Presentación consejos comunal y cooperativas

12
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y GESTION LOCAL UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE-RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO INTEGRANTE: YULIANNY DURAN CI- 19.779.879 SECCION: SAIAD

Transcript of Presentación consejos comunal y cooperativas

Page 1: Presentación consejos comunal y cooperativas

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y GESTION LOCAL

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE-RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURICAS Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

INTEGRANTE:

YULIANNY DURAN CI- 19.779.879

SECCION: SAIAD

Page 2: Presentación consejos comunal y cooperativas

CONSEJO COMUNAL Es la organización del pueblo entre los

vecinos de una misma comunidad para así asumir directamente la gestión de las políticas y proyectos, orientados a responder por las principales necesidades económicas, problemas social y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social; el consejo comunal sirve para diseñar, realizar, controlar y evaluar la calificación final de proyectos sociales destinados a solucionar problemas de salud, educación, trabajo, deportes, medio ambiente, habitacionales, entre otros

Base Constitucional y Legal:

En la Carta magna, el artículo 184 por ejemplo, menciona la posibilidad de a Descentralización a favor de grupos vecinales por Estados y Municipios, en donde perfectamente encuadra los Consejos Comunales.

Artículo 2 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales:

“Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”

Page 3: Presentación consejos comunal y cooperativas

Procedimiento par la conformación del Consejo comunal:

1. Reunirse algunos vecinos con el propósito de formar un Consejo Comunal.2. Solicitar a la Oficina Municipal de Consejos Comunales, toda la información necesaria y la literatura actualizada a fin de no cometer errores.3. Determinar la cantidad de familias que pueden componer el Consejo Comunal.4. Decidir quiénes serán los promotores voluntarios que visitarán casa por casa a las 20 o 30 familias seleccionadas.5. Capacitar previamente a esos voluntarios, para que expliquen brevemente a las familias el motivo de su visita.6. En esa misma visita, los voluntarios entregarán una invitación indicando lugar, día y hora para que los invitados reciban toda la información complementaria.7. Debe invitarse al Presidente y demás miembros de la junta parroquial, al Defensor del pueblo, al Contralor municipal, al Síndico municipal y a toda autoridad conocida, así como a todos los grupos organizados de ecología, cultura, trabajadores, Círculos Bolivarianos, Comités de Tierras, Comités de Salud, Misión Barrio Adentro, Misiones, Robinsón, Rivas, Sucre y Vuelvan Caras, UBES, Comités de Protección Social, etc.8. El día de la reunión, el único punto a tratar es darle a los asistentes, toda la información posible sobre Consejos Comunales. Se puede solicitar a la Alcaldía la presencia de un Asesor para que ayude a esta exposición y aclare a la concurrencia cualquier duda que surja.9. Debe circular durante la reunión un listado de los presentes, indicando nombres y apellidos, Cédula de Identidad, teléfono y correo electrónico.

Page 4: Presentación consejos comunal y cooperativas

10. Algunos de los presentes deben tomar fotografías para testificar el acto.11. Al finalizar la reunión, se solicitará a los asistentes que propongan candidatos para formar el grupo de Voceros Representantes de la Asamblea, llamado también Órgano Ejecutivo de la Asamblea, que será el que durante dos años se encargará de hacer cumplir las decisiones de la Asamblea.12. Antes de cerrar el acto, debe acordarse en que día, lugar y hora debe llevarse a cabo la primera reunión electoral de la Asamblea Local de Voceros, para que ésta elija por mayoría al mencionado Órgano Ejecutivo de la Asamblea.13. Se conoce con el nombre de Vocero, al representante de una familia. De manera tal que en un Consejo Comunal de 20 familias, deberán haber 20 voceros.14. Para que las reuniones de la Asamblea Local de Voceros sea válida, siempre se contará con un quórum de la mitad más uno.15. En esa primera Asamblea, y luego de las elecciones, se conocerá quienes son los miembros del Órgano Ejecutivo y, a partir de ese instante, ya se cuenta con el nuevo Consejo Comunal del sector.16. El Órgano Ejecutivo está compuesto por Voceros Titulares y Voceros Suplentes, entre los que aparecen los cargos de Vocero Principal, Vocero Secretario, Vocero Administrativo, Vocero Contralor, etc.17. El número de Voceros del Órgano Ejecutivo de la Asamblea siempre será variable.

Page 5: Presentación consejos comunal y cooperativas

Órganos que Componen el

consejo comunal:

COLECTIVO DE COORDINACIÓN COMUNITARIA 

Es la instancia de articulación, trabajo conjunto y

funcionamiento, conformado por los voceros y voceras de la Unidad Ejecutiva, Unidad

Administrativa y Financiera Comunitaria y Unidad de

Contraloría Social del consejo comunal

 Unidad EjecutivaEs el responsable de ejecutar las

decisiones que se tomen en asamblea de Ciudadanos y

Ciudadanas de una Comunidad, en estas asambleas pueden

participar los vecinos y vecinas de la comunidad mayores de quince

años, siempre y cuando sea verificable que tienen más de seis

meses de habitación en dicha comunidad.

Unidad Administrativa Financiera

Comunitaria La Unidad Administrativa Comunitaria (Banco con orientaciones socialistas, entre ellas la

solidaridad), es la instancia del Consejo Comunal que debe estar integrada por cinco Voceros o Voceras

mayores de 18 años, electos en Asamblea de

Ciudadanos y Ciudadanas por votación Directa y

Secreta

Unidad de Contraloría Social:

 al igual que la Unidad Financiera o Banco

 Comunal, la Contraloría Social, está integrada por

cinco (5) voceros o voceras mayores de edad, electos

en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas

por votación directa y secreta

Comisión Electoral Permanente es la instancia del consejo comunal encargada de organizar y conducir de forma permanente, los procesos de elección o revocatoria de los

voceros o voceras del consejo comunal y las consultas sobre aspectos relevantes de la vida

comunitaria, así como cualquier otro que decida la Asamblea de

Ciudadanos y Ciudadanas.

Page 6: Presentación consejos comunal y cooperativas

LAS COOPERATIVAS

son una asociación de personas organizadas, en el ámbito de una economía alternativa , popular y solidaria, en donde, se asocian productores y/o consumidores para vender y comprar en común, sin intermediarios para generar un beneficio colectivo de la sociedad.

TIPOS DE COOPERATIVAS

Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción de bienes y servicios: Consisten en agrupaciones de personas de un mismo oficio o con un fin común, que por medios propios producen ciertos artículos vendiéndolos directamente y distribuyéndose entre ellos las ganancias

Cooperativa de Producción Industrial: Es una cooperativa de trabajadores y tiene como objeto transformar materia prima en bienes que tengan características para satisfacer una necesidad de los consumidores mediante procesos tecnológicos industriales.

Cooperativas lácteas: ellas pueden producir quesos, mantequilla, yogurt, dulces y sus derivados

Cooperativas de carpinterías: están en capacidad de ofrecer muebles, juguetes, utensilios de cocina o insumos para la construcción (puertas, marcos, ventanas, etc.).

Page 7: Presentación consejos comunal y cooperativas

Cooperativa de producción agrícola: Es una asociación conformada por varios afiliados que trabajan la tierra, comercializan sus productos, aprovechan descuentos y ventajas de comprar en cantidad entre varios agricultores que se unieron en una cooperativa de este tipo.

Cooperativa de Producción Pesquera: Es la unión de diversas personas dedicadas a la actividad pesquera que suman sus esfuerzos para mejorar sus condiciones de producción, potenciando el alcance de su trabajo.Cooperativa de Producción de Servicios: Son aquellas empresas cooperativas que prestan servicios a la comunidad en diferentes áreas, transporte, reparaciones, mantenimiento, tapicería, fumigación, recolección de basura, jardinería, distribución de gas doméstico, transporte escolar, entre tantas como sea posible imaginar. Cooperativas de Ahorro y Crédito: Las Cooperativas de Ahorro y Crédito son aquellas que tienen por objeto fundamental fomentar el ahorro y otorgar préstamos a sus asociados con los recursos aportados por los mismos, a un interés muy bajo, con el fin de eliminar los altos costos que representan los créditos otorgados por los bancos comerciales

Page 8: Presentación consejos comunal y cooperativas

Diferencias entre una Cooperativa de Ahorro y un BancoCooperativa de Ahorro1. Es de los asociados.2. Las ganancias que genera se distribuyen entre los asociados.3. Conceden préstamos a los asociados que lo requieran.4. Otorgan préstamos a intereses bajos.Banco1. Es de un grupo de personas que aportan el capital.2. Las ganancias que genera el banco se distribuyen entre los accionistas.3. Conceden préstamos a quienes normalmente ya tienen dinero, exigen que el solicitante tenga bienes de fortuna para cederlos como garantía.4. Otorgan préstamos con intereses altos.Las Cooperativas de Consumo: Presentan dos formas básicas para la consecución de sus metas. La primera, consiste en aprovechar los descuentos compras al mayor y vender los productos a sus miembros a los costos de adquisición aumentando solo en una pequeña porción para cubrir los gastos generales de operaciónLas Cooperativas Mixtas: Persiguen dos objetivos a saber: la producción de bienes y servicios para terceros y la obtención de bienes y servicios para sus asociados. Las Cooperativas Mixtas deben su nombre a la posibilidad de tener, al mismo tiempo, dos o más de los perfiles que se han descrito anteriormente

Page 9: Presentación consejos comunal y cooperativas

Fundamento Constitucional y Legal.En la República Bolivariana de Venezuela a partir de la entrada en Vigencia la Ley Especial  de Asociaciones Cooperativas el 18 de septiembre de 2001, se multiplicó hasta la actualidad de una manera histórica la conformación de empresas cooperativas, muchas de ellas han sido creadas sin un conocimiento especifico acerca de las bases legales que lo regulan, ya que el objetivo principal que ha motivado para su creación han sido primordialmente:a. El Incentivo Fiscal. (la exención de impuestos)b. El Otorgamiento de créditos.c. La Obtención de Contratos otorgados con preferencias a las cooperativas.Se puede mencionar que el fundamento normativo de las cooperativas, se encuentra en primer termino, en La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; La Ley Especial de Asociaciones Cooperativas; y en diversas Providencias Administrativas.

Page 10: Presentación consejos comunal y cooperativas

Constitución de la República Bolivariana de VenezuelaEn primer lugar, se puede mencionar el artículo 70 de la Constitución Nacional, donde se hacen alusiones algunas medios de participación ciudadana, incluyéndolas dentro de las de económicas, pero de manera directa, hacen mención a las Asociaciones Cooperativas, los artículos:•Artículo 118 :"Se reconoce el derecho de los trabajadores y de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Estas asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica, de conformidad con la ley. La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos. El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular"•Artículo 308: "El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular. Se asegurará la capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento oportuno".•Artículo 184: "La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos, promoviendo: (...)5. La creación de organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el diseño de políticas donde aquellas tengan participación (...)"

Page 11: Presentación consejos comunal y cooperativas

Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. Del 18 de septiembre de 2001.Gaceta Oficial N° 37.285.Las cooperativas son definidas por la Ley en mención, específicamente en su artículo 2, en los siguientes términos: “Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente”Por su parte, los valores cooperativos, se encuentran en el artículo 3, en los siguientes términos: “Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, esfuerzo propio, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Sus miembros promueven los valores éticos de honestidad, transparencia, responsabilidad social y compromisos por los demás”.3. Providencias•PA-079-06 (procedimientos disciplinarios y registro nacional de cooperativas) 11 de Septiembre de 2006.•PA-187-07 (CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO) 03 de Julio de 2007.•PA-069-06 (reserva de denominación y constancia de inscripción) 11 de Septiembre de 2006•PA, No 186-7 (remisión información contable y social) 03 de Julio de 2007.•PA-033-05 (Parámetros de procedimientos disciplinarios) 21 de Octubre de 2005.•PA-039-05 (lineamientos formación, capacitación y convalidación educativa) 12 de Diciembre de 2005.

Page 12: Presentación consejos comunal y cooperativas

GRACIAS