PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO....

27
PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA CIUDAD.- PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LEON, GTO. EL CIUDADANO INGENIERO LUIS MANUEL QUIROS ECHEGARAY, PRESIDENTE DEL H. AYUN- TAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LEON, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER: QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICU- LOS 115 FRACCIONES I Y II DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXI- CANOS; 117 FRACCIONES I Y III INCISO A) DE LA CONSTITUCION POLITICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 1, 2, 69 FRACCION I INCISO B), 130,141 FRACCION I, 142 FRACCION II, 203, 204 FRACCIONES II Y III Y 205 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, EN SESION ORDINARIA DE FECHA 23 DE OCTUBRE DE 1997 APROBO EL SIGUIENTE: REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LEON, GTO. TITULO PRIMERO CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1º.- El presente Reglamento es de orden público e interés social y tiene por objeto definir la estructura orgánica del SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LEON, GUANAJUATO, mediante el establecimiento de las bases de organización y funcionamiento del mismo, para el debido desempeño de las atribuciones que le confiere la Ley y el Reglamento Base. ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato, es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Municipal, con personalidad jurídica y pa- trimonio propios, encargado de garantizar el buen funcionamiento, la adecuada prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, así como la detección, el tratamiento y reuso de aguas residuales en el Municipio de León, Guanajuato. ARTICULO 3º.- Para los efectos del presente reglamento, se entiende por: I.- Reglamento Base.- el reglamento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato, identificado por sus siglas “SAPAL”; II.- El Sistema.- Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato; y, III.- El Consejo.- El Consejo Directivo del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato. ARTICULO 4º.- El Sistema, para el debido ejercicio de sus atribuciones podrá coordinarse con las Autoridades Federales, Estatales y Municipales, dentro de sus respectivos ámbitos de

Transcript of PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO....

Page 1: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO.

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA CIUDAD.- PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON,GTO.

REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DELEON, GTO.

EL CIUDADANO INGENIERO LUIS MANUEL QUIROS ECHEGARAY, PRESIDENTE DEL H. AYUN-TAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LEON, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DELMISMO HAGO SABER:

QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICU-LOS 115 FRACCIONES I Y II DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXI-CANOS; 117 FRACCIONES I Y III INCISO A) DE LA CONSTITUCION POLITICA PARA EL ESTADODE GUANAJUATO; 1, 2, 69 FRACCION I INCISO B), 130,141 FRACCION I, 142 FRACCION II, 203,204 FRACCIONES II Y III Y 205 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DEGUANAJUATO, EN SESION ORDINARIA DE FECHA 23 DE OCTUBRE DE 1997 APROBO ELSIGUIENTE:

REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE YALCANTARILLADO DE LEON, GTO.

TITULO PRIMERO

CAPITULO UNICODISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1º.- El presente Reglamento es de orden público e interés social y tiene por objetodefinir la estructura orgánica del SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LEON,GUANAJUATO, mediante el establecimiento de las bases de organización y funcionamiento delmismo, para el debido desempeño de las atribuciones que le confiere la Ley y el Reglamento Base.

ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato, es unOrganismo Descentralizado de la Administración Pública Municipal, con personalidad jurídica y pa-trimonio propios, encargado de garantizar el buen funcionamiento, la adecuada prestación de losservicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, así como la detección, el tratamiento yreuso de aguas residuales en el Municipio de León, Guanajuato.

ARTICULO 3º.- Para los efectos del presente reglamento, se entiende por:

I.- Reglamento Base.- el reglamento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León,Guanajuato, identificado por sus siglas “SAPAL”;

II.- El Sistema.- Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato; y,

III.- El Consejo.- El Consejo Directivo del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León,Guanajuato.

ARTICULO 4º.- El Sistema, para el debido ejercicio de sus atribuciones podrá coordinarsecon las Autoridades Federales, Estatales y Municipales, dentro de sus respectivos ámbitos de

Page 2: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

competencia.

ARTICULO 5º.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 de la Ley de Haciendapara los Municipios del Estado de Guanajuato; 130 de la Ley Orgánica Municipal; y 8 del Reglamen-to Base, se delega en favor del Director General del Sistema y del titular de la Gerencia de Adminis-tración y Finanzas, conjunta o indistintamente, la facultad de llevar a cabo la determinación y liqui-dación de los créditos fiscales, así como exigir el pago de los que no hayan sido cubiertos o garan-tizados en los plazos legales, mediante el Procedimiento Administrativo de Ejecución previsto en lacitada Ley.

TITULO SEGUNDO

CAPITULO UNICODE LA ORGANIZACION DEL SISTEMA

ARTICULO 6º.- El Sistema para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su com-petencia, contará con un Consejo y las Unidades Administrativas siguientes:

I.- La Dirección General;

II.- La Gerencia de Administración y Finanzas;

III.- La Gerencia de Operación y Mantenimiento;

IV.- La Gerencia de Proyectos y Construcción;

V.- La Gerencia de Recursos Humanos;

VI.- La Gerencia de Informática;

VII.- El Departamento Jurídico;

VIII.- El Departamento de Atención a Usuarios;

IX.- La Contraloría Interna;

X.- El Departamento de Comunicación;

XI.- El Departamento de Desarrollo Organizacional;

XII.- Comisiones;

XIII.- Comités; y,

XIV.- Asesores.

TITULO TERCERO

Page 3: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

DEL ORGANO DE GOBIERNO

CAPITULO PRIMERODE LAS ATRIBUCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

ARTICULO 7º.- Las Facultades del Consejo, son las siguientes:

I.- Nombrar y remover al Director General y al Contralor, por el voto de la mitad mas uno de susintegrantes;

II.- Establecer políticas de inversión que favorezcan al Sistema;

III.- Establecer políticas encaminadas al cumplimiento de las disposiciones fiscales;

IV.- Establecer políticas de pagos a proveedores;

V.- Solicitar la información que se requiera al Director General respecto del funcionamiento delas Gerencias y Departamentos del Sistema;

VI.- Revisar y aprobar el proyecto de tarifas y derechos de conformidad con el ReglamentoBase y presentarlo al Ayuntamiento para su aprobación y publicación;

VII.- Revisar el arancel de multas y el tabulador de sanciones, recargos y gastos de ejecución,para presentarlo al Ayuntamiento para su aprobación y publicación;

VIII.- Revisar el Proyecto de Sanciones y Multas para los usuarios que incumplan con lasnormas ecológicas y con los Límites Máximos Permisibles establecidos por el Sistema, para suaprobación por el Ayuntamiento y publicación;

IX.- Aprobar el Plan Anual de Obra e Inversión presentado por el Director General;

X.- Someter el Plan Maestro de Desarrollo Hidráulico a consideración del Ayuntamiento parasu aprobación;

XI.- Aprobar el Presupuesto Anual de Egresos y las Estimaciones de Ingresos y presentarlo alAyuntamiento para su aprobación.;

XII.- Aprobar el informe mensual presentado por el Director General sobre las labores realiza-das, programas administrativos y técnicos, programas de obras y erogaciones y presentar un infor-me trimestral al Ayuntamiento;

XIII.- Aprobar el informe anual sobre el inventario de los bienes y los que se dieron de baja;

XIV.- Aprobar o modificar los programas y actividades realizadas por la Gerencia de Proyectosy Construcción, para el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas;

XV.- Someter a consideración del Ayuntamiento el Reglamento de uso de Red de Alcantarilla-do; y,

Page 4: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

XVI.- Las demás que se mencionen en el presente Ordenamiento, en el Reglamento Base oen cualquier otro Dispositivo Legal.

