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¡Bienvenidos! Sesión Ordinaria

COMUNIDAD VIRTUAL ADUANERA®

Primera modificación a las Reglas Generales en Comercio Exterior

19 de mayo de 2016

Eduardo Reyes Díaz Leal

@erdl7

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¿Qué es la Comunidad Virtual

Aduanera?

Comunidad de expertos en la

búsqueda de la excelencia

Aduanera

Campus virtual

Capacitación digital

Introductoria

Ejecutiva

Profunda

Sesiones virtuales

Ordinaria (solo miembros)

Resolución de problemas

Sexo 1 (membresía y pago por

evento)

Explicaciones ejecutivas

Sexo 2 (abierta al público)

Difusión de las mejores

practicas

2 Grandes herramientas

Sesiones virtuales

Campus Virtual

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Padrones

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XXVI. Importadores y exportadores responsables de clasificación arancelaria

[Despacho Directo]

XL (Nueva). Dejen de transmitir en la transmisión la información del anexo 31 [CIVA]

XLI (Nueva). Padrón Sectorial (7404.00.01, 7404.0002 y 7404.00.99.) Omisión de información

de estructura accionaria y/o domicilios

Modificaciones regla 1.3.3

Causales de suspensión de padrones

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Anexo 10

Padrón de Importación Sectorial

Sector 10 “Calzado” se eliminan 22 fracciones y se adicionan 87 fracciones.

Sector 12 “Alcohol etílico” se adicionan 2 fracciones arancelarias

Sector 13 “Hidrocarburos” se adicionan 5 fracciones arancelarias

Padrón de Exportación Sectorial (nuevos sectores)

Sector 10 “Plásticos” se adicionan 6 fracciones arancelarias

Sector 11 “Caucho” se adicionan 2 fracciones arancelarias

Sector 12 “Madera” se adicionan 3 fracciones arancelarias

Sector 13 “Vidrio” se adicionan 1 fracciones arancelarias

Sector 14 “Hierro y Acero” se adicionan 6 fracciones arancelarias

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Despacho Directo

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Operación con Despacho Directo

Importador

Representante Legal, puede ser:

Agente Aduanal

Empleado de la empresa

importadora

Empleados de Recintos

Fiscales, Recintos

Fiscalizados y Almacenes

Generales de Depósito

Representantes legales

de empresas de

mensajería

Funcionarios públicos

adscritos a

Dependencias

Gubernamentales (no

aplica para particulares)

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Despacho Directo y Representante

Legal

Los requisitos para la Autorización para

transmitir pedimentos a través del SEA

Designación de auxiliares y aduanas

Regla 1.10.1

Se envía a instructivo de

trámite (se actualiza la

1.10.10)

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Suspensión del Representante Legal

Regla 1.10.3

SUSPENSIÓN

REPRESENTANTE

LEGAL

(2 AÑOS)

Deje de cumplir requisitos señalados en Ley

Importar mercancías señaladas en instructivo de autorización sin contar con Registro en el Esquema de Certificación (IVA, IEPS y OEA)

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Reglas Eliminadas

1.10.2

1.10.6

1.10.9

1.10.11

Requisitos adicionales para personas morales que pretendan importar

mercancías sensibles

Acreditación de Representantes Legales

Designación de auxiliares y aduanas

Se deroga

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Despacho Directo

Se adicionan la participación y

responsabilidad del importador y

exportador en todas las reglas en

donde sólo se hablaba de Agentes

Aduanales y Apoderados, como es en

la transmisión de información para

efectuar el despacho, recoger

mercancías de los recintos fiscalizados,

utilización de los prevalidadores y

utilización de la PECA (entre otros)

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Recinto Fiscalizado

Estratégico

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Recintos Fiscalizados, RFE y

Maniobras en Recinto Fiscal

Regla 2.3.3.

