Presentacion regulacion de la mineria en chile daniel baldarrago silva
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Daniel Baldárrago Silva
TEMA: REGULACIÓN DE LA
MINERÍA EN CHILE.
PAE Gestión Para la Minería
Moderna
Curso: Gestión Ambiental y
Seguridad en la Industria Minera
CONTENIDO
1. TRIBUTACIÓN EMPRESARIAL EN CHILE
2. LEGISLACIÓN LABORAL Y SU IMPORTANCIA
3. LEGISLACIÓN MINERA CHILENA
4. ANÁLISIS DE LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN
EXTRANJERA
5. LEGISLACIÓN COMPARADA ENTRE PERÚ Y CHILE
CHILE LÍDER MUNDIAL EN RESERVAS DE COBRE
Nota: Otros países: 12%. Fuente: U.S. Geological Survey, Enero 2012.
1%Canadá
Estados Unidos5%
México6%
13%Perú
19%Otros Chile
CODELCO
4%
Polonia4%
Rusia
1%Kazajstán
4%China
3%
13%
4%
Indonesia
Australia
Zambia
9%
DR Congo
3%
PARA TENER EN CUENTA:
En el Estado chileno existen 12 impuestos que gravan las actividades económicas,
cuya administración y control están a cargo de entidades como el Servicio de
impuestos internos y el Servicio Nacional de Aduanas, mientras que la Tesorería
General de la República recauda las obligaciones que constituyen ingreso para el
Estado chileno.
Hoy, los principales productos comercializados por Chile son los cátodos y
concentrados de cobre, los que son exportados para procesarlos y obtener
productos manufacturados. Su destino han sido desde siempre los países
industrializados y, más recientemente, los países en proceso de industrialización,
como China. Destaca la gran concentración de las exportaciones a los mercados de
Asia y Europa Occidental, lo que refleja el alto grado de dependencia de la
comercialización del cobre con esos mercados
https://www.youtube.com/watch?v=BX30D
AxPznI
A considerar:
De acuerdo con el análisis de las obligaciones tributarias de Chile y tomando en
cuenta aquellas que tienen un mayor impacto en las empresas del sector minero,
se han considerado los siguientes tributos:
1) impuesto a la renta
2) impuesto al valor Agregado
3) impuesto al Comercio Exterior
4) Impuesto Específico a la Actividad Minera (cobre)
Obligaciones tributarias en Chile
N.° Tributarios asume la obligación
minera Impacto Elegido
1 impuesto a la renta Empresa Sí utilidad Sí
2 impuesto a las ventas y servicios (ivA)
Empresa Sí operaciones Sí
3 impuesto territorial Empresa Sí operaciones No
4 impuesto a los productos suntuarios
Empresa No No No
5 impuesto a las bebidas alcohólicas, analcohólicas y productos similares
Empresa
No
No
No
6 impuesto a los tabacos Empresa No No No
7 impuesto a los combustibles Empresa Sí operaciones No
8 impuesto a los actos jurídicos (de timbres y estampillas)
Empresa
Sí
operaciones
No
9 impuesto al comercio exterior importador Sí operaciones Sí
10 impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
otros No No No
11 impuestos a los juegos otros No No No
15,2%
12,9%
15,7%
22,3% 22,8%
17,6%
13,1%
16,1%15,2%
13,0%
0%
5%
10%
15%
20%
25%
2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012
PROMEDIO 2003-2012 16,4%
PARTICIPACIÓN DE LA MINERÍA EN EL PIB NACIONAL
2003-2012, PIB A PRECIOS CORRIENTES
ANALIZANDO LA OFERTA LABORAL EN UN PUESTO “X” PARA LA MINERÍA
En el cuadro observamos las obligaciones que una empresa debe asumir al contratar
personal en Chile, el sobrecosto equivale al 52% de la remuneración.
