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1Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

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Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL2

Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ

Telf: 481030 - 239182

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

1. REMATE JUDICIAL

SEGUNDO REMATEEn los seguidos por MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., debidamente representando por su apoderado JOSÉ ANTONIO BURGA CHAVEZ contra LUIS LENIN DELGADO TANTALEAN sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N° 00824-2015-0-1703-JR-CI-01; el Primer Juzgado Civil deJaén, a cargo de la Señora Juez Dra. Lucien Eli MONTOYA URBINA, Especialista Legal Dr. Roberto Juan HUAMAN SANTISTEBAN, ordeno convocar al REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA sobre el inmueble U.C. 31694 ubicado en el Sector Balsahuayco, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, cuyo dominio, área, lindero-y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 02091348 del Registro de Predios de la Oficina Registral De Jaén .VALOR DE TASACIÓN: US$ 15,000.00 (Quince Mil con 00/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 8,500.00 (Ocho Mil Quinientos con 00/100 Dólares Americanos), que corresponde a las dos terceras partes del valor de la tasación, menosel 15% conforme a ley. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1). HIPOTECA inscrita asiento D00001 deudor Luis Lenin Delgado Tantalean, acreedor MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., el deudor ha constituido hipoteca sobre el inmueble de su propiedad inscrito en esta partida a favor del acreedor por la suma US$ 20,000.00 dólares americanos; conforme consta en Escritura Pública de fecha 25-08-2014, otorgado ante Notario Público de Jaén Dr. Elmer Bustamante Daza. 2). EMBARGO; inscrito asiento D00002, mediante Resolución N° 01 de fecha 28-05-2015, el Juez del 2°Juzgado de Paz Letrado de Jaén Dr. Manuel Mendoza Zavaleta, Secretario Julio Cesar LLuncor Terrones, Exp. N° 00240-2015-87-1703-JP-C1-02, dicta Embargo en Forma de Inscripción sobre la propiedad del demandado Luis Lenin Delgado Tantalean, solicitada por el demandante Caja Municipal de ahorro y Crédito de Piura S.A.C., hasta por la suma de S/. 18,000.00 Soles. DÍA Y HORA DEL REMATE: 27 de Julio de 2017 a las 09:00 a.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remate ubicado: Calle Mariscal Castilla N° 490 (Segundo Piso) - Jaén. POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin sello no negociable), presentaran arancel judicial por derecho de participación en remate judicial más DNI, personas jurídicas adicionaran vigencia de poder de representación. El postor que es declarado Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO a cargo del adjudicatario de acuerdo al Art. 732° del CPC y el D.S. N° 008-2005-JUS; afecto al IGV, pago a realizarse al término, firma y expedición del acta del remate. INFORMES:TELEFONO 9931-17572ABOG. ALVIDES ANDRES GONZALES SILVAMARTILLERO PUBLICOREG. N° 257ROBARTO HUAMAN SANTISTEBANSECRETARIO JUDICIALPRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO- JAENPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6068357F/ 1098FP/ 12, 13, 14 jul.S/. 37.80

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORiA

EXPEDIENTE 0064-2011-0-1706-JR-CO-08, En los seguidos por el BBVA BANCO CONTINENTAL-SUCURSAL CHICLAYO, contra tos ejecutados: PESCADOS KOKIN

E.I.R.L. y en calidad de fiadores la sociedad conyugal conformada por Víctor YOCYA LLUEN y Yanet Sesibel RETES GONZALES; sobre ejecución de garantías, por orden del Magistrado que despacha el Octavo Juzgado Civil-Subespecialidad Comercial de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan y Especialista Legal Dra. Cecilia Guillermo Zambrano; han facultado al suscrito Martillero Público Abog. Edwin Abanto Peralta, con Registro N° 322, para sacar a Remate Judicial en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble dado en garantía por los ejecutados ubicado en la Avenida Conroy N° 1319 (Mz. F, Lote 08) Urbanización Las Mercedes del Distrito de Monsefú, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, inmueble cuya área, linderos, medidas perirnétricas y dominio corren escritas en la Partida Electrónica Número P11109808 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo. El predio cuenta con una edificación interna cuya extensión superficial y distribución se encuentra detallada en el informe de pericial de tasación de fecha 19 de Enero de 2016, formulado por los Peritos Ing. Néstor Salinas Vásquez y Ronald R. Espinoza Barrientos, aprobado mediante Resolución Número TRECE de fecha 24 de Junio de 2016;VALOR DE TASACIÓN: US$ 59,561.00 (Cincuenta y Nueve Mil Quinientos Sesenta y Uno con 00/100 Dólares Americanos).BASE DE REMATE: US$ 39,707.60 (Treinta y Nueve Mil Setecientos Siete con 00/100 Dólares Americanos), que equivale a las 2/3 partes del valor de tasación aprobado.CARGAS Y GRAVÁMENES: Constitución de Hipoteca inscrita en el asiento D0001, otorgada por los propietarios la sociedad conyugal conformada por Víctor Yocya Lluen y Yanet Sesibel Retes Gonzales a favor del BANCO CONTINENTAL, garantía que motiva el proceso de ejecución. Así y con más detalle obra en la Partida Electrónica N° 02009502 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral - Sede Chiclayo.DÍA Y HORA DE REMATE: Martes, 25 de Julio del 2017 a horas 02:00 P.M.LUGAR DE REMATE: Sala de remate de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ubicada en Calle San José N° 1070 -segundo piso (sede antigua) ó tercer piso (edificio nuevo).Los postores oblarán el 10% de valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Asimismo deberán pagar en el Banco de la Nación el Arancel Judicial por derecho de participar en remate público de bien inmueble con el Código 07153, consignando número de expediente, Juzgado e identificación del postor y procederá validarlo en la Oficina de REPEJ-REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Los honorarios «del Martillero son de cargo del adjudicatario.Chiclayo, 20 de Junio de 2017EDWIN ABANTO PERARLTAMARTILLERO PUBLICOR.M.P. N° 322DIANA EDITH YAMUNAQUE SECLENTESTIGO ACTUARIOOCTAVO JUGZADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6065331F/ 3850FP/ 12, 13, 14, 17, 18, 19 jul.S/. 68.50

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

EXPEDIENTE 0887-2015-0-1706-JR-CO-08, En los seguidos por el SCOTIABANK DEL PERU SAA, contra la ejecutada Andrea Pamela Pérez Lora; sobre ejecución de garantías, por orden del Octavo Juzgado Civil-Subespecialidad Comercial de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan y Especialista Legal Dra. Betty del Socorro Varías Céspedes; han facultado al suscrito Martillero Público

Abog. Edwin Abanto Peralta, con Registro N° 322, para sacar a Remate Judicial en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble dado en garantía consistente en el Departamento 202, ubicado en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 764, Urbanización Federico Villarreal, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida Nro. 111553608 del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral Número II -Sede Chiclayo:VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US$ 87,012.50 (Ochenta y Siete Mil Doce con 50/100 Dólares Americanos).BASE DE REMATE: US$ 58,008.33 (Cincuenta y Ocho Mil Ocho con 33/100 Dólares Americanos), que equivale a las 2/3 partes del valor de tasación aprobado.CARGAS Y GRAVÁMENES: Constitución de Hipoteca inscrita en el asiento D0006, otorgada por la propietaria Andrea Pamela Pérez Lora a favor del SCOTIABANK PERU SAA, hasta por la suma de S/. 252,150.93 Nuevos Soles, a fin de garantizar un préstamo ascendente a 226,935.00 Nuevos Soles a un plazo de 20 años, con una tasa de interés compensatorio anual de 11.90%, garantía que motiva el proceso de ejecución. Así y con más detalle obra en la Partida Electrónica N° 02009502 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral II - Sede Chiclayo.DIA Y HORA DE REMATE: Martes, 25 de Julio del 2017 a horas 03:00 P.M.LUGAR DE REMATE: Sala de remate de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ubicada en Calle San José N2 1070 - segundo piso (sede antigua) ó tercer piso (edificio nuevo).Los postores oblarán el 10% de valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Asimismo deberán pagar en el Banco de la Nación el Arancel Judicial por derecho de participar en remate público de bien inmueble con el Código 07153, consignando número de expediente, Juzgado e identificación del postor y proceder a validarlo en la Oficina de REPEJ-REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Los honorarios del Martillero son de cargo del adjudicatario.Chiclayo, 20 de Junio de 3017.EDWIN ABANTO PERARLTAMARTILLERO PUBLICOR.M.P. N° 322DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDESESPECIALISTA LEGALOCTAVO JUZGADO CIVIL-COMERCIAL-CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6068066F/ 3861FP/ 12, 13,14, 17, 18, 19 jul.S/. 66.60

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

(EXP. N° 00491-2016-0-1706-JR-CO-08)En el proceso seguido por el CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC AGENCIA DE MOTUPE con GONZALO TESEN ARROYO, ALEXIS DIEGO ARMANDO TESEN SOPLAPUCO sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, ante el 8vo. Juzgado Especializado en lo Civil - Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Diana Yamunaque Seclén Exp. N° 00491-2016, se ha dispuesto sacar a Remate Público En Primera Convocatoria el inmueble ubicado en Lote 23 Mz. 18 del Asentamiento Humano Señor de Los Milagros distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, cuya área dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Electrónica N° P10137899, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: $. 87,849.68 (ochenta y siete mil ochocientos cuarenta y nueve con 68/100 dólares americanos.

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3Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

BASE DE REMATE: $. 58,566.45 (cincuenta y ocho mil quinientos sesenta seis con 45/100 dólares americanos) equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES: Asiento N° 00006 Inscripción de Hipoteca a favor de Caja municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por la suma de US$ 83,773.68 en esta línea se incluye S/. 148,000.00 Escritura Pública N° 725 de fecha 21/03/2014 Notario Público Henry Macedo Villanueva en la ciudad de Chiclayo. DÍA Y HORA DEL REMATE: El 09 de Agosto del año 2017 a las 10:00 horas. LUGAR DEL REMATE: La Sala de Remates del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en la sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San José N° 1052 - Chiclayo.El postor deberá presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del inmueble materia del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (1 oblaje por ítem) y la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes en caso de ser persona jurídica, 1 tasa por ítem), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley debiendo validarlo previamente al remate con el sello en el área de Recaudación Judicial de la Corte en cumplimiento al Oficio Circular N° 050-2012-GAD-CSJLA-PJ. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Ivés Andrés Navarrete Castro Martillero Público Reg. 290. 6 veces.DIANA EDITH YAMUNAQUE SECLENTESTIGO ACTUARIOOCTAVO JUGZADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAIVÉS ANDRÉS NAVARRETE CASTRO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 290P/ 6067625F/ 3854FP/ 12, 13, 14, 17, 18, 19 jul.S/. 75.60

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

(EXP. N° 00321 -201 3-0-1 706-JR-CO-08)En el proceso seguido por el SCOTIABANK PERU SAA con INCOMA EIRL, NELLY ERNESTINA TUESTA ESPINO DE URPEQUE, ÓSCAR ANTONIO URPEQUE SOZA, TERCEROS HERLINDA ELIZABETH CARRERAVDA DE CHIMOY, CINDY DANNA URPEQUE TUESTA, HECTOR VASQUEZ GUEVARA, CESAR AUGUSTO SANTISTEBAN RINZA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, ante el 8vo. Juzgado Especializado en lo Civil - Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Betty Varías Céspedes Exp. N° 00321-2013, se ha dispuesto sacar a Remate Público En Primera Convocatoria los inmuebles denominados:a)PREDIO RURAL MOPOYUC con UNIDAD CATASTRAL N° 116128, Sector Taymi Pítipo, Valle Chancay - Lambayeque, distrito de Mochumí, provincia y departamento de Lambayeque, cuya área,linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida Electrónica N°11187109 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACION: $. 20,065.75 (VEINTE MIL SESENTA Y CINCO CON 75/100 DÓLARES AMERICANOS.BASE DE REMATE: $. 13,377.17 (TRECE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE y 17/100 DÓLARES AMERICANOS) equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación.GRAVÁMENES: D0001 Embargo en forma de inscripción por la suma de S/.35, 000.00 e inscrito en el asiento D00002 de la P.E. N° 11025325 (Res. Judicial N°01 modificada por Res. Judicial N°02 8°Juzg Civil de Chiclayo Admitir a trámite la solicitud de medida cautelar fuera de proceso) – Chiclayo 17/01/2014.DIA Y HORA DEL REMATE: El 09 de Agosto del año 2017 a las 12:30 horasb)PREDIO RURAL MOPOYUC con UNIDAD CATASTRAL N° 116129, Sector Taymi Pítipo, Valle Chancay - Lambayeque, distrito de Mochumí, provincia y departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida Electrónica N° 11187110 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACIÓN: $. 17,668.19 (DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 19/100 DÓLARES AMERICANOS).BASE DE REMATE: $. 1 1 ,778.79 (ONCE

MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO y 79/100 DÓLARES AMERICANOS ) equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación.GRAVÁMENES: D0001 Embargo en forma de inscripción por la suma de S/.35,000.00 e inscrito en el asiento D00002 de la P.E. N° 11025325 (Res. Judicial N°01 modificada por Res. Judicial N°02 8°Juzg Civil de Chiclayo Admitir a trámite la solicitud de medida cautelar fuera de proceso) Chiclayo17/01/2014.DIA Y HORA DEL REMATE: El 09 de Agosto del año 2017 a las 12:45 horas.LUGAR DEL REMATE: La Sala de Remates del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en la sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San José N° 1052 -Chiclayo.El postor deberá presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del inmueble materia del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (1 oblaje por ítem) y la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes en caso de ser persona jurídica, 1 tasa por ítem), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley debiendo validarlo previamente al remate con el sello en el área de Recaudación Judicial de la Corte en cumplimiento al Oficio Circular N° 050-201 2-GAD-CSJLA-PJ. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Ives Andrés Navarrete Castro Martillero Público Reg. 290.6 veces.DRA. BETTY DEL SOCORRO VARÍAS CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL 8VO. JUZGADO CIVIL COMERCIAL DE CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6064964F/ 3849FP/ 11, 12, 13, 14, 17 jul.S/. 99.00

REMATE PÚBLICO JUDICIALSEGUNDO REMATE.-

En los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ contra ÓSCAR SEGURA YDROGO y DORCAS VARGAS CAJALIAN sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N° 00214-2015-0-1703-JR-C1-02; el 2° Juzgado Civil de Jaén que despacha el Juez Dr. Rudecindo José DAMIAN SANDOVAL, Especialista Legal Dra, Mirian ODAR MONTERO, ordeno mediante Resolución N° 05 de fecha 07 de abril de 2017, convocar al REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA sobre 10 inmuebles materia de Litis. DIA DE REMATE: 27 DE JULIO DEL 2017. HORA DE REMATE POR CONJUNTO DE LOS DIEZ INMUEBLES: 10:00 a.m. Conforme al numeral 2) del Art. 736° del CPC, se INICIARA el remate con el pregón, postores que ofrezcan adquirir por el conjunto de los diez (10) inmuebles.VALOR DE TASACIÓN POR EL CONJUNTO DE LOS DIEZ INMUEBLES: US$ 220,044.00 (Doscientos Veinte Mil Cuarenta y Cuatro con OO/I100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE POR EL CONJUNTO DE LOS DIEZ INMUEBLES: US$ 124,691.60 (Ciento Veinticuatro Mil Seiscientos Noventa y Uno con 60/100 Dólares Americanos), que corresponde a las dos terceras partes del valor de la tasación del conjunto de los diez inmuebles, menos el 15% del precio base de la primera convocatoria conforme a ley. HORA DE REMATE DE LOS INMUEBLES EN FORMA INDIVIDUAL: De NO haber postores por el conjunto de los 10 inmuebles, se procederá al remate de los inmuebles en forma individual en el orden y horas conforme al cuadro siguiente: 1).- INMUEBLE N° 01,- Ubicado: Calle Río Yurasyacu Manzana H, Lote 06, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en la Partida N° 11003577 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACION: US$ 22,004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 10:10 a.m. 2).- INMUEBLE N° 02.- Ubicado: Calle Río Yurasyacu Manzana H, Lote 07, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en la

Partida N° 11003578 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: US$ 22,004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 10:203).- INMUEBLE N° 03.- Ubicado: Calle Río Yurasyacu Manzana H, Lote 08, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en la Partida N° 11003579 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: US5 22.004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 10:30 a.m. —4).- INMUEBLE N° 04.- Ubicado: Calle Río Yurasyacu Manzana H, Lote 09, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en la Partida N° 11003580 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: US$ 22,004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 10:40 a.m.INMUEBLE N° 05.- Ubicado: Calle Río Yurasyacu Manzana H, Lote 10, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en la Partida N° 11003581 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: US$ 22,004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: U$$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 10:50 a.m. 6).- INMUEBLE N° 06.- Ubicado: Calle Vía Circunvalación Manzana H, Lote 13, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en Partida N° 11003584 del Registro de Predios - Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: US$ 22,004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 11:00 a.m. 7).- INMUEBLE N° 07.- Ubicado: Calle Vía Circunvalación Manzana H, Lote 14, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; Inscrito en Partida N° 11003585 del Registro de Predios - Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: US$ 22,004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 11:10 a.m.8),- INMUEBLE N° 08.- Vía Circunvalación Manzana H, Lote 15, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en Partida N° 11003586 del Registro de Predios - Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: USS 22,004.40(Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DEREMATE: US$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 11:20 a.m. 9).- INMUEBLE N° 09.- Ubicado: Calle Vía Circunvalación Manzana H, Lote 16, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en Partida N° 11003587 del Registro de Predios - Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: USS 22,004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dólares Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 11:30 a.m.

