Procedimiento Comun y Procedimientos Específicos

download Procedimiento Comun y Procedimientos Específicos

of 5

description

Procedimiento Comun y Procedimiento Especial en el Derecho Procesal Guatemalteco

Transcript of Procedimiento Comun y Procedimientos Específicos

PROCEDIMIENTO COMUN Y PROCEDIMIENTOS ESPECFICOS.DIFERENCIAS DE ETAPAS.PREPARATORIAINTERMEDIAJUICIOOBSERVACIONES

COMUNPRISIN PREVENTIVA 3mMedidas sustitutivas 6m2 momentos:Imputacin de cargos eImputacin probatoria. Dentro del plazo de 5 das se pueden plantear recusacin en contra Juez Resolver en definitivas la situacin jurdica del acusado.

ABREVIADOSi haysino

SIMPLIFICADONosisi(Acortar los plazos la investigacin se realiz pero no se computa para el acusado, directo a la intermedia al iniciar el proceso para ver si es o no posible ir a juicio.)

DE AVERIGUACINLa investigacin inicia con el planteamiento de una exhibicin personal infructuosa.La Admite la Corte Suprema de justicia.Investigacin dirigida por el Procurador de los Derechos Humanos.El punto medular es que su inicio ocurre despus de que la exhibicin personal no tiene resultados positivos.

DE ACCIN PRIVADANoNo Previo el juez puede agotar la via conciliatoria y se finaliza.Al no haber conciliacin se continua con el procedimiento se seala la audiencia respectiva y se diligencia la prueba para resolver conforme a derecho.No olvidar que inicia a travs de Querella presentada ante el Tribunal de Sentencia.

DE MEDIDAS DE SEGURIDAD Y CORRECCIN.SISISI (a puertas cerradas, el acusado puede ser representado por su defensor)(recordar lo relativo a la inimputabilidad)

JUICIO DE FALTASNonoS. Aplican las reglas del procedimiento comn, existen dos modalidades:a. Admisin de los hechos por el acusado, lo cual es vlido y creble su admisin.b. No hay admisin de hechos, se lleva a cabo el contradictorio al tercer da se realiza la audiencia de juicio oral y pblico en va de faltas, se busca asegurar el legtimo derecho de las partes, basta que el denunciante presente sus pruebas el da de la audiencia de mrito, no necesaria la presencia de abogados. El juez (a) debe resolver su situacin jurdica dictando la sentencia que corresponda.Ocurre directamente entre los interesados (denunciante-denunciado), no olvidar que el juez de paz es un facilitador, a pesar que resuelve el asunto a travs de una sentencia.

Ojo: puede ser apelada la decisin, juzgado de primera instancia resuelve.

DELITOS MENOS GRAVES.Formalizacin de cargosnoDentro de los 20 das siguientes.Presentacin de alegatos de apertura, se reproduce la prueba y conclusiones.

ADOLESCENTES EN CONCLICTOSi2 mesessisiJuicio oral y RESERVADO.Es a puertas cerradas.Asegurar la defensa para el adolescente.La cesura del debate es obligatoria. Presencia de psiclogo, trabajador social.El juez de garantas es el juez sentenciador.

JUICIO MILITARVigencia 1887 con Justo Rufino Barrios.Secreto e inquisitivo.Hay un sumario el cual dura 15 das para consultar documentos.Cuerda pblica: auto de formal prisin. 40 das de prueba.Hay una vista pblica por escrito.No hayLa prueba absoluta la simple confesin-Se puede juzgar en ausencia del acusado.Entre los delitos estn la desercin, desobediencia, incumplimiento de deberes.

JUICIO DE IMPRENTA.El nico conformado por jurado de 5 miembros, el juez solo fija los hechos y se constituye al juiciononoSi juez impone las penas.