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NORMAS VIGENTES Y METODOLOGÍA PARA LA REGULACIÓN TARIFARIA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DANIEL GUTIERREZ

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presentacion de material bibliografico y normatividad de tarifas en servicios publicos

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NORMAS VIGENTES Y METODOLOGÍA PARA LA REGULACIÓN TARIFARIA DE

LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

DANIEL GUTIERREZ

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Eficiencia Económica Suficiencia Financiera Neutralidad Solidaridad y Redistribución Simplicidad Integralidad Transparencia

criterios que fijan las tarifas

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El servicio público domiciliario es aquel que reciben las personas en su domicilio o lugar de trabajo y sirven para satisfacer las necesidades básicas de bienestar y salubridad de la población, los cuales son y de conformidad con la Ley 142 de 1994 los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica ,distribución de gas, telefonía pública básica conmutada. La prestación de estos servicios está bajo la regulación que sobre cada sector realizan las Comisiones de Regulación y la inspección vigilancia y control que sobre la prestación de estos servicios realiza la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

RESOLUCIÓN 351 de 2005

“POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REGÍMENES DE REGULACIÓN TARIFARIA A LOS QUE DEBEN SOMETERSE LAS PERSONAS PRESTADORAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO Y LA METODOLOGÍA QUE DEBEN UTILIZAR PARA EL CÁLCULO DE LAS TARIFAS DEL SERVICIO DE ASEO DE RESIDUOS ORDINARIOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

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¿Qué se Regula? La prestación del servicio público domiciliario de aseo.

¿En dónde se presta el servicio? En todo el territorio

nacional.¿Qué excepciones existen?

Contratos mediante invitación pública siempre y cuando cumplan con lo establecido en la ley de servicios públicos domiciliarios.

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ACUEDUCTO

Cargo fijo en acueducto: Resolución CRA 287 de 2004, actualmente vigente, señala en el artículo 2 que las fórmulas tarifarias para los servicios de acueducto y alcantarillado incluyen un cargo fijo y un cargo por unidad de consumo, y en los artículos 4 y siguientes indica la forma de calcular cada uno de ellos.CFi = CMA x FiCFi=Cargo fijo del estrato/sector.CMA= Costo Medio de Administración.Fi=Factor de subsidio o contribución aplicado a los usuarios de los estrato/sector.Normas vigentes para la regulación:Resolución CRA 287 de 2004Decreto 990 del 2002Decreto 1575 de 2007Decreto 475 de 19984.

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ALCANTARILLADO

Cargo fijo en Alcantarillado: costos fijos se incluye los cálculos de los gastos adecuados de administración, facturación, medición y los demás servicios permanentes.

CFi = CMA x FiCFi=Cargo fijo del estrato/sector. CMA= Costo Medio de Administración.Fi=Factor de subsidio o contribución aplicado a los usuarios de los estrato/sector.Normas vigentes para la regulación:RAS – 2000 Resolución 353 de 2005Resolución CRA 287 de 2004Decreto 958 de 1994Ley 124 de 1994

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¿Cómo se construyen las tarifas a cobrar a los

usuarios?

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ENERGIA ELECTRICA Cargo fijo en energía eléctrica: La Ley 143 de 1994 reitera lo dispuesto por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 al prescribir en su artículo 46, literal c,

que el cargo fijo debe reflejar los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente

del servicio para el usuario, independientemente del nivel de consumo. El comercializados podrá a sus usuarios un

cargo mínimo por la disponibilidad del servicio, cuya aplicación esta condicionada al numero total de Kwh. Normas vigentes para la regulación: Decreto 958 de

2001Decreto 847 de 2001Resolución 79 de 1997 Ley 143 de 1994Decreto 636 de 1974

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DISTRIBUCIÓN DE GAS COMBUSTIBLE

Cargo fijo de Gas Combustible: Las empresas deben calcular los cargos variables ($/m³) y los cargos fijos($/factura) que aplicaran a todos lo usuarios que atienden en un determinado mercado.Sobre este aspecto, debe tenerse en cuenta que a partir de la entrada en vigencia de la Resolución CREG 108 de 2003, los usuarios pertenecientes a los estratos 1 y 2 no pagan cargo fijo.Mf jm = Dfjm + Cm Dfjm= Componente fijo del cargo de distribución.Cm= Cargo máximo de($/factura) que aplicarán a todos los usuarios. Normas vigentes para la regulación:Ley 142 de 1994Ley 143 de 1994Decreto 3087 de 1997Decreto 958 de 2001

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COSTO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VIAS Y AREAS PUBLICAS

(CBL)

• ¿Qué incluye?– La acción de barrer un kilómetro.– La unidad de medida es la cuneta

• Costo máximo: 13.565 ($/Kilómetro)

• Frecuencias semanales de barrido de acuerdo con lo establecido en el PGIR:– Municipios de primera categoría 2 Frec.– Demás municipios 1 Frec.

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ASEO Cargo fijo de Aseo: se establecen los regímenes de regulación tarifaria a los que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo y la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos ordinarios.CFi = CMA x FiCFi=Cargo fijo del estrato/sector.CMA= Costo Medio de Administración.Fi=Factor de subsidio o contribución aplicado a los usuarios de los estrato/sector.Normas vigentes para la regulación: Resolución CRA 351 de 2005Decreto nacional 1013 de 2005Resolución CRA 287 de 2004Decreto 1713 de 2002Decreto 958 de 2001

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Cargo fijo de Telefonía fija:El cargo fijo en telecomunicaciones se encuentra actualmente definido en la Resolución CRT 1250 de 2005, por la cual se modificó la Resolución CRT 087 de 1997, denominándose “Cargo Básico”; El artículo 1 de la mencionada resolución, relativo a las definiciones aplicables, lo define de la siguiente forma: Cargo básico Valor fijo mensual a pagar por los usuarios suscritos a un plan tarifario, el cual variará según las características de los planes tarifarios diseñados por cada operador. Normas vigentes para la regulación: Resolución CRT 1250 de 2005Resolución 23 de 1995Decreto 62 de 1990Decreto 1185 de 1990

TELEFONÍA FIJA