizado, para el efecto debe generar un

expediente por caso.

o El Médico de la empresa, debe:

Presentar un certificado médico que informe las condiciones de salud

en las que se encuentra el colaborador solicitante.

Remitir un informe de las lesiones o enfermedades recurrentes que

se hayan presentado en el desarrollo de las funciones del colaborador

solicitante.

P5. El análisis de los casos presentados se realizará de acuerdo ala siguiente

asignación de tiempos:

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ACTIVIDAD DÍAS RESPONSABLE OBSERVACIÓN

Entrega de Solicitud 10 Colaborador Solicitar formulario en Trabajo Social

Verificación de datos de los casos presentados

8 Trabajo Social Gestión de campo, visitas externas (domicilio o instituciones)

Análisis de casos presentados

3 (laborables)

Trabajo Social y Secretaria de Asistencia Social del Comité de Empresa

Elaboración de informe de aceptación / negación de casos analizados

Presentación de informe

2 (laborables)

Trabajo Social Presentación de informe al Coordinador de Talento Humano

Consolidación de información

3 (laborables)

Coordinación Talento Humano

Elaborar informe para Gerencia General con documentación presentada por los colaboradores

*Nota: El cronograma se aplicará desde el primer día de cada mes

P6. En caso de que una solicitud presentada se haya rechazado, el colaborador no

podrá volver a presentar otra en el mismo año.

P7. Un colaborador podrá presentar una solicitud de acogerse a la renuncia o

separación voluntaria por 2 ocasiones, como máximo en todo el período en el

que se encuentre laborando en la EPMTPQ.

P8. Por mes se receptarán un máximo de 5 solicitudes de renuncia o separación

voluntaria, de las cuales se calificarán para continuar con el proceso en un máximo

de 2, las restantes, en caso de considerarse viable su calificación, se mantendrán

vigentes y se comparará su prioridad con las nuevas solicitudes presentadas en el

mes.

P9.El personal de la EPMTPQ que solicite acogerse a la renuncia voluntaria debe

contar con al menos 5 años de servicio en la empresa, a menos, que el caso

justificado y analizado por Trabajo Social y la Secretaria de Asistencia Social del

Comité de Empresa se clasifique para atención urgente.

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P10. El colaborador de la EPMTPQ, que haya sido autorizado por la empresa para

acogerse a la renuncia o separación voluntaria, por ningún motivo podrá dejar sus

funciones sin realizarse los exámenes post-ocupacionales, el cumplimiento de

esta actividad será la condicionante para que la Coordinación de Talento Humano

pueda tomar una cita en el MRL y realizar la firma del Acta de Finiquito.

P11. La indemnización se calculará de acuerdo al tiempo de servicio en la empresa

y se recibirá el pago de un monto de siete salarios básicos unificados del trabajador

privado por cada año de servicio y hasta un máximo de 210 salarios mínimos

básicos unificados del trabajador privado.

P12. Todo el proceso de renuncia o separación voluntaria, referente al presente

procedimiento, debe registrarse en la hoja de salida del personal de la EPMTPQ,

y sin excepción alguna, todos los colaboradores que se hayan acogido al Artículo

12 del Contrato Colectivo, deben cumplir con los requisitos de salida que se

encuentren vigentes.

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Descripción del Procedimiento

Actividad Descripción Responsable Referencias Habilitantes

1.

Elaborar y presentar solicitud de renuncia o separación voluntaria

El colaborador que desee acogerse a la renuncia o separación voluntaria debe solicitar en Trabajo Social el formato de solicitud o renuncia

Colaborador solicitante

Política P3, P5, P6 y P7

2.

Entregar documentación que justifique su solicitud

El colaborador debe presentar toda la documentación que sustente la justificación para acogerse a la renuncia o separación voluntaria

Colaborador solicitante

Política P1, P3 y P5

3. Solicitar información del colaborador

El Coordinador de Talento Humano debe delegar el cumplimiento de las actividades que permitan obtener juicios de valor para el análisis de cada una de las solicitudes que ingresen

Coordinador de Talento Humano

Política P1, P3 y P5

4.

Recopilar información registrada en el archivo personal del colaborador

El Coordinador de Talento Humano debe obtener la información de valor del colaborador solicitante correspondiente al puesto o cargo que ocupa, sanciones o reconocimientos a los que se haya hecho merecedor en el desarrollo normal de sus labores

Coordinador de Talento Humano

Política P3 y P5

5.