CAPITULO SEGUNDO DEL PRESIDENTE

ARTICULO 8º.- Las Facultades del Presidente del Consejo, son las siguientes:

I.- Asistir y presidir las sesiones del Consejo;

II.- Elaborar el orden del día de las sesiones del Consejo y vigilar la existencia del quórumlegal, así como sancionar las votaciones;

III.- Elaborar conjuntamente con el Director General el Plan Maestro de Desarrollo Hidráulico ypresentarlo al Consejo para su validación y en su caso presentarlo al Ayuntamiento para su aproba-ción;

IV.- Elaborar conjuntamente con el Director General el Plan Anual de Obra e Inversión ypresentarlo al Consejo para su aprobación;

V.- Nombrar y remover al personal directivo del Sistema previa aprobación del Consejo, deacuerdo con el perfil establecido en el Manual respectivo;

VI.- Suscribir los convenios, contratos o cualquier otro acto jurídico, conjuntamente con elSecretario;

VII.- Resolver los Recursos de Reconsideración interpuestos;

VIII.- Representar al Sistema ante toda clase de autoridades judiciales y administrativas, pu-diendo delegar bajo su responsabilidad esa representación en asuntos legales; y,

IX.- Las demás que le confiera el Reglamento Base y el Consejo.

CAPITULO TERCERO DEL SECRETARIO

ARTICULO 9º.- Son Facultades del Secretario, las siguientes:

I.- Asistir a las sesiones del Consejo;

II.- Levantar las actas respectivas en las sesiones del Consejo, así como las minutas de losacuerdos tomados, autorizándolas con su firma;

III. Expedir Certificaciones de documentos que obren en los archivos del Sistema; y,

Page 5: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

IV.- Las demás que le confiera el Reglamento Base y el Consejo.

CAPITULO CUARTO DEL TESORERO

ARTICULO 10.- Son Facultades del Tesorero, las siguientes:

I.- Asistir a las sesiones del Consejo;

II.- Dar seguimiento a los Programas Administrativos, para un mejor control del patrimonio,ingresos, egresos y presupuesto del Sistema;

III.- Establecer el régimen de contabilidad adecuado a la administración del Sistema;

IV.- Despachar con prontitud los asuntos de su competencia;

V.- Supervisar y verificar la actualización del padrón de usuarios; y,

VI.- Las demás que le confiera el Reglamento Base o que le encomiende el Consejo.

CAPITULO QUINTO DE LOS VOCALES

ARTICULO 11.- Son Facultades de los Vocales las siguientes:

I.- Asistir a las sesiones del Consejo;

II.- Participar en las discusiones y en las decisiones que se tomen en el Consejo;

III.- Los vocales titulares podrán delegar su representación en las sesiones del Consejo a losvocales suplentes, cuya aceptación deberá someterse al acuerdo previo del Consejo;

IV.- Formar parte de las comisiones que se integren; y,

V.- Las demás que le confiera el Reglamento Base o que le encomiende el Consejo.

TITULO CUARTODE LA ORGANIZACION ADMINISTRATIVA

CAPITULO PRIMERO DEL DIRECTOR GENERAL

ARTICULO 12.- La Dirección General del Sistema, como órgano ejecutivo del Consejo depen-derá directamente de éste y, para el desempeño de sus funciones, contará con las Gerencias yunidades administrativas siguientes:

Page 6: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

I.- La Gerencia de Administración y Finanzas;

II.- La Gerencia de Operación y Mantenimiento;

III.- La Gerencia de Proyectos y Construcción;

IV.- La Gerencia de Recursos Humanos;

V.- La Gerencia de Informática;

VI.- El Departamento de Atención a Usuarios.

VII.- El Departamento Jurídico;

VIII.- El Departamento de Comunicación; y,

IX.- El Departamento de Desarrollo Organizacional.

ARTICULO. 13.- El Director General tendrá las facultades siguientes:

I.- Apoyar, coordinar y supervisar las actividades de las Gerencias y Unidades Administrativasde su adscripción;

II.- Revisar que los incrementos a derechos y tarifas cubran las estimaciones que se establez-can. Las tarifas y derechos se aplicarán de acuerdo a los rangos de consumo que determine elReglamento Base;

III.-. Presentar al Consejo, para su aprobación, el Proyecto de Tarifas y Derechos generadospor los servicios del Sistema.

IV.- Elaborar conjuntamente con la Gerencia de Administración y Finanzas, el arancel de mul-tas y el tabulador de sanciones, así como recargos y honorarios por infracciones cometidas a losreglamentos de parte de los usuarios del Sistema, de acuerdo con el Reglamento Base;

V.- Presentar al Consejo para su aprobación, el arancel de multas y el tabulador de sanciones,así como de recargos y honorarios;

VI.- Elaborar en coordinación con las Gerencias de Administración y Finanzas, de Operacióny Mantenimiento y de Proyectos y Construcción, el Plan Maestro de Desarrollo Hidráulico y presen-tarlo al Consejo para que una vez validado, sea puesto a consideración del H. Ayuntamiento para suaprobación;

VII.- Integrar y revisar el Plan Anual de Obra e Inversión que le presenten las Gerencias delSistema y presentarlo al Consejo para su aprobación;

VIII.- Aprobar, el Presupuesto Anual de Egresos y la estimación de Ingresos, del Sistema;

IX.- Presentar al Tesorero y al Consejo, anualmente, para su aprobación, el PresupuestoAnual de Egresos y la estimación de Ingresos del Sistema;

Page 7: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

X.- Presentar mensualmente al Tesorero y al Consejo del Sistema, un informe del EstadoFinanciero que guarda el Sistema, para su aprobación;

XI.- Informar mensualmente al Consejo, respecto a las labores realizadas, programas admi-nistrativos y técnicos, programas de obra y erogaciones;

XII.- Rendir al Consejo, informe anual sobre el inventario de los bienes propiedad del Sistemae informar de las modificaciones que sufra y de los bienes que dio de baja el Sistema mediantelicitaciones;

XIII.- Nombrar y remover al personal del Sistema bajo su control que no ocupe puestos Direc-tivos, de acuerdo con el perfil establecido en el Manual respectivo;

XIV.- Proponer al Consejo para su aprobación, el nombramiento del personal directivo, deacuerdo con el perfil establecido en el Manual respectivo;

XV.- Analizar y aprobar conjuntamente con los Gerentes, el informe mensual de resultados yavances en programas departamentales que le presente cada Gerencia;