AGA, se cerciorará

que el inmueble del

RFE se encuentre

ubicado en la

circunscripción de la

aduana

Regla 2.3.8. Datos que deben asentarse en CFDI (de los Recintos) cuando la mercancía salga del RFE:

Folio

Monto total de los servicios prestados y

Cantidad de mercancía

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Recintos Fiscalizado Estratégico 1

4.8.1 Se añade: Los interesados podrán solicitar cancelación

voluntaria de la autorización RFE

4.8.2. Los plazos de permanencia de insumos (60 meses); y para los activos fijos por la vigencia de la autorización

4.8.7. Se modifica el nombre de formato “Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX, RFE o

Empresas Certificadas”

RFE

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Recintos Fiscalizado Estratégico 2

4.8.9. Establece que IMMEX, OEA, IVA y IEPS, podrán ubicarse dentro de un RFE sin previa

con autorización

4.8.10. Beneficio para enviar maquinaria o equipo introducido a RFE a otras empresas que

presten servicios de almacenaje fiscal

4.8.13. (nueva) Mercancía excedente o no declarada, los autorizados podrán destinarlas a RFE en 10 días, pagando la multas del 185-I

4.8.12. (nueva) Beneficio de obtener Certificación automática IVA y IEPS, para

quienes obtengan autorización RFE

RFE

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Recintos Fiscalizado Estratégico 3

Indica cómo realizar la valoración de maquinaria, permitiendo disminuir el valor mediante la depreciación de ISR

Nueva Regla

4.8.14

Beneficio de realizar despacho conjunto a las empresas RFE, en zonas colindantes al puerto o enlazadas porel confinamiento de rutas

Nueva Regla

4.8.15.

Obligaciones para RFE

Destinar instalaciones para el reconocimiento

Contar con cámaras de circuito cerrado

Recibir, almacenar y custodiar las mercancías

Aplicar medidas de seguridad en almacenes

Nueva Regla

4.8.16.

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Esquema Integral de Certificación

1º. Registro en el Esquema de Certificación de Empresas

1.1. Modalidad IVA-IEPS

1.2. Modalidad OEA

1.3. Modalidad Socio Comercial

2º. Garantía IVA-IEPS

3º. Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas

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Capítulo| Cambios principales

7.1

Requisitos generales y particulares

Empresas Certificadas Rubros B y D (IMMEX) deberán solicitar certificación modalidad CIVA u OEA

La certificación OEA requiere implementación de control de inventarios

Se añaden nuevas modalidades de Socio Comercial Certificado (Incluye empresas certificadas Rubro F)

7.2 Obligaciones

Nuevas sucursales OEA deben presentar perfil de la empresa en plazo máximo de 3 meses

Homologan plazo de renovación a 30 días Empresas canceladas no podrán acceder a

certificación en 5 años

7.3. Beneficios

Plazos de permanencia de temporales a 36 meses para CIVA

Plazo de permanencia de temporales para OEA Aeronaves y SECIIT será de 48 meses

7.4 Cuentas aduaneras de

garantía

Obligación de llevar contabilidad en medios electrónicos

Devolución en plazo no mayor a 4 meses

7.5 Revisión en

origen

Obligación de llevar contabilidad en medios electrónicos

Obligación de contar con control de inventarios

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Registro en el Esquema de

Certificación de Empresas (RECE)

IVA-IEPS Operador

Económico Autorizado

Socio Comercial

Unificar modalidad y

elevar su certificación

No Habrá Renovación de ninguna modalidad, sólo se

mantendrán vigentes por el periodo actual.

Eliminación del registro de Empresas Certificadas las

señaladas en la regla 3.8.1., incisos A, B, D y F

Unifican las certificaciones en materia aduanera

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Puntos importantes del registro en el

Esquema de Empresas Certificadas

IVA e IEPS que tenga certificación de Operador Económico Autorizado, podrán

homologar las fechas de su vigencia mediante un escrito libre dirigido a AGACE

Empresas transportistas que no cuenten con la certificación de Socio Comercial, podrán

seguir utilizando los carriles exclusivos “FAST” por un plazo de 10 meses

Empresas que cuenten con su certificación seguirá gozando de los beneficios durante el

periodo de vigencia de su autorización

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Establecen y homologan los requisitos de empresas que deseen obtener certificación en materia IVA-IEPS, Operador Económico Autorizado o Socio Comercial.

Aumento en los requisitos generales para estas certificaciones, especialmente para el Operador

Económico Autorizado, quien ahora debe demostrar su cumplimiento en materia laboral, fiscal y llevar un

control de inventarios

Los contribuyentes que podrán solicitar de manera simultánea el Registro en el Esquema de Certificación

de Empresas bajo la modalidad de IVA e IEPS y Operador Económico Autorizado, acreditando

requisitos establecidos en esta regla

Disposiciones Generales 7.1.1.

Regla 7.1.1.

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Disposiciones Generales

7.1.2. y 7.1.3.

Regla 7.1.2.

Requisitos adicionales para los interesados en obtener por su certificación IVA-IEPS en el rubro “A”, concentrando a las empresas IMMEX con importaciones generales y del sector sensible, a Depósito Fiscal, elaboración, transformación o reparación en Recinto Fiscalizado o con el Régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico

Regla 7.1.3.

Requisitos RECE modalidad IVA e IEPS:

Para el cumplimiento de los requisitos, se tomará en cuenta las operaciones de los 12 meses anteriores; antes se consideraban periodos fiscales completos.

Para acceder a la modalidad AA se requieren 4 años de operaciones; antes eran 5 años de operaciones

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Disposiciones Generales

7.1.4. y 7.1.5.

Requisitos RECE en su modalidad Operador Económico Autorizado.

El cambio notable, es el perfil de: comercializadora e importadora (antes regla 3.8.1., inciso A), Controladora, Aeronaves, SECIIT, Textil y RFE

Y que se les exige el llevar un control de inventarios (RGCE 7.1.2)

Regla 7.1.4

El periodo mínimo de operaciones para acceder a esta modalidad es de 2 años, antes se requerían 3 años

Empresa con C-TPAT revalidado, presentará formato de perfil de seguridad Modalidad para empresas del servicio público de transporte ferroviario, parques industriales, RFE y empresas de mensajería y paquetería

Regla 7.1.5 (3.8.14)

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Resolución de solicitudes Vigencia de las autorizaciones

IVA e IEPS, el tiempo de respuesta

será de 40 días

Vigencia de las autorizaciones de 2

y 3 años para las empresas IVA e

IEPS en sus rubros AA y AAA

Operador Económico Autorizado, el

tiempo de respuesta será de 120

días

Operador Económico Autorizados,

los plazos serán de conforme a los

rubros AA y AAA

Otros casos, la vigencia será de un año

Disposiciones Generales

7.1.6. y 7.1.7.

Regla 7.1.6.

Regla 7.1.7. (5.2.17)

Requisitos para las empresas que pertecenen a un mismo

grupo para acceder al RECE modalidad IVA e IEPS

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Obligaciones, requerimientos, renovación y cancelación en el Registro en el Esquema de

Certificación de Empresas.7.2.1. , 7.2.2.

Se establecen obligaciones a empresas con certificación

IVA e IEPS, Comercializador, Operador económico

autorizado y Socio Comercial Certificado, debiendo estar

al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones

fiscales y aduaneras.

Regla 7.2.1. (3.8.2, 3.8.4, 3.8.15 y 5.2.15)

Específica las causales por las que se emitirá un

requerimiento por parte de la autoridad a las empresas

que cuenten con un esquema de certificación

Regla 7.2.2. (5.2.20)

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El procedimiento para llevar acabo la renovación RECE

Actualmente Antes

Presentarse a través del “Aviso único

de renovación en el Registro del

Esquema de Certificación de

Empresas”, en los 30 días previos al

vencimiento de la vigencia

Anteriormente las empresas con

Certificación en materia de IVA e

IEPS debían solicitar la renovación

60 días antes del vencimiento de la

vigencia

Obligaciones, requerimientos, renovación y cancelación en el Registro en el Esquema de

Certificación de Empresas.7.2.3. , 7.2.4.

Regla 7.2.3.

Regla 7.2.4 (5.2.16 y3.8.16)

Establece las causales de cancelación para la certificación de empresas IVA e IEPS y Socio Comercial Certificado

Se adiciona como supuesto para la cancelación de certificación IVA e IEPS cuando proceda la suspensión de padrón de importadores o exportadores, incluyendo padrones sectoriales.

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Obligaciones, requerimientos, renovación y cancelación en el Registro en el Esquema de

Certificación de Empresas.7.2.5.

Regla 7.2.5 (3.8.5)

En esta se encuadran los supuestos que serán causal de cancelación de la certificación en la modalidad de OEA, así como el procedimiento que seguirá la autoridad para realizar su cancelación.

Uno de los principales cambios aplica a las empresas SECIIT cuando la Secretaría de Economía cancele su Programa IMMEX ya que en este caso no se cancelará la Certificación como Operador Económico Autorizado sino que se reasignará al rubro de importador y/o exportador.

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7.3.1 Beneficios para la RECE en la modalidad IVA e IEPS (mezcla de 3.8.7,

3.8.8, 4.3.20 y 5.2.13)

Las mercancías importadas

temporalmente al amparo

del programa

IMMEX, podrán

permanecer en el territorio

nacional hasta por 36

meses.

En el sector eléctrico y electrónico

no será necesario

declarar los números de

serie, siempre que

lleven un registro

actualizado de dicha

información, en el sistema de control de inventarios.

Permite la rectificación

del pedimento cuando se

den los supuestos

señalados en la regla

6.1.1., dentro de los 3 primeros

meses, sin que sea

necesaria la autorización.

Podrán cumplir con

las regulaciones

y restricciones

no arancelarias en un plazo de 60 días a partir de la fecha de la notificación del acta de

inicio del PAMA.

Permite hacer el

despacho conjunto.

Beneficios para la certificación IVA - IEPS

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Beneficios

7.3.2

Comercializadora e Importadora

7.3.3

Operador Económico Autorizado

7.3.4

OEA Controladora

Permanencia 36 meses

Despacho conjunto No declaración de

# de serie (sector eléctrico y electrónico)

Antes regla 3.8.9 Beneficios Generales

de las NEEC

Antes 3.8.10 Beneficios en las

transferencias entre las controladas

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Beneficios

Regla Texto antes

ubicado Cambios principales

7.3.5

OEA Aeronaves 3.8.11 El plazo de permanencia de la mercancía será por

48 meses (antes por la vigencia del programa)

7.3.6

OEA SECIIT 3.8.12 Reducción del plazo de permanencia a 48 meses

(antes 60)

7.3.7 3.8.9

Beneficios en procedimiento de PAMA

Incumplimiento de RRNA se contará con un plazo de

60 días para subsanar la irregularidad

20 días para ofrecer las pruebas y alegatos para

evitar suspensión de padrones.

7.3.8 3.8.17 Sin Cambios. Beneficios Tramsportistas

7.3.9 3.8.18 Sin Cambios. Beneficios Agentes Aduanales

7.3.10 3.8.9

El SAT publicará una lista de empresas certificadas

para compartirlo con las empresas de otros rubros

que requieran dichos servicios.

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Garantías del Interés Fiscal en el EIC

Regla

7.4.2: Establece la obligación de llevar

contabilidad en medios electrónicos.

Regla

7.4.7:

Elimina el plazo de 45 días antes del término de la garantía para renovar o

ampliar la garantía.

Regla

7.4.10:

Nuevo formato y añade el procedimiento de devolución de la garantía, el cual no excederá de 4

meses

Antes 5.2.21 a 5.2.31

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Registro del Despacho de Mercancías

de Empresas (revisión en origen)

7.5.1 Requisitos que se deberá cumplir para obtener el Registro de despacho de mercancías de empresas (antes

Revisión en Origen 3.1.29)

Opinión Favorable

del SAT

Ser empresa IMMEX o

haber realizado

operaciones con un valor

mayor de $106´705,330

en el año anterior

Llevar control de inventarios

conforme el artículo 59 de la Ley Aduanera

Permitir inspección

por parte del SAT

Llevar contabilidad electrónica

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Obligaciones del Registro de

Despacho de Mercancías

7.5.2 Obligaciones Generales

Cumplir con los requisitos propios del despacho bajo este

regimen de excepción

Estar al corriente en el cumplimiento

de sus obligaciones

fiscales y aduaneras

Dar aviso a la AGACE de las modificaciones o adiciones

a los datos asentados en el registro del despacho de mercancías

Presentar anualmente el cálculo a que

se refiere el artículo 99 de

la LA

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Regla 7.5.3

AGACE estará en constante vigilancia y podrá solicitar al contribuyente que

subsane o desvirtúe la inconsistencia en un plazo de 15 días

o procederá a la suspensión del

registro.

Regla 7.5.4

Señala el procedimiento y formato que las

empresas deberán realizar a efecto

de renovar su registro, debiendo

ser cada año dentro de los 30 días previos al vencimiento.

Regla 7.5.5

Se enlistan seis supuestos en los que la AGACE suspenderá el

registro hasta por seis meses.

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Modificaciones Diversas

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Depósito ante la Aduana

Se eliminan:

Simplifica

procedimiento de

destrucción de

mercancías en

deposito

Notificaciones a:

1. Órgano Interno de Control SAT

2. Unidad de Vigilancia de Fondos y Valores TESOFE

Regla 2.2.5

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Regularización de Mercancía

Reglas 2.5.1 y 2.5.2

Se elimina obligación

de hacer la

regularización la

aduana de su

circunscripción

territorial

Regla

2.5.7.(Nueva)

Procedimiento para

regularización de

mercancía en RFE

(plazo vencido),

incluso en facultades

de comprobación

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Franja y Región Fronteriza

Establece que el pedimento de reexpedición

se presenta en la aduana fronteriza, para

pagar las contribuciones para el resto del país

y cumplir con las RRNA, reconociendo las diferencias de bienes transformados y no

transformados.

Regla

3.4.3

Se elimina el aviso ante el SAT para la

reexpedición de partes dañadas importadas

como un todo, será necesaria la orden de servicio o comprobante fiscal

Regla

3.4.8

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Procedimientos Administrativos

Simplificados 1

Regla

3.7.1 Se elimina la referencia del Agente

Aduanal en operaciones por vía postal

Regla

3.7.2

Establece el procedimiento de operaciones con pedimento

simplificado, adicionando posibilidad de efectuar exportación así como de hacerlo mediante representante legal.

Regla

3.7.5

Importador y exportador podrán notificar a la aduana respecto de

arribos extemporáneos (evitando 182, frac. V)

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Procedimientos Administrativos

Simplificados 2

Regla

3.7.5

Se adiciona la figura del importador/exportador, a fin de que

éstos puedan solicitar y celebrar Juntas Técnicas

Regla

3.7.34

(nueva)

Da certeza a contribuyentes en sus operaciones aduaneras que realicen

con GPS, debiendo señalar el identificador GS (Dispositivo 6 meses

de plazo)

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Temporal de Importación para TER

Se elimina la limitante para

IMMEX de tener registrados en

sus programas: envases,

empaques, etiquetas y folletos

Regla 4.3.2

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Rectificación de Pedimentos

Se requiere autorización para rectificar…. autorización que sólo puede solicitarse por una sola ocasión

Se excluye de la exigencia de autorización para la rectificación, cuando:

Se rectifique el origen

Al generar un saldo a favor (pago de lo indebido) sea con motivo en la aplicación de Trato Preferencial conforme los TLC´s

Se precisa que requiere autorización el R1 de cantidades en el pedimento sólo cuando se afecten RRNA, operación IMMEX o aplicación de NOM´s

Se especifican las subpartidas de vehículos (NIV)

Se mantiene, cuando se requiera cambiar el regimen

Regla 6.1.1

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Anexos

Glosario Se adicionan 4 acrónimos y 6 definiciones.

Anexo 1 “Trámites” se adicionan nuevos formatos: RECE en sus diversas modalidades Manifestación de Valor Perfiles de seguridad para:

Empresas Agentes Aduanales Auto Transportista Terrestre Mensajería y Paquetería Recinto Fiscalizado Recinto Fiscalizado Estratégico Transportista Ferroviario Parques Industriales

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De los demás Anexos

ANEXO 21 Autoriza las fracciones arancelarias 2710.12.03, 2710.12.04, 2710.19.04, 2710.19.05 y 2710.19.08. por 22 aduanas.

ANEXO 22

Apéndice 1 Se eliminan seis secciones aduaneras y se adicionan cuatro.

Apéndice 2 Se elimina la clave “C2”

Se añade el supuesto de exportación a la clave “L1”

Apéndice 6 Se modificaron las razones sociales de 11 recintos.

Se adicionaron 5 nuevos recintos.

Se suprimieron 7 recintos.

Apéndice 8 Se adicionan los siguientes identificadores:

“GS” para operaciones con GPS

“NS” excepción al registro de Padrón Sectorial por ser muestras

“XL” mercancía sobredimensionada.

Apéndice 21 Se suprimen dos aduanas de RFE

Se adiciona inmueble a la aduana de Veracruz como RFE a la “Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V.”

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De los demás Anexos

Anexo 24 “Sistema Automatizado de Control de Inventarios”

Precisión para señalar las nuevas reglas de las empresas Certificadas conforme al Capítulo 7.

Anexo 27 “Fracciones de la TIGIE, por cuya importación no se está obligado al pago del IVA”

Para los productos clasificados en la fracción 1806.90.99 que sean considerados suplementos, no se encuentran sujeto a la exención del impuesto al valor agregado en su importación.

Anexo 29 “Relación de autorizaciones previstas en las reglas generales de comercio exterior para 2016”

Se adiciona la autorización de despacho directo, acreditación de representante legal y auxiliares y aduanas, las cuales se llevarán a cabo ante la Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.

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Preguntas y Respuestas

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Eduardo Reyes Díaz-Leal

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