Procedimiento para legalizar una instalación fotovoltaica para Autoconsumo

download Procedimiento para legalizar una instalación fotovoltaica para Autoconsumo

of 2

Transcript of Procedimiento para legalizar una instalación fotovoltaica para Autoconsumo

  • 7/30/2019 Procedimiento para legalizar una instalacin fotovoltaica para Autoconsumo

    1/2

    Cul es el Procedimiento para legalizar una instalacin fotovoltaica paraAutoconsumo?

    22/02/12 Antonia Lecue de Suelo Solar 1 comentario/s Espaa

    El IDAE responde a esta consulta ofrecindo las claves y los trmitesadministrativos para autoconsumir la energa que produzcamos sobre una azotea sobre un terreno, sin necesidad de estar aislados de la Red Elctrica.

    El IDAE ha presentado el procedimiento de legalizacin que, en lneas generales,tendra que seguir un titular de una instalacin de generacin destinada a autoconsumototal o parcial.Tras analizar la legalidad de las instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo, sinnecesidad de estar aisladas a la Red, + info aqu se hace necesario conocer los pasosadministrativos que ha de dar aqul que desee proceder a este tipo de instalacin paraautoconsumo, total parcial.Este resumen del IDAE no pretende ser un anlisis exhaustivo de los procedimientosadministrativos, sino un resumen de los ms habituales y se realiza sin perjuicio deaquellos que la normativa autonmica pudiera determinar.1. Licencia de obras y autorizaciones municipales. Independientemente de si la instalacin vende o no la energa que produce, laejecucin de la instalacin precisa obtener la autorizacin municipal y elcorrespondiente pago del ICIO.2. Solicitud del punto de conexin a la compaa distribuidora. Esta solicitud se realiza para acordar las condiciones tcnicas de la conexin de lainstalacin de generacin, especialmente en lo relativo a la seguridad de operacin de lared. El RD 1699/2011 marca el procedimiento a seguir para las instalaciones de

    potencia no superior de 100 kW tanto en conexiones directas a la red de distribucin

    como en conexiones a travs de la red interior. Para las instalaciones de potenciasuperior a 100kW sera de aplicacin el RD 1955/2000.El acuerdo sobre el punto de conexin ser necesario en todos los casos. El hecho deque la conexin se proponga por parte del titular en un punto de su red interior no eximea la compaa distribuidora de acordar con el titular las condiciones de conexin y defirmar el contrato tcnico de acceso.Ser necesaria la presentacin de un aval salvo para el caso de instalacionesmenores o iguales a 10 kW de potencia.3. Autorizacin Administrativa previa.

    No es necesaria autorizacin administrativa previa para instalaciones de potencia nosuperior a 10 kW. Para instalaciones de potencia entre 10kW y 100kW, conectadas a red

    de tensin no superior a 1 kV el RD 1955/2000 exime del procedimiento deautorizacin administrativa (apartado 6 del artculo 111), si bien es la comunidad

    http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6586&refc=commentshttp://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6586&refc=commentshttp://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6586&refc=commentshttp://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6587http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6587http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6587http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6587http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6587http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6586&refc=comments
  • 7/30/2019 Procedimiento para legalizar una instalacin fotovoltaica para Autoconsumo

    2/2

    autnoma quien decide si dicha autorizacin es necesaria para instalaciones de tensininferior a 1 kV, ya que el RD 1955/2000 tiene carcter de legislacin bsica.Actualmente la mayora de CC.AA. han eliminado la necesidad de obtener autorizacinadministrativa para instalaciones de tensin inferior a 1 kV.4. Certificado de Instalacin en baja tensin o Acta de puesta en servicio .

    El instalador autorizado o el tcnico competente, que realiza o dirige la instalacin,deber acreditar igualmente el cumplimiento de toda la normativa relacionada con elREBT y dems normativa tcnica de aplicacin, tanto si la instalacin se destina aautoconsumo total como parcial.5. Revisin de la compaa distribuidora. Esta revisin ser la equivalente a la revisin de acometida y puesta en marcha que seha venido realizando hasta ahora en las instalaciones de venta de energa.En el caso de una instalacin de autoconsumo ya sea total o parcial, ser igualmentenecesaria y obligada para garantizar que se cumplen las condiciones de regularidad yseguridad del suministro, estando el titular obligado al pago de los derechoscorrespondientes.El RD 1699/2011 establece el procedimiento a seguir para solicitar la revisin de laacometida.6. Alta en Rgimen especial (REPE) e Inscripcin en el Registro (RAIPRE). Este punto es obligado para las instalaciones de autoconsumo parcial de la produccin,

    puesto que se vuelca parte de la energa que es susceptible de ser remunerada.En las instalaciones de autoconsumo total, podra no ser necesario dar este paso, al igualque se hace en instalaciones aisladas de la red, aunque como se ha comentadoanteriormente, sera necesario un anlisis ms detallado sobre este aspecto.7. Alta en Impuestos especiales Este punto tambin es obligado para las instalaciones de autoconsumo parcial de la

    produccin, puesto que se vuelca parte de la energa que es susceptible de ser remunerada.En las instalaciones de autoconsumo total, no es necesario dar este paso, al estar exentasde impuestos especiales aquellas instalaciones cuya produccin se destine al consumode los titulares de dichas instalaciones.

    Circulares de Procedimiento administrativo autoconsumo fotovoltaico en:

    - Extremadura: Descarga aqu.

    - Castilla y Len: Descarga aqu.

    - Islas Baleares: Descarga aqu.

    - Murcia: Descarga aqu

    http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6586

    http://www.suelosolar.es/IMAGES/SUELOSOLAR_Autoconsumo_Extremadura.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/SUELOSOLAR_Autoconsumo_Extremadura.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/autoconsumo%20cyl-1.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/autoconsumo%20cyl-1.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/Circular_21-09-2012.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/Circular_21-09-2012.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/SueloSolarAUTMurcia.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/SueloSolarAUTMurcia.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/SueloSolarAUTMurcia.pdfhttp://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6586http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6586http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=6586http://www.suelosolar.es/IMAGES/SueloSolarAUTMurcia.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/Circular_21-09-2012.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/autoconsumo%20cyl-1.pdfhttp://www.suelosolar.es/IMAGES/SUELOSOLAR_Autoconsumo_Extremadura.pdf