Primer indicador de los costos laborales en Chile
Descripción ejemplar Monto
(en dólares)
remuneración mensual 1,000.00
distribución de utilidades (25%) 250.00
Feriado laboral (20 d. h. = mes => / 12) 104.17
Subtotal afecto a contribuciones sociales 1,354.17
SSrATEP (3.4% tasa máxima) 46.04
Seguro obligatorio de Cesantía (2.4%) 32.50
Otros (varios que incurre el empleador) 83.33
Total 1,516.04
Factor 1.52
Fuente: información laboral chilena. Elaboración propia
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES
Tratándose de la participación de utilidades, el empleador cuenta con
dos opciones: que se incorpore en el monto mensual de la remuneración (un
25% más de la remuneración pactada), con lo cual el sobrecosto equivalente
ascendería al 52%, como se muestra en el cuadro anterior; o en caso contrario,
que se abone a los trabajadores al final del ejercicio el monto equivalente al
35% de las utilidades, como se muestra en el siguiente cuadro, cuyo sobrecosto
equivalente sería del 21%, calculando posteriormente la participación de
utilidades sobre la base de los resultados obtenidos
. Segundo indicador de los costos laborales en Chile
Descripción ejemplar Monto (en dólares)
remuneración mensual 1,000.00
Feriado laboral (20 d. h. = mes => / 12) 83.33
Subtotal afecto a contribuciones sociales 1,083.33
SSrATEP (3.4% tasa máxima) 36.83
Seguro obligatorio de Cesantía (2.4%) 26.00
Otros (varios que incurre el empleador) 66.67
Total 1,212.83
Factor 1.21
Fuente: información laboral chilena.
Elaboración propia.
CARACTERÍSTICAS MAS IMPORTANTES DE LAS OBLIGACIONES CHILENAS EN
RELACIÓN AL IMPUESTO A LA RENTA
• La tasa es aplicada al retiro de la renta, la que se asume que se realiza al final de
cada año: Primera categoría: 17% que es aplicable a sujetos domiciliados y que
tiene como crédito el impuesto territorial. Adicional: el impuesto adicional tiene
como crédito el impuesto de primera categoría y el impuesto territorial.
• Crédito contra el impuesto a la renta por la adquisición de bienes de capital
(nuevos o que se hayan terminado de construir en dicho ejercicio). El Estado
chileno otorga un crédito contra el impuesto a la renta del 4%, tomando como base
imponible el monto total de los bienes de capital adquiridos, deducible hasta por el
monto del impuesto a la renta calculado con un límite de 500 unidades tributarias
mensuales, es decir, 29,894.61 dólares. Cuando se adquieran a través de un
leasing se considerará el monto del contrato. No se considera el leaseback.
• Depreciación del costo o gasto. ¾ de la vida útil del bien, la diferencia entre la vida
útil y los ¾ de la vida útil es gasto. Se procede en línea recta.
• Distribución de utilidades. La distribución de utilidades no se encuentra gravada
con el impuesto a la renta
CARACTERÍSTICAS MAS IMPORTANTES DE LAS OBLIGACIONES CHILENAS EN RELACIÓN AL
IMPUESTO ESPECÍFICO A LA ACTIVIDAD MINERA
Este impuesto no es crédito del impuesto a la renta, ni gasto de la renta líquida
imponible. Es aplicable a las toneladas métricas de cobre fino vendidos según el valor
promedio registrado en la bolsa de metales de Londres:
• Mayor a 50,000 TM de cobre fino à 5%.
• Mayor a 12,000 TM y menor a 50,000 TM de cobre fino à entre 0.5% y 4.5%.
• Menor a 12,000 TM de cobre fino à no afectos a impuestos, 0%.
CARACTERÍSTICAS MAS IMPORTANTES DE LAS OBLIGACIONES CHILENAS EN RELACIÓN AL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
• Tasa de 19%. Aquellos que acumulen 6 meses de crédito fiscal podrán solicitar la
emisión de certificados de pago para aplicarlo contra cualquier impuesto fiscal.
