Principales Acepciones Del Derecho

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PRINCIPALES ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO El término acepción, que deriva del latín acceptĭo, hace referencia a los distintos significados y usos que puede tener una palabra de acuerdo al contexto en que aparece. El concepto también solía utilizarse como sinónimo de aceptación o aprobación. De ahí que también encontraremos demasiadas acepciones para la palabra DERECHO que a continuación se citaran… 1.1DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO Derecho Objetivo: El Derecho Objetivo es el conjunto de reglas que rigen en la sociedad y que obligan al hombre a actuar de una manera determinada. Es decir son todas las leyes que se encuentran en un papel. Ejemplo: La Constitución, El Código de Comercio. Derecho Subjetivo: Es el sistema de normas jurídicas que informa y regula efectivamente la vida de un pueblo en un determinado momento histórico. Es sancionado por y para el hombre, entendiéndose como la facultad de la sociedad de exigir, es decir, la facultad de reclamar un derecho. DIFERENCIAS ENTRE DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO El derecho positivo (escrito) proclama el cumplimiento de las normas jurídicas, sin tener en cuenta su contenido, para lograr, sobre todo, la seguridad colectiva. Si pudiera cuestionarse la validez de las leyes, opinan, alegando normas éticas, que pueden diferir de un grupo de personas a otro, aún dentro de la misma comunidad, la finalidad misma del ordenamiento jurídico, de lograr la paz social, podría desvirtuarse. Los que sostienen esta posición, llamados positivistas, consideran que las leyes no son en sí mismas,

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PRINCIPALES ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO

El término acepción, que deriva del latín acceptĭo, hace referencia a los distintos significados y usos que puede tener una palabra de acuerdo al contexto en que aparece. El concepto también solía utilizarse como sinónimo de aceptación o aprobación.De ahí que también encontraremos demasiadas acepciones para la palabra DERECHO que a continuación se citaran…

1.1DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVODerecho Objetivo:El Derecho Objetivo es el conjunto de reglas que rigen en la sociedad y que obligan al hombre a actuar de una manera determinada. Es decir son todas las leyes que se encuentran en un papel. Ejemplo: La Constitución, El Código de Comercio.

Derecho Subjetivo:Es el sistema de normas jurídicas que informa y regula efectivamente la vida de un pueblo en un determinado momento histórico. Es sancionado por y para el hombre, entendiéndose como la facultad de la sociedad de exigir, es decir, la facultad de reclamar un derecho.

DIFERENCIAS ENTRE DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVOEl derecho positivo (escrito) proclama el cumplimiento de las normas jurídicas, sin tener en cuenta su contenido, para lograr, sobre todo, la seguridad colectiva. Si pudiera cuestionarse la validez de las leyes, opinan, alegando normas éticas, que pueden diferir de un grupo de personas a otro, aún dentro de la misma comunidad, la finalidad misma del ordenamiento jurídico, de lograr la paz social, podría desvirtuarse. Los que sostienen esta posición, llamados positivistas, consideran que las leyes no son en sí mismas, buenas o malas, justas o injustas, sino válidas o inválidas, según sean dictadas por autoridad competente, de acuerdo a los procedimientos legalmente establecidos, o no, respectivamente.Los positivistas no niegan la existencia de los derechos humanos, pero como creaciones del legislador, y no como reconocimiento de facultades naturales, que posee el individuo desde su nacimiento. Niegan sí, por lo tanto, el derecho natural.El filósofo griego Trasímaco, afirmaba, hablando del concepto de justicia, que justo es lo que impone el más fuerte. O sea, que es la autoridad la que determina, lo que a cada uno le corresponde. Vemos que aludía al fin superior de la justicia, pero ésta no procedía de una escala de valores universales, sino de la propia conciencia de la autoridad.

