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HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E “COMPROMETIDOS CON SU SALUD”
NIT. 891.800.395-1
PRE-PLIEGO DE CONDICIONES
OBJETO: “ CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO
INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,
APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL
PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,
RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA
LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE
MONIQUIRÁ E.S.E”
CONVOCATORIA PÚBLICA No. 001 DE 2021
ENERO 2021
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E “COMPROMETIDOS CON SU SALUD”
NIT. 891.800.395-1
PROCESO DE CONVOCATORIA PÚBLICA No.001 -2021
OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO
INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,
APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL
PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,
RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA
LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE
MONIQUIRÁ E.S.E”
INFORMACIÓN GENERAL
El Hospital Regional de Moniquirá ESE, está interesado en seleccionar un oferente que suministre la
prestación de servicio de capital humano, técnico, tecnológico, mobiliario de tipo administrativo con
el fin de “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO
INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,
APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL
PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,
RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA
LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE
MONIQUIRÁ E.S.E”, a través de la modalidad de Mínima cuantía de acuerdo a lo establecido en el
acuerdo 006 de 2017.
SE CONVOCA A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS QUE SE ENCUENTREN CONFORMADAS DE
ACUERDO CON LA LEY PARA QUE REALICEN EL CONTROL SOCIAL AL SIGUIENTE
PROCESO DE CONTRATACIÓN:
CAPÍTULO 1
1. MODALIDAD DE SELECCIÓN:
La modalidad de selección se establece de conformidad a lo establecido en el estatuto de
contratación adoptado por la E.S.E acuerdo 06 de 2017, en el artículo 26 establece claramente que
por tratarse de un contrato cuyo presupuesto oficial a contratar es mayor a 1000 salarios mínimos
legales mensuales vigentes, se debe realizar mediante la modalidad de selección de convocatoria
pública.
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2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON EL
PROCESO DE SELECCIÓN.
1. Conforme lo establece el Artículo 365 de la Constitución política de Colombia los Servicios
Públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación
eficiente a todos los habitantes del Territorio Nacional.
2. La ley 489 de 1998, en su artículo 83 establece: Las empresas sociales del Estado, creadas por la
Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud y las
demás normas que sustituyan o adicionen la citada ley.
3. Que conforme lo establecido en la Ley 100 de 1993, artículo 195, Las Empresas Sociales de
Salud se someterán: en materia contractual se regirá por el derecho privado, pero podrá
discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el estatuto general de
contratación de la administración pública. El Numeral 6 del precitado artículo contempla que el
régimen presupuestal será el que se prevea, en función de su especialidad, en la ley orgánica de
presupuesto, de forma que se adopte un régimen presupuestario con base en el sistema de
reembolso contra prestación de servicios, en los términos previstos en la presente ley.
4. Conforme lo establece el Artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, son fines esenciales
del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general, y garantizar la efectividad de los
principios, deberes y derechos, las Autoridades de la República están instituidas para proteger a
todas las personas residentes en Colombia en su honra vida, bienes y demás derechos, libertades y
para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y particulares.
5. Que el Articulo 209 de la Constitución política de Colombia establece que la función administrativa
está al servicio de los intereses generales y se desarrolla en los principios de igualdad, moralidad,
eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
6. En concordancia con la normatividad vigente la presente convocatoria se rige por el derecho
privado, ley 100 de 1993 por medio del cual se reglamenta parcialmente los artículos 192 y 195 y el
decreto 1876 de 1994, en los cuales se establece que las empresas sociales del estado de las
entidades territoriales podrán desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros o
convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores.
7. La Empresa Social del Estado EL HOSPITAL Regional Moniquirá, fue creada por la Asamblea de
Boyaca en uso de sus facultades Constitucionales y Legales, mediante la Ordenanza 023 del trece
(13) de agosto de 1999, como una entidad especial de carácter púbico, descentralizada, del orden
departamental, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la
Secretaria de Salud de Boyaca.
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8. Que las normas que rigen el presente contrato son de derecho privado según lo anteriormente
expuesto en concordancia con el Acuerdo No.06 de 2017, por medio del cual se expide el Estatuto
de Contratación del hospital regional de Moniquirá E.S.E., el cual establece los derroteros de
contratación de nuestra entidad.
9. Que existen limitaciones de tipo tecnológico, logístico y operativo que impiden el recaudo efectivo
en la cartera, y se hace necesario mejorar dichos procesos generando medidas preventivas que
disminuyan de manera exponencial glosas y devoluciones garantizando un proceso que permita a la
institución hospitalaria prestar los servicios y paralelamente llevar toda la carga administrativa con
eficacia de manera idónea para acceder a los recursos en términos más rápidos, así como poder
identificar las falencias y aplicar las medidas correctivas de una manera efectiva, garantizando
también el personal idóneo para que se cumple con el Objeto Social del Hospital.
10. Que el hospital Regional De Moniquirá E.S.E. es una institución prestadora del servicio de salud
de baja, mediana y alta complejidad líder de la región, que articula acciones preventivas
comunitarias e individuales para generar resultados en salud, con un crecimiento y desarrollo
económico sostenible, que fundamenta la prestación de los servicios en la humanización, calidad,
oportunidad, eficiencia y eficacia, siendo centro de referencia para la región de Ricaurte y los
municipios del sur del departamento de Santander, con un talento humano con profundos valores de
honestidad, transparencia, pulcritud y comportamiento ético y responsabilidad social, con un talento
humano comprometido, de la más alta calidad técnica y científica, en una infraestructura física
moderna amigable con el medio ambiente, con equipos y tecnología de punta, con procesos y
procedimientos rigurosos que nos permiten garantizar la excelencia en la prestación del servicio de
salud.
11. Que el objeto social de la E.S.E. es la prestación de servicios de salud, siendo autosostenible
con el producto de las ventas de los servicios, haciéndose necesario priorizar y asegurar que todos
los procesos relacionados con la producción, ventas de servicios, facturación, radicación, recaudo de
cartera, lo cual se busca lograr con la puesta en funcionamiento del proceso integral del ciclo
económico interno, que garantizara un flujo de recursos necesario para la operación normal de la
E.S.E.
12. Que dentro de las acciones administrativas adelantadas, se replanteo el funcionamientos de los
procesos de ingreso facturación y cartera los cuales se agruparon en lo que la E.S.E. Denomino
CICLO ECONOMICO INTERNO, en la aplicación del mismo el fin es el recaudo efectivo a favor de
la Institución Hospitalaria la base y sustento del desarrollo, ejecución y funcionamiento del hospital
y de sus proyectos en pro de la prestación efectiva de servicios de salud, de tal suerte que la
estructuración efectiva y organización a través de medios tecnológicos se hace imperativa, con un
capital humano que tenga el conocimiento técnico, normativo y consolidado permitiendo la
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sostenibilidad del Hospital, alcanzando las metas propuestas en los objetivos presentados para
la vigencia fiscal 2021.
13. Que teniendo en cuenta que, en el Hospital Regional de Moniquirá, no cuenta con una
infraestructura tecnológica fuerte, se hace imperativo que en la presente convocatoria los
interesados o el futuro contratante suministre e instale un software que permita la optimización del
procedimiento y al realizar la inspección de cada una de las ubicaciones de los puestos de trabajo y
las actividades desarrolladas en ellos que hacen parte del ciclo económico interno, así mismo con
relación a los equipos de cómputo se deberán los interesados deberán suministrar los equipos
necesarios para la operación del proceso con capacidad de procesamiento suficiente (+50% por
encima del requerimiento básico para cada puesto de trabajo) de acuerdo a las condiciones técnicas
que se exponen en el presente documento.
Que con base en el plan de desarrollo y plan de gestión aprobado por la junta directiva según
acuerdo 06 de 2020 respecto de los cuales se derivó el acuerdo 08 de 2020, el cual contiene la
modificación de la estructura organizacional del hospital y por ende el ajuste de la estructura
funcional de la E.S.E., adoptando la denominación de CICLO ECONOMICO INTERNO a la
estrategia mediante la cual el ciclo de atención de paciente es un proceso único, transversal,
continuo, interdependiente que incluye desde la asignación de la cita o agendamiento, admisión,
autorización, atención, referencia y contra referencia, facturación, cartera, auditoría, glosas y
recaudo.
Que los procesos que forman parte de lo que hoy se denomina CICLO ECONOMICO INTERNO se
venían desarrollando de manera desarticulada generado a la institución enormes dificultades tanto
de calidad en la prestación de los servicios como insatisfacción en los usuarios, en el mismo sentido
genero facturación inoportuna y carteras irrecuperables que superan a la fecha QUINCE MIL
MILLONES DE PESOS M/CTE de las cuales un 49%, Es decir $7.391.467.369,00 superan los 365
días que las hacen de difícil recaudo poniendo en alto riesgo financiero a la institución.
Que dentro de las estrategias administrativas se estableció integrar y articular el proceso como uno
solo con la denominación de CICLO ECONOMICO INTERNO estando a la vanguardia de grandes
instituciones de salud acreditadas del país y así lograr nuestros objetivos estratégico y alcanzar
nuestra triple meta MEJOR SALUD, EXCELENCIA OPERACIONAL Y MEJOR EXPERIENCIA.
Finalmente en el pasado el hospital generaba un gasto mediante la contratación de personal a través
de una empresa temporal que proveía el talento humano asociado a las actividades que hoy
conforman el CEI, pagando un 12 % de administración, recursos que se pretenden optimizar en
proceso actual estableciendo una modalidad de PAGO POR RESULTADOS toda vez que se
pretende contratar todo el proceso integral y realizar el pago con base al recaudo final en un
porcentaje estimado en el 5% del recaudo producto de venta de servicios de salud.
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3. MARCO LEGAL:
Las normas que rigen la presente Convocatoria son de derecho privado, de acuerdo con el artículo
195 de la ley 100 de 1993, La ley 489 de 1998, artículo 83, en concordancia con el Estatuto Interno
Contractual del hospital regional de Moniquirá ESE, acuerdo 06 de 2017.
La Ley 100 de 1993, articulo 195: “Régimen jurídico. Las Empresas Sociales de Salud se someterán
al siguiente régimen jurídico de contratación: En materia contractual se regirá por el derecho privado,
pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el estatuto general de
contratación de la administración pública. El Numeral 6 del precitado artículo contempla que el
régimen presupuestal será el que se prevea, en función de su especialidad, en la ley orgánica de
presupuesto, de forma que se adopte un régimen de presupuestario con base en el sistema de
reembolso contra prestación de servicios, en los términos previstos en la presente ley.
Conforme lo establece el Artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, son fines esenciales del
Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general, y garantizar la efectividad de los
principios, deberes y derechos consagrados en la constitución. Conforme lo establece el Artículo 2º
de la Constitución Política de Colombia, las Autoridades de la República están instituidas para
proteger a todas las personas residentes en Colombia en su honra vida, bienes y demás derechos y
libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
Que el Articulo 209 de la Constitución política de Colombia establece que la función administrativa
está al servicio de los intereses generales y se desarrolla en los principios de igualdad, moralidad,
eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
La ley 489 de 1998, en su artículo 83 establece: Las empresas sociales del Estado, creadas por la
Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud se
sujetan al régimen previsto en la Ley 100 de 1993, la Ley 344 de 1996 y en la presente ley en los
aspectos no regulados por dichas leyes y a las normas que las complementen, sustituyan o
adicionen.
Aunado a lo anterior, el Consejo de Estado, “por otra parte y conforme lo establece la Constitución
política es innegable que la prestación de los servicios públicos, no está reservada de manera
exclusiva a los entes públicos, al respecto, el articulo 365 superior establece: “los servicios públicos
son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente
a todos los habitantes del territorio nacional, los servicios públicos estarán sometidos al régimen
jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado directa o indirectamente por comunidades
organizadas o por particulares”.
Que el acuerdo 06 de 2017, establece en el articulo 24 Que se podrán contratar actividades que no
pueden ser desarrollados por personal de planta de la institución, por ello es factible realizar la
presente contratación y garantizar el personal necesario en el ciclo económico interno.
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3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON ESPECIFICACIONES,
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDAS PARA SU EJECUCIÓN.
3.1. OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO
INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,
APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE
PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,
RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES
PARA LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL
DE MONIQUIRÁ E.S.E”, según las siguientes características técnicas y actividades mínimas:
3.1.1 PERSONAL MINIMO PARA LA OPERACIÓN:
ITÉ
M
CARGO DESCRIPCION PERFIL CANTIDAD TIPO
VALOR
UNITARIO
CON IVA
VALOR
TOTAL
1
DIRECTOR DE
PROCESO
ECONOMICO
INTERNO
Haberse desempeñado
como coordinador, auditor,
control interno en E.S.E.
durante los últimos 12 años
con mínimo diez de
experiencia, formación:
enfermero (a) auditor con
especialización de servicios
de salud con énfasis en
seguridad social
preferiblemente con estudios
verificables de condiciones
de habilitación de
instituciones.
1 REMOTO SIN
EXCLUSIVIDAD
2 COORDINADO
RA CEI
Enfermero auditor en salud,
con experiencia mínima de
10 años relacionadas con
temas de auditoría interna
de calidad y cuentas
1 PRESENCAL
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médicas.
3
LIDER DE
FACTURACIO
N Y CUENTAS
MEDICAS
Profesional en áreas
financieras con experiencia
laboral certificable de Tres
años en entidades públicas o
privadas pertenecientes al
sistema general de
seguridad social.
1 PRESENCIAL
4 LIDER DE
CARTERA
Profesional o técnico
administrativo de salud,
Auditoria Médica o afines,
con mínimo seis años de
experiencia en analista de
recobros y cuentas médicas.
1 REMOTO SIN
EXCLUSIVIDAD
5 AUTORIZACIO
NES
Personal con formación
Técnica o tecnológica en
carreras administrativas o de
salud, con experiencia
mínima de un año en el área
de autorizaciones de
servicios de salud, servicio al
cliente, protocolos de
servicio al cliente.
1 PRESENCIAL
6
EXPERIENCA
AL USUARIO
PRESENCIAL
SEGUIMIENTO
Y
Tecnico o auxiliar
administrativo en salud,
experiencia mínima
1 PRESENCIAL
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AGENDAMIEN
O
certificable de un año en
atención al usuario y
agendamiento medico
7 FACTURADOR
ES
Profesional o técnico
administrativo de salud, que
cuente con experiencia y
conocimiento en facturación
y aplicativos del Sistema
Autorizador
10 PRESENCIAL
8
PERSONAS
AUXILLIAR DE
REFERENCIA
YCONTRAREF
ERENCIA
3 PRESENCIAL
9 TECNICO
CUENTAS
Técnico o tecnólogo en
áreas administrativa o a fin
con experiencia como
mínimo de cinco años de
coordinación y de
facturación
2 PRESENCIAL
10
AUXILIAR
ADMINISTRATI
VO//RADICAIO
N
Técnico o tecnólogo
administrativo de salud o
carreras afines, con
experiencia y conocimiento
en procesos administrativos
del área de salud
1 PRESENCIAL
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11 AUDITOR
MEDICO
Profesional Médico ,
especialista en Auditoría de
Servicios de Salud y calidad
especializaciones
Administrativas en Salud,
experiencia en Procesos de
Auditoría Médica y de
Revisión de Cuentas con
fortaleza en Sistema
Obligatorio de Calidad y
concurrencia amplio
conocimiento del sistema
general de seguridad social
en salud, sistemas de
gestión de calidad, gestión
clínica, auditoria de
medicamentos, concurrencia
y manuales tarifarios
1 PRESENCAIL
12 ANALISTA DE
CARTERA
Analista contable con
experiencia mínima de 2
años realizando validación
de recaudo, facturación,
cargue de sistema contable,
notas crédito, entre otros
1 PRESENCIAL
13
ANALISTA DE
GLOSAS Y
CONCILIAR
Profesional o Tecnólogo
graduado como
Administración en Salud,
Administración, con
Experiencia: Mínima de dos
años en cuentas médicas,
procesos de cartera,
conciliaciones, cobranzas y
negociación, cargos
1 PRESENCIAL
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operativos o administrativos
preferiblemente en
empresas de Salud.