• Aportes a las sociedades, la cual está gravada. En efectivo o bienes, para
constituir, ampliar o modificar la sociedad. Se considera gravada con el IVA. Salvo
bienes de capital (que forme parte de un proyecto) de inversionistas extranjeros
que hayan firmado un convenio con el Estado Chileno
• Materia prima nacional (compra exenta). Autorizada por la dirección de impuestos
internos, utilizadas en la producción, elaboración o fabricación de especies
destinadas a la exportación.
• Crédito. De obtener un crédito deberá convertirse en unidades Tributarias
Mensuales de dicho periodo. En el periodo siguiente convierte las unidades
Tributarias Mensuales para utilizarlas como crédito, de no usarla oportunamente,
pierde el crédito para periodos siguientes. En caso de operaciones gravadas y no
gravadas aplica la prorrata del crédito.
• Leasing. Se encuentra gravado con el IVA. También comprende la adquisición de
bienes de capital (con o sin opción de compra) a través de la importación mediante
el leasing, y tendrá los mismos beneficios para su devolución, en caso resulte un
remanente de crédito fiscal
CARACTERÍSTICAS MAS IMPORTANTES DE LAS OBLIGACIONES CHILENAS EN
RELACIÓN AL IMPUESTO AL COMERCIO EXTERIOR
• Tasa de 6%. Tienen derecho al drawback cuando importen todos o algunos
insumos del proceso productivo.
• Sistema simplificado de reintegro a exportadores. Es el 3% del valor FOB de los
productos exportados. Bienes que contengan por lo menos el 50% de los insumos
importados y gravados con ad-valórem, y que no se encuentren en la lista de
exclusión. Aquellas mercancías que hubieran obtenido el beneficio de reintegro en
año anterior y hubieran superado los 18 millones de dólares, serán excluidas.
También se excluirán los proyectos de inversión, destinados a la exportación, que
excedan los 10 millones de dólares. No podrán acogerse aquellos exportadores
que hubieran exportado por todo concepto el equivalente a 18 millones de dólares
a valor FOB. El plazo para solicitar la devolución es de 120 días.
• Reintegro de derechos y demás gravámenes. Devolución de los derechos pagados
en la importación de bienes que hubieran sido incorporados o consumidos en la
producción del bien exportado.
Explotación minera bajo un Marco Legal
Las concesiones mineras que otorga el Estado chileno comprenden las actividades
de exploración y explotación. la extensión territorial de una concesión según su
propósito es la siguiente:
a) Exploración: igual o mayor a 100 hectáreas hasta 5,000 hectáreas.
b) Explotación: igual o mayor a 1 hectárea hasta 1,000 hectáreas.
DERECHOS QUE DEBEN ABONARSE PARA REALIZAR LA ACTIVIDAD MINERA EN CHILE
En el siguiente cuadro se detallan los derechos que deben abonarse para realizar la
actividad minera en Chile. Este pago no incluye el que tiene que ser pactado con los
propietarios de los terrenos que se encuentren dentro de la cuadrícula a concesionar.
Plazo de las concesiones
La concesión de exploración se otorga por un periodo de dos años, y se puede
solicitar una ampliación de un plazo similar como máximo. En cambio, la concesión
de explotación tiene una duración indefinida.
https://www.youtube.com/watch?v=PpE3Xj
CX3HE
APRENDER SOBRE LOS DERECHOS PARA LA ACTIVIDAD MINERA EN CHILE
Derechos de la actividad minera en Chile
Concepto Tipo de concesión
Descripción
Patente de beneficio fiscal
Pago efectuado en la
oportunidad de presentar la
solicitud de concesión
(una sola vez y debe ser
abonada dentro de los 30 días
de presentada
la solicitud)
Pedimento
(exploración)
Manifestació
n
(explotación)
Rango del pedimento Tasa por hectárea ×
uTM Menor o igual a 300 hectáreas 0.05 o 2.99
dólares
Mayor a 300 y menor o igual a 1,500 hectáreas 0.20 o 11.96 dólares
Mayor a 1,500 y menor o igual a 3,000 hectáreas 0.30 o 17.94 dólares
Mayor a 3,000 hectáreas 0.40 o 23.92 dólares
Rango de la manifestación Tasa por hectárea ×
uTM Menor o igual a 100 hectáreas 0.10 o 5.98
dólares
Mayor a 100 y menor o igual a 500 hectáreas 0.20 o 11.96 dólares
Mayor a 500 y menor o igual a 600 hectáreas 0.40 o 23.92 dólares
Mayor a 600 hectáreas 0.50 o 29.89 dólares
Tambien tenemos :
• Patente anual representada por una Concesión de exploración equivalente a 1/50 UTM, es decir, una cincuentava UTM
(1.20 dólares) por hectárea. Ej: Una concesión de 100 hectáreas equivale a 120 dólares.
• Patente annual representada por una Concesión de explotación 1/10 UTM, es decir, una décima de UTM (5.98 dólares)
por hectárea. Ej. Una concesión de 100 hectáreas equivale a 598 dólares
3. País con extensa tradición minera
4. Posee las reservas de cobre conocidas más Importantes del Mundo
5. Estabilidad económica, política y social
6. Adecuada infraestructura (caminera, portuaria, energética, etc.)
7. Profesionales altamente calificados
8. Presencia de los principales conglomerados mineros del mundo.
9. Potencial geológico para nuevas exploraciones.
1. Constitución Política de la República
Dominio Minero del Estado
Concesibilidad de propiedad minera
Seguridad jurídica de títulos mineros
2. Estatuto de Inversión Extranjera (DL 600)
No discrecionalidad de procedimientos
No discriminación entre chilenos y extranjeros
Estabilidad de condiciones para la inversión
CONDICIONES QUE FAVORECEN LA INVERSIÓN MINERA EN CHILE
PREMISAS SOBRE INVERSIÓN EXTRANJERA EN CHILE
Los contratos de inversión extranjera comprenden los siguientes beneficios:
• Moneda extranjera de libre disponibilidad.
• En cuanto a los bienes físicos, en todas sus formas o estados, se aplican las
normas generales de importaciones sin cobertura de cambios.
• La tecnología de diversas formas, que serán materia de capitalización, se tomará
en cuenta al precio real del mercado internacional (no podrá cederse, ni aportarla,
tampoco será materia de amortización o depreciación).
• Se aceptarán los créditos que provengan de la inversión extranjera.
• Se permitirá la capitalización de créditos y deudas externas.
• Se permitirá la capitalización de utilidades con derecho a ser transferidas al
exterior.
Asimismo generamos estabilidad tributaria para la inversión extranjera
Las condiciones para solicitar un convenio de estabilidad tributaria son:
• Inversiones mayores a 50 millones de dólares.
• Plazo: 15 años como máximo, desde la puesta en marcha.
• Tasa del impuesto a la renta: 42%, pueden desistirse y acceder al régimen común
o general.
Aquellos que firmen contrato con el Estado chileno tendrán derecho a mantener
invariables, por el periodo que demore realizar la inversión pactada, el régimen
tributario del impuesto sobre las ventas y servicios; y el régimen arancelario aplicado
a la importación de maquinarias y equipos que no se produzcan en el país
https://www.youtube.com/watch?v=Gozqm
gB689Q
INVERSIÓN EXTRANJERA MATERIALIZADA VÍA D.L. 600 POR SECTOR ECONÓMICO,
PERIODO 1974-2012, MILES DE MILLONES DE US$
Fuente: Comité de Inversiones Extranjeras
30.9
16.1
8.4 7.64.9 4.4
18.2
0
5
10
15
20
25
30
35
EVOLUCIÓN INVERSIONES EN MINERÍA DETALLE POR EMPRESAS
PERIODO 2003-2012, CIFRAS EN MILLONES DE US$
1.701 1.793
3.203 3.0323.367
5.122 5.009
7.384
8.191
11.288
0
2.000
4.000
6.000
8.000
10.000
12.000
2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012
Otras
Codelco
Lumina Copper
Esperanza
Quebrada Blanca
Candelaria
Nevada
El Abra
Collahuasi
Anglo American
Los Pelambres
Escondida
PERÚ VS CHILE
• De la comparación del impacto de la legislación tributaria, laboral y minera del Perú
y Chile en la generación de valor de los proyectos mineros de gran envergadura,
se observa que el marco tributario peruano es más competitivo. la ventaja a favor
del Perú se encuentra en la gran diferencia entre la tasa de distribución de
utilidades peruana, que es de 8%, y la tasa de distribución de utilidades de Chile,
que es de 35%.
• Sin embargo, la legislación tributaria chilena ofrece mecanismos compensatorios
que aminoran los costos del elevado pago por distribución de utilidades, uno de
ellos es el pago de las utilidades en forma de remuneración, lo que incrementa en
25% el pago realizado por este concepto.
CONCLUSIONES
• De los 33 conceptos identificados en la legislación peruana, se han seleccionado
seis (6) obligaciones que afectan directamente a las empresas del sector minero:
impuesto a la renta, impuesto General a la ventas, regalías Mineras, impuesto a las
Transacciones Financieras, los Aranceles y el Aporte voluntario.
• En la legislación chilena se han identificado 12 obligaciones, de las cuales cuatro
(4) son las mas importantes para las empresas del sector minero: impuesto a la
renta, impuesto al valor Agregado, impuesto al Comercio Exterior, e impuesto
Específico a la Actividad Minera.
• Los sobrecostos laborales al contratar un trabajador en el Perú o en Chile no
difieren mucho si se incluye el 25% adicional a la remuneración del trabajador
chileno por concepto de participación de utilidades; caso contrario, la diferencia
sería de 37 puntos porcentuales adicionales. Sin embargo, la mayor disparidad
radica en términos absolutos, ya que el ingreso per cápita chileno es 2.42 veces
mayor que el del Perú.
CONCLUSIONES
La legislación de los derechos mineros en el Perú ha sido modificada en el año
2008, otorga el plazo de 10 años para todos aquellos que habiendo solicitado la
concesión no inician operaciones de explotación. En cambio, en Chile el plazo para
una concesión de exploración es de dos años, que puede ser ampliado a dos más
como máximo. Esto origina que en el Perú un mayor número de concesiones se
encuentren en etapa de exploración o sean adquiridas por especulación, de esta
forma se limita la posibilidad de inversión de otras empresas.
Tratándose de contratos de inversión, si el inversionista opta por estabilizar la
normatividad tributaria, en el Perú el impuesto a la renta ascendería al 32% y en el
caso de Chile al 42%.
Conclusiones
En Chile existe un tratamiento diferenciado que grava con la tasa del
35% a los inversionistas extranjeros, mientras que en el Perú se encuentran
gravados con el 30%; salvo que por el nivel de inversiones opten por un
convenio de estabilidad tributaria, mediante el cual las tasas ascenderán a
los porcentajes indicados en el párrafo anterior.
Adicionalmente, se debe mencionar los cargos que afectan a un inversionista
extranjero en Chile, donde se aplica un impuesto a la renta de 35%, superior al que
soporta un inversionista local, que es de 17%.
La aplicación de este sistema hace que Chile mejore sustancialmente su posición
competitiva en comparación con el Perú, solo en el caso de los inversionistas
nacionales, ya que la ventaja peruana aún se mantiene en el caso de inversionistas
extranjeros, sobre todo cuando se suscriben convenios de estabilidad tributaria.