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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez
Convenio Asotan
Problemática de Administración de
Recursos Humanos en Venezuela
Tema 2
LEGISLACIÓN MERCADO DEL LABORAL VENEZOLANO
Facilitador:Lic. Bogard Macero
Integrantes:
Cárdenas Jonathan
Carvajal Marlyn
Coa María Eugenia
Osorio Nésmary
Suárez Emerio
Caracas, marzo 2009
Convenio Asotan Problemática de Administración de Recursos Humanos en Venezuela FacilitadorLic. Bogard Macero
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN 4
LEGISLACIÓN MERCADO DEL LABORAL VENEZOLANO 5
MARCO LEGAL QUE LA RIGE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA7
LEYES QUE AMPARAN AL TRABAJADOR Y SU ESENCIA EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS 9
SECTOR PÚBLICO........................................................................................................9LEY DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA 9LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 9
SECTOR PRIVADO......................................................................................................10LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO: 10LEY PROGRAMA ALIMENTACIÓN: 10LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL 11LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. LOPCYMAT
11LEY DE RÉGIMEN PRESTACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAD: 13LEY DEL INCE INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA. PROMULGADA EL DÍA 08-01-70 PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL N` 29.155: 13LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO: 14
CUADRO Y ANÁLISIS COMPARATIVO.......................................................................15
LEY DEL TRABAJO 16
VENTAJAS.................................................................................................................... 16
DESVENTAJAS............................................................................................................16
LEY DE ALIMENTACIÓN AL TRABAJADOR 17
VENTAJAS.................................................................................................................... 17
DESVENTAJA...............................................................................................................17
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LOPCYMAT 18
VENTAJAS.................................................................................................................... 18
ANÁLISIS DEL EQUIPO PARTICIPANTE 19
MAPA CONCEPTUAL 20
REFERENCIAS 21
CONCLUSIÓN 22
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INTRODUCCIÓN
La legislación laboral en Venezuela se encuentra regida por una serie de
leyes que amparan tanto al servidor publico como al servidor privado
llenándonos de beneficios y derechos que ciertas personas se desconocen,
dentro del presente resumen de investigación se hacen mención y a su vez
se explican cada una de estas leyes las cuales nos servirán de gran utilidad
en nuestro ámbito laboral sea publico o privado.
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LEGISLACIÓN MERCADO DEL LABORAL VENEZOLANO
El mercado laboral en Venezuela se encuentra regulado por una serie de
normativas, para el establecimiento de la relaciones de trabajo, derivándose todas
esta en nuestra Constitución De la República Bolivariana de Venezuela, decretada
en el año 1999.
Según lo expresado por el Sr. Isaías Rodríguez. En relación a la jerarquía
Constitucional dada el trabajo en la constitución de 1999 señala: La importancia,
cada vez más trascendente y progresiva, del trabajo como hecho social, económico
y jurídico llevó a nuestro Constituyente a conferirle la jerarquía de incluirlo en el
Texto Constitucional.
Con el rango constitucional se pretendió colocar al Derecho del Trabajo en una
situación legislativamente estable, categorizar lo constitucionalmente para evitar que
el legislador común intentara luego desconocerlo o desvirtuarlo, lesionarle sus
principios y desviarle su carácter de fuente formal laboral al máximo nivel.
De este modo nació así, entre otros, el artículo 89 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, que otorga al trabajo el carácter de “hecho social” y le
confiere la absoluta protección del Estado. de esa manera, el Constituyente la
legislación y jurisprudencia venezolana que reconocían plena validez a la
transacción realizada antes y durante la vigencia de la relación de trabajo.
Para algunos es una tesis rígida y restrictiva que nosotros compartimos porque
creemos, con el Maestro Mario de la Cueva, que se debe diferenciar el patrimonio
humano del obrero, del otro patrimonio: el económico del empleador.
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El trabajo como hecho social es la exteriorización consciente y voluntaria de la
energía humana destinada a lograr la satisfacción de una necesidad individual que
trasciende los propósitos personales hasta convertirlos en un interés colectivo con
innegable vocación social.
Por lo demás, la irrenunciabilidad de los derechos laborales no se refiere solamente
a los de cada trabajador o trabajadora como individualidades, sino que igualmente
se extiende a los beneficios derivados de la contratación colectiva, incluyendo,
desde luego, a quienes ingresan a la empresa con posterioridad a esa convención.