Levantar información económica de nómina

El Coordinador de Talento Humano apoyado en el Especialista de TH que administra la nómina, debe levantar toda la información de los descuentos aplicados al colaborador solicitante, procurando determinar cuáles son los valores que adeuda a la EPMTPQ

Coordinador de Talento Humano

Política P3 y P5

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6. Iniciar la investigación de la solicitud

Trabajo Social debe coordinar todas las acciones que permitan verificar la veracidad de la documentación que haya entregado el colaborador solicitante, misma que puede ser coordinada con la Secretaria de Asistencia Social del Comité de Empresa

Trabajo Social Política P3, P5,

P6 y P7

7.

Realizar visitas domiciliarias o a instituciones externas

Trabajo Social debe realizar trabajo de campo y garantizar que la justificación presentada por el colaborador solicitante se enmarque en los hechos relatados en su solicitud

Trabajo Social Política P3 y P5

8.

Elaborar informe de investigación adjuntando la documentación que valide la gestión

Trabajo social debe presentar un informe de investigación de cada uno de los casos presentados, en el que se determine el apego a las prioridades detalladas en el Contrato Colectivo

Trabajo Social Política P3 y P5

9.

Recabar información de historia clínica del colaborador

El Dpto. Médico representado por el Médico de la Empresa, debe analizar las novedades encontradas en la salud del colaborador que permitan entregar un juicio de valor para la calificación de la solicitud

Dpto. Médico Política P3 y P5

10.

Emitir informe y/o certificado médico que indique el estado de salud o presencia de enfermedades recurrentes

El Dpto. Médico representado por el Médico de la Empresa, debe elaborar un informe detallado indicando el estado de salud de cada colaborador que presente la solicitud, considerando la presencia de enfermedades recurrentes y el seguimiento que se ha realizado por la empresa.

Dpto. Médico Política P3 y P5

11. Consolidar información de la investigación

El Coordinador debe solicitar la presentación de la información levantada por los distintos actores del proceso para generar un expediente por cada caso presentado.

Coordinador de Talento Humano

Política P3 y P5

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Revisado por RC / DC _______

Aprobado por NC _______

12. Realizar análisis de los casos presentados

Se deben reunir Trabajo Social (Norte, Sur, Ecovía, CSO y SW) y la Secretaria de Asistencia Social del Comité de Empresa para calificar los casos que se hayan presentado

Trabajo Social y Secretaria de Asistencia Social del comité de Empresa

Política P3, P5, P6 y P7

13. Decisión: ¿Califica para el proceso?

Del análisis que se realice con las partes involucradas se debe determinar los casos que califican para continuar con el proceso (máximo 2 por mes), los demás se dispondrán como rechazados o se mantendrán en vigencia para la siguiente calificación

Trabajo Social y Secretaria de Asistencia Social del comité de Empresa

Política P1, P3, P5, P8 y P9.

Contrato Colectivo

14. No califica: Archivar el expediente

Los casos que hayan sido rechazados se deben archivar y registrar dentro del proceso, para realizar un seguimiento de la gestión anual

Trabajo Social Política P3 y P5

15.

Califica: Realizar informe dirigido a Gerencia General

Se debe realizar un informe dirigido a Gerencia General indicando las características de los casos que han sido calificados para continuar con el proceso

Coordinador de Talento Humano

Política P3 y P5

16.

Realizar cálculo de valores pendientes de pago e indemnización

Se debe realizar el cálculo de los valores pendientes de pago del período en vigencia (último mes que el o los colaboradores se encuentren ejerciendo sus funciones) y la indemnización acorde a lo establecido en el Contrato Colectivo

Asesoría Jurídica Política P3, P5 y

P11

17. Elaborar acta de finiquito

Después de calcular los valores correspondientes a la liquidación de haberes, se debe elaborar el acta de finiquito del o de los trabajadores a los que se haya calificado su solicitud

Asesoría Jurídica Política P3 y P5

18.

Revisar acta de finiquito y valores correspondientes a indemnización

Todos los documentos que sustentan el o los procesos, se deben enviar a Gerencia General para su revisión

Gerencia General Política P3 y P5

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19.