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Hans Kelsen (1881-1973), es uno de los representantes más importantes de este pensamiento, expuesto en su Teoría Pura del Derecho. Toda norma para este autor emana de otra norma que la fundamenta, siendo la primera un presupuesto, la norma hipotética fundamental, que luego ubicó en el derecho Internacional.Por el contrario, los defensores del derecho natural, no niegan el derecho positivo, en sí mismo evidente. El derecho escrito es palpable (está escrito), pero afirman que por sobre éste está el Derecho Natural, que los romanos definieron como aquel que pertenece tanto a los hombres como a los animales. Es el Derecho que existe antes que el legislador y el jurista, el que ellos tienen que descubrir, al redactar, o aplicar la norma. Si la norma elaborada es contraria a la verdad y a la justicia, debe resistirse a la aplicación de la ley, de lo contrario, estaríamos a merced de la arbitrariedad de los legisladores. Los partidarios del derecho natural, pueden ser religiosos, sosteniendo que estas normas provienen de Dios, o laicos, que las hacen proceder de la propia naturaleza humana.Cuando en la antigüedad se aceptaba la esclavitud, los romanos reconocieron que era contraria al derecho natural, concepto que aprendieron de los griegos, pero la reconocieron por el derecho de gentes, que es el común a los distintos pueblos. Observamos, por lo tanto, que, como siempre, la supremacía de las normas está dada por la conveniencia. La institución de la esclavitud era muy provechosa a los intereses de sus amos, pues proporcionaba mano de obra barata, y entonces, el derecho de gentes, primaba sobre el derecho natural. El Digesto de Justiniano nos da la siguiente definición de derecho natural, que corresponde al jurista Ulpiano: “es el que la naturaleza enseñó a todos los animales”. Otro concepto incluido en la misma obra, pertenece al jurista Paulo, que dice que es el “que siempre es bueno y equitativo”.Sin embargo, este concepto desarrollado por Cicerón, que decía que el derecho natural debe ajustarse a la recta razón, pareciera en ciertos casos, relacionarse más que a lo justo a lo instintivo. Así pone como ejemplos, que si bien el derecho civil condena a un hombre que engaña a otro vendiéndole una baratija, haciéndola pasar por una joya, para el derecho natural sería algo justo que el astuto se aprovechara del crédulo.Como vemos, aún entre los defensores del derecho natural, no había demasiado acuerdo, ya que la solución de Cicerón no parecería concordar con la definición de Paulo.No podemos dejar de reconocer que si bien en algunos casos las normas del derecho natural son fáciles de descubrir, como cuando están en juego valores fundamentales, como el de la vida, la libertad, o la seguridad de las personas, en otros, pueden existir choques de valores, incluso entre los antes mencionados.Piénsese por ejemplo, en el caso del aborto. Una ley que prohíba el aborto, penalizando a la mujer que se lo practica, puede ser considerada contraria al derecho natural, si se piensa que penalizar el aborto, sería impedir que la mujer concurra a centros asistenciales adecuados, y ponga en riesgo su propia vida. Otros podrán decir, que impedir el aborto, y obligar a la madre a criar un niño que

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no desea, podrá exponer a éste a riesgos tan grandes, carencias y padecimientos, que será como matarlo de a poco. Una ley que liberalice el aborto también podrá ser cuestionada como contraria al derecho natural, pues no tendría en cuenta el derecho a la vida de un ser indefenso: la persona por nacer.Creemos en definitiva que si el fin perseguido por el Derecho es la búsqueda de un orden social justo, no podemos desconocer que debe ceñirse al derecho natural: El problema es ponernos de acuerdo sobre el contenido de este derecho, escrito sobre el alma humana, que en muchas de éstas está muy borroneado.Los revolucionarios franceses de 1789, cuyos pensadores ilustrados e iluministas reflotaron la teoría del derecho natural, para justificar el derecho de los pueblos a ejercer el poder, declararon cono derechos naturales, sagrados e irrenunciables, el derecho a la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. No se tuvieron en cuenta a las mujeres, ni tampoco los derechos de los trabajadores asalariados oprimidos.Luego de la Segunda Guerra Mundial, y conocidas las aberraciones cometidas por el régimen nazi, se dictó la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) para que ningún gobierno pueda arrogarse la posibilidad de desconocer los más sagrados derechos de la humanidad.Las sentencias dictadas en los juicios de Nuremberg, se basaron el derecho natural, que permitió aplicar las leyes penales en forma retroactiva (o sea, en el pasado). Quienes cometieron los aberrantes crímenes de la Segunda Guerra Mundial, lo hicieron de acuerdo al derecho positivo, cumpliendo órdenes superiores, pero que según el derecho natural, debían ser evaluadas por quien debía cumplirlas.Las dictaduras militares que enlutaron a América Latina en la década de 1970, impusieron un estricto positivismo, mostrándonos el peligro de un sistema que deja en manos de quien ejerce el poder, la decisión sobre el respeto de los derechos del hombre. Se dejó de lado, en estos casos, para condenar posteriormente a los dictadores, el principio de la prescripción, que impide la condena de un delito luego de cierto lapso de tiempo, pues se consideró a los derechos naturales como imprescriptibles.La diferencia fundamental entre estas dos concepciones podría resumirse así: Para los positivistas el legislador crea los derechos, para los iusnaturalistas, simplemente los reconoce. Por lo tanto si los omite, está obligado a incorporarlos.

