PRINCIPALES ASPECTOS DE: Las Normas Internacionales de Contabilidad o de Información Financiera...

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PRINCIPALES ASPECTOS DE:PRINCIPALES ASPECTOS DE:

Las Normas Internacionales de Las Normas Internacionales de Contabilidad o de Información Contabilidad o de Información

Financiera (NIC/NIIF)Financiera (NIC/NIIF)

Diciembre 2005Diciembre 2005

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PRINCIPALES ASPECTOS DE:PRINCIPALES ASPECTOS DE:

Las Normas Internacionales de Las Normas Internacionales de Contabilidad o de Información Contabilidad o de Información

Financiera (NIC/NIIF)Financiera (NIC/NIIF)

Diciembre 2005Diciembre 2005

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Resumen Elaborado para el Resumen Elaborado para el

REGISTRO DE ECONOMISTAS DE AUDITORES REGISTRO DE ECONOMISTAS DE AUDITORES

porpor

Dr. Salvador Marin Hernandez Dr. Salvador Marin Hernandez

Grupo de Investigación Universidad de Murcia y Colegio de Economistas de Grupo de Investigación Universidad de Murcia y Colegio de Economistas de la Región de Murciala Región de Murcia

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I. Introducción (PPT 4 a 8I. Introducción (PPT 4 a 8) ) Ir

II. NIC/NIIF. Que Contienen?. Resumen Principales II. NIC/NIIF. Que Contienen?. Resumen Principales Contenidos (PPT 9 a 39) Contenidos (PPT 9 a 39) Ir

III. NIC/NIIF. Resumen Aspectos mas Destacables en III. NIC/NIIF. Resumen Aspectos mas Destacables en Consolidación. Comparación con Normativa Actual (PPT 40 Consolidación. Comparación con Normativa Actual (PPT 40 a 51)a 51)Ir IV. Normativa Contable Española Vigente y Reforma IV. Normativa Contable Española Vigente y Reforma Contable (PPT 52 a 66)Contable (PPT 52 a 66)Ir

V. Conclusiones Generales (PPT 67 a 72) V. Conclusiones Generales (PPT 67 a 72) Ir

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Objetivo: Homogeneidad y comparabilidad a nivel internacional

NICNormas

Internacionalesde Contabilidad

NIIFNormas

Internacionales de Información Financiera

IASInternational Accounting Standards

IFRSInternational Financial Reporting Standards

1 Enero 2005Todos los grupos de empresas con cotización oficial en un estado

miembro de la UE deberán presentar sus cuentas anuales consolidadas de acuerdo con las NIC/NIIF

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TODOS LOS GRUPOS

COTIZADOS

Reguladas por:Reguladas por:

REGLAMENTO REGLAMENTO UEUE

FASBFinancial

Accounting Standards Board

(USA)

Sujetos a un único cuerpo normativo:

NIC / NIIF

Emitidas por un organismo internacional:

IASB (antes IASC)

Se Espera sean

Compatibles con

Extensión a los grupos NO

COTIZADOS. Reforma

Contable. Se espera 2007

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1973 Creación IASC (Actual IASB)1973 Creación IASC (Actual IASB)Organización privada constituida por profesionales contables. Las normas creadas por Organización privada constituida por profesionales contables. Las normas creadas por este organismo, aunque carecían hasta ahora de fuerza jurídica vinculante, son este organismo, aunque carecían hasta ahora de fuerza jurídica vinculante, son utilizadas por grandes empresas multinacionales en todo el mundo. utilizadas por grandes empresas multinacionales en todo el mundo.

1995 Programa de trabajo conjunto 1995 Programa de trabajo conjunto IASC/IOSCOIASC/IOSCO***Organización Internacional de Comisiones de Valores*Organización Internacional de Comisiones de Valores

Objetivo: establecer un conjunto de normas contables internacionales que aplicarían Objetivo: establecer un conjunto de normas contables internacionales que aplicarían las empresas interesadas en la cotización de sus valores en los mercados las empresas interesadas en la cotización de sus valores en los mercados internacionalesinternacionales17 Mayo 200017 Mayo 2000IOSCO recomienda a sus miembros que permitan a los emisores multinacionales IOSCO recomienda a sus miembros que permitan a los emisores multinacionales la utilización de las IAS en la preparación de sus estados financieros para las la utilización de las IAS en la preparación de sus estados financieros para las ofertas de cotizaciones transfronterizasofertas de cotizaciones transfronterizas

Acuerdo IASB-FASB para convergencia real en Acuerdo IASB-FASB para convergencia real en 20102010Se persigue una armonización contable internacionalSe persigue una armonización contable internacionalPrimer paso para que la Comisión de Mercado de Valores americana admita las cuentas Primer paso para que la Comisión de Mercado de Valores americana admita las cuentas anuales presentadas por empresas europeas elaboradas bajo criterios de las actuales anuales presentadas por empresas europeas elaboradas bajo criterios de las actuales NIIF, sin necesidad de elaborar un documento de conciliación de sus cuentas anuales NIIF, sin necesidad de elaborar un documento de conciliación de sus cuentas anuales según criterios norteamericanossegún criterios norteamericanos

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Adopción del valor razonable (fair Adopción del valor razonable (fair valuevalue) en lugar del coste histórico ) en lugar del coste histórico para determinados activos y para determinados activos y pasivos financierospasivos financieros

Supresión (salvo deterioro Supresión (salvo deterioro demostrado) del periodo de demostrado) del periodo de amortización contable del fondo amortización contable del fondo de comercio coincidiendo con lo de comercio coincidiendo con lo recogido en los US-GAAPrecogido en los US-GAAP

Además de la aceptación de las Además de la aceptación de las NIC/NIIF/IFRS, y como consecuencia de NIC/NIIF/IFRS, y como consecuencia de ello, se han dado varios pasos en ello, se han dado varios pasos en materia de armonización contable materia de armonización contable internacional en Europa, pudiendo internacional en Europa, pudiendo destacar como los mas comentados:destacar como los mas comentados:

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Activo InmovilizadoInmovilizado Material NIC 16, 27, 21, 23 y 40

Fondo de Comercio de Consolidación NIIF 3

Otro Inmovilizado Inmaterial NIC 38

Deterioro del Valor de los Activos NIC 36

Participaciones en Empresas Asociadas NIC 27, 28 y 31

Otro Inmovilizado Financiero NIC 39

Impuestos Anticipados NIC 12

Activo CirculanteExistencias NIC 2 ,11

Deudores Com./ Otras Cuentas a Cobrar NIC 39

Efectivo y Otros Medios Líquidos NIC 7

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Pasivo y Patrimonio Neto

Capital y Reservas NIC 1, 32, NIIF 2

Capital Emitido NIC 33

Reservas NIC 1, 8 y 16

Resultado Neto NIC 1

Intereses Minoritarios NIIF 3

Pasivo Fijo

Préstamos a Largo Plazo NIC 32

Impuestos Diferidos NIC 12

Subvenciones Adquisición de Inmovilizado NIC 20

Obligaciones en Materia de Pensiones NIC 19

Pasivo CirculanteAcreedores Com./ Otras Cuentas a Pagar NIC 39

Préstamos a C/P NIC 32

Provisiones para Garantías NIC 37

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Ingresos NIC 14,18 y 30Variación Existencias NIC 1 y 2Consumos MP NIC 12Gastos Personal NIC 19Amortización NIC 16 y 38

Resultado ExplotaciónIngresos Financieros NIC 17Gastos Financieros NIC 16, 38 y 39Part.Result.Empresas Asoc. NIC 28

Resultado Antes I mpuestosImpuestos sobre Beneficios NIC 12

Resultado Después I mpuestosInterés Minoritarios NIC 22

Resultado Actividades Ord.Resultados Extraordinarios NIC 8

Resultado Neto Periodo

NIIF 3 Modifica a NIC 22. NIIF NIIF 3 Modifica a NIC 22. NIIF 2 tambien Costes Personal2 tambien Costes Personal