Autorizar pago de indemnización según acta de finiquito

Después de realizar la revisión correspondiente de la documentación el Gerente General será el único autorizador para la realización del pago de la liquidación según acta o actas de finiquito

Gerencia General Política P3 y P5

20. Acudir al chequeo médico

Se debe o deben acercar al Dpto. Médico de la empresa para realizarse los exámenes post-ocupacionales, necesarios para determinar el estado de salud al final de su gestión, del o de los colaboradores a los cuales se ha calificado su caso para continuar con el proceso

Colaborador solicitante

Política P3 y P5

21.

Realizar exámenes post-ocupacionales y emitir informe

El o los colaboradores que hayan continuado con el proceso deben realizarse los exámenes post-ocupacionales, este requisito será la única condición para que el Coordinador de Talento Humano proceda a tomar una cita en el MRL

Dpto. Médico Política P3, P5 y

P10

22. Procesar el pago de la indemnización

Después de que la Gerencia General haya dado el visto bueno y el colaborador se haya realizado los exámenes post-ocupacionales se debe realizar el proceso que permita disponer de los fondos monetarios de acuerdo al acta de finiquito elaborada por la Asesoría Jurídica

Coordinación Financiera

Política P3 y P5

23.

Coordinar cita en el Ministerio de Relaciones Laborales

Después de que el proceso haya cumplido con los requisitos previos, se debe coordinar la fecha y hora en la cual se debe acudir a la ratificación de valores y firma del acta de finiquito de cada caso

Coordinador Talento Humano

Política P3 y P5

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25. Acudir a la cita en el MRL

El colaborador que haya culminado con el proceso debe acercarse en la fecha y hora indicadas puntualmente, en caso de no hacerlo se puede perder el turno y se deberá coordinar otra cita

Colaborador Solicitante

Política P3 y P5

26. Firma de acta de finiquito en el MRL

El Coordinador de Talento Humano y el colaborador solicitante, se deben acercar con todos los documentos que se hayan generado en el proceso y aquellos que lo faculten para recibir la liquidación

Colaborador Solicitante y Coordinador de Talento Humano

Política P3 y P5

27. Archivar expediente

Trabajo Social debe archivar todos los documentos avalados por las partes actuantes en un expediente que será custodiado por la Coordinación de Talento Humano, el registro sirve para determinar el número de casos que se hayan acogido a la renuncia o separación voluntaria (máximo 15 por período de vigencia del contrato)

Trabajo Social Política P2, P3 y

P5

28. FIN

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Diagrama de Flujo del Procedimiento Procedimiento para la Renuncia o Separación Voluntaria de Personal de la EPMTPQ

Gerencia GeneralTrabajo Social Asesoría JurídicaDpto. MédicoCoordinador de

Talento Humano

Colaborador

solicitante

INICIO

Elaborar y presentar

solicitud de renuncia

o separación

voluntaria

Entregar

documentación

que justifique su

solicitud

Solicitar

información del

colaborador

Iniciar la

investigación de la

solicitud

Recabar

información de

historia clínica del

colaboradorRecopilar información

registrada en el

archivo personal del

colaborador

Acudir al chequeo

médico

Elaborar informe

de investigación

adjuntando la

documentación

que valide la

gestión

Emitir informe o

certificado médico

que indique el

estado de salud o

presencia de

enfermedades

recurrentes

Realizar visitas

domiciliarias o

instituciones

externas

Consolidar

información de la

investigación

¿Califica para

el proceso?

Levantar información

económica de nómina

NO

Realizar

exámenes post-

ocupacionales y

emitir informe

Archivar

expediente1

Realizar análisis

de los casos

presentados

Realizar informe

dirigido a

Gerencia General

SI

Realizar cálculo

de valores

pendientes de

pago e

indemnización

Elaborar acta de

finiquito

Revisar informe,

acta de finiquito y

valores

correspondientes

a indemnización

Coordinación

Financiera

Procesar el pago

Autorizar pago de

indemnización

según acta de

finiquito

Acudir a la cita en

el MRL

Coordinar cita en

el Ministerio de

Relaciones

Laborales

Firma Acta de

Finiquito en MRL

Trabajo Social

Archivar

expediente

FIN1

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Anexos

Anexos 1: Formulario de Solicitud para Acogerse a la Renuncia o

Separación Voluntaria