XVI. Apoyar al Secretario del Consejo en la elaboración y autorización de las Actas de Re-unión del Consejo y las minutas de los acuerdos tomados, recabando la firma del Presidente ydemás participantes;

XVII.- Intervenir a través de su firma en los contratos que suscriba el Sistema por conducto desu Presidente y Secretario del Consejo;

XVIII.- Coordinar y Supervisar las convocatorias, los concursos para adquisiciones, arrenda-mientos y servicios, de conformidad con la normatividad aplicable;

XIX.- Coordinar y supervisar las convocatorias y los concursos para la adjudicación de obrapública a través de licitaciones públicas o invitación restringida conforme a la normatividad aplica-ble;

XX.- Coordinar y supervisar las licitaciones en términos de Ley, de los activos obsoletos quedará de baja el Sistema;

XXI.- Aprobar o modificar los manuales de especificaciones técnicas que elaboren las Ge-rencias a su cargo;

XXII.- Elaborar, el proyecto de sanciones y multas para los usuarios que incumplan con lasnormas ecológicas y con los Límites Máximos Permisibles establecidos por el Sistema y presentarloal Consejo para su aprobación;

XXIII.- Formar parte de las Comisiones y Comités que conforme a este Reglamento el Conse-jo le encomiende y cumplir con las funciones respectivas;

XXIV.- Resolver, los Recursos de Revocación interpuestos;

XXV.- Aprobar o modificar el Programa Anual de Capacitación del Sistema;

XXVI.- Aprobar el Plan de Seguridad e Higiene;

Page 8: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

XXVII.- Aprobar los requisitos que establezcan las Gerencias para formar parte del Padrón deProveedores y de Peritos;

XXVIII.- Aprobar los Manuales de Descripción y Perfiles de Puestos; y,

XXIX.- Aprobar las altas y bajas y cambios del personal del Sistema que le presente el Geren-te de Recursos Humanos.

CAPITULO SEGUNDODISPOSICIONES COMUNES PARA LAS GERENCIAS

ARTICULO 14.- Las Gerencias, en el ámbito de sus respectivas competencias, tendrán lassiguientes facultades:

I.- Apoyar, coordinar y supervisar las actividades de los departamentos de su adscripción.

II.- Organizar los concursos a través de licitación pública, invitación restringida, así como lasadjudicaciones directas conforme a los Ordenamientos Legales aplicables;

III.- Presentar al Director General, un informe mensual de resultados y avances en programasdepartamentales;

IV.- Elaborar el Plan Anual de Obra e Inversión y presentarlo al Director General para suvalidación; y,

V.- Las demás que le encomiende el Consejo o el Director General.

CAPITULO TERCERO DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

ARTICULO 15.- La Gerencia de Administración y Finanzas contará con los departamentossiguientes:

a).- Contabilidad;

b).- Fiscalización;

c).- Servicios Generales;

d).- Compras;

e).- Almacén;

f).- Control Vehicular; y

g).- Las demás que sean necesarias para el desempeño de sus funciones, previa autorizacióndel Director General.

Page 9: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

ARTICULO 16.- La Gerencia de Admistración y Finanzas tendrá las facultades siguientes:

I.- Elaborar y someter a la consideración del Director General, el proyecto de tarifas y dere-chos generados por los servicios del Sistema, así como las sanciones y arancel de multas, recargosy gastos de ejecución que se aplicarán a los usuarios que paguen sus cuotas fuera del plazo legal,de conformidad con lo establecido en la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado deGuanajuato;

II.- Determinar y aplicar las sanciones previstas en el Reglamento Base, excepto las estable-cidas en materia Ecológica;

III.- Efectuar los cobros por los servicios, los derechos, recargos, multas y gastos de ejecuciónaplicados por el Sistema, directamente ó a través de servicios externos, previo acuerdo del DirectorGeneral;

IV.- En relación al cobro de recargos, multas y gastos de ejecución, determinar conforme a laLey de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, los plazos de pago y en su casola exención de los mismos;

V.- Llevar a cabo las visitas de Inspección señaladas por el Reglamento Base, necesariaspara el cumplimiento de sus funciones;

VI.- Limitar el Servicio de Agua Potable y avenamiento de los inmuebles habitados, así comosuprimir el Servicio de Agua Potable y alcantarillado en los términos del Reglamento Base;

VII.- Rehabilitar los servicios limitados y reconectar los servicios suprimidos de agua potable yalcantarillado, una vez concluidos los supuestos previstos en el Reglamento Base;

VIII.- Verificar los medidores de los usuarios a efecto de determinar el giro y la asignación dela tarifa correspondiente y corroborar la correcta lectura. En su caso ordenar el cambio del medidorcuando corresponda;

IX.- Verificar y clausurar, las tomas y descargas clandestinas en predios y fraccionamientos;

X.- Determinar el consumo de agua a través de la lectura de los aparatos medidores, obte-niendo el consumo de la diferencia entre la lectura anterior y la lectura actual, la que se realizará enla forma establecida por el Sistema, de conformidad con el Reglamento Base. Así como determi-nar el costo del consumo en función a las tarifas vigentes; y en su caso reconsiderar los consumoscuando así proceda;

XI.- Determinar si los usuarios pueden realizar los pagos en plazos vencidos ó anticipados deacuerdo a los plazos establecidos por el Sistema y establecer los lugares para que los usuariospaguen sus cuotas;

XII- Realizar la facturación del cobro al usuario en forma mensual o en el periodo que esta-blezca el Sistema;

XIII.- Determinar y hacer liquidar los créditos fiscales, que no hayan sido cubiertos o garanti-zados en los plazos legales, mediante el procedimiento administrativo de ejecución, previsto en laLey de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, y de conformidad con el presente

Page 10: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

Reglamento;

XIV.- Llevar el Padrón de Proveedores y establecer los requisitos para formar parte de él ypresentarlos al Director General para su aprobación;

XV.- Elaborar, actualizar y llevar, el padrón de usuarios;

XVI.- Previa aprobación del Director General, establecer los requisitos, procedimientos y pla-zos para que el usuario contrate los servicios públicos de agua, alcantarillado y en su caso, el deaguas residuales tratadas, así como para la instalación o conexión del servicio;

XVII.- Establecer las garantías que deberán otorgar, quienes soliciten los diversos servicios enforma temporal;

XVIII.- Determinar los procedimientos para atención a usuarios;

XIX.- Presentar al Director General para su aprobación los contratos referidos a su área;

XX.- Llevar a cabo los procedimientos necesarios para el manejo adecuado de las finanzasdel Sistema;

XXI.- Elaborar los informes financieros solicitados por el Consejo y Dirección General;

XXII- Elaborar sistemas de control sobre el efectivo que ingrese al Sistema;

XXIII- Ejecutar las políticas y procedimientos encaminados al cumplimiento de las disposicio-nes fiscales;

XXIV.- Llevar a cabo los procedimientos y políticas de pago a proveedores;

XXV.- Elaborar el proyecto del presupuesto anual de egresos y las estimaciones de ingresosdel Sistema y someterlo a la consideración del Director General;