Las normas del trabajo venezolanas son, por lo tanto, imperativas y, aún en aquellos
casos referidos a intereses individuales o particulares, tienen carácter obligatorio y
no cabe el desconocimiento de las mismas, son de estricto orden público y no
pueden ser derogadas ni renunciados su cumplimiento por los particulares.
Ellas constituyen un cuerpo normativo que el Estado juzga imprescindible y esencial
para el bien común, para la utilidad de todos y para la sobrevivencia de la sociedad
considerada como colectivo.
En nuestra opinión la renuncia hace nulo el acto jurídico que la contiene y sin valor
las estipulaciones que menoscaban los derechos dejados de lado por el trabajador.
Por otra parte, esa nulidad puede declararse de oficio, sin que ni siquiera el
interesado la requiera. Se entiende que nos referimos a los casos en los cuales
directa o indirectamente conoce el órgano jurisdiccional o administrativo de la o las
renuncias a los derechos laborales expresos, toda vez que un acto de esa
naturaleza lesiona el orden.
Recapitulemos, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece
en el numera l2 del Artículo 89 que sólo es posible la transacción y el
convencimiento cuando:
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1. Al término de la relación laboral y
2. De conformidad con los requisitos que establezca la ley.
MARCO LEGAL QUE LA RIGE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA
La constitución de 1999 contiene un extenso titulo IV relativo al "Poder Público,
cuyas normas se aplican a todos los órganos que ejercen el Poder Publico tal como
lo indica el articulo 136: en su distribución vertical o territorial (Poder Municipal,
Poder Estadal y Poder Nacional); y en el nivel Nacional, en su distribución horizontal
(Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral).
Para desarrollar los principios constitucionales relativos a la Administración Publica,
se ha dictado la Ley Orgánica de la Administración Publica (en lo adelante LOAP), la
cual, como lo indica su artículo 1°, tiene por objeto general:
1. Establecer los principios y bases que rigen la organización y el
funcionamiento de la Administración Pública;
2. Establecer los principios y lineamientos de la organización y funcionamiento
de la administración Pública Nacional y de la administración descentralizada
funcionalmente;
3. Regular los compromisos de gestión;
4. Crear mecanismos para promover la participación y el control sobre las
políticas;
5. Establecer las normas básicas sobre los archivos y registros públicos.
Articulo 4°. La Administración Pública se organiza y actúa de conformidad con el
principio de legalidad, por el cual la asignación, distribución y ejercicio de sus
competencias se sujeta a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
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a las leyes y a los actos administrativos de carácter normativo, dictados formal y
previamente conforme a la ley, en garantía y protección de las libertades publicas
que consagra el régimen democrático a las personas.
El principio de la legalidad, además, se rige como un principio en el cual se
fundamenta la Administración Pública, definiéndose como "el sometimiento pleno a
la ley y al derecho" (articulo 141), y es una de las misiones fundamentales de los
órganos del Poder Ciudadano, consistente en velar por "la aplicación del principio
de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado" (articulo 274).
Adicionalmente, el artículo 8 de la LOAP recoge la previsión del artículo 7 de la
Constitución, y precisa que "todos los funcionarios de la Administración Publica
están en la obligación de cumplir y hacer cumplir y hacer cumplir la Constitución".
Toda autoridad, por tanto, deriva y debe ejecutarse conforme a la Constitución.
La gestión del sector privado se rige por La Ley Orgánica Trabajo (LOT), en
conformidad con la Constitución.
Los actos administrativos constituyen una parte esencial para un país, para el logro
de los objetivos que esta pretende alcanzar para brindar a la sociedad por medio de
los servicios públicos y privados la satisfacción de las necesidades de la comunidad.