10).- INMUEBLE N° 10.- Ubicado: Calle Vía Circunvalación Manzana H, Lote 17, Zona Habilitación Urbana Residencial Santa Rosa, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento Cajamarca; inscrito en Partida N° 11003588 del Registro de Predios-Oficina Registral de Jaén. VALOR TASACIÓN: US$ 22,004.40 (Veintidós Mil Cuatro con 40/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: USS 12,469.16 (Doce Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve con 16/100 Dolareis Americanos), corresponde a las dos terceras partes del valor de tasación, menos 15% conforme a ley. HORA DE REMATE: 11:40 a.m. CARGAS Y GRAVÁMENES EN GENERAL DE LOS DIEZ (10) INMUEBLES: Los inmuebles cuenta con HIPOTECA inscritos en Asiento D00003 de su partida registral, con el mismo tenor y monto, se transcribe. Propietarios: Oscar Segura Ydrogo y Dorcas Vargas Cajalian, por Escritura Pública de fecha 24-02-2012, constituyen Hipoteca por Sí. 72,515.00 Soles; a favor del Banco Crédito del Perú.LUGAR DE REMATE: Sala Remate: Calle Mariscal Castilla N° 490 (2° Piso) JaénPOSTORES: Oblaran el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque gerencia (sin sello no negociable), y presentaran arancel judicial por derecho participación remate judicial. DNI, personas jurídicas adicionan vigencia poder representación.HONORARIOS MARTILLERO PÚBLICO a cargo del adjudicatario conforme al Art. 732° C.P.C. y D.S. N° 008-2005-JUS; afecto IGV, pago a realizarse al término, expedición y firma del acta remate. INFORMES: TELEFONO 9931-17572ABOG. ALCIDES ANDRES GONXALES SILVAMARTILLERO PUBLICOREG N°257MIRIAN ODAR MONTEROSECRETARIA JUDICIAL2° JUZGADO CIVIL- JAENPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6064029F/ 1090FP/ 10, 11, 12 jul. S/.117.90

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

(EXP. N2 00316-2016-0-1706-JR-CO-08)En los seguidos por EDER GARCIA VASQUEZ con KELLY JESUS ROJAS CUSMA sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 8° Juzgado Civil Sub Especializado Comercial de Chiclayo a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA El bien Inmueble embargado consistente en el Terreno Rústico denominado San Felipe, Ubicado en Sector Chacupe - Valle Chancay del Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, Cuya Área, Linderos, Medidas Perimétricas y Dominio se encuentran inscritos en la Partida Nro. 11237725 del registro de la propiedad inmueble de la zona registral Número II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACION COMERCIAL: US $ 82,400.00 (OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS)BASE DE REMATE: US $ 54,933.33 (CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES Y 33/100 DÓLARES AMERICANOS) que constituyen las 2/3 partes del valor de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES:D0001 EMBARGO Por Resolución Judicial N° 02 de fecha 17/05/2016 aclarada mediante Resolución Judicial N°.03 de fecha 21/06/2016 Juez del Octavo Juzgado Comercial de Chiclayo, en el cuaderno de medida cautelar SE RESUELVE Trábese embargo de bien inmueble no inscrito hasta por la suma de CIENTO OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/. 180,000.00) Exp. N° 00316-2016-72-1706-JR-CO-08.DIA Y HORA DEL REMATE: El 09 de Agosto del año 2017 a las 10:30 horas.LUGAR DEL REMATE; Sala de remates ubicada en la Calle San José N° 1052 -Antigua Corte Superior en la Ciudad de Chiclayo. El postor deberá presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Validar la tasa en el área de Recaudación Judicial con el sello respectivo para su

Page 4: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL4

utilización en el remate según Oficio Circular N° 50-2012-GAD-CSJLA-PJ Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Gladys Castro Pérez Vargas de Navarrete Martillero Público Reg. 260MANUEL GILBERTO ROMERO BALCAZARESPECIALISTA JUDICIALOCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAGLADYS CASTRO PEREZ VARGASMATILLERO PUBLICOREGISTRO N° 260P/ 6059452B/ 6387FP/ 10, 11, 12, 13, 14, 17 jul.S/. 63.00

PRIMER REMATE JUDICIALEn los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra JUAN PABLO GUERRA FERNANDEZ y CARMEN DEL PILAR MACALOPU YOVERA sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00191-2012-0-2601-JR-CI-01, el Juzgado Civil Permanente de Tumbes a cargo del Señor Juez Dr. Rodrigo Marcial Cueva Ramírez, con intervención del Especialista Legal Dr. Julio Nicolás Nizama Huiman, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público, con Matricula Nro. 209, saque a REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: LT 17 DE LA MZ. B, DE LA URBANIZACIÓN “LOS PINOS” DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE. CUYA AREA (174.40 M2), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SE ENCUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11082410 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE CHICLAYO. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): US$ 31,720.00 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 21,146.67 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA.- A favor de BANCO CONTINENTAL inscrita en el Asiento D00002, hasta por la suma de US$. 56,364.00 Dólares Americanos. De la Partida N° 11082410 del Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: 24 de julio de 2017, a horas 12:10 pm. En el local del Juzgado Civil de Tumbes, ubicado en Panamericana Norte k.m. 4.5 —Tumbes. LOS POSTORES: Oblarán el diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre, deben presentar Arancel Judicial con número de expediente y generales de ley (copia del arancel y DNI). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento y están afectos al IGV. Teléfonos: 999098701 / RPM *404496, correo electrónico: [email protected]. Por 06 veces. Diario de Avisos Judiciales de Chiclayo y Tumbes. Tumbes, 9 de junio de 2017Dr. Asdel Vega TiradoMartillero PublicoMatricula 209JULIO N. NIZAMA HUIMANSECRETARIO JUDICIALPODER JUDICIAL TUMBESPedido: 6060799Fact./003-001354DIAS: 07-10-11-12-13-14 – JUL.-2017S/. 101.25

PRIMER REMATEEn los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra MELENDEZ PEREZ, JOSE HUMBERTO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 00897-2015-0-1706-JR-CO-08; el Octavo Juzgado Civil -Comercial de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. Sandro Omar AGUILAR GAITAN, Especialista Legal Dra. Diana YAMUNAQUE SECLEN, mediante Resolución N° 10 de fecha 18 de noviembre de 2016, ha ordenado convocar al PRIMER REMATE PUBLICO JUDICIAL sobre el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano La Victoria Manzana A2 - Lote 23, Sector 1, (Calle Inca Roca N° 987), Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas se encuentran inscrito en la Partida Electrónica N° P10006158 de los Registros de Propiedad Inmueble - Oficina Registral de Chiclayo. VALOR DETASACIÓN: US$ 135,160.00 (Ciento Treinta y Cinco Mil Ciento Sesenta con 00/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 90,106.00 (Noventa

Mil Ciento Seis con 00/100 Dólares Americanos), que corresponde a las dos terceras partes del valor de la tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: Inscrita en el Asiento 00015, el propietario del inmueble constituye hipoteca a favor del BBVA Banco Continental hasta por la suma de US$ 87,750.00 Dólares Americanos. La hipoteca garantiza el pago de todas las obligaciones asumidas por el deudor frente al acreedor.Asimismo garantiza el pago de toda deuda u obligación que a título personal e individualmente mantengan o pudieran mantener frente al Banco. Así y más extensamente se detallan en la Escritura Pública N° 429 de fecha 02/02/2012, otorgada ante el Notario Público Carlos Caballero Burgos de la Ciudad de Chiclayo.DÍA Y HORA DEL REMATE: 26 de Julio de 2017 a las 10:35 a.m. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates sede Corte Superior de Lambayeque ubicado en Calle San José N° 1070 - 2do. Piso (Sede Antigua). LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin sello no negociable) y presentarán original de arancel judicial por derecho de participación en remate judicial más DNI y copia de ambos, suscribiendo dicho arancel con generales de ley, personas jurídicas adicionaran vigencia de poder de representación. El postor que es declaradoAdjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO a cargo del adjudicatario de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y al D.S. N° 008-2005-JUS; afecto al IGV, pago a realizarse al término y expedición del acta del remate. INFORME: TELEFONO 9931-17572.ALCIDES ANDRES GONZALES SILVAMARTILLERO PUBLICO REG. 257DIANAN EDITH YAMUNAQUE SECLENESPECIALISTA LEGALOCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6057283F/ 3813FP/ 7, 10, 11, 12, 13, 14 jul.S/. 73.80

PRIMER REMATE PUBLICOExp. N° 699-2015, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU con ROXANA RUBIO CASTAÑEDA sobro Ejecución de Garantías, el Octavo Juzgado Especializado Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo a cargo del señor Juez, D.R. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Legal Dra. BETTY DEL SOCORRO VARÍAS CÉSPEDES, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble constituido por el Departamento 503-Torre 10, ubicado en la Vía de Evitamiento s/n, Lazo Norte - Oeste, CC.HHZRESID. Los Parques de San Gabriel. Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida N° 11198735 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chiclayo. TASACION: US$52,229.33 (Cincuenta y dos mil doscientos veintinueve con 33/100 dólares americanos). B A S E : US$34,819.55 (Treinta y cuatro mil ochocientos diecinueve con 55/100 dólares americanos) equivalente a las 2/3 partes de la tasación. GRAVAMEN: HIPOTECA a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/.. 145, 751.97 Nuevos Soles, según Escritura Publica N° 533 de fecha 25 de febrero de 2014, otorgada ante Notario Público Carlos Alberto Caballero Burgos en la ciudad de Chiclayo, As. D00002 de la Partida N° 11198735 DIA HORA DEL REMATE: 26 de JULIO de 2017 a las 10:00 am. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicada en Calle San José N° 1052-1070 Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de LambayequeMartillero Público que se encargará de realizar el Remate Público- Rodolfo Reategui Herrera. POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre: presentarán documento de identidad (copia y originan) Arancel Judicial (original y copia firmados y validado) donde conste el número del Juzgado, expediente y documento de

identidad. El adjudicatario pagará los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV.Chiclayo, 29 de mayo de 2017RODOLFO REATEGUI HERRERAABOGADOMARTILLERO PUBLICOREG. N° 123DRA. BETTY DEL SOCORRO VARÍAS CÉSPEDESESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL- CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6056819F/ 3810FP/ 6, 7, 10, 11, 12, 13 jul.S/. 72.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

En los seguidos, por el BBVA BANCO CONTINENTAL contra ANA BEATRIZ CUBAS DIAZ y ELMER MANUEL VASQUEZ GONZALES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, expediente N° 00720-2016-0-1706-JR-CO-08 a cargo del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque: Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITÁN, Especialista legal: CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA, quienes han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la Mz. B Lote 22 de la habilitación urbana Los Sauces, distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida N° 10130914 del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.VALOR COMERCIAL: US$152,308.00 (CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).BASE DE REMATE: US$101,538.66 (CIENTO UN MIL QUINIENTOS TREINTIOCHO CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS), que equivalen a las dos terceras partes del valor de tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. HIPOTECA (Asiento 00012).- Hipoteca a favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de US$135,675.00. 2. INSCRIPCIÓN DE EMBARGO (Asiento 00014).- Ordenado por el Octavo Juzgado Civil de Chiclayo, mediante Oficio N° 327-2015-89-1706-J-CI-8° en los seguidos por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra ELMER MANUEL VASQUEZ GONZALES y ANA BEATRIZ CUBAS DIAZ hasta por la suma de S/65,000.00 soles. 3. INSCRIPCIÓN DE EMBARGO (Asiento 00015).-Ordenado por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo, mediante Oficio N° 1746-2015-19-1706-JP-CI/LPD/RCVHS en los seguidos por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. contra ELMER MANUEL VASQUEZ GONZALES y ANA BEATRIZ CUBAS DIAZ hasta por la suma de S/38,500.00 soles. 4. INSCRIPCIÓN DE EMBARGO (Asiento 00016).- Ordenado por el Juez del Octavo Juzgado Civil, mediante Oficio N° 00475-2015-42-1706-JP-CO-08 en los seguidos por el BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK contra ELMER MANUEL VASQUEZ GONZALES y ANA BEATRIZ CUBAS DIAZ hasta por la suma de S/115,500.00 soles.DIA Y HORA DEL REMATE: 20 DE JULIO DE 2017, A LAS 10:00 HORAS.LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en la Calle San José N° 1052, Segundo Piso, con ingreso por Calle San José N° 1074, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.REQUISITOS PARA SER POSTORES: Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor, validado (Sellado) por el Área de Recaudación Judicial. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario conforme al artículo 18 del D.S. No. 008-2005-JUS y serán cancelados a la firma del acta de remate. FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: Enrique Orlando Chumioque Hidalgo - Martillero Público N° 197- RPC 947910594.MANUEL GILBERTO ROMERO BALCAZAR

ESPECIAILSTA JUDICIALOCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAENRIQUE ORLANDO CHUMIOQUE HIDALGOMARTILLERO PÚBLICO REG. N° O.R.L.C N°197P/ 6057113F/ 3812FP/ 6, 7, 10, 11, 12, 13 jul.S/. 106.20

2. EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO

2° JUZGADO DE PAZ LETRADO - JAÉNEXPEDIENTE: 00449-2017-0-1703-JP-CI-02 MATERIA: RECTIFICACIÓN DE PARTIDAJUEZ: ACOSTA PUICON VICTORIA MILAGROSESPECIALISTA: LLUNCOR TERRONES JULIO CESARDEMANDANTE: DELGADO VDA DE ALTAMIRANO, MARIA MAVILAAnte el segundo Juzgado de Paz Letrado de la provincia de Jaén, que despacha la Dra. ACOSTA PUICON VICTORIA MILAGROS, secretario Julio Llúncor Terrones, doña MARIA MAVILA DELGADO VDA DE ALTAMIRANO, ha solicitado la RECTIFICACIÓN de su partida de nacimiento, inscrita bajo el N° 644, del año 1942, en los Registros Civiles de la Municipalidad distrital de Bellavista- provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; en el rubro de su nombre debe decir MARIA MAVILA DELGADO HEREDIA, y la fecha de nacimiento debe decir 31 de Julio de 1942; en rubro de: padre y declarante, debe adicionarse el apellido materno de su progenitor “TARRILLO”, debiendo quedar su nombre correcto como JOAQUIN DELGADO TARRILLO: en el rubro de madre: debe adicionarse el apellido materno de “TANTALEAN”, debiendo de quedar el nombre correcto de su progenitura como ISABEL HEREDIA TANTALEAN; habiéndose admitido a trámite en la vía del proceso No Contencioso y señalado el día 07 de agosto del año 2017, a las 10.00 am. Para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. AV. 01Jaén, 04 de julio del 2017ACOSTA PUICON VICTORIA MILAGROSJUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO JAÉNPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6068360F/ 1098FP/ 12 jul.S/. 9.00

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO

En el proceso N° 01796-2017-0-1706-JP-CI-01, seguido por BLANCA LUZ YAMUNAQUE JIMENEZ sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Lambayeque Dra. Yngrid Vera Montenegro y Secretario Judicial Manuel Herrera Vallejos ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCIÓN UNO de fecha 21-11-2016. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda presentada por BLANCA LUZ YAMUNAQUE JIMENEZ, sobre Rectificación De Partida De Matrimonio. Téngase por apersonado y Por Ofrecidos los medios probatorios que precisa; PUBLIQUESE un extracto de la solicitud en diario “La República”, por TRES VECES, según lo dispuesto por Ley N° 30293 de fecha 28-12-14, que modificó entre otros el Artículo 167° del Código Procesal Civil. RESOLUCIÓN DOS de fecha 28-06-2017. SE RESUELVE: INTEGRAR EL AUTO ADMISORIO contenido en la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, en el sentido que la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, se llevará a cabo el día TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas UNA DE LA TARDE, en el local del juzgado y a la hora exacta, bajo apercibimiento de aplicarse lo dispuesto en el artículo 760° del Código Procesal Civil en caso de inconcurrencia.-Lambayeque, 07 de Julio del 2017ABOG. MANUEL HERRERA VALLEJOSSECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO MIXTO

Page 5: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

5Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

TRANSITORIOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6064010B/ 6423FP/ 11, 12, 13 jul.S/. 22.50

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

SUCESIÓN INTESTADA

SUCESIÓN INTESTADAExpediente No 026 -2017-0-1709- P-CI-01Por ante este Juzgado de Paz Letrado de Tuman, que despacha la señora juez Dra Hellen Guevara Jiménez , asistida del secretario José Luis Zumarán Cruzado , doña VIOLETA OBLITAS LEIVA , está solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su extinta hermana MARIA TERESA OBLITAS LEIVA, quien falleciera el ocho de abril del año dos mil dieciséis , en la Provincia de Chiclayo . Por lo que se hace de conocimiento para los fines de ley .TUMAN, 10 DE JULIO 2017JOSE LUIS ZUMARAN CRUZADOSECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE TUMANPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6067307B/ 6447FP/ 12 jul.S/. 4.00