XXVI.- Rendir mensualmente, a la Dirección General un informe del estado financiero delSistema;

XXVII.- Realizar las compras necesarias para la consecución de los objetivos del Sistema deacuerdo a las políticas establecidas;

XXVIII.- Convocar y realizar los Concursos para Adquisiciones, Arrendamientos y Contrata-ción de servicios de conformidad con la normatividad aplicable;

XXIX.- Elaborar los procedimientos y realizar las actividades necesarias para el suministro demateriales a los departamentos del Sistema para la realización de sus actividades;

XXX.- Llevar el control de inventarios del Sistema; y proporcionar la información y auxiliar a laDirección General, para la realización del informe anual sobre el inventario de los bienes propiedaddel Sistema y las modificaciones que sufra;

XXXI- Realizar las acciones necesarias a fin de garantizar la seguridad de personas y bienesdentro de las instalaciones del Sistema, así como darles mantenimiento;

Page 11: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

XXXII.- Convocar y realizar las licitaciones en términos de ley, de los activos obsoletos quedará de baja el Sistema;

XXXIII.- Llevar y actualizar el inventario de bienes propiedad del Sistema;

XXXIV.- Realizar las actividades tendientes para lograr el buen funcionamiento de los vehícu-los propiedad del Sistema; y

XXXV.- Las demás que le sean asignadas por el Presidente del Consejo o por el DirectorGeneral.

CAPITULO CUARTO DE LA GERENCIA DE OPERACION Y MANTENIMIENTO

ARTICULO 17.- La Gerencia de Operación y Mantenimiento contará con los Departamentossiguientes:

a).- Ingeniería Hidráulica y Distribución.

b).- Fuentes de Abastecimiento.

c).- Mantenimiento de Redes.

d).- Alcantarillado.

e).- Bacheo y Maquinaria; y.

f).- Los demás que sean necesarios para el desempeño de sus funciones y que apruebe elDirector General.

ARTICULO 18.- La Gerencia de Operación y Mantenimiento tendrá las facultades siguientes:

I.- Garantizar el abastecimiento oportuno de agua y satisfacer la demanda de la población;

II.- Buscar nuevas alternativas de abastecimiento para preservar los mantos acuíferos explo-tados;

III.- Elaborar y ejecutar los programas de mantenimiento preventivo, correctivo y rehabilitaciónde los equipos, a efecto de garantizar la continuidad, eficiencia y eficacia del servicio y elevar elrendimiento de los pozos y su vida útil;

IV.- Operar la red de distribución para brindar un suministro de agua, de acuerdo a los volúme-nes disponibles;

V.- Ejecutar Programas y actividades encaminadas a la reparación y mantenimiento de lasredes de agua potable, bacheo y alcantarillado propiedad del Sistema, y de garantizar la eficienciaen la prestación de los servicios; procurando no afectar el interés ciudadano, tomando las medidasde seguridad necesarias;

Page 12: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

VI.- Atender, dar seguimiento y concluir los reportes de usuarios, referentes al funcionamientode los servicios prestados por el Sistema;

VII.- Efectuar revisiones permanentes a la red de alcantarillado, a efecto de detectar las zonasde alto riesgo, e implementar las medidas de seguridad requeridas;

VIII.- Realizar y ejecutar los programas necesarios a efecto de lograr la recuperación de losvolúmenes de agua perdidos;

IX.- Colaborar en la elaboración del Catalogo de Especificaciones Técnicas, que establezcalas características de las instalaciones de agua potable y alcantarillado de todo predio en el que seconstruyan edificios o condominios que tengan como uso la instalación de departamentos, despa-chos, negocios o comercios independientes o para cualquier otro uso similar;

X.- Elaborar los catálogos que contengan las disposiciones técnicas y que establezcan losdiámetros correspondientes a las tomas y descargas;

XI.- Elaborar y aplicar el catálogo sobre las medidas que deban tomar los usuarios para optimizarel rendimiento del agua;

XII.- Coodinarse con las autoridades correspondientes a efecto de mantener en condicionesóptimas los cuerpos receptores de aguas pluviales, comprendidos dentro de la jurisdicción delSistema;

XIII.- Gestionar ante las autoridades respectivas, los permisos y licencias necesarias parallevar a cabo los trabajos inherentes a la Gerencia;

XIV.- Vigilar que el personal a su cargo, cumpla con las disposiciones relativas al Reglamentode Seguridad e Higiene del Sistema;

XV.- Elaborar conjuntamente con la Gerencia de Sistemas, el catastro de las redes;

XVI.- Proponer el diseño de los proyectos de Rehabilitación y Ampliación de redes de aguapotable, alcantarillado y pluvial;

XVII.- Participar en la elaboración del Proyecto Plan Maestro de Desarrollo Hidráulico;

XVIII.- Elaborar y ejecutar los programas de ahorro de Energía Eléctrica y recuperación depérdidas de agua;

XIX.- Promover el Desarrollo Tecnológico de Equipos y Herramientas para simplificar y hacereconómica la operación del Sistema; y

XX.- Las demás que le sean asignadas por el Presidente del Conejo Directivo y por el Direc-tor General.

CAPITULO QUINTO DE LA GERENCIA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCION.

Page 13: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

ARTICULO 19.- La Gerencia de Proyectos y Construcción contará con los departamentossiguientes:

a).- Departamento de Construcción.

b).- Departamento de Proyectos y Control de Costos.

c).- Departamento de Calidad del Agua;

d).- Los demás que sean necesarios para el desempeño de sus funciones y que apruebe elDirector General.

ARTICULO 20.- La Gerencia de Proyectos y Construcción tendrá las facultades siguientes:

I.- Desarrollar, contratar y supervisar la elaboración de proyectos de obra que permitan lamejor prestación de los servicios a cargo del Sistema;

II.- Elaborar y actualizar los padrones de peritos de las diversas áreas, así como el padrón decontratistas y establecer los requisitos necesarios para formar parte de él;

III.- Actualizar y aplicar el catálogo de conceptos de obra del Sistema, para el pago a Contra-tistas;

IV.- Elaborar los proyectos ejecutivos para la realización de las obras;

V.- Elaborar el Manual que contenga las disposiciones administrativas, Procedimientos y Es-pecificaciones Técnicas, que establezcan los requisitos para que el Sistema otorgue factibilidad deservicios a fraccionamientos y Proyectos en general de conformidad con el Reglamento deFraccionamientos del Municipio de León;

VI.- Ejecutar por sí misma o por contratistas, las obras necesarias para el desarrollo del Siste-ma conforme a la Ley;

VII.- Previa aprobación del Director General, efectuar las adjudicaciones directas de obraconforme a la normatividad aplicable, a los contratistas incluidos en el padrón del Sistema;

VIII.- Convocar y realizar los concursos a través de licitacion pública o invitación restringidaconforme a la normatividad aplicable;

IX.- Supervisar por sí o a través de terceros la ejecución de las obras contratadas o ejecutadaspor la propia gerencia, de acuerdo con el proyecto ejecutivo, así como llevar a cabo el control de lasmismas y recepción de las obras contratadas;

X.- Vigilar que la calidad de materiales utilizados en las construcciones cumplan con lanormatividad vigente, así como con las especificaciones requeridas por el Sistema;

XI.- Fijar los Límites Máximos Permisibles establecidos por el Sistema para cada descarga deagua residual, en base a las normas oficiales mexicanas;

XII.- Elaborar y presentar al Consejo Directivo por conducto del Director General, los progra-mas y actividades encaminadas al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, en materia de

Page 14: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

aguas residuales y calidad de agua para uso y consumo humano; así como ejecutar dichos progra-mas, realizando las actividades encaminadas a cumplir con las referidas Normas y con los límitesmáximos permisibles de descarga fijados por el propio Sistema;

XIII.- Aplicar los métodos de muestreo y análisis de laboratorio, establecidos en las NormasOficiales Mexicanas; para comprobar el cumplimiento de las disposiciones en materia de calidaddel agua para uso y consumo humano, así como en materia de contaminación de agua;

XIV.- Previa Autorización del Director General, llevar a cabo las visitas de inspección domicilia-rias a efecto de constatar el cumplimiento de las disposiciones señaladas en las dos fraccionesanteriores;

XV.- Llevar el registro de las Descargas de Aguas Residuales, conforme al Reglamento Base;

XVI.- Determinar las aguas residuales que en función de sus características sean susceptiblesde reutilización;

XVII.- Elaborar el Proyecto Técnico para la Instalación, Operación y Mantenimiento de losMedidores de Agua Residual y establecer el Procedimiento operativo para su instalación, la cualserá con cargo al usuario;

XVIII.- Instalar los medidores de agua residual en los predios con tarifa industrial y comercialque así lo ameriten;

XIX.- Intervenir en la elaboración del proyecto de sanciones y multas para los usuarios queincumplan con las normas ecológicas en materia de agua y con los Límites Máximos Permisiblesestablecidos por el Sistema y presentarlo para su validación al Consejo y someterlo a considera-ción del Ayuntamiento para su aprobación;

XX.- Determinar y previo trámite del procedimiento correspondiente aplicar las sanciones queen materia ecológica sean aplicables, de acuerdo al tabulador de sanciones y multas aprobado porel Ayuntamiento;

XXI.- Determinar y aplicar sanciones de acuerdo al tabulador mencionado en el punto anterior,a los usuarios con giro industrial y comercial que incumplan con las disposiciones señaladas en elproyecto técnico para instalación, operación y mantenimiento de los medidores de aguas residuales;

XXII.- Supervisar el equipamiento, instalación, operación, mantenimiento y conservación dela planta de tratamiento de aguas residuales municipales, de acuerdo con la normatividad y leyesaplicables;

XXIII.- Concertar convenios con los particulares o entidades públicas en tratándose de afecta-ciones temporales o definitivas por obras; y

XXIV.- Las demás que le sean asignadas por el Consejo o por el Director General.

CAPITULO SEXTO DE LA GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS.

ARTICULO 21.- La Gerencia de Recursos Humanos estará integrada por las siguientes áreas:

Page 15: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

a).- Area de Selección y Administración de Personal,

b) .- Area de Capacitación y Adiestramiento,

c).- Area de sueldos y salarios,

d).- Area de Seguridad e higiene

ARTICULO. 22.- La Gerencia de Recursos Humanos tendrá las facultades siguientes:

I.- Coordinar la aplicación de la normatividad relativa a las relaciones laborales entre el Siste-ma y sus trabajadores;

II.- Coordinar la aplicación de la normatividad fiscal y de instituciones de seguridad social quecompeta al Sistema por motivos de las relaciones laborales;

III.- Elaborar y proporcionar la información necesaria a la Comisión de Recursos Humanos delConsejo para negociar con el Sindicato el Contrato Colectivo de Trabajo;

IV.- Promover y ejecutar los acuerdos entre el Sistema y los Sindicatos;

V.- Coordinar el proceso de reclutamiento, selección, prestaciones y servicios al personal;

VI.- Elaborar y aplicar los procedimientos de administración de sueldos y salarios, pagos yliquidaciones al personal, que garanticen retribuciones justas y equitativas;

VII.- Elaborar las propuestas para la administración de Tabuladores Salariales del Personal deConfianza y Sindicalizado;

VIII.- Establecer procedimientos que regulen la administración del Plan de Pensiones y Jubila-ciones; conforme a la normatividad aplicable y al Contrato Colectivo de Trabajo;

IX.- Elaborar los Manuales de descripción y Perfiles de Puestos, conforme a la EstructuraOrgánica autorizada y vigente, y presentarlo al Director General para su aprobación; llevando acabo las contrataciones del personal del Sistema de acuerdo a dichos manuales;

X.- Elaborar y Ejecutar el Programa Anual de Capacitación y presentarlo a la Dirección Gene-ral para su aprobación;

XI.- Tramitar las altas, bajas y cambios del personal del Sistema e informar trimestralmente alDirector General de las mismas;

XII.- Elaboración y seguimiento del Plan Integral de Seguridad e Higiene;

XIII.- Promover y Desarrollar acciones orientadas a mejorar el ambiente laboral, organizandoactividades educativas, culturales, deportivas y recreativas; y

XIV.- Las demás que le sean asignadas por el Consejo y por el Director General

Page 16: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

CAPITULO SEPTIMO DE LA GERENCIA DE INFORMATICA.

ARTICULO 23.- La Gerencia de Informática estará integrada por las siguientes áreas:

a) Area de Geo - proceso; y

b) Area de Sistemas Computacionales.

ARTICULO 24.- La Gerencia de Informática tendrá las facultades siguientes:

I.- Coordinar el Desarrollo, implementación y mantenimiento de los Sistemas de Cómputo yGeografía que utiliza el Sistema;

II.- Asegurar la integridad y custodia de la información generada por el Sistema;

III.- Elaborar conjuntamente con la Gerencia de Operación y Mantenimiento el catastro de lasredes;

IV.- Implementar y apoyar la utilización de los programas de computo necesarios para el desa-rrollo de las funciones de la diferentes areas administrativas;

V.- Generar los recibos de cobros correspondientes a partir de la información de las lecturasde los usuarios recibida de la Gerencia de Administración y Finanzas;

VI.- Mantener la actualización técnica de Software y Hardware que garantice y facilite la ope-ración y administración del Sistema, así como supervisar su mantenimiento preventivo y corresctivo;y

VII.- Las demás que le sean asignadas por el Consejo y por el Director General.

CAPITULO OCTAVODEL DEPARTAMENTO DE ATENCION A USUARIOS

ARTICULO 25.- El Departamento de Atención a Usuarios tendrá las facultades siguientes:

I.- Recibir, registrar y dar seguimiento a los reportes de los usuarios respecto a deficiencias enla prestación de los servicios, reposición de pavimentos, fugas, recolección de escombros y falta desuministro de agua, entre otros;

II.- Verificar que los diversos reportes sean atendidos en forma pronta y expedita, por losdepartamentos o áreas responsables;

III.- Turnar a las áreas que correspondan las quejas o aclaraciones por consumos anormaleso por posibles errores de medición;

IV.- Diseñar y poner en marcha el Sistema de Atención a Usuarios; y,

Page 17: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

V.- Establecer y vigilar el buen funcionamiento de módulos de información y atención al públi-co.

CAPITULO NOVENO DEL DEPARTAMENTO JURIDICO

ARTICULO 26.- El Departamento Jurídico tendrá las facultades siguientes:

I.- Apoyar y asesorar a las áreas administrativas del Sistema en el desarrollo e sus funcionesen los asuntos de carácter jurídico;

II.- Elaborar o analizar los contratos, convenios o cualquier acto jurídico en que intervenga elSistema y aquellos que le soliciten las distintas áreas administrativas;

III.- Brindar asesoría jurídica en la organización de los concursos de obra pública y Adquisicio-nes a través de licitación o invitación restringida, así como en los casos de adjudicación directaconforme a la Ley;

IV.- Presentar denuncias y/ o querellas ante la autoridad competente en los casos en que seafecten los intereses o bienes del Sistema por la posible comisión de hechos delictuosos;

V.- Presentar, contestar y seguir en todas sus instancias y trámites los juicios jurisdiccionaleso procedimientos administrativos en que sea parte el Sistema;

VI.- Actuar como medio de consulta en la interpretación de las disposiciones legales compe-tencia del Sistema;

VII.- Elaborar para aprobación del Presidente del Consejo los proyectos de contestación delas demandas en los juicios de cualquier naturaleza en que el Sistema sea parte, con motivo de losactos emitidos en el ejercicio de sus atribuciones; actuar durante la sustanciación de los mismos,rendir pruebas, formular alegatos e interponer los medios de defensa que procedan;

VIII.- Tramitar y proponer para aprobación del Presidente del Consejo o del Director General,respectivamente, en los términos del presente reglamento, los proyecto de resolución de los recur-sos interpuestos por los usuarios en contra de los actos emitidos por el Sistema en sus áreasadministrativas conforme a los ordenamientos legales aplicables;

IX.- Eaborar para aprobación del Presidente del Consejo los proyectos del informe con justifi-cación a la Procuraduría de Derechos Humanos con motivo de las Quejas presentadas ante ésta;

X.- Elaborar y someter para aprobación del Presidente del Consejo los infornes en lasincomformidades interpuestas en los concursos de obra pública y adquisiciones; y

XI.- Las demás que le sean asignadas por el Consejo y por Director General.

CAPITULO DECIMODEL DEPARTAMENTO DE COMUNICACION

Page 18: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

ARTICULO 27.- Las facultades del Departamento de Comunicación son las siguientes:

I.- Promover la imagen institucional y las Relaciones Públicas ante la ciudadanía y Autorida-des, comunicando planes, programas y resultados del Sistema;

II.- Desarrollar y realizar campañas publicitarias encaminadas a fomentar y fortalecer unacultura del agua;

III.- Efectuar periódicamente sondeos de opinión y análisis de la información, a efecto decontar con los elementos para una mejora contínua de los servicios del Sistema;

IV.- Promover y establecer canales de comunicación entre los departamentos del Sistema yauxiliarlos a través de programas y material de comunicación; y

V.- Las demás que le sean asignadas por el Consejo y por el Director General.

CAPITULO DECIMO PRIMERODEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL

ARTICULO 28.- Las facultades del Departamento de Desarrollo Organizacional son las si-guientes:

I.- Desarrollar y mantener los procesos que aseguren la calidad de la gestión, asi como elpropio desarrollo integral de la Organización;

II.- Desarrollar y mantener estandares de gestión y eficiencia asi como elaborar el Informe deActividades mensual, trimestral y anual para su presentación al Consejo;

III.- Proponer al Director General las técnicas y estrategias para asegurar el crecimiento homo-géneo del personal de operación y administración del Sistema; y

IV.- Las demás que le sean asignadas por el Consejo y por el Director General

TITULO QUINTODE LA CONTRALORIA INTERNA

ARTICULO 29.- Para ser Contralor se requiere :

I.- Ser ciudadano Guanajuatense, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II.- No haber sido condenado ejecutoriamente por delito grave del orden común;

III.- Ser profesional en las áreas económicas, contables, jurídicas o administrativas y contar depreferencia con una experiencia mínima de tres años; y,

Page 19: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

IV.- Ser de reconocida honradez.

ARTICULO 30.- La Contraloría Interna dependerá directamente del Consejo y contará con elpersonal administrativo y técnico necesario para el cumplimento de sus atribuciones y que permitael presupuesto.

ARTICULO 31.- A la Contraloría Interna corresponden las siguientes atribuciones:

I.- Revisar y evaluar que las políticas, normas y procedimientos se apliquen adecuadamenteen la ejecución de las operaciones del Sistema para garantizar la protección de sus intereses ybienes;

II.- Determinar si se cumple con las disposiciones y ordenamientos legales vigentes;

III.- Evaluar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de proyectos, obras, opera-ción y mantenimiento necesarios para la prestación de los servicios del Sistema;

IV.- Revisar las operaciones para verificar la autenticidad, exactitud, concordancia con losprincipios contables, así como las normas y procedimientos de Auditoría y las políticas internas delOrganismo, a fin de poder expresar una opinión y señalar medidas de acción que permitan fortale-cer el control interno;

V.- Revisar y evaluar la seguridad, eficiencia y eficacia en el procesamiento de información ysalvaguarda de sus activos, a fin de que se realicen acciones y decisiones que permitan corregirdesviaciones;

VI.- Intervenir en el levantamiento de las actas entrega - recepción;

VII.- Cerciorarse que los departamentos cumplan con sus funciones;

VIII.- Evaluar las desviaciones de los objetivos institucionales del Sistema;

IX.- Revisar los libros, documentos e informes que se refieran al presupuesto autorizado yejercido;

X.- Informar mensualmente al Consejo sobre los resultados de las revisiones practicadas; y

XI.- Las demás que se deriven de las Leyes, Reglamento o Convenios.

TITULO SEXTODE LOS CUERPOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CAPITULO PRIMERODE LAS COMISIONES

ARTICULO 32.- El Consejo podrá crear las Comisiones que estime necesarias para el desem-peño de las funciones del Sistema, siendo entre otras:

I.- La Comisión de Finanzas y Tarifas;

Page 20: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

II.- La Comisión de Auditoria;

III.- La Comisión de Recursos Humanos; y

IV.- La Comisión de Planeación y Operación.

ARTICULO 33.- Las Comisiones se integrarán por el número de miembros que acuerde elConsejo, debiendo formar parte de cada una de ellas el Presidente del Consejo y el Director Gene-ral

ARTICULO 34.- Corresponde a la Comisión de Finanzas y Tarifas, evaluar, coordinar y elabo-rar los asuntos relacionados con las finanzas del Sistema.

