Combinación, permutación, principio aditivo y principio multiplicativo
Principio Contaminador Pagador
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“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO
DE LA EDUCACIÓN”
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
CURSO:
AUDITORIA DE MEDIO AMBIENTE
DOCENTE TUTOR:
JANNYNA RETO GOMEZ
ALUMNO:
BENITES MAZA JAIME MIGUEL
TEMA:
PRINCIPIOS DE GESTIÓN AMBIENTAL
PRINCIPIO CONTAMINADOR-PAGADOR
PIURA, 02 OCTUBRE DEL 2015
PRINCIPIOS DE GESTION AMBIENTAL
PRINCIPIO CONTAMINADOR-PAGADOR:
El autor Pigretti desarrolla el postulado según el cual todo productor de
contaminación debe ser el responsable de pagar por las consecuencias de su
acción. En materia ambiental, es el principio contaminador-pagador el cual debe
presidir la responsabilidad civil y el sistema de cargas; en este último, consiste no
solo en la imposición de tributos, tasas y contribuciones especiales, sino también en
exenciones, préstamos, subsidios y asistencia tecnológica. La incorporación legal
de este principio permitirá en algún supuesto que el contaminador preste parte de su
ganancia a indemnizar a la naturaleza, sin que pueda transferir tales costos a los
precios. El principio contaminador-pagador, propio del Derecho Ambiental, al
establecer que el contaminador es el obligado, independientemente de la existencia
de culpa, a indemnizar o reparar los daños causados al medio ambiente y terceros
afectados por su actividad, caracteriza la responsabilidad objetiva del agente.
En verdad, el propietario de una empresa que pueda causar daños al medio ambiente
(considerado como un patrimonio público a ser necesariamente asegurado y
protegido), asume los “riesgos” que pudieran causar daños a ese patrimonio
público. Si eso ocurriera, el empresario tendrá la responsabilidad de reparar el daño
eventualmente causado, asumiendo, de esa forma, la responsabilidad civil objetiva
por lo ocurrido.
Veámoslo con un ejemplo sencillo; Si una fábrica contamina un rio destruye la vida en él,
ensucia el agua y afecta a las personas que dependan del rio, sin embargo todos estos
costes sociales no son contabilizados ni asumidos por la empresa.
Para corregir estas externalidades surgió el principio contaminador, el cual podría
resumirse con una sencilla frase: “Usted contamina, usted paga”; Este principio
pone un coste a la contaminación y atribuye la responsabilidad al contaminador
Este se basa en un principio de eficiencia económica, el de que los precios deben
reflejar todos los costes de producción incluyendo externalidades y deben estar en
armonía con unos valores éticos
El primer país que empezó a aplicar el principio contaminador-pagador fue Japón en 1970 y
posteriormente se trasladó a todo occidente de la mano de una organización, la OCDE en
1972. En las comunidades europeas seria aplicado en 1973 a través del llamado canon, sin
embargo existen deficiencias en todas estas aplicaciones, pues muchas empresas o países
compran tasas de contaminación, permitiendo que los más ricos contaminen más.