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1.2 DERECHO POSITIVO Y DERECHO VIGENTEDERECHO POSITIVOEs un orden real creado por el Estado que puede o no fundamentarse en el derecho natural. Cambia conforme lo requiera la vida del hombre en sociedad, de ahí que se reforme constantemente.La vigencia es el atributo puramente formal, el sello que el Estado imprime a las reglas jurídicas consuetudinarias, jurisprudenciales o legislativas sancionadas por él. La positividad es un hecho que estriba en la observación de cualquier precepto vigente o no vigente.La costumbre no aceptada por la autoridad política es derecho positivo, pero carece de validez formal. Las disposiciones que el legislador crea, tienen vigencia en todo caso, más no siempre son acatadas. La circunstancia de que una ley no sea obedecida, no quita a esta su vigencia, mientras que otra ley no la derogue.

DERECHO VIGENTESon las Normas que en un lugar y en una época determinados, el Estado Considera obligatorias. El derecho vigente está integrado tanto por las reglas de origen consuetudinario que el poder público reconoce, como lo preceptos que formula. La vigencia deriva siempre de una orden de supuestos. Tales supuestos cambian con las diversas legislaciones. En lo que toca al derecho legislado, su vigencia se encuentra condicionada por la reunión de ciertos requisitos que la ley enumera. De acuerdo con nuestra Constitución, por ejemplo, son preceptos jurídicos, y, por ende, resultan obligatorios, los aprobados por ambas Cámaras, sancionados por el ejecutivo y publicados en el diario oficial, desde la fecha que en el acto de la publicación o en otra norma indique. El orden vigente no solo está integrado por las normas legales y las reglas consuetudinarias que el poder público reconoce y aplica. A él pertenecen asimismo los preceptos de carácter genérico que integran la jurisprudencia obligatoria y las normas individualizadas (resoluciones judiciales, contratos testamentos, etc.). La validez de todas estas normas -sean generales o individuales- depende siempre de un conjunto de requisitos extrínsecos, establecidos por otras del mismo sistema.

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DIFERENCIAS ENTRE DERECHO VIGENTE Y DERECHO POSITIVOTodo derecho positivo es derecho vigente, pero no todo derecho vigente es derecho positivo.

El derecho vigente es el que se encuentra en vigor por cualquier motivo, dentro de un ámbito territorial y espacial determinado; pero cuando derecho no obstante ser vigente, deja de aplicarse o se olvida su existencia y cae en desuso, entonces se dice que es un derecho No Positivo.

1.3 DERECHO POSITIVO Y DERECHO NATURALDERECHO POSITIVOEl derecho positivo se refiere a un cuerpo de leyes que pueden regular la conducta en un área determinada. Este tipo de leyes se remontan a tiempos antiguos y es básicamente transmitido por el gobierno a nivel local, regional o nacional. El Derecho Positivo es a veces un contraste con la ley natural, que generalmente se basa en principios morales. El derecho positivo podría establecer las normas para actos que las requieran, así como las que están prohibidas. Las penas se dan generalmente a los que violan el derecho positivo.El término "positivo" puede haber sido utilizado para describir las leyes positivas, ya que suelen ser "impuestas" a los ciudadanos de un área en particular. Algunos ejemplos de leyes positivas pueden incluir leyes, sentencias judiciales, y las ordenanzas. Las leyes positivas pueden ser por escrito y aprobadas por los legisladores del gobierno, los tribunales y organismos administrativos. Aquellos que están físicamente presentes en las leyes positivas tienen un poder de gobierno que es generalmente requerido para obedecer esas leyes.El Derecho Positivo puede haberse originado hace miles de años. Los diez mandamientos del cristianismo se pueden utilizar como un ejemplo de derecho positivo. Los cristianos pueden considerar válidos los Diez Mandamientos, no sólo porque tienen sus raíces en los principios morales, sino también porque pudo haber sido grabado en piedra por Dios y entregada al profeta Moisés bíblico. Los positivistas comúnmente compartimos la opinión de que para ser obedecido, las leyes deben ser promulgadas por figuras de autoridad.Las leyes positivas aprobadas por funcionarios del gobierno no son las mismas que las políticas de las empresas y organismos no gubernamentales. La política de una sociedad no se considera como Derecho Positivo, porque una empresa no es un órgano de gobierno. Sin embargo, son los empleados comunes quienes tienen que seguir las reglas de la empresa para la que trabajan.La ética es a veces un tejido en el derecho positivo, pero si una persona se comporta de una manera poco ética no es necesariamente considerada una violación de la ley. Por ejemplo, se puede considerar poco ético que una empresa quiera reducir al mínimo los beneficios para su propio beneficio. Si este