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LEYES QUE AMPARAN AL TRABAJADOR Y SU ESENCIA EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
Entre las Leyes que Amparan al personal del sector Público Y Privado están:
SECTOR PÚBLICO
LEY DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA
La presente Ley regula los derechos y deberes de los funcionarios públicos en sus
relaciones con la Administración Pública Nacional mediante el establecimiento de un
sistema de administración de personal que permita estructurar técnicamente y sobre
la base de méritos, todas las normas y procedimientos relativos a las diversas
situaciones jurídicas y administrativas de los funcionarios públicos, con exclusión de
toda discriminación fundada en motivos de carácter político, social, religioso o de
cualquier otra índole, esta Ley de Carrera Administrativa de fecha 23 de mayo de
1975, Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1.745 , instrumento legal que durante más de
treinta años reguló el régimen venezolano de la Función Pública, fue derogada por
la siguiente ley.
LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
La Ley del Estatuto de la Función pública, publicada en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 37.482 Extraordinaria de fecha 11 de Julio
de 2002, regula el régimen General de la Función pública en Venezuela. La misma
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regirá las relaciones de empleo público entre los funcionarios y funcionarias públicos
y administraciones públicas nacionales, estatales y municipales, lo que comprende:
1. El Sistema de Dirección y de gestión de la función publica y la articulación e
las carreras publicas.
2. el sistema de administración de personal el cual incluye la planificación de
recursos humanos, proceso de reclutamiento, selección, ingreso, inducción,
capacitación y desarrollo, planificación de las carreras, evaluación de meritos
ascensos, traslados, transferencia, valoración y clasificación de cargos,
escalas de salarios, permisos y licencias, régimen disciplinario y normas
para el retiro.
SECTOR PRIVADO
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO:
En esta ley orgánica se establecen lineamientos que aparan y benefician al
trabajador, también regula actualmente las situaciones y relaciones jurídicas
derivadas del trabajo, Brinda Protección tanto al trabajo realizado en forma
dependiente
LEY PROGRAMA ALIMENTACIÓN:
Promulgada el 14\09\98 y publicada en Gaceta Oficial N` 36.538 de la misma fecha
Vigente desde el 01\01\99 estableció una obligación Alimentaría para mejorar el
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estado nutricional del trabajados este benéfico se implemento con fin de brindarle al
trabajador una alimentación balanceada no solamente para el sino también para su
núcleo familiar, este beneficios no tiene carácter salaria y puede ser otorgado de
diferentes maneras tales como: Comedores donde brinden una alimentación
balanceada y variada, por medio de ticket emitidos por empresas especializadas de
alimentación donde el trabajador pueda obtener comidas o alimentos en
restaurantes o establecimientos de expedido de alimentos o comidas elaboradas.
LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
Esta Ley Determina los lineamientos a seguir tanto el Patrono como el IVSS Instituto
Nacional de los Seguros Sociales cuya razón de ser es brindar protección de la
Seguridad Social a todos sus beneficiarios en las contingencias de maternidad,
vejez, sobre vivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o
paro forzoso, de manera oportuna y con calidad de excelencia en el servicio
prestado, en atención al marco legal, bajo la inspiración de la justicia social y de la
equidad, garantiza el cumplimiento de los principios y normas de la Seguridad Social
a todos los habitantes del país, de manera oportuna y con calidad de excelencia en
los servicios prestados.
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. LOPCYMAT
Esta ley protege al trabajador con todo lo referido a los accidentes, incidentes y\o
enfermedades profesionales por tal motivo crea unos lineamientos que están
contenidos en la LOPCYMAT Ley Orgánica de Prevención, condiciones y medio
ambiente de trabajo. Para lograr estos objetivos se fijan los siguientes objetivos:
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1. Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los
órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras,
condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo
adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y
mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la
prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales,
la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo
de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y
turismo social.
2. Regular los derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, y de los
empleadores y empleadoras, en relación con la seguridad, salud y ambiente
de trabajo; así como lo relativo a la recreación, utilización del tiempo libre,
descanso y turismo social.
3. Desarrollar lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
4. Establecer las sanciones por el incumplimiento de la normativa.
5. Normar las prestaciones derivadas de la subrogación por el Sistema de
Seguridad Social de la responsabilidad material y objetiva de los
empleadores y empleadoras ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o
enfermedad ocupacional.
6. Regular la responsabilidad del empleador y de la empleadora, y sus
representantes ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad
ocupacional cuando existiere dolo o negligencia de su parte.