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No se incluyen formatos para la presentación

Principales Estados Financieros

Balance de Situación Estado de Resultados Estado de cambios en el Patrimonio Neto Estado de Flujos de Efectivo Detalle amplio de notas a los Estados Financieros

No es obligatorio la separación de partidas “circulantes” de las “no circulantes”, no obstante, un posible formato podría ser: (páginas siguientes)

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ACTIVO Año X y X-1 PASIVO Y PATRIMONIO NETO Año X y X-1

Activo Circulante Pasivo Circulante

Tesorería AcreedoresClientes Deudas con AsociadasExistencias Impuesto sociedadesDerivados Negociación Derivados Negociación

Otros Pasivos CP

Activo no Circulante Pasivo no Circulante

Inmovilizado Pasivos FinancierosFondo Comercio ProvisionesActivo IntangibleInversiones en AsociadasActivos Financieros

Patrimonio Neto

CapitalPrima EmisiónReservasIngresos NetosIntereses Minoritarios

TOTAL TOTAL

Balance de Balance de SituaciónSituación

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Estado de Estado de resultadosresultados

Por Naturaleza Por Funciones

Ingresos Ingresos

(+) Otros Ingresos Explotación (-) Coste Ventas(+/-) Var.Ex. PT y en curso Margen Bruto(-) Consumo MP y otros mat. (+) Otros Ingresos Explotación(-) Gastos Personal (-) Gastos Ventas o Distribución(-) Amortización Margen Comercial(-) Otros Gastos Explotación (-) Gastos Administración

(-) Gastos Financiación(-) Otros Gastos Explotación

Resultado Explotación Resultado Explotación

(+) Ingresos Financieros(-) Gastos Financieros

Resultado Actividades Ordinarias

Puede presentarse tanto en el formato “horizontal” como en el “vertical”, así como expresarse en gastos/ingresos por naturaleza o por funciones. Un ejemplo podría ser:

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Estado de Cambios Patrimonio Estado de Cambios Patrimonio NetoNeto

Capital Prima Emisión Ingresos Reconocidos PN Reservas Minoritarios TotalSaldos 31/12/XX

Ac.Fin.Disp. VentaCob.Flujos EfectivoDiferencias cambio

Ingresos (neto)reconocidos PN

Resultado Ejercicio

Ing.y GastosTotales Ejercicios

Emisión Capital(-) Dividendos

Saldo 31/12/XX+1

Puede presentarse en forma de estado o como un cuadro de doble entrada. Un ejemplo de presentación, el primero basado en las memorias de empresas con actividades internacionales y el segundo en su formato reducido, podría ser:

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Estado de Cambios Patrimonio Estado de Cambios Patrimonio NetoNeto

(formato reducido)(formato reducido)Saldos 31/ 12/ X+1 Saldos 31/ 12/ XX

Ac.Fin.Disp. VentaCob.Flujos EfectivoDiferencias cambio

Ingresos (neto)reconocidos PN

Resultado Ejercicio

Ing.y GastosTotales Ejercicios

Atribución Ingresosy Gastos Totales

Dominante

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Separa los movimientos y partidas de liquidez en:- Actividades de Explotación- Actividades de Inversión- Actividades de Financiación

Las principales novedades son las siguientes:

- Detalle de Partes Vinculadas- Operaciones Discontinuas- Combinaciones de Empresas y tratamiento del Fondo de Comercio- Planes de Acciones para Directivos y resto de empleados- Valoración (razonable) de los Instrumentos Financieros- Deterioro del Valor de los Activos Tangibles e Intangibles- Valor Razonable de las Propiedades de Inversión Mobiliaria

Estado de Flujos de Estado de Flujos de EfectivoEfectivo

Notas en los Estados Notas en los Estados FinancierosFinancieros

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Debe prevalecer el criterio de registrar los sucesos contables en función del criterio económico de las transacciones y no de su forma jurídica

La prioridad principal es determinar la la situación financiera, medir correctamente el resultado total, evaluar la capacidad de generar recursos líquidos y ofrecer información sobre el posible riesgo de liquidez. Dirigida a Inversores y analistas.

La normativa internacional incide en los objetivos de la información financiera, en las características cualitativas, hipótesis fundamentales, elementos de los estados financieros, reconocimiento contable y mantenimiento de capital

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ACTIVOACTIVO Recursos controlados por la entidad, como consecuencia de sucesos pasados, del que la empresa espera obtener en el futuro beneficios económico.

PASIVOPASIVO Obligaciones presentes de la empresa, surgidas a raíz de sucesos pasados, el vencimiento de las cuales y para cancelarlas, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos.

PATRIMONIO NETOPATRIMONIO NETO Parte residual de los activos una vez deducidos los pasivos.

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INGRESOSINGRESOS Incrementos en los beneficios económicos producidos a lo largo de un periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o como decrementos de los pasivos, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios a ese patrimonio.

GASTOSGASTOS Decremento de los beneficios económicos producidos a lo largo de un periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o como surgimiento de pasivos, que dan como resultado decrementos en el patrimonio neto y no están relacionados con las distribuciones realizadas a los propietarios.

COBROS Aumentos del saldo de efectivo

PAGOS Disminuciones de los saldos de pasivos

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Fondo de Fondo de ComercioComercioRegistro en moneda local al tipo de cambio de cierre con ajuste en Patrimonio Neto hasta la venta.

No se realiza amortización aunque es necesario realizar una prueba de deterioro sobre unidades generadoras de efectivo (UGE) independientes

La forma de registro del deterioro es la eliminación del fondo de comercio correspondiente; no se dota provisión y su reposición no será posible. Asimismo no se permite la amortización de intangibles utilizando métodos que resulten en una amortización acumulada inferior a la que resultaría de aplicar el método lineal, salvo prueba en contrario.

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Instrumentos Instrumentos FinancierosFinancierosSi su finalidad es mantenerlosSe valorarán a su coste amortizado con imputación de los cambios a resultados

Si su finalidad es la ventaValoración posterior a la compra al Valor Razonable, ajustando con resultados los clasificados como para negociar y con patrimonio neto los clasificados como disponibles para la venta. En este caso ultimo se imputaran los ajustes a resultados cuando se enajenen.

DerivadosSe deben considerar siempre como de negociación, reconociendo los cambios a valor razonable en resultados salvo que sean de cobertura de otra operación principal.

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Valor RazonableValor RazonableImporte por el cual dos partes interesadas, debidamente informadas Importe por el cual dos partes interesadas, debidamente informadas e independientes, intercambiarían un activo o cancelarían un pasivoe independientes, intercambiarían un activo o cancelarían un pasivo

Su aplicación es obligatoria para:

-Instrumentos financieros y activos biológicos: Sus diferencias se imputan en ajustes del valor a Resultados-Productos agrícolas: Sus diferencias se imputan en ajustes del valor a Patrimonio neto

Su aplicación es voluntaria para:

-Propiedades inmobiliarias: Sus diferencias se imputan en ajustes del valor a Resultados-Inmovilizado material y activos inmateriales: Sus diferencias se imputan en en ajustes de valor a Resultados en caso de pérdida y a Patrimonio neto en caso de ganancia

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Patrimonio NetoPatrimonio Neto

Diferencia entre los Activos y los Pasivos reconocidos en el Balance de SituaciónLos desembolsos pendientes sobre acciones y las acciones propias aparecen minorando el Patrimonio Neto.Desaparece el concepto de Ingresos Diferidos, a excepción de las subvenciones de capital, y se considerarán ingresos corrientes

Acciones Acciones PropiasPropiasMinoran el patrimonio neto y cualquier transacción con las mismas se reconoce también contra Patrimonio neto.Su registro inicial debe ser al coste, sin valoraciones posteriores, por lo que no hay impacto en resultados

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Otros Instrumento financierosOtros Instrumento financieros

Si la empresa emite instrumentos financieros relacionados con el patrimonio neto, el importe recibido debe considerarse como tal, ya que es una parte de la aportación del eventual futuro propietario.Resulta necesario separar y, por tanto, valorar de forma independiente, los componentes de pasivo y patrimonio neto en los instrumentos financieros compuestos.Ciertos instrumentos se consideran patrimoniales si en su condición de liquidación prevén el intercambio de un número fijo de acciones propias por un importe fijo de caja u otro activo financiero; por ello si el emisor recibiera acciones propias que se deriven de estos acuerdos, se reconocerá, además, un pasivo financiero

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Impuesto SociedadesImpuesto SociedadesCálculo a partir del Balance de Situación, no de la cuenta de Pérdidas y Ganancias, es decir, las diferencias temporarias surgen por diferencias entre el valor contable y el valor fiscal de los activos y pasivosLos ajustes a valor razonable de una partida que no afecta a su base fiscal originarán el reconocimiento de un impuesto diferido activo o pasivo. Por tanto, las diferencias temporarias serán aquellas divergencias que existen entre el importe en libros de un activo o un pasivo y el valor que constituye la base fiscal de los mismos.