14 EXPERIENCIA
AL USUARIO
Técnico o auxiliar
administrativo, experiencia
mínima certificable de un
año en atención al usuario
1 PRESENCIAL
3.1.2 EQUIPOS
Las características son las siguientes:
ITEM DETALLE Número de equipos
1 Procesador Core i5 de 2.66 a 3.2 GHz (A partir de 6ta generación)
21
2 Memoria RAM 4GB DDR3 6
3 Memoria RAM 8GB DDR3 15
4 Disco Duro Mecánico (a partir de 500GB dependiendo de la necesidad)
21
5 Sistema Operativo Windows 10 Profesional (64 Bits)
21
6 Quemador – DVD 21
7 Teclado Español 101/102 teclas y Mouse Óptico
21
8 Monitor de 19 pulgadas 21
9 Tarjeta de red Ethernet 10/100/1000 21
10 Con ofimatica (Word, Excel, power point) 21
11. impresora láser multifuncionales, cada una con las siguientes características mínimas de operación, Tecnología de impresión: Láser; Velocidad de impresión: 23 a 33 páginas por minuto, Volumen mínimo de páginas mensuales: de 15.000 a 30.000, Cantidad de hojas en bandeja: 1000 hojas o superior, Formatos de papel soportado: Carta, Oficio, A4, A3, Interfaz: Estándar: USB 2.0, Ethernet 10 base-T/100 base-TX, Velocidad de escaneo: A todo color: Máxima 45 ipm, B/N: Máxima 50 ipm, Resolución: Máximo 600 dpi
4
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Formato del original: Hasta A3 / 11" x 17”, Copia múltiple: Mínimo 200 copias, Resolución: 300 dpi, 600 dpi, Zoom:Desde 25% hasta 400% en incrementos de 1%, Sistemas operativos compatibles: Windows 7/8/8.1 y 10 (ediciones de 32 y 64 bits), Mac OS X 10.8, OS X 10.9, OS X 10.10, SO Linux (RED HAT, SLACKWARE, FEDORA y DEBIAN ), Memoria de Almacenamiento Interno: Opcional, Consumo de energía: Máximo 1,6 kW; Modo de suspensión entre 1,2W y 2,9 W
Tabla 1, Características Técnicas de equipos de cómputo.
3.1.3. SERVIDOR:
Ítem característica Cantidad/Configuración
Procesador Intel® Xeon® 3204 1
Memoria RAM 16GB 1Rx4 PC4-2666V-R Smart
1
Almacenamiento 4TB HDD 3.5 pulgadas/Configuración
2
Puerto Ethernet 1Gb Redundante 2
Fuente de alimentación Kit fuente de alimentación ATX 550W
1
Sistema Operativo Ubuntu Server, configuración File Server
1
Estructura Torre Servidor 1
Con relación a la Marca, referencia y cantidades de equipos estas deben contar con las
características iniciales requeridas para la necesidad de la operación y que se optimice el desarrollo
del CICLO ECONOMICO INTERNO sujetas a disponibilidad al momento de su adjudicación.
Teniendo en cuenta que es necesario hacer buen uso de los espacios destinados para el desarrollo
de la operación los equipos que se buscan deben ocupar el menos espacio posible.
3.1.4 APOYOS Y PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS SOFTWARE 1: El programa que se busca debe tener más de Nueve (9) años de registrado y contar con el soporte tecnológico para suplir la necesidad que genera el servicio asistencial básico- Móvil contando con un dispositivo tecnológico, que permita simplificar, agilizar y realizar en línea los trámites para traslado de pacientes y radicación de cuentas frente a los pagadores del sistema. El software debe permitir:
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Para el servicio asistencial básico, en la móvil: AVISO DE EVENTOS
ESCANEAR DOCUMENTOS
DILIGENCIAMIENTO AUTOMÁTIZADO DE LOS FORMULARIOS BASICOS PARA
RADICAR UNA
CUENTA:
FURIPS
FURTRAN
FURPEN
HISTORIA CLINICA
VALORACION CONSULTA A DOMICILIO
REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA
FACTURACION EN LINEA POR SERVICIO
El Contratista debe administrar la plataforma o software desde un Punto Fijo: CONTROL DE MÓVILES
CARPETAS POR USUARIO
EXTRACTO EN TIEMPO REAL DE SERVICIOS
RADICACION EN LINEA
SOFTWARE 2
El programa que se busca debe contar con el soporte tecnológico para suplir la necesidad de contar
con la trazabilidad de la Factura y seguimiento de la cuenta, así como su control, teniendo en cuenta
la interconexión que debe existir entre los ciclos este programa debe ser amigable con el software de
la clínica y debe contar permitir:
1. Trazabilidad completa de la factura
Numero de la factura
Consecutivo o número de atención
Fecha de diligenciamiento
Valor
Régimen
Dirección
Cedula del usuario
Teléfono
Nombre
Glosa
Devolución
Objeción
Respuesta
fecha
2. Control de Glosa
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3. Causación de las Glosas
4. Aplicación de los pagos
5. Devoluciones
6. Seguimiento y Cartera
La información debe ser respaldada en una nube o servidor, con las siguientes características
Ítem Característica Cantidad/Configuración
Procesador Intel® Xeon® S 3204 1
Memoria RAM 16GB 1Rx4 PC4-2666V-R
Smart
1
Almacenamiento 4TB HDD 3.5
pulgadas/Configuración
2
Puerto Ethernet 1Gb Redundante 2
Fuente de alimentación Kit fuente de alimentación ATX
550W
1
Sistema Operativo Ubuntu Server, configuración
File Server
1
Estructura Torre Servidor 1
las características necesarias para la implementación del servidor de archivos, teniendo en cuenta la
adquisición de Repuestos, Servicio Técnico, Garantías del Fabricante, Eficiencia, Escalabilidad y
Disponibilidad en el mercado se seleccionan las siguientes Opciones:
Servidor HPE ProLiant ML110 Gen10 (BASE OPERATIVA), adición de memoria RAM 16Gb (32
gigas totales), Adición de Disco duro de 4Tb para configuración raid.
Los dos Software deben ser compatibles con el Software de Facturación de la E.S.E. y con el
programa que cuente esta al momento del desarrollo del contrato el cual corresponde actualmente
con las siguientes características:
El HIS y ERP del Hospital Regional de Moniquirá es ASIS (Alxo,Sistemas de Información en Salud)
opera bajo plataforma cliente /servidor con motor de base de datos de SQL SERVER 2017
licenciado por la empresa.
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REGLAS GENERALES
3.2. Consulta.
Los estudios y documentos previos, así como cualquiera de sus anexos está a disposición del
público en el Sistema Electrónico de Contratación Pública -SECOP. No serán admitidas las
consultas telefónicas ni personales, ni tendrá fuerza vinculante para La E.S.E. cualquier
pronunciamiento verbal. En caso que el proponente requiera la expedirán de copias del pliego de
condiciones, se allanará lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo.
3.3. Idioma.
Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes o por
terceros para efectos del proceso de selección, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser
otorgados en idioma español. La oferta y sus anexos deben ser presentados en español. Los
documentos con los cuales el Proponente acredité los requisitos habilitantes solicitados que estén en
una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original
otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe
presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma
extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso,
cumpliendo el trámite de apostilla o consularización.
3.4. Conversión de monedas.
El Proponente debe presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron
emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. Si esta expresado originalmente en una moneda
diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda
utilizando para ello el valor correspondiente a un procedimiento de conversión reconocido en
Colombia. Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de Norte América o si
la información se presenta originalmente en dicha moneda, para esta conversión a pesos
colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa del mercado certificada por la
Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha de corte de los estados financieros.
3.5. Número mínimo de participantes.
El número mínimo de participantes es de uno (1) hábil. Se entiende por Proponente hábil, aquel que,
cumpliendo con los requisitos del pliego de condiciones, su propuesta una vez evaluada resulta
favorable a los intereses de La E.S.E.
3.6. Interpretación y aceptación del pliego de condiciones.
Con la presentación de la oferta, el Proponente manifiesta que estudio el pliego de condiciones y
todos los documentos del presente proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las
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estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza del suministro,
su costo y su tiempo, y que formulo su oferta de manera libre y espontánea.
Todos los documentos del presente proceso de selección se complementan mutuamente, de tal
manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todas las
interpretaciones o deducciones que el Proponente haga de lo establecido en este pliego de
condiciones, las cuales serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, La E.S.E. no será
responsable por descuidos, errores, conjeturas, suposiciones, malas interpretaciones u otros hechos
desfavorables en que incurra el Proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.
Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por el Proponente durante el
proceso de selección tendrán únicamente valor interpretativo.
El hecho que el Proponente no se informe y/o documente debidamente sobre los detalles y/o
condiciones bajo las cuales será ejecutado el suministro del presente proceso de selección, no se
consideraran como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones.
En la propuesta no podrá señalarse condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de
condiciones y el anexo técnico. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto,
prevalecerán las disposiciones contenidas en este documento. Además, se seguirán los siguientes
criterios para la interpretación y entendimiento del presente pliego de condiciones.
a. El orden de los numerales y secciones no debe ser interpretado como un grado de prelación entre
las mismas.
b. Los títulos de los numerales y secciones utilizados sirven solo como referencia y no afectaran la
interpretaci6n de su texto.
c. Las palabras en singular, se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto;
y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el
contexto lo requiera.
d. Los plazos en días establecidos, se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa
se indique que se trata de días calendario o meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda
a un día no hábil para la entidad o no laboral, el vencimiento del plazo se traslada al día hábil
siguiente.
e. Las palabras expresamente definidas en este pliego, deben ser entendidas únicamente en el
sentido que a las mismas se les conceda según su definición.
3.7. Impuestos, tasas y contribuciones.
Al formular la oferta, el Proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y
contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o
municipales.
3.8. Información inexacta.
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La E.S.E.se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de
la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o
entidades respectivas. Cuando exista inconsistencia definitiva entre la información suministrada y la
efectivamente obtenida o suministrada por la entidad por la fuente de donde proviene la información
que se pretende acreditar en la Convocatoria Pública, el documento que la contenga se entenderá
como no presentado. Sin perjuicio de hacer conocer el hecho a las autoridades competentes.
3.9. Normatividad aplicable.
Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato a celebrar, estructura, y prestación del servicio
del Ciclo Económico Interno, la modalidad de selección que se debe adelantar se regirá por las
disposiciones contenidas en el acuerdo 06 de 2017 y Resolución 068 de 2017.
3.10. Incumplimiento a los compromisos.
Si durante el proceso de selección, se comprobare el incumplimiento del Proponente, sus
representantes o sus empleados o agentes, a los compromisos antes enunciados, procederá el
rechazo de la propuesta presentada. En caso que La E.S.E. advierta hechos constitutivos de
corrupción de parte del Proponente durante el proceso de selección, tales hechos se pondrán
inmediatamente en conocimiento de las autoridades competentes, a fin que se inicien las acciones
legales a que hubiere lugar.
4.10. Seguridad Social.
a. Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá presentar una certificación en original,
expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley, o por
el Representante Legal, bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera Revisor Fiscal, del
pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y
aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio
Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de cierre del presente
proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los
últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la
obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de tres (3)
meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
b. Cuando el proponente sea una persona natural, deberá presentar una declaración en original,
bajo la gravedad de juramento donde certifique el pago de los aportes de sus empleados a los
sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar,
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento
debe certificar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de
los aportes correspondientes a la nómina de los Últimos seis (6) meses contados a partir de la citada
fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos y allegar los
respectivos soportes de pago.
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En caso de que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por ende no
esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, también bajo la
gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.
c. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes, deberá
aportar la declaración exigida en los literales anteriores.
4. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas
con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en
plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados.
EXPRESIÓN DEFINICIÓN
Acta de inicio Es el documento suscrito por el Supervisor y el Contratista, en el cual, se estipula la fecha de iniciación del plazo, si así se pactó en el contrato.
Acta de suspensión Es el documento mediante el cual la Entidad y el Contratista acuerdan la suspensión del contrato cuando se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, o circunstancias ajenas a la voluntad de las partes que impiden la ejecución del mismo.
Acta de reiniciación Es el documento mediante el cual se levanta la suspensión del contrato por haberse superado las situaciones que le dieron origen y se ordena la reiniciación de las actividades. Este documento será firmado por el Contratante y el Contratista. El contratista se obliga a actualizar la garantía Única.
Acta de entrega y recibo a satisfacción
Es el documento que contiene los datos referentes a la forma como el contratista entrega a la Entidad los bienes, las obras o los servicios objeto del contrato y la manifestación del contratante de recibirlos a satisfacción o con observaciones
Adenda Es el documento expedido con el fin de aclarar, modificar o precisar el pliego de condiciones; se emite con posterioridad a la expedición del pliego de condiciones, y forma parte integral del mismo.
Consorcio Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo dela propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que lo conforman.
Pliego de condiciones
Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los proponentes deben formular su oferta para participar en el proceso de contratación del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente proceso de contratación.
Oferta Es la propuesta presentada por los interesados en ser el contratista del
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Proceso de Contratación objeto del presente pliego de condiciones.
CICLO ECONOMICO INTERNO
Es el proceso mediante el cual la E.S.E. agrupa los procedimientos desde el agendamiento de citas, admisión, facturación de servicios, radicación de la facturación, el control de la cartera junto con el recudo y contestación de glosa y conciliaciones, entendiéndose como ciclo económico interno la integralidad el ciclo administrativo del paciente en la institución.
5. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El contrato a desarrollar es “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO
ECONOMICO INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE
SERVIDOR, APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE
PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,
RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA
LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE
MONIQUIRÁ E.S.E”. el personal requerido para este proceso, así como los equipos y términos de la
aplicación de las herramientas tecnológicas a implementar en el desarrollo del proceso.
Los demás detalles de la presente selección objetiva también se encuentran incluidos en los
documentos del proceso.
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5.1. Descripción técnica.
El Contratista deberá ejecutar con excelente nivel técnico y probada solidez todas las tareas
comprendidas en los ítems que se citan en el presente documento. Por lo tanto, deberá acreditar el
cumplimiento de los requisitos técnicos y describirlos en anexo denominado ficha técnica.
5.2. Requisitos para la descripción técnica
El proponente deberá acompañar la propuesta con un anexo denominado ficha técnica con los
siguientes documentos:
a. perfiles de cargo con las correspondientes hojas de vida en cumplimiento de las especificaciones
requeridas.
b. Declaración realizada por un Ingeniero de Sistemas que los equipos cumplan con las
especificaciones requeridas y su correspondiente ficha técnica.
c. Registro en Derechos de Autor del Software y, autorización de uso.
d. Certificado de capacidad de almacenamiento de Datos en Data Center y Nube junto con la política
y manejo de protección de Datos
f. plan de capacitaciones y mediciones del personal donde se evidencia la optimización y ejecución
del CICLO ECONOMICO INTERNO.
6. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
1. Efectuar el control de los registros médicos y administrativos en el curso del proceso de la atención médico-asistencial de los pacientes, con el fin de verificar el correcto cumplimiento de los montos máximos establecidos por la ley, solicitar las autorizaciones respectivas, se corrijan en tiempo las posibles causales de glosa u objeción y que las facturas se elaboren oportunamente.
2. Facturación y elaboración de las facturas y/o cuentas: El CONTRATISTA deberá elaborar integralmente las cuentas de los servicios prestados e imprimir las facturas de conformidad con los sistemas administrativos, tecnológicos y manuales tarifarios del HOSPITAL. Para ello deberá recolectar la documentación necesaria de conformidad con los requisitos exigidos legal y contractualmente por las diferentes aseguradoras, las administradoras de planes de beneficios en salud y el responsable del consorcio Sayp (ADRES), y cualquier otro tercero como pólizas de salud, compañías de medicina prepagada, planes complementarios, ARL, empresas internacionales y particulares, EPSs. En todo caso, la factura totalmente elaborada con sus soportes respectivos y la cuenta en general deberá ser puesta a disposición de la auditoría concurrente por parte de las aseguradoras, cuando ello sea procedente, para su revisión en un plazo que no podrá exceder de dos (2) días calendario contado a partir de que EL HOSPITAL le entreguen al CONTRATISTA todos los documentos y soportes necesarios, excepto cuando por razones ajenas a EL HOSPITAL no sea posible cumplirlo.