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LEY DE RÉGIMEN PRESTACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAD:
La presente Ley tiene por objeto instrumentar la obligación del Estado venezolano
de garantizar el derecho a la vivienda y hábitat dignos, y asegurar su protección
como contingencia de la seguridad social y servicio público de carácter no lucrativo,
para el disfrute individual y colectivo de una vida y un ambiente seguro, sano y
ecológicamente equilibrado, que humanice las relaciones familiares, vecinales y
comunitarias. Serán corresponsales de la satisfacción progresiva de este derecho
los ciudadanos, la ciudadanía y el Estado en todos sus ámbitos, de acuerdo a lo
establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley
Orgánica del Sistema de Seguridad Social, siguiendo lo pautado en los tratados,
pactos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por el Estado.
LEY DEL INCE INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA. PROMULGADA EL DÍA 08-01-70 PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL
N` 29.155:
Esta Ley establece los lineamientos a seguir en el área de educación para el
personal actualmente activo y para la juventud desocupada, para que esto se
cumpla a su cabalidad se a creado la ley del INCE que entre sus objetivos tiene los
siguientes:
1. Promover la formación profesional de los trabajadores, contribuir a la
formación de personal especializado y llevar a cabo programas de
adiestramiento dedicado a la juventud desocupada.
2. Contribuir a la capacitación agrícola de los egresados de escuelas rurales
con objeto de formar agricultores aptos para una eficiente utilización de la
tierra y los otros recursos naturales renovables.
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3. Fomentar y desarrollar el aprendizaje de los jóvenes trabajadores. Esta
finalidad puede cumplirla creando escuelas especiales, organizando el
aprendizaje dentro de las fábricas y talleres, con la cooperación de los
patronos, de acuerdo con las disposiciones que fije el Reglamento.
4. Colaborar en la lucha contra el analfabetismo y contribuir al mejoramiento de
la educación primaria general del país, en cuanto favorezca a la formación
profesional.
5. Preparar y elaborar el material requerido para la mejor formación profesional
de los trabajadores
LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO:
La presente Ley garantizará la protección de los trabajadores en los términos
previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes,
así como el funcionamiento para trabajadores y empleadores de una jurisdicción
laboral autónoma, imparcial y especializada.
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CUADRO Y ANÁLISIS COMPARATIVO.
LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA
La presente Ley, deroga la Ley de Carrera
Administrativa publicada en Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela, bajo
el número 1746, de fecha 23-05-75.
Esta Ley contiene las normas del régimen de
los funcionarios públicos, el sistema de la
función pública y la articulación de las
carreras públicas; la dirección y gestión de la
Función Pública; el sistema de
administración de personal, la planificación
de recursos humanos; los procesos de
reclutamiento, selección, ingreso, inducción,
capacitación y desarrollo; la planificación de
las carreras, la evaluación de méritos,
ascensos, traslados, transferencias, la
valoración y clasificación de cargos.
La Ley de Carrera Administrativa, pretendía
regular los derechos y deberes de los
funcionarios públicos, mediante el
establecimiento de un sistema de
administración de personal estructurado
técnicamente sobre la base de méritos. Pero
factores como: el clientelismo; la falta de
voluntad política para desarrollar un cuerpo
de funcionarios al servicio del Estado y no de
intereses particulares, sean éstos partidistas,
sindicales, burocráticos o tecnocrático; la
desviación del legítimo ejercicio de la
Administración Pública y las limitaciones del
propio instrumento jurídico, no lo hicieron
posible.
Basa su aplicación a una organización
administrativa con un sistema de
clasificación de cargos, ocupados por
quienes cumplieron con los requisitos
exigidos para su desempeño.
El reglamento de la Ley de Carrera
Administrativa sigue vigente.
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LEY DEL TRABAJO
VENTAJAS
Toda persona tiene derecho al trabajo y a recibir contribuciones que le
proporcione una subsistencia digna y decorosa.
Se prohíbe toda discriminación en las condiciones de trabajo basada en edad,
sexo, raza, estado civil, credo religioso, filiación política o condición socia. Nadie
podrá ser objeto de discriminación en su derecho al trabajo por sus
antecedentes penales.
El noventa por ciento (90%) por lo menos, tanto de los empleados como de los
obreros al servicio de un patrono que ocupe diez (10) trabajadores o más, debe
ser venezolano.