Prestaciones post-empleo y por terminación laboralPrestaciones post-empleo y por terminación laboralLa tasa de descuento se basa en los rendimientos del mercado correspondientes a emisiones de bonos u obligaciones empresariales de alta calidad crediticia, imputándose las ganancias y pérdidas actuariales directamente a resultados

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Activación de gastosActivación de gastosTodos aquellos costes que no cumplen la definición de activo, no se pueden capitalizar. En nuestro PGC actual, nos estaríamos refiriendo a:-Gastos de Establecimiento: se imputarán a Resultados a medida que se realicen-Gastos de Ampliación de Capital: Se presentan minorando Patrimonio-Costes de Investigación: A Resultados a medida en que se incurran-Costes de Desarrollo: Se capitalizarán si hay viabilidad técnica y comercialResultados Resultados ExtraordinariosExtraordinariosSólo los resultados realizados son los que se deben someter a reparto

Las NIC no contemplan ninguna partida como extraordinaria, ni en la cuenta de resultados ni en las notas de memoriaNo obstante, los resultados por enajenación o abandono de explotaciones si se muestran por separado en la cuenta de resultados

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Valores iniciales y deterioro del Valores iniciales y deterioro del valorvalorNingún activo puede valorarse por encima de su valor recuperable(valor en uso – valor venta neto)Los deterioros se reconocerán inmediatamente como un gasto en la cuenta de Resultados, a menos que el activo en cuestión se contabilice por su valor revalorizado, en cuyo caso se deberá deducir previamente la plusvalía que en sucaso se registrara con cargo al patrimonio netoLa reversión del deterioro se reconocerá en ingresos o en su caso como ajuste al patrimonio neto, siendo el límite del ingreso en resultados el cargo a gastos realizado.Los deterioros no dan lugar a lugar a una provisión sino a una disminución del activo y no se distinguen entre reversibles e irreversibles

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Provisiones y pasivos Provisiones y pasivos contingentescontingentes

Sólo debe reconocerse una provisión cuando un hecho pasado haya dado lugar a una obligación legal o implícita, una salida de recursos sea probable y el importe de la obligación pueda estimarse de forma fiable.Las provisiones por reestructuración (por venta o abandono de la línea de actividad, cambios en la gerencia…) sólo cumplen la definición de pasivo cuando corresponden a un plan formal y detallado aprobado por la gerencia de la empresa que haya producido una expectativa válida entre los afectados ya sea por haberse comenzado a implantar, ya sea por haber anunciado sus principales características.Las provisiones para reparaciones o grandes revisiones e inspecciones de elementos del inmovilizado no originan pasivos hasta que no se lleven a cabo y el que las realiza tenga derecho a cobrar sus servicios.

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ExistenciasExistenciasNo se hace distinción entre pérdidas reversibles e irreversiblesNo contempla el criterio FIFO para valoración de existenciasSe pide más desglose en el Balance y más información adicional en la memoria

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Costes por InteresesNo se permite la activación de intereses con posterioridad a la puesta en funcionamiento, según la NIC 23. Si esto es así, puede dar lugar a efectos importantes en el caso de las concesiones, ya que obligará a incluir todos los costes al inicio de la concesión.

Amortización bien concesiónSegún la NIC 38, la amortización de una concesión es dificil que se pueda hacer por el método del ratio ingresos reales/previstos. Ello obliga a hacerlo según la mejor determinación de un patrón de consumo, que por lo general parece complicado demostrar que sea inferior a la amortización lineal, por lo que, en este caso, la NIC prevé la utilización de éste último.

Activación de Gastos Licitación y ComercialesImprobable su activación

Diferencias de cambioSe registran directamente en resultados

Resultados ordinarios y extraordinariosNo hay distinción

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Valoración Inmovilizado y Propiedades InversiónComo dijimos anteriormente Las NIC permiten que se valoren las propiedades en planta y equipos a Valor razonable con impacto en Patrimonio Neto.La NIC 40, que regula el tratamiento de las inversiones inmobiliarias, permite su valoración al coste o al valor razonable con impacto en PyG.

Provisiones y Pasivos ContingentesSe deberá analizar si las provisiones no recogidas explícitamente por las NIC, a diferencia de nuestro PGC, cumplen los requisitos para considerarse un pasivo

ArrendamientosSe clasifican en Balance según su naturaleza, es decir, en el caso del arrendamiento financiero ya no seria un inmovilizado inmaterial -como establece nuestro PGC actual-, no pudiendo activar los gastos financieros sino reconocerlos en gastos según su materialización.

PermutasTodos los intercambios de inmovilizado material deben calcularse a valor razonable, incluyendo intercambios de elementos similares, salvo que carezca de contenido comercial o no pueda calcularse con fiabilidad el valor razonable.

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Inversiones InmobiliariasSe deben separar según su “fondo económico”, es decir, según sean para su uso propio, para beneficiarse en el corto plazo o mediante plusvalías o para vender como existencia.En función de lo anterior se clasificarán como inversiones inmobiliarias o como existencias.

Uniones Temporales de Empresas (UTE)No se recogen explícitamente en las NIC. Su aproximación se encuentra en la NIC 31, asimilándolas a las “joint-ventures”.

Subvenciones de capitalSi están relacionadas con la actividad, se pueden registrar como menor valor del activo o como un ingreso diferido en el pasivo.

Información Financiera por SegmentosEn el caso de que las empresas coticen públicamente, es obligatorio presentar información financiera por líneas de negocio y áreas geográficas, debiendo aplicar los criterios de la NIC 14.

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Los reconocimientos e impactos anteriormente señalados, pueden completarse analizando el impacto específico de cada NIIF. En el siguiente cuadro de MARTÍNEZ CHURIAQUE (2005), se refleja el impacto de estas normas en las pyme.Por último, también consideramos clarificadores los posteriores cuadros de CALLAO GASTÓN y OTROS (2004), donde podemos apreciar cómo pueden incidir los mencionados cambios de las NIIF con respecto a nuestro PGC actual.

