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213-S05 16 DE DICIEMBRE DE 1996 ________________________________________________________________________________________________________________ El caso de LACC número 213-S05 es la versión en español del caso de HBS número 292-085. Los casos de HBS se desarrollan únicamente para su discusión en clase. No es el objetivo de los casos servir de avales, fuentes de datos primarios, o ejemplos de una administración buena o deficiente. Copyright 2012 President and Fellows of Harvard College. No se permitirá la reproducción, almacenaje, uso en planilla de cálculo o transmisión en forma alguna: electrónica, mecánica, fotocopiado, grabación u otro procedimiento, sin permiso de Harvard Business School. WILLIAM E. FRUHAM Pressco, Inc. (1985) En noviembre de 1985, Jane Rogers, una ejecutiva de comercialización de Pressco Inc., estaba preparando una presentación financiera, diseñada para ayudar a cerrar la venta de un equipo de secado mecánico para Paperco Inc. El equipo, que ella esperaba vender a Paperco a un precio de $ 2,9 millones, reemplazaría instalaciones menos eficientes que habían sido puestas en actividad a finales de diciembre de 1979 por Paperco. Los ahorros en costos (excluyendo los gastos por depreciación) que Rogers consideraba seguros para Paperco a causa de la instalación del nuevo equipo, ascendían a $ 560.000 anuales. De esta cifra, se esperaba lograr $ 360.000 de ahorros debido a un uso más eficiente de los combustibles. Hacía un año atrás, Rogers no había tenido éxito tratando de convencer a la dirección de Paperco de esta oportunidad de reducción de costos. El cliente veía la inversión propuesta como poco atractiva y sujeta a ser fácilmente pospuesta a un bajo costo para Paperco. Ellos estaban originalmente reticentes a comprometerse con la compra por esta razón. Pero después de aquella presentación, se rumoreó acerca de una nueva legislación tributaria que: (1) eliminaría el crédito fiscal a la inversión para nuevos equipos, 1 (2) extendería el plazo de depreciación para nuevos equipos, y (3) reduciría la tasa de impuesto corporativo de 46% a 34% si empezaban en 1986. Aunque los rumores sobre la promulgación de la nueva legislación eran inciertos, la alta dirección de Pressco estaba preocupada debido a que la norma podía dañar las ventas de equipo de secado mecánico de la empresa. A Rogers esta preocupación le resultaba algo curioso puesto que ella había experimentado una ola de consultas sin precedentes por parte de clientes luego del anuncio de la nueva iniciativa tributaria. En efecto, la dirección de Paperco repentinamente expresó gran interés en acelerar la compra del equipo de secado automático y parecía ansiosa por firmar el compromiso contractual. Preparando el análisis económico que sustentaba la presentación comercial a Paperco, Rogers recordó que Paperco utilizaba el método de doble tasa decreciente (DDB) para la depreciación de activos adquiridos antes del 1/1/81 y estaba utilizando el método acelerado de recuperación (ACRS) para activos adquiridos en o después de esa fecha (Anexo 2). Para ser consistente con estos supuestos, Rogers preparó los esquemas de depreciación relevantes para el equipo antiguo y el nuevo como se indica en los Anexos 3 y 4. 1 El Anexo 1 presenta una cronología de los cambios en la legislación tributaria sobre créditos fiscales a las inversiones de 1975 a 1985, así como, el cambio rumoreado, pero no promulgado en 1986. This document is authorized for use only by Ren? Sanjin?s ([email protected]). Copying or posting is an infringement of copyright. Please contact [email protected] or 800-988-0886 for additional copies.

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________________________________________________________________________________________________________________ El caso de LACC número 213-S05 es la versión en español del caso de HBS número 292-085. Los casos de HBS se desarrollan únicamente para su discusión en clase. No es el objetivo de los casos servir de avales, fuentes de datos primarios, o ejemplos de una administración buena o deficiente. Copyright 2012 President and Fellows of Harvard College. No se permitirá la reproducción, almacenaje, uso en planilla de cálculo o transmisión en forma alguna: electrónica, mecánica, fotocopiado, grabación u otro procedimiento, sin permiso de Harvard Business School.

W I L L I A M E . F R U H A M

Pressco, Inc. (1985)

En noviembre de 1985, Jane Rogers, una ejecutiva de comercialización de Pressco Inc., estaba preparando una presentación financiera, diseñada para ayudar a cerrar la venta de un equipo de secado mecánico para Paperco Inc. El equipo, que ella esperaba vender a Paperco a un precio de $ 2,9 millones, reemplazaría instalaciones menos eficientes que habían sido puestas en actividad a finales de diciembre de 1979 por Paperco. Los ahorros en costos (excluyendo los gastos por depreciación) que Rogers consideraba seguros para Paperco a causa de la instalación del nuevo equipo, ascendían a $ 560.000 anuales. De esta cifra, se esperaba lograr $ 360.000 de ahorros debido a un uso más eficiente de los combustibles.