DESVENTAJAS Todas las acciones provenientes de la relación de trabajo prescribirán al
cumplirse (1) año contado desde la terminación de la prestación de los servicios.
Para reclamar la indemnización por accidentes o enfermedades profesionales
prescribe a los dos (2) años, contados a partir de la fecha del accidente o
constatación de la enfermedad.
Serán causas de suspensión
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El descanso pre y postnatal;
La detención preventiva a los fines de averiguación judicial o policial, cuando
el trabajador no hubiere incurrido en causa que la justifique;
El servicio militar obligatorio
Durante la suspensión, el trabajador no estará obligado a prestar el servicio ni el
patrono a pagar el salario.
LEY DE ALIMENTACIÓN AL TRABAJADOR
VENTAJAS
Regular el beneficio de alimentación para proteger y mejorar el estado nutricional de
los trabajadores, a fin de fortalecer su salud, prevenir las enfermedades
ocupacionales y propender a una mayor productividad laboral.
DESVENTAJA
La fecha de vencimiento de cada uno de los cestas ticket en caso de que sea
entregado mediante ticketeras.
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LOPCYMAT
VENTAJAS
Garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y
bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus
facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y
saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades
ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo
al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre,
descanso y turismo social.
Garantizar que sus trabajadores y trabajadoras reciban oportunamente las
prestaciones de atención médica garantizadas en el Régimen Prestacional de
Seguridad y Salud en el trabajo, por el Sistema Público Nacional de Salud.
El estado es el ente gubernamental que cuenta con la mayor autoridad para
tomar decisiones y hacer cumplir las reglas y normas mediante las cuales se rige
una población; es por esto que el papel que juega el estado para cada una de
estas leyes que amparan al trabajador es simplemente velar por el cumplimiento
a cabalidad de cada una de las disposiciones en ellas expuestas, así como
también velar por hacer cumplir las sanciones que ameriten el incumplimiento
de las mismas; de la igual forma debe existir un departamento encargado de la
fiscalización e inspección de cada una de las organizaciones y sus funciones a
fin de lograr un equilibrio en el cumplimiento de los reglamentos que han sido
creados para beneficio del empleado, de esta manera se daría un cumplimiento
mas fiel a la normativa expuesta y que va a garantizar los beneficios de los
trabajadores.
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ANÁLISIS DEL EQUIPO PARTICIPANTE
La relación de trabajo implica el intercambio entre el patrono y el trabajador en base
a los beneficios que cada uno debe poseer; contemplados en salario justo, los
beneficios sociales de carácter no remunerativo, así como el resultado del trabajo
que una persona ofrece a una empresa.
Las condiciones y modalidades del contrato de trabajo y también las condiciones
colectivas deben ser definidas previamente y que sea de nuestro acuerdo entre las
partes. En Venezuela existen leyes y reglamentos que rigen esta materia, a las
cuales se le debe dar fiel cumplimiento para el beneficio patrono-trabajador.
Ley Orgánica del Trabajo Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Ley
Programa de Alimentación para los Trabajadores y la Ley de Alimentación para los
Trabajadores, así como los estatutos internos de personal y otros reglamentos
institucionales representan el marco legal del sistema laboral venezolano.
Básicamente, tanto en la administración Publica como en la Privada deben ser
amparada lo mismo derechos del trabajador, para así promover un sistema eficiente
y confiable.
De igual forma existen organizaciones de trabajadores, denominados Sindicatos; las
cuales deben verla por el efectivo cumplimientos de todas las normas que han
señalados, aportando nuevos beneficios para los trabajadores y garantizando los
principios establecidos en la constitución Nacional Bolivariana. Finalmente se
considera que tanto trabajador como patrono deben resguardar la estabilidad laboral
en beneficio de la nación y el estado debe garantizar que se de fiel cumplimiento a
esta premisa.
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MAPA CONCEPTUAL
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REFERENCIAS
FEDECAMARAS.- Unidad de Análisis Económico y Legislativo
Gaceta Oficial N° 5.152 Extraordinario de 19 de junio de 1997
www.analitica.com.ve
www.cestaticket.com.ve
www.mipunto.com/venezuelavirtual/leyesdevenezuela/leyesorganicas/index.html
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CONCLUSIÓN
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