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NIC/ NIIF Afectada Posible Implicación Diferencia con norma Española

NIC 2 Medición del Coste BajaNIC 11 Método del Porcentaje de Realización BajaNIC 12 Imposición Diferida Alta (Método)NIC 17 Arrendamiento Financiero BajaNIC 18 Ingresos de Servicios MediaNIC 19 Pasivos por Pensiones Alta (Pymes)NIC 27 Consolidación de Filiales Alta (Pymes)NIC 28 Puesta en Equivalencia Alta (Pymes)NIC 31 Inversiones en Multigrupo Alta (Pymes)NIC 36 Deterioro del Inmovilizado AltaNIC 37 Provisiones y Pasivos Contingentes MediaNIC 38 Capitalización de Costos e Intangibles MediaNIC 39 Uso del Método de Interés Efectivo (Coste) MediaNIC 39 Valoración por Valor Razonable AltaNIC 39 Instrumentos Financieros AltaNIC 41 Activos Biológicos y Productos Agrícolas AltaNIIF 2 Pagos en Acciones Alta

Martínez Churiaque, 2005

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Callao Gastón y otros, 2004

Partidas del Activo Según Normativa Nacional

Tratamiento Contable Según NIIF

Ajustes para Elaborar el Balance de Apertura

A) Accionistas por Desembolsos No Exigidos

Sólo constituye neto el capital aportado por los accionistas

▼ Capital

B) Inmovilizado I. Gastos de

Establecimiento II. Inmovilizados

Inmateriales III. Inmovilizaciones

Financieras IV. Acciones de la

Sociedad Dominante

Gasto del Ejercicio en que se devenguen I: Gasto y D: Activo (I+D) Correcciones valorativas restan del valor de los activos Sólo constituye neto el capital aportado por los accionistas

▼ Reservas I: ▼ Reservas Provisiones: ▼ Inmovilizado Inmaterial, ▼Inmovilizado Material y ▼ Inmovilizado Financiero Patrimonio Neto Negativo

C) Fondo de Comercio de Consolidación

D) Gastos a Distribuir en Varios Ejercicios

Gasto del Ejercicio en que se Devengue

Formalización de Deudas: ▼ Reservas; Intereses Diferidos: ▼ Deudas

E) Activo Circulante I. Accionistas por

Desembolsos Exigidos

II. Existencias III. Deudores IV. Inversiones FT V. Acciones de la

Sociedad Dominante a C/P

VI. Tesorería VII. Ajustes por

Periodificación

Sólo constituye neto el capital aportado por los accionistas Correcciones valorativas restan del valor de los activos Impuestos A y Dif. Se compensan, dando lugar a un Activo o Pasivo por Imp. Diferidos

▼ Capital Provisiones: ▼ Existencias Impuestos Diferidos, será o activo o pasivo, según la compensación. No se clasificará en circulante. Provisiones: ▼ Deudores Provisiones: ▼ IFT Patrimonio Neto Negativo

A) Fondos Propios B) Socios Externos Componente Separado dentro del

Patrimonio Neto Presentarlo Dentro del PN

C) Diferencia Negativa de Consolidación

Activo Negativo Activo Negativo

D) Ingresos a Distribuir en Varios Ejercicios

* Subvenciones de Capital: Ingreso Diferido o Menor Valor del Activo * Diferencias Positivas de Cambio: Ingreso del Ejercicio * Intereses Diferidos: Ingreso del Ejercicio a su devengo

No Ajustar (Ing. Diferido) o ▼ Activo ▲ Reservas ▼ Créditos

E) Provisiones para Riesgos y Gastos

F) Acreedores a L/P G) Acreedores a C/P

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Callao Gastón y otros, 2004

Efecto de la s Diferencias Valorativas en el Balance de Apertura según NIIF Respecto a la Normativa Española

Área Problemática Efecto en Balance de Apertura Según

NIIF Inmovilizado Material Valoración Posterior de los Activos (modelo

de Revalorización) Valoración de los Activos Adquiridos por Intercambio de Otros Elementos

▲ Inmovilizado Neto ▲ Patrimonio Neto

Inmovilizado Inmaterial Activación de Gastos Financieros en Actividades de I + D Valoración Posterior de los Activos (modelo de Revalorización)

▲ Inmovilizado Neto ▲ Patrimonio Neto

Deterioro de Activos Corrección del Valor de los Activos para Reflejar el Deterioro (valor de uso como importe recuperable)

▲ Inmovilizado Neto ▲ Patrimonio Neto

Inmuebles en Inversión Criterios de Valoración (modelo del valor razonable)

▲ Inmovilizado Neto ▲ Patrimonio Neto

Gastos Financieros Importe de los Gastos Financieros Susceptibles de Capitalización

▲ ▼ Inmovilizado Neto ▲ ▼ Patrimonio Neto

Arrendamiento Financiero

Criterios de Calificación de una Operación de Arrendamiento como Operativo o Financiero Valoración de la Deuda Generada por una Operación de Arrendamiento Financiero en los Estados Financieros del Arrendatario

▲ Inmovilizado Neto ▲ Pasivo Exigible ▼ Pasivo Exigible ▲ Patrimonio Neto

Existencias Criterios de Valoración de Salidas de Inventario (LIFO)

▼ Existencias ▼ Patrimonio Neto

Retribuciones a Empleados

Consideración de los Activos Afectos a un Plan de Prestaciones Definidas

▼ Activo ▼ Pasivo Exigible

Impuesto sobre las Ganancias

Consideración de Diferencias Temporales ▲ Activos y Pasivos por Impuestos Diferidos ▲ ▼ Patrimonio Neto

Grupos de Empresas Valoración de Inversiones en los Estados Financieros Individuales de la Matriz

▲ ▼ Inversiones Financieras ▲ ▼ Patrimonio Neto

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Aplicación 1ª vez NIC (protocolo)Aplicación 1ª vez NIC (protocolo)

El efecto del cambio gira, en un primer momento, contra los fondos propios de la entidad, disminuyéndolos cuando partidas de activo estén llamadas a desaparecer o aumentándolos cuando eso ocurra con pasivos contabilizados de acuerdo con la normativa vigente y que pierdan tal condición con la nueva.Por tanto, al aplicar por primera vez la nueva normativa, la empresa deberá:-Reconocer todos los activos y pasivos requeridos por la nueva normativa-No reconocer partidas como activos o pasivos si la nueva normativa no permite tal reconocimiento-Reclasificar los activos, pasivos y componentes del patrimonio neto reconocidos según el PGC anterior, con arreglo a las categorías que le corresponda según la nueva normativa-Valoración activos y pasivos reconocidos según NIIF o PGC adaptado

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Ejercicios iniciados a partir de 1/1/2005 cuando alguna de las sociedades del grupo haya emitido valores admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier

estado miembro de la UE

NORMATIVA NACIONAL ESPAÑOLA NIC/ NIIF ADOPTADAS POR LA UE

Cuando exista unidad de decisión o cuando por cualquier otro La NIC 27 "Estados financieros consolidados y separados" semedio una o varias sociedades se hallen bajo una dirección única aplicará a los grupos de entidades bajo el control de una dominante

Cuando la mayoría de los miembros de administración de la Control es el poder para dirigir las políticas financiera y de explotacióndominada sean miembros del órgano de administración o altos de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus actividades.

directivos de la sociedad dominante o de otra dominada Una dependiente es una entidad controlada por otra

Poseer la mayoría derechos voto Poseer directa o indirectamente la mayoría derechos votoFacultad de nombrar/destituir a la mayoría miembros Administración Pueda disponer por acuerdos de la mayoría de los derechos de votoPueda disponer por acuerdos de la mayoría de los derechos de voto Poder dirigir políticas financiera y explotación de la entidad

Hayan designado con sus votos la mayoría de miembros de Poder para nombrar o revocar mayoría miembros de administraciónadministración en ese momento y en los dos últimos ejercicios Poder para emitir la mayoría de votos en las reuniones de administración

También existirá Grupo cuando se de alguna de estas situaciones:

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A: Capital social: 100 millones de acciones de 10€B: Capital Social: 2 millones de acciones de 10€

EJEMPLO

La sociedad B emite 8 millones de acciones nuevas al 200% para recibir a cambio 4 millones de acciones que posee como autocartera la sociedad A

Participación de A en B: 80%Participación de B en A: 4%

B Capital social: 10 millones de acciones A Capital social: 10 millones de acciones

Después de la

ampliación

La entidad que emite las acciones para realizar la combinación se convierte en dependiente y la sociedad que recibe las nuevas acciones emitidas se convierte en dominante

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A: Capital social: 10 millones de acciones de 10€B: Capital Social: 2 millones de acciones de 10€

EJEMPLO

La sociedad B emite 8 millones de acciones nuevas al 200% para recibir a cambio los 10 millones de acciones que forman el capital la sociedad A

