Presentación de Visitación Asprilla MINAGRICULTURA Colombia

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Foro de Alto Nivel “Empoderar a las Mujeres Indígenas para Erradicar el Hambre y la Malnutrición en América Latina y el Caribe

Transcript of Presentación de Visitación Asprilla MINAGRICULTURA Colombia

Foro de Alto Nivel “Empoderar a las Mujeres

Indígenas para Erradicar el Hambre y la Malnutrición en América Latina y el Caribe

“La Mujer Indígena en el Proceso de Paz en Colombia”

Ciudad de México

12 y 13 de Enero de 2018

VISITACIÓN ASPRILLA CUESTA

DIRECCION DE LA MUJER RURAL COLOMBIA

Mujer Indígena en el Procesos de Paz en Colombia

Misión

Formular, Coordinar y Evaluar las políticas que promuevan el desarrollo competitivo,

equitativo y sostenible de los procesos agropecuarios forestales, pesqueros y de desarrollo

rural, con criterios de descentralización, concertación y participación, que contribuyan a

mejorar el nivel y la calidad de vida de la población colombiana.

Visión

Entidad líder en la formulación, gestión y coordinación de las políticas agropecuarias,

pesqueras, forestales y de desarrollo social rural, que propendan por su armonización con la

política macroeconómica y por una ejecución descentralizada, concertada y participativa.

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

- FUNCIONES

1. Formular las políticas para el desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo

Rural.

2. Orientar y dirigir la formulación de los planes, programas y proyectos que requiere el

desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y en general de las

áreas rurales del país.

3. Presentar los planes y programas del sector que deban ser incorporados al Plan Nacional

de Desarrollo.

4. Preparar y presentar al Congreso de la República, de acuerdo con la agenda legislativa del

Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con las funciones del sector.

5. Definir, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Comercio

Exterior, la negociación o convenios internacionales del sector.

6. Crear, organizar, conformar y asignar responsabilidades a grupos internos de trabajo,

mediante resolución, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio

y los planes y programas trazados por el Ministerio, y designar al funcionario que actuará

como coordinador de cada grupo.

7. Crear, conformar y asignar funciones, mediante resolución, a los órganos de asesoría y

coordinación que considere necesarios para el desarrollo de sus funciones.

8. Dirigir y coordinar lo relacionado con el Control Interno Disciplinario.

9. Las demás previstas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan o le sean

delegadas por el Presidente de la República.

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

ANTECEDENTES NACIONALES ANTECEDENTES INTERNACIONALES

Política para el desarrollo de la Mujer Rural aprobada en

1994 con la que se logra la creación de un consejo de

política de Mujer Rural y la Oficina para actualizar, ajustar

y darle seguimiento a la Política sobre el papel de la mujer

en el desarrollo del sector agropecuario aprobada en

1984.

Inclusión de artículos en la constitución donde se hace

reconocimiento de la economía campesina como

productora de alimento.

En 1999 mediante Decreto 2478 del 5 de diciembre se

cierra la oficina de la Mujer Rural.

El apoyo de la cooperación internacional especialmente la

FAO con la creación de un equipo de trabajo que

contribuyó a la formulación de la política y diseño de las

estrategias de actualización de la oficina.

La conferencia de Beijing y la firma de la aprobación de la

Plataforma de Acción de Beijing en 1995 que recomendó

la creación de mecanismos nacionales y la

transversalización de la política de género durante este

periodo se firmó el Contrato Social Rural, se aprobó la

Ley 160 de 1994 de Reforma Agraria que reconoció la

presencia de la representación plena de las Mujeres

Rurales en la Junta Directiva del organismo de reforma

agraria.

MARCO NORMATIVO E INSTITUCIONAL DE LA DIRECCIÓN DE LA MUJER RURAL

Convención contra toda Forma de

Discriminación de la Mujer- CEDAW

(1979):

Artículo 14 hace reconocimiento de los derechos de las mujeres Rurales.

Ratificada por el Estado Colombiano a través de Ley 51 de 1981

CPC de 1991 Artículo 150: Bajo su amparo se restructura el MADR para Crear la DMR

Ley 731 del 14 de enero de 2002 Por la cual se dictan normas para favorecer a las mujeres rurales.

