Procedimiento de Suspensión # de Autorización - Regla 1.10...JUICIO SUMARIO. Demanda vs actos de...

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  • ¡Bienvenidos!

    Sesión Ordinaria

    “Reformas al Juicio de Nulidad”

    Eduardo Reyes Díaz-Leal

    [email protected]

    @erdl7

    20 de julio de 2016

    COMUNIDAD VIRTUAL ADUANERA®

  • ¿Qué es la Comunidad Virtual Aduanera?

    Comunidad de expertos en la

    búsqueda de la excelencia

    Aduanera

    Campus virtual

    Capacitación digital

    Introductoria

    Ejecutiva

    Profunda

    Sesiones virtuales Ordinaria (Solo miembros)

    Resolución de problemas

    Sexo 1 (Membresía y pago por

    evento)

    Explicaciones ejecutivas

    Sexo 2 (Abierta al público)

    Difusión de las mejores practicas.

    2 Grandes herramientas

    Sesiones virtuales

    Campus Virtual

  • ¿Qué es una reforma?

    Diccionario de la RAE: “Aquello que se propone, proyecta o ejecuta como innovación o mejora en algo”.

    En términos jurídicos (3er. TCC del Primer Circuito)

    Abrogar

    • Del latín “abrogatio”, implica anular. Lo que significa suspensión total de la vigencia y obligatoriedad de una ley.

    Derogar

    • La privación parcial de los efectos de una ley.

  • Notificaciones

    Cuantías

    SentenciasFirma de la

    Demanda

    Suspensión del

    Acto

    Dictamen

    Pericial

    Reformas

    LFPCA

    Plazos ¿Qué se reformó?

  • Reformas en los plazos

    Juicio Ordinario

    • Antes 45 Días

    • Disminuye a 30 Días

    Juicio Sumario

    • Antes 15 Días

    • Aumenta a 30 Días

    Contestación Autoridad

    • Antes 45 Días

    • Reformado a 30 Días

    JUICIO ORDINARIO. Demanda vs créditos fiscales,

    embargos, suspensiones, cancelaciones, etc.

    JUICIO SUMARIO. Demanda vs actos de cuantía

    menor

    CONTESTACIÓN DE DEMANDA. Escrito mediante el cual la

    autoridad responde al actor y defiende su actoo.

  • Ampliación J.O.

    • Antes 20 Días

    • Disminuye a 10 Días

    Alegatos J.O.

    • Antes 10 + 5 Días

    • Disminuye a 5 + 5 Días

    Alegatos J.S.

    • Antes, No había plazo expreso

    • Se estipula el plazo de 3 Días

    AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA.Procede cuando se alegue que la

    resolución no fue notificada o lo fue ilegalmente

    ALEGATOS.Una vez realizada la Demanda y la Contestación, el TFJFA le permite a las partes puntualizar y reforzar los

    argumentos vertidos

    Reformas en los plazos

  • Informe Suspensión

    •Antes 3 Días

    •Disminuye a 72 Hrs.

    Sentencia

    •Antes 60 Días

    •Reformado a 45 Días

    INFORME DE SUSPENSIÓNInforme que debe rendir la autoridad,

    cuando el demandado solicitó la suspensión del acto

    SENTENCIAActo mediante el cual se dirime el

    conflicto, pudiendo emitirse en varios sentidos:

    • Confirmar la resolución• Declarar la nulidad lisa y llana• Declarar la nulidad para efectos• Reconocer la existencia de un

    derecho subjetivo

    Reformas en los plazos

  • Reformas en Cuantías

    (Juicio Sumario)

    Antes de la Reforma

    Cuantía Reformada

    Dependiendo de la cuantía del asunto, será tramitado como JUICIO ORDINARIO o JUICIO EN LA VÍA SUMARIA

    5 veces el Salario Mínimo elevado al año

    15 veces el Salario Mínimo elevado al año

    * A reserva de QUINTO transitorio

  • .Reformas en cuantías

    (Multas)

    • Por utilizar lenguajeinapropiado para referirse asu contrincante o al TFJFA

    • Presentar promociones oincidentes notoriamentefrívolos e improcedentes

  • Otras reformas

    Cierre de instrucción

    No es necesario que el TFJFA exprese que ha quedado cerrada la

    instrucción

    Firma de promociones

    Las promociones ya pueden ser firmadas por Personas Morales

    Dictámenes de peritos

    Deben contener respuestas y análisis

    autónomos, no sustentarse en lo señalado en otros

    dictámenes

    ANTES

    ANTES

    ANTES

    Se tenía que esperar a que se declare cerrada la

    instrucción y a partir de ahí se computaba plazo para

    emitir Sentencia

    Sólo se podía firmar con la FIEL del Representante

    Legal

    Podían referir o apoyarse en un dictamen emitido o en las contestaciones de

    otros

  • NEUNOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA UNIVERSAL

  • Notificación Electrónica Universal

    • Registro de Correo Electrónico en la Demanda Inicial.

    Paso 1

    • El TFJFA enviará aviso de notificación personal

    Paso 2• Las partes deberán

    Notificarse (3 días) en actuaría o tenerse como notificado en Boletín Jurisdiccional.

    Paso 3

  • Artículos Transitorios

    Entró en vigor el 14.06.16

    Si la demanda ya está en trámite, se substanciará conforme a la Ley anterior

    El BOLETÍN ELECTRÓNICO, ahora será denominado BOLETÍN JURISDICCIONAL

    Para efectos de cuantía para Juicio Sumario, ya no se considerará al Salario Mínimo como unidad de medida, esto, cuando entre en vigor la Ley Reglamentaria del Decreto UMA

  • Beneficios

    Reducción de tiempos en la substanciación del Juicio

    Celeridad para emitir la Sentencia

    Comodidad y practicidad en la notificación de actuaciones

    Estabilidad en las cuantías al desligarse del Salario Mínimo

    Perfeccionamiento de las pruebas periciales al exigirse criterios propios

    Modernización del Sistema de Justicia Fiscal y Administrativa

  • Recomendaciones

    Crear políticas internos respecto al uso de FIEL (si será la de la empresa o la del representante legal)

    Señalar ante el TFJFA un correo electrónico especial para recibir notificaciones

    Calendarizar actuaciones y visitas del TFJFA, en miras de presionar la resolución del asunto, de cara a los nuevos plazos

    NOTA. Si la demanda aún no está en trámite, pero la resolución se emitió antes de la reforma, le aplican los plazos anteriores

    Identificar procedimiento interno para acudir al TFJFA por notificaciones óesperar a los 3 días para la notificación por Boletín Jurisdiccional

    Solicitar al abogado revisar el estatus general de asuntos

  • Preguntas y Respuestas

  • ¡GRACIAS!

    Eduardo Reyes Díaz-Leal

    Bufete InternacionalTel. 01 (55) 1500-1400

    @erdl7

    [email protected]

    [email protected]

    mailto:[email protected]:[email protected]