Participación antiguos propietarios A en B: 80%Participación de B en A: 100%

B Capital social: 10 millones de acciones A Capital social: 10 millones de acciones

Después de la

ampliación

B se convierte en dependiente de los propietarios de A, que reciben las nuevas acciones y que se convierten en accionistas mayoritarios de que controlan B

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Si acudimos a la Standard Interpretation Committee (SIC) nº 12 que aborda la problemática de la consolidación de Entidades con cometido especial (ECE), con la limitación explícita y exclusión para el “caso de partidas no significativas”. Las ECES deben ser consolidadas cuando la relación esencial entre la empresa que consolida y la ECE, indique que está siendo objeto de control. Dicho control puede establecerse a priori al fijar las actividades a realizar, o por otros medios o circunstancias de las que se presume la existencia de control:

a. Las actividades de la ECE han sido llevadas a cabo, de forma sustancial, en nombre de la empresa que presenta sus estados financieros consolidados, y de acuerdo con sus necesidades, de forma que obtiene beneficios u otras ventajas de las actividades de la ECE.

b. La empresa que consolida tiene, de forma sustancial, los poderes de decisión necesarios para obtener la mayoría de los beneficios u otras ventajas de las actividades de la ECE o, mediante el establecimiento de un mecanismo de “autopilotaje”, ha delegado tales poderes de toma de decisiones.

c. La empresa tiene, de forma sustancial, los derechos para obtener la mayoría de los beneficios y ventajas de la ECE y, por tanto, puede estar expuesta a todos los riesgos que inciden sobre las actividades de la ECE.

d. La empresa retiene para sí, de forma sustancial, la mayoría de los riesgos inherentes a la propiedad o residuales relativos a la ECE o a sus activos, con el fin de obtener los beneficios y las demás ventajas de sus actividades.

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ESPAÑA NIC/ NIIF

Una de las dos opciones Sólo si

A -La dominante es, a su vez, una dependiente total o parcialmente A fecha de cierre no sobrepasa 2 límites: dominada por otra entidad, y sus restantes propietarios, incluyendo-Total Activos < 9.495.991,25 euros aquellos que no tendrán derecho a votar en otras circunstancias, han-Cifra anual negocios < 18.991.982,50 euros sido informados y no han manifestado objeciones a que la dominante-Número medio trabajadores < 250 no elabore estados financieros consolidados

Se permite aumentar las cifras de euros anteriores en un 20% si se -Los instrumentos Pasivo o Patrimonio Neto no negocian en un mercado suman los importes nominales de los Balances y Cuentas de PyG de públicotodas las sociedades del grupo sin considerar los ajustes y eliminacionespropios de la consolidación -La dominante no registra, ni está en proceso de registrar, estados

financieros en una comisión valores u otra organización reguladora, con B el fin de emitir algún tipo de instrumento en un mercado públicoSólo si:-La sociedad dispensada y filiales consolidan en un grupo mayor cuya -La dominante última, o alguna de las dominantes intermedias, elaborasociedad dominante sometida a legislación estado UE EF consolidados, disponibles para el público, que cumplen con las NIiF-La sociedad dispensada indica:*Mención de estar exenta*Grupo al que pertenece*Razón social y domicilio sociedad extranjera-Las cuentas de la sociedad dominante extranjera se depositan encastellano en el Registro Mercantil donde tenga su domicilio la española

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ESPAÑA NIC/ NIIF

Quedan DEROGADAS las exclusiones de sociedades SÓLO podrán excluirse cuando existe evidencia

* Por presentar interés poco siginificativo de forma conjunta * Objetivo de control puramente temporal* Existencia restricciones que dificulten el control dominante * La dirección busca activamente un comprador* Su inclusión origina gastos desproporcionados o retraso plazos* Las participaciones están destinadas a cesión posterior* Actividades muy distintas→Contrario a IMAGEN FIEL

Al aplicar las NIC, las Uniones Temporales de Empresas no deben ser excluidas de las cuentas consolidadas, sea cual sea el plazo de duración del

acuerdo.

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NFCAC NIC/ NIIF

NFCAC sólo hace referencia al caso de que cualquier dependiente elabore sus cuentasanuales en una fecha anterior, y no se pronuncie también para el caso de finalizar suejercicio con posterioridad a la fecha de las cuentas de la dominante

En las NFCAC se exigen de conformidad con los de la dominante, permitiéndose, en casos excepcionales, la aplicación de criterios valorativos distintos cuando sean más significativos que los de la dominante.En las NIC la utilización de políticas contables coicidentes es una obligación ineludible, aunque no se exige que tengan que ser los de la dominante.

Las NIC establecen que la fecha de adquisición es aquélla en la que la entidad adquiriente obtiene efectivamente el control sobre la sociedad adquiridaEn la NFCAC también se contempla como opción la fecha de inicio del primer ejercicioque se elaboren cuentas consolidadas

FECHA DE PRIMERA CONSOLIDACIÓN

PRINCIPALES ASPECTOS EN LA INTEGRACIÓN GLOBAL

HOMOGENEIZACIÓN TEMPORAL

UTILIZACIÓN DE POLÍTICAS CONTABLES COINCIDENTES

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NFCAC NIC/ NIIF

Las NIC consideran el exceso de coste positivo como Fondo de Comercio, imputando directamente a resultados cualquier exceso positivo. Los intereses minoritarios se reflejarán por el importe que corresponda según la identificación anterior en la fecha deadquisición

Las NFCAC consideran que la eliminación de la inversión debe realizarse con los fondospropios de la participada en la fecha de la primera consolidación, registrando la parteproporcional que corresponda a terceros ajenos al grupo como Intereses de Socios Externos

Las diferencias de primera consolidación las NFCAC tratan de distribuirlas sólo en funciónde la participación y del importe que le sea atribuible a la Sociedad dominante, sin incluirla parte correspondiente a los socios externos

PRINCIPALES ASPECTOS EN LA INTEGRACIÓN GLOBAL

ELIMINACIÓN DE LA INVERSIÓN CON FONDOS PROPIOS

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NFCAC NIC/ NIIF

En las NFCAC se establece que debe amortizarse de modo sistemático, mientras que enlas NIC se mantiene que no se amortizará sino que se realizará anualmente, o con una frecuencia mayor, un análisis del deterioro de su valor, que en su caso se reflejará con cargo a resultados

En las NIC se llevarán inmediatamente al resultado del ejercicio. En las NFCAC permanencen sin llevarse a resultados hasta que se produzcan las pérdidas o los gastosprevistos

En las NFCAC aparecen fuera del Neto, en las NIC dentro del mismo

En las NFCAc están compuestos por Balance Consolidado, Cuenta de PyG Consolidada, y Memoria Consolidada, más el Informe de Gestión Consolidado. En las NIC, además de losanteriores,se incluyen el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujosde Tesorería Consolidado

Las NIC establecen que se valorarán por su valor razonable aquellos que formen parte deuna cartera de negociación o se califiquen como disponibles para la venta

PRINCIPALES ASPECTOS EN LA INTEGRACIÓN GLOBAL

FONDO DE COMERCIO DE CONSOLIDACIÓN

DIFERENCIA NEGATIVA DE CONSOLIDACIÓN

INTERESES MINORITARIOS

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

VALORACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS

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NFCAC NIC nº28

Participación en sociedades asociadas Inversiones en entidades asociadasMétodo de "Puesta en Equivalencia" Método de la "Participación"

La inversión figurará por el importe correspondiente al porcentaje La inversión se registra inicialmente al coste, y es ajustadade fondos propios de la participada que se posea. Para su en función de los cambios que experimenta la porción de los

determinación deberá considerarse: activos netos de la entidad que corresponda al inversor- Ajuste de la inversión con los fondos propios de la asociada El resultado del ejercicio del inversor recogerá la porción que le

- Actualización del valor de la inversión según la evolución de los corresponda en los resultados de la participadafondos propios de la asociada Las PyG procedentes de las transacciones ascendentes y