SUCESIÓN INTESTADA Por ante el Juzgado De Paz Letrado De Pucalá-Sede Chongoyape que despacha la Señorita Jueza DRA. BERTA CUBAS PERALTA y Secretaria Judicial Violeta Mendoza Hernández, en el expediente N° 01284-2017, sobre SUCESION INTESTADA, se ha resuelto lo siguiente: resolución N° uno.- de fecha veintiséis de abril del dos mil diecisiete; SE RESUELVE.- ADMITIR a trámite la solicitud de SUCESION INTESTADA presentada por doña AVELINA BARTUREN GOICOCHEA VIUDA DE FERNANDEZ, de su causante, quien fue su esposo don SEGUNDO LEONCIO FERNANDEZ LLATAS fallecido el día siete de noviembre del dos mil catorce, y cuyo último domicilio estuvo ubicado en Posope Alto del Distrito de Patapo; y se realice la inscripción como sus únicos y universales herederos a AVELINA BARTUREN GOICOCHEA VIUDA DE FERNANDEZ, en calidad de esposa del causante. Debiendo presentarse los que se crean con derecho a la sucesión, con documento fehaciente que acredite tal condición.Chongoyape, 15 de junio del 2017.BERTHA E. CUBAS PERALTAJUEZJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUCALÁ-SEDE CHONGOYAPEPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6066438B/ 6434FP/ 12 jul.S/. 7.00

SUCESIÓN INTESTADA 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO - JAÉNEXPEDIENTE: 00543-2017-0-1703-JP-CI-02MATERIA: SUCESIÓN INTESTADAJUEZ: ACOSTA PUICON VICTORIA MILAGROSESPECIALISTA: LLUNCOR TERRONES JULIO CESARDEMANDADO: LEÓN VILLALOBOS, FLOR ESTRELLADEMANDANTE: VILLALOBOS TUCTO, LUCIAAUTO ADMISORIOJaén, veintiuno de junio del dos mil diecisiete.-RESOLUCIÓN :UNOAutos y vistos; dado cuenta con la demanda y escrito que anteceden; al principal, primer, segundo y tercer otrosí; y, considerando; Primero: Que, toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, con sujeción a un debido proceso. Segundo: Que, la solicitud reúne los requisitos señalados en los artículos 130, 424 y 425 del Código Procesal Civil, dispuestos para la postulación al proceso.Tercero: Que, la demandante solicita la sucesión intestada de quien en vida fue su

hija FLOR ESTRELLA LEÓN VILLALOBOS, fallecida el veintiocho de mayo del dos mil diecisiete, en la provincia de Jaén, siendo su ultimo domicilio el ubicado en esta ciudad de Jaén.Cuarto: Que, este juzgado es competente para conocer dicha solicitud, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 749.10, 750 y 830 del Código Procesal Civil.Por estas consideraciones, se resuelve: (1) ADMITIR, en VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud presentada por LUCIA VILLALOBOS TUCTO, sobre Sucesión Intestada, de quien en vida fue su hija FLOR ESTRELLA LEÓN VILLALOBOS, deceso ocurrido el día veintiocho de mayo del dos mil diecisiete, en la provincia de Jaén; siendo su último domicilio el ubicado en la ciudad de Jaén; (2) Por ofrecidos los medios probatorios que se indica, agregándose a los autos las instrumentales que se acompañan; por señalada la casilla electrónica N°40323, donde se notificará; (3) Hágase de conocimiento del representante de la Beneficencia Pública y del Ministerio Público; (4) Anótese dicha solicitud en la Oficina Registral de Jaén; (5) Publíquese extracto de la solicitud por un día en el diario “La República” y diario “El Espectador” de la ciudad de Jaén. T. R.JULIO CESAR LLUNCOR TERRONESSECRETARIO JUDICIALSEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADOPJ- CSJLA- JAENP/ 6068375F/ 1098FP/ 12 jul.S/. 10.80

3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS

DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

Con motivo del expediente N° 5628-2017, el Señor Juez del Cuarto Juzgado de Familia Dr. Silverio Julián Rivera Palomino ha expedido la siguiente resolución; Resolución número dos: Chiclayo, 14 de junio del 2017; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite vía proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por VIOLETA SANTAMARÍA YSLA, contra Orfilia Hernández Hernández y contra los SUCESORES del fallecido Carlos Díaz Hernández, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL; TRASLADO a la Sucesión de CARLOS DIAZ HERNANDEZ mediante EDICTOS que se publicarán en el diario oficial “La República” y “El Peruano” por el plazo de tres días hábiles, para que en el plazo de SESENTA DIAS comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrarles Curador Procesal.-Chiclayo, 03 de julio del año 2017ANIBAL BALCAZAR ZELADASECRETARIO JUDICIALCUARTO JZUGADO DE FAMILIAPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6064098B/ 6429FP/ 11, 12, 13 jul.S/. 15.50

ALIMENTOS Con motivo del Exp. N° 172-2017-3-PJ-CSjLA-JPL-SI, seguido por YOHANA KATHERINE CONTRERAS OCUPA, contra HUMBERTO WILLIAM CARHUAPOMA PEREZ, sobre ALIMENTOS, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Ignacio, con intervención del Especialista Legal Maxandré César Félix Taboada Ramón, ha dispuesto la PUBLICACIÓN, por edictos del extracto de la demanda y resolución admisoria.Petitorio: Que a través de la presente demanda pretendo que el demandado Humberto William Carhuapoma Perez, acuda con una pensión alimenticia por el monto de OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES a favor de sus menores hijos de doce y ocho años de edad ...”Resolución Número: Uno, de fecha veintisiete de marzo del dos mil diecisiete!...); SE RESUELVE: 1.- ADMITIR A TRAMITE, EN VÍA DE PROCESO ÚNICO la demanda de ALIMENTOS interpuesta por doña YOHANA KATHERINE CONTRERAS OCUPA, acción que dirige contra HUMBERTO WILLIAM CARHUAPOWA PEREZ, por señalado su domicilio REAL Y PROCESAL en el lugar que indica, y, POR OFRECIDOS sus medios probatorios.2.-CONFIÉRASE TRASLADO al demandado por el plazo de CINCO DÍAS, pare que comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser

declarado rebelde y seguirse el juicio en tal estado. Se debe tener presente que al apersonarse el demandado deberá señalar domicilio procesal dentro del radio urbano de la ciudad y cumplir con los requisitos exigidos por los artículos 442°, 444°, además adjuntar el requisito especial que señala el artículo 565° del Código Procesal Civil, como es adjuntar la última declaración jurada presentada para le aplicación de su impuesto a la renta o del documento que legalmente la sustituye o en su caso acompañará una certificación jurada de sus ingresos con firma legalizada bajo apercibimiento de no admitirse su contestación. Admitirse su contestación.3.- Notifíquese al demandado por EDICTCS, según los artículos. 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, ya que la demandante a cumplido con el requisito de ley, en consecuencia, Publíquese un extracto de la presente resolución por el periodo de TRES DÍAS en el diario oficial de mayor circulación de la circunscripción, diario La República.San Ignacio, 03 de Mayo del 2017MAXANDRÉ CÉSAR FÉLIX TABOADA RAMÓNESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN IGNACIOP/ 6067254B/ 1096FP/ 11, 12, 13 jul.S/. 37.80

ALIMENTOSCon motivo del Exp. N° 16-2015-0-PJ-CSJLA-JPL-SI-C seguido por SOLEDAD MARIBEL PERALTA LEÓN contra GALO MODESTO HUERTAS DE LA CRUZ sobre, ALIMENTOS, vía PROCESO DE ÚNICO, el Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Ignacio, Dr. Jaime Adán Flores Suarez, con intervención del Secretario Maxandré César Félix Taboada Ramón, ha dispuesto la notificación a don GALO MODESTO HUERTAS DE LA CRUZ por edictos de un extracto de la Resolución N° VEINTIDOS-APROBACION DE LA LIQUIDACIÓN.Resolución Número VEINTIDÓS de fecha veintidós de junio del año dos mil diecisiete, SE RESUELVE: APROBAR LA LIQUIDACIÓN practicada con fecha siete de junio del dos mil diecisiete, ia misma que obra en autos a folios ciento cuarenta y cuatro, en la suma de OCHO MIL CIENTO CUATRO CON 40/100 NUEVOS SOLES (S/. 8,104.40); en consecuencia: REQUIÉRASELE oí demandado Galo Modesto Huertas de la Cruz para que en el plazo de TRES DÍAS cumpla con cancelar íntegramente el monto indicado, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público para que proceda formular la denuncia por omisión a la Asistencia Familiar, en caso de incumplimiento. Debiendo notificarse la presente resolución al demandado mediante edictos, publicándose por el termino de TRES DÍAS en el diario Oficial La República.San Ignacio, 03 de Julio del 2017MAXANDRE CESAR FELIX TABOADA RAMONESPECIALISTA LEGALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN IGNACIOP/ 6059440B/ 6386FP/ 10, 11, 12 jul.S/. 20.00

ALIMENTOSDEMANDANTE: LEYDI TINOCO LOZANO.DEMANDADO: ORLANDO GUEVARA SAUCEDO.MATERIA: ALIMENTOS.En el expediente N° 00271-2013-0-1703-JP-FC-02, sobre alimentos tramitado ante el begundo Juzgado de Paz Letrado de Jaén, que despacha la DRA. Juez VICTORIA MILAGROS AGOSTA PUICON, asistido de su secretaria Judicial LILIANA FUSTAMANTE RIMARACHIN, se ha ordenado notificar mediante edicto al demandado ORLANDO GUEVARA SAUCEDO, con la resolución VEINTE de fecha 16-11-2016, AUTOS Y VISTOS; SE RESUELVE: APROBAR la liquidación practicada mediante resolución numero catorce; en consecuencia REQUIÉRASE al demandado ORLANDO GUEVARA SAUCEDO, para que en el plazo de TRES DÍAS cumpla con pagar a favor de la demandante la suma de ONCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 68/100, nuevos soles, puestos a cobro por concepto de pensiones alimenticias

devengadas, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público. Resolución Numero: veintiuno, Jaén, veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete; Dado cuenta; notifíquese al demandado mediante edictos por tres veces consecutivos en el Diario Oficial La República y el diario de mayor circulación de esta ciudad.Jaén, 19 de Junio de 2017.LILIANA FUSTAMANTE RIMARACHINSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADOPODER JUDICIAL- JAÉNP/ 6060646F/ 1086FP/ 10, 11, 12 JUL.S/ 22.50

4. EDICTOS PENALES

EDICTO PENALSegundo Juzgado de Investigación Preparatoria de JaénExpediente: Nº 01081-2017-0-1703-JR-PE-02.Procesado: JOSÉ CIRO TONGO DELGADOAgraviado: LESLIER LUIS MARTIN CELIS SALAZAR.Delito: LESIONES CULPOSAS GRAVESJuez: Dr. Orlando Parí Gonzáles.Esp. Juzgado: Nidya Pretell AlejandríaPor el presente Edicto, el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, NOTIFICA al JOSÉ CIRO TONGO DELGADO con la Resolución Nº 01 y Resolución Nº 02 + Requerimiento Fiscal de Acusación Directa.PETITORIO:Que, de conformidad con el artículo artículo 336S inciso 4] del Código Procesal Penal vigente, formulo ante vuestro Despacho, REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra JOSÉ CIRO TONGO DELGADO como autor del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la figura de LESIONES CULPOSAS GRAVES en agravio de LESLIER LUÍS MARTÍN CELiS SALAZAR, ¡lícito pena] previsto y sancionado por el cuarto párrafo da] artículo 124S del Código Penal,!V. DESCRJPCIÓM DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS:Según Informe Policial N2 90-2017-DÍVPOL-JAEN/CSPNP-SlAT el día 28.122016 a las 22:40 horas aproximadamente,, en las calles José Gálvez y Alfredo Bastos, encontraron a la peruana)de LesJíer Luis Martín Celis Salazar,quien manifestó haber sufrido un accidente de transito (choque por alcance) en circunstancias que conducía su vehículo motocicleta de placa de rodaje 5725-DM Junto con su acompañante Zuly Díaz Huancas, por parte de la camioneta de placa de rodaje M1U880 conducida por JOSÉ CIRO TONGO DELGADO, con quien había tenido un intercambio de palabras (insultos) cuando se encontraban en la intersección de las calles Torre Tagle y La Marina de esta ciudad, sufriendo lesiones, de acuerdo a! siguiente detalle: a) Certificado Médico Legal N2 S6-PF-AR correspondiente a Leslier Luís Martin Celis Salazar, que concluyó: “JÉ, Presenta lesión contusa reciente par suceso de tránsito según RML Ns 3186-LT, 2. Paciente presenta fractura de cóccix según informe Médico, 3. Requiere 8 días de a tención facultativa y 45 días de incapacidad médico ¡mal” (fs. 34), Y, b) Certificado Médico Legal N2 3185- LT correspondiente a Zuli Jamil Díaz Huancas, que concluyó: “1. Presenta lesión confusa reciente por suceso de tránsito, 2, Requiere 02 días facultativa)’ 08 días de incapacidad médico legal (fs, 32) el cual al no sobrepasar los 15 días de incapacidad médico legal, es de competencia deí Juzgado de Paz Letrado, de conformidad con el artículo 441® último párrafo del Código PenaLSe recabó los Certificados de Dosaje Etílico Nü ODS9-1273 y 1272 de arabos conductores, con resultado negativo (fs. 27/28).Segura INSPECCIÓN TÉCNICA POLICIAL concluyó como Factor Determinante:“El operativo del conductor del vehículo mayor camioneta da placa de rodaje M1U 880 por realizar tina persecución al vehículo menor motocicleta de placa de rodaje 5725-DM y como Factor Contributivo: “El operativo del conductor de la motocicleta de placa de rodaje 5725-DM, Leslier Luis Martín Celis Solazar, al tratar de escapar, al momento que era perseguida por un vehículo mayor camioneta de placa de rodaje M1U-880, que ero conducido por José Ciro Tongo Delgado” (fs,09/13)RESOLUCIÓN NÚMERO: UNOJaén, dos de junio delAño dos mil diecisiete.-

Page 6: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL6

SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS útiles, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) Solicitar, si así lo estimare la parte agraviada la constitución en actor civil, y 11) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; bajo apercibimiento de declararse improcedente; PRECÍSESE a las partes procesales que de observar el requerimiento de acusación, deberán hacerlo por escrito y debidamente fundamentado durante el traslado conferido, conforme a lo dispuesto por la Casación N° 53-2010-Piura, todo ello en aplicación del principio de igualdad de armas, bajo apercibimiento de declararse infundado dicha observación; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar correspondiente; PRECÍSESE que el procesado se encuentra con la medida de COMPARECENCIA SIMPLE; PRECÍSESELE al Señor Fiscal a cargo de la presente investigación que deberá hacer entrega de sus elementos de convicción en pleno acto antes que culmine la audiencia preliminar de control de acusación, bajo apercibimiento de dar cuenta a su Superior en caso de incumplimiento; cumplido que sea y, de conformidad con lo previsto por el artículo 351° numeral 1 del Código Procesal Penal; CÍTESE para el día VEINTE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas UNA DE LA TARDE (01:00 p.m.) hora exacta, para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de ésta ciudad (2do piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y Abogada Defensora del procesado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de ésta último de excluirla de la defensa, subrogarla, y designar en ese mismo acto procesal a un Defensor Público u otro letrado en ese mismo acto, puesto que esta audiencia es de carácter inaplazable.-RESOLUCIÓN NÚMERO: DOSJaén, trece de junio delAño dos mil diecisiete.-NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS con un extracto del requerimiento de acusación directa, resolución número uno y, la presente resolución; asimismo, al tratarse de una audiencia inaplazable, CUMPLA el asistente Judicial con OFICIAR a la Defensoría Pública a fin de que se designe un defensor público para la audiencia de control de acusación directa señalada en autos. Notifíquese.-

EDICTO PENALEXPEDIENTE Nº: 00956-2017-0-1703-JR-PE-01JUEZ: DRA. ELIZABETH CAMPOS IDROGOESP. DE JUZGADO: VIOLETA CORONADO NUÑEZSE HACE SABER A: SILVA DIAZ MARTIN AUGUSTOEl Señor Juez Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO : SILVA DIAZ MARTIN AUGUSTO con el requerimiento de Proceso Inmediato con RES N° 01 de fecha 10 de mayo del año dos mil diecisiete, Dado cuenta con el requerimiento de proceso Inmediato presentado por la señora Representante del Ministerio Público, y de conformidad con lo establecido por el artículo 447º numeral 1 del Código Procesal Penal, modificado mediante decreto legislativo N° 1194; si bien dicha normatividad procesal señala que la audiencia se debe convocar en el término de cuarenta y ocho horas, pero advirtiéndose en el presente caso que el domicilio del imputado se encuentra ubicado en lugar distante a esta ciudad de Jaén, a efectos de garantizar el irrestricto derecho de defensa, se debe fijar la audiencia dentro de un margen de tiempo prudente y razonable; en consecuencia, CÓRRASE TRASLADO A LAS PARTES PROCESALES; SE RESUELVE:

PROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA VEINTISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM); Diligencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén Por haberse ordenado así en el Expediente Me dirijo a Usted, 00956-2017-0-1703-JR-PE-01, seguido contra SILVA DIAZ MARTIN AUGUSTO, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SILVA LOZANO SUKIN DAYANA, Va a efecto de que sea publicado por tres veces consecutivas.FP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXP.Nro. 04918-2017-0 JULIO BENAVENTEDELGADO.EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DÍAZ TARRILLO: NOTIFICA AL IMPUTADO JOEL AGUSTÍN GUERRERO DAVILA EXP. 04918-2017-0 JBD. POR EL DELITO MICROCOMERCIALIZACION O MICROPRODUCCION EN AGRÁ VIO DE ESTADO PROCURADOR PUBLICO MINISTERIO DEL INTERIOR SE LE NOTIFICA A LA : AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO, PARA EL DÍADOCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS CITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ Mario Antonio López Navarro, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con fecha 17 de los corrientes, se ha recepcionado el informe pericial forense de droga de la ciudad de lima, con el informe pericial positivo a droga, , al amparo de lo establecido en el numeral 4 del articulo 336 y 349 del Código Procesal Penal, contra JORGE LUIS MATALLANA CABREJOS por el delito contra la Salud Pública, trafico ilícito de drogas- MICROCOMERCIALIZACION en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador Publico encargado de los asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativo a TID, , procedo a formular ACUSACIÓN se atribuye a JORGE LUIS MATALLANA CABREJOS, el día 27-09-2015 a horas aproximadamente, LUEGO DE QUE EL PERSONAL POLICIAL QUE REALIZABA PATRULLAJE POR LA Cale Túpac Amaru y Av. México, lo avisara a bordo de una moto taxi color azul, a la que le dan alcance a la altura del inmueble ubicado en la calle Loreto N°. 381 del PJ las Mercedes, , bajarse en la calle Jorge Chávez, haber sido intervenido con una bolsa de polietileno color blanco tipo chequera, conteniendo en su interior seis envoltorios con papel periódico, cada uno con hierba seca(tallos, semillas y hojas) con características /y olor a cannabis sativa (marihuana), la que lo llevaba en sus partes intimas, según el análisis químico al que fue sometido en la ciudad de lima, arrojo que corresponde a marihuana con un peso de 41 gramos y neto de 26 gramos, El hecho configura el delito de Trafico Ilícito de Droga en su modalidad de micro comercialización tipo penal contenido en el numeral uno del primer párrafo del Art. 298 del C.P., en la medida que la cantidad de droga correspondiente a cannabis sativa (marihuana)comisada a JHORGE LUIS MATAQLLANA CARREJOS supera el mínimo legal de ocho gramos permitido para su propio e inmediato consumo, el delito de tráfico ilícito de drogas en la modalidad de MICROCOMERCIALIZACION, previsto en el Art. 298 del C.P. se configura en su aspecto objetivo, la pena será privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de siete años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días, multa, la estimamos proporcionalmente en UN MIL NUEVOS SOLES: Solicito a Ud., Señor Juez tenga por formulado el presente requerimiento de acuerdo a Ley.JOSÉ LEONARDO ORTIZ 6 DE JUNIO DEL 2017REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BÁSICO DE JUSTICIA JLOJULIO CESAR BENAVENTE DELGADOFP/ 11, 12 jul.

EDICTO PENALExpediente N° 5085 -2017 -o -1706-JR-PE-oi CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - LambayequeEspecialista: César Augusto Solazar Piscoya.Imputado: DIEGO BEDER ROJAS GONZÁLESDelito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDADAgraviado: LA SOCIEDADSE NOTIFICA A :Nombre: DIEGO BEDER ROJAS GONZÁLES Domicilio: Mz “ B “ Lote 31 A v. Culpan - José L. OrtízREQUERIMIENTO FISCAL r Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortíz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el afoso/e etílico resultando con 0-53 g/lRESOLUCIÓN NUMERO UNO : Procedente el requerimiento fiscal fecha de audiencia 12-07 - -17 horao/:oo pm Sala de Audiencia N° 02 délos Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortíz,.-José L. Ortíz, 12 Junio 2017.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE JUZGADOMBJ- JLOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N° 9778-2016-23-1706-JR-PE-02JUZGADO: CUARTO JUZGADO U N I P E R S O N A L P E N A L SUPRAPROVINCIAL DE CHiCLAYOJUEZ: HIROKO SANDRA HIYANE RAMÍREZESP. JUDICIAL: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZSe NOTIFICA al acusado JUAN ANTONIO VILCABANA ROJAS, cor el acta de audiencia de fecha 09 de junio del año 2017, en la cual se ha RESUELTO:SE RESUELVE: LA IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR FORMALMENTE LA PRESENTE AUDIENCIA y reprogramar la misma para el día DIECIOCHO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de audiencias N° 10, queda notificados de manera personal en este acto la Representante del Ministerio Público, el Abogado defensor público y la parte agraviada con los mismos apremios contenidos en el auto de citación a juicio oral, asimismo notifíquese a! imputado en su domicilio real señalado en su ficha RENIEC esto es Calle Francisco de Zela N° 163 - Pro Vivienda • Pimental y mediante edictos con el apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su captura a nivel nacional. Notificándose conforme a Ley.HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZJUEZCUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONALPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N°. 3384-2016-JPLLYJUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUEJUEZ:Dra. VERÓNICA SANTA CRUZ RONDOYSECRETARIA: CARMEN D. SANTAMARÍA DE VERAPor el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA GLADYS PETRONILA SAUCEDO VELIZ quien domicilia en la Manzana B-5-LOTE 20 Asentamiento Humano Las Dunas del Pueblo Joven San Martin -Las Dunas -Lambayeque, para que se haga presente a este Despacho el día 20 de julio del año 2017 a horas 11:40 DE LA MAÑANA ; para que se lleve a cabo la audiencia por faltas.-Por haberse ordenado en el proceso Penal por faltasNRO.3384-2016, seguido contra GLADYS PETRONILA SAUCEDO VELIZ y otros por FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO - DAÑOS, en agravio de ANGELA JOSEFA ROSAS RUIZ.-Entendido que de no hacerlo así, quedará

sujeto a lo que la Ley determine.Dra. VERÓNICA SANTA CRUZ RONDOYJUEZJUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALJUZGADO: JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JAÉNJUEZ: DRA. ESMERALDA GUÍSELA CARLOS PERALTACITA Y EMPLAZA al acusado ROBERTH CACHIQUE SHUPINGAHUA, identificado con DNI 80327436, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 17-2014-1703, por el Delito HOMICIDIO CALIFICADO, en agravio de TEODORO CORDOVA CORDOVA, para que tenga conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA-(HORA EXACTA),, en la sala de audiencias de la Corte Superior de Lambayeque -sede Jaén, ubicado en las intersecciones de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 17-2014-1703-JPCSJ, seguido contra ROBERTH CACHIQUE SHUPINGAHUA en agravio de TEODORO CORDOVA CORDOVA por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO.DRA. ESMERALDA GUÍSELA CARLOS PERALTAJUEZDIRECTORA DE DEBATES JUZGADO PENAL COLEGIADO JAÉNPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALOficio N° 584-2011-31-1706-JR-PE/EIFSEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA ESPECIALISTA: EDWIN IBAÑEZ FARFANCITA Y EMPLAZA; a los acusados de autos MANUEL EUGENIO FALEN LEYVA, MARCO ANTONIO LACHOS DAVILA, ADRIÁN WALTER DÍAZ CAJO ,WELTI ALVARADO QUIJANO , ALVARADO LOZANO CARHUAJULCA,FLOR LIRIA REQUEJO BARTUREN , SEGUNDO ÓSCAR PADILLA ACHA, VÍCTOR ALEJANDRO RODRÍGUEZ ZELADA,FLANKLIN MERINO CHEVEZ , ALADINO FERNANDEZ DÍAZ , FERNANDO BARTRA GROSSO Y NELSON DAVID MERA MONTENEGRO, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso penal N° 584-2011-31-1706, que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA en agravio de EL ESTADO, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE JULIO del año dos mil DIECISIETE a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA\hora. exacta),_la misma que se realizara en la sala de audiencia numero CINCO-05 . de los Juzgado Penales unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 - Centro Cívico - Chiclayo.Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 584-2011 -31-1706-JR-PE-04, que se sigue contra MANUEL EUGENIO FALEN LEYVA Y OTROS por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA en agravio de MUNICIPALIDAD DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ Notificándose bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso u ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Edictos que deberán ser publicados por el plazo de tres días.JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIAJUEZ2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALSEGUNDO JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CHICLAYO ESPECIALISTA: MIGUEL GUZMAN CARRANZACITA Y EMPLAZA: al acusado de autos DIEGO ARMANDO MARCO CAMPOS, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada

Page 7: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

7Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO Y TREINTA de la mañana fhora exacta), lamisma que se realizará en la sala de audiencia número diecisiete Í17V de los Juzgados Colegiados, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - 4° piso - Chiclavo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservándose el proceso provisionalmente. Al haberse ordenado así en el Exp. N° 00240-2016-74-1706-JR-PE, que se sigue en su contra por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la persona de inicíales F.D.Z.C.Chiclayo, 19 de Junio del 2017EVA VASQUEZ VASQUEZDIRECTOR DE DEBATESJUZGADO COLEGIADO PERMANENTEPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO JUDICIALEn el Expediente 06332-2017-0-1714-JR-FT-01 seguido por FISCALÍA MIXTA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ sobre INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor FERNANDO DAVID TIMOTEO GONZALES; la Sra. Juez que en adición a sus funciones asume el despacho del JUZGADO CIVIL DE J. L. ORTIZ, Dra. PATRICIA CUEVA SAMPEN, ha dispuesto la NOTIFICACIÓN mediante edictos a doña MARÍA ELENA GONZALES BRAVO y don FERNANDO TIMOTEO TIMOTEO con la RESOLUCIÓN UNO.- J. L. Ortíz, veintiuno de junio del dos mil diecisiete. AUTOS y VISTOS; (...) Se resuelve: ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor FERNANDO DAVID TIMOTEO GONZALES sobre DECLARACIÓN DE ABANDONO DE MENOR (...) 3.- SEÑÁLESE fecha para la DECLARACIÓN de don FERNANDO TIMOTEO TIMOTEO y doña MARÍA ELENA GONZALES BRAVO (supuestos padres biológicos), para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), la cual se desarrollará en local del juzgado, debiendo notificarse la presente en el domicilio signado en la FICHA RENIEC de los declarantes, sin perjuicio de notificársele mediante EDICTOS; quienes deberán concurrir debidamente identificados. Con la participación del Representante del Ministerio Público para que concurra a dicha diligencia (...) Dra. PATRICIA CUEVA SAMPEN, Juez. Dr. JULIO VALERA RENGIFO, Especialista Legal.José L. Ortiz, 22 de junio del 2017JULIO VALERA RENGIFOESPECIALISTA LEGALJUZGADO CIVIL MBJ- JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXP. N°: 05557-2015-29-1708-JR-PE-01JUEZ: DR. JUAN VALDERA OLIVOS. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYAIMPUTADO: DE LA CRUZ CHAPOÑAN SEGUNDO FERNANDOAGRAVIADO: DE LA CRUZ PAICO SEGUNDO FERNANDO Y OTRO Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado DE LA CRUZ CHAPOÑAN SEGUNDO FERNANDO con DN117588062, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguidos en su contra como presunto autor del delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de DE LA CRUZ PAICO SEGUNDO FERNANDO Y OTRO, señalada para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al acusado DE LA CRUZ CHAPOÑAN SEGUNDO FERNANDO; en su domicilio real consignado por el representante del ministerio publico asimismo, NOTIFIQUESE mediante EDICTOS JUDICIALES, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su Ubicación y captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos.JUAN E VALDERA OLIVOSJUEZJUP ,MOT CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO

EXPEDIENTE N° : 369-2014-0-1 707- JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: RAMIRO JULCA HUAMANCHARI, con la resolución número CUATRO de fecha veintisiete de Abril del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número UNO, admitir a trámite la demanda por Violencia Familiar en agravio de JUANA PURIHUAMAN CASTRO; asimismo indicar que mediante resolución Numero CUATRO se fija fecha para audiencia para ‘ el día LUNES VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de declararse REBELDE. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 369-2014-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra el acusado RAMIRO JULCA HUAMANCHARI por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N°: 181-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: ELMER IVAN MEJIA CALVEZ, con la resolución número CUATRO de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número CUATRO, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 181-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra ELMER IVAN MEJIA CALVEZ por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N°: 07-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: ROSA NOEMI CUMBIA SANCHIUN, con la resolución número CUATRO de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número CUATRO, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 07-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contrp ROSA NOEMI CUMBIA SANCHIUN por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N° : 576-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MURO

Se NOTIFICA a: EMANUEL GUILLERMO SÁNCHEZ MORALES, con la resolución numero TRES de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número TRES, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE Y TREINTA DEL MEDIO DÍA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 576-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra EMANUEL GUILLERMO SÁNCHEZ MORALES por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N°: 211-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ:YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: FLORENCIO SÁNCHEZ BENITES, con la resolución número DOS de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número DOS, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ DE LA MAÑANA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 211-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra FLORENCIO SÁNCHEZ BENITES por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N° : OFICIO N° 202-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERRENAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: DALMACIO DÍAZ PAZ, con la resolución número TRES de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO: t1.-Mediante Resolución Número TRES, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE DE LA MAÑANA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° OFICIO N° 202-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra DALMACIO DÍAZ PAZ por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N° : 482-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: PEDRO ARMANDO ASALDE RAMOS Y MARINA SANTAMARÍA SANDOVAL, con la resolución número TRES de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número TRES, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 482-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra PEDRO ARMANDO ASALDE RAMOS Y MARINA SANTAMARÍA SANDOVAL por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARA

JUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00465-2015-0-1706- TR-PE-70ACUSADO: SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN Y OTROSDELITO: COLUSIÓN y OTROAGRAVIADO: ESTADOSÉTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYOJUEZ: MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJOESPECIALISTA: JANET CECILIA SÁNCHEZ CAJOPor el presente edicto, el Señor Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN, con la resolución judicial DIECISÉIS, de fecha diez de abril del dos mil diecisiete la misma que dispone:1)REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 24 DE JULIO DEL 2017 a horas 08:30 AM.. enla SALA DE AUDIENCIA ONCE - 2° PISO DE LA C.S.T.L. se NOTIFICA a los asistentes a la presente audiencia.2)DESIGNAR a la DRA. KELLY TARRILLO SALDAÑA, la defensa de los acusados GUILLERMO RICARDO PLAZA ARBULÚ y JOSÉ CARLOS GONZALES ODAR.3)DESIGNAR a la DRA. AMPARO ABANTO CHUOJUILIN la defensa de los acusados VÍCTOR RAÚL TENORIO VELEZ, JOSÉ GREGORIO GÓMEZ GUZMAN.4)DESIGNAR al DR. WILMER VILLALOBOS OBANDO la defensa del acusado SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN.5)OFÍCIESE a la Administración del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de que brinde las facilidades para el uso de la Sala de Uso Múltiple (Auditorio) ubicada en el tercer piso de esta sede Judicial para el día 24-07-2017 desde las 08:30 de la mañana a fin de llevar a cabo la audiencia de control de acusación en el presente proceso, proceso que se sigue contra 17 procesados.6)NOTIFICAR a:- A TODOS LOS ACUSADOS en sus domicilios reales y respecto a los acusados:** TAPIA SALASNANCYdeberá notificársele en el domicilio ubicado en la calle La Llanura N° 182. Urbanización 03 de octubre - Chiclayo. debiendo ACTUALIZARSE su domicilio real en el SIT.** SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN, deberá notificársele en la calle Teatro N° 633 - Distrito y Provincia de Chiclayo: sin perjuicio de hacerlo mediante EDICTOS JUDICIALES. Debiendo anexarse copia del requerimiento acusatorio, copia de la resolución que confiere traslado y copia de la presente acta de audiencia. - A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO.7) MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados para su asistencia a la audiencia convocada.MARY ISABEL ISABEL NUÑEZ CORTIJOJUEZ7° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

ED8CTO PENALEXPEDIENTE N°: 05211-2017-0-1706-JR-PE-02JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIADE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLOESPECIALISTA : KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: MIGUEL ÁNGEL VILCHEZ BAZAN, con la resolución numero uno de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas DOCE Y MEDIA DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Modulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 -Atusparias, con la presencia obligatoria del

Page 8: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL8

requerimiento fiscal de ACUSACIÓN presentado por la señora fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz JUANA EDITH VASQUEZ SERRANO; en el presente proceso seguido contra ALCIDES DRAUSIN JIMÉNEZ PALACIOS corno autor del delito contra la Patria Potestad en la modalidad de Rehusamiento a entrega de menor, en agravio de la menor DARIANA KASSANDRA ALISSON JIMÉNEZ REYES (05) representada por Leydy Carmen Reyes Díaz y CONSIDERANDO:PRIMERO, Que el Art. 349° del Código Procesal Penal, señala los requisitos que debe contener la acusación fiscal, precisando además que ésta debe formularse debidamente motivada. La acusación presentada por el señor representante del Ministero Público reúne los requisitos señalados en el dispositivo legal antes invocado y se encuentra debidamente motivada con los fundamentos de hecho y de derecho. SEGUNDO: El Art. 350° del CPP, establece que la acusación debe ser notificada a los demás sujetos procesales, a fin de que éstos en el plazo de diez días propongan los hechos que aceptan, los acuerdos acerca de los medios probatorios necesarios y presenten las objeciones que crean pertinentes a fin de que todo ello sea debatido en la audiencia preliminar de control de acusación,TERCERO: El artículo 80° del CPP prescribe que el Servicio Nacional de la Defensa de Oficio a cargo del Ministerio de Justicia, proveerá la defensa gratuita a todos aquellos que dentro del proceso penal, por sus escasos recursos, no puedan designar Abogado defensor de su elección, o cuando resulte indispensable el nombramiento de un Abogado defensor de oficio para garantizar la legalidad de una diligencia y el debido proceso. Por cuanto “La defensa del imputado es una actividad esencial del proceso pues protege la libertad y ¡os derechos fundamentales: no responde únicamente al interés del perseguido, sino al interés público (...); advirtiéndose que el acusado cuenta con Abogado Defensor designado, resultaría innecesaria la designación de una defensor público, en tal sentido debe de precederse a notificar a su abogado defensor en el domicilio consignado en autos. Ein consecuencia. SE RESUELVE:1.- TÉNGASE por comunicado a este juzgado con la disposición fiscal recepcionada con fecha cinco de junio del dos mil diecisiete en donde dispone Formular Acusación, CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos; procesa es por el plazo perentorio 10 DÍASHÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) obseivar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación cíe una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los med os» de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de lo?; medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estim€)n probados y; 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.2.- CÍTESE para el DÍA VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m - hora exacta); para la realización de la audiencia de Control de Acusación, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencia N° UNO del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz; F’RECÍSESE al Señor Fiscal a cargo de la presente investigación que deberá hacer entrega de sus elementos de convicción en pleno acto antes que culmine la audiencia preliminar de control de acusación, la audiencia se realizará, bajo apercibimiento de: a) Por inconcurrencia del señor (a) Fiscal informarse a su superior para su conocimiento y fines, b) Por inconcurrencia de la parte agraviada (actor civil) y su defensa, si fuese el caso, prescindirse de su presencia y continuarse con la audiencia fijada, c) Por inconcurrencia del acusado (s) o del señor abogado de la defensa privada del acusado designado, si fuese el caso, ser excluido de la misma y en ese acto, ser inmediatamente sustituido por un defensor público pena de conformidad con el articulo 85 inciso 1). Teniendo en cuenta que requerimientos de autos.3.- PRECÍSESE que los acusados no cuentan con medida de coerción personal subsistente.4.- NOTIFIQUESE a las partes en su domicilio real y procesales de autos.

