primera solicitud

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Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REGISTRO DE ENTRADA SALIDA cuya finalidad es SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA DOCUMENTACION DE ENTRADA Y SALIDA y podrán ser cedidas a otros departamentos del Ayuntamiento., además de otras cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la OFICINA DE REGISTRO GENERAL Situado en la Plaza Cervantes 12 de Alcalá de Henares dónde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. C/ San Felipe Neri 1, 2ª planta 28801 Alcalá de Henares Telf: 91 879 74 00 Fax.: 91 879 74 01 Nombre de la Entidad: CIF: Domicilio (Avda, Calle, Plaza, etc, número, piso y letra): Tipo de Entidad (a rellenar por la Concejalía de Juventud): Teléfono: Móvil: e-mail: Fax: Apellidos y Nombre ó Razón Social : DNI, NIF, NIE: Domicilio (Avda, Calle, Plaza, etc, número, piso y letra): Municipio: Provincia: Código Postal: Teléfono: Móvil: e-mail: Fax: Actividad: Fecha de la Actividad: Horario de la Actividad: SONIDO (Propio o de la Sala) : LUCES (Propio o de la Sala) : OTROS DATOS: EL REPRESENTANTE de la ENTIDAD SOLICITANTE conoce y acepta la Normativa Reguladora de la utilización de Auditorio de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. SOLICITUD DE UTILIZACIÓN DEL AUDITORIO “PACO DE LUCÍA” CONCEJALÍA DE JUVENTUD Sello del Registro, (1) ENTIDAD SOLICITANTE (2) DATOS DEL REPRESENTANTE (3) ACTIVIDAD PARA LA QUE SE SOLICITA (5) FECHA Y FIRMA Fecha: Firmado: EL REPRESENTANTE (4) DATOS TÉCNICOS

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Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REGISTRO DE ENTRADA SALIDA cuya finalidad es SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA DOCUMENTACION DE ENTRADA Y SALIDA y podrán ser cedidas a otros departamentos del Ayuntamiento., además de otras cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la OFICINA DE REGISTRO GENERAL Situado en la Plaza Cervantes 12 de Alcalá de Henares dónde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. C/ San Felipe Neri 1, 2ª planta 28801 Alcalá de Henares Telf: 91 879 74 00 Fax.: 91 879 74 01

Nombre de la Entidad: CIF:

Domicilio (Avda, Calle, Plaza, etc, número, piso y letra):

Tipo de Entidad (a rellenar por la Concejalía de Juventud): Teléfono: Móvil: e-mail: Fax:

Apellidos y Nombre ó Razón Social : DNI, NIF, NIE:

Domicilio (Avda, Calle, Plaza, etc, número, piso y letra):

Municipio: Provincia: Código Postal:

Teléfono: Móvil: e-mail: Fax:

Actividad:

Fecha de la Actividad: Horario de la Actividad:

SONIDO (Propio o de la Sala) :

LUCES (Propio o de la Sala) :

OTROS DATOS:

EL REPRESENTANTE de la ENTIDAD SOLICITANTE conoce y acepta la Normativa Reguladora de la utilización de Auditorio de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

SOLICITUD DE UTILIZACIÓN DEL AUDITORIO “PACO DE LUCÍA”

CONCEJALÍA DE JUVENTUD

Sello del Registro,

(1) ENTIDAD SOLICITANTE

(2) DATOS DEL REPRESENTANTE

(3) ACTIVIDAD PARA LA QUE SE SOLICITA

(5) FECHA Y FIRMA

Fecha: Firmado: EL REPRESENTANTE

(4) DATOS TÉCNICOS

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Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REGISTRO DE ENTRADA SALIDA cuya finalidad es SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA DOCUMENTACION DE ENTRADA Y SALIDA y podrán ser cedidas a otros departamentos del Ayuntamiento., además de otras cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la OFICINA DE REGISTRO GENERAL Situado en la Plaza Cervantes 12 de Alcalá de Henares dónde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. C/ San Felipe Neri 1, 2ª planta 28801 Alcalá de Henares Telf: 91 879 74 00 Fax.: 91 879 74 01

Se autoriza a la ENTIDAD SOLICITANTE a la utilización del Auditorio de la Concejalía de Juventud en las fechas citadas y con las condiciones establecidas. Horas Autorizadas: Precio Público que le Corresponde: TOTAL A PAGAR:

La autorización no será efectiva hasta que la Entidad solicitante

presente ante la Concejalía de Juventud fotocopia del pago del

precio público. La entidad dispone de un plazo de diez días para

subsanar deficiencias en la solicitud. Esta documentación deberá

presentarse con suficiente antelación antes de la fecha autorizada

y en día laborable ( de lunes a viernes ), en la Concejalía de

Juventud, C/ San Felipe Neri 1, 1º planta, Alcalá de Henares, de

9,00 a 14,00 horas.

HORARIO DE AUDITORIO: LUNES: DE 16,30 h A 22,30 h. MARTES A VIERNES: DE 9 h A 15 h y de 16,30h A 22,30 H SABADOS: DE 9 A 14 H y de 17 A 23 H DOMINGOS: DE 17 A 22 H

(6) AUTORIZACIÓN A LA ENTIDAD SOLICITANTE

Fecha: Fdo: CONCEJALIA DE JUVENTUD

Fecha: VºBº: CONCEJALIA DE JUVENTUD

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Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REGISTRO DE ENTRADA SALIDA cuya finalidad es SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA DOCUMENTACION DE ENTRADA Y SALIDA y podrán ser cedidas a otros departamentos del Ayuntamiento., además de otras cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la OFICINA DE REGISTRO GENERAL Situado en la Plaza Cervantes 12 de Alcalá de Henares dónde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. C/ San Felipe Neri 1, 2ª planta 28801 Alcalá de Henares Telf: 91 879 74 00 Fax.: 91 879 74 01

NORMATIVA REGULADORA UTILIZACIÓN AUDITORIO. El Ayuntamiento de Alcalá de Henares a través de la Concejalía de Juventud recabará de la entidad

solicitante cuanta información y datos crea oportunos respecto de la actividad y de la propia entidad, en caso de que no se faciliten será causa suficiente para denegar la solicitud.

La entidad solicitante y personalmente su representante quedan obligados a acatar cuantas normas le dicte la Concejalía de Juventud tanto de carácter básico como extraordinario por razón de la actividad y las necesidades y la limitación del servicio.

NORMAS BÁSICAS

1. las actividades que se desarrollen serán las expuestas en la solicitud y en el proyecto. Solo podrá hacerse uso del Auditorio en los días y las horas solicitadas y concedidas. Es imprescindible presentar en la Conserjería del Auditorio, previo a la actividad, la solicitud debidamente cumplimentada y autorizada

incluyendo en su caso la carta de pago del precio público. 2. Una vez concedida la autorización, la entidad solicitante, deberá abonar el precio público que le corresponda. La cuantía final del mismo depende del tipo de entidad y será proporcional a las horas

solicitadas. El abono del precio público se realizará en la Concejalía de Hacienda, de 9,00 a 13,00h, del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Pza. de Cervantes 4. 3. La actividad se limitará al horario del conserje.

4. La actividad que se realice no molestará ni alterará el normal funcionamiento del resto de actividades y dependencias del Auditorio. 5. La capacidad máxima del Auditorio es de 600 butacas. No se podrá exceder de dicha capacidad.

6. Está prohibido fumar, comer y beber dentro del Auditorio. 7. Las personas responsables de la actividad velarán por el adecuado uso de la sala, manteniendo las instalaciones en el mismo orden y situación que se encontraban antes de su utilización. Se prohíbe

clavar, pegar, grapar cualquier cartel o decorado tanto en la pared del escenario como en el suelo o en el telón. Podrán acceder al almacén situado en la parte izquierda del escenario, los vestuarios y los aseos, el resto de las dependencias son de uso exclusivo del personal municipal. Todo el material que

se utilice para decorados y sea colocado cerca de fuentes de calor deberá ser ignifugo. Se designará personal de la entidad, identificados, que se encargarán del orden de la sala, apertura y cierre de las puertas al público. Al finalizar la actividad el responsable de la entidad deberá revisar, junto con el

conserje, el estado en que ha quedado el Auditorio. 8. Cualquier desperfecto ocasionado será subsanado por la entidad autorizada. 9. Cualquier utilización que suponga la instalación de toma de electricidad adicional al potencial

existente será comunicado previamente y con suficiente antelación a esta Concejalía que estudiará la viabilidad de la petición.

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Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REGISTRO DE ENTRADA SALIDA cuya finalidad es SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA DOCUMENTACION DE ENTRADA Y SALIDA y podrán ser cedidas a otros departamentos del Ayuntamiento., además de otras cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la OFICINA DE REGISTRO GENERAL Situado en la Plaza Cervantes 12 de Alcalá de Henares dónde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. C/ San Felipe Neri 1, 2ª planta 28801 Alcalá de Henares Telf: 91 879 74 00 Fax.: 91 879 74 01

10. El Ayuntamiento de Alcalá de Henares no se hace responsable, y la entidad solicitante renuncia a cualquier reclamación, de los daños en los objetos y materiales de la misma, así como aquellos daños producidos por interrupción de los suministros de agua y electricidad.

11. La entidad solicitante se hace directamente y exclusivamente responsable de cuantos daños puedan ocasionarse a terceras personas o cosas como consecuencia directa o indirecta de su actividad eximiendo de toda responsabilidad al Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

12. No se permite la realización de actividades que vulneren los preceptos de la Constitución Española de 1.978 y el resto del ordenamiento jurídico vigente. 13. Si las actividades realizadas por la Entidad solicitante devengaran Derechos de Autor estos correrán

por cuenta de dicha Entidad. 14. Las solicitudes se realizarán con un mínimo de 15 días de antelación a la actividad y un máximo de 6 meses.

15. Cualquier información pública, relativa a la actividad a realizar en el Auditorio, incluirá mención de Colaboración de la Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares. 16. En el caso de necesidad de uso, urgente y coincidente, por parte del Excmo. Ayuntamiento de

Alcalá de Henares, este tendrá prioridad sobre cualquier Entidad Solicitante renunciando dicha Entidad a cualquier reclamación ante este Ayuntamiento. En el caso en que no se utilice el Auditorio por causa no imputable al solicitante se procederá a la devolución del importe satisfecho por el precio público

correspondiente. 17. La asistencia del público será siempre gratuita. En el caso de actividades a beneficio de una causa solidaria se justificará convenientemente y se tendrá autorización expresa de la Concejalía de Juventud.

El no cumplimiento de este punto supondrá la denegación inminente de la solicitud. El abajo firmante como representante de la entidad que solicita la utilización del Auditorio conoce las

presentes normas y se hace responsable de su cumplimiento.

Alcalá de Henares a, de 2011

Fdo.: EL REPRESENTANTE