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comportamiento se realiza en el marco del derecho positivo aplicable, esto no puede ser ilegal.

DERECHO NATURALTambién llamado iusnaturalismo es una teoría ética y un enfoque filosófico del derecho que postula la existencia de derechos del hombre fundados en la naturaleza humana, universales, anteriores y superiores (o independientes) al ordenamiento jurídico positivo y al derecho fundado en la costumbre o derecho consuetudinario.La teoría ética del Derecho natural o de la ley natural parte de las premisas de que los humanos son racionales y los humanos desean vivir y vivir lo mejor posible. De ahí, el teórico del Derecho natural llega a la conclusión de que hay que vivir de acuerdo con cómo somos, de acuerdo con nuestra naturaleza humana. Si no lo hiciésemos así nos autodestruiríamos.Eso supone que los seres humanos compartimos unas características comunes, una naturaleza o esencia: unas características físicas, químicas, biológicas, psicológicas, sociales y culturales, etc. Eso hace que las formas de vida que podemos vivir satisfactoriamente no sean ilimitadas debido a nuestras necesidades.Habitualmente, una objeción que se suele poner a esta teoría es la variabilidad de la conducta humana. Sin embargo, la teoría pretende señalar que no todo es bueno para los humanos. Y de este modo, la teoría del Derecho natural ha contribuido a dar a luz a las teorías de los derechos y a una forma, entre otras, de dar razones para justificar los Derechos Humanos y los Derechos Fundamentales.

DIFERENCIAS ENTRE DERECHO POSITIVO Y DERECHO NATURALEl positivismo jurídico a veces se compara con el derecho natural. El derecho natural se refiere generalmente al orden natural, o un código moral y ético que compartimos las personas como seres humanos. El derecho positivo es el orden artificial y consiste en reglas de conducta que se ponen a las personas entre sí. La ley natural es inherente y no puede exigir la ejecución del gobierno, mientras las leyes positivas son aquellas que son legales y que las personas suelen seguir.El derecho natural es el ordenamiento jurídico que nace y se funda en la naturaleza humana, no debiendo su origen, por tanto, a la voluntad normativa de ninguna autoridad, como ocurre con el derecho positivo. Es un conjunto de preceptos que se imponen al derecho positivo y que éste debe respetar. El derecho positivo está establecido y sancionado, para cada tiempo y cada comunidad social, por la voluntad del legislador, que representa la voluntad social; por lo tanto, se trata de un derecho variable, contingente, mientras que el derecho natural es un orden jurídico objetivo, no procedente de legislador alguno, que se impone a los hombres por su propia naturaleza; es objetivo e inmutable y conocido por la razón.

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Por encima del derecho positivo, dimanante de un legislador, existe un derecho independiente, que se justifica en la exigencia misma de introducir en el concepto del derecho y del Estado el valor fundamental y original de la persona humana, y colocar este valor en el vértice de todo el sistema jurídico.

1.4 ¿ES EL DERECHO NATURAL UN CÓDIGO DE PRECEPTOS ABSTRACTOS E INMUTABLES?Definamos primero cual es el significado de la palabra abstracto:Esta significa:Abstracto, ta.(Del lat. abstractus).1.Adj. Que significa alguna cualidad con exclusión del sujeto.Inmutable.(Del lat. immutabĭlis).1.adj. No mudable, que no puede ni se puede cambiar.2.adj. Que no siente o no manifiesta alteración del ánimo.El derecho natural es un código de preceptos abstractos e inmutables ya que no se puede transferir ni cambiar, puesto que el derecho natural está basado en la ley natural.El derecho natural por ser abstracto hace posible que su determinación se lleve a cabo de acuerdo a las diferentes épocas, según lo exija la virtud y la prudencia para que el mismo se concrete en derecho positivo.