Presentacion LEY ISSSTE

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1 LEY DEL ISSSTE

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Descripción sobre Nueva Ley del ISSSTE; razones, beneficios; cómo funciona

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LEY DEL ISSSTE

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RAZONES PARA UNA REFORMA

• Transición demográfica

• Transición epidemiológica

• Fondos financieros en pensiones y salud insuficientes

Antecedentes

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Transición DemográficaTransición Demográfica 19751975 20062006

Esperanza de vida al nacerEsperanza de vida al nacer 64.4 años64.4 años 77.3 años77.3 años

Edad promedio de retiroEdad promedio de retiro 61.9 años61.9 años 56.3 años56.3 años

Tiempo de disfrute de pensiónTiempo de disfrute de pensión 2.5 años2.5 años 21.0 años21.0 años

Proporción de cotizantes activos Proporción de cotizantes activos por pensionadopor pensionado 16.3 : 116.3 : 1 3.7 : 13.7 : 1

Antecedentes

CUADRO COMPARATIVO

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4Antecedentes

TRANSICIÓN EPIDEMIOLÓGICA

Enfermedades largas, pausadas y de resolución a largo plazo.

77.3 años de Expectativa de vida

Enfermedades cortas, violentas y de rápida resolución.

51.4 años de Expectativa de vida

1. Diabetes Mellitus

2. Hipertensión Arterial

3. Insuficiencia Cardiaca

4. Cáncer Pulmonar

5. Cáncer Gástrico

6. Artritis Reumatoide

1. Tuberculosis

2. Pulmonía, Neumonía

3. Cólera, Malaria

4. Sífilis, Gonorrea

5. Viruela, Sarampión

2006

Crónico degenerativas

1950

Infectocontagiosas

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Impacto Nacional inmediato en la

Operación CON la Reforma

FORTALECIMIENTO INTEGRAL DEL INSTITUTO

8 mil millonesde pesos en 3 años

XXIX trans.

Seguro de salud

2 mil millonesde pesos

XXVIII trans,

La Junta Directiva garantizara el valor real de la cartera

Crédito Hipotecarioy Personales

Art. 157

7 mil créditos

Incorporación a la seguridad social en forma inmediata de trabajadores eventuales y de honorarios

XLIII trans.

Fondode préstamos

personales

Jubiladosy pensionados

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6Alcances de la Reforma

Reforma Integral

Mejorar los servicios en materia de:Vivienda, art. 167 a 169Salud, art. 3 IPensiones art. 3 IIPrestamos Personales art. 4

Reforma responsable

Reconoce los cambios demográficos yepidemiológicos, art. 28Sanea y da sustento a todoslos servicios y prestaciones

Rescata al ISSSTEy garantiza su futuro

Seguridad social a mas de10 millones de derechohabientes

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Incorpora cuotas socialesen salud y pensiones con cargo al estado, art. 42 III

y 102 III

El gobierno se reconoce como patrón, por lo cual la participación se vuelve tripartita

Así paga una cuenta pendiente del estado con los trabajadores

Alcances de la Reforma

No se privatiza ni se vende, el Gobierno es garante de la seguridad social y corresponsable financiero en:Salud art 3 IPrestamos Personales, art. 4Cuotas sociales ensalud y pensiones, art. 42 III y 102 IIIAhorro solidario en pensiones, art. 100

Conserva un régimenpúblico y solidario

Contribuye a crear un sistema de

Seguridad Social, art. 141

Unificación de la seguridad socialPortabilidad de derechos en salud

y pensiones

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SEGURO DE PENSIONES

Jubilados y Pensionados actuales

Se respetan plenamente sus derechos adquiridos, Artículo XVIII transitorio

Trabajadores en Activo

Artículo IV transitorio, se reconocen derechos adquiridos y pueden optar entre:

1. Elegir el Sistema de Reparto ajustado parametricamente, Art. X transitorio, o,

2. Trasladarse al nuevo régimen de bonos de pensión del ISSSTE, Artículo V transitorio.

Trabajadores de nuevo ingreso

Todos los que se incorporen al servicio después de la Reforma, se incorporan al sistema de bonos de pensión del ISSSTE

3 GRUPOS DE

TRABAJADORES

Prestaciones más representativas

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I. A partir de la entrada en vigor de esta Ley y hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil nueve, se mantienen las mismas condiciones de años de servicio para acceder a estas pensiones

a) Pensión por Jubilación, con 30 y 28 al 100% del promedio del SBC del ultimo año

b) Pensión de retiro por edad y tiempo de servicios, con 55/15 como mínimo para un 50% del promedio del SBC

c) Pensión de cesantía en edad avanzada, con 60/10 como mínimo para un 40% del promedio del SBC

ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO, FRACCIÓN I

Régimen de reparto

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Promedio salarial del ultimo año con requisito de 3 años en la plaza o sueldo de la plaza anterior

Base para calculo de pensiones, Artículo X fracción IV transitorio

Del 3.5% actual pasa al 6.125 del SBC. (.525 cada año de 2008 a 2012)

Cuotas, Artículos 102 Fracción I y XXXI transitorio

Requisito de 60/10, aumenta gradualmente la cotización del 40% al 50% del SB

De 60 se pasa a 65 años un año cada 2 hasta 2018

Requisito de 55/15, aumentando gradualmente hasta los 60 a razón de 1 año cada 2, hasta 2018

49 años para mujeres, 51 para los hombres

Se incrementa 1 año cada 2 hasta 58 /60 en 2028

c) Cesantía en edad avanzada

b) Edad y Tiempo de Servicios

a) Jubilación

No reciben bono y tienen derecho a continuar en el régimen actual con los siguientes cambios graduales; a partir de 2010 durante 20 años

ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO, FRACCIÓN IIII. A partir del primero de enero de dos mil diez

Régimen de reparto

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III. El cómputo de los años de servicio se hará considerando uno solo de los empleos

IV. El Sueldo Básico a considerar será el disfrutado en el último año, siempre y cuando el Trabajador tenga una antigüedad mínima en el mismo puesto y nivel de tres años.

V. En caso de fallecimiento a consecuencia de un riesgo del trabajo, tendrán derecho a una Pensión por invalidez y muerte, de acuerdo a lo previsto en el Capitulo VII Artículos 114 a 140

VI. PENSIÓN POR INVALIDEZ. Deberán cumplir con un periodo mínimo de cotización de quince años, y se otorgará por un porcentaje del promedio del Sueldo Básico disfrutado en el último año inmediato anterior, iniciando con el 50%

ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO, FRACCIÓN III, IV, V Y VI

Régimen de reparto

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Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE

Es la monetización de los derechos adquiridos a la fecha de la Reforma, equivale al dinero necesario para obtener la pensión vitalicia a la que se

tuviera derecho en el momento de la Reforma • Se calcula de acuerdo a los artículos 60, 63 y 83 de la ley que se

abroga

PARA LOS QUE MIGRAN A LOS BONOS DE PENSIÓN DEL ISSSTE

30 años de servicio Ejemplos

Bono garantizaeste derecho

15 años de servicio

100% promedio delultimo año de salario

50% promedio delultimo año de salario

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Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE

ESTRUCTURA DE LA CUENTA INDIVIDUAL

Administrada por:PENSIONISSSTE en exclusiva 36 MESES, después el trabajador escoge su afore, Artículos 76, XXIII y XXV transitorios.

Cuenta Individual

Ahorro a largo plazo

Aportaciones voluntarias

Aportaciones complementarias de retiro

Ahorro solidario

Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

SUBCUENTAS

Vivienda

El trabajador recibira un estado de cuentadesglosado

Artículo 6 Fracción IV

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Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE

Financiamiento del seguro del retiro,Cesantía en edad avanzada y Vejez

Contribución del 12.7% obligatorio sobre SBC

Trabajadores

6.125%

Cuota

Dependencia

5.175%

Aportación

Gobierno Federal

+-1.5%

Cuota Social

Ahorro solidario = 1 : 3.25

Trabajador Dependencia

Hasta el 2% de SBC Hasta 6.5%

NUEVO

Artículo 102 Fracción I y XXXI transitorio

Artículo 102 Fracción II Artículo 102 Fracción III

Artículo 100

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Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE

NUEVOS BENEFICIOS

Posibilidad de disfrutar una pensión y volver a trabajar cotizando en activo. Art. 79

Protección a los empleados de menores ingresos. Art. 92

• En el régimen anterior esto no era posible, había que pedir permiso a la jubilación. Ahora eso es posible, se

apertura una nueva cuenta individual y una vez al año se traslada la

aportación incrementando así el apoyo final.

Se aumenta la pensión mínima garantizada a 2

salarios mínimos

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Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE

No hay edad mínima de retiro, Artículo XIII

transitorio

Excepto en el caso de la pensión garantizada 65/25 cuando llegue al monto de

la pensión deseada se puede retirar

Tasa de reemplazo, Artículo 100

Superiores al promedio internacional y al 100%

con ahorro solidario

Portabilidad entre regimenes, Artículo 150

Cotizaciones hechas al IMSS o en otra cuenta

individual se puede trasladar

NUEVOS BENEFICIOS

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Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE

Patrimonia los recursos para el retiro, Artículo 80

Los beneficiarios del trabajador, a su fallecimiento, pueden retirar el monto de la cuenta individual, en una sola exhibición, o contratar a su vez un seguro de pensión

Se incrementa la participación solidaria del

Estado, en Seguridad Social, Artículo 42

Fracción III y 102 Fracción III

• Cuota social para pensiones + - 1.5%• Cuota social para salud + - 3.5%

NUEVOS BENEFICIOS

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Aportaciones del SAR (Sistema de Ahorro para el Retiro)

Bajo el régimen de reparto se procederá de la siguiente forma

No cambia la operación y cotización a la subcuenta del SAR-92.

Aquellos trabajadores que adquieran el derecho a disfrutar una pensión, podrán retirar en una sola exhibición los recursos de la Subcuenta de Ahorro para el Retiro o, contratar una renta vitalicia complementaria a su pensión con estos recursos.

SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO (SAR)

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Aportaciones del SAR (Sistema de Ahorro para el Retiro)

Los recursos acumulados formarán parte del total en su cuenta individual. Artículos 87 y 91.La subsecuentes aportación que realice la Dependencia o Entidad por concepto del SAR (Retiro 2%) se adicionaran a la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Bajo el régimen de bonos de Pensión del ISSSTE

SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO (SAR)

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FINALMENTE, TODOS PONEN

TrabajadorAbrogada Vigente Diferencia

8% 10.625% +2.625%

Dependencia o Entidad (Incluye nueva cuota social del 5%=3.5 salud y 1.5 pensiones)

20.470% 25.145% +4.675%

Dependencia o Entidad (Incluye cuota social y ahorro solidario, siempre y cuando el trabajador decida ahorrar hasta un 2%)

22.470% 31.645% +11.175%

Dependencia (Ahorro solidario) - - 1 : 3.25 1 : 3.25

CONTRIBUCIONESArtículos 42, 75, 100, 102, 140, 194 y 199

Cuotas y aportaciones

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21Cuotas y aportaciones

Cuotas con cargo al trabajador

ArtículoConcepto Porcentaje

sobre el SBC

42 Seguro de salud 3.375

140 Seguro de Invalidez y vida 0.625

102 Seguro de pensión tendrá un incremento anual del 0.525 % quedando fijo en el año 2012

6.125

199 Servicios _Sociales y culturales 0.50

Total de cuotas al trabajador (antes eran del 8%)

10.625

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22Cuotas y aportaciones

Aportaciones de la DependenciaArtículo Concepto Porcentaje sobre

el SBC

42 Seguro de salud 8.095

140 Seguro de Invalidez y vida 0.625

102 Seguro de pensión esta integrado por el 2% del seguro de retiro más el 3.175% seguro de retiro de cesantía en vejez

5.175

194 Vivienda 5.0

42 Seguro de Salud (cuota social) 3.5

102 Seguro de Pensión (cuota social) 1.5

75 Seguro de riesgo de trabajo 0.75

199 Servicios Sociales y Culturales 0.50

Total de aportaciones de la Dependencia (antes eran del 22.470%)

25.145

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Aportaciones del gobiernoArtículo Concepto Porcentaje

sobre el SBC

100 Ahorro solidario 6.50

Aportaciones de la Dependencia 25.145

Total de aportaciones de la Dependencia (antes eran del 22.470%)

31.145

Cuotas y aportaciones

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INSTRUMENTACIÓN DEL REGLAMENTO

DE ELECCIÓN.

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HERRAMIENTAS PARA EL PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN

OFICINA VIRTUAL (TRABAJADORES)

SISTEMA ISSSTE WEB (DEPENDENCIAS)

OFICINA VIRTUAL

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

PASO 1.SOLICTAR AL NUMERO TELEFONICO

01-800-001-2007, SU NUMERO ISSSTE

PASO 2.INGRESAR A LA PAGINA ELECTRONICA DEL ISSSTE www.issste.gob.mx,

PARA DARSE DE ALTA EN LA OFICINA VIRTUAL

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

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INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

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INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

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INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

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INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

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INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

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INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

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INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL

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SOLICITUD DE REVISIÓN

ACTIVIDAD RESPONSABLE PLAZOFUNDAMENTO DEL

REGLAMENTORemite al ISSSTE cada solicitud de revisión Dependencia o

Entidad10 días hábiles Artículo 11, párrafo

primeroVerifica la información de la solicitud de revisión con sus archivos y remite al ISSSTE la información actualizada

Dependencia o Entidad

40 días hábiles Artículo 13, párrafo segundo

Resuelve la solicitud de revisión y comunica a la dependencia o entidad

ISSSTE 10 días hábiles Artículo 14, párrafo primero

Notifica la resolución de la solicitud de revisión al trabajador

Dependencia o Entidad

12 días hábiles Artículo 15, párrafo primero

Tiempo Total 72 días hábilesEn su caso remite la solicitud de revisión a las dependencias y entidades en donde el trabajador haya prestado sus servicios y que son distintas a la dependencia o entidad en donde labora actualmente.

