Presentación higiene
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HIGIENE, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE ALIMENTOS
HIGIENE ALIMENTARIA
LEGISLACION VIGENTE EN ESPAÑA SOBRE HIGIENE ALIMENTARIA:
R.D. 640/2006, 26 de mayo.
OBJETIVOS
Higiene de los productos alimenticios
Normas específicas de los alimentos de origen animal
Normas de aplicación para aspectos
no contemplados en los reglamentos
Se crea la Autoridad Europea
de Seguridad Alimentaría
La contaminación de los alimentos
Deteriorado y contaminado
Deteriorado y no contaminado
Contaminado y no deteriorado
Causante generalmente de las enfermedades de origen alimentario.
No se aprecia a simple vista.
Causas de la contaminación de los alimentos
Conservar alimentos a temperatura ambiente
Refrigeración o cocción insuficiente
Interrupción de la cadena de frío Manipulación incorrecta Malas condiciones higiénicas
del local Preparación de grandes
cantidades de alimentos sin observar los cuidados necesarios
Elaborar alimentos con gran antelación a su consumo
Alimentos de origen no seguro
Los alimentos generalmente se contaminan por dos vías
Directa: portador alimento.
Indirecta: portador intermediario alimento
Alimento contaminado:
Contiene elementos novicos, en concentraciones superiores a las aceptables, según los reglamentos vigentes, de origen:– Físicos.– Químicos.– Radioquímicos.– Microbiológicos o biológicos
La contaminación puede ocurrir en cualquier etapa del proceso:
La higiene en la manipulación de alimentos
Objetivo: evitar la contaminación y transmisión de gérmenes patógenos a los alimentos, basándose en:
Uso de gorro en las zonas de manipulación de alimentos. Ropa de trabajo exclusiva y limpia para el desarrollo del mismo. Uñas recortadas, limpias de esmalte y sin adornos. Caso de tener heridas o cortes en las manos, emplear protección
adecuada (guantes de goma). Todas estas recomendaciones parten de la base de que existe una
correcta higiene personal diaria.
Hábitos no higiénicos que el manipulador debe de evitar:
Tocar lo menos posible los alimentos utilizando pinzas cubiertos, etc. Secarse el sudor, meterse los dedos en la nariz o boca, en general, tocarse
cualquier parte del cuerpo. Toser, hablar, estornudar por encima de los alimentos. Fumar o mascar chicle. Probar la comida con los dedos o introducir cucharas sucias a esos efectos.
Responsabilidades del manipulador
Preocuparse por su estado de salud (portador enfermo). Colaborar con el mantenimiento de la limpieza y la higiene. Conocer y aplicar los hábitos higiénicos.
ALMACENAMIENTO DE ALIMENTOS:
REAL DECRETO 1/1986 SOBRE EL
ALMACENAMIENTO DE ALIMENTOS Y
PRODUCTOS ALIMENTARIOS.
REQUISITOS DE UN LOCAL DE ALMACENAMIENTO DE ALIMENTOS
Las instalaciones deben dar garantía y seguridad higiénica Deben tener buena ventilación. Recipientes para desperdicios con tapas y en un local sólo
para este uso. Área reservada para productos de limpieza y desinfección. Debe estar construida de forma que facilite tanto la higiene
personal como la del local y equipos. En el diseño es importante la zona conocida como “Flujo de
trabajo”:evita transportar gérmenes de zonas sucias a limpias. El local tendrá bien diferenciadas las distintas áreas de trabajo.
DISEÑO DE UN LOCAL
Zonas de maniobra de vehículos de carga y descarga de productos alimenticios.
Separa bien las zonas limpias y sucias. Puertas y ventanas de material de fácil limpieza e inalterable, con acceso al
exterior protegidas contra la entrada de insectos, roedores y pájaros. Agua fría y caliente suficiente, evitando acumulaciones con el uso desagües
adecuados. Iluminación suficiente para crear buenas condiciones de trabajo. Techos y paredes lisos, impermeables, resistentes al fuego, de colores claros,
y fácil de limpiar. Suelos antideslizantes, fácil de limpiar, con inclinación para buen drenaje. Esterilizadores para desinfección de útiles, que deben ser resistentes a la
corrosión y fácil de limpiar y desinfectar. Vestuarios y servicios no deben comunicar directamente con los lugares de
trabajo, y deben tener medios para el aseo personal.
DESINFECCION DEL ALMACEN
Se realizara tantas veces como sean necesarias.
El R.D. 3349/1983 del 30 de noviembre, aprueba la Reglamentación Técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, sin que estos puedan transmitir a los alimentos propiedades nocivas o anormales.