- Actualización del valor de la inversión según el resultado del descendentes entre el inversor y la ascociada, se reconoceránejercicio después de considerar los posibles ajustes del resultado en los estados financieros de éste en la medida que correspondan

por operaciones internas ascendentes a las participaciones de otros inversores en la asociada norelacionados con el inversor

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NFCAC NIC 31

Participaciones en sociedades multigrupo Participaciones en negocios conjuntos

Son sociedades multigrupo aquellas, no incluídas como Control conjunto es el acuerdo contractual para compartirsociedades dependientes, que son gestionadas por una el control sobre una actividad económica, que sólo existiráo varias sociedades del grupo, que participan en su capital cuando las decisiones estratégicas, tanto financieras comosocial, conjuntamente con otras u otras ajenas al mismo de explotación, relativas a la actividad requieran el

consentimiento unánime de todos los que comparten control

Para su inclusión en las cuentas consolidadas podrá aplicarse El partícipe reconocerá su participación en la entidadel método de integración proporcional o el procedimiento controlada de forma conjunta, aconsejándose preferentementede puesta en equivalencia la aplicación del método de consolidación proporcional y como

alternativa se deja la opción del método de participación

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Derecho contable españolDerecho contable español

Ley 19/1989, 25 julioLey 19/1989, 25 julioReforma parcial y adaptación de las legislación mercantil a Directivas Reforma parcial y adaptación de las legislación mercantil a Directivas CEE en materia de sociedades. Modificación Código Comercio y Ley CEE en materia de sociedades. Modificación Código Comercio y Ley Sociedades AnónimasSociedades Anónimas

Real Decreto 1643/1990, 20 diciembreReal Decreto 1643/1990, 20 diciembrePlan General de Contabilidad adaptado a Cuarta y Séptima Plan General de Contabilidad adaptado a Cuarta y Séptima DirectivasDirectivas

Proceso deProceso de GLOBALIZACIÓNGLOBALIZACIÓN

Necesidad Necesidad COMPARABILIDAD COMPARABILIDAD información información financierafinanciera

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Evolución Unión Evolución Unión EuropeaEuropeaNoviembre 1995 Noviembre 1995 Comunicación de la Comisión Europea:Comunicación de la Comisión Europea:““Armonización Contable: una nueva estrategia de cara a la armonización Armonización Contable: una nueva estrategia de cara a la armonización internacional”internacional”Las cuentas elaboradas según las Directivas contables no convergencia en Las cuentas elaboradas según las Directivas contables no convergencia en su totalidad con las normas establecidas en otras partes del mundosu totalidad con las normas establecidas en otras partes del mundo

Conveniencia de que la Unión Conveniencia de que la Unión Europea haga valer su peso en el Europea haga valer su peso en el proceso internacional de proceso internacional de armonización contablearmonización contable

La UE aceptó la invitación La UE aceptó la invitación como miembro en calidad de como miembro en calidad de observador del Grupo observador del Grupo Consultivo del IASCConsultivo del IASC

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La Comisión propuso examinar La Comisión propuso examinar con los Estados miembros la con los Estados miembros la conformidad de las NIC con las conformidad de las NIC con las Directivas ContablesDirectivas Contables

Utilización del valor razonable para la Utilización del valor razonable para la contabilización de activos y pasivos contabilización de activos y pasivos financierosfinancieros

Tratamiento de determinados Tratamiento de determinados instrumentos financieros emitidos por la instrumentos financieros emitidos por la propia sociedadpropia sociedad

Concepto y definición de determinadas Concepto y definición de determinadas provisionesprovisiones

IncompatibilidadIncompatibilidades detectadases detectadas

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Estrategia Unión Estrategia Unión EuropeaEuropeaOctubre 2001 Octubre 2001 Directiva del Valor RazonableDirectiva del Valor Razonable

El objetivo es permitir la aplicación de la norma internacional relativa al El objetivo es permitir la aplicación de la norma internacional relativa al reconocimiento y valoración de instrumentos financieros, a través de la exigencia a los reconocimiento y valoración de instrumentos financieros, a través de la exigencia a los Estados miembros para que introduzcan un sistema de contabilidad por el valor Estados miembros para que introduzcan un sistema de contabilidad por el valor razonable para determinados activos y pasivos financierosrazonable para determinados activos y pasivos financierosSeptiembre 2002 Septiembre 2002 Reglamento de aplicación de las NICReglamento de aplicación de las NICSe recoge normativamente el compromiso por parte de la UE de adoptar las normas Se recoge normativamente el compromiso por parte de la UE de adoptar las normas contables emitidas por el IASB, señalando condiciones y requisitos para su adopción, contables emitidas por el IASB, señalando condiciones y requisitos para su adopción, así como el marco y plazos de aplicación en el ámbito de la Uniónasí como el marco y plazos de aplicación en el ámbito de la Unión

1 de Enero de 20051 de Enero de 2005 en las sociedades cuyos valores en las sociedades cuyos valores hayan sido admitidos a cotización en un mercado hayan sido admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier Estado miembroregulado de cualquier Estado miembro

1 de Enero de 20071 de Enero de 2007 para: para:-Sociedades cuyos valores de renta fija sean los únicos Sociedades cuyos valores de renta fija sean los únicos admitidos a cotización en un mercado regulado de admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier Estado miembrocualquier Estado miembro-Grupos que hayan formulado cuentas anuales con Grupos que hayan formulado cuentas anuales con arreglo a los principios americanosarreglo a los principios americanos

Dos niveles en el mecanismo de adopción de las Dos niveles en el mecanismo de adopción de las normas internacionalesnormas internacionales-Comité Técnico Contable (técnico)Comité Técnico Contable (técnico)-Comité de Reglamentación Contable (político)Comité de Reglamentación Contable (político)

NO CONTRARIAS AL NO CONTRARIAS AL PRINCIPIO DE PRINCIPIO DE IMAGEN FIELIMAGEN FIEL

REQUISITOS DE REQUISITOS DE COMPRENSIBILIDAD, COMPRENSIBILIDAD, PERTINENCIA, PERTINENCIA, FIABILIDAD Y FIABILIDAD Y COMPARABILIDADCOMPARABILIDAD

Sólo Sólo aplicableaplicable

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Estrategia Unión Estrategia Unión EuropeaEuropeaJulio 2003 Julio 2003 Directiva de Directiva de ModernizaciónModernizaciónActualizar las Directivas contables, Actualizar las Directivas contables, de forma que se siga manteniendo la de forma que se siga manteniendo la coherencia entre las mismas y la coherencia entre las mismas y la evolución de las normas evolución de las normas internacionales de contabilidad, y internacionales de contabilidad, y que exista igualdad de condiciones que exista igualdad de condiciones entre las sociedades de la UE que entre las sociedades de la UE que apliquen las NIIF y las que no lo apliquen las NIIF y las que no lo haganhaganOctubre 2003Octubre 2003Se adoptan las normas internacionales Se adoptan las normas internacionales de contabilidad existentes a 14 de de contabilidad existentes a 14 de septiembre de 2002 que, una vez septiembre de 2002 que, una vez considerado el asesoramiento considerado el asesoramiento proporcionado por el Comité Técnico proporcionado por el Comité Técnico Contable cumplen los criterios Contable cumplen los criterios establecidos para su adopción en el establecidos para su adopción en el Reglamento de aplicación de las NICReglamento de aplicación de las NIC

Abril 2004Abril 2004Adopción de la Norma Internacional Adopción de la Norma Internacional de Información Financiera nº1de Información Financiera nº1

Noviembre 2004Noviembre 2004Adopción diversas NIC. Por lo que se Adopción diversas NIC. Por lo que se refiere a la NIC 29, debido a que refiere a la NIC 29, debido a que algunas disposiciones importantes algunas disposiciones importantes son aún objeto de discusión y debate, son aún objeto de discusión y debate, se exceptúan las disposiciones sobre se exceptúan las disposiciones sobre la aplicación de la opción del valor la aplicación de la opción del valor razonable y contabilidad de razonable y contabilidad de coberturascoberturasDiciembre 2004Diciembre 2004Adopción diversas NIC, NIIF y Adopción diversas NIC, NIIF y SICSICFebrero 2005Febrero 2005Adopción diversas NIC y Adopción diversas NIC y NIIFNIIF

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IASIntegración

normativa UE

IASConvalidación

Control

IASPublicación DOUE

Instituciones ComunitariasInternational Accounting Standard Board (IASB)

European Financial Reporting Advisory Group (EFRAG)Accounting Regulatory Committee (ARC)

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La integración normativa de las IAS en el ámbito de la UE se lleva a cabo mediante un mecanismo específico de convalidación y control (endorsement mechanism) cuya finalidad es salvaguardar la conformidad con las Directivas

de las normas e interpretaciones que tratan de incorporarse. Las normas IAS a aplicar en la UE serán únicamente aquéllas que hayan sido

aprobadas o convalidadas mediante este mecanismo.