ISSSTE 5 días hábiles Artículo 12

Tiempo Total en caso de tener o haber tenido mas de dos empleos 77 días hábiles

Sección II. Solicitud de revisión sin acreditamiento documental ante Dependencias o Entidades (a tramitarse

antes del 15 de abril)

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SOLICITUD DE REVISIÓN

ACTIVIDAD RESPONSABLE PLAZOFUNDAMENTO DEL

REGLAMENTO

Remite al ISSSTE cada solicitud de revisión Dependencia o Entidad

10 días hábiles Artículo 17 Fracción I

Certifica ISSSTE-B recibidos via SIRI y remite al ISSSTE la información actualizada

Dependencia o Entidad

50 días hábiles Artículo 17 Fracción II, párrafo primero

Resuelve y notifica a las Dependencias o Entidades la solicitud de Revisión

ISSSTE 10 días hábiles Artículo 17 Fracción III, párrafo primero

Notifica la Resolución de la Solicitud de Revisión al Trabajador

Dependencia o Entidad

12 días hábiles Artículo 17 Fracción IV

Tiempo Total 82 días hábiles

Sección III. Solicitud de revisión mediante acreditación documental ante Dependencias o Entidades (a tramitarse a partir del 1º de enero y hasta

el 30 de junio de 2008)

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SOLICITUD DE REVISIÓN

ACTIVIDAD RESPONSABLE PLAZOFUNDAMENTO

DEL REGLAMENTO

Remite a las Dependencias o entidades cada solicitud de revisión

ISSSTE 15 días hábiles

Artículo 21

Certifica ISSSTE-B recibidos via SIRI y remite al ISSSTE la información actualizada

ISSSTE 40 días hábiles

Artículo 22 párrafo segundo

Resuelve la solicitud de revisión ISSSTE 5 días hábiles

Artículo 23 párrafo primero

Notifica la Resolución de la Solicitud de Revisión al Trabajador

ISSSTE 10 días hábiles

Artículo 23 párrafo primero

Tiempo Total 70 días hábiles

Sección IV. Del procedimiento de revisión ante el Instituto(a tramitarse a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 2008)

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SISTEMA ISSSTE WEB

PARA USO DE LAS AREAS DE RECURSOS HUMANOS

Descarga de Solicitud de Revisión prellenada.

Descarga de Documento de Elección prellenado.

Solicitud de Documentos de Actualización de Datos en lote.

Captura de Solicitud de Revisión.

Captura de Elección del Régimen.

SISTEMA ISSSTE WEB

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SISTEMA ISSSTE WEB

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Afirmativa ficta.De conformidad a lo establecido en el Artículo 13 párrafo Tercer del Reglamento, en caso de que las Dependencias y Entidades no contesten al Instituto se entenderá que la solicitud de revisión del Trabajador es correcta (afirmativa ficta).

En tal caso se procederá al fincamiento de las responsabilidades administrativas a que haya lugar, de conformidad a lo que determine el Órgano Interno de Control de la Dependencia o Entidad.

ASPECTOS DEL REGLAMENTO

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Ampliación del término para elección.De conformidad a lo establecido en el Artículo 36, los trabajadores contaran con 20 días hábiles posteriores a la notificación para ejercer su derecho de opción.

Aviso preventivo.De conformidad a lo estipulado en el Capitulo IV Sección III Artículo 30 Las Dependencias y Entidades deberán notificar a los Trabajadores que al 31 de mayo de 2008 no les hayan comunicado el ejercicio de su Derecho de Opción, que tendrán hasta el 30 de junio de 2008 para hacerlo, o de lo contrario se estará a lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento. La notificación deberá realizarse dentro de los primeros 15 días de junio de 2008.

ASPECTOS DEL REGLAMENTO

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Manifestación de ElecciónDe conformidad a lo estipulado en el Capitulo IV Sección III Artículo 31 y séptimo transitorio de la Ley los Trabajadores deberán comunicar por escrito al Instituto, a través de las Dependencias y Entidades, la elección que realicen en términos de lo previsto en el artículo quinto transitorio del Decreto a más tardar el día 30 de junio de 2008.

De los trabajadores que no ejerzan su derecho de opción.De conformidad a lo estipulado en el Capitulo V Artículo 35, A los Trabajadores que al 30 de junio de 2008 no hayan manifestado a través del Documento de Elección el ejercicio de su Derecho de Opción, les será aplicado lo dispuesto en el artículo décimo transitorio del Decreto, con acceso al resto de las prestaciones y seguros contenidos en dicha Ley.

ASPECTOS DEL REGLAMENTO

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41FIN DE LA PRESENTACIÓN

¡ Muchas Gracias !¡ Muchas Gracias !