Prescripcion y caducidad

15
UNIVERSIDAD PRIVADA JOSE CARLOS MARIATEGUI CURSO: DERECHO CIVIL TEMA: PRESCRIPCION Y CADUCIDAD PRESENTADO POR: JOSE CONDORI ARUQUIPA ILO – PERU

Transcript of Prescripcion y caducidad

Page 1: Prescripcion y caducidad

UNIVERSIDAD PRIVADA JOSE CARLOS MARIATEGUICURSO: DERECHO CIVILTEMA:  PRESCRIPCION Y CADUCIDAD PRESENTADO POR: JOSE CONDORI ARUQUIPAILO – PERU

Page 2: Prescripcion y caducidad

PRESCRIPCION Y CADUCIDAD

PRESCRIPCION

Adquisición o pérdida de derechos que se origine por el transcurso del tiempo, pudiendo ser prescripción adquisitiva o extintiva. Será adquisitiva si en virtud del transcurso de un plazo determinado, un poseedor se conviene en propietario de un bien; y será extintiva cuando el transcurso de un lapso determinado de tiempo origina que el titular de un derecho pierda la exigibilidad jurídica de este

Page 3: Prescripcion y caducidad

CADUCIDAD

Es el transcurso del tiempo tiene como consecuencia la extinción total del derecho de una persona, por lo tanto, la imposibilidad de ejercitar válidamente una acción dirigida contra su deudor a fin de obtener el pago de su acreencia.

Page 4: Prescripcion y caducidad

DIFERENCIA ENTRE PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD1) Los plazos de caducidad no son susceptibles de interrupción, a diferencia de la prescripción.2) Los efectos de la caducidad no pueden ser renunciados por aquél a quien favorecen, mientras que en la prescripción es posible esa renuncia (para la prescripción ganada, no para las futuras)3) La caducidad no requiere su alegación, sino que actúa por sí misma, obligando a los Tribunales a declararla de oficio, a diferencia de la prescripción que sólo puede ser acogida si el demandado la alega expresamente en un procedimiento judicial.4) Los plazos de caducidad suelen ser muy breves.

Page 5: Prescripcion y caducidad

¿Que son los títulos valores?

Los títulos-valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorporaAlgunos títulos valores sólo pueden emitirse a la orden, como es el caso de la letra de cambio, la factura conformada, el certificado de depósito, el warrant y el título de crédito hipotecario negociable.

Page 6: Prescripcion y caducidad

¿Para qué sirven y cuáles son las garantías que pueden

presentarse tratándose de títulos valores?Las garantías tienen en el tráfico

comercial actual una importancia determinante. Debido a que facilitan el acceso al crédito y la movilización de capitales pues mediante ellas se otorga al acreedor la seguridad de cobrar efectivamente el impone que se le adeuda, en la medida que si su deudor incumpliera con pagarle. el acreedor podrá hacerse cobro ejecutando precisamente la garantía otorgada en respaldo del cumplimiento de la deuda.Las garantías pueden ser personales o reales.

Page 7: Prescripcion y caducidad

¿Cómo debe avalarse un título valor?

En primer lugar, el aval debe constar ya sea en el anverso o en el reverso del título valor avalado o en la hoja adherida a él. En segundo lugar, deberá incluirse la cláusula "por aval" o "aval".

Page 8: Prescripcion y caducidad

Especies de títulos valores y su prescripciónLetras de cambio.- (Prescripción de la acción

cambiaria directa. La acción cambiaria directa prescribe en tres (3) años a partir del día del vencimiento. Pagaré.- (Prescripción de la acción cambiaria directa. La acción cambiaria directa prescribe en tres (3) años a partir del día del vencimiento. Cheque.- (Prescripción de las acciones cambiarias derivadas del cheque. Las acciones cambiarias derivadas del cheque prescriben: Las del último tenedor, en seis (6) meses, contados desde la presentación; las de los endosantes y avalistas, en el mismo término, contado desde el día siguiente a aquel en que paguen el cheque.

Page 9: Prescripcion y caducidad

Especies de títulos valores y su prescripción

Bonos - (Prescripción de las acciones para cobro de bonos. Las acciones para el cobro de los intereses y del capital de los bonos prescribirán en cuatro (4) años, contados desde la fecha de su expedición. Certificado de depósito y bono de prenda.- (Se aplicarán en lo conducente, las disposiciones relativas a la letra de cambio o al pagaré negociable –Tres años-)Carta de porte y conocimiento de embarque.- (Se aplicarán, en lo pertinente, las normas relativas a la letra de cambio y al pagaré –Tres años-)Factura cambiaria de compra venta.- (Se aplicarán a las facturas de que trata la presente ley, en lo pertinente, las normas relativas a la letra de cambio–Tres años-)

Page 10: Prescripcion y caducidad

CHEQUEes un título valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario.

Page 11: Prescripcion y caducidad

PLAZOS DE PRESENTACION PARA EL PAGO:1. Dentro de los quince días a partir de su fecha, si fueren pagaderos en el mismo lugar de su expedición;2. Dentro de un mes, si fueren pagaderos en el mismo país de su expedición, pero en lugar distinto al de ésta;3. Dentro de tres meses, si fueren expedidos en un país latinoamericano y pagaderos en algún otro país de América Latina, y4. Dentro de cuatro meses, si fueren expedidos en algún país latinoamericano para ser pagados fuera de América Latina”.

Page 12: Prescripcion y caducidad

CADUCA POR :• No protestar el cheque por falta de pago• No haber presentado el cheque a su cobro dentro de los plazos legales siempre y cuando se demuestre que durante el terminó hubo fondos suficientes para pagarlos.

Page 13: Prescripcion y caducidad

CERTIFICADO DE DEPÓSITO O CD son instrumentos del mercado monetario con un plazo relativamente corto que pagan una tasa fija de interés hasta una fecha de vencimiento determinada. En el mercado al por menor financiero, la apertura de un Certificado de Depósito normalmente implica colocar fondos líquidos en una cuenta de ahorros con una institución financiera minorista que ofrece un tipo de interés fijo hasta llegar a la fecha de vencimiento establecida. Además, los fondos colocados en este tipo de CD por lo general no pueden ser retiradas o quizás sólo se pueden retirar con previo aviso y / o con un cargo adicional como penalidad.

Page 14: Prescripcion y caducidad

Los Certificados de Depósitos  Una de las principales caracteristicas de los CDs, es que son depósitos a plazo fijo; o sea, que se vencen a un determinado plazo que puede ser un mes, tres meses, o hasta cinco años. Por lo que dentro de tu plan de inversión, debes asignar a estos instrumentos, fondos que no vas a utilizar durante el plazo del depósito.

Page 15: Prescripcion y caducidad

GRACIASPORSU

ATENCION