ARTICULO 35.- Corresponde a la Comisión de Auditoría, dar seguimiento a las observacio-nes resultado de las observaciones que practique la Contaduría Mayor de Hacienda, la Secretaríade la Contraloría del Estado, la Contraloría Interna, y cualquier otra Autoridad facultada.

ARTICULO 36.- Corresponde a la Comisión de Recursos Humanos definir las Políticas de lasCondiciones Generales de Trabajo y Aspectos Laborales, entre otros, negociar con el Sindicato delSistema el Contrato Colectivo de Trabajo; y conocer de todos aquellos asuntos que le encomiendeel Consejo.

Sus resoluciones serán sancionadas por el Consejo y ejecutadas por el Director General.

ARTICULO 37.- Corresponde a la Comisión de Planeación y Operación, evaluar los planes yestudios relativos a la extracción, conducción, almacenamiento, potabilización y distribución delAgua, así como la rehabilitación y mantenimieno de las redes de distribución y drenaje y determinarlos Lineamientos necesarios para hacer frente a la problemática referida al objeto del Sistema acorto, mediano y largo plazo.

CAPITULO SEGUNDODE LOS COMITES INTERNOS

ARTICULO 38.- EL Sistema contará, entre otros con los siguientes Comités:

a).- De Compras y Contratación de Servicios;

b).- Técnico de Obras y Proyectos; y,

c).- De Recuperación de Pérdidas.

ARTICULO 39.- El Comité de Compras y Contratación de Servicios será integrado por:

a) Un Presidente que será el Director General;

b) Un Secretario Técnico que será el Gerente de Administración y Finanzas;

c) Un Tesorero que será el miembro del Consejo Directivo que ocupe el cargo de Tesorerodentro del mismo.

Page 21: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

d) Vocales que serán los jefes de los departamentos de Compras y Almacen, Jurídico y elTitular de la Contraloría Interna, éste último tendrá derecho a voz pero no a voto.

A juicio del Comité, podrán intervenir los titulares que soliciten la adquisición de los bienes oservicios y tendrá voz y voto.

ARTICULO 40.- El comité de compras y contratación de Servicios tendrá las siguientes facul-tades:

I.- Crear sistemas, procedimientos y manuales de operación de las diversas Areas administra-tivas y vigilar que la información relativa a las adquisiciones, arrendamientos y prestación deservicios se procese en sistemas computarizados.

II.- Aprobar la rescisión de contratos por caso fortuito o fuerza mayor; el pago de indemnizacionesa los proveedores que en su caso se consideren procedentes previo dictámen emitido por ésteórgano colegiado; así como aprobar las sanciones que correspondan a los proveedores que hayanincurrido en incumplimiento parcial o total de los contratos;

III.- Publicar en el Diario de mayor circulación local y regional las convocatorias para la licita-ción en la adquisición de bienes muebles y contratación de servicios;

IV.- Promover la consolidación de adquisiciones como instrumento que permita un mejoraprovechamiento del poder adquisitivo del sector público paramunicipal; y

V.- Las demás que le encomiende el Consejo.

ARTICULO 41.-El Comité sesionará cuando menos una vez al mes, dentro de los primerosdíez días o cuando el presidente o la mayoría de sus miembros lo consideren necesario; y selevantará un acta de cada sesión.

ARTICULO 42.- Las sesiones serán dirigidas por el Presidente o en su ausencia por el Secre-tario Ejecutivo, además se requerirá que estén presentes la mayoría de sus miembros. Las decisio-nes se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate quien presida tendrá voto de calidad.

ARTICULO 43.- Los casos que sean sometidos a la autorización del Comité, deberán hacersepor escrito y contendrán un resúmen de la información que se presente. La documentación corres-pondiente deberá conservarse por un mínimo de díez años.

ARTICULO 44.- El Presidente del Comité tendrá las siguientes atribuciones:

I.- Autorizar el orden del día y analizar previamente los expedientes correspondientes a losasuntos que se tratarán en cada sesión. Podrá solicitar información adicional y ordenar las correc-ciones que juzgue necesaria para el mejor despacho de los asuntos;

II.- Coordinar y dirigir las sesiones del Comité;

III.- En caso de empate, emitir su voto de calidad, tomando las desiciones que juzgue adecua-das; y

IV.- En general, llevar a cabo todas aquellas funciones relacionadas con las anteriormenteseñaladas y las que le encomiende el Consejo.

Page 22: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

ARTICULO 45.- El Secretario Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones:

I.- Elaborar el orden del día correspondiente a cada sesión, revisar los documentos que con-tengan la información resumida de los casos que se dictaminarán y demás documentación queintegre los expedientes que se sometarán a la aprobación del Comité;

II.- Levantar las actas de la sesión correspondiente y llevar el libro de Actas;

III.- Por acuerdo del Presidente citar a los miembros del Comité a las sesiones ordinarias oextraordinarias;

IV.- Auxiliar al Presidente en los asuntos de competencia de éste y someter los expedientesde los casos a su aprobación;

V.- Hacer llegar a cada uno de los miembros del Comité los expedientes respectivos a cadasesión;

VI.- Vigilar el oportuno cumplimiento de las metas propuestas por el Comité, informandomensualmente de los avances o retrasos al Presidente y elaborar informes trimestrales al Consejo;y,

VII.- Las demás que le confiera el Consejo.

ARTICULO 46.- El Comité Técnico de Obras y Proyectos será integrado por:

a).- El Director General;

b).- El Gerente de Operación y Mantenimiento;

c).- El Gerente de Proyectos y Construcción;

d).- El Titular de la Contraloría Interna;

e).- Titular del Departamento Jurídico; y

f).- El Jefe del Departamento involucrado en la obra cuando se juzgue conveniente.

Los miembros del Comité tendrán derecho a voz y voto, excepto el Representante de laContraloría Interna que sólo tendrá voz.

ARTICULO 47.- Corresponde al Comité Técnico de Obras y Proyectos:

I.- Definir anualmente el Programa de Obras y determinar su prioridad;

II.- Aprobar la utilización de materiales especiales en las obras y en la prestación del servicio;

III.- Intervenir en la revisión de propuestas técnicas y económicas de los concursos para obrasy proyectos que le sean turnadas por el Consejo; y,

IV.- Las demás que le sean encargadas por el Consejo y por el Director General.

Page 23: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

ARTICULO 48.- El Comité de Recuperación de Pérdidas será integrado por:

a).- El Director General;

b).- El titular de la Gerencia de Operación y Mantenimiento;

c).- El titular de la Gerencia de Proyectos y Construcción;

d).- El titular de la Gerencia de Administración y Finanzas;

e).- El titular de la Gerencia de Geosistemas; y,

f).- El Jefe del Departamento de Desarrollo Organizacional.

ARTICULO 49.- Corresponde al Comité de Recuperación de Pérdidas:

I.- Establecer las políticas de recuperación de agua, diseñando las estrategías idoneas paraellas;

II.- Establecer políticas en la mejora de la Ingeniería Hidráulica para el cumplimiento de susobjetivos; y

III.- Las demás que le sean encargadas por el Consejo y por el Director General.

