Presentación comparación y requisitos notario y corredor publico

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Facultad de Contaduría y Administración Carrera: Administración Presentación: Comparación entre notario publico y corredor publico con sus requisitos Profesor: Vicente García Guinea Alumno: Erick Humberto Arroyo Morales Grupo: 1160 primer semestre Salón: B-003 Número de cuenta: 315605077

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Facultad de Contadura y AdministracinCarrera: AdministracinPresentacin: Comparacin entre notario publico y corredor publico con sus requisitosProfesor: Vicente Garca GuineaAlumno: Erick Humberto Arroyo MoralesGrupo: 1160 primer semestreSaln: B-003Nmero de cuenta: 315605077

Diferencia entre un Notario Publico y un Corredor Publico.

Tanto el Notario Pblico como el Corredor Pblico son funcionarios a los que el Gobierno Mexicano (sea local o federal, respectivamente) les otorga fe publica y por eso reciben el nombre de fedatarios pblicos.Qu es la fe pblica?Se refiere a que los actos que se otorguen ante ellos no son cuestionables; es decir, el Notario o Corredor certifica con su fe pblica que efectivamente se realiz el acto correspondiente, en la forma en que se describe en una escritura pblica.

Y si bien la fe pblica es la caracterstica que ambos tienen en comn, hay muchas diferencias en sus funciones, ya que son diferentes.

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La fe publica.

Es un atributo que el Estado tiene en virtud del ius imperium, con el que se encuentra investido por la sociedad, y es ejercida a travs de los rganos estatales, en este caso particular, la fe pblica privada es otorgada por la ley, a travs del Estado al Notario y el Corredor Pblico, para que aquellos actos y hechos de los que den fe, en el mbito de su competencia, se encuentren colmados de veracidad y certeza. As se ide el sistema de investir a una persona de una funcin autenticadora, de modo que al expedir un documento o constatar un hecho, pudiera decirse que estaba presente el Estado mismo, puesto que en nombre de ste obra.

CORREDOR PBLICOInicialmente la funcin del corredor fue regulada por el Cdigo deComercio, en su Ttulo Tercero De los Corredores, comprendiendodel artculo 51 al 74, el que fue derogado mediante decreto publicadoen el Diario Oficial de la Federacin el veintinueve de diciembre de milnovecientos noventa y dos, mediante el cual se emiti la Ley Federal deCorredura Pblica.La Ley Federal de Corredura Pblica convierte al Corredor en pieza clave para el fortalecimiento de la economa mexicana.La Secretara de Economa el otorgarhabilitaciones a los licenciados en Derecho que cumplan los requisitoslegales, y aprueben pueden ser Mercantil para poder actuar como fedatarios de transaccionescomerciales, asesores jurdicos, rbitros, mediadores y peritos valuadores.NOTARIO PBLICODe conformidad con lo dispuesto por el artculo 121 de la ConstitucinFederal, el cual qued transcrito en prrafos precedentes, cadaEstado de la Federacin estar encargado de dar entera fe y crdito delos actos pblicos, registros y procedimientos judiciales que se celebrendentro de su territorio, en virtud de lo cual, el artculo 122 de nuestraCarta Magna confiere a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal lafacultad de emitir los ordenamientos jurdicos necesarios para el desempeode la institucin del NotariadoRegulacin

El Notario Publico:Recibe una patente del gobierno estatal o local; es decir, slo puede actuar en un territorio determinado (por ejemplo: Nuevo Len, Morelos).Puede dar fe pblica respecto de actos de derecho civil, mercantil o de otras materias; es decir, tiene un campo de accin general y amplio respecto de temas legales en general.No es un perito valuador, rbitro o agente intermediario.

El Corredor Publico:Recibe una habilitacin del gobierno federal (lo que implica que puede actuar en toda la Repblica Mexicana y no slo en un Estado en particular).Puede dar fe pblica exclusivamente respecto de actos de derecho mercantil, ya que se le considera un asesor jurdico especialista en temas comerciales y por lo tanto no puede dar fe pblica respecto de actos civiles.La ley le reconoce el carcter de perito valuador, rbitro y agente intermediario.En conclusin, el Notario Pblico y el Corredor Pblico son funcionarios distintos. Uno no es mejor que el otro, sino que tienen campos de accin diferentes y facultades diferenciadas.

Como regla general, si un trmite es mercantil puede ser ms conveniente ir con un Corredor.

Si es civil, forzosamente tendras que ir con un Notario.

ComparacinCorredor pblico

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CORREDOR PBLICONOTARIO PBLICO

CORREDOR PBLICONOTARIO PBLICO

Cules son los requisitos para ser notario pblico?

Los requisitos para ser notario son distintos en cada Estado, ya que los establece su correspondiente ley local. Sin embargo, en trminos generales se requiere ser licenciado en Derecho, haber realizado una prctica en alguna notara, prueba practica de un caso real, tener buena reputacin tanto personal como profesional, y aprobar o en su caso ser vencedor en un examen de oposicin.

Puede un notario de un Estado ejercer su funcin en otro Estado de la Repblica Mexicana?

No. Los notarios slo pueden ejercer su funcin en el territorio de la entidad federativa relativa y no pueden ejercerla en el territorio de otro Estado. Lo anterior no significa que no puedan dar fe de actos cuyo objeto sean bienes ubicados en otra entidad, siempre y cuando el acto se otorgue dentro de la entidad de la que son notarios.Por ejemplo, una compraventa de una propiedad en Cancn, se puede realizar en la Ciudad de Mxico, siempre y cuando la firma de la escritura se realice en la Ciudad de Mxico.Se necesita:1.-Ser licenciado en derecho

2.-Tener titulo y Cedula profesional

3.-postularse dentro del termino de la convocatoria y cumplir los requisitos que establezca la notaria4.-Presentar un examen y aprobarlo

Qu ley regula la actividad de los notarios?

En nuestro sistema jurdico, la materia notarial es de orden local; por ello cada Estado de la Repblica tiene su propia ley del notariado y en ella se regula la actividad de los notarios en esa entidad federativa, as como los requisitos para ser notario en ese Estado, responsabilidades, derechos, obligaciones y sanciones.Qu institucin regula la actividad notarial en cada Estado?

La Ley del Notariado de cada entidad establece qu instancia del gobierno estatal es la encargada de supervisar la actividad notarial. Estas instancias son responsables de asegurar el cumplimiento de la ley por parte del notariado. Es importante sealar que el notariado es una actividad de gran responsabilidad, que acarrea fuertes sanciones en caso de incumplimiento.

En Mxico, al igual que todos los pases con sistema notarial de corte latino, el notario en el ejercicio de sus funciones debe asesorar a las partes, interpretar su voluntad, redactar, leer, explicar y autorizar el instrumento correspondiente, as como conservarlo y reproducirlo.

De qu actos da fe el notario?

El notario interviene en diversos actos como son testamentos, poderes, constitucin de sociedades, as como de aqullos cuyo objeto sean inmuebles, como por ejemplo, compraventas, donaciones, hipotecas, fideicomisos y adjudicaciones por herencia.

Adems da fe de hechos como notificaciones, requerimientos, existencia y capacidad de las personas, reconocimiento de firmas, protocolizaciones de actas y hechos materiales en general.

Cules son las obligaciones de un notario?

El Notariado mexicano es un coadyuvante en la administracin de la justicia en Mxico, al proporcionar seguridad jurdica y prevenir posibles litigios y conflictos. La funcin notarial se extiende a todas las actividades jurdicas no contenciosas, por lo que proporciona seguridad jurdica y previene posibles litigios y conflictos al mediar entre las partes.

Las principales obligaciones de un notario son: Actuar de manera imparcial, al asesorar a las personas que comparecen ante l, protegiendo los intereses de todos los involucrados. Redactar, leer y explicar el instrumento que contiene el acto o hecho del que dar fe. Calcular, retener y enterar el monto de los impuestos de las escrituras que autoriza, as como pagarlos en la Tesorera Local o Federal, cuando se causen. Inscribir en el Registro Pblico de la Propiedad y en el de Comercio los actos que as lo requieren

LEY FEDERAL DE CORREDURIA PUBLICA se encarga de regular la Secretara mandar publicar en el Diario Oficial de la Federacin o en el peridico o gaceta de la entidad federativa de que se trate, el acuerdo de habilitacin correspondiente, a partir de lo cual el corredor pblico podr iniciar el ejercicio de sus funciones.

Para ser un corredor pblico se necesita hacer un examen y registrarse en lnea hay guas de estudio as como una convocatoria adems de ser licenciado en derecho tener titulo y Cedula profesional.

La convocatoria est dirigida a Licenciados en Derecho interesados en presentar el examen para obtener la calidad de Aspirante a Corredor Pblico para el ao 2016 y aprobar el examen

El examen tiene por objetivo asegurar que los aspirantes cuenten con los conocimientos suficientes y estn facultados para brindar servicios de asesora jurdica, fe pblica, valuacin, arbitraje y mediacin.

Los interesados pueden consultar ms informacin, fechas, requisitos y descargar la Gua de Estudio para obtener la calidad de Aspirante a Corredor Pblico en el sitio: www.correduriapublica.gob.mx y hacer clic en la pestaa de Trmites.

Cules son los requisitos para ser un corredor pblico?

Clases y requisitos del corredor pblico. Agente mediador: Transmite e intercambia propuestas entre dos o ms partes y asesora en la celebracin o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil.

Perito valuador: Estima, cuantifica y valora los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideracin, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente.

Asesor jurdico: Asesora jurdicamente a los comerciantes en las actividades propias del comercio, con un alto sentido de responsabilidad y tica profesional.

rbitro: Acta a solicitud de las partes, en la solucin de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, as como las que resulten entre proveedores y consumidores, brindando solucin a los conflictos comerciales mediante un proceso rpido, econmico y equitativo.

Fedatario pblico: Acta como fedatario pblico para hacer constar los contratos, convenios y actos jurdicos de naturaleza mercantil, excepto tratndose de inmuebles, as como en la emisin de obligaciones y otros ttulos valor; en hipotecas sobre buques, navos y aeronaves que se celebren ante l, as como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil.

Obligaciones:

Ejercer personalmente su funcin con probidad, rectitud y eficiencia;

Ser expedito en la ejecucin de los asuntos que se le encomienden;

Proponer los negocios con exactitud, claridad y precisin;

Asegurarse de la identidad de las partes que contraten, convengan o ratifiquen ante su fe, as como de su capacidad legal para contratar y obligarse;

Orientar y explicar a los otorgantes el valor y las consecuencias legales de los actos de que se trate, y

Guardar secreto profesional en el ejercicio de sus funciones.