Ley 1753 de 2015, PND 2014-2018: Todos

por un Nuevo País

Artículos 107, literal h: Crear la Dirección de Mujer Rural, que se encargará de

desarrollar la Política Publica Integral de Mujer Rural.

Artículo 232: Formulación de la Política Publica Integral de Mujer Rural de

forma participativa, coordinada por el MADR y la CPEM, que tendrá en cuenta

el enfoque étnico, etario y territorial, teniendo en cuenta la Ley 731 de 2002 y

articulada con la implementación del Acuerdo de Paz.

Decreto 2369 de 2015 Modifica la estructura del MADR y se crea la DMR

Decreto 1837 del 15 de noviembre de 2016 Modifica la planta de personal del MADR , suprimiendo cuatro (4) y para crear

el cargo de un Director Técnico

Resolución N° 000276 del 16 noviembre

de 2016

Ajusta el manual específico de funciones y competencias laborales de los

empleos de la planta de personal del MADR

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Dirección de la Mujer Rural- MADR

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

- ORGANIGRAMA

MISIÓN

Promover la implementación y la articulación de políticas públicas e iniciativas con

enfoque diferencial y territorial que garanticen condiciones de vida digna y bienestar para

las mujeres rurales colombianas como constructoras de paz y el fortalecimiento de sus

procesos individuales y organizativos

VISIÓN

La DMR en el año 2020 será una instancia con capacidad de gestión que lidera y

gestiona procesos de empoderamiento con enfoque diferencial y participativo,

articulando las diferentes políticas a nivel nacional y territorial para mejorar las

condiciones de vida de las mujeres rurales

Dirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

Dirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

Coordinar, diseñar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos integrales de

desarrollo rural con enfoque territorial, encaminadas a la provisión de bienes públicos

rurales, que incidan en el bienestar social y económico de las mujeres rurales.

Propiciar la articulación con las entidades del orden nacional y territorial para la

implementación de planes y proyectos integrales de desarrollo rural y agropecuario

para la mujer rural.

Proponer normas, instrumentos y procedimientos diferenciales para las mujeres

rurales que permitan el acceso y la provisión de bienes públicos rurales.

FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE LA MUJER RURAL Artículo 3° del Decreto 2369 de

2015 crea la Dirección de la Mujer Rural y dicta sus funciones:

Dirección de la Mujer Rural

Suministrar y analizar la información requerida para el diseño de política e

instrumentos diferenciales para la mujer rural.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión y la

observancia de sus recomendaciones, en el ámbito de su competencia.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la

dependencia.

MinAgricultura

FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE LA MUJER RURAL Artículo 3° del Decreto 2369

de 2015 crea la Dirección de la Mujer Rural y dicta sus funciones:

Honestidad

Interculturalidad

Transparencia

Responsabilidad

Compromiso

Igualdad

Idoneidad

Trabajo en Equipo

Amabilidad

Equidad

VALORES DE LA

DIRECCION DE LA

MUJER RURAL

Dirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

Áreas Estratégicas

Dirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

i.) Política Pública

ii.) Articulación y Gestión Institucional

iii.) Mujer Rural y Construcción de Paz

iv.) Fortalecimiento Técnico Y Operativo de la Dirección de la Mujer Rural

Población Objetivo:La Ley 731 de 2002 establece que la “mujer rural” es toda aquellaque sin distingo de ninguna naturaleza e independientemente dellugar donde viva, su actividad productiva está relacionadadirectamente con lo rural, incluso si dicha actividad no esreconocida por los sistemas de información y medición del Estadoo no es remunerada. En este marco la Dirección de Mujer Ruralestá dirigida a ampliar la cobertura de los servicios de desarrollorural hacia las mujeres rurales, campesinas, indígenas, negras,afrodescendientes, raizales, palenqueras y ROM, de maneraindividual y colectiva, dedicadas a actividades agrícolas, pecuariasy pesqueras, artesanas, microempresarias y de más actividadeseconómicas rurales, siguiendo la directriz del Artículo 3 de la citadaley.

Dirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

La atención de las mujeres rurales de maneraintegral y diferenciada, como titulares dederechos y bajo sus especificidades yparticularidades territoriales, culturales yetarias, llevará a la Dirección de la MujerRural a trabajar bajo el Enfoque Diferencial y

el Enfoque Territorial.

MinAgriculturaDirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

El Enfoque Territorial: Plantea una mirada integral: económica, social,

política, ambiental y cultural, de un determinado espacio geográfico, en el

cual confluyen una serie de actores con particularidades y especificidades

propias.

Enfoque Diferencial: Prioriza la participación e inclusión de los grupos

poblacionales en situación de mayor riesgo y vulnerabilidad, procurando su

integración a los procesos organizativos y productivos: jóvenes rurales,

personas con discapacidad, adultos mayores; reduciendo las barreras

que por condición (edad, sexo, capacidades especiales, ubicación

geográfica, población LGTBI, grupos étnicos: Comunidades negras o

afrocolombianas, palenquero, raizales, pueblos y comunidades

indígenas, comunidad Rom o gitana)

MinAgriculturaDirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

La implementación del enfoque diferencial y territorial en la Dirección de la Mujer Ruraltendrá en cuenta lo siguiente :

Enfoque Género: En esta dirección, las políticas públicas se dirigirán entre otras cosas a:atender a las mujeres de manera diferenciada; comprender que tanto las causas como losefectos de las intervenciones pueden ser distintos tanto para mujeres como parahombres; y, a promover espacios óptimos de participación para las mujeres, quecontribuya a la igualdad de condiciones y oportunidades en su acceso a los programas yproyectos.Enfoque étnico Reconoce la existencia, las particularidades y especificidades culturales de

diversos grupos étnicos: pueblos indígenas, población negra, afrocolombiana, palenqueray raizal; y el pueblo ROM o gitano, las políticas públicas se dirigirán a atender de maneradiferenciada las necesidades, capacidades y oportunidades específicas de éstos grupospoblacionales, tanto de manera individual como colectiva.

MinAgriculturaDirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

Enfoque etario: Tiene que ver con la pertenencia a una etapa específica del ciclo vitalhumano. Indica que los periodos de vida de cada mujer y de cada hombre están marcadospor su edad, sus necesidades, sus expectativas y oportunidades. En se sentido para laspolíticas públicas es clave tener en cuenta las cuatro categorías del ciclo de vida humana:infancia, juventud, adultez y adultos mayores

Enfoque Derechos: Considera a las personas como titulares de derechos civiles, políticos,económicos, sociales y culturales. Y al incorporar este enfoque en el diseño de laspolíticas públicas, se quiere cambiar la perspectiva de la acción pública, para que el puntode partida no sea la existencia de personas con necesidades, sino sujetos a demandar delEstado mecanismos claros que garanticen el cumplimiento efectivo de las obligacionesestipuladas en la carta de los derechos humanos.

Enfoque territorial: Plantea una mirada integral: económica, social, política, ambiental ycultural, de un determinado espacio geográfico, en el cual confluyen una serie de actorescon particularidades y especificidades propias, que deben ser tenidas en cuenta en laformulación e implementación de las políticas públicas.

MinAgriculturaDirección de la Mujer Rural

MinAgricultura

Propuesta de las Mujeres Rurales

Colombianas

Propuestas de Acción de

las Mujeres Rurales

Colombianas (PPIMR)

Directrices de las mujeres

rurales en el Acuerdo de Paz

Medio Ambiente Cultura y Ambiente

Tierra Tierra

Economía de Cuidado Economía campesina y rural

Financiamiento

Institucionalidad y Participación Participación y Derechos Humanos

Violencia contra las mujeres

Capacitación

Propuesta de Lineamientos de

Mujeres para Fortalecer la PPIMR

LINEAMIENTO PARA FORTALECER PPIMR

PROPUESTA: MUJERES INDÍGENAS, CAMPESINAS Y

AFRO

POR EL DERECHO A LA TIERRA

LINEAMIENTO 10: SEGURIDAD SOCIAL Y SALUD CON ENFOQUE DE GÉNERO Y ÉTNIA

LINEAMIENTO 11: VIVIENDA

LINEAMIENTO 12: PAZ Y DERECHOS

HUMANOS DE LAS MUJERES.

LINEAMIENTO 1: EN MATERIA DE CRÉDITO.