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3. Atención de auditorías concurrentes, el CONTRATISTA atenderá las auditorias concurrentes de las aseguradoras y resolverá las observaciones que cualquier auditoria concurrente dispuesta por las aseguradoras, las administradoras de planes de beneficios en salud, consorcio Sayp (ADRES) y cualquier otro tercero, para la revisión de las facturas por lo servicios a pacientes víctimas de accidentes de tránsito. La aceptación de cualquier objeción que genere anulación, re-facturación, corrección o nota crédito en cualquier cuenta auditada, deberá ser expresamente aprobada por EL HOSPITAL, cartera o cuentas médicas, de acuerdo al tipo de corrección.
4. Radicación y prestación de las facturas, para ello el CONTRATISTA deberá a nombre del HOSPITAL radicar y presentar las cuentas de los servicios prestados por esta ante las diferentes aseguradoras, administradoras de planes de beneficios en salud, consorcio Sayp (ADRES) y cualquier otro tercero como pólizas de salud y compañías de medicina prepagada, planes complementarios, ARL, empresas internacionales y particulares, ateniendo las condiciones y procedimientos comerciales, contractuales y legales que para ello se encuentren vigentes. En ningún caso la radicación de las cuentas podrá hacerse en un plazo superior a treinta (30) días corrientes contados a partir del plazo en que EL HOSPITAL le entregue al CONTRATISTA los documentos y soportes necesarios para efectuar tal actividad.
5. Atención y respuesta de glosas que se reciban con ocasión de las respuestas dadas a las glosas presentadas, en las mismas condiciones que para la atención de glosas y observaciones. En ningún caso la atención y respuesta de las glosas podrá realizarse en un plazo superior a los quince (15) días contados a partir de que EL HOSPITAL la pongan a disposición del CONTRATISTA, la glosa se atenderá como máximo en el tiempo establecido en la norma vigente.
6. Cobro administrativo y prejudicial: El CONTRATISTA cobrará administrativa y/o prejudicial de las facturas cuentas que no sean pagadas por los responsables del pago a cargo del CONTRATISTA, después del proceso de atención de glosa, de conformidad con la normatividad vigente, para ello EL HOSPITAL le otorgarán los poderes respectivos y asistirán a las audiencias prejudiciales y citaciones que sean del caso.
7. Gestión de cobranza: El CONTRATISTA realizará a su cuenta, riesgo y bajo su responsabilidad todas las actividades usuales incluyendo aquellas prejudiciales que faciliten y posibiliten el cobro y recaudo efectivo de la cartera de EL HOSPITAL. Para la gestión de cobro el CONTRATISTA deberá indicar a los responsables de pago a su cargo, que estos servicios se deberán consignar a la que la E.S.E. certifique para tal fin.
8. Prestar sus servicios de conformidad con su experticia técnica y profesional en este ámbito, conforme a las condiciones señaladas en este documento y las normas vigentes sobre la materia.
9. Atender los servicios buscando en todo momento que se cumplan las actividades bajo criterios de eficiencia, celeridad e idoneidad, buscando en todo momento el beneficio en favor de EL HOSPITAL.
10. Entregar el correspondiente soporte documental de las gestiones o actividades realizadas. (xi) Asistir cuando sea requerido por EL HOSPITAL, a toda clase de reuniones que se programen para debatir o tratar los asuntos propios de los servicios objeto del presente Contrato. Para tal efecto, EL HOSPITAL se comunicarán vía telefónica o escrita con el
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CONTRATISTA. En el evento en que el CONTRATISTA no pueda asistir a la reunión, las Partes de común acuerdo fijarán fecha y hora para la realización de esta.
11. Entregar los informes a EL HOSPITAL en los términos y condiciones que las Partes de mutuo acuerdo establezcan.
12. Mantener la calidad de los servicios ofrecidos, obligándose a solucionar de manera oportuna los hechos propios o de terceros que desmejoren dicha calidad, tales como hurto o daños de los equipos, elementos y bienes de trabajo del CONTRATISTA, conflictos laborales en la empresa del CONTRATISTA, y cualquier otro que afecte la correcta ejecución de las actividades contratadas.
13. No utilizar, divulgar o explotar información alguna de EL HOSPITAL, que haya obtenido con ocasión del presente documento.
14. Cambiar el personal asignado a la prestación de los servicios objeto de este Contrato cuando así lo solicite el EL HOSPITAL. El cambio respectivo deberá efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud, siempre y cuando sea una solicitud motivada con base en los preceptos inmersos en el Código sustantivo de Trabajo.
15. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
16. Tener disponible durante todo el tiempo de ejecución del presente Contrato, el personal requerido para la ejecución de los servicios, responsabilizándose de la correcta programación y gestión de los servicios requeridos.
17. Disponer de la infraestructura tecnológica necesaria, que le permita realizar trabajos de excelente calidad en las actividades contratadas.
18. Rendir informes mensuales sobre el estado de los trámites y gestiones realizadas, generando reportes y alertas sobre cualquier novedad que surja y deba atenderse para dar cumplimento a los plazos y fines señalados en el aquí.
19. Suministrar por su propia cuenta, riesgo y subordinación, el personal requerido e idóneo para dar cabal cumplimiento al objeto del presente Contrato, personal que será en todo momento de su exclusivo cargo y responsabilidad. Ninguna relación laboral tendrá lugar entre EL HOSPITAL y el personal empleado por el CONTRATISTA, quien será la única responsable del pago de la totalidad de salarios, prestación e indemnizaciones de carácter laboral.
20. El CONTRATISTA se obliga a indemnizar EL HOSPITAL o a cualquier tercero, por todo el daño o perjuicio causado directa o indirectamente con ocasión de las actividades realizadas por cualquiera de sus empleados, contratistas y terceros vinculados con el CONTRATISTA. Dentro de los daños por los cuales responderá se incluyen los daños patrimoniales y extra patrimoniales, daños morales, daños a personas, daños a bienes de terceros, a bienes de propiedad de la E.S.E., lucro cesante y en general cualquier tipo de daño que deba ser indemnizado EL HOSPITAL o los terceros con los cuales deba relacionarse el CONTRATISTA, en la ejecución de este Contrato. Por tal motivo, en caso de ser necesario, EL HOSPITAL podrán llamar en garantía o denunciar el pleito respecto del CONTRATISTA, con el fin de obtener, en el mismo evento, el reembolso y restablecimiento de sus derechos de toda suma o derecho que haya sido lesionado por el CONTRATISTA y sea reclamado por cualquier tercero afectado.
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21. Acreditar en cualquier tiempo y a solicitud DEL HOSPITAL, los pagos de salarios, prestaciones sociales, aportes a seguridad social en pensiones y salud, aportes a la A. R. L, pagos de cesantías y los demás derechos de que gozan los empleados conforme a la legislación laboral nacional, respeto de los empleados del CONTRATISTA que estén prestando el servicio objeto del contrato que se suscriba.
22. Responder por toda la pérdida o daño a elementos o información de propiedad de EL HOSPITAL, cuando se compruebe que este o uno de sus dependientes se encuentre vinculado a estos hechos. Por tanto, el CONTRATISTA se obliga a someter a sus dependientes a todas las medidas de seguridad que tengan previstas EL HOSPITAL.
23. Apoyar al Hospital con toda la información requerida para efectuar las conciliaciones de cartera, mesas de conciliación con la Superintendencia nacional de Salud y secretaria de salud departamental.
24. Apoyar a la ESE en la entrega de información a organismos de control, relacionados con los procedimientos incluidos dentro del ciclo económico interno.
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o
extranjeras; consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté
relacionado con la prestación de servicios complementarios de salud humana, el recaudo y
administración de cartera por la facturación propia o de terceros, la prestación de servicios de
administración, asesoría, auditoria, consultoría y en general servicios para el sector de la salud. del
contrato a celebrarse. La duración de constitución debe ser mínimo de diez (10) años en caso de ser
persona jurídica, Nacional o extranjera en caso de ser asociación debe ser por lo menos por la
vigencia del Contrato y dos años más.
La ESE revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad
o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de
responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes
judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.
Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el
documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres
(3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de
constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la
capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el
representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando
la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta.
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25. CRONOGRAMA:
Actividad Fecha Lugar
1. Publicación de los pre-términos de condiciones
Desde las 3:00 PM del
día 21 de Enero de
2021.
Página Web de la entidad.
WWW.HRM.GOV.CO. Y
www.contratos.gov.co.
2. Presentación de observaciones a la invitación publica
Hasta las 2:00 PM del
día 25 de Enero de
2021.
Al correo electrónico
contratació[email protected]
3. Respuesta de observaciones. Hasta las 4:30 PM del
día 25 de Enero de
2021.
Página Web de la entidad.
WWW.HRM.GOV.CO. Página Web
Colombia Compra.
www.contratos.gov.co.
4. Publicación de los términos de condiciones definitivos.
Hasta las 5:30 PM del
día 25 de Enero de
2021.
Página Web de la entidad.
WWW.HRM.GOV.CO. Página Web
Colombia Compra.
www.contratos.gov.co.
5. Fecha límite para la presentación de propuestas y suscripción del acta de cierre.
Hasta las 2:30 Pm del
día 27 de Enero de
2021.
Oficina secretaria de gerencia, del
Hospital Regional de Moniquirá.
6. Verificación de Requisitos Habilitantes técnicos, y propuesta económica y evaluación de las ofertas y comunicación para subsanar documentos habilitantes
A partir de las 3:00 pm
del día 27 de Enero de
2021.
Oficina, secretaria de gerencia del
hospital regional de Moniquirá.
WWW.HRM.GOV.CO. Pagina Web
Colombia Compra.
7. Publicación de la evaluación final de requisitos habilitantes. comunicación a oferente/s favorecidos para la firma.
Hasta las 5:30 pm del
día 27 de Enero de
2021.
Página Web de la entidad.
WWW.HRM.GOV.CO. Página Web
Colombia Compra.
www.contratos.gov.co.
8. Presentación de observaciones a la evaluación
Hasta las 2:30 pm del
día 28 de Enero de
2021.
A través de los correos electrónicos
contratació[email protected]
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11.1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS SOPORTE DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL
CONTRATISTA
Por tratarse de un contrato en que el presupuesto oficial supera 1000 salarios mínimos mensuales
legales vigentes, así como por no encuadrarse el presente proceso en lo enunciados en el artículo
24 del acuerdo 06 de 2017 o estatuto de contratación de la ESE, la Modalidad de selección del
contratista que se utilizara será de convocatoria pública, de conformidad con lo establecido en el
artículo 26 del acuerdo 06 de 2017 o estatuto de contratación de la ESE, así como lo dispuesto en
ley 100 de 1993 artículo 195, decreto 1876 de 1994.
11.2. MODIFICACIONES A LA INVITACIÓN
Cualquier modificación que se realice a la convocatoria se hará mediante adendas que serán
publicadas en la página Web http: WWW.HRM.GOV.CO., www.contratos.gov.co, estas adendas
formarán parte integral de la invitación.
11.3. PARAGRAFO- EXPEDICION DE ADENDAS:
EL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA, se reserva el derecho de modificar el presente
cronograma a su libre albedrío y según las necesidades de la entidad, para lo cual lo hará constar
por escrito a través de Adenda la cual se publicará teniendo en cuenta lo dispuesto para la
modificación de la convocatoria.
9. Responder las observaciones propuestas si las hubiere.
Hasta las 5:00 pm del
día 28 de Enero de
2021.
Página Web de la entidad.
WWW.HRM.GOV.CO. Página Web
Colombia Compra.
www.contratos.gov.co
10. firma del contrato o declaratoria de desierta
Desde las 8:00 am del
día 29 de Enero de
2021.
Oficina, secretaria de gerencia del
hospital regional de Moniquirá.
WWW.HRM.GOV.CO. Página Web
Colombia Compra.
11. Publicar el contrato o declaratoria de desierta
Hasta 3 días después
de la suscripción del
contrato.
Página Web de la entidad.
WWW.HRM.GOV.CO. Página Web
Colombia Compra.
www.contratos.gov.co
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12. PRESUPUESTO OFICIAL
12.1. Para el cálculo del presupuesto oficial se realizó análisis del total de la cartera de la institución, a lo cual
se le fijo un meta de recaudo del 30%, siendo esta la base para el cálculo del 5 % que se cancelara
como cuota de éxito, de acuerdo al siguiente por menor:
VALOR TOTAL CARTERA CARTERA A RECUPERAR
30%
$ 15.134.360.070 $ 4.540.308.021,00
VALOR 5% TOTAL $ 227.015.401,05
VALOR 5% MENSUAL $ 28.376.925,13
Para calcular el valor a cancelar por recaudo de la vigencia corriente, se tomo como referencia la facturación
de la entidad en el ultimo trimestre, al promedio resultante se calculara el 5 % que será el presupuesto inicial
oficial, de acuerdo al siguiente por menor:
VALOR
FACTURADO OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE PROMEDIO
VALOR
$
2.009.994.742
$
1.929.541.853
$
2.450.177.147
$
2.129.904.581
VALOR DEL RECAUDO 80%
$
1.703.923.664,5
3
5 % VALOR MENSUAL
$
85.196.183,23
5% VALOR TOTAL
$
681.569.465,81
Así las cosas el valor del PO, será el resultando de la sumatoria del 5 % del recaudo corriente más el 5% del
recaudo de las vigencia anteriores, siendo este total del PO inicial del contrato y se cancelara como cuota de
éxito.
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ITEM VALOR ESTIMADO MES VALOR ESTIMADO TOTAL 8 MESES
ESTIMADO RECAUDO
VIGENCIA ANTERIOR $ 28.376.925,13 $ 227.015.401,05
ESTIMADO RECAUDO
CORRIENTE $ 85.196.183,23 $ 681.569.465,81
TOTAL $ 113.573.108,36 $ 908.584.866,86
Por lo anterior el Presupuesto oficial o costo estimado para la presente convocatoria, es la suma de
NOVECIENTOS OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y
SIETE PESOS M/CTE ($ 908.584.867,00) y Para efectos del presente proceso de selección del contratista, se
ha emitido el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº 2021000085, Código Nº 2.1.2.02.02.008.07
denominado “Remuneración Servicios Técnicos - Personal administrativo” de la vigencia dos mil veintiuno
(2021).
El valor de la propuesta deberá incluir la totalidad de todos los costos directos e indirectos para la completa y
adecuada ejecución del objeto contractual.
El valor de la oferta o propuesta presentada no podrá exceder el valor total del presupuesto oficial, so
pena de rechazo de la misma. En el valor presupuestado se entienden incluidos todos los costos
(directos e indirectos), tasas y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y
liquidación.
El valor de la propuesta deberá ser expresado en pesos colombianos, y en todo caso, será igual al resultado
de sumar todos los valores que componen la oferta y con los cuales queden cubiertos todos los costos,
beneficios, utilidades, imprevistos, impuestos y demás gastos en que deba incurrirse para ejecutar
debidamente el respectivo contrato.
El análisis de precios del mercado para desarrollar el proyecto denominado “CICLO ECONOMICO
INTERNO” el cual es objeto de la presente convocatoria, fue realizado teniendo en cuenta el análisis
desarrollado en pro de mejorar el recaudo efectivo de los recursos que existen por la prestación de los
servicios del Hospital.
Serán de la exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar los
costos o valores unitarios y totales en su propuesta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se
deriven de dichos errores u omisiones.
12.2. FORMA DE PAGO
LA E.S.E. cancelará al CONTRATISTA como contra prestación de los servicios prestados, el
valor equivalente al 5% del valor total recaudado producto de la venta de servicios de salud
excepto las transferencias directas de la nación, departamento o municipio por subsidio a la
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oferta o proyectos especiales académicos, de investigación o de inversión y de cooperación
nacional o internacional.
Los pagos por realizar al contratista se realizarán de la siguiente manera:
Primer pago a título de anticipo correspondiente al 10% del valor inicial de la totalidad del
contrato, valor que se deberá amortizar en los seis primeros meses de ejecución del contrato.
El valor restante del contrato se ejecutará teniendo en cuenta el valor total del recaudo mensual
de la E.S.E., al cual se le aplicará el 5 % exceptuando lo referente a planes de intervención
colectiva PIC y las donaciones.
El pago mensual que refiere el inciso anterior se liquidara con corte a los días veinticinco (25)
de cada mes, y se realizaran los pagos en dos giros a la cuenta bancaria que señale el
contratista, el primero de ellos el día cinco (5) de cada mes, por el porcentaje equivalente al 3%
del total recaudado en el mes anterior, menos la amortización de lo pagado a título de anticipo
valor que corresponde a la comisión por concepto de uso de las plataformas y el segundo giro
se realizara el día diez (10) de cada mes, por el porcentaje de equivalente al 2% del valor del
recaudo del mes anterior menos la amortización de lo pagado a título de anticipo valor que
corresponde al pago de la prestación de los servicios operativos incluye todos los impuestos y
gastos del contrato incluida la administración, la cual para efectos de gravámenes, deberá
discriminarse detalladamente en las facturas. Siempre y cuando el CONTRATISTA realice la
presentación y radicación de la factura según su ejecución previa, observando que esta cumpla
con las normas legales de la DIAN, de acuerdo con la ejecución contractual, certificado por el
supervisor designado por la E.S.E.
EL HOSPITAL retendrá las sumas correspondientes a los porcentajes y descuentos
establecidos por la ley.
Además de la Factura, el CONTRATISTA deberá anexar las autoliquidaciones, donde conste el
pago de LA SEGURIDAD SOCIAL (salud, pensión, riesgos profesionales de quien (es) esta (n)
prestando el servicio), conforme a los valores establecidos por actividad, o por productos o
paquetes (productividad), según sea el caso, el cual está regulado por los perfiles y acciones
que EL CONTRATISTA deba cumplir y desarrollar durante la ejecución del contrato. Las
planillas de pagos de salud, pensión y aportes parafiscales deben ser facilitadas en el momento
que LA E.S.E. requiera realizar revisión para verificar el cumplimiento del Decreto 4369 de 2006
y el Código Sustantivo del Trabajo.
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13. PLAZO: El término del contrato inicialmente se pactará a ocho (8) meses, sin embargo, al existir
un porcentaje de éxito en la forma de pago, los valores superiores se realizarán a través de una
solicitud expresa de incremento de Presupuesto teniendo en cuenta la gestión y que
mencionados valores superen lo estimado en este documento
14. PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán estar suscritas en original por el representante legal de la persona jurídica o
por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal.
El oferente deberá entregar la propuesta en medio físico y magnético. La propuesta en medio físico
deberá ser radicada en sobre cerrado, original y copia, debidamente foliado. Cada sobre deberá
estar cerrado y rotulado de acuerdo con el anexo 2 de la presente convocatoria, No se aceptarán
propuestas remitidas por fax o correo electrónico. No se admitirán ofertas parciales,
complementarias o propuestas de modificaciones que fueren presentadas con posterioridad al cierre
de la convocatoria.
14.1. AUTORIZACIÓN
Para el caso en concreto, si el representante legal de la firma del proponente tenga alguna limitación
para suscribir la oferta o el contrato, según lo indicado en el Certificado de Existencia y
Representación Legal, se deberá anexar el original del acta del órgano correspondiente que lo
autorice para presentar la oferta y suscribir el contrato en caso de que le sea adjudicado.
CAPÍTULO 2
1. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Para todos los casos el proponente deberá manifestar en su propuesta que no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, Ley 80 del 93, acuerdo 06 de 2017 y demás normas concordantes.
2. PROPUESTAS PARCIALES
En ningún caso se aceptarán propuestas Parciales.
2.1. PROPUESTAS ALTERNATIVAS
En ningún caso se aceptarán propuestas alternativas.
2.2. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá presentarse con los documentos que se relacionan a continuación:
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2.3.1. REQUISITOS HABILITANTES.
2.3.1.1. REQUISITOS DE ORDEN JURÍDICO
Los siguientes documentos y requisitos se consideran necesarios para que el Hospital acepte que
existe realmente una propuesta, por lo tanto, en caso de que el proponente no aporte dentro de su
propuesta la totalidad de documentos que se consideran requisitos habilitantes, se establecerá la
INEXISTENCIA del mismo y será causal de INADMISIÓN JURIDICA y por consiguiente no será
sujeto de evaluación técnica ni económica.
1. Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación de la persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificará el de la persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones temporales se verificará el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión Temporal.
2. Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal expedido por la Contraloría General de la República de la persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificará el de la persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones temporales se verificará el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión Temporal.
3. Certificado de Antecedentes Penales expedido por la Policía Nacional de la persona natural; En caso de personas jurídicas se verificará el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones temporales se verificará el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión Temporal.
4. Carta de Presentación de la Propuesta, según Anexo 3 consagrado en los términos de condiciones.
5. Propuesta económica. 6. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o cedula de extranjería o pasaporte según
corresponda del representante legal dependiendo de si el oferente es nacional colombiano o extranjero.
7. Acreditar, con el aporte de copia de la Libreta Militar para los hombres menores de 50 años, que ha resuelto su Situación Militar, a la fecha máxima de presentación de ofertas
8. Nit o Registro Único Tributario: Para el caso de Persona Natural o jurídica deberá anexar una fotocopia legible del Nit. o Registro Único Tributario (RUT).
9. Certificado de Existencia y Representación Legal, renovado expedido por Cámara de Comercio; Para afectos de verificar la capacidad jurídica, a través del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido máximo 30 días anteriores a la fecha de cierre de la presente invitación, la entidad tendrá en cuenta: a. objeto social de la persona jurídica: Se verificará que la persona jurídica este autorizado
para cumplir con el objeto del contrato o la experiencia contractual, así como el registro en derechos de autor de los programas que manejen.
b. La calidad de representante legal de quien suscribe la oferta, lo cual se verifica con la inscripción del representante legal en el certificado de existencia y representación legal.
c. Las facultades del representante legal de la persona jurídica para presentar la oferta y obligar a la persona jurídica a cumplir con el objeto del contrato.
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10. Documento de declaración juramentada, según Formato Anexo 6, en que acredite ausencia de inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del contrato y en la que conste que no ha sido sancionado por algún incumplimiento o multas, por circunstancias consagradas en la ley 1474 de 2011, Art. 1º, Art. 2º y Art. 90. En esta declaración la persona jurídica certificara que ni la persona jurídica ni su representante legal están incursos en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, de igual manera se certificara para el caso de personas naturales; Para el caso de consorcios o uniones Temporales el Representante Legal del Consorcio o de la unión Temporal aportara documento de Declaración juramentada en que conste que ningún de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal se encuentra con inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del contrato.
11. Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar Documento de conformación del consorcio o unión temporal
12. Acreditar con documentos que el oferente persona natural o jurídica o cada uno de los consorciados o Unidos Temporalmente se encuentran al día en los pagos del sistema de seguridad social integral en salud (Salud, Pensión, riesgos laborales) y Parafiscales, cuando corresponda. (Art. 23 ley 1150 e 2007 y ley 1562 de 2012)
13. Acreditar que el oferente persona natural o cada uno de los consorciados o unidos temporalmente se encuentran inscritos en el Registro Único de Proponentes con fecha de expedición no mayor a 30 días anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria.
14. En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y un año más.
15. La ESE revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.
16. Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta.
17. Certificación expedida por el representante legal en la cual indique si en la entidad o institución se encuentra implementando el SARLAFT.
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3. Experiencia.
3.1. EXPERIENCIA GENERAL:
La experiencia será acreditada mediante la presentación de mínimo 3 contrato y máximo 4 contratos
celebrados y ejecutados con entidades públicas o privadas dentro de los diez (10) años anteriores a
la fecha de cierre de la convocatoria, cuyo objeto sea PRESTACION DE SERVICIO DE ADMISION,
GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA
Y CONCILIACIONES EN INSTITUCION HOSPITALARIA y, cuya sumatoria en salarios mínimos
anuales reportados sea igual o superior a 1.700 SMMLV , esta experiencia deberá encontrarse
acreditada en el registro único de proponentes con los siguientes códigos UNSPSC:
CLASIFICACION
UNSPSC
DESCRIPCIÓN
80101500 SERVICIOS DE CONSULTORIA DE NEGOCIOS Y
ADMINISTRACION CORPORATVA
84111600 SERVICIOS DE AUDITORIA
85101700 SERVICIOS DE ADMINISTRACION EN SALUD
Cuando un proponente plural adquiere la experiencia de un contrato como integrante de un
contratista plural, la experiencia derivada de este contrato corresponde a la ponderación del valor del
contrato por el porcentaje de participación.
En el caso de que los contratos que acreditan la experiencia tengan algún tipo de multa o sanción,
no serán tenidos en cuenta por parte de la E.S.E. para ello se solicita que el proponente resalte en
su RUP, los contratos mediante los cuales se pretende acreditar la experiencia general.
El proponente debe acreditar lo anterior con certificación expedida por la entidad contratante y/o la
copia del contrato y/o acta de liquidación de este, que sirvan de soporte para la experiencia en
relación con el objeto del presente proceso. Documentos que serán objeto de comparación con el
respectivo certificado del RUP, para verificar requisitos adicionales como el tiempo de ejecución,
objeto, de igual forma la congruencia en la información reportada para efectos de ser acreditada
como requisitos habilitantes.
3.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
La experiencia especifica será acreditada mediante la presentación de un contrato celebrado y
ejecutado con entidad privada o pública de salud de tercer o de cuarto nivel de complejidad, cuyo
presupuesto oficial sea igual o superior a 490 SMMLV para la fecha de la suscripción del contrato a
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acreditar, esta experiencia deberá encontrarse acreditada en el registro único de proponentes bajo
mínimo con 3 de los siguientes códigos UNSPSC:
CLASIFICACION
UNSPSC
DESCRIPCIÓN
85101700 Servicios de Administración en Salud.
80101500 Servicios de consultoría de negocios y administración corporativa.
84131600 Seguros de vida, salud y accidentes.
85121500 Servicios de prestadores de cuidado primario.
84111600 Servicios de auditoria.
4. Capacidad Financiera.
Los indicadores de capacidad financiera buscan establecer unas condiciones mínimas que reflejen la
salud financiera del proponente a través de su liquidez, endeudamiento y razón de cobertura de
intereses. Estas condiciones muestran la aptitud del proponente para cumplir oportuna y cabalmente
el objeto del contrato. El proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la
información contenida en el RUP.
4.1. Índice de Liquidez.
Este indicador determina la capacidad que tiene un Proponente para cumplir con sus obligaciones
de corto plazo.
Indicador Índice requerido
Índice de Liquidez Mayor o igual a 1.50
4.2. Índice de Endeudamiento:
Este indicador determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y
patrimonio) del Proponente.
Indicador Índice requerido
Índice de Endeudamiento Menor o igual a 0.65
4.3. Activo corriente: Este indicador determina la capacidad que tiene un Proponente para
cumplir con sus obligaciones de corto plazo.
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Indicador Índice requerido
Activo Corriente Mayor o Igual a 1000 SMLMV
4.4. Activo Total: Este indicador determina la capacidad que tiene un Proponente para cumplir
con sus obligaciones de corto plazo.
Indicador Índice requerido
Activo Total Mayor o Igual a 1250 SMLMV
5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO A CONTRATAR
El Contratista deberá ejecutar con excelente nivel técnico y probada solidez todas las tareas comprendidas en los ítems que se citan en el presente documento. Por lo tanto, deberá acreditar el cumplimiento de la ficha técnica propuesta. 6. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La E.S.E. debe evaluar la oferta del Proponente que hayan acreditado los requisitos habilitantes
señalados en el numeral 2.3.1.
La ES.E. evaluará las propuestas con arreglo a los principios de prevalencia del interés general,
legalidad, planeación, igualdad, transparencia, economía, responsabilidad, selección objetiva,
celeridad, moralidad, eficiencia, imparcialidad, publicidad, contradicción, eficiencia, equilibrio y
conmutatividad.
6.1. PUNTAJE POR CRITERIO DE EVALUACIÓN
La E.S.E. asignara a las ofertas el puntaje que se describe a continuación.
CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJE
Factor económico 30 puntos
Factor técnico y de soporte 50 puntos
Mantenimientos adicionales. 15 puntos
Oferentes con trabajadores con discapacidad.
5 puntos
Total 100 puntos
6.2. FACTOR ECONÓMICO:
Para realizar este estudio se requiere que el proponente haya ofertado la totalidad de los ítems
solicitados en la presente convocatoria.
6.2.1. MENOR VALOR: En esta fase de la evaluación se efectuará el análisis económico de la
propuesta hábil con base al valor ofertado, determinándose el orden de elegibilidad de acuerdo con
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el precio total ofrecido. La E.S.E., a partir del valor de las Ofertas debe asignar cincuenta (50) puntos
al menor valor y disminuyendo 10 puntos en orden de menores precios hasta el quinto proponente.
6.3. FACTOR TÉCNICO Y DE SOPORTE
6.3.1.1. Director de proyecto:
REQUISITOS PUNTAJE
Profesional en áreas relacionadas con el sector de la salud 20 puntos
Especialización en Gerencia en Servicios de Salud 20 puntos
Experiencia mínima en 5 proyectos que incluyan entre sus actividades realizadas el desarrollo y funcionamiento de admisión, facturación, cartera, glosas.
10 Puntos
6.3.1.2. Coordinador de Proyectos
REQUISITOS PUNTAJE
Profesional en área de salud 15puntos
Especialización en auditoria en salud 10 puntos
Especialización en administración en Salud 10 puntos
Experiencia mínima de 10 años que incluyan entre sus actividades realizadas el desarrollo y funcionamiento de la admisión, facturación, cartera, glosas, conciliaciones con auditoria medica concurrente.
5 puntos
6.3.1.4 Auditor de Calidad
REQUISITOS PUNTAJE
Profesional en Medicina, Enfermeria 15 puntos
Especialización en Auditoria en Salud o calidad en
servicios de salud
10 puntos
Experiencia mínima de 5 años que incluyan entre sus actividades realizadas el desarrollo y funcionamiento de la admisión, facturación, cartera, glosas, conciliaciones con auditoria medica concurrente.
5 puntos
6.3.1.5 Ingeniero
REQUISITOS PUNTAJE
Profesional Ingeniero de Sistemas o Afines 15 puntos
Experiencia mínima de 6 años en ingeniería de campo para sistemas de telecomunicaciones ingeniero soporte en sitio de los sistemas de cómputo y servidores y desarrollador en lenguajes java, Python, C# y C++.
5 Puntos
6.3.1.6 Abogado
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REQUISITOS PUNTAJE
Profesional Abogado 7 puntos
Experiencia mínima de 10 años en asesorías y procesos litigiosos ante entidades administrativas, desempeñándose mínimo 2 años como líder en desarrollo de procesos ante la Supersalud y superintendencia financiera.
3 puntos
6.3.1.7. Jefe de Cartera
REQUISITOS PUNTAJE
Profesional en Economía o administración 5 puntos
Experiencia mínima de 5 años que incluyan entre sus actividades realizadas el desarrollo y funcionamiento de la admisión, facturación, cartera, glosas, conciliaciones.
2 puntos
6.3.2. DOCUMENTOS SOPORTE DEL EQUIPO DE TRABAJO
6.3.2.1. Director de Proyecto.
a. Hoja de vida en formato de la función pública.
b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.
c. Fotocopia del título profesional obtenido.
d. Fotocopia del título de posgrado.
e. Certificaciones que acrediten la experiencia.
f. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.
g. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.
h. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.
6.3.2.2. Coordinador de Proyecto
a. Hoja de vida en formato de la función pública.
b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.
c. Fotocopia del título profesional obtenido.
d. Fotocopia del título de especialización.
e. Certificaciones que acrediten la experiencia.
f. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.
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g. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.
h. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.
6.3.2.4. Auditor de Calidad
a. Hoja de vida en formato de la función pública.
b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.
d. Fotocopia del título profesional obtenido.
e. Fotocopia del título de especialización.
f. Certificaciones que acrediten la experiencia.
g. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.
i. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.
j. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.
6.3.2.5 Jefe de Cartera
a. Hoja de vida en formato de la función pública.
b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.
c. Fotocopia del título académico obtenido.
f. Certificaciones que acrediten la experiencia.
g. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.
i. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.
j. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.
6.3.2.6. Ingeniero
a. Hoja de vida en formato de la función pública.
b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.
c. Fotocopia de la matricula profesional.
d. Fotocopia del título profesional obtenido.
e. Certificaciones que acrediten la experiencia.
f. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.
g. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.
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h. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.
6.3.2.6. Abogado
a. Hoja de vida en formato de la función pública.
b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.
c. Fotocopia de la matricula profesional.
d. Fotocopia del título profesional obtenido.
e. Certificaciones que acrediten la experiencia.
f. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.
g. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.
h. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.
Las certificaciones de trabajo que acrediten la experiencia expedida por el ente contratante deberán
ir en papelería membretada, indicando el cargo específico y la fecha de inicio y finalización de las
actividades y valor del contrato. Si las certificaciones no contienen esta información básica, no serán
tenidas en cuenta.
6.4. PLAN Y PROGRAMACIÓN DE MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS.
El Proponente deberá aportar un plan de mantenimientos para los equipos de cómputo que se
pretendan usar para el desarrollo del objeto contractual suscrito por un ingeniero de sistemas o
afines, y deberá constar el número de mantenimientos preventivos.
NUMERO DE MANTENIMIENTOS
PREVENTIVOS
PUNTOS
1 1 PUNTOS
2 3 PUNTOS
3 4 PUNTOS
4 7 PUNTOS
6.5. OFERENTES CON TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD:
La persona natural, el representante legal o el revisor fiscal, según corresponda certificara el número
total de empleados vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de
cierro de la presente convocatoria.
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TOTAL DE TRABAJADORES DE LA PLANTA DE PERSONAL
DEL PERSONAL DEL PROPONENTE.
NUMERO MÍNIMO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EXIGIDA.
Puntos
Entre 1 y 30 1 5 puntos
Entre 31 y 100 2 5 puntos
Entre 101 y 150 3 5 puntos
Entre 151 y 200 4 5 puntos
Más de 200 5 5 puntos
7. CRITERIOS DE DESEMPATE:
De persistir el empate, se aplicarán las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente:
a. Se escogerá el Oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de
escogencia y calificación establecidos en el pliego de condiciones del proceso de
contratación.
b. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los
factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del proceso
de contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia
y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
8. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Son causales para el rechazo de las propuestas, las siguientes:
• Cuando la propuesta: a) sea extemporánea, b) se presente en un lugar diferente al indicado en los
términos de la presente convocatoria.
• Cuando el proponente haya tratado de interferir, influenciar, informarse indebidamente en el
análisis de la propuesta.
• Cuando el Proponente o alguno de sus integrantes se encuentre en una o varias de las siguientes
situaciones: estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la
ley; tenga un conflicto de interés de origen legal o contractual; o no se encuentre en situación de
cumplimiento por concepto de pago de giros y aportes al Sistema de Seguridad Social y
parafiscales.
• Cuando un oferente tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que oferte, es decir,
cuando se trate de sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades
anónimas.
• Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos
tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a la E.S.E. HOSPITAL.
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• Cuando exceda en el valor en su oferta con relación al presupuesto oficial asignado por el Hospital.
• Cuando la propuesta no cumpla con la integridad del objeto de la presente convocatoria, es decir,
se presente en forma parcial.
• Cuando no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos.
• Cuando no cumpla con los requisitos técnicos exigidos las propuestas presenten situaciones,
circunstancias, características o elementos que impidan su comparación objetiva con las demás
propuestas.
• Cuando el proponente aparezca reportado o tenga antecedentes disciplinarios o antecedentes
judiciales (para el caso aplicables) y se encuentre Inhabilitado para contratar.
• Cuando por omisión y sin perjuicio de la posibilidad de saneamiento, a la propuesta no le sean
anexados dentro del término establecido por el Hospital los documentos.
9. GARANTIAS:
RIESGO CONSIDERACIONES
RESPECTO AL RIESGO.
NECESIDAD DE GARANTÍAS
REQUIERE
GARANTIA
NO
REQUIERE
GARANTIA
CONDICIONES DE LA
GARANTÍA SEGÚN
ESTATUTO DE
CONTRATACIÓN
1. RIESGO DE
CUMPLIMIENTO.
Teniendo en cuenta el
tipo de servicio
contratado, se hace
necesario constituir
esta garantía.
SI
Teniendo en cuenta
el artículo 44 del
estatuto de
contratación de la
entidad acuerdo 06
de 2017; la
garantía de
cumplimiento se
suscribirá por valor
el 10% del valor del
contrato, por el
termino de vigencia
y 4 meses más.
2. RIESGO DE CALIDAD
DE LOS BIENES.
Teniendo en cuenta el
tipo de servicio
contratado, se hace
necesario constituir
SI
Teniendo en cuenta
el artículo 44 del
estatuto de
contratación de la
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esta garantía. entidad acuerdo 06
de 2017; esta
garantía será por el
20% del valor del
contrato y por el
término del contrato
y un año más.
3. RIESGO DE
DEVOLUCION DE
PAGO ANTICIPADO
existe anticipo en el
presente contrato. SI
Teniendo en cuenta
el artículo 44 del
estatuto de
contratación de la
entidad acuerdo 06
de 2017;se
suscribirá esta
garantía por el valor
dado en anticipo y
por el término del
contrato y 6 meses
más
4. RIESGO SALARIOS,
PRESTACIONES
SOCIALES E
INDEMNIZACIONES.
Teniendo en cuenta el
tipo de servicio
contratado, se hace
necesario constituir
esta garantía.
SI
Teniendo en cuenta
el artículo 44 del
estatuto de
contratación de la
entidad acuerdo 06
de 2017; esta
garantía se
constituirá por el
10% del valor
contratado y por el
término del contrato
y 3 años más.
5. RESPONSABILIDAD
CIVIL
EXTRACONTRACTUA
L.
Teniendo en cuenta el
tipo de servicio
contratado, se hace
necesario constituir
esta garantía.
SI
Teniendo en cuenta
el artículo 44 del
estatuto de
contratación de la
entidad acuerdo 06
de 2017; esta
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garantía se
constituirá por el
10% del valor
contratado y por el
término del contrato
6. ESTABILIDAD Y
CONSERVACIÓN DE
LA OBRA
EJECUTADA.
No se requiere
teniendo en cuenta lo
contratado.
NO
Teniendo en cuenta
el artículo 44 del
estatuto de
contratación de la
entidad acuerdo 06
de 2017; esta
garantía se
constituirá por el
20% del valor
contratado y por el
termino de 5 años
contados a partir
del recibo de las
obras objeto del
contrato.
7. SERIEDAD DEL
OFRECIMIENTO
Teniendo en cuenta el
tipo de servicio
contratado, se hace
necesario constituir
esta garantía.
SI
Teniendo en cuenta
el artículo 44 del
estatuto de
contratación de la
entidad acuerdo 06
de 2017; esta
garantía se
constituirá por el
10% o más del
valor del
presupuesto
disponible y por el
termino de 120 días
calendario
contados desde la
fecha de cierre de
la invitación.
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CAPÍTULO 3.
CONDICIONES DEL CONTRATO
1. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. El contrato a celebrar constituye una relación
de carácter estrictamente civil, por lo tanto, no existe ningún tipo de relación laboral entre EL
HOSPITAL y el oferente seleccionado o alguna(s) de la(s) persona(s) que preste sus
servicios por intermedio o suministro de esta y en consecuencia, la competente para dirimir
cualquier tipo de controversia será la jurisdicción civil.
2. INDEMNIDAD DEL HOSPITAL. El contratista mantendrá indemne al Hospital Regional de
Moniquirá E.S.E, por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan
como resultado del uso por parte del contratista, de patentes, diseños o derechos de autor
que sean propiedad de terceros. Se consideran como hechos imputables al contratista todas
las acciones u omisiones de su personal y de sus subcontratistas y en general cualquier
incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si en cualquiera de los eventos antes
previstos el contratista no asume debida y oportunamente la defensa del Hospital Regional
de Moniquirá ESE, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista
y éste pagará todos los gastos en que él incurra por tal motivo. En caso de que así no lo
hiciere el contratista, el Hospital, tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones
de cualquier suma que adeude al contratista por razón de los trabajos motivo del contrato, o
a utilizar cualquier otro mecanismo legal.
3. CESION Y SUBCONTRATOS. El contratista no podrá ceder el contrato sin previo
consentimiento escrito del Hospital, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para
negar la aceptación de la cesión.
4. MULTAS. En caso de que el contratista se constituya en mora o incumpla injustificadamente
total o parcialmente las obligaciones que asume en virtud del contrato, El Hospital podrá
imponerle, mediante resolución motivada, multas sucesivas y diarias por el 1% del valor total
del contrato por cada día de retardo, sin exceder el 5% del valor de este y sin perjuicio de
hacer efectiva la sanción pecuniaria prevista en estos pliegos de condiciones o de la
declaratoria de caducidad del contrato.
5. VINCULACIÓN DE PERSONAL A LA EMPRESA: El personal que el contratista designe
para la ejecución del contrato no tendrá relación alguna con el hospital regional de Moniquirá
empresa social del estado, toda vez que no existe subordinación ni dependencia entre el
Hospital y el contratista.
6. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. En caso de incumplimiento definitivo por parte del
contratista, de cualquiera de las obligaciones contraídas con el contrato o de declaratoria de
caducidad, el contratista conviene en pagar al Hospital, a título de pena, una suma
equivalente al diez por ciento (5%) del valor total del contrato.
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7. COMITÉ DE EVALUACION. El Comité Evaluador del Hospital revisará las evaluaciones
efectuadas a las propuestas, siguiendo las reglas establecidas en este pliego. El Comité
examinará el proceso y cada evaluación, a fin de determinar si el proceso se llevó a cabo
cumpliendo las condiciones establecidas en los pliegos y así poder recomendar al ordenador
del gasto la adjudicación del contrato en mención, al proponente que haya obtenido el mayor
puntaje en la evaluación.
Para el presente proceso el comité evaluador estará integrado según lo indica el manual de
contratación de la entidad hospital regional de Moniquirá ESE. Las personas designadas
deberán actuar atendiendo lo preceptuado en el Manual de Contratación de la Entidad y
demás normas concordantes.
8. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Hacen parte integrante del CONTRATO y se tendrán en
cuenta para su interpretación, los siguientes documentos: 1. El Contrato, 2. Pliego de
condiciones 3. Propuesta presentada, 4. Documentos Anexos al Contrato, 5. Garantías,
aprobación de garantías, 6. Estudios previos 7. En general todos los documentos que se
generen en desarrollo del Contrato.
ORIGINAL FIRMADO
EDWIN ULLOA HURTADO
Gerente (E)
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ANEXO No 1
CARATULA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E.
CONVOCATORIA PÚBLICA N° 001 DEL 2021
OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO
INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,
APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL
PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,
RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA
LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE
MONIQUIRÁ E.S.E”
INFORMACIÓN DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE
DIRECCIÓN COMERCIAL
TELÉFONO
FAX
DIRECCIÓN CORREO ELECTRÓNICO
INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO
NOMBRE DIRECCIÓN COMERCIAL TELÉFONO FAX
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ANEXO No 2
CARTA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONOMICA
Señores
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA ESE
Ciudad.
Asunto: Presentación de propuesta
El suscrito, ____________________________, en calidad de representante legal de
___________________________ y de acuerdo con las cantidades y especificaciones contenidas en
los documentos de la convocatoria No. 001 de 2.021, hace la siguiente propuesta para
“CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO INTERNO,
CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE
PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA LA
ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA,
AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA,
RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS SERVICIOS
PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E”,
formulo la siguiente oferta para la presente convocatoria, según las siguientes características
técnicas mínimas:
OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO
INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,
APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL
PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,
RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA
LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE
MONIQUIRÁ E.S.E”
según las siguientes características técnicas:
3.1.1 PERSONAL MINIMO PARA LA OPERACIÓN:
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ITÉ
M
CARGO DESCRIPCION PERFIL
CANT
IDAD
VALOR
UNITARIO
CON IVA
VALOR
TOTAL
1
DIRECTOR DE
PROCESO
ECONOMICO
INTERNO
Haberse desempeñado
como coordinador, auditor,
control interno en E.S.E.
durante los últimos 12 años
con mínimo diez de
experiencia, formación:
enfermero (a) auditor con
especialización de servicios
de salud con énfasis en
seguridad social
preferiblemente con estudios
verificables de condiciones
de habilitación de
instituciones.
1
2 COORDINADO
RA CEI
Enfermero auditor en salud,
con experiencia mínima de
10 años relacionadas con
temas de auditoría interna
de calidad y cuentas
médicas.
1
3
LIDER DE
FACTURACIO
N Y CUENTAS
MEDICAS
Profesional en áreas
financieras con experiencia
laboral certificable de Tres
años en entidades públicas o
privadas pertenecientes al
sistema general de
seguridad social.
1
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4 LIDER DE
CARTERA
Profesional o técnico
administrativo de salud,
Auditoria Médica o afines,
con mínimo seis años de
experiencia en analista de
recobros y cuentas médicas.
1
5 AUTORIZACIO
NES
Personal con formación
Técnica o tecnológica en
carreras administrativas o de
salud, con experiencia
mínima de un año en el área
de autorizaciones de
servicios de salud, servicio al
cliente, protocolos de
servicio al cliente.
1
6
EXPERIENCA
AL USUARIO
PRESENCIAL
SEGUIMIENTO
Y
AGENDAMIEN
O
Tecnico o auxiliar
administrativo en salud,
experiencia mínima
certificable de un año en
atención al usuario y
agendamiento medico
1
7 FACTURADOR
ES
Profesional o técnico
administrativo de salud, que
cuente con experiencia y
conocimiento en facturación
y aplicativos del Sistema
Autorizador
10
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8
PERSONAS
AUXILLIAR DE
REFERENCIA
YCONTRAREF
ERENCIA
3
9 TECNICO
CUENTAS
Técnico o tecnólogo en
áreas administrativa o a fin
con experiencia como
mínimo de cinco años de
coordinación y de
facturación
2
10
AUXILIAR
ADMINISTRATI
VO//RADICAIO
N
Técnico o tecnólogo
administrativo de salud o
carreras afines, con
experiencia y conocimiento
en procesos administrativos
del área de salud
1
11 AUDITOR
MEDICO
Profesional Médico ,
especialista en Auditoría de
Servicios de Salud y calidad
especializaciones
Administrativas en Salud,
experiencia en Procesos de
Auditoría Médica y de
Revisión de Cuentas con
fortaleza en Sistema
Obligatorio de Calidad y
concurrencia amplio
conocimiento del sistema
general de seguridad social
en salud, sistemas de
gestión de calidad, gestión
clínica, auditoria de
1
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medicamentos, concurrencia
y manuales tarifarios
12 ANALISTA DE
CARTERA
Analista contable con
experiencia mínima de 2
años realizando validación
de recaudo, facturación,
cargue de sistema contable,
notas crédito, entre otros
1
13
ANALISTA DE
GLOSAS Y
CONCILIAR
Profesional o Tecnólogo
graduado como
Administración en Salud,
Administración, con
Experiencia: Mínima de dos
años en cuentas médicas,
procesos de cartera,
conciliaciones, cobranzas y
negociación, cargos
operativos o administrativos
preferiblemente en
empresas de Salud.
1
14 EXPERIENCIA
AL USUARIO
Técnico o auxiliar
administrativo, experiencia
mínima certificable de un
año en atención al usuario
1
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3.1.2 EQUIPOS
Las características son las siguientes:
ITEM DETALLE Número de equipos
1 21
2 6
3 15
4 21
5 21
6 21
7 21
8 21
9 21
10 21
11. 4
Tabla 1, Características Técnicas de equipos de cómputo.
3.1.3. SERVIDOR:
Ítem característica Cantidad/Configuración
Procesador 1
Memoria RAM 1
Almacenamiento 2
Puerto Ethernet 2
Fuente de alimentación 1
Sistema Operativo 1
Estructura 1
3.1.4 APOYOS Y PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS SOFTWARE 1:
Características e identificación del software
Autorización de uso del software.
Modalidad de almacenamiento de la información.
Capacidad de almacenamiento de información.
SOFTWARE :
Características e identificación del software
Autorización de uso del software.
Modalidad de almacenamiento de la información.
Capacidad de almacenamiento de información.
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Además, declaro:
• Que conozco que el presente proceso de selección y contratación se rige por el Derecho Privado y
el Estatuto de Contratación del Hospital.
• Que no me encuentro incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad
previstas en la Ley y en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar con el
Estado.
• Que ninguna persona o entidad distinta de las aquí nombradas tiene intereses en esta oferta, ni en
el contrato que como consecuencia de ella llegare a celebrarse y que por consiguiente sólo
compromete a los firmantes.
• Que conozco las especificaciones y demás documentos de la contratación y acepto todos los
requisitos en ellos contenidos.
• Que si se me adjudica el contrato me comprometo a otorgar las garantías requeridas, y a suscribir
el contrato dentro de las condiciones de la convocatoria señalados para ello.
Acompaño los documentos exigidos en las condiciones de la convocatoria.
Cordialmente,
_____________________________________
FIRMA
Nombre___________________________________
NIT ó C.C. No._________________ de __________
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ANEXO No 3
MODELO DE CERTIFICACIÓN ACREDITANDO PAGO DE APORTES
(ART. 50 LEY 789/02)
Nombre o razón social del oferente: ____________________________
CERTIFICACIÓN
Certifico que ____________________________ con C.C. o NIT No. ________, ha cumplido con el
pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y
aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio
Nacional de Aprendizaje, durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de esta
convocatoria.
Expedida a los ____días del mes de _______ de ______
Nombre:
Firma: ____________________________
(Oferente o el representante legal o revisor fiscal (cuando esté obligado a tener revisor
fiscal))
FIRMA DEL OFERENTE
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ANEXO No 4
COMPROMISO ANTICORRUPCION
Moniquirá,(Fecha) Señores HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA ESE Ciudad.
Asunto: Presentación de Compromiso Anticorrupción
El suscrito [ _________(1)__________ ], identificado como se indica al pie de mi firma, actuando en
nombre y representación de [ __________(2)__________ ] (en adelante el “Oferente”) y, en caso de
Uniones Temporales, Consorcios y Promesas de Constitución de Sociedad Futura, actuando
también en nombre y representación de cada uno de sus integrantes del consorcio o unión temporal
o promitentes, manifiesto la voluntad de apoyar la acción del Estado colombiano y del Hospital
Regional de Moniquirá E.S.E, para fortalecer la transparencia en los procesos de selección y la
responsabilidad de rendir cuentas, por lo tanto, de manera unilateral en nombre de mi(s)
representado(s) suscribo el presente Compromiso Anticorrupción, asumiendo los siguientes
compromisos:
Primero:
1.1. No ofrecer ni dar sobornos ni dar o entregar cualquier otra forma de halago o dádiva a ningún
funcionario, miembro, trabajador o subcontratista del Hospital o cualquier otro funcionario del
Estado que tenga o haya tenido que ver con el Proceso, en relación con su Propuesta.
1.2. No permitir que nadie en su nombre, bien sea empleado, agente o comisionista independiente
incurra en las conductas indicadas en el numeral 1.1 anterior.
1.3 Impartir instrucciones a todos sus empleados, subcontratistas y agentes y a cualesquiera otros
representantes suyos, exigiéndoles en todo momento el cumplimiento de las Leyes de la
República de Colombia, y especialmente de aquellas que rigen el presente proceso.
1.4. No efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como consecuencia
la colusión del proceso o el fraude en su resultado y no realizar conductas que tengan como
efecto la desviación de la Adjudicación del Contrato.
Nombre o Razón Social del Oferente, sus integrantes y sus
promitentes:__________________________________________________________
Nombre del representante legal: ______________________________________________
C.C. No.: ______________________ de: ________________________________
FIRMA: __________________________________________________________
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ANEXO 5
DECLARACION JURAMENTADA DE NO ESTAR INCURSO DE INHABILIDAD,
INCOMPATIBILIDAD O PROHIBICION
Por medio del presente documento y bajo la gravedad de juramento yo_______________________
identificado con C.C. Nª________________ de ____________, actuando en nombre propio (y en mi
condición de representante legal de la empresa XXXX); manifiesto de forma libre y espontánea que
no soy inhábil o me encuentro incurso en causal de incompatibilidad o prohibición alguna para la
presentación de la oferta y suscripción del contrato, así mismo manifiesto no haber sido sancionado
por algún incumplimiento o multas, por circunstancias consagradas en la ley 1474 de 2011, Art. 1º,
Art. 2º y Art. 90.
Atentamente,
Nombre _________________________
Documento de Identidad _________________________
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ANEXO No. 6
PROPUESTA ECONOMICA
Señores
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA ESE
Ciudad.
Asunto: Presentación de propuesta
El suscrito, ____________________________, en calidad de representante legal de
___________________________ y de acuerdo con las cantidades y especificaciones contenidas en
los documentos de la convocatoria No. 001 de 2.021, hace la siguiente propuesta para
“CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO INTERNO,
CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE
PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA LA
ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA,
AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA,
RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS SERVICIOS
PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E”, y
acepto el valor establecido como cuota de éxito el valor equivalente al (xx) % liquidado sobre el valor
total del recaudo de la E.S.E., exceptuando lo referente a planes de intervención colectiva PIC y las
donaciones.
_____________________________________
FIRMA
Nombre___________________________________
NIT ó C.C. No._________________ de __________
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NIT. 891.800.395-1
ANEXO 7
MINUTA DEL CONTRATO
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
CONTRATISTA:
NIT O C.C.:
CONTRATANTE: EL HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL
CICLO ECONOMICO INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD
COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE
PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE
PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA,
AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA,
AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION,
FACTURACION, RADICACION, CARTERA, RECAUDO,
CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS
SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E”
VALOR: $ _______________,00 M/CTE
DURACIÓN: OCHO (08) MESES.
Entre los suscritos a saber LUIS CARLOS OLARTE CONTRERAS, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. ___________________, obrando en su calidad de Gerente y Representante Legal del HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E. identificado con NIT. 891.800.395-1 código prestador.1546900823 empresa social del estado de naturaleza publica, quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denominará EL HOSPITAL o la CONTRATANTE, y por la otra, _________________________, identificado con Cedula de Ciudadanía No. ____________________ expedida en _______________, quien obra como representante legal de compañía ________________________________. sociedad identificada con Nit. ___________________________, con matricula No. _____________ quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA y que declara con la suscripción del presente contrato no encontrarse incursa en inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución y la Ley, hemos convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios que se regirá por las cláusulas que adelante se relacionan, previas las siguientes consideraciones:
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E “COMPROMETIDOS CON SU SALUD”
NIT. 891.800.395-1
CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO: El objeto del presente contrato consiste en “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E”
a través de las plataformas propiedad de XXXXXXXXXXy EL CAPITAL HUMANO contratado directamente por la Empresa XXXXXXXXXXXX, la cual tiene con respecto de estas el carácter de empleador, con el fin de cumplir con los siguientes fines
ALCANCE USO DE PLATAFORMAS
1.
ALCANCE OPERATIVO
1.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los software XXXXXXX son servicios que serán usados y puestos a disposición de la E.S.E. y el equipo humano del contratista garantizando el acceso omnipresente, conveniente, a una red de un conjunto compartido de recursos computaciones configurables como Servidores que realizan el almacenamiento y organización de las cuentas que permitiendo el seguimiento efectivo y la eliminación en un porcentaje de glosa de tipo administrativo. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los servicios proporcionados deberán ser accesibles a través de mecanismos estándares y desde las plataformas en los computadores que existan o en las Tablet que sean necesarias para la ejecución del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: Los recursos puestos a disposición del Hospital deberán seguir el modelo normativo requerido para poder cobrar los servicios ejecutados por la E.S.E. PARÁGRAFO CUARTO: Se deberá disponer de un servidor en el país, de acuerdo a las características ofertadas, desde el cual se puedan controlar y gestionar los servicios del sistema Cloud y vigilar las capacidades de su rendimiento en un nivel de abstracción suficiente para la naturaleza del servicio contratado. PARÁGRAFO QUINTO: LA E.S.E no reconocerá valores adicionales a los aquí pactados, por ningún concepto. SEGUNDA. - ALCANCE DE LOS SERVICIOS: (I) En ejecución de las actividades que hacen parte del objeto contractual, el CONTRATISTA deberá efectuar y cumplir con lo siguiente: (II) si de acuerdo al diagnóstico se evidencian facturas sin radicar estas serán radicadas siempre y cuando la entidad entregue los correspondientes soportes. (III) Atender y dar respuesta a las glosas, objeciones o devoluciones y pre-glosas a facturas y cuentas que presenten las aseguradoras o EPSs, administradoras de planes de beneficios en salud, ADRES y consorcio Sayp, Secretarias o cualquier otra con ocasión de los servicios médicos o asistenciales prestados por EL HOSPITAL, en observancia de las condiciones y procedimientos comerciales, contractuales y legales que se encuentren vigentes. (IV) Cobrar administrativa y prejudicialmente las facturas y/o cuentas que no sean pagadas las aseguradoras o EPSs, administradoras de planes de beneficios en salud, ADRES y consorcio Sayp, Secretarias o cualquier otra con ocasión de los servicios médicos prestados por EL HOSPITAL para cubrir los excedentes, después del proceso de atención de glosa y pre-glosa.
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NIT. 891.800.395-1 (V) adelantar todas las actividades de cobro administrativo y prejudicial de cobranza de la cartera pendiente de recaudo por parte de EL HOSPITAL. (VI) Prestar asesoría administrativa y financiera en la planeación, desarrollo y ejecución del proceso del ciclo económico interno de EL HOSPITAL. TERCERA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: XXXXXXXXXXXXX. mantendrá una responsabilidad de MEDIO Y NO DE RESULTADO lo que el CONTRANTANTE acepta. PARÁGRAFO PRIMERO: El CONTRATISTA prestará sus servicios tecnológicos, profesionales y técnicos, cumpliendo con los más altos estándares, por lo que deberá garantizar que el equipo, personal e infraestructura sea el adecuado para el cumplimiento del objeto contractual para estos fines y en todo momento las actividades deberán buscar el mayor beneficio de EL HOSPITAL. SEGUNDA. VALOR DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato se fija en la suma de ______________________________________________________________________________________________, TERCERA. FORMA DE PAGO: LA E.S.E. cancelará al CONTRATISTA el valor del presente contrato, al cumplimiento de las actividades derivadas del objeto del contrato, en dos pagos, el primero con
por concepto de la prestación de los servicios operativos incluye todos los impuestos y gastos del contrato incluida la administración, la cual para efectos de gravámenes, deberá discriminarse detalladamente en las facturas. Siempre y cuando el CONTRATISTA realice la presentación y radicación de la factura según su ejecución previa, observando que esta cumpla con las normas legales de la DIAN, de acuerdo a la ejecución contractual, certificado por el supervisor designado por la E.S.E. PARAGRAFO PRIMERO: EL HOSPITAL retendrá las sumas correspondientes a los porcentajes y descuentos establecidos por la ley. PARÁGRAFO SEGUNDO: Además de la Factura, el CONTRATISTA deberá anexar las autoliquidaciones, donde conste el pago de LA SEGURIDAD SOCIAL (salud, pensión, riesgos profesionales de quien (es) esta (n) prestando el servicio), conforme a los valores establecidos por actividad, o por productos o paquetes (productividad), según sea el caso, el cual está regulado por los perfiles y acciones que EL CONTRATISTA deba cumplir y desarrollar durante la ejecución del contrato. Las planillas de pagos de salud, pensión y aportes parafiscales deben ser facilitadas en el momento que LA E.S.E. requiera realizar revisión para verificar el cumplimiento del Decreto 4369 de 2006 y el Código Sustantivo del Trabajo. CUARTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo del objeto contractual EL CONTRATISTA sin perjuicio de su autonomía se compromete específicamente con LA E.S.E. a: cooperar con EL HOSPITAL en lo que esté a su alcance y dentro de sus competencias, para que éste cumpla con las obligaciones a su cargo para la debida ejecución del objeto del Contrato y estará obligado a cumplir con lo estipulado en las cláusulas y condiciones previstas en este documento. Adicionalmente se compromete a lo siguiente: (i) Efectuar el control de los registros médicos y administrativos en el curso del proceso de la atención médico-asistencial de los pacientes, con el fin de verificar el correcto cumplimiento de los montos máximos establecidos por la ley, solicitar las autorizaciones respectivas, se corrijan en tiempo las posibles causales de glosa u objeción y que las facturas se elaboren oportunamente. (ii) Facturación y elaboración de las facturas y/o cuentas: El CONTRATISTA deberá elaborar integralmente las cuentas de los servicios prestados e imprimir las facturas de conformidad con los sistemas administrativos, tecnológicos y manuales tarifarios del HOSPITAL. Para ello deberá recolectar la documentación necesaria de conformidad con los requisitos exigidos legal y contractualmente por las diferentes aseguradoras, las administradoras de planes de beneficios en salud y el responsable del consorcio Sayp (ADRES), y cualquier otro tercero como pólizas de salud, compañías de medicina prepagada, planes complementarios, ARL, empresas internacionales y particulares, EPSs. En todo caso, la factura totalmente elaborada con sus soportes respectivos y la cuenta en general deberá ser puesta a
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NIT. 891.800.395-1 disposición de la auditoría concurrente por parte de las aseguradoras, cuando ello sea procedente, para su revisión en un plazo que no podrá exceder de dos (2) días calendario contado a partir de que EL HOSPITAL le entreguen al CONTRATISTA todos los documentos y soportes necesarios, excepto cuando por razones ajenas a EL HOSPITAL no sea posible cumplirlo. (iii) Atención de auditorías concurrentes, el CONTRATISTA atenderá las auditorias concurrentes de las aseguradoras y resolverá las observaciones que cualquier auditoria concurrente dispuesta por las aseguradoras, las administradoras de planes de beneficios en salud, consorcio Sayp (ADRES) y cualquier otro tercero, para la revisión de las facturas por lo servicios a pacientes víctimas de accidentes de tránsito. La aceptación de cualquier objeción que genere anulación, re-facturación, corrección o nota crédito en cualquier cuenta auditada, deberá ser expresamente aprobada por EL HOSPITAL, cartera o cuentas médicas, de acuerdo al tipo de corrección. (iv) Radicación y prestación de las facturas, para ello el CONTRATISTA deberá a nombre del HOSPITAL radicar y presentar las cuentas de los servicios prestados por esta ante las diferentes aseguradoras, administradoras de planes de beneficios en salud, consorcio Sayp (ADRES) y cualquier otro tercero como pólizas de salud y compañías de medicina prepagada, planes complementarios, ARL, empresas internacionales y particulares, ateniendo las condiciones y procedimientos comerciales, contractuales y legales que para ello se encuentren vigentes. En ningún caso la radicación de las cuentas podrá hacerse en un plazo superior a quince (15) días corrientes contados a partir del plazo en que EL HOSPITAL le entregue al CONTRATISTA los documentos y soportes necesarios para efectuar tal actividad. (v) Atención y respuesta de glosas que se reciban con ocasión de las respuestas dadas a las glosas presentadas, en las mismas condiciones que para la atención de glosas y observaciones. En ningún caso la atención y respuesta de las glosas podrá realizarse en un plazo superior a los quince (15) días contados a partir de que EL HOSPITAL la pongan a disposición del CONTRATISTA, la glosa se atenderá como máximo en el tiempo establecido en la norma vigente (vi) Cobro administrativo y prejudicial: El CONTRATISTA cobrará administrativa y/o prejudicial de las facturas cuentas que no sean pagadas por los responsables del pago a cargo del CONTRATISTA, después del proceso de atención de glosa, de conformidad con la normatividad vigente, para ello EL HOSPITAL le otorgarán los poderes respectivos y asistirán a las audiencias prejudiciales y citaciones que sean del caso. (vii) Gestión de cobranza: El CONTRATISTA realizará a su cuenta, riesgo y bajo su responsabilidad todas las actividades usuales incluyendo aquellas prejudiciales que faciliten y posibiliten el cobro y recaudo efectivo de la carta de EL HOSPITAL. Para la gestión de cobro el CONTRATISTA deberá indicar a los responsables de pago a su cargo, que estos servicios se deberá consignar a la que la E.S.E. certifique para tal fin. (viii) Prestar sus servicios de conformidad con su experticia técnica y profesional en este ámbito, conforme a las condiciones señaladas en el contrato y las normas vigentes sobre la materia. (ix) Atender los servicios buscando en todo momento que se cumplan las actividades bajo criterios de eficiencia, celeridad e idoneidad, buscando en todo momento el beneficio en favor de EL HOSPITAL. (x) Entregar el correspondiente soporte documental de las gestiones o actividades realizadas. (xi) Asistir cuando sea requerido por EL HOSPITAL, a toda clase de reuniones que se programen para debatir o tratar los asuntos propios de los servicios objeto del presente Contrato. Para tal efecto, EL HOSPITAL se comunicarán vía telefónica o escrita con el CONTRATISTA. En el evento en que el CONTRATISTA no pueda asistir a la reunión, las Partes de común acuerdo fijarán fecha y hora para la realización de la misma. (xii) Entregar los informes a EL HOSPITAL en los términos y condiciones que las Partes de mutuo acuerdo establezcan. (xiii) Mantener la calidad de los servicios ofrecidos, obligándose a solucionar de manera oportuna los hechos propios o de terceros que desmejoren dicha calidad, tales como hurto o daños de los equipos, elementos y bienes de trabajo del CONTRATISTA, conflictos laborales en la empresa del CONTRATISTA, y cualquier otro que
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NIT. 891.800.395-1 afecte la correcta ejecución de las actividades contratadas. (xiv) No utilizar, divulgar o explotar información alguna de EL HOSPITAL, que haya obtenido con ocasión del presente Contrato. (xv) Cambiar el personal asignado a la prestación de los servicios objeto de este Contrato cuando así lo solicite el EL HOSPITAL. El cambio respectivo deberá efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud. (xvi) Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. (xvii) Tener disponible durante todo el tiempo de ejecución del presente Contrato, el personal requerido para la ejecución de los servicios, responsabilizándose de la correcta programación y gestión de los servicios requeridos. (xviii) Disponer de la infraestructura tecnológica necesaria, que le permita realizar trabajos de excelente calidad en las actividades contratadas. (xix) Rendir informes mensuales sobre el estado de los trámites y gestiones realizadas, generando reportes y alertas sobre cualquier novedad que surja y deba atenderse para dar cumplimento a los plazos y fines señalados en el Contrato. (xx) Suministrar por su propia cuenta, riesgo y subordinación, el personal requerido e idóneo para dar cabal cumplimiento al objeto del presente Contrato, personal que será en todo momento de su exclusivo cargo y responsabilidad. Ninguna relación laboral tendrá lugar entre EL HOSPITAL y el personal empleado por el CONTRATISTA, quien será la única responsable del pago de la totalidad de salarios, prestación e indemnizaciones de carácter laboral. (xxi) El CONTRATISTA se obliga a indemnizar EL HOSPITAL o a cualquier tercero, por todo el daño o perjuicio causado directa o indirectamente con ocasión de las actividades realizadas por cualquiera de sus empleados, contratistas y terceros vinculados con el CONTRATISTA. Dentro de los daños por los cuales responderá se incluyen los daños patrimoniales y extra patrimoniales, daños morales, daños a personas, daños a bienes de terceros, a bienes de propiedad de la E.S.E., lucro cesante y en general cualquier tipo de daño que deba ser indemnizado EL HOSPITAL o los terceros con los cuales deba relacionarse el CONTRATISTA, en la ejecución de este Contrato. Por tal motivo, en caso de ser necesario, EL HOSPITAL podrán llamar en garantía o denunciar el pleito respecto del CONTRATISTA, con el fin de obtener, en el mismo evento, el reembolso y restablecimiento de sus derechos de toda suma o derecho que haya sido lesionado por el CONTRATISTA y sea reclamado por cualquier tercero afectado. (xxii) Acreditar en cualquier tiempo y a solicitud DEL HOSPITAL, los pagos de salarios, prestaciones sociales, aportes a seguridad social en pensiones y salud, aportes a la A. R. L, pagos de cesantías y los demás derechos de que gozan los empleados conforme a la legislación laboral nacional, respeto de los empleados del CONTRATISTA que estén prestando el servicio objeto de Contrato. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la terminación inmediata del Contrato. (xxiii) Responder por toda la pérdida o daño a elementos o información de propiedad de EL HOSPITAL, cuando se compruebe que este o uno de sus dependientes se encuentre vinculado a estos hechos. Por tanto, el CONTRATISTA se obliga a someter a sus dependientes a todas las medidas de seguridad que tengan previstas EL HOSPITAL. QUINTA. OBLIGACIONES DEL HOSPITAL: LA E.S.E. se compromete para con EL CONTRATISTA a: La E.S.E. se obligan a cooperar con EL CONTRATISTA en lo que esté a su alcance y dentro de sus competencias, para que éste cumpla con las obligaciones a su cargo para la debida ejecución del objeto del Contrato y estará obligado a cumplir con lo estipulado en las cláusulas y condiciones previstas en este documento. Adicionalmente se compromete a lo siguiente: (i) Pagar por los servicios prestados por el CONTRATISTA, de acuerdo con los términos y condiciones de este Contrato. (ii) Garantizar el diligenciamiento de la epicrisis y que obedezcan al resumen de la historia clínica como soporte de facturación al egreso del paciente. (iii) Efectuar el diligenciamiento claro y oportuno por parte del personal médico y para-médico de la historia clínica, epicrisis y demás soportes necesarios para realizar el proceso de facturación. (iv) Garantizar que las áreas de imagenología (radiología y otras imágenes, incluyendo farmacia) hagan el cargue de los insumos,
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NIT. 891.800.395-1 medicamentos y servicios que hayan prestado a los pacientes tanto en hospitalización como en consulta externa, de manera oportuna, con el fin de que el cierre de las facturas pueda ser en línea, y con ello controlar el tope de 800 smldv, o la gestión realizada (v) Garantizar el suministro de espacio físico y de infraestructura para el desarrollo del objeto contractual. (vi) Recaudar los copagos y pagos de particulares que se generen de los terceros pagadores de acuerdo con la factura generada por el CONTRATISTA. (vii) Garantizar la entrega y funcionalidad de los VPN que deban emplear, cuando a ello hubiere lugar. (viii) Garantizar que el software cumpla con los parámetros necesarios para la elaboración y expedición de las facturas correspondientes, de acuerdo con las normas previstas para tal fin, y la normal ejecución del contrato. (ix) Aprobar por parte de la gerencia DEL HOSPITAL, la aceptación de glosas o cualquier conciliación que se pretenda hacer en relación con la cartera de que trata este contrato, dentro de máximo (05) días siguientes a la solicitud que formule el CONTRATISTA para tal efecto. (x) Garantizar el continuo funcionamiento del software o internet dependiendo de la gestión a realizar para las actividades objeto del contrato. (xi) Aprobar las conciliaciones que se generen por concepto de glosas, así como cualquier otra conciliación que se pretenda hacer sobre la cartera a que hace relación este contrato; dicha aprobación deberá impartirse a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la solicitud formulada por el CONTRATISTA. (xiii) Propender por mantener un adecuado funcionamiento de sus sistemas tecnológicos que son usados por el CONTRATISTA. (xiv) Entregar el archivo histórico tanto escrito como de forma digital. (xvii) Ejecutar la totalidad de los trabajos y demás actividades propias de los servicios que le son inherentes en su condición de institución prestadora de servicios de salud, así como cooperar con el CONTRATISTA para que aquel pueda dar cumplimiento a las obligaciones a cargo de este. (xviii) Establecer y definir los perfiles (competencias, inhabilidades, requisitos mínimos) exigidos a los trabajadores en misión con el cual se prestará el servicio y se reserva el derecho de aceptar al asignado para tal efecto. (xix) Coordinar, dirigir y dar apoyo técnico o profesional con funcionarios calificados a fin de desarrollar y colaborar en el cumplimiento del objeto contractual. (xx) Elaborar la solicitud de las actividades requeridas, indicando el lugar y tiempo para la realización de las mismas. SEXTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del presente contrato será de ___ (____) Mes contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento del contrato. SÉPTIMA. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO: 1) MULTAS: En caso de mora en el cumplimiento de alguna(s) de las obligaciones derivadas del objeto del contrato, EL CONTRATISTA pagará A LA E.S.E., multas diarias y sucesivas del uno por ciento (1%)del valor del contrato, las cuales se causarán desde la fecha en que debió cumplirse la obligación hasta su cumplimiento efectivo, sin que la sumatoria de las multas supere el diez por ciento (10%) del valor del contrato. En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla sus obligaciones dando lugar a que la sumatoria de las multas supere ese porcentaje, se dará aplicación a la cláusula penal conforme al literal siguiente. Si EL CONTRATISTA cumple con las obligaciones antes de que se supere el 10% aludido, el Supervisor certificará este hecho y LA E.S.E. podrá cobrar las multas causadas por la mora en el cumplimiento. 2) PENAL PECUNIARIA: El incumplimiento total o parcial por parte de las partes, de cualquiera de las obligaciones previstas en este Contrato, dará derecho a la parte cumplida a recibir una suma correspondiente al diez (10%) del valor estimado del Contrato, como cláusula penal pecuniaria, sin perjuicio de la obligación de la otra parte de dar cumplimiento a lo acordado en el Contrato y el derecho que tienen para cobrar adicionalmente la indemnización de perjuicios ordinaria y pedir resarcimiento y pago forzado de todos los perjuicios que el incumplimiento le hubiere generado, tanto en la modalidad de daño emergente como lucro cesante, ocasionados por los daños producto del incumplimiento. PARAGRAFO: Así mismo, las partes renuncian a cualquier notificación de carácter judicial o extrajudicial para requerirlo en mora. La cláusula penal aquí establecida, no
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NIT. 891.800.395-1 impide las acciones judiciales a que haya lugar para reclamar la indemnización de perjuicios que se le hayan ocasionado. Por lo anterior, las partes podrán cobrar la suma establecida en la cláusula penal por vía ejecutiva, para lo cual este Contrato prestará mérito ejecutivo o podrá descontarlo de cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA por este vínculo contractual o cualquier otro que establezcan las partes, facultad en favor de la parte cumplida que aceptan las partes en este contrato. Así mismo, en el caso de que se causen intereses por cualquier concepto, la tasa de interés aplicable será la máxima legal comercial certificada por la Superintendencia Financiera o quien haga sus veces para la fecha de la acusación de estos. OCTAVA. CLÁUSULAS EXORBITANTES: 1) LA INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN V TERMINACIÓN UNILATERAL: El contrato resultante del presente proceso quedará sujeto a las disposiciones que sobre interpretación, modificación y terminación unilaterales consagra la Ley 80 de 1993, en sus artículos 14 al 18 y las demás normas concordantes y complementarias, las cuáles se aplicarán de acuerdo con las circunstancias que se presenten. 2) CADUCIDAD: LA E.S.E. podrá declarar caducado el contrato por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA y por las causales previstas en el artículo 14 de la Ley 8O de 1993. La caducidad del contrato, si fuere el caso será decretada por resolución motivada de LA E.S.E., y contra ella procede el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su notificación. Ejecutoriada la resolución que decreta la caducidad se dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre y se procederá de inmediato a su liquidación. NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN: El presente contrato no podrá ser cedido por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de LA E.S.E. DÉCIMA. SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES: El presente contrato estará sometida a las leyes Colombianas. DÉCIMA PRIMERA. SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA EJECUCIÓN: Cuando se presenten circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito LA E.S.E. se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un acta en la que conste tal evento, el término de suspensión no será imputable para efectos del plazo extintivo, ni dará derecho a exigir indemnización alguna de parte del contratista, ni a reclamar gastos diferentes a los causados a la fecha de suspensión. Se dará por terminado el contrato por el incumplimiento de las normas y plazos de ajustes establecidos en el Decreto 4369 de 2006. De igual forma el contrato podrá darse por terminado de común acuerdo entre las partes antes del vencimiento del plazo de ejecución pactado, previo el concepto favorable del supervisor del contrato, para lo cual se firmará la correspondiente acta en la que conste tal evento. DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE: Las partes acuerdan que en caso de que surjan diferencias en la interpretación y ejecución del presente contrato y hasta la etapa de liquidación del mismo, antes de iniciar cualquier acción judicial agotaran los mecanismos alternativos de solución de conflictos de conciliación y amigable composición, en una etapa de arreglo directo, si no se logra acuerdo se acudirá a una segunda etapa de conciliación extrajudicial precedida por los Procuradores delegados para ello. DÉCIMA TERCERA. DEL SERVICIO ESENCIAL Y SUS EFECTOS: Teniendo en cuenta que el servicio prestado es esencial para LA E.S.E. y su prestación involucra derechos fundamentales de terceros, las partes acuerdan que en caso de diferencias o controversias insalvables en su interpretación, ejecución, terminación, EL CONTRATISTA no podrá suspender el servicio. Para éste efecto LA E.S.E. mediante acto administrativo indicará las condiciones de la nueva relación, sin romper el equilibrio financiero del contrato. LA E.S.E. se reserva el derecho de continuar el servicio con otro contratista interrumpiéndolo con el actual, mientras se define la diferencia o controversia. Todo lo anterior es aceptado por EL CONTRATISTA. DÉCIMA CUARTA. LIQUIDACIÓN: En caso de ejecución total del valor del presente contrato, el mismo se entiende liquidado automáticamente. En los casos de terminación unilateral del contrato esta se realizará de la siguiente manera: 1. Se remitirá
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NIT. 891.800.395-1 comunicado a la dirección de notificación del contratista de terminación unilateral del contrato sustentando la razón de esta. 2. Se respetará la gestión realizada sobre la cartera entregada al contratista, la cual se reconocerá como el anexo (2) y hace parte integral de este contrato y el trabajo desarrollado en operación hasta los ingresos efectivos de los dineros de los pagadores, hasta cuatro (4) meses después de realizada la gestión. PARÁGRAFO PRIMERO: Si agotado el plazo del contrato llegare a existir remanente sobre el valor pactado la liquidación se efectuará dentro de los cuatro (4) meses siguientes. DÉCIMA QUINTA. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: El presente contrato en ningún caso genera relación laboral entre LA E.S.E. y EL CONTRATISTA ni con sus trabajadores en misión, por lo tanto EL CONTRATISTA solo tendrá derecho al pago convenido en la cláusula segunda en concordancia con la cláusula tercera, y responderá integralmente ante sus trabajadores en misión por cualquier reclamación que pueda generar la ejecución del contrato, de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo y normas concordantes, comprometiéndose EL CONTRATISTA, a liberar de cualquier reclamación directa, Administrativa o ante estrados judiciales, a LA E.S.E. y a pagar oportunamente los salarios prestaciones y demás beneficios convenidos con los trabajadores en misión. Compromiso que asume EL CONTRATISTA en razón a la responsabilidad legal y obligación con sus trabajadores en misión. DÉCIMA QUINTA. INDEMNIDAD DEL HOSPITAL. El contratista mantendrá indemne al HOSPITAL Regional de Moniquita E.S.E, por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso por parte del contratista, de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros. Se consideran como hechos imputables al contratista todas las acciones u omisiones de su personal y de sus subcontratistas y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si en cualquiera de los eventos antes previstos el contratista no asume debida y oportunamente la defensa del HOSPITAL Regional de Moniquirá ESE, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y éste pagará todos los gastos en que él incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere el contratista, del HOSPITAL, tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista por razón de los trabajos motivo del contrato, o a utilizar cualquier otro mecanismo legal. DECIMO SEPTIMA. MULTAS. En caso de que el contratista se constituya en mora o incumpla injustificadamente total o parcialmente las obligaciones que asume en virtud del contrato, El HOSPITAL podrá imponerle, mediante resolución motivada, multas sucesivas y diarias por el 0.5% del valor total del contrato por cada día de retardo, sin exceder el 10% del valor del mismo y sin perjuicio de hacer efectiva la sanción pecuniaria prevista en estos pliegos de condiciones o de la declaratoria de caducidad del contrato. DECIMO OCTAVA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento no hallarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y conflicto de intereses previstas en la Constitución y en la Ley, que le impida celebrar y suscribir el presente contrato. DÉCIMA NOVENA. USO DE LOS BIENES DE LA E.S.E.: En cuanto al uso de la infraestructura, muebles, elementos y del equipo técnico científico que LA E.S.E. facilite al CONTRATISTA para ejecutar las actividades contratadas, ésta se entenderá que se efectúa a título de uso precario, dentro de las instalaciones de LA E.S.E. y durante el tiempo estrictamente necesario para la prestación del servicio contratado. Y, para garantizar su autonomía EL CONTRATISTA deberá diligenciar a través de sus trabajadores en misión los formatos de reporte de recibo y entrega de los equipos en los turnos de uso, verificando las condiciones de los mismos, debiendo responder por el cuidado, operación y conservación de dichos bienes. EL CONTRATISTA se compromete a dar un uso adecuado, eficaz y eficiente a los bienes (equipos, muebles, elementos, insumos y demás), en caso de pérdida, deterioro, daño o mal uso de cualquier de los bienes, éste deberá responder integralmente por el bien, ya sea reponiéndolo o cancelando su reparación. PARÁGRAFO: En todo
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NIT. 891.800.395-1 caso, el uso de qué trata la presente cláusula, en momento alguno restringe la facultad del EL HOSPITAL de la suscripción de nuevos contratos que reiteran el uso de sus bienes, para lo cual se acordaran horarios y turnos de uso. VIGÉSIMA. AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA. FINANCIERA Y DE TRABAJO: EL CONTRATISTA tiene autonomía administrativa, financiera y de trabajo de conformidad con el Decreto 4369 de 2006, el Código Sustantivo del Trabajo, Reglamento interno de Trabajo del CONTRATISTA y el control de legalidad de las autoridades competentes, los cuales forman parte del presente contrato. Las panes dejan constancia que el presente contrato no constituye orden de trabajo entre ellas, ni entre LA E.S.E. ni con los empleados en misión del CONTRATISTA designados para ejecutar el objeto de este contrato; por lo tanto los costos y riesgos de la contratación y de los trabajadores en misión los asume EL CONTRATISTA, bajo su exclusiva responsabilidad. VIGÉSIMA PRIMERA. SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA: Para el presente contrato LA E.S.E. designa como supervisor al Subgerente Administrativo, quien haga sus veces o a quien posteriormente este delegue para desempeñar dicha actividad, quien vigilará el cumplimiento oportuno de las obligaciones contractuales, su ejecución hasta la liquidación del presente contrato conforme con lo dispuesto sobre el particular en las normas expedidas para el efecto así como en lo estipulado en el presente contrato, en el Acuerdo 06 de 2017 por el cual se adopta el estatuto Interno de Contratación y demás disposiciones que rigen la materia. PARÁGRAFO: En desarrollo de su función el supervisor cumplirá, en especial lo siguiente: 1. Atender el desarrollo de la ejecución del contrato. 2. Comunicar en forma oportuna las circunstancias que afecten el normal desarrollo del contrato. 3. Elaborar técnica y oportunamente las actas y/o circunstancias requeridas para el cumplimiento y eficaz ejecución del contrato. 4. Comunicar en forma oportuna la ocurrencia de hechos constitutivos de mora o incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA. 5. Solicitar al CONTRATISTA la presentación de informes de avance de ejecución de las obligaciones contractuales, para que reposen en el expediente del contrato. 6. Verificar que EL CONTRATISTA periódicamente esté efectuando el pago de aportes al sistema de Seguridad Social de los gestores. 7. Informar oportunamente a la Gerencia, cuando se haya ejecutado el 80% del presupuesto asignado para el presente contrato, sobre sus adiciones en tiempo o en dinero, dando su concepto. 8. Adelantar los trámites tendientes a realizar la liquidación del contrato en el término establecido para el efecto. Y demás obligaciones que se desprendan del ejercicio de esta actividad. VIGÉSIMA SEGUNDA. GARANTÍAS: EL CONTRATISTA constituirá a favor de LA E.S.E., (so pena de declarar el incumplimiento del mismo), garantía única, consistente en póliza(s) expedida(s) por Compañía Aseguradora o Banco legalmente autorizados para funcionar en Colombia, que ampare las obligaciones surgidas del presente contrato la cual será entregara en LA E.S.E. y se mantendrá vigente durante su vida y liquidación ajustándose a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado, así: A) DE CUMPLIMIENTO. Por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato con una vigencia igual a su duración y (04) meses más. B) RIESGO DE CALIDAD DEL SERVICIO, Teniendo en cuenta el artículo 44 del estatuto de contratación de la entidad acuerdo 06 de 2017; esta garantía será por el 20% del valor del contrato y por el término del contrato y un año más. C) PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES, del personal requerido para la ejecución de este contrato, por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, por el término de duración del mismo y tres (03) años más. PARÁGRAFO PRIMERO: El monto de las garantías se repondrá cada vez que en razón de las multas impuestas el mismo se disminuya o agote. PARÁGRAFO SEGUNDO: la póliza de responsabilidad civil profesional puede ser otorgada en beneficio general por las actividades que ejecute EL CONTRATISTA en cualquiera de las sedes en que opere o que cubra a cada profesional individualmente o en forma colectiva. PARÁGRAFO TERCERO: En los casos en que se adicione el contrato, EL CONTRATISTA deberá presentar el certificado de modificación de
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NIT. 891.800.395-1 la garantía de conformidad con el nuevo tiempo y/o valor pactado. PARÁGRAFO CUARTO: Las pólizas deberán ser entregadas dentro de los diez (10) días siguientes a la suscripción del presente contrato en la Subgerencia Administrativa de LA E.S.E. para su revisión y aprobación. PARÁGRAFO QUINTO: El CONTRATISTA se compromete a custodiar, cuidar los bienes y recursos (infraestructura, muebles, enseres, equipo técnico científico) que se suministren y estén bajo el cuidado de sus trabajadores en misión para el desarrollo de las actividades contratadas, conforme a la relación o listado que se suministra en medio magnético y que hace parte del contrato, así mismo garantiza que por parte de sus trabajadores en misión se les dé un buen uso y en consecuencia responderá por todo daño, sustracción, deterioro y cualquier otra situación que impida el uso normal de éstos, para tal efecto deberá reconocer el valor del bien o efectuar la reposición por un equipo o bien que tenga iguales o superiores características, en todo caso el contratista autoriza al contratante para que del valor del contrato de cualquier saldo a su favor se efectué el correspondiente descuento. VIGÉSIMA SEGUNDA. CONTROL DE EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES: La celebración, renovación o liquidación por parte de un particular, de contratos de cualquier naturaleza con entidades del sector público requiera para tal efecto, del cumplimiento por parte del CONTRATISTA de sus obligaciones con el sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación familiar. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya tugar. Las entidades públicas en el momento de liquidar el contrato deberán verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante toda su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las semanas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieren realizado totalmente los aportes correspondientes, LA E.S.E. deberá retener las sumas adeudadas al sistema al momento de la liquidación y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, conforme lo define el reglamento. Cuando la contratación se realice con personas jurídicas se deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo a los requerimientos de ley o por el Representante Legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento que la sociedad no tenga más que seis (6) meses de constituida deberá acreditar les pagos a partir de su fecha de constitución. VIGÉSIMA TERCERA. GASTOS E IMPUESTOS: Los gastos que se ocasionen para la legalización y perfeccionamiento del presente contrato serán sufragados por EL CONTRATISTA. VIGÉSIMA CUARTA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El presente contrato está sujeto a la ejecución presupuestal y los pagos que de conformidad debe efectuar LA E.S.E. se subordinan a las apropiaciones que de los mismos se hagan en el presupuesto de la vigencia 2020, será cancelado con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.XXXXXXXXXXXXXXX. VIGÉSIMA QUINTA. - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. y las notificaciones serán recibidas por las partes en las direcciones que se señalan a continuación:
EL HOSPITAL:
Teléfono: 7282630
Correo electrónico: [email protected]
Dirección: calle 4 A No. 9-101 Barrio Ricaurte Moniquirá
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EL CONTRATISTA:
Teléfono:
Correo electrónico:
Dirección: _______________________
VIGESIMA SEXTA CONFIDENCIALIDAD. Las partes se sujetan a las siguientes reglas de
confidencialidad:
1. Será considerada Confidencial toda la información que cada parte obtenga de la otra con motivo de la ejecución del presente convenio.
2. Las partes no usarán la Información Confidencial para ningún otro fin distinto al contemplado en el presente convenio.
3. Las partes se asegurarán que toda Información confidencial que sea revelada para el cumplimiento del presente convenio a las personas dependientes de cada una de ellas, mantendrá el mismo carácter confidencial para los mismos como si fueran partícipes de este convenio.
4. Las partes notificarán inmediatamente la pérdida o revelación no autorizada de cualquier documento o información relativa a la Información Confidencial. Parágrafo. La presente cláusula conservará su vigencia por dos años más después de terminado el contrato, salvo en lo relacionado con los datos de los pacientes que hubieren sido conocidos por EL CONTRATISTA, en razón de la ejecución del contrato.
DATOS PERSONALES: Mediante la suscripción del presente contrato, el CONTRATISTA autoriza
de manera previa, libre y voluntaria al HOSPITAL, para realizar el tratamiento de la información
personal que éste le ha suministrado, de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y
su decreto reglamentario, información ha sido y será suministrada por este en virtud de la ejecución
del contrato. Los datos personales que llegue a suministrar al HOSPITAL se almacenarán en sus
bases de datos, para el desarrollo del objeto social de esta, incluyendo la realización de actividades
de comercialización de sus productos y servicios, así como el otorgamiento de los datos a terceros a
consecuencia de un contrato, ley o vínculo lícito que así lo requiera.
EL HOSPITAL efectuará el tratamiento de los datos del CONTRATISTA, de acuerdo con su política
de tratamiento de datos personales, que ha implementado en concordancia con la normatividad legal
aplicable, y ha tomado las medidas técnicas y administrativas necesarias para proteger los datos
personales del CONTRATISTA.
De manera adicional y en virtud del tipo de servicio que presta y prestará el CONTRATISTA, y la
posibilidad de que acceda en la ejecución de las actividades que se le encomiendan, a datos
personales administrados por EL HOSPITAL en sus bases de datos, que contiene datos personales
sensibles y de menores de edad, obliga a que se le exija un estricto cumplimiento de las políticas de
tratamiento de datos personales del HOSPITAL por parte del CONTRATISTA, considerando que
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este actuará como encargado del tratamiento de dichos datos, por lo que deberá cumplir con las
obligaciones previstas en la Ley 1581 de 2012, en particular las dispuestas en la cláusula 18 de esta
ley.
En igual sentido, el CONTRATISTA se compromete a dar cumplimiento a las políticas de protección
de datos personales del HOSPITAL, que declara conocer y aceptar.
La información que por cualquier motivo sea suministrada por EL HOSPITAL al CONTRATISTA,
deberán ser empleada solamente para los propósitos y alcances señalados en el contrato y que
sean inherentes a las actividades para las que ha sido contratado por EL HOSPITAL.
Adicionalmente, el CONTRATISTA como encargado del tratamiento de datos personales, se
compromete a cumplir con las siguientes obligaciones específicas:
22.1. Garantizar y adoptar todas las medidas físicas, técnicas y tecnológicas necesarias, que
permitan asegurar el tratamiento de los datos personales suministrados por EL HOSPITAL,
conforme a los parámetros de conservación, seguridad y confidencialidad.
22.2. Informar de manera inmediata a EL HOSPITAL sobre cualquier intento de acceso no
autorizado, transferencia no autorizada, mal uso o divulgación no autorizada de los datos personales
que llegare a conocer en desarrollo de las actividades contratadas; deberá el CONTRATISTA tomar
todas las medidas que sean necesarias, para poner fin a dicha actividad irregular.
22.3. El CONTRATISTA conoce que la información suministrada por EL HOSPITAL en ejecución
del presente contrato, sólo deberá ser conocida por sus empleados o funcionarios competentes y
delegados por el CONTRATISTA, quienes deberán en todo momento mantener los parámetros de
confidencialidad exigidos en este contrato, siempre garantizando la adecuada reserva de los datos
personales.
22.4. El CONTRATISTA se compromete a no utilizar los datos personales, directamente o a través
de terceros, en asuntos, negocios y/o actividades de cualquier tipo, distintas a aquellas acordadas
mediante el contrato y/o previamente autorizados por EL HOSPITAL, mediante documento escrito;
razón por la que se encuentra expresamente prohibido a al CONTRATISTA, utilizar la información
conferida por EL HOSPITAL, para fines comerciales o publicitarios.
22.5. El CONTRATISTA se obliga a que toda la información de carácter personal entregada por
EL HOSPITAL, ya sea en documentos escritos, dispositivos de almacenamiento o en cualquier otro
medio, a la terminación de este vínculo contractual por cualquier motivo, sean retirados
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completamente de los medios en que tenga almacenada la información transferida por EL
HOSPITAL, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que finalice la relación
contractual.
22.6. El CONTRATISTA se compromete a no editar, copiar, compilar o reproducir por cualquier
medio la información de carácter personal suministrada a este.
22.7. El CONTRATISTA se compromete a asumir la responsabilidad por los daños, gastos y
costas que genere este a EL HOSPITAL por el mal o inadecuado manejo de los datos personales de
los pacientes de EL HOSPITAL o la violación de las obligaciones de reserva y confidencialidad
señaladas en este contrato, y mantener indemne a EL HOSPITAL de cualquier reclamación judicial o
extrajudicial.
22.8. Garantizar que solamente el personal del CONTRATISTA competente para atender las
labores contratadas, conocerá los datos personales suministrados por EL HOSPITAL.
22.9. En el evento que por cualquier razón, el CONTRATISTA sea requerido por una autoridad
para el suministro de información, respecto de aquellos datos personales entregados por EL
HOSPITAL a este, en la ejecución de este contrato, el CONTRATISTA deberá informar a EL
HOSPITAL dentro de las siguientes 24 horas al momento de haber recibido la solicitud, para que
EL HOSPITAL evalúe el contenido del requerimiento y decida si es oportuna su participación en una
eventual respuesta o si por el contrario solamente le compete al CONTRATISTA.
PARÁGRAFO PRIMERO: En caso que alguna de las Partes llegue a recibir información de cualquier
tipo que contenga datos personales, ajena al presente acuerdo, éste será el único responsable y/o
encargado del tratamiento, debiendo mantener indemne a la otra parte y/o terceros, de cualquier
tratamiento indebido que genere perjuicios a los titulares de los datos.
VIGÉSIMA TERCERA. - ACEPTACIÓN DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: En
cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones que la adicionen,
complementen o modifiquen, las partes se comprometen a velar por la protección de los datos
personales, bien sea a título de responsable o encargado, y a no darle un tratamiento diferente para
el que ha sido autorizado por el titular del dato. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la
terminación inmediata del presente Contrato. Con la suscripción del presente Contrato, EL
CONTRATISTA manifiesta que acepta que EL HOSPITAL colecten, recauden, organicen, traten y
almacenen sus datos personales, en los términos para ello dispuestos en la política de tratamiento
de datos personales, la cual EL CONTRATISTA manifiesta conocer. VIGÉSIMA SEXTA.
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PERFECCIONAMIENTO: El presente Contrato se perfecciona con la firma de las partes.
REQUISITOS DE EJECUCIÓN. Además, se requiere para su ejecución: (a) La existencia del
Certificado de Disponibilidad Presupuestal, (b) El Registro presupuestal, (c) Suscribirse la respectiva
acta de iniciación.
En constancia se firma en Moniquirá, a los XXXXXXXXXXXXX del dos mil veintiuno (2021).
POR EL HOSPITAL POR EL CONTRATISTA
Gerente Representante Legal
EL HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRA