Primera Evaluación Segundo Semestre 2011

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  • 8/10/2019 Primera Evaluacin Segundo Semestre 2011

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    Primera PruebaDerecho Constitucional Econmico

    Segundo Semestre 2011

    Prof. Jos Luis Crdenas T.

    I. Los Hechos

    Doa Camila vendi el inmueble X a don Sebastin, en $300.000.000.-, quienfinanci la compra mediante un crdito del Banco E., garantizado con unahipoteca constituida sobre dicho inmueble, a favor de dicho banco.

    El cnyuge de doa Camila, don Giorgio, al reparar que el inmueble X habasido vendido sin su autorizacin, recurri donde su abogado, quien le record

    que estaba casado bajo rgimen de sociedad conyugal y, segn el artculo 1749del Cdigo Civil, [e]l marido es jefe de la sociedad conyugal, y como tal administralos bienes sociales y los de su mujer; sujeto, empero, a las obligaciones y limitaciones que

    por el presente Ttulo se le imponen y a las que haya contrado por las capitulacionesmatrimoniales. Adems, era un hecho no controvertido, que el inmueble Xcalificaba como bien social.

    Por lo anterior, don Giorgio decide demandar a don Sebastin y al Banco E., afin que se declarase la nulidad relativa de la compraventa y de la hipoteca, enbase a los artculos 1681 y 1682 inciso final del Cdigo Civil, de acuerdo a cuyos

    enunciados esa especie de ineficacia jurdica se produce, entre otras hiptesis,cuando en la celebracin de determinados actos jurdicos se han omitido lasformalidades exigidas por la ley en atencin al estado o calidad de las personas.

    La causa queda radicada ante el 15 Juzgado Civil de Santiago, rol 11111-2011,caratulada Giorgio con Sebastin y otro.

    II. El Problema

    Su estudio jurdico asesora a don Sebastin y al Banco E. en la referida causa y,como parte de la estrategia de defensa, decide presentar un requerimiento deinaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, paraevitar la aplicacin del artculo 1749 del Cdigo Civil y, consecuencialmente, ladeclaracin de la nulidad relativa.

    III. El Requerimiento

    Prepare el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad como sifuera a ser presentado ante el Tribunal Constitucional. Slo excluya el anlisisde admisibilidad (se asume que es admisible este caso).