LINEAMIENTO 2: FORMULACIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA

LINEAMIENTO 3:MEDIO AMBIENTE

LINEAMIENTO 4: ADJUDICACIÓN DE

TIERRAS

LINEAMIENTO 5: RESTITUCIÓN DE

TIERRAS

LINEAMIENTO 6: ZONAS DE

PRODUCCIÓN CAMPESINAS, INDÍGENAS Y

AFROCOLOMBIANBA

LINEAMIENTO 7: ADUCACIÓN

LINEAMIENTO 8: PARTICIPACIÓN

LINEAMIENTO 9: IDENTIFICACIÓN DE

LAS MUJERES RURALES

Decreto 2145 del 20 de diciembre

2017

Decreto 2145 del 20 de diciembre

2017

Mujer Rural

Indígena en

Colombia

LA CONSTITUCION DE 1991 tiene cerca de 30 Artículos referidos a los

grupos étnicos y a las diversidades y particularidades culturales.

Según el censo 2005, en Colombia residen 87 pueblo indígenas, se hablan

67 lenguas amerindias y una cantidad de dialectos que se agrupan en 13

familias lingüísticas.

La población indígena reside en la zona rural principalmente, y se

encuentran ubicados en las regiones naturales como la selva, las sabanas

naturales de la Orinoquia, los Andes colombianos, en los valles

interandinos y en la planicie del caribe.

MinAgriculturaContexto

MinAgriculturaContexto

Realizando una consolidación detodos los grupos étnicos en 2010, lazona rural contaba con cerca del 15%de la población identificada comoétnica, lo cual incrementó cincopuntos porcentuales al pasar aalrededor del 20% en 2016. En lazona urbana el incremento es muchomenor, pues a pesar de presentarseun incremento en la cantidadpoblacional de estos grupos étnicos,se pasó de 9,3% de población étnica a10,7%.

Pertenencia a algún grupo étnico por sexo y zona

Fuente: DANE, Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH)

MinAgriculturaContexto

Desagregación por grupo étnico a nivel rural, setiene que en 2010 predominaba la existencia degrupos “negros” sobre los demás grupospoblacionales, ya que alrededor del 64% de laspersonas de ambos sexos reportaban ser deeste grupo. En 2016 se evidencia unincremento de la población indígena a talmagnitud que hay la misma cantidad (48,8%) dehombres indígenas que de negros; para el casode las mujeres el aumento fue mucho más alto,pues en este periodo las indígenas representanel 53,1% mientras que las del grupo étniconegro fue de 46,4%.

Estas cifras, evidencian la diversidad étnicapresente en la zona rural del país, muestranque un porcentaje significativo de la poblaciónfemenina rural del grupo étnico indígenas haido en aumento.

Fuente: DANE, Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH)

Gráfica 4 Distribución étnica en la zona rural

Lineamientos del Programa de protección de los Derechos

de las Mujeres Indígenas Desplazadas y en Riesgo - Auto 092

PLAN DE ACCIÓN AUTO 092

1- Políticas Públicas Integrales con enfoque de mujer, familia,

generación y étnico para la protección de las Mujeres Indígenas.

2- Sistema de Información, Comunicación, Seguimiento y

Monitoreo con enfoque de mujer, familia, generación y étnico.

3- Institucionalidad para la Atención, Prevención, Protección

Integral y Erradicación de la Discriminación de las MR Indígenas.

4- Fortalecimiento de la Jurisdicción Especial Indígena para la

articulación con la Justicia y la Jurisdicción Especial para la Paz

con el fin de garantizar el derecho a la justicia de las Mujeres

Indígenas de Colombia

Lineamientos del Programa de protección de los Derechos

de las Mujeres Indígenas Desplazadas y en Riesgo - Auto 092

PLAN DE ACCIÓN AUTO 092

5- Verdad, Justicia, Reparación Integral y Garantía de no

Repetición para Mujeres Indígenas.

6- Estrategias Educativas de Difusión de los Derechos de la

Mujeres Indígenas.

7- Fortalecimiento de la Educación Indígena desde los

parámetros identitarios y Ancestrales para las Mujeres.

8- Acceso y Garantía a Derechos Sexuales y Reproductivos en el

marco de la Salud propia e Intercultural.

Lineamientos del Programa de protección de los Derechos

de las Mujeres Indígenas Desplazadas y en Riesgo - Auto 092

PLAN DE ACCIÓN AUTO 092

9- Fortalecimiento de las Practicas Ancestrales para Garantizar el

Derecho a la Salud de la Mujeres Indígenas.

10- Revitalización de las Practicas Espirituales Propias de cada

uno de los pueblos de las Mujeres Indígenas y Pleno

Reconocimiento del Derecho al Acceso a Lugares Sagrados.

11- Garantizar la Ejecución de Políticas públicas de Economías

Propias para las Mujeres Indígenas Enfocados al Mejoramiento

del Buen Vivir.

12- Mecanismos de Prevención y Protección Frente a las

Amenazas Ambientales.

Actividades Programa de Protección de los

Derechos de las Mujeres Indígenas Desplazadas y

en Riesgo - Auto 092 de 2008

PROGRAMAS AUTO 092/2008

1. Programa de prevención del impacto de género desproporcionado del desplazamiento,

mediante la prevención de los riesgos extraordinarios de género en el marco del conflicto

armado

2. El Programa de Prevención de la Violencia Sexual contra la Mujer Desplazada y de

Atención Integral a sus Víctimas.

3. El Programa de Prevención de la Violencia Intrafamiliar y Comunitaria contra la Mujer

Desplazada y de Atención Integral a sus Víctimas

4. El Programa de Promoción de la Salud de las Mujeres Desplazadas

5. El Programa de Apoyo a las Mujeres Desplazadas que son Jefes de Hogar, de

Facilitación del Acceso a Oportunidades Laborales y Productivas y de Prevención de la

Explotación Doméstica y Laboral de la Mujer Desplazada

6. El Programa de Apoyo Educativo para las Mujeres Desplazadas Mayores de 15 Años.

7. El Programa de Facilitación del Acceso a la Propiedad de la Tierra por las Mujeres Desplazadas

8. El Programa de Protección de los Derechos de las Mujeres Indígenas Desplazadas

9. El Programa de Protección de los Derechos de las Mujeres Afrodescendientes Desplazadas.

10. El Programa de Promoción de la Participación de la Mujer Desplazada y de Prevención de la Violencia

contra las Mujeres Líderes o que adquieren Visibilidad Pública por sus Labores de Promoción Social, Cívica

o de los Derechos Humanos.

11. El Programa de Garantía de los Derechos de las Mujeres Desplazadas como Víctimas del Conflicto

Armado a la Justicia, la Verdad, la Reparación y la No Repetición

12. El Programa de Acompañamiento Psicosocial para Mujeres Desplazadas.

13. El Programa de Eliminación de las Barreras de Acceso al Sistema de Protección por las Mujeres

Desplazadas

PROGRAMAS AUTO 092/2008

Algunos

instrumentos

Normativos antes

Acuerdo de Paz

Constitución Política. Reconocimiento de los derechos de la igualdad real y efectiva de las mujeres (art 13); la

participación política de las mujeres (art 40); la igualdad de derechos y oportunidades entre el hombre y la mujer, y el apoyo

a mujeres cabeza de familia (art 43); protección especial a la mujer, a la maternidad (art 53).

Ley 731 de 2002. Ley de Mujer Rural. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en concertación con la Alta

Consejería para la Equidad de la Mujer deben fortalecer la inclusión de las mujeres que habitan en las áreas rurales, el

enfoque de derechos en los programas y proyectos; reglamentar y fortalecer la participación efectiva de las mujeres rurales

en los espacios de decisión sobre políticas y programas; promover el empoderamiento económico, la autonomía financiera

y desarrollo empresarial de las mujeres.

Ley 1257 de 2008. Ley de no violencia contra las mujeres. Comprende el daño patrimonial de las mujeres campesinas.

Reconoce que los bienes comprenden la tierra, la vivienda, los cultivos y establece medidas para eliminar todas las formas

de violencia, así como la implementación de políticas para el cumplimiento real de los derechos de las mujeres vulnerables

o en riesgo.

Ley 1413 de 2010. Ley de Economía del Cuidado- El Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural debe fortalecer la

implementación de la Ley de economía del cuidado – inclusión de la siembra y la pesca para el hogar – contabilizar

actividades no remuneradas realizadas por las mujeres rurales.

Ley 1448 de 2011. Ley de Víctimas y restitución de Tierras. Tiene por objetivo garantizar la reparación integral de las

víctimas y restituir a las mujeres rurales despojadas y reclamantes de derechos. Otorga prioridades a las mujeres a quienes

se les restituya la tierra.

Ley 1753/2015 PND 2014-2018. El Plan Nacional de Desarrollo establece en el artículo 107 literal h la creación de la

Dirección de la Mujer Rural y el artículo 232 la construcción de una Política Pública Integral de Mujer Rural.

Normas Nacionales Mujeres

Rurales

Normas Nacionales Mujeres

Rurales

LEY DE MUJER RURAL: LEY 731 DE 2002

TEMAS CONTENIDO

Financiamiento Capitulo II. Participación de las mujeres rurales en los fondos de financiamiento del sector rural. (Artículos: -8-9-10-

11-12)

Producción,

Comercialización

y Tecnología

Capitulo II. Participación de las mujeres rurales en los fondos de financiamiento del sector rural y otros temas

relacionados con la generación de ingresos y el empoderamiento económico. (Artículos: 5-6-7).

Capitulo VII. Disposiciones varias. Artículo 28. Participación de las mujeres rurales en los planes, proyectos y

programas de reforestación.

Tierras y vivienda rural Capítulo VI. Normas relacionadas con la reforma agraria. (Artículos: 24-25 y 26).

Capitulo VII. Disposiciones varias. Artículo 27. Subsidios familiares de vivienda rural para mujeres rurales.

Empleo y seguridad

social

Capitulo III. Normas relativas al régimen de seguridad social de las mujeres rurales.(Artículos: 13-14-15)

Capitulo VII. Disposiciones varias. Artículo 29. Igualdad de remuneración en el sector rural.

Educación, capacitación

y recreación

Capítulo IV. Normas relacionadas con la educación, capacitación y recreación de las mujeres rurales, deporte social

comunitario (Artículos: 16-17 y 18)

Conpes 3726 de 2012. Lineamientos, plan de ejecución de metas, presupuesto y mecanismo de

seguimiento para el Plan de Atención y Reparación Integral a Víctimas.

Conpes Social 161 de 2013. Política Pública de Equidad de Género para las mujeres.

PND 2014-2018 ART 232 Formulación de la Política Publica Integral de las Mujeres Rurales Colombianas

Sentencia C-371 de 2000. Acciones afirmativas para aminorar efectos de las prácticas sociales que

tradicionalmente han ubicado a personas o grupos en situaciones de inferioridad y desventaja.

Sentencia T-025 de 2004. Estado de cosas inconstitucional desplazamiento forzado.

Auto 092 de 2008. Órdenes al Estado de investigar el impacto del conflicto armado y el desplazamiento

forzado en la vida de las mujeres.

Auto 009 de 2015. Ordena a las autoridades competentes adoptar medidas urgentes para atender y

reparar a las mujeres desplazadas víctimas de violencia sexual, con un enfoque de género adecuado

Políticas y jurisprudencia

Las Mujeres en el “Acuerdo

Final para la Terminación del

Conflicto y la Construcción de

una Paz Estable y Duradera” el

24 de noviembre de 2016

Lo que Hemos acordado. El Acuerdo final de Paz. Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

La Paz es Conmigo. Las Mujeres como Protagonistas en la Construcción de Paz. Alto Comisionado para la Paz.

Lo que hemos acordado. El Acuerdo final de paz. Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

Lo que hemos acordado. El Acuerdo final de paz. Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

Lo que hemos acordado. El Acuerdo final de paz. Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

Lo que hemos acordado. El Acuerdo final de paz. Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

Consideraciones

Reconocimiento de que la verdadera trasformación del campo requiere garantizar el acceso progresivo a la propiedad rural de quienes

habitan el campo, en particular de las mujeres rurales (pág 10)

Reconoce el rol productivo y reproductivo de las mujeres, y su papel fundamental en el desarrollo y la economía rural, así como los

esfuerzos que debe hacer el Estado para garantizar el bienestar y buen vivir y para fortalecer sus formas de organización y producción (pág.

11).

Reconoce el apoyo que debe darse a las Zonas de Reserva Campesina y las demás formas de asociatividad solidaria. (Entre ellas las de las

mujeres) (pág. 11).

Reconoce que los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial deben tener enfoque diferencial y de género teniendo en cuenta las

necesidades, características y particularidades económicas, sociales y culturales de los territorios y de las mujeres en todo su ciclo vital.

(pág. 11)

Reconoce que el desarrollo rural demanda una atención especial a la producción agropecuaria nacional y especialmente a la producción

campesina, familiar y comunitaria (pág. 12) (Mención implícita a las mujeres).

Principios

Igualdad y enfoque de género: Reconocimiento de las mujeres como ciudadanas autónomas, sujetos de derechos que, independientemente

de su estado civil, relación familiar o comunitaria, tienen acceso en condiciones de igualdad con respecto a los hombres en la propiedad de

la tierra y los proyectos productivos, opciones de financiamiento, infraestructura, servicios técnicos y formación, entre otros (…) atendiendo a

las condiciones sociales e institucionales que han impedido a las mujeres acceder a activos productivos y bienes públicos y sociales. Este

reconocimiento implica la adopción de medidas específicas en la planeación, ejecución y seguimiento a los planes y programas

contemplados en este acuerdo para que se implementen teniendo en cuenta las necesidades específicas y condiciones diferenciales de las

mujeres, de acuerdo con su ciclo vital, afectaciones y necesidades. (pág. 12)

Principios: La política de desarrollo agrario integral es universal y su ejecución prioriza la población y los territorios más necesitados y

vulnerables, y las comunidades más afectadas por la miseria, el abandono y el conflicto, y hace énfasis en pequeños y medianos productores

y productoras. Especial atención merecen los derechos de las víctimas del conflicto, de los niños y niñas, de las mujeres, y de las personas

adultas mayores. (pag 12).

Acuerdo de Paz Punto 1 RRI

Avances

i.) Instancia de especial para la verificación del proceso de implementación del Acuerdo

ii.) Avances Normativos del Acuerdo RRI

iv.) La inclusión de indicadores de género y étnicos Plan Marco de Implementación

v.) Mujer Rural y Construcción de Paz

Instancia de especial para la verificación del proceso de implementación del Acuerdo

Instancia especial de mujeres para la verificación de implementación del Acuerdo entre elGobierno Colombia con la FARC, se da con el objetivo de “contribuir al seguimiento del enfoque ygarantía de los derechos de las mujeres en la implementación del Acuerdo Final”.

Y en ese camino el primer paso fue abrir la convocatoria del 11 hasta el 21 de abril– para que lasdiferentes organizaciones de mujeres de carácter nacional y territorial postulen a las candidataspara integrar la instancia:

En total 818 organizaciones postularon mujeres

La instancia se conforma así: 4 de organizaciones territoriales, 1 de ellas víctima del conflictoarmado, 2 de carácter nacional, 1 mujer propuesta por organizaciones LGBTI.

Las cuales tendrán interlocución permanente con la Comisión de Seguimiento y mantendrán“… diálogo constante con la CSIVI, el Consejo Nacional de Reincorporación, los componentesde verificación y acompañamiento internacional (conformado por ONU Mujeres, laRepresentante del Secretario General para la Violencia Sexual en el Conflicto, la FederaciónDemocrática Internacional de Mujeres y Suecia), el Instituto Kroc y demás Instanciasestablecidas por el Acuerdo Final, para garantizar un adecuado seguimiento a laimplementación del enfoque de género y de interseccionalidad.

Las mujeres elegidas para la

CSIVI

Rocío Pineda. Representante de organizaciones territoriales - Unión de Ciudadanas por Colombia (Antioquia).

Marcela Sánchez Buitrago. Representante de organizaciones LGBTI - Directora ejecutiva Colombia Diversa.

Victoria Neuta Sánchez. Representante de organizaciones nacionales - Comisión de Mujeres Indígenas de Colombia. Lideresa indígena del pueblo Muisca.

Yuly Artundiaga. Representante de organizaciones territoriales - Organización Mujeres Andino Amazónicas (Putumayo). Actualmente colabora en los procesos de sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito, posicionado en la agenda de las mujeres campesinas desde el sur del país.

Mayerlis Angarita. Representante de las organizaciones de víctimas - Corporación Narrar para Vivir. Ha trabajado en la reconstrucción de la memoria en los Montes de María.

Magda Alberto. Representante de organizaciones nacionales - Plataforma Mujeres por la Paz. Es reconocida por su activismo social con organizaciones de mujeres jóvenes para ampliar su participación política.

Francisca Aidee Castillo. Asociación de Mujeres Araucanas Trabajadoras Y ante la ausencia de mujeres afrodescendientes en dicha instancia, en el comunicado 21 del 18

de diciembre 2017, se informa sobre el aumento del número de las integrantes con su suplente en representación de las mujeres afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras a la instancia especial. Bibiana del Carmen Peñaranda Sepúlveda de la Red Mariposas Alas Nuevas Construyendo Futuro ( Valle del Cauca)

Algunas de las actividades a

desarrollar por la CSIVI

Hacer recomendaciones a la Comisión de Implementación, Seguimiento,Verificación del Acuerdo de Paz y de la Resolución de Diferencias CSVR, paragarantizar la incorporación del enfoque de género en la implementaciónnormativa del acuerdo y en el Plan Marco de Implementación.

Realizar informes periódicos y públicos Mantener espacios y canales permanentes de diálogo con las mujeres y

organizaciones para construir propuestas y hacer recomendaciones. Son independientes y autónomas en su espacio de trabajo para mantener la

imparcialidad y neutralidad en el seguimiento a los enfoques de género y deinterseccionalidad

Tendrán un reglamento y un plan de trabajo anual que será financiado por elGobierno con apoyo de la Cooperación Internacional.

En cuanto al mecanismo de trabajo, durante los primeros seis meses se realizaránsesiones frecuentes y posteriormente se desarrollarán reuniones periódicas.

Avances Normativos del Acuerdo RRI

Acuerdo Final de Paz Norma

Punto 1.REFORMA RURAL INTEGRAL

Por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de

la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo Final en

materia de tierras, especifica el procedimiento para el acceso y la

formalización y el fondo de tierras

Decreto 902 de 2017

Por la cual se expide el reglamento operativo de los planes de

ordenamiento social de la propiedad, el proceso único de

ordenamiento social de la propiedad y se dictan otras disposiciones

Resolución 740 de 2017

Por medio de la cual se adoptan las bases para la gestión en el

territorio para usos agropecuarios y los lineamientos de su

estrategia de planificación sectorial agropecuaria

Resolución 128 de 2017

Por la cual se adopta los lineamientos para la planificación y gestión

territorial por barrido predial masivo de la Agencia Nacional de

Tierras y se dictan otras disposiciones

Resolución 129 de 2017

Por medio de la cual se adopta la metodología de focalización

territorial por barrido predial masivo de la Agencia Nacional de

Tierras y se dictan otras disposiciones

Resolución 130 de 2017

Avances Normativos del Acuerdo RRI

Acuerdo Final de Paz Norma

Por el cual se crean los Programas de Desarrollo con

Enfoque Territorial (PDET).

Decreto 893 de 2017

Por el cual se adoptan normas sobre la organización y

prestación del servicio educativo estatal y el ejercicio de la

profesión docente en zonas afectadas por el conflicto armado

Decreto 882 de 2017

Por el cual se expiden normas tendientes a la

implementación del Plan Nacional de Electrificación Rural en

el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y

la Construcción de una Paz Estable y Duradera

Decreto-Ley 884 de 2017

Por medio del cual se modifica la Ley 434 de 1998 y se crea

el Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia

Decreto-ley es el 885 de 2017

Por el cual se establece el pago por servicios ambientales y

otros incentivos a la conservación

Decreto 870 de 2017

Por el cual se dictan disposiciones para la formulación del

Plan Nacional de Construcción y Mejoramiento de Vivienda

Social Rural

Decreto 890 de 2017

Visitación Asprilla Cuesta, Directora de la Mujer Rural- Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de [email protected] Conmutador (571) 2543300 ext. 5540 Bogotá, Colombia

GRACIAS