Preparatorio de Derecho Procesal Por Competencias

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    PREPARATORIO DE DERECHO PROCESAL POR COMPETENCIAS – ABRIL 28 DE 2016

    PLANTEAMIENTO1. La sociedad ‘’Molinos trigo dorado S.A’’ interpone ‘’proceso de lanzamiento por ocupación de hecho’’ ante elJuzgado 5º Civil de circuito de ogot!.2. "l Juzgado decreta el d#a $ de octu%re de &'($ el lanzamiento de Jos) Casado *u)r+ano o de ,uien estuviera

    ocupando el predio.3. -rdena la entrega del predio al leg#timo tenedor.4. -rdena al alcalde de la localidad de eusa,uillo proteger el predio de nuevas invasiones.5. Se levanta acta de lanzamiento el d#a &' de octu%re de &'($ veri+icando la identidad entre el predio reclamado/ el predio entregado0 siendo este el u%icado en la calle 15 2(3 4 $ en la ciudad de ogot! / con una e6tensiónde &''' mts&0 indic!ndose tam%i)n en la misma acta ,ue ‘’no se encontró persona alguna ha%itando0 pose/endou ocupando el mencionado inmue%le’’.6. "l d#a $' de marzo de &'(5 la sociedad ‘’Molinos trigo dorado S.A’’  presenta demanda de protección policivaante el 7nspector de polic#a de la localidad de eusa,uillo por las pertur%aciones empezadas el &' de enero de&'(5 por parte del supermercado ‘’"l vecino Ltda’’ representado por el se8or Mercado arato 9aran:o / otros.7. Se pro+iere la ;esolución ($ de &'(5 con suspensión de la construcción de la caseta / dem!s actos0 orden derestitución / alertando a la polic#a para suspender los actos / evitar nuevas invasiones.8. Con la ;esolución 13 de &'(5 se denegó la reposición / apelación su%sidiaria :unto con la nulidad pedida.9. "l recurrente acude al Conse:o de Justicia de ogot! alegando la nulidad total de la actuación0 ,ue tam%i)n esrechazada.10.

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    DESARROLLO DEL CASO

    LANZAMIENTO POR OCUPACIN DE HECHO!U" HACER SI AL#UIEN OCUPA DE MANERA ABUSI$A O ARBITRARIA UN INMUEBLE %CASA& FINCA&LOTE'(L)*+),-*/ )-* %P--( : ":emplo@

    "l se8or 7gnacio es propietario de un lote en el %arrio La Merced de la ciudad de 0 e6iste un tr!mite ante el 7nspector de

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    NORMATI$IDAD APLICABLEC-= C--& )/< 756& 792& 972& 985.Art. 5H radición de %ienes inmue%les.Se e+ectuar! la tradición del dominio de los %ienes ra#ces por la inscripción del t#tulo en la o+icina de registro deinstrumentos p%licos.Ie la misma manera se e+ectuar! la tradición de los derechos de usu+ructo o de uso0 constituidos en %ienes

    ra#ces0 / de los de ha%itación o hipoteca.Art. 3& ;ecuperación de la posesión."l ,ue recupera legalmente la posesión perdida se entender! ha%erla tenido durante todo el tiempo intermedio.Art. 3& Acciones posesorias.Las acciones posesorias tienen por o%:eto conservar o recuperar la posesión de %ienes ra#ces0 o de derechosreales constituidos en ellos.Art. 3G5 Actos de violencia.Los actos de violencia0 cometidos con armas o sin ellas0 ser!n adem!s castigados con las penas ,ue por elCódigo respectivo correspondan.

    C-= N)-*) P-)& )/< 125 del art#culo H&Art#culo modi+icado por el art#culo (0 numeral &51 del Iecreto &&G& de (3G3."l nuevo te6to es el siguiente@"n los procesos posesorios especiales se o%servar!n las siguientes reglas@(. Cuando se proh#%a la e:ecución de una o%ra o de un hecho0 la sentencia conminar! al demandado a pagar dedos a diez salarios m#nimos mensuales a +avor del demandante0 por cada acto de contravención en ,ue incurra.

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    ormulada la solicitud0 el :uez proceder! inmediatamente al reconocimiento respectivo0 acompa8ado de un peritocu/o dictamen no ser! o%:eta%leN si del e6amen resulta un peligro inminente0 en la diligencia dictar! sentencia /tomar! las medidas ,ue +ueren necesarias para con:urarlo. "n caso contrario0 continuar! el tr!mite del proceso.

    C-= #*) P

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    5. "n los procesos de sucesión0 por el valor de los %ienes relictos0 ,ue en el caso de los inmue%les ser! el avalocatastral.H. "n los procesos de tenencia por arrendamiento0 por el valor actual de la renta durante el t)rmino pactadoinicialmente en el contrato0 / si +uere a plazo inde+inido por el valor de la renta de los doce =(&> meses anterioresa la presentación de la demanda. Cuando la renta de%a pagarse con los +rutos naturales del %ien arrendado0 porel valor de a,uellos en los ltimos doce =(&> meses. "n los dem!s procesos de tenencia la cuant#a se

    determinar! por el valor de los %ienes0 ,ue en el caso de los inmue%les ser! el avalo catastral.. "n los procesos de servidum%res0 por el avalo catastral del predio sirviente.

    Art. &G Competencia territorial.La competencia territorial se su:eta a las siguientes reglas@(. "n los procesos contenciosos0 salvo disposición legal en contrario0 es competente el :uez del domicilio deldemandado. Si son varios los demandados o el demandado tiene varios domicilios0 el de cual,uiera de ellos aelección del demandante. Cuando el demandado carezca de domicilio en el pa#s0 ser! competente el :uez de suresidencia. Cuando tampoco tenga residencia en el pa#s o esta se desconozca0 ser! competente el :uez deldomicilio o de la residencia del demandante.&. "n los procesos de alimentos0 nulidad de matrimonio civil / divorcio0 cesación de e+ectos civiles0 separación decuerpos / de %ienes0 declaración de e6istencia de unión marital de hecho0 li,uidación de sociedad con/ugal opatrimonial / en las medidas cautelares so%re personas o %ienes vinculados a tales procesos o a la nulidad dematrimonio católico0 ser! tam%i)n competente el :uez ,ue corresponda al domicilio comn anterior0 mientras eldemandante lo conserve."n los procesos de alimentos0 p)rdida o suspensión de la patria potestad0 investigación o impugnación de lapaternidad o maternidad0 custodias0 cuidado personal / regulación de visitas0 permisos para salir del pa#s0medidas cautelares so%re personas o %ienes vinculados a tales procesos0 en los ,ue el ni8o0 ni8a o adolescentesea demandante o demandado0 la competencia corresponde en +orma privativa al :uez del domicilio o residenciade a,uel.$. "n los procesos originados en un negocio :ur#dico o ,ue involucren t#tulos e:ecutivos es tam%i)n competente el :uez del lugar de cumplimiento de cual,uiera de las o%ligaciones. La estipulación de domicilio contractual parae+ectos :udiciales se tendr! por no escrita.1. "n los procesos de nulidad0 disolución / li,uidación de sociedades0 / en los ,ue se susciten por controversiasentre los socios en razón de la sociedad0 civil o comercial0 aun despu)s de su li,uidación0 es competente el :uezdel domicilio principal de la sociedad.5. "n los procesos contra una persona :ur#dica es competente el :uez de su domicilio principal. Sin em%argo0cuando se trate de asuntos vinculados a una sucursal o agencia ser!n competentes0 a prevención0 el :uez dea,uel / el de esta.H. "n los procesos originados en responsa%ilidad e6tracontractual es tam%i)n competente el :uez del lugar endonde sucedió el hecho.. "n los procesos en ,ue se e:erciten derechos reales0 en los divisorios0 de deslinde / amo:onamiento0e6propiación0 servidum%res0 posesorios de cual,uier naturaleza0 restitución de tenencia0 declaración depertenencia / de %ienes vacantes / mostrencos0 ser! competente0 de modo privativo0 el :uez del lugar dondeest)n u%icados los %ienes0 / si se hallan en distintas circunscripciones territoriales0 el de cual,uiera de ellas aelección del demandante.G. "n los procesos concursales / de insolvencia0 ser! competente0 de manera privativa0 el :uez del domicilio deldeudor.3. "n los procesos en ,ue la nación sea demandante es competente el :uez ,ue corresponda a la ca%ecera dedistrito :udicial del domicilio del demandado / en los ,ue la nación sea demandada0 el del domicilio ,uecorresponda a la ca%ecera de distrito :udicial del demandante.Cuando una parte est) con+ormada por la nación / cual,uier otro su:eto0 prevalecer! el +uero territorial de a,uella.

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    ('. "n los procesos contenciosos en ,ue sea parte una entidad territorial0 o una entidad descentralizada porservicios o cual,uier otra entidad p%lica0 conocer! en +orma privativa el :uez del domicilio de la respectivaentidad.Cuando la parte est) con+ormada por una entidad territorial0 o una entidad descentralizada por servicios ocual,uier otra entidad p%lica / cual,uier otro su:eto0 prevalecer! el +uero territorial de a,uellas.((. "n los procesos de propiedad intelectual / de competencia desleal es tam%i)n competente el :uez del lugar

    donde se ha/a violado el derecho o realizado el acto0 o donde este surta sus e+ectos si se ha realizado en ele6tran:ero0 o el del lugar donde +unciona la empresa0 local o esta%lecimiento o donde e:erza la actividad eldemandado cuando la violación o el acto est) vinculado con estos lugares.(&. "n los procesos de sucesión ser! competente el :uez del ltimo domicilio del causante en el territorio nacional0/ en caso de ,ue a su muerte hu%iere tenido varios0 el ,ue corresponda al asiento principal de sus negocios.($. "n los procesos de :urisdicción voluntaria la competencia se determinar! as#@a> "n los de guarda de ni8os0 ni8as o adolescentes0 interdicción / guarda de personas con discapacidad mental ode sordomudo0 ser! competente el :uez de la residencia del incapaz.%> "n los de declaración de ausencia o de muerte por desaparecimiento de una persona conocer! el :uez delltimo domicilio ,ue el ausente o el desaparecido ha/a tenido en el territorio nacional.c> "n los dem!s casos0 el :uez del domicilio de ,uien los promueva.(1.

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    LA ASAML"A 9AC7-9AL C-9S7BQ"9" Q L"7SLA7RA0I"C;"A@

    A;CBL- (5. Cuando alguna +inca ha sido ocupada de hecho sin ,ue medie contrato de arrendamiento niconsentimiento del arrendador0 el :e+e de polic#a ante ,uien se presente la ,ue:a se trasladar! al lugar en ,ue est)situada la +inca dentro de las cuarenta / ocho horas despu)s de la presentación del escrito de ,ue:aN / si los

    ocupantes no e6hi%en el contrato de arrendamiento0 o se ocultan0 proceder! a veri+icar el lanzamiento sin darlugar a recurso alguno ni a diligencia ,ue pueda demorar la desocupación de la +inca.

    .Art. (&5.O La polic#a solo puede intervenir para evitar ,ue se pertur%e el derecho de posesión o mera tenencia ,uealguien tenga so%re un %ien0 / en el caso de ,ue se ha/a violado ese derecho0 para resta%lecer / preservar lasituación ,ue e6ist#a en el momento en ,ue se produ:o la pertur%ación.

    9-A@ Art#culo declarado "V"?B7L" por la Corte Constitucional mediante Sentencia CO(G$ de &'(1.&. "6hortase al Congreso de la ;ep%lica para actualizar0 modi+icar e introducir los a:ustes ,ue sean necesarios alactual Código 9acional de 0 ,ue asiste a concepto de o%servar las +ormas propiasde cada :uicio0 de%e aplicarse lo normado en el Código 9acional de Articulo (&5. La polic#a sólo puede intervenir para evitar ,ue pertur%e el derecho de posesión o mera tenencia,ue alguien tenga so%re un %ien0 / en el caso de ,ue se ha/a violado ese derecho0 para resta%lecer / preservar lasituación ,ue e6ist#a en el momento en ,ue se produ:o la pertur%ación =..>

    "n estos t)rminos0 la acción policiva prevista en el art#culo (5 de la le/ 5 de (3'50 coincide en sus elementosesenciales con lo previsto en el art#culo (&5 del Iecreto Le/ ($$5 de (3'0 con lo cual es posi%le concluir ,ue elCódigo nacional de

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    =..> "s as# como para el e+ecto0 de%er! acudirse al Código nacional de

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    "l propietario como legitimo due8o puede hacer una solicitud por escrito al alcalde solicitando ,ue por,ue ningnmotivo se e6pida licencia de construcción.

    PROCESO ORDINARIO REI$INDICATORIO"n este proceso se inicia cuando el propietario por su ausencia / desconocimiento no interpone una ,uerellade:ando vencer el t)rmino de treinta =$'> d#as0 como ltimo recurso hace uso de este0 lo cual lo interpone ante

    un Juez Civil del Circuito tal proceso se hace por audiencia p%lica donde el propietario de%e estar registrado enel certi+icado de li%ertad / tradición0 por lo tanto es e6pedido por la o+icina de registros de instrumentos p%licos /para ma/or seguridad / corro%oración ,ue e+ectivamente es el propietario actual de%e presentar el mismo con unperiodo no ma/or a un d#a / la respetiva escritura / :usti+icar cuanto es el tiempo ,ue el poseedor tiene ese %ien,ue no de%en so%re pasar los siguientes t)rminos segn el estatus de la propiedad0 cuando es de inter)s socialcon un t)rmino de tres ='$> a8os o cuando es un %ien comn con un t)rmino de cinco ='5> a8os."l Juez tiene como +unción de hacer la respectiva investigación de la in+ormación dada de la dos =&> partesdependiendo0 de los resultados / con las +acultades ,ue se le otorga el "stado0 este tiene dos opciones ,ue son@(. allar a +avor del propietario en la cual implicar#a la orden de desalo:o del poseedor / recuperación de su%ien / el mismo se puede dar la posi%ilidad de llegar a un acuerdo en el cual consiste ,ue el propietario le hagauna remuneración por las me:oras ,ue realizo el poseedor en este %ien =propiedad>.

    &. Cuando +alla a +avor del poseedor el propietario pierde el %ien de+initivamente / el poseedor o%tendr#a elderecho como propietario.

    DECRETO 1355 DE 1970 – C-= -) CA

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    10. Cómo se estructurar#a la contestación de la demanda / ,u) e6cepciones pueden proponerse0 as# como ,u)prue%as puede=n> solicitar el =los> demandado=s>.