PRECÍSESE oue las resoluciones dictadas oralmente en la Audiencia Preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16° incisos 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. Precísese a las partes procesales que deben señalar domicilio procesal dentro de:l radio urbano. REQUIÉRASE a los s;ujetos procesales señalar su casilla electrónica de manera obligatoria conforme lo establece los artículos 155-D y 155-G de la Ley N° 30229, bajo apercibimiento en caso cíe incumplimiento de imponérsele la multa respectiva. Notifíquese a las partes procesales de acuerdo a ley. Interviene el secretario cursor por disposición superior.José /. Ortiz, 28 de junio del 2017RICARDO QUISPE LOBATONESPECIALISTA DE CAUSAJUEZGADO DEINVESTIGACION PREPARATORIA JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO JUDICIALEn el Expediente 06332-2017-0-1714-JR-FT-01 seguido por FISCALÍAMIXTA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ sobre INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor FERNANDO DAVID TIMOTEOGONZALES; la Sra. Juez que en adición a sus funciones asume el despacho del JUZGADO CIVIL DE J. L. ORTIZ, Dra. PATRICIA CUEVA SAMPEN, ha dispuesto la NOTIFICACIÓN mediante edictos a doña MARÍA ELENA GONZALES BRAVO y don FERNANDO TIMOTEO TIMOTEO con la RESOLUCIÓN UNO.- J. L. Ortíz, veintiuno de junio del dos mil diecisiete. AUTOS y VISTOS; (...) Se resuelve: ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor FERNANDO DAVID TIMOTEO GONZALES sobre DECLARACIÓN DE ABANDONO DE MENOR (...) 3.- SEÑÁLESE fecha para la DECLARACIÓN de don FERNANDO TIMOTEO TIMOTEO y doña MARÍA ELENA GONZALES BRAVO (supuestos padres biológicos), para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), la cual se desarrollará en local del juzgado, debiendo notificarse la presente en el domicilio signado en la FICHA RENIEC de los declarantes, sin perjuicio de notificársele mediante EDICTOS; quienes deberán concurrir debidamente identificados. Con la participación del Representante del Ministerio Público para que concurra a dicha diligencia (...) Dra. PATRICIA CUEVA SAMPEN, Juez. Dr. JULIO VALERA RENGIFO, Especialista Legal. J.Ortiz, 22 de junio del 2017.JULIO VALERA RENGIFO ESPECIALISTA LEGALJUZGADO CIVIL MBJ- JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALCuaderno:06210-2012-71-1706-JR-PE-06Despacho: SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYOJuez: CLARA TORRES CAMPOSEsp. Aud: RAFAEL MARQUILLO ROMEROEsp. Juzgado: PEDRO DE JESÚS ESCAJADILLO LIZASentenciado: ALBERTO ELOY SAAVEDRA NÚÑEZAgraviados: NAYELLI IVON SAAVEDRA VALLADOLID Y OTROSDelito: INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIALugar: SALA DE AUDIENCIAS N° 13Fecha y Hora: 03 de julio DEL 2017 - 08:10Por el presente edicto, la señorita Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado con la resolución numero VEINTE, en la cual señala lo siguiente:DECLARAR POR NO INSTALADA LA AUDIENCIA; en consecuencia, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DE LA PENA para el día 24 de julio del 21017 a las 08:10. en la Sala de Audiencias N° 13 ubicada en el 2° piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito av. José Leonardo Ortiz, 155 (Centro Cívico) - Chiclayo.NOTIFICAR CON CARÁCTER DE URGENTE al sentenciado con el requerimiento de revocatoria de la pena y con la presente resolución en sus domicilios reales ubicados en la mz. Q, lote 146

(I Etapa) - Las Casuarinas - Turnan y en la Mz. Q, lote 151 - Las Casuarinas - Turnan y por EDICTOS asimismo, REQUERIR al sentenciado cumpla con cancelar el saldo restante de la reparación civil ascendente a la suma S/ 2.736.25 soles a favor de los agraviados, debiendo cancelar el sentenciado hasta el día de la reprogramación de la audiencia la suma de S/ Z.736.25 soles, balo apercibimiento en caso de incumplimiento de aplicarse lo establecido por el artículo 59° numeral 3 del código penal.CLARA TORRES CAMPOSJUEZPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE 475-2016-JIP-SI/CSJL. (Requerimiento Acusatorio)CARPETA: 251-2016-2-FPPC-S.l. IMPUTADO: ALIX ALVARADO MARTÍNEZ OSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO AGRAVIADO: ALIX ALVARADO MARTÍNEZ OSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO DELITO:LESIONES LEVES RECÍPROCAS JUEZ:Dr. HÉCTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAEsp. Jud.: Abg. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAPor el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al acusado-agraviado ALIX ALVARADO MARTÍNEZ y ÓSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO, con la RESOLUCIÓN NUMERO TRES de fecha 05.06.2017, mas extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO DOS de fecha 15.05.2017, en la cual se DISPONE:RESOLUCIÓN NUMERO 02: DADO CUENTA, con la disposición remitida por el Ministerio público quien comunica la Conclusión de la Investigación Preparatoria, seguida contra ALIX ALVARADO MARTÍNEZ y ÓSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO, por el Delito de LESIONES LEVES RECIPROCAS, tipificado en el artículo 122° del código Penal, en agravio de ALIX ALVARADO MARTÍNEZ y ÓSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO, por cumplir con los requisitos legales y CONSIDERANDO PRIMERO.- Se ha presentado la Disposición Fiscal que remite la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio: en la que dispone la conclusión de la presente investigación, a razón que se ha concluido con el objeto de la investigación; SEGUNDO: Con el escrito de Requerimiento de Acusación Fiscal, efectuado por la representante del Ministerio Publico; Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio, ha remitido a este órgano jurisdiccional su requerimiento de acusación, conforme a lo dispuesto por el artículo 350° del CPP, en consecuencia corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de 10 (DIEZ) días útiles, para que de ser el caso puedan por escrito las partes]: a) observar la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, cj solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, ej Instalar la aplicación de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio, g) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, h) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de Control de Acusación; CUARTO: Que, el plazo de absolución de 10 (DIEZ), son improrrogables, computándose sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación con la presente resolución a las partes procesales, con prescindencla de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, se le debe Invocar para su concurrencia a la Defensa Pública, para los efectos de garantizar el derecho de defensa dispuesto en el artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal; QUINTO: En ese orden correlativo el artículo 350° inciso 1 del Código citado, señala que cumplido el termino del traslado de los diez días y verificada la correcta notificación de las partes procesales Inmersas en el presente proceso con el requerimiento acusatorio, sin que hayan estas planteado alguno de los supuestos señalados en la normativldad Invocada, se procederá conforme a su estadio procesal efectuándose la audiencia preliminar de Control de Acusación; QUINTO: Se advierte así mismo que los órganos jurisdiccionales de la Provincia de San Ignacio (Juzgado

señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia dei abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1) dei nuevo código procesal penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el articulo 447.4 del código procesal penal modificajfe-por-«( decreto legislativo 1194.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 05136-2017-0-1706-JR-PE-02JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLOESPECIALISTA : KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: YERSI ORTIZ MÍO, con la resolución numero uno de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas DOCE DEL MEDIO DÍA la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Modulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1) del nuevo código procesal penai, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALE X P E N D I E N T E N ° : 03654-2017-0-1706-JR-PE-lJUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: SARA VERÓNICA VERA ZULOETAESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: JOSÉ ELIAS ESTELA PÉREZ, con la resolución número dos de fecha veintiocho de junio del dos; mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1).- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA y se REPROGRAMA para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas ONCE DE LA MAÑANA. PRECISÁNDOSELE al acusado que tiene derecho a elegir un abogado de su libre elección; así misino de absolver la acusación de conformidad con el artículo 350° del Código Procesal Penal.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEN EL EXP. N° 07196-2014-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DRA. SARA VERA ZULOETA, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO ALCIDES DRAUSIN JIMÉNEZ PALACIOS, CON DNI N° 44335382, SOLTERO, HIJO ALCIDES v MARLENY, CON DOMICILIO EN CALLE ROOSVELT N° 930 -JLO. O CALLE PURÍSIMA N° 1281 -JLO..; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 1 DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ, LA SEÑORA JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NRO: SEIS José Leonardo Ortiz, dieciséis de junio Del año dos mil diecisiete.AUTOS Y VISTOS, dado cuenta con el

Page 9: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

9Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

de Investigación Preparatoria y Liquidador Transitorio , Juzgado Mixto, Juzgado Unipersonal y Juzgado de Paz Letrado) cuentan con un solo personal notificador y al ser inaccesible las zonas geográficas de los lugares (distantes) de la Provincia de San Ignacio ( llámese sectores, caserío, centro poblados) lo que dificulta la rapidez en el diligencíamiento de las cédulas de notificación de los sujetos procesales, los cuales tienen como consecuencia la demora o el retardo de la devolución de las cédulas de notificación debidamente diligenciadas, por lo que en aplicación del Principio de Racionalidad y Celeridad Procesal, aunado a ello existen audiencias programadas con antelación, resulta necesario la programación de audiencia de control de acusación, en un plazo razonable, para los efectos de notificar debidamente a los justiciables y no vulnerar el derecho a la defensa, Por las consideraciones expuestas y artículos invocados: SE RESUELVE: 1) CONFIÉRASE TRASLADO, a las partes procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES.... PRECÍSESE: Que, las resoluciones dictadas se tendrán por notificadas a las partes asistentes, y también a quienes hayan concurrido, conforme lo dispuesto por el artículo 16° incisos 1” y 2° del Reglamento de notificaciones, citaciones y comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal1, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ; 4) INFÓRMESE; Que la carpeta fiscal y sus elementos de convicción se encuentran en la oficina de fiscalía encargada del caso; 5) CONCEDER, el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a los Imputados para que ratifiquen a sus defensas técnicas y lo comuniquen al juzgado; en caso contrario, se designara a un abogado de oficio que asegure la defensa técnica de los Imputados desde el Inicio del proceso, se deja salvo su derecho de sustituirlo por otro abogado defensor en cualquier momento; 6) NOTIFÍQUESE: A las partes procesales con el requerimiento Fiscal y la presente resolución.RESOLUCIÓN NUMERO 03: DADO CUENTA, con la razón que antecede, se DISPONE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN FISCAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 AM), la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta Provincia (Av. Mariano Melgar’ Ref. subiendo el Malecón de la Av. Mariano Melgar-Tercer Piso), con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, y el abogado de la defensa pública conforme se aprecia de autos ya ha sido debidamente notificado en fecha veintisiete de marzo del presente año con la resolución número dos y Requerimiento Acusatorio. EJECÚTESE el apercibimiento decretado en la resolución dos de fecha quince de marzo del presente año “CONCEDER, el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a los imputados para que raliíiquen a sus defensas técnicas y lo comuniquen al juzgado; en caso contrario, se designara a un abogado de oficio que asegure la defensa técnica de los imputados desde el inicio del proceso, se deja salvo su derecho de sustituirlo por otro abogado defensor en cualquier momento”. NOTIFÍQUESE a sus domicilios reales de los acusados.- HABILÍTESE al Especialista en comunicaciones a fin de que notifique a las partes procesales, sin perjuicio de oficiarse al Juez de Paz de Única Nominación del Caserío Las Cidras -Distrito de la Coipa -San Ignacio, para que notifique a la parte agraviada y procesada, A fin de evitar dilación en el proceso notifíquese vía EDICTOS con la presente resolución y extracto de la resolución número dos. Proceda el Asistente Judicial a solicitar las constancias de notificación de las resoluciones pertinentes. Téngase presente la razón expuesta. NOTIFÍQUESEPor haberse ordenado así en el Expediente N° 475-2016-00, seguido contra ALIX ALVARADO MARTÍNEZ por el delito de Lesiones Leves Reciprocas, en agravio de ÓSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO. San Ignacio, 05 de junio de 2017.Dr. HÉCTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAJUEZJUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN IGNACIOESP. JUD.: ABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAJUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 3713-2017-0- La Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado RAÚL SEMBRERA ABARCA, a fin de que concurra a la audiencia de INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO reprogramada para el día 25 DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y DIEZ DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número CUATRO, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 3713-2017-0. proceso seguido contra el imputado precitado, por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ANDREW SEMBRERA PINTADO; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: MARIELA SANTA CRUZ GARCÍACECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N° 809-2017-0El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado JOSÉ ANTONIO GARIBAY PALOMINO, a fin de que concurra a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN, reprogramada para el día 25 DE JULIO del presenta año, a horas 09:00 A.M, a realizarse en la Sala de audiencias número VEINTE, del Noveno o Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 8784-2016-0-0. proceso seguido contra el acusado precitado, confiriéndosele traslado del requerimiento acusatorio por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a fin de que ejerza su derecho de defensa en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES, en agravio del ESTADO; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: ROBERTO IZA MAYORGA. JORGE MARCELINO PEREZ TOROJUEZJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIADELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROSPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 2951 -2015-61-1706-JR-PE-07.JUZGADO: OCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.ESPECIALISTA JUDICIAL : KARINBA FERNANDEZ RAMÍREZ.Se NOTIFICA a: TORIBIA GONZALES CAPUÑAY, con el acta de audiencia de fecha 06 DE MARZO DEL 2017, en la cual se ha RESUELTO:1.-RESUELVE: DECLARAR la IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE audiencia REPROGRAMAR la audiencia para el VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA TARDE en la misma sala de audiencia número 16 ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.QUEDA NOTIFICADO la representante del Ministerio Publico, bajo apercibimiento de serexcluida del juicio y requerir al Fiscal Superior en Grado, designe su reemplazo conforme loestablece la norma procesal, sin perjuicio de poner en conocimiento del órgano de control delMinisterio Público su inasistencia.SE DISPONE SE NOTIFIQUE a la acusada, en su domicilio señalado en autos sin perjuicio publicar por edictos; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia ajuicio oralQueda notificado en este acto el Defensor Público, bajo apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor público en caso de inasistencia, de verificarse los presupuestos previstos en el inciso 5 del artículo 359° del Código Procesal SE NOTIFIQUE a los órganos de prueba, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente en caso de inasistencia.JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.JUEZOCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL

PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICRO PENALEXPEDIENTE N° 809-2017-0El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado MELANIO CAYATOPA CAMPOS, a fin de que concurra a la audiencia de INCOACCIÓN DE PROCESO INMEDIATO, reprogramada para el día 25 DE JULIO del presenta año, a horas 08:40 A.M, a realizarse en la Sala de audiencias número CUATRO, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 809-2017-0. proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: JORGE TELLO GONZALES.CECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 07467-2015-15-1706-JR-PE-01.JUZGADO : OCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.ESPECIALISTA JUDICIAL: CORINA SILVA ZELADA.Se NOTIFICA a: LUIS MIGUEL DUCEP GAVIDIA, con el acta de audiencia de fecha 05 DE ABRIL DEL 2017, en la cual se ha RESUELTO:RESUELVE:DECLARAR la IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE audienciaREPROGRAMAR la audiencia para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISISTE A HORAS TRES Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE en esta misma sala de audiencia número 16 ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de LambayequeQUEDA NOTIFICADO el representante del Ministerio Publico, bajo apercibimiento de ser excluida del juicio y requerir al Fiscal Superior en Grado, designe su reemplazo conforme lo establece la norma procesal, sin perjuicio de poner en conocimiento del órgano de control del Ministerio Público su inasistencia. Recomendándosele tome las previsiones del caso para que la presente audiencia no se vuelva a frustrar.SE DISPONE SE NOTIFIQUE al acusado, en su domicilio señalado en autos: Mz. B Lt 12 Posope -Patapo y en calle 28 de julio S/N Sector B-3, y por EDICTOS en el diario oficial; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia a juicio oralQueda notificada en este acto la Defensora Publica, bajo apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor público en caso de inasistencia, de verificarse los presupuestos previstos en el inciso 5 del articulo 359° del Código ProcesalSE NOTIFIQUE a los órganos de prueba, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente en caso de inasistencia.CHCILAYO DE ABRIL 2017JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.JUEZOCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO JUDICIALEn el Expediente No. 0982-2015-26-2101-JR-PE-01. seguido en contra de PABLOSAMIENTO REYES, y de DIONISIO ROJAS MAMANI por la comisión del delito delito Contra la FePublica en su modalidad de Disposiciones Comunes en su forma de Falsedad Genérica, agravio deMunicipalidad Provincial de Puno El Primer Juzgado Unipersonal Penal de Puno NOTIFICA a PABLOSAMIENTO REYES, y de DIONISIO ROJAS MAMANI, con la siguiente resolución: RESOLUCIÓNNo. 01.-Puno, siete de marzo Del año dos mil diecisiete.-VISTOS. OÍDOS YCONSIDERANDO.. SE RESUELVE: CONVOCAR AJUICIO ORAL y con carácter INAPLAZABLE en contra de los procesados: 1.- PABLO SAMIENTO REYES, con DNI N° 00828263, nacido en el

distrito de Salas, provincia y departamento de I^ambayeque, en lecha veintitrés de enero de mil novecientos cincuenta y nueve, sexo masculino, casado, grado de instrucción secundaria completa, nombre de los padres Paulino y Juana; y 2.- DIONISIO ROJAS MAMANI, con DNI N° 02151111, nacido en el distrito de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno, en lecha seis de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, sexo masculino, soltero, grado de instrucción superior completa, nombre de sus padres Simeón y Catalina, como coautores de la presunta comisión del delilo Contra la Fe Publica en su modalidad de Disposiciones Comunes en su forma de Falsedad Genérica, previsto y sancionado en el artículo 438° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano, representado por la Municipalidad Provincial de esta ciudad. Audiencia que se realizará el próximo MARTES VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. A HORAS OCHO CON TREINTA DE LA MAÑANA (08:30am) (teniendo en cuenta la programación de agenda del Juzgado y la agenda judicial electrónica); en la Sala de Audiencias de los Juzgados Penales Unipersonales (01), ubicado en el segundo piso de la sede central de la Corle Superior de Justicia de Puno. Para cuyo efecto: 1) NOTTFIQUESE a los acusados: 1.-PABLO SAMIENTO REYES ; bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de ser declarado ausente y/o contumaz. Así como a su abogado defensor FELIPE MILTON IRURI DAVILA. bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de ponerse en conocimiento de la Coordinación de la Defcnsoría Pública y/o designar en el acto a otro abogado defensor, 2.- DIONISIO ROJAS MAMANI,; bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de ser declarado ausente y/o contumaz. Así como a su abogado defensor PERCY WILFREDO METÍA QUISPE. bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de ponerse en conocimiento de la Coordinación de la Dclcnsoría Pública y/o designar en el acto a otro abogado defensor, conforme lo autoriza el artículo 85°. 1 del Código Procesal Penal. II) NOTIFÍQUESE al Representante del Ministerio Público MARY SANDRA LINO TALAYERA. Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativo de Puno,. III) NOTIFÍQUESE a la paite agraviada, PROCURADOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DED PUNO, Vidal Michael Huaiiatico Coiidori, notificándose en el Jr. Deustua uro. 458 Puno. 2) CÍTESE a los siguientes órganos de prueba: Del Ministerio Público: Testigo y/o perito; 1.- Declaración de Héctor Mario Holguín Holguín. 2.-Edgar Mamani Zapata. 3.- Ricardo William Álvarez Gonzales. 3) COMUNIQÚESE que de haberse admitido documentales, éstas deberán ser incorporadas a través de los órganos de prueba en cuanto corresponda; salvo las excepciones prevista en el artículo 383° del Código Procesal Penal.4) FÓRMESE EL EXPEDIENTE JUDICIAL en sujeción a lo indicado en el considerando segundo de la presente resolución. Con dicha finalidad REQUIÉRASE a las partes procesales, según corresponda, remitan en el día las documentales admitidas en la etapa intermedia y los que precisan el artículo 136M del Código Procesal Penal que hayan sido debidamente incorporadas al proceso; y para fines formales las declaraciones previas del acusado conforme lo señala el artículo 376°. 1 del Código Procesal Penal. CUMPLIDO SEA, PÓNGASE a disposición de las partes procesales por el plazo de CINCO DÍAS hábiles, para sus fines consiguieiites.5) FÓRMESE EL CUADERNO DE DEBATES, conforme a lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución.6) COMUNIQÚESE a las partes procesales, que siendo el juicio oral de carácter inaplazable regirán los alcances del artículo 85°. 1 del Código Procesal Penal; asimismo, las resoluciones que serán dictadas oralmente se entenderán notificadas desde el momento de su pronunciamiento; y que el desarrollo íntegro del juicio oral será registrado en audio.Puno, 07 de Marzo del año 2017MARCELO H PASSANO DEL CARPIOESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALESPODER JUDICIALCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOFP/ 11, 12, 13 jul.

ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO POR FALTAS

I. • INTRODUCCIÓN.En el Distrito de José Leonardo Ortiz, siendo el día diecinueve de abril del dos mil diecisiete, a horas doce y treinta de la

Page 10: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL10

mañana, presentes en el Segundo Juzgado de Paz Letrado Mixto de José Leonardo Ortiz - de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, la Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado Mixto Modulo Básico de José Leonardo Ortiz , María Mercedes Domínguez Huatnán, a fin de llevar a cabo la Audiencia de JUICIO ORAL en el expediente N° 13-2017-0-1706-JP-PE-02 correspondiente al proceso penal seguido contra ALCÁNTARA CASTILLO MARCIAL por faltas contra la persona en su modalidad de lesiones dolosas en agravio de JULÓN LEIVA MARILU.La Juez deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, conforme a los dispuesto en el artículo 361° del código procesal penal y artículo 26° del reglamento general de audiencias.II.- ACREDITACIÓN.IMPUTADO: ALCÁNTARA CASTILLO MARCIAL Con DNI N° 40233407,natural Chiclayo, fecha de nacimiento 10-11-78, tiene treintaiocho añosde edad, estado civil soltero, ocupación Estibador, ganaaproximadamente veinte soles diarios, domiciliado en calle Osear RBenavides Mz “C” Lt “14” 2° sector Santa Ana- José Leonardo Ortiz, notiene antecedentes penales.ABOGADO DEL IMPUTADO:: DR. PÉREZ FERNANDEZ JOSÉASUNCIÓN Con Registro leal N° 4304, Casilla Electrónica N° 1232.JUEZ: Advierte la inconcurrencia de la agraviada por no ser debidamente notificada y a fin de llevar un debido proceso por el principio de igualdad de armas se reprograme la presente audiencia para el día veinticinco de Julio del dos mil diecisiete a las nueve de la mañana en punto. (Se registró en audio)JUEZ: Corre traslado al imputado. (Se registró en audio)IMPUTADO: manifesto estar conforme. (Se registró en audio)ABOGADO DEL IMPUTADO. Manifestó estar conforme. (Se registró en audio)III.-DECISIÓN DE LA JUEZ: RESOLUCIÓN NÚMERO; CINCOChiclayo, diecinueve de abril Del dos mil diecisietePARTE EXPOSITIVA. (Se registro en audio) PARTE CONSIDERATIVA. (Se registro en audio) PARTE RESOLUTIVA: (Se registro en audio y transcrita) SE RESUELVE;•DECLARAR LA IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL POR FALTAS. Por no estar debidamente notificada la parte agraviada. •REPROGRAMAR LA MISMA PARA EL DÍA VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas NUEVE EN PUNTO DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias del segundo juzgado de paz letrado Mixto - del módulo básico de justicia de José Leonardo Ortiz.QUEDA NOTIFICADO EL IMPUTADO bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente en caso de inconcurrencia.QUEDA NOTIFICADO EL ABOGADO DEL IMPUTADO: Bajo apercibimiento, de no presentarse se nombrará un defensor de oficio.Sin perjuicio de OFICIAR A LA DEFENSORIA PUBLICA.OFICÍESE a los peritos respectivosNOTIFICAR A LA AGRAVIADA EN LOS MEDIOS Y DIRECCIONES SIGUIENTES:CALLE ÓSCAR R. BENAVIDES MZ “C” LT “14” PP. JJ 2° SECTOR SANTA ANA- JOSÉ LEONARDO ORTIZ.AV. CHICLAYO MZ “C” LT “14” REFERENCIA MOLINO RICHARDCELULAR: 995-491-913ASIMISMO VÍA EDICTO.JUEZ: Notifica a las partes procesales concurrentes con la presente resolución. (Se registró en audio).IMPUTADO: Conforme. (Se registró en audio).ABOGADO DEL IMPUTADO: Conforme. (Se registró en audio).IV.- CONCLUSIONSiendo las doce con cuarentaicinco minutos de mediodía del diecinueve de abril del dos mil diecisiete, se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación de audio, procediendo a firmar-’el director de debate y la especialista de audiencia encargada de la/redacción/del acta, conforme lo dispone el artículo 121° del código procesal penal.MARIA MERCEDES DOMINGUEZ HUAMANJUEZ2° JUZGADO PENAL DE PAZ LETRADO MIXTO JLOPODER JUDICIAL- CSJLAMARSELA ISABEL DIAZ FUENTESSECRETARIA JUDICIAL2° JUZGADO DE PAZ LETRADO EN

COMISARIA JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTOINST. NRO: 13-2017-0-1706-JP-PE-02.SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO -COMISARIA JLO.SECRETARIO: MARCELA DÍAZ FUENTES.Por intermedio de la presente, SE CITA Y EMPLAZA a MARILU JULÓN LEIVA, para que concurra al SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO -COMISARIA JLO. (sito en Av. Virrey Toledo S/N), el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, a efecto de prestar su DECLARACIÓN EN LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL . Habiéndose dispuesto en el Exp. N° 13-2017-0-1706-JP-PE-02, seguido contra MARCIAL ALCÁNTARA CASTILLO por Falta contra la Persona-Lesiones, en agravio de MARILU JULÓN LEIVA. Fdo. Dra. YANE RAMOS SILVA. Juez Supernumeraria. Sec. Marcela Díaz FuentesJosé Leonardo Ortiz, 03 de Mayo del 2017MARSELA ISABEL DIAZ FUENTESSECRETARIA JUDICIAL2° JUZGADO DE PAZ LETRADO EN COMISARIA JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDCITO PENALEXPEDIENTE: 02570-2015-68-1706-JR-PE-05 JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: VÍCTOR MONTEZA BASAURI MINISTERIO PUBLICO: PEÑA DELGADO, LUIS MIGUELIMPUTADO: VALDERA INOÑAN, MARCOSDELITO: HURTO AGRAVADO.AGRAVIADO: CUBAS MEDINA, MIGUEL ÁNGELJUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS : VÍCTOR MONTEZA BASAURIPor el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado MARCOS VALDERA INOÑAN como autor del delito Contra el Patrimonio en su figura de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de MIGUEL ÁNGEL CUBAS MEDINA, ¡lícito que se encuentra previsto y penado por el artículo185° del Código Penal y las agravantes contenidas en el artículo 186° del mismo cuerpo de leyes, primer párrafo inciso 1) y 5) e inciso 9 del segundo párrafo y 16° del Código Penal, debiendo de CONCURRIR a la audiencia del día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas UNA Y DIEZ de la tarde; diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° DIECISEIS del Octavo Juzgado Unipersonal de Chiclayo -Segundo Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva.JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.JUEZOCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDCITO PENALEXPEDIENTE: 02570-2015-68-1706-JR-PE-05 JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: VÍCTOR MONTEZA BASAURI MINISTERIO PUBLICO: PEÑA DELGADO, LUIS MIGUELIMPUTADO: VALDERA INOÑAN, MARCOSDELITO: HURTO AGRAVADO.AGRAVIADO: CUBAS MEDINA, MIGUEL ÁNGELJUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS : VÍCTOR MONTEZA BASAURIPor el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado MARCOS VALDERA INOÑAN como autor del delito Contra el Patrimonio en su figura de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de MIGUEL ÁNGEL CUBAS MEDINA, ¡lícito que se encuentra previsto y penado por el artículo185° del Código Penal y las agravantes contenidas en el artículo 186° del mismo cuerpo de leyes, primer párrafo inciso 1) y 5) e inciso 9 del segundo párrafo y 16° del Código Penal, debiendo de CONCURRIR a la audiencia del día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas UNA Y DIEZ de la tarde; diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° DIECISEIS del Octavo Juzgado Unipersonal de Chiclayo -Segundo Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO

REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva.JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.JUEZOCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALOficio N° 4294-2016-77-17Q8-JR-PE-01/JCMivfJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: José Luís Cháñame Parraguez ESPECIALISTA: Juan Carlos HoyosCITA Y EMPLAZA; a los imputados LÁZARO SEGUNDO CHAYAN DAMIÁN, VÍCTOR HUGO CHAPOÑAN DAMIÁN, LUÍS CARLOS MANCILLA SUAREZ y EFRA1N DAMIÁN REYES, a fin de CUMPLIR con notificársele por el presente medio con el tenor de la resolución N° OCHO cíe fecha nueve cíe junio del año dos mil diecisiete, por el cual se REPROGRAMA la audiencia PRELIMINAR PARA DEBATIR LOS FUNDAMENTOS DEL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO y ACUSACIÓN - REQUERIMIENTO MIXTO, diligencia que se programara para el DJA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta), la cual se instalara en la sala de audiencias del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, sito en A\>. Víctor Dois y Lora ̂ f0 185 - Lanib(iyeijiie\ con la presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y de los Abogados Defensores del acusado designado por este. AUDIENCIA que es de carácter inaplazable, rige lo dispuesto en el numeral 1 de! artículo 85 conforme al decreto legislativo N° 1307 y el articulo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamentePor haberse ordenado así en el expediente N° 4294-2016-77-1708-JR-PE, que se sigue contra LÁZARO SEGUNDO CHAYAN DAMIÁN y Otros por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, en agravio de Johny Rolando Marlincz Tigre y OtrosJOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZJUEZ PENALJUZGADO DE IVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXP. N| 6133-2016EL SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIN PREPARATORIA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DECHICLAYO, DR. SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJO Por la presente: se cita, llama, emplaza y Pone de Conocimiento al agraviado TORIBIO TORRES PANTA identificado con D.N.I N° 03877899, que mediante Resolución N° TRES de fecha 14 de Junio del 2017, se resolvió lo siguiente: NOTIFICAR al agraviado a través de EDICTOS, haciéndole de su conocimiento lo siguiente:1) CORRER TRASLADO a los sujetos procesales con el requerimiento de Sobreseimiento, presentado por la Señora Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Peal Corporativa de Chiclayo, por el plazo de diez días para que absuelvan lo que a su derecho corresponda.REPROGRAMAR la presente AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO para el día 25 DE JULIO DEL 2017 A LAS 08:30 AM.[HORA EXACTA). EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO DOCE del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, quedando notificados en este acto los sujetos procesales asistentes.NOTIFICAR al agraviado Toribio Torres Panta mediante EDICTOS, conforme lo ordenado en audiencia.ESPECIALISTA LEGAR: DR. Cristian Danilo Ramos HerreraChiclayo 14 de junio del 2017SERGIO R. CHIMPEN ASENJOJUEZ5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 4350-2017-0-1706-JR-PE-04ESPECIALISTA:JORGE TELLO GONZALESIMPUTADO: JOSÉ CARLOS PÉREZ SILVADELITO : CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDADAGRAVIADO: LA SOCIEDADESP. DE AUDIENCIA : ARTURO ANDREY ADRIANZEN GALÚA.Por el presente Edicto, La Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, SE RESUELVE:

REPROGRAMAR la presente audiencia DE INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO para el día VEINTICINCO DE JULIO del 2017, a horas DOCE DEL MEDIO DÍA en esta sala de audiencias número CUATRO, ubicada en la Av. ]osé Leonardo Ortiz N° 155 Segundo Piso - Chiclayo, quedandodebidamente notificados los sujetos procesales asistentes.NOTIFIQUESE al imputado JOSÉ CARLOS PÉREZ SILVA solamente a través de EDICTOS por el plazo de tres días en el diario Oficial “La República”Se NOTIFICA en este acto la resolución oralizada a las partes:CECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALOficio N° 7520-2016-0-1706-JR-PE-01/DRMQYJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DEJOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: EDGARDO ASENJO TAMAYESPECIALISTA: Dante Quiñones YahiroCITA Y EMPLAZA; al imputado de autos JOSÉ ROBER PÉREZ BARDALES a efectos de notificarle con el tenor de la resolución tres - de fecha 29 de marzo de 2017 que contiene la resolución que CONFIERE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria enjuicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; Así mismo por el principio de celeridad y economía procesal: se le notifica con la resolución número seis - de fecha 15 de junio de 2017, que PROGRAMA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICINCO DE JULIO DE DOS MIL DIEClSIETE a horas NUEVE DE. LA MAÑA NA (hora exacta), la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 7520-2016-0-1706-JR-PE seguida contra José Pérez y otros, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de William Huaymana.-DANTE QUIÑONES YAHIROESPECIALISTA DE JUZGADOJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIOMBJ- JLO- CSJLA- PJFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALOficio N° 5292-2016-0-1708-JR-PE/DRMQYJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE JOSÉLEONARDO ORTIZJUEZ: EDGARDO ASENJO TAMAYESPECIALISTA: DANTE QUIÑONES YAHIROCITA Y EMPLAZA: a los imputados de autos MARIBEL GONZALES FLORES y EVELYN CARLY LEÓN PORTALES a quienes se les notifica en este acto con el tenor de la resolución número cinco - fecha catorce de junio del año dos mil diecisiete, que contiene la resolución que reyroqrama la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICINCO DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO DE LA MAÑANA fhora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 -PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz, audiencia que se instalará con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del Abogado Defensor del acusado designado por éste, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Publico, que en caso de inasistencia

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injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el articulo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el articulo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 5292-2016-0-1708-JR-PE seguida contra Maribel Gonzáles y otra por el delito de Estafa, en agravio de Rosa Mori.DANTE QUIÑONES YAHIROESPECIALISTA DE JUZGADOJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIOMBJ- JLO- CSJLA- PJFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENAL:EXPEDIENTE: 2017-41-JPU-SIACUSADO: AMERICO VARGAS SANTACRUZDELITO:OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO: DEYBIS VARGAS HEREDIAJUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDESSE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE JULIO DEL 2017 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique al acusado AMERICO VARGAS SANTACRUZ, en el proceso seguido al acusado AMERICO VARGAS SANTACRUZ, como autor del delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de DEYBIS VARGAS HEREDIA ; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 41-2017-JPU-SI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de la ciudad de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ EDL JUZGADO PENAL UNIPERSONALY JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIOCARLOS EDUARDO DE LA TORRE CESPEDESESPECIALISTA LEGALJUZGADO PENAL UNIPERSONALCSJLA- SAN IGNACIOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 05302-2017-0-1706-JR-PE-02JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIADE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLOESPECIALISTA : KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: KEVING LIVINS NEVADO DELGADO, con la resolución numero uno de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, en la cual se haRIESUELTO:1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas DIEZ Y MEDIA DE LA MAÑANA la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Modulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con leí presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1) del nuevo código procesal penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el articulo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N°: 05274-2017-0-1706-JR-PE-02JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRIILLOESPECIALISTA : KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: JUAN SAMUEL VÉNTURA CUBAS, con la resolución numero uno de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas DIEZ DE LA MAÑANA la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Modulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1) del nuevo código procesa! penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo_447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDCITO PENALEXPEDIENTE N° 3649-2017-0El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado ROBERTH GAVIDIA PAREDES, a fin de que concurra a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato que ha sido reprogramada para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE. A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 3649-2017-0, proceso seguido contra el imputado citado, por el delito contra la Seguridad Pública, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzales.VICTOR TORRES SANCHEZJUEZ3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALSegundo Juzgado de Investigación Preparatoria de JaénExpediente: N° 01134-2016-4-1703-JR-PE-02.Procesado: MAURICIO ANTONIO ROBERTO PERALTA SUAREZ Y OTRO AGRAVIADO: ESTADO.DELITO: PECULADO JUEZ: Dr. Orlando Parí Gonzáles.ESP. JUZGADO: Nidya Pretell AlejandríaPor el presente Edicto, el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, NOTIFICA a los imputados JAIME ARTARO OLAYA FERNÁNDEZ, LUIS ALFREDO JÚNIOR ASTUQUILLCA VASQUEZ, DANIEL FERNANDO LINARES VÍLCHEZ, SEGUNDO PAREDES OBLITAS y WILLINTON SÁNCHEZ RINZA, con un extracto de la Resolución N° UNO y la solicitud de constitución en actor civil.-PETITORIO La Procuraduría Pública Anticorrupción, es competente para asumir la defensa del Estado en el presente proceso, debido a que Se habría causado agrvió al Estado, en razón de la especialidad; en tal sentido, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 47 de la Constitución Política del Perú, concordante con los articulos 98 y ss del Código Procesal Penal, los incisos 1 y 2 del artículo 15 delDecreto Legislativo N| 1068. Ley del Sistema de la Defensa Jurídica del Estado y los artículos 40 y 41 de su Reglamento. Decreto Supremo N° 017-2008-JUS. SE SOLICITA CONTITUCIÓN en ACTOR CIVIL, en atención a que cumplimos con los requisitos legales exigidos y además de no habaer oposición a nuestro pedido, su despacho se aparte del Acuerdo Plenario N° 5-2011/ CJ116 y nos constituya sin

necesidad de audiencia.RESOLUCIÓN NÚMERO: DOSJaén, catorce de junio del Año dos mil diecisiete. - -DADO CUENTA, con el presente cuaderno y, er pendiente de resolver la solicitud de constitución de actor civil presenta HERNÁN NECIOSUP CHANCARE, Procurador Público Anticorrupción Desee Lambayeque y, advirtiéndose del expediente principal (1134-2016 imputados JAIME ARTARO OLAYA FERNÁNDEZ, LUIS ALFREDO JÚNIOR ft VÁSQUEZ, DANIEL FERNANDO LINARES VÍLCHEZ, SEGUNDO PAREDE5 WILLINTON SÁNCHEZ RINZA no han sido notificados en su domicilio resolución número uno, por cuanto no los conocen no dan razón y, a fin ( su dereono a la defensa y al debido proceso, NOTIFÍQUESELES mediante e resolución número uno del expediente principal v del presente cuaderno.DR. ORLANDO PARI GONZALESJUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- JAENFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE:07460-2016-0-1706- JR-PE-09JUZGADO: 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB.JUEZ: JORGE MARCELINO PÉREZ TOROESPECIALISTA LEGAL: JORGE JAVIER PISFIL MONTALVANSe NOTIFICA con el requerimiento de acusación a: HEBERT CASTILLO SÁNCHEZ, por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y a la vez se le NOTIFICA con la RESOLUCIÓN N° NUEVE de fecha 05.06.17, a través de la cual se le CITA Y EMPLAZA a la AUDIENCIA PE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias N° VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 7460-2016-0-1706-JR-PE-09, que se sigue contra el imputado en mención, por el presunto delito de TRAFICO ILEGAL DE ESPECIES DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE PROTEGIDA, en agravio del ESTADO - MINISTERIO DEL JORGE MARCELINO PÉREZ TOROJUEZAMBIENTE.9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROSPODER JUDICIAL- CSJALFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALE X P E D I E N T E N ° : 808-2016-69-1703-TJPU-J.JUEZ: DR. RIVER ENRIQUE BRAVO HIDALGO.ESP. DE JUZGADO: ABOG. LUIS A. HURTADO LÁZARO.El Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: FLAVIO ROJAS FERNANDEZ, a fin de que concurra a la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Jaén, ubicado en la intersección de las calle Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad, para efectos de llevarse a cabo la audiencia ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, programada para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA),

bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 808-2017-69-1703-TJPU-J, seguido contra FLAVIO ROJAS FERNANDEZ, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de RICARDO ROJAS MONTES.LUIS ALBERTO HURTADO LAZAROESPECIALISTA LEGALJUZGADO PENAL UNIPERSONALCSJLA- JAENFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N°07737-2016-62-1706-JR-PE-09JZUGADO: SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ: JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIAESPECIALISTA JUDICIAL: KARINA FERNANDEZ RAMÍREZSe NOTIFICA a: JOSÉ EXALTACIÓN SUCLUPE SANDOVAL, con el acta de audiencia de fecha cinco de mayo del año 2017, en la cual se ha RESUELTO:1.- Respecto al acusado JOSÉ EXALTACIÓN SUCLUPE SANDOVAL SE RESUELVEREPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOSMIL DIECISIETE a horas UNA DE LA TARDE, diligencia que se realizará en la sala deaudiencias NUMERO CINCO (05) ubicada en la nueva sede de la Corte Superior deJusticia de Lambayeque sito en Av. José Leonardo Ortiz N° 155 2do Piso - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia.2.- SE DISPONE se notifique a través de edictos por tres días consecutivos en el Diario La República al acusado JOSÉ EXALTACIÓN SUCLUPE SADOVAL; debiendo adjuntar dichos edictos en forma oportuna.JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIAJUEZSEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIALPODER JDUICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: N° 07737-2016-62-1706-JR-PE-09JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ: JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIAESPECIALISTA JUDICIAL: KARINA FERNANDEZ RAMÍREZSe NOTIFICA a: ÁNGEL GUSTAVO SANDOVAL SANTISTEBAN, con el acta de audiencia de fecha cinco de mayo del año 2017, en la cual se ha RESUELTO:1.- Respecto al acusado ÁNGEL GUSTAVO SANDOVAL SANTISTEBAN SE RESUELVEREPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOSMIL DIECISIETE a horas UNA DE LA TARDE, diligencia que se realizará en la sala de audiencias NUMERO CINCO (05) ubicada en la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sito en Av. José Leonardo Ortiz N° 155 2do Piso - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia.2.- SE DISPONE se notifique a través de edictos por tres días consecutivos en el Diario La República al acusado ÁNGEL GUSTAVO SANDOVAL SANTISTEBAN; debiendo adjuntar dichos edictos en forma oportuna.JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIAJUEZSEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIALPODER JDUICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENAL8° JUZG. UNIPERSONALEXPEDIENTE: 00189-2015-12-1706-JR-PE-07JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBASESPECIALISTA: MARISOL RISCO FERNANDEZ

Page 12: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL12

IMPUTADO: TANTALEAN PAISIG, EUDERDELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN.AGRAVIADO: LA SOCIEDAD ,MAGISTRADO: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECILAISTA LEGAL: Marisol Risco.Por el presente, se NOTIFICA al acusado EUDER TANTALEAN PAISIG, que mediante resolución número Tres emitida con fecha 04 de Mayo del 2017, se ha RESUELTO:I.- REPROGRAMESE LA CITACIÓN A JUICIO ORAL en la presente causa seguida contra el acusado EUDER TANTALEAN PAISIG como presunto autor del delito Contra La Seguridad Pública, en su figura de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD , ilícito previsto en el Primer Párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio de la SOCIEDAD en audiencia del día VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas TRES y TREINTA de la tarde, diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N°16 del Octavo Juzgado Unipersonal de Chiclayo - Segundo Piso, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 -Chiclayo; notificándosele al acusado bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en..«caso de inasistencia.JORGE ASBEL ROJAS CUBASJUEZ8° JUZGADO PENAL. UNIPERSONALPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALPRIMER JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CHICLAYO ESPECIALISTA: MIGUEL GUZMAN CARRANZACITA Y EMPLAZA: al acusado de autos ROBERT ESTALIN LEÓN ESTRELLA, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas TRES de la tarde (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de audiencia número diecisiete (17), de los Juzgados Colegiados, sito en la Av. José Leonardo Ortíz N° 155 Centro Cívico - 4° piso - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ v ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia a juicio oral, reservándose el proceso provisionalmente. Al haberse ordenado así en el Exp. N° 06971 -2015-16-1706-JR-PE, que se sigue en su contra por el delito de ROBO AGRAVADO en agravio de JESÚS MAGALI CALDERÓN SÁNCHEZChiclayo, 01 de Junio del 2017CARLOS LARIOS MANAYDIRECTOR D EDEBATESJUZGADO COLEGIADO PERMANENTEPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALSegundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén EXPEDIENTE N° 00561-2016-0-1703-JR-PE-02.PROCESADO:JOSÉ ALBERTO DELGADO TARRILLOAGRAVIADO: DENNIS DUNLAVY ESTELA RAFAEL DELITO: HURTO AGRAVADOJUEZ: Dr. Orlando Parí Gonzáles.ESPECIALISTA JZUGADO: Nidya Pretell AlejandríaPor el presente Edicto, el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, NOTIFICA a la parte acusada JOSÉ ALBERTO DELGADO TARRILLO, con la Resolución N° DOS de fecha 19/05/2017 + Requerimiento Fiscal de Acusación.REQUERIMIENTO FISCAL DE ACUSACIÓN:A tenor de lo establecido en el artículo 349A del Código Procesal Penal, y a las actuaciones que como medios de prueba se acompañan al presente REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra JOSÉ ABEL DELGADO TARRILLO, en la calidad de COAUTOR del delito Contra el Patrimonio en la modalidad HURTO AGRAVADO, en agravio de DENNIS DUNLAVY ESTELA RAFAEL, ilícito penal tipificado en el Artículo 186° incisos 5 Primer párrafo del Código Penal, en los términos siguientes:.HECHO OBJETO DE ACUSACIÓN El agraviado Dennis Dunlay Estela Rafael, día 11 de diciembre del 2015, a horas 10:00 aproximadamente la denunciante Dennos Dunlay Estela Rafael, se encontraba caminando por la calle Ayacucho a unos metro de la UGEL en compañía de su

esposo Marco Antonio Toro Aranda En eso momentos que fue interceptado por una persona de sexo masculino de tex moreno contextura ancha , quien le arrebato su cartera de color marrón negro conteniendo un teléfono celular marca nokia Modelo Windows PHONE valorizado en s/1300,00 nuevos sojes, ,una tarjeta multired. del Banco de la nación , qien luego de arrebatar se dio a la fuga en una moto taxi de color rojo con inscripción municipal N° 0516 conjuntamente con otro sujeto quien manejaba la moto, posteriormente /personal policial pudo identificar al autor al la altura de la cuadra del pasaje Huraz donde se intervino al vehículo mototaxi de color rojo con inscripción municipal 0516 al ver la presencia policial dejo abandonado en la vereda de una casa ingresando el conductor al interior del domicilio. Luego el vehículo ha siendo conducido a la comisaría para su identificación por información de la propietaria Exaltación Nicolás Bermeo, indico que el presunto autor es Carlos Jhonan Cusque Isquerdo (16). Por lo que nos conducimos a su domicilio de la calle Luna Pizarro , en donde se intervino a dicha persona que de manera espontánea acepto ser el autor de hurto indicando quien arrebato la cartera de la agraviada en complicidad con el apodado cabezón quien conducía la mototaxi llamado José Delgado TarrilloRESOLUCIÓN DOSJaén, diecinueve de Mayo Del año dos mil diecisietePARTE CONSIDERATIVA: (grabado en audio) PARTE RESOLUTIVA: (grabado en audio) SE RESUELVE:1).- SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio DIEZ DÍAS útiles, a efectos de que puedan por escrito: 1)Observar formalmente el requerimiento de acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio] bajo apercibimiento de declararse improcedente; PRECÍSESE a las partes procesales que de observar el requerimiento de acusación, deberán hacerlo por escrito y debidamente fundamentado durante el traslado conferido, conforme a lo dispuesto por la Casación N° 53-2010-Piura, todo ello en aplicación del principio de igualdad de armas, bajo apercibimiento de declararse infundado dicha observación; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar correspondiente; PRECÍSESE que el procesado se encuentra con la medida de COMPARECENCIA SIMPLE; PRECÍSESELE al señor Fiscal a cargo de la presente investigación que deberá hacer entrega de sus elementos de convicción en pleno acto antes que culmine la audiencia preliminar de control de acusación, bajo apercibimiento de dar cuenta a su Superior en caso de incumplimiento; cumplido que sea y, de conformidad con lo previsto por el artículo, 351° numeral 1 del Código Procesal Penal, CÍTESE para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m.) hora exacta, para la realización de la DJENCIA Dt CONTROL DE ACUSACIÓN en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de ésta ciudad (2do piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y Abogado defensor público del procesado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de excluirlo de la defensa, subrogarlo, y designar a otro Defensor Público u otro letrado en ese mismo acto, puesto que esta audiencia es de carácter inaplazable, taj como lo prescribe el artículo 85° numeral 1 del Código Procesal Penal; PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16° numeral 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ; al primer Otrosí digo, TÉNGASE presente. Se programa en la fecha y hora indicada por la recargada agenda. j Notifíquese.

DR. ORLANDO PARI GONZALESJUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- JAENFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALExpediente N°: 5397 - -2017 -O – 1706 JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - LambayequeEspecialista: César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: JUAN RENATO PELTROCHE VASQUEZDelito: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIARAgraviado: JULEISSYANABEL PELTROCHE CASTAÑEDASE NOTIFICA A: calle San Pedro N’JUAN RENATO PELTROCHE VASQUEZ, con domicilio en 889 - A.- Nuevo San Lorenzo - José L. Ortíz,REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra por el delito de Omisión a la asistencia familiar, en agravio Juleissy Anabel, Renato Douglas y Renata Zolainchi Peltroche Castañeda , toda vez que de la remisión de copias certificadas; derivada del Exp. N° 692 - 2014 Juzgado de Paz Letrado de José Leonardo Ortiz, se advierte que el imputado adeuda la fecha de s/ 5,010.75 , por pensiones alimenticias devengadas. Se adjunta corno elementos de convicción:a)La sentenciab)La resolución que declara consentida la sentenciac)La liquidación de pensiones alimenticias devengadas. Y notificacionesd)La resolución que aprueba la liquidación y notificacionesRESOLUCIOM NUMERO: UNO: Citar Audiencia de Incoación de proceso inmediato -Audiencia 21 -07 -17 hora 1:00pmJosé L Ortiz 19 Junio 2017.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA D EJUZGADO MBJ- JLOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALExpediente N° 5395-2017 --o -1706-JR-PE-01 CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - LambayequeEspecialista: César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: LUIS FERNANDO REMIGIO SEMBRERADelito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDADAgraviado: LA SOCIEDADSE NOTIFICA A : .Nombre : LUIS FERNANDO REMIGIO SEMBRERA Domicilio: Calle San Miguel M.z “B” Lote 36 JoséL. Ortíz,REQUERIMIENTO FISCAL : Se solicita la incoación del proceso inmediato en sucontra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortíz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 0.98 g/lRESOLUCIÓN NUMERO fJNO : Procedente el requerimiento fiscal fecha de audiencia 21 -07-17- hora 11:00 am . Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortíz,.-José L. Ortíz, 19 Junio 2017.-CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA D EJUZGADO MBJ- JLOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 00021-2017-0-1706-JR-PE-02JUEZ: SHILLING MARTIN YVANOV CASTAÑEDA SALAZARESPECIALISTA: JOSÉ RUPERTO MERINO IBEROSIMPAUTADO: RODRÍGUEZ FLORES, CONSTANTE AGUSTÍNDELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD OAGRAVIADO: LA SOCIEDAD Se NOTIFICA a: RODRÍGUEZ FLORES CONSTANTE AGUSTÍN, con la resolución N°:06, en la cual se ha RESUELTO:CITAR A JUICIO ORAL para el DÍA

VEINTIUNO DE JULIO DEL ANO DOS MIL DIECISIETE a las Doce con cuarenta minutos de la tarde en la sala de audiencia número 15 de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el Segundo piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Avenida José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura en caso de inasistencia,4- La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS.Por haberse dispuesto en el Expediente N° 00021-2017-0-1706-JR-PE-02, proceso seguido contra el acusado RODRÍGUEZ FLORES CONSTANTE AGUSTÍN como presunto autor del delito contra\La Seguridad Pública en la figura de Peligro Común en la modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD.SHILLING MARTIN YVANOV CASTAÑEDA SALAZARJUEZSEXTO JUZGADO UNIPERSONALPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPDIENTE: 510-2017 -PJIP-J.IMPUTADO (S) : SEGURA VASQUEZ OMARDELITO : OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO(S) : SEGURA TORRES ALICIAEl señor Juez Primer Juzgado de Investigación Preparatoria dela Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO: OMAR SEGURA VASQUEZ; con el requerimiento de proceso Inmediato con RES N° 01 de fecha 14 de marzo del año dos mil diecisiete, dado cuenta con el requerimiento del proceso Inmediato presentado por la señor Representante del Ministerio Público, y de conformidad con lo establecido por el articulo 447 numeral 1 del Código Procesal Penal, modificado mediante decreto legislativo N° 1194; si bien dicha normatividad procesal señala que la audiencia se debe convocar en el termino de cuarenta y ocho horas, pero advirtiéndose en el presente caso que el domicilio del imputado se encuentra ubicado en el lugar distante a esta ciudad de Jaén; a efecto de garantizar el irrestricto derecho de defensa, se debe fijar la audiencia dentro de un margen de tiempo prudente y razonable. CÓRRASE TRASLADO A LAS PARTES PROCESALES; SE RESUELVE: PROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTIUNO DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS OCHO Y CUARENTA y CINCO DE LA MAÑANA (08:45) Diligencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calle Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén.Por haberse ordenado así en el Expediente, me dirijo a Usted, remitiendo N° seguido contra OMAR SEGURA VASQUEZ, por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ALICIA SEGURA TORRES, va efecto de que sea publicado por tres veces consecutivas.FP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALExpediente N° 5010 - 2017 - - o -1706-JR-PE-oi CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortíz - LambayequeEspecialista: César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: JUAN SÁNCHEZ RODRIGODelito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDADAgraviado: LA SOCIEDADSE NOTIFICA A :Nombre: JUAN SÁNCHEZ RODRIGO Domicilio: Av Chiclayo 1311 CPM Villa HermosaREQUERIMIENTO FISCAL : Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortíz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 0.83 g/lRESOLUCIÓN NUMERO UNO : Procedente el requerimiento fiscal fecha de audiencia 21 -07-17- hora 11:00 am . Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L.

Page 13: PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1 · 2 Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017 CRÓNICA JUDICIALPRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles

13Chiclayo, miércoles 12 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Ortíz,.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA D EJUZGADO MBJ- JLOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 7723-2014-71-1706-JR-PE-01ACUSADO: AGUSTÍN MANAYAY REYES D E L I T O : P R O D U C C I Ó N , COMERCIALIZACIÓN O TRAFICO ILÍCITO DE ALIMENTOS Y OTROSAGRAVIADO: LA SOCIEDADA través del presente EDICTO, se notifica al acusado AGUSTÍN MANAYAY RERYES con la resolución número TRES de fecha veinte de junio del dos mil diecisiete, que resuelve:PROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL en el proceso seguido contra el acusado AGUSTÍN MANAYAY REYES, por el delito de I ODUCCIÓN, COMERCIALIZACIÓN O TRAFICO ILÍCITO DE ALIMENTOS Y OTROS en agravio de la Sociedad y la empresa QUIMPAC; audiencia que se llevará a cabo el VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DOCE Y CINCUENTA del medio día, en la Sala de AL Ciencias número OCHO del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo ub cada en el tercer piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 -Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de •resistencia injustificada.Chiclayo, 20 de junio del 2017MARIA LUZCELINA VASQUEZ VASQUEZJUEZJUZGAO UNIPERSONAL CHICLAYONCPP- CSJLAMB PODER JUDICIALFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPDIENTE125-2017-JIPSI-CSJLA.CARPETA FISCAL 528-2016-2°FPPCSICUADERNO: REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATOPROCESADO: ELIAS JHONY BERRU GARCÍAAGRAVIADO: SOCIEDADDELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDADJUEZ: DR. HÉCTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAESPECIALISTA: ABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAPor el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al ACUSADO ELIAS JHONY BERRU GARCÍA, con la RESOLUCIÓN NUMERO DOS de fecha 19.05.2017, MAS RESOLUCIÓN NUMERO UNO de fecha 21.03.2017, en la cual se DISPONE:RESOLUCIÓN NUMERO 02: Autos y vistos y considerando, PRIMERO: Que el día de la fecha se convoco audiencia de proceso inmediato solicitada por el Ministerio Público Segunda fiscalía Provincia de esta Provincia seguida contra Elias Jhony Berru García por el Delito de Conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad y siendo que no existiendo certeza de su emplazamiento eficaz a su domicilio real esto es caserío San Medro del Distrito de Namballe-San Ignacio, sin bien cierto se encuentra el abogado quien inicialmente acompaño en su declaración ante el ministerio público sin^embargo este no ha ratificado ni ha señalado en este proceso debidamente judicializado como su abogado en ese sentido este órgano jurisdiccional ve por conveniente reprogramar la«audiencia, con el apercibimiento de que si el imputado el día de la fecha no concurre a la audiencia con un abogado, sea el abogado de la defensa pública Dr. Alberto Yaipen Chero se apersone a esta audiencia a efectos de no dilatar la presente investigación; por las consideraciones antes expuestas el Juzgado de Investigación Preparatoria de esta Provincia RESUELVE: REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORA DIEZ DE LA MAÑANA, quedando notificado en este acto la representante del Ministerio Público quien deberá de concurrir de manera obligatoria bajo apercibimiento de comunicarse a su coordinador Provincial, de igual manera ORDENO, se notifique al procesado ELIAS JHONY BERRU GARCÍA, en su domicilio real y procesal en caso sea ratificado así mismo NOTIFÍQUESE a la defensa pública para que concurra a la presente audiencia, bajo apercibimiento de no hacerlo comunicarse

a su Coordinador distrital y aplicársele los señalado en el artículo 85 en sus numeral 2 y 3 del Código Procesal Penal, Así mismo HABILÍTESE al notificador Marco Benjamín Molocho Silva a fin de que se apersone a su domicilio real del acusado y proceda a notificarlo, y recabe la constancia de notificación de la Resolución número uno, coordinando con el Juez de Primera o Segunda nominación que hayan recepcionado, el presente oficio. Bajo apercibimiento de remitirse copias al órgano de control. Sin perjuicio de ello NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS con la presente resolución y resolución número uno al acusado mediante edictos.RESOLUCIÓN NUMERO 01: AUTOS Y VISTOS; Dado Cuenta con el requerimiento fiscal para determinar la procedencia de una Audiencia Única de Incoación de Proceso Inmediato por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad contra Elias Jhony Berru García y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que conforme se advierte de autos mediante Decreto Legislativo N° 1194, promulgado el treinta de agosto del año dos mil quince, se regulan los procesos inmediatos en casos de flagrancia modificando así la sección I Libro Quinto del Código Procesal Penal, asimismo los artículos N° 446, 447 y 448 del Código citado aprobado mediante Decreto Legislativo N° 957 respectivamente. SEGUNDO: Mediante requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato, el Señor Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía de San Ignacio, solicita la Incoación del Proceso Inmediato a fin de que se señale la audiencia única que corresponda, en el proceso penal seguido contra Elias Jhony Berru García tipificado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la Sociedad. TERCERO: El artículo 271° del Código Procesal Penal prescribe que el Juez de la Investigación Preparatoria dentro de las cuarenta y Ocho horas siguientes al requerimiento fiscal realizara la audiencia para determinar la procedencia de la audiencia única de incoación de proceso inmediato, bajo responsabilidad funcional siempre y cuando se den los supuestos de flagrancia y el procesado se encuentre detenido; situación que no se da en el presente caso aunado a ello existen audiencias programadas con antelación apreciándose en el Libro de Audiencias del Juzgado, asimismo es preciso indicar que dada la realidad geográfica de la provincia de San Ignacio debe programarse la audiencia dentro de un plazo razonable para lograr la notificación valida de los sujetos procesales; aunado a ello solo contamos con un notificador para toda la provincia. CUARTO: El artículo 80 del código procesal penal, prevé que el Servicio Nacional de la Defensa de Oficio, a cargo del Ministerio de Justicia, proveerá la defensa gratuita a todos aquellos que dentro del proceso penal, por sus escasos recursos no puedan designar abogado defensor de su elección, o cuando resulte indispensable en nombramiento de un abogado defensor de oficio para garantizar la legalidad de una diligencia el debido proceso, por lo que es necesario, y siendo un proceso inmediato, se le debe conceder el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, al imputado para que designe abogado y lo comunique al juzgado; en caso contrario, se procederá a notificar a la Defensoría de Oficio, para que designe a un abogado de oficio que asegure la defensa técnica del imputado desde el inicio del proceso, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por otro abogado defensor en cualquier momento. QUINTO: Es menester informar que en la audiencia que a continuación se señala la parte procesada puede invocar por intermedio de su abogado defensor o defensa pública, un Principio de Oportunidad, Acuerdo Reparatorio o Terminación Anticipada, los mencionados son medios alternativos para concluir la presente litis.Por haberse ordenado así en el Expediente N° 125-2017-00, seguido contra ELIAS JHONY BERRU GARCÍA, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD , en agravio de LA SOCIEDAD. San Ignacio, 03 de Julio de 2017.HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAJUEZJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAESPECIALISTA JUDICIALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPDIENTE: 123-2016-0-JIP-SICARPETA FISCAL: 120-2016-1-FFPC-SIIMPUTADO: ALBERTO WILFREDO ROMÁN TOCTOAGRAVIADO:LA SOCIEDADDELITO:CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDADJUEZ: DR. HÉCTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAESP. JUDCIAL: ABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAPor el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al ACUSADO ALBERTO WILFREDO ROMÁN TOCTO, con la RESOLUCIÓN NUMERO DIEZ de fecha 26.05.2017, MAS RESOLUCIÓN NUMERO OCHO de fecha 16.01.2017, en la cual se DISPONE:RESOLUCIÓN NUMERO 10: Dado cuenta con la revisión de autos, y con la audiencia de ejecución de sentencia solicitada por el Ministerio Público Primera fiscalía Provincia de esta Provincia seguida contra Alberto Wilfredo Román Tocto por el Delito de Conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad y siendo que no existiendo certeza de su emplazamiento eficaz a su domicilio real esto es caserío San José-San Ignacio, sin bien es cierto se encuentra el abogado que lo patrocinio en la audiencia de juicio oral existe incertidumbre de la notificación; así mismo el sentenciado no se apersonado a firmar el primer control de ejecución de sentencia; por lo expuesto REPROGRÁMESE la presente audiencia para el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORA ONCE DE LA MAÑANA, NOTIFÍQUESE al sentenciado Alberto Wilfredo Román Tocto, en su domicilio real, a la defensa pública para que concurra a la presente audiencia, bajo apercibimiento de no hacerlo comunicarse a su Coordinador distrital y aplicársele los señalado en el artículo 85 en sus numeral 2 y 3 del Código Procesal Penal, Así mismo HABILÍTESE al notificador Marco Benjamín Molocho Silva a fin de que se apersone a su domicilio real del acusado y proceda a notificarlo, y recabe la constancia de notificación de la Resolución número nueve, coordinando con el Teniente Gobernador del Caserío San José-San Ignacio Bajo apercibimiento de remitirse copias al órgano de control. Sin perjuicio de ello NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS con la presente resolución y resolución número ocho al sentenciado .RESOLUCIÓN NUMERO 08: Dado cuenta, con el Oficio N° 171-2016-JPU-SI/PJ, remitido por el Juzgado Penal Unipersonal de esta ciudad, remitiendo el expediente de acusación a folios cincuenta y cuatro para su ejecución de conformidad con el Art. 489° numeral 1 del Código Procesal Penal; que dispone controlar la ejecución de la sentencia en consecuencia SE DISPONE: 1) El sentenciado deberá concurrir OBLIGATORIAMENTE, al Juzgado de Investigación Preparatoria de esta ciudad, atendiendo a la pena impuesta de un año de pena privativa de la Libertad suspendida en su ejecución, por el PERIODO DE PRUEBA DE UN AÑO, que durara su periodo de prueba veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, a firmar el Acta de Control de Firmas de Sentenciados, 2) El acusado deberá cumplir con las reglas de conducta dictadas en la sentencia;.- Conforme se aprecia de autos el Sentenciado no ha cumplido a la fecha con apersonarse a firmar el primer control ni con cancelar el saldo de Trescientos Noventa y Cinco Nuevos Soles (S/ 395.00) que ha debido de ser cancelada en fecha último día hábil del mes de mes de noviembre, último día hábil del mes de diciembre y último día hábil en el mes de enero; sin embargo por la huelga judicial ha debido ser cancelado las últimas semanas del mes de enero del dos mil diecisiete. Al escrito presentado por la representante del ministerio público este por informado en la presente resolución respecto a la audiencia de revocatoria de la pena impuesta resérvese su proveído. AGREGÚESE a los autos el Oficio.-NotifíquesePor haberse ordenado así en el Expediente N° 123-2016-00, seguido contra ALBERTO WILFREDO ROMÁN TOCTO, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD , en agravio de LA SOCIEDAD. San Ignacio, 03 de Julio de 2017.HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAJUEZJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

SAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAESPECIALISTA JUDICIALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 jul.

EDICTO PENALSegundo Juzgado de Investigación Preparatoria de JaénExpediente N° 01350-2016-0-1703-JR-PE-02.Procesado: EDÉN CUBAS MUNDACAAgraviado: MARINA SANTACRUZ SÁNCHEZDelito: FEMINICIDIOJuez: Dr. Orlando Parí Gonzáles.Esp. Juzgado: Nidya Pretell AlejandríaPor el presente Edicto, el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, NOTIFICA a la parte acusada EDÉN CUBAS MUNDACA y a la parte agraviada MARINA SANTACRUZ SÁNCHEZ, con la Resolución N° CUATRO de fecha 25/05/2017 y Requerimiento Fiscal de Acusación.REQUERIMIENTO FISCAL DE ACUSACIÓN:En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 159° inciso 5 de la Carta Magna, en los artículos 1°, 5° y 11° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en uso de la facultad procesal conferida por el artículo 349 del Código Procesal Penal, y luego de efectuada la investigación preparatoria, este Despacho Fiscal formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra EDÉN CUBAS MUNDACA, por la comisión del delito contra La Vida, Cuerpo y la Salud, en la figura Homicidio, en la modalidad de FEMINICIDIO tipificado en el artículo 108 ° B Segundo Párrafo, inciso 7 del Código Penal, en agravio de MARINA SANTACRUZ SÁNCHEZ; al amparo de los fundamentos que seguidamente se exponen:HECHO OBJETO DE ACUSACIÓNSe imputa a EDÉN CUBAS MUNDACA, el haber dado muerte a Marina Santacruz Sánchez con alevosía, ello el día 29 de junio del 2016 a las 19:30 horas aproximadamente.Se imponga al Acusado EDÉN CUBAS MUNDACA, en calidad de autor del delito contra Lá Vida, El Cuerpo y La Salud, en la figura de Homicidio, en la modalidad/de FEMINICIDIO, ilícito tipificado en el artículo 108° B Segundo Párrafo, inciso 7 del Código Penal, la peno de 28 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBSRTADT y al pago de la reparación civil ascendente a la suma de 5/.30,000:00 Nuevos soles a favor de la agraviada (ahora occisa).RESOLUCIÓN CUATROJaén, Veinticinco de mayo Del año dos mil diecisietePARTE CONSIDERATIVA: (grabado en audio) PARTE RESOLUTIVA: (grabado en audio) SE RESUELVE:1).- REPROGRAMAR la presente audiencia, para el día LUNES VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS - HORA EXACTA.2).- TENGASE por notificado con la presente resolución de reprogramación a la Señora Fiscal y al abogado defensor del imputado presentes en esta audiencia.3).- NOTIFIQUESE con el requerimiento de acusación y la presente resolución de reprogramación, tanto la parte imputada como la parte agraviada, para que puedan ejercer su derecho de defensa.4).- NOTIFIQUESE al imputado VÍA EDICTOS con un extracto de la acusación fiscal y la presente resolución de reprogramación toda vez que este se encuentra con orden de captura emitida por este despacho por haberse dispuesto la medida de prisión preventiva. DR. ORLANDO PARI GONZALESJUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- JAENFP/ 10, 11, 12 jul.

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