Hacía un año atrás, Rogers no había tenido éxito tratando de convencer a la dirección de Paperco de esta oportunidad de reducción de costos. El cliente veía la inversión propuesta como poco atractiva y sujeta a ser fácilmente pospuesta a un bajo costo para Paperco. Ellos estaban originalmente reticentes a comprometerse con la compra por esta razón. Pero después de aquella presentación, se rumoreó acerca de una nueva legislación tributaria que: (1) eliminaría el crédito fiscal a la inversión para nuevos equipos,1 (2) extendería el plazo de depreciación para nuevos equipos, y (3) reduciría la tasa de impuesto corporativo de 46% a 34% si empezaban en 1986.

Aunque los rumores sobre la promulgación de la nueva legislación eran inciertos, la alta dirección de Pressco estaba preocupada debido a que la norma podía dañar las ventas de equipo de secado mecánico de la empresa. A Rogers esta preocupación le resultaba algo curioso puesto que ella había experimentado una ola de consultas sin precedentes por parte de clientes luego del anuncio de la nueva iniciativa tributaria. En efecto, la dirección de Paperco – repentinamente – expresó gran interés en acelerar la compra del equipo de secado automático y parecía ansiosa por firmar el compromiso contractual.

Preparando el análisis económico que sustentaba la presentación comercial a Paperco, Rogers recordó que Paperco utilizaba el método de doble tasa decreciente (DDB) para la depreciación de activos adquiridos antes del 1/1/81 y estaba utilizando el método acelerado de recuperación (ACRS) para activos adquiridos en o después de esa fecha (Anexo 2). Para ser consistente con estos supuestos, Rogers preparó los esquemas de depreciación relevantes para el equipo antiguo y el nuevo como se indica en los Anexos 3 y 4.

1 El Anexo 1 presenta una cronología de los cambios en la legislación tributaria sobre créditos fiscales a las inversiones de 1975 a 1985, así como, el cambio rumoreado, pero no promulgado en 1986.

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Para el caso de que la nueva legislación se promulgara antes de la firma del compromiso contractual con Paperco, Rogers preparó también el esquema de depreciación que se utilizaría de acuerdo con los términos de la nueva legislación (Anexo 5). Ella era consciente de que, para reducir la incertidumbre económica vinculada a las inversiones en activos de largo plazo, el Congreso “apadrinaba” métodos más favorables de depreciación y créditos fiscales a la inversión para proyectos cuyos compromisos contractuales hubieran sido firmados antes de que las nuevas (y menos favorables) legislaciones tributarias fueran promulgadas. Ella pensó que este hecho habría tenido que ver con el sentido de urgencia mostrado por clientes potenciales como Paperco.

Los supuestos restantes que Rogers pensaba utilizar en su presentación sobre la oportunidad de inversión para la dirección de Paperco se describen a continuación:

1. Costo del equipo $ 2.100.000

2. Inicio de las operaciones - Diciembre 1986; 12 meses después de recibir la orden que estaba para diciembre de 1985.

3. Condiciones de pago del equipo:

50% ($1.050.000) con la orden (dic.-85). 50% ($1.050.000) con el inicio de las operaciones (dic.-86).

4. Costos de instalación $ 800.000

100% con el inicio de las operaciones (dic.-86).

5. Costo de Capital de Paperco: 12%

6. Plazo de depreciación y Valor de Rescate

Indicación Tributaria Equipo e Instalaciones a

reemplazar

Equipo e Instalaciones nuevas - Legislación vigente

Equipo e Instalaciones nuevas - Nueva Legislación

Depreciación Equipo 10 años, DDB2 5 años (ACRS) 7 años (MACRS) Depreciación Instalaciones 8 años DDB 5 años (ACRS) 7 años (MACRS) Valor de Rescate al final del periodo $ 60.000 $ 250.000 $ 250.000 7. Vida física de la nueva instalación (a partir del inicio de las operaciones) 10 años

8. Instalaciones a ser reemplazadas

Costo del equipo original $ 500.000 Costo de la instalación original $ 500.000 Valor de mercado del equipo, si es vendido dentro de un año $ 150.000 Vida útil restante desde diciembre de 1985 11 años

2 El IRS permitía a los contribuyentes cambiar de método de depreciación doble tasa decreciente al método de depreciación lineal cuando éste se volvía ventajoso. El cambio al método lineal en el momento más ventajoso ya está considerado en los cálculos presentados en el Anexo 4.

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9. Debido a que las instalaciones existentes permanecerían en servicio prácticamente todo el año 1986, Paperco podría reconocer los gastos por depreciación del equipo antiguo como un gasto de 1986 tal como se muestra en el cronograma provisto en el Anexo 4.

10. Los créditos fiscales por inversión, si hubiera alguno, serían determinados sobre el costo del equipo más los costos de instalación. Los créditos serían utilizados en el año en el cual el equipo fuera puesto en servicio.

11. Paperco pagaba actualmente una tasa de impuestos federal de 46%. Si la legislación propuesta fuera promulgada, esta tasa caería al 34% a partir de 1986.

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Anexo 1 Las regulaciones del IRS permiten un crédito contra impuestos para inversiones en ciertos bienes depreciables. Los montos de crédito se muestran abajo.

Tasa de Crédito Fiscal por Inversión (TCFI)

Tiempo Depreciación TCFI 3 a 4 años 3 1/3 % propiedad puesta en servicio después

del 21 de enero de 1975 pero antes del 1°de enero de 1981.

5 a 6 años 6 2/3 % 7 años a más 10% Tiempo Depreciación TCFI 3 años 6% propiedad puesta en servicio después

del 1° de enero de 1981, pero antes del 1°enerode 1983.

5 años 8% Tiempo Depreciación TCFI 3 años 4% propiedad puesta en servicio después

del 1° de enero de 1983. 5 años 8% Tiempo Depreciación TCFI Cualquier activo 0% Con la nueva legislación a partir de 1986

Si el equipo sobre el cual se ha aplicado el crédito fiscal por inversión (CFI) es retirado antes de su plazo de depreciación regular, la porción correspondiente se devuelve al IRS. Si bien el monto total del CFI se deduce de los impuestos de la empresa, apenas el equipo se pone en servicio, de hecho, el CFI se “gana” – en el sentido de que ya no puede ser recapturado por el IRS – según el siguiente cronograma:

CFI Acumulado ganado

Número mínimo de meses de posesión para ganar el crédito

Propiedad puesta en servicio entre el 21 de enero de 1975 y el 31 de

diciembre de 1980.

Propiedad puesta en servicio después del 1º de enero de 1981.

12 0 20 24 0 40 36 33,33% 60 48 33,33% 80 60 66,66% 100 72 66,66% 100 84 100% 100

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Anexo 2: Tasas de Depreciación Permitidas a Efectos Tributarios para Maquinaria y Equipo como los comprados por Paperco.

Porcentaje de Costo a ser Depreciado por Año para Propiedades Puestas en Servicio

Año Legislación Tributaria vigente antes de 1980

Legislación Tributaria vigente

1980-1985

Nueva Legislación Tributaria Posible

Activos 10 años Activos 8 años Activos 5 años* Activos 7 años**

1 20,00% 25,00% 15,00% 14,29% 2 16,00 18,75 25,50 24,49 3 12,80 14,06 17,85 17,49 4 10,24 10,55 16,66 12,49 5 8,19 7,91 16,66 8,93 6 6,55 7,91 8,33 8,92 7 6,56 7,91 8,93 8 6,55 7,91 4,46 9 6,56 10 6,55 Total 100,00 100,00 100,00 100,00

* Bajo las leyes vigentes hasta 1985, ningún valro residual era deducido del monto a ser depreciado. Bajo esta ley, se permitía una depreciación de mitad de año para todos los equipos puestos en funcionamiento durante ese año, sin importar la fecha específica en que el equipo había sido, realmente, puesto en servicio. La tabla de depreciación mostrada arriba esta basada en el método de doble tasa decreciente al 150% con cambio a depreciación lineal en el año 3.

** Se esperaba que la nueva legislación rumoreada extenderiera el plazo de depreciación de equipos similares a los vendidos por Pressco de 5 a 7 años, pero permitiendo el método de doble tasa decreciente al 200%, cambiando al método lineal en el año 4.

Anexo 3: Gasto por depreciación: Equipo e instalaciones nuevas sin cambio en la legislación o “Apadrinamiento” debido a la firma del contrato de compromiso.* ($ 000)

Método de Recuperación de Costo Acelerado (ACRS)

Año Equipo Instalación Total

1986 315 120 435 1987 535 204 739 1988 375 143 518 1989 350 133 483 1990 350 133 483 1991 175 67 242 1992 - - - 1993 - - - 1994 - - - 1995 - - -

Total 2.100 800 2.900

* Se supone fecha de instalación diciembre de 1986 para el nuevo equipo y fecha de desecho diciembre 1986 para el equipo antiguo.

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Anexo 4: Gasto por depreciación: Equipo e instalaciones reemplazadas ($ 000)

Método de Doble Tasa Decreciente (DDB)*

Año Equipo Instalación Total

1979 100 125 225 1980 80 93 173 1981 64 70 134 1982 51 52 103 1983 41 40 81 1984 33 40 73 1985 33 40 73 1986 33 40 73 1987 33 0 33 1988 32 0 32 1989 0 0 0

Total 500 500 1,000

* Vea el pie de página #2 sobre la consideración del cambio a depreciación lineal apenas este se vuelve ventajoso.

Anexo 5: Gasto por depreciación: Equipo e instalaciones nuevas con la supuesta nueva Legislación Tributaria y el contrato de compromiso firmado tardíamente para calificar al “apadrinamiento”* ($ 000)

Método nuevo de Depreciación Acelerada (MACRS)

Año Equipo Instalación Total

1986 300 114 414 1987 514 196 710 1988 367 140 507 1989 262 100 362 1990 188 72 260 1991 188 71 259 1992 188 71 259 1993 93 36 129 1994 -- -- -- 1995 -- -- --

Total 2,100 800 2,900

* Supone fecha de instalación diciembre de 1986, pero la nueva legislación tributaria esperada se publica antes de que Paperco firme el contrato de compromiso. Paperco perdería el 8% de CFI y el método de ACRS de depreciación a 5 años.

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