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EFRAG EFRAG (European Financial Reporting Advisory Group)(European Financial Reporting Advisory Group)

Organización privada que asume los cometidos del nivel técnico del mecanismo de Organización privada que asume los cometidos del nivel técnico del mecanismo de control sobre la aplicación de los textos del IASB en la UEcontrol sobre la aplicación de los textos del IASB en la UE

Representa a los diversos grupos del sector privado relacionados con la información Representa a los diversos grupos del sector privado relacionados con la información financiera, a organizaciones profesionales contables, a los mercados de valores, a los financiera, a organizaciones profesionales contables, a los mercados de valores, a los analistas financieros y a las compañías privadas, incluyendo a las instituciones bancarias analistas financieros y a las compañías privadas, incluyendo a las instituciones bancarias y aseguradorasy aseguradoras

Está compuesto por dos grupos:Está compuesto por dos grupos:-Comité Supervisor de la Contabilidad (ASB, Accounting Supervisory Board), integrado Comité Supervisor de la Contabilidad (ASB, Accounting Supervisory Board), integrado por 23 miembros de los distintos países europeospor 23 miembros de los distintos países europeos-Grupo Técnico de Expertos (TEG), grupo de expertos formado por 10 personas de varios Grupo Técnico de Expertos (TEG), grupo de expertos formado por 10 personas de varios países, pertenecientes a organismos reguladores, profesionales de reconocido prestigio países, pertenecientes a organismos reguladores, profesionales de reconocido prestigio y académicosy académicos

Analiza las IAS y elabora recomendaciones a la Comisión Europea en lo que concierne a Analiza las IAS y elabora recomendaciones a la Comisión Europea en lo que concierne a la adopción legal de las normas IASBla adopción legal de las normas IASB

Identifica aquellos aspectos que se consideren deseables en el marco europeo para Identifica aquellos aspectos que se consideren deseables en el marco europeo para tener una información financiera de mayor calidad y más comparable y promueve el tener una información financiera de mayor calidad y más comparable y promueve el desarrollo de normas contables que regulen aspectos no contemplados pero desarrollo de normas contables que regulen aspectos no contemplados pero considerados importantes en el marco europeoconsiderados importantes en el marco europeo

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ARC ARC ((Accounting Regulatory CommitteeAccounting Regulatory Committee))

Organismo europeo que actúa en el nivel político del mecanismo de Organismo europeo que actúa en el nivel político del mecanismo de “endorsement”“endorsement”

Órgano de asistencia de la Comisión, está compuesto por representantes de Órgano de asistencia de la Comisión, está compuesto por representantes de los Estados miembros, siendo presidido por un representante de la misma.los Estados miembros, siendo presidido por un representante de la misma.

Su función es de carácter regulador y consiste en facilitar una opinión acerca Su función es de carácter regulador y consiste en facilitar una opinión acerca de las propuestas de la Comisión respecto a adoptar o no una Norma de las propuestas de la Comisión respecto a adoptar o no una Norma Internacional de Contabilidad aprobada por el IASB.Internacional de Contabilidad aprobada por el IASB.

La Comisión comunicará periódicamente con el ARC sobre el estado de los La Comisión comunicará periódicamente con el ARC sobre el estado de los proyectos en curso del IASB y los documentos conexos emitidos por este proyectos en curso del IASB y los documentos conexos emitidos por este último, a fin de coordinar posiciones y facilitar los debates sobre la adopción último, a fin de coordinar posiciones y facilitar los debates sobre la adopción de normas que puedan dimanar de dichos proyectos y documentos.de normas que puedan dimanar de dichos proyectos y documentos.

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Marzo 2001Creación de

una Comisión de Expertos

Junio 2002Publicación Libro Blanco

de Contabilidad

2005Creación de

una Comisión ICAC para la reforma del

PGC

Disposición adicional LSRL: regulación régimen simplificado contabilidadModificación artículo 42 Código Comercio: nuevo concepto → UNIDAD DE DECISIÓN

Nueva regla artículo 43 Código Comercio para transponer el contenido de la Directiva del Valor Razonable

Modificación artículos 48 y 49 del CC: nueva información a suministrar en estados contables consolidados

Modificación artículos 200, 201 y 202 TRLSA: Nuevas exigencias en estados contables individualesModificación estructura orgánica ICAC: creación Consejo Contabilidad

Estrategia EspañaEstrategia España

Ley 62/2003 de 30 Diciembre de

Medidas fiscales, administrativas y de orden social

Elaboración de un informe

sobre la situación de la contabilidad

española

Recomendación de mantener

la homogeneidad

del Derecho contable interno

BORRADOR DEL ICACEXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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Borrador Borrador ICACICAC

Estrategia Estrategia EspañaEspaña

ARTÍCULO 1ARTÍCULO 1

- Reforma de los artículos 34 a 41 del Código de Comercio Reforma de los artículos 34 a 41 del Código de Comercio

- Nuevos documentos a incorporar en las cuentas anuales:Nuevos documentos a incorporar en las cuentas anuales: ECPNECPN: Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

- Resultado del ejercicio- Resultado del ejercicio - Variaciones por los cambios en criterios contables- Variaciones por los cambios en criterios contables - Correcciones de errores- Correcciones de errores - Otros ajustes (incluso producidos por aplicación valor razonable)- Otros ajustes (incluso producidos por aplicación valor razonable) EFEEFE: Estado de Flujos de Efectivo: Estado de Flujos de Efectivo

- Definición de los elementos integrantes de las cuentas anuales Definición de los elementos integrantes de las cuentas anuales atendiendo a su fondo, tanto jurídico como propiamente económicoatendiendo a su fondo, tanto jurídico como propiamente económico

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ARTÍCULO 1ARTÍCULO 1

-Matización del alcance del principio de prudencia para alcanzar y hacer -Matización del alcance del principio de prudencia para alcanzar y hacer compatibles los objetivos de protección patrimonial y acercamiento a las compatibles los objetivos de protección patrimonial y acercamiento a las normas internacionales.normas internacionales.

-Los elementos de las cuentas anuales deberán valorarse en su moneda -Los elementos de las cuentas anuales deberán valorarse en su moneda funcional sin embargo, la formulación y depósito de las cuentas anuales funcional sin embargo, la formulación y depósito de las cuentas anuales deberá seguir realizándose en euros.deberá seguir realizándose en euros.

- Las variaciones de valor derivadas de la aplicación del criterio del valor - Las variaciones de valor derivadas de la aplicación del criterio del valor razonable se imputarán, por regla general, al resultado del ejercicio, razonable se imputarán, por regla general, al resultado del ejercicio, previéndose la imputación al patrimonio neto de determinadas previéndose la imputación al patrimonio neto de determinadas transacciones y elementos patrimoniales.transacciones y elementos patrimoniales.

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ARTÍCULO 1ARTÍCULO 1

-El Fondo de Comercio no se amortiza, contabilizándose al cierre de -El Fondo de Comercio no se amortiza, contabilizándose al cierre de cada ejercicio al coste menos cualquier pérdida acumulada por cada ejercicio al coste menos cualquier pérdida acumulada por deterioro del valor.deterioro del valor.

-Desaparece la limitación respecto a la prohibición de repartir -Desaparece la limitación respecto a la prohibición de repartir beneficios o reservas en tanto el Fondo de Comercio no estuviera beneficios o reservas en tanto el Fondo de Comercio no estuviera amortizado.amortizado.

-Se incorpora la obligación de dotar sistemáticamente una reserva -Se incorpora la obligación de dotar sistemáticamente una reserva indisponible por la cuantía de la potencial amortización que se habría indisponible por la cuantía de la potencial amortización que se habría practicado por el Fondo de Comercio.practicado por el Fondo de Comercio.

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ARTÍCULO 2ARTÍCULO 2

-Reforma de los artículos 42 a 49 del Código de Comercio .Reforma de los artículos 42 a 49 del Código de Comercio .

-Su finalidad es regular e nivel legal los aspectos relativos a la Su finalidad es regular e nivel legal los aspectos relativos a la consolidación de cuentas anuales.consolidación de cuentas anuales.

-Se cita, dentro del concepto de grupo, los casos en los que la Se cita, dentro del concepto de grupo, los casos en los que la UNIDAD de DECISIÓN se pone de manifiesto por la actuación UNIDAD de DECISIÓN se pone de manifiesto por la actuación coordinada de varias sociedades que actúan en concierto y que no coordinada de varias sociedades que actúan en concierto y que no están obligadas a consolidar en virtud de la normativa mercantil.están obligadas a consolidar en virtud de la normativa mercantil.

-La obligación de consolidar recae en la sociedad de mayor activo.La obligación de consolidar recae en la sociedad de mayor activo.

-Existe influencia significativa sobre otra sociedad cuando se posea Existe influencia significativa sobre otra sociedad cuando se posea una participación de, al menos, el 20% de sus derechos de voto.una participación de, al menos, el 20% de sus derechos de voto.

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ARTÍCULO 2ARTÍCULO 2

-En la consolidación, los activos adquiridos, los pasivos asumidos y, En la consolidación, los activos adquiridos, los pasivos asumidos y, en su caso, las provisiones en los términos que reglamentariamente en su caso, las provisiones en los términos que reglamentariamente se determinen, se valorarán por su valor razonable.se determinen, se valorarán por su valor razonable.

-La diferencia positiva que subsista después de la compensación no La diferencia positiva que subsista después de la compensación no deberá amortizarse sin perjuicio de evaluar al menos, al cierre del deberá amortizarse sin perjuicio de evaluar al menos, al cierre del ejercicio, el deterioro de su valor.ejercicio, el deterioro de su valor.

ARTÍCULO 3ARTÍCULO 3

Modificación de las secciones 1ª a 7ª del capítulo VII del TRSLA:Modificación de las secciones 1ª a 7ª del capítulo VII del TRSLA:

- Mantenimiento artículos 171, 172, 173, 174, 181 190, 199, 200, - Mantenimiento artículos 171, 172, 173, 174, 181 190, 199, 200, 201, y 202201, y 202 - Modificación artículos 175 y 176.- Modificación artículos 175 y 176. - Sin contenido el resto de articulado- Sin contenido el resto de articulado

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ARTÍCULO 4ARTÍCULO 4

-Modificación artículos 163, 164, 167, 213, 260, 262 del TRLSAModificación artículos 163, 164, 167, 213, 260, 262 del TRLSA

ARTÍCULO 5ARTÍCULO 5

-Modificación artículos 79, 82, 104, y 142 de LSRLModificación artículos 79, 82, 104, y 142 de LSRL

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICADISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

-Obligación de depósito en el Registro Mercantil de las cuentas Obligación de depósito en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de sociedades que apliquen las normas anuales consolidadas de sociedades que apliquen las normas internacionalesinternacionales

-Se deroga el régimen simplificado de la contabilidad, dada la escasa Se deroga el régimen simplificado de la contabilidad, dada la escasa utilización que se está realizando del mismoutilización que se está realizando del mismo

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Las NIC/NIIF y SIC/IFRIC aplicables son:

- Unicamente las publicadas en el DOUE- Las todavía no aprobadas por la UE que se ajusten a la NIC 1, párrafo 22- Las rechazadas por la UE, no contrarias a normas aprobadas, ajustadas a NIC 1, pár. 22

Los Estados de la UE no pueden restringir las opciones explícitas contenidas en las NIC/NIIF

En ausencia de NIC/NIFF la gerencia aplicará su criterio, considerando:

-Lo establecido en las NIC en temas similares o relacionados-Marco conceptual IASB-Otros pronunciamientos profesionales o prácticas empresariales coherentes con las dos condiciones anteriores

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Los Estados Financieros son:

-Balance-Estado de Resultados-Estado de Cambios del Patrimonio Neto-Estado de Flujos de Efectivo-Notas explicativas (Memoria)-Otros informes

-Se deben presentar en términos comparativos al menos 1 año previo. Consolidadas: 31/12/05 y 31/12/04-Si se presentan series de datos basado en PGC y NIC/NIIF, se etiquetará claramente unos y otros-Informar sobre naturaleza principales ajustes realizados

Primera aplicación NIC

Reforma Contable en España

-Ya adaptadas las Entidades de Crédito-Libro Blanco reforma Contabilidad 2002-Comisión reforma en ICAC-Ley Medidas fiscales y orden social y su desarrollo reglamentario (RD.296/2004 de 20 de febrero)- Borrador Anteproyecto Reforma (Diciembre 2005)

Horizonte de Aplicación

-Empresas Individuales: Aún Normativa Española Vigente-Grupos NO cotizados: NIC/NIIF de la UE o Aún Normativa Española Vigente-Grupos SI cotizados: 1 Enero 2005 normas IASB (NIC/NIFF) 1 Enero 2007 si sólo cotizan Renta Fija

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Analizar y contemplar las diferentes opciones entre las normas IASB y la normativa española para prever el impacto en sus estados financieros.

Opciones para PYMES en España, posibles escenarios

A. Normas españolas con contenidos actuales (improbable)

B. Normas españolas reformadas con el objetivo de converger al nuevo marco UE (que contiene ya criterios NIC/NIFF)

- Implica modificar textos legales: CC, TRLSA, PGC y resto de normas reglamentarias

- Cambio en los destinatarios: Analistas de Bolsa, Analistas Financieros, Inversores.Se eleabora Informacion Financiera teniendo en cuenta los Objetivos de estos Destinatarios

C. Se van a conjugar ambos intereses

D. Tener en cuenta posiciones de las Pymes y de otros organismos como: Declaracion de San Jose del CGCEE, REA, AIC (Leer en www.economistas.org y www.rea.es) . Se Aboga por una Flexibilización y Adaptación.

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Mantener principios contables en líneas con el IASB. Redefinir su aplicación

Rebajar el principio de PrudenciaNO desaparece, se sitúa al mismo nivel que el resto

Incorporación del Valor Razonable

Precisar a qué elementos debe aplicarseRecomendable a Instrumentos Financieros de negociación, disponibles para la venta y derivadosMantenimiento de criterio de valoración mixto: Utilización del Coste Histórico y Valor Razonable Resolver conflictos entre Resultado Contable y Resultado Distribuible ya

que, al aplicar el Valor Razonable y el Coste Histórico, puede haber discrepancias para conjugar el mantenimiento de capital y la necesaria neutralidad fiscal

Redefinir Estado de Patrimonio Neto y Estado de Flujos de Efectivo

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Revisar la información a incluir en memoria

Si desaparecen Pasivos Contingentes, habrá que informar sobre gestión de riesgos

Reforma en plazo breve

Consenso entre Administración, Corporaciones Profesionales, Expertos, Agrupaciones….

Ver si respeta Fondo Económico por encima de Forma Jurídica

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Aumentara, si cabe, importancia del Control Interno. Atentos.

Será necesario clarificar más, en lo posible, los supuestos de consolidacion