ARTICULO 50.- Las Comisiones y los Comités para su organización y funcionamiento, seregularan conforme a las siguientes reglas de operación:

a).- Elaborar un plan anual de actividades;

b).- Evaluar el desempeño de las áreas involucradas en las actividades propias de la comisióno comité;

c).- Planear las acciones encaminadas al desarrollo de sus actividades que les son inheren-tes;

d).- Reunirse cuando menos una vez al mes de acuerdo a las necesidades de la propia comi-sión o comité en los plazos y términos por ellos establecidos.

CAPITULO TERCERODE LOS ASESORES

ARTICULO 51.- El Sistema contará con el número de asesores que requiera y permita supresupuesto.

ARTICULO 52.- Los asesores serán personas con gran capacidad y reconocido prestigio en larama del servicio requerido y se encargaran de realizar los estudios, evaluación y acciones que lesencomiende el Consejo y el Director General.

Page 24: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

TITULO SEPTIMO

CAPITULO UNICODE LAS AUSENCIAS Y SUPLENCIAS

ARTICULO 53.- El Presidente, Secretario y Tesorero del Consejo, en caso de ausencia queno excedan de dos meses por licencia, permiso o causa justificada, serán suplidos por cualquierade los miembros del Consejo que éste designe.

En caso de ausencia de los Funcionarios mencionados en el párrafo anterior por las causasahí establecidas que excedan de dos meses el Ayuntamiento designará al Presidente, Secretario óTesorero.

ARTICULO 54.- Las ausencias del Director General por licencia, permiso o causa justificadaque no excedan de dos meses, podrán ser suplidas por el personal que designe el Presidente delConsejo, quien desempeñará el cargo como encargado de despacho.

En caso que exceda de dos meses el Consejo designará al Director, solicitando al Ayunta-miento expida su nombramiento de conformidad con el Reglamento Base.

ARTICULO 55.- Las ausencias del personal directivo por licencia, permiso o causa justificada,serán suplidas por el personal del Sistema que el Director General designe.

Las ausencias de los jefes de departamento por licencia, permiso o causa justificada, seránsuplidas por el personal que designe el Director General.

ARTICULO 56.-Las ausencias del personal de confianza por licencia, permiso o causa justifi-cada, serán autorizadas por el Director General y no podrán ser mayores a 60 días naturales.

Para las ausencias del personal sindicalizado se estará a lo dispuesto en el Contrato Colectivode Trabajo vigente o en su caso a la Ley Federal del Trabajo.

ARTICULO 57.- En ninguno de los casos mencionados en este capítulo se otorgarán permi-sos o licencias con goce de sueldo.

TITULO OCTAVO

CAPITULO UNICODE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

ARTICULO 58.- Las responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Siste-ma así como la aplicación de las sanciones administrativas correspondientes, se investigarán ydeterminaran conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado deGuanajuato y lo dispuesto por este Reglamento.

ARTICULO 59.- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servido-res Públicos del Estado, para efecto de este Reglamento se consideran faltas administrativas delos servidores públicos del Sistema, los siguientes:

Page 25: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

I.- Autorizar la conexión a los servicios de agua y alcantarillado, sin que se hayan cumplidocon las especificaciones que se dieron para la ejecución de las obras respectivas;

II.- Autorizar la conexión a los servicios de agua y alcantarillado sin que se hayan cubierto losderechos fiscales respectivos;

III.- No cumplir con las órdenes de inspección encomendadas;

IV.- Asentar datos o hechos falsos en las actas de inspección;

V.- Alterar los datos de medición del consumo de agua; e

VI.- Intervenir en cualquier forma para que se eluda el pago de derechos.

ARTICULO 60.- La Contraloría Interna recibirá las quejas contra los Servidores Públicos delSistema, investigando de conformidad con el presente Reglamento sobre la presunta responsabili-dad administrativa, emitiendo opinión al Presidente del Consejo quien resolverá lo conducente y lasanción aplicable

La aplicación de las sanciones a los Servidores Públicos del Sistema corresponde al DirectorGeneral; la sanción se notificará al interesado y se dará aviso al Gerente ó Jefe de Departamento alque el servidor público sancionado se encuentre adscrito. Lo anterior independientemente de lasresponsabilidades penales que la autoridad competente pudiera aplicar.

En el caso de que la Contraloría Interna estime que no se acreditó la responsabilidad adminis-trativa del investigado, ordenará archivar el expediente y notificará lo propio al servidor públicoinvolucrado y a la Gerencia o Departamento de su adscripción.

ARTICULO 61.- La Contraloría Interna se valdrá de la información necesaria para hacer lainvestigación, pero en todo caso respetará la garantía de audiencia del imputado. El procedimientocomprenderá una audiencia que se sujetará a las siguientes reglas:

I.- Se citará al presunto responsable a la audiencia para hacerle saber la responsabilidad quese le imputa, el lugar, día y hora en que se verificará la audiencia y su derecho a ofrecer pruebas yalegar en la misma. Entre la fecha de la citación y la audiencia deberá mediar un plazo no menor decinco días ni mayor de diez.

II.- La audiencia podrá diferirse a petición del servidor público involucrado por causa justifica-da a juicio del responsable de la investigación. Igualmente si éste considera que no existen datossuficientes para resolver, o advierte que existen nuevos elementos de los que pudieren derivarseotras responsabilidades, podrá comunicar a las partes la postergación de la audiencia ó la celebra-ción de otra u otras adicionales.

III.- Al concluir los alegatos, dentro de los tres días siguientes la Contraloría Interna deberáemitir su opinión al Presidente del Consejo quien deberá resolver en un plazo no mayor de cincodías.

En todo caso se notificará la resolución, cualquiera que sea al servidor público involucrado yal quejoso dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de la resolución definitiva.

Page 26: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al cuarto día al de su publicación en elPeriódico Oficial del Gobierno del Estado.

SEGUNDO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto poreste Reglamento.

TERCERO.- Todos aquellos asuntos cuyo trámite se haya iniciado con anterioridad al momen-to de entrada en vigor de este Reglamento, por alguna Gerencia o Departamento que conforme alpresente ordenamiento ya no se encuentre dentro de sus atribuciones, éstas lo substanciarán hastasu conclusión.

DADO EN EL SALON DE CABILDOS DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE LEONGUANAJUATO, EL DIA 23 DE OCTUBRE DE 1997 MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

POR LO QUE EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 205 DE LA LEYORGANICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, MANDO SE IMPRIMA, SE PUBLI-QUE, CIRCULE Y SE LE DE EL DEBIDO CUMPLIMIENTO.

ING. LUIS MANUEL QUIROS ECHEGARAYEL PRESIDENTE MUNICIPAL

LIC. LUIS MARIANO HERNANDEZ AGUADOEL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO.

P. O. No.101 de fecha 19 de diciembre de 1997, en su segunda parteReglamento Interior del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Gto.

Page 27: PRESIDENCIA MUNICIPAL.- LEON, GTO. GTO. …ordenjuridico.gob.mx/Estatal/GUANAJUATO/Municipios/... · ARTICULO 2º.-El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato,