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HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E COMPROMETIDOS CON SU SALUDNIT. 891.800.395-1 PRE-PLIEGO DE CONDICIONES OBJETO: “ CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E” CONVOCATORIA PÚBLICA No. 001 DE 2021 ENERO 2021

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HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E “COMPROMETIDOS CON SU SALUD”

NIT. 891.800.395-1

PRE-PLIEGO DE CONDICIONES

OBJETO: “ CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO

INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,

APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL

PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y

CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,

RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA

LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE

MONIQUIRÁ E.S.E”

CONVOCATORIA PÚBLICA No. 001 DE 2021

ENERO 2021

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PROCESO DE CONVOCATORIA PÚBLICA No.001 -2021

OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO

INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,

APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL

PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y

CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,

RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA

LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE

MONIQUIRÁ E.S.E”

INFORMACIÓN GENERAL

El Hospital Regional de Moniquirá ESE, está interesado en seleccionar un oferente que suministre la

prestación de servicio de capital humano, técnico, tecnológico, mobiliario de tipo administrativo con

el fin de “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO

INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,

APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL

PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y

CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,

RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA

LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE

MONIQUIRÁ E.S.E”, a través de la modalidad de Mínima cuantía de acuerdo a lo establecido en el

acuerdo 006 de 2017.

SE CONVOCA A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS QUE SE ENCUENTREN CONFORMADAS DE

ACUERDO CON LA LEY PARA QUE REALICEN EL CONTROL SOCIAL AL SIGUIENTE

PROCESO DE CONTRATACIÓN:

CAPÍTULO 1

1. MODALIDAD DE SELECCIÓN:

La modalidad de selección se establece de conformidad a lo establecido en el estatuto de

contratación adoptado por la E.S.E acuerdo 06 de 2017, en el artículo 26 establece claramente que

por tratarse de un contrato cuyo presupuesto oficial a contratar es mayor a 1000 salarios mínimos

legales mensuales vigentes, se debe realizar mediante la modalidad de selección de convocatoria

pública.

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2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON EL

PROCESO DE SELECCIÓN.

1. Conforme lo establece el Artículo 365 de la Constitución política de Colombia los Servicios

Públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación

eficiente a todos los habitantes del Territorio Nacional.

2. La ley 489 de 1998, en su artículo 83 establece: Las empresas sociales del Estado, creadas por la

Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud y las

demás normas que sustituyan o adicionen la citada ley.

3. Que conforme lo establecido en la Ley 100 de 1993, artículo 195, Las Empresas Sociales de

Salud se someterán: en materia contractual se regirá por el derecho privado, pero podrá

discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el estatuto general de

contratación de la administración pública. El Numeral 6 del precitado artículo contempla que el

régimen presupuestal será el que se prevea, en función de su especialidad, en la ley orgánica de

presupuesto, de forma que se adopte un régimen presupuestario con base en el sistema de

reembolso contra prestación de servicios, en los términos previstos en la presente ley.

4. Conforme lo establece el Artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, son fines esenciales

del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general, y garantizar la efectividad de los

principios, deberes y derechos, las Autoridades de la República están instituidas para proteger a

todas las personas residentes en Colombia en su honra vida, bienes y demás derechos, libertades y

para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y particulares.

5. Que el Articulo 209 de la Constitución política de Colombia establece que la función administrativa

está al servicio de los intereses generales y se desarrolla en los principios de igualdad, moralidad,

eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

6. En concordancia con la normatividad vigente la presente convocatoria se rige por el derecho

privado, ley 100 de 1993 por medio del cual se reglamenta parcialmente los artículos 192 y 195 y el

decreto 1876 de 1994, en los cuales se establece que las empresas sociales del estado de las

entidades territoriales podrán desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros o

convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores.

7. La Empresa Social del Estado EL HOSPITAL Regional Moniquirá, fue creada por la Asamblea de

Boyaca en uso de sus facultades Constitucionales y Legales, mediante la Ordenanza 023 del trece

(13) de agosto de 1999, como una entidad especial de carácter púbico, descentralizada, del orden

departamental, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la

Secretaria de Salud de Boyaca.

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8. Que las normas que rigen el presente contrato son de derecho privado según lo anteriormente

expuesto en concordancia con el Acuerdo No.06 de 2017, por medio del cual se expide el Estatuto

de Contratación del hospital regional de Moniquirá E.S.E., el cual establece los derroteros de

contratación de nuestra entidad.

9. Que existen limitaciones de tipo tecnológico, logístico y operativo que impiden el recaudo efectivo

en la cartera, y se hace necesario mejorar dichos procesos generando medidas preventivas que

disminuyan de manera exponencial glosas y devoluciones garantizando un proceso que permita a la

institución hospitalaria prestar los servicios y paralelamente llevar toda la carga administrativa con

eficacia de manera idónea para acceder a los recursos en términos más rápidos, así como poder

identificar las falencias y aplicar las medidas correctivas de una manera efectiva, garantizando

también el personal idóneo para que se cumple con el Objeto Social del Hospital.

10. Que el hospital Regional De Moniquirá E.S.E. es una institución prestadora del servicio de salud

de baja, mediana y alta complejidad líder de la región, que articula acciones preventivas

comunitarias e individuales para generar resultados en salud, con un crecimiento y desarrollo

económico sostenible, que fundamenta la prestación de los servicios en la humanización, calidad,

oportunidad, eficiencia y eficacia, siendo centro de referencia para la región de Ricaurte y los

municipios del sur del departamento de Santander, con un talento humano con profundos valores de

honestidad, transparencia, pulcritud y comportamiento ético y responsabilidad social, con un talento

humano comprometido, de la más alta calidad técnica y científica, en una infraestructura física

moderna amigable con el medio ambiente, con equipos y tecnología de punta, con procesos y

procedimientos rigurosos que nos permiten garantizar la excelencia en la prestación del servicio de

salud.

11. Que el objeto social de la E.S.E. es la prestación de servicios de salud, siendo autosostenible

con el producto de las ventas de los servicios, haciéndose necesario priorizar y asegurar que todos

los procesos relacionados con la producción, ventas de servicios, facturación, radicación, recaudo de

cartera, lo cual se busca lograr con la puesta en funcionamiento del proceso integral del ciclo

económico interno, que garantizara un flujo de recursos necesario para la operación normal de la

E.S.E.

12. Que dentro de las acciones administrativas adelantadas, se replanteo el funcionamientos de los

procesos de ingreso facturación y cartera los cuales se agruparon en lo que la E.S.E. Denomino

CICLO ECONOMICO INTERNO, en la aplicación del mismo el fin es el recaudo efectivo a favor de

la Institución Hospitalaria la base y sustento del desarrollo, ejecución y funcionamiento del hospital

y de sus proyectos en pro de la prestación efectiva de servicios de salud, de tal suerte que la

estructuración efectiva y organización a través de medios tecnológicos se hace imperativa, con un

capital humano que tenga el conocimiento técnico, normativo y consolidado permitiendo la

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sostenibilidad del Hospital, alcanzando las metas propuestas en los objetivos presentados para

la vigencia fiscal 2021.

13. Que teniendo en cuenta que, en el Hospital Regional de Moniquirá, no cuenta con una

infraestructura tecnológica fuerte, se hace imperativo que en la presente convocatoria los

interesados o el futuro contratante suministre e instale un software que permita la optimización del

procedimiento y al realizar la inspección de cada una de las ubicaciones de los puestos de trabajo y

las actividades desarrolladas en ellos que hacen parte del ciclo económico interno, así mismo con

relación a los equipos de cómputo se deberán los interesados deberán suministrar los equipos

necesarios para la operación del proceso con capacidad de procesamiento suficiente (+50% por

encima del requerimiento básico para cada puesto de trabajo) de acuerdo a las condiciones técnicas

que se exponen en el presente documento.

Que con base en el plan de desarrollo y plan de gestión aprobado por la junta directiva según

acuerdo 06 de 2020 respecto de los cuales se derivó el acuerdo 08 de 2020, el cual contiene la

modificación de la estructura organizacional del hospital y por ende el ajuste de la estructura

funcional de la E.S.E., adoptando la denominación de CICLO ECONOMICO INTERNO a la

estrategia mediante la cual el ciclo de atención de paciente es un proceso único, transversal,

continuo, interdependiente que incluye desde la asignación de la cita o agendamiento, admisión,

autorización, atención, referencia y contra referencia, facturación, cartera, auditoría, glosas y

recaudo.

Que los procesos que forman parte de lo que hoy se denomina CICLO ECONOMICO INTERNO se

venían desarrollando de manera desarticulada generado a la institución enormes dificultades tanto

de calidad en la prestación de los servicios como insatisfacción en los usuarios, en el mismo sentido

genero facturación inoportuna y carteras irrecuperables que superan a la fecha QUINCE MIL

MILLONES DE PESOS M/CTE de las cuales un 49%, Es decir $7.391.467.369,00 superan los 365

días que las hacen de difícil recaudo poniendo en alto riesgo financiero a la institución.

Que dentro de las estrategias administrativas se estableció integrar y articular el proceso como uno

solo con la denominación de CICLO ECONOMICO INTERNO estando a la vanguardia de grandes

instituciones de salud acreditadas del país y así lograr nuestros objetivos estratégico y alcanzar

nuestra triple meta MEJOR SALUD, EXCELENCIA OPERACIONAL Y MEJOR EXPERIENCIA.

Finalmente en el pasado el hospital generaba un gasto mediante la contratación de personal a través

de una empresa temporal que proveía el talento humano asociado a las actividades que hoy

conforman el CEI, pagando un 12 % de administración, recursos que se pretenden optimizar en

proceso actual estableciendo una modalidad de PAGO POR RESULTADOS toda vez que se

pretende contratar todo el proceso integral y realizar el pago con base al recaudo final en un

porcentaje estimado en el 5% del recaudo producto de venta de servicios de salud.

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3. MARCO LEGAL:

Las normas que rigen la presente Convocatoria son de derecho privado, de acuerdo con el artículo

195 de la ley 100 de 1993, La ley 489 de 1998, artículo 83, en concordancia con el Estatuto Interno

Contractual del hospital regional de Moniquirá ESE, acuerdo 06 de 2017.

La Ley 100 de 1993, articulo 195: “Régimen jurídico. Las Empresas Sociales de Salud se someterán

al siguiente régimen jurídico de contratación: En materia contractual se regirá por el derecho privado,

pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el estatuto general de

contratación de la administración pública. El Numeral 6 del precitado artículo contempla que el

régimen presupuestal será el que se prevea, en función de su especialidad, en la ley orgánica de

presupuesto, de forma que se adopte un régimen de presupuestario con base en el sistema de

reembolso contra prestación de servicios, en los términos previstos en la presente ley.

Conforme lo establece el Artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, son fines esenciales del

Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general, y garantizar la efectividad de los

principios, deberes y derechos consagrados en la constitución. Conforme lo establece el Artículo 2º

de la Constitución Política de Colombia, las Autoridades de la República están instituidas para

proteger a todas las personas residentes en Colombia en su honra vida, bienes y demás derechos y

libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Que el Articulo 209 de la Constitución política de Colombia establece que la función administrativa

está al servicio de los intereses generales y se desarrolla en los principios de igualdad, moralidad,

eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

La ley 489 de 1998, en su artículo 83 establece: Las empresas sociales del Estado, creadas por la

Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud se

sujetan al régimen previsto en la Ley 100 de 1993, la Ley 344 de 1996 y en la presente ley en los

aspectos no regulados por dichas leyes y a las normas que las complementen, sustituyan o

adicionen.

Aunado a lo anterior, el Consejo de Estado, “por otra parte y conforme lo establece la Constitución

política es innegable que la prestación de los servicios públicos, no está reservada de manera

exclusiva a los entes públicos, al respecto, el articulo 365 superior establece: “los servicios públicos

son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente

a todos los habitantes del territorio nacional, los servicios públicos estarán sometidos al régimen

jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado directa o indirectamente por comunidades

organizadas o por particulares”.

Que el acuerdo 06 de 2017, establece en el articulo 24 Que se podrán contratar actividades que no

pueden ser desarrollados por personal de planta de la institución, por ello es factible realizar la

presente contratación y garantizar el personal necesario en el ciclo económico interno.

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3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON ESPECIFICACIONES,

AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDAS PARA SU EJECUCIÓN.

3.1. OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO

INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,

APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE

PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y

CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,

RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES

PARA LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL

DE MONIQUIRÁ E.S.E”, según las siguientes características técnicas y actividades mínimas:

3.1.1 PERSONAL MINIMO PARA LA OPERACIÓN:

ITÉ

M

CARGO DESCRIPCION PERFIL CANTIDAD TIPO

VALOR

UNITARIO

CON IVA

VALOR

TOTAL

1

DIRECTOR DE

PROCESO

ECONOMICO

INTERNO

Haberse desempeñado

como coordinador, auditor,

control interno en E.S.E.

durante los últimos 12 años

con mínimo diez de

experiencia, formación:

enfermero (a) auditor con

especialización de servicios

de salud con énfasis en

seguridad social

preferiblemente con estudios

verificables de condiciones

de habilitación de

instituciones.

1 REMOTO SIN

EXCLUSIVIDAD

2 COORDINADO

RA CEI

Enfermero auditor en salud,

con experiencia mínima de

10 años relacionadas con

temas de auditoría interna

de calidad y cuentas

1 PRESENCAL

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médicas.

3

LIDER DE

FACTURACIO

N Y CUENTAS

MEDICAS

Profesional en áreas

financieras con experiencia

laboral certificable de Tres

años en entidades públicas o

privadas pertenecientes al

sistema general de

seguridad social.

1 PRESENCIAL

4 LIDER DE

CARTERA

Profesional o técnico

administrativo de salud,

Auditoria Médica o afines,

con mínimo seis años de

experiencia en analista de

recobros y cuentas médicas.

1 REMOTO SIN

EXCLUSIVIDAD

5 AUTORIZACIO

NES

Personal con formación

Técnica o tecnológica en

carreras administrativas o de

salud, con experiencia

mínima de un año en el área

de autorizaciones de

servicios de salud, servicio al

cliente, protocolos de

servicio al cliente.

1 PRESENCIAL

6

EXPERIENCA

AL USUARIO

PRESENCIAL

SEGUIMIENTO

Y

Tecnico o auxiliar

administrativo en salud,

experiencia mínima

1 PRESENCIAL

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AGENDAMIEN

O

certificable de un año en

atención al usuario y

agendamiento medico

7 FACTURADOR

ES

Profesional o técnico

administrativo de salud, que

cuente con experiencia y

conocimiento en facturación

y aplicativos del Sistema

Autorizador

10 PRESENCIAL

8

PERSONAS

AUXILLIAR DE

REFERENCIA

YCONTRAREF

ERENCIA

3 PRESENCIAL

9 TECNICO

CUENTAS

Técnico o tecnólogo en

áreas administrativa o a fin

con experiencia como

mínimo de cinco años de

coordinación y de

facturación

2 PRESENCIAL

10

AUXILIAR

ADMINISTRATI

VO//RADICAIO

N

Técnico o tecnólogo

administrativo de salud o

carreras afines, con

experiencia y conocimiento

en procesos administrativos

del área de salud

1 PRESENCIAL

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11 AUDITOR

MEDICO

Profesional Médico ,

especialista en Auditoría de

Servicios de Salud y calidad

especializaciones

Administrativas en Salud,

experiencia en Procesos de

Auditoría Médica y de

Revisión de Cuentas con

fortaleza en Sistema

Obligatorio de Calidad y

concurrencia amplio

conocimiento del sistema

general de seguridad social

en salud, sistemas de

gestión de calidad, gestión

clínica, auditoria de

medicamentos, concurrencia

y manuales tarifarios

1 PRESENCAIL

12 ANALISTA DE

CARTERA

Analista contable con

experiencia mínima de 2

años realizando validación

de recaudo, facturación,

cargue de sistema contable,

notas crédito, entre otros

1 PRESENCIAL

13

ANALISTA DE

GLOSAS Y

CONCILIAR

Profesional o Tecnólogo

graduado como

Administración en Salud,

Administración, con

Experiencia: Mínima de dos

años en cuentas médicas,

procesos de cartera,

conciliaciones, cobranzas y

negociación, cargos

1 PRESENCIAL

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operativos o administrativos

preferiblemente en

empresas de Salud.

14 EXPERIENCIA

AL USUARIO

Técnico o auxiliar

administrativo, experiencia

mínima certificable de un

año en atención al usuario

1 PRESENCIAL

3.1.2 EQUIPOS

Las características son las siguientes:

ITEM DETALLE Número de equipos

1 Procesador Core i5 de 2.66 a 3.2 GHz (A partir de 6ta generación)

21

2 Memoria RAM 4GB DDR3 6

3 Memoria RAM 8GB DDR3 15

4 Disco Duro Mecánico (a partir de 500GB dependiendo de la necesidad)

21

5 Sistema Operativo Windows 10 Profesional (64 Bits)

21

6 Quemador – DVD 21

7 Teclado Español 101/102 teclas y Mouse Óptico

21

8 Monitor de 19 pulgadas 21

9 Tarjeta de red Ethernet 10/100/1000 21

10 Con ofimatica (Word, Excel, power point) 21

11. impresora láser multifuncionales, cada una con las siguientes características mínimas de operación, Tecnología de impresión: Láser; Velocidad de impresión: 23 a 33 páginas por minuto, Volumen mínimo de páginas mensuales: de 15.000 a 30.000, Cantidad de hojas en bandeja: 1000 hojas o superior, Formatos de papel soportado: Carta, Oficio, A4, A3, Interfaz: Estándar: USB 2.0, Ethernet 10 base-T/100 base-TX, Velocidad de escaneo: A todo color: Máxima 45 ipm, B/N: Máxima 50 ipm, Resolución: Máximo 600 dpi

4

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Formato del original: Hasta A3 / 11" x 17”, Copia múltiple: Mínimo 200 copias, Resolución: 300 dpi, 600 dpi, Zoom:Desde 25% hasta 400% en incrementos de 1%, Sistemas operativos compatibles: Windows 7/8/8.1 y 10 (ediciones de 32 y 64 bits), Mac OS X 10.8, OS X 10.9, OS X 10.10, SO Linux (RED HAT, SLACKWARE, FEDORA y DEBIAN ), Memoria de Almacenamiento Interno: Opcional, Consumo de energía: Máximo 1,6 kW; Modo de suspensión entre 1,2W y 2,9 W

Tabla 1, Características Técnicas de equipos de cómputo.

3.1.3. SERVIDOR:

Ítem característica Cantidad/Configuración

Procesador Intel® Xeon® 3204 1

Memoria RAM 16GB 1Rx4 PC4-2666V-R Smart

1

Almacenamiento 4TB HDD 3.5 pulgadas/Configuración

2

Puerto Ethernet 1Gb Redundante 2

Fuente de alimentación Kit fuente de alimentación ATX 550W

1

Sistema Operativo Ubuntu Server, configuración File Server

1

Estructura Torre Servidor 1

Con relación a la Marca, referencia y cantidades de equipos estas deben contar con las

características iniciales requeridas para la necesidad de la operación y que se optimice el desarrollo

del CICLO ECONOMICO INTERNO sujetas a disponibilidad al momento de su adjudicación.

Teniendo en cuenta que es necesario hacer buen uso de los espacios destinados para el desarrollo

de la operación los equipos que se buscan deben ocupar el menos espacio posible.

3.1.4 APOYOS Y PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS SOFTWARE 1: El programa que se busca debe tener más de Nueve (9) años de registrado y contar con el soporte tecnológico para suplir la necesidad que genera el servicio asistencial básico- Móvil contando con un dispositivo tecnológico, que permita simplificar, agilizar y realizar en línea los trámites para traslado de pacientes y radicación de cuentas frente a los pagadores del sistema. El software debe permitir:

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Para el servicio asistencial básico, en la móvil: AVISO DE EVENTOS

ESCANEAR DOCUMENTOS

DILIGENCIAMIENTO AUTOMÁTIZADO DE LOS FORMULARIOS BASICOS PARA

RADICAR UNA

CUENTA:

FURIPS

FURTRAN

FURPEN

HISTORIA CLINICA

VALORACION CONSULTA A DOMICILIO

REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA

FACTURACION EN LINEA POR SERVICIO

El Contratista debe administrar la plataforma o software desde un Punto Fijo: CONTROL DE MÓVILES

CARPETAS POR USUARIO

EXTRACTO EN TIEMPO REAL DE SERVICIOS

RADICACION EN LINEA

SOFTWARE 2

El programa que se busca debe contar con el soporte tecnológico para suplir la necesidad de contar

con la trazabilidad de la Factura y seguimiento de la cuenta, así como su control, teniendo en cuenta

la interconexión que debe existir entre los ciclos este programa debe ser amigable con el software de

la clínica y debe contar permitir:

1. Trazabilidad completa de la factura

Numero de la factura

Consecutivo o número de atención

Fecha de diligenciamiento

Valor

Régimen

Dirección

Cedula del usuario

Teléfono

Nombre

Glosa

Devolución

Objeción

Respuesta

fecha

2. Control de Glosa

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3. Causación de las Glosas

4. Aplicación de los pagos

5. Devoluciones

6. Seguimiento y Cartera

La información debe ser respaldada en una nube o servidor, con las siguientes características

Ítem Característica Cantidad/Configuración

Procesador Intel® Xeon® S 3204 1

Memoria RAM 16GB 1Rx4 PC4-2666V-R

Smart

1

Almacenamiento 4TB HDD 3.5

pulgadas/Configuración

2

Puerto Ethernet 1Gb Redundante 2

Fuente de alimentación Kit fuente de alimentación ATX

550W

1

Sistema Operativo Ubuntu Server, configuración

File Server

1

Estructura Torre Servidor 1

las características necesarias para la implementación del servidor de archivos, teniendo en cuenta la

adquisición de Repuestos, Servicio Técnico, Garantías del Fabricante, Eficiencia, Escalabilidad y

Disponibilidad en el mercado se seleccionan las siguientes Opciones:

Servidor HPE ProLiant ML110 Gen10 (BASE OPERATIVA), adición de memoria RAM 16Gb (32

gigas totales), Adición de Disco duro de 4Tb para configuración raid.

Los dos Software deben ser compatibles con el Software de Facturación de la E.S.E. y con el

programa que cuente esta al momento del desarrollo del contrato el cual corresponde actualmente

con las siguientes características:

El HIS y ERP del Hospital Regional de Moniquirá es ASIS (Alxo,Sistemas de Información en Salud)

opera bajo plataforma cliente /servidor con motor de base de datos de SQL SERVER 2017

licenciado por la empresa.

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REGLAS GENERALES

3.2. Consulta.

Los estudios y documentos previos, así como cualquiera de sus anexos está a disposición del

público en el Sistema Electrónico de Contratación Pública -SECOP. No serán admitidas las

consultas telefónicas ni personales, ni tendrá fuerza vinculante para La E.S.E. cualquier

pronunciamiento verbal. En caso que el proponente requiera la expedirán de copias del pliego de

condiciones, se allanará lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo.

3.3. Idioma.

Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes o por

terceros para efectos del proceso de selección, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser

otorgados en idioma español. La oferta y sus anexos deben ser presentados en español. Los

documentos con los cuales el Proponente acredité los requisitos habilitantes solicitados que estén en

una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original

otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe

presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma

extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso,

cumpliendo el trámite de apostilla o consularización.

3.4. Conversión de monedas.

El Proponente debe presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron

emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. Si esta expresado originalmente en una moneda

diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda

utilizando para ello el valor correspondiente a un procedimiento de conversión reconocido en

Colombia. Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de Norte América o si

la información se presenta originalmente en dicha moneda, para esta conversión a pesos

colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa del mercado certificada por la

Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha de corte de los estados financieros.

3.5. Número mínimo de participantes.

El número mínimo de participantes es de uno (1) hábil. Se entiende por Proponente hábil, aquel que,

cumpliendo con los requisitos del pliego de condiciones, su propuesta una vez evaluada resulta

favorable a los intereses de La E.S.E.

3.6. Interpretación y aceptación del pliego de condiciones.

Con la presentación de la oferta, el Proponente manifiesta que estudio el pliego de condiciones y

todos los documentos del presente proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las

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estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza del suministro,

su costo y su tiempo, y que formulo su oferta de manera libre y espontánea.

Todos los documentos del presente proceso de selección se complementan mutuamente, de tal

manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todas las

interpretaciones o deducciones que el Proponente haga de lo establecido en este pliego de

condiciones, las cuales serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, La E.S.E. no será

responsable por descuidos, errores, conjeturas, suposiciones, malas interpretaciones u otros hechos

desfavorables en que incurra el Proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.

Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por el Proponente durante el

proceso de selección tendrán únicamente valor interpretativo.

El hecho que el Proponente no se informe y/o documente debidamente sobre los detalles y/o

condiciones bajo las cuales será ejecutado el suministro del presente proceso de selección, no se

consideraran como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones.

En la propuesta no podrá señalarse condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de

condiciones y el anexo técnico. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto,

prevalecerán las disposiciones contenidas en este documento. Además, se seguirán los siguientes

criterios para la interpretación y entendimiento del presente pliego de condiciones.

a. El orden de los numerales y secciones no debe ser interpretado como un grado de prelación entre

las mismas.

b. Los títulos de los numerales y secciones utilizados sirven solo como referencia y no afectaran la

interpretaci6n de su texto.

c. Las palabras en singular, se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto;

y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el

contexto lo requiera.

d. Los plazos en días establecidos, se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa

se indique que se trata de días calendario o meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda

a un día no hábil para la entidad o no laboral, el vencimiento del plazo se traslada al día hábil

siguiente.

e. Las palabras expresamente definidas en este pliego, deben ser entendidas únicamente en el

sentido que a las mismas se les conceda según su definición.

3.7. Impuestos, tasas y contribuciones.

Al formular la oferta, el Proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y

contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o

municipales.

3.8. Información inexacta.

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La E.S.E.se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de

la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o

entidades respectivas. Cuando exista inconsistencia definitiva entre la información suministrada y la

efectivamente obtenida o suministrada por la entidad por la fuente de donde proviene la información

que se pretende acreditar en la Convocatoria Pública, el documento que la contenga se entenderá

como no presentado. Sin perjuicio de hacer conocer el hecho a las autoridades competentes.

3.9. Normatividad aplicable.

Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato a celebrar, estructura, y prestación del servicio

del Ciclo Económico Interno, la modalidad de selección que se debe adelantar se regirá por las

disposiciones contenidas en el acuerdo 06 de 2017 y Resolución 068 de 2017.

3.10. Incumplimiento a los compromisos.

Si durante el proceso de selección, se comprobare el incumplimiento del Proponente, sus

representantes o sus empleados o agentes, a los compromisos antes enunciados, procederá el

rechazo de la propuesta presentada. En caso que La E.S.E. advierta hechos constitutivos de

corrupción de parte del Proponente durante el proceso de selección, tales hechos se pondrán

inmediatamente en conocimiento de las autoridades competentes, a fin que se inicien las acciones

legales a que hubiere lugar.

4.10. Seguridad Social.

a. Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá presentar una certificación en original,

expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley, o por

el Representante Legal, bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera Revisor Fiscal, del

pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y

aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio

Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de cierre del presente

proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los

últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la

obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de tres (3)

meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.

b. Cuando el proponente sea una persona natural, deberá presentar una declaración en original,

bajo la gravedad de juramento donde certifique el pago de los aportes de sus empleados a los

sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar,

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento

debe certificar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de

los aportes correspondientes a la nómina de los Últimos seis (6) meses contados a partir de la citada

fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos y allegar los

respectivos soportes de pago.

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En caso de que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por ende no

esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, también bajo la

gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.

c. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes, deberá

aportar la declaración exigida en los literales anteriores.

4. DEFINICIONES

Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas

con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en

plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados.

EXPRESIÓN DEFINICIÓN

Acta de inicio Es el documento suscrito por el Supervisor y el Contratista, en el cual, se estipula la fecha de iniciación del plazo, si así se pactó en el contrato.

Acta de suspensión Es el documento mediante el cual la Entidad y el Contratista acuerdan la suspensión del contrato cuando se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, o circunstancias ajenas a la voluntad de las partes que impiden la ejecución del mismo.

Acta de reiniciación Es el documento mediante el cual se levanta la suspensión del contrato por haberse superado las situaciones que le dieron origen y se ordena la reiniciación de las actividades. Este documento será firmado por el Contratante y el Contratista. El contratista se obliga a actualizar la garantía Única.

Acta de entrega y recibo a satisfacción

Es el documento que contiene los datos referentes a la forma como el contratista entrega a la Entidad los bienes, las obras o los servicios objeto del contrato y la manifestación del contratante de recibirlos a satisfacción o con observaciones

Adenda Es el documento expedido con el fin de aclarar, modificar o precisar el pliego de condiciones; se emite con posterioridad a la expedición del pliego de condiciones, y forma parte integral del mismo.

Consorcio Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo dela propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que lo conforman.

Pliego de condiciones

Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los proponentes deben formular su oferta para participar en el proceso de contratación del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente proceso de contratación.

Oferta Es la propuesta presentada por los interesados en ser el contratista del

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Proceso de Contratación objeto del presente pliego de condiciones.

CICLO ECONOMICO INTERNO

Es el proceso mediante el cual la E.S.E. agrupa los procedimientos desde el agendamiento de citas, admisión, facturación de servicios, radicación de la facturación, el control de la cartera junto con el recudo y contestación de glosa y conciliaciones, entendiéndose como ciclo económico interno la integralidad el ciclo administrativo del paciente en la institución.

5. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

El contrato a desarrollar es “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO

ECONOMICO INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE

SERVIDOR, APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE

PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y

CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,

RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA

LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE

MONIQUIRÁ E.S.E”. el personal requerido para este proceso, así como los equipos y términos de la

aplicación de las herramientas tecnológicas a implementar en el desarrollo del proceso.

Los demás detalles de la presente selección objetiva también se encuentran incluidos en los

documentos del proceso.

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5.1. Descripción técnica.

El Contratista deberá ejecutar con excelente nivel técnico y probada solidez todas las tareas

comprendidas en los ítems que se citan en el presente documento. Por lo tanto, deberá acreditar el

cumplimiento de los requisitos técnicos y describirlos en anexo denominado ficha técnica.

5.2. Requisitos para la descripción técnica

El proponente deberá acompañar la propuesta con un anexo denominado ficha técnica con los

siguientes documentos:

a. perfiles de cargo con las correspondientes hojas de vida en cumplimiento de las especificaciones

requeridas.

b. Declaración realizada por un Ingeniero de Sistemas que los equipos cumplan con las

especificaciones requeridas y su correspondiente ficha técnica.

c. Registro en Derechos de Autor del Software y, autorización de uso.

d. Certificado de capacidad de almacenamiento de Datos en Data Center y Nube junto con la política

y manejo de protección de Datos

f. plan de capacitaciones y mediciones del personal donde se evidencia la optimización y ejecución

del CICLO ECONOMICO INTERNO.

6. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:

1. Efectuar el control de los registros médicos y administrativos en el curso del proceso de la atención médico-asistencial de los pacientes, con el fin de verificar el correcto cumplimiento de los montos máximos establecidos por la ley, solicitar las autorizaciones respectivas, se corrijan en tiempo las posibles causales de glosa u objeción y que las facturas se elaboren oportunamente.

2. Facturación y elaboración de las facturas y/o cuentas: El CONTRATISTA deberá elaborar integralmente las cuentas de los servicios prestados e imprimir las facturas de conformidad con los sistemas administrativos, tecnológicos y manuales tarifarios del HOSPITAL. Para ello deberá recolectar la documentación necesaria de conformidad con los requisitos exigidos legal y contractualmente por las diferentes aseguradoras, las administradoras de planes de beneficios en salud y el responsable del consorcio Sayp (ADRES), y cualquier otro tercero como pólizas de salud, compañías de medicina prepagada, planes complementarios, ARL, empresas internacionales y particulares, EPSs. En todo caso, la factura totalmente elaborada con sus soportes respectivos y la cuenta en general deberá ser puesta a disposición de la auditoría concurrente por parte de las aseguradoras, cuando ello sea procedente, para su revisión en un plazo que no podrá exceder de dos (2) días calendario contado a partir de que EL HOSPITAL le entreguen al CONTRATISTA todos los documentos y soportes necesarios, excepto cuando por razones ajenas a EL HOSPITAL no sea posible cumplirlo.

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3. Atención de auditorías concurrentes, el CONTRATISTA atenderá las auditorias concurrentes de las aseguradoras y resolverá las observaciones que cualquier auditoria concurrente dispuesta por las aseguradoras, las administradoras de planes de beneficios en salud, consorcio Sayp (ADRES) y cualquier otro tercero, para la revisión de las facturas por lo servicios a pacientes víctimas de accidentes de tránsito. La aceptación de cualquier objeción que genere anulación, re-facturación, corrección o nota crédito en cualquier cuenta auditada, deberá ser expresamente aprobada por EL HOSPITAL, cartera o cuentas médicas, de acuerdo al tipo de corrección.

4. Radicación y prestación de las facturas, para ello el CONTRATISTA deberá a nombre del HOSPITAL radicar y presentar las cuentas de los servicios prestados por esta ante las diferentes aseguradoras, administradoras de planes de beneficios en salud, consorcio Sayp (ADRES) y cualquier otro tercero como pólizas de salud y compañías de medicina prepagada, planes complementarios, ARL, empresas internacionales y particulares, ateniendo las condiciones y procedimientos comerciales, contractuales y legales que para ello se encuentren vigentes. En ningún caso la radicación de las cuentas podrá hacerse en un plazo superior a treinta (30) días corrientes contados a partir del plazo en que EL HOSPITAL le entregue al CONTRATISTA los documentos y soportes necesarios para efectuar tal actividad.

5. Atención y respuesta de glosas que se reciban con ocasión de las respuestas dadas a las glosas presentadas, en las mismas condiciones que para la atención de glosas y observaciones. En ningún caso la atención y respuesta de las glosas podrá realizarse en un plazo superior a los quince (15) días contados a partir de que EL HOSPITAL la pongan a disposición del CONTRATISTA, la glosa se atenderá como máximo en el tiempo establecido en la norma vigente.

6. Cobro administrativo y prejudicial: El CONTRATISTA cobrará administrativa y/o prejudicial de las facturas cuentas que no sean pagadas por los responsables del pago a cargo del CONTRATISTA, después del proceso de atención de glosa, de conformidad con la normatividad vigente, para ello EL HOSPITAL le otorgarán los poderes respectivos y asistirán a las audiencias prejudiciales y citaciones que sean del caso.

7. Gestión de cobranza: El CONTRATISTA realizará a su cuenta, riesgo y bajo su responsabilidad todas las actividades usuales incluyendo aquellas prejudiciales que faciliten y posibiliten el cobro y recaudo efectivo de la cartera de EL HOSPITAL. Para la gestión de cobro el CONTRATISTA deberá indicar a los responsables de pago a su cargo, que estos servicios se deberán consignar a la que la E.S.E. certifique para tal fin.

8. Prestar sus servicios de conformidad con su experticia técnica y profesional en este ámbito, conforme a las condiciones señaladas en este documento y las normas vigentes sobre la materia.

9. Atender los servicios buscando en todo momento que se cumplan las actividades bajo criterios de eficiencia, celeridad e idoneidad, buscando en todo momento el beneficio en favor de EL HOSPITAL.

10. Entregar el correspondiente soporte documental de las gestiones o actividades realizadas. (xi) Asistir cuando sea requerido por EL HOSPITAL, a toda clase de reuniones que se programen para debatir o tratar los asuntos propios de los servicios objeto del presente Contrato. Para tal efecto, EL HOSPITAL se comunicarán vía telefónica o escrita con el

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CONTRATISTA. En el evento en que el CONTRATISTA no pueda asistir a la reunión, las Partes de común acuerdo fijarán fecha y hora para la realización de esta.

11. Entregar los informes a EL HOSPITAL en los términos y condiciones que las Partes de mutuo acuerdo establezcan.

12. Mantener la calidad de los servicios ofrecidos, obligándose a solucionar de manera oportuna los hechos propios o de terceros que desmejoren dicha calidad, tales como hurto o daños de los equipos, elementos y bienes de trabajo del CONTRATISTA, conflictos laborales en la empresa del CONTRATISTA, y cualquier otro que afecte la correcta ejecución de las actividades contratadas.

13. No utilizar, divulgar o explotar información alguna de EL HOSPITAL, que haya obtenido con ocasión del presente documento.

14. Cambiar el personal asignado a la prestación de los servicios objeto de este Contrato cuando así lo solicite el EL HOSPITAL. El cambio respectivo deberá efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud, siempre y cuando sea una solicitud motivada con base en los preceptos inmersos en el Código sustantivo de Trabajo.

15. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.

16. Tener disponible durante todo el tiempo de ejecución del presente Contrato, el personal requerido para la ejecución de los servicios, responsabilizándose de la correcta programación y gestión de los servicios requeridos.

17. Disponer de la infraestructura tecnológica necesaria, que le permita realizar trabajos de excelente calidad en las actividades contratadas.

18. Rendir informes mensuales sobre el estado de los trámites y gestiones realizadas, generando reportes y alertas sobre cualquier novedad que surja y deba atenderse para dar cumplimento a los plazos y fines señalados en el aquí.

19. Suministrar por su propia cuenta, riesgo y subordinación, el personal requerido e idóneo para dar cabal cumplimiento al objeto del presente Contrato, personal que será en todo momento de su exclusivo cargo y responsabilidad. Ninguna relación laboral tendrá lugar entre EL HOSPITAL y el personal empleado por el CONTRATISTA, quien será la única responsable del pago de la totalidad de salarios, prestación e indemnizaciones de carácter laboral.

20. El CONTRATISTA se obliga a indemnizar EL HOSPITAL o a cualquier tercero, por todo el daño o perjuicio causado directa o indirectamente con ocasión de las actividades realizadas por cualquiera de sus empleados, contratistas y terceros vinculados con el CONTRATISTA. Dentro de los daños por los cuales responderá se incluyen los daños patrimoniales y extra patrimoniales, daños morales, daños a personas, daños a bienes de terceros, a bienes de propiedad de la E.S.E., lucro cesante y en general cualquier tipo de daño que deba ser indemnizado EL HOSPITAL o los terceros con los cuales deba relacionarse el CONTRATISTA, en la ejecución de este Contrato. Por tal motivo, en caso de ser necesario, EL HOSPITAL podrán llamar en garantía o denunciar el pleito respecto del CONTRATISTA, con el fin de obtener, en el mismo evento, el reembolso y restablecimiento de sus derechos de toda suma o derecho que haya sido lesionado por el CONTRATISTA y sea reclamado por cualquier tercero afectado.

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21. Acreditar en cualquier tiempo y a solicitud DEL HOSPITAL, los pagos de salarios, prestaciones sociales, aportes a seguridad social en pensiones y salud, aportes a la A. R. L, pagos de cesantías y los demás derechos de que gozan los empleados conforme a la legislación laboral nacional, respeto de los empleados del CONTRATISTA que estén prestando el servicio objeto del contrato que se suscriba.

22. Responder por toda la pérdida o daño a elementos o información de propiedad de EL HOSPITAL, cuando se compruebe que este o uno de sus dependientes se encuentre vinculado a estos hechos. Por tanto, el CONTRATISTA se obliga a someter a sus dependientes a todas las medidas de seguridad que tengan previstas EL HOSPITAL.

23. Apoyar al Hospital con toda la información requerida para efectuar las conciliaciones de cartera, mesas de conciliación con la Superintendencia nacional de Salud y secretaria de salud departamental.

24. Apoyar a la ESE en la entrega de información a organismos de control, relacionados con los procedimientos incluidos dentro del ciclo económico interno.

QUIENES PUEDEN PARTICIPAR

En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o

extranjeras; consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté

relacionado con la prestación de servicios complementarios de salud humana, el recaudo y

administración de cartera por la facturación propia o de terceros, la prestación de servicios de

administración, asesoría, auditoria, consultoría y en general servicios para el sector de la salud. del

contrato a celebrarse. La duración de constitución debe ser mínimo de diez (10) años en caso de ser

persona jurídica, Nacional o extranjera en caso de ser asociación debe ser por lo menos por la

vigencia del Contrato y dos años más.

La ESE revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad

o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de

responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes

judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.

Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el

documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres

(3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de

constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la

capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el

representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando

la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta.

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25. CRONOGRAMA:

Actividad Fecha Lugar

1. Publicación de los pre-términos de condiciones

Desde las 3:00 PM del

día 21 de Enero de

2021.

Página Web de la entidad.

WWW.HRM.GOV.CO. Y

www.contratos.gov.co.

2. Presentación de observaciones a la invitación publica

Hasta las 2:00 PM del

día 25 de Enero de

2021.

Al correo electrónico

contratació[email protected]

3. Respuesta de observaciones. Hasta las 4:30 PM del

día 25 de Enero de

2021.

Página Web de la entidad.

WWW.HRM.GOV.CO. Página Web

Colombia Compra.

www.contratos.gov.co.

4. Publicación de los términos de condiciones definitivos.

Hasta las 5:30 PM del

día 25 de Enero de

2021.

Página Web de la entidad.

WWW.HRM.GOV.CO. Página Web

Colombia Compra.

www.contratos.gov.co.

5. Fecha límite para la presentación de propuestas y suscripción del acta de cierre.

Hasta las 2:30 Pm del

día 27 de Enero de

2021.

Oficina secretaria de gerencia, del

Hospital Regional de Moniquirá.

6. Verificación de Requisitos Habilitantes técnicos, y propuesta económica y evaluación de las ofertas y comunicación para subsanar documentos habilitantes

A partir de las 3:00 pm

del día 27 de Enero de

2021.

Oficina, secretaria de gerencia del

hospital regional de Moniquirá.

WWW.HRM.GOV.CO. Pagina Web

Colombia Compra.

7. Publicación de la evaluación final de requisitos habilitantes. comunicación a oferente/s favorecidos para la firma.

Hasta las 5:30 pm del

día 27 de Enero de

2021.

Página Web de la entidad.

WWW.HRM.GOV.CO. Página Web

Colombia Compra.

www.contratos.gov.co.

8. Presentación de observaciones a la evaluación

Hasta las 2:30 pm del

día 28 de Enero de

2021.

A través de los correos electrónicos

[email protected] y

contratació[email protected]

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NIT. 891.800.395-1

11.1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS SOPORTE DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL

CONTRATISTA

Por tratarse de un contrato en que el presupuesto oficial supera 1000 salarios mínimos mensuales

legales vigentes, así como por no encuadrarse el presente proceso en lo enunciados en el artículo

24 del acuerdo 06 de 2017 o estatuto de contratación de la ESE, la Modalidad de selección del

contratista que se utilizara será de convocatoria pública, de conformidad con lo establecido en el

artículo 26 del acuerdo 06 de 2017 o estatuto de contratación de la ESE, así como lo dispuesto en

ley 100 de 1993 artículo 195, decreto 1876 de 1994.

11.2. MODIFICACIONES A LA INVITACIÓN

Cualquier modificación que se realice a la convocatoria se hará mediante adendas que serán

publicadas en la página Web http: WWW.HRM.GOV.CO., www.contratos.gov.co, estas adendas

formarán parte integral de la invitación.

11.3. PARAGRAFO- EXPEDICION DE ADENDAS:

EL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA, se reserva el derecho de modificar el presente

cronograma a su libre albedrío y según las necesidades de la entidad, para lo cual lo hará constar

por escrito a través de Adenda la cual se publicará teniendo en cuenta lo dispuesto para la

modificación de la convocatoria.

9. Responder las observaciones propuestas si las hubiere.

Hasta las 5:00 pm del

día 28 de Enero de

2021.

Página Web de la entidad.

WWW.HRM.GOV.CO. Página Web

Colombia Compra.

www.contratos.gov.co

10. firma del contrato o declaratoria de desierta

Desde las 8:00 am del

día 29 de Enero de

2021.

Oficina, secretaria de gerencia del

hospital regional de Moniquirá.

WWW.HRM.GOV.CO. Página Web

Colombia Compra.

11. Publicar el contrato o declaratoria de desierta

Hasta 3 días después

de la suscripción del

contrato.

Página Web de la entidad.

WWW.HRM.GOV.CO. Página Web

Colombia Compra.

www.contratos.gov.co

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NIT. 891.800.395-1 PRESUPUESTO OFICIAL

12. PRESUPUESTO OFICIAL

12.1. Para el cálculo del presupuesto oficial se realizó análisis del total de la cartera de la institución, a lo cual

se le fijo un meta de recaudo del 30%, siendo esta la base para el cálculo del 5 % que se cancelara

como cuota de éxito, de acuerdo al siguiente por menor:

VALOR TOTAL CARTERA CARTERA A RECUPERAR

30%

$ 15.134.360.070 $ 4.540.308.021,00

VALOR 5% TOTAL $ 227.015.401,05

VALOR 5% MENSUAL $ 28.376.925,13

Para calcular el valor a cancelar por recaudo de la vigencia corriente, se tomo como referencia la facturación

de la entidad en el ultimo trimestre, al promedio resultante se calculara el 5 % que será el presupuesto inicial

oficial, de acuerdo al siguiente por menor:

VALOR

FACTURADO OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE PROMEDIO

VALOR

$

2.009.994.742

$

1.929.541.853

$

2.450.177.147

$

2.129.904.581

VALOR DEL RECAUDO 80%

$

1.703.923.664,5

3

5 % VALOR MENSUAL

$

85.196.183,23

5% VALOR TOTAL

$

681.569.465,81

Así las cosas el valor del PO, será el resultando de la sumatoria del 5 % del recaudo corriente más el 5% del

recaudo de las vigencia anteriores, siendo este total del PO inicial del contrato y se cancelara como cuota de

éxito.

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NIT. 891.800.395-1

ITEM VALOR ESTIMADO MES VALOR ESTIMADO TOTAL 8 MESES

ESTIMADO RECAUDO

VIGENCIA ANTERIOR $ 28.376.925,13 $ 227.015.401,05

ESTIMADO RECAUDO

CORRIENTE $ 85.196.183,23 $ 681.569.465,81

TOTAL $ 113.573.108,36 $ 908.584.866,86

Por lo anterior el Presupuesto oficial o costo estimado para la presente convocatoria, es la suma de

NOVECIENTOS OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y

SIETE PESOS M/CTE ($ 908.584.867,00) y Para efectos del presente proceso de selección del contratista, se

ha emitido el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº 2021000085, Código Nº 2.1.2.02.02.008.07

denominado “Remuneración Servicios Técnicos - Personal administrativo” de la vigencia dos mil veintiuno

(2021).

El valor de la propuesta deberá incluir la totalidad de todos los costos directos e indirectos para la completa y

adecuada ejecución del objeto contractual.

El valor de la oferta o propuesta presentada no podrá exceder el valor total del presupuesto oficial, so

pena de rechazo de la misma. En el valor presupuestado se entienden incluidos todos los costos

(directos e indirectos), tasas y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y

liquidación.

El valor de la propuesta deberá ser expresado en pesos colombianos, y en todo caso, será igual al resultado

de sumar todos los valores que componen la oferta y con los cuales queden cubiertos todos los costos,

beneficios, utilidades, imprevistos, impuestos y demás gastos en que deba incurrirse para ejecutar

debidamente el respectivo contrato.

El análisis de precios del mercado para desarrollar el proyecto denominado “CICLO ECONOMICO

INTERNO” el cual es objeto de la presente convocatoria, fue realizado teniendo en cuenta el análisis

desarrollado en pro de mejorar el recaudo efectivo de los recursos que existen por la prestación de los

servicios del Hospital.

Serán de la exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar los

costos o valores unitarios y totales en su propuesta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se

deriven de dichos errores u omisiones.

12.2. FORMA DE PAGO

LA E.S.E. cancelará al CONTRATISTA como contra prestación de los servicios prestados, el

valor equivalente al 5% del valor total recaudado producto de la venta de servicios de salud

excepto las transferencias directas de la nación, departamento o municipio por subsidio a la

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oferta o proyectos especiales académicos, de investigación o de inversión y de cooperación

nacional o internacional.

Los pagos por realizar al contratista se realizarán de la siguiente manera:

Primer pago a título de anticipo correspondiente al 10% del valor inicial de la totalidad del

contrato, valor que se deberá amortizar en los seis primeros meses de ejecución del contrato.

El valor restante del contrato se ejecutará teniendo en cuenta el valor total del recaudo mensual

de la E.S.E., al cual se le aplicará el 5 % exceptuando lo referente a planes de intervención

colectiva PIC y las donaciones.

El pago mensual que refiere el inciso anterior se liquidara con corte a los días veinticinco (25)

de cada mes, y se realizaran los pagos en dos giros a la cuenta bancaria que señale el

contratista, el primero de ellos el día cinco (5) de cada mes, por el porcentaje equivalente al 3%

del total recaudado en el mes anterior, menos la amortización de lo pagado a título de anticipo

valor que corresponde a la comisión por concepto de uso de las plataformas y el segundo giro

se realizara el día diez (10) de cada mes, por el porcentaje de equivalente al 2% del valor del

recaudo del mes anterior menos la amortización de lo pagado a título de anticipo valor que

corresponde al pago de la prestación de los servicios operativos incluye todos los impuestos y

gastos del contrato incluida la administración, la cual para efectos de gravámenes, deberá

discriminarse detalladamente en las facturas. Siempre y cuando el CONTRATISTA realice la

presentación y radicación de la factura según su ejecución previa, observando que esta cumpla

con las normas legales de la DIAN, de acuerdo con la ejecución contractual, certificado por el

supervisor designado por la E.S.E.

EL HOSPITAL retendrá las sumas correspondientes a los porcentajes y descuentos

establecidos por la ley.

Además de la Factura, el CONTRATISTA deberá anexar las autoliquidaciones, donde conste el

pago de LA SEGURIDAD SOCIAL (salud, pensión, riesgos profesionales de quien (es) esta (n)

prestando el servicio), conforme a los valores establecidos por actividad, o por productos o

paquetes (productividad), según sea el caso, el cual está regulado por los perfiles y acciones

que EL CONTRATISTA deba cumplir y desarrollar durante la ejecución del contrato. Las

planillas de pagos de salud, pensión y aportes parafiscales deben ser facilitadas en el momento

que LA E.S.E. requiera realizar revisión para verificar el cumplimiento del Decreto 4369 de 2006

y el Código Sustantivo del Trabajo.

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13. PLAZO: El término del contrato inicialmente se pactará a ocho (8) meses, sin embargo, al existir

un porcentaje de éxito en la forma de pago, los valores superiores se realizarán a través de una

solicitud expresa de incremento de Presupuesto teniendo en cuenta la gestión y que

mencionados valores superen lo estimado en este documento

14. PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas deberán estar suscritas en original por el representante legal de la persona jurídica o

por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal.

El oferente deberá entregar la propuesta en medio físico y magnético. La propuesta en medio físico

deberá ser radicada en sobre cerrado, original y copia, debidamente foliado. Cada sobre deberá

estar cerrado y rotulado de acuerdo con el anexo 2 de la presente convocatoria, No se aceptarán

propuestas remitidas por fax o correo electrónico. No se admitirán ofertas parciales,

complementarias o propuestas de modificaciones que fueren presentadas con posterioridad al cierre

de la convocatoria.

14.1. AUTORIZACIÓN

Para el caso en concreto, si el representante legal de la firma del proponente tenga alguna limitación

para suscribir la oferta o el contrato, según lo indicado en el Certificado de Existencia y

Representación Legal, se deberá anexar el original del acta del órgano correspondiente que lo

autorice para presentar la oferta y suscribir el contrato en caso de que le sea adjudicado.

CAPÍTULO 2

1. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Para todos los casos el proponente deberá manifestar en su propuesta que no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, Ley 80 del 93, acuerdo 06 de 2017 y demás normas concordantes.

2. PROPUESTAS PARCIALES

En ningún caso se aceptarán propuestas Parciales.

2.1. PROPUESTAS ALTERNATIVAS

En ningún caso se aceptarán propuestas alternativas.

2.2. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA

La propuesta deberá presentarse con los documentos que se relacionan a continuación:

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2.3.1. REQUISITOS HABILITANTES.

2.3.1.1. REQUISITOS DE ORDEN JURÍDICO

Los siguientes documentos y requisitos se consideran necesarios para que el Hospital acepte que

existe realmente una propuesta, por lo tanto, en caso de que el proponente no aporte dentro de su

propuesta la totalidad de documentos que se consideran requisitos habilitantes, se establecerá la

INEXISTENCIA del mismo y será causal de INADMISIÓN JURIDICA y por consiguiente no será

sujeto de evaluación técnica ni económica.

1. Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación de la persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificará el de la persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones temporales se verificará el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión Temporal.

2. Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal expedido por la Contraloría General de la República de la persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificará el de la persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones temporales se verificará el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión Temporal.

3. Certificado de Antecedentes Penales expedido por la Policía Nacional de la persona natural; En caso de personas jurídicas se verificará el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones temporales se verificará el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión Temporal.

4. Carta de Presentación de la Propuesta, según Anexo 3 consagrado en los términos de condiciones.

5. Propuesta económica. 6. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o cedula de extranjería o pasaporte según

corresponda del representante legal dependiendo de si el oferente es nacional colombiano o extranjero.

7. Acreditar, con el aporte de copia de la Libreta Militar para los hombres menores de 50 años, que ha resuelto su Situación Militar, a la fecha máxima de presentación de ofertas

8. Nit o Registro Único Tributario: Para el caso de Persona Natural o jurídica deberá anexar una fotocopia legible del Nit. o Registro Único Tributario (RUT).

9. Certificado de Existencia y Representación Legal, renovado expedido por Cámara de Comercio; Para afectos de verificar la capacidad jurídica, a través del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido máximo 30 días anteriores a la fecha de cierre de la presente invitación, la entidad tendrá en cuenta: a. objeto social de la persona jurídica: Se verificará que la persona jurídica este autorizado

para cumplir con el objeto del contrato o la experiencia contractual, así como el registro en derechos de autor de los programas que manejen.

b. La calidad de representante legal de quien suscribe la oferta, lo cual se verifica con la inscripción del representante legal en el certificado de existencia y representación legal.

c. Las facultades del representante legal de la persona jurídica para presentar la oferta y obligar a la persona jurídica a cumplir con el objeto del contrato.

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10. Documento de declaración juramentada, según Formato Anexo 6, en que acredite ausencia de inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del contrato y en la que conste que no ha sido sancionado por algún incumplimiento o multas, por circunstancias consagradas en la ley 1474 de 2011, Art. 1º, Art. 2º y Art. 90. En esta declaración la persona jurídica certificara que ni la persona jurídica ni su representante legal están incursos en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, de igual manera se certificara para el caso de personas naturales; Para el caso de consorcios o uniones Temporales el Representante Legal del Consorcio o de la unión Temporal aportara documento de Declaración juramentada en que conste que ningún de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal se encuentra con inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del contrato.

11. Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar Documento de conformación del consorcio o unión temporal

12. Acreditar con documentos que el oferente persona natural o jurídica o cada uno de los consorciados o Unidos Temporalmente se encuentran al día en los pagos del sistema de seguridad social integral en salud (Salud, Pensión, riesgos laborales) y Parafiscales, cuando corresponda. (Art. 23 ley 1150 e 2007 y ley 1562 de 2012)

13. Acreditar que el oferente persona natural o cada uno de los consorciados o unidos temporalmente se encuentran inscritos en el Registro Único de Proponentes con fecha de expedición no mayor a 30 días anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria.

14. En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y un año más.

15. La ESE revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.

16. Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta.

17. Certificación expedida por el representante legal en la cual indique si en la entidad o institución se encuentra implementando el SARLAFT.

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3. Experiencia.

3.1. EXPERIENCIA GENERAL:

La experiencia será acreditada mediante la presentación de mínimo 3 contrato y máximo 4 contratos

celebrados y ejecutados con entidades públicas o privadas dentro de los diez (10) años anteriores a

la fecha de cierre de la convocatoria, cuyo objeto sea PRESTACION DE SERVICIO DE ADMISION,

GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA

Y CONCILIACIONES EN INSTITUCION HOSPITALARIA y, cuya sumatoria en salarios mínimos

anuales reportados sea igual o superior a 1.700 SMMLV , esta experiencia deberá encontrarse

acreditada en el registro único de proponentes con los siguientes códigos UNSPSC:

CLASIFICACION

UNSPSC

DESCRIPCIÓN

80101500 SERVICIOS DE CONSULTORIA DE NEGOCIOS Y

ADMINISTRACION CORPORATVA

84111600 SERVICIOS DE AUDITORIA

85101700 SERVICIOS DE ADMINISTRACION EN SALUD

Cuando un proponente plural adquiere la experiencia de un contrato como integrante de un

contratista plural, la experiencia derivada de este contrato corresponde a la ponderación del valor del

contrato por el porcentaje de participación.

En el caso de que los contratos que acreditan la experiencia tengan algún tipo de multa o sanción,

no serán tenidos en cuenta por parte de la E.S.E. para ello se solicita que el proponente resalte en

su RUP, los contratos mediante los cuales se pretende acreditar la experiencia general.

El proponente debe acreditar lo anterior con certificación expedida por la entidad contratante y/o la

copia del contrato y/o acta de liquidación de este, que sirvan de soporte para la experiencia en

relación con el objeto del presente proceso. Documentos que serán objeto de comparación con el

respectivo certificado del RUP, para verificar requisitos adicionales como el tiempo de ejecución,

objeto, de igual forma la congruencia en la información reportada para efectos de ser acreditada

como requisitos habilitantes.

3.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA:

La experiencia especifica será acreditada mediante la presentación de un contrato celebrado y

ejecutado con entidad privada o pública de salud de tercer o de cuarto nivel de complejidad, cuyo

presupuesto oficial sea igual o superior a 490 SMMLV para la fecha de la suscripción del contrato a

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acreditar, esta experiencia deberá encontrarse acreditada en el registro único de proponentes bajo

mínimo con 3 de los siguientes códigos UNSPSC:

CLASIFICACION

UNSPSC

DESCRIPCIÓN

85101700 Servicios de Administración en Salud.

80101500 Servicios de consultoría de negocios y administración corporativa.

84131600 Seguros de vida, salud y accidentes.

85121500 Servicios de prestadores de cuidado primario.

84111600 Servicios de auditoria.

4. Capacidad Financiera.

Los indicadores de capacidad financiera buscan establecer unas condiciones mínimas que reflejen la

salud financiera del proponente a través de su liquidez, endeudamiento y razón de cobertura de

intereses. Estas condiciones muestran la aptitud del proponente para cumplir oportuna y cabalmente

el objeto del contrato. El proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la

información contenida en el RUP.

4.1. Índice de Liquidez.

Este indicador determina la capacidad que tiene un Proponente para cumplir con sus obligaciones

de corto plazo.

Indicador Índice requerido

Índice de Liquidez Mayor o igual a 1.50

4.2. Índice de Endeudamiento:

Este indicador determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y

patrimonio) del Proponente.

Indicador Índice requerido

Índice de Endeudamiento Menor o igual a 0.65

4.3. Activo corriente: Este indicador determina la capacidad que tiene un Proponente para

cumplir con sus obligaciones de corto plazo.

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Indicador Índice requerido

Activo Corriente Mayor o Igual a 1000 SMLMV

4.4. Activo Total: Este indicador determina la capacidad que tiene un Proponente para cumplir

con sus obligaciones de corto plazo.

Indicador Índice requerido

Activo Total Mayor o Igual a 1250 SMLMV

5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO A CONTRATAR

El Contratista deberá ejecutar con excelente nivel técnico y probada solidez todas las tareas comprendidas en los ítems que se citan en el presente documento. Por lo tanto, deberá acreditar el cumplimiento de la ficha técnica propuesta. 6. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

La E.S.E. debe evaluar la oferta del Proponente que hayan acreditado los requisitos habilitantes

señalados en el numeral 2.3.1.

La ES.E. evaluará las propuestas con arreglo a los principios de prevalencia del interés general,

legalidad, planeación, igualdad, transparencia, economía, responsabilidad, selección objetiva,

celeridad, moralidad, eficiencia, imparcialidad, publicidad, contradicción, eficiencia, equilibrio y

conmutatividad.

6.1. PUNTAJE POR CRITERIO DE EVALUACIÓN

La E.S.E. asignara a las ofertas el puntaje que se describe a continuación.

CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJE

Factor económico 30 puntos

Factor técnico y de soporte 50 puntos

Mantenimientos adicionales. 15 puntos

Oferentes con trabajadores con discapacidad.

5 puntos

Total 100 puntos

6.2. FACTOR ECONÓMICO:

Para realizar este estudio se requiere que el proponente haya ofertado la totalidad de los ítems

solicitados en la presente convocatoria.

6.2.1. MENOR VALOR: En esta fase de la evaluación se efectuará el análisis económico de la

propuesta hábil con base al valor ofertado, determinándose el orden de elegibilidad de acuerdo con

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el precio total ofrecido. La E.S.E., a partir del valor de las Ofertas debe asignar cincuenta (50) puntos

al menor valor y disminuyendo 10 puntos en orden de menores precios hasta el quinto proponente.

6.3. FACTOR TÉCNICO Y DE SOPORTE

6.3.1.1. Director de proyecto:

REQUISITOS PUNTAJE

Profesional en áreas relacionadas con el sector de la salud 20 puntos

Especialización en Gerencia en Servicios de Salud 20 puntos

Experiencia mínima en 5 proyectos que incluyan entre sus actividades realizadas el desarrollo y funcionamiento de admisión, facturación, cartera, glosas.

10 Puntos

6.3.1.2. Coordinador de Proyectos

REQUISITOS PUNTAJE

Profesional en área de salud 15puntos

Especialización en auditoria en salud 10 puntos

Especialización en administración en Salud 10 puntos

Experiencia mínima de 10 años que incluyan entre sus actividades realizadas el desarrollo y funcionamiento de la admisión, facturación, cartera, glosas, conciliaciones con auditoria medica concurrente.

5 puntos

6.3.1.4 Auditor de Calidad

REQUISITOS PUNTAJE

Profesional en Medicina, Enfermeria 15 puntos

Especialización en Auditoria en Salud o calidad en

servicios de salud

10 puntos

Experiencia mínima de 5 años que incluyan entre sus actividades realizadas el desarrollo y funcionamiento de la admisión, facturación, cartera, glosas, conciliaciones con auditoria medica concurrente.

5 puntos

6.3.1.5 Ingeniero

REQUISITOS PUNTAJE

Profesional Ingeniero de Sistemas o Afines 15 puntos

Experiencia mínima de 6 años en ingeniería de campo para sistemas de telecomunicaciones ingeniero soporte en sitio de los sistemas de cómputo y servidores y desarrollador en lenguajes java, Python, C# y C++.

5 Puntos

6.3.1.6 Abogado

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REQUISITOS PUNTAJE

Profesional Abogado 7 puntos

Experiencia mínima de 10 años en asesorías y procesos litigiosos ante entidades administrativas, desempeñándose mínimo 2 años como líder en desarrollo de procesos ante la Supersalud y superintendencia financiera.

3 puntos

6.3.1.7. Jefe de Cartera

REQUISITOS PUNTAJE

Profesional en Economía o administración 5 puntos

Experiencia mínima de 5 años que incluyan entre sus actividades realizadas el desarrollo y funcionamiento de la admisión, facturación, cartera, glosas, conciliaciones.

2 puntos

6.3.2. DOCUMENTOS SOPORTE DEL EQUIPO DE TRABAJO

6.3.2.1. Director de Proyecto.

a. Hoja de vida en formato de la función pública.

b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.

c. Fotocopia del título profesional obtenido.

d. Fotocopia del título de posgrado.

e. Certificaciones que acrediten la experiencia.

f. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.

g. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.

h. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.

6.3.2.2. Coordinador de Proyecto

a. Hoja de vida en formato de la función pública.

b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.

c. Fotocopia del título profesional obtenido.

d. Fotocopia del título de especialización.

e. Certificaciones que acrediten la experiencia.

f. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.

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g. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.

h. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.

6.3.2.4. Auditor de Calidad

a. Hoja de vida en formato de la función pública.

b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.

d. Fotocopia del título profesional obtenido.

e. Fotocopia del título de especialización.

f. Certificaciones que acrediten la experiencia.

g. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.

i. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.

j. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.

6.3.2.5 Jefe de Cartera

a. Hoja de vida en formato de la función pública.

b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.

c. Fotocopia del título académico obtenido.

f. Certificaciones que acrediten la experiencia.

g. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.

i. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.

j. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.

6.3.2.6. Ingeniero

a. Hoja de vida en formato de la función pública.

b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.

c. Fotocopia de la matricula profesional.

d. Fotocopia del título profesional obtenido.

e. Certificaciones que acrediten la experiencia.

f. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.

g. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.

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h. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.

6.3.2.6. Abogado

a. Hoja de vida en formato de la función pública.

b. Fotocopia de cedula de ciudadanía.

c. Fotocopia de la matricula profesional.

d. Fotocopia del título profesional obtenido.

e. Certificaciones que acrediten la experiencia.

f. Certificado de antecedentes disciplinarios-Procuraduría General de la Nación.

g. Certificado de responsabilidad fiscal-Contraloría General de la Republica.

h. Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía Nacional.

Las certificaciones de trabajo que acrediten la experiencia expedida por el ente contratante deberán

ir en papelería membretada, indicando el cargo específico y la fecha de inicio y finalización de las

actividades y valor del contrato. Si las certificaciones no contienen esta información básica, no serán

tenidas en cuenta.

6.4. PLAN Y PROGRAMACIÓN DE MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS.

El Proponente deberá aportar un plan de mantenimientos para los equipos de cómputo que se

pretendan usar para el desarrollo del objeto contractual suscrito por un ingeniero de sistemas o

afines, y deberá constar el número de mantenimientos preventivos.

NUMERO DE MANTENIMIENTOS

PREVENTIVOS

PUNTOS

1 1 PUNTOS

2 3 PUNTOS

3 4 PUNTOS

4 7 PUNTOS

6.5. OFERENTES CON TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD:

La persona natural, el representante legal o el revisor fiscal, según corresponda certificara el número

total de empleados vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de

cierro de la presente convocatoria.

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TOTAL DE TRABAJADORES DE LA PLANTA DE PERSONAL

DEL PERSONAL DEL PROPONENTE.

NUMERO MÍNIMO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EXIGIDA.

Puntos

Entre 1 y 30 1 5 puntos

Entre 31 y 100 2 5 puntos

Entre 101 y 150 3 5 puntos

Entre 151 y 200 4 5 puntos

Más de 200 5 5 puntos

7. CRITERIOS DE DESEMPATE:

De persistir el empate, se aplicarán las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente:

a. Se escogerá el Oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de

escogencia y calificación establecidos en el pliego de condiciones del proceso de

contratación.

b. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los

factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del proceso

de contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia

y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.

8. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

Son causales para el rechazo de las propuestas, las siguientes:

• Cuando la propuesta: a) sea extemporánea, b) se presente en un lugar diferente al indicado en los

términos de la presente convocatoria.

• Cuando el proponente haya tratado de interferir, influenciar, informarse indebidamente en el

análisis de la propuesta.

• Cuando el Proponente o alguno de sus integrantes se encuentre en una o varias de las siguientes

situaciones: estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la

ley; tenga un conflicto de interés de origen legal o contractual; o no se encuentre en situación de

cumplimiento por concepto de pago de giros y aportes al Sistema de Seguridad Social y

parafiscales.

• Cuando un oferente tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que oferte, es decir,

cuando se trate de sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades

anónimas.

• Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos

tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a la E.S.E. HOSPITAL.

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• Cuando exceda en el valor en su oferta con relación al presupuesto oficial asignado por el Hospital.

• Cuando la propuesta no cumpla con la integridad del objeto de la presente convocatoria, es decir,

se presente en forma parcial.

• Cuando no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos.

• Cuando no cumpla con los requisitos técnicos exigidos las propuestas presenten situaciones,

circunstancias, características o elementos que impidan su comparación objetiva con las demás

propuestas.

• Cuando el proponente aparezca reportado o tenga antecedentes disciplinarios o antecedentes

judiciales (para el caso aplicables) y se encuentre Inhabilitado para contratar.

• Cuando por omisión y sin perjuicio de la posibilidad de saneamiento, a la propuesta no le sean

anexados dentro del término establecido por el Hospital los documentos.

9. GARANTIAS:

RIESGO CONSIDERACIONES

RESPECTO AL RIESGO.

NECESIDAD DE GARANTÍAS

REQUIERE

GARANTIA

NO

REQUIERE

GARANTIA

CONDICIONES DE LA

GARANTÍA SEGÚN

ESTATUTO DE

CONTRATACIÓN

1. RIESGO DE

CUMPLIMIENTO.

Teniendo en cuenta el

tipo de servicio

contratado, se hace

necesario constituir

esta garantía.

SI

Teniendo en cuenta

el artículo 44 del

estatuto de

contratación de la

entidad acuerdo 06

de 2017; la

garantía de

cumplimiento se

suscribirá por valor

el 10% del valor del

contrato, por el

termino de vigencia

y 4 meses más.

2. RIESGO DE CALIDAD

DE LOS BIENES.

Teniendo en cuenta el

tipo de servicio

contratado, se hace

necesario constituir

SI

Teniendo en cuenta

el artículo 44 del

estatuto de

contratación de la

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esta garantía. entidad acuerdo 06

de 2017; esta

garantía será por el

20% del valor del

contrato y por el

término del contrato

y un año más.

3. RIESGO DE

DEVOLUCION DE

PAGO ANTICIPADO

existe anticipo en el

presente contrato. SI

Teniendo en cuenta

el artículo 44 del

estatuto de

contratación de la

entidad acuerdo 06

de 2017;se

suscribirá esta

garantía por el valor

dado en anticipo y

por el término del

contrato y 6 meses

más

4. RIESGO SALARIOS,

PRESTACIONES

SOCIALES E

INDEMNIZACIONES.

Teniendo en cuenta el

tipo de servicio

contratado, se hace

necesario constituir

esta garantía.

SI

Teniendo en cuenta

el artículo 44 del

estatuto de

contratación de la

entidad acuerdo 06

de 2017; esta

garantía se

constituirá por el

10% del valor

contratado y por el

término del contrato

y 3 años más.

5. RESPONSABILIDAD

CIVIL

EXTRACONTRACTUA

L.

Teniendo en cuenta el

tipo de servicio

contratado, se hace

necesario constituir

esta garantía.

SI

Teniendo en cuenta

el artículo 44 del

estatuto de

contratación de la

entidad acuerdo 06

de 2017; esta

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garantía se

constituirá por el

10% del valor

contratado y por el

término del contrato

6. ESTABILIDAD Y

CONSERVACIÓN DE

LA OBRA

EJECUTADA.

No se requiere

teniendo en cuenta lo

contratado.

NO

Teniendo en cuenta

el artículo 44 del

estatuto de

contratación de la

entidad acuerdo 06

de 2017; esta

garantía se

constituirá por el

20% del valor

contratado y por el

termino de 5 años

contados a partir

del recibo de las

obras objeto del

contrato.

7. SERIEDAD DEL

OFRECIMIENTO

Teniendo en cuenta el

tipo de servicio

contratado, se hace

necesario constituir

esta garantía.

SI

Teniendo en cuenta

el artículo 44 del

estatuto de

contratación de la

entidad acuerdo 06

de 2017; esta

garantía se

constituirá por el

10% o más del

valor del

presupuesto

disponible y por el

termino de 120 días

calendario

contados desde la

fecha de cierre de

la invitación.

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CAPÍTULO 3.

CONDICIONES DEL CONTRATO

1. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. El contrato a celebrar constituye una relación

de carácter estrictamente civil, por lo tanto, no existe ningún tipo de relación laboral entre EL

HOSPITAL y el oferente seleccionado o alguna(s) de la(s) persona(s) que preste sus

servicios por intermedio o suministro de esta y en consecuencia, la competente para dirimir

cualquier tipo de controversia será la jurisdicción civil.

2. INDEMNIDAD DEL HOSPITAL. El contratista mantendrá indemne al Hospital Regional de

Moniquirá E.S.E, por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan

como resultado del uso por parte del contratista, de patentes, diseños o derechos de autor

que sean propiedad de terceros. Se consideran como hechos imputables al contratista todas

las acciones u omisiones de su personal y de sus subcontratistas y en general cualquier

incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si en cualquiera de los eventos antes

previstos el contratista no asume debida y oportunamente la defensa del Hospital Regional

de Moniquirá ESE, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista

y éste pagará todos los gastos en que él incurra por tal motivo. En caso de que así no lo

hiciere el contratista, el Hospital, tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones

de cualquier suma que adeude al contratista por razón de los trabajos motivo del contrato, o

a utilizar cualquier otro mecanismo legal.

3. CESION Y SUBCONTRATOS. El contratista no podrá ceder el contrato sin previo

consentimiento escrito del Hospital, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para

negar la aceptación de la cesión.

4. MULTAS. En caso de que el contratista se constituya en mora o incumpla injustificadamente

total o parcialmente las obligaciones que asume en virtud del contrato, El Hospital podrá

imponerle, mediante resolución motivada, multas sucesivas y diarias por el 1% del valor total

del contrato por cada día de retardo, sin exceder el 5% del valor de este y sin perjuicio de

hacer efectiva la sanción pecuniaria prevista en estos pliegos de condiciones o de la

declaratoria de caducidad del contrato.

5. VINCULACIÓN DE PERSONAL A LA EMPRESA: El personal que el contratista designe

para la ejecución del contrato no tendrá relación alguna con el hospital regional de Moniquirá

empresa social del estado, toda vez que no existe subordinación ni dependencia entre el

Hospital y el contratista.

6. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. En caso de incumplimiento definitivo por parte del

contratista, de cualquiera de las obligaciones contraídas con el contrato o de declaratoria de

caducidad, el contratista conviene en pagar al Hospital, a título de pena, una suma

equivalente al diez por ciento (5%) del valor total del contrato.

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7. COMITÉ DE EVALUACION. El Comité Evaluador del Hospital revisará las evaluaciones

efectuadas a las propuestas, siguiendo las reglas establecidas en este pliego. El Comité

examinará el proceso y cada evaluación, a fin de determinar si el proceso se llevó a cabo

cumpliendo las condiciones establecidas en los pliegos y así poder recomendar al ordenador

del gasto la adjudicación del contrato en mención, al proponente que haya obtenido el mayor

puntaje en la evaluación.

Para el presente proceso el comité evaluador estará integrado según lo indica el manual de

contratación de la entidad hospital regional de Moniquirá ESE. Las personas designadas

deberán actuar atendiendo lo preceptuado en el Manual de Contratación de la Entidad y

demás normas concordantes.

8. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Hacen parte integrante del CONTRATO y se tendrán en

cuenta para su interpretación, los siguientes documentos: 1. El Contrato, 2. Pliego de

condiciones 3. Propuesta presentada, 4. Documentos Anexos al Contrato, 5. Garantías,

aprobación de garantías, 6. Estudios previos 7. En general todos los documentos que se

generen en desarrollo del Contrato.

ORIGINAL FIRMADO

EDWIN ULLOA HURTADO

Gerente (E)

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ANEXO No 1

CARATULA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E.

CONVOCATORIA PÚBLICA N° 001 DEL 2021

OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO

INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,

APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL

PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y

CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,

RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA

LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE

MONIQUIRÁ E.S.E”

INFORMACIÓN DEL OFERENTE

NOMBRE DEL OFERENTE

DIRECCIÓN COMERCIAL

TELÉFONO

FAX

DIRECCIÓN CORREO ELECTRÓNICO

INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO

NOMBRE DIRECCIÓN COMERCIAL TELÉFONO FAX

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ANEXO No 2

CARTA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONOMICA

Señores

HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA ESE

Ciudad.

Asunto: Presentación de propuesta

El suscrito, ____________________________, en calidad de representante legal de

___________________________ y de acuerdo con las cantidades y especificaciones contenidas en

los documentos de la convocatoria No. 001 de 2.021, hace la siguiente propuesta para

“CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO INTERNO,

CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE

PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA LA

ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA,

AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA,

RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS SERVICIOS

PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E”,

formulo la siguiente oferta para la presente convocatoria, según las siguientes características

técnicas mínimas:

OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO

INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR,

APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL

PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y

CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION,

RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA

LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE

MONIQUIRÁ E.S.E”

según las siguientes características técnicas:

3.1.1 PERSONAL MINIMO PARA LA OPERACIÓN:

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ITÉ

M

CARGO DESCRIPCION PERFIL

CANT

IDAD

VALOR

UNITARIO

CON IVA

VALOR

TOTAL

1

DIRECTOR DE

PROCESO

ECONOMICO

INTERNO

Haberse desempeñado

como coordinador, auditor,

control interno en E.S.E.

durante los últimos 12 años

con mínimo diez de

experiencia, formación:

enfermero (a) auditor con

especialización de servicios

de salud con énfasis en

seguridad social

preferiblemente con estudios

verificables de condiciones

de habilitación de

instituciones.

1

2 COORDINADO

RA CEI

Enfermero auditor en salud,

con experiencia mínima de

10 años relacionadas con

temas de auditoría interna

de calidad y cuentas

médicas.

1

3

LIDER DE

FACTURACIO

N Y CUENTAS

MEDICAS

Profesional en áreas

financieras con experiencia

laboral certificable de Tres

años en entidades públicas o

privadas pertenecientes al

sistema general de

seguridad social.

1

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4 LIDER DE

CARTERA

Profesional o técnico

administrativo de salud,

Auditoria Médica o afines,

con mínimo seis años de

experiencia en analista de

recobros y cuentas médicas.

1

5 AUTORIZACIO

NES

Personal con formación

Técnica o tecnológica en

carreras administrativas o de

salud, con experiencia

mínima de un año en el área

de autorizaciones de

servicios de salud, servicio al

cliente, protocolos de

servicio al cliente.

1

6

EXPERIENCA

AL USUARIO

PRESENCIAL

SEGUIMIENTO

Y

AGENDAMIEN

O

Tecnico o auxiliar

administrativo en salud,

experiencia mínima

certificable de un año en

atención al usuario y

agendamiento medico

1

7 FACTURADOR

ES

Profesional o técnico

administrativo de salud, que

cuente con experiencia y

conocimiento en facturación

y aplicativos del Sistema

Autorizador

10

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8

PERSONAS

AUXILLIAR DE

REFERENCIA

YCONTRAREF

ERENCIA

3

9 TECNICO

CUENTAS

Técnico o tecnólogo en

áreas administrativa o a fin

con experiencia como

mínimo de cinco años de

coordinación y de

facturación

2

10

AUXILIAR

ADMINISTRATI

VO//RADICAIO

N

Técnico o tecnólogo

administrativo de salud o

carreras afines, con

experiencia y conocimiento

en procesos administrativos

del área de salud

1

11 AUDITOR

MEDICO

Profesional Médico ,

especialista en Auditoría de

Servicios de Salud y calidad

especializaciones

Administrativas en Salud,

experiencia en Procesos de

Auditoría Médica y de

Revisión de Cuentas con

fortaleza en Sistema

Obligatorio de Calidad y

concurrencia amplio

conocimiento del sistema

general de seguridad social

en salud, sistemas de

gestión de calidad, gestión

clínica, auditoria de

1

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medicamentos, concurrencia

y manuales tarifarios

12 ANALISTA DE

CARTERA

Analista contable con

experiencia mínima de 2

años realizando validación

de recaudo, facturación,

cargue de sistema contable,

notas crédito, entre otros

1

13

ANALISTA DE

GLOSAS Y

CONCILIAR

Profesional o Tecnólogo

graduado como

Administración en Salud,

Administración, con

Experiencia: Mínima de dos

años en cuentas médicas,

procesos de cartera,

conciliaciones, cobranzas y

negociación, cargos

operativos o administrativos

preferiblemente en

empresas de Salud.

1

14 EXPERIENCIA

AL USUARIO

Técnico o auxiliar

administrativo, experiencia

mínima certificable de un

año en atención al usuario

1

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3.1.2 EQUIPOS

Las características son las siguientes:

ITEM DETALLE Número de equipos

1 21

2 6

3 15

4 21

5 21

6 21

7 21

8 21

9 21

10 21

11. 4

Tabla 1, Características Técnicas de equipos de cómputo.

3.1.3. SERVIDOR:

Ítem característica Cantidad/Configuración

Procesador 1

Memoria RAM 1

Almacenamiento 2

Puerto Ethernet 2

Fuente de alimentación 1

Sistema Operativo 1

Estructura 1

3.1.4 APOYOS Y PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS SOFTWARE 1:

Características e identificación del software

Autorización de uso del software.

Modalidad de almacenamiento de la información.

Capacidad de almacenamiento de información.

SOFTWARE :

Características e identificación del software

Autorización de uso del software.

Modalidad de almacenamiento de la información.

Capacidad de almacenamiento de información.

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Además, declaro:

• Que conozco que el presente proceso de selección y contratación se rige por el Derecho Privado y

el Estatuto de Contratación del Hospital.

• Que no me encuentro incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad

previstas en la Ley y en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar con el

Estado.

• Que ninguna persona o entidad distinta de las aquí nombradas tiene intereses en esta oferta, ni en

el contrato que como consecuencia de ella llegare a celebrarse y que por consiguiente sólo

compromete a los firmantes.

• Que conozco las especificaciones y demás documentos de la contratación y acepto todos los

requisitos en ellos contenidos.

• Que si se me adjudica el contrato me comprometo a otorgar las garantías requeridas, y a suscribir

el contrato dentro de las condiciones de la convocatoria señalados para ello.

Acompaño los documentos exigidos en las condiciones de la convocatoria.

Cordialmente,

_____________________________________

FIRMA

Nombre___________________________________

NIT ó C.C. No._________________ de __________

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ANEXO No 3

MODELO DE CERTIFICACIÓN ACREDITANDO PAGO DE APORTES

(ART. 50 LEY 789/02)

Nombre o razón social del oferente: ____________________________

CERTIFICACIÓN

Certifico que ____________________________ con C.C. o NIT No. ________, ha cumplido con el

pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y

aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio

Nacional de Aprendizaje, durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de esta

convocatoria.

Expedida a los ____días del mes de _______ de ______

Nombre:

Firma: ____________________________

(Oferente o el representante legal o revisor fiscal (cuando esté obligado a tener revisor

fiscal))

FIRMA DEL OFERENTE

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ANEXO No 4

COMPROMISO ANTICORRUPCION

Moniquirá,(Fecha) Señores HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA ESE Ciudad.

Asunto: Presentación de Compromiso Anticorrupción

El suscrito [ _________(1)__________ ], identificado como se indica al pie de mi firma, actuando en

nombre y representación de [ __________(2)__________ ] (en adelante el “Oferente”) y, en caso de

Uniones Temporales, Consorcios y Promesas de Constitución de Sociedad Futura, actuando

también en nombre y representación de cada uno de sus integrantes del consorcio o unión temporal

o promitentes, manifiesto la voluntad de apoyar la acción del Estado colombiano y del Hospital

Regional de Moniquirá E.S.E, para fortalecer la transparencia en los procesos de selección y la

responsabilidad de rendir cuentas, por lo tanto, de manera unilateral en nombre de mi(s)

representado(s) suscribo el presente Compromiso Anticorrupción, asumiendo los siguientes

compromisos:

Primero:

1.1. No ofrecer ni dar sobornos ni dar o entregar cualquier otra forma de halago o dádiva a ningún

funcionario, miembro, trabajador o subcontratista del Hospital o cualquier otro funcionario del

Estado que tenga o haya tenido que ver con el Proceso, en relación con su Propuesta.

1.2. No permitir que nadie en su nombre, bien sea empleado, agente o comisionista independiente

incurra en las conductas indicadas en el numeral 1.1 anterior.

1.3 Impartir instrucciones a todos sus empleados, subcontratistas y agentes y a cualesquiera otros

representantes suyos, exigiéndoles en todo momento el cumplimiento de las Leyes de la

República de Colombia, y especialmente de aquellas que rigen el presente proceso.

1.4. No efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como consecuencia

la colusión del proceso o el fraude en su resultado y no realizar conductas que tengan como

efecto la desviación de la Adjudicación del Contrato.

Nombre o Razón Social del Oferente, sus integrantes y sus

promitentes:__________________________________________________________

Nombre del representante legal: ______________________________________________

C.C. No.: ______________________ de: ________________________________

FIRMA: __________________________________________________________

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ANEXO 5

DECLARACION JURAMENTADA DE NO ESTAR INCURSO DE INHABILIDAD,

INCOMPATIBILIDAD O PROHIBICION

Por medio del presente documento y bajo la gravedad de juramento yo_______________________

identificado con C.C. Nª________________ de ____________, actuando en nombre propio (y en mi

condición de representante legal de la empresa XXXX); manifiesto de forma libre y espontánea que

no soy inhábil o me encuentro incurso en causal de incompatibilidad o prohibición alguna para la

presentación de la oferta y suscripción del contrato, así mismo manifiesto no haber sido sancionado

por algún incumplimiento o multas, por circunstancias consagradas en la ley 1474 de 2011, Art. 1º,

Art. 2º y Art. 90.

Atentamente,

Nombre _________________________

Documento de Identidad _________________________

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ANEXO No. 6

PROPUESTA ECONOMICA

Señores

HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA ESE

Ciudad.

Asunto: Presentación de propuesta

El suscrito, ____________________________, en calidad de representante legal de

___________________________ y de acuerdo con las cantidades y especificaciones contenidas en

los documentos de la convocatoria No. 001 de 2.021, hace la siguiente propuesta para

“CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO INTERNO,

CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE

PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA LA

ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA,

AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA,

RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS SERVICIOS

PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E”, y

acepto el valor establecido como cuota de éxito el valor equivalente al (xx) % liquidado sobre el valor

total del recaudo de la E.S.E., exceptuando lo referente a planes de intervención colectiva PIC y las

donaciones.

_____________________________________

FIRMA

Nombre___________________________________

NIT ó C.C. No._________________ de __________

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ANEXO 7

MINUTA DEL CONTRATO

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

CONTRATISTA:

NIT O C.C.:

CONTRATANTE: EL HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.

OBJETO: “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL

CICLO ECONOMICO INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD

COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE

PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE

PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA,

AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA,

AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION,

FACTURACION, RADICACION, CARTERA, RECAUDO,

CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS

SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL

HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E”

VALOR: $ _______________,00 M/CTE

DURACIÓN: OCHO (08) MESES.

Entre los suscritos a saber LUIS CARLOS OLARTE CONTRERAS, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. ___________________, obrando en su calidad de Gerente y Representante Legal del HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E. identificado con NIT. 891.800.395-1 código prestador.1546900823 empresa social del estado de naturaleza publica, quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denominará EL HOSPITAL o la CONTRATANTE, y por la otra, _________________________, identificado con Cedula de Ciudadanía No. ____________________ expedida en _______________, quien obra como representante legal de compañía ________________________________. sociedad identificada con Nit. ___________________________, con matricula No. _____________ quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA y que declara con la suscripción del presente contrato no encontrarse incursa en inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución y la Ley, hemos convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios que se regirá por las cláusulas que adelante se relacionan, previas las siguientes consideraciones:

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NIT. 891.800.395-1

CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO: El objeto del presente contrato consiste en “CONTRATAR LA ESTRUCTURACION Y OPERACIÓN DEL CICLO ECONOMICO INTERNO, CON APLICACIÓN DE CLOUD COMPUTING CON RESPALDO DE SERVIDOR, APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES Y PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA LA ATENCION TELEFONICA, AUTORIZACIONES, REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA, AGENDACION DE CITAS, ADMISION, GESTION, FACTURACION, RADICACION, CARTERA, RECAUDO, CONTESTACION DE GLOSA Y CONCILIACIONES PARA LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATANTE DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E”

a través de las plataformas propiedad de XXXXXXXXXXy EL CAPITAL HUMANO contratado directamente por la Empresa XXXXXXXXXXXX, la cual tiene con respecto de estas el carácter de empleador, con el fin de cumplir con los siguientes fines

ALCANCE USO DE PLATAFORMAS

1.

ALCANCE OPERATIVO

1.

PARÁGRAFO PRIMERO: Los software XXXXXXX son servicios que serán usados y puestos a disposición de la E.S.E. y el equipo humano del contratista garantizando el acceso omnipresente, conveniente, a una red de un conjunto compartido de recursos computaciones configurables como Servidores que realizan el almacenamiento y organización de las cuentas que permitiendo el seguimiento efectivo y la eliminación en un porcentaje de glosa de tipo administrativo. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los servicios proporcionados deberán ser accesibles a través de mecanismos estándares y desde las plataformas en los computadores que existan o en las Tablet que sean necesarias para la ejecución del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: Los recursos puestos a disposición del Hospital deberán seguir el modelo normativo requerido para poder cobrar los servicios ejecutados por la E.S.E. PARÁGRAFO CUARTO: Se deberá disponer de un servidor en el país, de acuerdo a las características ofertadas, desde el cual se puedan controlar y gestionar los servicios del sistema Cloud y vigilar las capacidades de su rendimiento en un nivel de abstracción suficiente para la naturaleza del servicio contratado. PARÁGRAFO QUINTO: LA E.S.E no reconocerá valores adicionales a los aquí pactados, por ningún concepto. SEGUNDA. - ALCANCE DE LOS SERVICIOS: (I) En ejecución de las actividades que hacen parte del objeto contractual, el CONTRATISTA deberá efectuar y cumplir con lo siguiente: (II) si de acuerdo al diagnóstico se evidencian facturas sin radicar estas serán radicadas siempre y cuando la entidad entregue los correspondientes soportes. (III) Atender y dar respuesta a las glosas, objeciones o devoluciones y pre-glosas a facturas y cuentas que presenten las aseguradoras o EPSs, administradoras de planes de beneficios en salud, ADRES y consorcio Sayp, Secretarias o cualquier otra con ocasión de los servicios médicos o asistenciales prestados por EL HOSPITAL, en observancia de las condiciones y procedimientos comerciales, contractuales y legales que se encuentren vigentes. (IV) Cobrar administrativa y prejudicialmente las facturas y/o cuentas que no sean pagadas las aseguradoras o EPSs, administradoras de planes de beneficios en salud, ADRES y consorcio Sayp, Secretarias o cualquier otra con ocasión de los servicios médicos prestados por EL HOSPITAL para cubrir los excedentes, después del proceso de atención de glosa y pre-glosa.

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NIT. 891.800.395-1 (V) adelantar todas las actividades de cobro administrativo y prejudicial de cobranza de la cartera pendiente de recaudo por parte de EL HOSPITAL. (VI) Prestar asesoría administrativa y financiera en la planeación, desarrollo y ejecución del proceso del ciclo económico interno de EL HOSPITAL. TERCERA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: XXXXXXXXXXXXX. mantendrá una responsabilidad de MEDIO Y NO DE RESULTADO lo que el CONTRANTANTE acepta. PARÁGRAFO PRIMERO: El CONTRATISTA prestará sus servicios tecnológicos, profesionales y técnicos, cumpliendo con los más altos estándares, por lo que deberá garantizar que el equipo, personal e infraestructura sea el adecuado para el cumplimiento del objeto contractual para estos fines y en todo momento las actividades deberán buscar el mayor beneficio de EL HOSPITAL. SEGUNDA. VALOR DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato se fija en la suma de ______________________________________________________________________________________________, TERCERA. FORMA DE PAGO: LA E.S.E. cancelará al CONTRATISTA el valor del presente contrato, al cumplimiento de las actividades derivadas del objeto del contrato, en dos pagos, el primero con

por concepto de la prestación de los servicios operativos incluye todos los impuestos y gastos del contrato incluida la administración, la cual para efectos de gravámenes, deberá discriminarse detalladamente en las facturas. Siempre y cuando el CONTRATISTA realice la presentación y radicación de la factura según su ejecución previa, observando que esta cumpla con las normas legales de la DIAN, de acuerdo a la ejecución contractual, certificado por el supervisor designado por la E.S.E. PARAGRAFO PRIMERO: EL HOSPITAL retendrá las sumas correspondientes a los porcentajes y descuentos establecidos por la ley. PARÁGRAFO SEGUNDO: Además de la Factura, el CONTRATISTA deberá anexar las autoliquidaciones, donde conste el pago de LA SEGURIDAD SOCIAL (salud, pensión, riesgos profesionales de quien (es) esta (n) prestando el servicio), conforme a los valores establecidos por actividad, o por productos o paquetes (productividad), según sea el caso, el cual está regulado por los perfiles y acciones que EL CONTRATISTA deba cumplir y desarrollar durante la ejecución del contrato. Las planillas de pagos de salud, pensión y aportes parafiscales deben ser facilitadas en el momento que LA E.S.E. requiera realizar revisión para verificar el cumplimiento del Decreto 4369 de 2006 y el Código Sustantivo del Trabajo. CUARTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo del objeto contractual EL CONTRATISTA sin perjuicio de su autonomía se compromete específicamente con LA E.S.E. a: cooperar con EL HOSPITAL en lo que esté a su alcance y dentro de sus competencias, para que éste cumpla con las obligaciones a su cargo para la debida ejecución del objeto del Contrato y estará obligado a cumplir con lo estipulado en las cláusulas y condiciones previstas en este documento. Adicionalmente se compromete a lo siguiente: (i) Efectuar el control de los registros médicos y administrativos en el curso del proceso de la atención médico-asistencial de los pacientes, con el fin de verificar el correcto cumplimiento de los montos máximos establecidos por la ley, solicitar las autorizaciones respectivas, se corrijan en tiempo las posibles causales de glosa u objeción y que las facturas se elaboren oportunamente. (ii) Facturación y elaboración de las facturas y/o cuentas: El CONTRATISTA deberá elaborar integralmente las cuentas de los servicios prestados e imprimir las facturas de conformidad con los sistemas administrativos, tecnológicos y manuales tarifarios del HOSPITAL. Para ello deberá recolectar la documentación necesaria de conformidad con los requisitos exigidos legal y contractualmente por las diferentes aseguradoras, las administradoras de planes de beneficios en salud y el responsable del consorcio Sayp (ADRES), y cualquier otro tercero como pólizas de salud, compañías de medicina prepagada, planes complementarios, ARL, empresas internacionales y particulares, EPSs. En todo caso, la factura totalmente elaborada con sus soportes respectivos y la cuenta en general deberá ser puesta a

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NIT. 891.800.395-1 disposición de la auditoría concurrente por parte de las aseguradoras, cuando ello sea procedente, para su revisión en un plazo que no podrá exceder de dos (2) días calendario contado a partir de que EL HOSPITAL le entreguen al CONTRATISTA todos los documentos y soportes necesarios, excepto cuando por razones ajenas a EL HOSPITAL no sea posible cumplirlo. (iii) Atención de auditorías concurrentes, el CONTRATISTA atenderá las auditorias concurrentes de las aseguradoras y resolverá las observaciones que cualquier auditoria concurrente dispuesta por las aseguradoras, las administradoras de planes de beneficios en salud, consorcio Sayp (ADRES) y cualquier otro tercero, para la revisión de las facturas por lo servicios a pacientes víctimas de accidentes de tránsito. La aceptación de cualquier objeción que genere anulación, re-facturación, corrección o nota crédito en cualquier cuenta auditada, deberá ser expresamente aprobada por EL HOSPITAL, cartera o cuentas médicas, de acuerdo al tipo de corrección. (iv) Radicación y prestación de las facturas, para ello el CONTRATISTA deberá a nombre del HOSPITAL radicar y presentar las cuentas de los servicios prestados por esta ante las diferentes aseguradoras, administradoras de planes de beneficios en salud, consorcio Sayp (ADRES) y cualquier otro tercero como pólizas de salud y compañías de medicina prepagada, planes complementarios, ARL, empresas internacionales y particulares, ateniendo las condiciones y procedimientos comerciales, contractuales y legales que para ello se encuentren vigentes. En ningún caso la radicación de las cuentas podrá hacerse en un plazo superior a quince (15) días corrientes contados a partir del plazo en que EL HOSPITAL le entregue al CONTRATISTA los documentos y soportes necesarios para efectuar tal actividad. (v) Atención y respuesta de glosas que se reciban con ocasión de las respuestas dadas a las glosas presentadas, en las mismas condiciones que para la atención de glosas y observaciones. En ningún caso la atención y respuesta de las glosas podrá realizarse en un plazo superior a los quince (15) días contados a partir de que EL HOSPITAL la pongan a disposición del CONTRATISTA, la glosa se atenderá como máximo en el tiempo establecido en la norma vigente (vi) Cobro administrativo y prejudicial: El CONTRATISTA cobrará administrativa y/o prejudicial de las facturas cuentas que no sean pagadas por los responsables del pago a cargo del CONTRATISTA, después del proceso de atención de glosa, de conformidad con la normatividad vigente, para ello EL HOSPITAL le otorgarán los poderes respectivos y asistirán a las audiencias prejudiciales y citaciones que sean del caso. (vii) Gestión de cobranza: El CONTRATISTA realizará a su cuenta, riesgo y bajo su responsabilidad todas las actividades usuales incluyendo aquellas prejudiciales que faciliten y posibiliten el cobro y recaudo efectivo de la carta de EL HOSPITAL. Para la gestión de cobro el CONTRATISTA deberá indicar a los responsables de pago a su cargo, que estos servicios se deberá consignar a la que la E.S.E. certifique para tal fin. (viii) Prestar sus servicios de conformidad con su experticia técnica y profesional en este ámbito, conforme a las condiciones señaladas en el contrato y las normas vigentes sobre la materia. (ix) Atender los servicios buscando en todo momento que se cumplan las actividades bajo criterios de eficiencia, celeridad e idoneidad, buscando en todo momento el beneficio en favor de EL HOSPITAL. (x) Entregar el correspondiente soporte documental de las gestiones o actividades realizadas. (xi) Asistir cuando sea requerido por EL HOSPITAL, a toda clase de reuniones que se programen para debatir o tratar los asuntos propios de los servicios objeto del presente Contrato. Para tal efecto, EL HOSPITAL se comunicarán vía telefónica o escrita con el CONTRATISTA. En el evento en que el CONTRATISTA no pueda asistir a la reunión, las Partes de común acuerdo fijarán fecha y hora para la realización de la misma. (xii) Entregar los informes a EL HOSPITAL en los términos y condiciones que las Partes de mutuo acuerdo establezcan. (xiii) Mantener la calidad de los servicios ofrecidos, obligándose a solucionar de manera oportuna los hechos propios o de terceros que desmejoren dicha calidad, tales como hurto o daños de los equipos, elementos y bienes de trabajo del CONTRATISTA, conflictos laborales en la empresa del CONTRATISTA, y cualquier otro que

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NIT. 891.800.395-1 afecte la correcta ejecución de las actividades contratadas. (xiv) No utilizar, divulgar o explotar información alguna de EL HOSPITAL, que haya obtenido con ocasión del presente Contrato. (xv) Cambiar el personal asignado a la prestación de los servicios objeto de este Contrato cuando así lo solicite el EL HOSPITAL. El cambio respectivo deberá efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud. (xvi) Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. (xvii) Tener disponible durante todo el tiempo de ejecución del presente Contrato, el personal requerido para la ejecución de los servicios, responsabilizándose de la correcta programación y gestión de los servicios requeridos. (xviii) Disponer de la infraestructura tecnológica necesaria, que le permita realizar trabajos de excelente calidad en las actividades contratadas. (xix) Rendir informes mensuales sobre el estado de los trámites y gestiones realizadas, generando reportes y alertas sobre cualquier novedad que surja y deba atenderse para dar cumplimento a los plazos y fines señalados en el Contrato. (xx) Suministrar por su propia cuenta, riesgo y subordinación, el personal requerido e idóneo para dar cabal cumplimiento al objeto del presente Contrato, personal que será en todo momento de su exclusivo cargo y responsabilidad. Ninguna relación laboral tendrá lugar entre EL HOSPITAL y el personal empleado por el CONTRATISTA, quien será la única responsable del pago de la totalidad de salarios, prestación e indemnizaciones de carácter laboral. (xxi) El CONTRATISTA se obliga a indemnizar EL HOSPITAL o a cualquier tercero, por todo el daño o perjuicio causado directa o indirectamente con ocasión de las actividades realizadas por cualquiera de sus empleados, contratistas y terceros vinculados con el CONTRATISTA. Dentro de los daños por los cuales responderá se incluyen los daños patrimoniales y extra patrimoniales, daños morales, daños a personas, daños a bienes de terceros, a bienes de propiedad de la E.S.E., lucro cesante y en general cualquier tipo de daño que deba ser indemnizado EL HOSPITAL o los terceros con los cuales deba relacionarse el CONTRATISTA, en la ejecución de este Contrato. Por tal motivo, en caso de ser necesario, EL HOSPITAL podrán llamar en garantía o denunciar el pleito respecto del CONTRATISTA, con el fin de obtener, en el mismo evento, el reembolso y restablecimiento de sus derechos de toda suma o derecho que haya sido lesionado por el CONTRATISTA y sea reclamado por cualquier tercero afectado. (xxii) Acreditar en cualquier tiempo y a solicitud DEL HOSPITAL, los pagos de salarios, prestaciones sociales, aportes a seguridad social en pensiones y salud, aportes a la A. R. L, pagos de cesantías y los demás derechos de que gozan los empleados conforme a la legislación laboral nacional, respeto de los empleados del CONTRATISTA que estén prestando el servicio objeto de Contrato. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la terminación inmediata del Contrato. (xxiii) Responder por toda la pérdida o daño a elementos o información de propiedad de EL HOSPITAL, cuando se compruebe que este o uno de sus dependientes se encuentre vinculado a estos hechos. Por tanto, el CONTRATISTA se obliga a someter a sus dependientes a todas las medidas de seguridad que tengan previstas EL HOSPITAL. QUINTA. OBLIGACIONES DEL HOSPITAL: LA E.S.E. se compromete para con EL CONTRATISTA a: La E.S.E. se obligan a cooperar con EL CONTRATISTA en lo que esté a su alcance y dentro de sus competencias, para que éste cumpla con las obligaciones a su cargo para la debida ejecución del objeto del Contrato y estará obligado a cumplir con lo estipulado en las cláusulas y condiciones previstas en este documento. Adicionalmente se compromete a lo siguiente: (i) Pagar por los servicios prestados por el CONTRATISTA, de acuerdo con los términos y condiciones de este Contrato. (ii) Garantizar el diligenciamiento de la epicrisis y que obedezcan al resumen de la historia clínica como soporte de facturación al egreso del paciente. (iii) Efectuar el diligenciamiento claro y oportuno por parte del personal médico y para-médico de la historia clínica, epicrisis y demás soportes necesarios para realizar el proceso de facturación. (iv) Garantizar que las áreas de imagenología (radiología y otras imágenes, incluyendo farmacia) hagan el cargue de los insumos,

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NIT. 891.800.395-1 medicamentos y servicios que hayan prestado a los pacientes tanto en hospitalización como en consulta externa, de manera oportuna, con el fin de que el cierre de las facturas pueda ser en línea, y con ello controlar el tope de 800 smldv, o la gestión realizada (v) Garantizar el suministro de espacio físico y de infraestructura para el desarrollo del objeto contractual. (vi) Recaudar los copagos y pagos de particulares que se generen de los terceros pagadores de acuerdo con la factura generada por el CONTRATISTA. (vii) Garantizar la entrega y funcionalidad de los VPN que deban emplear, cuando a ello hubiere lugar. (viii) Garantizar que el software cumpla con los parámetros necesarios para la elaboración y expedición de las facturas correspondientes, de acuerdo con las normas previstas para tal fin, y la normal ejecución del contrato. (ix) Aprobar por parte de la gerencia DEL HOSPITAL, la aceptación de glosas o cualquier conciliación que se pretenda hacer en relación con la cartera de que trata este contrato, dentro de máximo (05) días siguientes a la solicitud que formule el CONTRATISTA para tal efecto. (x) Garantizar el continuo funcionamiento del software o internet dependiendo de la gestión a realizar para las actividades objeto del contrato. (xi) Aprobar las conciliaciones que se generen por concepto de glosas, así como cualquier otra conciliación que se pretenda hacer sobre la cartera a que hace relación este contrato; dicha aprobación deberá impartirse a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la solicitud formulada por el CONTRATISTA. (xiii) Propender por mantener un adecuado funcionamiento de sus sistemas tecnológicos que son usados por el CONTRATISTA. (xiv) Entregar el archivo histórico tanto escrito como de forma digital. (xvii) Ejecutar la totalidad de los trabajos y demás actividades propias de los servicios que le son inherentes en su condición de institución prestadora de servicios de salud, así como cooperar con el CONTRATISTA para que aquel pueda dar cumplimiento a las obligaciones a cargo de este. (xviii) Establecer y definir los perfiles (competencias, inhabilidades, requisitos mínimos) exigidos a los trabajadores en misión con el cual se prestará el servicio y se reserva el derecho de aceptar al asignado para tal efecto. (xix) Coordinar, dirigir y dar apoyo técnico o profesional con funcionarios calificados a fin de desarrollar y colaborar en el cumplimiento del objeto contractual. (xx) Elaborar la solicitud de las actividades requeridas, indicando el lugar y tiempo para la realización de las mismas. SEXTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del presente contrato será de ___ (____) Mes contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento del contrato. SÉPTIMA. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO: 1) MULTAS: En caso de mora en el cumplimiento de alguna(s) de las obligaciones derivadas del objeto del contrato, EL CONTRATISTA pagará A LA E.S.E., multas diarias y sucesivas del uno por ciento (1%)del valor del contrato, las cuales se causarán desde la fecha en que debió cumplirse la obligación hasta su cumplimiento efectivo, sin que la sumatoria de las multas supere el diez por ciento (10%) del valor del contrato. En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla sus obligaciones dando lugar a que la sumatoria de las multas supere ese porcentaje, se dará aplicación a la cláusula penal conforme al literal siguiente. Si EL CONTRATISTA cumple con las obligaciones antes de que se supere el 10% aludido, el Supervisor certificará este hecho y LA E.S.E. podrá cobrar las multas causadas por la mora en el cumplimiento. 2) PENAL PECUNIARIA: El incumplimiento total o parcial por parte de las partes, de cualquiera de las obligaciones previstas en este Contrato, dará derecho a la parte cumplida a recibir una suma correspondiente al diez (10%) del valor estimado del Contrato, como cláusula penal pecuniaria, sin perjuicio de la obligación de la otra parte de dar cumplimiento a lo acordado en el Contrato y el derecho que tienen para cobrar adicionalmente la indemnización de perjuicios ordinaria y pedir resarcimiento y pago forzado de todos los perjuicios que el incumplimiento le hubiere generado, tanto en la modalidad de daño emergente como lucro cesante, ocasionados por los daños producto del incumplimiento. PARAGRAFO: Así mismo, las partes renuncian a cualquier notificación de carácter judicial o extrajudicial para requerirlo en mora. La cláusula penal aquí establecida, no

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NIT. 891.800.395-1 impide las acciones judiciales a que haya lugar para reclamar la indemnización de perjuicios que se le hayan ocasionado. Por lo anterior, las partes podrán cobrar la suma establecida en la cláusula penal por vía ejecutiva, para lo cual este Contrato prestará mérito ejecutivo o podrá descontarlo de cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA por este vínculo contractual o cualquier otro que establezcan las partes, facultad en favor de la parte cumplida que aceptan las partes en este contrato. Así mismo, en el caso de que se causen intereses por cualquier concepto, la tasa de interés aplicable será la máxima legal comercial certificada por la Superintendencia Financiera o quien haga sus veces para la fecha de la acusación de estos. OCTAVA. CLÁUSULAS EXORBITANTES: 1) LA INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN V TERMINACIÓN UNILATERAL: El contrato resultante del presente proceso quedará sujeto a las disposiciones que sobre interpretación, modificación y terminación unilaterales consagra la Ley 80 de 1993, en sus artículos 14 al 18 y las demás normas concordantes y complementarias, las cuáles se aplicarán de acuerdo con las circunstancias que se presenten. 2) CADUCIDAD: LA E.S.E. podrá declarar caducado el contrato por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA y por las causales previstas en el artículo 14 de la Ley 8O de 1993. La caducidad del contrato, si fuere el caso será decretada por resolución motivada de LA E.S.E., y contra ella procede el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su notificación. Ejecutoriada la resolución que decreta la caducidad se dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre y se procederá de inmediato a su liquidación. NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN: El presente contrato no podrá ser cedido por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de LA E.S.E. DÉCIMA. SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES: El presente contrato estará sometida a las leyes Colombianas. DÉCIMA PRIMERA. SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA EJECUCIÓN: Cuando se presenten circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito LA E.S.E. se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un acta en la que conste tal evento, el término de suspensión no será imputable para efectos del plazo extintivo, ni dará derecho a exigir indemnización alguna de parte del contratista, ni a reclamar gastos diferentes a los causados a la fecha de suspensión. Se dará por terminado el contrato por el incumplimiento de las normas y plazos de ajustes establecidos en el Decreto 4369 de 2006. De igual forma el contrato podrá darse por terminado de común acuerdo entre las partes antes del vencimiento del plazo de ejecución pactado, previo el concepto favorable del supervisor del contrato, para lo cual se firmará la correspondiente acta en la que conste tal evento. DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE: Las partes acuerdan que en caso de que surjan diferencias en la interpretación y ejecución del presente contrato y hasta la etapa de liquidación del mismo, antes de iniciar cualquier acción judicial agotaran los mecanismos alternativos de solución de conflictos de conciliación y amigable composición, en una etapa de arreglo directo, si no se logra acuerdo se acudirá a una segunda etapa de conciliación extrajudicial precedida por los Procuradores delegados para ello. DÉCIMA TERCERA. DEL SERVICIO ESENCIAL Y SUS EFECTOS: Teniendo en cuenta que el servicio prestado es esencial para LA E.S.E. y su prestación involucra derechos fundamentales de terceros, las partes acuerdan que en caso de diferencias o controversias insalvables en su interpretación, ejecución, terminación, EL CONTRATISTA no podrá suspender el servicio. Para éste efecto LA E.S.E. mediante acto administrativo indicará las condiciones de la nueva relación, sin romper el equilibrio financiero del contrato. LA E.S.E. se reserva el derecho de continuar el servicio con otro contratista interrumpiéndolo con el actual, mientras se define la diferencia o controversia. Todo lo anterior es aceptado por EL CONTRATISTA. DÉCIMA CUARTA. LIQUIDACIÓN: En caso de ejecución total del valor del presente contrato, el mismo se entiende liquidado automáticamente. En los casos de terminación unilateral del contrato esta se realizará de la siguiente manera: 1. Se remitirá

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NIT. 891.800.395-1 comunicado a la dirección de notificación del contratista de terminación unilateral del contrato sustentando la razón de esta. 2. Se respetará la gestión realizada sobre la cartera entregada al contratista, la cual se reconocerá como el anexo (2) y hace parte integral de este contrato y el trabajo desarrollado en operación hasta los ingresos efectivos de los dineros de los pagadores, hasta cuatro (4) meses después de realizada la gestión. PARÁGRAFO PRIMERO: Si agotado el plazo del contrato llegare a existir remanente sobre el valor pactado la liquidación se efectuará dentro de los cuatro (4) meses siguientes. DÉCIMA QUINTA. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: El presente contrato en ningún caso genera relación laboral entre LA E.S.E. y EL CONTRATISTA ni con sus trabajadores en misión, por lo tanto EL CONTRATISTA solo tendrá derecho al pago convenido en la cláusula segunda en concordancia con la cláusula tercera, y responderá integralmente ante sus trabajadores en misión por cualquier reclamación que pueda generar la ejecución del contrato, de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo y normas concordantes, comprometiéndose EL CONTRATISTA, a liberar de cualquier reclamación directa, Administrativa o ante estrados judiciales, a LA E.S.E. y a pagar oportunamente los salarios prestaciones y demás beneficios convenidos con los trabajadores en misión. Compromiso que asume EL CONTRATISTA en razón a la responsabilidad legal y obligación con sus trabajadores en misión. DÉCIMA QUINTA. INDEMNIDAD DEL HOSPITAL. El contratista mantendrá indemne al HOSPITAL Regional de Moniquita E.S.E, por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso por parte del contratista, de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros. Se consideran como hechos imputables al contratista todas las acciones u omisiones de su personal y de sus subcontratistas y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si en cualquiera de los eventos antes previstos el contratista no asume debida y oportunamente la defensa del HOSPITAL Regional de Moniquirá ESE, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y éste pagará todos los gastos en que él incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere el contratista, del HOSPITAL, tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista por razón de los trabajos motivo del contrato, o a utilizar cualquier otro mecanismo legal. DECIMO SEPTIMA. MULTAS. En caso de que el contratista se constituya en mora o incumpla injustificadamente total o parcialmente las obligaciones que asume en virtud del contrato, El HOSPITAL podrá imponerle, mediante resolución motivada, multas sucesivas y diarias por el 0.5% del valor total del contrato por cada día de retardo, sin exceder el 10% del valor del mismo y sin perjuicio de hacer efectiva la sanción pecuniaria prevista en estos pliegos de condiciones o de la declaratoria de caducidad del contrato. DECIMO OCTAVA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento no hallarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y conflicto de intereses previstas en la Constitución y en la Ley, que le impida celebrar y suscribir el presente contrato. DÉCIMA NOVENA. USO DE LOS BIENES DE LA E.S.E.: En cuanto al uso de la infraestructura, muebles, elementos y del equipo técnico científico que LA E.S.E. facilite al CONTRATISTA para ejecutar las actividades contratadas, ésta se entenderá que se efectúa a título de uso precario, dentro de las instalaciones de LA E.S.E. y durante el tiempo estrictamente necesario para la prestación del servicio contratado. Y, para garantizar su autonomía EL CONTRATISTA deberá diligenciar a través de sus trabajadores en misión los formatos de reporte de recibo y entrega de los equipos en los turnos de uso, verificando las condiciones de los mismos, debiendo responder por el cuidado, operación y conservación de dichos bienes. EL CONTRATISTA se compromete a dar un uso adecuado, eficaz y eficiente a los bienes (equipos, muebles, elementos, insumos y demás), en caso de pérdida, deterioro, daño o mal uso de cualquier de los bienes, éste deberá responder integralmente por el bien, ya sea reponiéndolo o cancelando su reparación. PARÁGRAFO: En todo

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NIT. 891.800.395-1 caso, el uso de qué trata la presente cláusula, en momento alguno restringe la facultad del EL HOSPITAL de la suscripción de nuevos contratos que reiteran el uso de sus bienes, para lo cual se acordaran horarios y turnos de uso. VIGÉSIMA. AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA. FINANCIERA Y DE TRABAJO: EL CONTRATISTA tiene autonomía administrativa, financiera y de trabajo de conformidad con el Decreto 4369 de 2006, el Código Sustantivo del Trabajo, Reglamento interno de Trabajo del CONTRATISTA y el control de legalidad de las autoridades competentes, los cuales forman parte del presente contrato. Las panes dejan constancia que el presente contrato no constituye orden de trabajo entre ellas, ni entre LA E.S.E. ni con los empleados en misión del CONTRATISTA designados para ejecutar el objeto de este contrato; por lo tanto los costos y riesgos de la contratación y de los trabajadores en misión los asume EL CONTRATISTA, bajo su exclusiva responsabilidad. VIGÉSIMA PRIMERA. SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA: Para el presente contrato LA E.S.E. designa como supervisor al Subgerente Administrativo, quien haga sus veces o a quien posteriormente este delegue para desempeñar dicha actividad, quien vigilará el cumplimiento oportuno de las obligaciones contractuales, su ejecución hasta la liquidación del presente contrato conforme con lo dispuesto sobre el particular en las normas expedidas para el efecto así como en lo estipulado en el presente contrato, en el Acuerdo 06 de 2017 por el cual se adopta el estatuto Interno de Contratación y demás disposiciones que rigen la materia. PARÁGRAFO: En desarrollo de su función el supervisor cumplirá, en especial lo siguiente: 1. Atender el desarrollo de la ejecución del contrato. 2. Comunicar en forma oportuna las circunstancias que afecten el normal desarrollo del contrato. 3. Elaborar técnica y oportunamente las actas y/o circunstancias requeridas para el cumplimiento y eficaz ejecución del contrato. 4. Comunicar en forma oportuna la ocurrencia de hechos constitutivos de mora o incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA. 5. Solicitar al CONTRATISTA la presentación de informes de avance de ejecución de las obligaciones contractuales, para que reposen en el expediente del contrato. 6. Verificar que EL CONTRATISTA periódicamente esté efectuando el pago de aportes al sistema de Seguridad Social de los gestores. 7. Informar oportunamente a la Gerencia, cuando se haya ejecutado el 80% del presupuesto asignado para el presente contrato, sobre sus adiciones en tiempo o en dinero, dando su concepto. 8. Adelantar los trámites tendientes a realizar la liquidación del contrato en el término establecido para el efecto. Y demás obligaciones que se desprendan del ejercicio de esta actividad. VIGÉSIMA SEGUNDA. GARANTÍAS: EL CONTRATISTA constituirá a favor de LA E.S.E., (so pena de declarar el incumplimiento del mismo), garantía única, consistente en póliza(s) expedida(s) por Compañía Aseguradora o Banco legalmente autorizados para funcionar en Colombia, que ampare las obligaciones surgidas del presente contrato la cual será entregara en LA E.S.E. y se mantendrá vigente durante su vida y liquidación ajustándose a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado, así: A) DE CUMPLIMIENTO. Por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato con una vigencia igual a su duración y (04) meses más. B) RIESGO DE CALIDAD DEL SERVICIO, Teniendo en cuenta el artículo 44 del estatuto de contratación de la entidad acuerdo 06 de 2017; esta garantía será por el 20% del valor del contrato y por el término del contrato y un año más. C) PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES, del personal requerido para la ejecución de este contrato, por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, por el término de duración del mismo y tres (03) años más. PARÁGRAFO PRIMERO: El monto de las garantías se repondrá cada vez que en razón de las multas impuestas el mismo se disminuya o agote. PARÁGRAFO SEGUNDO: la póliza de responsabilidad civil profesional puede ser otorgada en beneficio general por las actividades que ejecute EL CONTRATISTA en cualquiera de las sedes en que opere o que cubra a cada profesional individualmente o en forma colectiva. PARÁGRAFO TERCERO: En los casos en que se adicione el contrato, EL CONTRATISTA deberá presentar el certificado de modificación de

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NIT. 891.800.395-1 la garantía de conformidad con el nuevo tiempo y/o valor pactado. PARÁGRAFO CUARTO: Las pólizas deberán ser entregadas dentro de los diez (10) días siguientes a la suscripción del presente contrato en la Subgerencia Administrativa de LA E.S.E. para su revisión y aprobación. PARÁGRAFO QUINTO: El CONTRATISTA se compromete a custodiar, cuidar los bienes y recursos (infraestructura, muebles, enseres, equipo técnico científico) que se suministren y estén bajo el cuidado de sus trabajadores en misión para el desarrollo de las actividades contratadas, conforme a la relación o listado que se suministra en medio magnético y que hace parte del contrato, así mismo garantiza que por parte de sus trabajadores en misión se les dé un buen uso y en consecuencia responderá por todo daño, sustracción, deterioro y cualquier otra situación que impida el uso normal de éstos, para tal efecto deberá reconocer el valor del bien o efectuar la reposición por un equipo o bien que tenga iguales o superiores características, en todo caso el contratista autoriza al contratante para que del valor del contrato de cualquier saldo a su favor se efectué el correspondiente descuento. VIGÉSIMA SEGUNDA. CONTROL DE EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES: La celebración, renovación o liquidación por parte de un particular, de contratos de cualquier naturaleza con entidades del sector público requiera para tal efecto, del cumplimiento por parte del CONTRATISTA de sus obligaciones con el sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación familiar. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya tugar. Las entidades públicas en el momento de liquidar el contrato deberán verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante toda su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las semanas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieren realizado totalmente los aportes correspondientes, LA E.S.E. deberá retener las sumas adeudadas al sistema al momento de la liquidación y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, conforme lo define el reglamento. Cuando la contratación se realice con personas jurídicas se deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo a los requerimientos de ley o por el Representante Legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento que la sociedad no tenga más que seis (6) meses de constituida deberá acreditar les pagos a partir de su fecha de constitución. VIGÉSIMA TERCERA. GASTOS E IMPUESTOS: Los gastos que se ocasionen para la legalización y perfeccionamiento del presente contrato serán sufragados por EL CONTRATISTA. VIGÉSIMA CUARTA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El presente contrato está sujeto a la ejecución presupuestal y los pagos que de conformidad debe efectuar LA E.S.E. se subordinan a las apropiaciones que de los mismos se hagan en el presupuesto de la vigencia 2020, será cancelado con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.XXXXXXXXXXXXXXX. VIGÉSIMA QUINTA. - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. y las notificaciones serán recibidas por las partes en las direcciones que se señalan a continuación:

EL HOSPITAL:

Teléfono: 7282630

Correo electrónico: [email protected]

Dirección: calle 4 A No. 9-101 Barrio Ricaurte Moniquirá

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NIT. 891.800.395-1

EL CONTRATISTA:

Teléfono:

Correo electrónico:

Dirección: _______________________

VIGESIMA SEXTA CONFIDENCIALIDAD. Las partes se sujetan a las siguientes reglas de

confidencialidad:

1. Será considerada Confidencial toda la información que cada parte obtenga de la otra con motivo de la ejecución del presente convenio.

2. Las partes no usarán la Información Confidencial para ningún otro fin distinto al contemplado en el presente convenio.

3. Las partes se asegurarán que toda Información confidencial que sea revelada para el cumplimiento del presente convenio a las personas dependientes de cada una de ellas, mantendrá el mismo carácter confidencial para los mismos como si fueran partícipes de este convenio.

4. Las partes notificarán inmediatamente la pérdida o revelación no autorizada de cualquier documento o información relativa a la Información Confidencial. Parágrafo. La presente cláusula conservará su vigencia por dos años más después de terminado el contrato, salvo en lo relacionado con los datos de los pacientes que hubieren sido conocidos por EL CONTRATISTA, en razón de la ejecución del contrato.

DATOS PERSONALES: Mediante la suscripción del presente contrato, el CONTRATISTA autoriza

de manera previa, libre y voluntaria al HOSPITAL, para realizar el tratamiento de la información

personal que éste le ha suministrado, de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y

su decreto reglamentario, información ha sido y será suministrada por este en virtud de la ejecución

del contrato. Los datos personales que llegue a suministrar al HOSPITAL se almacenarán en sus

bases de datos, para el desarrollo del objeto social de esta, incluyendo la realización de actividades

de comercialización de sus productos y servicios, así como el otorgamiento de los datos a terceros a

consecuencia de un contrato, ley o vínculo lícito que así lo requiera.

EL HOSPITAL efectuará el tratamiento de los datos del CONTRATISTA, de acuerdo con su política

de tratamiento de datos personales, que ha implementado en concordancia con la normatividad legal

aplicable, y ha tomado las medidas técnicas y administrativas necesarias para proteger los datos

personales del CONTRATISTA.

De manera adicional y en virtud del tipo de servicio que presta y prestará el CONTRATISTA, y la

posibilidad de que acceda en la ejecución de las actividades que se le encomiendan, a datos

personales administrados por EL HOSPITAL en sus bases de datos, que contiene datos personales

sensibles y de menores de edad, obliga a que se le exija un estricto cumplimiento de las políticas de

tratamiento de datos personales del HOSPITAL por parte del CONTRATISTA, considerando que

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este actuará como encargado del tratamiento de dichos datos, por lo que deberá cumplir con las

obligaciones previstas en la Ley 1581 de 2012, en particular las dispuestas en la cláusula 18 de esta

ley.

En igual sentido, el CONTRATISTA se compromete a dar cumplimiento a las políticas de protección

de datos personales del HOSPITAL, que declara conocer y aceptar.

La información que por cualquier motivo sea suministrada por EL HOSPITAL al CONTRATISTA,

deberán ser empleada solamente para los propósitos y alcances señalados en el contrato y que

sean inherentes a las actividades para las que ha sido contratado por EL HOSPITAL.

Adicionalmente, el CONTRATISTA como encargado del tratamiento de datos personales, se

compromete a cumplir con las siguientes obligaciones específicas:

22.1. Garantizar y adoptar todas las medidas físicas, técnicas y tecnológicas necesarias, que

permitan asegurar el tratamiento de los datos personales suministrados por EL HOSPITAL,

conforme a los parámetros de conservación, seguridad y confidencialidad.

22.2. Informar de manera inmediata a EL HOSPITAL sobre cualquier intento de acceso no

autorizado, transferencia no autorizada, mal uso o divulgación no autorizada de los datos personales

que llegare a conocer en desarrollo de las actividades contratadas; deberá el CONTRATISTA tomar

todas las medidas que sean necesarias, para poner fin a dicha actividad irregular.

22.3. El CONTRATISTA conoce que la información suministrada por EL HOSPITAL en ejecución

del presente contrato, sólo deberá ser conocida por sus empleados o funcionarios competentes y

delegados por el CONTRATISTA, quienes deberán en todo momento mantener los parámetros de

confidencialidad exigidos en este contrato, siempre garantizando la adecuada reserva de los datos

personales.

22.4. El CONTRATISTA se compromete a no utilizar los datos personales, directamente o a través

de terceros, en asuntos, negocios y/o actividades de cualquier tipo, distintas a aquellas acordadas

mediante el contrato y/o previamente autorizados por EL HOSPITAL, mediante documento escrito;

razón por la que se encuentra expresamente prohibido a al CONTRATISTA, utilizar la información

conferida por EL HOSPITAL, para fines comerciales o publicitarios.

22.5. El CONTRATISTA se obliga a que toda la información de carácter personal entregada por

EL HOSPITAL, ya sea en documentos escritos, dispositivos de almacenamiento o en cualquier otro

medio, a la terminación de este vínculo contractual por cualquier motivo, sean retirados

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completamente de los medios en que tenga almacenada la información transferida por EL

HOSPITAL, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que finalice la relación

contractual.

22.6. El CONTRATISTA se compromete a no editar, copiar, compilar o reproducir por cualquier

medio la información de carácter personal suministrada a este.

22.7. El CONTRATISTA se compromete a asumir la responsabilidad por los daños, gastos y

costas que genere este a EL HOSPITAL por el mal o inadecuado manejo de los datos personales de

los pacientes de EL HOSPITAL o la violación de las obligaciones de reserva y confidencialidad

señaladas en este contrato, y mantener indemne a EL HOSPITAL de cualquier reclamación judicial o

extrajudicial.

22.8. Garantizar que solamente el personal del CONTRATISTA competente para atender las

labores contratadas, conocerá los datos personales suministrados por EL HOSPITAL.

22.9. En el evento que por cualquier razón, el CONTRATISTA sea requerido por una autoridad

para el suministro de información, respecto de aquellos datos personales entregados por EL

HOSPITAL a este, en la ejecución de este contrato, el CONTRATISTA deberá informar a EL

HOSPITAL dentro de las siguientes 24 horas al momento de haber recibido la solicitud, para que

EL HOSPITAL evalúe el contenido del requerimiento y decida si es oportuna su participación en una

eventual respuesta o si por el contrario solamente le compete al CONTRATISTA.

PARÁGRAFO PRIMERO: En caso que alguna de las Partes llegue a recibir información de cualquier

tipo que contenga datos personales, ajena al presente acuerdo, éste será el único responsable y/o

encargado del tratamiento, debiendo mantener indemne a la otra parte y/o terceros, de cualquier

tratamiento indebido que genere perjuicios a los titulares de los datos.

VIGÉSIMA TERCERA. - ACEPTACIÓN DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: En

cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones que la adicionen,

complementen o modifiquen, las partes se comprometen a velar por la protección de los datos

personales, bien sea a título de responsable o encargado, y a no darle un tratamiento diferente para

el que ha sido autorizado por el titular del dato. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la

terminación inmediata del presente Contrato. Con la suscripción del presente Contrato, EL

CONTRATISTA manifiesta que acepta que EL HOSPITAL colecten, recauden, organicen, traten y

almacenen sus datos personales, en los términos para ello dispuestos en la política de tratamiento

de datos personales, la cual EL CONTRATISTA manifiesta conocer. VIGÉSIMA SEXTA.

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PERFECCIONAMIENTO: El presente Contrato se perfecciona con la firma de las partes.

REQUISITOS DE EJECUCIÓN. Además, se requiere para su ejecución: (a) La existencia del

Certificado de Disponibilidad Presupuestal, (b) El Registro presupuestal, (c) Suscribirse la respectiva

acta de iniciación.

En constancia se firma en Moniquirá, a los XXXXXXXXXXXXX del dos mil veintiuno (2021).

POR EL HOSPITAL POR EL CONTRATISTA

Gerente Representante Legal

EL HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRA